ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ÁREA€¦ · “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE...
Transcript of ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ÁREA€¦ · “ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE...
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ÁREA
MINERA “YOLANDA” CÓDIGO # 67
EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN
Preparado para:
Sr. Tito Jacinto Guerrero Holguín
Titular Minero
Preparado por:
Bióloga: Tarín Auxiliadora González Boza
MAE-541-CI
NOVIEMBRE, 2017
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 2
RESUMEN EJECUTIVO
El presente proyecto se denomina Estudio de Impacto Ambiental Expost del Área Minera
“Yolanda” en su Fase de Explotación, cuyo titular minero es el Sr. Guerrero Holguín Tito
Jacinto, quien aprovecha la roca caliza de excelentes características químicas, que
constituye parte del yacimiento Loma Quito (Cerro San Antonio). La Concesión Minera
Yolanda, Código N°67 se encuentra localizada en el Km. 10,5 vía Progreso – Playas, a la
altura del recinto San Antonio, cantón General Villamil (Playas). Tiene una extensión de
2,48 hectáreas mineras con volúmenes bajos de explotación. Se extrae minerales no
metálicos (roca caliza) la misma que es utilizada por diversos sectores de la industria.
La Concesión Minera Yolanda se encuentra en proceso de regularización ambiental de su
actividad por medio de la Licencia Ambiental que será emitida por el Ministerio del
Ambiente. Conforme a los procedimientos legales incluidos en el Sistema Unificado de
Manejo Ambiental (SUMA) y en base a lo indicado en el Oficio MAE-DNPCA-2012-1848
del 12 de noviembre de 2012, mediante el cual corresponde presentar el “Estudio de
Impacto Ambiental Expost para la fase de Explotación de Minerales no Metálicos (calizas)
del Área Minera Yolanda”.
Mediante oficio MAE-SUIA-RA-DNPCA-2016-200919 con fecha 05 de enero de 2016, el
Ministerio del Ambiente otorgó el Certificado de Intersección con código MAE-RA-2016-
230728 del proyecto “Exploración y Explotación Simultánea en Pequeña Minería (No
Metálicos)”, indicando que NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP), y Patrimonio Forestal del
Estado (PFE).
De acuerdo a los indicadores biofísicos, el Área Minera YOLANDA presenta buenas
condiciones atmosféricas según los valores obtenidos del análisis de calidad del aire, a
pesar de existir otras áreas mineras cercanas y en su mayoría las vías de acceso se
encuentran sin pavimentar alrededor del perímetro. En cuanto al medio biótico es
importante resaltar que la vegetación encontrada en el área de estudio refleja el nivel de
intervención que ha venido soportando este sector, es así que los resultados obtenidos
en campo, nos indican abundancia de especies características de áreas degradadas
como el Algarrobo (Prosopis Juliflora), el Moyuyo (Cordia luthea), la Flor de chivo
(Pluchea sp.). Dentro del área de estudio no se encontraron zonas sensibles. La
diversidad de la avifauna encontrada en el área de estudio está relacionada al grado de
perturbación de su ecosistema, la vegetación original ha sido modificada y solo las
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 3
especies adaptadas a esta intervención han logrado prosperar, son aves cosmopolitas y
cuyo estado de conservación es de preocupación menor.
Los indicadores de la condición socioeconómica en la zona de estudio determinan que es
beneficiosa la ejecución de la explotación del material rocoso, debido a que genera
fuentes de empleo de manera directa e indirecta en la parroquia San Antonio del cantón
Playas.
El alcance del Plan de Manejo Ambiental abarca para todas las actividades que se llevan
a cabo durante explotación del Área Minera “Yolanda”, y especialmente se encuentra
enfocado a mitigar impactos ambientales, por lo que, para este caso en particular se trata
de una actividad que se desarrolla en áreas intervenidas por lo cual se han seleccionado
los planes de manejo que servirán para prevenir y mitigar los impactos ambientales
negativos y se han considerado los siguientes:
- Plan de prevención y mitigación de impactos
- Plan de contingencias
- Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental
- Plan de relaciones comunitarias
- Plan de manejo de desechos
- Plan de seguridad ocupacional y seguridad industrial
- Plan de monitoreo y seguimiento
- Plan de abandono y entrega del área
- Plan de rehabilitación de áreas afectadas
Para garantizar el cumplimiento de las medidas ambientales del PMA se propone
“Cronograma Valorado del Plan de Manejo Ambiental del Área Minera “Yolanda” Código
N°067, en el cual se evidencian los plazos de duración de los programas descritos, se
asigna el valor económico para llevarlos a cabo, con el fin de identificar en cifras y letras
el valor anual (12 meses) de la ejecución del PMA.
El cronograma valorado ($ 18.800) incluye cada una de las medidas indicadas en cada
plan y de manera matricial se presenta un cronograma anual del Plan de Manejo
Ambiental para la fase de Explotación del Área Minera YOLANDA.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 4
INDICE GENERAL
RESUMEN EJECUTIVO ................................................................................................................ 2
INDICE GENERAL ......................................................................................................................... 4
SIGLAS Y ABREVIATURAS ........................................................................................................ 11
DEFINICIONES ........................................................................................................................... 13
I. DATOS GENERALES ............................................................................................................... 20
II. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 22
III. ALCANCE Y OBJETIVOS ....................................................................................................... 24
3.1. OBJETIVOS ...................................................................................................................... 24
3.1.1. Objetivo General ......................................................................................................... 24
3.1.2. Objetivos Específicos .................................................................................................. 24
3.2. ALCANCE GENERAL ........................................................................................................ 25
3.3. ALCANCE TÉCNICO ......................................................................................................... 26
IV. MARCO LEGAL ...................................................................................................................... 28
4.1. AUTORIDAD AMBIENTAL DE APLICACIÓN RESPONSABLE ......................................... 28
4.2. LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE AL PROYECTO ............................................... 28
4.2.1. Constitución Política de la República del Ecuador ....................................................... 28
4.2.2. Ley Orgánica Reformatoria Al Código Orgánico De Organización Territorial, Autonomía
y Descentralización (R.O Nº 166 - enero 21, 2014). ............................................................. 31
4.2.3. Código Orgánico Integral Penal (R.O Nº 180 – agosto 10, 2014) .............................. 32
4.2.4. Ley Orgánica de Salud. (R.O. 423 - 22 diciembre de 2006) ........................................ 34
4.2.5. Ley de Gestión Ambiental. (R.O. Suplemento Nº 418 - septiembre, 10 de 2004) ........ 36
4.2.6. Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. (R.O Suplemento No418
- septiembre, 10 de 2004). ................................................................................................... 37
4.2.7. Ley De Defensa Contra Incendios (marzo, 9 de 2009) ............................................... 38
4.2.8. Ley Orgánica reformatoria a la Ley de Minería (R.O. No 037 – julio 16, 2013) ............ 38
4.2.9. Ley Orgánica De Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento Del Agua (R.O Nº 305 –
Agosto, 6 de 2014). ............................................................................................................... 39
4.2.10. Reglamento General de la Ley De Minería ................................................................ 41
4.2.11. Acuerdo 069. Reforma al Reglamento Ambiental para Actividades Mineras de la
República del Ecuador (R.O. No 795 – julio 12, 2016). ......................................................... 42
4.2.12. Libro VI, “DE LA CALIDAD AMBIENTAL”, ................................................................. 45
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 5
4.2.13. Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones
Hidrocarburíferas en el Ecuador. (Decreto Ejecutivo 1215, R.O Nº 265, febrero, 13 de 2001).
............................................................................................................................................. 47
4.2.14. Reforma Del Libro VI Del Texto Unificado De Legislación Secundaria (Acuerdo
Ministerial No 061. R.O - mayo, 4 de 2015)........................................................................ 47
4.2.15. Acuerdo Ministerial 083-B. Reforma del Libro IX del Texto Unificado de Legislación
Secundaria. (R.O. Nº 387, noviembre 4, 2015) ..................................................................... 48
4.2.16. Acuerdo Ministerial No. 097-A. Refórmese el Texto Unificado de Legislación
Secundaria. (R.O. Nº 387, noviembre 4, 2015) ..................................................................... 49
4.2.17. Reglamento De Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ámbito Minero (R.O. No. 247-
mayo 16, 2014.) .................................................................................................................... 49
4.2.18. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas
peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Acuerdo Ministerial No.161 ........................... 50
4.2.19. Acuerdo ministerial 026. Procedimientos para Registro de Generadores de Desechos
Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento Ambiental, y para el
Transporte de Materiales Peligrosos. (R.O. Nº 334 – mayo, 12 del 2008). .......................... 55
4.2.20. Acuerdo Ministerial 142. Listados Nacionales de Sustancias Químicas Peligrosas,
Desechos Peligrosos y Especiales. (R.O Nº 856 – Diciembre, 21 del 2012) ........................ 56
4.2.21. Reglamento de Prevención de Incendios. (R.O. No 114 – Abril, 2009) Control y
Responsabilidad ................................................................................................................... 56
4.2.22 Acuerdo Ministerial 134 de 25 de septiembre de 2012 (Inventario Forestal) .............. 57
4.2.23 Acuerdo Ministerial No.061 ........................................................................................ 57
4.2.24. Acuerdo Ministerial No. 099 ...................................................................................... 58
4.2.25. Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, publicado en la edición del
Registro Oficial No. 316 ........................................................................................................ 58
4.2.26. NORMA INEN 2266. 2013. Transporte, Almacenamiento y Manejo de Materiales
Peligrosos. Requisitos ........................................................................................................... 66
4.2.27. NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos. Etiquetado de
Preocupación. Requisitos ..................................................................................................... 68
4.2.28. NTE INEN ISO 3864-1. Símbolos – Gráficos. ............................................................ 70
4.2.29. NTE INEN ISO 3864-1. Símbolos – Gráficos............................................................. 70
4.2.31. Norma INEN 439. Señalización de seguridad ............................................................ 70
4.2.32. NTE INEN 2841. 2014-03. Gestión ambiental. Estandarización de colores para
recipientes de depósito y almacenamiento temporal de residuos sólidos. Requisitos ........... 70
V. DESCRIPCIÓN DE LÍNEA BASE AMBIENTAL ....................................................................... 71
5.1 MEDIO FÍSICO ................................................................................................................... 71
5.1.1 Morfología y Edafología ............................................................................................... 71
5.1.2 Hidrología y calidad del agua ....................................................................................... 73
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 6
5.1.3 Clima ............................................................................................................................ 75
5.1.4 Ruido ........................................................................................................................... 77
5.1.5. Calidad del Aire ........................................................................................................... 80
5.1.6 Geología y sismicidad .................................................................................................. 83
5.2 MEDIO BIÓTICO ................................................................................................................ 84
5.2.1. Descripción General .................................................................................................... 84
5.2.2. Objetivos ..................................................................................................................... 85
5.2.3. Región Bioclimática ..................................................................................................... 86
5.2.4. Piso Zoogeográfico ..................................................................................................... 86
4.2.5. Nueva Propuesta de Clasificación para el Ecuador Continental .................................. 86
4.2.6. Zonas de Vida de Holdridge o Formación Ecológica ................................................... 87
5.2.7. Metodología aplicada .................................................................................................. 87
5.2.8. Cobertura Vegetal ....................................................................................................... 88
5.2.9. Fauna .......................................................................................................................... 90
5.2.12. CONCLUSIONES...................................................................................................... 94
5.3. MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL ..................................................................... 95
5.3.1. Metodología de Levantamiento de Información ........................................................... 95
5.3.2. Ubicación .................................................................................................................... 95
5.3.3. Límites ........................................................................................................................ 95
5.3.4 Perfil Demográfico ........................................................................................................ 96
5.3.5. Flujos Migratorios ........................................................................................................ 97
5.3.6. Salud ........................................................................................................................... 97
5.3.7. Educación ................................................................................................................... 98
5.3.8. Analfabetismo ............................................................................................................. 98
5.3.9. Deserción Escolar ....................................................................................................... 99
5.3.10. Escolaridad ............................................................................................................... 99
5.3.11. Nivel de Instrucción ................................................................................................... 99
5.3.12. Vivienda .................................................................................................................. 100
5.3.13. Infraestructura Física ............................................................................................... 100
5.3.14. Red vial ................................................................................................................... 102
5.3.15. Actividades Productivas .......................................................................................... 102
5.3.16. Turismo ................................................................................................................... 103
5.3.17. Arqueología ............................................................................................................. 103
5.3.18. Estado de la Propiedad ........................................................................................... 103
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 7
5.3.19. Infraestructura Social .............................................................................................. 104
5.4 IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS O FUENTES DE CONTAMINACIÓN... 104
VI. INVENTARIO FORESTAL .................................................................................................... 105
6.1 INTRODUCCIÓN .............................................................................................................. 105
6.2 DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO ........................................................................ 105
6.3 INVENTARIO FORESTAL ................................................................................................ 106
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ....................................................................................... 107
7.1. Resumen del Proyecto .................................................................................................... 107
7.1.1. Antecedentes Legales ............................................................................................... 107
7.2. Ubicación Geográfica y Accesibilidad .............................................................................. 107
7.2.1. Ubicación Geográfica ................................................................................................ 107
7.2.2. Vías de acceso .......................................................................................................... 108
7.3. Diseño de Explotación ..................................................................................................... 108
7.3.1. Método de Explotación .............................................................................................. 108
7.3.2. Yacimiento Geológico ............................................................................................... 108
7.3.3. Diseño de la Cantera ................................................................................................. 109
7.3.4. Reservas del Mineral ................................................................................................. 110
7.3.5. Producción e Inversión del Proyecto ......................................................................... 110
7.4. Descripción de actividades .............................................................................................. 111
7.4.1. Preparación del Frente .............................................................................................. 112
7.4.2. Perforación ................................................................................................................ 112
7.4.3. Voladura .................................................................................................................... 112
7.4.4. Carga de Material ...................................................................................................... 112
7.4.5. Transporte Externo ................................................................................................... 112
7.4.6. Cachorreo ................................................................................................................. 112
7.4.7. Manejo de Escombros. .............................................................................................. 112
7.5. Instalaciones y Talento Humano ...................................................................................... 113
7.5.1. Instalaciones ............................................................................................................. 113
7.5.2. Mano de Obra ........................................................................................................... 113
7.6. Materiales, insumos, equipos y herramientas .................................................................. 113
7.6.1. Materiales, Insumos y sustancias químicas ............................................................... 113
7.7.2. Equipos y Maquinarias .............................................................................................. 114
7.8. Cronograma de Actividades ............................................................................................. 114
7.9. Ubicación y Diseño de Escombreras ............................................................................... 115
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 8
VIII. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS .......................................................................................... 116
8.1. Introducción ..................................................................................................................... 116
8.2. Objetivo ........................................................................................................................... 116
8.3. Metodología ..................................................................................................................... 116
8.3.1. Alternativa 1 .............................................................................................................. 116
8.3.2. Alternativa 2 .............................................................................................................. 117
8.3.3. Alternativa 3 .............................................................................................................. 117
8.4. Análisis multicriterio ..................................................................................................... 117
8.5. Resultados....................................................................................................................... 121
IX. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES .......... 122
9.1. Metodología ..................................................................................................................... 122
9.2. Descripción de las acciones generadoras de impactos .................................................... 122
9.3. Descripción de las acciones generadoras de impactos .................................................... 123
9.4. Identificación de Impactos Ambientales e interacciones .................................................. 124
9.5. Evaluación de Impactos Ambientales .............................................................................. 125
9.5.1. Metodología .............................................................................................................. 125
9.5.2. Factores Ambientales ................................................................................................ 127
9.5.3. Matrices de Evaluación de Impacto ........................................................................... 128
9.5.4. Evaluación de la Magnitud de los Impactos. .............................................................. 130
9.5.5. Magnitud del Impacto ................................................................................................ 132
9.5.6. Importancia del Impacto ............................................................................................ 133
9.5.7. Valoración Cuantitativa y Cualitativa del Impacto Ambiental ..................................... 134
9.6. Jerarquización y Análisis de los Impactos ........................................................................ 136
9.6.1. Generación de empleo .............................................................................................. 137
9.6.2. Desarrollo económico local ....................................................................................... 137
9.6.3. Vibraciones ............................................................................................................... 137
9.6.4. Geomorfología .......................................................................................................... 138
9.6.5. Ruido Ambiente ......................................................................................................... 138
9.6.6. Calidad del Aire Ambiente ......................................................................................... 138
9.6.7. Estético/Paisajístico .................................................................................................. 139
9.6.8. Seguridad Laboral y Salud Ocupacional .................................................................... 139
9.6.9. Emisiones atmosféricas ............................................................................................ 140
9.6.10. Estabilidad .............................................................................................................. 140
9.6.11. Avifauna .................................................................................................................. 141
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 9
9.7. Conclusiones de la Evaluación de Impactos .................................................................... 141
9.8. DETERMINACIÓN DEL CUMPLIMIENTO AMBIENTAL Y PLAN DE ACCIÓN ................ 142
9.8.1. Matriz de Identificación de Hallazgos ........................................................................ 143
9.8.2. Matriz de Plan de Acción ........................................................................................... 145
X. ANÁLISIS DE RIESGOS ....................................................................................................... 147
10.1. Objetivo ......................................................................................................................... 147
10.2. Identificación de Riesgos ............................................................................................... 147
10.3. Riesgos exógenos ......................................................................................................... 147
10.3.1. Metodología ............................................................................................................ 148
10.3.2. Riesgo sísmico ........................................................................................................ 149
10.3.3. Riesgo de Tsunami ................................................................................................. 150
10.3.4. Riesgo de Inundaciones .......................................................................................... 151
10.3.5. Riesgo de Deslizamientos ....................................................................................... 152
10.4. Riesgos endógenos ....................................................................................................... 153
10.4.1. Metodología ............................................................................................................ 153
10.4.2. Evaluación de Riesgos en el área de trabajo........................................................... 155
10.5. Conclusiones ................................................................................................................. 156
XI. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA ................................................................. 157
11.1. Áreas de Sensibilidad .................................................................................................... 157
11.2. Áreas de Sensibilidad Física .......................................................................................... 157
11.2.1. Directa ..................................................................................................................... 157
11.2.2. Indirecta .................................................................................................................. 158
11.3. Áreas de Sensibilidad Biótica ........................................................................................ 158
11.3.1. Directa ..................................................................................................................... 158
11.3.2. Indirecta .................................................................................................................. 159
11.4. Áreas de Sensibilidad Social ......................................................................................... 159
11.4.1. Infraestructura y/o actividades a las que afecta el proyecto ..................................... 159
11.4.2. Distancia entre elementos del proyecto y los elementos sensibles del medio social
........................................................................................................................................... 160
XII. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL......................................................................................... 161
12.1. Objetivos ....................................................................................................................... 162
12.1.1. Objetivo General ..................................................................................................... 162
12.1.2. Objetivos Específicos .............................................................................................. 162
12.2. Alcance del Plan de Manejo Ambiental .......................................................................... 162
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 10
12.2.1. Plan de prevención y mitigación de impactos .......................................................... 166
12.2.2. Plan de manejo de desechos .................................................................................. 168
12.2.3. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental .................................... 171
12.2.4. Plan de relaciones comunitarias .............................................................................. 174
12.2.5. Plan de contingencias ............................................................................................. 175
12.2.6. Plan de seguridad ocupacional e industrial ............................................................. 179
12.2.7. Plan de monitoreo y seguimiento ............................................................................ 180
12.2.8. Plan de abandono y entrega del área ...................................................................... 181
12.2.9. Plan de rehabilitación de áreas afectadas ............................................................... 182
12.3 Cronograma Valorado del Plan de Manejo Ambiental ..................................................... 183
XIII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍCAS .................................................................................... 186
XIV. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD ..................................................................................... 188
XV. ANEXOS ............................................................................................................................. 189
Anexo 1.- Testimonio de Escritura .......................................................................................... 189
Anexo 2.- Calificación Dentro del Régimen Especial de la Pequeña Minería .......................... 193
Anexo 3.- Certificado y Mapa de Intersección ......................................................................... 195
Anexo 4.- Título Minero Sustituido .......................................................................................... 197
Anexo 5.- Registro de Consultor Ambiental ............................................................................ 199
Anexo 6- Certificado de Depósitos de Especímenes .............................................................. 200
Anexo 7.- Mapa de Ubicación del Área Minera “YOLANDA” ................................................... 201
Anexo 8.- Mapa Topográfico ................................................................................................. 202
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 11
SIGLAS Y ABREVIATURAS
AID Área de Influencia Directa
AII Área de Influencia Indirecta
°C Grado centígrado
cm Centímetro
cm2 Centímetro cuadrado
dB(A) Decibeles escala A.
E Este
EIA Evaluación de Impacto Ambiental
EsIA Estudio de Impacto Ambiental
gl Galón
gr Gramo
Ha Hectárea
Hr. Hora
IGM Instituto Geográfico Militar
INPC Instituto Nacional de Patrimonio Cultural
Kg Kilogramo
Km Kilómetro
Lb. Libra
Lt. Litro
m metro
MAE Ministerio del Ambiente
m3 Metro cúbico
mg. Microgramo
mm Milímetro
m.s.n.m. Metros sobre el nivel del mar
N Norte
W Oeste
PEA La población económicamente activa
PEI Población Económicamente inactiva
PMA Plan de Manejo Ambiental
PAR Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención
PPM Plan de prevención y Mitigación de Impactos
PMD Plan de Manejo de desechos
PCC Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental
PRC Plan de relaciones comunitarias
PDC Plan de contingencia
PSS Plan de seguridad y salud Ocupacional
PMS Plan de Monitoreo y Seguimiento
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 12
PCA Plan de Abandono y entrega del área
PRC Plan de rehabilitación de áreas afectadas
P.P. Punto de Partida
PPS Proceso de Participación Social
PSAD-56 Provitional South American Datum-56
Pulg. Pulgadas
RAAM Reglamento Ambiental para Actividades Mineras
S Sur
TdR´s Términos de Referencia
Ton Tonelada
U Unidad
USD Dólares americanos
UTM Universal Transversa de Mercator.
ZIA Zona de Influencia de Actividades
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 13
DEFINICIONES
Esta sección contiene las principales definiciones que se utilizarán en el estudio de
impacto ambiental, la cuales se encuentran en el Acuerdo Ministerial No. 169
Aguas: Todas las aguas marítimas, superficiales, subterráneas y atmosféricas del
territorio nacional, en todos sus estados físicos, mismas que constituyen el dominio
hídrico público conforme lo definido en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y
Aprovechamiento del Agua.
Ambiente: Se entiende al ambiente como un sistema global integrado por componentes
naturales y sociales, constituidos a su vez por elementos biofísicos en su interacción
dinámica con el ser humano, incluidas sus relaciones socio-económicas y socio-
culturales.
Almacenamiento de residuos/desechos no peligrosos: Toda operación conducente
al depósito transitorio de los desechos y/o residuos sólidos, en condiciones que aseguren
la protección al ambiente y a la salud humana. Acumulación de los desechos y/o residuos
sólidos en los lugares de generación de los mismos o en lugares aledaños a estos, donde
se mantienen hasta su posterior recolección.
Almacenamiento de sustancias químicas peligrosas: Actividad de guardar
temporalmente sustancias químicas peligrosas en tanto se transfieran o se procesan para
su aprovechamiento.
Almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales: Actividad de guardar
temporalmente residuos/desechos peligrosos y/o especiales, ya sea fuera o dentro de las
instalaciones del generador.
Ambiente: Se entiende al ambiente como un sistema global integrado por componentes
naturales y sociales, constituidos a su vez por elementos biofísicos en su interacción
dinámica con el ser humano, incluidas sus relaciones socio- económicas y socio-
culturales.
Autoridad Ambiental Competente (AAC): Son competentes para llevar los
procesos de prevención, control y seguimiento de la contaminación ambiental, en primer
lugar el Ministerio del Ambiente y por delegación, los gobiernos autónomos
descentralizados provinciales, metropolitanos y/o municipales acreditados.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 14
Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr): Gobierno autónomo
descentralizado provincial, metropolitano y/o municipal, acreditado ante el Sistema Único
de Manejo Ambiental (SUMA).
Autoridad Ambiental Nacional (AAN): El Ministerio del Ambiente y sus
dependencias desconcentradas a nivel nacional.
Certificado de intersección: El certificado de intersección, es un documento generado a
partir de las coordenadas UTM en el que se indica con precisión si el proyecto, obra o
actividad propuestos intersecan o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
(SNAP), Bosques y Vegetación Protectora, Patrimonio Forestal del Estado, zonas
intangibles y zonas de amortiguamiento.
Compatibilidad química: Se entenderá por compatibilidad entre dos o más sustancias
químicas, la ausencia de riesgo potencial de que ocurra una explosión, desprendimiento
de calor o llamas, formación de gases, vapores, compuestos o mezclas peligrosas, así
como de una alteración de las características físicas o químicas originales de cualquiera
de los productos transportados, puestos en contacto entre sí, por vaciamiento, ruptura del
embalaje o cualquier otra causa.
Contaminación: La presencia en el medio ambiente de uno o más contaminantes o la
combinación de ellos, en concentraciones tales y con un tiempo de permanencia tal, que
causen en éste condiciones negativas para la vida humana, la salud y el bienestar del
hombre, la flora, la fauna, los ecosistemas o que produzcan en el hábitat de los seres
vivos, él aire, el agua, los suelos, los paisajes o los recursos naturales en general, un
deterioro importante.
Cuerpo hídrico: Son todos los cuerpos de agua superficiales y subterráneos como
quebradas, acequias, ríos, lagos, lagunas, humedales, pantanos, caídas naturales.
Cuerpo receptor: Es todo cuerpo de agua que sea susceptible de recibir directa o
indirectamente la descarga de aguas residuales.
Daño Ambiental: Es el Impacto ambiental negativo en las condiciones ambientales
presentes en un espacio determinado, ocasionado por el desarrollo de proyectos de
desarrollo, que conducen a un desequilibrio en las funciones de los ecosistemas y que
alteran el suministro de servicios que tales ecosistemas aportan a la sociedad.
Daño Social: Es toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo a las condiciones
preexistentes en la salud humana, en el paisaje, sosiego público y a los bienes públicos o
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 15
privados directamente relacionado con la operación del proyecto, no identificado ni
declarado en el EsIA.
Desechos no peligrosos: Conjunto de materiales sólidos de origen orgánico e
inorgánico (putrescible o no) que no tienen utilidad práctica para la actividad que lo
produce, siendo procedente de las actividades domésticas, comerciales, industriales y de
todo tipo que se produzcan en una comunidad, con la sola excepción de las excretas
humanas. En función de la actividad en que son producidos, se clasifican en
agropecuarios (agrícolas y ganaderos), forestales, mineros, industriales y urbanos. A
excepción de los mineros, por sus características de localización, cantidades,
composición, etc., los demás poseen numerosos aspectos comunes, desde el punto de
vista de la recuperación y reciclaje.
Disposición final: Es la última de las fases de manejo de los desechos y/o residuos
sólidos, en la cual son dispuestos en forma definitiva y sanitaria mediante procesos de
aislamiento y confinación de manera definitiva los desechos y/o residuos sólidos no
aprovechables o desechos peligrosos y especiales con tratamiento previo, en lugares
especialmente seleccionados y diseñados para evitar la contaminación, daños o riesgos a
la salud humana o al ambiente. La disposición final, se la realiza cuando técnicamente se
ha descartado todo tipo de tratamiento, tanto dentro como fuera del territorio ecuatoriano.
Estudios Ambientales: Consisten en una estimación predictiva o una identificación
presente de los daños o alteraciones ambientales, con el fi n de establecer las medidas
preventivas, las actividades de mitigación y las medidas de rehabilitación de impactos
ambientales producidos por una probable o efectiva ejecución de un proyecto de
cualquiera de las fases, las mismas que constituirán herramientas técnicas para la
regularización, control y seguimiento ambiental de una obra, proyecto o actividad que
suponga riesgo ambiental.
Generación de residuos y/o desechos sólidos: Cantidad de residuos y/o desechos
sólidos originados por una determinada fuente en un intervalo de tiempo determinado. Es
la primera etapa del ciclo de vida de los residuos y está estrechamente relacionada con el
grado de conciencia de los ciudadanos y las características socioeconómicas de la
población.
Generador de residuos y/o desechos sólidos: Toda persona, natural o jurídica, pública
o privada, que como resultado de sus actividades, pueda crear o generar desechos y/o
residuos sólidos.
Gestor de residuos y/o desechos: Persona natural o jurídica, pública o privada, que se
encuentra registrada para la gestión total o parcial de los residuos sólidos no peligrosos o
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 16
desechos especiales y peligrosos, sin causar daños a la salud humana o al medio
ambiente.
Impacto ambiental: Son todas las alteraciones, positivas, negativas, neutras, directas,
indirectas, generadas por una actividad económica, obra, proyecto público o privado, que
por efecto acumulativo o retardado, generan cambios medibles y demostrables sobre el
ambiente, sus componentes, sus interacciones y relaciones y otras características
intrínsecas al sistema natural.
Licencia Ambiental: Es el permiso ambiental que otorga la Autoridad Ambiental
Competente a una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o
actividad. En ella se establece la obligatoriedad del cumplimiento de la normativa
ambiental aplicable por parte del regulado para prevenir, mitigar o corregir los efectos
indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente.
Medida de mitigación: Aquella actividad que, una vez identificado y/o producido un
impacto negativo o daño ambiental, tenga por finalidad aminorar, debilitar o atenuar los
impactos negativos o daños ambientales producidos por una actividad, obra o proyecto,
controlando, conteniendo o eliminando los factores que los originan o interviniendo sobre
ellos de cualquier otra manera.
Medida preventiva: Aquella que, una vez identificado un impacto negativo o daño
ambiental a producirse en un futuro cercano, como consecuencia de una obra, actividad o
proyecto, es adoptada con objeto de impedir, frenar o reducir al máximo sus efectos
negativos o su ocurrencia.
Plan de Manejo Ambiental: Documento que establece en detalle y en orden cronológico
las acciones que se requieren ejecutar para prevenir, mitigar, controlar, corregir y
compensar los posibles impactos ambientales negativos o acentuar los impactos
positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el Plan
de Manejo Ambiental consiste de varios sub- planes, dependiendo de las características
de la actividad o proyecto.
Parámetro, componente o característica: Variable o propiedad física, química,
biológica, combinación de las anteriores, elemento o sustancia que sirve para caracterizar
la calidad de los recursos agua, aire o suelo. De igual manera, sirve para caracterizar las
descargas, vertidos o emisiones hacia los recursos mencionados.
Pasivo Ambiental: Son aquellos daños ambientales y/o impactos ambientales negativos
no reparados o restaurados respectivamente, o aquellos que han sido intervenidos
previamente, pero de forma inadecuada o incompleta y continúan estando presentes en
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 17
el ambiente constituyendo un riesgo para cualquiera de sus componentes, generados por
una obra, proyecto o una actividad productiva o económica en general.
Reciclaje: Proceso mediante el cual, previa una separación y clasificación selectiva de
los residuos sólidos, desechos peligrosos y especiales se los aprovecha,
transforma y se devuelve a los materiales su potencialidad de reincorporación como
energía o materia prima para la fabricación de nuevos productos. El reciclaje puede
constar de varias etapas tales como procesos de tecnologías limpias, reconversión
industrial, separación, recolección selectiva, acopio, reutilización, transformación y
comercialización.
Recursos naturales: Se refiere al recurso biótico (flora, fauna) o abiótico (agua, aire o
suelo).
Regularización ambiental: Es el proceso mediante el cual el promotor de un proyecto,
obra o actividad, presenta ante la Autoridad Ambiental la información sistematizada que
permite oficializar los impactos socio-ambientales que su proyecto, obra o actividad
genera, y busca definir las acciones de gestión de esos impactos bajo los parámetros.
Remediación: Conjunto de medidas y acciones tendientes a restaurar afectaciones
ambientales producidas por impactos ambientales negativos o daños ambientales, a
consecuencia del desarrollo de actividades, obras o proyectos económicos o productivos.
Reparación Integral: Conjunto de acciones, procesos y medidas, que aplicados
integralmente, tienden a revertir daños y pasivos ambientales, mediante el
restablecimiento de la calidad, dinámica, equilibrio ecológico, ciclos vitales, estructura,
funcionamiento y proceso evolutivo de los ecosistemas afectados; así como medidas y
acciones que faciliten la restitución de los derechos de las personas y comunidades
afectadas, de compensación e indemnización a las víctimas, de rehabilitación de los
afectados, medidas y acciones que aseguren la no repetición de los hechos y que
dignifiquen a las personas y comunidades afectadas.
Restauración (Integral): Es un derecho de la naturaleza por medio del cual, cuando ésta
se ha visto afectada por un impacto ambiental negativo o un daño, debe ser retornada a
las condiciones determinadas por la autoridad ambiental que aseguren el
restablecimiento de equilibrios, ciclos y funciones naturales. Igualmente implica el retorno
a condiciones y calidad de vida dignas, de una persona o grupo de personas, comunidad
o pueblo, afectados por un impacto ambiental negativo o un daño
.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 18
Residuos sólidos no peligrosos: Cualquier objeto, material, sustancia o elemento
sólido, que no presenta características de peligrosidad en base al código C.R.T.I.B.,
resultantes del consumo o uso de un bien tanto en actividades domésticas, industriales,
comerciales, institucionales o de servicios, que no tiene valor para quien lo genera, pero
que es susceptible de aprovechamiento y transformación en un nuevo bien con un valor
económico agregado.
Riesgo: Función de la probabilidad de ocurrencia de un suceso y de la cuantía del daño
que puede provocar.
Riesgo ambiental: Es el peligro potencial de afectación al ambiente, los ecosistemas, la
población y/o sus bienes, derivado de la probabilidad de ocurrencia y severidad del
daño causado por accidentes o eventos extraordinarios asociados con la
implementación y ejecución de un proyecto, obra o actividad.
Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA): Es el conjunto de principios, normas,
procedimientos y mecanismos orientados al planteamiento, programación, control,
administración y ejecución de la evaluación del impacto ambiental, evaluación de
riesgos ambientales, planes de manejo ambiental, planes de manejo de riesgos,
sistemas de monitoreo, planes de contingencia y mitigación, auditorías ambientales y
planes de abandono, dentro de los mecanismos de regularización, control y seguimiento
ambiental, mismos que deben ser aplicados por la Autoridad.
Suelo: La capa superior de la corteza terrestre, situada entre el lecho rocoso y la
superficie, compuesto por partículas minerales, materia orgánica, agua, aire y organismos
vivos y que constituye la interfaz entre la tierra, el aire y el agua, lo que le confiere
capacidad de desempeñar tanto funciones naturales como de uso.
Sujeto de Control: Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o
extranjera, u organización que a cuenta propia o a través de terceros, desempeña en el
territorio nacional y de forma regular o accidental, una actividad económica o
profesional que tenga el potencial de afectar la calidad de los recursos naturales como
resultado de sus acciones u omisiones o que, en virtud de cualquier título, controle dicha
actividad o tenga un poder económico determinante sobre su funcionamiento técnico.
Para su determinación se tendrá en cuenta lo que la Legislación estatal o municipal
disponga para cada actividad sobre los titulares de permisos o autorizaciones, licencias u
otras autorizaciones administrativas.
Sustancias químicas peligrosas: Son aquellos elementos compuestos, mezclas,
soluciones y/o productos obtenidos de la naturaleza 0 a través de procesos de
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 19
transformación físicos y/o químicos, utilizados en actividades industriales, comerciales, de
servicios o domésticos, que poseen características de inflamabilidad, explosividad,
toxicidad, reactividad, radioactividad, corrosividad o acción biológica dañina y pueden
afectar al ambiente, a la salud de las personas expuestas o causar daños materiales.
Tratamiento: Conjunto de procesos, operaciones o técnicas de transformación física,
química o biológica de los residuos sólidos para modificar sus características o
aprovechar su potencial y en el cual se puede generar un nuevo residuo sólido, de
características diferentes.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 20
I. DATOS GENERALES
FICHA TECNICA
Nombre del proyecto ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE
DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA “YOLANDA”
Concesión Minera YOLANDA
Código 067
Fase mineras Explotación
¿El proyecto integra
diferentes fases mineras? NO
Tipo de Minería Pequeña Minería Exploración
Explotación X
Recurso a explorar Caliza
Superficie Total
(Ha mineras) 2,48
Ubicación geográfica, político
y administrativo
Provincia Guayas
Cantón General Villamil (Playas)
Parroquia San Antonio
Exploración
Método de
Explotación Cielo Abierto, método de Canteras
Número de frentes
de explotación 2
Volumen de
explotación 9.683 m3/año
Método de arranque
de mineral Uso de explosivos (voladuras)
Construcción de
escombreras (s) NO
Localización de la
escombrera N/A
Capacidad N/A
Estado de los
frentes de
explotación
Estables
Dispone de planta
de trituración NO
Datos del Titular Minero
Nombre o razón
social del titular
minero
TITO GUERRERO HOLGUÍN
RUC 0909503989001
Dirección San Antonio Playas, a una cuadra de la
Iglesia de San Antonio
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 21
Teléfono 0990595307
Email [email protected]
Casillero Judicial N° 1267
Representante
Legal TITO GUERRERO HOLGUÍN
Datos del Consultor
Consultor
responsable Bióloga. TARIN GONZÁLEZ BOZA
Registro del
Consultor
Responsable
MAE-541-CI
Datos del Consultor
Responsable
Dirección Urb. TerraNostra
Conjunto Ibiza Villa 51
Teléfono 0992081473
Email [email protected]
Grupo Técnico
Nombre Especialidad: Ambiental minero
Ing. Geol. Walter
González Medio Físico - PMA- Auditor Líder
Ing. Amb (e)
Marcelo Álvarez
Identificación y Evaluación de Impactos.
Análisis de Riesgos. Cartografía - SIG
Blga. Tarín
González Boza Dirección del proyecto - Medio Biótico
Abog. Jackeline
Lauzó Análisis legal
Lcdo. Teodoro
Cercado Medio Socioeconómico
Grupo Técnico
Nombre Especialidad Firmas
Blga. Tarin González Boza
Dirección del EsIA –
Medio Biótico
Ing. Glgo. Walter González
Medio Físico - PMA-
Auditor Líder
Ing. Marcelo Álvarez (e)
Identificación y
Evaluación de Impactos.
Análisis de Riesgos.
Cartografía - SIG
Lcdo. Teodoro Cercado
Medio
Socioeconómico
Abog. Jackeline lauzó Análisis legal
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 22
II. INTRODUCCIÓN
El presente proyecto se denomina Estudio de Impacto Ambiental Expost del Área Minera
“Yolanda”, código # 67, y se encuentra en Fase de Explotación y actualmente en
operación, cuyo titular minero es el Sr. Guerrero Holguín Tito Jacinto quien aprovecha la
roca caliza de excelentes características químicas, que constituye parte del yacimiento
Loma Quito (Cerro San Antonio). La Concesión Minera Yolanda, Código # 67 se
encuentra localizada en el Km. 10,5 vía Progreso – Playas, a la altura del recinto San
Antonio, cantón General Villamil (Playas). Tiene una extensión de 2,48 hectáreas mineras
con volúmenes bajos de explotación, se extraen minerales no metálicos (roca caliza) la
misma que es utilizada por diversos sectores de la industria.
