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Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica.

Producción de contenidos: Coqui Dutto y Pate PaleroDiseño: María Noel Tabera / Ilustraciones y arte de tapa: María Debanne - Carlos Julio Sánchez

Agradecemos las colaboraciones de:

Susana Rins en la elaboración de los contenidos. Silvia Villca, por la letra en quichua de la canción "La escuela". Miriam Palacios y Laura Contigiani de la Sala de Lectura de la Municipalidad de Córdoba por el asesoramiento en literatura infanto juvenil.

A Tatiana Quiroga, por su colaboración en la producción del programa “Me extraña araña”.

Y a Radio Nacional Córdoba y toda su audiencia, por su apoyo permanente.

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3Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Introducción

as nuevas tecnologías de la información cada persona es potencialmente creadora; Ly la comunicación se ofrecen como un como docentes, como promotores/as importante desafío para potenciar las cu l tu ra l e s , como adu l to /a s , nos habilidades creativas de chicos y chicas. corresponde promover y potenciar esta

capacidad natural, a fin de que niños y niñas Esta propuesta que les presentamos no se conviertan en meros reproductores de pretende aportar herramientas para que modelos estandarizados o consumidores niños y niñas se familiaricen con el lenguaje pasivos de productos sociales, sino que de los medios como sujetos con derecho a la desarrollen su expresividad, fomenten el información y a la comunicación. contacto con lo emotivo y dinamicen su

captación de lo real.Este material aborda diferentes aspectos de la Convención Internacional de los Derechos Con la firme convicción de que arte y de la Infancia, a través de los cuales comunicación deben ser herramientas de esperamos desarrollar una tarea de transformación social, lenguajes desde fortalecimiento de su capacidad de análisis donde conquistar los derechos de la en la recepción de mensajes cotidianos, y de infancia, los y las invitamos a descubrir la sus experiencias de producción de potencialidad del sonido. Los y las información propia. convocamos a desarrollar el hábito de la

escucha, a recuperar el valor de las palabras, Se trata de una propuesta educativo- a disfrutar de los silencios y a llenar de cultural basada en la concepción de que la música cada mensaje cotidiano.construcción de la identidad requiere de la capacidad creadora que se manifiesta en la producción artística. Consideramos que

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Derecho al juego, a la diversión, al descanso, y a participar en la vida cultural

Sección I

Los artículos 15 y 31 de la Convención cosas, que las personas ejercieran su Internacional de los Derechos de la derecho de reunirse, ya sea para defender Infancia, expresan que tenés derecho a sus intereses o para cualquier otra jugar, a juntarte con otros, a descansar, cuestión.divertirte, a practicar deportes y a participar de la vida cultural y artística. También tenés derecho a correr, a También tenés derecho a hacer reuniones descansar, a jugar… Porque eso te ayuda a con quien quieras. crecer mejor. Y aunque en la Convención se

habla de las personas hasta los 18 años, Quizá pienses que eso nadie te lo puede sería fundamental que los grandes no impedir. Sin embargo, durante la pierdan la capacidad de jugar y divertirse. dictadura que duró desde 1976 hasta Los adultos tienen que respetar los 1983, quienes ocuparon ilegalmente el sentimientos y las elecciones de los chicos gobierno prohibieron, entre muchas otras y chicas.

Cantemos:CHAMARRITA COSQUILLERA de Hugo Figueras (Disco “Con todas las letras”)

Chamarrita cosquillera Ay que risa que me daCarcaracaracajera Que me río a entre ríos que me río carcajadasy no me paro de reír. Ah, ja, ja, ja,jaChamarrita cosquillera Ay, qué risa que me da.

Chamarrita cosquillera Ay que risa que me daCarcaracaracajera Que me río a entre ríos que me río carcajadasy no me paro de reír. Ah, ja, ja, ja,jaChamarrita cosquillera Ay, qué risa que me da.

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Chamarrita pizpireta eh, je, je, je, je pizza Muy chistosa, muy Siempre haciendo Qué panzada de la risa graciosamorisquetas Chamarrita chifladora ih, ji, ji, ji, ji Qué risita contagiosapiruetas en bicicleta Carancho asao Oh, jo, jo, jo, jodando vueltas al jardín Chinchulín con Qué risita contagiosasoy como una marioneta chimichurri Jojorojorojojosa Esta chamarrita se cuando voy a la pileta Choricito y salchichón Vuelas como mariposa terminó!voy perdiendo las Escabeche de vizcacha Entre nubes de algodónchancletas Con chipá, champang y Chamarrita pegajosa

Te toca a vos:¥ ¿Qué palabras se ríen con A, con E, con I? un techador que por ahí pasaba, le dijo: 'María

Qué otras palabras con CH podemos sumar a Chucena, ¿tu techas tu choza o techas la ajena?' / las que nos propone la tercera estrofa No techo mi choza ni techo la ajena / yo techo la ( ch inchu l ín , sa l ch i chón , ch imichur r i , choza de María Chucena”.escabeche…). ¿Te animás a inventar un oración o ¿Te sale decirlo rápido, rápido, rápido y sin que un trabalenguas con todas ellas? se te lengüe la traba?

Yo sé uno: “María Chucena techaba su choza/

¥

¥

¥

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¥ ¿Qué cosas te hacen reír? ¥¿Por qué te parece que la Convención de los ¥¿Alguna vez tuviste que aguantarte las ganas Derechos de la Infancia y la Adolescencia de reír? ¿Por qué? consideran a la diversión un derecho de niños y

niñas?¥¿Qué es mejor: reírse de otro/a, o reírse con otro/a? ¿Por qué?

¥ “¿Quieres jugar conmigo?” de Ruth Ediciones Abran Cancha.Kaufman, Ed. Sudamericana. ¥ “El joven guerrero” de Gusti, Ed: SM – Los

duros del Barco Vapor.¥ “Maraña” de Mariano Medina, Educando Ediciones. ¥ “No te rías, Pepe”, de Keiko Kasza, Ed.

Norma.¥“La traviesa travesía” de Anahí Rosello, en “Cuentos con rima para los que se animan”,

Derechos de la Infancia

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Derecho a la identidad, a tener un nombre, documento, conocer tu identidad familiar y cultural

Todos los niños y niñas del mundo tienen derecho a que en cuanto un nene o una nena nacen, tienen tener un nombre, documento, identidad familiar y que ser anotados en el Registro Civil. En este lugar nacional. Así lo expresan los artículos 7 y 8 de la aparecen registradas con su nombre y apellido Convención sobre los Derechos de la Infancia. todas las personas.

Algunos chicos son bajos, otros muy flaquitos, Si no tenés un documento donde figure tu nombre, otros tienen orejas grandes y otros una risa tu fecha de nacimiento y tu nacionalidad, podés ver contagiosa. afectados otros derechos, como la salud, la

educación, la posibilidad de acceso a planes Nadie canta tan lindo como Marina. Nadie repite sociales. Y en los derechos, todos y todas debemos tan rápido la tabla del 3 como Joaquín. ser iguales. Nadie tiene los ojos más oscuros que Lucas... Las familias pueden ser diferentes, pero todos Todas las personas tenemos algo diferente, algo tenemos derecho a tener una.que nos hace especiales e irrepetibles. Juan vive con su mamá, porque los papás están Pero también tenemos cosas en común: algunos separados, pero ve a su papá todas las semanas. vivimos en la misma cuadra, nacimos en el mismo Lucía vive con su papá, su mamá y sus hermanos. hospital, vivimos y crecemos en este país, Lucas es adoptado y vive con sus papás del Argentina. Y sobre todo, somos seres humanos, corazón. No conoce a su verdadera mamá, pero es niños y niñas con derechos. posible que algún día sí. Ernesto y Mariela, que son ¿Cómo te llamás? ¿Dónde vivís? ¿Quiénes son tus hermanos, viven con sus abuelos porque su papá padres? Seguramente estas preguntas te parecen no puede tenerlos y su mamá falleció. Marianela muy fáciles de contestar, pero aunque sea difícil de vive con su papá, su mamá, y sus abuelos, todos en imaginar, en nuestro país miles de niños ven la misma casa. vulnerado su derecho a la identidad. El censo de Lo importante es que cada uno pueda conocer cuál 1991 arrojó una cifra de 13.000 nacimientos no el su origen, su historia y la de su familia. registrados por año. El artículo 7 de la Convención

Internacional sobre los Derechos de la Infancia dice

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Me miro en el espejo, me llevo en mi nariz. Porque así soy yo, así soy yo. quiero conocer Mucho gusto en conocerme Saber qué cara tengo y de Me miro en el espejo me y encantado de quién soy. qué color la piel quiero como soy,

No importa si soy flaco, o Tal vez podría tener la Me miro en el espejo, me petizo y panzón. mirada más cordial quiero descubrir El abrazo más abierto y el Contar las pocas pecas que Estribillo: ombligo en espiral

Te toca a vos:¥ Juego para jugar entre varios amigos o cosas que te dan miedo, las cosas que te ponen compañeros del cole: ¡A escribir una contento. Pero el desafío es que en ningún “autobiografía”! momento escribas tu nombre. Y luego... ¡¡¡a

Tenés que poner todos tus datos: como sos, intercambiar las “biografías”, leerlas en voz alta y qué te gusta, cómo está integrada tu familia, las adivinar a quién está describiendo!!! ¥

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¥ ¿Te gusta tu nombre? ¿Sabés que los nombres apodos? Si tuvieras que ponerte uno ¿cuál te tienen significados? ¿Qué significa el tuyo? ¿Y los pondrías?

