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Escuela de Formación en Abogacía Pública Procuración General DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Conferencias sobre Régimen Jurídico de los Contratos de Participación Público Privada y Cooperación Internacional. Presentación del Programa de Diplomatura En todo estás vos Institucional • Jefe de Gobierno: Lic. Horacio Rodríguez Larreta • Vicejefe de Gobierno: Cdor. Diego Santilli • Jefe de Gabinete: Dr. Felipe Miguel • Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Dr. Gabriel M. Astarloa • Procuradora General Adjunta de Asuntos Fiscales y Responsabilidad Estatal: Dra. Alicia Norma Arból • Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público: Dr. Jorge Djivaris

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Escuela de Formaciónen Abogacía Pública

Procuración GeneralDE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Conferencias sobre Régimen Jurídico de los Contratos de Participación Público Privada y Cooperación Internacional. Presentación del Programa de Diplomatura

En todo estás vos

Institucional• Jefe de Gobierno: Lic. Horacio Rodríguez Larreta• Vicejefe de Gobierno: Cdor. Diego Santilli• Jefe de Gabinete: Dr. Felipe Miguel

• Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Dr. Gabriel M. Astarloa• Procuradora General Adjunta de Asuntos Fiscales y Responsabilidad Estatal: Dra. Alicia Norma Arból• Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público: Dr. Jorge Djivaris

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Conferencias sobre Régimen Jurídico de losContratos de Participación Público Privada yCooperación Internacional

La Escuela de Formación en Abogacía Pública de la Procuración General lo/a invita a las conferencias sobre Régimen Jurídico de los Contratos de Participación Público Privada y Cooperación Internacional que se realizarán el próximo 9 de agosto en el salón de actos del Banco de la Nación Argentina, y adelanta algunos de los contenidos sobre los que disertarán los expositores de la jornada.

Al cierre de las conferencias se sorteará entre los presentes el libro Contratos de la Adminis-tración. Teoría y Práctica, donado por uno de sus autores, el Dr. Enrique Alonso Regueira, y otras obras jurídicas referidas a la temática de la jornada, ofrecidas por las editoriales Rap S.A. y Errepar.

Inscripción a las conferencias del 9 de agosto CLIC AQUÍ

ACTIVIDAD NO ARANCELADA. Se entregará certificado de asistencia.

Si usted ya se inscribió por favor no dupliqueel registro de sus datos.

Día: 9 de agosto de 2018Horario: 14:00 a 18:00 hLugar: salón de actos del Banco de la Nación Argentina, Rivadavia 325, CABA

Acreditación: 13:15 a 13:50 hDestinatarios: abogados y profesionales de distintas disciplinas que se dediquen a obras de infraestructura y financiamiento.

Emprendimiento conjunto de la Procuración General de la Ciudad, el Colegio de Abogados de la Ciudad y la Secretaría de Participación Público Privada de la Nación.

Procuración General de la Ciudad

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¡Vamos adelantando ideas de algunas de las conferencias…!

Por Ing. Tomás Darmandrail

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA ESTRUC-TURACIÓN DE PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA

Es Ingeniero Industrial por la Pontificia Universidad Católica Argentina. Tiene una Maestría en Negocios de IAE Business School de la Universidad Austral, como así también un Posgrado en Administración de Proyec-tos de la Pontificia Universidad Católica Argentina.Posee más de 10 años de experiencia en el sector de la energía, y en particular en la evaluación de proyectos de inversión. Anteriormente ocupó los cargos de Jefe de Desarrollo Corporativo y de Jefe de Departamento de Finanzas del Grupo Central Puerto, el mayor utility de Argentina.Actualmente se desempeña como Director Nacional de Coordinación Ejecutiva en la Secretaría de Participa-ción Público Privada del Ministerio de Hacienda de la Nación.

Para el suministro de un bien y/o servicio público donde se requiere de grandes inversiones en infraestructura, la modalidad de Participación Público Privada se presenta como una alter-nativa a la obra pública tradicional a la hora de la estructuración de proyectos.

Los contratos de PPP no son una herramienta nueva, lo que nos permite trabajar consideran-do las distintas experiencias a nivel regional y global, evitando repetir errores pasados y haciendo hincapié en las buenas prácticas con el objetivo de generar proyectos de calidad, tanto en aspectos técnicos como en la estructura legal y financiera.

