EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN

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EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN. information without deformation. Reconocimiento de Ingresos y Gastos JUNIO 20, 2013. RUBÉN DEL ROSARIO EXPOSITOR. Reconocimiento de Ingresos y Gastos AGENDA. El devengado contable Ingresos por la venta de bienes Ingresos por la prestación de servicios - PowerPoint PPT Presentation

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EQUIDADCONTABILIDAD & TRIBUTACINinformation without deformation

RUBN DEL ROSARIOEXPOSITORReconocimiento deIngresos y Gastos

JUNIO 20, 2013

Reconocimiento de Ingresos y GastosAGENDAEl devengado contableIngresos por la venta de bienesIngresos por la prestacin de serviciosReglas tributarias de imputacin: El devengoExcepciones tributarias al devengoCosto y/o gasto para fines tributariosAplicacin tributaria de la normatividad contableReferencias jurisprudenciales

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS31. El devengo contable Hiptesis fundamentalMC, p.22 (NIC 1, p.25)Los efectos de las transacciones se reconocen cuando ocurren y no cuando se recibe o paga dinero u otro equivalente al efectivo.Se registran en los libros y se informa sobre ellos en los EF de los periodos relacionados31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS4

Dinmica del efectivo:Referente, perono determinante delos efectos econmicos1.1 Reconocimiento de los elementos de los estados financierosMC, p.82Proceso de incorporacin de una partida en el ESF o en el ERPartida:Cumplimiento de la definicin del elementoACTIVO, PASIVO y PATRIMONIOIINGRESOS y GASTOSSatisfaccin de los criterios de reconocimientoImplica:Descripcin de la partidaNomenclaturaCantidad monetaria

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS5

1.2 Partida objeto de reconocimientoDefinicin del elemento MC, p.8331/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS6

MEDICINCONFIABLEDEL COSTOO VALORPROBABILIDADDEL FLUJO DELOS BEF1.3 Probabilidad de obtener BEFPronstico del efectivo y equivalentesMC, p.85El concepto de probabilidad se utiliza, en las condiciones para su reconocimiento, con referencia al grado de incertidumbre con que los BEF asociados al mismo llegarn a, o saldrn, de la empresa.

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1.4 Expectativa de realizacinMs probable que improbable MC, p.85EjemploCuando es probable que una partida por cobrar (CxC) vaya a ser cobrada, se justifica, reconocer tal partida como un activo. No obstante, para buena parte de las CxC, se considera normalmente probable un cierto grado de impago; por tanto, se reconoce un gasto que representa la reduccin esperada en los BEF.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS8ACTIVOGASTO1.5 Reconocimiento de IngresosIncremento patrimonial irreversible e irrefutableMC, p.92Cuando:Surge un incremento en los BEF, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos.El importe del ingreso puede medirse con fiabilidad.

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1.6 Reconocimiento de Gastos Incremento patrimonial irreversible e irrefutableMC, p.94Cuando:Surge un decremento en los BEF, relacionado con un decremento en los activos o un incremento en los pasivos.El importe puede medirse con fiabilidad.

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2. Ingresos por la venta de bienesNIC 18, p.14Los IAO (Venta de bienes) deben reconocerse y registrarse en los EF cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones: Transferencia al comprador de riesgos y ventajas significativas, derivados de la propiedad de los bienes;No se conserva gestin corriente de los bienes vendidos, (grado usualmente asociado con la propiedad), ni se retiene control efectivo sobre los mismos;Medicin confiable del importe;Probable recepcin de los BEF; yMedicin confiable de los costos incurridos o por incurrir, relacionados con la transaccin.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS113. Ingresos por la prestacin de serviciosNIC 18, p.20Cuando el resultado pueda ser estimado con fiabilidad, los IAO se reconocern, en base al grado de terminacin de la prestacin final del periodo sobre el que se informa. El resultado puede ser estimado confiablemente cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones: Medicin confiable del importe (IAO);Probable recepcin de los BEF;Medicin confiable del grado de realizacin de la transaccin, al final del periodo sobre el que se informa; yMedicin confiable de los costos ya incurridos, as como los que quedan por incurrir.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS124. Reglas tributarias de imputacin: El devengoLIR, 57, a), 3p INGRESOSLas R3 se considerarn producidas en el ejercicio comercial en que se devenguen.GASTOSEsta norma ser de aplicacin para la imputacin de los gastos.Aplicacin analgicaDRAE: 4. f. Der. Mtodo por el que una norma jurdica se extiende, por identidad de razn, a casos no comprendidos en ella.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS134.1 DevengoConcepto tributario?La LIR:Reglas de imputacin.Ingresos y GastosR3: DevengoNo define el conceptoExcepciones a la regla generalAutonoma en el Derecho TributarioTF: Devengo contable31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS14