¥“El nombre de José” de Lilia Lardone, Ed. ¥ “Secreto de familia”, de Isol, FCE México.Sicornio. ¥ “La familia Numerozzi”, de Fernando Krahn.

Ediciones Ekaré.¥“Family” de Ema Wolf, Ed. Sudamericana. ¥ “El niño que perdió su nombre”, de Estela ¥“Lombrices” de Silvia Guiard, Ed. Libros del Smania, ilustraciones de Gabriela Fontana, Ed. Quirquincho.Comunicarte.¥ “Mamá del cosmos”, de Sergio Kern, Ediciones ¥ “Mi papá”, de Anthony Browne, FCE.del Eclipse.

Cantemos:Me miro en el espejoDe Hugo Midón y Carlos Gianni (CD: Vivitos y coleando)

Derechos de la Infancia

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Derecho a la información, a la expresión, a que las opiniones de niños y niñas sean escuchadas

Los Art. 12 y 13, 14, 15, 17 y 37 de la reflejan lo que pensamos o sentimos nosotros, Convención de los Derechos de la Infancia o nuestra comunidad.garantizan tu derecho a informarte, a Son muy pocos los medios en los que los expresarte y a opinar. chicos y chicas se expresan libremente. En muy Tus opiniones son muy importantes y las pocas radios y canales se puede encontrar personas adultas deben tomarlas en cuenta. información y música seleccionada por o para Tenés derecho a expresarlas libremente, de la niños y niñas de tu edad.manera que más te guste: hablando, El derecho a que chicos y chicas accedan a una escribiendo, dibujando, cantando… programación especialmente producida para Esta libertad tiene una recomendación: que ellos es muy importante. Por esto es tus expresiones no hieran ni ofendan a otros ni importante que existan medios y contenidos otras. que promuevan el bienestar social, espiritual,

moral y de salud física y mental de niños y Algunas palabras no tienen buena fama, están niñas.siempre en penitencia y se las llama “malas

palabras”. Te parece que estas palabras, ¿te ayudan o dificultan tu comunicación?Muchas de nuestras expresiones, están i n f l u e n c i a d a s p o r l o s m e d i o s d e comunicación. Leyendo diarios o revistas, mirando canales de televisión, escuchando Para poder conocer el mundo que te rodea, radios, recibimos mensajes sobre realidades debés contar con información comprensible, muy cercanas o muy lejanas. adecuada a tu edad, a tus intereses, gustos y Estos mensajes, además de información, necesidades. Si estás bien informado, podrás transmiten opiniones sobre el mundo que nos decidir, opinar y entender mejor tu realidad rodea: cómo es y cómo debería ser. cotidiana.Pero no necesariamente estas opiniones

Actualmente en nuestro país se está discutiendo un nuevo Proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales. Uno de sus artículos (el N° 59) habla de esto.

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Que canten los niños, que alcen la voz, Que canten los niños que viven en paz,que hagan al mundo escuchar, y aquellos que sufren dolor.que unan sus voces y lleguen al sol, Que canten por esos que no cantarán,que en ellos está la verdad. porque han apagado su voz.Que canten los niños que viven en paz,y aquellos que sufren dolor. Yo canto para que sea verde el jardín, Que canten por esos que no cantarán, y yo para que no me apaguen el sol porque han apagado su voz. yo canto por el que no sabe escribir,

y yo por el que escribe versos de amor. Yo canto para que me dejen vivir,yo canto para que sonría mamá, Yo canto para que se escuche mi voz, yo canto porque el cielo sea azul, y yo para haber si les hago pensar, y yo para que no me ensucien el mar. yo canto porque quiero un mundo feliz,

y yo por si alguien me quiere escuchar.

Yo canto para los que no tienen pan, Que canten los niños, que alcen la voz,yo canto para que respeten la flor, que hagan al mundo escuchar,yo canto porque el mundo sea feliz, que unan sus voces y lleguen al sol,yo canto para no escuchar el cañón. que en ellos está la verdad.

Que canten los niños que viven en paz,Que canten los niños, que alcen la voz, y aquellos que sufren dolor.que hagan al mundo escuchar, Que canten por esos que no cantarán,que unan sus voces y lleguen al sol, porque han apagado su voz.que en ellos está la verdad.

Cuidado cuidadito la gallina chismosa Qué flaca, qué flaca…De cuentos y mentiras tiene llena la boca Cuidado cuidadito…

Ella vende confusión y busca riña Come tanto que le duele la barrigaY disfruta de la burla y de la intriga Qué gallina tan chismosa y mal vecinaCome tanto que parece Cuando empolla cacareaQue tragó una matraca Come choclo y come papaY vive protestando que está flaca Y vive protestando que está flaca.

Estribillo Soy flaca, soy flaca…Soy flaca, soy flaca… Qué flaca, qué flaca…

Cantemos:QUE CANTEN LOS NIÑOSde José Luís Perales

LA GALLINA CHISMOSAVinicius de Moraes – (CD: Chumban los parches, del Grupo “Caracachumba”)

Derechos de la Infancia

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Te toca a vos:¥ El juego es así: tenés un micrófono y 5 minutos ¿Qué preguntas quisiera que te haga?para hablar a los grandes ¿qué les dirías? Si hicieras un programa de radio para chicos y

Ahora completá la frase: “yo canto porque…” chicas de tu edad, ¿qué bloques tendría? ¿cuál te o “yo canto para que…” gustaría que fuera tu rol?Imaginá que un periodista quisiera entrevistarte,

¥¥

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¿Escuchaste estas canciones?

¥¿En qué situaciones sentís que tus opiniones en las telenovelas, los “realities”, los concursos, los programas de “chimentos”, etcétera.han sido escuchadas? ¿En cuáles no?¥¿Qué es un “chisme”? ¿Por qué te parece que la ¥¿Te parece que los medios siempre reflejan la canción de la Gallina Chismosa dice que ella es realidad como vos la vivís? Pensá en no sólo en los una mala vecina?informativos, sino también en las publicidades,

¥ “No se dice”, grupo Grandes Chicos. ¡¡Habla de las malas palabras!!!¥ “La paloma mensajera” de M. E. Walsh.

¥“La canción de las pulgas”, de Gustavo Miguel Ángel Palermo, Ed. Centro Editor de América Latina.Roldán, Ed: Colihue.¥ “La carta de la Señora González”, de Sergio ¥“Los nuevos oídos” de Anne Graaf, Ed: Unilit.Laitla y Ana Lartitegui, Fondo de Cultura ¥ “El traje nuevo del emperador”, de Christian Económica.Andersen, Ed: Sudamericana.¥ “Intercambio cultural”, de Isol, Fondo de ¥ “Cartas a Papá Noel” de Luis María Pescetti.Cultura Económica.¥ “Lluvia de noticias”, de Margarita Mainé, Ed. ¥ “Noticias de un mono”, de Silvia Shujer, Sudamericana.Atlántida.¥ “Cuentos que cuentan los tehuelches” de

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Derecho a no ser discriminado o discriminada por tu aspecto físico, tu religión o tu nacionalidad

Discriminar quiere decir “reconocer las Quizás alguna vez sentiste que “valías” diferencias”. Esto no es malo en sí mismo. menos, que no podías hacer o participar El problema es cuando por estas de algo por ser nena o por ser varón, por diferencias le adjudicamos a las personas cómo te vestís, o por las costumbres de tu características negativas: “las mujeres no familia.saben manejar”, “los pobres son pobres Chicos o grandes, nadie debe ser porque son vagos”, “no quiero que mi hijo discriminado por su cultura, su origen llore, porque se va a hacer mariquita”, “vos racial, su religión, o su condición social. A con esa pinta a este boliche no entrás”. veces este menosprecio tiene forma de Los artículos 2, 14 y 30, te protegen contra burla, de chiste, de juego, y nos parece las discriminaciones negativas. inofensivo. Pero si nos imaginamos en el Tenés derecho a sentirte bien con tu color lugar de quien recibe esta burla, nos de piel, tu pelo, tus ojos y todos los rasgos vamos a dar cuenta de que no es nada de tu persona. Si sos alto/a, petiso/a, agradable. gordo/a, flaco/a, con lentes, con Ninguno/a es mejor que nadie. Y nadie es ortodoncia, flogger, cuartetero/a, cheta/o, mejor que vos. Como lo dice la canción…o rockero/a, de Talleres o de Belgrano, c u a l q u i e r a s e a n t u s g u s t o s o preferencias… nadie puede hacerte sentir vergüenza, burlarse, ridiculizarte o aislarte por no coincidir con vos.

