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1 REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA CONVIVENCIA CONVIVENCIA CONVIVENCIA ESCOLAR. ESCOLAR. ESCOLAR. ESCOLAR. “ESCUELA EL CHAÑAR”.

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REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE REGLAMENTO INTERNO DE

CONVIVENCIACONVIVENCIACONVIVENCIACONVIVENCIA

ESCOLAR.ESCOLAR.ESCOLAR.ESCOLAR.

“ESCUELA EL CHAÑAR”.

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INTRODUCCION. CONSIDERAR LAS NORMAS COMO UNA HERRAMIENTA FORMATIVA. Las normas de convivencia y el reglamento que deriva de ellas constituye una carta de derechos y deberes de la comunidad educativa. Es necesaria la existencia de normas dentro de cualquier comunidad y el hecho de que algún miembro de esta no las observe o las conozca puede significar que legítimamente se le apliquen sanciones. Las reglas o normas deben enmarcarse en la ley vigente y tener siempre como horizonte la mejor formación de o los alumnos y alumnas. Para una sana convivencia las normas deben satisfacer al menos dos principios básicos: La Legitimidad y La Justicia.

Legitimidad: Se concuerda en que toda comunidad debe sentirse efectivamente interpretada por la normativa que la rige. En primer lugar, las reglas o normas deben generar un marco de convivencia adecuado para la misión fundamental del establecimiento escolar, cual la formación de los alumnos y alumnas. En segundo lugar, es importante y fundamental la participación de los padres, alumnos y profesores en su discusión. Esto nos lleva a pensar que de acuerdo al P.E.I. cada cierto tiempo debe hacerse una revisión, modificación y o reformación del reglamento interno de convivencia, lo cual debe posibilitar una mejor gestión escolar y un ambiente educativo más democrático.

Justicia: La aplicación de sanciones en el proceso educativo no debe ser

contradictoria con la esencia de su objetivo final, esto es, ser una instancia que eduque y forma a los niños, niñas y jóvenes. Por ello, las sanciones deben estar previamente establecidas y ser conocidas por toda la comunidad escolar.

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DE LAS NORMAS DE DISCIPLINA Y CONVIVENCIA DE LOS ALUMNOS.

Establecimiento Educacional: Escuela “ El Chañar”. RBD: 13.154-7

Comuna: Copiapó. Año de Aplicación: 2005.

TÍTULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.

La convivencia escolar forma parte de la formación general de las personas y el establecimiento como servicio educativo, que tiene como principal misión educar, se hace responsable de la educación en valores para colaborar a la familia de los alumnos. Este reglamento cumple una función orientadora y articuladora del conjunto de acciones que los actores educativos (alumnos, docentes, personal del establecimiento, padres y apoderados) emprenden y emprenderán a favor de la formación y ejercicio de los valores de convivencia en la cultura escolar. La convivencia escolar, es por lo tanto, una construcción colectiva y dinámica en donde todos los niños y niñas son sujetos de derechos y deberes, en donde el desarrollo pleno de las personas sólo es posible en la relación con otros de acuerdo a los roles y funciones que desarrollan en la comunidad educativa y priviligiándose el respeto y protección de la vida privada y pública de las personas y su familia. Artículo N° 1: Para que todos los niños y niñas que ingresan al establecimiento educacional

“Escuela El Chañar”, de la Comuna de Copiapó, permanezcan en él recibiendo un trato digno, de respeto a su persona y logren un sentido de pertenencia e identidad con el establecimiento, se requiere del compromiso, colaboración, responsabilidad y participación de todas las personas que integran la familia educacional.

Para ello la misión del establecimiento que impregna la formación que ofrece el servicio educativo, es:

ENTREGAR A NIÑOS Y NIÑAS UNA FORMACIÓN VALÓRICA Y L AS COMPETENCIAS NECESARIAS PARA LA CONTINUIDAD DE ESTU DIOS Y SU INSERCIÓN EFICIENTE EN LA SOCIEDAD.

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Artículo N°2: En coherencia con el Proyecto Educativo Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales que promueve la Reforma Educacional, los principios y valores que el establecimiento fortalece y fortalecerá para el desarrollo personal e integral de las alumnas y alumnos son:

1° Respeto a sí mismo y los demás. 2° Tolerancia. 3° Solidaridad. 4° Responsabilidad. 5° Cumplimiento en sus derechos y deberes. 6° Equidad. 7° Justicia. 8° Amistad

Artículo N° 3: Junto a los alumnos, los padres, auxiliares, personal administrativo y asistentes

de educación, profesores y directivos, pretenden con esta normas lograr una sana convivencia en el establecimiento, que surgen de los acuerdos alcanzados por la misma comunidad educativa. En este sentido la disciplina cumple un importante rol para los alumnos y las personas que educativa y pedagógicamente (directivos, profesores y personal) tienen el deber de velar por la confianza que han depositado las familias en el establecimiento.

TÍTULO II: DE LOS FINES EDUCATIVOS.

Artículo N° 4: El presente documento regula el sistema de convivencia y el comportamiento

disciplinario de las alumnas y alumnos de establecimiento educacional: “ESCUELA EL CHAÑAR”.

Con este propósito y en relación directa con el PEI, esta normativa tiene los

siguientes Objetivos educacionales permanentes;

1° Estimular el funcionamiento de una auténtica comunidad escolar y promover un buen clima de convivencia escolar y participación.

2° Estructurar un curriculum flexible, participativo, contextualizado, donde el desarrollo del alumno(a) sea el que oriente el proceso educativo.

3° Incorporar los OFT en todas las instancias de aprendizaje para lograr el desarrollo y formación valórica de niños y niñas.

