Estandar 15 Bodega de Sus Peligrosas

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    ESTNDAR N 15: BODEGA DE SUSTANCIAS

    PELIGROSAS

    MC-SSMA-E-015Rev: 1 Fecha: 30/06/2010

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    ESTANDAR DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

    1. ALCANCETodas las obras de SalfaCorp.

    2.

    DEFINICIONESSustancia Peligrosa: Aquella que por su naturaleza, produce o puede producir daos momentneos o permanentes ala salud humana, animal o vegetal y a los elementos materiales tales como, instalaciones, maquinaria o edificios.

    Combustibles: Sustancia o mezcla de ellas capaz de entrar en combustin.

    Gas Comprimido: Es cualquier gas o mezclade gases almacenado a altas presiones al interior de un cilindro

    Bodega de Sustancias Peligrosas: Es aquel recinto destinado para el almacenamiento exclusivo de las sustanciaspeligrosas que se utilicen durante la ejecucin de la obra

    Bodega de Combustibles Es aquel recinto sealizado y destinado para el almacenamiento exclusivo deCombustibles.

    Bodega de Gases Comprimidos: Es aquel recinto sealizado y destinado para el almacenamiento y exclusivo deCilindros de Gases Comprimidos.

    3. ESTNDAR3.1 Generalidades

    1. Determinar los tipos y cantidades de sustancias a almacenar, y su densidad de carga combustible.2. Determinar las clasificaciones de las sustancias peligrosas (Explosividad, Inflamabilidad, Toxicidad,

    Corrosividad)

    3. No deben existir fuentes de ignicin cercanas tales como estufas, cocinas, elementos productores de chispas ofuegos abiertos.

    4. No se deben almacenar en una misma bodega sustancias peligrosas incompatibles.

    3.2 Bodega de Sustancias Peligrosas

    1. Debe ser de estructura slida, con paredes de malla metlica que faciliten la ventilacin.2. Construir resguardada de reas de trabajo, vas de circulacin de vehculos y maquinaria, zonas de trnsito de

    personal, cursos de agua, reas de anegamiento y vecinos a la obra.

    3. La instalacin elctrica debe ser a prueba de explosin y debe cumplir con los requisitos establecidos en lasnormas chilenas aplicables.

    4. El sistema elctrico debe encontrase fijo y protegido con rejillas para evitar golpes o cada de luminarias.5. Para el almacenamiento interior, se debe contar con estantes, parrillas, caballetes, etc.6. Las instalaciones deben estar debidamente sealizadas.7. Se debe instalar un letrero con la siguiente leyenda: BODEGA DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

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    8. Se deben instalar letreros de advertencia tales como: "INFLAMABLE - NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO",visibles a lo menos a 3 metros de distancia.

    9. Evitar posibles derrames, disponer de bandejas, o pretiles, o arena o drenajes adecuados para absorber loseventuales derrames; estos drenajes no desembocarn en desages de aguas lluvias, alcantarillado ni lugares enque puedan provocar contaminaciones. Se recomienda controlar peridicamente la hermeticidad de los tamboresy vlvulas de servicio.

    10.Se debe contar con, a lo menos, un extintor de polvo qumico seco.11.Todos los contenedores deben estar correctamente etiquetados y con su correspondientes hojas de seguridad del

    producto (data sheet)

    12.Los depsitos de sustancias lquidas que estn en uso, deben estar montados sobre caballetes y con llave de paso.13.Los depsitos de sustancias slidas que estn en uso, deben encontrarse tapados y en buen estado.14.Al costado de la bodega se debe disponer de un recipiente con arena suficiente como para contener derrames.15.Si existe una cantidad de sustancias peligrosas slidas mayor a 50 Kg. Se deber contar con herramientas para

    recoger posibles derrames o vertidos, (Palas, Escobas, Recipientes con tapas)

    16.El acceso debe ser restringido, manteniendo candados y rejas, las llaves siempre deben estar disponibles en unlugar designado (oficina o portera).

    17.Debe existir un plan de emergencia activo, que considere todas las probables situaciones de emergenciasrelacionadas con sustancias peligrosas.

    18.El personal que este encargado de la bodega, debe estar instruido acerca de los riesgos de estos materiales y debecontar con elementos de proteccin personal.

    19.Prohibido fumar en las instalaciones de la bodega de sustancias peligrosas.20.El jefe de bodega es el responsable de controlar todos los lugares destinados al almacenamiento de sustancias

    peligrosas, debe conocer y actualizar el inventario de sustancias peligrosas, de forma permanente.

    21.El jefe de bodega debe tener todas las hojas de seguridad de todas las sustancias peligrosas.22.Se debe contar con equipo y material de emergencia para contener eventuales derrames y controlar posibles

    incendios.