Derechos de la Infancia

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Te toca a vos:¥¿En qué cosas está bien que seamos ¥ ¿Alguna vez les preguntaste a tus amigos/as si distintos? practican alguna religión? ¿Qué religiones

conocés y qué sabés de ellas?¥ ¿En qué cosas está bien que seamos iguales?¥ ¿Conocés a chicos o chicas que hayan nacido ¥ ¿Qué opinás de los chicos que usan pelo largo?en otros países? ¿En qué somos diferentes y en ¥ ¿Qué opinás de las chicas que juegan al qué somos parecidos?fútbol? ¿Y de los varones que NO juegan al

fútbol?

¿Ya leíste estos cuentos?¥“La mujer barbuda y otros cuentos”, de ¥“Cosas que pasan”, de Isol, Fondo de Cultura Patricio Pron – Ed: Libros del Quirquincho. Económica.¥“Mamá ¿por qué no hay nadie como ¥“Lentes, ¿quién los necesita?”, Lane Smith, nosotros?”, Luis María Pescetti, en “Nadie te Fondo de Cultura Económica.creería”, Ed. Alfaguara. ¥“El otro lado del mundo”, de Graciela Pedraza y ¥“El hombre ave”, de Luis María Pescetti en Jorge Cuello, Comunicarte.“Nadie te creería”, Ed. Alfaguara. ¥“Los años terribles”, de Yolanda Reyes, Ed. ¥“Un bicho de ciudad”, de Graciela Vega, Ed. Alfaguara.Cesarini Hnos. Editores.

Miramos la misma luna Que tenés vos.Buscamos el mismo amorTenemos la misma risa Cantamos el mismo himnoSufrimos la misma tos Con el mismo corazónNos dan las mismas vacunas Tenemos las mismas leyesPor el mismo sarampión La misma constitución.Hablamos el mismo idiomaCon la mismísima voz. Pisamos la misma tierraYo no soy mejor que nadie Tenemos el mismo solY nadie es mejor que yo Pinchamos la misma papaPor eso tengo los mismos derechos Con el mismo tenedor.

DERECHOS DERECHOSDe Hugo Midón y Carlos Gianni

Cantemos:

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Derecho a la salud física y mental, derecho a una buena alimentación.

Los artículos 24, 25 y 26 se refieren al Hacer deportes, andar en bici, jugar con tus cuidado de tu salud. amigos en la plaza, trepar árboles, observar Estar sano no significa simplemente no insectos… todas estas cosas también son tomar remedios. La salud implica: que comas parte de tu salud.bien, que hagas actividades al aire libre, que No es que el o la pediatra no nos caiga bien, te diviertas, que duermas profundo, que pero lo ideal es que vayas a su consultorio vayas al baño regularmente, que tus dientes sólo cuando haga falta. ¿Alguna vez te estén fuertes y brillantes. llevaron a su consultorio? ¿Te contaron qué Por eso, no hay que esperar que algo te duela tenías? ¿Te explicaron cómo curarte?o te sientas mal para pensar en tu salud. La Cuando un niño o niña está en situación de tarea de prevención es fundamental para enfermedad, las personas grandes tienen que este derecho se cumpla. que garantizar que sea bien atendido. Si hay Tomar remedios debiera ser sólo una que operarlo, si tiene que hacer un excepción, cuando las defensas naturales de t ra tamiento pro longado, s i debe tu cuerpo no alcanzan para combatir una permanecer internado en un hospital, enfermedad. también deberá garantizarse que continúe Por eso: tener tu carnet de vacunación al día con su educación, que esté en contacto con te va a ayudar a tener una defensa… ¡mejor su familia, que no deje de jugar, de divertirse, que la de la Selección Argentina de Fútbol! de leer.Visitar a tu dentista regularmente, y cepillar tus dientes tres veces al día, te permitirán tener una boca lista para disfrutar de los alimentos.

Derechos de la Infancia

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14Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Había una vez un bru, con la vacuna luna luna lu. cuando el médico lo pinchó.un brujito que en Bulubú La vaca de Bulubú, A toda la población, no podía decir ni mú. Y después se marchó el doctorasustaba sin ton ni son El brujito la embrujó Manejando un cuatrimotor

y la vaca enmudeció ¿Y saben lo que pasó?Pero un día llegó el doctor ¿Y saben lo que pasó?manejando un cuatrimotor Los chicos eran muy bu, Noooooo¿Y saben lo que pasó? burros todos en bulubú¿Y saben lo que pasó? No aprendían la lección Todas las brujerías¿No? y enfermaban de sarampión. Del brujito de Bulubú

Se curaron con la vacú,Todas las brujerías Ha sido el brujito el ù Con la vacuna luna luna lúdel brujito de Bulubú uno y único en BulubúSe curaron con la vacu, Que lloró, pateó y gritó

CANCION DE LA VACUNADe María Elena Walsh

Te toca a vos:Por ejemplo, a los perros, a los árboles, a los ¥pájaros, a los primos, a las vecinas…¥ ¿Qué otras cosas les pueden haber pasado a

los habitantes de Bulubú?

¿Qué palabras riman con Bulubú?

Pregunto:¥ ¿Sabés que una buena alimentación tenido? disminuye las posibilidades de enfermarse? ¥ ¿Qué otras cosas son importantes para no

enfermarse? ¿Conocés alguna forma de curarse ¿Cuáles son los alimentos indispensables para que sea sin tomar remedios? ¿Cuál?crecer sanos?¥ ¿Conocés tu grupo sanguíneo?¥ ¿Te acordás de las enfermedades que has

Cantemos:

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¿Ya leíste estos cuentos?

¿Escuchaste estas canciones?

¥ “La sopa”, de Sandra Pérez, Piojos y Piojitos 2.

¥ “Pinino” de la Fugazzetta, 5 Encantando.

¥ “A mi burro”, versión de 5 Encantando.

¥“Canción para lavarse los dientes”, Pipo Pescador.

¥“Canción del Choripán”, de La Chicharra.

¥“La vuelta al mundo en 80 cabezas”, del Grupo Rompecabezas.

¥“La dieta de los Chanchos”, de Luis Pescetti y versión de Tutú Marambá.

¥“La bruja del chocolate”, de Tutú Marambá

¥ “El señor Perugio tiene calor”, de Ricardo Méndez en “Rarezas y cuentos”, Ed. Libros del Quirquincho.Mariño en “El sapo más lindo del mundo”, ¥ “Yo te curaré, dijo el pequeño oso”, de Ed. Libros del Quirquincho.Janosch, Ed. Alfaguara.¥ “La flor del Lirolay”, de Miguel Ángel ¥ “La danza de la panza”, de Paula Bombara Palermo en “Lo que cuentan los collas”, Ed. y Sonia Espluges, Ed. Comunicarte.Sudamericana.¥ “Manuela, qué muela”, de Silvia Filiau y ¥ “Jamón del diablo” en “La casa del árbol” de Paula Fränkel, Ed. Comunicarte.Iris Rivera, Ed. Colihue.

