Escolarización 2013-2014

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ESCOLARIZACIÓN 2013-14 LEGISLACIÓN: DECRETO 33/2007 de 30 de marzo, del Consell, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general. DECRETO 42/2013 de 22 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 33/2007, de 30 de marzo, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general. ORDEN 14/2013 de 4 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunitat Valenciana. RESOLUCION de 12 de abril de 2013, del director territorial de Educación, Cultura y Deporte de Valencia, por la que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional en centros públicos y centros privados concertados no universitarios para el curso 2013-2014.

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Folleto informativo sobre el proceso de escolarización para el curso 2013-2014. CASTELLANO.

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ESCOLARIZACIÓN 2013-14

LEGISLACIÓN: DECRETO 33/2007 de 30 de marzo, del Consell, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general. DECRETO 42/2013 de 22 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 33/2007, de 30 de marzo, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general. ORDEN 14/2013 de 4 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunitat Valenciana. RESOLUCION de 12 de abril de 2013, del director territorial de Educación, Cultura y Deporte de Valencia, por la que se establece el calendario y el procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional en centros públicos y centros privados concertados no universitarios para el curso 2013-2014.

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Aldaia, abril de 2013

Querida familia: Me dirijo a vosotros para facilitaros toda la información necesaria para escolarizar a vuestros hijos e hijas de cara al próximo curso 2013-2014. Estos momentos en los que van a iniciar su etapa escolar, son periodos de incertidumbre para los padres, puesto que no siempre se disponen de las herramientas necesarias para realizar los trámites de una manera efectiva. El periodo que van a iniciar vuestros hijos e hijas es primordial para su desarrollo personal y social, puesto que el aprendizaje en la escuela va unido al que reciben del entorno familiar. Por ello, quiero trasmitirte mi preocupación para que vuestros hijos sean escolarizados según vuestros deseos. A partir del momento en el que inician su etapa escolar se ponen las bases para que crezcan a nivel intelectual, social y formativo, configurando de esta forma las personas que serán en el futuro. Por todas estas razones, me pongo en contacto con vosotros para informaros de todo lo que necesitáis para realizar la preinscripción de la escolarización de vuestros hijos, un derecho que tiene todos los niños de Aldaia y por tanto supone una preocupación para el Ayuntamiento de Aldaia. Sin otro particular, recibid un cordial saludo.

Carmen Jávega Martínez Alcaldesa de Aldaia

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Aldaia, abril de 2013 Querida familia:

Vuestros hijos e hijas iniciarán el próximo curso su etapa

escolar. En momentos como este, a todos los padres y madres nos surgen diferentes cuestiones alrededor de la educación que queremos para ellos.

EL Ayuntamiento, dentro de sus políticas de atención a

la familia, cuenta con un servicio de conciliación familiar llamado Escola Matinera.

L’Escola Matinera quiere dar respuesta a la nueva

realidad social y familiar siguiendo la normativa comunitaria europea, que sugiere que se adopten y fomenten iniciativas destinadas a hacer compatibles las obligaciones profesionales, familiares y educativas de los hombres y mujeres, derivadas de tener a su cargo niños y niñas.

Para informaros y daros la oportunidad de plantear

todas las dudas que tengáis respeto del proceso de escolarización os convocamos a una reunión informativa.

Podréis asistir a cualquiera de las siguientes:

Jueves, 2 de mayo a las 9:30 horas en la Casa de la Música. Plaza Constitución, 21.

Jueves, 2 de mayo a las 17:30 horas en la Casa de la Música. Plaza constitución, 21

Viernes, 3 de mayo a las 9:30 horas en el Centro Mirall Jove. Calle Maestro serrano, 43

Recibid un cordial saludo.