4° Lograr en los alumnos (as) una sólida formación académica que les permita progresar en sus aprendizajes y valoren la educación como una experiencia de crecimiento personal.

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5° Elevar los niveles de aprendizajes, en todos los ámbitos, para mejorar paulatinamente la promoción escolar.

6° Integrar activamente a los padres y apoderados en apoyo al proceso enseñanza aprendizaje y a las actividades complementarias de la escuela.

TÍTULO III: DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo N° 5: El establecimiento educacional “ESCUELA EL CHAÑAR”, reconoce y garantiza

los siguientes derechos a las alumnas y alumnos del colegio:

1° Recibir educación acorde a su edad y desarrollo. 2° Recibir trato digno a su calidad humana. 3° Ser respetado como persona en toda su extensión.

4° Cultivar la Paz, signo de amor, comprensión y entendimiento entre las personas

5° Compartir experiencias con sus pares. 6° Participar en los distintos eventos que la escuela realice. 7° Integrarse a las actividades y talleres que la escuela le ofrezca. 8° Expresar con respeto sus ideas y sentimientos, respetando a los demás. 9° Ser escuchado con respeto, tolerancia y dignidad.

TITULO IV: DEL UNIFORME ESCOLAR.

Artículo N° 6: El uso del uniforme escolar para el establecimiento es: OBLIGATORIO. Siendo

aprobado con fecha Marzo de 1999. Con acuerdo de los distintos estamentos de la comunidad educativa: Consejo de Profesores y Centro de Padres y Apoderados.

Artículo N° 7: De este modo la Dirección del establecimiento establece como obligatorio el

uniforme para esta escuela, de acuerdo a las siguientes características:

Damas: Falda azul marino (cuatro dedos juntos sobre la rodilla) Camisera Blanca. Corbata con insignia de colegio, medias azul marino, zapatos negros y chaleco azul marino.

Varones: Pantalón gris (plomo), Camisa blanca, Corbata con insignia del colegio, zapatos negros y chaleco azul marino. Tanto damas como varones pueden usar la polera oficial del colegio en los meses de calor.

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Artículo N° 8: El uso del equipo de gimnasia para el establecimiento es: OBLIGATORIO, siendo aprobado en el mes de abril de 2002, con acuerdo de los siguientes estamentos de la unidad educativa: Consejo de Profesores, Centro General de padres y Apoderados.

Artículo N° 9: De este modo la Dirección del establecimiento establece el equipo de actividades

deportivas, de acuerdo a las siguientes características: El alumno o alumna que tenga el buzo oficial de la escuela puede asistir a clases con éste, sólo el día que tenga educación física. Artículo N° 10: En caso que un alumno o alumna tenga cualquier problema, en cuanto al

uniforme escolar o equipo para actividades deportivas, su apoderado deberá dirigirse a la Dirección del establecimiento para analizar su situación para que el alumno (a) pueda asistir regularmente y sin inconvenientes a clases.

TITULO V: DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

Artículo N° 11: Junto con reconocer los derechos fundamentales de los alumnos y alumnas,

existen deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil. Artículo N° 12: Los deberes indican una forma de comportamiento positivo de los alumnos y

alumnas. Por lo que su incumplimiento, determinará la aplicación de sanciones de tipo: � Amonestación Verbal, � Falta Leve, � Falta Grave. � Falta Muy Grave.

Artículo N° 13: La amonestación verbal corresponde al llamado de atención oral en primera

instancia que se le hace al alumno o alumna, por parte del docente de aula, directivo o personal del establecimiento frente al incumplimiento de deberes, ya sea de RESPONSABILIDAD, DISCIPLINA O COMPORTAMIENTO Y CONDUCTA.

Polera blanca. Short azul marino y zapatillas deportivas. Toalla y ropa interior de recambio, tanto para las niñas como los niños.

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Artículo N° 14: Las reincidencias en faltas o incumplimientos de deberes se registrarán en la hoja de vida del alumno o alumna, en la carpeta de observaciones del curso.

Artículo N° 15: La tipificación de las faltas se estableció con la participación de Padres y

Apoderados, Consejo de Profesores y Alumnos a través de encuestas cuyo formato se anexa en el presente reglamento.

Artículo N° 16: Son deberes de la alumna y alumno de la Escuela El Chañar:

1° Cumplir puntualmente con las horas de ingreso al colegio y a clases. 2° Evitar los atrasos a la respectiva jornada y a clases. 3° Cumplir con sus tareas diarias de estudiante. 4° Traer, cuando corresponda, los materiales solicitados. 5° Asistir con su uniforme escolar a todas las actividades estudiantiles. 6° Respetar a sus compañeras (os), Profesores y Personal del Colegio. 7° Mantener hábitos de aseo, orden e higiene en su entorno. 8° Usar vocabulario respetuoso con sus pares y personas mayores. 9° Asistir a clases todos los días del año escolar. 10° Justificar por escrito su ausentismo a clases.

Artículo N° 17: Son faltas de cumplimiento a sus deberes:

1° Llegar atrasado al inicio de jornada y clases. 2° Ausentarse del colegio en forma injustificada. 3° Inasistencias a clases en forma constante. 4° Ingresar al colegio y/o clases con más de 10 minutos de atraso. 5° No traer sus tareas dadas y/o materiales solicitados. 6° Asistir a las actividades educativas sin su uniforme.

7° Insultar, agredir física y verbalmente a sus pares y/o personas de la unidad educativa.

8° No justificar por escrito sus inasistencia a clases. 9° Utilizar vocablos inadecuados, garabatos e improperios en forma frecuente.

Artículo N° 18: En caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes señalados en el artículo

anterior, estos incumplimientos serán sancionados dentro de la categoría de AMONESTACIÓN VERBAL.