¥ “El paciente malhumorado” de Mario

Derechos de la Infancia

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Derecho a no trabajarSegún el diccionario, TRABAJAR significa: maduración se acelera y muchas veces se “Tener una ocupación remunerada (pagada) exponen a exigencias físicas y condiciones en una empresa, una institución, etcétera. ambientales que pueden afectarlos en su Ejercer determinada profesión u oficio. bienestar físico y mental.Colaborar o mantener relaciones comerciales Por eso, los artículos 32 y 19 de la Convención con una empresa o entidad. Cultivar la tierra”. Internacional de los Derechos de la Infancia Es muy probable que conozcas a chicos o proclaman el derecho de niños y niñas a no ser chicas que trabajan. Quizás los has visto en la obligados a trabajar, ni ser explotados calle, vendiendo pan, flores, pastelitos. A lo económicamente.mejor tenés algún amigo o amiga que le ayude Lamentablemente, en nuestro país y en la a su mamá o a su papá sembrando o mayoría de los países de Latinoamérica el cosechando, cortando ladrillos o preparando trabajo infantil es algo muy habitual. Esto no mezcla. Y también puede ser que vos hayas es porque a sus padres les guste que sus hijos tenido que trabajar, cuando el dinero ha trabajen. Más bien se debe a problemas faltado en tu casa. económicos, sociales y políticos que nuestra El trabajo no es malo en sí mismo. De hecho, la región ha enfrentado históricamente y que mayoría de las personas en su edad adulta han generado desocupación y precarización esperan tener un oficio, una profesión, una laboral.ocupación en la que ser útiles, y con la cual La obligación de toda la sociedad, es buscar la ganarse la vida dignamente. manera de que las familias puedan sostenerse El problema es que cuando un niño o niña con el trabajo exclusivo de los adultos, para trabaja, se le hace muy difícil estudiar. Los que los chicos y chicas puedan asistir a la chicos y chicas trabajadores tienen mayores escuela primera y luego a la secundaria, inasistencias a la escuela, menor rendimiento disfrutar de su infancia y adolescencia, jugar y en sus tareas y más probabilidades de crecer sin apuro ni preocupaciones de abandonar. Además, su proceso de grandes.

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17Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Te toca a vos:¥adultos:en la otra los que no te gustan.

Hagamos una lista de los trabajos de los en una columna los que te gustan y

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¥ ¿Conocés chicos que trabajen? ¿De qué ¿quién debería hacerlo?manera? ¥ ¿Colaborar en las tareas de la casa también es

un trabajo? ¿Está bien hacerlo?¥ Si no tienen padres que se ocupen de ellos,

¥ “La pequeña vendedora de fósforos” de ¥ “Sopa de estrellas” de Mercedes Pérez Sabbi, Cristian Andersen, Ed. Colihue. Ed. Sudamericana.

Eh, loquito todo el día trabajandoVendiendo pan casero Pan, pan, pan caserito.Cuando paran los autos Pan, pan, pan calentito.Y qué lo que queré hacerY qué lo que queré hacer eh? La calle, el cemento

Los autos, el viento,Eh, loquito trabajás desde temprano Bocinas, miradas,Y yo voy al colegio No compro nada.Ya no me quejo.Tan chiquito y trabajando Quiero creer que vive en un lugarY yo jugando Y que su mami lo abraza aunque venda poco panSemáforo rojo Yo que duermo calentito y me la paso jugandoCómpreme algo don. A veces me pregunto ¿qué hace un nene trabajando?

SEMÁFORO ROJOGrandes Chicos (del CD: Semáforo Rojo)

Cantemos:

¿Escuchaste estas canciones?¥ “Gabinete de Orientación Vocacional” de ¥ “Sereno de los oficios”, de Jorge Marziali, Los Musiqueros. disco “Y por qué”.

Derechos de la Infancia

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18Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Derecho a la educación, en la paz, la amistad, la igualdad y el respeto al ambiente.

Los artículos 28 y 29 de la Convención solidaridad. Esto también está escrito en el sobre los derechos de la infancia, sostiene preámbulo de la Convención, y en el que los niños y niñas tienen derecho a artículo 23 afirma que no hay ninguna recibir educación que desarrolle sus razón para que una niña o un niño capacidades y que le enseñe acerca de la discapacitado vaya a una escuela distinta paz, de la amistad, de la igualdad y del que el resto de sus amigos.respeto por el ambiente natural. Además, dice que el niño que pertenece a Los adultos tienen la obligación de una minoría tiene el derecho de usar su educarte, para que vos y los demás chicos y lengua y de vivir de acuerdo con su cultura chicas aprendan a vivir en paz, en libertad, y con su religión (Art. 30).en igualdad, y con dignidad, tolerancia y

yacuychiy!! ( adentro) suma y resta leccionestacampanasqa tan tan tan mulplicayta yachani uyarina wajyawanchis cabrasniyta qhawaj gina leccionwan estudiasqata sach'a patapi estudiani maestraqa suyawanchis Ya aprendí suma y resta y sigo multiplicando Tan tan tan de la campana mientras yo cuido a mis cabras escuchamos que nos llama por ahí me siento estudiando. con la lección estudiada la maestra nos reclama. jamuchun chay ujnenka (que se venga la otra).

LA ESCUELADe Sixto Palavecino (CD con el Coro de niños quichuistas)

Cantemos:

Enredate! Sección I

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Enredate!

19Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Te toca a vos:¥ Compará la canción en quechua y en palabras tiene la primera estrofa? ¿cuántas veces

se repite la palabra mamá en toda la canción?castellano y reconocé el significado de algunas ¥ Hacé un círculo en las letras que forman tu palabras. ¿Te animás a escribir una oración en nombre.quechua?

¥ Ahora un juego de cuentas escolares: ¿cuántas

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¥ ¿Cuál es el nombre de tu señorita preferida? ¥¿Qué cosas te gustaría aprender en la escuela?¿En que grado fue tu maestra?¥¿Cómo sería la escuela ideal?

¥ “Esa mañana a las 10” de Estela M. Gadea de ¥ “La lechuza que sabía razonar” de Gustavo Leiguarda, Ed. Colihue Roldán, en “El monte era una fiesta”, Ed. Libros

del Malabarista.¥ “El discurso del gallo preferido”, de Ricardo Mariño en “El sapo más lindo del mundo”, Ed: ¥ “Los años terribles” de Yolanda Reyes, Ed. Libros del Quirquincho. Alfaguara.

segundota tucuchaspa mamay tatay niwarqancutercero y cuarto ruani anchata estudianaytaancha gustawan escuela tataypaj tatan niwarkaquinto, sexto ruay munani septimoman chayanayta Me recomiendan mis padres Terminé segundo grado, que vayamos estudiando tercero y cuarto prefiero quiere mi abuelo que empiece me gusta tanto la escuela el séptimo ya cursando.que quinto y sexto hacer quiero

¿Escuchaste estas canciones?¥ “Cuarteto de grado”, de Grandes Chicos.

Derechos de la Infancia

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20Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Derecho a cuidados especiales para chicos y chicas con dificultades físicas o mentales.

Los niños o niñas que tienen problemas Por ejemplo, las escuelas y demás espacios mentales o físicos tienen derecho a vivir como públicos a los que acceden niños y niñas deben los otros niños, a estar junto a ellos, a ser adaptarse a las necesidades de aquellos que atendidos, a ir a la escuela, a prepararse para el tienen capacidades diferentes: instalar rampas, trabajo, y a divertirse. evitar obstáculos para el desplazamiento, Los adultos tienen que asegurar que los chicos y promover la incorporación de lenguajes las chicas con capacidades diferentes tengan la alternativos (braile, lenguaje de señas), posibilidad de crecer en un lugar que los ayude etcétera.a ser independientes. Para eso necesitan Todo esto está señalado en el artículo 23 de la cuidados especiales que compensen sus Convención sobre los Derechos del Niño.dificultades.

Como las plantas, somos seres vivos Cuando la naturaleza distraídaComo las plantas, tenemos que crecer Hiere a la flor o a un embriónComo ellas, necesitamos cariño El ser humano, más que las floressol, amor, aire, para vivir bien. Necesita en la vida

De mucho afecto y comprensión.

NATURALEZA DISTRAÍDAToquinho (del CD: “Toquinho e Convidados”)

Cantemos:

Enredate! Sección I

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21Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Te toca a vos:¿Te animás a dar un paseo por el parque o la plaza e intentar buscar ejemplos de “naturaleza distraída”?

Pregunto:

¿Ya leíste estos cuentos?

¥ ¿Tenés a alguien cercano que tenga algún abandonadas? problema físico o mental desde su

¥ ¿Qué cosas en concreto se pueden hacer nacimiento?para facilitarles un poco la integración a la vida

¥ ¿Te parece que la sociedad se acuerda de cotidiana?estas personas o las tiene un poco

¥ “Sobre ruedas”, de Esteban Valentino, Ed: Sudamericana.

