Escuela Bernardo O’Higgins · 2020. 1. 9. · centrales de cada unidad. Artículo 11.-La Escuela...

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Escuela Bernardo O’Higgins Unidad Técnica Pedagógica 2020 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACION Y PROMOCIÓN ESCOLAR DE ALUMNOS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. San Javier, enero 2020.

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  • Escuela Bernardo O’Higgins

    Unidad Técnica Pedagógica

    2020

    REGLAMENTO DE EVALUACIÓN, CALIFICACION Y

    PROMOCIÓN ESCOLAR DE ALUMNOS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA.

    San Javier, enero 2020.

  • ANTECEDENTES

    En cumplimiento a lo estipulado por el Decreto Exento N° 67 de 2018 que derogó el 511 de 8 de mayo de 1997 modificado por Decreto N° 107 de 2003, el Decreto Exento N°112 de 20 de abril de 1999, y el Decreto N° 83 de 6 de marzo de 2001 se dicta el presente Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción, que se aplicará en la escuela Bernardo O’Higgins de San Javier, a partir del año escolar 2020. DISPOSICIONES GENERALES La escuela cree firmemente en la capacidad natural que tiene el ser humano de comprender y asimilar el mundo que lo rodea, y reconoce que su desafío principal es potenciar capacidades en los alumnos o alumnas de modo que todos puedan alcanzar con solidez los propósitos que el Colegio ha definido para ellos en su Proyecto Educativo Institucional. La evaluación forma parte un aspecto intrínseco a la enseñanza, cuya finalidad es apoyar los aprendizajes de los alumnos, cumple un rol fundamental de monitoreo y acompañamiento del aprendizaje de los estudiantes y en la reflexión docente para la toma de decisiones pertinentes y oportunas respecto a la enseñanza. La evaluación, por lo tanto, es el conjunto mayor del que puede emerger la calificación. Ésta es la transformación de los criterios cualitativos en criterios cuantitativos. En este sentido, la escuela Bernardo O’Higgins busca consolidar en nuestra comunidad la retroalimentación en todos los procesos pedagógicos, se procura fomentar prácticas evaluativas que propicien que los estudiantes pongan en acción sus aprendizajes, les encuentren sentido y relevancia, y se motiven por seguir aprendiendo, resguardando que las formas de evaluar y calificar estén alineadas con el Currículum Nacional. Para el logro de los objetivos planteados en relación a la evaluación, el establecimiento se apoya de los siguientes elementos que facilitaran su consecución: Artículo 1.- El presente reglamento de “Evaluación, Calificación y Promoción Escolar” se fundamenta en el decreto 67/2018 y rige para todos los alumnos que cursen la modalidad tradicional de la enseñanza formal en los niveles de educación básica y media, en todas sus formaciones diferenciadas, en el establecimiento Bernardo O’Higgins.

    Artículo 2.- El Consejo de Profesores realizó una revisión de este reglamento en diciembre de 2019 y lo ajustó de acuerdo a las necesidades detectadas y respetando el espíritu del Proyecto Educativo Institucional, para aplicarlo el año 2020.

    Artículo 3.- El Reglamento será comunicado oportunamente a la comunidad educativa al momento de efectuar la postulación al establecimiento o a más tardar, en el momento de la matrícula.

    Artículo 4.- Las modificaciones y/o actualizaciones al Reglamento, serán informadas a la comunidad escolar mediante comunicación escrita o por su publicación en la página web del establecimiento educacional.

    Artículo 5.- El período escolar será semestral con Jornada Escolar Completa.

    DE LA EVALUACIÓN

    Diseño de actividades de calidad alineadas con el aprendizaje.

  • Articulo 6.-

    a) Calidad en las actividades de evaluaciones.

    Las evaluaciones hechas por los profesores del establecimiento Bernardo O’Higgins deben ser de la más alta calidad posible, considerando a los menos dos criterios; deben representar de forma precisa los aprendizajes que se busca evaluar. Por otra parte, las evidencias que se levanten de estas evaluaciones, deben ser suficientes y consistentes para hacer interpretaciones evaluativas más justas y confiables. Alineadas con los aprendizajes fundamentales y relevantes de cada asignatura.

    Para ello:

    Evaluar los aprendizajes de diferente forma.

    Otorgar distintas oportunidades para que el alumno demuestre su aprendizaje.

    No agregar accesorios o distractores al objetivo evaluado.

    Diseñar colaborativamente entre docentes las evaluaciones centrales de cada unidad.

    Otorgar espacios para la revisión de las evaluaciones, Destinado a resguardar el propósito de la evaluación, evaluar lo fundamental de cada asignatura.

    b) Evidencia evaluativa suficiente y variada.

    Se espera que exista múltiples evidencias del aprendizaje, utilizar distintos agentes evaluativos, diferentes formas de evaluar. Levantando información a través de hetero, auto-evaluación y co-evaluación.

    Para ello:

    El docente realiza actividades de evaluación.

    Los alumnos desarrollan actividades evaluativas entre pares.

    Los alumnos realizan actividades de autoevaluación.

    c) Se califica solo lo que se ha tenido la oportunidad de aprender.

    En la Escuela Bernardo O’Higgins establece que solo se debe calificar los aprendizajes y conocimientos, los cuales hayan sido expuestos a los alumnos, con experiencias de aprendizaje que el docente haya presentado, de esta manera se podrán identificar donde están sus aprendizajes e ir adecuando la enseñanza a sus necesidades.

    Para ello se implementaran de las siguientes actividades:

    -Análisis de casos

    -Resolución de problemas o situaciones complejas,

    -Portafolios, bitácoras o cuadernos de campo.

    -Pruebas o controles con distintos tipos de preguntas.