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Artículo N° 19: Son deberes de la alumna y alumno de la Escuela El Chañar.

1° Usar su Uniforme escolar obligatorio, para todas las actividades escolares, cotona o delantal permanentemente en el colegio.

2° Mantener a diario su higiene y aseo personal.

3° Cuidar permanentemente su presentación personal, orden en su vestuario y en su pelo. Peinado normal y formal que no represente ningún tipo de agrupación religiosa, política y/o sectarista.

4° Asistir diariamente a clases y cumplir con sus horarios.

5° Cumplir y asistir a los compromisos adquiridos (ALES, CLASES EN JORNADA DISTINTA).

6° Llegar puntualmente a clases. 7° Cumplir con sus tareas asignadas y estudio diario.

8° Presentarse con su Equipo Deportivo obligatorio. Útiles de aseo personal y ropa de recambio a las clases de Educación Física.

9° Usar y mantener vocabulario respetuoso con y entre sus pares, así mismo frente a personas mayores fuera y dentro del colegio.

Artículo N° 20: Son medidas de incumplimientos a sus deberes.

1° Asistir con ropa de color que no corresponda al uniforme obligatorio de la escuela.

2° Vestir en forma desordenada.(camisas fuera del pantalón o camiseras sobre Jumper; zapatos sucio y desamarrados, pelo desordenado, teñido, largo y erizado con gel y/o mechones largos o colas).

3° Tener uñas largas, sucias y pintadas. 4° Ausentismo continúo a clases y sus compromisos adquiridos. 5° No traer ni usar cotona o delantal permanentemente en el colegio

Artículo N° 21: En caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes señalados en el artículo

anterior serán sancionados como FALTA LEVE. Articulo N° 22: Son deberes de la alumna y alumno de la Escuela El Chañar.

1° Mantener un comportamiento basado en el respeto, tolerancia y justicia.

2° Asistir a las Evaluaciones en fechas calendarizadas. Y justificar por escrito o certificado médico la inasistencia.

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3° Tener actitudes de respeto y Tolerancia hacia sí mismo, hacia sus pares y comunidad en general.

4° Usar y mantener vocabulario adecuado y acorde a su desarrollo. 5° Cumplir diariamente con sus obligaciones de estudiante. 6° Solucionar los conflictos en forma pacífica. 7° Respetar las diferencias individuales de cada persona.

8° Cuidar, mantener en buen estado el mobiliario escolar, sus dependencias e implementación

9° Denunciar acciones deshonestas que menoscaben la dignidad y honorabilidad del alumno o alumna.

Artículo N° 23: Son incumplimiento a sus deberes.

1° Agredir verbalmente con insultos o garabatos a sus compañeros (as), personas o funcionarios del establecimiento.

2° Contestar en forma agresiva y violenta a su profesores o personas mayores.

3° Agredir físicamente a compañeros(as), personas y funcionarios de la escuela.

4° Destruir, romper, rayar el mobiliario escolar e implementación del colegio

5° Inasistencia injustificada a evaluaciones programadas. No presentar justificaciones escritas a su ausentismo escolar.

6° Ser Intolerante ante las diferencias individuales.

7° Tener actitudes despectivas e indiferentes al llamado de atención o consejo orientador de comportamiento y disciplina.

8° Acosar, manosearse entre alumnos y/o alumnas menoscabando la dignidad y honorabilidad del niño o niña como persona.

9° Pololear y besarse dentro del colegio delante de niños pequeños, especialmente aquellos alumnos que han iniciado relaciones amorosas.

Artículo N° 24: En caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes señalados en el artículo

anterior, estos incumplimientos serán sancionados como FALTAS GRAVES. Artículo N° 25: Son deberes de los alumnos y alumnas de este colegio:

1° Guardar y mantener siempre actitudes de respeto hacia sus pares y personas o funcionarios del establecimiento,

2° Actuar de manera deferente y cordial con todas las personas.

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3° Respetar a sus semejantes con un vocabulario formal y adecuado.

4° Cuidar permanentemente la infraestructura, dependencia, muebles y bienes de la escuela y su entorno.

5° Respetar y salvaguardar la integridad física de sí mismo y sus semejantes.

6° Cuidar permanentemente sus pertenencias personales. Evitar traer al colegio objetos de valor. (Discman, Pendrive, celulares, gargantilla de oro, relojes de alto valor etc.)

Artículo N° 26: Son incumplimiento a sus deberes.

1° Tener actitudes irrespetuosas, indiferencias y despectivas hacia sus semejantes y personas mayores.

2° Insultar, agredir, amenazar con palabras y gestos impropios de niños y niñas que están en un proceso de desarrollo y crecimiento.

3° Pintar, rayar, destruir o desarmar bienes del inmueble, muebles, paredes, puertas, interruptores y enchufes.

4° Sustraer, quitar o tomar pertenencias de otras personas.

5° Amenazar, Intimidar, Amedrentar a sus semejantes con golpes y/ u objeto cortopunzantes, cadenas, manoplas, etc.

6° Insistir en pololear y besarse en los distintos espacios del colegio delante de niños más pequeños.

7° Acosar, intimidar o forzar a niños o niñas a realizar acciones deshonestas que perjudiquen la dignidad y honorabilidad de niños y niñas.

Artículo N° 27: En caso de incumplimiento de cualquiera de los deberes señalados en el artículo

anterior, estos incumplimientos serán sancionados como FALTAS MUY GRAVES.

Artículo N° 28: Con todo lo anterior el alumno o alumna que estando en tratamiento médico

específico para su problema de déficit atencional, hiperactividad y/o comportamiento difícil de controlar. La Dirección del colegio tendrá la facultad de determinar el término de la jornada al final del segundo bloque de clases. En casos extremos tratándose de alumnos promovidos se cerrará el año escolar anticipadamente.