¥ “El jorobado de Notre Dame” de Alejandro Dumas, traducción al castellano de Cristina Aparicio, Ed: Norma.

¥ “María Caracolito”, de Pipo Pescador, Ed. El Narrador.

Derechos de la Infancia

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22Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Aproximación a la producción radiofónica

¿Qué es comunicar?

En año 1977, la Organización de las definiciones, es la siguiente:Naciones Unidas, convocó a un encuentro “La comunicación es un aspecto mundial, para debatir sobre las fundamental de los derechos humanos, características que debía considerar la que supera el derecho a ser informado e comunicación en un siglo que comenzaba incluye:a diversificar y multiplicar sus formas de informarse. El derecho de reunión, de discusión La síntesis de aquella reunión se conoce y de participación.como “Informe Mc Bride”, en honor a El derecho de hacer preguntas, de quien coordinó el encuentro. Este ser informado y de informar.documento se tituló: “Un solo mundo, El derecho a la cultura, a la voces múlt iples”, y una de sus protección de la vida y al desarrollo”.

Hay una serie de palabras que tienen alguna cosa. Usar métodos y técnicas para relación con esta actividad. ¿Cuáles son? divulgar ideas que tiendan a provocar ¿Qué significan? comportamientos o actitudes en los

individuos que reciben los mensajes.DIFUNDIR: Extender, verter, derramar, divulgar. PRENSA: Conjunto de publicaciones

diarias y periódicas.INFORMAR: Dar a alguien noticia de alguna cosa. Dar informes acerca de COMUNICAR: Hacer partícipe a una/s determinadas cuestiones. persona/s de algo que se tiene. Poner en

común.PUBLICITAR (Propaganda): hacer pública

Enredate! Sección II

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23Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

La comunicación en el nuevo siglo

La Radio. Un medio mágico

Tal como anticipó el “Informe Mc. Bride”, con más presencia a la radio.el siglo XXI llegó con una multiplicidad de Pero vos, con tus amigos, contás con voces. nuevas herramientas y canales de Si les preguntás a tu papá o a tu mamá con comunicación. Internet ha revolucionado qué medios se han informado la mayor la forma de informarse en todo el mundo. parte de sus años, te nombrarán Muchos chicos y chicas ya usan correo principalmente a la televisión, los diarios, electrónico, diseñan blogs, leen revistas y las radios. páginas digitales, chatean y juegan con Tu abuelo o abuela, quizás tengan más chicos que están en la compu de al lado o a presente el cine, y las revistas, y recordarán miles de kilómetros de distancia.

“Contrariamente a lo que se puede creer, permitir el acceso prácticamente a todos los sentidos están en juego en la todos y a todas,radio. Se ve aunque no hay imagen, se tener costos relativamente más bajos.huele, se siente. Todos los colores, todos Dos rasgos principales de la radio son:los perfumes, todas las formas, todo está

La inmediatez. Permite que la información en la radio, en el sonido de la radio”.

sea transmitida instantáneamente, sin más Paula Castello, FM La Tribu. mediaciones que la elaboración del mensaje.

Como medio de comunicación, la radio se La fugacidad. El mensaje de la radio caracteriza por: dura mientras está en el aire. No se puede

la heterogeneidad de las audiencias, volver atrás ni hay modo de pedirle al la posibilidad de abrir canales de conductor o conductora que repita la frase

participación más eficaces que cualquier que no se entendió. Por eso la claridad es otro medio, vital.

Comunicación y Derechos

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24Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

El lenguaje radiofónico

Géneros

Si prestás un rato de atención a una Palabrasfrecuencia de radio, podrás escuchar que Silencioslo producido, es la mágica combinación de Efectos sonoroscuatro elementos:

Con estos elementos se conforman Música diferentes GÉNEROS Y FORMATOS.

Son los modelos para clasificar las participativo producciones radiofónicas, de acuerdo a educativociertas leyes, y criterios. cultural e informativoHay diferentes formas de clasificarlos: publicitario

religiosoSegún los modos de producir, los géneros pueden ser: Según los destinatarios o interlocutores,

dramático los géneros pueden ser:periodístico infantil musical mujer

niños y jóvenesSegún sus objetivos e intenciones, pueden adultos mayoresser:

entretenimiento

Enredate! Sección II

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25Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

FormatosSon las formas en que se traducen los Género periodístico. Formatos: nota, contenidos. Como si fueran “la ropa” que noticiero, entrevista, avances, crónicas, se les pone a las cosas que queremos decir. reportajes, comentarios.

Género dramático. Formatos: Género musical. Formatos: bailable, radioteatro, radionovela, sociodrama, clásico, folclórico, rock, cuarteto, etcétera.cuña, serie, narraciones, dramatizaciones en general.

Te toca a vos:Ahora te proponemos que, en grupo, juegues ¥Grupo 4: Programa dramático para niños. con los formatos y géneros, haciendo tu Formato: radioteatro de chistes. propio programa de radio.

¥Grupo 5: Programa musical para niños. Formato: Entrevista a una estrella musical. ¥Grupo 1: Programa periodístico infantil.

Formato informativo. Tema: Programas y ¥Grupo 6: Programa musical para adultos. espectáculos infantiles y recomendables.

Formato: selección de canciones para chicos y chicas. ¥Grupo 2: Programa periodístico infantil.

Formato debate Tema: ¿La televisión es buena o mala para los niños y niñas?

¥Grupo 3: Programa dramático para niños. Formato: narración. Adaptación del cuento: “Fefa es así”

Comunicación y Derechos

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26Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Aprobada por la Asamblea General de las enunciados en ellos, sin distinción alguna, por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. motivos de raza, color, sexo, idioma, religión,

opinión política o de otra índole, origen nacional o PREÁMBULO social, posición económica, nacimiento o

cualquier otra condición, Recordando que en la Declaración Universal de Los Estados Partes en la presente Convención,Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene derecho a Considerando que, de conformidad con los cuidados y asistencia especiales, Convencidos de principios proclamados en la Carta de las Naciones que la familia, como grupo fundamental de la Unidas, la libertad, la justicia y la paz en el mundo sociedad y medio natural para el crecimiento y el se basan en el reconocimiento de la dignidad bienestar de todos sus miembros, y en particular intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de los niños, debe recibir la protección y asistencia de todos los miembros de la familia humana,necesarias para poder asumir plenamente sus Teniendo presente que los pueblos de las Naciones responsabilidades dentro de la comunidad,Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los Reconociendo que el niño, para el pleno y derechos fundamentales del hombre y en la armonioso desarrollo de su personalidad, debe dignidad y el valor de la persona humana, y que crecer en el seno de la familia, en un ambiente de han decidido promover el progreso social y elevar felicidad, amor y comprensión,el nivel de vida dentro de un concepto más amplio Considerando que el niño debe estar plenamente de la libertad, preparado para una vida independiente en Reconociendo que las Naciones Unidas han sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamado y acordado en la Declaración proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, Universal de Derechos Humanos y en los pactos en particular, en un espíritu de paz, dignidad, internacionales de derechos humanos, que toda tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, persona tiene todos los derechos y libertades

Convención sobre los derechos del nino

Enredate! Anexo

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27Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Teniendo presente que la necesidad de proporcionar Teniendo debidamente en cuenta la importancia de al niño una protección especial ha sido enunciada en las tradiciones y los valores culturales de cada pueblo la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos para la protección y el desarrollo armonioso del niño,del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño Reconociendo la importancia de la cooperación adoptada por la Asamblea General el 20 de internacional para el mejoramiento de las noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración condiciones de vida de los niños en todos los países, Universal de Derechos Humanos, en el Pacto en particular en los países en desarrollo,Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en

Han convenido en lo siguiente: particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Artículo 1Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los Para los efectos de la presente Convención, se estatutos e instrumentos pertinentes de los entiende por niño todo ser humano menor de organismos especializados y de las organizaciones dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley internacionales que se interesan en el bienestar del que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría niño, Teniendo presente que, como se indica en la de edad. Declaración de los Derechos del Niño,"el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y Artículo 2 cuidado especiales, incluso la debida protección legal, Los Estados Partes respetarán los derechos tanto antes como después del nacimiento", enunciados en la presente Convención y asegurarán Recordando lo dispuesto en la Declaración sobre los su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin principios sociales y jurídicos relativos a la protección y distinción alguna, independientemente de la raza, el el bienestar de los niños, con particular referencia a la color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política adopción y la colocación en hogares de guarda, en los o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la planos nacional e internacional; las Reglas mínimas posición económica, los impedimentos físicos, el de las Naciones Unidas para la administración de la nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus justicia de menores (Reglas de Beijing); y la padres o de sus representantes legales. Los Estados Declaración sobre la protección de la mujer y el niño Partes tomarán todas las medidas apropiadas para en estados de emergencia o de conflicto armado, garantizar que el niño se vea protegido contra toda Reconociendo que en todos los países del mundo hay forma de discriminación o castigo por causa de la niños que viven en condiciones excepcionalmente condición, las actividades, las opiniones expresadas o difíciles y que esos niños necesitan especial las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus consideración, familiares.

