ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la...

59
ENTIDADES PROVEEDORAS DE ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA INFRAESTRUCTURA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PARA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PARA ASESORES COMERCIALES DEL MERCADO DE ASESORES COMERCIALES DEL MERCADO DE VALORES VALORES Autorregulador del Mercado Valores Autorregulador del Mercado Valores –AMV AMV- Germán Abella Abondano Germán Abella Abondano Bogotá, noviembre 7 de 2008 Bogotá, noviembre 7 de 2008

Transcript of ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la...

Page 1: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

ENTIDADES PROVEEDORAS DE ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURAINFRAESTRUCTURA

CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PARA CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN PARA ASESORES COMERCIALES DEL MERCADO DE ASESORES COMERCIALES DEL MERCADO DE

VALORESVALORES

Autorregulador del Mercado Valores Autorregulador del Mercado Valores ––AMVAMV--

Germán Abella AbondanoGermán Abella Abondano

Bogotá, noviembre 7 de 2008Bogotá, noviembre 7 de 2008

Page 2: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

CONTENIDO

1. ACTIVIDADES DEL MERCADO DEVALORESVALORES

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURAPI-PI-

3. LA BOLSA

4. SISTEMAS TRANSACCIONALES

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN YLIQUIDACIÓN DE OPERACIONES

2

Page 3: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

1. ACTIVIDADES DEL MERCADO DE VALORES

• La emisión y la oferta de valores.

• La intermediación de valores.La intermediación de valores.

• La administración de carteras colectivas.

• El depósito y la administración de valores.

L d i i t ió d i t d i ió d i t d l f t• La administración de sistemas de negociación o de registro de valores, futuros,opciones y demás derivados.

• La compensación y liquidación de valores.

L lifi ió d i• La calificación de riesgos.

• La autorregulación.

• El suministro de información al mercado de valores, incluyendo el acopio yp ocesamiento de la mismaprocesamiento de la misma.

• Las demás actividades previstas en la Ley de Valores o que determine elGobierno Nacional, siempre que constituyan actividades de manejo,aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen

3

p p p qmediante valores.

Page 4: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

a. Qué es un PI? Cuáles son?

Decreto 4327 de 2005 art 75; Resolución 400 de 1995 art 1 1 3 3Decreto 4327 de 2005, art. 75; Resolución 400 de 1995 art. 1.1.3.3.

a. Las bolsas de valores.

b. Las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustrialeso de otros commodities.

c. Las bolsas de futuros y opciones.c. Las bolsas de futuros y opciones.

d. Los almacenes generales de depósito.

e. Los administradores de sistemas de compensación y liquidaciónd l t t d f t i tde valores, contratos de futuros, opciones y otros.

f. Los administradores de depósitos centralizados de valores.

g. Las cámaras de riesgo central de contraparte.

4

g g p

Page 5: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

h. Los administradores de sistemas de negociación de valores y deregistro de operaciones.

i. Los administradores de sistemas de pago de bajo valor.p g j

j. Los administradores de sistemas de negociación y de registro dedivisas.

k Los administradores de sistemas de compensación y liquidaciónk. Los administradores de sistemas de compensación y liquidaciónde divisas.

l. Los demás sistemas o mecanismos por medio de los cuales sefacilite la negociación o registro de valores contratos de futurosfacilite la negociación o registro de valores, contratos de futuros,opciones, divisas y demás instrumentos financieros.

5

Page 6: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

b. Constitución, autorización de funcionamiento e inscripción en elRegistro Nacional de Agentes del Mercado – RNAMV

•Artículo 53 EOSF (artículo 22 de la Ley 964 de 2005)( y )

•Artículo 1.1.3.1. Res. 400 de 1995 Inscripción en el RNAMV

•Artículo 1.1.3.3. Res. 400 de 1995 Requisitos especiales de inscripciónl PIpara los PI:

a. Enviar los reglamentos generales y operativos, de acuerdo con el tipo deactividad que se pretenda desarrollar, los cuales deberán ser aprobadospor la Superintendencia Financiera de Colombia. (Circular 23 de 2007por la Superintendencia Financiera de Colombia. (Circular 23 de 2007numeral 3.1 literal i) “mantener en el registro el texto compilado yactualizado de sus reglamentos”).

b. Informar los nombres y apellidos del oficial de cumplimiento en materiad ió l d i id d d li i b d jde prevención y control de actividades delictivas nombrado por su juntadirectiva o el órgano que haga sus veces. NA.

c. Informar la política general establecida por la entidad en materia decobro de tarifas y en relación con su divulgación al público, cuando haya

6

cobro de tarifas y en relación con su divulgación al público, cuando hayalugar a ello.

Page 7: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

c. Otros temas relevantes de la organización de los PI

•No se exige Defensor del Cliente El artículo 98 del EOSF DecretoNo se exige Defensor del Cliente El artículo 98 del EOSF Decreto4759 de 2006

•No se exige Oficial de Cumplimiento Artículos 102 a 107 del EOSFCircular 022 de 2007 Circular Externa 061 de 2007 SFC.Circular 022 de 2007 Circular Externa 061 de 2007 SFC.

