ESTATUTOS CASA ESPIRITA

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CASA ESPIRITA "ARMONÍA UNIVERSAL" CAP ÍTULO PRIMERO NOMBRE - CONSTITUCI Ó N - SEDE - GENERALI DADES ARTÍCULO PRIMERO: La CASA ESPIRITA "ARMONÍA UNIVERS AL" fundada el 3 de Octubre de 1984 , es una Sociedad Civil de carácter doctrinario y de beneficio social, sin fines lucrativos, apolítica, que tiene por sede y foro la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima y su radio de acc ión comprende toda la zona urb ana y rural de la ciudad de Ibagué. Pará gra fo 1 °: La CASA ESPIRI TA “ARMONÍA UNIVERSAL”, tendrá una duración indefinida y podrá disolverse cuando lo estimen conveniente las 2/3 partes de la Asamblea General, conforme a lo establecido en los pres entes estatutos o la legislación vigente. ARTÍC ULO SEGUNDO: La CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNI VERSAL tie ne por objetivos: I. Difundir el Espiritismo, según el pensamiento de Allan Kardec, su Codificador, velando por el respeto a los principios de la Doctrina Espírita. II. Incentivar, promover y organizar eventos relacionados con sus objetivos, a través de conferencias públicas y privadas, publicaciones escritas, programas radiales y de televisión, la web u otros medios de actualidad. III. Pr omo ver, estimula r y acompañar esfuer zos busca ndo la actua liz ación permanente del Espiritismo. IV.  Apoyar iniciativas identificadas con el pensamiento espírita, que busquen el progreso y la paz. ARTÍCULO TERCERO: La CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL  adopta por principios: I. La definición de Espiritismo como "Ciencia que trata de la naturaleza, origen y destino de los espíritus, así como de sus relaciones con el mundo corporal" y como filosofía espiritualista de consecuencias morales. II. La síntesis de la doctrina espírita en los siguientes fundamentos principales: a) Existenc ia de Dios; b) Preexistencia e inmortalidad del Espíritu; c) Pluralida d de las existencias y de los mundos habitados; d) Comunicabilidad de los espíritus; e) Ley de Evolución. III. La valorización del conocimiento y el perfeccionamiento moral de la Humanidad. 1

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CASA ESPIRITA

"ARMONÍA UNIVERSAL"

CAP ÍTULO PRIMERO

NOMBRE - CONSTITUCIÓ N - SEDE - GENERALIDADES

ARTÍCULO PRIMERO:La CASA ESPIRITA "ARMONÍA UNIVERSAL" fundada el3 de Octubre de1984, es una Sociedad Civil de carácter doctrinario y de beneficio social, sin fineslucrativos, apolítica, que tiene por sede y foro la ciudad de Ibagué, departamento deTolima y su radio de acción comprende toda la zona urbana y rural de la ciudad de Ibagué.

Parágrafo 1 °: La CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”, tendrá una duración indefinida ypodrá disolverse cuando lo estimen conveniente las 2/3 partes de la Asamblea General,

conforme a lo establecido en los presentes estatutos o la legislación vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO: La CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL tiene por 

objetivos:

I. Difundir el Espiritismo, según el pensamiento de Allan Kardec, su Codificador,

velando por el respeto a los principios de la Doctrina Espírita.

II. Incentivar, promover y organizar eventos relacionados con sus objetivos, a

través de conferencias públicas y privadas, publicaciones escritas, programas

radiales y de televisión, la web u otros medios de actualidad.

III. Promover, estimular y acompañar esfuerzos buscando la actualizaciónpermanente del Espiritismo.

IV.  Apoyar iniciativas identificadas con el pensamiento espírita, que busquen el

progreso y la paz.

ARTÍCULO TERCERO: La  CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL  adopta por 

principios:

I. La definición de Espiritismo como "Ciencia que trata de la naturaleza, origen y

destino de los espíritus, así como de sus relaciones con el mundo corporal" y

como filosofía espiritualista de consecuencias morales.

II. La síntesis de la doctrina espírita en los siguientes fundamentos principales: a)

Existencia de Dios; b) Preexistencia e inmortalidad del Espíritu; c) Pluralidad de

las existencias y de los mundos habitados; d) Comunicabilidad de los espíritus;

e) Ley de Evolución.