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TITULO VI:

DE LAS SANCIONES Y DE SUS PROCEDIMIENTOS. Artículo N° 29: Se entenderá por AMONESTACION VERBAL a la sanción que realiza el

docente o directivo del establecimiento utilizando la voz, cuando el alumno: Artículo N° 30: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son: Artículo N° 31: Se entenderá por FALTA LEVE a la sanción que realiza el Docente o Directivo

del establecimiento, cuando el alumno o alumna: Artículo N° 32: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son:

Ha incurrido en el incumplimiento de sus deberes señalados en el Art. N° 17 del presente reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar.

• Llamado de atención verbal en forma individual en 1° y 2° instancia. • Reiterada la falta se registra en la hoja de vida del alumno(a). • Los responsables de aplicar estas sanciones son los Docentes en el aula o

patios, Directivos e Inspectores de patios.

Ha reiterado el incumplimiento a sus deberes establecidos en el Art. 20 del presente reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar.

• Dialogar en forma personal e individual con el alumno(a) involucrado(a) en algún incumplimiento de sus deberes.

• El incumplimiento reiterado por segunda ves se registrará en la hoja de vida del alumno en la carpeta del curso.

• Responsables de aplicar estas sanción son: Docentes y Directivos del establecimiento.

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Artículo N° 33: Se entenderá por FALTA GRAVE, a la sanción que realiza el Docente o Directivo de establecimiento, cuando la alumna o alumno:

Artículo N° 34: Los procedimientos y responsables para aplicar esta sanción son: Artículo N° 35: Se entenderá por falta MUY GRAVE, a la sanción que realiza el Docente o

Directivo del establecimiento, cuando el alumno o alumna: Artículo N° 36: Los procedimientos y responsables de aplicar esta sanción son:

Ha incurrido en algún incumplimiento de sus deberes contemplados en el Art. N° 23 de este Reglamento de Disciplina Y Convivencia Escolar.

• Registro escrito de la falta o incumplimiento a sus deberes en la hoja de vida del alumno(a).

• Citación escrita al apoderado. • Los Responsables de aplicar esta sanción son: Profesor del Sub sector

Prof. Jefe de Curso, Inspectores Generales y Director.

Ha incurrido en incumplimiento de sus deberes establecidos en el Art. N° 26 de este Reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar.

• Registro escrito del incumplimiento o falta a sus deberes establecidos en este Reglamento, en su hoja de vida de la carpeta y libro o registro de actividades del curso.

• Citación escrita al apoderado para que concurra al colegio. • La toma conocimiento del comportamiento y/o rendimiento puede hacerlo

el Profesor Jefe de curso o del subsector afectado. • Al reincidir o acumular observaciones graves y muy graves se procederá a la

suspención del alumno por Un día. • Al continuar las faltas o reincidencias la suspensión irá en aumento en forma

progresiva. • Los Responsables de aplicar la Sanción máxima (suspensión) le corresponde

a la Dirección del Colegio o Inspectoría General.

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Artículo N°37: Cumplido todo el proceso de la sanción: Diálogo, Atención, Orientación,

Derivación a Centro integrado Comunal y al NO OBSERVARSE o PRODUCIRSE CAMBIOS importantes en la disciplina y convivencia escolar del alumno, la escuela se reserva el derecho de sugerir al apoderado cambiar a su pupilo o pupila a otro centro educativo, a fin de no convertirlo en desertor del sistema.

TITULO VII: DE LAS ALUMNAS EN ESTADO DE EMBARAZO Y MADRES LACTANTES.

Artículo N° 38: “El embarazo y la maternidad no constituyen impedimento para ingresar y

permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán otorgar las facilidades académicas del caso” (Ley Constitucional N° 19.688 de 30/08/2000).

Artículo N° 39: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia,

sobre las alumnas en estado de embarazo que se establecen para ellas son: Artículo N° 40: Los procedimientos, en cuanto a sus aspectos disciplinarios y de convivencia,

sobre las alumnas madres lactantes que se establecen para ellas son:

Los mismos Derechos y Deberes establecidos en este Reglamento de Disciplina y Convivencia Escolar. No obstante se aplicarán criterios de flexibilidad en horas de ingreso y salidas de clases y en las evaluaciones, de acuerdo al avance del embarazo. Haciendo notar que la MÁXIMA RESPONSDABILIDAD para dar cumplimiento a su proceso educativo y buen término de éste es único y exclusivamente de la alumna en cuestión.

Las mismas disposiciones contempladas en el Art. 39 del este reglamento y además las señaladas en la ley N° 19.688 y sus Artículos concernientes a las madres en períodos de lactancia.

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TÍTULO VIII. DE LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES

DE CADA FUNCIONARIO. Artículo N° 41: El establecimiento, para lograr o desarrollar actividades positivas de los alumnos,

promover el cumplimiento de los deberes y el aseguramiento de los derechos de los alumnos y alumnas, de acuerdo al rol de cada integrante de la comunidad se compromete a:

Artículo N° 42: EL DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO:

� El rol del Director es DIRIGIR, ORGANIZAR, COORDINAR, SUPERVISAR, Y EVALUAR el trabajo de los distintos estamentos de la escuela.

� Debe actuar respetando las normas legales y las disposiciones de P. E. I. Y del

Reglamento Interno de Convivencia Escolar. SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la Administración Educacional, cuya función es EDUCAR.

� Establecer los objetivos propios de la escuela junto al Equipo de Gestión y al Consejo de

Profesores.

� Administrar el Programa Anual de Trabajo.

� Proponer la estructura organizativa técnica pedagógico del establecimiento en consenso con el Equipo Directivo y el E.G.E.

� Establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del currículum.

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� Propiciar un buen clima organizacional para el cumplimiento del P.E.I.

� Presidir los Consejos Administrativos, Técnicos y Delegar funciones cuando corresponda.

� Estimular y facilitar el perfeccionamiento docente y no docente cuando corresponda.

� Cumplir las normas e instrucciones que emanan de las autoridades educacionales y

representar a la escuela ante ellas.

� Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

� Facilitar la supervisión del Mineduc, tanto en lo Técnico Pedagógico como la fiscalización de Subvenciones.

� Coordinar a nivel superior la acción de los organismos del colegio.

� Gestionar ante el DAEM el uso de las dependencias de la escuela que sean solicitadas por

instituciones ajenas a ella.

� Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro de la escuela.

Artículo N° 43: EL EQUIPO DE GESTION/ CONSEJO ESCOLAR. Artículo N° 44: EL SUBDIRECTOR O INSPECTOR GENERAL. El Inspector General es el Profesional de la Educación de nivel superior que, sobre la base de una formación y una experiencia docente, cumple con los siguientes roles:

� Subrogar o asumir la Dirección del establecimiento en ausencia del Director Titular.

� Llevar el control estadístico de la asistencia del alumnado y personal que labora en el establecimiento, además de confeccionar los boletines mensuales de Subvención.

Impulsar los planes y programas de acción que el establecimiento tiene para lograr una buena y sana convivencia en la comunidad educativa. Coordinar la ejecución de las actividades que tengan relación con una buena y sana convivencia escolar.

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� Encargarse y llevar el inventario actualizado del establecimiento, supervisando el

mantenimiento, conservación de mobiliario escolar, equipos, herramientas, instalaciones de laboratorios, talleres y terrenos cuando corresponda.

� Planificar y supervisar el quehacer del personal de aseo y limpieza del establecimiento.

� Velar y supervisar por el cumplimiento de los horarios de trabajo de todo el personal de

establecimiento; como así mismo de los alumnos y alumnas.

� Registrar datos, constancias en formularios oficiales como: Registro diario de asistencia, registro de materiales y textos de estudios, Registro General de la escuela (matrículas, retiros y traslados.)

� Llevar y manejar el archivo general de los alumnos del establecimiento.

� Lograr mantener el buen comportamiento y disciplina del alumnado y personal del

establecimiento.

� Hacer cumplir las normas y procedimientos a seguir frente a sanciones contempladas en el Reglamento de Convivencia escolar.

� Conocer las causales por las cuales se determina aplicar una sanción. Verificar que estas

causales estén registradas en la hoja de vida del alumno.

� Velar que se cumplan los criterios de gravedad de las faltas a los deberes y derechos de los alumnos y alumnas, estipuladas en el Reglamento de Convivencia escolar.

� Coordinar las relaciones con entidades internas y externas al colegio en común acuerdo

con la Dirección del establecimiento.

� Coordinar y participar en los programas de asistencialidad que el colegio tenga como: Salud del Estudiante, PAE.

� Coordinar actividades deportivas, recreativas y reuniones de apoderados.

Artículo N° 45: EL JEFE DE UNIDAD TECNICA PEDAGÓGICA: El jefe de la Unidad Técnica Pedagógica es el encargado de planificar, organizar, coordinar, asesorar y evaluar las funciones técnico - pedagógicas del establecimiento para lograr aprendizajes de calidad.

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SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Fortalecer el trabajo técnico – pedagógico del docente de aula a través de asesoría directa y de apoyo efectivo oportuno y pertinente.

� Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades del Procesos Enseñanza –

Aprendizaje.

� Participar en la elaboración de P.E.I., Reglamento Interno de Convivencia escolar, Reglamento de Evaluación junto al E.G.E.

� Velar por el permanente mejoramiento del proceso educativo y rendimientos académicos

de los alumnos y alumnas.

� Orientar a los docentes hacia la correcta interpretación y aplicación de metodologías innovadoras, recursos, materiales técnicos que aseguren con efectividad el aprendizaje de niños y niñas.

� Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las

actividades de evaluación de los programas de estudio y proceso de orientación.

� Organizar, dirigir los consejos técnicos de cursos paralelos y de subsectores.

� Motivar y contribuir al perfeccionamiento Docente.

� Organizar talleres de intercambio de experiencias pedagógicas.

� Verificar la correcta confección de informes de calificaciones, certificados de estudios, actas de evaluación y promoción escolar e informes de rasgos de personalidad de los alumnos en general.

� Coordinar uso adecuado de los materiales y medios didácticos existentes en el colegio.

� Asesorar a padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso enseñanza –

aprendizaje de sus hijos.

� Coordinar el trabajo de los distintos talleres y grupos de docentes.

� Entregar oportunamente la información técnico – pedagógica requerida por la Dirección y/o autoridades superiores de la Educación.

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Artículo N° 46: EL PROFESOR JEFE. El profesor Jefe de curso es el profesional Titulado de Profesor, que se le designa un grupo de alumnas y alumnos de un Nivel Básico determinado por el Equipo Directivo de Colegio. SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Recolectar y mantener al día los documentos de su grupo curso. (Certificado de Nacimiento, Certificados de Estudios, Ficha Personal de Matrícula, Panorama del Curso).

� Realizar el Panorama del Curso con todos los datos actualizados, además de la estadística

respectiva.

� Informar a los padres y apoderados, alumnas y alumnos sobre las normas establecidas en el Reglamento Interno de Convivencia escolar.

� Realizar una planificación anual de las unidades de orientación a desarrollar en su curso.

� Evaluar periódicamente con el Jefe UTP el proceso de enseñanza – aprendizaje del curso.