  • -Evaluaciones de desempeño como demostraciones, representaciones teatrales, juegos de roles, simulaciones, Interpretaciones musicales, presentaciones de investigaciones, de productos artísticos o Técnicos, etc.

    d) Motivación, sentido y relevancia del aprendizaje

    El Establecimiento Bernardo O’Higgins implementara actividades de aprendizaje desafiantes, procurando que los alumnos se motiven a seguir aprendiendo. Incorporado actividades variadas, lúdicas, que plantea el aprendizaje como un descubrimiento, Práctica constante del refuerzo positivo, Enfocar el contenido desde la práctica, Utiliza las TIC, Ceder el protagonismo a los estudiantes, utilización de contextos auténticos.

    Para ello:

    Proponer situaciones semejantes a aquellas en las cuales serían utilizados los aprendizajes en la vida real.

    Requerir que los estudiantes emitan juicios e innoven, dado que poder enfrentar la complejidad natural de las situaciones reales necesitará poner en juego habilidades Analíticas, prácticas y creativas, además de actitudes y valores.

    Replicar situaciones clave en que se presentan desafíos en lo personal, cívico o laboral.

    Requerir que el estudiante ponga en práctica los aprendizajes de la asignatura, permitiendo aplicarlo a situaciones personales, sociales o laborales donde ese conocimiento resulta relevante.

    Evalúan la capacidad del estudiante para usar un amplio repertorio de conocimientos, habilidades y actitudes de manera integrada para lidiar con una tarea compleja.

    Proveer oportunidades para practicar, consultar fuentes, utilizar diferentes recursos, recibir retroalimentación y refinar desempeños y productos.

    Artículo 7.- El presente reglamento entiende al proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, pudiendo evaluar a los alumnos de manera formativa o sumativa.

    Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y usa por profesionales de la educación y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Los docentes del establecimiento Bernardo O’Higgins implementaran variadas estrategias de evaluación formativas, tanto diagnóstica, de monitoreo durante o después de las clases, con la finalidad de monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, se usara para tener evidencia, para ser interpretada y para tomar decisiones pedagógicas de parte de los profesionales de la educación. Esta información es esencial para comenzar procesos de enseñanza de todos los alumnos del establecimiento, por lo tanto, fundamental para ajustar lo previamente planificado. Algunas de las estrategias implementadas por los docentes del establecimiento, están descritas en el documento de la Agencia de la Calidad de la Educación “ estrategias de evaluación formativa” y otras detalladas a continuación.

  • Para ello:

    Compartir y reflexionar en todas las clases con los estudiantes sobre los objetivos de aprendizaje y los criterios que permitan describir cómo se ven dichos aprendizajes cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado.

    Hacer preguntas constantemente que fomenten la reflexión y discusión en clases, de manera de poder visibilizar los procesos de pensamiento de los estudiantes, y a partir de esto ir ajustando la enseñanza.

    Realizar instancias de retroalimentación sistemáticas hacia los estudiantes o entre ellos antes de las evaluaciones sumativas.

    Explicar los objetivos de aprendizaje al comienzo de la lección/unidad y/o criterios de logro.

    Utilizar afiches con palabras clave para hablar sobre el aprendizaje: describir, explicar, evaluar, entre otros.

    Utilizar marcos de planificación y escritura de forma criteriosa.

    Brindar oportunidades para que los alumnos diseñen sus propias pruebas.

    Generar espacios durante las clases de auto-y coevaluacion de modo que se desarrolle la capacidad de los estudiantes para evaluar sus propios productos y desempeños.

    La evaluación sumativa, cumple un propósito sumativo cuando entrega información acerca de

    hasta qué punto los estudiantes lograron determinados objetivos de aprendizaje, luego de un

    determinado proceso de enseñanza. Se utiliza para certificar los aprendizajes logrados,

    comunicándose, generalmente, mediante una calificación.

    La evaluación acumulativa como aquella que se encarga de evaluar objetivos de unidades en

    curso. Su finalidad es la mejora de la unidad evaluada, realizando los ajustes necesarios durante

    su desarrollo, a medida que la evaluación va detectando dificultades en el cumplimiento de los

    objetivos de aprendizaje planteados. En este sentido ejerce una función reguladora de los

    procesos educativos, dado que sirve para fundamentar futuras decisiones pedagógicas. Se

    caracteriza además por ser continua. El promedio de tres notas acumulativas, corresponderá a una

    evaluación sumativa; estas podrían ser hasta tres en el semestre. Su implementación podrá ser de

    la siguiente manera: pruebas cortas, trabajos en clases individuales y/o grupales, tareas, guías, y

    módulos. Las que recogen información de avances y sus resultados podrán ser expresados como

    calificaciones parciales con escala de 1.0 a 7.0, con recomendación adecuada para el alumno(a).

    Los resultados deben ser informados a la brevedad y analizados con los afectados, después de su

    aplicación para una pronta retroalimentación, cuando proceda. Deberán ser también informados

    los apoderados, en las reuniones establecidas para dichos efectos, o cuando sea requerido. Las

    notas parciales serán consignadas en una planilla adosada al final de cada asignatura las que

    podrán ser revisadas por la Dirección de la escuela, UTP y el profesor jefe si se requiere informar a

    apoderados cuando estos concurran a entrevistas.

    Artículo 8.- Los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla.

  • Artículo 9.- Los problemas y necesidades pedagógicas principales de los alumnos serán

    presentados por los Profesores, en primer lugar, en el Consejo de Evaluación Diagnóstica y luego

    en los Consejos de Evaluación semestral, con el fin de buscarles solución oportunamente.