Geográficamente el área minera forma un rectángulo, cuyo sistema de avance está
limitado por la cesión a la FAE de una buena parte del área de Concesión Yolanda, por lo
que se realizan todas las actividades extractivas para el aprovechamiento de los
materiales calcáreos dentro del área concesionada.
Con fecha 7 de mayo de 2010, fue sustituido el título de concesión minera del área
minera “YOLANDA”, código # 67, por el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables
a través de la Subsecretaría de Mina, el mismo que fue protocolizado en la Notaría
Vigésima Primera del Cantón Guayaquil el 18 de mayo de 2012, e inscrita con el número
77 del Repertorio del Registro Minero y bajo el Tomo I de inscripciones de Títulos Mineros
para concesiones con el número 71, el 19 de mayo de 2010. Ante el fallecimiento del
titular “Pedro Guerrero Criollo” asume los derechos del Título Minero el hijo Sr. Tito
Guerrero Holguín, bajo el poder de herederos con fecha 3 de agosto de 2015, según
consta en el testimonio de escritura que se adjunta en los anexos (Anexo 1).
Mediante Resolución Nro. MRNNR-SRM-L-2015-0012-RES, del 7 de enero de 2017, se
obtuvo la Calificación Dentro del Régimen Especial de Pequeña Minería (Anexo 2), la
cual se encuentra vigente hasta la presente fecha. Por lo tanto, el Titular Minero tiene el
derecho real y exclusivo de, explotar y comercializar los materiales que obtenga dentro
del perímetro de su área de concesión.
Por lo tanto el Titular Minero ha iniciado el proceso de regularización ambiental a fin de
continuar las actividades mineras en legal y debida forma, es así que empezó con el
registro del proceso en el SUIA, mediante oficio MAE-RA-2016-230728 con fecha 05 de
enero de 2016, se registró el proyecto en el SUIA, el Ministerio de Ambiente otorgó el
Certificado de Intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y
Vegetación Protectora y Patrimonio Forestal del Estado mediante código MAE-SUIA-RA-
DNPCA-2016-200919 (Anexo 3), el cual determinó que el área de implantación del
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 23
proyecto “Área Minera “Yolanda” Código No. 67”, NO INTERSECTA, de igual forma se
definió al proyecto bajo la categoría de “EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN
SIMULTANEA EN PEQUEÑA MINERÍA (NO METÁLICOS)”. Según el catálogo de
actividades del SUIA, debe ejecutarse un Estudio de Impacto Ambiental previo a la
obtención de la Licencia Ambiental.
El titular minero contrató los servicios del grupo consultor liderado por la Bióloga Tarin
González Boza, registro de consultor MAE-541-CI (Anexo 4), para la realización del
presente Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo que estipula la Ley de Minería en
los artículos 79 y 80; para ser presentado a la autoridad ambiental competente. El estudio
se encargará de determinar los probables impactos que podría producir la explotación en
pequeña escala de caliza en el sector, por lo cual, en este estudio se propondrá un Plan
de Manejo Ambiental destinado a reducir los impactos negativos para así dar
cumplimiento de las regulaciones ambientales vigentes a la fecha, además de evitar,
minimizar o corregir los impactos negativos que se pudieren presentar.
La concesión minera se la clasifica como de pequeña minería con una producción
promedio de 10.000m3/año y se la realizará mediante el uso de explosivos y realización
de voladuras. Los materiales pétreos obtenidos de la explotación minera, son calizas de
la formación San Antonio, los cuales son comercializados directamente desde los frentes
de explotación como materiales no metálicos sin ser sometidos a ningún otro tratamiento.
El sistema de explotación a cielo abierto, método de cantera en roca dura y la extracción
de los materiales pétreos se realiza por medio de perforación y voladura de roca con
explosivos antes de proceder a la extracción y venta del material rocoso como materia
prima para molienda y obtención de Carbonato de Calcio.
Actualmente existen 2 sectores de explotación, uno ubicado al Noreste del área minera,
donde se ha profundizado un banco de 6m. con una longitud (Norte-Sur) de 80m. y un
ancho máximo de 48m.; el otro sector ha provocado la configuración de un hueco de 5m.
de profundidad por una longitud de 25m. por 15 m. de ancho.
El área de estudio no cuenta en su interior con ningún tipo de desarrollo poblacional, por
lo que se puede hacer referencia a un ambiente socioeconómico local, la vivienda más
cercana a la concesión minera está ubicada a 950 m. de distancia en sentido Este, siendo
San Antonio el principal poblado cercano a la concesión. Todos los terrenos del sector se
caracterizan por presentar un alto porcentaje de tierras improductivas debido a la falta de
agua; sin embargo, el cerro Quito-San Antonio se caracteriza por ser un depósito de
rocas calizas de buena calidad, dándole un valor minero a las tierras del sector.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 24
III. ALCANCE Y OBJETIVOS
3.1. OBJETIVOS
3.1.1. Objetivo General
Elaborar el Estudio de Impacto Ambiental ExPost del “Área Minera “Yolanda” Código #
67, a través de la descripción de los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración del
presente documento técnico ambiental en cuanto a la profundidad de la evaluación
ambiental y el nivel de detalle de la misma para las variables ambientales relevantes de
los diferentes aspectos ambientales que sean identificados.
3.1.2. Objetivos Específicos
Con la finalidad de cumplir con el objetivo general planteado y en función de las
actividades que forman parte del proyecto. A continuación, se detallan los siguientes
objetivos específicos:
- Describir las actividades del proyecto, determinando las técnicas, métodos y fuentes
de información y demás herramientas que se emplearán para describir, estudiar y
analizar la línea base ambiental, identificación y evaluación de los indicadores
ambientales, identificación y evaluación de los impactos ambientales, estructuración
del plan de manejo ambiental.
- Revisar el Marco Legal Ambiental e Institucional Aplicable, en el que se inscribirá el
Estudio de Impacto Ambiental.
- Caracterizar la línea base socio-ambiental en el área de influencia del proyecto
minero.
- Evaluar y jerarquizar los impactos ambientales que puedan ocasionar las actividades
y obras e instalaciones principales y complementarias y los procesos a realizarse en
las etapas y actividades de operación, mantenimiento y cierre.
- Identificar y seleccionar las medidas para prevenir, mitigar, corregir, recuperar y
compensar los impactos ambientales negativos de carácter significativo, así como
para potenciar los impactos ambientales positivos.
- Preparar el Plan de Manejo Ambiental, para la mencionada área minera, con el cual
se asegurará que el desarrollo de las actividades de esta operación minera, corrija las
afecciones que se producen y así ocasione la menor cantidad de alteraciones
negativas o que los efectos generados sean minimizados, corregidos o
compensados.
- Facilitar la participación ciudadana en los momentos y términos establecidos en la
normativa ambiental vigente.
- Obtener la Licencia Ambiental.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 25
3.2. ALCANCE GENERAL
El alcance del proyecto se describe y detalla en forma amplia el contenido del Estudio de
Impacto Ambiental, se identifican los impactos ambientales negativos y positivos que
provocan las plantas, a través de las respectivas matrices y los evalúa, tras esto se
presenta un Plan de Manejo Ambiental de las actividades; para prevenir, reducir o mitigar
esos impactos negativos que podrían darse, así como también, para potenciar y fortalecer
los impactos positivos que tendrá el proyecto minero.
El área minera YOLANDA es un sitio donde se extraen minerales No Metálicos, Calizas,
por el método de explotación a Cielo Abierto, tipo canteras, en 2,48 hectáreas,
categorizado como Pequeña Minería. El área minera está ubicada en el Recinto San
Antonio, parroquia General Villamil, cantón Playas, provincia del Guayas.
Las coordenadas geográficas del área total donde se desarrolla las actividades del área
Minera Yolanda se presentan a continuación:
DATUN: PSA 56 DATUN: WGS 84
Coordenadas X Coordenadas Y Coordenadas X Coordenadas Y
9'719.554 566.691 9'719.189 566.442
9'719.678 566.691 9'719.313 566.442
9'719.678 566.891 9'719.313 566.642
9'719.554 566.891 9'719.189 566.642
Fuente: Coordenadas del proyecto – Título Minero y Mapa Certificado de Intersección
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 26
Mapa de Ubicación
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
3.3. ALCANCE TÉCNICO
El alcance técnico considera la identificación de las actividades de la concesión minera
“Yolanda”, así como de su área de influencia, esto con la finalidad de determinar las
posibles alteraciones socio-ambientales actuales o preexistentes a las actividades, con el
fin de establecer las medidas correctivas y de protección integral para minimizar los
impactos potenciales que se identifiquen.
El análisis para la delimitación del área de influencia el proyecto minero, se hace tomando
en cuenta la extensión superficial del proyecto y la totalidad de los componentes
ambientales que resultarían afectados por las actividades de explotación.
El área de influencia social, se determina de acuerdo a las interacciones ejercidas por la
operación del proyecto y su dinámica de intervención sobre la estructura social de los
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 27
grupos que tienen derecho sobre el territorio que se interviene, y de acuerdo a criterios de
ubicación geográfica.
El Estudio de Impacto Ambiental se orientará a cumplir con el marco legal ambiental
vigente, específicamente con la Ley de Gestión Ambiental y por ende con la Constitución
de la República del Ecuador, Acuerdo Ministerial Nº 061, Acuerdo Ministerial N°097-A,
entre otras normativas que guarden relación al Estudio.
La realización del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto consiste en un proceso que
incluye principalmente las siguientes etapas:
1. Planificación del Estudio, que incluye la realización de monitoreos ambientales,
levantamiento de información biótica, física y socioeconómica.
2. Informe Preliminar, Revisión del Estudio de Impacto Ambiental por parte de la
Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr).
3. Ejecución del Proceso de Participación Social del proyecto.
4. Informe Final, Revisión y Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental por parte
de la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable (AAAr).
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 28
IV. MARCO LEGAL
El marco legal para la elaboración el presente estudio está conformado por las leyes y
normas ambientales vigentes aplicables a la actividad minera y que deben ser
observadas durante el desarrollo de los procesos y actividades que se ejecutan en el
mismo. El representante legal del Área Minera debe tomar en cuenta varios aspectos
legales que guían el cuidado ambiental, por lo que el equipo de trabajo para realizar éste
estudio se enmarca en leyes, normas y reglamentos, las cuales deben ser consideradas a
fin de evitar conflictos legales y de cuidado ambiental.
4.1. AUTORIDAD AMBIENTAL DE APLICACIÓN RESPONSABLE
El Área Minera “Yolanda” Código # 67, se ubicará en el Recinto San Antonio, parroquia
General Villamil, cantón Playas, provincia del Guayas, mediante registro del se identifica
a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL,
localizado en la Jurisdicción Territorial de la Provincia, como la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable.
4.2. LEGISLACIÓN AMBIENTAL APLICABLE AL PROYECTO
4.2.1. Constitución Política de la República del Ecuador
Capítulo Segundo
Sección II: Ambiente Sano
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la
prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto.
La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni
afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia,
comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas,
biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos,
agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos
experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 29
salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como
la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional.
Capítulo Séptimo: Derechos de la naturaleza
Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene
derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración
de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona,
comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de
los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los
principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las
personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y
promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.
Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será
independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas
de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales
afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los
ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado
establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las
medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.
Capítulo I: Biodiversidad y Recursos Naturales
Sección Primera: Naturaleza y Medio Ambiente
Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente
equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la
capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las
necesidades de las generaciones presentes y futuras.
2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de
obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las
personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.
3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas,
comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control
de toda actividad que genere impactos ambientales.
4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental,
éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.
Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos
ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 30
impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del
daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad
por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones
correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los
ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los
actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o
servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de
mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control
ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños
ambientales serán imprescriptibles.
Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y
subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la
sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que
produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones
y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre
las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar
el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, el Estado se compromete a:
1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las
acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su
interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la
posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño
ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial
o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación
ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable
de los recursos naturales.
3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales
tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se
garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones
ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales
protegidas estará a cargo del Estado.
5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres
naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad
y solidaridad.
Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser
consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 31
consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana,
los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la
actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los
criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad
respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptado por resolución
debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo
con la ley.
Art. 399.- El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un
sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la
defensoría del ambiente y la naturaleza.
Sección sexta Agua
Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los
recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo
hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y
el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua.
La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y
aprovechamiento del agua.
4.2.2. Ley Orgánica Reformatoria Al Código Orgánico De Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización (R.O Nº 166 - enero 21, 2014).
Los objetivos del presente Código:
a) La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos
descentralizados, en el marco de la unidad del Estado ecuatoriano;
b) La profundización del proceso de autonomías y descentralización del Estado, con el
fin de promover el desarrollo equitativo, solidario y sustentable del territorio, la
integración y participación ciudadana, así como el desarrollo social y económico de la
población;
c) El fortalecimiento del rol del Estado mediante la consolidación de cada uno de sus
niveles de gobierno, en la administración de sus circunscripciones territoriales, con el
fin de impulsar el desarrollo nacional y garantizar el pleno ejercicio de los derechos'
sin discriminación alguna, así como la prestación adecuada de los servicios públicos;
d) La organización territorial del Estado ecuatoriano equitativa y solidaria, que compense
las situaciones de injusticia y exclusión existentes entre las circunscripciones
territoriales;
e) La afirmación del carácter intercultural y plurinacional del Estado ecuatoriano;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 32
f) La democratización de la gestión del gobierno central y de los gobiernos autónomos
descentralizados, mediante el impulso de la participación ciudadana;
g) La delimitación del rol y ámbito de acción de cada nivel de gobierno, para evitar la
duplicación de funciones y optimizar la administración estatal:
h) La definición de mecanismos de articulación, coordinación y corresponsabilidad entre
los distintos niveles de gobierno para una adecuada planificación y gestión pública:
i) La distribución de los recursos en los distintos niveles de gobierno, conforme con los
criterios establecidos en la Constitución de la República para garantizar su uso
eficiente;
j) La consolidación de las capacidades rectora del gobierno central en el ámbito de sus
competencias; coordinadora y articuladora de los gobiernos intermedio.
4.2.3. Código Orgánico Integral Penal (R.O Nº 180 – agosto 10, 2014)
CAPÍTULO CUARTO: Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha Mama
SECCIÓN PRIMERA: Delitos contra la biodiversidad
Artículo 245.- Invasión de áreas de importancia ecológica. - La persona que invada
las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será
sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de
la pena prevista cuando:
1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y
recursos naturales.
2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o
falsas promesas
Artículo 246.- Incendios forestales y de vegetación. - La persona que provoque directa
o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o
plantados o páramos, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o
pequeños agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y
causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena
privativa de libertad de tres a seis meses. Si como consecuencia de este delito se
produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad
de trece a dieciséis años.
Artículo 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace,
pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o
comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y
derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies
amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 33
Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales
ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres
años. Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes
circunstancias:
1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o
de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies.
2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Se exceptúan de
la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las
prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera
realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de
lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional.
SECCIÓN SEGUNDA: Delitos contra los recursos naturales
Artículo 251.- Delitos contra el agua. - La persona que, contraviniendo la normativa
vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales
ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en
general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños
graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se
impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema
Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con
métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.
Artículo 252.- Delitos contra suelo. - La persona que, contraviniendo la normativa
vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso
del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas
nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o
desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad
de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en
un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con
ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y
permanentes.
Artículo 253.- Contaminación del aire. - La persona que, contraviniendo la normativa
vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la
atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños
graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena
privativa de libertad de uno a tres años.
SECCIÓN TERCERA: Delitos contra la gestión ambiental.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 34
Artículo 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o
sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa
vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe,
transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias
químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos
naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Será
sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando se trate de:
1. Armas químicas, biológicas o nucleares.
2. Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes altamente
tóxicos y sustancias radioactivas.
3. Diseminación de enfermedades o plagas.
4. Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente
modificados nocivos y perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la
biodiversidad y recursos naturales. Si como consecuencia de estos delitos se produce la
muerte, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.
Artículo 255.- Falsedad u ocultamiento de información ambiental. - La persona que
emita o proporcione información falsa u oculte información que sea de sustento para la
emisión y otorgamiento de permisos ambientales, estudios de impactos ambientales,
auditorías y diagnósticos ambientales, permisos o licencias de aprovechamiento forestal,
que provoquen el cometimiento de un error por parte de la autoridad ambiental, será
sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se impondrá el máximo de
la pena si la o el servidor público, con motivo de sus funciones o aprovechándose de su
calidad de servidor o sus responsabilidades de realizar el control, tramite, emita o
apruebe con información falsa permisos ambientales y los demás establecidos en el
presente artículo.
4.2.4. Ley Orgánica de Salud. (R.O. 423 - 22 diciembre de 2006)
LIBRO II: Salud y seguridad ambiental
Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente,
establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias
relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio
para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado
a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar
a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus
consecuencias para la salud individual y colectiva.
Art. 96.- Declárase de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo
humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 35
población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano. Toda persona
natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las fuentes y cuencas
hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se
prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las
fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros
organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y
sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano. A fin de
garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo humano,
queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde
establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud
humana.
Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas
servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el
reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros
sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades
agropecuarias. Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud,
deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en
los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. Para la
eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas para el
efecto. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables
de hacer cumplir estas disposiciones.
Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de
instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se
produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con
los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.
Capítulo III: Calidad del aire y de la contaminación acústica
Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental
nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y
controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y
visual. Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria
dichas normas.
Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de
diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben
cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y
control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.
Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de
información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 36
de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de
enfermedades laborales.
Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades
competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las
acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social.
4.2.5. Ley de Gestión Ambiental. (R.O. Suplemento Nº 418 - septiembre, 10 de 2004)
La Ley de Gestión Ambiental (LGA) establece los principios y directrices de la política
ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los
sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles,
controles y sanciones en esta materia (Artículo 1).
Título III: Instrumentos De Gestión Ambiental
Capítulo II: De La Evaluación De Impacto Ambiental Y Del Control Ambiental
Art. 19.- Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o
privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su
ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de
Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.
Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar
con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación
del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de
riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías
ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad
con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia
correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de
impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia
ambiental, podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del
ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los planes de
manejo ambiental aprobados se realizará mediante la auditoría ambiental, practicada por
consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de establecer los
correctivos que deban hacerse.
Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 37
a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el
suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en
el área previsiblemente afectada;
b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores,
emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de
su ejecución; i, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos
que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.
Título IV: Instrumentos De Aplicación De Normas Ambientales
Art. 33.- Establézcanse como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los
siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas
técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas,
evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para
la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y
servicios y otros que serán regulados en el respectivo reglamento.
Título V: De La Información y Vigilancia Ambiental
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades
empresariales o industriales estableciere que las mismas pueden producir o están
produciendo daños ambientales a los ecosistemas, está obligada a informar sobre ello al
Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen seccional autónomo. La información
se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las
medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de
incumplimiento de la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de
veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales.
4.2.6. Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. (R.O
Suplemento No418 - septiembre, 10 de 2004).
Capítulo I: De la Prevención y Control de la Contaminación del Aire
Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a
las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los
Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan
perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o
de particulares o constituir una molestia.
Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de
contaminación del aire:
a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales
como fábricas, calderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas,
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 38
refinerías de petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la
incineración, quema a cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de
construcción y otras actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y,
Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos
industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y
que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los
Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa,
estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar.
Capítulo II: De la Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas
Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas
y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos
naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas
residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna,
a la flora y a las propiedades.
Capítulo III: De la Prevención y Control de la Contaminación de los Suelos
Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas
técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del
suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
4.2.7. Ley De Defensa Contra Incendios (marzo, 9 de 2009)
Esta ley cuenta con los siguientes capítulos:
CAPÍTULO II Del Personal
CAPÍTULO III De las Contravenciones
CAPÍTULO IV De la Competencia y el Procedimiento
CAPÍTULO V De los Recursos Económicos
CAPÍTULO VI Disposiciones Generales
4.2.8. Ley Orgánica reformatoria a la Ley de Minería (R.O. No 037 – julio 16, 2013)
Art. 14.- Sustitúyase el art. 78 de la Ley Minería por el siguiente:
Los titulares de derechos mineros, previamente a la iniciación de las actividades, deberán
elaborar y presentar estudios o documentos ambientales, para prevenir, mitigar, controlar
y reparar los impactos ambientales y sociales derivados de sus actividades; estudios o
documentos que deberán ser aprobados por la Autoridad Ambiental competente, con el
otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental. El Reglamento Ambiental para
Actividades Mineras, que dictará el ministerio del ramo, de este artículo.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 39
Para el procedimiento de presentación y calificación de los estudios ambientales, planes
de manejo ambiental y otorgamiento de licencias ambientales, los límites permisibles y
parámetros técnicos exigibles serán aquellos establecidos en la normativa ambiental
minera aplicable.
Las actividades mineras previo a la obtención de la respectiva autorización administrativa
ambiental, requieren de la presentación de garantías económicas determinadas en la
normativa minero ambiental aplicable.
Los titulares de derechos mineros están obligados a presentar, al año de haberse emitido
la Licencia Ambiental, una auditoría ambiental de cumplimiento que permita a la entidad
de control monitorear, vigilar y verificar el cumplimiento de los planes de manejo
ambiental y normativa ambiental aplicable. Posterior a esto, las Auditorías Ambientales de
Cumplimiento serán presentadas cada dos años, sin perjuicio de ello, las garantías
ambientales deberán mantenerse vigentes cada año.
4.2.9. Ley Orgánica De Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento Del Agua (R.O
Nº 305 – Agosto, 6 de 2014).
Título I: Disposiciones Preliminares
Capítulo I: De Los Principios
Artículo 4.- Principios de la Ley. Esta Ley se fundamenta en los siguientes principios:
a) La integración de todas las aguas, sean estas, superficiales, subterráneas o
atmosféricas, en el ciclo hidrológico con los ecosistemas;
b) El agua, como recurso natural debe ser conservada y protegida mediante una gestión
sostenible y sustentable, que garantice su permanencia y calidad;
c) El agua, como bien de dominio público, es inalienable, imprescriptible e inembargable;
d) El agua es patrimonio nacional y estratégico al servicio de las necesidades de las y los
ciudadanos y elemento esencial para la soberanía alimentaria; en consecuencia, está
prohibido cualquier tipo de propiedad privada sobre el agua;
e) El acceso al agua es un derecho humano;
f) El Estado garantiza el acceso equitativo al agua;
g) El Estado garantiza la gestión integral, integrada y participativa del agua; y
h) La gestión del agua es pública o comunitaria.
Título II: Recursos Hídricos
Capítulo I: Definición, Infraestructura Y Clasificación De Los Recursos Hídricos.
Artículo 10.- Dominio hídrico público. El dominio hídrico público está constituido por los
siguientes elementos naturales:
a) Los ríos, lagos, lagunas, humedales, nevados, glaciares y caídas naturales;
b) El agua subterránea;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 40
c) Los acuíferos a los efectos de protección y disposición de los recursos hídricos;
d) Las fuentes de agua, entendiéndose por tales las nacientes de los ríos y de sus
afluentes, manantial o naciente natural en el que brota a la superficie el agua subterránea
o aquella que se recoge en su inicio de la escorrentía;
e) Los álveos o cauces naturales de una corriente continua o discontinua que son los
terrenos cubiertos por las aguas en las máximas crecidas ordinarias;
f) Los lechos y subsuelos de los ríos, lagos, lagunas y embalses superficiales en cauces
naturales; g) Las riberas que son las fajas naturales de los cauces situadas por encima
del nivel de aguas bajas;
h) La conformación geomorfológica de las cuencas hidrográficas, y de sus
desembocaduras;
i) Los humedales marinos costeros y aguas costeras; y
j) Las aguas procedentes de la desalinización de agua de mar. Las obras o
infraestructura hidráulica de titularidad pública y sus zonas de protección hidráulica se
consideran parte integrante del dominio hídrico público.
Título III: Derechos, Garantías y Obligaciones.
Capítulo I: Derecho Humano Al Agua.
Artículo 57.-Definición. El derecho humano al agua es el derecho de todas las personas
a disponer de agua limpia, suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el
uso personal y doméstico en cantidad, calidad, continuidad y cobertura. Forma parte de
este derecho el acceso al saneamiento ambiental que asegure la dignidad humana, la
salud, evite la contaminación y garantice la calidad de las reservas de agua para
consumo humano.
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. Ninguna persona puede ser
privada y excluida o despojada de este derecho. El ejercicio del derecho humano al agua
será sustentable, de manera que pueda ser ejercido por las futuras generaciones. La
Autoridad Única del Agua definirá reservas de agua de calidad para el consumo humano
de las presentes y futuras generaciones y será responsable de la ejecución de las
políticas relacionadas con la efectividad del derecho humano al agua.
Capítulo VII: Obligaciones Del Estado Para El Derecho Humano Al Agua
Artículo 90.- Condiciones para el otorgamiento de autorizaciones de uso del agua.
Previo al otorgamiento de autorizaciones para el uso del agua, la Autoridad Única del
Agua verificará el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) Que se respete el orden de prelación establecido en la Constitución y esta Ley;
b) Que se haya certificado, la disponibilidad del agua en calidad y cantidad suficientes.
Respecto de la calidad del agua la Autoridad Única del Agua implementará los procesos
de certificación de manera progresiva;
c) Que los estudios y proyectos de infraestructura hidráulica necesarios para su utilización
hayan sido aprobados previamente por la Autoridad Única del Agua;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 41
d) Que el beneficiario se responsabilice por la prevención y mitigación de los daños
ambientales que ocasione, y se obligue a contribuir al buen manejo del agua autorizada;
y,
e) Que la utilización del agua sea inmediata o en un plazo determinado para el destino al
que fue autorizado de acuerdo con el informe técnico respectivo.
Título IV: Aprovechamiento Del Agua
Capítulo I: De Los Tipos De Aprovechamiento Productivo
Sección Tercera: Acuicultura
Artículo 108.- Aprovechamiento de agua en acuicultura. Las personas que se
dediquen a cualquier actividad piscícola o acuícola, que no se considere incluida en la
soberanía alimentaria en los términos regulados en esta Ley, deberán obtener de la
autoridad pública correspondiente los permisos necesarios para el ejercicio de su
actividad, quien previo a otorgarlos deberá requerir de la Autoridad Única del Agua los
informes respecto del aprovechamiento productivo del agua, que causará el pago de las
tarifas establecidas en la presente Ley, cuando sea consuntivo.
Artículo 109.- Prohibición. No se otorgarán autorizaciones de aprovechamiento
productivo del agua en manglares. Solo podrán obtener y renovar dicha autorización y
con fines de actividad de acuicultura, quienes cumplan con el proceso de regularización
establecido en el Reglamento
4.2.10. Reglamento General de la Ley De Minería
Publicado en el Registro Oficial 67 del 16 de noviembre de 2009 – Suplemento. En lo
pertinente al caso se destaca lo siguiente:
Título I. Disposiciones fundamentales
Art. 1.- Del objeto del reglamento. - El presente Reglamento General tiene como objeto,
establecer la normativa necesaria para la aplicación de la Ley de Minería.
Título II. De la administración de la política minera
Capítulo II. De la agencia de regulación y control minero
Art. 8.- Jurisdicción y competencia. - La Agencia de Regulación y Control Minero ejercerá
jurisdicción en todo el territorio nacional y además de las atribuciones que constan en la
Ley y se establezcan en su Estatuto, ejercerá las siguientes:
m) Imponer sanciones motivadamente respecto a la prohibición de contratar niños, niñas
y adolescentes; violaciones al medio ambiente, a la preservación del patrimonio cultural, a
los derechos humanos y al aprovechamiento indebido del agua. Del incumplimiento a las
disposiciones de la Ley, notificará a las entidades públicas correspondiente para la
adopción de las medidas legales pertinentes;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 42
4.2.11. Acuerdo 069. Reforma al Reglamento Ambiental para Actividades Mineras de
la República del Ecuador (R.O. No 795 – julio 12, 2016).
Art. 53.- Auditoría Ambiental de Cumplimiento (AAC).- Los titulares mineros que realicen
actividades de exploración avanzada, explotación, beneficio, procesamiento, fundición y
refinación, presentarán a la Autoridad Ambiental competente, al primer año a partir de la
emisión de la licencia ambiental y posteriormente cada dos años hasta el cierre y
abandono de la actividad minera objeto de licenciamiento, una auditoría ambiental de
cumplimiento, para evaluar el cumplimiento de los planes de manejo ambiental
respectivos, normativas ambientales vigentes, condicionantes establecidas en la
autorización administrativa así como la evolución de los impactos ambientales. La
Auditoría Ambiental de Cumplimiento además deberá incluir el plan de acción y
evaluación del avance y cumplimiento de los programas de reparación y restauración
integral ambiental si fuera el caso, lo cual será verificado por la Autoridad Ambiental.
En la Auditoría Ambiental de Cumplimiento, entre otros aspectos, se determinará el nivel
de cumplimiento de las actividades mineras auditadas en función de los siguientes
criterios:
Conformidad (C): Esta calificación se da a toda actividad, instalación o práctica que se ha
realizado o se encuentra dentro de las restricciones, indicaciones o especificaciones
expuestas en el plan de manejo ambiental, condicionantes establecidas en la autorización
administrativa y la normativa aplicable.
No conformidad menor (NC-): Esta calificación implica una falta leve frente al plan de
manejo ambiental, condicionantes establecidas en la autorización administrativa y/o
normas aplicables, bajo los siguientes criterios: corrección o remediación; fácil, rápida y/o
de bajo costo; evento de magnitud pequeña, extensión puntual, bajo riesgo e impactos
menores, lo cual implica la obligación de su corrección inmediata.
No conformidad mayor (NC+): Esta calificación implica una falta grave frente al plan de
manejo ambiental, condicionantes establecidas en la autorización administrativa y/o
normas aplicables, bajo los siguientes criterios: corrección o remediación de carácter
difícil, que requiere mayor tiempo y recursos, el evento es de magnitud moderada a
grande, los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales y evidente
despreocupación, falta de recursos o negligencias en la corrección de un problema menor
o si se producen repeticiones periódicas de no conformidades menores.
El plan de acción para levantar las no conformidades determinadas, contendrá como
mínimo las medidas correctivas, un cronograma de implementación de las medidas y el
presupuesto correspondiente. Las medidas propuestas, estarán sujetas a control y
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 43
seguimiento por parte de la Autoridad Ambiental a través de los mecanismos de control
establecidos en la normativa aplicable.
La autoridad ambiental podrá observar, aprobar o rechazar dicho documento. De ser
observada la auditoría, el titular minero deberá presentar las respuestas a las
observaciones en el término no mayor a 30 días contados a partir de la notificación. De
no atenderse al requerimiento en el término establecido, la Autoridad Ambiental
competente como medida preventiva y/o correctiva, podrá suspender temporalmente las
actividades mineras hasta que se cumpla con lo solicitado.
Capítulo X.
Disposiciones técnico-ambientales específicas para cierre y abandono:
Art. 121.- Remoción de obras y rehabilitación.- En caso de que los resultados obtenidos
en la fase de exploración inicial o avanzada no justificaren el paso a la fase de
explotación, todas las obras de infraestructura que no tengan una utilidad futura deberán
ser removidas, las galerías exploratorias clausuradas y todos los destapes, pozos,
trincheras, lugares de sondajes, caminos y otros, deberán ser rehabilitados de
conformidad con lo establecido en la normativa ambiental vigente y en los planes de
manejo ambiental y en particular los de cierre y abandono correspondientes.
Se deberá presentar una Auditoría Ambiental o informe ambiental de cumplimiento según
corresponda al tipo de permiso ambiental obtenido para la aprobación por parte de la
autoridad ambiental, la cual verificará el cumplimiento de dichas actividades y permitirá
finalizar la fase de exploración inicial o avanzada y a su vez la extinción del permiso
ambiental.
Art. 122.- Término de operaciones y rehabilitación de áreas afectadas: En cualquiera de
las fases, el cierre de operaciones y rehabilitación de áreas afectadas, deberá ser
planificado desde la prefactibilidad y factibilidad del proyecto, siendo progresivo en las
diferentes etapas de la vida útil del proyecto, para minimizar los efectos de
erosión/hundimiento, promover biodiversidad y restaurar el habitad natural. El objetivo del
plan de cierre es de retornar las áreas afectadas a un estado físico, biológico y químico
estable y en una condición funcional ecológica que aseguren el restablecimiento de
equilibrios, ciclos y funciones naturales.
En caso de no contar con los respectivos amparos administrativos emitidos por el
Ministerio Sectorial por presuntas actividades ilegales, el sujeto de control deberá
contemplar en el plan de cierre las medidas ambientales para remediar o rehabilitar las
áreas afectadas.
Art. 124.- Cierre definitivo y abandono de área: El Titular Minero, previo a la finalización
prevista del proyecto en sus fases de explotación, beneficio, fundición, o refinación
deberá presentar un plan de cierre del proyecto, en un plazo no inferior a dos años y
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 44
hasta 6 meses antes del cierre definitivo del proyecto; el plan de cierre y abandono
incluirá un cronograma detallado de actividades, presupuesto final, procedimientos
operativos definiendo específicas acciones de cierre que incluya la recuperación del
sector o área, un plan de verificación de su cumplimiento, los impactos ambientales y
sociales, plan de compensación y las garantías actualizadas indicadas en la normativa
ambiental aplicable; así como, un plan de incorporación a nuevas formas de desarrollo
sustentable. Este plan deberá ser aprobado por la Autoridad Ambiental Nacional. De ser
requerido, un ajuste financiero será aceptado para satisfacer las necesidades del
presupuesto final.
Art. 125.- Las actividades de cierre deberán incluir medidas destinadas a alcanzar la
estabilidad de los terrenos, la rehabilitación biológica de los suelos, la reducción y el
control de la erosión, la protección de los recursos hídricos, la integración paisajística, etc.
De esta manera, serán objeto de aprobación entre otros, las actividades referentes a:
- Instalaciones de almacenamiento de sustancias y materiales peligrosos.
- Control y mitigación de drenaje ácido.
- Rehabilitación de escombreras y relaveras: Estabilidad física y química, revegetación,
otros;
- Manejo de los lagos artificiales producto de las minas a cielo abierto;
- Rehabilitación de taludes y galerías subterráneas;
- Impactos adversos sobre la superficie y la calidad del agua subterránea;
- Remediación de suelos contaminados;
- Diseño y mantenimiento de las estructuras de gestión del agua superficial;
- Las emisiones de polvo;
- Manejo de flora y fauna afectadas,
- Desmantelamiento y retiro de campamentos, plantas de procesamiento, maquinarias,
equipos, obras de infraestructura, servicios instalados, y otros.
Art. 126.- Daños ecológicos y pasivos ambientales.- Los promotores y ex-promotores del
proyecto que hubieren producido daños al sistema ecológico, alteraciones al ambiente o
pasivos ambientales serán responsables de la rehabilitación, compensación y reparación
de los daños causados por efecto de sus actividades mineras realizadas antes y después
del cierre de operaciones de la concesión, respectivamente, sin perjuicio de las
responsabilidades administrativas, civiles y/o penales a las que hubiere lugar. Las
acciones legales por los daños ambientales producidos en el desarrollo de un proyecto
minero son imprescriptibles.
Art. 127.- Monitoreo de actividades de cierre. - Es necesario prever en la planificación del
cierre un periodo adecuado de monitoreo. El monitoreo deberá ser diseñado para
demostrar que se cumplen los criterios y condiciones de cumplimiento propuestos y que
el sitio es seguro, estable y ha alcanzado los objetivos de cierre planificados. Tales
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 45
condiciones deben ser demostradas durante un periodo de 5 años tras el cese de la
explotación minera y cierre de la mina o en el tiempo que el Ministerio del Ambiente
prevea de acuerdo a la naturaleza del proyecto.
Se deberá presentar de forma semestral a la Autoridad Ambiental para su aprobación, un
informe de avance y efectividad de las medidas ambientales implementadas para el cierre
de mina.
Art. 128.- Auditoría Ambiental de Cierre. - Toda vez que se hayan cumplido las
obligaciones de las actividades de cierre y monitoreo luego de finalizadas las
operaciones, el titular minero presentará una auditoría ambiental de cierre, la cual
verificará el cumplimiento de dichas actividades y permitirá la extinción de la licencia
ambiental.
El titular minero que cuente con registro ambiental presentará un informe ambiental de
cierre.
Los resultados de la Auditoría Ambiental deberán ser informados a los actores sociales
de las áreas de influencia del proyecto.
El mecanismo de información a aplicar para Auditoría Ambiental de cierre será definido
en los respectivos Términos de Referencia y estará sujeto a la aprobación de la Autoridad
Ambiental Competente.
Art. 129.- Garantía financiera. - La garantía financiera de cierre será parte de la garantía
de fiel cumplimiento del plan de manejo ambiental. Las disposiciones financieras para
estimar los costos de cierre deben tener en cuenta todos los aspectos de las actividades
de rehabilitación y cierre, y estimarse mediante metodologías predictivas, eficaces y
verificables.
Las estimaciones de los costos de cierre deben así mismo ser revisadas periódicamente
para reflejar los cambios en la vida del proyecto y así asegurar que los costos sean lo
más exactos posibles.
La auditoría ambiental de cierre determinará el cumplimiento de la rehabilitación total e
integral del área minera y la extinción de la garantía de fiel cumplimiento.
4.2.12. Libro VI, “DE LA CALIDAD AMBIENTAL”, Título IV, Reglamento de la Ley de
Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Capítulo
IV, “Del control ambiental”, Sección I, Estudios Ambientales.
Art.58.- Estudio de Impacto Ambiental. Toda obra, actividad o proyecto nuevo o
ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona
natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 46
contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan
de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo
Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad estará en cumplimiento con
el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la
construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.
Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental. El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un
programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá
los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados,
la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados
a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones
aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas
dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.
Sección III, del monitoreo.
Art. 77.- Inspección de Instalaciones del Regulado. Las instalaciones de los regulados
podrán ser visitadas en cualquier momento por parte de funcionarios de la entidad
ambiental de control o quienes la representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones,
descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención existente.
El regulado debe garantizar una coordinación interna para atender a las demandas de la
entidad ambiental de control en cualquier horario.
Capítulo V, DEL REGULADO; Sección I, De los deberes y derechos del regulado.
Art. 81.- Reporte Anual. Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad
ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos
correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en
su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar
que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro VI De
la Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan
de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control.
Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoria Ambiental de Cumplimiento. El regulado deberá
contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y
realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas
ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el
presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 47
4.2.13. Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones
Hidrocarburíferas en el Ecuador. (Decreto Ejecutivo 1215, R.O Nº 265, febrero, 13 de
2001).
El presente Reglamento tiene por objeto regular las actividades hidrocarburíferas de
prospección geofísica, perforación, desarrollo y producción, almacenamiento, transporte,
industrialización y comercialización de petróleo crudo, derivados del petróleo, gas natural
y afines, susceptibles de producir impactos ambientales y sociales en el medio ambiente
y en la organización social y económica de las poblaciones asentadas en su área de
influencia en todo el territorio nacional.
