Estatuto Ahayacucho (Oficial)

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    ESTATUTODE LA

    ASOCIACIN DE HISTORIADORES DE AYACUCHO(AHAYACUCHO)

    TTULO IDE LA DENOMINACIN, CONSTITUCIN, FINES Y OBJETIVOS

    ARTCULO 1. La denominacin es: Asociacin de Historiadores deAyacucho, con sigla:AHAYACUCHO.

    ARTCULO 2. La AHAYACUCHO se constituye por tiempo indefinido.

    ARTCULO 3. La AHAYACUCHO es una asociacin sin fines de lucro, esautnoma y democrtica.

    ARTCULO 4. El domicilio de la Asociacin es en el JR. Bellido N 457-interior4, distrito Ayacucho, provincia de Huamanga, regin de Ayacucho, Per,con arreglo a las leyes peruanas, con personera jurdica reconocida porlas autoridades competentes.

    ARTCULO 5. La AHAYACUCHO tiene como finalidad principal unir,organizar y representar a las historiadoras e historiadores, e investigadoresperuanos o extranjeros dedicados al estudio regional.

    ARTCULO 6. La AHAYACUCHO, reconoce a otros profesionales y personasque se dedican al quehacer histrico.

    ARTCULO 7. La AHAYACUCHO tiene como objetivos:a) Representar a sus miembros.b) Defender los derechos profesionales y la propiedad intelectual de susmiembros.c) Promover y ensear la historia.d) Proponer metodologas para la enseanza de la historia.e) Promover espacios de encuentro, de investigacin y de difusin.

    f) Realizar actividades de promocin y divulgacin de la historia hacia lacomunidad.g) Defender y promover la conservacin del patrimonio histrico y cultural(material e inmaterial).h) Promover la puesta en uso del acervo histrico de la regin.i) Pronunciarse y participar en la problemtica socio-econmica, poltica,educativa y cultural.

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    TTULO IIDE LOS MIEMBROS

    ARTCULO 8. La AHAYACUCHO est compuesta por historiadoras ehistoriadores ayacuchanos e investigadores peruanos o extranjeros

    dedicados al estudio regional.

    ARTCULO 9. Para ser miembro ordinario se requiere ser estudiante,bachiller, licenciado, magister o doctor en historia. Adhirindose para suinscripcin copias de la documentacin que los acredite como historiador(solicitud y copia de DNI).

    ARTCULO 10. Dentro de la Asociacin existirn las siguientes clases desocios:a) Socios fundadores, son aquellos que participen en el acto de

    constitucin de la Asociacin.b) Socios de nmero, son los que ingresen despus de la constitucin de laAsociacin.c) Socios de honor, son los que por su prestigio o por haber contribuido demodo relevante a la dignificacin y desarrollo de la Asociacin, se haganacreedores a tal distincin. El nombramiento de los socios de honorcorresponder a la junta directiva o asamblea general.

    ARTCULO 11. La AHAYACUCHO incorpora como miembro ordinario aprofesionales de otras especialidades y personas que se dediquen alquehacer histrico. Su incorporacin estar sujeta a la presentacin de

    una solicitud, copia de DNI, trabajos realizados y la aprobacin de laAsamblea General.

    ARTCULO 12. Son miembros ordinarios los participantes en la asambleaestatutaria de la AHAYACUCHO y los que se adhieran posteriormente,existiendo igualdad de derechos y deberes entre todos, de acuerdo a loestipulado en el presente estatuto.

    ARTCULO 13. Son derechos de los miembros ordinarios:a) Participar en las asambleas de la AHAYACUCHO con voz y voto.

    b) Elegir y ser elegidos para cargos directivos, de acuerdo al presenteestatuto.c) Disfrutar de todos los beneficios de la AHAYACUCHO.d) Participar en las todas actividades de la AHAYACUCHO.e) Ser representados por la AHAYACUCHO.

    ARTCULO 14. Son deberes de los miembros ordinarios:

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    a) Respetar y cumplir el presente estatuto y los reglamentos de laAHAYACUCHO.b) Participar en las todas actividades de la AHAYACUCHO.c) Contribuir al desarrollo y prestigio de la AHAYACUCHO.

    ARTCULO 15. La condicin de asociado se pierde por las siguientesrazones:a) Voluntad propia manifestada a travs de una solicitud escrita.b) Actividades contrarias a los fines de la AHAYACUCHO.Para determinar la falta se nombrar una comisin especial que evaluarel caso, y presentar un informe a la asamblea general, donde se tomarla decisin final.

    TTULO IIIDE LA ORGANIZACIN DE LA AHAYACUCHO

    ARTCULO 16. Son rganos de la AHAYACUCHO.a) La Asamblea General de miembros.b) La Junta Directiva.c) Las Comisiones Permanentes y Especiales.

