Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir...

29

Transcript of Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir...

Page 1: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera
Page 2: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 1 de 2

Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.-

VISTO: La Resolución de Superintendencia Administrativa Nro. 6591/10 y el

Acuerdo Sala Penal Nro. 434/13, ambas del Superior Tribunal de Justicia.

Y CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución de vistos se encomendó a ésta Oficina

Judicial (Ofiju) la superintendencia sobre los edificios, instalaciones y bienes

muebles asignados al funcionamiento de los organismos judiciales, con

facultades para ejecutar todos los actos dirigidos al mejor funcionamiento,

seguridad y conservación de los mismos.

Que por el citado acuerdo la Sala Penal dispuso que es misión de la

Ofiju brindar los servicios logísticos a la judicatura en su conjunto para lo cual

debe gerenciar los recursos y procesos de trabajos a fin de brindar una

asistencia logística eficiente, eficaz y efectiva.

Que oportunamente mediante Resolución 017/11 se hizo un recuento

del estado de situación heredado y las medidas previas adoptadas, a la vez

que se dispusieron otras en materia edilicia, inventario, trasporte,

mantenimiento, seguridad y cartelería. Asimismo se establecieron los

respectivos procesos de trabajo.

Que se impone el dictado de una reglamentación integral con el

propósito de unificar la materia y facilitar el conocimiento por parte del

personal del Poder Judicial, usuarios del servicio y ciudadanía.

Por ello, en uso de las atribuciones concedidas por la normas de vistos,

RESUELVO:

I) APROBAR el reglamento adjunto en materia de superintendencia

para la Judicatura de ésta Circunscripción Judicial.

II) Su entrada en vigencia es a partir de fecha 01/01/2017.

III) Derogar la resolución 017/2011 de esta Oficina Judicial como toda

otra disposición en la materia que contraríe lo aquí dispuesto.

Page 3: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 2 de 2

IV) Para toda solicitud, reclamo o sugerencia en la materia se habilita la

casilla de correo [email protected]

V) Regístrese, comuníquese y luego, archívese.-

Rodolfo D. BARROSO GRIFFITHS

Director

Oficina Judicial Penal Esquel

Registrada bajo Resolución Nº 003/2016.-

Page 4: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 1 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Título I Generalidades Página

Capítulo Único Definiciones 003/6

Título II Normas de seguridad

Capítulo I Accesos habilitados. Condiciones 007/8

Capítulo II Prohibiciones y restricciones para el ingreso 009/11

Capítulo III Personas privadas de libertad 013

Capítulo IV Sistemas electrónicos de vigilancia y acceso 015/6

Capítulo V Registros de acceso. Tarjetas de Identificación.

Llave electrónica 017/8

Título III Estacionamiento

Capítulo Único Normas Generales 019/20

Título IV Cartelería

Capítulo Único Normas Generales 021

Título V Sistema de comunicaciones telefónicas

Capítulo Único Normas Generales 023

Anexos

I) Identificación de accesos a la Judicatura

II) Identificación de espacios y accesos pisos superiores judicatura

III) Identificación de áreas de estacionamiento vehicular sobre la vía pública

Índice

Page 5: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 2 de 23

Page 6: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 3 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Para propósitos de este reglamento se adopta la siguiente

terminología:

Arma: toda arma de fuego, arma blanca o cualquier otro tipo de arma,

independientemente de su denominación, distinguiendo:

� Arma blanca: objeto punzante, cortante o contundente que pueda

ser utilizado como un instrumento de agresión, capaz de infligir grave daño

corporal o a la propiedad.

� Arma de fuego: cualquier arma, sin importar el nombre por el cual

se le conozca, capaz de lanzar una munición o municiones por la acción de

una explosión.

Contratista: toda persona natural o jurídica, sus representantes o empleados,

que mantengan una relación contractual con el Poder Judicial, excepto

quienes presten servicios para el mismo bajo la modalidad de contratos

profesionales, de pasantía y/o consultivos.1

Dependencias internas: de acuerdo al plano y terminología consignada en el

Anexo II, se distingue:

� Áreas de acceso público: se entiende por tal el hall de acceso al

edificio, espacios de atención al público, salas de audiencias, sectores de

circulación externa (escaleras, ascensores y pasillos) y sanitarios públicos.

� Áreas de uso interno: se entiende por tal las oficinas, sectores de

circulación interna (escaleras, ascensores y pasillos), depósitos, archivos,

espacios técnicos y sanitarios no públicos.