•Representación legal artículo 74 EOSF

P t ió d l it l tí l 81 EOSF•Pago y representación del capital artículo 81 EOSF

•Negociación de acciones articulo 88 EOSF

•Toma de posesión, liquidación forzosa administrativa y para losinstitutos de salvamento y protección de la confianza públicaprevistas en el EOSF

7

Page 8: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

c. Otros temas relevantes de la organización de los PI

•Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades vigiladas, susg y g g g ,Administradores, revisores fiscales y funcionarios: (art. 72 EOSF)

Deben obrar no sólo dentro del marco de la ley sino dentro del principio de la buena fey de servicio al interés público de conformidad con el artículo 335 de la ConstituciónPolítica, para lo cual tienen la obligación legal de abstenerse de realizar las siguientes

d tconductas:

a) Concentrar el riesgo de los activos o pasivos por encima de los límites legales;b) Celebrar, en contravención a disposiciones legales, operaciones con los accionistas,o con las personas relacionadas o vinculadas con ellos, por encima de los límitesl llegales;c) Utilizar o facilitar recursos captados del público, para realizar operaciones dirigidasa adquirir el control de otras sociedades o asociaciones sin autorización legal;d) Invertir en otras sociedades o asociaciones en las cuantías o porcentajes noautorizados por la ley;) F ilit j t l i á ti t ó it f te) Facilitar, promover o ejecutar cualquier práctica que tenga como propósito u efecto

la evasión fiscal;f) No suministrar la información que a juicio de la Superintendencia Bancaria debaentregarse al público, a los usuarios o a los clientes de las entidades vigiladas paraque éstos puedan tomar decisiones debidamente informadas y puedan conocercabalmente el alcance de sus derechos y obligaciones en las relaciones contractuales

8

cabalmente el alcance de sus derechos y obligaciones en las relaciones contractualesque los vinculan o puedan llegar a vincular con aquellas;

Page 9: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

2. PROVEEDORES DE INFRAESTRUCTURA

c. Otros temas relevantes de la organización de los PI

•Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades vigiladas, susg y g g g ,Administradores, revisores fiscales y funcionarios: (art. 72 EOSF) (cont.)

g) Ejercer actividades o desempeñar cargos sin haberse posesionado ante laSuperintendencia Bancaria cuando la ley así lo exija;h) N ll l t bilid d d l tid d i il d ú lh) No llevar la contabilidad de la entidad vigilada según las normasaplicables, o llevarla en tal forma que impidan conocer oportunamente lasituación patrimonial o de las operaciones que realiza, o remitir a laSuperintendencia Bancaria información contable falsa, engañosa o inexacta;i) Obstruir las actuaciones de inspección, vigilancia y control de la) p , g ySuperintendencia Bancaria, o no colaborar con las mismas;j) Utilizar indebidamente o divulgar información sujeta a reserva;k) Incumplir o retardar el cumplimiento de las instrucciones, requerimientosu órdenes que señale la Superintendencia Bancaria sobre las materias que deacuerdo con la ley son de su competencia yacuerdo con la ley son de su competencia, yl) En general, incumplir las obligaciones y funciones que la ley les imponga,o incurrir en las prohibiciones, impedimentos o inhabilidades relativas alejercicio de sus actividades.”

9

Page 10: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

a. Qué es?

• Establecimientos mercantiles cuyos miembros se dedican a lanegociación de toda clase de valores y demás bienes susceptibles de

t é d ieste género de comercio.

• Las sociedades que administren los establecimientos mercantilesdenominados “bolsas de valores” deberán tener el carácter de anónimasdenominados bolsas de valores deberán tener el carácter de anónimas.

10

Page 11: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3.3. LA BOLSALA BOLSA

b. Normas relevantes sobre de las bolsas de valores

• Ley 16 de 1936• Decreto 1273 de 1936

D t l 2969 d 1960• Decreto ley 2969 de 1960• Ley 27 de 1990• Ley 45 de 1990Ley 45 de 1990• Ley 35 de 1993• Ley 510 de 1999• Ley 964 de 2005• Decretos 2016 de 1992, 3767 de 2005 y 692

de 2007

11

de 2007

Page 12: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. Constitución, autorización de funcionamiento e inscripción en el RegistroNacional de Agentes del Mercado – RNAMV

Ad á d li l di t l tí l 53 EOSF l tí l• Además de cumplir lo dispuesto en el artículo 53 EOSF y en los artículos1.1.3.1. y 1.1.3.3. de la Res. 400 de 1995 deben atender lo establecido en elArtículo 4º Decreto ley 2969 de 1960:

Capital pagado no sea inferior a quinientos mil pesosReglamentos se ajusten a las disposiciones legalesQue el carácter, la responsabilidad y la idoneidad de las personas quefiguren como directores y gerentes sean tales que inspiren confianza yfiguren como directores y gerentes sean tales que inspiren confianza yque el bienestar público y la economía en general se fomenten con elestablecimiento de la nueva bolsa;Que se haya constituido a favor de la Superintendencia Financiera de

l b l d d d d d ó l d lColombia en calidad de prenda, un depósito en valores de primera claseque devenguen intereses hasta por cincuenta mil pesos.No podrá establecerse con menos de diez (10) miembros o agentesinscritos en la misma.

12

Page 13: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Funciones en el sistema financiero

• Función de valoración de los activos financieros

• Función de circulación y movilidad de la riquezamobiliaria

ó f• Función informativa

13

Page 14: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

e. Funciones legales (Dto. 2969 de 1960)

• Inscribir, previo el cumplimiento de los requisitos legales títulos ovalores

• Mantener el funcionamiento de un mercado bursátil debidamenteorganizado, que ofrezca a los inversionistas y negociantes entítulos o valores y al público en general condiciones suficientes detítulos o valores y al público en general, condiciones suficientes deseguridad, honorabilidad y corrección.

• Establecer la cotización efectiva de los títulos o valores inscritos.Establecer la cotización efectiva de los títulos o valores inscritos.

• Fomentar las transacciones de títulos y valores, y reglamentar lasactuaciones de sus miembros.

14

Page 15: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

e. Funciones Legales (cont.)

• Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias por parte de sus miembrosreglamentarias por parte de sus miembros.

• Establecer martillos para el remate público de títulos o valores negociables en bolsa.

• Organizar y fomentar la negociación de divisas por parte de sus miembros (artículo 73 de la Ley 510 de 1999).

• Organizar centros de arbitraje y conciliación (artículo 68 de la Ley 510 de 1999).

15

Page 16: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

e. Funciones Legales (cont.)

• Administrar sistemas de negociación (artículo 3º, literal e) Ley de Valores, Decreto 1120 de 2008), ( SCO y SCITs, artículo 4.1.1.1. y artículo 4.2.0.1. de la Resolución 400 de 1995).y )

• Organismo autorregulador (artículo 25 de la Ley 964 de 2005 y artículo 5º del Decreto 1565 de 2006).

• Administrar sistemas de compensación y liquidación de operaciones sobre valores(artículo 9º de la Ley 964 de 2004 y Decreto 1456 de 2007).

• Administrar sistema proveedor de precios para valoración de inversiones(Resolución 550 de 2002 de la Superintendencia de Valores)

16

Valores).

Page 17: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3.3. LA BOLSALA BOLSA

f. Organizaciones mutuales

• Propiedad de las sociedades comisionistas miembros.

• Una misma e idéntica participación en el capital social de las bolsas• Una misma e idéntica participación en el capital social de las bolsas.

• Dividendos únicamente en acciones.

• Consejo Directivo con mayoría de miembros sociedadescomisionistas.

l ó l d l d• Autorregulación reglamentaria y disciplinaria de sus propiosmiembros.

17

Page 18: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3.3. LA BOLSALA BOLSA

g. Desmutualización

Estructura abierta vocación de utilidades y distribución Ley• Estructura abierta, vocación de utilidades y distribución. Ley510 de 1999.

• Miembros deben poseer acciones de la bolsa quep qestablezca su reglamento. Ley 510 de 1999.

• Límite de propiedad individual del 10% del capital suscrito. Ley510 de 1999510 de 1999.

• Consejo Directivo con miembros independientes, hoy porestatutos con participación mayoritaria. Decreto 3767 dep p y2005 (Exige el 40%).

• Autorregulación fuera de la Bolsa. Ley 964 de 2005.

18

• Auto-inscripción de la acción

Page 19: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3.3. LA BOLSALA BOLSA

h Ré i d i ih. Régimen de inversiones

• Inversiones que guarden relación directa con su objeto social

• Valores inscritos (hasta el 25% de la sociedad emisora)

• Inmuebles (para funcionamiento)(p )

• Otras inversiones de capital (autorización SFC)

19

Page 20: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3.3. LA BOLSALA BOLSA

i. Operaciones que se realizan en bolsa

• Operaciones de compra y venta de valores realizadas de contado,• Operaciones de compra y venta de valores realizadas de contado,artículo 3.2.4.14 de la Resolución 1200 de 1995 o a plazo artículo3.2.4.1. de la Resolución 1200 de 1995. A su turno, las operacionesa plazo pueden ser de cumplimiento efectivo o de cumplimientofinanciero. artículo 3.2.4.1. de la Resolución 1200 de 1995.

• Operaciones repo, simultáneas y de transferencia temporal devalores. Decreto 4432 de 2006.

• Operaciones de remate o de martillo, artículo 3.2.3.1. de laResolución 1200 de 1995.

• Operaciones de oferta pública de adquisición, artículo 1.2.5.6. de laResolución 400 de 1995.

• Operaciones de oferta pública de democratización, artículo 1.2.5.17.de la Resolución 400 de 1995.

Ú• Operaciones swap, Circular Única del MEC, artículo 4.5.1. y CircularÚnica BVC, artículo 3.15.1. Concepto No. 200010-315 del 11 deoctubre de 2000 de la Superintendencia de Valores.

• Operaciones carrusel, artículo 3.5.2.1. y siguientes de la Resoluciónd

20

1200 de 1995.

Page 21: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

3. LA BOLSA

j. Valores

•Acciones•Aceptaciones•Bonos pensionales

• Títulos TES• Títulos Desarrollo Agropecuario

•Bonos pensionales•Bonos privados•Bonos públicos•C.D.T

• Titularización• Títulos de reducción de deuda• DivisasC.D.T

•C.E.R.T.

21

Page 22: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

a. Características que le dieron origen:q g

•Conjunto de negociaciones que realizan operadores que no formanparte de una bolsa.

•Carecen de punto fijo de reunión para contratar.

•No tiene una reglamentación estricta.

•Acuerdan los precios sin sistemas depurados para su adecuadaformación.

•Consecuencia de las rigurosas condiciones de las bolsas.

•Mercado telefónico

22

•Desarrollo de mecanismos electrónicos.

Page 23: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

MERCADO OTCMERCADO OTC

stema Centralizado de I f ió Sistema CentralizadoInformación

para Transacciones

Sistema Centralizadode Operaciones

SCOMódulo

Transaccional yMódulo

Transaccional y

SCIT SCOTransaccional y de Registro

Transaccional y de Registro

23

Page 24: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

b. SCIT (art. 4.2.0.1. Resolución 400 de 1995)

•Se definen como aquellos que tengan como objeto la prestación deuno o varios de los siguientes servicios:

Difusión de las ofertas de compra y venta de títulos queDifusión de las ofertas de compra y venta de títulos querealicen sus afiliados.

Registro de las operaciones que se celebren entre losfili d t i t t l fili d tafiliados a estos sistemas o entre los afiliados a estos

sistemas y otras personas no afiliados a los mismos.

Facilitar la realización de transacciones.Facilitar la realización de transacciones.