III. La valorización del conocimiento y el perfeccionamiento moral de la Humanidad.

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IV. La fundamentación de su línea de trabajo en la visión laica, libre pensadora,

humanista, dinámica, progresista y pluralista del Espiritismo;

ARTICULO CUARTO: La CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”se empeña enexteriorizar, en toda su plenitud, los postulados que componen la Doctrina codificada

por Allan Kardec. En su defensa y desarrollo, se coloca por encima de las relacionespersonales o institucionales. En consonancia con esta línea maestra, la “CASAESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”lucha por una Doctrina:

· Kardecista , porque asume las enseñanzas y reflexiones que se desprenden de laobra de Allan Kardec, representativa de la esencia y de la base del edificio doctrinarioespírita. Orientado por la brújula de la codificación, el Espiritismo mantendrá siempre elrumbo correcto y seguirá por caminos seguros.

· Progresista, porque el pensamiento espírita es un instrumento para el mejoramientoindividual y social, aunado a valores como libertad, justicia e igualdad. Proporciona una

postura dinámica, abierta, autocrítica, capaz de rectificar conceptos, como resultado delproceso de cambio del mundo.

· Libre pensadora, porque invita a sus integrantes y personas en general a gozar, ensu plenitud, del derecho al libre examen de todas las ideas y al aprovechamiento detoda reflexión, con criterios y métodos dentro y fuera del Espiritismo.

Libertad de pensamiento, libertad de expresión y libertad de discusión y crítica sonderechos irrenunciables, condiciones necesarias para la total expresión de un espíritaauténtico. Esos derechos están, por tanto, garantizados por la CASA ESPIRITA“ARMONÍA UNIVERSAL”a todas las personas a ella vinculadas.

ARTICULO QUINTO: La “CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”para la materialización de laayuda al necesitado, se propone la realización de obras como:Entrega de alimentos, apoyoa la mujer embarazada, orientación doctrinaria a las personas abatidas por problemasmorales, espirituales o materiales, creación de casas de reposos para personas de latercera edad, casas de paso, guarderías y demás obras sociales al desamparado.

ARTÍCULO SEXTO: La “CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”establecerá relacionesfraternales con organizaciones Espíritas del país y del extranjero con el fin de intercambiarexperiencias y estimular la ayuda recíproca. Igualmente, establecerá relaciones decolaboración e intercambio con organizaciones de servicio social, estatales o privadas,

sean estas nacionales o internacionales.

ARTÍCULO SÉPTIMO:La “CASA ESPIRITA “ARMONÍA UNIVERSAL”acata la Constitución y lasleyes de la República de Colombia y conforme a ello será estrictamente respetuosa delestado de derecho, la tranquilidad social y el orden público, observando siempre uncomportamiento acorde a los derechos humanos y universales. Para tal fin:

I. Se abstiene de tomar posiciones político-partidistas, respetando las diferentes

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ideologías y creencias existentes en el país.

II. Conforme a la Constitución Nacional, goza de todos los derechos, garantías,libertades y oportunidades individuales y colectivas establecidas en materia de creencias,convicciones, pensamiento, opinión, difusión, información, asociación, enseñanza

aprendizaje, investigación, expresión artística y desarrollo de la personalidad.ARTÍCULO OCTAVO:La Casa Espírita rechaza en su seno todo género de prácticas talescomo la superchería, hechicería, brujería, cartomancia, quiromancia, curandería, ritosmediumnidad lucrativa y todas aquellas conductas o hechos que NO se identifiquen con losprincipios científicos, filosóficos y morales de la Doctrina Espírita. En el sentido ético ydoctrinario establecido por su codificador Allan Kardec.( Reclamar de las autoridades, ladefensa de sus postulados, ante personas que lucran, explotan o engañan en nombre deEspiritismo, ocupándose de cartomancia, quiromancia, sortilegios, riegos, adivinaciónhechicería y otras, o que actuando como curanderos, astrólogos, seudo profesores oseudomaestros, embaucan a sus semejantes, amparándose con el título de Espiritistas,

pues todo aquel que mixtifica o se atribuye facultades en cuyo fondo está el absurdo, elfanatismo o el interés, no se considera Espiritista ni Espiritismo, aunque digan serlo) Noacepta además la usurpación del término “ESPIRITISMO” y “ESPIRITISTA” por parte depersonas sin escrúpulos que engañan y explotan a la sociedad, cometiendo accionesfraudulentas contrarias a los principios básicos de la Doctrina Espírita.