1 Ver Personal Judicial.

TITULO I – GENERALIDADES Capítulo Único: Definiciones

Page 7: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 4 de 23

Edificio: refiere a la superficie que ocupan los inmuebles del Poder Judicial

destinados a la Judicatura de ésta Circunscripción Judicial y que se identifican

en el Anexo I.

Horario de atención: es el horario establecido por cada organismo judicial

para la atención al público y usuarios, siendo, en principio, de Lunes a Viernes

en el horario de 07 a 13 hs., exceptuando días feriados.

Judicatura: refiere a los órganos jurisdiccionales y/o administrativos que no

integran la estructura orgánica de los Ministerios Públicos.2

Ministerios Públicos: refiere a los órganos del Poder Judicial de Chubut

Ministerio Público Fiscal y Ministerio de la Defensa Pública.

Normas de seguridad: medidas de seguridad que se adoptan para garantizar

la seguridad de las personas que concurren al edificio y para proteger la

propiedad pública.

Personal Judicial: personas que trabajan en relación de dependencia para el

Poder Judicial y que se encuentran comprendidas en sus leyes orgánicas y/o

reglamentos como asimismo las que presten servicios bajo la modalidad de

contratos profesionales. Se distingue entre personal de la judicatura y

personal de los ministerios públicos.

Personal de Seguridad: persona que ejerce funciones de vigilancia y control

de acceso al edificio con el fin de proteger y velar por la seguridad del

personal judicial, público y usuarios. Además, vigila la propiedad pública,

mueble e inmueble como áreas adyacentes y administra el uso del detector

2 Juzgados, Colegios de Jueces, Cámara de Apelación, Oficina Judicial, Equipo Técnico Interdisciplinario,

Delegación Contable, Delegación Informática, Cuerpo Médico Forense, Biblioteca, Oficina de Mediación, Oficina de Mandamientos y Notificaciones y Oficina Arquitecto.

Page 8: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 5 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

de metales. Puede ser un personal de organismos de seguridad designado a

tal fin por las autoridades competentes.

Personal de Organismos de Seguridad: refiere a los agentes que prestan

servicios para los organismos públicos de seguridad o penitenciarios, sean

provinciales o nacionales.

Público: toda persona que no siendo contratista, personal judicial, personal

de seguridad o de organismos de seguridad, ni usuario acude al edificio a

presenciar las actividades judiciales públicas, por interés propio o para fines

periodísticos.

Registro: soporte documental y/o tecnológico donde queda constancia de los

ingresos y egresos al edificio, distinguiéndose el Registro de Acceso General

(RAG) y el Registro de Personal de Seguridad (RPS).3

Sustancia peligrosa: sustancia que contiene elementos químicos y/o

compuestos que presenta algún riesgo para la salud, la seguridad o el medio

ambiente.

Superintendencia: autoridad responsable de la administración de los

edificios, instalaciones y bienes muebles de la judicatura del Poder Judicial y

designada como tal fin por el Superior Tribunal de Justicia.

Tarjeta de identificación: documento que se expide para fines determinados

en la presente reglamentación, distinguiéndose:4

• Tarjeta de Identificación (TI);

• Tarjeta de Identificación Judicial (TIJ);

• Tarjeta de Identificación Contratista (TIC).

3 Ver Título II, Capítulo V.

4 Ídem nota 3.

Page 9: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 6 de 23

Usuario: toda persona que no siendo contratista, personal judicial, personal

de seguridad o de organismos de seguridad, ni público acude al edificio a

realizar alguna gestión administrativa y/o judicial. A los fines de la presente

reglamentación los abogados particulares se denominan usuario abogado.

Page 10: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 7 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

De acuerdo al plano y terminología consignada en el Anexo I, se

establece:

Primero: Durante el horario de atención el ingreso se encuentra autorizado

por las siguientes vías de acceso:

a) Personal Judicial de la Judicatura: por planta baja accesos AJ 01, AJ

02 y AJ 03.

b) Personal Judicial de los Ministerios Públicos: accesos AJ 01 (planta

baja) y AJ 05 (primer piso, puente delantero).

c) Usuario y Público: accesos AJ 01 (planta baja) y AJ 05 (primer piso,

puente delantero).

d) Personal de Organismos de Seguridad: acceso AJ 03 (planta baja),

en acto de traslado y custodia de personas privadas de libertad. Caso

contrario acceso AS 05 (planta baja).

e) Contratistas: acceso AJ 01 (planta baja). Si fuera necesario desde

superintendencia se autorizaran otros accesos.