� Evaluar periódicamente junto al Inspector General sobre el comportamiento tanto grupal

como individual del curso y los alumnos respectivamente.

� Mantener y Coordinar con los profesores de los Sectores y Subsectores el buen funcionamiento del libro de clases del curso.

� Mantener informado mensualmente a los padres y apoderados sobre el rendimiento, logros,

avances o retrasos y comportamiento de sus pupilos.

� Citar y Atender a los padres y apoderados para tratar problemas de sus hijos o hijas, señalando día, hora y lugar de atención.

� Analizar y cuantificar quincenalmente el registro individual de observaciones de sus

alumnos, para tomar remediales que correspondan en el momento preciso, tanto amonestaciones como felicitaciones.

� Motivar el cumplimiento de los compromisos económicos contraídos con la escuela y el

curso (fotocopiadora, multicopiadora, pintado de sala etc.)

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� Organizar y motivar la participación de sus alumnos en actividades que representen al colegio, actos cívicos, desfiles, actividades deportivas, (actos artísticos, etc.). Manteniendo las normas de respeto y buen comportamiento.

� Revisar libreta de comunicaciones, a fin de controlar citaciones, justificaciones de

inasistencias y atrasos.

� Confeccionar los informes de calificaciones semestrales con todos los datos requeridos. Artículo N° 47: EL DOCENTE DEL SUBSECTOR O AULA. El Docente de aula es el profesional calificado, titulado o habilitado para impartir conocimientos y guiar al niño o niña en sus procesos de aprendizajes, de acuerdo a la Misión de la escuela y a los planes y programas del Mineduc, a los C.M.O. y O.F.T. SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma oportuna la información solicitada por la Dirección y U.T.P del colegio.

� Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades programadas y su

desempeño docente.

� Internalizar valores, hábitos y actitudes en los alumnos, de tal manera que fomenten la autodisciplina y la sana convivencia escolar.

� Cumplir el horario de clases, las actividades de colaboración o completación y turnos que

sean asignados.

� Asistir a los actos educativos, culturales y cívicos en que la escuela participe.

� Comunicarse permanentemente con padres y apoderados, informarles sobre el desarrollo integral de su hijo, comprometiéndolo con la misión de la escuela.

� Asistir y participar en los consejos administrativos, Técnicos Pedagógicos y Talleres que se

realicen en el establecimiento.

� Cuidar de los bienes de la escuela.

� Cumplir puntualmente con los horarios establecidos.

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� El docente tiene derecho a respetar y ser respetado por sus pares, padres y apoderados, alumnas y alumnos y cualquier funcionario del colegio. Al amparo de la diversidad y la tolerancia.

Artículo N°48: EL ASISTENTE DE EDUCACION. El Asistente de Educación es la persona egresada de Enseñanza media o Titulada de Educación Técnico profesional que cumple labores de colaboración e inspección y administrativas en colegio. SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Vigilancia de comportamiento y conducta de los alumnos y alumnas en patios, pasillos durante recreos y jornada de escolar.

� Preocuparse de atender las justificaciones, atrasos, inasistencias, salidas e ingresos de los

alumnos y alumnas en el colegio.

� Velar por la presentación personal de los alumnos y alumnas de acuerdo al reglamento interno de convivencia escolar.

� Atender a los alumnos en casos de accidentes.

� Acompañar a los alumnos accidentados al hospital o policlínico en caso que sea necesario

y de urgencia.

� Multiplicar material didáctico de apoyo a los sub sectores. Artículo Nº49: LOS AUXILIARES DE SERVICIOS MENORES. Los auxiliares de servicios menores son personas que tienen su enseñanza básica completa y/o educación media incompleta o terminada y cumplen labores de apoyo importante en la escuela. Se les conoce con el nombre de “maestros”.

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SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

� Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.

� Repartir, retirar y llevar correspondencia cuando le sea encomendada.

� Cuidar y responsabilizarse del uso conservación de herramientas y maquinarias que se le hubiesen asignados.

� Cumplir puntualmente los horarios establecidos tanto de entrada y salidas de sus labores y

según turnos que le corresponda.

� Cuidar y mantener los bienes de toda la escuela y en los sectores asignados.

� Realizar y mantener el aseo del entorno al establecimiento, veredas adyacentes, barriendo y recogiendo las basuras, a lo menos, dos veces en la semana.

� Llevar citaciones de apoderados a los domicilios correspondientes, cuando sean citados

por el colegio en casos de urgencia.

� Acompañar o ir a dejar niños a sus domicilios cuando sea necesario.

� Los auxiliares de servicios menores merecen el derecho a ser respetados y respetar a todos sus pares, funcionarios, padres y apoderados, alumnos y alumnas.

Artículo N°50: EL ALUMNO O ALUMNA. Artículo N°51: EL CENTRO DE PADRES.

Dar fiel cumplimiento los derechos, deberes y normas establecidas en este reglamento y aceptar las sanciones dispuestas sobre el incumplimiento o faltas a los deberes.

Apoyará de manera permanente y constante el trabajo educativo, tanto en el aula como en general del establecimiento. Para ello existirá el Sub centro del curso y el Centro General de padres y apoderados del colegio respectivamente.

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Artículo N°52: LOS PADRES Y APODERADOS. El apoderado del Alumno o Alumna es el padre, la madre, el tutor o pariente más cercano, que matricula bajo firma al niño o niña en el colegio, comprometiéndose responsablemente a aceptar y hacer cumplir las normas establecidas en el reglamento interno de disciplina y convivencia de la escuela. SUS PRINCIPALES FUNCIONES SON: DEBERES Y OBLIGACIONES.

� Mantener estrechos vínculos entre el establecimiento y el hogar, a fin de conocer los avances, progresos, logros, necesidades y problemas de su pupilo o pupila durante todo el proceso enseñanza – aprendizaje de éste.