    Artículo 10.- Las evaluaciones diseñadas por los docentes, deben resguardar criterios de alta calidad que permitan construir juicios evaluativos precisos, fidedignos y sólidos considerando los siguientes criterios: -Evaluar los aprendizajes de diferentes formas dentro y fuera del aula. -Otorgar distintas oportunidades para que el alumno demuestre su aprendizaje. -Diseñar instrumentos evaluativos que permitan recoger evidencia respecto a los aprendizajes centrales de cada unidad. Artículo 11.- La Escuela Bernardo O’Higgins, concibe la evaluación diagnóstica como una instancia

    pedagógica útil para conocer el estado de situación de uno o más componentes de un programa y

    unidad de estudio con anterioridad a su aplicación. El establecimiento aplicará evaluaciones de

    tipo: Diagnóstica, con el fin de detectar las necesidades de reforzamiento y /o nivelación siendo

    aplicados y registrados al inicio del año lectivo, en términos de Logrado (L) y No Logrado (NL). Al

    mismo tiempo puede ser utilizada por los docentes para determinar qué saben los alumnos sobre

    un tema antes de comenzar la secuencia didáctica, programa o unidad. Para este fin se utilizarán

    diversos procedimientos o técnicas evaluativas: pruebas cortas, trabajos en módulos, guías,

    grupos focales e interrogaciones y sus resultados no necesariamente estarán sujetos a calificación.

    Artículo 12.- La Evaluación Diagnóstica, debe hacerse en base a los Objetivos de Aprendizaje

    señaladas en las Bases Curriculares y que resulten indispensables para que el alumno construya

    un nuevo aprendizaje y no necesariamente los contenidos trabajados el año anterior.

    Artículo 13.- El instrumento evaluativo contendrá la formulación mínima de tres objetivos planteados en términos de conocimientos, capacidades y/o habilidades, siendo necesario presentarla previamente a UTP. Estas pruebas se aplicarán durante los primeros 10 días del inicio del año escolar. Si los resultados de la aplicación de la evaluación diagnóstica superan el 25% de NO LOGRADO, se procederá a reforzar o nivelar los objetivos planificados para dicha evaluación. Al término del reforzamiento, los contenidos y capacidades reforzadas y / o niveladas serán evaluadas con una calificación de tipo parcial. Además, la Evaluación Diagnóstica tendrá una ponderación de 0,5 puntos por objetivo logrado y hasta un máximo de 1,5 puntos que se sumarán a las primeras calificaciones inferiores a 7,0 pudiendo ser usadas por los alumnos en las evaluaciones del Primer Trimestre. Artículo 14.-La evaluación formativa cumple un propósito formativo cuando se utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su desempeño se obtiene, interpreta y se usa por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. El establecimiento aplicará evaluaciones formativas en todas las asignaturas y en todas las clases. Utilizado como mínimo dos técnicas en cada momento de la clase (inicio, desarrollo y cierre). Completando un mínimo de seis técnicas. A continuación se detallan algunas de ellas:

    N° Técnica Inicio desarrollo cierre

    1 KPSI X X

    2 CQA X X

  • 3 lluvia de ideas X

    4 escrito en un minuto X

    5 notas en cadena X X

    6 resumen de una frase X X

    7 registro de una palabra X X

    8 cuadro sinóptico X X

    9 mapa conceptual X X X

    10 mapa mental X X X

    11 organizador grafico X X X

    12 palitos con nombre X X X

    13 pizarritas X X X

    14 luces de aprendizaje X

    15 tarjetas abcd X X X

    16 clarificar criterios de logro X X

    17 escribe, comenta y avanza X X

    18 mi error favorito X X

    19 tikets de salida X

    20 pausa reflexiva X

    21 resumen en una oración X X

    22 como lo estoy haciendo X X

    23 portafolio X X

    24 juego de roles X X X

    Articulo 15.- Roles en relación a la evaluación formativa.

    a) Rol de los docentes en el desarrollo de las estrategias de evaluación formativa: Los

    docentes tiene un rol fundamental en la implementación de las acciones de evaluación formativa, procurando que su implementación sea efectiva y que genere el impacto deseable en los aprendizajes y el desarrollo integral del alumno. Para ello:

    Los docentes implementaran las estrategias de evaluación formativa en todas sus clases, con un mínimo de dos técnicas por momento de la clase.

    Realizaran los ajustes pertinentes a sus planificaciones en relación a los resultados arrojados por las evaluaciones sumativas y formativas.

    Generaran espacios de auto-y coevaluacion entre los alumnos.

    Informaran a la unidad técnica pedagógica sobre los alumnos con retraso pedagógico en los meses de: Abril, junio y septiembre.

    Informaran a la unidad técnica pedagógica sobre alguna dificultad de índole social que afecte el normal desarrollo pedagógico de los alumnos.

    Confeccionaran junto a la unidad técnica pedagógica el plan de apoyo requerido para los alumnos con dificultades pedagógicas, sociales, salud y de cualquier índole.

    b) Rol de los directivos en el desarrollo de las estrategias de evaluación formativa: el rol de

    los directivos en la implementación de las actividades de evaluación formativa consiste en

  • colaborar, monitorear, gestionar y coordinar las acciones para la implementación y

    aplicación de todas las estrategias de evaluación formativa.

    Para ello:

    Gestionando que los docentes reciban oportunidades de desarrollo profesional en

    el área.

    Promover la evaluación formativa entre padres y apoderados.

    Orientar a los profesores para hacer uso flexible de las planificaciones para

    Reorientar su enzeñansa a partir de la implementación de la evaluación formativa.

    Gestionar recursos.

    Dar a conocer a los estudiantes de los beneficios de la evaluación formativa.

    Elegir y crear junto a los docentes herramientas y estrategias que ayuden a

    informar la practica pedagógica, retroalimentar a los estudiantes y mejorar los

    aprendizajes.

    Monitorear que los procesos se lleven a cabo

    c) Rol de los estudiantes en el desarrollo de las estrategias de evaluación formativa. El rol de los alumnos en la evaluación formativa es de mucha relevancia, ya que los alumnos y sus aprendizaje son el foco principal de todas las estrategias que se implementan en la sala de clases, es por esta razón, que es muy importante que los alumnos encuentren sentido y relevancia y se motiven a seguir aprendiendo. Para ello los alumnos:

    Serán participes activos de su propio aprendizaje, poniendo el máximo de esfuerzo para el desarrollo de todas sus capacidades.

    Participaran de todas las actividades pedagógicas propuestas por los docentes.