CAPITULO SEGUNDO

DE LOS ASOCIADOS , DE LA ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN

ARTICULO NOVENO: La Casa Espirita "Armonía Universal" se constituye con ilimitadonúmero de asociados, mayores de 18 años de edad, sin distinción de sexo, raza,nacionalidad, credo religioso o político, sean Espiritas o simpatizantes que acepten lasdisposiciones estatutarias y adopten los principios del Espiritismo.

ARTICUILO DÉC IMO: Toda persona que desee hacerse socio del Casa Espirita "ARMONÍAUNIVERSAL" deber á solicitar por escrito al Presidente la admisión, dicha solicitud con elvisto bueno del presidente, pasar á al estudio de la junta directiva, la decisión respectiva sele comunicará por escrito al interesado.

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Los socios o miembros se dividen en las siguientes categorías:I. Miembros activosy/o fundadores: Constituidos por los miembros que firman el Acta de Constitución y los gestores que dieron origen a la Asociación; mayores de 18años, de ambos sexos, adeptos al Espiritismo o que soliciten su ingreso tras el tiemporeglamentario de participación en las actividades de la Casa. Tendrán voz y voto en las

 Asambleas Generales.II. Miembros Simpatizantesy/o aspirantes: Personas que admiten el Espiritismo yse adhieren a la Casa Espírita “Armonía Universal”, como asistentes a los eventos públicos

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y con derecho de llegar a cargos directivos, luego de cumplir ciertos requisitos.III. Miembros Cooperadores: Todos aquellos benefactores o aportantes, seanespíritas o no, que ayudan económicamente para el desarrollo de los programas yobjetivos. Tendrán voz mas no voto en las deliberaciones de la Asamblea General.IV. Miembros Honorarios: Constituidos por aquellas personas que sin tener las

características anteriores, a juicio de la Junta Directiva, hayan contribuido de maneraeficaz y oportuna en el desarrollo de la Casa y en sus actividades de una manera notabley extraordinaria. De igual manera tendrán derecho a voz pero no a voto en las decisionesde la Asamblea General.

ART ÍCULO DUODÉCIMO: Son deberes de los asociados:

a. Conocer amplia y detalladamente los Estatuto y el Reglamento Interno.

b. Cumplir las disposiciones estatutarias, los actos administrativos, la ley y las buenascostumbres.

c. Velar por el buen nombre y la prosperidad dela Casa Espirita Armonía Universal.d. Frecuentar en cuanto sea posible las reuniones públicas, las asambleasordinarias y

extraordinarias, asistiendo a la hora y día señalado.e. Contribuir oportunamente con los aportes económicos para gastos de

funcionamiento.f. Cumplir fielmente las comisiones que le sean encomendadas cuyos informes

deberán comunicar a la mayor brevedad posible a la Junta Directiva.g. Informar oportunamente a la Junta Directiva sobre proyectos, actividades, eventos y

cambios que se presentenen la (). Dar a conocer antes de finalizar noviembre losrespectivos informes de los ejes, para la elaboración de la programación del año

siguiente. De la misma manera, la última semana del mes de enero informará sobrelas actividades ejecutadas en el año inmediatamente anterior.h. Contribuir activamente en la promoción y realización de las diferentes actividades

espíritas.i. Participar activamente en las acciones financieras organizadas por la Casa espírita

“Armonía Universal” y hacer aportes económicos para sufragar los gastos quegenere la misma.

 j. Difundir el Espiritismo mediante cursos, conferencias, seminarios, talleres ocualquier estrategia didáctica-pedagógica en su localidad, apoyándose en losaspectos científicos, filosóficos y morales manifiestos en la Codificación de Kardec.

k. Estimular en los niños y jóvenes de nuestro entorno su participación activa ydinámica en las actividades de la Casa Espírita.l. Ser fieles y honestos con la enseñanza, práctica y difusión de la Doctrina Espírita.