    3.3.- Bodega de Combustibles

    1. Los locales o recintos destinados al almacenamiento de combustibles para distribucin y consumo propio (obra),deben cumplir la normativa legal vigente.2. El almacenamiento mayor a 1.1 m3 debe contar con autorizacin de la Superintendencia de Electricidad y

    Combustibles SEC. Segn lo indica el D.S. 379

    3. El lugar de almacenamiento de combustibles, debe ser de material incombustible y, en ningn caso podrpresentar factores de peligro que puedan afectar la salud o integridad fsica de los trabajadores.

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    4. Toda bodega de combustibles deber mantener, por medios naturales o artificiales, una ventilacin quecontribuya a proporcionar condiciones ambientales normales y que no causen molestias o perjudiquen la saluddel trabajador.

    5. Los elementos estructurales de la construccin de las bodegas de combustibles, se deben mantener en condicionesseguras y en buen funcionamiento para evitar dao a las personas.

    6. Los pisos deben ser de hormign, con pretil de contencin en todo su permetro, cubierto con una carpeta deHDPE (polietileno de alta densidad) y fondo arenero, capaz de contener 1.1 veces del volumen almacenado.

    7. El rea contigua a la Bodega de combustibles, debe considerar vas de evacuacin expeditas en caso deemergencias.

    8. Se debe construir resguardada de reas de trabajo, vas de circulacin de vehculos y maquinaria, zonas detrnsito de personal, cursos de agua, reas de anegamiento y vecinos a la obra.

    9. Las puertas de salida no deben abrirse en contra del sentido de evacuacin y sus accesos debern conservarsesealizados y libres de obstrucciones.

    10.Debe indicarse claramente por medio de sealizacin visible y permanente la necesidad de uso de elementos deproteccin personal especficos cuando sea necesario.

    11.Para volmenes considerables de almacenamiento de combustibles, se deben considerar las medidas a adoptarresueltas por los Organismos Competentes

    12.Para volmenes considerables de almacenamiento de combustibles, se debe considerar la implementacin demedios adecuados de contencin en relacin al volumen almacenado. Entre otros sistemas se puedenimplementar: Bandejas de contencin, Laminas de polietileno con arena, Pretiles slidos, etc.

    13.El sistema de contencin de derrames debe tener una capacidad nominal de 1.1 veces del volumen almacenado.14.Los smbolos y palabras que se utilicen en la sealizacin, debern estar de acuerdo a la normativa nacional

    vigente, y a falta de ella con la que determinen las normas chilenas oficiales y aparecer en el idioma oficial delpas y, en caso necesario cuando haya trabajadores de otro idioma, adems en el de ellos.

    15.Se debe mantener disponible permanentemente en el recinto, un plan detallado de accin para enfrentaremergencias.

    16.Se debe mantener las hojas de seguridad correspondientes del producto almacenado segn Nch 224517.Los combustibles debern almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias peligrosas e

    incompatibles.

    18.Las bodegas de combustibles, deben contar con extintores con un potencial mnimo de extincin de 40B(Espuma, CO2 o PQS ABC) segn lo indica el D.S. 594

    19.Los envases o depsitos de combustible deben estar en buenas condiciones y deben ser aptos y resistentes para eltransporte, traslado y manipulacin, segn las caractersticas fsico-qumicas del combustible y recomendacionesdel proveedor.

    20.Para el almacenamiento se deben utilizar estructuras y apilamiento vertical que evite la cada de tambores,estanques u otros tipos almacenados.

    21.Durante la distribucin de combustibles se deben utilizar bombas manuales, bombas mecnicas u otrosdispositivos que eviten derrames por trasvasije.

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    22.Las instalaciones elctricas as como la iluminacin de la bodega de combustibles, segn corresponda, debe ser aprueba de explosin.

    23.En ningn caso, debe ubicarse donde existan fuentes de ignicin o tendidos elctricos.

    3.4.- Bodega de Gases Comprimidos

    1. Los locales o recintos destinados al almacenamiento de cilindros de gases para distribucin y consumo propio(obra), deben cumplir la normativa legal vigente.

    2. El lugar de almacenamiento de Cilindros de Gases, debe ser de material.3. Toda bodega de Cilindros de Gases4. Los elementos estructurales de la construccin de las bodegas de Cilindros de Gases, se deben mantener en

    condiciones seguras y en buen funcionamiento para evitar dao a las personas.

    5. Los pisos deben ser preferentemente de estructura slida como hormign.6. El rea contigua al la Bodega de Cilindros de Gases, debe considerar vas de evacuacin expeditas en caso de

    emergencias.

    7. Se debe construir resguardada de reas de trabajo, vas de circulacin de vehculos y maquinaria, zonas detrnsito de personal, cursos de agua, reas de anegamiento y vecinos a la obra.

    8. Las puertas de salida no deben abrirse en contra del sentido de evacuacin y sus accesos debern conservarsesealizados y libres de obstrucciones.

    9. Debe indicarse claramente por medio de sealizacin visible y permanente la necesidad de uso de elementos deproteccin personal especficos cuando sea necesario.