Patricia García Guasp Presidenta del Consejo Escolar Municipal

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Calendario del procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria para el curso 2013/2014

(primera escolarización y traslados) Resolución de 12 de abril de 2013

Del 9 al 16 de mayo: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

en el Centro demandado en 1ª opción 26 de junio: Publicación de listas provisionales

Del 26 al 28 de junio: Presentación de reclamaciones al

Consejo Escolar del Centro

2 de julio: Contestación de reclamaciones

3 de julio: Publicación de las listas definitivas

3 y 4 de julio: Reclamaciones ante la Comisión de

Escolarización, para los centros públicos/ Denuncia ante

la Dirección Territorial en el caso de centros concertados.

Hasta el 8 de julio: Resolución de reclamaciones Del 8 al 12 de julio: Matriculación del alumnado de las listas

definitivas.

15 y 16 de julio: Matriculación del alumnado en lista de

espera por renuncia o excedentes.

MUY IMPORTANTE

Se recuerda que solo se debe presentar UNA SOLICITUD, aunque se pidieran centros de distintas poblaciones. Caso de incurrir en duplicidad, la solicitud se resolvería al final del proceso, optando después solo a las plazas que quedaran libres.

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DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ACOMPAÑAR AL IMPRESO DE SOLICITUD DE PLAZA. CURSO 2013-014 De acuerdo con lo especificado en el Decreto 33/2007, modificado por el Decreto 42/2013 de 22 de marzo y en la Orden 14/2013 de 14 abril de 2013. PRESENTAR EN TODOS LOS CASOS Acreditación del criterio domicilio

1. El domicilio familiar se acreditará mediante la presentación del DNI del padre/madre o tutor y de un recibo reciente de agua, luz o teléfono o contrato de alquiler. Si existiera discrepancia entre los domicilios que figuren en ambos documentos se podrá requerir un certificado de residencia librado por el Ayuntamiento.

2. El lugar de trabajo de uno cualquiera de los padres o del tutor podrá ser considerado, con los mismos efectos de baremación que el domicilio familiar.

Para la justificación de esta circunstancia, se aportará documento que acredite suficientemente la relación laboral y domicilio del centro de trabajo. En el supuesto de trabajadores por cuenta propia, se acreditará el alta en el censo de Actividades Económicas y, en su caso, el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Libro de familia

Con el fin de acreditar la edad del solicitante, se mostrará el libro de familia o se adjuntará fotocopia donde figure el mismo, o bien certificado de nacimiento

SOLO CUANDO PROCEDA Acreditación del criterio hermanos en el centro

Solo se computará la existencia de hermanos matriculados en el centro si estos están cursando enseñanzas en él y van a continuar asistiendo al mismo, en el curso escolar para el que se solicita la admisión. Los órganos competentes de los centros verificarán estos extremos.

Si los apellidos no fuesen coincidentes se acreditará la relación mediante el libro de familia, certificado, sentencia por la que se adjudique la tutela y, en su caso, la correspondiente resolución administrativa, emitida por la Conselleria competente en materia de bienestar social, en la que se confiera la guarda y acogida del menor. Acreditación del criterio padres trabajadores del centro docente

Se acreditará por la titularidad o por la dirección, según se trate de un centro privado concertado o de un centro público.

Acreditación del criterio renta de la unidad familiar (*)

1. Para la obtención de la puntuación por el concepto renta anual de la unidad familiar será requisito imprescindible cumplimentar los datos que figuran en el anexo VI de esta orden y la autorización que en ella figura para que la administración educativa obtenga confirmación de los datos a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. A tal efecto todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años autorizarán dicha comprobación con su firma en el documento que figura como anexo VI de esta orden.

2. En caso de que se opte por no aportar el anexo VI no se valorará el criterio de rentas familiares establecido en el Decreto 33/2007. Tampoco se valorará este criterio si un miembro de la unidad familiar, mayor de 16 años, no firma el citado anexo.

3. La renta de la unidad familiar será la correspondiente al ejercicio fiscal 2011. Acreditación del criterio familia numerosa (*)

La condición de miembro de familia numerosa se acreditará aportando el título oficial de familia numerosa a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de las Familias Numerosas (BOE núm. 277, de 19.11.2003) Acreditación del criterio padre, madre, hermanos o hermanas o tutor legal antiguos alumnos del centro solicitado.