24

Page 25: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

b. SCIT (art. 4.2.0.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Requieren autorización por parte de la Superintendencia de Valores para su funcionamiento (hoy Superintendencia de Valores para su funcionamiento (hoy Superintendencia Financiera).

Pueden participar en ellos entidades vigiladas por la S i t d i B i d V l (h Superintendencia Bancaria o de Valores (hoy Superintendencia Financiera)

Los participantes sólo pueden actuar por cuenta propia o Los participantes sólo pueden actuar por cuenta propia o con recursos propios.

Por tratarse de operaciones celebradas directamente por las partes son ellas quienes asumen el riesgo en el

25

las partes son ellas quienes asumen el riesgo en el cumplimiento de las mismas.

Page 26: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

b. SCIT (art. 4.2.0.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Este sistema no puede incluir mecanismos de liquidación.

Las sociedades comisionistas que actúen en el modulo deregistro deben tener como contraparte a un intermediarioregistro deben tener como contraparte a un intermediariode valores vigilado por la Superintendencia Bancaria.

L i d d i i i t tú l d lLas sociedades comisionistas que actúen en el modulotransaccional pueden tener como contraparte a cualquierafiliado al sistema.

26

Page 27: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. SCO (art. 4.1.1.1. Resolución 400 de 1995)

•CaracterísticasLo administra una sociedad sujeta a la inspección yvigilancia permanente del Estado, e inscrita en el RNVE.

Tiene por objeto la negociación de títulos inscritos en elTiene por objeto la negociación de títulos inscritos en elRNVE, distintos de acciones, ybonos obligatoriamenteconvertibles en acciones emitidos por sociedadescomercialescomerciales.

Pueden realizar operaciones a través de estos sistemas,todas las entidades vigiladas por la Superintendenciag p pBancaria y de Valores (hoy Superintendencia Financiera),así como las entidades de carácter público, deconformidad con su respectivo régimen legal.

27Las SCB pueden actuar por cuenta propia o en desarrollodel contrato de comisión.

Page 28: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. SCO (art. 4.1.1.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Debe suministrar al mercado información sobre lasoperaciones que realicen sus miembros con un retrasooperaciones que realicen sus miembros, con un retrasoque no puede exceder de 20 minutos.

Debe tener características que le permitan:I t t ti l l b l dInterconectarse en tiempo real, con las bolsas devalores y con los depósitos centralizados de valores.Ampliar fácilmente su capacidad en razón delcrecimiento del mercadocrecimiento del mercado.Ser tolerante a fallas técnicas y prever mecanismospara subsanar las diversas contingencias que puedanpresentarse.

28

presentarse.

Page 29: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. SCO (art. 4.1.1.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Debe tener un reglamento de operaciones que contengaal menos lo siguiente:al menos lo siguiente:

Los requisitos y obligaciones que deben cumplir losafiliados al sistema.

Los mecanismos de contratación y formación deprecios en el sistema.

Las clases de operaciones y el plazo de las mismas.

Las facultades, obligaciones y responsabilidades dela sociedad que administra el sistema

29

la sociedad que administra el sistema

Page 30: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. SCO (art. 4.1.1.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Debe tener un reglamento de operaciones que contenga almenos lo siguiente:menos lo siguiente:

La forma como se asegurará el cumplimientode las operaciones que se celebren y, si es del

l tí d b t t lcaso, las garantías que deban otorgarse con talpropósito.

Los mecanismos a través de los cuales seLos mecanismos a través de los cuales sedirimirán las controversias que se presentenentre los afiliados.

Los mecanismos de acceso al sistema y las

30

Los mecanismos de acceso al sistema y lasclaves de seguridad.

Page 31: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

c. SCO (art. 4.1.1.1. Resolución 400 de 1995)

•Características

Debe tener un reglamento de operaciones que contenga almenos lo siguiente:menos lo siguiente:

Las reglas de auditoría a las cuales deberásometerse el sistema.

El régimen disciplinario al cual deberánsometerse las personas que realicenoperaciones a través del sistema.operaciones a través del sistema.

Normas internas de conducta y manual internode procedimientos.

31

Page 32: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

•Definición (art. 4.2.1.1)

Un sistema de negociación de valores es un mecanismo de carácter multilateral y transaccional mediante el cual concurren las carácter multilateral y transaccional, mediante el cual concurren las entidades afiliadas al mismo, bajo reglas y condiciones establecidas por el Gobierno Nacional, en el reglamento aprobado por la SFC y aquellas adoptadas por la entidad administradora, para la

li ió fi d f t b l i l realización en firme de ofertas sobre valores que se cierren en el sistema y para la divulgación de información al mercado sobre dichas operaciones.

•Son parte del sistema:

La reglamentación para su funcionamiento y operación, y Los medios y mecanismos que se empleen para la colocación

32

Los medios y mecanismos que se empleen para la colocación, presentación, confirmación, tratamiento, ejecución, e información de las ofertas de compra o venta de valores.

Page 33: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

•Administración (art. 4.1.2.1.)

El Banco de la República, las bolsas de valores, las bolsas de bienes y productos agropecuarios agroindustriales y de otros y productos agropecuarios, agroindustriales y de otros commodities, así como las sociedades anónimas con objeto exclusivo. Las entidades deben estar vigiladas por la SFC.

•Valores objeto de negociación (4.1.1.1. y 4.1.1.4.)

Valores distintos de acciones y boceas, que se encuentren inscritos en el RNVE.