    Participaran de autoevaluaciones, que tienen como objetivo obtener la perspectiva de los estudiantes sobre su propio aprendizaje. Reflexionaran sobre los avances hacia una meta, en los procesos que han utilizado, nuevas metas o en preguntas persistentes o reiterativas.

    Realizaran Reuniones dirigidas por los estudiantes: Cuando las conversaciones entre estudiante /apoderado; estudiante/docente; o estudiante/apoderado/docente son dirigidas por los estudiantes, le permiten destacar las áreas significativas de crecimiento y establecer metas para el futuro.

    Artículo 16.- Las calificaciones obtenidas por los alumnos se pueden reemplazar o agregar si se identificara la necesidad de recoger nueva evidencia del aprendizaje de un estudiante, grupo o curso, siempre con un sustento pedagógico acordado con el Jefe Técnico Pedagógico e informado con anticipación a los estudiantes. Artículo 17- No se podrá aplicar una evaluación (prueba escrita, guía de aprendizaje con nota al

    libro, rúbricas, entre otras) sin haber sido visada por UTP, además los alumnos deben revisar

    dicha prueba con el Profesor de la Asignatura y conocer su calificación, al menos dos clases

    posterior a su aplicación. Ante cualquier duda o reclamo con respecto a errores de contenido,

    ítems, puntajes o corrección se debe seguir el Conducto Regular (Profesor de Asignatura, Profesor

    Jefe, Unidad Técnica Pedagógica) en un plazo no superior a 2 días hábiles de entregada la prueba.

  • Artículo 18.- Podrá aplicarse una Evaluación sumativa al día, en el área Científico-Humanista C/1,

    no obstante, podrán realizarse también el mismo día evaluaciones acumulativas o de proceso en

    el Área Técnico Artístico, siempre que las del área técnica artística no sea escrita o teórica.

    Las evaluaciones formativas podrán ser aplicadas en todos los momentos de las clases.

    Artículo 19.- Si el 40% del grupo curso obtienen calificaciones inferiores a 4.0, el profesor, junto al

    Jefe de la UTP, estudiarán las causas de esta situación. Informarán al Director de tal

    acontecimiento y en conjunto determinarán las acciones a seguir, tales como revisar el

    instrumento aplicado, diseñar y aplicar un nuevo instrumento o realizar un trabajo adicional que

    será promediado con la nota obtenida. En caso de que se brinden todas las posibilidades y los

    alumnos(as) se resistan a realizar una adecuada evaluación de manera antojadiza, se registrará la

    nota correspondiente.

    De la Comunicación y participación

    Artículo 20.- Las fechas de las evaluaciones y sus resultados, serán avisadas a los padres y

    apoderados de forma sistemática y con anticipación mediante una comunicación escrita. Es

    responsabilidad del profesor jefe y de asignatura que esta información sea transmitida a todos los

    apoderados.

    Para ello:

    Se harán entrega del calendario de evaluaciones al inicio de cada unidad en la

    reunión mensual de apoderados.

    Se publicaran las fechas de las evaluaciones sumativas el diario mural de cada sala.

    Se publicaran las fechas de las evaluaciones en la plataforma virtual “mi aula” y/o

    serán informadas por escrito en la libreta de comunicaciones del establecimiento.

    Se hará entrega de un informe de notas en la reunión mensual de apoderados.

    Se hará entrega de los resultados de las evaluaciones sumativas dentro de los 5 días

    hábiles posterior a la fecha de evaluación.

    Se ratificara la información sobre fechas de evaluaciones sumativas con 7 días de

    anticipación.

    Artículo 21.- El establecimiento Bernardo O’Higgins informara mediante una comunicación escrita

    sobre las formas y criterios que serán utilizados en las evaluaciones de cada asignatura. Es

    responsabilidad del docente que esta información sea transmitida a todos los alumnos de su clase.

    Para ello:

    Se harán entrega de la información de los objetivos evaluados, procedimientos, modelos

    utilizados, metas, rubricas, desempeño esperado, etc. A través de una comunicación

    escrita con una semana de anticipación.

    Se entregaran los modelos, formatos y/o ensayos de los trabajos con el fin de clarificar los

    criterios solicitados.

  • En el caso de los trabajos de investigación, presentaciones orales, maquetas, mapas

    conceptual y toda tarea procedimental, realizada en la clase o en el hogar. El docente

    hará entrega de la respectiva rubrica de evaluación que utilizara para evaluar su

    desempeño con dos semanas de anticipación.

    Artículo 22.- Respecto a la retroalimentación de los aprendizajes a partir de las evidencias

    sumativas recogidas por cada docente, deberá brindar un espacio para retroalimentar a sus

    estudiantes respecto a los resultados más descendidos, se dispondrá de un máximo de 7 días para

    que el docente retroalimente a sus estudiantes. Dado la relevancia de este proceso, es que

    nuestro establecimiento incorporara las siguientes prácticas de retroalimentación.

    Las evaluaciones escritas serán revisadas e informadas dentro de los 7 días.

    Se realizara la retroalimentación de las evaluaciones sumativas el mismo día de la

    evaluación o en la clase siguiente a la evaluación.

    En el caso de la evaluación formativa, la evaluación debe ser en el mismo instante de

    recogida la información.

    De la tareas.

    Se enviaran tareas a la casa siempre que estas no perjudiquen el bienestar familiar de los

    niños. Para ello, los docentes de cada una de las asignaturas se organizaran con un

    calendario de trabajos y tareas por unidad.

    Cada tarea o trabajo que sea realizado fuera del horario pedagógico, debe ser recibido

    por el docente en la fecha estipulada.

    Las tareas o trabajos al hogar sean o no evaluadas sumativamente, deben pasar por un

    proceso de retroalimentación durante la misma clase o a más tardar en la clase siguiente.

    Las actividades de retroalimentación deben estar escritas en las actividades del

    leccionario.