    ARTCULO 17. La Asamblea General es un rgano supremo de laAHAYACUCHO. Est integrada por todos los miembros o socios. Se renepara informar y desarrollar actividades concernientes a la AHAYACUCHO.

    ARTCULO 18. La Asamblea General toma sus decisiones por mayora

    simple de votos. Salvo cuando se trate de la modificacin del estatuto y dela incorporacin de miembros no historiadores de profesin. En tales casos,se requiere de una mayora calificada equivalente a las dos terceras partesde la asamblea como mnimo.

    ARTCULO 19. La Asamblea General puede ser ordinaria oextraordinaria.

    ARTCULO 20. Para la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria se debercontar con la asistencia de la mitad ms uno de sus miembros. El qurum

    reglamentario o para la validez de las reuniones de la Asamblea Generalse requiere, en primera convocatoria, la concurrencia de ms de la mitadde los asociados. En segunda convocatoria, basta la presencia decualquier nmero de asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto dela mitad ms uno de los miembros concurrentes.

    ARTCULO 21. La inasistencia a las asambleas ordinarias por parte de lossocios ser justificada 24 horas antes, previa documentacin sustentable.

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    ARTCULO 22. La Asamblea Extraordinaria se har a pedido de la JuntaDirectiva o del 20% de los miembros ordinarios para tratar un asuntoespecfico de importancia para los fines de la Asociacin y que requierade la decisin de la asamblea general. La convocatoria para toda

    asamblea es con 48 horas de anticipacin.

    ARTCULO 23. Son funciones de la Asamblea General:a) Discutir las agendas planificadas por la junta directiva.b) Aprobar los reglamentos internos y las agendas.c) Resolver todos los asuntos que requiera el funcionamiento de laAsociacin y que exijan la decisin de la Asamblea General segn losreglamentos de la AHAYACUCHO.

    ARTCULO 24. Los acuerdos de la Asamblea General, ordinaria o

    extraordinaria, de la AHAYACUCHO son de cumplimiento obligatorio porparte de los miembros. Se llevar un libro de actas de las sesiones de lasasambleas.

    ARTCULO 25. La Junta Directiva es el rgano ejecutivo de laAHAYACUCHO. Est integrado por:a) Presidenteb) Vice-Presidente.c) Secretario de actasd) Secretario de economae) Secretario de asuntos acadmicos.

    f) Secretario de proyeccin social y cultura.

    ARTCULO 26. El Presidente tiene como funciones:a) Representar a la AHAYACUCHO.b) Convocar y presidir las asambleas.c) Coordinar con la Junta Directiva.d) Asegurar el funcionamiento y coordinacin de todas las actividades dela Asociacin.e) Representar legalmente a la Asociacin ante toda clase de organismospblicos o privados.

    f) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos ycorrespondencias.g) Tiene la potestad de firmar contratos y acuerdos con institucionespblicas y privadas.h) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de laAsociacin aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesariao conveniente.

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    ARTCULO 27. Funciones del vice-presidente. El vice-presidente asumir lapresidencia automticamente en ausencia del presidente, ya sea pormotivo de enfermedad o cualquier otra causa, y tendr las mismasatribuciones que el presidente.

    ARTCULO 28. El Secretario de actas, tiene como funciones:a) Administrar las actas y el archivo de la AHAYACUCHO.b) Esta encargado de la redaccin y recepcin de los documentos de laAHAYACUCHO y a fines.

    ARTCULO 29. El Secretario de Economa, tiene como funciones:a) Administrar los recursos financieros y econmicos.b) En conjunto con el Presidente tienen la potestad de realizar losmovimientos bancarios (depsito, retiros y pagos).c) Recaudar los fondos previstos mediante una asamblea general.

    ARTCULO 30. El Secretario de Asuntos Acadmicos tiene como funciones:a) Presentar planes para la realizacin de actividades y eventosacadmicos.b) Desarrollar propuestas de investigacin vinculadas al patrimoniohistrico, cultural y educativo.c) Mantener vnculos con otras entidades que se dediquen a lainvestigacin en Ciencias Sociales.d) Designar responsabilidades a los miembros de la AHAYACUCHO pararepresentar en eventos acadmicos, a fines a sus temas de investigacin.e) Presidir comisiones especiales para la revisin y aprobacin de textos,

    informes, artculos y otros a fines.

    ARTCULO 31. El Secretario de Proyeccin Social y Cultura tiene comofunciones:a) Proyectar las actividades de la AHAYACUCHO y el quehacer histricohacia la comunidad.b) Presentar a la AHAYACUCHO ante las entidades pblicas y privadas.c) Elaborar un calendario cvico-cultural de las festividades yacontecimientos histricos de la regin de Ayacucho y a nivel nacional.d) Elaborar un plan de actividades de acuerdo al enciso anterior, para las

    diferentes entidades pblicas y privadas.