Anexo

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28Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 3 cooperación internacional.En todas las medidas concernientes a los niños

Artículo 5que tomen las instituciones públicas o privadas de L o s E s t a d o s P a r t e s r e s p e t a r á n l a s bienestar social, los tribunales, las autoridades responsabilidades, los derechos y los deberes de administrativas o los órganos legislativos, una los padres o, en su caso, de los miembros de la consideración primordial a que se atenderá será el familia ampliada o de la comunidad, según interés superior del niño. Los Estados Partes se establezca la costumbre local, de los tutores u comprometen a asegurar al niño la protección y el otras personas encargadas legalmente del niño cuidado que sean necesarios para su bienestar, de impartirle, en consonancia con la evolución de teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus sus facultades, dirección y orientación apropiadas padres, tutores u otras personas responsables de para que el niño ejerza los derechos reconocidos él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las en la presente Convención.medidas legislativas y administrativas adecuadas.

Los Estados Partes se asegurarán de que las Artículo 6instituciones, servicios y establecimientos Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene encargados del cuidado o la protección de los el derecho intrínseco a la vida. Los Estados Partes niños cumplan las normas establecidas por las garantizarán en la máxima medida posible la autoridades competentes, especialmente en supervivencia y el desarrollo del niño.materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación Artículo 7con la existencia de una supervisión adecuada. El niño será inscripto inmediatamente después de

su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a Artículo 4 un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la Los Estados Partes adoptarán todas las medidas medida de lo posible, a conocer a sus padres y a administrativas, legislativas y de otra índole para ser cuidado por ellos. Los Estados Partes velarán dar efectividad a los derechos reconocidos en la por la aplicación de estos derechos de presente Convención. En lo que respecta a los conformidad con su legislación nacional y las derechos económicos, sociales y culturales, los obligaciones que hayan contraído en virtud de los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el instrumentos internacionales pertinentes en esta máximo de los recursos de que dispongan y, esfera, sobre todo cuando el niño resultara de cuando sea necesario, dentro del marco de la otro modo apátrida.

Enredate! Anexo

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29Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 9 bienestar del niño. Los Estados Partes se cerciorarán, Los Estados Partes velarán por que el niño no sea además, de que la presentación de tal petición no separado de sus padres contra la voluntad de éstos, entrañe por sí misma consecuencias desfavorables excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las para la persona o personas interesadas.autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos Artículo 10 aplicables, que tal separación es necesaria en el De conformidad con la obligación que incumbe a los interés superior del niño. Tal determinación puede ser Estados Partes a tenor de lo dispuesto en el párrafo 1 necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los del artículo 9, toda solicitud hecha por un niño o por casos en que el niño sea objeto de maltrato o sus padres para entrar en un Estado Parte o para salir descuido por parte de sus padres o cuando éstos de él a los efectos de la reunión de la familia será viven separados y debe adoptarse una decisión atendida por los Estados Partes de manera positiva, acerca del lugar de residencia del niño. En cualquier humanitaria y expeditiva. Los Estados Partes procedimiento entablado de conformidad con el garantizarán, además, que la presentación de tal párrafo 1 del presente artículo, se ofrecerá a todas las petición no traerá consecuencias desfavorables para partes interesadas la oportunidad de participar en él los peticionarios ni para sus familiares. El niño cuyos y de dar a conocer sus opiniones. Los Estados Partes padres residan en Estados diferentes tendrá derecho respetarán el derecho del niño que esté separado de a mantener periódicamente, salvo en circunstancias uno o de ambos padres a mantener relaciones excepcionales, relaciones personales y contactos personales y contacto directo con ambos padres de directos con ambos padres. Con tal fin, y de modo regular, salvo si ello es contrario al interés conformidad con la obligación asumida por los superior del niño. Cuando esa separación sea Estados Partes en virtud del párrafo 1 del artículo 9, resultado de una medida adoptada por un Estado los Estados Partes respetarán el derecho del niño y de Parte, como la detención, el encarcelamiento, el sus padres a salir de cualquier país, incluido el propio, exilio, la deportación o la muerte (incluido el y de entrar en su propio país. El derecho de salir de fallecimiento debido a cualquier causa mientras la cualquier país estará sujeto solamente a las persona esté bajo la custodia del Estado) de uno de restricciones estipuladas por ley y que sean los padres del niño, o de ambos, o del niño, el Estado necesarias para proteger la seguridad nacional, el Parte proporcionará, cuando se le pida, a los padres, orden público, la salud o la moral públicas o los al niño o, si procede, a otro familiar, información derechos y libertades de otras personas y que estén básica acerca del paradero del familiar o familiares en consonancia con los demás derechos reconocidos ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el por la presente Convención.

Anexo

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30Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 11 prevea y sean necesarias: Para el respeto de los Los Estados Partes adoptarán medidas para luchar derechos o la reputación de los demás; o Para la contra los traslados ilícitos de niños al extranjero y protección de la seguridad nacional o el orden la retención ilícita de niños en el extranjero. Para público o para proteger la salud o la moral públicas.este fin, los Estados Partes promoverán la concertación de acuerdos bilaterales o Artículo 14multilaterales o la adhesión a acuerdos existentes. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a

la libertad de pensamiento, de conciencia y de Artículo 12 religión. Los Estados Partes respetarán los derechos Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en y deberes de los padres y, en su caso, de los condiciones de formarse un juicio propio el derecho representantes legales, de guiar al niño en el de expresar su opinión libremente en todos los ejercicio de su derecho de modo conforme a la asuntos que afectan al niño, teniéndose evolución de sus facultades. La libertad de profesar debidamente en cuenta las opiniones del niño, en la propia religión o las propias creencias estará función de la edad y madurez del niño. Con tal fin, sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por se dará en particular al niño oportunidad de ser la ley que sean necesarias para proteger la escuchado, en todo procedimiento judicial o seguridad, el orden, la moral o la salud públicos o administrativo que afecte al niño, ya sea los derechos y libertades fundamentales de los directamente o por medio de un representante o de demás.un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional. Artículo 15

Los Estados Partes reconocen los derechos del niño a la libertad de asociación y a la libertad de celebrar Artículo 13reuniones pacíficas. No se impondrán restricciones El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; al ejercicio de estos derechos distintas de las ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y establecidas de conformidad con la ley y que sean difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin necesarias en una sociedad democrática, en interés consideración de fronteras, ya sea oralmente, por de la seguridad nacional o pública, el orden escrito o impresas, en forma artística o por público, la protección de la salud y la moral públicas cualquier otro medio elegido por el niño. El ejercicio o la protección de los derechos y libertades de los de tal derecho podrá estar sujeto a ciertas demás.restricciones, que serán únicamente las que la ley

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31Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 16 lingüísticas del niño perteneciente a un grupo Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias minoritario o que sea indígena; Promoverán la o ilegales en su vida privada, su familia, su elaboración de directrices apropiadas para domicilio o su correspondencia ni de ataques proteger al niño contra toda información y ilegales a su honra y a su reputación. El niño tiene material perjudicial para su bienestar, teniendo en derecho a la protección de la ley contra esas cuenta las disposiciones de los artículos 13 y 18.injerencias o ataques.