Segundo: Luego del horario de atención el ingreso se encuentra autorizado

por la vía de acceso en planta baja AJ 04, bajo las siguientes condiciones:

a) Personal de la Judicatura: exhibiendo la Tarjeta de Identificación

Judicial (TIJ). De no portarla deberá estar registrado en la base de datos

respectiva.

b) Personal de los Ministerios Públicos: que exista actividad judicial

previamente informada por un órgano de la judicatura o autorización

específica del titular o funcionario del mismo.

c) Usuarios y Público: que exista actividad judicial previamente

informada por un órgano de la judicatura.

d) Personal de Organismos de Seguridad: en acto de función auxiliar

de la Justicia o de seguridad interna, debidamente identificado.

TITULO II – NORMAS DE SEGURIDAD CAPÍTULO I: Accesos habilitados. Condiciones

Page 11: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 8 de 23

e) Contratista: cuando existiera obra y/o servicio previamente

informado desde superintendencia y la persona exhiba la Tarjeta de

Identificación Contratista (TIC). Si fuera necesario desde superintendencia se

autorizaran otros accesos.

Para su individualización e identificación, las personas indicadas en el

apartado c deberán exhibir documento nacional de identidad y/o pasaporte.

El personal judicial de los Ministerios Públicos deberá exhibir documento

nacional de identidad o cédula/carnet oficial de la institución.

En ambos casos se les entregará de una Tarjeta de Identificación (TI).

Tercero: El ingreso y egreso de toda persona luego del horario de atención

será registrada en la recepción. El control y registro estará a cargo del

personal de seguridad utilizándose los medios destinados a tal fin.5

5 Ídem nota 5.

Page 12: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 9 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: No se encuentra autorizado el ingreso de las personas que:

a) Realicen actividades de venta, promoción u ofrecimiento de bienes

y/o servicios.

Desde superintendencia podrá exceptuarse temporalmente a persona

determinada en tanto la actividad pretendida sea de interés general o

cultural. En su caso, se extenderá una tarjeta de identificación (TI) la que

deberá portarse exhibida durante el tiempo de permanencia.

b) Se encuentren encapuchadas, enmascaradas o el rostro cubierto u

oculto de otra forma, excepto que se trate de personal de servicios

especiales de los organismos de seguridad.

Segundo: Está prohibido el ingreso de:

a) Armas, conforme terminología adoptada. El personal de seguridad y

el de los organismos de seguridad, en funciones oficiales o como auxiliar de

la Justicia, deben depositar el arma reglamentaria al acceder al edificio.

Se exceptúan de esta restricción los objetos de uso habitual para fines

laborales,6 los bastones, muletas, andadores u otros instrumentos utilizados

por personas con discapacidad y/o con movilidad reducida, como asimismo

todo otro específicamente indicado desde superintendencia.

b) Materiales explosivos o sustancias peligrosas. Se exceptúan los de

uso habitual para fines laborales y/o especialmente autorizados por

superintendencia, los que serán almacenados y asegurados en áreas

especialmente habilitadas a tal fin.7

c) Animales. Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las

personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera su

utilización, como a aquellos entrenados para asuntos de seguridad y estén

acompañados de personal habilitado.

6 Por ejemplo: bolígrafos, etc.

7 Por ejemplo: artículos de limpieza, para mantenimiento de servicios, etc.

TITULO II – NORMAS DE SEGURIDAD Capítulo II: Prohibiciones y restricciones para el ingreso

Page 13: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 10 de 23

Tercero: Se encuentra condicionado el ingreso de bolsos, valijas, mochilas u

otros objetos de similar naturaleza excepto que quien pretenda hacerlo

exhiban su contenido en forma voluntaria al personal de seguridad a fin de

que éste constate que no existen objetos de objeto prohibidos. Lo dispuesto

no rige con relación al personal judicial y al usuario abogado.

Cuarto: No se encuentra autorizado:

a) La permanencia en el edificio, luego del horario de atención, de toda

persona que no sea personal de la judicatura o de seguridad, exceptuándose:

���� Usuarios, público y personal de los ministerios públicos cuando

existiera actividad judicial informada al personal de seguridad, y por el

lapso de tiempo de su duración.