4.2 DevengoDRAEDevengo (2)Der.Momento en el que nace la obligacin de pago de un tributo.Devengar(Dede-yellat.vindicre, atribuirse, apropiarse).tr.Adquirir derecho a alguna percepcin o retribucin por razn de trabajo, servicio u otro ttulo.Devengar salarios, costas, intereses.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS154.3 Conformidad de pago: Devengo? RTF 9586-9-2012 (15.06.2012)La conformidad para el pago es una situacin que forma parte del procedimiento pactado por las partes y no un elemento que influya en el devengado.

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4.4 Servicio de auditora: Criterio jurisprudencialRTF 9586-9-2012 (15.06.2012) - (Cf. RTF 11362-1-2011, 5276-5-2006, y 8534-5-2001)El gasto incurrido por servicio de auditora debe ser reconocido en el EG en el que el cliente tiene la posibilidad de emplearlo para los fines por lo cual fue solicitado, esto es con la presentacin del informe o dictamen.

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4.5 El Devengo: Criterio de la SUNATINFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008La SUNAT indica que conforme a la doctrina en el sistema de los devengado, tambin llamado causado, se atiende nicamente al momento en que nace el derecho al cobro, aunque no se haya hecho efectivo. ()

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4.6 El Devengo: Criterio de la SUNAT (Cont.)INFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008() Dicho de otro modo, la sola existencia de un ttulo o derecho a percibir la renta, independientemente, que sea exigible o no, lleva a considerarla como devengada y por ende imputable a ese EG. ()31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS19

4.7 El Devengo: Criterio de la SUNAT (Cont.)INFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008() As, para efecto del IRE, resulta irrelevante la fecha en la que se tomo conocimiento de un ingreso, debindose considerar la fecha en la que el mismo se deveng.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS20

4.8 Correlacin de ingresos y gastosRTF 4860-5-2009 (26.05.2009)De la interpretacin sistemtica de los Arts. 20 y 57 de la LIR, se entiende que el costo vinculado a una R3 generado por una venta se aplicar a la determinacin del IR del EG en que dicha operacin se considera efectuada.()

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4.9 Correlacin de ingresos y gastos (Cont.)RTF 4860-5-2009 (26.05.2009): CAUSALIDAD TRIBUTARIA()As, corresponde deducir el costo de ventas nica y exclusivamente cuando el ingreso se reconoce, debiendo reconocerse en el mismo EG, el ingreso y el costo de ventas. Es as, que si un ingreso no se ha imputado a un EG, su costo tampoco puede imputarse a ste.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS22

4.10 Imputacin tributaria = Devengo contable31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS23INGRESOSGASTOSDerechoirrefutabledecobranzaObligacinineludibledepago

4.11 Devengo para fines tributarios31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS24La LIR no contiene definicin

El conceptoDel devengoSlo estreferidoSe presentanDeterminadasExcepciones aLa imputacin5. Excepciones tributarias al devengoEn ejercicio de la autonoma del Derecho TributarioGastos de ejercicios anterioresVentas a plazos mayores a 12 mesesGastos condicionados al pagoAmortizacin de intangiblesDepreciacin de bienes leasingDepreciaciones limitadas (RLIR)Mermas y desmedros de existencias

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5.1 Excepciones tributarias al devengoLIR, 57, 4p: GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORESExcepcin: Gastos de ejercicios anterioresCircunstancias:Casos en que debido a razones ajenas al contribuyente no hubiera sido posible conocer un gasto oportunamente y Siempre que la SUNAT compruebe que su imputacin en el ejercicio en que se conozca no implica la obtencin de algn beneficio fiscalRequisitos:Gastos provisionados contablemente y Pagados ntegramente antes del cierre.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS265.2 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 58: INGRESOS POR VENTA DE BIENES A PLAZOS MAYORES A UN AOCmputo a partir de la fecha de la enajenacinImputables a los EG en los que se hagan exigibles las cuotas convenidas para el pago.Determinacin del monto del IR exigible en cada EG:Dividir el IR calculado sobre el ntegro de la operacin entre el ingreso total de la enajenacin; y El resultado se multiplica por los ingresos efectivamente percibidos en el ejercicio.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS275.3 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 37, g): AMORTIZACIN DE INTANGIBLES (1)Gastos comprendidos:De organizacinPre-Operativos inicialesPre-Operativos por expansin de actividadesIntereses devengados Pre-OperativoOpcin del contribuyente:Deduccin en el 1er. EG (100%): Amortizacin proporcional en 10 aos (Mximo).10% ms31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS285.4 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 44, g): AMORTIZACIN DE INTANGIBLES (2)Amortizacin no deducible:Llaves, marcas, patentes, procedimientos de fabricacin, juanillos y otros activos intangibles similares. Intangibles aportados.Amortizacin deducible:Precio pagado por activos intangibles de duracin limitadaOpcin del contribuyente:Gasto en un solo ejercicio (100%); oAmortizacin proporcional en 10 aos (10%).