4.2.14. Reforma Del Libro VI Del Texto Unificado De Legislación Secundaria
(Acuerdo Ministerial No 061. R.O - mayo, 4 de 2015).
Capítulo II: Sistema Único De Información Ambiental
Art. 14.- De la regularización del proyecto, obra o actividad. - Los proyectos, obras o
actividades, constantes en el catálogo expedido por la Autoridad Ambiental Nacional
deberán regularizarse a través del SUIA, el que determinará automáticamente el tipo de
permiso ambiental pudiendo ser: Registro Ambiental o Licencia Ambiental.
Art. 15 Del certificado de intersección. - El certificado de intersección es un
documento electrónico generado por el SUIA, a partir de coordenadas UTM DATUM:
WGS-84,17S, en el que se indica que el proyecto, obra o actividad propuesto por el
promotor interseca o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) Bosques y
Vegetación Protectores, Patrimonio Forestal del Estado. En los proyectos obras o
actividades mineras se presentarán adicionalmente las coordenadas UTM, DATUM PSAD
56. En los casos en que los proyectos, obras o actividades intersecten con el Sistema
Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio Forestal
del Estado, los mismos deberán contar con el pronunciamiento respectivo de la Autoridad
Ambiental Nacional.
Art. 18 De la modificación del proyecto, obra o actividad. - Todo proyecto, obra o
actividad que cuente con un permiso ambiental y que vaya a realizar alguna modificación
o ampliación a su actividad, deberá cumplir nuevamente con el proceso de regularización
ambiental en os siguientes casos:
a) Por sí sola, la modificación constituya un nuevo proyecto, obra o actividad;
b) Cuando los cambios en su actividad, impliquen impactos y riesgos ambientales que no
hayan sido incluidas en la autorización administrativa ambiental correspondiente;
c) Cuando exista una ampliación que comprometa un área geográfica superior a la que
fue aprobada o se ubique en otro sector.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 48
Capítulo IV: De Los Estudios Ambientales
Art. 32 Del Plan de Manejo Ambiental. - El Plan de Manejo Ambiental consiste de
varios sub-planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto. El Plan
de Manejo Ambiental contendrá los siguientes sub-planes, con sus respectivos
programas, presupuestos, responsables, medios de verificación y cronograma. a) Plan de
Prevención y Mitigación de Impactos; b) Plan de Contingencias; c) Plan de Capacitación;
d) Plan de Seguridad y Salud ocupacional; e) Plan de Manejo de Desechos; f) Plan de
Relaciones Comunitarias; g) Plan de Rehabilitación de Áreas afectadas; h) Plan de
Abandono y Entrega del Área; i) Plan de Monitoreo y Seguimiento.
En el caso de que los Estudios de Impacto Ambiental, para actividades en
funcionamiento (EIA Ex post) se incluirá adicionalmente a los planes mencionados, el
plan de acción que permita corregir las No Conformidades (NC), encontradas durante el
proceso.
Art. 40 De la Resolución. - La Autoridad Ambiental Competente notificará a los sujetos
de control de los proyectos, obras o actividades con la emisión de la Resolución de la
licencia ambiental, en la que se detallará con claridad las condiciones a las que se
someterá el proyecto, obra o actividad, durante todas las fases del mismo, así como las
facultades legales y reglamentarias para la operación del proyecto, obra o actividad: la
misma que contendrá:
a) Las consideraciones legales que sirvieron de base para el pronunciamiento y
aprobación del estudio ambiental;
b) Las consideraciones técnicas en que se fundamenta la Resolución;
c) Las consideraciones sobre el Proceso de Participación Social, conforme la normativa
ambiental aplicable;
d) La aprobación de los Estudios Ambientales correspondientes, el otorgamiento de la
licencia ambiental y el condicionante referente a la suspensión y/o revocatoria de la
licencia ambiental en caso de incumplimientos;
e) Las obligaciones que se deberán cumplir durante todas las fases del ciclo de vida del
proyecto, obra o actividad.
4.2.15. Acuerdo Ministerial 083-B. Reforma del Libro IX del Texto Unificado de
Legislación Secundaria. (R.O. Nº 387, noviembre 4, 2015)
Estipula los pagos por servicios Administrativos de Regularización, control y Seguimiento
del Servicio de Gestión Y Calidad Ambiental. Además de su disposición única:
Disposición Única. - Deróguese el Acuerdo Ministerial No. 068, publicado en el Registro
Oficial No. 207 de 04 de junio de 2010; el Acuerdo Ministerial No. 052 de 06 de abril de
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 49
2011, publicado en el Registro Oficial No. 465 de 08 de junio de 2011; el Acuerdo
Ministerial No. 067, publicado en el Registro Oficial No. 037 de 16 de julio de 2013; el
Acuerdo Ministerial No. 391 de 09 de diciembre de 2014; y el Acuerdo Ministerial No. 051
de 10 de marzo de 2015
4.2.16. Acuerdo Ministerial No. 097-A. Refórmese el Texto Unificado de Legislación
Secundaria. (R.O. Nº 387, noviembre 4, 2015)
Expide los Anexos del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente.
Artículo 1.- Expídase el Anexo 1, referente a la Norma de Calidad Ambiental y de
descarga de Efluentes del Recurso Agua.
Artículo 2.- Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos
Contaminados.
Artículo 3.- Expídase el Anexo 3, referente a la Norma de Emisiones al Aire desde
Fuentes Fijas.
Artículo 4.- Expídase el Anexo 4, referente a la Norma de Calidad del Aire Ambiente o
nivel de Inmisión.
Artículo 5.- Expídase el Anexo 5, referente a la Niveles Máximos de Emisión de Ruido y
Metodología de Medición para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles y Niveles Máximos de
Emisión de Vibraciones y Metodología de Medición.
4.2.17. Reglamento De Seguridad y Salud en el Trabajo en el Ámbito Minero (R.O.
No. 247- mayo 16, 2014.)
TITULO III
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES RESPECTO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO DEL AMBITO MINERO
Art. 7.- De los titulares de derecho minero. - El Estado garantiza los derechos a los
titulares de Derecho minero que cumplan las disposiciones que constan en la Ley de
Minería, su Reglamento General, el Reglamento de Régimen Especial de Pequeña
Minería y Minería Artesanal y el presente Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
del Ámbito Minero.
Art. 8.- Obligaciones de los titulares de derecho minero. - Son obligaciones de los
titulares de derechos mineros:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 50
a. Preservar la vida, seguridad, salud, dignidad e integridad laboral de sus trabajadores y
servidores mineros, contratistas permanentes o temporales, personal técnico,
administrativo y operativo; así como de visitantes y toda persona que tenga acceso a las
instalaciones y áreas de operación minera.
b. Implementar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en
la normativa legal vigente.
c. Implementar las condiciones adecuadas y saludables de hospedaje en los
campamentos estables y/o temporales de trabajo.
d. Permitir las auditorias de trabajo en sus instalaciones administrativas y operativas, y en
cada una de las fases de la actividad minera a los funcionarios de los organismos de
control.
e. Contar con los profesionales especializados en ramas afines a la gestión de seguridad
y salud en el trabajo bajo cuya responsabilidad se desarrolle el sistema de gestión.
f. Ejecutar sus labores mineras precautelando la seguridad y la salud de los
concesionarios colindantes o terceros.
g. Las demás que le corresponden de acuerdo con la Ley de Minería, del presente
Reglamento y además de todas las normas que sobre la materia se dicten.
4.2.18. Reglamento para la prevención y control de la contaminación por sustancias
químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales. Acuerdo Ministerial No.161
Reforma al libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente, expedido mediante decreto ejecutivo No.3516, publicado en el Registro Oficial
Suplemento 2 del 31 de marzo del 2003
CAPÍTULO III SOBRE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES. SECCIÓN I GESTIÓN
INTEGRAL DE LAS SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS
Art. 161.- La gestión de las sustancias químicas peligrosas está integrada por las
siguientes fases:
1) Abastecimiento, que comprende importación, formulación y fabricación;
2) Acondicionamiento, que comprende: envasado, etiquetado;
3) Almacenamiento;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 51
4) Transporte;
5) Comercialización;
6) Utilización.
Art. 179.- Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión
integral de los desechos peligrosos y especiales, se asegurarán que el personal que se
encargue del manejo de estos desechos, tenga la capacitación necesaria y cuenten
con el equipo de protección apropiado, a fin de precautelar su salud.
Art. 180.- La transferencia (entrega/recepción) de desechos peligrosos y/o especiales,
entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación
de la vigencia del registro otorgado al generador y el alcance de la regulación ambiental
de los prestadores de servicio para la gestión de desechos peligrosos y/o especiales.
De la Generación
Art. 181.- Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y responsable
del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:
a. Responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que
efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento
de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de
incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La
responsabilidad es solidaria e irrenunciable;
b. Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos
y especiales;
c. Obtener obligatoriamente el registro de generador de desechos peligrosos y/o
especiales ante el Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación
Responsable, para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá los procedimientos
aprobatorios respectivos mediante acuerdo ministerial;
d. Almacenar los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de seguridad
y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente Reglamento, normas INEN
y/o normas nacionales e internacionales aplicables evitando su contacto con los recursos
agua y suelo y verificando la compatibilidad de los mismos;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 52
e. Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el
almacenamiento de los desechos peligrosos y/o especiales, con accesibilidad a los
vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos;
f. Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de
acuerdo a la norma técnica correspondiente;
g. Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado
manejo, únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regularización
ambiental correspondiente emitida por el Ministerio del Ambiente o por la Autoridad
Ambiental de Aplicación Responsable;
h. Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el generador deberá
demostrar ante la autoridad ambiental competente que no es posible someterlos a algún
sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo los
lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por el Ministerio del
Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará con las normas
internacionales aplicables;
i. Elaborar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos
peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento crea la cadena de custodia
desde la generación hasta la disposición final;
j. Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante el
Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsables
k. Para generadores que tengan dos o más establecimientos en donde se generen
desechos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos y
se obtendrán ante el Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación
Responsable para la jurisdicción correspondiente;
m. Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos
peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la
fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad
(transferida/almacenada) y destino;
Del Almacenamiento
Art. 191.- Los lugares para el almacenamiento de desechos peligrosos deben cumplir con
las siguientes condiciones mínimas:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 53
a. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los
desechos peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que
permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el
movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia;
b. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento
de materias primas o productos terminados;
c. No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas peligrosas;
d. El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a
personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de
seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso;
f. Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes
de contingencia;
g. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso,
continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes químicas y
estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una
cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad,
temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía;
h. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio debe contar con cubetos
para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del
110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o
canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener
una quinta parte de lo almacenado;
i. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los
mismos, en lugares y formas visibles;
j. Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos
deberán mantener una presión mínima de 6kg/cm2 durante 15 minutos;
k. Contar con un cierre perimetral que impida el libre acceso de personas y animales; Art.
193.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos
y/o especiales debe llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas
técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales
aplicables al país. La identificación será con marcas de tipo indeleble, legible, ubicadas
en sitios visibles y de un material resistente a la intemperie.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 54
Art. 195.- El generador que transfiera desechos peligrosos y/o especiales a un prestador
de servicio (gestor) autorizado para el almacenamiento de los mismos, debe llevar la
cadena de custodia de estos desechos a través de la consignación de la información
correspondiente de cada movimiento en el manifiesto único.
De la Recolección
Art. 197.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos y especiales deben
ser recolectados, en forma tal que no afecte a la salud de los trabajadores ni al ambiente
y se asegure una clasificación por tipo de desechos.
Art. 202.- La recolección y transporte de desechos peligrosos deberá realizarse en
transporte que cuente con la respectiva licencia ambiental otorgada por el Ministerio del
Ambiente o por las autoridades ambientales de aplicación responsable, según lo
establecido en el Parágrafo IV del presente reglamento.
Parágrafo IV
Del Transporte de Sustancias Químicas Peligrosas y Desechos Peligrosos. Parágrafo
IV. A Transporte terrestre
Art. 204.- Quienes realicen la actividad de transporte de sustancias químicas peligrosas
y/o desechos peligrosos a nivel nacional deberán obtener la licencia ambiental en el
Ministerio del Ambiente, la que estará sujeta a la presentación de auditorías ambientales
de cumplimiento e incluirá la declaración anual del transporte de sustancias químicas
peligrosas y/o desechos peligrosos.
Art. 207.- El transportista tanto de sustancias químicas peligrosas como de desechos
peligrosos, que cuente con licencia ambiental, debe realizar una declaración anual de los
movimientos realizados, sin perjuicio de que la autoridad competente solicite informes
específicos cuando lo requiera.
Art. 208.- El transportista de sustancias químicas peligrosas deberá exigir a quien le
proporciona la carga:
a. La guía de remisión que además detalle la(s) sustancia(s) peligrosa(s) a transportar
con su respectiva clasificación y código de Naciones Unidas; y,
b. Hoja de seguridad y tarjeta de emergencia, según lo establece la Norma
Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2266
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 55
Art. 209.- El transporte de desechos peligrosos desde su generación hasta su
disposición final deberá realizarse acompañado de un manifiesto único de
identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el
transportista pueda recibir, transportar y entregar dichos desechos.
Art. 210.- El transportista entregará los desechos peligrosos en su totalidad a las
instalaciones de almacenamiento, sistemas de eliminación y/o disposición final que
cuentan con la respectiva licencia ambiental otorgada por la autoridad ambiental
competente. El generador especificará en el manifiesto único y en la declaración anual las
instalaciones donde se realizará la entrega.
Art. 226.- Quienes contraten el servicio de transporte que cuente con la licencia ambiental
respectiva para movilizar sustancias químicas peligrosas y/o desechos peligrosos de su
propiedad, serán responsables de las actividades y operaciones de transporte de las
empresas contratadas, por lo tanto salvo lo establecido en el Art. 225, será de su directa y
exclusiva responsabilidad la aplicación de las medidas de prevención, control y
rehabilitación, sin perjuicio de la que solidariamente tengan las personas naturales o
jurídicas contratadas para prestar el servicio de transporte
Parágrafo V Sistemas de eliminación y disposición final de desechos peligrosos y/o
desechos especiales
Art. 232.- Los únicos sitios en los cuales está permitido el vertido de desechos peligrosos,
bajo condiciones técnicamente controladas, son aquellos que cuentan con la licencia
ambiental emitida por la autoridad ambiental nacional o la Autoridad Ambiental de
Aplicación Responsable, y para el efecto deberán cumplir con la normativa técnica
emitida mediante acuerdo ministerial.
4.2.19. Acuerdo ministerial 026. Procedimientos para Registro de Generadores de
Desechos Peligrosos, Gestión de Desechos Peligrosos previo al Licenciamiento
Ambiental, y para el Transporte de Materiales Peligrosos. (R.O. Nº 334 – mayo, 12
del 2008).
El artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.026, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No.334 de 12 de mayo de 2008, señala que toda persona natural o
jurídica, pública o privada, que genere desechos peligrosos deberá registrarse en el
Ministerio del Ambiente, de acuerdo al procedimiento de registro de generadores de
desechos peligrosos determinado en el Anexo A;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 56
El artículo 2 del Acuerdo Ministerial No.026, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No.334 de 12 de mayo de 2008, establece que toda persona natural o
jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios para el manejo
de desechos peligrosos en sus fases de gestión, reuso, reciclaje, tratamiento biológico,
térmico, físico, químico y para desechos biológicos, coprocesamiento y disposición final,
deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental para la gestión de
desechos peligrosos descrito en el Anexo B;
El artículo 3 del Acuerdo Ministerial No.026, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No.334 de 12 de mayo de 2008, establece que toda persona natural o
jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios de transporte de
materiales peligrosos, deberá cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento
ambiental y los requisitos descritos en el Anexo C;
4.2.20. Acuerdo Ministerial 142. Listados Nacionales de Sustancias Químicas
Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales. (R.O Nº 856 – Diciembre, 21 del
2012)
Art. 1.- Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo
A del presente acuerdo.
Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del
presente acuerdo.
Art. 3.- Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del
presente acuerdo
4.2.21. Reglamento de Prevención de Incendios. (R.O. No 114 – Abril, 2009)
Control y Responsabilidad
Art. 3. Corresponde al Departamento de Prevención y Control de Incendies, de los
Cuerpos de Bomberos, cumplir y hacer cumplir lo señalado en este Reglamento, y velar
por su permanente de actualización, conforme a la realidad socio económica del País, las
demandas de prevención y los avances tecnológicos aplicables.
Art. 4. Toda persona natural y jurídica, propietaria, usuaria, en todas las actividades
socioeconómicas y en todos los edificios existentes, o que vayan a construirse, está
obligada a conocer las disposiciones de protección contra incendio y cumplirlas.
Art. 5. Todo profesional a cargo de un proyecto o construcción arquitectónica o urbana,
está obligado al cumplimiento de las normas de prevención contra incendios para su
correspondiente aplicación.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 57
4.2.22 Acuerdo Ministerial 134 de 25 de septiembre de 2012 (Inventario Forestal)
Mediante Acuerdo Ministerial 134 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.
812 de 18 de octubre de 2012, se reforma el Acuerdo Ministerial No. 076, publicado en
Registro Oficial Segundo Suplemento No. 766 de 14 de agosto de 2012, se expidió la
Reforma al artículo 96 del Libro III y artículo 17 del Libro VI del Texto Unificado de
Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, expedido mediante Decreto
Ejecutivo No. 3516 de Registro Oficial Edición Especial No. 2 de 31 de marzo de 2003;
Acuerdo Ministerial No. 041, publicado en el Registro Oficial No. 401 de 18 de agosto de
2004; Acuerdo Ministerial No. 139, publicado en el Registro Oficial Suplemento No.
164 de 5 de abril de 2010, con el cual se agrega el Inventario de Recursos Forestales
como un capítulo del Estudio de Impacto Ambiental.
4.2.23 Acuerdo Ministerial No.061
Capítulos VI sobre la gestión integral de desechos peligrosos y especiales, y Capítulo VII
sobre la gestión integral de sustancias químicas peligrosas
El artículo 104 del Acuerdo Ministerial No.061, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 316 de mayo de 2015, describe como una obligación a los fabricantes
o importadores de productos que al término de su vida útil u otras circunstancias se
convierten en desechos peligrosos o especiales, presentar ante la Autoridad Ambiental
Nacional para su análisis, aprobación y ejecución, programas de gestión de los productos
en desuso o desechos que son consecuencia del uso de los productos puestos en el
mercado (…);
El artículo 105 del Acuerdo Ministerial No.061, publicado en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No.316 de 04 de mayo de 2015, establece como requisito la
demostración del avance de los programas de gestión de desechos peligrosos y/o
especiales, se realizará mediante la presentación de un informe anual a la Autoridad
Ambiental Nacional, quien al final de cada año deberá realizar una evaluación del
cumplimiento de las metas de los programas de gestión aprobados, con el fin de
retroalimentar lo establecido en la normativa ambiental aplicable (…);
El literal e) del artículo 52 del Acuerdo Ministerial No.061, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No.316 de 04 de mayo de 2015, señala que la Autoridad
Ambiental Nacional expedirá políticas, los instructivos normativos necesarios para la
aplicación del presente capítulo en concordancia con la normativa ambiental aplicable; así
como los convenios internacionales relacionados con la materia;
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 58
El literal f) del artículo 52 del Acuerdo Ministerial No.061, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No.316 de 04 de mayo de 2015, señala que la Autoridad
Ambiental Nacional elaborará y ejecutará programas, planes y proyectos sobre la materia,
así como analizar e impulsar las iniciativas de otras instituciones tendientes a conseguir
un manejo ambiental racional de residuos sólidos no peligrosos, desechos peligrosos y/o
especiales en el país;
El literal s) del artículo 52 del Acuerdo Ministerial No.061, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No.316 de 04 de mayo de 2015, determina que la
Autoridad Ambiental Nacional coordinará y ejecutará actividades para el cumplimiento de
los distintos Acuerdos y Convenios Internacionales en la materia, de los cuales el país es
parte;
4.2.24. Acuerdo Ministerial No. 099
Art. 1.- El presente Instructivo tiene por objeto establecer las medidas de regulación y
control para la importación, exportación, fabricación, transferencia, almacenamiento,
transporte, uso industrial o artesanal y uso para investigación académica de las
sustancias químicas peligrosas a través del Registro de Sustancias Químicas Peligrosas,
y de esta manera mantener el control sobre la trazabilidad de las sustancias y su
gestión ambientalmente racional conforme lo establece el Sistema de Gestión Integral de
Sustancias Químicas Peligrosas.
Art. 2.- Las sustancias químicas peligrosas, cualquiera sea su forma, presentación o
denominación que estarán sujetas a regulación y control mediante el presente
instrumento, son las que la Autoridad Ambiental Nacional incorpore progresivamente al
registro posterior a un análisis de los impactos producidos por el uso de éstas, las
mismas que serán tomadas de los listados nacionales de sustancias químicas
peligrosas de toxicidad aguda, toxicidad crónica y de uso restringido y los tratados o
convenios internacionales de los cuales el Ecuador sea miembro suscriptor o adherente.
4.2.25. Acuerdo Ministerial No. 061 de 07 de abril de 2015, publicado en la edición
del Registro Oficial No. 316
Art. 12.- Del Sistema Único de Información Ambiental (SUIA). - Es la herramienta
informática de uso obligatorio para las entidades que conforman el Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental; será administrado por la Autoridad
Ambiental Nacional y será el único medio en línea empleado para realizar todo el proceso
de regularización ambiental, de acuerdo a los principios de celeridad, simplificación de
trámites y transparencia.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 59
Art. 14 De la regularización del proyecto, obra o actividad.- Los proyectos, obras o
actividades, constantes en el catálogo expedido por la Autoridad Ambiental Nacional
deberán regularizarse a través del SUIA, el que determinará automáticamente el tipo de
permiso ambiental pudiendo ser: Registro Ambiental o Licencia Ambiental.
Art. 15 Del certificado de intersección. - El certificado de intersección es un documento
electrónico generado por el SUIA, a partir de coordenadas UTM DATUM: WGS-84,17S,
en el que se indica que el proyecto, obra o actividad propuesto por el promotor
interseca o no, con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) Bosques y
Vegetación Protectores, Patrimonio Forestal del Estado. En los proyectos obras o
actividades mineras se presentarán adicionalmente las coordenadas UTM, DATUM
PSAD 56. En los casos en que los proyectos, obras o actividades intersecten con el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio
Forestal del Estado, los mismos deberán contar con el pronunciamiento respectivo de la
Autoridad Ambiental Nacional.
Art. 19 De la incorporación de actividades complementarias.- En caso de que el promotor
de un proyecto, obra o actividad requiera generar nuevas actividades que no fueron
contempladas en los estudios ambientales aprobados dentro de las áreas de estudio que
motivó la emisión de la Licencia Ambiental, estas deberán ser incorporadas en la Licencia
Ambiental previa la aprobación de los estudios complementarios, siendo esta inclusión
emitida mediante el mismo instrumento legal con el que se regularizó la actividad. En
caso que el promotor de un proyecto, obra o actividad requiera generar nuevas
actividades a la autorizada, que no impliquen modificación sustancial y que no fueron
contempladas n los estudios ambientales aprobados, dentro de las áreas ya evaluadas
ambientalmente en el estudio que motivó la Licencia Ambiental, el promotor deberá
realizar una actualización del Plan de Manejo Ambiental. Los proyectos, obras o
actividades que cuenten con una normativa ambiental específica, se regirán bajo la
misma y de manera supletoria con el presente Libro. Las personas naturales o jurídicas
cuya actividad o proyecto involucre la prestación de servicios que incluya una o varias
fases de la gestión de sustancias químicas peligrosas y/o desechos peligrosos y/o
especiales, podrán regularizar su actividad a través de una sola licencia ambiental
aprobada, según lo determine el Sistema Único de Manejo Ambiental, cumpliendo con la
normativa aplicable. Las actividades regularizadas que cuenten con la capacidad de
gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales en las fases de transporte,
sistemas de eliminación y/ o disposición final, así como para el transporte de sustancias
químicas peligrosas, deben incorporar dichas actividades a través de la actualización del
Plan de Manejo Ambiental respectivo, acogiendo la normativa ambiental aplicable.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 60
Art. 20 Del cambio de titular del permiso ambiental.- Las obligaciones de carácter
ambiental recaerán sobre quien realice la actividad que pueda estar generando un riesgo
ambiental, en el caso que se requiera cambiar el titular del permiso ambiental se deberá
presentar los documentos habilitantes y petición formal por parte del nuevo titular ante la
Autoridad Ambiental Competente.
Art. 21 Objetivo general.- Autorizar la ejecución de los proyectos, obras o actividades
públicas, privadas y mixtas, en función de las características particulares de éstos y de la
magnitud de los impactos y riesgos ambientales.
Art. 22 Catálogo de proyectos, obras o actividades.- Es el listado de proyectos, obras o
actividades que requieren ser regularizados a través del permiso ambiental en función de
la magnitud del impacto y riesgo generados al ambiente.
Art. 25 Licencia Ambiental.- Es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad
Ambiental Competente a través del SUIA, siendo de carácter obligatorio para aquellos
proyectos, obras o actividades considerados de medio o alto impacto y riesgo
ambiental. El Sujeto de control deberá cumplir con las obligaciones que se desprendan
del permiso ambiental otorgado.
Art. 26 Cláusula especial.- Todos los proyectos, obras o actividades que
intersequen con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación
Protectores (BVP), Patrimonio Forestal del Estado (PFE), serán de manejo exclusivo
de la Autoridad Ambiental Nacional y se sujetarán al proceso de regularización
respectivo, previo al pronunciamiento de la Subsecretaría de Patrimonio Natural y/o
unidades de patrimonio de las Direcciones Provinciales del Ambiente. En los casos en
que estos proyectos intersequen con Zonas Intangibles, zonas de amortiguamiento
creadas con otros fines además de los de la conservación del Patrimonio de Áreas
Naturales del Estado (derechos humanos, u otros), se deberá contar con el
pronunciamiento del organismo gubernamental competente.
Art. 29 Responsables de los estudios ambientales. - Los estudios ambientales de los
proyectos, obras o actividades se realizarán bajo responsabilidad del regulado, conforme
a las guías y normativa ambiental aplicable, quien será responsable por la veracidad y
exactitud de sus contenidos. Los estudios ambientales de las licencias ambientales,
deberán ser realizados por consultores calificados por la Autoridad Competente, misma
que evaluará periódicamente, junto con otras entidades competentes, las capacidades
técnicas y éticas de los consultores para realizar dichos estudios.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 61
Art. 30 De los términos de referencia.- Son documentos preliminares estandarizados o
especializados que determinan el contenido, el alcance, la focalización, los métodos, y las
técnicas a aplicarse en la elaboración de los estudios ambientales. Los términos de
referencia para la realización de un estudio ambiental estarán disponibles en línea a
través del SUIA para el promotor del proyecto, obra o actividad; la Autoridad
Ambiental Competente focalizará los estudios en base de la actividad en regularización.
Art. 31 De la descripción del proyecto y análisis de alternativas.- Los proyectos o
actividades que requieran licencias ambientales, deberán ser descritos a detalle para
poder predecir y evaluar los impactos potenciales o reales de los mismos. En la
evaluación del proyecto u obra se deberá valorar equitativamente los componentes
ambiental, social y económico; dicha información complementará las alternativas viables,
para el análisis y selección de la más adecuada. La no ejecución del proyecto, no se
considerará como una alternativa dentro del análisis.
Art. 32 Del Plan de Manejo Ambiental.- El Plan de Manejo Ambiental consiste de varios
sub-planes, dependiendo de las características de la actividad o proyecto. El Plan de
Manejo Ambiental contendrá los siguientes sub planes, con sus respectivos
programas, presupuestos, responsables, medios de verificación y cronograma. a) Plan de
Prevención y Mitigación de Impactos; b) Plan de Contingencias; c) Plan de
Capacitación; d) Plan de Seguridad y Salud ocupacional; e) Plan de Manejo de
Desechos; f) Plan de Relaciones Comunitarias; g) Plan de Rehabilitación de Áreas
afectadas; h) Plan de Abandono y Entrega del Área; i) Plan de Monitoreo y
Seguimiento. En el caso de que los Estudios de Impacto Ambiental, para
actividades en funcionamiento (EsIA Ex post) se incluirá adicionalmente a los planes
mencionados, el plan de acción que permita corregir las No Conformidades (NC),
encontradas durante el proceso.
Art. 33 Del alcance de los estudios ambientales.- Los estudios ambientales deberán cubrir
todas las fases del ciclo de vida de un proyecto, obra o actividad, excepto cuando por la
naturaleza y características de la actividad y en base de la normativa ambiental se
establezcan diferentes fases y dentro de estas, diferentes etapas de ejecución de las
mismas.
Art. 34 Estudios Ambientales Ex Ante (EsIA Ex Ante).- Estudio de Impacto Ambiental.-
Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación
de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar,
mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 62
Art. 35 Estudios Ambientales Ex Post (EsIA Ex Post).- Son estudios ambientales que
guardan el mismo fin que los estudios ex ante y que permiten regularizar en
términos ambientales la ejecución de una obra o actividad en funcionamiento, de
conformidad con lo dispuesto en este instrumento jurídico.
Art. 36 De las observaciones a los estudios ambientales.- Durante la revisión y análisis
de los estudios ambientales, previo al pronunciamiento favorable, la Autoridad Ambiental
Competente podrá solicitar entre otros: a) Modificación del proyecto, obra o actividad
propuesto, incluyendo las correspondientes alternativas; b) Incorporación de
alternativas no previstas inicialmente en el estudio ambiental, siempre y cuando estas no
cambien sustancialmente la naturaleza y/o el dimensionamiento del proyecto, obra o
actividad; c) Realización de correcciones a la información presentada en el estudio
ambiental; d) Realización de análisis complementarios o nuevos. La Autoridad Ambiental
Competente revisará el estudio ambiental, emitirá observaciones por una vez, notificará
al proponente para que acoja sus observaciones y sobre estas respuestas, la
Autoridad Ambiental Competente podrá requerir al proponente información adicional
para su aprobación final. Si estas observaciones no son absueltas en el segundo ciclo
de revisión, el proceso será archivado.
Art. 37 Del pronunciamiento favorable de los estudios ambientales.- Si la Autoridad
Ambiental Competente considera que el estudio ambiental presentado satisface las
exigencias y cumple con los requerimientos previstos en la normativa ambiental aplicable
y en las normas técnicas pertinentes, emitirá mediante oficio pronunciamiento favorable.
Art. 38 Del establecimiento de la póliza o garantía de fiel cumplimiento del Plan de
Manejo Ambiental.- La regularización ambiental para los proyectos, obras o actividades
que requieran de licencias ambientales comprenderá, entre otras condiciones, el
establecimiento de una póliza o garantía de fiel cumplimiento del Plan de Manejo
Ambiental, equivalente al cien por ciento (100%) del costo del mismo, para enfrentar
posibles incumplimientos al mismo, relacionadas con la ejecución de la actividad o
proyecto licenciado, cuyo endoso deberá ser a favor de la Autoridad Ambiental
Competente. No se exigirá esta garantía o póliza cuando los ejecutores del proyecto, obra
o actividad sean entidades del sector público o empresas cuyo capital suscrito
pertenezca, por lo menos a las dos terceras partes, a entidades de derecho público o de
derecho privado con finalidad social o pública. Sin embargo, la entidad ejecutora
responderá administrativa y civilmente por el cabal y oportuno cumplimiento del
Plan de Manejo Ambiental del proyecto, obra o actividad licenciada y de las
contingencias que puedan producir daños ambientales o afectaciones a terceros, de
acuerdo a lo establecido en la normativa aplicable.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 63
Art. 39 De la emisión de los permisos ambientales.- Los proyectos, obras o actividades
que requieran de permisos ambientales, además del pronunciamiento favorable
deberán realizar los pagos que por servicios administrativos correspondan,
conforme a los requerimientos previstos para cada caso. Los proyectos, obras o
actividades que requieran de la licencia ambiental deberán entregar las garantías y
pólizas establecidas en la normativa ambiental aplicable; una vez que la Autoridad
Ambiental Competente verifique esta información, procederá a la emisión de la
correspondiente licencia ambiental.
Art. 40 De la Resolución.- La Autoridad Ambiental Competente notificará a los sujetos de
control de los proyectos, obras o actividades con la emisión de la Resolución de la
licencia ambiental, en la que se detallará con claridad las condiciones a las que se
someterá el proyecto, obra o actividad, durante todas las fases del mismo, así como las
facultades legales y reglamentarias para la operación del proyecto, obra o actividad: la
misma que contendrá: a) Las consideraciones legales que sirvieron de base para el
pronunciamiento y aprobación del estudio ambiental; b) Las consideraciones técnicas en
que se fundamenta la Resolución; c) Las consideraciones sobre el
Proceso de Participación Social, conforme la normativa ambiental aplicable; d)
La aprobación de los Estudios Ambientales correspondientes, el otorgamiento de la
licencia ambiental y la condicionante referente a la suspensión y/o revocatoria de la
licencia ambiental en caso de incumplimientos; e) Las obligaciones que se deberán
cumplir durante todas las fases del ciclo de vida del proyecto, obra o actividad.
Art. 41 Permisos ambientales de actividades y proyectos en funcionamiento (estudios ex
post).- Los proyectos, obras o actividades en funcionamiento que deban obtener un
permiso ambiental de conformidad con lo dispuesto en este Libro, deberán iniciar el
proceso de regularización a partir de la fecha de la publicación del presente
Reglamento en el Registro Oficial.
Art. 43 Del cierre de operaciones y abandono del área o proyecto.- Los Sujetos de Control
que por cualquier motivo requieran el cierre de las operaciones y/o abandono del área,
deberán ejecutar el plan de cierre y abandono conforme lo aprobado en el Plan de
Manejo Ambiental respectivo; adicionalmente, deberán presentar Informes Ambientales,
Auditorías Ambientales u otros los documentos conforme los lineamientos establecidos
por la Autoridad Ambiental Competente.
Art. 44 De la participación social.- Se rige por los principios de legitimidad y
representatividad y se define como un esfuerzo de las Instituciones del Estado, la
ciudadanía y el sujeto de control interesado en realizar un proyecto, obra o actividad. La
Autoridad Ambiental Competente informará a la población sobre la posible realización de
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 64
actividades y/o proyectos, así como sobre los posibles impactos socio- ambientales
esperados y la pertinencia de las acciones a tomar. Con la finalidad de recoger sus
opiniones y observaciones, e incorporar en los Estudios Ambientales, aquellas que sean
técnica y económicamente viables. El proceso de participación social es de cumplimiento
obligatorio como parte de obtención de la licencia ambiental.
Art. 45 De los mecanismos de participación.- Son los procedimientos que la Autoridad
Ambiental Competente aplica para hacer efectiva la Participación Social. Para la
aplicación de estos mecanismos y sistematización de sus resultados, se actuará
conforme a lo dispuesto en los Instructivos o Instrumentos que emita la Autoridad
Ambiental Nacional para el efecto. Los mecanismos de participación social se definirán
considerando: el nivel de impacto que genera el proyecto y el nivel de conflictividad
identificado; y de ser el caso generaran mayores espacios de participación.
Art. 46 Momentos de la participación- La Participación Social se realizará durante la
revisión del estudio ambiental, conforme al procedimiento establecido en la normativa que
se expida para el efecto y deberá ser realizada de manera obligatoria por la
Autoridad Ambiental Competente en coordinación con el promotor de la actividad o
proyecto, atendiendo a las particularidades de cada caso.
Art. 247 Del ámbito de aplicación.- La Autoridad Ambiental Competente ejecutará el
seguimiento y control sobre todas las actividades de los Sujetos de Control, sean estas
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que
generen o puedan generar impactos y riesgos ambientales y sea que tengan el
correspondiente permiso ambiental o no. El seguimiento ambiental se efectuará a las
actividades no regularizadas o regularizadas por medio de mecanismos de control y
seguimiento a las actividades ejecutadas y al cumplimiento de la Normativa Ambiental
aplicable. El control y seguimiento ambiental a las actividades no regularizadas da
inicio al procedimiento sancionatorio, sin perjuicio de las obligaciones de regularización
por parte de los Sujetos de Control y de las acciones legales a las que hubiera lugar.
Art. 264 Auditoría Ambiental.- Es una herramienta de gestión que abarca conjuntos de
métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, que son usados por la Autoridad
Ambiental Competente para evaluar el desempeño ambiental de un proyecto, obra o
actividad. Las Auditorías Ambientales serán elaboradas por un consultor calificado y en
base a los respectivos términos de referencia correspondientes al tipo de auditoría. Las
auditorías no podrán ser ejecutadas por las mismas empresas consultoras que realizaron
los estudios ambientales para la regularización de la actividad auditada.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 65
Art. 280 De la Suspensión de la actividad.- En el caso de existir No Conformidades
Menores (NC-) identificadas por el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental y/o de la
normativa ambiental vigente, comprobadas mediante los mecanismos de control y
seguimiento, la Autoridad Ambiental Competente sin perjuicio del inicio del proceso
administrativo correspondiente, podrá suspender motivadamente la actividad o
conjunto de actividades específicas que generaron el incumplimiento, hasta que los
hechos que causaron la suspensión sean subsanados por el Sujeto de Control. En el
caso de existir No Conformidades Mayores (NC+) identificadas por el incumplimiento al
Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, comprobadas mediante
los mecanismos de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental Competente sin
perjuicio del inicio del proceso administrativo correspondiente, deberá suspender
motivadamente la actividad o conjunto de actividades específicas que generaron
el incumplimiento, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados
por el Sujeto de Control En caso de repetición o reiteración de la o las No Conformidades
Menores, sin haber aplicado los correctivos pertinentes, estas serán catalogadas como
No Conformidades Mayores y se procederá conforme lo establecido en el inciso anterior.
Art. 281 De la suspensión de la Licencia Ambiental.- En el caso de que los mecanismo de
control y seguimiento determinen que existen No Conformidades Mayores (NC+) que
impliquen el incumplimiento al Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental
vigente, que han sido identificadas en más de dos ocasiones por la Autoridad
Ambiental Competente, y no hubieren sido mitigadas ni subsanadas por el Sujeto de
Control; comprobadas mediante los mecanismos de control y seguimiento, la Autoridad
Ambiental Competente suspenderá mediante Resolución motivada, la licencia ambiental
hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados en los plazos
establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. La suspensión de la licencia
ambiental interrumpirá la ejecución del proyecto, obra o actividad, bajo responsabilidad
del Sujeto de Control. Para el levantamiento de la suspensión el Sujeto de Control deberá
remitir a la Autoridad Ambiental Competente un informe de las actividades
ejecutadas con las evidencias que demuestren que se han subsanado las No
Conformidades, mismo que será sujeto de análisis y aprobación.