ART ÍCULO TREDÉCIMO: Son derechos de los asociadossiempre y cuando estén a paz y salvo con la Casa Espírita:

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a. Participar en forma eficiente en las diferentes actividades cívicas, sociales ydoctrinarias que organice la Casa Espirita “Armonía Universal” y sugiriendomedidas que sean provechosas.

b. Elegir y ser elegidos en los cargos directivos, discutir y votar en lasdeliberaciones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General,respetando el Quórum.

c. Conocer oportunamente las decisiones de la Junta Directiva.d. Colaborar en la organización y realización de los distintos eventos

programados por la Casa.e. Hacer uso del material bibliográfico que posea la Asociación y demás

servicios que establezca la Casa Espírita “Armonía Universal”.f. Ser notificados de la programación de las actividades a realizar y tener 

acceso ellas.

g. Proponer modificaciones a los estatutos cuando para eso sean

convocadas.

PARÁGRAFO 1°: Para ser elegido miembro de la Junta Directiva, deber á conocer gran partedel contenido de la Doctrina Espirita y los Estatutos de la Casa Espirita “Armonía Universalen su totalidad, de igual forma, debe tener como mínimo 6 meses continuos de afiliación.

PARÁGRAFO 2°: La Casa Espírita “Armonía Universal” contará en su ReglamentoInterno con los ítems que pautarán el proceso de admisión, rechazo, censura y retiro delos socios.

PARÁGRAFO 3°: A los asociados que incumplan algunos de los incisosde este capitulo le

será llamada la atención por escrito, y en caso de reincidir en la mismafalta, le serásolicitado su retiro.

CAPITULO TERCERO

DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS

 ARTÍCULO D É CIMO: La Asamblea General de asociados es la máxima autoridad delCentro Espirita "PROGRESO ESPIRITUAL".

 ARTICULO DÉ CIMO PRIMERO: La Asamblea General de Asociados se reunir á

ordinariamente cada año durante los primeros 20 días del mes de marzo yextraordinariamente cuando las circunstancias lo exijan para el bienestar del"CentroEspirita "Progreso Espiritual"; teniendo las siguientes facultades yfunciones.a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva, Fiscal y Fiscal suplente

posesionarlos para un periodo de dos años.b) Examinar y aprobar las cuentas y el presupuesto que la Junta Directivapresente

anualmente.c) Reformar los estatutos.

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d) Establecer las cuotas mensuales del "Centro Espirita "Progreso Espiritual".e) Decretar la disolución de la organización con el voto de las dos terceras partes de los

afiliados por las siguientes causas:1. Disminución del número mínimo de Asociados establecidos por la Ley para la

constitución de ésta organización y que ésta situación se prolongue por mas de seis (6)

meses.2. Por disposición legal o decisión de la Asamblea General.f) Estudiar y aprobar los informes presentados por los directivos.

 ARTICULO D É CIMO SEGUNDO:Las Asambleas Generales Ordinarias yExtraordinariasserán presididas por el presidente de la Junta Directiva y en su defecto por el vicepresidentede la misma y en su ausencia de este por un presidente AD-HOC elegido por la asamblegeneral de asociadosúnicamentepara esa asamblea; y habr á Quórum con la asistencia demitad mas uno de losasociados.

 ARTÍCULO D É CIMO TERCERO: Las actas de la Asamblea General de Asociados

Ordinarias y Extraordinarias deber án ir firmadas por el presidente y el secretariodel CentroEspirita Progreso Espiritual o quienes hayan presidido la respectivaasamblea.

 ARTÍCULO D É CIMO CUARTO: Las decisiones de la Asamblea General Ordinarias yExtraordinarias se regir án por mayoría de votos de los Asambleístas presentes.

CAPITULO CUARTO DE LAJUNTA DIRECTIVA

 ARTICULO D É CIMO QUINTO: La Junta Directiva del Centro Espirita"PROGRESOESPIRITUAL" esta integrada por un presidente, un vicepresidente,un tesorero, unsecretario y tres vocales.