33

Page 34: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

•Tipos de Operaciones (art. 4.1.2.5.) Operaciones a plazo, Operaciones de contado Operaciones de contado, Operaciones repo, simultáneas, o TTV Operaciones que autorice SFC

C ió li id ió• Compensación y liquidación

Las operaciones sobre valores realizadas en un sistema de negociación deberán ser compensadas y liquidadas por el negociación deberán ser compensadas y liquidadas por el mecanismo de entrega contra pago en los sistemas de compensación y liquidación autorizados, salvo las excepciones contenidas en los reglamentos autorizados por la SFC.

34

Page 35: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

•Accionistas de las sociedades (art. 4.1.2.2.)

Cualquier persona natural o jurídica.

Los intermediarios de valores, los establecimientos de crédito, las sociedades de servicios financieros, las compañías de seguros, las sociedades de capitalización, las bolsas de valores, l b l d d t i i d t i l d las bolsas de productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, los intermediarios de estas últimas y los depósitos centralizados de valores. Ley 964 de 2005 art. 66.

Nadie podrá ser beneficiario real de un número de acciones que represente más del treinta por ciento (30%) del capital social de las sociedades salvo las bolsas de valores, de futuros y opciones, las bolsas de productos agropecuarios los depósitos las

35

las bolsas de productos agropecuarios, los depósitos, las sociedades de intercambio de energía y los organismos de autorregulación hasta el 100%.

Page 36: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

• Organización (art. 4.1.1.3.) a. Establecerse como sociedades anónimas, cumplir el artículo

53 del EOSF para su constitución e inscribirse en el RNAMV.b Establecer políticas y procedimientos para garantizar que sus b. Establecer políticas y procedimientos para garantizar que sus

administradores y funcionarios reúnan las más altas calidades y condiciones de honorabilidad, corrección y competencia técnica.

E t bl did d i i t ti d i ió l c. Establecer medidas administrativas y de organización con el propósito de prevenir, administrar y revelar conflictos de interés.

d. Adoptar medidas para garantizar la continuidad y la p p g yregularidad de los mecanismos implementados para el funcionamiento del sistema de negociación.

e. Disponer de procedimientos administrativos, mecanismos de control interno técnicas de administración y control de

36

control interno, técnicas de administración y control de riesgos y mecanismos eficaces de control y salvaguardia de sus sistemas informáticos.

Page 37: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

• Deberes de las entidades administradoras (4.1.2.3.)

a. Expedir el reglamento de funcionamiento.b Decidir las solicitudes de afiliación al sistemab. Decidir las solicitudes de afiliación al sistema.c. Llevar el registro de los afiliados al sistema.d. Llevar y mantener actualizado un registro de los valores que podrán ser transados. e. Adoptar mecanismos eficaces para facilitar la compensación y liquidación de las operaciones.f. Llevar un registro de todas las operaciones sobre valores que se realicen de todas las posturas de oferta y demanda así como se realicen, de todas las posturas de oferta y demanda, así como la remisión de todos los mensajes y avisos que se envíen.g. Llevar un registro actualizado de los operadores autorizados.h. Contar con mecanismos y procesos para el manejo de la

ó

37

información de los sistemas que administran.

Page 38: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

• Deberes de las entidades administradoras (4.1.2.3.) (cont.)

i. Velar por el correcto funcionamiento del sistema. pj. Gestionar los riesgos a los que está expuesta la entidad y los sistemas que administre.k. Proveer información de precio o tasas y montos sobre las operaciones cerradas o registradas por su conducto a los operaciones cerradas o registradas por su conducto a los proveedores de precios que autorice la SFC.l. Prestar a los organismos de autorregulación la colaboración.m. Propender por la integridad, transparencia y eficiencia del mercado de valores en el ámbito de los sistemas que administra. n. Guardar estricta confidencialidad sobre toda información reservada de los afiliados.

• Prohibición especial para los administradores de sistemas. Bajo ninguna circunstancia asumirán el carácter de contraparte. (4.1.2.4.)

38

Page 39: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

• Requisitos de participación (4.1.3.2.)q p p ( )a. Inscripción previa en el RNAMV.b. Admisión como afiliado.c. Aceptar expresamente reglamentos, circulares, instructivos

operativosoperativos.d. Disponer y mantener capacidad administrativa, operativa,

técnica, tecnológica y de comunicaciones para operar en el sistema de negociación y adecuada estructura de administración y control de riesgos.

e. Ser intermediario de valores vigilado por la SFC o una entidad pública autorizada para ser afiliada a un sistema de negociación miembro de un organismo de autorregulación negociación, miembro de un organismo de autorregulación.

f. Participar en las pruebas o programas para verificar y garantizar adecuado funcionamiento del sistema y de los planes de contingencia.

39

Page 40: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

d. Sistemas de negociación de valores (decreto 1120 de 2008)

•Reglamento de funcionamiento y Operación de los sistemas

Contenido mínimo (art. 4.1.4.1)

•Deberes especiales del administrador del sistema

Deber de monitoreoProcesos de auditoriaConservación de datos

•Características de los sistemas de negociación•Características de los sistemas de negociaciónPromover eficacia y liquidez del mercadoIncluir reglas de transparencia de las operaciones

Prenegociaciónó

40

Post-negociación

Page 41: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

e. Sistemas de registro de operaciones sobre valores (decreto 1120 de 2008)

• Definición (art. 4.3.1.1)

Mecanismos que tengan como objeto recibir y registrar información de operaciones sobre valores que celebren en el información de operaciones sobre valores que celebren en el mercado mostrador los afilados a dichos sistemas, o los afiliados al mismo con personas o entidades no afiliadas a tales sistemas, bajo las reglas y condiciones establecidas en la Resolución 400, de 1995, en el reglamento aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y aquellas adoptadas por la entidad administradora.