    Se entregaran los modelos, formatos y/o ensayos de los trabajos con el fin de clarificar los

    criterios solicitados.

    Para toda tarea procedimental enviada al hogar, se hará entrega de la respectiva rubrica o

    instrumento de evaluación que utilizara para evaluar su desempeño.

    Artículo 23.- Las instancias destinadas al diseño y reflexión sobre la evaluación a realizar por los docentes del establecimiento serán en las horas que establece la ley para este fin.

    Horas de reflexión pedagógicas.

    Horas de trabajo colaborativo Disposiciones y lineamientos para una evaluación diversificada Artículo 24. El establecimiento Bernardo O’Higgins considera que los procesos de aprendizaje y evaluación pueden ser diferentes, pero siempre fundamentando que dichos objetivos refieren a

  • metas comunes para todos. En este sentido, se promueve la utilización de diversas formas de evaluar, que consideren las distintas características, ritmos y formas de aprender, necesidades e intereses de los estudiantes, evitando posibles sesgos y problemas de accesibilidad para los estudiantes. En relación a ello, el establecimiento realiza diversificación en la enseñanza y evaluación en todas sus asignaturas y talleres, es decir, abordar lo que necesitan todos los estudiantes, considerando su multiplicidad de intereses, niveles de aprendizaje, formas de aprender y características –culturales, sociales, emocionales, entre otras. En este sentido, la evaluación debe proveer información que permite visibilizar la diversidad y adecuar los procesos de enseñanza-aprendizaje a los distintos estudiantes, ayudando a identificar y proveer apoyos de forma temprana. Para ello:

    Hacer evaluaciones diferentes entre los estudiantes en un mismo momento.

    Que los alumnos elijan diferentes temas a abordar o que los presenten en diferentes formas. (Oral, escrita, multimedia, etc.).

    considerar aquellos casos en que se estime mejor ajustar o adecuar alguna evaluación a ciertas necesidades específicas.

    Los objetivos de aprendizaje y los criterios de logro se mantengan para todos a pesar de cambios en el formato o en el tema específico que se aborde.

    Artículo 25.- Desde la perspectiva de los principios que guían la toma de decisiones de adecuación curricular, la evaluación, calificación y promoción de los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales se determinará en función de lo establecido en el plan de adecuación curricular individual (PACI). DE ACUERDO A LA ASISTENCIA E INASISTENCIA A EVALUACIONES Artículo 26.-La asistencia de los estudiantes a todo procedimiento de evaluación fijado

    previamente es obligatoria.

    Artículo 27.- La inasistencia del alumno a una evaluación fijada con anticipación deberá ser justificada personalmente o vía telefónica por su apoderado el día de su incorporación a clases. Comunicando a inspectoría y presentando certificado médico si así correspondiera o presentando por escrito el motivo de la inasistencia. La unidad técnica pedagógica establecerá un horario y día semanal para que los alumnos rindan la evaluación, el docente debe ser el responsable de hacer llegar la información a la unidad técnica pedagógica.

    Artículo 28.- Si un estudiante falta a una evaluación sin justificación el docente aplicará la evaluación a la clase siguiente será evaluado en una próxima oportunidad, siendo facultad del profesor decidir si utiliza el mismo u otro instrumento evaluativo. Si nuevamente el estudiante no se presenta a la evaluación será evaluado con nota 1.0. Artículo 29.- Ante situaciones de fuerza mayor e imprevistas, tales como enfermedades severas y prolongadas, embarazos adolescentes, u otras, y cuya situación sea calificada como caso especial por una comisión compuesta por el equipo directivo y Profesor Jefe, el Colegio administrará la situación pedagógica con consulta a los Profesores de Asignatura, según la propuesta de atención diferenciada que realice la misma comisión nombrada. Considerando las recomendaciones señaladas expresamente por médico o especialista que atiende al alumno. Esta propuesta de

  • atención diferenciada en estos casos debe cautelar el tener información, a través de instancias de evaluación, que dé cuenta de los aprendizajes esperados y estándares de logro mínimo que debe lograr el alumno en el curso o nivel al que asiste. Estos aprendizajes mínimos a lograr en cada asignatura de aprendizaje deben ser informados por escrito al alumno y al apoderado al momento de emitir la resolución la comisión indicada en el inciso anterior. En estos casos excepcionales, la exigencia mínima de calificaciones parciales será de a lo menos cuatro calificaciones parciales por semestre en cada asignatura. Sólo en forma excepcional y de acuerdo a la decisión de esta comisión, podrá darse por terminado anticipadamente el año escolar. Artículo 30.- Los trabajos entregados fuera de plazo, serán evaluados con una escala de exigencia de 70%. El Profesor responsable de la asignatura otorgará un nuevo plazo para la presentación del trabajo, que no puede ser mayor a 48 horas. De no producirse la entrega, el alumno será calificado con nota mínima. DE ACUERDO A SITUACIONES DISCIPLINARIAS Artículo 31.- El alumno que sea sorprendido copiando, entregando el trabajo de otra persona o

    que adultere maliciosamente la evaluación, cometerá una falta grave, será evaluado en una

    próxima oportunidad, siendo facultad del profesor decidir si utiliza el mismo u otro instrumento

    evaluativo. Por su parte, el Profesor, debe conservar la evidencia y entregarla en Inspectoría para

    respaldar la sanción disciplinaria que se aplique allí. Además se consignara la falta en la hoja de

    vida del alumno.

    Artículo 32.- Al alumno que se le sorprenda conversando o alterando el normal desarrollo de una

    evaluación se le retirará la prueba, se le enviará a Inspectoría y se revisará hasta donde la haya

    contestado.

    En ningún caso, los alumnos pueden negarse a rendir una evaluación o a entregar un trabajo, si

    existe controversia el Profesor derivará el caso a Unidad Técnica.