���� Contratista cuando mediare aviso previo de superintendencia.

b) El ingreso de los usuarios y público al área de uso interno excepto

que mediare expresa autorización del titular o funcionario del órgano judicial.

En éste caso el personal de mesa de entradas o quien haya autorizado el

ingreso acompañará al mismo.

c) El ingreso del contratista a sectores ajenos al lugar específico de

trabajo, excepto circulaciones conducentes al ingreso y egreso del edificio.

Quinto: El personal judicial de la judicatura se encuentra autorizado a:

a) Solicitar al personal de seguridad que le exhiba el RAG a fin de

constatar lo allí asentado. En caso de negativa o de verificarse anomalías

deberá informar a superintendencia.

b) Solicitar a una persona cuyo ingreso no se encuentra autorizado a

que se retire del edificio o área de uso interno.

c) Solicitar a un usuario, público o contratista que se encuentre en el

edificio luego del horario de atención que le exhiba su TI o TIC, según el caso.

En los supuestos b y c precedentes deberá darse aviso inmediato al

personal de seguridad para que actúe en consecuencia e informar a

superintendencia.

Page 14: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 11 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Sexto: El personal de seguridad se encuentra autorizado a emplear el

detector de metales, negar el acceso y/o retirar del edificio a toda persona

que no observe las restricciones establecidas en la presente reglamentación.

Séptimo: Para conocimiento general se colocará cartelería explicativa en el

ingreso principal al edificio y en las dependencias internas.

Page 15: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 12 de 23

Page 16: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 13 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: El traslado y custodia de personas privadas de libertad en el edificio

estará a cargo de personal de los organismos de seguridad y se ajustará al

protocolo que la institución haya comunicado a superintendencia.

Segundo: La circulación en el interior del edificio, como los espacios

asignados para la permanencia y entrevista de la persona privada de libertad

con su Defensa, se ajustará al protocolo establecido por superintendencia.

Tercero: Está prohibido en el edificio las visitas o entrevistas periodísticas a

las personas privadas de libertad.

TITULO II – NORMAS DE SEGURIDAD Capítulo III: Personas privadas de libertad

Page 17: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 14 de 23

Page 18: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 15 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: Para seguridad de las personas y de la propiedad pública, se

instalarán en el edificio detectores de metal, cámaras de seguridad y

cerraduras electrónicas.

Sin perjuicio de ello se podrá utilizarse detectores de metales móviles,

los que serán operados por el personal de seguridad.

Segundo: Ubicación y características

Los elementos referidos precedentemente se instalarán en los lugares

que se establezcan desde superintendencia

En relación a las cámaras de seguridad:

� Se detectarán a simple vista y se colocarán avisos informando

sobre su existencia;

� No se instalarán cámaras ocultas o en áreas donde las personas

tengan una expectativa razonable de intimidad.

� Las mismas captan y graban simultáneamente imágenes, no

estando programadas para grabar sonido alguno.

� Funcionará las veinticuatro (24) horas del día los siete (7) días de

la semana.

Tercero: Registro de las grabaciones

Los registros no podrán serán editados, modificados o alterados de

modo alguno y se mantendrán por ciento veinte (120) días luego de lo cuál se

dispondrá de los mismos. A estos efectos, se levantará un acta donde se hará

constar que la grabación fue destruida o preservada.

La disposición anterior no sucederá si la grabación se estuviera

utilizando como evidencia en algún proceso judicial o administrativo. A tal fin

se establecerán los requisitos de cadena de custodia. Concluido

definitivamente dicho proceso se dispondrá de los mismos.

TITULO II – NORMAS DE SEGURIDAD Capítulo IV: Sistemas Electrónicos de vigilancia y acceso

Page 19: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 16 de 23

Podrá accederse al registro u obtener copia del mismo previa solicitud

motivada y autorizada por superintendencia. No será necesario cuando el

requerimiento sea judicial o provenga de autoridad superior.

Cuarto: Centro de operaciones del Sistema de Vigilancia Electrónica.

Los equipos que reciben y graban las señales del sistema se ubicarán

en un único lugar desde el cuál se efectuarán los controles de seguridad

mediante la observación de las secuencias fílmicas captadas por las cámaras

de seguridad, sin perjuicio de otros accesos individuales que pudieran

disponerse.

Podrán acceder a dicho lugar quien/es sea/n específicamente

autorizado/s desde superintendencia.