• Registro de operaciones (art. 4.3.1.3)

Todas las operaciones realizadas en el OTC deben ser

41

registradas, incluidas las de corretaje.Tiempo, forma y condiciones de registro SFC

Page 42: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

e. Sistemas de registro de operaciones sobre valores (decreto 1120 de 2008)(decreto 1120 de 2008)

• Transparencia (art. 4.3.2.1)DefiniciónPost-negociaciónIdentificación operaciones no representativas del mercado

42

Page 43: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

f. Régimen de transición (decreto 1120 de 2008, art. 3º)

•Las entidades que actualmente administren sistemas de negociación oq gde registro de operaciones, deberán ajustar sus reglamentos y obtener dela Superintendencia Financiera de Colombia la autorizacióncorrespondiente, dentro de un plazo de ocho (8) meses contados a partirde la fecha de entrada en vigencia del decreto.g•El Banco de la República podrá continuar administrando los sistemas denegociación y registro de operaciones que administre a la fecha deentrada en vigencia del presente decreto, debiendo ajustar susreglamentos en la forma y en el plazo previsto en el numeral anterior.•Los intermediarios de valores que de acuerdo con el régimen previo a laexpedición del decreto estén obligados a realizar sus operaciones sobrevalores a través de sistemas de negociación, sólo podrán actuar en elmercado mostrador hasta cuando esté en funcionamiento un sistema deregistro de operaciones que cumpla con el nuevo régimen previsto en eldecreto.•Los corredores de valores especializados en TES Clase B (CVETES)estarán sometidos a las disposiciones especiales que contemplen la

43

terminación ordenada de su actividad.

Page 44: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONES

a. Premisas

L t l t t d i l d d• La compraventa es el contrato que predomina en el mercado devalores.

• Fases en la compraventa de valores:

Oferta y demanda-contratación: OTC, bolsas o sistemas denegociación.

Actividades post-contratación: Distintos tipos de actividades yagentes.

• No se exige una formalidad especial para el perfeccionamiento de lao se e ge u a o a dad espec a pa a e pe ecc o a e o de acompraventa.

• Cuando se celebra a través de bolsas o sistemas de negociación lascompraventas suelen estar sujetas a algunos requisitos para facilitar

44

p j g q pla formación de precios.

Page 45: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESOPERACIONES

a. Premisas

• No obstante existen operaciones bursátiles generalmente• No obstante, existen operaciones bursátiles generalmenteestructuradas a partir compraventas, con reglas especialespara su perfeccionamiento o ejecución.

• En esta clase de operaciones sean éstas de contado o a• En esta clase de operaciones, sean éstas de contado o aplazo, las prestaciones de las partes se cumplen o ejecutande manera simultánea (fondos y valores) y en forma noconcomitante con la celebración de la operación.

• El retraso de una de las partes implica incumplimiento.

• El incumplimiento de una operación está sujeto a reglasespecialesespeciales.

• Lo anterior aplica también a las operaciones con derivados,aunque no necesariamente responden al esquema decompra-ventas

45

compra-ventas.

Page 46: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESOPERACIONES

b. Marco legal

• Resolución 003 de 1982 - Sala General de la ComisiónN i l d V l (D d )Nacional de Valores (Derogada).

• Resolución 400 de 1995 - Sala General de laSuperintendencia de Valores, artículo 2.1.2.1. a 2.1.2.10.(D d )(Derogada).

• Ley 27 de 1990, artículo 15, numeral 4º.

• Decreto 437 de 1992, artículo 3º, letra d).

• Ley 31 de 1992, artículo 31.

• Ley 964 de 2005.

• Decreto 1456 de 2006 (Decreto 1400 de 2005).

46

( )

• Decreto 2893 de 2007.

Page 47: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESOPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

• Definición: Ley 964 de 2005, artículo 9º

S i t d ió li id ió dSon sistemas de compensación y liquidación deoperaciones el conjunto de actividades, acuerdos,agentes, normas, procedimientos y mecanismos quetengan por objeto la confirmación, compensación yg p j , p yliquidación de operaciones sobre valores.Actividad de naturaleza privada calificada de interéspúblico y por ello sujeta a la regulación y supervisión delE dEstado.El objetivo del Sistema es asegurar que la propiedad delos valores pase del vendedor al comprador y que eldinero que constituye el pago pase del comprador al

47

dinero que constituye el pago pase del comprador alvendedor.

Page 48: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESOPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

A ti id d• Actividades

Confirmación: Proceso mediante el cual las partes quehan intervenido en la operación que le da origen a unaa do a op a ó qu da o g a u atransferencia de dinero o de valores, transmiten los datosde la operación al sistema de compensación y liquidación,y éste recibe y casa dichas comunicaciones. Puedehacerla el propio mercado o las partes en el caso delhacerla el propio mercado o las partes en el caso delOTC.Case: Proceso de comparación y comprobación de lainformación dada por el comprador y el vendedor sobrela operación de valores celebradala operación de valores celebrada.Compensación: Proceso mediante el cual se establecenlas obligaciones de entrega de valores y transferencia defondos de los participantes en un sistema de

ió li id ió d i d d i

48

compensación y liquidación, derivadas de operacionessobre valores.

Page 49: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESOPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

•Actividades

Compensación:Mediante este proceso las distintas posiciones deudoras oacreedoras resultantes de la negociación de un operador a lo largode una sesión de contratación, se convierten en una única posicióndeudora o acreedora frente al conjunto de participantes o frente adeudora o acreedora frente al conjunto de participantes o frente aun participante en particular, de tal manera que cada operador sabelo que debe entregar y debe recibir.La forma de establecer las obligaciones de los participantes podráhacerse a partir de mecanismos bilaterales o multilaterales quei l l t d di h bli iincorporen o no el valor neto de dichas obligaciones.Mecanismo Bruto: Cuando las obligaciones se establecentransacción por transacción. En estricto sentido no existecompensación.Mecanismo Neto: Las obligaciones de cada participante en unMecanismo Neto: Las obligaciones de cada participante en undeterminado mercado se calculan de forma agregada.

