ESTAMENTO JURIDICO VENEZOLANO.docx
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ESTAMENTO JURIDICO VENEZOLANO.
Es la franja de una sociedad, definido por un común estilo de vida y función
sociales. Es la división social que responde a los juicios propios del
Feudalismo y el Antiguo Régimen. Tienden a ser agrupaciones cerradas, pues
se entra en ellos normalmente por las circunstancias del nacimiento, a
diferencia de las clases sociales, que se definen por intereses económicos. El
estamento puede recibir también el nombre de estado como en estado civil y
estado eclesiástico no confundirse con el concepto político de Estado, referido
a lo estatal y no a lo estamental, pues se identifica con una característica
determinante e personal a la persona. También puede llamarse ley, la
sociedad que se divide según ese criterio se suele llamar sociedad estamental
o sociedad de órdenes. El nuevo estamento jurídico venezolano nos lleva al
gobierno bolivariano que desarrolla y divulga las llamadas leyes Habilitantes
que palpan áreas sensibles de la economía principalmente como la industria
petrolera, la propiedad de la tierra, asuntos como el de la pesca de transporte,
etc.
Entre algunas de las más recientes leyes habilitantes tenemos.
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Ley Orgánica de Turismo.
Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos.
Ley de Transporte Ferroviario Nacional.
Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria.
Ley de Salud y Banco Agrícola Integral.
Ley de Crédito para el Sector Agrario.
Ley de Beneficios y Facilidades de Pago para las Deudas Agrícolas y
Rubros Estratégicos para la Seguridad y Soberanía Alimentaría.
Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso para los Bienes y
Servicios.
Ley de Reforma y Restructuración del Instituto Nacional de la Vivienda
(Inavi).
Reforma parcial de la Ley del Seguro Social.
Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad
Social.
Ley Orgánica de la Administración Pública.
Ley Orgánica de Simplificación de Trámites Administrativos.
Ley de Creación del Fondo Social, para la Captación y disposición de los
Recursos Excedentarios de los entes.
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
No podemos nosotros pretender transformar a este país guiados e inspirados
por un conjunto de leyes decretadas, muchas de ellas, por una noción de
países muy lejos del sentir patrio y del sentir del pueblo y su gente.
Es necesario que nuestros diputados en la Asamblea Nacional sigan dando el
debate, que más para convencer a los diputados oposicionistas y desnudar
ante el país las posiciones clasistas y anti populares de estos, sirva para que el
pueblo asuma también el carácter de miembro, que antes estaba sólo
reservado para una cúpula. A mi juicio, el planteamiento de Ley de
Arrendamiento, es una propuesta totalmente revolucionaria, pues, busca llevar
justicia en uno de los sectores más despiadados, injustos e inhumanos, como
lo es el inmobiliario. No es posible que una necesidad humana como lo es el
derecho de tener vivienda, y en su decadencia más cruel, el que se tenga que
alquilar una propiedad ajena.
Nosotros en Venezuela aprobamos y discutimos una ley, Para protege al
sujeto más débil en la relación convenido (inquilino, arrendador). Esta ley es
una muestra clara de la idea general que define al gobierno que lideraba y
lidera el comandante Chávez y nuestro actual presidente Nicolás Maduro, es
decir, un gobierno que busca favorecer siempre al pueblo. Hay que dar la razón
que la Asamblea Nacional poco a poco ha ido construyendo la base jurídica de
la revolución. Su seno es el centro del debate político. Allí se distinguen dos
ideas, y visiones del mundo que al fin de cuenta ponen al hombre en el centro
del debate.