El desafío es construir un programa con reglas de juego claras y transparentes, que generen mayor confianza, competencia y participación de nuevos jugadores en el mercado local. Esto se logra con un programa simple y flexible desde el marco legal, estructuras financieras homo-géneas y un sólido trabajo en conjunto con los distintos sectores en la administración pública en la definición de los proyectos.

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Por Dr. Ezequiel Cassagne

Contratos de Participación público privada. Pautas a tener en cuenta en la elaboración de los pliegos de los contratos de PPP

Es abogado, egresado de la Universidad de Buenos Aires. En el año 2002 realizó un curso de postgrado en Derecho Administrativo en la Universidad San Pablo CEU de Madrid, España, y en el año 2003/2004 la carre-ra de especialización de derecho administrativo económico en la Pontificia Universidad Católica Argentina. Es director y Secretario del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Es profesor adjunto de la mate-ria Derecho Administrativo de la Pontificia Universidad Católica Argentina, y de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora. Es miembro del Instituto de Derecho Administrativo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires. Es Director de la Revista Iberoamericana de Derecho Administrativo y Regulación Económica. Es miembro del Comité Ejecutivo de la Asociación Iberoamericana de Estudios Regu-latorios. Es socio del estudio jurídico CASSAGNE - Abogados.

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Por Mg. María José Rodríguez

AUTORREGULACIÓN Y RECONFIGURACIÓN DE PRERROGATIVAS EN LOS CONTRATOS DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA (PPP)

Magíster en Derecho Administrativo (Universidad Austral). Especialista en Derecho Tributario (Universidad Austral). Se ha desempeñado como Abogada Asesora de la Dirección Nacional de Dictámenes de la Procura-ción del Tesoro de la Nación (Asuntos Económicos) durante más de 20 años; Directora Nacional de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado (ECAE) de la Procuración del Tesoro de la Nación; Directora de la Direc-ción General de Información Jurídica y Extensión de la Procuración General de la Ciudad; Directora de la Escuela de Formación en Abogacía Pública de la Procuración General de la Ciudad. Directora de la Maestría y Especialización en Derecho Administrativo de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de la Matan-za. Profesora de Derecho Administrativo en diversas Casas de Estudio.

Libros: (vinculados con las contrataciones públicas): Reglamento de contrataciones de la Administración Nacional, comentado y armonizado con el marco legal y la jurisprudencia administrativa de la Procuración del Tesoro de la Nación (2013, julio, editorial Ábaco de Rodolfo Depalma).

El Brasil de los acuerdos económicos internacionales. Perspectivas jurídicas y económicas a la luz de los acuer-dos con el Fondo Monetario Internacional (coautora en obra colectiva). Otras publicaciones sobre temas de derecho administrativo y tributario. Conferencias.

El panorama general del derecho administrativo en un mundo globalizado, intercomunicado, abierto, en el que compiten las economías nacionales entre sí, y también los ordenamientos jurídicos de los países que se toman como patrón comparatista, exhibe como impronta la transferencia de funciones antes prestadas por la Administración a los particulares; se trata de un fenómeno que puede caber en la denominación de “privatización” y “desregulación estatal”. Son los distintos sectores económicos, técnicos y s científicos los que se autorregulan porque son estos poderes materiales los que cuentan con el conocimiento, recursos y medios para normativizar, para prevenir, para administrar el riesgo que generan las actividades que realizan. En este contexto, resulta paradigmática la figura de los contratos de participación público priva-da, que dejan considerable libertad al contratante para planificar esas actividades. Como explica Cristina Vázquez, en su libro El Régimen de Participación Público Privada PPP, en estas figuras contractuales, el análisis de los riesgos y su gestión es clave. El riesgo se asigna a la parte que puede controlarlo y se prevén mecanismos para compartir los riesgos no controlables.

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Al ser los contratos de participación publico privada contratos públicos, la selección del contra-tista debe hacerse mediante procedimientos de licitación o concurso público cuyas adjudica-ciones recaigan en la oferta considerada la más conveniente para el interés público, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta.

En estos procesos deben garantizarse la transparencia, publicidad, difusión, igualdad, concu-rrencia y competencia en los procedimientos de selección y en los actos dictados en conse-cuencia; así como también la iniciativa privada.