Quinto: Cuando se observara una conducta o actividad que pueda resultar en

la comisión de un delito, contravención o falta administrativa, quien/es

opere/n las cámaras de seguridad deberá/n notificar a superintendencia

acompañando un informe que contenga circunstancias de día, hora, lugar y

un resumen de lo observado y ocurrido.

Page 20: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 17 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: Registro de Acceso General (RAG). Luego del horario de atención el

personal de seguridad dejará constancia en éste registro del ingreso y egreso

de toda persona al edificio.

Segundo: Registro Personal de Seguridad (RPS). El personal de seguridad

dejará constancia de su horario de ingreso y egreso en éste registro.

Tercero: Es responsabilidad del personal de seguridad la custodia de las

planillas diarias del RAG y RPS debiendo depositarlas o entregarlas al día

siguiente conforme se indique. La documentación se resguardará durante un

plazo no inferior a seis (6) meses

Podrá accederse a los registros u obtener copia previa solicitud

motivada y autorizada por superintendencia. No será necesario cuando el

requerimiento sea judicial o provenga de autoridad superior.

Cuarto: A los fines precedentes deberá informarse:

a) Titulares de órganos judiciales de la Judicatura: datos de

identificación de las personas que cumpla funciones en los mismos, como

cualquier modificación producida.

b) Contratistas: datos de identificación personal y/o de las personas

que trabajan en el edificio bajo su dependencia, como asimismo cualquier

modificación producida.

En ambos casos se deberá adjuntar copia del documento nacional de

identidad.

Quinta: A los fines previstos en esta reglamentación se expedirán las

siguientes tarjetas de identificación:

� Tarjeta de Identificación Judicial (TIJ). Para uso del personal de la

judicatura.

TITULO II – NORMAS DE SEGURIDAD Capítulo V: Registros de acceso. Tarjetas de Identificación. Llave

electrónica

Page 21: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 18 de 23

� Tarjeta de Identificación Contratista (TIC). Para uso del contratista

y/o de las personas informadas por el mismo.

� Tarjeta de Identificación (TI). Para uso del público, usuario y/o

personal judicial de los Ministerios Públicos.

Las tarjetas TIJ y TIC se entregarán desde superintendencia y contienen

datos de individualización personal.

La tarjeta TI se entregará por el personal de seguridad y no contendrá

datos de individualización personal.

La persona a quien se le haya entregado una TIC o TI debe portarla en

un lugar visible durante todo el tiempo de permanencia en el edifico

entregándola al personal de seguridad a su egreso.

Sexto: Al personal de la judicatura se le entregará una llave de acceso

electrónica y/o una clave de acceso electrónico para su uso en el edificio,

siendo intransferible.

Séptimo: Es responsabilidad del personal de la judicatura:

a) Conservar la TIJ o llave de acceso electrónica en buen estado,

informar su pérdida o deterioro y devolverla en caso de que dejara de prestar

servicios en la judicatura.

b) Denunciar cualquier hecho, evento o circunstancia que haga

presumir que una clave de acceso electrónica se encuentra comprometida,

sea esta propia o ajena.

c) Las consecuencias que pudieran derivar de la revelación o uso

compartido voluntario de la clave de acceso electrónica.

Page 22: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 19 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: De acuerdo al Anexo III los espacios habilitados para el

estacionamiento de vehículos son los siguientes:

a) Vía publica. Conforme autorización municipal:

���� E 03, sobre Av. Marcelo T. de Alvear.

���� E 01 y E 02, sobre calle Darwin.

b) Superficie descubierta interior de uso común con los Ministerios

Públicos (E 05).

Segundo: El sector de la vía pública está destinado a:

a) E 03: de Lunes a Viernes de 07 a 18 hs. para uso exclusivo de

personas con discapacidad y/o con movilidad reducida que concurran a los

edificios del Poder Judicial (Judicatura y Ministerios Públicos).

b) E 01: de Lunes a Viernes de 07 a 18 hs. para uso exclusivo de

vehículos oficiales de la judicatura y de los organismos de seguridad en

funciones oficiales o como auxiliar de la Justicia.

c) E 02: de Lunes a Viernes de 07 a 18 hs. para uso exclusivo de

vehículos particulares autorizados.

Tercero: El permiso de estacionamiento para vehículos particulares será

extendido desde superintendencia. Es responsabilidad de su titular

conservarlo en buen estado, informar su pérdida o deterioro y devolverlo en

caso de modificaciones o que dejara de prestar servicios en la judicatura.