Artículo 18 Artículo 17 Los Estados Partes pondrán el máximo empeño en Los Estados Partes reconocen la importante garantizar el reconocimiento del principio de que función que desempeñan los medios de ambos padres tienen obligaciones comunes en lo comunicación y velarán por que el niño tenga que respecta a la crianza y el desarrollo del niño. acceso a información y material procedentes de Incumbirá a los padres o, en su caso, a los diversas fuentes nacionales e internacionales, en representantes legales la responsabilidad especial la información y el material que tengan primordial de la crianza y el desarrollo del niño. Su por finalidad promover su bienestar social, preocupación fundamental será el interés espiritual y moral y su salud física y mental. Con superior del niño. A los efectos de garantizar y tal objeto, los Estados Partes: Alentarán a los promover los derechos enunciados en la presente medios de comunicación a difundir información y Convención, los Estados Partes prestarán la materiales de interés social y cultural para el niño, asistencia apropiada a los padres y a los de conformidad con el espíritu del artículo 29; representantes legales para el desempeño de sus Promoverán la cooperación internacional en la funciones en lo que respecta a la crianza del niño y producción, el intercambio y la difusión de esa velarán por la creación de instituciones, información y esos materiales procedentes de instalaciones y servicios para el cuidado de los diversas fuentes culturales, nacionales e niños. Los Estados Partes adoptarán todas las internacionales; Alentarán la producción y medidas apropiadas para que los niños cuyos difusión de libros para niños; Alentarán a los padres trabajan tengan derecho a beneficiarse de medios de comunicación a que tengan los servicios e instalaciones de guarda de niños particularmente en cuenta las necesidades para los que reúnan las condiciones requeridas.

Anexo

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32Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 19 instituciones adecuadas de protección de menores. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas Al considerar las soluciones, se prestará particular legislativas, administrativas, sociales y educativas atención a la conveniencia de que haya continuidad apropiadas para proteger al niño contra toda en la educación del niño y a su origen étnico, forma de perjuicio o abuso físico o mental, religioso, cultural y lingüístico.descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el Artículo 21niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de Los Estados Partes que reconocen o permiten el un representante legal o de cualquier otra persona sistema de adopción cuidarán de que el interés que lo tenga a su cargo. Esas medidas de superior del niño sea la consideración primordial y: protección deberían comprender, según Velarán por que la adopción del niño sólo sea corresponda, procedimientos eficaces para el autorizada por las autoridades competentes, las establecimiento de programas sociales con objeto que determinarán, con arreglo a las leyes y a los de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a procedimientos aplicables y sobre la base de toda la quienes cuidan de él, así como para otras formas de información pertinente y fidedigna, que la prevención y para la identificación, notificación, adopción es admisible en vista de la situación remisión a una institución, investigación, jurídica del niño en relación con sus padres, tratamiento y observación ulterior de los casos parientes y representantes legales y que, cuando así antes descritos de malos tratos al niño y, según se requiera, las personas interesadas hayan dado corresponda, la intervención judicial. con conocimiento de causa su consentimiento a la

adopción sobre la base del asesoramiento que Artículo 20 pueda ser necesario; Reconocerán que la adopción Los niños temporal o permanentemente privados en otro país puede ser considerada como otro de su medio familiar, o cuyo superior interés exija medio de cuidar del niño, en el caso de que éste no que no permanezcan en ese medio, tendrán pueda ser colocado en un hogar de guarda o derecho a la protección y asistencia especiales del entregado a una familia adoptiva o no pueda ser Estado. Los Estados Partes garantizarán, de atendido de manera adecuada en el país de origen; conformidad con sus leyes nacionales, otros tipos Velarán por que el niño que haya de ser adoptado de cuidado para esos niños. Entre esos cuidados en otro país goce de salvaguardias y normas figurarán, entre otras cosas, la colocación en equivalentes a las existentes respecto de la hogares de guarda, la kafala del derecho islámico, adopción en el país de origen; la adopción o de ser necesario, la colocación en

Enredate! Anexo

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33Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Adoptarán todas las medidas apropiadas para c o m p e t e n t e s u o r g a n i z a c i o n e s n o garantizar que, en el caso de adopción en otro gubernamentales que cooperen con las Naciones país, la colocación no dé lugar a beneficios Unidas por proteger y ayudar a todo niño financieros indebidos para quienes participan en refugiado y localizar a sus padres o a otros ella; Promoverán, cuando corresponda, los miembros de su familia, a fin de obtener la objetivos del presente artículo mediante la información necesaria para que se reúna con su concertación de arreglos o acuerdos bilaterales o familia. En los casos en que no se pueda localizar a multilaterales y se esforzarán, dentro de este ninguno de los padres o miembros de la familia, marco, por garantizar que la colocación del niño se concederá al niño la misma protección que a en otro país se efectúe por medio de las cualquier otro niño privado permanente o autoridades u organismos competentes. temporalmente de su medio familiar, por

cualquier motivo, como se dispone en la presente Artículo 22 Convención.Los Estados Partes adoptarán medidas adecuadas para lograr que el niño que trate de obtener el Artículo 23estatuto de refugiado o que sea considerado Los Estados Partes reconocen que el niño mental o refugiado de conformidad con el derecho y los físicamente impedido deberá disfrutar de una procedimientos internacionales o internos vida plena y decente en condiciones que aseguren aplicables reciba, tanto si está solo como si está su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí acompañado de sus padres o de cualquier otra mismo y faciliten la participación activa del niño persona, la protección y la asistencia humanitaria en la comunidad. Los Estados Partes reconocen el adecuadas para el disfrute de los derechos derecho del niño impedido a recibir cuidados pertinentes enunciados en la presente especiales y alentarán y asegurarán, con sujeción Convenc ión y en otros inst rumentos a los recursos disponibles, la prestación al niño internacionales de derechos humanos o de que reúna las condiciones requeridas y a los carácter humanitario en que dichos Estados sean responsables de su cuidado de la asistencia que se partes. A tal efecto los Estados Partes cooperarán, solicite y que sea adecuada al estado del niño y a en la forma que estimen apropiada, en todos los las circunstancias de sus padres o de otras esfuerzos de las Naciones Unidas y demás personas que cuiden de él. o rgan i zac iones in te rgubernamenta le s

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34Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

En atención a las necesidades especiales del niño disfrute del más alto nivel posible de salud y a impedido, la asistencia que se preste conforme al servicios para el tratamiento de las enfermedades y párrafo 2 del presente artículo será gratuita la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se siempre que sea posible, habida cuenta de la esforzarán por asegurar que ningún niño sea situación económica de los padres o de las otras privado de su derecho al disfrute de esos servicios personas que cuiden del niño, y estará destinada a sanitarios. Los Estados Partes asegurarán la plena asegurar que el niño impedido tenga un acceso aplicación de este derecho y, en particular, efectivo a la educación, la capacitación, los servicios adoptarán las medidas apropiadas para: Reducir la sanitarios, los servicios de rehabilitación, la mortalidad infantil y en la niñez; Asegurar la preparación para el empleo y las oportunidades de prestación de la asistencia médica y la atención esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto sanitaria que sean necesarias a todos los niños, de que el niño logre la integración social y el haciendo hincapié en el desarrollo de la atención desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural primaria de salud; Combatir las enfermedades y la y espiritual, en la máxima medida posible. Los malnutrición en el marco de la atención primaria de Estados Partes promoverán, con espíritu de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación cooperación internacional, el intercambio de de la tecnología disponible y el suministro de información adecuada en la esfera de la atención alimentos nutritivos adecuados y agua potable sanitaria preventiva y del tratamiento médico, salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos psicológico y funcional de los niños impedidos, de contaminación del medio ambiente; Asegurar incluida la difusión de información sobre los atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a métodos de rehabilitación y los servicios de las madres; Asegurar que todos los sectores de la enseñanza y formación profesional, así como el sociedad, y en particular los padres y los niños, acceso a esa información a fin de que los Estados conozcan los principios básicos de la salud y la Partes puedan mejorar su capacidad y nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia conocimientos y ampliar su experiencia en estas materna, la higiene y el saneamiento ambiental y esferas. A este respecto, se tendrán especialmente las medidas de prevención de accidentes, tengan en cuenta las necesidades de los países en acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en desarrollo. la aplicación de esos conocimientos; Desarrollar la

atención sanitaria preventiva, la orientación a los Artículo 24 padres y la educación y servicios en materia de Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al planificación de la familia.