Se acreditará por la titularidad o por la dirección, según se trate de un centro privado concertado o de un centro público. Acreditación del criterio discapacidad

La discapacidad de los alumnos, hermanos, sus padres o tutores se acreditará mediante la correspondiente certificación, emitida por la Conselleria de Bienestar Social. Determinación del criterio circunstancia específica

La circunstancia específica, prevista en el artículo 24 del Decreto 33/2007, según la redacción del Decreto 42/2013, será fijada y hecha pública en el tablón de anuncios del centro con carácter previo al inicio del proceso de admisión del alumnado. (*) En el caso de familias en la que la madre esté en estado de gestación –situación que habrá que acreditar con el correspondiente certificado médico- se atenderá a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 6/2009, de protección a la maternidad, donde se establece que el niño gestante aún no nacido cuenta también para el cómputo de miembros de la unidad familiar, tanto para el criterio renta como para el de familia numerosa.

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CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PUESTO ESCOLAR

(Decreto 33/2007, de 30 de marzo y Decret 42/2013 de 22 de marzo) Artículo 12 2. El Consejo Escolar del centro, sujeto a lo establecido en este Decreto, es competente para decidir sobre la admisión del alumnado. Artículo 13 3. La Comisión Municipal de Escolarización garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos en este decreto y la adecuada escolarización del alumnado. Artículo 14 3. Todas las localidades serán zona única de escolarización excepto aquellas que por sus características particulares, se vea necesario establecer más de una. Artículo 16 (Decreto 42/2013) 1. La admisión del alumnado en los centros a que se refiere este decreto, cuando no existan en ellos plazas suficientes para atender todas las solicitudes de ingreso, se regirá por los siguientes criterios:

a) Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el mismo centro. b) Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de alguno de los padres,

madres, tutores o tutoras. c) Padres, madres, tutores o tutoras, trabajadores en el centro docente. d) Rentas anuales de la unidad familiar. e) Discapacidad del alumnado, de sus padres, madres y hermanos o

hermanas. f) Condición de familia numerosa. g) Padres, madres, tutores o tutoras legales, o hermanos y hermanas,

antiguos alumnos del centro solicitado. h) Simultaneidad de estudios reglados. i) Circunstancia específica. j) Condición de deportista de elite. k) Expediente académico en Bachillerato.

2. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de Protección a la Maternidad, los solicitantes cuya madre se encuentre en estado de gestación, se beneficiarán de una puntuación idéntica a la que obtendrían si ya hubiera nacido su nuevo hermana o hermano. Este beneficio se aplicará asimismo en el caso de gestación múltiple. Para la justificación de dicho extremo, tendrá que aportarse certificación médica que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud de escolarización. 3. A los efectos prevenidos en este decreto tendrán la consideración de hermanos o hermanas, además de quienes ostenten tal condición legal:

a. Los niños y niñas en régimen de acogimiento familiar. b. Los que no compartiendo progenitores residan en el mismo domicilio y

exista vínculo matrimonial o asimilado entre los padres de ambos.

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ORDEN 14/2013 de 4 de abril de 2013 de la Consellería de Educación, Cultura i Deporte.

ANEXO I CRITERIOS

1. HERMANOS, PADRE O MADRE TRABAJADOR/A DEL CENTRO O ANTIGUOS ALUMNOS Primer hermano/a en el centro Por cada uno de los hermanos restantes Padre o madre trabajador/a del centro docente Padre, madre, tutor/a, alumno/a o hermano/a antiguos alumnos del centro

8 puntos 3 puntos 5 puntos 1 punto

2. DOMICILIO Área de influencia Área limítrofe Otras zonas o localidades

5 puntos 2 puntos 1 punto

3. RENTA(*) Ingresos totales divididos por el número de miembros de la familia. Rentas iguales o inferiores 1,5 veces el IPREM.