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS295.5 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 39: DEPRECIACION DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONESTasa fija: 5% anualDepreciacin contable:MAYORAdicin tributaria al resultado contableActivo tributario diferidoMENOR:Deduccin tributaria del resultado contablePasivo tributario diferido

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5.6 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)D.LEG. 299, 18: DEPRECIACION DE BIENES (ARRENADMIENTO FINANCIERO)Bienes objeto de arrendamiento financieroActivo fijo del arrendatarioRegistro contable segn NICDepreciacin: LIRExcepcin: % Mximo AnualEn funcin de aos contractualesCaractersticas del contrato:Objeto exclusivo: Costo o gasto (LIR)Exclusivo para la actividad empresarialDuracin mnima del contrato2 aos: Muebles (50% Mximo)5 aos: Inmuebles (20% Mximo)Opcin de compra: Slo al final del contrato

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS315.7 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 20, 7p: INTERESES NO CAPITALIZABLESCosto computable de los bienes enajenados:AdquisicinProduccin o construccinValor de ingreso al patrimonioValor en el ltimo inventario (conforme a ley)Ms:Costos posteriores (Normas contables)ACM tributario. En ningn caso los intereses formarn parte del costo computable.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS325.8 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 61, e): DIFERENCIAS DE CAMBIO CAPITALIZADAS - EXISTENCIASLas DC originadas por pasivos en ME relacionados y plenamente identificablesInventarios a la fecha del BG:En existencia, oEn trnsitoDeben afectar el VN de los inventarios correspondientes. Imposibilidad de identificacinDC debe afectar los resultados del ejercicio.

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS335.9 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 61, f): DIFERENCIAS DE CAMBIO CAPITALIZADAS - ACTIVOS FIJOSLas DC originadas por pasivos en MEDeben afectar el costo del activoRelacionadas con AF u otros activos permanentes a la fecha del balance general:Existentes, oEn trnsitoTambin aplicable cuando la DC est relacionada con los pagos efectuados en el EG. La depreciacin de los activos as reajustados por DC, se har en cuotas proporcionales al nmero de aos que falten para depreciarlos totalmente.31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS34

6. Costo y gasto para fines tributarios31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS35Aplicabilidad INMEDIATAA Los resultadosCOSTOGASTO=OBTENCIN INMEDIATADE B.E.F.6.1 CostoInversin (desembolso o compromiso), acompaada de la expectativa y probabilidad de obtener BEF.

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6.2 GastoDesembolso o compromiso, satisfactorios de una necesidad o beneficio inmediato.

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6.3 Costo transformado en Gasto NIC 2, p.34Reconocimiento como un gasto 34.Cuando las existencias sean enajenadas, el importe en libros de las mismas se reconocer como un gasto del ejercicio en el que se reconozcan los correspondientes ingresos ordinarios.

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COSTOGASTO

6.4 A igual efecto econmico, igual tratamiento tributario31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS39Ingreso Bruto(-) Descuentos Ingreso Neto(-) Costo ComputableRenta Bruta(-) Gastos DeduciblesRenta NetaIGUALEFECTOECONOMICO7. Aplicacin tributaria de la normatividad contableRIR, 33La contabilizacin de operaciones bajo PCGA, puede determinar, por la aplicacin de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinacin de la renta neta. ()

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7.1 Aplicacin tributaria de la normatividad contable Las formas no alteran la deduccinRLIR, 33() En consecuencia, salvo que la LIR o el RIR condicione la deduccin al registro contable, la forma de contabilizacin de las operaciones no originar la prdida de una deduccin.

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7.2 Aplicacin tributaria de la normatividad contable Ajuste Extra-Contable: Va DJRLIR, 33Las diferencias temporales y permanentes obligarn al ajuste del resultado segn los registros contables, en la DJ.