 ARTICULO D É CIMO SEXTO: La Junta Directiva se reunir á ordinariamente cada tresmeses y extraordinariamente cuando así lo considere, har án Quórum reglamentario lamitad más uno de sus miembros, las decisiones se tomar án por unanimidad o por la mitadmás uno de los asistentes y sus atribuciones son:

a) Redactar y someter a la aprobación de la Asamblea General de Asociados Ordinarias yExtraordinarias toda reforma de los estatutos.

b) Rendir informe de sus labores a la Asamblea General de Asociados y presentarles lascuentas, el balance general, y proyecto de presupuesto y los programas a desarrollarpara el mejoramiento del Centro Espirita ProgresoEspiritual.

c) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, resoluciones, acuerdos, el reglamentointerno ydemás disposiciones de la Asamblea General de Asociados.

d) Elaborar y aprobar el reglamento interno del Centro Espirita ProgresoEspiritual.e) Resolver sobre las solicitudes de admisión y sobre los posibles casos desolicitud de

retiro.f) Convocar a Asamblea General de asociados tanto Ordinarias y Extraordinarias, con

anticipación de 15 días indicando la fecha, hora y lugar a realizarse, haciendo lanotificación en cartelera o información personal enforma escrita.

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FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

DEL PRESIDENTE

ARTICULO D É CIMO S É PTIMO: El presidente es el representante legal del Centro EspiritaProgreso Espiritual y tiene las siguientes funciones:

a) Convocar y presidir las sesiones de la Junta Directiva.b) Presidir las Asambleas Generales de Asociados, Ordinarias y Extraordinarias.c) Nombrar comisiones y controlar el resultado de estas.d) Autorizar con firmas los retiros de fondos.e) Avisar oportunamente al vicepresidente cuando no pueda presidir una sesión, para que

lo represente.f) Solamente tendr á vota decisorio cuando la elección, resolución, proposición o discusión

termine empatada.g) Rendir informe por escrito.EL VICEPRESIDENTE

ARTICULO D É CIMO OCTAVO:Son atribuciones y funciones del Vicepresidente:

a)  Asumir la presidencia del Centro Espirita Progreso Espiritual por falta temporal odefinitiva del presidente o cuando este tome parte de las discusiones opresente unaproposición.

b) Presentar a la Junta Directiva las medidas que estime conveniente para la buena marchadel centro.

c) Rendir informes por escrito.

DEL TESORERO *

ARTICULO DÉCIMO NOVENO:Son funciones del tesorero:

a) Organizar y dirigir la tesorer ía, velando por el equilibrio, correctofuncionamiento y laprosperidad presupuesta! del Centro Espirita ProgresoEspiritual.

b) Reco lectar los aportes mens ualmen te de los afil iadosc) Llevar los libros de contabilidad necesarios, sin arrancar, sustituir o adicionar hojas;

cualquier error deber á ser enmendado con anotación posterior.d) Depositar en un banco o caja de ahorro los dineros que reciben en forma claray precisa.e) Firmar conjuntamente con el presidente los cheques que debe girar para el pag

oportuno de las obligaciones adquiridas.

f) Abstenerse de pagar las cuentas que no hayan sido autorizadas por elpresidente.g) Rendir trimestralmente a la Junta Directiva, informe escrito sobre el estado de los fondoseste informe debe llevar el visto bueno del fiscal.

h) Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Asociados, balance general, ecual debe llevar la firma del presidente y del fiscal.

DEL SECRETARIO

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ARTICULO VIGÉSIMO: Son funciones del secretario:

a) Organizar bajo al dirección del presidente, la oficina de la secretaria y e!archivocorrespondiente.

b) Llevar los libros de actas de la Junta Directiva, de las Asambleas Generales deasociadosy el de asociados.c) Citar, por orden del presidente, a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta

Directiva y de las Asambleas Generales de Asociados.d) Atender la correspondencia.e) Anotar con precisión lo que se acuerde en la Asamblea General o en reuniones de Junta

Directiva y leer el orden del día.

DE LOS VOCALES ARTICULO VIGÉSIMO

PRIMERO:Son funciones de los vocales:

a) Proponer en reunión de Junta Directiva y en Asamblea General de Asociados,losacuerdos y resoluciones que consideren convenientes para la buena marcha de lainstitución.

b) Presidir las comisiones de trabajo designadas por la Junta Directiva o por la Asamblea General de Asociados. .

c) Rendir informes por escrito.CAPITULO QUINTO DEL FISCAL Y DELFISCAL SUPLENTE

ARTICULO VIGÉ SIMO SEGUNDO:Son funciones y atribuciones del fiscal:a) Velar porque las actividades administrativas y contables del Centro Espirita Progreso

Espiritual estén de acuerdo con los estatutos y el reglamento interno.b) Examinar los libros de contabilidad, de cuentas y de inventario.c) Examinar y firmar los balances, inventarios, presupuestos y demás actividades

contables.d) Informar a la Junta Directiva y a la Asamblea General de Asociados las irregularidade

que observe en la conducta de los asociados y en la marcha general de las actividadesdel Centro Espirita Progreso Espiritual.

e) Rendir informes por escrito los cuales deben ir firmados por el fiscal principal ysuplente.