1 punto

4. DISCAPACIDAD Discapacidad del alumno:

> 65% del 33 al 65%

Discapacidad de los padres/hermanos del alumno: > 65% del 33 al 65%

5 puntos 3 puntos 3 puntos 1,5 puntos

5. FAMILIA NUMEROSA General Especial

3 puntos 5 puntos

6. SIMULTANEIDAD DE ESTUDIOS. Compatibilizar estudios de régimen general con enseñanzas de régimen especial (estudios profesionales de música y danza en un conservatorio, estudios de idiomas en una escuela oficial y enseñanzas deportivas)

1,5 puntos

7. CIRCUNSTANCIA ESPECÍFICA DETERMINADA POR EL CENTRO DOCENTE.

1 punto

8. DEPORTISTA DE ÉLITE

2 puntos

9. EXPEDIENTE ACADÉMICO BACHILLERATO Se suma la nota media de las calificaciones de la ESO (*) Las rentas anuales de la unidad familiar se valorarán según supere o no 1,5 veces el valor del IPREM, indicador público de renta a efectos múltiples fijado en 7.455,14 euros, según lo dispuesto en la Ley 39/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

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ACTIVIDADES Y SERVICIOS DE EDUCACIÓN

♦ Ayudas para los gastos de escolarización del 1er. Ciclo de infantil (0 a 3 años)

♦ Ayudas para libros y material escolar para infantil, primaria y secundaria.

♦ Becas de transporte para estudios universitarios, ciclos formativos de grado medio, superior y bachilleratos.

♦ Coordinación del proceso de admisión de alumnos en los centros escolares.

♦ Proyecto de participación ciudadana de la infancia. “Consell Municipal de Xiquets i Xiquetes”

♦ Programa de absentismo escolar. Comisión de absentismo, con el objetivo de conseguir que los y las jóvenes no abandonen la escuela.

♦ Escuela de Padres y Madres. Formación de familias con hijos e hijas en edad escolar.

♦ Servicio de Orientación Familiar. Atención individualizada a las familias del alumnado de infantil y primaria en las diferentes dificultades que plantea el crecimiento de los niños y niñas.

♦ Ludotecas municipales. Proyecto de educación para el ocio infantil.

♦ Programas de conciliación familiar.

♦ Escola d’Estiu. Campamento urbano.

♦ Escola Matinera. Destinado a aquellas familias con hijas e hijos en edad escolar que por circunstancias de trabajo, salud, etc., necesitan que se les atienda antes del horario escolar (entre las 7 y las 9 de la mañana).

♦ Desarrollar programas de salud, educación ambiental, alimentación para escolares, educación vial, gestión de residuos …

♦ Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI) para jóvenes a partir de 16 años.

♦ Escuela Infantil Municipal Llavoreta. 140 plazas escolares de 0 a 3 años. DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Dirección: Av. Miguel Hernández, 40 bajo. Teléfono: 96 198 88 12 Fax: 96 151 76 41 Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y lunes de 16:30 a 19:00 horas

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COLEGIOS E INSTITUTOS DE ALDAIA

Centro Nivel Dirección Teléfono

AUSIÀS MARCH Infantil .y Primaria Av. Miguel Hernández, 7 962566840

NÚMERO 5 Infantil .y Primaria C/ Pablo Picaso, 1 962566610

MARIANO BENLLIURE Infantil .y Primaria Av. de la Concordia, 31 962565220

JUAN ANTONIO MARTÍNEZ TORRES Infantil .y Primaria C/ Martínez Torres, 3 962566850

PLATERO Y YO Infantil .y Primaria C/ Músico Bernabé Sanchís, s/n 962566860

NUESTRA SRA. DEL CARMEN Infantil .y Primaria C/ Pintor Segrelles, s/n 962566620

VICENTE BLASCO IBÁÑEZ Infantil .y Primaria C/ Juan de Áustria, 24 962566180

MARIANO SERRA Infantil, Primaria y Secundaria Cno. Hondo, s/n 961504515

IES BEATRIU CIVERA Secundaria C/ La Amistad, 2 961509558

IES CARLES SALVADOR Secundaria C/ Monasterio de Poblet, s/n 961511829

IES SALVADOR GADEA Secundaria Cno de les Encrucijadas, 4 961506711