    Artículo 33.- El alumno que estando en el Colegio, no asiste a la aplicación de un procedimiento o instrumento de evaluación o que estando en la sala se niega a responder o deja la prueba en blanco, se asumirá que no evidencia aprendizaje por lo que será enviado a inspectoría para que se apliquen las medidas disciplinarias correspondiente, luego se debe buscar una nueva instancia en la cual en alumno pueda rendir la evaluación, en ningún caso el alumno debe ser evaluado con nota 1.0. Artículo 34.- Los casos de manifestaciones colectivas en contra de la aplicación de un procedimiento o instrumento de evaluación, por ejemplo la negativa de un curso completo o de un grupo de alumnos a la aplicación de una prueba, serán entendidos como conductas personales graves por parte de los estudiantes involucrados y cada uno de ellos, asumirá su propia responsabilidad individual. DE ACUERDO A EMBARAZO Artículo 35.- Las medidas académicas otorgadas por el establecimiento Bernardo O’Higgins en

    relación a las alumnas en situación de embarazo y maternidad serán las siguientes.

  • a) Orientación educacional: Se le otorgara un tutor docente que organice el programa de

    apoyo, oriente y coordine las acciones educativas y vocacionales de los alumnos que son

    partes de esta situación. Además, que coordine las actividades extra- programática de las

    cuales la alumna podrá o no ser participe.

    b) Supervisión pedagógica: El jefe de la unidad técnica pedagógica será el encargado de

    supervisar las acciones que se deben realizar para el apoyo pedagógico de los alumnos que

    están en situación de embarazo. Él será el responsable de velar para que a las alumnas se les

    realicen adaptaciones curriculares en todas las asignaturas si lo requieren, velar para que se

    cumplan efectivamente los aprendizajes y los contenidos mínimos obligatorios, además de,

    asegurar una educación adecuada, oportuna e inclusiva.

    c) Planificación curricular: Los docentes que realizan clases a los alumnos que se encuentran en

    situación de embarazo, deben apoyar a los alumnos para que el proceso el cual cruzan, no

    sea un impedimento para continuar con sus estudios. Realizar adaptaciones al currículo, dar

    prioridad a los aprendizajes trascendentales y monitorear constantemente el proceso de los

    alumnos en su asignatura, informar constantemente el desempeño al tutor del alumno y/o a

    la jefa de unidad técnica pedagógica.

    d) Para las alumnas embarazadas se dispondrá de un calendario flexible con adaptaciones

    curriculares, donde se priorizan los objetivos que les permitan continuar con sus estudios. La

    alumna en situación de embarazo podrá ser promovida al curso superior con porcentaje

    menos al 85% de asistencia. Siempre que la causal de la inasistencia sean actividades

    relacionadas con el embarazo, pos parto, control niño sano, etc. Dichas actividades deben

    ser debidamente justificadas con certificado médico y/o carnet de atención médica, hasta

    que el hijo haya cumplido un año.

    e) El colegio dispondrá del apoyo necesario, si la alumna lo requiere y es solicitado y aceptado

    por el apoderado, en relación a la estabilidad emocional, ya sea con psicólogo y/o asistente

    social. Además, de otorgar las facilidades para atenderse con profesionales de fuera del

    establecimiento.

    f) Los directivos junto los profesionales y docente a cargo, velaran para que la alumna no sea

    expuesta a situaciones de riesgos y vulnerabilidad, que participe de actividades que atente su

    integridad física como emocional, así también, poner en riesgo al que está por nacer.

    g) Se dará apoyo e instrucción de parte del equipo sicosocial en relación a la etapa la cual está

    viviendo.

    DE ACUERDO A LA EXIMICION Y EVALUACIONES RECUPERATIVAS Artículo 36.- El establecimiento Bernardo O’Higgins de acuerdo con la normativa vigente no podrá eximir a ningún alumno de ninguna asignatura del plan de estudio, no obstante se determinaran acciones a seguir en el caso de los alumnos que por dificultades no pueden participar de algunas de las actividades evaluativas. Para ello:

    Si un alumno, se ve imposibilitado para rendir la totalidad de las evaluaciones pendientes, debidamente justificado, podrá ser promediado con menos cantidad de evaluaciones que sus compañeros.(siempre que sean igual o mayor al 70% de las evaluaciones)

    Si un alumno, por razones debidamente justificadas, no presenta algún trabajo que será evaluado sumativamente, el docente tendrá la facultar de utilizar otro instrumento de

  • evaluación, el cual será consensuado con UTP e informado al alumno con un tiempo estimado de cinco días antes de la fecha indicada.

    La solicitud de eximición de alguna práctica de la asignatura de educación Física y Salud, podrá ser presentada en cualquier momento del año escolar, pues este tipo de permiso se autorizara por el periodo que el especialista tratante lo solicite.

    Los alumnos que no poseen alguna competencia y se les dificulta rendir alguna evaluación, el docente deberá buscar una alternativa para evaluar al alumno. Considerando que se evalúa lo que se enseña y lo que el alumno logró aprender.

    Artículo 37.- Para el establecimiento Bernardo O’Higgins las evaluaciones recuperativas son un

    complemento más de la evaluación formativa, por lo que es muy relevante para esta institución,

    contar con este valioso instrumento a la hora de proporcionar los apoyos necesarios a los alumnos

    de nuestro establecimiento. Entendiéndose por evaluación recuperativa, aquel instrumento

    aplicado posterior al proceso de retroalimentación, predominando siempre la calificación más alta.

    Para llevar a cabo este proceso se deben considerara los siguientes aspectos:

    Serán aplicadas las evaluaciones recuperativas a los alumnos que obtuvieron el nivel

    adecuado o elemental en sus calificaciones. (con nota inferior al 4.0).

    Serán aplicadas las evaluaciones recuperativas, siempre que el alumno haya participado

    del proceso de apoyo y retroalimentación.

    Serán aplicadas las evaluaciones recuperativas siempre que el apoderado y alumno

    acepten y participen del proceso de apoyo y retroalimentación.