 ARTICULO VIGECIMO TERCERO: Son funciones y atribuciones del fiscal suplente:remplazar al fiscal en todas sus funciones y atribuciones en su ausenciatemporal odefinitiva.

CAPITULO SEXTO

DEL PATRIMONIO

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 ARTICULO VIGÉ SIMO CUARTO: El patrimonio de Centro Espirita Progreso Espiritual,estará formado por los siguientes recursos:

a) Por los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier titulo y por las rentasproducidas por los mismos. (Frutos).

b) Por los aportes y donaciones de afiliaciones ordinarias que paguen losasociados.c) Por ¡as donaciones y auxilios de personas particulares o de entidades oficialesosemioficiales e internacionales.

'>•- .

 ARTICULO VIGÉ SIMO S É PTIMO: En caso de disolución del Centro Espirita ProgresoEspiritual se nombrara un liquidador, quien pagara las deudas y obligaciones para conterceros y si quedare algún remanente pasar á al patrimonio de una entidad sin ánimo delucro que funcione en la región y que tenga objetivos similares a esta, de acuerdo con ecriterio de la Asamblea General.

CAP ÍTULO S É PTIMO

DISPOSICIONES VARIAS

 ARTICULO VIGÉ SIMO QUINTO: El Centro Espirita Progreso Espiritual, establecer árelaciones fraternales con organizaciones Espiritas y espirituales delpaís y del extranjerocon el fin de intercambiar experiencias y estimular la ayuda recíproca. También establecerárelaciones con organizaciones de serviciossociales, estatales o privadas tanto nacionalescomo extranjeras.

 ARTICULO VIGECIMO SEXTO:Señálese el día 2 de Octubre de cada año para lacelebración de la fundación del Centro Espirita "PROGRESO ESPIRITUAL" y el natalicio deHIPÓLITO LEÓN DENIZART RIVAIL (ALLAN KARDEC), codificador del espiritismo

 ARTICULO VIGÉ SIMO OCTAVO:Ningún miembro de la Junta Directiva podr á declararsecesante en el desempeño de su cargo, antes de que tomen posesión los integrantes de lanueva Junta Directiva a la cual deber án entregar formalmente los proyectos en marcha y lasobras realizadas. (Empalme).ARTICULO VIGECIMO NOVENO :El Centro Espírita"PR OG RESO ESP IRITUAL " propender á por la e nseñanza Esp irita de la n iñez, de acuerdo programas recomendados por la ConfedeónEspir itis ta Colombiana, con miras a laorganización de grupo juvenil espiritis ta en Departamento del Tolima.

ARTICULO TRIGECIMO:La Junta Directiva y el Fiscal principal y el suplente tendr á unperiodo de dos años en la ejecución de sus cargos, dicho periodo rigedesde el día en quetomen posesión.

ARTICULO TRIGÉSIMO PRIMERO: El Centro Espirita Progreso Espiritual tendr á suspropios medios de divulgación.

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ARTICULO TRIGECIMO SEGUNDO:Para se reformados los estatutos serequiere laaprobación de la mitad mas uno de los asociados activos que concurran a, bien sea en

 Asamblea General ordinaria o extraordinaria.

ARTICULO TRIGÉ SIMO TERCERO: Cuando no se pueda elegir la Junta del Centro

Espirita Progreso Espiritual en los primeros 20 días del mes de marzo, la Junta actualseguirá rigiendo los destinos del Centro hasta cuando haya Asamblea General para elegir yposesionar la nueva Junta Directiva.

ARTICULO TRIGÉ SIMO CUARTO: Los presente estatutos reformados rigen apartir de la fecha de su aprobación por los asociados en Asamblea GeneralExtraordinaria celebrada en la sede del Centro Espirita Progreso Espiritual, el día9 de agosto de 2005.

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María Adela Loaiza Maria Eugenia TorresCe; 28.63.872 de Armero C. C. No. 65.733.489:

Presidenta de Asamblea Secretaria de Asamblea

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