    10.Para volmenes considerables de almacenamiento de Cilindros de Gases, se deben considerar las medidas aadoptar resueltas por los Organismos Competentes.11.La sealizacin, debern estar de acuerdo a la normativa nacional vigente, y a falta de ella con la que determinen

    las normas chilenas oficiales y aparecer en el idioma oficial del pas y, en caso necesario cuando hayatrabajadores de otro idioma, adems en el de ellos.

    12.Se debe mantener disponible permanentemente en el recinto, un plan detallado de accin para enfrentaremergencias.

    13.Se debe mantener las hojas de seguridad correspondientes segn el producto almacenado segn Nch 224514.Los cilindros de Gases debern almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias

    peligrosas e incompatibles.

    15.Bajo ninguna circunstancia se almacenarn cilindros de oxigeno y de hidrogeno juntos (debido a la naturalezaexplosiva de su mezcla).

    16.Los cilindros de Gases deben estar en buenas condiciones y deben ser aptos y resistentes para el transporte,traslado y manipulacin, segn las recomendaciones del proveedor.

    17.El transporte de Cilindros de Gases se debe realizar mediante carros porta cilindros, con cadena para evitar cadasde los mismos

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    18.Las instalaciones elctricas as como la iluminacin de la bodega de Cilindros de Gases, segn corresponda, debeser a prueba de explosin.

    19.En ningn caso, debe ubicarse donde existan fuentes de ignicin o tendidos elctricos.20.

    El almacenamiento de los cilindros de gas a presin, se har, separando los cilindros que estn vacos de aquellosque estn llenos, y deben ser sealizados con carteles de "Lleno" y "Vaco" que se ubicarn en los cilindros.

    21.El almacenamiento se har en posicin vertical con la vlvula hacia arriba.22.Para evitar posibles cadas, los cilindros deben estar atados con una cadena o con correas.23.Los lugares de almacenamiento sern construidos con materiales incombustibles. Tendrn techo y sus costados

    sern de malla metlica (Biscocho, Agma, Faenera, Etc.)

    24.Los cilindros deben estar protegidos de las fuentes de calor y de la radiacin solar.25.No se permitir que los cilindros entren en contacto con circuitos elctricos, ni que estn expuestos a

    temperaturas sobre los 50 C.

    26.Esta prohibido almacenar cilindros de oxigeno junto a cilindros que contengan gases inflamables.27.Los cilindros deben mantenerse en todo momento con sus tapas protectoras o capuchn, excepto cuando estn

    siendo usados.

    28.No se deben colocar herramientas, materiales y ningn otro objeto sobre los cilindros.29.Los cilindros deben tener sus vlvulas cerradas en todo momento, aun si estn vacos.30.No se deben aceptar a los proveedores, comercializadores o distribuidores cilindros daados o sin las tapas de

    proteccin.

    31.Cuando el usuario detecte cualquier falla en un cilindro, debe regresarlo inmediatamente al depsito, reportandoel problema.32.Los cilindros de hidrogeno recibirn el mismo tratamiento que los cilindros que contengan gases inflamables. Se

    debe evitar su calentamiento.

    33.Solamente se entregaran cilindros de gases comprimidos aquellos trabajadores que sean autorizados por elsupervisor responsable.

    4. SEGUIMIENTO Y CONTROL

    1. El jefe de bodega deber mantener un inventario de los combustibles y gases existentes en la bodega.2.- El jefe de bodega deber revisar diariamente las condiciones del almacenamiento de los combustibles y gases.

    3.-Solamente se entregaran combustibles lquidos aquellos trabajadores que sean autorizados por el supervisorresponsable de la manipulacin en terreno y capacitados.

    4.-En la obra se deber mantener una carpeta con los antecedentes y autorizaciones pertinentes del expendedor,transportista y comercializador de combustibles lquidos.

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    5. REFERENCIAS

    DS 148/04 MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos DS 379/86 MINECON Reglamento sobre Requisitos Mnimos de Seguridad para Almacenamiento y

    Manipulacin de Combustibles Lquidos derivados del Petrleo, destinados al consumo propio. NCh 382/98 MINECON Sustancias Peligrosas Terminologa y Clasificacin NCh 387/55 MINECON Medidas de Seguridad en el Manejo de Materias Inflamables NCh 389/74 MINECON Sustancias Peligrosas Almacenamiento de Slidos, Lquidos y Gases Inflamables

    Medidas Generales de Seguridad. NCh 2190/93 MTT Sustancias Peligrosas Marcas para Informacin de Riesgos NCh 2245/93 MINECON Hoja de Seguridad de Productos Qumicos Contenido y Disposicin de los

    Temas

    6. REGISTROS

    Check list bodega de combustibles (MC-SSMA-E-015-R-017) Check list Bodega de Gases Comprimidos (MC-SSMA-E-015-R-018) Check List Bodega de Sustancias Peligrosas (MC-SSMA-E-015-R-019)