    Se aplicaran evaluaciones recuperativas, dentro de la misma semana terminado el proceso

    de apoyo y nivelación.

    estas evaluaciones deben tener las mismas condiciones que el resto de las evaluaciones (misma escala de notas y mismo nivel de exigencia).

    Las aplicaciones de las evaluaciones recuperativas serán responsabilidad del docente de asignatura, en el caso de que las evaluaciones recuperativas sean solo para un grupo minoritario de alumnos, podrán ser aplicadas por la unidad técnica pedagógica en la fecha y día establecido para ello.

    Artículo 38.- El establecimiento no considerará evaluación final anual por asignatura o módulo. DE LA CALIFICACION Artículo 39.- Los alumnos serán calificados en todas las Asignaturas del Plan de Estudio utilizando

    la escala numérica de 1.0 a 7.0. La nota mínima de aprobación será 4.0, con un nivel de exigencia

    del 60%.

    Artículo 40.- Los alumnos obtendrán las siguientes calificaciones:

    Acumulativas o Sumativas: son calificaciones de proceso individuales o grupales que se realizan preferentemente en clase y consisten en tareas, desarrollo de guías, laboratorios, interrogaciones orales o escritas basadas en contenidos de la clase anterior, revisión de cuadernos y carpetas u otros trabajos de menor complejidad que darán lugar a una nota de C/1 como resultado de 3 notas acumulativas, estas podrían ser hasta dos en el semestre

  • Parciales de Coeficiente 1: serán las que el alumno obtenga individualmente durante el semestre por las evaluaciones de aprendizajes fundamentales de la Unidad en estudio.

    Semestral: corresponderán al promedio aritmético sin aproximación de las calificaciones asignadas en cada asignatura durante el semestre y se expresarán con dos decimales (6,55).

    Finales: serán el resultado del promedio aritmético de los dos semestres con un decimal y con aproximación (6,55 = 6,6).

    Promedio General: corresponderá al promedio aritmético, con aproximación, de las calificaciones finales de cada asignatura (6,55 = 6,6).

    Artículo 41.-El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT) durante el proceso de aprendizaje serán elementos significativos para el profesor, permitiendo tener un historial de aptitudes y actitudes, facilitando la confección de los informe de desarrollo personal, a la vez permitirá la búsqueda de estrategias remediales junto al apoderado, las que serán registradas en conceptos en la escala: S: Siempre, G: Generalmente, RV: Rara Vez y NO: No Observado. Dicho informe será entregado al apoderado al término de cada semestre. Artículo 42.-La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Religión, no incidirá en su promoción y se calificará con conceptos: Muy Bueno “MB”, Bueno “B”, Suficiente “S” e Insuficiente “I”. Artículo 43.-La calificación obtenida por los alumnos en la asignatura de Orientación, no incidirá en su promoción y se calificará con conceptos: Muy Bueno “MB”, Bueno “B”, Suficiente “S” e Insuficiente “I”. Artículo 44.-Los alumnos serán evaluados en todas las asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de estudio, en forma semestral y la cantidad de evaluaciones se basará en argumentos pedagógicos, considerando la planificación, unidades didácticas y relevancia de los objetivos, para desde allí decidir que desempeños serán los que de mejor manera mostrarán el logro de dichos aprendizajes. El consejo de profesores determina las cantidades mínimas de calificaciones que se detallan a continuación:

    Asignaturas Cantidad mínima de calificaciones

    Lenguaje y Comunicación 4

    Matemática 4

    Historia 4

    Ciencias 4

    Arte 2

    Educación Física 4

    Tecnología 2

  • Música 2

    Inglés 2

    Artículo 45.- Las calificaciones para todas las asignaturas o módulos del plan de estudio deberán

    ser registradas en el leccionario con lápiz pasta azul permanente.

    CONSIDERACIONES PREVIAS A LA PROMOCIÓN

    Artículo 46.- Durante el primer semestre del año escolar cada profesor deberá detectar y emitir un informe escrito al jefe de UTP evidenciando aquellos alumnos que hasta la fecha no hayan logrado los aprendizajes esperados para el primer periodo. Una vez identificados los alumnos con dificultades, se debe realizar una reunión con todos los actores involucrados para definir un plan de acompañamiento. Los acuerdos establecidos estarán estipulados en un plan de acompañamiento individual. (PACI) Algunas de las acciones que deberán ser incluidas en este plan son las siguientes. :

    a) Reforzamientos (individuales o grupales). b) Tutor par. c) Diversificar las estrategias de enseñanza- aprendizaje. d) Intensificar el uso formativo de la evaluación. e) Adecuaciones curriculares. f) Entrevistas mensuales con los apoderados, para recabar información, comunicar y orientar

    sobre los avances de aprendizaje u otros aspectos que se consideren pertinentes. g) Derivación algún profesional pertinente dentro del establecimiento (dupla psicosocial,

    fonoaudiólogo, psicólogo) h) Derivación algún profesional de la salud u otras redes externas al establecimiento. i) Realizar reuniones trimestrales con el director, equipo técnico, profesor jefe, psicosocial

    y/o otros equipos que estén involucrados con el proceso de apoyo. Con el fin de realizar un monitoreo constante sobre los procesos incorporados en el PACI.

    j) Sera responsabilidad del jefe de unidad técnica llevar a cabo estas reuniones y monitorear

    los procesos y acciones estipuladas en el PACI.

    Estas medidas deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado. Si no existiese autorización el apoderado firmara un informe que evidencie su negativa a aceptar las medidas de apoyo brindadas por el establecimiento. Entendiendo que con esta decisión se aumentan significativamente la probabilidad de repitencia del estudiante. Toda evidencia recogida respecto a los procedimientos, estrategias de apoyo para el alumno descendido deberá registrarlas el profesor jefe en una bitácora individual (carpeta-cuaderno-archivador). DE LA PROMOCION Artículo 47.- En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del plan de estudio y la asistencia a clases. 1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

  • a) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio. b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5,

    incluyendo la asignatura no aprobada. c) Habiendo reprobado dos asignaturas o bien una asignatura, su promedio final anual

    sea como mínimo un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.