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7.3 Aplicacin tributaria de la normatividad contable Autorizacin reglamentaria de la LIRRLIR, 11, g)Determinacin del costo computable de los bienes o servicios

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS43ACMNICPCGA7.4 Aplicacin tributaria de la normatividad contable Aplicacin Supletoria de las Normas ContablesRLIR, 11, g) en tanto no se opongan a lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento.

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8. Referencias jurisprudencialesAPLICACIN TRIBUTARIA DEL DEVENGO CONTABLERTF 17135-8-2010 (28.12.2010) - Cf. RTF 8534-5-2001Resulta apropiada la utilizacin de la definicin contable del Principio del Devengado, a efecto de establecer la oportunidad en la que deben imputarse los ingresos y los gastos a un ejercicio determinado

31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS458.1 Referencias jurisprudenciales (Cont.)Gastos devengados por segurosRTF 7056-8-2012 (9.05.2012)Los pagos por plizas de seguro slo podrn ser considerados como gasto en la parte correspondiente a la cobertura del periodo comprendido entre la vigencia del contrato y el 31 de diciembre.RTF 13951-4-2009 y 5576-3-200931/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS468.2 Referencias jurisprudenciales (Cont.)Gastos devengados por segurosRTF 7056-8-2012 (9.05.2012)De las propias facturas se aprecia que los servicios fueron prestados durante un ejercicio, pero registrados como ingresos del ejercicio posterior dado la fecha de emisin de tales comprobantes. 31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS47

EQUIDADCONTABILIDAD & TRIBUTACINGracias porsu atencinRUBN DEL ROSARIOABREVIATURAS UTILIZADASACM:Ajuste por Correccin MonetariaAF:Activo FijoARSP:Acta de Reunin de Sala PlenaAT:Administracin TributariaATD:Activo Tributario DiferidoBEF:Beneficios Econmicos FuturosBF:Base FiscalBG:Balance GeneralBV:Boleta de VentaCC:Costo computableCNC:Consejo Normativo de ContabilidadCP:Comprobante de PagoCT:Cdigo TributarioDA:Depreciacin AcumuladaDC:Diferencia de CambioDJ:Declaracin JuradaDOEP:Diario Oficial El PeruanoDRAE:Diccionario de la Real Academia Espaola DS:Decreto SupremoDT:Diferencia Temporal

DTD:DT DeducibleDTG:DT GravableEF:Estados FinancierosEG:Ejercicio GravableER:Estado de ResultadosESF:Estado de Situacin FinancieraGB:Ganancia BrutaGC:Gasto corrienteGD:Gasto DiferidoGEA:Gastos de ejercicios anterioresIFD:Instrumentos Financieros DerivadosIG3:Ingresos Gravables de la Tercera CategoraIGV:Impuesto General a las VentasIM:Inters Moratorio IME:Inmuebles, Maquinaria y EquipoIN:Ingresos NetosIAO:Ingresos por actividades ordinariasIRE : Impuesto a la Renta EmpresarialJOO:Jurisprudencia de Observancia ObligatoriaLGS:Ley General de Sociedades31/05/2013RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS49ABREVIATURAS UTILIZADAS (Cont.)LGSF: Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros OrgnicaLIR:Ley del Impuesto a la RentaLP:Largo plazoMC:Marco Conceptual para la Preparacin y Presentacin de los EFME:Moneda ExtranjeraMEF:Ministerio de Economa y FinanzasMN:Moneda NacionalNIC:Norma Internacional de ContabilidadNIIF:Norma Internacional de Informacin FinancieraOT:Obligacin tributariaPC:Pagos a cuenta del IRPCC:Procedimiento de Cobranza CoactivaPCGE:Plan Contable General EmpresarialPDT:Programa de Declaracin TelemticaPTD:Pasivo Tributario Diferido PTU:Participacin de los Trabajadores en las UtilidadesTUO:Texto nico OrdenadoR3:Rentas de Tercera CategoraRB:Renta BrutaRLIR:Reglamento de la LIRRM:Resolucin MinisterialRNI:Renta Neta ImponibleRS:Resolucin de SuperintendenciaRTF:Resolucin del Tribunal FiscalRC:Registro de ComprasRV:Registro de VentasSBS:Superintendencia de Banca y SegurosSF:Sistema FinancieroSUNAT:Superintendencia Nacional de Administracin TributariaTC:Tasa o Tipo de CambioTF:Tribunal FiscalTUO: Texto nico OrdenadoUSD:Dlares de los Estados Unidos de Norte AmricaVL:Valor en Libros o Importe en LibrosVM:Valor de MercadoVN: Valor NetoVNR: Valor Neto Realizable

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