Mecanismo Neto Bilateral cuando todas las transaccionesque se hayan hecho entre un comprador y un vendedor danlugar a una única obligación de cada uno frente al otro.M i N t M ltil t l t t d l ti i t

49

Mecanismo Neto Multilateral entre todos los participantes.

Page 50: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

• Actividades• ActividadesCompensación:

El proceso de compensación puede ser realizado por unaentidad distinta a la Bolsa. Por ejemplo, una entidad dej p ,compensación (sistema), un depósito central de valores ouna cámara de riesgo central de contraparte.Cuando la compensación la realiza una cámara de riesgo

t l d t t é t i t t lcentral de contraparte, ésta se interpone entre losparticipantes mediante novación, de tal manera que elcontrato original entre comprador y vendedor se sustituyepor dos contratos: uno de compra de la cámara al vendedorp poriginal y uno de venta del vendedor original a la cámara.A su vez, dependiendo del tipo de mercado, el proceso decompensación puede llevarse a cabo exclusivamente def d l l á d l

50

efectivo, o puede realizarse simultáneamente de valores yefectivo, e incluso sólo de valores.

Page 51: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

• Actividades• Actividades

Liquidación: Proceso mediante el cual se cumplendefinitivamente las obligaciones provenientes de unaoperación sobre valores En este proceso una parteoperación sobre valores. En este proceso una parteentrega valores (anotación en cuenta) y la otra efectúa latransferencia de los fondos (transmisión de efectivo) ovalores (anotación en cuenta).Anotación en cuenta: Actualmente la mayoría de losAnotación en cuenta: Actualmente la mayoría de losmercados de valores representan los valores conanotaciones en cuenta, que consiste en el registroelectrónico que se efectúa de los derechos o saldos de lostitulares de valores en las cuentas de depósito depvalores.Orden de transferencia: Instrucción incondicional dadapor un participante para que se efectúe la entrega de unvalor o valores, o de determinada cantidad de fondos, a

b fi i i d i d di h i t ió

51

un beneficiario designado en dicha instrucción.

Page 52: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

c. Sistemas de compensación y liquidación

• Agentes que intervienen en el Sistema de Compensación y Liquidación

Mercados, Bolsas y sistemas de negociación en donde se realizanlas operaciones.Intermediarios: Actúan por cuenta propia o por cuenta de terceros.Pueden participar en los sistemas de compensación y liquidación dePueden participar en los sistemas de compensación y liquidación devalores de manera directa o indirecta.Inversionistas: Individuales e institucionales.Agentes de compensación: Mercados, bolsas, entidadesconstituidas exclusivamente para tal fin, las cámaras de riesgo

t l d t t l d ó it d lcentral de contraparte y los depósitos de valoresAgentes liquidadores: Mercados, entidades constituidasexclusivamente para tal fin, depósitos de valores, bancos centralesy bancos comerciales.Agentes de pago: Entidades autorizadas para recibir y mantenerAgentes de pago: Entidades autorizadas para recibir y mantenerdinero de propiedad de otros.Agentes custodios. Entidades autorizadas para recibir y mantenervalores de propiedad de otros.

52

Page 53: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo legal

• Las diferentes fases del proceso de compensación y liquidaciónde valores conllevan riesgos tanto para sus participantes comopara el sistema en su conjunto.

• Riesgos a los que está expuesto el proceso de compensación yliquidación de valores:

Ri i é iRiesgo sistémicoRiesgo de créditoRiesgo de liquidezRiesgo operativoRiesgo operativoRiesgo de custodiaRiesgo de fallo del banco liquidadorRiesgo legal

53

Page 54: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo Legal

• Definición de Riesgo Legal: Inexistencia de un marco legal sólido o vacíosen la legislación para desarrollar las actividades de compensación yg p p yliquidación.

• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombiana

Rango Legal para el sistema de compensación y liquidación:

La Ley de Valores establece como criterio de intervención ysupervisión la garantía para que las operaciones realizadas en elmercado de valores sean llevadas hasta su puntual y exactamercado de valores sean llevadas hasta su puntual y exactacompensación y liquidación.Se le otorga nivel legal a la reglamentación de los sistemas decompensación y liquidación de operaciones sobre valores.Se define en la Ley de Valores el concepto de compensación y

óy p p y

liquidación.Se autorizan los mecanismos de compensación.Se adoptan los conceptos de finalidad y protección de lagarantías.Se establece el marco legal de las cámaras de riesgo central de

54

Se establece el marco legal de las cámaras de riesgo central decontraparte.

Page 55: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo legal

• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombiana

Finalidad o Firmeza

Concepto: Las órdenes de transferencia de fondos o valores, asícomo cualquier acto que deba realizarse para el cumplimiento decomo cualquier acto que deba realizarse para el cumplimiento delas operaciones, son legalmente exigibles y vinculantes respectode terceros, aún en procesos de insolvencia, toma de posesión,liquidación o disolución respecto de un participante, a partir delmomento en que tales órdenes hayan sido aceptadas por elsistema de compensación y liquidaciónsistema de compensación y liquidación.Aceptación de órdenes: Los propios reglamentos del sistema de

compensación y liquidación establecen cuándo se consideranfirmes las órdenes de transferencia, mediante la definición decuándo se consideran aceptadas.Fi lid d l i b t U d d t f i hFinalidad en el mecanismo bruto: Una orden de transferencia ha

cumplido los controles de riesgo y, por lo tanto, ha sido aceptada,solamente a partir del momento en que se haya verificado laexistencia de saldos suficientes en la cuenta de valores y, de ser elcaso, en la cuenta de dinero de los participantes, y se hayanf t d l ti i t t bl i j i i d l

55

efectuado los respectivos asientos contables, sin perjuicio delcumplimiento de los otros controles de riesgo previstos en elreglamento del sistema.