Art. 282 De la revocatoria de la Licencia Ambiental.- Mediante resolución motivada,
la Autoridad Ambiental Competente podrá revocar la licencia ambiental cuando
no se tomen los correctivos en los plazos dispuestos por la Autoridad Ambiental
Competente al momento de suspender la licencia ambiental. Adicionalmente, se
ordenará la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental,
entregada a fin de garantizar el plan de cierre y abandono, sin perjuicio de la
responsabilidad de reparación ambiental y social por daños que se puedan haber
generado.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 66
Art. 285 De la Reparación Ambiental Integral. - Quien durante un procedimiento
administrativo, sea declarado responsable de daño ambiental está obligado a la
reparación integral del medio afectado. La Autoridad Ambiental Competente dentro del
ámbito de sus competencias velará por el cumplimiento de la reparación ambiental y
coordinará la reparación social con las instituciones involucradas. La Autoridad Ambiental
Nacional expedirá la correspondiente norma técnica en la que consten los criterios de
cualificación y cuantificación del daño ambiental para su reparación. Las actividades de
reparación se las realizará con los correspondientes planes elaborados por el
responsable del daño.
4.2.26. NORMA INEN 2266. 2013. Transporte, Almacenamiento y Manejo de
Materiales Peligrosos. Requisitos
1. Objeto
1.1 Esta norma establece los requisitos que se deben cumplir para el transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos.
2. Alcance
2.2 Esta norma se aplica a las actividades de producción, comercialización, transporte,
almacenamiento y manejo de materiales peligrosos.
6. Requisitos
6.1 Requisitos específicos
6.1.1 Personal
6.1.1.1 El manejo de materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto en las
Leyes y Reglamentos nacionales vigentes y convenios internacionales suscritos por el
país.
6.1.1.2 Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten
materiales peligrosos, deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la
totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización
o vallas reflectivas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material
peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias.
6.1.1.3 Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos
e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos
materiales a lo largo del proceso:
a) Embalaje. Rotulado y etiquetado.
b) Producción
c) Carga
d) Descarga
e) Almacenamiento
f) Manipulación
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 67
g) Disposición adecuada de residuos
h) Descontaminación y limpieza
6.1.1.4 Quienes manejen materiales peligrosos deben garantizar que todo el personal que
esté vinculado con la operación cumpla con los siguientes requisitos:
6.1.1.5 Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a
lo establecido en la Hoja de Seguridad de Materiales.
6.1.1.6 Instrucción y entrenamiento específicos, documentados, registrados y evaluados
de acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las
habilidades básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y
enfermedades ocupacionales. Se recomienda que el programa de capacitación incluya
como mínimo los siguientes temas:
a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos.
b) Clasificación de materiales peligrosos.
c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de materiales, tarjetas de
emergencia y demás documentos de transporte.
d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales.
e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal.
f) Planes de respuesta a emergencias.
g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte.
6.1.1.7 Todo el personal vinculado con la gestión de materiales peligrosos debe tener
conocimiento y capacitación acerca del manejo y aplicación de las hojas de seguridad de
materiales (Anexo B), con la finalidad de conocer sus riesgos, los equipos de protección
personal y cómo responder en caso de que ocurran accidentes con este tipo de
materiales. La información debe estar en idioma español y contendrá 16 secciones:
1. Identificación del material y del proveedor
2. Identificación de peligros
3. Composición e información de los ingredientes peligrosos.
4. Primeros auxilios.
5. Medidas de lucha contra incendios.
6. Medidas que deben tomarse en caso de derrame accidental.
7. Manejo y almacenamiento.
8. Control de exposición / protección individual.
9. Propiedades físicas y químicas.
10. Estabilidad y reactividad
11. Información toxicológica.
12. Información ecotoxicológica.
13. Información relativa a la eliminación de los productos.
14. Información relativa al transporte.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 68
15. Información sobre la reglamentación.
16. Otras informaciones.
6.1.5.1 Etiquetas para la identificación de embalajes / envases.
a) Las etiquetas deben ser de materiales resistentes a la manipulación y la intemperie,
pueden ser adheribles o estar impresas en el empaque, adicionalmente llevar marcas
indelebles y legibles, que certifiquen que están fabricadas conforme a las normas
respectivas.
b) Las etiquetas deben ajustarse al tamaño del envase y dependerán del tipo de
contenedor sobre el cual habrán de ser colocadas (Anexo F). La dimensión de las
etiquetas debe ser de 100mm *100mm. (Anexo H). Para los envases menores a 20 litros
o 25 kilogramos, las etiquetas deben abarcar por lo menos el 25% de la superficie de la
cara lateral de mayor tamaño.
c) Las etiquetas deben estar escritas en idioma español y los símbolos gráficos o diseños
incluidos de las etiquetas deben aparecer claramente visibles (Anexo F). d) Los códigos
de colores se deben aplicar de acuerdo a lo indicado en la tabla del Anexo E.
4.2.27. NTE INEN 2288:2000 Productos Químicos Industriales Peligrosos.
Etiquetado de Preocupación. Requisitos
1. Alcance
1.1 Esta norma se aplica a la preparación de etiquetas de precaución de productos
químicos peligrosos, como se definen en ella, usados bajo condiciones ocupacionales de
la industria. Recomienda solamente el lenguaje de advertencia, más no cuando o donde
deben ser adheridas a un recipiente.
3.1 La etiqueta de precaución para cualquier producto químico peligroso debe estar
basada sobre los riesgos que éste implica.
3.2 La siguiente materia tema debe ser considerada para inclusión de las etiquetas de
precaución:
1. Identidad del producto o componente (s) peligroso (s),
2. palabra clave,
3. declaración de riesgos,
4. medidas de precaución,
5. instrucciones en caso de contacto o exposición,
6. antídotos,
7. notas para médicos,
8. instrucciones en caso de incendio, derrame o goteo, y
9. instrucciones para manejo y almacenamiento de recipientes.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 69
3.3 La identificación del producto o de su (s) componente (s) peligroso (s) debe ser
adecuada para permitir la selección de la acción apropiada en caso de exposición (ver
Anexo A). La identificación no debe estar limitada a una designación no descriptiva o a un
nombre comercial. Si el producto es una mezcla, deben ser identificados aquellos
productos químicos (compuestos) que contribuyen sustancialmente a los riesgos.
3.4 La palabra clave debe indicar el relativo grado de gravedad de un riesgo en el orden
descendente de PELIGRO!, ¡ADVERTENCIA! y CUIDADO! Cuando un producto
presenta más de un riesgo, solo se usa la palabra clave correspondiente a la clase de
mayor riesgo (para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.6).
3.6 La declaración de riesgos debe dar noticia del riesgo o riesgos (tales como
ALTAMENTE INFLAMABLE Y NOCIVO SI ES ABSORBIDO POR LA PIEL) que estén
presentes en conexión con el acostumbrado y razonablemente previsible manejo o uso
del producto. Con productos que posean más de uno de tales riesgos, debe incluirse una
declaración apropiada por cada riesgo significativo. Por lo general, el riesgo más grave
debe colocarse primero (para efectos crónicos graves, ver el Anexo B, Sección B.8).
3.7 Las medidas de precaución (tales como "MANTÉNGASE LEJOS DEL CALOR,
CHISPAS Y LLAMAS" Y "EVÍTESE INHALAR EL POLVO") deben complementar la
declaración de riesgos proporcionando medidas sencillas que deben tomarse para evitar
lesiones causadas por el riesgo o riesgos.
3.8 Las instrucciones en caso de contacto o exposición deben ser incluidas donde los
resultados de contacto o exposición justifican tratamiento inmediato (Primer auxilio) y
donde pueden tomarse medidas simples de remedio con seguridad antes de disponer de
asistencia médica. Ellas deben estar limitadas a procedimientos basados en métodos y
materiales fácilmente disponibles. Las medidas simples de remedio (tales como lavado o
retiro de la ropa) deben estar incluidas donde ellas servirán para reducir o evitar lesiones
graves a partir del contacto o exposición.
3.9 Las instrucciones en caso de incendio y derrame o goteo deben ser incluidas cuando
sea aplicable para proveer a las personas que manejan los recipientes durante su
embarque y almacenamiento con disposiciones apropiadas para confinar y extinguir los
incendios y para limpiar los derrames y goteos. Estas deben ser tan simples y breves
como sea posible y recomendar el material apropiado para el control.
3.10 Deben incluirse instrucciones para el manejo y almacenamiento de recipientes para
proporcionar información adicional para aquellos productos químicos que requieren
procedimientos especiales o poco usuales de manejo y almacenamiento.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 70
3.11 Los antídotos que pueden ser administrados por una persona no experta deben ser
incluidos en la etiqueta cuando sean aplicables, bajo la designación "Antídoto". Los
antídotos que deben ser administrados por un médico tanto como otras medidas
terapéuticas útiles, diferentes del tratamiento simple de apoyo, deben ser incluidos en la
etiqueta bajo la designación "Nota para médicos".
4.2.28. NTE INEN ISO 3864-1. Símbolos – Gráficos.
Esta Norma INEN establece los colores de identificación de seguridad y los principios de
diseño para las señales de seguridad e indicaciones de seguridad a ser utilizadas en
lugares de trabajo y áreas públicas con fines de prevenir accidentes, protección contra
incendios, información sobre riesgos a la salud y evacuación de emergencia. De igual
manera, establece los principios básicos a ser aplicados al elaborar normas que
contengan señales de seguridad.
4.2.29. NTE INEN ISO 3864-1. Símbolos – Gráficos
4.2.31. Norma INEN 439. Señalización de seguridad
4.2.32. NTE INEN 2841. 2014-03. Gestión ambiental. Estandarización de colores para
recipientes de depósito y almacenamiento temporal de residuos sólidos. Requisitos
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 71
V. DESCRIPCIÓN DE LÍNEA BASE AMBIENTAL
5.1 MEDIO FÍSICO
5.1.1 Morfología y Edafología
El Cantón Playas se encuentra en una cadena montañosa con dirección preferencial
Noroeste - Sureste, que se presenta en el centro del cantón como relieves altos a
ondulados, estos relieves están constituidos predominantemente por materiales del
Grupo Azúcar, los cuales, por su gran compactación, han soportado la acción de los
agentes erosivos manteniendo su morfología original. Dentro de esta unidad se han
reconocido además glacis de esparcimiento muy extensos provenientes de la erosión de
los relieves superiores mencionados anteriormente, la incisión de los cauces en los
relieves ha provocado el desarrollo de depósitos en las vertientes formando coluvio
aluviales antiguos y recientes.
Hacia el extremo oriental del cantón aparecen relieves pertenecientes a la unidad de
Relieves estructurales y Colinados Terciarios, estos se encuentran separados de la
cordillera Chanduy -Playas por varios drenajes, entre los más importantes el río de Arena
y Comején.
Estas unidades reconocidas en la parte oriental del cantón son más bajos debido
principalmente a la poca resistencia a la erosión, se reconocen relieves bajos hasta
ondulados constituidos por areniscas blandas de la Formación Progreso, desgastando a
estos materiales se han desarrollado superficies de erosión que se presentan como
zonas relativamente planas. Se han encontrado además superficies de colmatación y
coluvio-aluviales cuyos materiales son producto de erosión de partes superiores.
Hacia el occidente del cantón se observa un paisaje uniforme que se extiende desde la
base de la Cordillera Chanduy - Playas hasta la línea de costa, esta unidad corresponde
a los Relieves Litorales Sedimentarios y Fluvio-Marinos que son unidades relativamente
planas que consisten de relieves ondulados, superficies de mesas marinas y superficies
de erosión de la Formación Tablazo, además de las unidades costaneras como playas
marinas, marismas, acantilados y estuarios.
Como unidad modeladora más reciente se tiene el Medio Aluvial el cual ha sido el
responsable de la formación de extensos valles fluviales y la formación de niveles de
terrazas que constantemente se desarrollan en el cantón por las condiciones climáticas
en la actualidad.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 72
El sitio donde se ubica el área minera se constituye en una elevación aislada, tipo colina
elongada asimétrica, amplitud 2:1, con dirección Norte Sur, producto del levantamiento de
un bloque fallado. Posee una pendiente variable, pero en general tiene un promedio de
60%, que se levanta a modo de semidomo aislado sobre la llanura de la región.
Topográficamente se constituye en un accidente aislado, el mismo que se levanta desde
los 50 msnm. hasta los 105 msnm., clasificada dentro del grupo de relieve tipo colina, con
una forma de la vertiente convexa; todas estas características la clasifican como una
unidad geomorfológica típica de cobertura sedimentaria terciaria, suavemente inclinada,
de litología organógena.
Producto de los depósitos marinos, aluviales y coluviales en el sector encontramos suelos
arenosos, arcillosos y conchilla; sin embargo sobre toda el área minera se notó la nula
presencia de suelo orgánico, debido a lo reducido del área solicitada como concesión
minera; pero debido a los materiales suprayacentes en la elevación donde se ubican las
áreas mineras, según la carta de suelos editada por Pronareg y Orstom (1976), se
presentan posibilidades de desarrollo de suelos con características “vertic”, más de 35%
de arcilla, tipo montmorillonita, estructura masiva en húmedo, grietas de más de 1 cm. de
ancho en verano, abiertas más de 90 días, cerradas más de 60 días pH>= 7, B.I. altas,
con CO3Ca en mucha cantidad, epípedon friable, régimen de humedad usti-arídico, con
material parental de una unidad morfológica tipo colinas de lutita blanca y caliza con una
pendiente mayor a 25%, que lo clasifican como Paralithic vertic ustropept (Vyb).
Circundando al área minera y en el sector de morfología plana encontramos suelos con
características de ser profundos, con grietas cerradas menos de 60 días pH>7, B.I. altas,
con régimen de humedad arídico, con material parental de una unidad morfológica tipo
colinas sedimentarias, clasificado como Vertic camborthid y/o Torrert (Va).
Hacia el Norte dominando todo el sector plano o poco ondulado se encuentra una unidad
edáfica, que posee características de ser suelos desarrollados sobre formaciones
antiguas, con horizonte argílico, cambio estructural abrupto entre el A2 y el Bt, siendo
suelos arcillosos, los cuales durante el verano forman grietas (características vertic),
textura franca (25-50% de arcilla) y presencia de CO3Ca, pH >=7, con un régimen de
humedad arídico, tipo Vertic Paleargic (Pva), típico de áreas planas o poco ondulado,
p<12%, con profundidad de 40 a 100cm..
El Uso de Suelo por estar incluido en la zona de vida Subdesértico Tropica (sDT), es uno
de los más inhóspitos, monótonos y desagradables de toda la Costa, y debido a que no
se cuenta con agua de ningún río permanente, el cual es el factor limitante más
importante que tiene incidencia en sus usos.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 73
El área minera en su totalidad está asentada sobre suelos con factores limitantes muy
importantes que limitan su uso, estos factores determinados son: la pendiente del 40 a
70%, profundidad débil, material edáfico en declives de colinas (pendiente muy fuerte),
medianamente profundos, con una textura arcillo-limosa, lo que indica un uso potencial
para reforestación o cultivos arbustivos de la zona.
La totalidad del sector de la concesión el uso que se da al suelo está determinado por la
presencia de la vegetación herbácea arbustiva árida y a la disponibilidad del agua, es así
que, dada las características principales del grupo y los factores limitantes, se clasifica a
este suelo como un uso potencial para reforestación (según clasificación de la Pronareg-
Orstom). Pero de acuerdo a las características del yacimiento de rocas calizas, se han
otorgado varios permisos para la explotación minera (títulos de concesión minera),
factores que han determinado un uso actual como minero-extractivo.
El paisaje en el de influencia de la concesión minera YOLANDA está dominado por una
extensa llanura desértica, con pequeños afloramientos de cerros que forman parte la
cordillera Chongón-Colonche y desde donde se extrae piedra caliza.
En estación seca se observan pequeñas plantas arbustivas de hojas deciduas, mientras
que en la estación lluviosa el paisaje se torna verde debido a los florecimientos de la
vegetación.
5.1.2 Hidrología y calidad del agua
En el área de influencia de la concesión minera YOLANDA no existen ríos o cuerpos de
agua importantes. De hecho, es una zona muy desértica con muy pocas lluvias durante el
año. Sin embargo, la presencia de algunos cerros ocasiona la formación de quebradillas
estacionales, los cuales se forman por la presencia de lluvias esporádicas.
El principal drenaje del sector lo constituye el río de Olmos, el cual nace al Oeste de la
concesión, en la elongación terminal Norte de los Cerros de Acumbe o Picones, y desde
allí se dirige hacia el Este, y cruza aproximadamente a 800m. al Norte, fuera de la
concesión.
El régimen de este drenaje es efímero, debido a las condiciones climatológicas
imperantes, su recorrido es corto y se desplaza sobre terrenos de pendientes moderadas,
hasta su desembocadura en el Océano Pacífico. El patrón de drenaje de este río es
dendrítico, de textura media, propio de zona de rocas sedimentarias y antiguas llanuras
costeras.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 74
Dentro del área minera no existe drenaje principal, y el río de Olmos, cruza
aproximadamente a 800m. al Norte, por lo que las incidencias del proyecto sobre el
componente hidrológico y aguas superficiales, es nulo.
En este sentido mencionamos a los ríos Pozo del Cerro al norte y oeste, y al rio de Olmos
al sur del área de la concesión.
En todo caso se deja claro que el carácter estacional de estos ríos no permite realizar
estudios hidrológicos importantes y muestreos para determinar la calidad del agua o de
alguna significación para la operación de la concesión minera YOLANDA.
El comportamiento hidrogeológico del sector está influenciado por las características
granulométricas y estructurales de los materiales rocosos de las formaciones Progreso y
Tosagua, que circundan al área minera. Las condiciones de porosidad y permeabilidad de
la formación progreso son favorables para la acumulación de aguas subterráneas,
mientras que la capa impermeable de la formación Tosagua favorece el entrampamiento.
Localmente el comportamiento de la hidrología del área no reviste importancia, ya que el
lugar donde se ubica el área minera es una elevación y no se evidenció la presencia de
aguas subterráneas; pero en las áreas circundantes presenta las condiciones para que
sea considerado como zona de recarga, debido que en época de lluvias permiten la
infiltración ya que la pendiente en es el factor que incide para que las líneas de flujo
converjan hacia el sector bajo, donde se ubica la formación Progreso, la cual está
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 75
constituida por areniscas y conglomerados, que son materiales granulares que favorecen
la recarga de las aguas en momento de lluvias.
Las características del relieve favorecen la rápida escorrentía y a pesar de existir una
litología que posibilita el desarrollo kárstico, este al parecer no se ha dado y por
consiguiente las posibilidades acuíferas son limitadas o no propensas, circunstancia que
se agrava por la baja tasa de precipitaciones en la zona.
5.1.3 Clima
Para la caracterización del Clima en el área de estudio se anota que no se cuenta con
información actualizada debido a que la estación meteorológica más cercana (El
Progreso 10 Cód. M175) se encuentra suspendida y los datos más recientes datan de los
años 2007 y 2008, y no se tienen registros de todos los meses.
Por lo tantp, se utilizaron datos de la estación MB06-Santa Elena-Universidad. A partir del
2011 esta estación cambió su denominación a M1170. Los datos publicados están
disponibles hasta el año 2012, contando diez años hacia atrás habría que hacer los
gráficos desde el 2002, pero este año no hubo datos para esa estación.
Según el Mapa bioclimático de Cañadas, por las condiciones que presenta el clima del
sector está incluido dentro de la Región 1, Desértico Tropical (DT); los datos tomados de
la estación “Playas”, registran valores de precipitaciones inferiores a los 200 mm; la
temperatura fluctúa entre 23°C y 26°C. La dirección del viento es predominante hacia el
Suroeste y Oeste, con una velocidad de 3,31 m/s. La región se encuentra a elevaciones
entre los 0 y 300 m.s.n.m.
5.1.3.1 Pluviosidad
El promedio mensual total de Pluviosidad registra un comportamiento estacional
típicamente monzónico, con picos muy pronunciados en la época lluviosa desde enero
hasta marzo, aunque el pico más alto registrado en el mes de marzo es de apenas
88,7mm, sin embargo, el resto del año es bastante seco, lo cual origina el tipo de
vegetación seca tropical, característica de la zona.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 76
5.1.3.2 Temperatura
Las temperaturas medias mensuales registradas a lo largo del año marcan una tendencia
típicamente monzónica sub-tropical, iniciando un incremento desde septiembre hasta
marzo, y comienza a descender desde abril hasta junio, y continúa hasta agosto.
5.1.3.3 Humedad Relativa
Este parámetro presenta una tendencia inversa a la de la temperatura, con valores
ascendentes a partir de abril, sosteniendo su incremento hasta septiembre y parte de
octubre, iniciando nuevamente su descenso hasta febrero.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 77
5.1.3.4 Dirección y velocidad del Viento
El comportamiento de los vientos está relacionado con la presencia de los vientos alisios
del sur generados por la corriente de Humboldt. Muestran siempre una tendencia al W y
SW, lo cual se explica por el desvío de los vientos alisios del sur por efectos de la
rotación terrestre.
5.1.4 Ruido
Se realizaron monitoreos para determinar de niveles de ruido total y nivel equivalente de
ruido residual en el área de influencia del Área Minera “YOLANDA” Código # 067, recinto
San Antonio, cantón Playas. El laboratorio acreditado responsable del monitoreo fue
IPSOMARY S.A.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 78
5.1.4.1. Objetivo General
Determinar los niveles equivalentes de ruido emitidos por la fuente fija de ruido en el área
de influencia directa del proyecto Estudio de Impacto Ambiental Expost del Área Minera
YOLANDA en sus fases de Explotación para comparar los resultados con los Límites
Máximos Establecido en la Normativa Ambiental Vigente.
5.1.4.2. Ubicación de puntos de muestreo
Las mediciones de ruido equivalente se realizaron en dos sitios, el primero P1 en el
sector Norte del Área Minera y el segundo P2 en el sector Sur de la misma. Ambos fueron
medidos el 10 de marzo de 2016 y cercanos a localidad de San Antonio, parroquia
General Villamil, cantón Playas, provincia del Guayas.
Punto X Y
P1 566650 9719296
P2 566628 9719174
DATUM UTM WGS84 ZONA 17 SUR
5.1.4.3. Metodología y Marco Legal
Metodología y Procedimiento Utilizado: procedimiento PEE/IPSOMARY/01-07; A.M. 097
TULSMA LIBRO VI, Anexo 05, lineamientos de ISO 19961, ISO 1996-2.
Método de medición: 5 repeticiones de 15 segundos cada una, se encontró influencia de
ruidos con componentes impulsivos e influencia de ruidos de baja frecuencia.
Intervalo de referencia: Según A.M. 097, TULSMA LIBRO VI, anexo 05 diurno de 07:01 a
21:00 y nocturno de 21:01 a 07:00. Ítem a medir: Ruido ambiente producido por fuentes
fijas de ruido.
Desviaciones al procedimiento: No aplica.
A.M. 097 TULSMA LIBRO VI ANEXO 5
Niveles máximos de emisión para fuentes fijas de ruido.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 79
El nivel de presión sonora continua equivalente corregido, LKeq en decibeles, obtenido de
la evaluación de ruido emitido por una Fuente Fija de Ruido, no podrá exceder los niveles
que se fijan en la tabla 1, de acuerdo al uso del suelo en que se encuentre.
5.1.4.4. Equipos utilizados
Especificaciones Sonómetro
Marca: LARSON
Modelo: Davis 2769
Serie: LxT
5.1.4.5. Análisis de Resultados
Punto Ruido Residual Ruido Total NMP (dBA) Uso de Suelo:
P1 59,6 63 70 Uso Industrial (ID3/ID4)
P2 51,1 57 70 Uso Industrial (ID3/ID4)
Las muestras tomadas el 10 de marzo de 2016 muestran valores bajo el límite máximo
permisible (70 dBA), de acuerdo a un uso de suelo Industrial (ID3/ID4), en vista de que
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 80
todo el sector está muy desarrollada la actividad minera, las cuales agregan más nivel de
ruido producto de las áreas mineras adyacentes.
5.1.5. Calidad del Aire
Se realizó el monitoreo de material particulado para determinar la Calidad del Aire en el
área de influencia del Área Minera “YOLANDA” Código # 067, recinto San Antonio,
cantón Playas. El laboratorio acreditado responsable del monitoreo fue IPSOMARY S.A.
5.1.5.1. Objetivo General
Determinar los valores de concentración de PM 10 y PM 2.5 en el área de influencia
directa del proyecto Estudio de Impacto Ambiental Expost del Área Minera YOLANDA en
su fase de Explotación”, para comparar los resultados con los Límites Máximos
Establecido en la Normativa Ambiental Vigente.
5.1.5.2. Ubicación del punto de monitoreo
Punto X Y
P3 567010 9719779
DATUM UTM WGS84 ZONA 17 SUR
5.1.5.3. Metodología y Marco Legal
Metodología y procedimiento utilizado: Método gravimétrico procedimiento
PEE/IPSOMARY/02-09 y PEE/IPSOMARY/03-09; A.M. 097-A TULSMA Libro VI, anexo 4;
en base a lo establecido en el 40 CFR 50 Apéndice J y L.
Intervalo de referencia: Medición continúa durante 24 horas ± 1 hora.
Ítem a medir: PM10 partículas con un diámetro aerodinámico ≤ 10 micrómetros y PM2.5
partículas con un diámetro aerodinámico ≤ 2.5
micrómetros; concentración de estas partículas en aire ambiente.
Técnico responsable de la medición: Sr. Luis Abad.
Desviación a la metodología: No aplica.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 81
Marco Legal:
AM 097-A TULSMA LIBRO VI ANEXO 4 Norma de Calidad del Aire Ambiente
Norma de calidad de aire ambiente.
Normas generales para concentraciones de contaminantes comunes en el aire ambiente.
Para contaminantes comunes del aire, definidos en LIBRO VI ANEXO 4 del TULSMA, se
establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas.
Material Particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la
concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta
microgramos por metro cúbico (50µg/m3). El promedio aritmético de monitoreo continuo
durante 24 horas, no deberá exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 μg/m3),
Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado PM10
cuando el percentil 98 de las
concentraciones de 24 horas registradas durante un periodo anual en cualquier estación
monitora sea mayor o igual a (100
μg/m3).
Material Particulado menor a 2.5 micrones (PM2.5).- El promedio aritmético de la
concentración de PM2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince
microgramos por metro cúbico (15 μg/m3). El promedio aritmético de monitoreo continuo
durante 24 horas, no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50
μg/m3). Se considera sobrepasada la norma de calidad del aire para material particulado
PM2.5 cuando el percentil 98 de las concentraciones de 24 horas registradas durante un
período anual en cualquier estación monitora sea mayor o igual a (50 μg/m3).
5.1.5.4. Equipos utilizados
Especificaciones Medidor de Partículas
PM10
Medidor de Partículas
PM2.5
Marca: BGI Incorporated BGI Incorporated
Modelo: PQ200 PQ200
Serie: 109r 059r
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 82
Principio:
Succión de aire
mediante bomba de
bajo caudal, separador
de partículas,
captación en filtro.
Succión de aire
mediante bomba de
bajo caudal, separador
de partículas,
captación en filtro.
5.1.5.5. Análisis de Resultados
Parámetro Ubicación
Fecha
Concentración
(µg/m3)
(Concentración
Máxima en 24
horas (µg/m3)
PM 10 Comunidad San
Antonio 10-11/mar/2016 20.0 100
PM 2.5 Comunidad San
Antonio 10-11/mar/2016 4.0 50
El resultado obtenido nos indica que el punto analizado cumple con el límite para PM10 y
PM2.5, durante 24 horas continuas de monitoreo, establecido por la Legislación
Ambiental vigente. Mapa Puntos de Monitoreo
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 83
5.1.6 Geología y sismicidad
El marco geológico regional sitúa a todo el sector en el extremo meridional de la zona
costera, la cual se halla surcada en el sentido ESE-ONO por la alineación montañosa
Chongón Colonche.
El área objeto de estudio forma parte de la cuenca del Progreso y limita al Oeste con el
Cerro La Estancia que la separan de la Península de Santa Elena, al Este de la falla de la
Cruz, que en el sector se divide en dos fallas paralelas denominadas San Antonio,
perpendicular a esta se encuentra la falla de Playas, los relieves son en general una
penillanura con pocas elevaciones aisladas.
La tectónica de la zona es bastante compleja y se la considera como un mosaico de
bloques fallados; todo este conjunto de fallas es conocido con el nombre de Falla de la
Cruz, que además divide a la zona en dos áreas diferentes. El área que se encuentra al
Suroeste de la falla y que ha sido sometida a una actividad tectónica, circunstancia que
ha producido el levantamiento del Grupo Azúcar dando origen a los cerros de la estancia:
el área, bastante extensa, que se encuentra al Este de la falla y cuya relativa inactividad
tectónica ha dado origen a pequeños plegamientos.
En la región afloran rocas que van desde el Paleoceno hasta el reciente y conforman una
potente serie de rocas sedimentarias.
La serie la inicia el Grupo Azúcar; descansando discordantemente se halla la Formación
San Eduardo (caliza San Antonio), sobre esta concordantemente está el Grupo Ancón;
sobre este Grupo se depositó la Formación Tosagua; descansando discordantemente
sobre la anterior está la formación Progreso; la formación Tablazo yace sobre cualquiera
de las anteriores y los depósitos aluviales coronan la secuencia.
A nivel local se destacan varios eventos geológicos enmarcados en la Geología de la
Península de Santa Elena, el cual es un ambiente de depósitos de tipo sedimentario.
En el área minera aflora únicamente la formación San Eduardo (San Antonio), la cual
domina todo la Loma Quito, y fuera de los límites de la concesión y del sector
considerado como minero, se encuentra encerrándola el Grupo Azúcar al Suroeste; al
Norte y al Este se ubica la formación Progreso, tal como se observa en el Mapa
geológico, y se describen a continuación:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 84
Grupo Azúcar (Paleoceno-Eoceno medio)
Está constituido por un Complejo detrítico de facies marinas, muy tectonizada e integrado
por tres unidades o formaciones menores que reciben los nombres de estancia, Chanduy
y Engabao. Están constituidas por areniscas cuarzosas de grano medio a grueso, muy
endurecidas y conglomerados. Generalmente se presenta muy fracturado y fallado,
siendo muy difícil encontrar una sección completa
Formación San Eduardo (Calizas San Antonio) (Eoceno medio)
En la Loma Quito se presentan como un bloque fallado, y se notan claramente en todos
los frentes de explotación calizas de tipo arrecifal de color crema y habano con algas y
foraminiferos. También poseen restos de conchas y abundantes algas, que infieren una
textura singular, bien definida en superficies pulimentadas. Por similitudes litológica y de
edad se las considera como equivalente a la formación San Eduardo.
Formación Progreso (Mioceno superior)
Está compuesta por areniscas, limolitas, arcillas y lutitas. Las areniscas son d egrano fino
y limosas, pero localmente de grano grueso y conglomeráticas,. Algunas son calcáreas y
contienen una gran cantidad de moluscos; varían localmente a coquinas y forman
prominentes elevaciones. Las arcillas y lutitas son comúnmente grises y verdosas,
limosas, suaves y raramente carbonáceas, frecuentemente bentoníticas y tobáceas. Son
comunes las concreciones alargadas de limolita y estratos de coquina biostromal.
5.2 MEDIO BIÓTICO
5.2.1. Descripción General
El Área Minera YOLANDA se encuentra localizada en el Km. 10,5 vía Progreso – Playas,
a la altura del recinto San Antonio, cantón General Villamil (Playas). Tiene una extensión
de 2,48 hectáreas mineras. Encontrándose dentro del perímetro suburbano en la cercanía
al mar, a altitudes inferiores a los 100 m.s.n.m. La vegetación se caracteriza por ser
seca, achaparrada de hasta 6 metros de altura y espinosa, con notable presencia de
cactos columnares (Sierra, et. al. 1999).
El área y características de la actividad regulada corresponden al Distrito Minero San
Antonio, en la cual se encuentran varias empresas dedicadas a la extracción de piedra
caliza en el denominado Cerro Quito. Esta actividad ha venido desarrollándose desde
hace varias décadas atrás, en el área de estudio no sostiene ecosistemas naturales
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 85
prístinos, áreas protegidas o áreas con ecosistemas frágiles que permitan la vida de
especies nativas o en peligro de extinción, debido que es visible la huella de actividad
antrópica ejercida durante muchos años.
En marco de lo antes descrito se realizó el levantamiento de la línea base biótica, cuyos
resultados permitirán evaluar los impactos ambientales del proyecto sobre dicho
componente y establecer lineamientos para el Plan de Manejo Ambiental.
El trabajo de campo fue realizado el día 03 de diciembre de 2015 y cubrió los aspectos de
flora y fauna.
5.2.2. Objetivos
5.2.2.1. Objetivo General
Enmarcar las actividades de la concesión minera en el entorno biótico.
5.2.2.2. Objetivo Específico
- Proporcionar información sobre el estado de la Flora y la Fauna en el área de estudio;
y,
- Proporcionar información para la identificación de las afectaciones al medio biótico
ocasionadas por la actividad de la concesión minera Yolanda.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 86
5.2.3. Región Bioclimática
Según el Mapa Bioclimático y Ecológico del Ecuador (Cañadas, 1.983), el área del
proyecto se localiza dentro de la Región Bioclimática denominada Sub-desértico Tropical
la cual se encuentra en una cota desde el nivel del mar hasta la cota de los 300 m.s.n.m.,
teniendo una temperatura media anual que oscila entre los 24 y 26º C y una precipitación
media anual comprendida entre los 250 y 500 mm.
Mapa bioclimático
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
5.2.4. Piso Zoogeográfico
Según Albuja et al.1.980, e área de estudio corresponden al piso zoogeográfico de zona
Tropical Suroccidental, o Región del Litoral.
En lo referente al área de estudio, esta se ubicaría en el código C19 correspondiente a
Vegetación riparia decidua de tierras bajas de la Costa, la cual es equivalente al bosque
Arbustal ripario deciduo tumbesino.
4.2.5. Nueva Propuesta de Clasificación para el Ecuador Continental
La Nueva Propuesta de Clasificación para las Formaciones Vegetales del Ecuador
Continental (Sierra, et al. 1.999), a diferencia de las Zonas de Vida de Holdridge, utiliza
parámetros florísticos, ecológicos, fisonómicos y estructurales para la clasificación de los
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 87
tipos de vegetación, esta permite tener un mejor criterio para la clasificación de las
unidades vegetales.
De acuerdo al Sistema de Clasificación de Ecosistemas del Ecuador Continental (MAE
2013) el área de estudio se encuentra Bosque bajo y Arbustal deciduo de tierras
bajas del Jama-Zapotillo (BdTc02), en algunas áreas son comunes especies de la
familia Cactaceae como Pilosocereus tweedyanus y Armatocereus cartwrightianus, así
como también especies con espinos de las familias Malpighiaceae, Celastraceae,
Erythroxylaceae y Rhamnaceae, Cerón et al. (1999) considera a estas áreas como una
formación vegetal diferente denominada “Espinar litoral”.
4.2.6. Zonas de Vida de Holdridge o Formación Ecológica
Este sistema está basado en la fisonomía o apariencia de la vegetación y no en la
composición florística. Los factores que se tienen en cuenta para la clasificación de una
región son la temperatura, precipitación y evapotranspiración.
El área minera en estudio abarca la Zona de Vida bosque seco Tropical (b.s.T) que se
encuentra desde el nivel del mar hasta la cota de 300 metros.
Comentarios: Se observa un pequeño remanente de vegetal secundaria Fecha: 03/12/2015
5.2.7. Metodología aplicada
Fase de Investigación el trabajo de campo se realizó el 03 de diciembre del 2015 . En la
Fase de Campo, se empleó la Evaluación Ecológica Rápida (EER), conocido en inglés
como Rapid Ecological Assessment (REA), fue desarrollada por The Nature Conservancy
(TNC) y sus socios, igual como el Programa RAP (Siglas en ingles de Rapid Assessment
Program= Programa de Evaluación Rápida) de Conservación Internacional (CI), para
poder adquirir, analizar y manejar información ecológica de una manera eficiente y eficaz
en un corto lapso de tiempo y a bajo costo (Metodología de Sobrevilla & Bath, detallada
en: Muchoney et al. 1994; Sayre et al., 2000.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 88
Adicionalmente a la EER, se empleó en dos puntos (T1 y T2) la metodología de
transeptos, este método es ampliamente utilizado por la rapidez con que se mide y por la
mayor heterogeneidad que se encuentra en la vegetación. Un transepto es un rectángulo
situado en un lugar para medir ciertos parámetros de un determinado tipo de vegetación.
La metodología que se utilizó para el estudio de la flora es la sugerida por Holdridge
(1967), quien recomienda delimitar una parcela de 10x100m y dentro de la transepta se
cuentan todos los árboles con más de 10cm. de diámetro, para poder obtener un listado
de las especies del sector.
Se midió los parámetros como DAP HT de todos los individuos con un DAP igual o mayor
a 10 cm. Se tomó fotografías de los individuos censados, no fue necesario colectar
muestras botánicas, por el alto grado de intervención antrópica las especies son comunes
y no existe complejidad es su identificación, por lo tanto las especies botánicas fueron
identificadas en campo.
En la Fase de Laboratorio, se tomó la libreta de campo donde se realizaron anotaciones
del nombre de las especies y con las fotografías tomadas in situ se procedió a la
identificación con claves taxonómicas. Los nombres científicos registrados en el campo,
fueron verificados con el Catálogo de Plantas Vasculares del Ecuador (Jorgensen & León,
1999), Manual de Botánica Sistemática, Etnobotánica y Métodos de Estudio en el
Ecuador (Cerón, 2003); Plantas útiles del Litoral Ecuatoriano (Valverde, 1998) y para los
Endemismos se empleó el Libro Rojo de las Plantas Endémicas del Ecuador, León-Yánez
et. al, 2011).
5.2.8. Cobertura Vegetal
En lo que corresponde a la vegetación natural del área minera y del sector, ésta ha sido
alterada, se encuentra en estado de muy poca regeneración encontrándose vegetación
indicadora de alteración está compuesta por plantas pioneras como el Niguito (Mutinguia
calabura), Algarrobo (Prosopis Juliflora), Moyuyo (Cordia luthea).
Esta condición ha ocasionado que la flora en el sector esté restringida a unas pocas
especies arbustivas y herbáceas de régimen estacional, con hojas deciduas y cactáceas.
5.2.8.1. Ubicación de los puntos de muestreo
Se empleó en dos puntos (T1 y T2) la metodología de transeptos1, este método es
ampliamente utilizado por la rapidez con que se mide y por la mayor heterogeneidad que
se encuentra en la vegetación.
1 Mostacedo B.2000. Manual de Métodos Básicos de Muestreo y Análisis en Ecología Vegetal.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 89
Coordenadas de muestreos de flora y fauna (PSAD 56)
Transepto 1 El inicio tiene las siguientes coordenadas. 799.190/9’773.320, y termina en Fin: 799.198/9’773.605.
Transepto 2 El inicio es 799.215/9’773.615, terminando en las siguientes coordenadas Fin: 799620/9’773.510.
5.2.8.2. Análisis de resultados
Las especies vegetales que se encuentran localizadas dentro de esta zona de vida son
especies capaces de asimilar los efectos adversos al clima; estas especies se han
modificado de tal manera que puedan sobrevivir con poca agua.