� Preocuparse permanentemente de las reuniones del sub centro de padres y apoderados

del curso, toda vez que sea citado por el profesor jefe del nivel.

� El apoderado titular deberá nombrar por escrito un apoderado suplente, al momento de matricular a su pupilo o pupila, por futuras eventualidades que pudieran ocurrir, quién deberá reemplazar al apoderado titular cuando éste no pueda asistir a reuniones o citaciones que se le hagan.

� Responsabilizarse y Responder por los daños y deterioros que haya ocasionado su pupilo

o pupila en la escuela, tomando conocimiento por escrito o personalmente de lo ocurrido.

� Cumplir los acuerdos y actividades tomadas en reuniones del curso y Centro General de Padres y apoderados.

� Justificar por escrito las inasistencias, atrasos e incumplimiento de sus pupilos o pupilas a

clases o actividades fijadas por la escuela.

� Retirar puntualmente a sus pupilos o pupilas de la jornada de clases. Especialmente a niños y niñas de Pre básica y NB1.

� Todo Apoderado o apoderada tiene el deber de RESPETAR Y SER RESPETADO. Esto

significa que toda persona debe ser tratada con dignidad y haber un trato cordial, deferente, con sus pares y profesores; manteniendo y respetando las diferencias de cualquier tipo.

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� Responsabilizares que su pupilo o pupila porte su libreta de comunicaciones, sus textos

escolares, cuadernos y útiles para sus clases según horario diario.

� Cada apoderado tiene el derecho a ser atendido por el Profesor Jefe de curso o del Sub Sector que lo necesite. Para ello el Apoderado debe consultar día y hora en que los profesores puedan recibirlo, a fin de NO INTERRUMPIR al profesor en las horas de clases.

� Motivar positivamente al crecimiento y formación personal de su pupilo o pupila.

� Animar y estimular a su pupilo o pupila para que cumpla con las normas y exigencias del

colegio.

� Velar por el cumplimiento oportuno en los horarios de ingreso a las jornadas escolares y a las clases. Así mismo del rendimiento escolar, y de presentación personal de acuerdo al reglamento de convivencia escolar.

� Presentar una actitud de respeto hacia el profesorado y funcionarios de la escuela, entre

sus pares y semejantes.

� Cumplir con responsabilidad y puntualmente con los aportes económicos del curso y centro general de padres y apoderados.( Cuotas sub centro, aporte anual CC. General de PP. AA. Aporte material de Multicopias.)

Artículo N° 53: EL ENCARGADO DE BIBLIOTECA: El encargado de Biblioteca es la persona, de preferencia un Docente, que atiende a los alumnos y alumnas que asistan a buscar información y requieran la asistencia de una persona idónea en la investigación o trabajos que ellos tengan que realizar.

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Artículo N° 54: DEL USO DE LA BIBLIOTECA.

- La sala de biblioteca es un lugar de aprendizajes, de lectura, de investigación y consultas, por tanto requiere de silencio, orden, limpieza y un buen comportamiento de las personas que allí concurren.

- Los alumnos deben venir a la biblioteca con la disposición de estudiar, investigar, leer y

realizar bien su trabajo.

- Trabajar en silencio para respetar el trabajo de los demás.

- No comer alimentos dentro de la sala de biblioteca, ni botar basuras, papeles, envoltorios de caramelos o pastillas, envases de papas, galletas etc.

- Cuidar el material (libros, revistas folletos etc.) existente.

- El material solicitado debe ser devuelto a la brevedad por quienes lo solicitaron. Con la finalidad que otras personas puedan acceder a ellos.

- El alumno que quiera llevar libros u otro material de biblioteca a su hogar podrá hacerlo,

siempre y cuando registre sus datos personales en una ficha de identificación para estos efectos. Con el compromiso responsable de devolverlo tan pronto lo desocupe, en buenas condiciones o reponerlo si ha sufrido daños, deterioro o pérdida.

- Los alumnos y las alumnas deben concurrir a la biblioteca con sus respectivos uniformes de la escuela.

TÍTULO IX:

DEL DERECHO DE APELACIÓN. Artículo N° 55: Todo alumno o alumna que haya sido sancionado por alguna medida, que a su entender no la considere justa, tiene derecho de presentar peticiones por escrito al Director(a) del establecimiento, el que deberá proceder en términos respetuosos. La autoridad por su parte, debe pronunciarse acerca de la petición del derecho de apelación del alumno afectado. Artículo N° 56: Para ejercer el derecho de apelación el alumno o alumna deberá presentar sus peticiones en un plazo no mayor a tres días, del momento de haber sido notificado por el Directivo (Inspector General o Directora) del establecimiento sobre las causales de la sanción; y el Director(a) en un plazo no superior a tres días deberá pronunciarse.

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TITULO X: DE LOS CONSEJOS ESCOLARES.

Artículo N° 57: El establecimiento contará con un Consejo Escolar, con carácter consultivo, integrado a lo menos por:

- El Director(a) del establecimiento que lo presidirá.

- El Sostenedor o un representante designado por él.

- Un Docente elegido por los profesores del Establecimiento y

- El presidente del Centro General de Padres y apoderados.

- El director podrá informar y/o consultar al Consejo Escolar por situaciones derivadas de

disciplina y convivencia escolar, entre otras materias. Este Consejo tendrá el carácter de

consultivo y no resolutivo y no intervendrán en materias técnico-pedagógicas o

administrativas del establecimiento.

TÍTULO XI:

DEL CENTRO DE ALUMNOS DEL COLEGIO. Artículo N° 58: La organización denominada “CENTRO DE ALUMNOS DE LA ESCUELA EL CHAÑAR” se regirá por lo establecido en las normativas emanadas del Ministerio de Educación, como así mismo sus propósitos, carácter y sistema de elección de sus integrantes.