El contenido de los pliegos y toda la documentación contractual de este tipo de contratos es muy profuso, y su preparación lleva bastante más tiempo que la de un contrato administrativo clásico.

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Por Mg. Diego Alonso

PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN EN PPP

Abogado. Magíster en Derecho Administrativo (Universidad Austral). Programa Ejecutivo en Gestión de Inver-sión Público Privada (UCA). Programa Ejecutivo "La nueva Ley de Responsabilidad Penal Empresarial" (UCEMA). Secretario de la Comisión de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. Socio a cargo del Departamento de Derecho Administrativo de Bulló Abogados. Autor de artículos y notas de opinión sobre temas de la especialidad.

Por Mg. Federico Morandini

DERECHOS FUNDAMENTALES Y CONTRATOS DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA (PPP)

Abogado. Magister de Derecho Administrativo por la Universidad Austral. Director del Centro Latinoame-ricano de Derechos Humanos. Asesor jurídico del rectorado de la U.N. Cuyo. Miembro del Foro Iberoameri-cano de Derecho Administrativo. Coordinador de la Diplomatura online en Contrataciones Públicas y en Derecho Administrativo Iberoamericano de la plataforma Whetu. Coordinador y coautor del libro Contra-taciones Públicas en el marco de los derechos sociales fundamentales publicado por el INAP de España. Autor de diversos artículos en revistas y libros jurídicos. Integra equipos de investigación relativos a derecho administrativo y derecho ambiental.

La Ley N° 27.328 de Contratos de Participación Público – Privada (PPP), junto con sus decre-tos reglamentarios, constituyen una herramienta jurídica indispensable para el futuro desarro-llo de la infraestructura pública en nuestro país. Esta técnica colaborativa armoniza intereses públicos y privados, permitiendo que bienes públicos se pongan a disposición durante un plazo determinado a favor del empresario, sin que implique trasferir definitivamente al sector privado el bien o el servicio (Mejía).

La viabilidad de los proyectos de participación público - privada en contextos de volatilidad económica y de falta de transparencia pone en peligro el cumplimiento de los objetivos de interés público pretendidos por la ley. Por ello, resulta necesario tener presente cuáles son los rasgos provenientes de la Buena Administración y del Estado social y democrático del Dere-cho a los fines de determinar aquellos derechos sociales fundamentales de las personas que se pretende concretizar y que deben prevalecer.

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Aspectos principales del procedimiento de selección del Contratista PPP en la Ley 27.328 y su reglamentación.

Procedimiento Transparente de Consulta. Finalidad. Comparación con otras modalidades del procedimiento de Diálogo competitivo.

Normativa Anticorrupción. Guía para la Transparencia en la Gestión de los Contratos PPP. Interacción con la Ley Nº 27.401 de Responsabilidad Penal de la Personas Jurídicas.

La experiencia en el primer PPP en la Argentina: el Proyecto Red de Autopistas y Rutas Segu-ras (“RARS”) – Etapa 1.

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En septiembre de 2015 la Asamblea General de Naciones Unidas acordó la Agenda 2030, como un marco de continuidad al trabajo comenzado el año 2000 con la Declaración del Milenio. Este nuevo programa de acción incluye una mirada más holística y cualitativa de los grandes retos que deberá enfrentar la humanidad en los próximos años, entre los que se incluye la eliminación de la pobreza promoviendo la prosperidad sin descuidar el planeta.

Pero no es posible luchar contra la pobreza y promover el crecimiento sostenible sin una infraestructura adecuada de la cual muchos países carecen debido a las limitaciones de recur-sos públicos que imposibilitan o limitan la capacidad de los gobiernos para adoptar acciones conducentes a ampliar o mejorar la infraestructura existente.