    2) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.

    Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes. Los alumnos que cumplan con todos estos requisitos, serán promovidos automáticamente. Quienes no cumplan con estos requisitos, quedarán en situación de RIESGO DE REPITENCIA.

    Artículo 48.- El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico, consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida, a partir de un proceso de análisis orientado a tomar una decisión deliberada y fundada respecto a la promoción o repitencia de cada estudiante, a partir de la información académica y socioemocional.

    Considerando a lo menos los siguientes criterios: a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año. b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su

    grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

    c) Consideraciones de orden socioemocional que permita comprender la situación del alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

    Artículo 49.- Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando estos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

    Artículo 50.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo directivo, deberán analizar la situación de aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

    Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado por cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

    a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

  • b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y;

    c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.

    d) El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del alumno.

    La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar resuelta antes del término de cada año escolar.

    Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.

    Artículo 51.- El establecimiento educacional deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los alumnos que, según lo dispuesto en el artículo anterior, haya o no sido promovidos. El profesor jefe es el responsable de comunicar tales medidas las que deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado. A su vez deberá comunicarlas a los profesores de asignatura. Se entenderá como medidas de acompañamientos a las acciones incorporadas en el PACI de cada alumno y a una amplia gama de acciones diseñadas y/o definidas por los equipos docentes y técnicos pedagógicos, en conjunto con estudiantes, apoderados y otros profesionales o asistentes de la educación. Por ejemplo:

    a) Tutorías realizadas entre pares. b) Apoyo individual o colectivo. c) Diversificación de actividades de aprendizaje y/o evaluación. d) Derivación a apoyo psicosocial externo o interno. e) Planificaciones ajustadas a sus necesidades. f) Trabajo focalizado en su curso. g) Adecuaciones curriculares. h) Potenciar la evaluación formativa en los diferentes momentos de la clase. i) Organizar grupos de estudio. j) Programas de apoyo de jornada extendida. k) Realización de talleres. l) Clases de reforzamiento. m) Derivaciones a profesionales de la salud u otros servicios asistenciales.

    Artículo 52.- El rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la renovación de su matrícula y tendrá derecho a repetir curso en un mismo establecimiento a lo menos en una oportunidad, sin que por esta causal le sea cancelada o no renovada la matrícula. SOBRE EL CIERRE DE AÑO ANTICIPADO Se consideraran justificadas para este proceso las siguientes razones, posterior emisión de una resolución de Dirección, los siguientes casos:

  • Diagnóstico de una enfermedad física o emocional: Artículo 53.- Esta debe ser certificada por un médico especialista de la enfermedad que padece el estudiante, avalado por la documentación correspondiente (diagnostico, exámenes de rigor y tratamiento en original). El certificado debe tener correspondencia con la fecha de solicitud de cierre. Artículo 54.- Los certificados deben corresponder a la fecha en que se solicita el cierre del año escolar, a la patología y al periodo en que el estudiante dejó de asistir a clases. Rendición de evaluaciones programadas, sin asistir a clases regulares: Artículo 55.- Esta solicitud debe ser certificada por un médico especialista de la enfermedad que padece el estudiante, avalado por la documentación correspondiente (diagnostico, exámenes de rigor y tratamiento). Artículo 56.- El certificado debe estar vigente y debe corresponder al periodo en que el estudiante dejó de asistir a clases. Artículo 57.- El equipo directivo junto al profesor jefe y/o de asignatura deberá programar las evaluaciones y todos los procesos que esta excepción involucre. Artículo 58.- Los estudiantes que estén en cualquiera de las condiciones explicitadas, no deben asistir a clases regulares, ni a otro tipo de actividades curriculares y extracurriculares, posterior a la naturaleza de su excepción.

    NORMAS FINALES

    Artículo 59.- La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar, debiendo el profesor jefe comunicar por escrito la decisión de promoción o de repitencia a los padres y apoderados, previamente a la entrega del certificado anual de estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento en ninguna circunstancia.

    Artículo 60.- Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso: la nómina completa de los alumnos, matriculados y retirados durante el año, señalando el número de la cédula nacional de identidad o el número del identificador provisorio escolar, las calificaciones finales de las asignaturas o módulos del plan de estudios y el promedio final anual, el porcentaje de asistencia de cada alumno y la situación final correspondiente.

    Las Actas deberán ser generadas por medio del sistema de información del Ministerio de Educación disponible al efecto y firmadas solamente por el director del establecimiento.

    Artículo 61.- En casos excepcionales, en los que no sea factible generar el Acta a través del SIGE, el establecimiento las generará en forma manual, las que deberán ser visadas por el Departamento Provincial de Educación y luego enviadas a la Unidad de Registro Curricular de la región correspondiente. El establecimiento guardará copia de las Actas enviadas.

  • Artículo 62.- Aquellas situaciones de carácter excepcional derivadas del caso fortuito o fuerza mayor, como desastres naturales y otros hechos que impidan al establecimiento dar continuidad a la prestación del servicio, o no pueda dar término adecuado al mismo, pudiendo ocasionar serios perjuicios a los alumnos, el jefe del Departamento Provincial de Educación respectivo dentro de la esfera de su competencia, arbitrará todas las medidas que fueran necesarias con el objetivo de llevar a buen término el año escolar, entre otras: suscripción de actas de evaluación, certificados de estudios o concentraciones de notas, informes educacionales o de personalidad.

    Las medidas que se adopten por parte del jefe del Departamento Provincial de Educación durarán sólo el tiempo necesario para lograr el objetivo perseguido con su aplicación y tendrán la misma validez que si hubieran sido adoptadas o ejecutadas por las personas competentes del respectivo establecimiento.

    Tomo conocimiento del Reglamento de evaluación, calificación y promoción escolar:

    Orilla de Maule, enero 2020