    ARTICULO 32. Las comisiones permanentes y especiales, sern designadaspor la asamblea general y tendrn funciones previstas por la misma.

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    TTULO IVDE LA ELECCIN DE LA JUNTA DIRECTIVA

    ARTCULO 33. El periodo de gestin de la Junta Directiva tendr comoduracin 2 aos calendarios (bianual), sin derecho a reeleccin para el

    periodo inmediato posterior. Pero si culminado el periodo del consejodirectivo, no ha sido elegido uno nuevo, ste contina en sus funciones,hasta que se elija uno nuevo y se instale.

    ARTCULO 34. La eleccin de la Junta Directiva, se llevar a cabo dentrode una Asamblea General y a mano alzada.

    ARTCULO 35. Requisitos para postular a los cargos de la Juntas Directiva:a) Ser socio de la AHAYACUCHO.b) Tener una antigedad mayor a dos aos en la AHAYACUCHO.

    c) No tener antecedentes penales, ni judiciales.ARTCULO 36. Para las responsabilidades de Presidente, Vice-presidente ySecretario de Asuntos Acadmicos se requiere:a) Ser historiadora o historiador profesional.b) Ser egresado, bachiller, licenciado, magister o doctor en historia.

    TTULO VDEL REGIMEN ECONMICO

    ARTCULO 37. Las finanzas de la AHAYACUCHO consisten en las

    cotizaciones extraordinarias de sus miembros, las donaciones y convenioscon instituciones pblicas y privadas.

    ARTCULO 38. La aportacin econmica obligatoria de los miembros es lacuota anual de ingreso a la AHAYACUCHO, cuyo monto ser establecidoen asamblea general ordinaria.

    TTULO VIDE LAS FALTAS Y SANCIONES

    ARTCULO 39. La AHAYACUCHO podr imponer las sanciones establecidasen el presente estatuto por causas expresamente comprobadas.SON FALTAS:a) Uso ilegitimo de la representatividad de la AHAYACUCHO.b) Apropiacin ilcita de los bienes de la AHAYACUCHO.c) La malversacin de fondos de la AHAYACUCHO u otra instancia concarcter probatorio.d) Los reincidentes en actos que motivaron las sanciones.

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    e) El uso de la AHAYACUCHO para intereses particulares u otros asuntos noligados al estatuto.f) El incumplimiento en el pago de los aportes anuales en los periodosestablecidos por la asamblea general.g) Inasistencia a las asambleas ordinarias.

    SON SANCIONES APLICABLES:a) Amonestacin verbal y censura pblica en la asamblea general.b) Amonestacin escrita.c) Suspensin temporal de sus derechos como miembro por el periodo detres meses, en caso de ser reincidente 1 ao calendario.d) Expulsin inmediata del cargo en caso de pertenecer a la juntadirectiva de la AHAYACUCHO.e) El caso de la expulsin definitiva se dar por usurpacin de funciones,enriquecimiento ilcito, y malversacin de fondos.

    f) La inasistencia a las asambleas ordinarias sern sancionadas con unamulta pecuniaria que impondr la Asamblea General.

    ARTCULO 40. Es derecho del sancionado el apelar de manera sustentabley/o documentado ante la Asamblea General las sanciones impuestas poruna comisin especial.

    ARTCULO 41. El socio sancionado de acuerdo al Art. 39 no podr serelegido a cargo alguno mientras no se establezca sus derechos despusde dicha sancin y no podr participar en las elecciones mientras se lleveuna investigacin sobre el caso.

    TTULO VIIDE LA REFORMA ESTATUTARIA

    ARTCULO 42. La reforma parcial o total del presente estatuto solo podrser resuelta mediante una asamblea general.

    ARTCULO 43. Para la reforma total o parcial del estatuto de laAHAYACUCHO, se requiere del voto favorable a los dos tercios de losmiembros.

    TTULO VIIIDE LA DISOLUCIN

    ARTCULO 44. La AHAYACUCHO podr disolverse solamente en unaAsamblea General extraordinaria convocada especficamente para estefin.

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    ARTCULO 45. Para que proceda la disolucin se requiere la aprobacinde una mayora cualificada de las tres cuartas partes de los miembros dela AHAYACUCHO.

    ARTCULO 46. El patrimonio de la Asociacin, no se podr distribuir directa

    o indirectamente entre los asociados, por lo que, el destino de los bienes ypatrimonio de la Asociacin en liquidacin, tras haber satisfecho lascuentas pendientes y los gastos de liquidacin, se destinarn a entidadessimilares que persigan los mismos fines.

    TTULO IXDISPOSICIONES GENERALES

    Cualquier asunto no previsto en el presente estatuto ser complementadoy resuelto mediante una asamblea general ordinaria, en base a la

    normativa del cdigo civil.TTULO X

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    El presente estatuto entra en vigencia inmediatamente de ser aprobadopor la asamblea general de la AHAYACUCHO.

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