En el inventario se registraron 79 individuos correspondientes a 6 familias y 6 especies,
de las cuales la especie más importante es Prosopis Juliflora (Fabaceae) con 29
individuos, seguido de Cordia luthea (Boraginaceae), con 17 individuos y la especie
Pluchea sp. (Asteraceae) con 11 individuos.
El “Algarrobo” Prosopis Juliflora (Fabaceae) es la especie más frecuente en la zona del
proyecto, por lo tanto constituye el 36.71% del total de individuos censados, el “Moyuyo”
(Cordia luthea) tiene un porcentaje del 21.51% la “Flor de chivo” (Pluchea sp.) con el
13.92 %, las demás especies son poco frecuentes y tienen porcentajes bajos.
En el inventario se registraron se registraron a 6 especies correspondiente a 6 familias.
Tabla # 3. Porcentajes de las especies en el área de estudio.
Familia Nombre Científico Nombre Local N° Ind. Especie %
Asteraceae Pluchea sp. Flor de Chivo 11 13.92
Boraginaceae Cordia luthea Moyuyo 17 21.51
Cactaceae Armantocereus cartwrightianus
Cactus de la costa 8 10.12
Convolvulaceae Ipomea carnea Mata cabra 7 8.87
Fabaceae Prosopis Juliflora Algarrobo 29 36.71
Muntingiacaea Muntingia calabura Niguito 7 8.87
TOTAL 79 100,00 Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 90
Registro fotográfico
5.2.9. Fauna
El área de estudio ha sufrido una consecutiva intervención del hombre dado como
resultado un saldo ecológico negativo, el cual se expresa en la destrucción acelerada de
su vegetación y en el consecuente deterioro de las condiciones y calidad de la fauna.
Las operaciones de extracción y explotación de los recursos minerales en canteras a
cielo abierto, implican la generación de impactos sobre las áreas donde se realizan estas
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 91
actividades, afectando al medio natural por lo que es necesario tener información básica
sobre el estado de conservación de sus ecosistemas, con el fin de detectar
oportunamente los impactos y tomar acciones de prevención, mitigación o restauración.
La fauna silvestre del sector, no es muy común, ya que según reportes y entrevistas a
personas del sector, la presencia de mamíferos es nula, ya que el avance de la población
y sus actividades han determinado su desplazamiento hacia sitios menos alterados, a
excepción de la avifauna no residentes y reptiles, los cuales se adaptan fácilmente a este
tipo de ecosistemas todas ellas con poco riesgo según el criterio de la Unión Internacional
para la Conservación de la Naturaleza (IUCN).
5.2.9.1. Estados de Conservación
El estado de conservación es el indicador que refleja la probabilidad que tiene una
especie de seguir existiendo en el corto o largo plazo. Se basa en las características de la
población actual y en las tendencias exhibidas a lo largo del tiempo. Según la información
obtenida de la lista roja de la IUCN impartida a través de la web, las especies vegetales
registradas en la zona de estudio son endémicas y se encuentran en el estado de
información deficiente con sus siglas en ingles DD; mientras que según los registros de
las especies faunística observadas y sujetándonos a la información consultada se
encuentran dentro del estado de menor preocupación con sus siglas en ingles LC.
La explicación de las categorías y apéndices de estas organizaciones se explican a
continuación:
UICN. - Extinto (EX): Un taxón está Extinto cuando no queda duda alguna que el último
individuo ha muerto. Se presume que un taxón está Extinto cuando prospecciones
exhaustivas de sus hábitats, conocidos y/o esperados, en los momentos apropiados
(diarios, estacionales, anuales), y a lo largo de su área de distribución histórica, no han
podido detectar un solo individuo. Las búsquedas deberán ser realizadas en periodos de
tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del taxón.
Extinto en estado silvestre (EW): Un taxón está Extinto en estado silvestre cuando sólo
sobrevive en cultivo, en cautiverio o como población (o poblaciones) naturalizadas
completamente fuera de su distribución original. Se presume que un taxón está Extinto en
estado silvestre cuando exploraciones de sus hábitats, conocidos y/o esperados, en los
momentos apropiados (diarios, estacionales, anuales), y a lo largo de su área de
distribución histórica, no han podido detectar un solo individuo. Las búsquedas deberán
ser realizadas en periodos de tiempo apropiados al ciclo de vida y formas de vida del
taxón.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 92
Críticamente amenazado (CR): Un taxón está En peligro crítico cuando la mejor
evidencia disponible indica que cumple cualquiera de los criterios A a E para En peligro
crítico. Por consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo
extremadamente alto de extinción en estado silvestre.
En peligro (EN): Un taxón está En peligro cuando la mejor evidencia disponible indica
que cumple cualquiera de los criterios A a E para En peligro. Por consiguiente, se
considera que se está enfrentando a un riesgo muy alto de extinción en estado silvestre.
Vulnerable (VU): Un taxón está en la categoría de Vulnerable cuando la mejor evidencia
disponible indica que cumple cualquiera de los criterios A a E para Vulnerable. Por
consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo alto de extinción en
estado silvestre.
Casi amenazado (NT): Un taxón está en la categoría de Casi amenazado, cuando ha
sido evaluado según los criterios y no satisface.
Preocupación menor (LC): Un taxón está en la categoría de Preocupación menor
cuando habiendo sido evaluado, no cumple ninguno de los criterios que definen las
categorías En peligro crítico, En peligro, Vulnerable o Casi amenazado. Se incluyen en
esta categoría taxones abundantes y de amplia distribución.
Datos insuficientes (DD): Un taxón pertenece a la categoría Datos insuficientes cuando
no hay información adecuada para hacer una evaluación, directa o indirecta, de su riesgo
de extinción, con base en la distribución y/o el estado de la población. Un taxón en esta
categoría puede estar bien estudiado y su biología ser bien conocida, pero carecer de
datos apropiados sobre su abundancia y/o distribución. Datos insuficientes no es por
tanto una categoría de amenaza. Al incluir un taxón en esta categoría se indica que se
requiere más información y se reconoce la posibilidad de que investigaciones futuras
demuestren que una clasificación de amenaza pudiera ser apropiada. Es importante
hacer un uso efectivo de cualquier información disponible.
5.2.9.2. Ornitofauna
Durante el recorrido a lo largo del área de estudio, se observó y se escuchó, de forma
directa la presencia de diferentes especies de esta clase. Además de fuentes locales se
pudo identificar las siguientes aves:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 93
Tabla # 4. Registro de Ornitofauna REGISTRO ESPECIES
Familia Nombre científico Nombre común Tipo de registro N° Ind.
Especie Status
Directo Indirecto
Columbidae Columbina buckleyi Tortolita --- Visual 5 LC
Cuculidae Crotophaga sulcirostris Garrapareto --- Visual 2 LC
Cathartidae Coragys atratus Gallinazo común --- Visual 15 LC
Icteridae Dives warszewiczi Negro fino --- Visual 2 LC
Tyrannidae Pyrocephalus rubinus Pájaro brujo --- Entrevista --- DD
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Las aves son muy sensibles a la contaminación del medio y debido a ello son
consideradas como indicadoras de la condición general en que se encuentra un
ecosistema determinado.
La mayor parte de las aves encontradas en este sector, solamente visitan este lugar
como sitio de alimentación, y en caso de producirse un impacto en esta área, estas
especies únicamente cambiarían sus sitios de alimentación, buscando nuevos lugares.
No se encontraron sitios de anidación dentro del lugar, por lo que, al realizarse alguna
acción humana dentro del lugar, no se estaría alterando su reproducción y por ende su
ciclo biológico.
5.2.9.3. Mastofauna
Los mamíferos son las especies más amenazadas por varios factores ya sea por el
avance de la frontera agrícola, las actividades humanas o por la caza exhaustiva. En el
lugar de estudio ya no se encuentran muchos ejemplares de esta clase, ya que
generalmente emigran a lugares más seguros.
5.2.9.4. Herpetofauna
En el sitio de estudio se avistó únicamente a una iguana (Iguana iguana) y salamanquesa
(Phyllodactylus reissi) pertenecientes a las familias Iguanidae y Gekonidae,
respectivamente, además por diálogos sostenidos con moradores del sector, se reporta
también la presencia de la culebra mata caballo (Boa constrictor) perteneciente a la
familia Boidae.
5.2.10. Nicho Trófico o Ecológico
El nicho ecológico de un ser vivo no es solo un espacio físico, sino que incluye todos los
factores bióticos: sus presas, sus depredadores, los lugares en los que se refugia; de
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 94
algún modo, el nicho ecológico recoge la función del ser vivo en la
naturaleza. Incluye, especialmente, a las otras especies con las que comparte el hábitat.
Por ello decimos que el área de estudio presenta características muy marcadas por la
escasez de vegetación, por lo que las pocas especies observadas mantienen un alto
grado de adaptabilidad dado por las inclemencias del clima y por efecto de las diferentes
intervenciones de tipo antrópico a las que se han visto sujetas.
5.2.11. Aspecto ecológico
Actualmente el área del proyecto y sus alrededores presentaron zonas donde las
condiciones ecológicas han cambiado casi por competo, por las actividades humanas.
Pese a tratarse de ecosistemas alterados, estos están brindando refugio para especies
de sensibilidad baja y que están conviviendo con las poblaciones humanas.
En el presente estudio no se registraron especies endémicas, sin embargo, no se
descarta la posibilidad de registrarlos en otras épocas del año y con estudios más
específicos.
5.2.12. CONCLUSIONES
La vegetación encontrada en el área de estudio refleja el nivel de intervención que ha
venido soportando este sector, es así que los resultados obtenidos en campo, nos indican
abundancia de especies características de áreas degradadas como el Algarrobo
(Prosopis Juliflora), el Moyuyo (Cordia luthea), la Flor de chivo (Pluchea sp.). Dentro del
área de estudio no se encontraron zonas sensibles.
La diversidad de la mastofauna encontrada en el área de estudio está relacionada al
grado de perturbación de su ecosistema, la vegetación original ha sido modificada y solo
las especies adaptadas a esta intervención han logrado prosperar entre ellos mamíferos
de hábitat herbívoras, estrato terrestre y costumbres solitarias no territorialitas, de amplia
distribución y cuyo estado de conservación es de preocupación menor.
La diversidad de la avifauna encontrada en el área de estudio está relacionada al grado
de perturbación de su ecosistema, la vegetación original ha sido modificada y solo las
especies adaptadas a esta intervención han logrado prosperar, son aves cosmopolitas y
cuyo estado de conservación es de preocupación menor.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 95
5.3. MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL
5.3.1. Metodología de Levantamiento de Información
Para la determinación de los factores socioeconómicos del sector se utilizó como
metodología de levantamiento de información primaria, la realización de sondeos rurales
rápidos, mediante el empleo de encuestas para conocer a mis vecinos, metodología
justificada en la baja o nula densidad poblacional existente en el sector del área minera y
su área de influencia, además para la caracterización de los aspectos socioeconómicos y
culturales se toma como referencia a la Guía para la elaboración del componente
socioeconómico de Términos de Referencia y Estudios Ambientales, la cual se
encuentran en el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA). La información
primaria se levantó directamente en el sitio mediante entrevistas y observaciones directas
de campo.
Además, se complementa la determinación de este componente mediante la consulta de
información secundaria, utilizándose las siguientes fuentes bibliográficas: Ministerio de
Educación, INEC: VII Censo de Población y VI de Vivienda 2010, Ministerio de Salud,
Plan de desarrollo y ordenamiento territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado
municipal del cantón “GENERAL VILLAMIL-PLAYAS-”, Recinto San Antonio, Parroquia
“San Antonio”, Provincia del Guayas.
.
El trabajo de oficina consistió en la sistematización y tabulación de la información
bibliográfica y de campo obtenida por el responsable del levantamiento de este
componente y del grupo consultor.
5.3.2. Ubicación
El Cantón General Villamil Playas, se encuentra ubicado a 94 km del Cantón Guayaquil,
siendo el único balneario de la provincia del Guayas, forma parte de la zona de
planificación 5 de la Secretaria Nacional de Planificación (SENPLADES).
Cuenta con una superficie de 511,8 km2, en él se encuentran las comunas de San
Antonio, Engabao y los recintos de El Arenal, San Vicente y Data de Villamil.
5.3.3. Límites
• Norte: Cantón Guayaquil
• Este: Cantón Santa Elena
• Sur y Oeste: Océano Pacífico
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 96
5.3.4 Perfil Demográfico
El diagnóstico integrado es una síntesis del sistema de desarrollo territorial actual;
considerando su evolución histórica y las tendencias observables hacia el futuro de cada
uno de los diagnósticos de los componentes biofísicos, socioculturales, de asentamientos
humanos, económico, energía, movilidad y conectividad; político institucional y
participación ciudadana del Cantón General Villamil Playas, para plasmar sus
interconexiones, modo de funcionamiento y limitaciones actuales.
De acuerdo a los datos del último censo de población y vivienda efectuados por el INEC
en el año 2010, la densidad poblacional del Cantón es 153.87.
De acuerdo a las proyecciones del INEC 2010 – 2014, el Cantón Playas, cuenta con
49.311 habitantes aproximadamente; que indica que el 80% de los habitantes pertenece
al sector urbano y el 20% al sector rural
1. Niños, niñas y adolescentes (0-17), que en el cantón representan el 37,50%;
convirtiéndose en el grupo poblacional predominante.
2. Jóvenes (18-29 años de edad), que representa el 21% en el cantón.
3. Población adulta, es el segundo grupo más representativo en la población con el
35,42%
4. Adultos Mayores (mayores de 65 años de edad) representan el 6,8% de la
población del Cantón.
Población por Sexo
Hombre Mujer Total
146 163 309
311 183 494
147 129 276
604 475 1.079 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
La población del Cantón Playas es joven, ya que la edad media es 27 años. El análisis
poblacional por género determina que en el cantón el 49,35% de los habitantes son
mujeres y el 50,65% son hombres.
La población del Cantón Playas se encuentra dividida territorialmente inequitativamente
entre la cabecera cantonas, comunas y recintos. El 70% de la población habita en la
cabecera cantonal, el 20% en las comunas y el 10% en los recintos.
La población económicamente activa (PEA) del cantón es 15.935 habitantes, que
representan el 32,32% de la población total del cantón.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 97
Discapacidad Permanente por más de un año
Si No No responde Total
42 241 26 309
25 413 56 494
26 242 8 276
93 896 90 1.079 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
5.3.5. Flujos Migratorios
El movimiento de las personas a diferentes espacios dentro del territorio nacional
constituye una preocupación para los Gobiernos Autónomos Descentralizados, y es en
esa función que se deben ir construyendo políticas públicas municipales para dar
respuesta, generalmente de control y restricción, a los flujos de movilidad humana; pues
en su gran mayoría estos flujos migratorios desencadenan nuevos asentamientos
irregulares y son los municipios quienes tienen que dotar de servicios a la población.
Los flujos migratorios en el Cantón generalmente provienen de Guayaquil, Quito, Santa
Elena, Durán, Santo Domingo, entre otros, registrando un total de 1.797 desplazamientos
de su lugar de origen hacia nuestro Cantón.
Cabe resaltar, que la dinámica migratoria del Cantón hacia Guayaquil, Quito, Santo
Domingo, Portoviejo, Quevedo, entre otros, de acuerdo a los datos del último censo
revelan que 3.302 personas han salido del territorio, por cuestiones de trabajo, estudios,
formación de nuevos núcleos familiares en su gran mayoría.
Población por autoidentificación según su cultura y costumbres
Indígena Afroecuatoriano/ Negro/
Mulato Montubio Mestizo Blanco Otro Total
10 37 21 227 14 0 309
17 35 19 391 29 3 494
4 24 37 193 17 1 276
31 96 77 811 60 4 1.079 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
5.3.6. Salud
En el ámbito de la salud en el cantón Playas, el Estado garantiza el acceso a este
derecho a través del Área de Salud N°25 ubicada en la cabecera cantonal y con dos
dispensarios médicos; el primero que se encuentra ubicado en la comuna de Engabao y
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 98
está en funcionamiento, el otro en la comuna de San Antonio, donde no se brinda
atención médica desde el año 2012.
Según las estadísticas del Distrito de Salud de Playas la tasa de mortalidad es 50,53 que
ocurre principalmente en la infancia. Las enfermedades crónicas como la hipertensión
afectan más a las mujeres, en un 70% y a la población adulta mayor; el mayor porcentaje
de obesidad se encuentra en el rango de 40 a 55 años, y la diabetes afecta más a los
hombres.
Los casos de cáncer de útero y el mamario representan el 53% de los registrados en
SOLCA.
La desnutrición infantil en el Cantón alcanza el 17%, que tiene su mayor incidencia con el
estado nutricional de mujeres gestantes y niños y niñas de 0 a 59 meses.
Las infecciones de transmisión sexual (ITS) se reportan en mujeres en el 80% de los
casos, especialmente en las edades de 17 a 30 años.
5.3.7. Educación
El análisis de los indicadores de educación nos permite evidenciar las desigualdades de
género existentes, además que el nivel de educación de la población influye en el acceso
a las oportunidades de conseguir un empleo; entre otros factores que son importantes
para el desarrollo humano.
Los principales indicadores destacados de esta variable social son: la tasa de asistencia
por niveles de educación, analfabetismo, deserción escolar y escolaridad de la población.
5.3.8. Analfabetismo
El porcentaje de analfabetismo en el Cantón Playas es el 5,9% que se encuentra por
debajo de la media nacional que es el 7% pero que afecta más a los adultos mayores.
Condición de Analfabetismo (Personas de 15 años y más)
Alfabeto Analfabeto Total
217 17 234
365 7 372
164 8 172
746 32 778 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
El analfabetismo de acuerdo al enfoque de género se evidencia que afecta al 65% de las
mujeres y al 35% de hombres; de la población analfabeta en el Cantón.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 99
5.3.9. Deserción Escolar
De acuerdo a las estadísticas proporcionadas por la Dirección Distrital de Educación, se
registra una tasa del 4,80% que corresponde al período lectivo del año lectivo 2013 -
2014.
5.3.10. Escolaridad
Según el SIISE, el nivel de escolaridad en el área urbana alcanza el 10,97 y el 8,32 en el
área rural; evidenciando una vez más las inequidades del acceso a la educación para el
sector urbano y rural del Cantón.
Considerando la relación de género, los hombres alcanzan el promedio de 10,97 años
mientras las mujeres llegan a 8,10 años de mantiene el estereotipo de que la mujer solo
acude a los establecimientos educativos formales a conseguir una pareja, siendo esta
concepción aún fuerte en la Comuna de Engabao.
Tipo de Establecimiento al que asiste actualmente (personas de 5 años y más)
Fiscal (Estado) Particular (Privado) Fiscomisional Municipal Total
51 7 5 0 63
69 81 11 0 161
43 37 7 0 87
163 125 23 0 311 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
5.3.11. Nivel de Instrucción
El nivel de instrucción es un indicador valioso para medir el grado de desarrollo humano
en un territorio determinado.
Según los datos del INEC, en el último Censo Nacional Poblacional y de vivienda, el
Cantón Playas cuenta con la tasa del 91,05 de asistencia a la educación básica; 47,30 al
nivel de bachillerato y 10,02 a la educación superior.
Según el último autodiagnóstico participativo, se ha incrementado el número de
habitantes que han accedido al sistema de educación superior en el sistema público. Las
disciplinas con mayor número de estudiantes son: Ciencias de la Educación (17,61%);
Administración de empresas (15,20%), y Medicina (11,39%).
El 10% de la población del cantón tiene una discapacidad permanente por más de un
año; de esta el 30% de personas con discapacidad han cursado solo hasta el séptimo
año de educación básica y el 40% no ha podido cursar el bachillerato porque en las
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 100
instituciones educativas han sido víctimas de discriminación por su condición y porque el
Cantón aún no cuenta con ningún establecimiento de educación especial.
5.3.12. Vivienda
Los terrenos son comunales, pero existen familias que tienes escrituras que han sido
tramitados por medio del municipio, las tierras son utilizadas para el cultivo de pequeñas
parcelas que son usadas para el consumo interno de la comunidad, y las haciendas son
usadas para el pastoreo del ganado que proporcionan leche y carne para el sector y
también para la agricultura.
Número de hogares según tenencia o propiedad de la vivienda
Propia y totalmente
pagada
Propia y la está
pagando
Propia (regalada,
heredada o por posesión)
Prestada o cedida (no
pagada)
Por servicios
Arrendada Anticresis Total
36 1 34 5 2 4 0 82
19 2 23 6 3 42 0 95
31 4 34 11 0 6 0 86
86 7 91 22 5 52 0 263 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
5.3.13. Infraestructura Física
Servicios Básicos
La principal fuente de abastecimiento de agua que tiene la población son las redes
domésticas de agua potable por medio de la empresa municipal HIDROPLAYAS EP; pero
actualmente no abastecen la demanda para el consumo humano, debido a que sólo el
70% de los hogares cuenta con el servicio de agua potable en el sector urbano y el 35%
en el sector rural.
Viviendas particulares ocupadas con personas presentes por tipo de agua recibida
De red pública De pozo De río, vertiente, acequia o canal
De carro repartidor
Otro (Agua lluvia/albarrada)
Total
72 1 0 2 4 79
91 0 1 1 0 93
78 1 0 5 0 84
241 2 1 8 4 256 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
En el sector urbano el 60% de las viviendas cuenta con servicio de alcantarillado mientras
en el sector rural el método de evacuación utilizado es el de eliminación de excretas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 101
Número de hogares con disponibilidad de teléfono convencional
Si No Total
8 74 82
19 76 95
11 75 86
38 225 263 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
Actualmente, la empresa se encuentra con graves problemas para brindar sus servicios
de agua potable, debido a que desde que empezó a operar en el 2010, no se ha realizado
el mantenimiento correspondiente a las instalaciones de la planta de procesamiento y la
limpieza en el punto de captación del embalse.
El 68% de las viviendas tiene acceso a la cobertura de energía eléctrica debido a que
existe discontinuidad en la información del sistema de catastro urbano y rural en el
Cantón.
Viviendas particulares ocupadas con personas presentes por tipo de energía eléctrica
Red de empresa eléctrica de servicio público
Panel Solar Generador de luz (Planta eléctrica)
Otro No tiene Total
72 0 0 1 6 79
88 0 0 0 5 93
76 0 1 0 7 84
236 0 1 1 18 256 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
El 85% de los predios cuenta con la cobertura de recolección de desechos sólidos en el
sector urbano y el 60% en el sector rural; sin embargo, existen muchas dificultades para
la recolección de desechos sólidos, pues ante el crecimiento de la demanda de usuarios,
el número de operarios, maquinaria se hace insuficiente para realizar de manera óptima
la separación de los desechos.
Viviendas particulares ocupadas con personas presentes por tipo de eliminación de basura
Por carro recolector
La arrojan en terreno baldío o quebrada
La queman
La entierran
La arrojan al río, acequia o canal
De otra forma
Total
69 0 10 0 0 0 79
83 0 10 0 0 0 93
61 0 23 0 0 0 84
213 0 43 0 0 0 256 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 102
En el Cantón se impulsa el proyecto de relleno sanitario con la Unión Europea para el
reciclaje de los desechos sólidos mediante un convenio de subvención, para transformar
el botadero de basura a cielo abierto en un relleno sanitario que cumple con los
estándares de calidad ambiental.
Viviendas particulares ocupadas con personas presentes por tipo de servicio higiénico
Conectado a red pública de alcantarillado
Conectado a pozo séptico
Conectado a pozo ciego
Con descarga directa al mar, río, lago o
quebrada Letrina
No tiene
Total
2 62 6 0 1 8 79
48 39 4 0 0 2 93
6 61 7 0 2 8 84
56 162 17 0 3 18 256 Fuente: Censo de Población y Vivienda (CPV) 2010. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
En el cantón, de acuerdo a los datos proporcionados por el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (INEC) en el Censo Nacional de Población y Vivienda (CNPV,
2010), existe un déficit de vivienda cualitativo del 43,69% y cuantitativo del 24,83%.
5.3.14. Red vial
Este concepto hace referencia al conjunto de vías que permiten el desplazamiento
peatonal y vehicular entre los diferentes asentamientos del cantón, constituyéndose, de
esta forma, en parte fundamental para el desarrollo físico espacial.
De acuerdo con el Inventario Vial del Cantón Playas, de la red vial el 20% se encuentra
en buen estado, mientras que el 10% en buen estado y 60% malo.
5.3.15. Actividades Productivas
El comercio es la actividad complementaria para atender al turista, así como para cubrir
las necesidades internas. El turismo, aunque desarrollado en gran medida, carece de una
implementación de servicios acorde con la importancia de un cantón que tiene como a
este sector como su mejor opción para sus ingresos.
El desarrollo económico depende parcialmente del sistema financiero para ayudar a
mediar la transferencia de dinero a las áreas de la economía que la necesitan y que son
importantes para el crecimiento económico sustentable.
Durante el 2013, en el Cantón de acuerdo a las estadísticas de la Superintendencia de
Bancos y Seguros se otorgaron 7.003 operaciones crediticias, colocando en el mercado
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 103
un total de $25091547,55; aportando de esta manera al desarrollo de nuevos negocios en
la localidad.
Los sectores que más financiamiento han recibido son comercio al por mayor, consumo/
microcrédito que representan el 77,43% de las operaciones de crédito concedidas por el
sistema financiero, quedando de manifiesto la vocación del Cantón como un sector
turístico y que desarrolla su economía basado en el sector servicios.
5.3.16. Turismo
Playas se encuentra a 97 km de Guayaquil. Los turistas, en gran número visitan este
cantón para gozar de sus acogedoras playas. Sus principales festividades son:
FESTIVIDADES
Enero Cabalgata de los Reyes
Febrero Carnaval en Playas
Elección de la Reina de Carnaval
Campeonato Internacional de Skate Board “Playas Xtreme”
Marzo Circuito Sudamericano de Volley de Playas
Abril Campeonato de Master de Milla Náutica
Campeonato de Surf
Regata de Las Balsas
Junio Fiesta Tradicional y Religiosa de los pescadores “SAN PEDRO”
El Día del Pescador
Agosto Fiestas de Cantonización
Septiembre 24 de septiembre fiestas Patronales en Honor a la Virgen de la Merced
5.3.17. Arqueología
No se encuentran sitios de interés arqueológico en el recinto San Antonio.
5.3.18. Estado de la Propiedad
En lo referente a la concesión minera Yolanda, esta se encuentra en terrenos privados,
propiedad del Sr. Tito Guerrero Holguín. Por la escasa extensión de la propiedad, 2,48
hectáreas, está totalmente dedicada a la Mina. No es posible el uso de suelo agrícola,
vivienda, etc.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 104
5.3.19. Infraestructura Social
En el recinto San Antonio existe lo siguiente:
a) Una Casa Comunal que pertenece a la Comuna San Antonio;
b) Un Dispensario médico que pertenece al Ministerio de Salud; y,
c) Una Escuela Primaria que pertenece al Ministerio de educación.
5.4 IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS O FUENTES DE
CONTAMINACIÓN
En relación a la inspección in situ se pudo constatar que en el Área Minera YOLANDA NO
existe sitio contaminado alguno ni fuentes de contaminación.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 105
VI. INVENTARIO FORESTAL
6.1 INTRODUCCIÓN
La diversidad biológica de Ecuador es reconocida ampliamente reconocida a nivel
internacional, motivo por el cual se le categoriza como uno de los 17 países mega
diversos del mundo, por su número de especies por kilómetro cuadrado y también por sus
ecosistemas y recursos genéticos (MAE, 2016). Gran parte de la biodiversidad se
encuentra protegida por los sistemas forestales de conservación, los cuales proporcionan
un amplio rango de beneficios ambientales, como son la protección de cuencas
hidrográficas, recreación, protección de recursos genéticos, entre otros (Franquis &
Infante, 2003). Por este motivo las alteraciones o transformaciones a los recursos
forestales por actividades antrópicas (fragmentación, explotación, deforestación,
ocupación de suelo, entre otros) generalmente actúan sinérgicamente y generan
perturbaciones en la fluctuación de energía y balance ecológico.
El Recinto San Antonio y su parroquia del mismo nombre (área de implantación del
proyecto), se caracteriza por tener un clima tropical seco a semiárido, con un rango de
temperatura que fluctúa entre 23 a 26 ºC.
6.2 DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO
El Área Minera “Yolanda” Código #67 se encuentra geográficamente ubicado en el sector
conocido como San Antonio de la parroquia General Villamil, cantón Playas, provincia del
Guayas. Se encuentra a 80 Km aproximadamente de la ciudad de Guayaquil y tiene una
extensión territorial de 2,48 ha mineras.
PROVINCIA CANTÓN PARROQUIA SECTOR
GUAYAS PLAYAS GENERAL VILLAMIL SAN ANTONIO
COORDENADAS DEL PUNTO DE PARTIDA DEL ÁREA CONCESIONADA
DATUN: PSA 56 DATUN: WGS 84
Coordenadas X Coordenadas Y Coordenadas X Coordenadas Y
566691 9719554 566442 9719189
566691 9719678 566442 9719313
566891 9719678 566642 9719313
566891 9719554 566642 9719189
Superficie: 2,48 Has mineras
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 106
6.3 INVENTARIO FORESTAL
El área de implantación donde se ubica el proyecto se encuentra altamente intervenida
por actividades antrópicas, mayoritariamente a actividades mineras, por lo que existe
escasa presencia de vegetación en crecimiento arbóreo y arbustivo y por ende carece de
un dosel forestal, quedando así una delgada franja que representa la presencia puntual
de vegetación; razón por la cual no existe sustento técnico para realizar un inventario
forestal de sus individuos debido a que estas especies no tienen un valor biológico
importante en la zona.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 107
VII. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
7.1. Resumen del Proyecto
Dentro de la concesión minera Yolanda, a lo largo de los años se ha venido desarrollando
explotación de caliza de alta pureza mediante el Método de explotación a cielo abierto
(canteras) en bancos descendentes en el macizo rocoso, en menor proporción sobre el
material superficial de baja coherencia del cual aún queda una mínima exposición. El
arranque es realizado mediante el empleo de material explosivo, el cachorreo agolpe de
martillo y la clasificación granulométrica mediante el empleo de una criba.
7.1.1. Antecedentes Legales
• Otorgamiento de Sustitución de Titulo Minero por el Ministerio de Recursos
Naturales No Renovables, Sub Secretaría de Mina: Guayaquil, 7 de mayo de 2010.
• Protocolización de Documento: Guayaquil, 18 de mayo de 2010.
• Inscripción de Sustitución de Titulo Minero: Guayaquil, 19 de mayo de 2010.
• Titular Minero: Tito Guerrero Holguín. RUC: 0909503989001
Registro fotográfico: Consultora MAE-541-CI
7.2. Ubicación Geográfica y Accesibilidad
7.2.1. Ubicación Geográfica
El Área Minera “Yolanda” Código #67 se encuentra geográficamente ubicado en el sector
conocido como San Antonio de la parroquia General Villamil, cantón Playas, provincia del
Guayas. Se encuentra a 80 Km aproximadamente de la ciudad de Guayaquil y tiene una
extensión territorial de 2,48 ha mineras. A continuación, se presentan las coordenadas
geográficas del área minera.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 108
PROVINCIA CANTÓN PARROQUIA SECTOR
GUAYAS PLAYAS GENERAL VILLAMIL SAN ANTONIO
COORDENADAS DEL PUNTO DE PARTIDA DEL ÁREA CONCESIONADA
DATUN: PSA 56 DATUN: WGS 84
Coordenadas X Coordenadas Y Coordenadas X Coordenadas Y
566691 9719554 566442 9719189
566691 9719678 566442 9719313
566891 9719678 566642 9719313
566891 9719554 566642 9719189
Superficie: 2,48 Has mineras
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
7.2.2. Vías de acceso
La principal vía de acceso hacia el yacimiento geológico es la carretera Progreso-Playas
al margen derecho de la Parroquia San Antonio.
7.3. Diseño de Explotación
7.3.1. Método de Explotación
Hasta ahora, la explotación se la ha llevado a cabo en dos frentes denominados A y B,
los mismos que están separados por una franja del yacimiento que aparentemente
guarda el perfil original del yacimiento, constituyendo así una apreciable reserva del
mismo para su futuro aprovechamiento.
La explotación es a Cielo Abierto por el método de Canteras, pero parcialmente en el
borde occidental del área esta sigue en profundización con respecto al nivel de base de la
Loma Quito, por lo que está teniendo lugar la explotación en Open Pit. El arranque es con
el uso de explosivos.
7.3.2. Yacimiento Geológico
El yacimiento de la Mina Yolanda es parte de una exposición aislada de roca caliza que
estructura el Cerro San Antonio. La roca caliza ocurrente corresponde a la unidad
conocida como Calizas San Antonio, la misma que cronológicamente es del Eoceno
medio.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 109
La roca caliza ocurrente es de color blanco a crema, con algas y restos de conchas y
ocurre es estratos de espesor variable, delgados a gruesos, los mismos que
estructuralmente están dispuestos entre S 65º E/ 68º SO y S 60º E/ 28º S. La roca en
explotación es dura y coherente. En el área de explotación no existe ni sobrecarga ni
cobertura vegetal, estos ocurren en el área mayoritaria de la Concesión otorgada a la
Fuerza Área Ecuatoriana.
Dos sectores llanos producto de la explotación están presentes en la cantera que pueden
ser considerados como cancha mina, donde se instala una rejilla para acopiar el tamizado
primario y en donde se acopian los bloques grandes para luego proceder al cachorreo
pertinente, que se lo realiza a golpe de martillo.
7.3.3. Diseño de la Cantera
Hay que indicar que mayoritariamente el macizo rocoso está constituido por caliza, roca
de origen de arrecifes, la misma que superficialmente es de naturaleza polvosa, debido al
intemperismo físico, material que aún hay remanentes en el área de concesión, hacia
abajo el macizo ocurre estratificado con un AZIMUT de 170º y buzamiento hacia el este
de 40º que observa hacia el límite con la Mina Yolanda, el nivel inferior el macizo rocoso
es masivo.
A medida que se fue profundizando la excavación se presentaron dos ocurrencias
arcillosas, una de coloración rojiza en posición concordante de 2 a 3 metros de espesor y
otra a mayor profundidad en forma de bolsada, arcilla de coloración café oscura, que
ahora constituye el límite de la excavación en el frente occidental antes mencionado.
En general el macizo de roca caliza es de alta coherencia lo que ha permitido el
desarrollo de fuertes taludes en los bancos, estructurándose paulatinamente el talud de
cierre prácticamente vertical en el límite impuesto por la cesión del área a la Fuerza
Aérea, como la roca caliza es de óptima calidad el avance en profundidad continuará a
modo de OPENPIT y estará limitado por dos taludes, estructurando una amplia trinchera
que posiblemente tendrá como base la profundidad ya alcanzada.
Cabe indicar que las condiciones de estabilidad se ven favorecidas por las condiciones
climáticas, pues estas son de carácter desértico con precipitaciones mínimas con mayor
ocurrencia solo cuando se da el Fenómeno de El Niño.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 110
7.3.4. Reservas del Mineral
Las reservas mineras corresponden a la categoría de reservas probadas. Las reservas
son establecidas por la diferencia entre las reservas remanentes correspondientes al
ejercicio 2016 que son de 808.720,59 m³, con la cantidad de 6.455,33 m³ arrancados,
valor que es determinado aplicando el factor de esponjamiento de 1,5 a los 9.683 m³
comercializados; estas son de 802.265,26 m³.
7.3.5. Producción e Inversión del Proyecto
El volumen de producción durante el año 2016 fue de 9683 m3, por lo tanto, su
comercialización alcanzó un monto de $ 68.059,50 y los gastos ocasionados un valor de
$ 39.356,00.
7.3.5.1. Producción anual RITMO DE EXPLOTACIÓN (MENSUAL)
MES VOLUMEN EXTRAIDO m³
VOLUMEN DE PRODUCCIÓN
POR DÍA
VOLUMEN COMERCIALIZADO
COSTO DE PRODUCCIÓN POR UNIDAD
PRECIO PROMEDIO
TOTAL INGRESOS
ENERO 36 m³ 2 m³ 36 m³ $ 1.600 $ 1.944 $ 344
FEBRERO 402 m³ 21 m³ 402 m³ $ 3.500 $ 4.731 $ 1.231
MARZO 1.744 m³ 83 m³ 1.744 m³ $ 8.750 $ 11.624 $ 2.874
ABRIL 499 m³ 25 m³ 499 m³ $ 2.860 $ 3.493 $ 633
MAYO 768 m³ 40 m³ 768 m³ $ 3.180 $ 4.987 $ 1.807
JUNIO 483 m³ 25 m³ 483 m³ $ 2.860 $ 3.133 $ 273
JULIO 384 m³ 20 m³ 384 m³ $ 1.650 $ 2.716 $ 1.065
AGOSTO 1.929,5 m³ 100 m³ 1.929,5 m³ $ 8.800 $ 9.940 $ 1.140
SEPTIEMBRE 1.228,5 m³ 63 m³ 1.228,5 m³ $ 5.900 $ 8.739,50 $ 2.839
OCTUBRE 656 m³ 34 m³ 656 m³ $ 3.160 $ 4.112 $ 952
NOVIEMBRE 1.564,5 m³ 90 m³ 1.564,5 m³ $ 7.900 $10687.5 $ 2.787
DICIEMBRE ---------------- ------------- -------------- -------------- ----------- -----------
TOTAL 9.694 m³ 503 m³ 9.694 m³ $ 50.160 $ 66.107 $ 15.940
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 111
7.3.5.2. Costos de Producción RUBRO ENE
(usd) FEB (usd)
MAR (usd)
ABR (usd)
MAY (usd)
JUN (usd)
JUL (usd)
AGO (usd)
SEP (usd)
OCT (usd)
NOV (usd)
DIC (usd)
TOTAL
Combustible $28 $105 $105 $140 $140 $196 $196 $196 $196 $196 $196 $112 $ 1806
Transporte ------ -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- --------
Servicios Básicos
------ -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- --------
Pago a Personal
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$2400
$ 28800
Seguridad $400 -------- -------- -------- -------- $400 -------- -------- -------- -------- -------- -------- $ 800
Mantenimiento
------ -------- -------- -------- -------- $350 -------- -------- -------- -------- -------- -------- $ 350
Perforación y Voladura
$150 $225 $225 $300 $350 $350 $400 $400 $400 $400 $400 $200 $ 3800
Materiales, Suministro
$150 $225 $225 $300 $350 $350 $400 $400 $400 $400 $400 $200 $ 3800
Capacitación ------ -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- --------
Restauración al medio Ambiente
------ -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- --------
Otros ------ -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- -------- --------
Total $ 3128
$ 2955
$ 2955
$ 3140
$ 3240
$ 4046
$ 3396
$ 3396
$ 3396
$ 3396
$ 3396
$ 2912
$ 39356
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
7.4. Descripción de actividades La explotación de roca caliza se basa en la utilización del citado método Open Pit que
hace uso de explosivos. Las operaciones mineras en la fase de explotación consisten en
siete actividades que se describen a continuación.