Por Dra. Norma Salcedo

EL ROL DE LOS BANCOS MULTILATERALES COMO ACTORES PRINCIPALES EN LA COOPERACION INTERNACIONAL

Abogada. Especializada en Derecho Administrativo, con formación específica en Contrataciones Públicas y Derecho de los Organismos Multilaterales de Crédito y Cooperación Internacional. Especialista de Adquisiciones, Gerenciamiento de Proyectos y Gestión Contractual. Fue Consultora Senior Internacional Externa del Banco de Reconstrucción y Fomento (BIRF), Consultora Senior Internacional Externa del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Asesora Legal Externa del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Fue Asesora Legal de diversos Ministerios y Coordinadora de Programas con finan-ciamiento externo en diferentes Organismos Ejecutores. Estuvo asociada del Estudio David Andrés Halpe-rín, Dictó talleres de capacitación sobre contrataciones con financiamiento externo, en Washington DC y en distintos países de América Latina. Actualmente es Consultora Senior Internacional del Departamento Sectorial de Infraestructura y Medio Ambiente, en Washington DC, para los Programas de la Cartera de la División de Energía en América Latina y el Caribe y como Consultora Externa del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Sede Argentina. Autora de distintas publicaciones de su especialidad. Docente universitaria.

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1.- Las relaciones jurídicas configuran un sistema, el que, básicamente se integra con determi-nados elementos, que se vinculan entre si de una manera específica, respondiendo a una “idea directriz”, que le otorga al sistema su funcionalidad también específica.

2.- Con los elementos principales o más característicos del sistema, siempre conforme con la idea directriz, es posible construir una “maqueta” o “modelo”, en este caso de una relación jurídica de derecho público. A esta “maqueta” suele denominársele “régimen jurídico exorbi-tante”: es simplemente el régimen jurídico de derecho público, que, siempre para el caso, corresponde al contrato administrativo.

3.- La sustantividad del contrato administrativo reside en su conformidad con el modelo de régimen jurídico de derecho público, donde el elemento más determinante es el “acto admi-nistrativo”, el que da nacimiento a relaciones jurídicas que también responden al modelo de derecho público.

Por Dr. Rodolfo Barra

EL CONTRATO DE PPP (Ley Nº 27.328) COMO CON-TRATO ADMINISTRATIVO

Abogado y Doctor en Ciencias Jurídicas. Master en Derecho Administrativo Profundizado. Profesor Titular Ordinario de Derecho Administrativo de la Universidad Católica Argentina. Profesor Titular de Derecho Constitucional y Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de La Matanza. Ex Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Convencional Constituyente Nacional en 1994. Ex Ministro de Justicia de la Nación. Ex Presidente de la Auditoría General de la Nación. Conferencista en el país y en el extranjero. Autor de numerosos libros y artículos de su especialidad.

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Programa de conferencias sobre Régimen Jurídico de los Contratos de Participación Público Privada y Cooperación Internacional

9 de agosto, 14:00 h

PALABRAS DE APERTURA

14.00 a 14.50 h. Dr. Gabriel M. ASTARLOA, Procurador General de la Ciudad; Dr. Pablo CLUSELLAS, Secretario Legal y Técnico de la Nación; Dr. Gustavo LOPETEGUI, Vicejefe de Gabinete de la Nación; Dr. Guillermo M. LIPERA, Presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, e Ing. José Luis MOREA, Secretario de Participación Público Privada del Ministerio de Hacienda de la Nación.

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PANEL 1

14.50 a 15.05 h ¿Hay reservas de derecho administrativo en la Constitución Nacional? Por Alberto BIANCHI

15.05 a 15.20 h

Los contratos de participación público privada (PPP) como contratos administrativos. Por Rodolfo BARRA

15.20 a 15.35 h Resolución de controversias en los contratos de participación público privada (PPP).Por Héctor MAIRAL

PANEL 2

15.35 a 15.50 h Aspectos a tener en cuenta en la estructuración de proyectos de Participación Público Privada. Por Tomás DARMANDRAIL

15.50 a 16.05 hPautas a tener en cuenta en la elaboración de los pliegos de los contratos de participaciónpúblico privada (PPP). Por Ezequiel CASSAGNE

16.05 a 16.20 hCooperación internacional.Por Norma SALCEDO

Informes

www.buenosaires.gob.ar/[email protected]

4323-9200 (int. 7397 / 7513 / 7570)horario de atención 9:00 a 16:00 h.

PANEL 3

16.20 a 16.35 h Procedimiento de licitación en los PPP. Por Diego A. ALONSO

16.35 a 16.50 hDerechos fundamentales y contratos de participación público privada (PPP).Por Federico MORANDINI

16.50 a 17.05 hAutorregulación y reconfiguración de prerrogativas en los contratos de participaciónpúblico privada (PPP).Por María José RODRÍGUEZ