Page 56: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo legal

• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombianaó o a gado go ga a g a ó o o b a a

Finalidad o Firmeza

Como resultado de la Finalidad, las órdenes de transferencia,aceptadas, los actos necesarios para su cumplimiento y lasoperaciones que de aquellas se deriven, no podrán impugnarse,anularse o declararse ineficaces.El concepto de Finalidad aplica a los mecanismos de

compensación bilaterales o multilaterales que incorporen o no elcompensación bilaterales o multilaterales que incorporen o no elvalor neto de las obligaciones.Interacción de varios sistemas: Cuando un sistema de

compensación y liquidación de valores que haya aceptado unaorden de transferencia (sea de valores o de dinero), requierautilizar los servicios de otro sistema de compensación yutilizar los servicios de otro sistema de compensación yliquidación de operaciones sobre valores o de sistemas de pagopara realizar o culminar la liquidación de la correspondienteorden de transferencia, éstos últimos estarán obligados a recibirla respectiva orden de transferencia para efectos de continuarcon el proceso de liquidación

56

con el proceso de liquidación.

Page 57: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo legal• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombiana

Finalidad o FirmezaDerechos de terceros: Los valores o fondos transferidos noDerechos de terceros: Los valores o fondos transferidos no

pueden ser objeto de reclamación por autoridades judiciales,administrativas ni los acreedores. Lo anterior, se entiende sinperjuicio de las acciones que puedan asistir al agente especial, elliquidador, los órganos concursales, a las autoridades pertinenteso a cualquier acreedor para exigir en su caso las indemnizacioneso a cualquier acreedor para exigir, en su caso, las indemnizacionesque correspondan o las responsabilidades que procedan, por unaactuación contraria a derecho o por cualquier otra causa, dequienes hubieran realizado dicha actuación o de los queindebidamente hubieran resultado beneficiarios de las operacionesrealizadasrealizadas.Órdenes judiciales o administrativas recibidas sobre órdenes no

aceptadas: Las medidas judiciales o administrativas sólo surtiránsus efectos respecto de las órdenes de transferencia noaceptadas, a partir del momento en que sean notificadas ald i i t d d l i t E l d did d i d dadministrador del sistema. En el caso de medidas derivadas de

normas de naturaleza concursal, de toma de posesión, disolución,liquidación, o acuerdos de reorganización empresarial, dichanotificación deberá hacerse de manera personal al representantelegal del administrador del sistema.

57

Mercados en los cuales procede la finalidad: La finalidad procedeen el mercado mostrador y en los sistemas de negociación devalores, a partir del momento en que hayan sido aceptadas por elsistema de compensación y liquidación.

Page 58: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo legal

• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombiana

Protección de las Garantías

Protección: En un sistema de compensación y liquidación deoperaciones las Garantías no podrán ser objeto de reivindicaciónoperaciones, las Garantías no podrán ser objeto de reivindicación,embargo, secuestro, retención u otra medida cautelar similar,administrativa o judicial, hasta tanto no se cumplan enteramentelas obligaciones derivadas de tales operaciones u órdenes. Lasgarantías son protegidas aún en el evento en que el otorgantesea objeto de un proceso de insolvencia o un proceso liquidatoriosea objeto de un proceso de insolvencia o un proceso liquidatorioo de un acuerdo de reorganización empresarial.Extensión de la protección: Los actos por virtud de los cuales seconstituyan, incrementen o sustituyan las garantías seránirrevocables y no podrán impugnarse, anularse o declararseineficacesineficaces.Exigibilidad por ministerio de la ley: Las garantías se podránhacer efectivas, sin necesidad de trámite judicial alguno,conforme a los reglamentos del correspondiente sistema decompensación y liquidación de operaciones.

58

Page 59: ENTIDADES PROVEEDORAS DE INFRAESTRUCTURA€¦ · INFRAESTRUCTURA c. Otros temas relevantes de la organización de los PI •Reglas de conducta y obligaciones legales de entidades

5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN 5. SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OPERACIONESDE OPERACIONES

d. Riesgo Legal

• Cómo se ha mitigado el riesgo legal en la legislación colombiana

Anotación en cuenta: Se reconoce como forma de representación ycirculación de los valores. Es constitutiva del derecho querepresenta. Está pendiente la reglamentación por el GobiernoNacional.Nacional.

Cámara de riesgo central de contraparte

Se reconocen por ley como nuevas entidades del mercado deSe reconocen por ley como nuevas entidades del mercado devalores.Puede actuar en relación con valores y cualquier otro tipo deactivo negociable en los mercados financieros.Pueden actuar como contraparte y administrar sistemas decompensación y liquidación de operacionescompensación y liquidación de operaciones.Se reconoce en la ley que pueden interponerse como acreedorasy deudoras recíprocas de los derechos y obligaciones de losparticipantes de un sistema de compensación y liquidación.Las garantías entregadas a la cámara están protegidas y pueden

59

Las garantías entregadas a la cámara están protegidas y puedenhacerse efectivas por la cámara sin necesidad de trámite judicialalguno.