Diagrama de Flujo de Proceso de Explotación OpenPit
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Preparación del Frente
Perforación Voladura
Carga del Material
Transporte Externo
Cachorreo
Manejo de Escombros
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 112
7.4.1. Preparación del Frente
Esta operación es previa y se la ejecuta para dejar expeditos los bancos y luego continuar
con el avance de subsiguientes operaciones. Se procura que no queden bloques en
posible disposición de desprendimiento, y en esta actividad se utilizan barras y como es
lógico el procedimiento se lo ejecuta con las debidas medidas de seguridad.
7.4.2. Perforación
La perforación se ejecuta con aire comprimido para lo cual se dispone de un compresor,
martillo y los respectivos barrenos, que posibilitan la perforación de los denominados
huecos largos y huecos medios.
7.4.3. Voladura
Esta operación se la ejecuta utilizando para la carga nitrato de amonio, dinamita como
iniciador, fulminantes convencionales y mecha lenta. La ignición se la ejecuta tiro a tiro
con encendido manual.
En la ejecución de la voladura se requiere de los siguientes insumos:
• Fulminantes
• Mecha
• Dinamita
• Nitrato de Amonio
7.4.4. Carga de Material
Las operaciones de carga a los volquetes del material explotado se realizan con el uso de
una cargadora frontal y manualmente.
7.4.5. Transporte Externo
El transporte hacia los centros de procesamiento de los compradores del producto, se da
con el uso de volquetes propiedad de los compradores de roca caliza.
7.4.6. Cachorreo
Esta operación se da a golpes de combo cuando se generan bloques de diámetro mayor
a los de venta.
7.4.7. Manejo de Escombros.
Los escombros se deben a la ocurrencia de material de baja calidad, que por lo general
es en mínima la cantidad que se generan. Este material estéril se lo mantiene apilado al
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 113
borde del área, para luego ser desalojados por requerimiento de la comunidad de San
Antonio.
Acerca del NO uso del Recurso Agua.- En el área de explotación minera no hay
circulación de agua y ni se utiliza agua en el manejo de la explotación. En el caso de
precipitaciones esporádicas que suelen ocurrir en temporada invernal el desagüe se
produce por escorrentía y se evacuan por infiltración en profundidad descargándose
hasta el área San Antonio que tiene los niveles más profundos de excavación.
Acerca de Planta de Tratamiento y Beneficio.- No aplica, el material producto de la
explotación, caliza, es directamente comercializado en bruto, por tanto, no se cuenta con
planta de tratamiento. El cachorreo es la única operación que eventualmente ejecuta,
cuando en la explotación se generan bloques grandes, con lo que se consigue el
dimensionamiento apropiado y así facilitar la operación de carga a los volquetes de
transporte externo y satisfacer el requerimiento de los compradores del producto.
7.5. Instalaciones y Talento Humano
7.5.1. Instalaciones
El Área Minera Yolanda cuenta con dos instalaciones específicas el polvorín que es lugar
de almacenamiento de explosivos y la casa del Titular Minero que sirve como
campamento y bodega de otros insumos.
7.5.2. Mano de Obra
NÚMERO DE PERSONAL
Directivo Administrativo Profesional Operativo Indirecto Nro Personal
Afiliado al IESS
1 - - 2 2 3 Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
7.6. Materiales, insumos, equipos y herramientas
7.6.1. Materiales, Insumos y sustancias químicas
La extracción minera requiere para la operación de la maquinaria: diésel y aceite
lubricante. Y para la voladura dinamita, nitrato de amonio, fulminantes y mecha lenta.
El único combustible utilizado es diésel para la operación del compresor, el cual requiere
un promedio de 5,37 galones diarios y se lo suministra en bidones.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 114
Los insumos en una explotación por voladura se reducen fundamentalmente a:
1. Combustible para la operación del compresor que posibilita el funcionamiento de
martillo neumático con que se realizan las perforaciones y de la cargadora frontal o
gallineta. El combustible es diésel y se requiere la cantidad de 120 galones
semanales.
2. Explosivos para la carga de los huecos para proceder a la voladura (arranque de la
roca), y constituyen:
Nitrato de Amonio
Dinamita
Fulminantes, y
Mecha lenta para el encendido manual
3. Barras de acero para la preparación del frente (estabilización), previo la
perforación de los huecos, combos para el cachorreo, son las únicas herramientas
de operación manual requeridas.
7.7.2. Equipos y Maquinarias
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
7.8. Cronograma de Actividades RUBRO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL
Combustible 20 galones
75 galones
75 galones
100 galones
100 galones
140 galones
140 galones
140 galones
140 galones
140 galones
140 galones
80 galones
1290 galones
Transporte
Servicios Básicos
Pago a Personal
$2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $2400 $ 28.800
Seguridad $400
$400
Mantenimiento
$350
Perforación y Voladura
30 hueco
45 hueco
45 hueco
60 hueco
70 hueco
70 hueco
80 hueco
80 hueco
80 hueco
80 hueco
80 hueco
40 hueco
760 hueco
Materiales, Suministro
$150 $225 $225 $300 $350 $350 $400 $400 $400 $400 $400 $200 $ 3800
Capacitación
Restauración Ambiental
Otros(detallar)
Fuente: INFORME DE PRODUCCION ANUAL MINA YOLANDA. Período 2016
N ° D ES C R IP C IÓN P R OP IA A LQUILA D A TIP O M A R C A M A TR ÍC ULA S ER IE A ÑO C A P A C ID A D C A R A C TER ÍS TIC A S OB S ER VA C ION ES
1 Retro excavadora Si No Gallineta Jonn Deere No 510D 1995 1 m³ Estándar Ninguna
1 Compreasor Si No Stacionario Ingerson Rand No 185 1995 120 PSI Estándar Ninguna
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 115
7.9. Ubicación y Diseño de Escombreras
Los escombros que son reducidos se acopian al borde del área y por lo general son
donadas a los pobladores de San Antonio y utilizados en el mantenimiento de la vía de
acceso. No hay almacenamiento de tierra vegetal, pues de toda el área de producción
ésta ya fue retirada años atrás.
En el mapa topográfico se presenta el sistema de avance y la limitación impuesta por la
cesión a la FAE de una buena parte del área de Concesión Yolanda.
La limitación se observa por el corte de considerable altura desarrollado por lo ya
anotado, la cesión a la FAE de parte de la Concesión.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 116
VIII. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS
8.1. Introducción
El presente proyecto consiste en extraer material rocoso (caliza) del Área Minera
“Yolanda” Código Nº067 en el recinto San Antonio, parroquia General Villamil del cantón
Playas, provincia del Guayas. Para alcanzar lo propuesto en vías de causar el menor
impacto ambiental, se han propuesto tres alternativas con el fin de seleccionar la más
idónea en relación a criterios costo-beneficio, sostenibilidad, sustentabilidad y
compatibilidad con el uso de suelo del sector.
Como breve antecedente es oportuno mencionar que el Estado ecuatoriano otorgó la
concesión minera “Yolanda” a favor del señor Pedro Alberto Guerreo Criollo, con fecha 7
de mayo de 2010 e inscrito en el Tomo I de inscripciones de Títulos Minero Nº71, el 19 de
mayo del mismo año. Ante el fallecimiento del titular, asume el hijo Tito Guerrero Holguín,
el cual por derechos concedidos tiene la facultad de extraer el recurso caliza del sitio.
Adyacente a ambos lados del terreno existe la presencia de otras dos áreas mineras y
hacia el Oeste se encuentran terrenos de la Fuerzas Armadas del Estado ecuatoriano, en
el cual existen campos de entrenamiento y polígonos de tiro.
8.2. Objetivo
El objetivo del presente capítulo es realizar un proceso de selección de la mejor
alternativa de aprovechamiento de los recursos naturales cercanos a la comunidad de
San Antonio utilizando los criterios ambientales, sociales, técnicos y económicos a los
que pueden estar afectando las diferentes alternativas.
8.3. Metodología
La selección de la mejor alternativa se basa tres pasos, primero en la descripción con sus
respetivos criterios técnicos y factores, segundo en el análisis de ventajas y desventajas
que ofrecen las alternativas; y finalmente la evaluación multicriterio para la elección de la
mejor opción. A continuación, se describen las alternativas.
8.3.1. Alternativa 1
Esta primera alternativa sugiere no ejecutar la explotación del recurso rocoso y en vez de
aquello desarrollar otra actividad económica, la cual se propone sembrar cultivos de ciclo
corto compatibles con los factores climáticos de la zona de estudio.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 117
8.3.2. Alternativa 2
La segunda opción corresponde a desarrollar un mirador ecoturístico en el sector del área
minera, maximizando el potencial turístico del recinto San Antonio y dando a conocer la
belleza escénica de la Cuenca Hidrográfica Esteros El Morro.
8.3.3. Alternativa 3
La última alternativa propuesta sugiere el aprovechamiento de extraer el material rocoso
(caliza) para su comercialización y posteriores usos en las diferentes industrias
ecuatorianas. Además, es importante saber que este recurso no es abundante en el país
y actualmente la alta demanda desemboca en un gran beneficio para el desarrollo
económico del sector y de la provincia en general.
8.4. Análisis multicriterio
El análisis multicriterio se basa en una matriz que asigna jerarquía a los criterios que
resulta en pesos asignados (Tabla A-1). Luego se consideran los factores para “x” criterio
de acuerdo a su nivel de importancia e impacto ambiental (Tabla A-2). Cada factor tiene
una breve descripción que ayudará a definir el criterio de evaluación de las alternativas.
Tabla A-1
Denominación Criterio Jerarquía (R) N-R+1 Peso (W)
C1 Técnico 1 3 0,50
C2 Ecológico 2 2 0,33
C3 Socioeconómico 3 1 0,17
∑(N-R+1) 6 6 1,00 Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Tabla A-2
CRITERIO FACTOR Descripción para
asignación de pesos
TÉNICO
Superficie de obra y procesos
constructivos
Mayor valoración a
alternativa que presente
mayor superficie y mejor
técnica constructiva.
Costos de construcción
Mayor valoración a
alternativa que modernice
las estructuras y el costo
esté función del beneficio
adquirido.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 118
Seguridad de infraestructura
Mayor valoración a
alternativa que incluya
estructuras
sismorresitentes.
ECOLÓGICO
Área y tipo de vegetación a
ser removida
Menor valoración a
alternativa que genere
más impactos a la flora en
estado natural.
Uso de suelo
Mayor valoración a
alternativa que mejores las
condiciones de uso de
suelo.
Volumen en remoción de
suelo
Menor valoración a
alternativa que genere
remoción de suelo.
SOCIOECONÓMICO
Actividades productivas
directamente afectadas
Mayor valoración a
alternativa que genere el
empleo.
Compatibilidad con los planes
de ordenamiento territorial
Mayor valoración a
alternativa que sincronice
con el PDyOT del cantón.
Costo-Beneficio
Mejor valoración a
alternativa que aumente el
beneficio económico. Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Luego se asignan pesos entre factores de cada criterio técnico, se realiza el
procedimiento descrito anteriormente en este caso para factores.
Tabla A-3
Criterio Peso Criterio FACTOR Peso del factor
TÉNICO 0,50
Superficie de obra y procesos
constructivos 0,33
Costos de construcción 0,17
Seguridad de infraestructura 0,50
ECOLÓGICO 0,33
Área y tipo de vegetación a
ser removida 0,50
Uso de suelo 0,33
Volumen en remoción de
suelo 0,17
SOCIOECONÓMICO 0,17 Actividades productivas
Afectadas positivamente 0,17
Compatibilidad con los planes
de ordenamiento territorial 0,33
Costo-Beneficio 0,50
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 119
La ponderación real que se usa para el análisis de alternativas y e s obtenida
mediante la multiplicación del peso del criterio por el peso del factor.
Tabla A-4
Criterio
Peso Criterio FACTOR Peso del factor
Peso real Peso
criterio por peso del
factor
TÉNICO 0,50 Superficie de obra y procesos
constructivos 0,33 0,165
Costos de construcción 0,17 0,085
Seguridad de infraestructura 0,50 0,250
ECOLÓGICO 0,33
Área y tipo de vegetación a ser
removida 0,50 0,165
Uso de suelo 0,33 0,109
Volumen en remoción de suelo 0,17 0,056
SOCIOECONÓMICO 0,17 Actividades productivas directamente
afectadas 0,17 0,029
Compatibilidad con los planes de
ordenamiento territorial 0,33 0,056
Costo-Beneficio 0,50 0,085
TOTAL 1,00 1,00 1,000
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Cada criterio de la matriz tiene factores, estas últimos son evaluados por el equipo
consultor. El valor considerado para cada factor ha sido evaluado por el Equipo Consultor
y este dará el resultado de elección de la mejor alternativa. El valor asignado está en
un rango de valores entre 1 y 5, teniendo en cuenta que puede ser negativo o positivo
en el sentido general que el factor de análisis causa impacto negativo al medio.
Tabla A-5
Valor Denominación
+/- 1 Muy bajo
+/- 2 Bajo
+/-3 Medio
+/-4 Alto
+/-5 Muy alto
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
El porcentaje por categoría de cada alternativa planteada será el resultado de la
multiplicación entre el peso real del factor con el valor asignado y divido para el máximo
valor posible. El resultado para cada factor se multiplica por 100 y finalmente se realiza
la suma total para cada alternativa y se verifica la mayor puntuación posible.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
Tabla A-6
Criterio
Peso
Criterio
FACTOR
Peso
del factor
Peso real del Factor
Alternativa 1 Alternativa 2 Alternativa 3
VA R
VA
R
VA
R
TÉNICO
0,5
Superficie de obra y procesos constructivos
0,33
0,165
1
16,5
2
33,0
-2
33,0
Costos de construcción 0,17 0,085 1 8,5
-2 -17,0 0 0,0
Seguridad de infraestructura
0,50 0,250 2 50,0 3 75,0 -1 -50,0
ECOLÓGICO
0,33
Área y tipo de vegetación a ser removida
0,50
0,165
-1
-16,5
-2
-33,0 -1 -16,5
Uso de suelo 0,33 0,109 -4 -43,6 2 21,8 4 43,6
Volumen en remoción de suelo
0,17
0,056
1
5,6
-1
-56,0 -3 16,8
SOCIOECONÓMICO
0,17
Actividades productivas directamente afectadas
0,17
0,029
3
8,7
4
11,6 4 11,6
Compatibilidad con los planes de ordenamiento territorial
0,33
0,056
1
5,6
-2
-16,8
3 16,8
Costo-Beneficio 0,50 0,085 2 25,5 2 25,5 5 42,5
TOTAL 1,000 5 60,3% 6 44,1 12 97,8
97,8 Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
VA. - Valor asignado
R.- resultado
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
8.5. Resultados
Luego de realizado el análisis de alternativas el resultado con mejores
consideraciones en sus criterios es la opción tres por motivo de que la
oportunidad de aprovechar el recurso rocoso generará mayor beneficio
económico al sector e incentivará al sector secundario con materia prima para
múltiples usos. En contraposición no es factible sembrar en esta área minera por
motivo de que el suelo no presenta las condiciones óptimas para cultivos. Y por
último la opción de crear un mirador ecoturístico sería poco beneficioso debido a
que el público en general o turistas preferirían recorrer unos pocos kilómetros más
y llegar a las playas, donde muchas más opciones de esparcimiento. En
conclusión, se acepta la alternativa 3 para la explotación de caliza en el Área
Minera “Yolanda” del recinto San Antonio, cantón Playas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 122
IX. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE
IMPACTOS AMBIENTALES
Para efectos de este capítulo se reconocen las acciones y actividades del
proyecto que identifican los impactos potenciales que puedan generarse en la
fase de “Explotación del Área Minera YOLANDA” en los ambientes físico, biótico y
socioeconómico; sean estos de carácter positivo y/o negativo; los mismos que
posteriormente serán evaluados a través de la aplicación de la metodología matriz
causa/efecto. Finalmente, se analizarán los resultados obtenidos para poder
estructurar el Plan de Manejo Ambiental en el capítulo subsiguiente.
La presente evaluación se fundamenta en las características y condiciones
ambientales del área de influencia directa del lugar donde se desarrolla el
proyecto, lo que permite identificar los flujos de energía, materia utilizada y
desechos generados en las diferentes fases, la información base se utilizó en la
identificación de probables impactos.
9.1. Metodología
La metodología y técnicas de valoración cuantitativa y cualitativa de impactos, se
enfoca en los siguientes lineamientos:
• Análisis de la situación ambiental previa (línea de base) y estimación de las
modificaciones que sufrirán los factores ambientales por efecto de las
actividades de explotación.
• Prevención de los impactos directos, indirectos o acumulativos que se
podrían generar sobre los componentes de los medios físicos, bióticos,
socio-económico y culturales, debido al desarrollo de las actividades de
explosión.
9.2. Descripción de las acciones generadoras de impactos
En la identificación de las alteraciones ambientales generadas por el desarrollo de
estas actividades, se toma en consideración las características ambientales y
acciones generadoras de impactos del sector donde se ubica la construcción del
Malecón y su área de influencia directa, para lo que se ha diseñado una matriz
causa/efecto, la cual se muestra en la Matriz # 1: IDENTIFICACION DE
IMPACTOS AMBIENTALES AREA MINERA “YOLANDA”, en la que se han
identificado las alteraciones sobre los elementos, características y procesos
ambientales y las acciones generadoras de alteraciones; se evidencia que existe
una calificación de acuerdo a la importancia de la alteración, la cual se produce
en el cruce de los elementos, es decir una relación causa-efecto.
La matriz se trabaja en forma sistemática mediante el empleo de una metodología
secuencial que se inicia con el reconocimiento de campo, con lo cual se
evidencian las posibles alteraciones, para luego continuar con la utilización de la
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 123
matriz doble entrada, donde en un eje se señalan las acciones productoras de
impactos (causas) y en el otro eje los elementos del ambiente que recibirán los
impactos (efectos) y donde existe una interacción se marca con el
correspondiente símbolo de acuerdo a la importancia de la alteración; se nota que
hay una calificación de acuerdo a la importancia de la alteración. En la matriz se
incluye la simbología que determina la interacción y el grado de afección en una
valoración cualitativa subjetiva de las alteraciones producidas:
• Alteración negativa (color rojo)
• Alteración positiva (color verde)
La identificación en forma concreta consiste en determinar los posibles impactos,
debido a que las actividades de construcción generarán alteraciones en los
diferentes componentes del ambiente biofísico y socioeconómico y cultural.
9.3. Descripción de las acciones generadoras de impactos Previo a la evaluación de los posibles impactos se debe detallar de manera
esquemática la entrada de insumos y la salida de energía o materia en que cada
actividad de las fases de construcción y operación del Malecón. A manera de
flujograma se realiza la respectiva descripción de las acciones generadoras de
impactos.
Flujo de insumos y energía en la Fase de Explotación
ENTRADA ACTIVIDADES
SALIDA
MATERIA PRIMA Y ENERGÍA
DESECHOS
Líquidos Sólidos Gaseosos
Combustible-Maquinaria Barras
Preparación del Frente
Escombros
Gases de combustión Material particulado
Ruido
Energía Eléctrica Combustible-maquinaria Barrenos
Perforación Escombros
Ruido y vibraciones Material particulado
Fulminantes Mecha Dinamita Nitrato de Amonio
Voladura
Escombros
Ruido y vibraciones Material particulado
Combustible-Maquinaria
Carga de Material
Explotado
Gases de combustión Ruido y vibraciones Material particulado
Combustible-Maquinaria
Transporte Externo
Gases de combustión Ruido y vibraciones Material particulado
Herramientas (combos, martillos)
Cachorreo
Ruido Vibraciones
Combustible-Maquinaria
Manejo de Escombros
Escombros
Ruido Gases de combustión
Vibraciones
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 124
9.4. Identificación de Impactos Ambientales e interacciones
Realizar la caracterización del área de estudio ayuda a seleccionar los factores
ambientales que serán o pueden ser afectados por las actividades del proyecto.
Los factores ambientales interactúan con las actividades del proyecto en función
del diagnóstico ambiental realizado con anterioridad. Las interacciones pueden
darse de manera positiva y negativa y depende del criterio técnico del equipo
consultor su denominación. Ésta identificación de impactos permitirá evaluar la
magnitud y la importancia de los mismos, producto del análisis de las
interacciones.
De acuerdo a la metodología seleccionada se han identificado 11 factores
ambientales que van a interactuar con las actividades de cada fase de
explotación. Para efecto de las interacciones se tiene que las casillas de fondo
color rojo indican interacción negativa, mientras que las casillas de fondo color
verde indican interacción benéfica.
Matriz #1: Identificación de Impactos
Factores Ambientales
Importancia
Preparación del Frente
Perforación Voladura Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de
Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmosféricas X X X X
Calidad del Aire Ambiente X X X X X
Ruido Ambiente X X X X X X X
Vibraciones X X X X X
3. Componente Suelo
Geomorfología X X X
Estabilidad X X X X
5. Fauna
Avifauna X X X X X X X
6. Socio-Económicos
Generación de empleo X X X X X X X
Desarrollo económico local X X X
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional X X X X X X X
7. Cultural
Estético/Paisajístico X X X X
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 125
9.5. Evaluación de Impactos Ambientales
9.5.1. Metodología
La metodología utilizada en esta sección está basada en la “Matriz Causa -
Efecto”, para la evaluación de impactos ambientales, que León & Aregui (2000)
sugieren ubicar cinco valores de las características de los impactos, cada uno de
ellos con su respectiva escala de impacto. Para la identificación de los impactos
se utiliza una matriz de interrelación factor - actividades, donde se valora la
importancia de los factores versus la magnitud del impacto asociado a dicha
interacción. Los valores de magnitud de los impactos se presentan en un rango
de 1 a 10 para lo cual, se han calificado las características de los impactos de
acuerdo a la tabla siguiente.
Tabla: Valores de las características de los impactos
Naturaleza Duración Reversibilidad Probabilidad Intensidad Extensión
Positivo = +1 Temporal = 1 A corto plazo = 1 Poco Probable = 0,1 Baja = 1 Puntual = 1
Negativo = -1 Permanente = 2
A largo plazo = 2 Probable = 0,5 Media = 2 Local = 2
Cierto = 1 Alta = 3 Regional = 3
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Naturaleza: La naturaleza o carácter del impacto puede ser positiva (+), negativa
(-), neutral o indiferente lo que implica ausencia de impactos significativos. Por
tanto, cuando se determina que un impacto es adverso o negativo, se valora
como “-1” y cuando el impacto es benéfico, “+1”.
Intensidad: La implantación del proyecto y cada una de sus acciones, puede
tener un efecto particular sobre cada componente ambiental.
• Alto: si el efecto es obvio o notable.
• Medio: si el efecto es notable pero difícil de medirse o de monitorear.
• Bajo: si el efecto es sutil o casi imperceptible.
Duración: Corresponde al tiempo que va a permanecer el efecto.
• Permanente: el tiempo requerido para la fase de operación.
• Temporal: el tiempo requerido para la fase de construcción.
Extensión: Corresponde a la extensión espacial y geográfica del impacto con
relación al área de estudio. La escala adoptada para la valoración fue la siguiente:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 126
• Regional: si el efecto o impacto sale de los límites del área del proyecto.
• Local: si el efecto se concentra en los límites de área de influencia del
proyecto.
• Puntual: si el efecto está limitado a la “huella” del impacto.
Reversibilidad: En función de su capacidad de recuperación.
• A corto plazo: Cuando un impacto puede ser asimilado por el propio
entorno en el tiempo.
• A largo plazo: Cuando el efecto no es asimilado por el entorno o si es
asimilado toma un tiempo considerable.
Probabilidad: Se entiende como el riesgo de ocurrencia del impacto y demuestra
el grado de certidumbre en la aparición del mismo.
• Poco Probable: el impacto tiene una baja probabilidad de ocurrencia.
• Probable: el impacto tiene una media probabilidad de ocurrencia.
• Cierto: el impacto tiene una alta probabilidad de ocurrencia.
Los valores de magnitud se determinaron de acuerdo a la siguiente expresión:
𝑴𝒈 = 𝑵 ∗ 𝑷𝒓 ∗ (𝑫 + 𝑹 + 𝑰 + 𝑬)
Dónde:
Mg: Magnitud
N: = Naturaleza
Pr: Probabilidad
D: Duración
R: Reversibilidad
I: Intensidad
E: Extensión
De acuerdo a estos criterios los impactos positivos más altos tendrán un valor de
10 cuando se trate un impacto permanente, alto, local, reversible a largo plazo y
cierto ó –10 cuando se trate de un impacto de similares características, pero de
carácter perjudicial o negativo.
A cada factor ambiental escogido para el análisis se le ha dado un peso
ponderado frente al conjunto de factores; este valor de importancia se establece
del criterio y experiencia del equipo consultor a cargo de la elaboración del
estudio. Al igual que la magnitud de los impactos se presenta en un rango de uno
a diez.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 127
De esta forma, el valor total de la afectación se dará en un intervalo de 1 a 100 o
de menos 1 menos 100; que resulta de multiplicar el valor de importancia del
factor por el valor de magnitud del impacto. Permitiendo de esta forma obtener la
Jerarquización de los impactos en valores porcentuales y el valor máximo de
afectación al medio estará dado por la multiplicación de 100 por el número de
interacciones encontradas en cada análisis.
Tabla: Valores de las características de los impactos
RANGO CARACTERÍSTICA SINIFICANCIA
81 - 100 +E Muy significativo
61 - 80 +D Significativo
41 - 60 +C Medianamente significativo
21 – 40 +B Poco Significativo
0 - 20 +A No significativo
(-) 1 - 20 -A (-) No significativo
(-) 21 - 40 -B (-) Poco significativo
(-) 41 - 60 -C (-) Medianamente significativo
(-) 61 - 80 -D (-)Significativo
(-) 81 - 100 -E (-) Muy significativo
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
9.5.2. Factores Ambientales
Se seleccionaron once factores ambientales para la evaluación de impactos, los
cuales van a interactuar con cada una de las actividades del proyecto
constructivo. En las siguientes matrices se ubica un valor de ponderación en cada
interacción que caracterizan al área de estudio, esto de acuerdo al criterio técnico
del equipo consultor que elaborada el estudio.
Componente Factor Ambiental
Aire
Emisiones atmosféricas
Calidad del Aire Ambiente
Ruido Ambiente
Vibraciones
Suelo Geomorfología
Estabilidad
Fauna Avifauna
Socioeconómico
Generación de empleo
Desarrollo económico local
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Cultural Estético/Paisajístico
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 128
Nota aclarativa: para la presente evaluación de impactos no se consideró ni el
componente agua ni flora por motivo de que el proceso de explotación es de tipo
seco, es decir en ninguna de sus actividades se usa el recurso agua, la única
presencia de agua se da en los cortos eventos de precipitación en estación
húmeda y el flujo de agua migra por escorrentía en los drenajes naturales.
Mientras que la cobertura vegetal en el área de estudio es nula por motivo que ha
sido retirada por antiguas actividades de extracción de material rocoso.
9.5.3. Matrices de Evaluación de Impacto
Luego de haber identificado los impactos en cada uno de los factores
ambientales, se procede a la valoración cuantitativa de ellos, mediante la matriz
de causa–efecto presentada en la metodología. El resumen de las matrices
resultantes se muestra a continuación. Matriz #2.1: Evaluación Cualitativa de Impactos
Factores Ambientales
Actividades
Preparación del Frente
Perforación Voladura Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmósfericas
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente
A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo
Cierto Probable Cierto Probable
Alta Baja Media Media
Local Local Regional Local
Calidad del Aire Ambiente
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente Temporal
A corto plazo A largo plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo
Cierto Cierto Probable Cierto Cierto
Media Alta Media Media Media
Local Regional Local Regional Local
Ruido Ambiente
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Temporal
A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo
Probable Cierto Cierto Cierto Cierto Cierto Probable
Baja Alta Alta Media Media Media Media
Puntual Local Regional Local Local Local Local
Vibraciones
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente
A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo
Cierto Cierto Cierto Cierto Cierto
Alta Alta Media Media Media
Local Regional Puntual Regional Local
3. Componente Suelo
Geomorfología
Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente
A largo plazo A largo plazo A corto plazo
Cierto Cierto Probable
Media Alta Media
Local Local Local
Estabilidad
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente
A corto plazo A largo plazo A largo plazo A corto plazo
Probable Probable Probable Probable
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 129
Media Media Alta Media
Local Local Local Local
5. Fauna
Avifauna
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente
A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo A corto plazo
Probable Cierto Cierto Probable Probable Probable Probable
Baja Media Media Baja Baja Baja Baja
Local Local Local Local Regional Local Local
6. Socio-Económicos
Generación de empleo
Benéfico Benéfico Benéfico Benéfico Benéfico Benéfico Benéfico
Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente
A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo
Cierto Cierto Cierto Cierto Cierto Cierto Cierto
Media Media Media Alta Alta Media Media
Local Regional Regional Regional Regional Regional Regional
Desarrollo económico local
Benéfico Benéfico Benéfico
Permanente Permanente Permanente
A largo plazo A largo plazo A largo plazo
Cierto Cierto Probable
Media Media Media
Regional Regional Regional
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente Permanente
A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo
Probable Cierto Cierto Probable Probable Probable Probable
Media Alta Alta Media Media Media Media
Local Local Local Local Local Local Local
7. Cultural
Estético/Paisajístico
Detrimente Detrimente Detrimente Detrimente
Permanente Permanente Permanente Permanente
A largo plazo A largo plazo A largo plazo A largo plazo
Cierto Cierto Probable Probable
Media Media Media Media
Local Local Local Local
Elaborado por: Consultora MAE-541-C
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
9.5.4. Evaluación de la Magnitud de los Impactos.
Matriz #2.2: Evaluación Cuantitativa de Impactos
Actividades
Factores Ambientales Preparación del Frente
Perforación Voladura Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmósfericas
-1 -1 -1 -1
2 2 2 2
1 1 1 1
1 0,5 1 0,5
3 1 2 2
2 2 3 2
Calidad del Aire Ambiente
-1 -1 -1 -1 -1
2 2 2 2 1
1 2 1 1 1
1 1 0,5 1 1
2 3 2 2 2
2 3 2 3 2
Ruido Ambiente
-1 -1 -1 -1 -1 -1 -1
2 2 2 2 2 2 1
1 1 1 1 1 1 1
0,5 1 1 1 1 1 0,5
1 3 3 2 2 2 2
1 2 3 2 2 2 2
Vibraciones
-1 -1 -1 -1 -1
2 2 2 2 2
1 1 1 1 1
1 1 1 1 1
3 3 2 2 2
2 3 1 3 2
3. Componente Suelo
Geomorfología -1 -1 -1
2 2 2
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 131
2 2 1
1 1 0,5
2 3 2
2 2 2
Estabilidad
-1 -1 -1 -1
2 2 2 2
1 2 2 1
0,5 0,5 0,5 0,5
2 2 3 2
2 2 2 2
5. Fauna
Avifauna
-1 -1 -1 -1 -1 -1 -1
2 2 2 2 2 2 2
1 1 1 1 1 1 1
0,5 1 1 0,5 0,5 0,5 0,5
1 2 2 1 1 1 1
2 2 2 2 3 2 2
6. Socio-Económicos
Generación de empleo
1 1 1 1 1 1 1
2 2 2 2 2 2 2
2 2 2 2 2 2 2
1 1 1 1 1 1 1
2 2 2 3 3 2 2
2 3 3 3 3 3 3
Desarrollo económico local
1 1 1
2 2 2
2 2 2
1 1 0,5
2 2 2
3 3 3
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
-1 -1 -1 -1 -1 -1 -1
2 2 2 2 2 2 2
2 2 2 2 2 2 2
0,5 1 1 0,5 0,5 0,5 0,5
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 132
2 3 3 2 2 2 2
2 2 2 2 2 2 2
7. Cultural
Estético/Paisajístico
-1 -1 -1 -1
2 2 2 2
2 2 2 2
1 1 0,5 0,5
2 2 2 2
2 2 2 2
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
9.5.5. Magnitud del Impacto
FACTORES AMBIENTALES
Matriz #3: Magnitud
Preparación
del Frente Perforación Voladura
Carga de
Material
Explotado
Transporte
Externo Cachorreo
Manejo de
Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmósfericas -8 -3 -8 -3,5
Calidad del Aire Ambiente -7 -10 -3,5 -8 -6
Ruido Ambiente -2,5 -8 -9 -7 -7 -7 -3
Vibraciones
3. Componente Suelo
Geomorfología -8 -9 -3,5
Estabilidad -3,5 -3,5
5. Fauna
Avifauna -3 -7 -7 -3 -3,5 -3 -3
6. Socio-Económicos
Generación de empleo 8 9 9 10 10 9 9
Desarrollo económico local 9 9 4,5
7. Cultural
Estético/Paisajístico -8 -8 -4 -4
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 133
9.5.6. Importancia del Impacto
FACTORES AMBIENTALES
Matriz #4: Importancia
Preparación
del Frente Perforación Voladura
Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmósfericas 9 6 7 7
Calidad del Aire Ambiente 7 9 8 8 8
Ruido Ambiente 6 8 9 8 8 7 8
Vibraciones 8 9 7 7 6
3. Componente Suelo
Geomorfología 7 9 7
Estabilidad 7 7 9 7
5. Fauna
Avifauna 6 6 7 6 7 6 7
6. Socio-Económicos
Generación de empleo 8 8 8 8 9 8 8
Desarrollo económico local 7 7 7
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional 7 8 9 8 8 7 8
7. Cultural
Estético/Paisajístico 7 8 7
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 134
9.5.7. Valoración Cuantitativa y Cualitativa del Impacto Ambiental
Matriz #5: Valoración de Impactos (Magnitud Vs. Importancia)
Actividades Sumatoria total por
factor
% de afectación por factor Factores Ambientales
Preparación del Frente
Perforación Voladura Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmosféricas -72,0 -18,0 -56,0 -24,5 -170,5 -42,6
Calidad del Aire Ambiente -49,0 -72,0 -21,0 -56,0 -42,0 -240,0 -48,0
Ruido Ambiente -15,0 -64,0 -72,0 -56,0 -56,0 -56,0 -24,0 -343,0 -49,0
Vibraciones -64,0 -81,0 -48,0 -64,0 -49,0 -306,0 -61,2
3. Componente Suelo
Geomorfología -56,0 -81,0 -31,5 -168,5 -56,2
Estabilidad -24,5 -28,0 -31,5 -31,5 -115,5 -28,9
5. Fauna
Avifauna -18,0 -42,0 -49,0 -21,0 -21,0 -21,0 -18,0 -190,0 -27,1
6. Socio-Económicos
Generación de empleo 64,0 72,0 64,0 80,0 80,0 81,0 72,0 513,0 73,3
Desarrollo económico local 63,0 63,0 31,5 157,5 52,5
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional -28,0 -72,0 -81,0 -32,0 -32,0 -28,0 -32,0 -305,0 -43,6
7. Cultural
Estético/Paisajístico -56,0 -64,0 -28,0 -28,0 -176,0 -44,0
Sumatoria total por acción -21,5 -359,0 -539,5 -144,0 -170,0 -73,0 -37,0 -1344,0
Porcentaje de Sumatoria -0,38 -6,41 -9,63 -2,57 -3,04 -1,30 -0,66 5600 -24,0
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 135
Matriz #5.1: Valoración de Impactos (cualitativa)
Acciones
Factores Ambientales Preparación del Frente
Perforación Voladura Carga de Material
Explotado
Transporte Externo
Cachorreo Manejo de Escombros
1. Componente Aire
Emisiones atmósfericas -D -A -C -B
Calidad del Aire Ambiente -C -D -B -C -C
Ruido Ambiente -A -D -D -C -C -C -B
Vibraciones -D -E -C -D -C
3. Componente Suelo
Geomorfología -C -E -B
Desechos generados -B -B -B -B
5. Fauna
Avifauna -A -C -C -A -B -B -A
6. Socio-Económicos
Generación de empleo +D +D +D +E +E +E +D
Desarrollo económico local +D +D +B
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional -B -D -E -B -B -B -B
7. Cultural
Estético/Paisajístico -C -D -B -B
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
Gráfico de Afectación por Factor Ambiental Fase de Explotación
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
9.6. Jerarquización y Análisis de los Impactos
Para evaluar los resultados se tiene que ordenar de mayor a menor afectación,
determinando 11 impactos ambientales, de los cuales 9 son negativos y 2 son
positivos, por lo tanto, jerárquicamente se definieron los siguientes impactos
ambientales.
Orden Factores Ambientales Porcentaje de
Afectación (%)
JERARQUIZACIÓN DEL IMPACTO
1 Generación de empleo 73 Significativo
2 Desarrollo económico local 53 Medianamente Significativo
3 Vibraciones -61 Significativo
4 Geomorfología -56 Medianamente Significativo
5 Ruido Ambiente -49 Medianamente Significativo
6 Calidad del Aire Ambiente -48 Medianamente Significativo
7 Estético/Paisajístico -44 Medianamente Significativo
8 Seguridad Laboral y Salud Ocupacional -44 Medianamente Significativo
9 Emisiones atmosféricas -43 Medianamente Significativo
10 Estabilidad -29 Poco Significativo
11 Avifauna -27 Poco Significativo
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
-100
-80
-60
-40
-20
0
20
40
60
80
100
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11
Afe
cta
ció
n a
l m
ed
io p
or
facto
r (%
)
Factores Ambientales
AFECTACIÓN AL MEDIO EN PORCENTAJE POR FACTOR AMBIENTAL
Muy significativo
Significati
Medianamente Significativo
Poco significativo
No significativo
pOSITIVOS
NEGATIV
# Factores Ambientales
1. EmisionesAtmosfericas2. Calidad del Aire Ambiente3. Ruido Ambiente4. Vibraciones5. Geomorfología6. Estabilidad7. Avifauna8. Generación de empleo9. Desarrollo económico local10. Seguridad y Salud Ocupacional11. Estético/Paisajístico
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
De acuerdo a las matrices de identificación de aspectos e impactos ambientales
los componentes, de evaluación cuali-cuantitativa de impactos ambientales y análisis
de severidad de impactos ambientales se realiza el análisis de los impactos
ambientales generados por las actividades en la Fase de Explotación del proyecto
AREA MINERA “YOLANDA” Código #67, los mismos que se analizan a continuación.
9.6.1. Generación de empleo
Según la evaluación de impactos y la información primaria levantada en el
diagnóstico ambiental la generación de empleo en el área de influencia tendrá un
impacto positivo significativo, debido a las actividades de extracción de material
rocoso que generarán de manera directa e indirecta fuentes de empleo y dinamismo
económico en relación a las actividades anexas y vinculantes de las operaciones. Lo
cual repercutirá en beneficios de los pobladores a ser acreedores de recibir ingresos
por las labores realizadas, al prestar servicios o ser colaborador de la empresa
proponente del proyecto. Además de manera indirecta pueden recibir beneficios
derivados del desarrollo de actividades de apoyo logístico tales como alimentación,
transporte, mecánica, dotación de combustible, chóferes, guardianes, operadores,
etc.
Otro factor que incide a la determinación de los efectos positivos, son los beneficios
locales que recibirá el sector de San Antonio y el cantón Playas, debido a que el
material estéril producto de la obtención de caliza es donado a la comunidad para
bacheo y lastrado de calles.