El permiso deberá exhibirse en la luneta delantera del vehículo a fin de

facilitar los controles internos y del personal municipal de tránsito.

Cuarto: La superficie E 05, teniendo presente que se trata de un espacio

compartido con los Ministerios Públicos, en lo que respecta a la judicaturar

será destinado a sus vehículos oficiales.

TITULO III – ESTACIONAMIENTO Capítulo Único: Normas generales

Page 23: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 20 de 23

Quinto: Se encuentra autorizado el personal de la judicatura a:

a) Solicitar a quien se encuentre estacionado en un espacio no

habilitado a que retire su vehículo. En caso de negativa deberá informarlo a

superintendencia.

b) Denunciar en superintendencia el uso no autorizado de los lugares

habilitados.

Sexto: Lo establecido precedentemente no regirá cuando se trate de la

aplicación de protocolos de evacuación, accidente o casos de fuerza mayor.

Page 24: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 21 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: En cada piso del edificio se habilitará un lugar específico

debidamente señalizado para la publicación de información oficial.

Segundo: Se considera información oficial la emanada del Poder Judicial de la

Provincia, de otras Provincias o de la Justicia Federal, de la Asociación de

Magistrados y Funcionarios de la Provincia, del Sindicado de los Empleados

Judiciales y del Colegio Público de Abogados Provincial.

Tercero: La publicación de información no oficial deberá ser previamente

autorizada, para lo cual se evaluara su condición de interés general. El pedido

motivado será dirigido a superintendencia.

Cuarto: Se autoriza al personal de la judicatura a retirar toda publicación no

autorizada o que esté ubicada en lugares no habilitados a tal fin.

Quinto: Se exceptúa de lo dispuesto precedentemente a los carteles o

símbolos reglamentarios sobre seguridad e higiene laboral, u otros

habilitados por superintendencia.

TITULO IV – CARTELERÍA Capítulo Único: Normas generales

electrónica

Page 25: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 22 de 23

Page 26: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

Página 23 de 23

Resolución Ofiju 003/16 Reglamentación Superintendencia

Revisión: - Fecha: 01/01/17

Primero: El sistema de comunicaciones telefónicas fijas será gestionado y

administrado desde superintendencia quien autorizará altas, bajas y

modificaciones.

Segundo: Los titulares de los órganos jurisdiccionales y/o administrativos

serán autoridad requirente a los fines indicados precedentemente.

Tercero: Para la utilización de las líneas se establecen tres niveles de accesos:

a) Nivel 1: salida urbana e interurbana nacional (DDN) a líneas fijas y

celulares, grupo Magistrados y Funcionarios (RIG art. 2 a).

b) Nivel 2: salida urbana a líneas fijas y celulares, grupo Administrativo

y Técnico (RIG art. 2 a).

c) Nivel 3: salida a números internos de la judicatura, grupo

Operacional (RIG art. 2 c).

A pedido motivado de la autoridad requirente desde superintendencia

se podrán conceder accesos distintos a los indicados.

Cuarto: El grupo de nivel 1 contará con un código de habilitación para salida

interurbana nacional, el que es intransferible. Es su responsabilidad

denunciar cualquier hecho, evento o circunstancia que haga presumir que el

mismo se encuentra comprometido, sea éste propio o ajeno, como las

consecuencias que pudieran derivar de su revelación o uso compartido

voluntario.

Quinto: Con la periodicidad que se establezca desde superintendencia se

entregará a los titulares de los órganos de la judicatura un informe

conteniendo el detalle de las comunicaciones de salida con indicación de

fecha, número, duración, costo, etc.

TITULO V – SISTEMA DE COMUNICACIONES TELEFÓNICAS Capítulo Único: Normas generales

electrónica

Page 27: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

PROVINCIA DEL CHUBUTPODER JUDICIAL

CIRCUNSCRIPCIÓN ESQUELARQUITECTURA

Page 28: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

PROVINCIA DEL CHUBUTPODER JUDICIAL

CIRCUNSCRIPCIÓN ESQUELARQUITECTURA

Page 29: Esquel, Chubut, 29 de Diciembre de 2016.- Acuerdo Sala ...Se exceptúan los entrenados para servir de guía a las personas no videntes o que tengan algún impedimento que requiera

PROVINCIA DEL CHUBUTPODER JUDICIAL

CIRCUNSCRIPCIÓN ESQUELARQUITECTURA