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TÍTULO XII.

DE LOS ESTIMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR SU COMPORTAMIENTO. Artículo N° 59: El establecimiento considerará estímulos a dos alumnos o alumnas que tengan una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares por curso. Estos estímulos consistirán en reconocimientos, Diplomas y presentes en cada semestre del año escolar. Artículo N° 60: El procedimiento y responsables de otorgar los diplomas o reconocimiento a los alumnos destacados por su comportamiento y sana convivencia será:

TITULO XIII:

DE LAS ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.

Artículo N° 61: El establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos y de asegurar sus derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo.

- Verificar y constatar el registro individual del alumno o alumna en observaciones positivas relacionadas con el comportamiento y la sana convivencia.

- Integración y participación del alumno en actividades culturales, artísticas, deportivas y educativas donde resalte el buen comportamiento y la sana convivencia.

- Los responsables de determinar y estimular a los alumnos destacados son: - Los Profesores Jefes junto a los docentes de los Subsectores del Curso. - El Subcentro de padres y apoderados del Curso de los alumnos

destacados, que entregará los recursos para la confección de Diplomas y Presentes.

- La Inspectoría General colaborará y ayudará en la determinación y nominación de los alumnos distinguidos.

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Artículo N° 62: Junto a los procedimientos para evaluar y aplicar la gravedad de las faltas y definir las sanciones con carácter formativo, el establecimiento integra las siguientes técnicas para la resolución alternativa de conflictos.

TÍTULO XIV: DE LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO.

Artículo N° 63: El presente reglamento de disciplina y convivencia escolar, debe ser conocido por todas las partes. El establecimiento, al momento de la matrícula entregará una síntesis de él a los padres y apoderados, y su difusión completa a todos los alumnos del establecimiento. Su lectura detallada a los padres y apoderados del establecimiento se realizará en la primera reunión del año escolar.

Privilegiar el diálogo o entrevista personal e individual con el alumno o alumna que tenga o enfrente conflictos o incumplimiento de deberes. Atender a los alumnos con profesores CONCILIADORES. Lograr el entendimiento y solución de conflictos por medio de la palabra y evitar las agresiones físicas y/o insultos descalificativos.

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DESCRIPCION Y GRADUALIDAD DE LAS FALTAS.

DESCRIPCION Leves Graves Muy

Graves Burlarse de sus compañeros con limitaciones físicas y de lenguaje.

X

Escupir a sus pares. X Escupir en los pasillos, salas y muros de la escuela. X Insultar y amenazar a profesores o funcionarios del colegio u otra persona.

X

Agredir física o verbalmente a profesor o profesora, cualquier funcionario del colegio, compañeros (as) y/o apoderados.

X

Orinar a un compañero (a). X Sustraer o quitar cualquier objeto u elemento a otra persona. X Llegar atrasado a clases después del recreo. X Faltar a pruebas fijadas con anticipación y no avisar previamente su ausencia.

X

No traer materiales para sus clases solicitadas con anterioridad. X Maltratar y destruir el mobiliario e inmuebles del colegio. X Maltrato y destrucción de plantas interiores, árboles, arbustos y áreas verdes en colegio y su entorno.

X

Rayar el mobiliario, paredes y muros en el colegio. X No usar correctamente los basureros, papeleros y botar desechos en salas de clases, patios y pasillos del colegio.

X

Adulterar firmas en Justificativos, Pruebas y/o solicitudes. X Fumar en los baños, pasillos o cualquier lugar de la escuela. X Engañar o intentar engañar al profesor (a) en entrega de trabajos o pruebas como propias, siendo de otra persona.

X

Asistir a la jornada habitual de clases sin uniforme. X Ser portador de pediculósis. X Portar elementos u objetos cortantes. X Llegar atrasado (a) en forma reiterada más de dos veces a la semana.

X

Pololear y/o besarse dentro del colegio. X No cumplir con las tareas en forma reiterada. X Interrumpir las clases con expresiones en voz alta fuera de contexto.(disparates, gritos, ruidos etc.)

X

Intento de hostigamiento, manoseos, acoso a alumnos(as) en cualquier espacio del colegio.

X

Ausentismo escolar prolongado sin justificación. X Animar, estimular e incitar a peleas entre alumnos o alumnas. X

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Pararse y salir de su asiento durante la clase sin autorización y promover desorden.

X

Lanzar papeles, avioncitos de papel, pelotillas en cerbatanas creando desorden en la sala.

X

Empujar sin motivo alguno a niños (as) en los pasillos, patios, sala de clases, escaleras etc.

X

Hacer zancadillas o cruzar la pierna al momento que algún niño, niña o adulto transite con objeto de hacerlo caer.

X

Quitar o sacar la silla o asiento al momento de que alguien se vaya a sentar.

X

Lanzar piedras, objetos contundentes o piedrecillas a compañeros (as) u otras personas y bienes personales.

X

Incumplimiento en la entrega oportuna de trabajos dados y fijados con anterioridad.

X

Uso incorrecto e inadecuado del uniforme escolar.(Camisa fuera del pantalón, pantalón a la cadera en los niños, jumper demasiado corto, corbata distinta a la del colegio, zapatillas de color etc.)

X

Desobedecer órdenes o instrucciones dadas por el profesor. X Realizar gestos de indiferencia o despectivos frente al trabajo, llamado de atención o consejo orientador.

X

_________________________ ______________________ Director(a) Inspectoría Nombre, Firma y Timbre. Nombre, Firma y Timbre. _________________________ _______________________ Pdte. Centro de Padres. Reptte. De los Profesores.