9.6.2. Desarrollo económico local
Debido a la actividad primaria de obtención de roca caliza el desarrollo económico
local se ve influenciado de manera positiva. Por lo que el impacto considerado es
medianamente significativo en consideración a las actividades económicas
derivadas.
9.6.3. Vibraciones
Producto del uso de dinamita en la actividad de voladura se producen vibraciones en
el área de implantación del proyecto. En consecuencia, este impacto es de gran
alcance en el área de influencia, por lo tanto, se lo ejecuta en horario específico y de
manera controlada. Es importante detallar que el Área Minera Yolanda colinda con
dos concesiones mineras que se dedican a la misma actividad, por lo tanto, su
impacto generado puede ser agregado al de otras concesiones. Según la evaluación
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
de impactos y consideración de estos criterios la jerarquización considera este
impacto como negativo significativo.
9.6.4. Geomorfología
La extracción minera en el sector de San Antonio es una actividad que se ha venido
desarrollando desde hace más de diez años, por lo que el relieve local ya se
encuentra alterado.
9.6.5. Ruido Ambiente
La generación de ruido es otra fuente de afectación ambiental que será provocada
por las actividades que genera el Área Minera. Las fuentes son móviles y fijas; esto
se refiere a que están en un solo lugar o también pueden estar en movimiento,
respectivamente.
Los niveles de ruido dentro del área del proyecto, se derivan también del
funcionamiento de los motores de la maquinaria y camiones, y de las actividades de
voladura, exponiendo a sus efectos de afección directa, a los conductores de los
camiones y operadores de los equipos.
Las causas analizadas califican a éste impacto como medianamente significativo, ya
que el tiempo de duración es mínimo y sus efectos son puntuales, en ciclos no
continuos y con períodos de paradas y al tratarse de un ambiente no confinado, los
efectos son atenuados y disipados, debido a que no existe una concentración mayor
de los efectos, afectando solamente a los trabajadores, dando un dictamen de
mediana probabilidad de ocurrencia y puede ser prevenido mediante el uso de
equipos de protección personal.
9.6.6. Calidad del Aire Ambiente
Además del material particulado generado también se producen emisiones de gases
de combustión que afectan la composición de la atmosfera (CO, NOx, SO2,), que se
genera debido a la combustión de motores a diésel y a la explosión de dinamita.
Estos gases son emitidos a la atmosfera en concentraciones por debajo de lo que
dictamina la normativa vigente, según lo evidenciaron los monitoreos realizados in
situ.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.6.7. Estético/Paisajístico
Producto de la alteración en el relieve de zona de influencia, el paisaje natural
también se encuentra modificado. Lo cual indica que un futuro debe ser restaurado a
un estado parecido al que estaba antes de las operaciones de extracción de material
rocoso.
9.6.8. Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Dado el grado de industrialización y uso de equipo pesado, las actividades
operacionales de la concesión minera pueden representar riesgos de recibir
incidentes o accidentes laborales, o en el peor de los casos exponer al personal que
labore en las operaciones a riegos de enfermedades laborales, debido a la
exposición directa e indirecta de ruido, polvo, substancias inflamables, tóxicas y
peligrosas. Vulnerabilidad que se ve agravada si no se cumplen con las normas
básicas de seguridad personal e industrial, sobre todo al operar las maquinarias,
conducir equipo pesado, manipular sustancias inflamables o trabajar en áreas
identificadas como peligrosas.
Realizando el análisis de la fase de explotación las actividades de perforación,
voladura, carguío y transporte de material rocoso, constituyen en las causas de
aumento de riesgos en la salud y seguridad, que exponen a los trabajadores y
operadores, debido a la exposición ruido o polvo, lo cual se puede agravar si es que
no se utiliza el equipo de protección personal, o pueden ser causas de accidentes o
situaciones de emergencia si no se respetan las normas básicas de operación de los
equipos, manejo a la defensiva y/o cuidado personal en las zonas industrial de alto
riesgo, por operación de equipos industriales; situación parecida de grave es
considerado el almacenamiento, manejo y transporte de sustancias peligrosas como
dinamita y fulminantes que exponen al personal minero.
A pesar de los riesgos que se determinaron, los factores circundantes a las áreas
operativas y la aplicación de las normas básicas de seguridad, minimizan estos
riesgos, por lo que se evalúa a éste impacto como negativo medianamente
significativo, de carácter adverso, indirecto, sinérgico, permanente, localizado,
próximo a la fuente e irreversible. Es fundamental aplicar y se tomar conciencia de
las normas e implementos de seguridad y acerca de los riesgos que implica el
manejo, manipulación y almacenamiento de los combustibles.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.6.9. Emisiones atmosféricas
Producto de las actividades de voladura, carguío y transporte en el Área Minera
Yolanda se producen emisiones de polvo y gases de combustión a la atmósfera. Las
consecuencias de estos impactos tienen connotación reducida por motivo de que el
material particulado tiende a sedimentarse y no se dispersa mayormente.
Si embargo de considerarse menos importante la contaminación procedente de los
motores de combustión interna, es conveniente recordar que por cada kilogramo de
gas-oil se requieren 15kg. de aire para la combustión completa y la emisión
resultante, en volumen, es aproximadamente 13 m3. Bajo condiciones perfectas
de combustión, la emisión está compuesta volumétricamente por un 73% de
nitrógeno, 13% de CO2, y 14% de vapor de agua. Pero debido al mal funcionamiento
de los motores y a las impurezas del combustible, en las emisiones aparecen otros
contaminantes, tal como se observan en los factores de emisión de un volquete de
30 toneladas de capacidad y un consumo de combustible de 0.45 lt/km.
CONTAMINANTE EMISION (g/Km.)
Partículas 0.75
Oxidos de azufre (Sox, como SO2) 1.50
Monóxido de carbono 12.75
Hidrocarburos 2.13
Oxidos de Nitrógeno (Nox, como
NO2)
21.25
Aldehidos (como HCHO) 0.19
Acidos orgánicos 0.19
Fuente: Manual de restauración de terrenos y evaluación de impactos ambientales en minería.
Instituto Tecnológico Geominero de España.
Por lo que se estima la no existencia de una concentración mayor que pueda llegar
hasta un nivel de contaminación, sino únicamente a un enrarecimiento puntual y
temporal, siendo estos los indicadores para que este impacto sea valorado como
Medianamente significativo negativo, debido a que sus características lo describen
como adverso, indirecto, no acumulativo, temporal, localizado y próximo a la fuente.
9.6.10. Estabilidad
Las actividades de voladura programadas provocan desestabilización de taludes por
lo que se recomienda adoptar todas las medidas técnicas necesarias para disminuir
el riesgo movimientos de masas en el área de influencia.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.6.11. Avifauna
Al considerarse al sector donde se explota el material rocoso en el Área Minera
Yolanda como una zona altamente intervenida, la fauna, la cual se encuentra
representada por especies de aves, la mayor parte de las aves encontradas en el
sector, solamente visitan este lugar como sitio de alimentación y de producirse un
impacto a esta área lo que harían es buscar nuevos sitios de alimentación y si al
realizarse alguna acción humana dentro del lugar, no se estaría alterando su
reproducción y por ende su ciclo biológico.
Por lo tanto, a este impacto se lo considera poco significativo debido a que los
indicadores biológicos demuestran poca o nula presencia de y fauna, sin embargo,
será necesario implementar medidas para mejorar el paisaje natural interno y evitar
la alteración de la escasa fauna encontrada.
9.7. Conclusiones de la Evaluación de Impactos
Según lo analizado en la Identificación y Evaluación de Impactos se puede
evidenciar que para la fase de operación/explotación del Área Minera Yolanda
Código N°067 existen 56 impactos. De carácter negativo se tiene 5 que son no
significativos, 17 poco significativo, 13 medianamente significativo, 8 significativo y
solo 3 muy significativo. De carácter beneficioso 1 (uno) poco significativo, 6
significativos y 3 muy significativos. Por lo tanto, la mayoría de los impactos que
fueron señalados en esta evaluación van de poco significativo a medianamente
significativo debido la explotación del material rocoso, que se lo hace de manera
programada y en volúmenes bajos. Además, que el área de explotación está alejado
al sitio poblado más cercano.
En general, el componente ambiental más afectado es el aire y en segundo lugar, el
suelo. Para ambos se mencionan medidas de control y mitigación consideradas en
los programas del PMA, con la finalidad de cumplir con la normativa ambiental
vigente. Cabe indicar que el impacto socioeconómico generado en la comuna de San
Antonio es significativo positivo, debido a que se genera empleo y desarrollo en la
localidad mencionada.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.8. DETERMINACIÓN DEL CUMPLIMIENTO AMBIENTAL Y PLAN DE
ACCIÓN
Por ser un proyecto que está en operación, y un estudio expost, se realiza la revisión
del cumplimiento de condiciones operativas, basándose en la revisión y verificación
de observaciones en campo de la falta de cumplimiento de requerimientos de las
normas ambientales, por lo tanto, la revisión ambiental se concentra en las
condiciones operacionales actuales del Área Minera Yolanda Código N°067, y toma
en cuenta las condiciones del lugar y el proceso físico que caracteriza a cada
operación y se refiere principalmente a la revisión y verificación de las condiciones
legales y operacionales, las cuales actualmente realiza operaciones, basándose
principalmente en los siguientes aspectos:
• Realizar una revisión del cumplimiento por parte del Proponente del proyecto de la
Normativa Ambiental Nacional Vigente.
• Evidenciar que los aspectos ambientales derivados de la actividad dentro del área
del proyecto, sobre todo en lo que se refiere a:
- Almacenamiento de productos peligrosos y especiales (combustibles,
aditivos, productos químicos, neumáticos, etc.)
- Manejo de Residuos Sólidos no peligrosos y peligrosos.
- Emisiones al Aire (material particulado, ruido ambiental y emisiones
gaseosas).
- Sistema de tratamiento de descargas líquidas.
- Cumplimiento de estándares ambientales de instalaciones del Área Minera
Yolanda.
A continuación, se presenta dos matrices, en la primera se detalla la matriz para la
determinación de hallazgos, en la cual se describa el hallazgo encontrado, el o los
artículos correspondientes en la normativa ambiente vigente, se detalla si gravedad
se ubica dentro de una No Conformidad menor (NC-), No Conformidad Mayor (NC+),
no aplica el hallazgo y/o la evidencia observada.
En la segunda matriz se detalla el Plan de Acción a seguir, el cual en orden de
prioridad e importancia determinará la(s) medida(s) correctora(s), compensatoria(s) y
de mitigación de impactos a realizarse, indicando con claridad el efecto ambiental
que será corregido o mitigado, el tiempo y presupuesto, y los responsables
potenciales de la ejecución, así como los indicadores y medios de verificación de las
medidas aplicadas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.8.1. Matriz de Identificación de Hallazgos
MATRIZ DE HALLAZGOS
DESCRIPCIÓN DEL
HALLAZGO
ART. DEL MARCO
LEGAL CONFORMIDAD
NO
CONFORMIDAD
MENOR (NC-)
NO
CONFORMIDAD
MAYOR (NC+)
NO
APLICA EVIDENCIA OBSERVADA
1. El área minera no ha obtenido el
registro generado de desechos
peligrosos.
Acuerdo Ministerial
N°061 Art. 88 Literales
b), c).
X No existe evidencia
2. Se observaron manchas en el suelo
producto de derrames de diésel en el
sitio considerado como taller mecánico.
Acuerdo Ministerial
N°061 Art.- 208. Ley de
Prevención y Control de
la Contaminación
Ambiental Art 10.
X
3. Ausencia de condiciones mínimas de
instalaciones en el área designada para
mantenimiento de vehículos. (Sin
pavimentar ni canales perimetrales)
Acuerdo Ministerial N°061 Art. 241; y NORMA INEN 2266. TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS. REQUISITOS.
X
4. Presencia de baterías usadas,
chatarra, llantas usadas, piezas
engrasadas sobre el suelo.
Acuerdo Ministerial
N°061 Art. 88 Literal c),
d), e). Acuerdo
Ministerial 098 Art 30.
NORMA INEN 2266.
TRANSPORTE,
ALMACENAMIENTO Y
MANEJO DE
MATERIALES
PELIGROSOS.
REQUISITOS.
X
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
5. Ausencia de señalética de la puerta
de ingreso hacia el área del polvorín
“prohibido pasar”, prohibido fumar”.
NORMA INEN 2266.
TRANSPORTE,
ALMACENAMIENTO Y
MANEJO DE
MATERIALES
PELIGROSOS.
REQUISITOS.
X
6. Ausencia de batería sanitaria en el
área minera.
Acuerdo Ministerial
N°061 Art. 209. Ley de
Prevención y Control de
la Contaminación
Ambiental Art 6.
X
7. Inexistencia de bitácora ni control de
generación de desechos peligrosos.
Acuerdo Ministerial
N°061 Art. 88 Literal L). X No existe evidencia.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
9.8.2. Matriz de Plan de Acción
MATRIZ DE PLAN DE ACCIÓN
NO
CONFORMIDAD MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIOS DE
VERIFICACIÓN RESPONSABLE
PLAZO (MESES)
Costo
(USD) FECHA DE
INICIO
DD/MES/AÑO
FECHA DE FIN
DD/MES/AÑO
1. El área minera
no ha obtenido el
Registro de
Generador de
desechos
peligrosos.
Obtener el Registro de
Generador de desechos
peligrosos a través de los
mecanismos de gestión
de la Autoridad Ambiental
de Aplicación
responsable.
Adecuada gestión de
los desechos
peligrosos.
Registro
generador de
desechos
peligrosos
obtenido.
Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
3 meses
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
500,00
2. Se observaron
manchas en el
suelo producto de
derrames de
diésel en el sitio
considerado como
taller mecánico
Limpiar y remediar áreas
contaminadas por
derrames de diésel
(enviar a gestor ambiental
desechos contaminados
generados
Cantidad de suelo
contaminado
generado/cantidad de
suelo remediado.
Cantidad de suelo
contaminado/cantidad
de suelo enviado a
gestor ambiental.
Manifiestos de
desechos
peligrosos
Certificados de
disposición final
de desechos
peligrosos.
Registro
fotográfico
Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
1 mes
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
200,00
3. Ausencia de
condiciones
mínimas de
instalaciones en el
área designada
para
mantenimiento de
vehículos. (Sin
pavimentar ni
canales
perimetrales)
Construir galpón taller
techado, el cual debe
tener piso
impermeabilizado
(hormigón de 20 cm. de
espesor y resistencia
adecuada), canales
perimetrales y fosa para
recolectar aguas
residuales o derrames de
hidrocarburos.
Taller de
mantenimiento
construido.
Registro
fotográfico.
Facturas de
materiales
utilizados en la
construcción del
galpón taller.
Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
6 meses
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
2.000,00
4. Presencia de
baterías usadas,
chatarra, llantas
usadas, piezas
Adecuar un área para
almacenar desechos
peligrosos y/o especiales,
el cual deberá tener piso
Número de desechos dentro de galpón/número de desechos fuera de galpón.
Registro
fotográfico
Factura de
materiales
Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
3 mes
después de la
aprobación de
la Licencia
500,00
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
engrasadas sobre
el suelo
impermeabilizado, cubeto
de contención de
derrames, techado y
señalética acorde a la
norma INEN 2266
(letreros de no fumar, no
encender llamas,
etiquetas con las normas
básicas de seguridad de
los desechos peligrosos
almacenados,
pictogramas con las
advertencia de los
riesgos, hojas de
seguridad de los
productos almacenados,
etc.) y medidas de
seguridad (extintores).
Área limpia y ordenada. Galpón construido. Señalética instalada.
Visual en el sitio. Ambiental
5. Ausencia de
señalética de la
puerta de ingreso
hacia el área del
polvorín “prohibido
pasar”, prohibido
fumar”.
Colocar señaléticas de
Prohibido el Ingreso y
Prohibido fumar en la
puerta de ingreso al área
del Polvorín. Acorde a la
Norma INEN 2266.
Señalética instalada
en el sitio.
Registro
fotográfico Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
1 mes
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
50,00
6. Ausencia de
batería sanitaria
en el área minera.
Instalar una (1) letrina
(pozo séptico) en el área
minera.
Letrina instalada en el
área minera.
Registro
fotográfico
Factura de
compra
Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
3 meses
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
400,00
7. Inexistencia de
bitácora ni control
de generación de
desechos
peligrosos.
Llevar registro en
bitácoras de la generación
de desechos peligrosos.
Bitácoras
semestrales de
registro de desechos
peligrosos.
Bitácoras Titular minero
A partir de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
6 meses
después de la
aprobación de
la Licencia
Ambiental
10,00
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
X. ANÁLISIS DE RIESGOS
10.1. Objetivo
Evaluar las amenazas del ambiente hacia el proyecto a través de la determinación
del grado de afectación y la probabilidad de ocurrencia, con la finalidad de establecer
el nivel de riesgo del cual el proyecto está influenciado.
10.2. Identificación de Riesgos
El riesgo se considera como la probabilidad de exceder un valor específico de daños
sociales, ambientales y económicos, en un lugar dado y durante un tiempo de
exposición determinado. Por lo que la evaluación del riesgo es un proceso para
decidir si un riesgo evaluado es lo suficientemente significativo como para
representar un problema de salud pública y para el ambiente, permitiendo además
establecer cuáles serían los mecanismos apropiados para su prevención y control.
Dentro de los procedimientos desarrollados a continuación se analizan los riesgos
Endógenos y Exógenos siendo fundamentales de la evaluación ambiental del área
del proyecto:
• Riesgos exógenos
• Riesgos endógenos
10.3. Riesgos exógenos
El análisis de riegos es muy importante para establecer y ejercer una adecuada
gestión del riesgo que permita reducir el grado de vulnerabilidad del proyecto. El
análisis permite identificar las amenazas potenciales de afectación y su probabilidad
de ocurrencia en un futuro. Las amenazas que influyen el ambiente sobre el proyecto
(exógeno) son de tipo natural y por lo tanto son intrínsecos del área de estudio.
Los riesgos exógenos o físicos se caracterizan por ser las afectaciones del ambiente
sobre el proyecto y de manera general permiten conocer las posibilidades de
ocurrencia de diferentes tipos de fenómenos naturales sobre el área de implantación
del proyecto. Para efectos de este análisis se han identificado amenazas como
terremotos, tsunamis, inundaciones y deslizamientos.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
10.3.1. Metodología
La evaluación se realizó utilizando una matriz de riesgo adoptada de la “Evaluación
de Riesgos para el Manejo de los Productos Químicos Industriales y Desechos
Especiales en el Ecuador” (Fundación Natura, 1996), la cual califica al componente
en base a la probabilidad de ocurrencia del fenómeno, sus consecuencias y a la vez,
permitió identificar espacialmente la magnitud del riesgo en un lugar determinado.
Esta matriz se presenta en la siguiente tabla.
Fuente: Fundación Natura (1996)
La probabilidad de ocurrencia es calificada en una escala de 1 a 5, donde el valor 5
corresponde a una ocurrencia muy probable, de por lo menos una vez por año y el
valor de 1 corresponde a una ocurrencia improbable o menor a una vez en 1000
años. Las consecuencias son calificadas en una escala de A - E, donde A
corresponde a consecuencias no importantes y E corresponde a consecuencias
catastróficas.
La evaluación del riesgo físico permite tener una visión clara respecto a los riesgos
naturales potenciales que podrían afectar la estabilidad de las obras proyectadas y
su área de influencia. El propósito principal de la evaluación fue determinar los
peligros que podrían afectar las obras, su naturaleza y gravedad.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
10.3.2. Riesgo sísmico
El territorio ecuatoriano se encuentra localizado en la región sísmica Cinturón de
Fuego del Pacífico, región que es susceptible a alta ocurrencia de eventos sísmicos
y volcánicos. La región costera se encuentra influenciada por la zona de subducción
entre las placas tectónicas de Nazca (submarina) y la Placa Sudamericana
(continental). Este proceso de convergencia entre placas se da de manera continua
por lo que el perfil costero ecuatoriano es vulnerable a sufrir daños por estos
eventos. En Ecuador se han registrado terremotos de gran magnitud, y el más
reciente ocurrido el 16 de abril de 2016 frente a las costas del norte de Manabí
(Pedernales) fue de magnitud 7,8 en la Escala de Richter.
Mapa de peligrosidad sísmica de Ecuador, PGA para un periodo de retorno: 500 años. Fuente: (Ortiz,
2013)
En lo que respecta a la probabilidad de ocurrencia es alta debido a que el cantón
Playas se encuentra en la franja costera y es influenciada por la cercanía a la zona
de subducción. Además, Ortiz, 2013 menciona que las regiones cercanas a la zona
de subducción presentan los valores más altos de aceleración, que varían entre los
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
500 y 750 gales, por lo tanto, se asevera lo antes mencionado y el riesgo se califica
como 5D.
10.3.3. Riesgo de Tsunami
Se considera la posibilidad de ocurrencia de un tsunami como la consecuencia de un
evento sísmico que reúna las condiciones necesarias magnitud/tiempo en la
plataforma submarina cercano a la zona de subducción entre las placas
Sudamericana y Nazca. Debido a que el perfil costero ecuatoriano se registra alta
actividad sísmica es probable que se genere un tsunami frente a las costas del
cantón Playas o en zonas cercanas al Golfo de Guayaquil.
La última alerta de tsunami que obligó a los ciudadanos del cantón Playa a
refugiarse en albergues seguros fue el 11 de marzo de 2011, producto del terremoto
de magnitud 9.0 originado en las costas de Japón en el Océano Pacífico. Después
de un comunicado de organismo internacional las familias retornaron a sus hogares
(ANDES, 2014).
Históricamente no se han registrado tsunamis en la provincia de Santa Elena, pero
en caso de su ocurrencia las consecuencias serían catastróficas. Por lo tanto, se
determina que el riesgo de tsunamis es moderado. El riesgo se califica como 1E.
Nivel de amenaza por Tsunami por cantón en Ecuador Fuente IGEPN, 2000
Fuente: IGPEN, (2002)
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
10.3.4. Riesgo de Inundaciones
El evento océano-atmosférico El Niño/ENOS incide severamente en las
precipitaciones de la costa ecuatoriana. Eventos fuertes como el Niño 98-99 y
últimamente las lluvias ocurridas desde diciembre/2016 a abril/2017, evidencian la
amenaza como factor determinante del riesgo de inundación en el cantón Playas por
desbordamiento de ríos.
El cantón Playas se encuentra dentro del territorio de la Subcuenca del Estero del
Morro, el mismo que forma parte de la Cuenca del Río Zapotal en las estribaciones
occidental sur de la cordillera Chongón y Colonche. Según el mapa de
Susceptibilidad de Inundaciones Playas del IGM de 2012, el territorio del cantón se
categoriza solo el 19% con alta susceptibilidad mientras que el 42% se califica como
baja. A pesar de presentar baja susceptibilidad si han suscitado eventos de
inundaciones por desbordamiento de ríos como fue el caso reciente, el río Arena
desbordó y afectó al 40% de la población General Villamil Playas el 23 de marzo del
año en curso (El Comercio, 2017).
Fuente: CLIRSEN, 2012.
En lo que respecta a susceptibilidad por inundaciones de la zona de estudio y por
ende la comunidad de San Antonio, su grado por general es bajo y nulo. Por lo tanto,
es poco probable que suceda un evento, y si al caso de suceder sus consecuencias
podrían ser serias. El riesgo se califica como 2C.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
10.3.5. Riesgo de Deslizamientos
Las características de la Subcuenca del Estero el Morro no reúnen las condiciones
necesarias para considerar al territorio como zona de deslizamientos de masas,
debido a que solo el 10% del cantón presenta baja susceptibilidad a deslizamientos.
Esta categoría se refiere a una probabilidad menor del 12% de que se presente un
fenómeno de remoción en masa, en un periodo de 10 años por causas naturales o
antrópicas no intencionadas (Clirsen, 2012). El riesgo se califica como 3C.
Mapa Suscetibilidad a Deslizamientos – Cantón Playas
Fuente: CLIRSEN, 2012.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
10.4. Riesgos endógenos Los riesgos endógenos comprenden el conjunto de circunstancias o escenarios de
riesgos que podrían surgir debido a las actividades a desarrollarse durante la
ejecución del proyecto. Estos riesgos deben ser tomados en cuenta para de esta
manera realizar la elaboración del Plan de Manejo Ambiental, en mayor énfasis el
plan de emergencias y contingencias.
El desenvolvimiento de las acciones implica riesgos asociados a las tareas, uso de
equipo pesado e insumos, los cuales poseen un potencial riesgo de generar
incidentes en el área de explotación minera. Actividades como conducción de
vehículos, trabajos en altura, exposición a ruidos, incidentes por uso herramientas,
entre otros, son evaluados a continuación.
10.4.1. Metodología
Para la identificación de riesgos potenciales que se puedan ocasionar por el
desarrollo del proyecto, se ha utilizado como referencia el formato de MATRIZ DE
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS establecido en el
Procedimiento de Higiene Ocupacional ACHS (Asociación Chilena de Seguridad). De
acuerdo a las actividades que se realizan en las diferentes fases del proyecto, podría
derivar en riesgos con consecuencias de daños a equipos y a la propiedad.
La evaluación de los riesgos implicados en este proyecto, se definió mediante el
empleo de una matriz donde el riesgo se determina como el producto de la
probabilidad que ocurra el (los) incidente (s) asociado (s), sumado a la severidad, la
evaluación y clasificación del riesgo. Estos aspectos se determinan mediante los
criterios expuestos en las siguientes tablas.
Tabla: PROBABILIDAD DE QUE OCURRA EL(LOS) INCIDENTE(S) ASOCIADO(S)
Clasificación Probabilidad de ocurrencia Valor
Baja El incidente potencial se puede presentar una vez o nunca en el área, en el período de un año.
3
Media El incidente potencial se puede presentar 2 a 11 veces en el área, en el período de un año.
5
Alta El incidente potencial se puede presentar 12 o más veces en el área, en el período de un año.
9
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Tabla: Severidad Clasificación Severidad o Gravedad Valor
Ligeramente dañino
Primeros Auxilios Menores, Rasguños, Contusiones, Polvo en los Ojos, Erosiones Leves.
4
Dañino Lesiones que requieren tratamiento médico, esguinces, torceduras, quemaduras, Fracturas, Dislocación, Laceración que requiere suturas, erosiones profundas.
6
Extremadamente dañino
Fatalidad – Para / Cuadriplejia – Ceguera. Incapacidad permanente, amputación, mutilación
8
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI
Tabla: Evaluación y Clasificación del Riesgo
Severidad Probabilidad
Ligeramente dañino Dañino Extremadamente dañino
Baja Riesgo bajo (12-20) Riesgo bajo (12-20) Riesgo Moderado (24-36)
Media Riesgo bajo (12-20) Riesgo Moderado (24-36)
Riesgo Importante (40-54)
Alta Riesgo Moderado (24-36)
Riesgo Importante (40-54)
Riesgo Crítico (60-72)
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
10.4.2. Evaluación de Riesgos en el área de trabajo
MATRIZ DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS
Proceso Actividad
(Rutinaria-No Rutinaria)
Peligros
Incidente Potencial
Evaluación de Riesgos
Fuente - Situación
Seguridad
Probabilidad Severidad Evaluación Nivel de Riesgo
Explotación no metálica
Preparación del Frente
Operación de maquinaria pesada
Choque o atropellamiento, falla mecánica
5 6 30 Moderado
Perforación
Operación con equipo neumático,
polvo.
Atrapamientos, caída de equipo sobre el
trabajador, lesiones menores, silicosis.
5 8 48 Importante
Voladura
Manipulación de dinamita y
fulminantes. Ruido, vibraciones y polvo.
Hipoacusia, silicosis, lesiones mayores, muerte.
9 8 72 Crítico
Carga de Material Explotado
Operación de maquinaria pesada,
polvo.
Colisión y/o atropellamiento, falla
mecánica 5 6 30 Moderado
Transporte Externo
Operación de maquinaria pesada,
polvo.
Colisión y/o atropellamiento, falla
mecánica 5 6 20 Moderado
Cachorreo
Manipulación de herramientas
pesadas.
Caída de equipo sobre el trabajador, lesiones
menores. 3 4 12 Bajo
Manejo de Escombros
Operación de maquinaria pesada,
polvo.
Colisión y/o atropellamiento, falla
mecánica 5 6 20 Moderado
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
10.5. Conclusiones
En base a las metodologías y criterios técnicos expuestos en la identificación y
evaluación de riesgos exógenos y endógenos en el Área Minera “Yolanda”, se han
determinado cuales son los riesgos que tienen una mayor probabilidad de ocurrencia
y por ende el grado de severidad en caso de suceder.
Referente a los riesgos naturales, debido a la actividad sísmica que se genera en el
perfil costero ecuatoriano, el área minera es más propensa a sufrir impactos
significativos en caso de terremotos. Mientras que riesgos originados, producto de
las actividades de explotación, se indica que la ejecución de perforaciones y
voladuras tienen un nivel de riesgo crítico. Por lo tanto en vista de lo mencionado es
importante que se considere este análisis para la elaboración de planes de
contingencia y así poder aminorar las posibles consecuencias de suscitarse estos
eventos.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 157
XI. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA
11.1. Áreas de Sensibilidad
La definición del área de influencia de las actividades del AREA MINERA YOLANDA,
está basado en la extensión superficial en la que el desarrollo de las actividades
ocasione alteraciones en los componentes del entorno, por lo que debe quedar
identificados satisfactoriamente los impactos con la finalidad de determinar cuáles
son los sitios de mayor exposición a los impactos ambientales generados por el
desarrollo de las actividades. Como se ha descrito en los capítulos anteriores
YOLANDA con código Nº067 se encuentra en medio de otras dos áreas mineras en
la cual se evidencia un alto grado de intervención de tipo antrópico. Las
interacciones socio-ambientales, económicas y culturales definen el alcance de las
áreas de influencia directa e indirecta.
11.2. Áreas de Sensibilidad Física
Las áreas de sensibilidad física están determinadas por el rango de afectación que
se produzcan por las actividades extractivas mineras, las cuales como se evidenció
en el capítulo de Identificación de Impactos Ambientales serán aquellas que influyan
en la calidad del aire ambiente. Además, se identifican los posibles riesgos que
represente la actividad para los poblados cercanos y el alcance de las detonaciones
en el afloramiento rocoso.
11.2.1. Directa
El área del proyecto comprende dentro sus límites territoriales 2.48 hectáreas, las
cuales se determinan como área de gestión del proyecto debido a que serán
susceptibles a ser alterada de manera directa por el desarrollo y operación de las
actividades y recibirán las acciones primarias.
En consecuencia, el elemento del medio físico que se verá afectado por las
operaciones extractivas que generará alteraciones directas y modificaciones es el
relieve del terreno. Además, las operaciones de equipos, maquinaria y transporte del
material rocoso desde el sitio de extracción hasta la alcanzar el poblado de San
Antonio a través de la vía que conecta el área minera y la carretera PROGRESO-
PLAYAS generarán ruido, polvo y gases a lo largo de 1100 m. Se ha considerado un
área de influencia directa el área minera en toda su extensión y una franja a ambos
lados del camino de 50 m. Cabe indicar que la mayor presión estará en dirección
predominante de vientos suroeste-oeste.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 158
En relación a la identificación de los elementos relevantes del sector donde se ubica
la actividad y se generan niveles de ruido, polvo y material particulado, se definió que
el área de influencia directa tiene un radio máximo de 200 metros medidos desde el
centro del polígono del área minera hacia el exterior.
Criterio Descripción Extensión
Calidad del Aire Emisión de gases de
combustión y material
particulado por el uso de
maquinaria pesada.
Afectación directa en un
radio de 150 metros.
Ruido y Vibraciones Generación de ruido y
vibraciones durante las detonaciones de dinamita al interior de área minera.
Afectación directa en un
radio de 200 metros.
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
11.2.2. Indirecta
Es aquella área de gestión o unidad espacial contigua o adyacente al área de
influencia directa (AID), que de manera indirecta se verán afectados de manera
parcial los elementos del medio natural y social. Se ha incluido un área de afectación
indirecta por el motivo de que representa un riesgo de colisión vehicular en la
intercepción de la carretera PROGRESO-PLAYAS y la vía hacia la cantera a 1100 m
de distancia.
11.3. Áreas de Sensibilidad Biótica
11.3.1. Directa
En lo referente a los elementos ambientales del medio biótico, se determina que
existe escasa vegetación dentro del área del proyecto, debido a que la vegetación ha
soportado presiones de degradación y fragmentación de área. Además, la poca
cobertura vegetal existente se encuentra en estado de regeneración espontánea por
lo tanto no se ve afectada significativamente la flora, puesto que no se registran
especies vegetales que se encuentren en el Libro Rojo de Plantas Endémicas del
Ecuador (Valencia et al, 2000). La fauna silvestre registrada fue nula, que
lógicamente está relacionado al grado de perturbación del ecosistema, además no se
han determinado ser hábitats de aves, réptiles, mamíferos menores e insectos.
En resumen, el área de influencia directa sobre el componente biótico se centra a
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 159
una superficie mínima, debido a la presencia de vegetación remanente y
fragmentada y que ha sido retirada antes de las actividades mineras.
Por lo tanto, referente al componente biótico, como se indicó en la línea base el en
medio circundante se encuentre escasa vegetación, y la escasa presencia de
vegetación se encuentra fuera de los límites del área minera.
11.3.2. Indirecta
Por estar en zona urbanizada la ubicación el proyecto y a las características de las
actividades del proyecto, la afectación a la flora del área de influencia indirecta es
casi nula. En cuanto a la afectación hacia la avifauna se el área de influencia
indirecta es la zona que rodea al área minera, la cual se ve influenciada por niveles
de ruido, vibraciones y material particulado a una distancia máxima de 100 m.
11.4. Áreas de Sensibilidad Social
El AREA MINERA YOLANDA Código Nº67 se encuentra a un poco más de un
kilómetro de distancia del recinto San Antonio cerca de la cabecera cantonal del
cantón Playas. La población actual del cantón según la proyección del INEC, 2010
debe estar cercano a los 55.000 habitantes.
En base a la caracterización realizada en capítulo del aspecto socioeconómico en
el diagnóstico ambiental las actividades económicas desarrolladas en la parroquia
San Antonio y por ende en el cantón están relacionadas al, turismo, servicio de
preparación de alimentos, comercialización de abarrotes, minería, entre otras.
11.4.1. Infraestructura y/o actividades a las que afecta el proyecto
Infraestructura
y/o actividades
a las que
afecta el
proyecto
Área de influencia directa Área de influencia indirecta
Propietarios
Comunidades,
centros,
poblados, etc.
Parroquias,
territorios de
nacionalidad
es indígenas,
etc.
Otras
jurisdicciones:
Cantón, Provincia,
etc. (Dependerá
del alcance del
proyecto)
Viviendas
particulares de
la Parroquia
SAN ANTONIO
Particulare
s y dueños
de
viviendas.
Barrio San Antonio Playas
Intercepción Carretera PROGRESO-PLAYAS
Estado ecuatoriano
Barrios adyacentes
San Antonio Playas
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 160
11.4.2. Distancia entre elementos del proyecto y los elementos sensibles del
medio social Distancia
s Infraestructura Elementos sensibles
Viviendas
particulares del
Recinto SAN
ANTONIO
Elemento Descripción Distancia
(m)
Viviendas Casas cercanas a la vía de acceso hacia la zona de canteras, son influenciados por los niveles de ruido y material particulado área minera.
200
Intercepción
Carretera
PROGRESO-
PLAYAS
Carretera Riesgo de colisión vehicular.
Entrada y salida de transporte
pesado. 20
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
Mapa de Áreas de Influencia
Elaborado por: Consultora MAE-541-CI
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 161
XII. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
El Plan de Manejo Ambiental es un conjunto de acciones que se requieren para
prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos
ambientales negativos causados durante el desarrollo del proyecto, obra o actividad;
incluye también los planes de seguimiento, evaluación, monitoreo y los de mitigación.
El Plan de Manejo Ambiental (PMA) incluido dentro de este Estudio Ambiental
representa la herramienta que sirve para dar seguimiento al desempeño ambiental
del Área Minera Yolanda Código # 67.
Sin embargo, partiendo de la información disponible y de los resultados de la
evaluación ambiental y la Legislación Ambiental Nacional vigente, se procede en
este capítulo a presentar el PMA correspondiente para el periodo de un año a partir
de la aprobación del presente estudio ambiental.
Una vez que se han identificado, analizado y cuantificado los posibles impactos
ambientales derivados de los procesos del proyecto minero, se preparará el Plan de
Manejo Ambiental, el mismo que considerará al menos los siguientes aspectos:
- Analizar las acciones posibles de realizar para aquellas actividades que,
según lo detectado en la valoración cualitativa de impactos, impliquen un
impacto no deseado.
- Identificar responsabilidades institucionales para la atención de necesidades
que no son de responsabilidad directa de la empresa y diseñar los
mecanismos de coordinación.
- Describir los procesos, tecnologías, diseño, operación y otros que se hayan
considerado, para reducir los impactos ambientales negativos cuando
corresponda.
- Descripción de los impactos positivos, a fin de mantener y potencializar los
mismos durante las fases del proyecto, obra o actividad; los mencionados
impactos serán incluidos en los diferentes programas y subprogramas del plan
de manejo ambiental.
- Incluir una temporalidad de los procesos de control ambiental y de
actualización de la información: se requiere hacer revisiones periódicas a los
EsIA y PMA. Tanto las estrategias de control como de actualización deben ser
dinámicas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 162
12.1. Objetivos
12.1.1. Objetivo General
Alcanzar la prevención y mitigación de los impactos ambientales negativos
potenciales e inherentes a las actividades de la fase Explotación del Área Minera
“Yolanda” Código #67.
12.1.2. Objetivos Específicos
Los objetivos del presente PMA en relación a las actividades desarrolladas en el
Área Minera “Yolanda”, son los siguientes:
- Evitar que las actividades de las plantas deterioren la calidad del ambiente, a
través de un conjunto de medidas ambientales y programas de control.
- Asegurar que las actividades a desarrollarse durante la fase de Explotación,
cumplan con las normas ambientales vigentes en el Ecuador.
- Mitigar, prevenir y controlar los impactos ambientales y sociales negativos,
asociados con la extracción de material rocoso no metálico.
- Generar registros para el seguimiento de los programas y medidas ambientales,
para la fase de explotación del área minera.
12.2. Alcance del Plan de Manejo Ambiental
El Alcance del Plan de Manejo Ambiental abarca para todas las actividades que se
llevan a cabo durante la Explotación del Área Minera Yolanda especialmente se
encuentra encaminado a evitar impactos ambientales.
Para este caso en particular, que se trata de una actividad que se desarrolla en un
sector urbanizado y con presencia de empresas hormigoneras, bodegas y zonas
agrícolas. Para lo cual se han seleccionado los planes de manejo que servirán para
prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos, a continuación, se presentan
los siguientes planes:
- Plan de análisis de riesgos y de alternativas de prevención
Corresponde a la descripción del uso de cualquier substancia peligrosa o la
instalación de maquinarias o infraestructuras riesgosas identificando áreas o zonas
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 163
de potencial afectación. Se debe describir además la potencialidad de accidentes
como explosiones, derrames etc.
- Plan de prevención y mitigación de impactos
Corresponde a las acciones tendientes a minimizar los impactos negativos sobre el
ambiente en las diferentes actividades de las operaciones del proyecto.
- Plan de manejo de desechos
Comprende las medidas y estrategias concretas a aplicarse en la actividad para
prevenir, tratar, reciclar/reusar y disponer los diferentes desechos peligrosos y no
peligrosos.
- Programa de manejo de desechos peligrosos
Incluirá las acciones a tomar en base al Acuerdo Ministerial No. 161 “Reglamento
para la prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas,
desechos peligrosos y especiales”, Acuerdo Ministerial No. 026 “Procedimientos para
el registro de generadores de desechos peligrosos, gestión de desechos peligrosos
previo al licenciamiento ambiental y para el transporte de materiales peligrosos”,
Acuerdo Ministerial No. 098 “Instructivo para la gestión integral de neumáticos
usados” y Acuerdo Ministerial No. 142 “Listados nacionales de sustancias químicas
peligrosas, desechos peligrosos y especiales”, en los casos que de acuerdo a la
actividad se identifique la necesidad de considerarlos.
- Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental
Comprende un programa de capacitación sobre los elementos y la aplicación del
PMA a todo el personal de la empresa acorde con las funciones que desempeña.
- Plan de relaciones comunitarias
Comprende un programa de actividades a ser desarrolladas con la comunidad
directamente involucrada, la autoridad y el promotor de la actividad. Se incluyen
medidas de difusión del EsIA, las principales estrategias de información y
comunicación, eventuales planes de indemnización, proyectos de compensación y
mitigación de impactos socio-ambientales, así como un programa de educación
ambiental participativa a la comunidad. Estos acuerdos deben permitir la disminución
de efectos negativos y la optimización de las acciones positivas.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 164
- Plan de contingencias
Comprende el detalle de las acciones, así como listados y cantidades de equipos,
materiales y personal para enfrentar los eventuales accidentes y emergencias en la
infraestructura o manejo de insumos, en las diferentes etapas de las operaciones del
proyecto basado en un análisis de riesgos. Se incluye la definición y asignación de
responsabilidades para el caso de ejecución de sus diferentes etapas (flujograma y
organigrama), las estrategias de cooperación operacional, así como un programa
anual de entrenamientos y simulacros.
En caso de que la contingencia no logre contener el evento, se deberá
automáticamente establecer un plan de restauración integral que abarque la
remediación del sitio afectado, compensación e indemnización.
- Plan de seguridad y salud en el trabajo
Comprende las normas establecidas por la empresa internamente para preservar la
salud y seguridad de los empleados inclusive las estrategias de su difusión, se
incluyen las acciones que se determinan en la legislación ambiental aplicable.
- Plan de monitoreo y seguimiento
El Estudio de Impacto Ambiental Expost (EsIA) define los sistemas de seguimiento,
evaluación, monitoreo ambiental, salud pública del área de influencia, relaciones
comunitarias, tendientes a controlar adecuadamente los impactos identificados en el
Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental
(PMA) así como las acciones correctivas propuestas en el mismo.
- Plan de abandono y entrega del área
Comprende el diseño de las actividades a cumplirse una vez concluida la operación,
la manera de proceder al abandono y entrega del área de la actividad.
- Plan de restauración, indemnización y compensación
Dentro del plan de restauración integral, se efectuará un diagnóstico y evaluación del
pasivo ambiental para determinar un plan de restauración, indemnización y
compensación. En caso de determinarse un pasivo ambiental se utilizará la
metodología de valoración de pasivos ambientales establecido en el anexo 4 de las
directrices de los TDR categoría IV.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 165
Así, en relación a la valoración económica ambiental realizada en base a la ZIA, la
restauración deberá lograr el retorno de las condiciones originales del ecosistema o
en su defecto la aplicación de medidas sustitutivas, la compensación se determinará
como un conjunto de acciones en beneficio del colectivo de los afectados que tiene
como objetivo mejorar sus condiciones de vida por parte de un responsable de un
daño o pasivo. Por otro lado, la indemnización se refiere al resarcimiento de daños y
perjuicios al patrimonio material o inmaterial de las personas afectadas, por parte del
responsable de un daño o pasivo ambiental.
Las medidas ambientales para la fase de Explotación del Área Minera “YOLANDA”
Código # 67, de los diferentes programas para los planes de manejo ambiental son
las que se describen a continuación.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
12.2.1. Plan de prevención y mitigación de impactos
El presente plan describe las medidas a aplicarse en función de la prevención de derrames de sustancias peligrosas tales como
hidrocarburos y sus derivados, así como las medidas para evitar dichos derrames que generan un efecto adverso al ambiente. PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓNDE IMPACTOS
PROGRAMA DE CONTROL DE GASES DE COMBUSTIÓN, MATERIAL PARTICULADO Y
RUIDO
Objetivos: Implementar medidas de control ambiental para la disminución de Ruido Ambiente y Vibraciones Mitigar la generación de gases de combustión producto de las diferentes actividades del proyecto que afectan al medio circundante.
Lugar de aplicación: Área Minera Responsable: Titular del Área Minera
PPM-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PERIODO
FRECUENCIA
- Calidad del aire Contaminación por
ruido y generación de
polvo fugitivo.
Dar adecuado mantenimiento a
maquinarias y equipos de carácter
preventivo y correctivo.
- Número de reportes de mantenimiento ejecutados al año.
- Registro de mantenimiento
de maquinarias y equipo. Anual
Mensual
- Calidad del aire
- Aspectos
sociales
Alteración de la calidad
del aire por emisiones
de gases de
combustión, ruido y
vibraciones.
Ejecutar las perforaciones y voladuras
solo de lunes a viernes, de preferencia
de 12h00 a 13h00 (no feriados ni fines
de semana).
- Número de
voladuras realizadas/
voladuras
programadas.
- Registro voladuras
ejecutas. Anual Semanal
- Calidad del aire
- Salud
ocupacional de
los trabajadores
Emisión de material
particulado y molestias
ocasionadas al personal
del proyecto.
Exigir a los vehículos de transporte de material pétreo la utilización de lonas después de carga el vehículo con material pétreo.
- Número de
vehículos de transporte
cumpliendo uso de
lona.
- Letrero exigiendo uso de
lona.
- Registro fotográfico
- Visual In situ
Anual Semanal
- Calidad del aire
- Seguridad y
Salud
Ocupacional
- Aspectos
sociales
Molestias al personal
del proyecto y área
circundante por la
generación de polvo
Regar con agua vías que no se
encuentren asfaltadas cuando los
niveles de polvos sean altos producto
del incremento de tránsito vehicular.
- Vías humedecidas
- Registro de riego de vías.
- Registro mantenimiento
vial.
- Registro fotográfico.
Anual
Semanal
- Calidad del aire
- Aspectos
sociales
Molestias al personal
del proyecto y área
circundante por la
generación de polvo
Dar mantenimiento de vías internas:
uso de motoniveladora y/o cargadora. - Vías en buen estado
- Registro mantenimiento
vial.
- Registro fotográfico.
Anual Trimestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 167
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓNDE IMPACTOS
PROGRAMA DE CONTROL DE CONTAMINACIÓN DEL SUELO
Objetivos: Implementar medidas de control ambiental para evitar la contaminación del agua y suelo Prevenir la contaminación del agua y suelo producto de las diferentes actividades del proyecto que afectan al medio circundante.
Lugar de aplicación: Área del Proyecto Responsable: Titular de Área Minera
PPM-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
(MESES)
FRECUENCIA
Calidad del
suelo
Alteración a la
calidad del suelo
por fuga de
combustible y
aceite de
maquinaria.
Revisar periódicamente sistemas
hidráulicos de equipos y maquinaria
utilizados para verificar derrames o
fugas de aceite, grasas etc.
- Ausencia de manchas
de lubricantes en el
suelo.
- Equipos y maquinarias
en buen estado.
- Registro de mantenimiento de maquinarias y equipo.
Anual
Trimestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 168
12.2.2. Plan de manejo de desechos
Una consecuencia de toda actividad productiva o de servicio es la generación de residuos sólidos, los cuales si no son tratados
correctamente pueden perjudicar a la salud de la población y al ambiente, razón por la cual es necesario que en todo proceso y en
sus diferentes actividades se dé la gestión adecuada de los residuos mediante medidas, técnicas y acciones reflejadas en el plan de
manejo.
La definición de gestión integral de los residuos según la norma técnica INEN 2841 es el conjunto de acciones que integran el
proceso de los residuos y que incluyen la clasificación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final.
Dichas acciones están encaminadas a proporcionar a los residuos el destino previo a la gestión final de acuerdo a la legislación
vigente, así, por ejemplo, recuperación, comercialización, aprovechamiento, tratamiento o disposición final.
La correcta gestión de los residuos sólidos se da a través de varias etapas:
- Reducción o Disminución
- Recolección
- Manejo y/o Almacenamiento
- Tratamiento
- Disposición Final
Clasificación de Residuos
Las separaciones por recipientes de colores son definidos por la Normativa INEN 2841, los cuales se especifican a continuación:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 169
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 170
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE CONTROL Y MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS
Objetivos: Efectuar el manejo correcto de los desechos no peligrosos Aplicar acciones para su correcta recolección, almacenamiento y disposición de los desechos no peligrosos
Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Titular de Área Minera
PMD-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PERIODO
FRECUENCIA
Estético/Paisajístico
- Afectación al recurso suelo.
- Generación de malos olores.
- Falta de orden y limpieza.
Instalar 2 (dos) estaciones de reciclaje (contenedores o tachos de diferentes colores) de fácil acceso en el área minera y en el campamento, para poder realizar una correcta separación desde la fuente. Luego serán trasladados hasta un centro de acopio que debe tener adecuaciones básicas como techo y piso.
- Número de estaciones de reciclaje instaladas en buen estado.
- Visita in situ - Registro
fotográfico
Anual
Anual
Estético/Paisajístico
- Afectación al recurso suelo.
- Generación de malos olores.
Falta de orden
Construir y adecuar un área destinada para el almacenamiento de desechos peligrosos.
- Área adecuada para almacenamiento de desechos peligrosos.
Visita in situ Registro fotográfico
Anual Anual
Estético/Paisajístico Desarrollo económico local
Acumulación de material estéril
Utilizar el material estéril en rellenos y vías cercano a la comunidad de San Antonio. Mezclar con material orgánico para ser usados en futuras estabilización de taludes y restauración de espacios degradados.
- Volumen de material estéril utilizado para relleno.
- Bitácora de volumen utilizado en relleno. Registro fotográfico.
Anual Semestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 171
12.2.3. Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental
Capacitación y educación ambiental:
El programa de capacitación comprende la inclusión de todo el personal de la empresa acorde con las funciones que desempeña.
Las capacitaciones se darán periódicamente, siendo algunas semanales, mensuales, semestrales, dependiendo de cada caso. El
cronograma de capacitaciones se realiza teniendo en cuenta la disponibilidad de tiempo de cada capacitador, respetando la
organización y planificación de las mismas.
Se enfatizará:
- El cumplimiento de las medidas del presente Plan de Manejo Ambiental.
- La Normativa a la que se rige esta actividad.
- Las autoridades encargadas del control de las Operaciones
- Los procedimientos en casos de eventualidades.
- La protección de la Salud y Seguridad de los trabajadores a través de mecanismos, y obviamente de la seguridad que exija y
cumpla cada empleado para preservar su integridad física.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 172
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN AMBIENTAL
OBJETIVOS: Capacitar al personal del área minera sobre Riesgos Ambientales Dar a conocer las medidas del Plan de Manejo Ambiental y el rol que cumplen los trabajadores en el cumplimiento de éstas LUGAR DE APLICACIÓN: Área del proyecto RESPONSABLE: Técnico Encargado del Área Ambiental
PCC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES
MEDIO DE VERIFICACIÓN
PERIODO FRECUENCIA
Generación de empleo. Ruido Ambiente Desarrollo económico local
Afectaciones ambientales derivadas de operaciones.
Difundir el Plan de Manejo Ambiental a grupos de relación (autoridades, trabajadores y comunidad).
- Número de personas que conocen el PMA.
-
- Registro de firmas de asistencia a eventos de difusión.
Anual Semestral
Ruido Ambiente Desarrollo económico local
Afectaciones ambientales derivadas de operaciones.
Cumplir con entrega de reportes ambientales a la autoridad competente.
- Número de informes de cumplimiento entregados a la autoridad.
-
- Fe de presentación de informes ambientales a autoridad ambiental minera.
Anual Anual
Generación de empleo
Riesgos de contaminación o impactos ambientales.
Realizar capacitaciones periódicas sobre temática ambiental actual al personal laboral. Los temas serán los siguientes: - Preservación del Ambiente: control de la
contaminación ambiental durante las actividades de explotación que se realicen dentro de las plantas.
- Manejo adecuado de los desechos peligrosos y no peligrosos.
- Reducir, reusar y reciclar. - Charlas de educación ambiental.
- Número de personas capacitadas
- Registro de Asistencia a las Charlas y capacitaciones.
-Fotos de capacitaciones.
Anual Semestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 173
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
OBJETIVOS: Implementar programas de charlas de Seguridad Industrial Capacitar al personal en el correcto uso de equipos y dar a conocer los riesgos a los que están expuestos LUGAR DE APLICACIÓN: Área del proyecto
RESPONSABLE: Técnico Encargado de la Seguridad y Salud Ocupacional
PCC-02
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES
MEDIO DE VERIFICACIÓN
PERIODO
FRECUENCIA
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Posible afectación a la salud de los trabajadores y afectación a la calidad de vida
Capacitar y concientizar al personal en almacenamiento y manejo adecuado de explosivos e insumos detonantes, combustibles, material de limpieza, disposición de residuos peligrosos, uso de equipo de protección personal, equipo contraincendios, prevención de accidentes, en manejo de herramientas y maquinarias.
- Número de registros de asistencia
- Número de empleados capacitados
- Registro de asistencia de los trabajadores a las charlas, fotografías, temas tratados.
Anual Semestral
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Posible afectación a la Salud de los trabajadores
Realizar taller de definiciones y prevención de Riesgos Laborales a los que se encuentre expuesto el personal.
- Número de Participantes del taller.
- Registro de participantes.
- Registro fotográfico. Anual Semestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 174
12.2.4. Plan de relaciones comunitarias
Con el compromiso de establecer una comunicación efectiva con la comunidad situada en el área de Influencia del Proyecto de
Explotación del Área Minera YOLANDA y de entender cualquier inconformidad de la comunidad, se presentan los siguientes
programas:
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE RELACIONES COMUNITARIAS Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
OBJETIVOS: Establecer buenas relaciones con la comunidad cercana en el área de influencia del proyecto
Crear un nexo de comunicación a través de mecanismos entre la comunidad y la empresa LUGAR DE APLICACIÓN: Área del proyecto y área Circundante RESPONSABLE: Titular de Área Minera
PRC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PERIODO
FRECUENCIA
Generación ruido y vibraciones Generación de empleo
Afectaciones a propiedades de grupos y/o quejas de la población por ruido y vibraciones producto de las operaciones.
El titular minero deberá mantener un canal abierto de diálogo con la comunidad para escuchar sus inquietudes, comentarios y reclamos, con el objeto de disipar las dudas que pudiesen tener sobre los peligros relacionados a las actividades de las áreas mineras y mejorar en caso de queja.
- Número de denuncias atendidas anualmente.
- Registros de quejas y sugerencias atendidas.
- Registros de actividades en el programa de compensación e indemnización
Anual
Cuando sea
necesario
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 175
12.2.5. Plan de contingencias
El Área Minera YOLANDA Código # 67 en sus actividades de Explotación, está expuesto a eventos naturales y antropogénicos, por
ello el promotor del proyecto está comprometido a establecer Planes que establezcan procedimientos para actuar en cada caso.
El plan que se detalla a continuación consiste en los procedimientos en caso de un evento, los cuales pueden ser:
• Sismo
• Incendio o Explosiones
• Derrame de Combustibles o Derivados de Petróleo
• Lesiones
• Accidentes vehiculares dentro y fuera del Área del Proyecto
Para cada uno de ellos los procedimientos cambiarán de acuerdo a la emergencia que se presente, por ejemplo:
- Incendio o explosiones:
• Conserve la Calma
• Activar la alarma de Emergencia ante el suceso
• Identificar el origen de la emergencia y dejar que actúe la Brigada de Emergencia destinada a ello, prestar colaboración en todo
momento con los brigadistas, y en caso que no pueda brindar ayuda, retírese.
• Reunirse el en Punto de Encuentro designado y ayudar a que los demás miembros del personal de la empresa hagan lo
mismo.
• Si hay personas con problemas de salud debido al evento, dar parte a la entidad pertinente.
- Sismos
Tener en cuenta lo siguiente:
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 176
Fuente: Ministerio del Interior
Derrames de combustibles o derivados de hidrocarburos:
• Identificar la sustancia, para poder determinarla magnitud del impacto que ésta generará, y acorde a esto aplicar los
procedimientos del caso.
• Localizar medios afectados para proceder ya que en el caso de suelo se vuelve un poco más manejable la situación,
comparado con un derrame en un cuerpo hídrico ya que el flujo del agua, hace que está contaminación se disperse rápidamente.
• Si está capacitado para el control de un derrame proceder de manera inmediata para evitar consecuencias irreversibles. Si no
está capacitado informar al personal pertinente sobre el suceso, y dejar que estos actúen.
• Informar debidamente a las autoridades en cuanto al suceso ocurrido, y en concordancia con la normativa legal vigente.
• Una vez contenido el derrame se procederá a hacer un informe a manera de Evaluación de Daños y éste se tomará en cuenta
para la planificación y Ejecución de las respectivas medidas de Recuperación de los recursos afectados.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 177
- Lesiones:
• Identificar la magnitud de la herida o afección y por ningún motivo subestimarla y/o proceder sin conocimiento de causa, más
aún si no se está debidamente capacitado.
• Ayudar a la persona en cuestión a su reincorporación inmediata en caso de que sea posible, y llevarlo al Centro Médico
correspondiente.
- Accidentes vehiculares:
• Identificar riesgos de explosiones o incendios y controlarlo en caso de ser posible.
• Ayudar a las personas implicadas, ya que por el incidente se puede encontrar parcial o totalmente inmovilizadas.
• Contactar con la Brigada de Emergencias correspondiente para dar atención a posibles lesionados.
De esta forma los Planes de Contingencia ayudan a establecer los mecanismos y disminuir el tiempo de la Capacidad de respuesta,
por ello es importante que vayan de la mano los Planes de Capacitación con los Planes de Contingencia expuestos a continuación,
para evitar que los accidentes no pasen a mayores y evitar consecuencias irreversibles.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 178
PLAN DE CONTINGENCIAS PROGRAMA DE MANEJO DE CONTINGENCIAS
Objetivos: Prevenir y mitigar accidentes las posibilidades de una eventualidad ocasionada por las actividades extractivas Precautelar la seguridad del personal de la planta y de los habitantes cercanos al área Lugar de aplicación: Área del proyecto Responsable: Promotor del proyecto y/o encargado de la SSO
PDC-01
RIESGO ASPECTO
AMBIENTAL MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PERIODO
FRECUENCIA
Riesgo Laboral Riesgo de contaminación ambiental
Alteración de la calidad del suelo, calidad del aire. Accidente laborales.
Instalar los siguientes equipos en el área del proyecto: - Equipo contra derrame de combustible y aceites usados - Botiquín de Primeros Auxilios.
Total, de equipos colocados
_____________x100% Total, de equipos
requeridos
Facturas de compra de equipos. Registro fotográfico
Anual Anual
Riesgo Laboral Riesgos Naturales
Alteración de la calidad del suelo y aire. Accidentes e incidentes.
Realizar simulacros del Plan de Emergencia, en los cuales participen todos los trabajadores; y donde se presenten los siguientes aspectos: contra incendios, accidentes, derrames de hidrocarburos y catástrofes naturales.
Simulacros realizados
_____________x100%
Simulacros previstos
Informe del simulacro con los resultados / Fotos de la ejecución del Simulacro / Registro de participación en el Simulacro.
Anual Anual
Riesgo Laboral Riesgo de incendio
Alteración del lugar de trabajo
Colocar extintores, ubicados tanto en las diferentes áreas y bodegas del área minera.
Número de extintores por área
_____________x100%. Número de extintores.
recomendados por área
Informe de colocación de extintores. Certificado de llenado y/o recarga de extintores.
Anual
Anual
Riesgo Laboral Riesgo de incendio Riesgo de terremotos
Alteración del lugar de trabajo
Instalar señalética de rutas de evacuación y puntos de encuentro seguro.
Número de letreros instalados/ número de
letreros requeridos x 100
Factura de adquisición de letreros. Registro fotográfico
Anual Anual
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 179
12.2.6. Plan de seguridad ocupacional e industrial
Su objetivo principal es disminuir los riesgos de incidentes y accidentes laborales, basado en la identificación, evaluación, prevención
y control de riesgos ocupacionales en el área de ejecución de las actividades del proyecto.
PLAN DE SEGURIDAD OCUPACIONAL E INDUSTRIAL PROGRAMA DE ENTREGA Y USO DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Objetivos: Proteger al personal que labore en el proyecto de lesiones y enfermedades profesionales Lugar de aplicación: Área Minera Yolanda
Responsable: Titular de Área Minera
PSO-01
ASPECTO
AMBIENTAL
IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE
VERIFICACIÓN PERIODO
FRECUENCIA
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Afectaciones a la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores
Entregar equipos de protección personal a los trabajadores del Área Minera conforme a su necesidad, se llevará además un registro de la entrega de los equipos donde conste: - Fecha, equipo entregado y firma del
trabajador que lo recibe. - Cuando los equipos de protección personal se
encuentren deteriorados y por este motivo no brinden seguridad a los trabajadores, deberán ser reemplazados de inmediato.
(Cantidad de EPP entregados / número de trabajadores) X 100
Registro de entrega y reposición de Equipos de Protección Personal
Fotografías de uso de EPP
Anual Semestral
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Posible afectación a la salud por accidentes de trabajo
Mantener el botiquín de primeros auxilios abastecidos de medicamentos y que estos no hayan expirado, de ser así deberán sustituirse de inmediato. Además, se llevará un registro de los medicamentos utilizados y deben contener como mínimo: Alcohol antiséptico, agua oxigenada, algodón, gasa, esparadrapo, medicamentos antiinflamatorios, medicamentos para molestias estomacales
Botiquín abastecido
- Facturas de la compra de los medicamentos
- Registro fotográfico de los botiquines
Anual
Semestral
Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
- Riesgo laboral. - Posibles
accidentes de trabajo.
Señalizar y mantener en óptimas condiciones los carteles de identificación de las áreas de almacenamiento. Las identificaciones de explosivos deben de estar acorde a lo dispuesto en la Norma INEN 2266 y Norma INEN 2288.
Almacenamiento de explosivos señalizado
____________x100%
- Registro Fotográfico - Visitas in situ - Señalética vertical
- Hoja de seguridad
Anual
Semestral
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 180
12.2.7. Plan de monitoreo y seguimiento
El monitoreo es un sistema continuo de observación de medidas, siendo en este caso la verificación de las actividades y los
resultados esperados en el Plan de manejo Ambiental planteado. Dichos monitoreos son completa responsabilidad de la empresa, ya
sea que ellos mismos los realicen o requieran los servicios de una empresa acreditada ante el SAE.
PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO PROGRAMA DE MONITOREOS AMBIENTALES
OBJETIVOS: Cumplir con la realización de los monitoreos Evaluar los resultados de los monitoreos, comparándolos con la legislación nacional. LUGAR DE APLICACIÓN: Área Minera YOLANDA RESPONSABLE: Técnico Encargado del Área Ambiental
PMS-01
COMPONENTE AMBIENTAL
TIPO DE COMPONENTE
NORMATIVA FRECUENCIA DE
MUESTREO
PERIOCIDAD DE PRESENTACIÓN
DE INFROME
X
Y
Aire Calidad del Aire
Acuerdo Ministerial N°097-A- Anexo 4 del Libro VI TULSMA de la CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE O NIVEL DE INMISIÓN Realizar el monitoreo de la calidad del aire ambiente, que medirá material particulado (PM10), en 1 punto ubicado hacía el Noreste del área minera.
Semestral Anual
567010
9719779
Aire Calidad del Aire
Acuerdo Ministerial N°097-A- Anexo 4 del Libro VI TULSMA de la CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE O NIVEL DE INMISIÓN Realizar el monitoreo de la calidad del aire ambiente, que medirá material particulado (PM2.5), en 1 punto ubicado hacía el Noreste del área minera.
Semestral Anual 567010
9719779
Aire Nivel de presión
sonora
- Acuerdo Ministerial N°097-A- Anexo 5 del Libro VI TULSMA NIVELES MÁXIMOS DE EMISIÓN DE RUIDO Y METODOLOGIA DE MEDICION PARA FUENTES FIJAS Y MOVILES.
- Monitorear semestralmente los niveles de ruido generados (2 puntos), tanto en el área del proyecto como en predios colindantes. Este monitoreo deberá de llevarse a cabo a través de un Laboratorio acreditado por el SAE.
- Realizar una vez al año encuesta de percepción y perturbación por ruido, según lo establecido en el Anexo 5 del Acuerdo Ministerial No. 097-A del 30 de julio de 2015.
Semestral Anual
P1 566650
P2 566628
P1 9719296
P2 9719174
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 181
12.2.8. Plan de abandono y entrega del área
Comprende las actividades a cumplirse una vez finalizadas las operaciones en el área del proyecto, esto incluye demolición de
estructuras innecesarias, levantamiento de informes de cierre, descripción del estado de las áreas utilizadas después del cese de
actividades, desmontaje de equipos, desalojo y evacuación de desechos, etc.
PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA PROGRAMA DE CIERRE DE ACTIVIDADES
OBJETIVOS: Definir las medidas a tomarse en el proyecto, posterior al cierre del Área Minera Yolanda
LUGAR DEAPLICACIÓN: Área Minera YOLANDA RESPONSABLE: Titular de Área Minera
PCA-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PERIODO FRECUENCIA
Estabilidad del talud
Afectación a la estabilidad de la pendiente
Informar a la Autoridad Ambiental Competente sobre el cese definitivo del proyecto.
Oficio enviado a la autoridad ambiental de cese de operación.
Copia del recibido del oficio enviado a la autoridad ambiental competente
Final del proyecto
Final del proyecto
Calidad del suelo
Afectación al recurso suelo
Separar los escombros en un área específica y determinar la cantidad en toneladas, para que una vez aceptada la solicitud por parte del Gestor calificado le dé una correcta disposición final.
Cantidad en ton. de escombros generados /cantidad en toneladas en disposición final
Tasa de Trámite Formulario de entrega de los escombros a Gestor ambiental
Final del proyecto
Final del proyecto
Calidad del suelo Seguridad Laboral y Salud Ocupacional
Afectación al recurso suelo y agua Afectación a la salud
Determinar las cantidades de desechos peligrosos, rotularlos, separarlos por tipo de material y tenerlos almacenados temporalmente hasta entregarlos a un gestor ambiental para que le dé la disposición final que menos impacte cause al ambiente. Dentro de esta medida se incluyen residuos especiales (neumáticos usados).
- Cantidad de desechos peligrosos almacenados.
- Cantidad de desechos peligrosos entregados al gestor ambiental
- Manifiesto único de entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos.
- Certificado de disposición de residuos emitido por Gestor.
Final del proyecto
Final del proyecto
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 182
12.2.9. Plan de rehabilitación de áreas afectadas
En el Plan de Manejo Ambiental la restauración en una zona o medio inicialmente intervenido por el ser humano, esto se justifica
mediante la evidente alteración del recurso natural y paisajístico, antes de desarrollarse las actividades de proyecto; sin embargo se
propone un uso alternativo de los terrenos como bodegas u otro tipo de industrias una vez se finalicen las operaciones, debido al uso
de suelo actual; pero se deberán eliminar los pasivos ambientales, para convertir el terreno en un activo de la empresa proponente.
PLAN DE RESTAURACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y COMPENSACIÓN
PROGRAMA DE RESTAURACIÓN
OBJETIVOS: Definir las medidas a tomarse en el proyecto en caso de derrame LUGAR DEAPLICACIÓN: Área Minera Yolanda RESPONSABLE: Titular de Área Minera
PRIC-01
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES
MEDIO DE VERIFICACIÓN
PERIODO FRECUENCIA
Estabilidad del suelo Geomorfología Estética/Paisaje
Recuperación del relieve inicial
Remodelar la topografía del lugar para ajustar a la topografía original a través del relleno de los bancos liquidados.
Volumen de material depositado para recuperación de la topografía del sitio.
- Registro de material transportado y depositado en bancos liquidados.
- Registro panorámico del paisaje.
Fin del proyecto Fin del
proyecto
Estética/Paisaje
Estabilidad del suelo
Amenaza de riesgos contra derrame
Revegetar el área minera con especies nativas de las zonas de vida circundantes. Por ejemplo Algarrobo y Guayacán.
Número de individuos vivos / número de individuos sembrados.
Facturas o registro de adquisición de especies vegetales. Registro fotográfico in situ.
Fin del Proyecto Fin del
Proyecto
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 183
12.3 Cronograma Valorado del Plan de Manejo Ambiental
CRONOGRAMA PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL ÁREA MINERA "YOLANDA"
Meses
No. Medida Ambiental 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 COSTO
Plan de prevención y mitigación de impactos
1 Dar adecuado mantenimiento a maquinarias y equipos de carácter preventivo y correctivo.
X X X X X X X X X X X X $1.800,00
2 Ejecutar las perforaciones y voladuras solo de lunes a viernes, de preferencia de 12h00 a 13h00 (no feriados ni fines de semana). Además, usar tecneles.
X X X X X X X X X X X X $600,00
3 Exigir a los vehículos de transporte de material pétreo la utilización de lonas después de carga el vehículo con material pétreo.
X X $20,00
4 Regar con agua vías que no se encuentren asfaltadas X X X X X X X X X X X X $1.000,00
5 Dar mantenimiento de vías internas: uso de motoniveladora y/o cargadora. X X X X X X X X X X X X $600,00
6 Revisar periódicamente sistemas hidráulicos de equipos y maquinaria utilizados para verificar derrames o fugas de aceite, grasas etc.
X X X X $200,00
Plan de Manejo de Desechos
7 Instalar (2) estación de reciclaje (contenedores o tachos de diferentes colores) de fácil acceso, (1) en el área minera y (1) en el campamento.
X $400,00
8 Construir un área destinada para el almacenamiento de desechos peligrosos. X $500,00
9 Llevar un registro de los desechos sólidos no peligrosos, indicando fecha, tipo, volumen y sitio de disposición final de los mismos.
X X X X X X $60,00
10 Utilizar el material estéril en rellenos y vías cercano a la comunidad de San Antonio.
X X $200,00
Plan de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental
11 Realizar la inducción a los trabajadores de las áreas mineras sobre el PMA incluido en el EsIA con fines de Licenciamiento
X X $100,00
12 Difundir el PMA a grupos de relación (autoridades, trabajadores y comunidad).
X X $100,00
13 Realizar capacitaciones periódicas sobre temática ambiental actual al personal laboral
X X $200,00
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 184
14
Capacitar y concientizar al personal en almacenamiento y manejo adecuado de explosivos e insumos detonantes, combustibles, material de limpieza, disposición de residuos peligrosos y uso de epps.
X X $500,00
15 Realizar taller de definiciones y prevención de Riesgos Laborales a los que se encuentre expuesto el personal.
X X $100,00
Plan de Relaciones Comunitarias
16 El titular minero deberá mantener un canal abierto de diálogo con la comunidad para escuchar sus inquietudes, comentarios y reclamos.
X X $100,00
Plan de Contingencias
17
Instalar los siguientes equipos en el área del proyecto: -Equipo contra derrame de combustible y aceites usados - Equipo de Primeros Auxilios. X $1.000,00
18 Realizar simulacros del Plan de Emergencia, en los cuales participen todos los trabajadores
X X $300,00
19 Colocar extintores, ubicados tanto en las diferentes áreas y bodegas de las áreas mineras.
X $600,00
20 Instalar señalética de rutas de evacuación y puntos de encuentro seguro.
X $300,00
Plan de Seguridad Ocupacional e Industrial
21 Entregar los Epps para los trabajadores X X $500,00
22 Dar mantenimiento al botiquín de primeros auxilios X X $80,00
23
Señalizar y mantener en óptimas condiciones los carteles de identificación de las áreas de almacenamiento de sustancias peligrosas.
X X $300,00
Plan de Monitoreo y Seguimiento
24
Realizar el monitoreo de la calidad del aire ambiente, que medirá material particulado (PM10), en 1 punto ubicado hacía el Noreste del área minera.
X X $750,00
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 185
25
Realizar el monitoreo de la calidad del aire ambiente, que medirá material particulado (PM 2.5), en 1 punto ubicado hacía el Noreste del área minera.
X X $750,00
26 Monitorear el nivel de presión sonora en el área minera (2 puntos), tanto en el área del proyecto como en predios colindantes
X X $700,00
Plan de Cierre, Abandono y Entrega del Área
27 Informar a la Autoridad Ambiental Competente sobre el cese definitivo del proyecto.
Al finalizar actividades $40,00
28 Separar los escombros en un área específica, determinar la cantidad en toneladas y entregar a un gestor calificado.
Al finalizar actividades $1.000,00
29
Determinar las cantidades de desechos peligrosos, rotularlos, separarlos por tipo de material y tenerlos almacenados temporalmente hasta entregarlos a un gestor ambiental para que le dé la disposición final
Al finalizar actividades $1.000,00
Plan de rehabilitación de áreas afectadas
30 Remodelar la topografía del lugar para ajustar a la topografía original a través del relleno de los bancos liquidados.
Al finalizar actividades $4.000,00
31 Revegetar el área minera con especies nativas de las zonas de vida circundantes. Por ejemplo Algarrobo y Guayacán.
Al finalizar actividades $1.000,00
COSTO TOTAL DE IMPLEMENTACIÓN POR UN TIEMPO PERENTORIO DE 1 AÑO
$18.800,00 Dieciocho mil ochocientos dólares americanos
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
XIII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍCAS
ANDES. (abril de 2014). www.andes.info.ec. Obtenido de
http://www.andes.info.ec/es/noticias/calma-retorno-zona-costera-ecuador-tras-
desecharse-alerta-tsunami.html
CLIRSEN. (diciembre de 2012). www.sni.gob.ec. Obtenido de www.sni.gob.ec:
http://app.sni.gob.ec/sni-
link/sni/PDOT/ZONA5/NIVEL_DEL_PDOT_CANTONAL/SANTA_ELENA/SALI
NAS/IEE/MEMORIA_TECNICA/mt_vulnerabilidad_y_riesgos.pdf
El Telégrafo. (febrero de 2017). Obtenido de
http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/ecuador/3/10-horas-de-lluvia- provocaron-
danos-e-inundaciones-en-santa-elena
El Universo. (mayo de 2017). http://www.eluniverso.com. Obtenido de
http://www.eluniverso.com/noticias/2017/05/16/nota/6186022/sismo-magnitud-
49-epicentro-santa-elena
Elena, G. S. (2014). http://www.gadse.gob.ec. Obtenido de
http://www.gadse.gob.ec:
http://www.gadse.gob.ec/gadse/index.php/municipio/plan-de-desarrollo-y-
ordenamiento-territorial-pdyot
Franquis, F. R., & Infante, A. M. (2003). Los Bosques y su importancia para el
suministro de servicios ambientales. Revista Forestal Latinoamericana, 17-30.
GAD Santa Elena. (2014). http://www.gadse.gob.ec. Obtenido de
http://www.gadse.gob.ec:
http://www.gadse.gob.ec/gadse/index.php/municipio/plan-de-desarrollo-y-
ordenamiento-territorial-pdyot
INAMHI. (enero de 2014). www.serviciometeorologico.gob.ec. Recuperado el 14
de junio de 2017, de www.serviciometeorologico.gob.ec:
http://www.serviciometeorologico.gob.ec/wp-
content/PubliTecnicas/Informe2014SNGR.pdf
INEC. (2010). Censo 2010 de Población y Vivienda. Santa Elena.
INEC. (2014). Anuario de estadísticas vitales nacimientos y defunciones 2014.
Quito.
Obtenido de www.ecuadorencifras.gob.ec
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 187
INOCAR. (2015). http://www.inocar.mil.ec. Obtenido de http://www.inocar.mil.ec:
http://www.inocar.mil.ec/web/index.php/publicaciones/category/29-acta-
oceanografica-del-pacifico-vol-20-n-1-2015? limitstart=0
MAE. (marzo de 2015). SUIA. Obtenido de http://suia.ambiente.gob.ec:
http://suia.ambiente.gob.ec/documents/10179/185872/GUIA+TECNICA+PARA
+DEFINICION+DE+AREAS+DE+INFLUENCIA+-+marzo+2015.pdf/fccda373-
ddf2-4aeb-88a6-
0e9a35071332; jsessionid=QDGiZ+vGeXJlpX+Ii33o4vb9? version=1.0
MAE. (mayo de 2016). Ministerio del Ambiente. Obtenido de
http://www.ambiente.gob.ec/areas-protegidas-son-pilar-para-la-biodiversidad- del-
pais/
Ministerio del Ambiente. (2013). www.ambiente.gob.ec. Obtenido de
www.ambiente.gob.ec: www.ambiente.gob.ec
UICN. (2017). UICN. Obtenido de https://www.iucn.org/es:
http://www.iucnredlist.org/
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 188
XIV. FIRMAS DE RESPONSABILIDAD
Responsabilidad técnica FIRMA DE TITULAR MINERO
Biol. Tarin González Boza. Tito Guerrero Holguín *
Consultor # MAE-541-C1 Titular Minero
* El titular de derechos mineros o su representante legal certifica con su firma que conoce el estudio
ambiental adjunto, que todos los datos consignados en él son ciertos, y se compromete a realizar las obras planteadas en su plan de manejo ambiental. El consultor certifica que preparó el estudio Ambiental adjunto y que todos los datos son ciertos.
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 189
XV. ANEXOS
Anexo 1.- Testimonio de Escritura
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 190
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 191
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 192
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 193
Anexo 2.- Calificación Dentro del Régimen Especial de la Pequeña
Minería
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 194
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 195
Anexo 3.- Certificado y Mapa de Intersección
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 196
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 197
Anexo 4.- Título Minero Sustituido
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 198
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 199
Anexo 5.- Registro de Consultor Ambiental
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 200
Anexo 6- Certificado de Depósitos de Especímenes
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
Anexo 7.- Mapa de Ubicación del Área Minera “YOLANDA”
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 202
Anexo 8.- Mapa Topográfico
“ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST EN SU FASE DE EXPLOTACIÓN ÁREA MINERA YOLANDA CÓDIGO # 67 – PLAYAS, GUAYAS
BLGA. TARIN GONZÁLEZ BOZA MAE-541-CI 203