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35Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas por el niño o en su nombre.eficaces y apropiadas posibles para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales Artículo 27 para la salud de los niños. Los Estados Partes se Los Estados Partes reconocen el derecho de todo comprometen a promover y alentar la niño a un nivel de vida adecuado para su cooperación internacional con miras a lograr desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. progresivamente la plena realización del derecho A los padres u otras personas encargadas del niño reconocido en el presente artículo. A este les incumbe la responsabilidad primordial de respecto, se tendrán plenamente en cuenta las proporcionar, dentro de sus posibilidades y necesidades de los países en desarrollo. medios económicos, las condiciones de vida que

sean necesarias para el desarrollo del niño. Los Artículo 25 Estados Partes, de acuerdo con las condiciones Los Estados Partes reconocen el derecho del niño nacionales y con arreglo a sus medios, adoptarán que ha sido internado en un establecimiento por medidas apropiadas para ayudar a los padres y a las autoridades competentes para los fines de otras personas responsables por el niño a dar atención, protección o tratamiento de su salud efectividad a este derecho y, en caso necesario, física o mental a un examen periódico del proporcionarán asistencia material y programas tratamiento a que esté sometido y de todas las de apoyo, particularmente con respecto a la demás circunstancias propias de su internación. nutrición, el vestuario y la vivienda. Los Estados

Partes tomarán todas las medidas apropiadas para asegurar el pago de la pensión alimenticia Artículo 26por parte de los padres u otras personas que Los Estados Partes reconocerán a todos los niños tengan la responsabilidad financiera por el niño, el derecho a beneficiarse de la seguridad social, tanto si viven en el Estado Parte como si viven en el incluso del seguro social, y adoptarán las medidas extranjero. En particular, cuando la persona que necesarias para lograr la plena realización de este tenga la responsabilidad financiera por el niño derecho de conformidad con su legislación resida en un Estado diferente de aquel en que nacional. Las prestaciones deberían concederse, resida el niño, los Estados Partes promoverán la cuando corresponda, teniendo en cuenta los adhesión a los convenios internacionales o la recursos y la situación del niño y de las personas concertación de dichos convenios, así como la que sean responsables del mantenimiento del concertación de cualesquiera otros arreglos niño, así como cualquier otra consideración apropiados.pertinente a una solicitud de prestaciones hecha

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36Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 28 A este respecto, se tendrán especialmente en Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a cuenta las necesidades de los países en desarrollo.la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de Artículo 29oportunidades ese derecho, deberán en particular: Los Estados Partes convienen en que la educación Implantar la enseñanza primaria obligatoria y del niño deberá estar encaminada a: Desarrollar la gratuita para todos; Fomentar el desarrollo, en sus personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y distintas formas, de la enseñanza secundaria, física del niño hasta el máximo de sus posibilidades; incluida la enseñanza general y profesional, hacer Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos que todos los niños dispongan de ella y tengan y las libertades fundamentales y de los principios acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales consagrados en la Carta de las Naciones Unidas; como la implantación de la enseñanza gratuita y la Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su concesión de asistencia financiera en caso de propia identidad cultural, de su idioma y sus necesidad; Hacer la enseñanza superior accesible a valores, de los valores nacionales del país en que todos, sobre la base de la capacidad, por cuantos vive, del país de que sea originario y de las medios sean apropiados; Hacer que todos los niños civilizaciones distintas de la suya; Preparar al niño dispongan de información y orientación en para asumir una vida responsable en una sociedad cuestiones educacionales y profesionales y tengan libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, acceso a ellas; Adoptar medidas para fomentar la igualdad de los sexos y amistad entre todos los asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y de deserción escolar. Los Estados Partes adoptarán personas de origen indígena; Inculcar al niño el cuantas medidas sean adecuadas para velar por respeto del medio ambiente natural. Nada de lo que la disciplina escolar se administre de modo dispuesto en el presente artículo o en el artículo 28 compatible con la dignidad humana del niño y de se interpretará como una restricción de la libertad conformidad con la presente Convención. Los de los particulares y de las entidades para Estados Partes fomentarán y alentarán la establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a cooperación internacional en cuestiones de condición de que se respeten los principios educación, en particular a fin de contribuir a enunciados en el párrafo 1 del presente artículo y eliminar la ignorancia y el analfabetismo en todo el de que la educación impartida en tales instituciones mundo y de facilitar el acceso a los conocimientos se ajuste a las normas mínimas que prescriba el técnicos y a los métodos modernos de enseñanza. Estado.

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37Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 30 ese propósito y teniendo en cuenta las En los Estados en que existan minorías étnicas, disposiciones pertinentes de otros instrumentos religiosas o lingüísticas o personas de origen internacionales, los Estados Partes, en particular: indígena, no se negará a un niño que pertenezca a Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar; tales minorías o que sea indígena el derecho que le Dispondrán la reglamentación apropiada de los corresponde, en común con los demás miembros horarios y condiciones de trabajo; Estipularán las de su grupo, a tener su propia vida cultural, a penalidades u otras sanciones apropiadas para profesar y practicar su propia religión, o a emplear asegurar la aplicación efectiva del presente artículo.su propio idioma.

Artículo 33Artículo 31 Los Estados Partes adoptarán todas las medidas Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al apropiadas, incluidas medidas legislativas, descanso y el esparcimiento, al juego y a las administrativas, sociales y educacionales, para actividades recreativas propias de su edad y a proteger a los niños contra el uso ilícito de los participar libremente en la vida cultural y en las estupefacientes y sustancias sicotrópicas artes. Los Estados Partes respetarán y promoverán enumeradas en los tratados internacionales el derecho del niño a participar plenamente en la pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en vida cultural y artística y propiciarán oportunidades la producción y el tráfico ilícitos de esas sustancias.apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y Artículo 34 de esparcimiento. Los Estados Partes se comprometen a proteger al Artículo 32 niño contra todas las formas de explotación y

abuso sexuales. Con este fin, los Estados Partes tomarán, en particular, todas las medidas de Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a carácter nacional, bilateral y multilateral que sean estar protegido contra la explotación económica y necesarias para impedir: La incitación o la coacción contra el desempeño de cualquier trabajo que para que un niño se dedique a cualquier actividad pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o sexual ilegal; La explotación del niño en la que sea nocivo para su salud o para su desarrollo prostitución u otras prácticas sexuales ilegales; La físico, mental, espiritual, moral o social. Los Estados explotación del niño en espectáculos o materiales Partes adoptarán medidas legislativas, pornográficos.administrativas, sociales y educacionales para

garantizar la aplicación del presente artículo. Con

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38Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 35 considere contrario al interés superior del niño, y tendrá derecho a mantener contacto con su familia Los Estados Partes tomarán todas las medidas de por medio de correspondencia y de visitas, salvo en carácter nacional, bilateral y multilateral que sean circunstancias excepcionales; Todo niño privado de necesarias para impedir el secuestro, la venta o la su libertad tendrá derecho a un pronto acceso a la trata de niños para cualquier fin o en cualquier asistencia jurídica y otra asistencia adecuada, así forma.como derecho a impugnar la legalidad de la privación de su libertad ante un tribunal u otra Artículo 36autoridad competente, independiente e imparcial y Los Estados Partes protegerán al niño contra todas a una pronta decisión sobre dicha acción. las demás formas de explotación que sean

perjudiciales para cualquier aspecto de su Artículo 38bienestar.Los Estados Partes se comprometen a respetar y velar por que se respeten las normas del derecho Artículo 37internacional humanitario que les sean aplicables Los Estados Partes velarán por que: Ningún niño sea en los conflictos armados y que sean pertinentes sometido a torturas ni a otros tratos o penas para el niño. Los Estados Partes adoptarán todas las crueles, inhumanos o degradantes. No se medidas posibles para asegurar que las personas impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua que aún no hayan cumplido los 15 años de edad no sin posibilidad de excarcelación por delitos participen directamente en las hostilidades. Los cometidos por menores de 18 años de edad; Estados Partes se abstendrán de reclutar en las Ningún niño sea privado de su libertad ilegal o fuerzas armadas a las personas que no hayan arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento cumplido los 15 años de edad. Si reclutan personas o la prisión de un niño se llevará a cabo de que hayan cumplido 15 años, pero que sean conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como menores de 18, los Estados Partes procurarán dar medida de último recurso y durante el período más prioridad a los de más edad. De conformidad con breve que proceda; Todo niño privado de libertad las obligaciones dimanadas del derecho sea tratado con la humanidad y el respeto que internacional humanitario de proteger a la merece la dignidad inherente a la persona humana, población civil durante los conflictos armados, los y de manera que se tengan en cuenta las Estados Partes adoptarán todas las medidas necesidades de las personas de su edad. En posibles para asegurar la protección y el cuidado de particular, todo niño privado de libertad estará los niños afectados por un conflicto armado.separado de los adultos, a menos que ello se

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39Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 39 ha infringido las leyes penales o a quien se acuse de haber infringido esas leyes se le garantice, por lo Los Estados Partes adoptarán todas las medidas menos, lo siguiente: Que se lo presumirá inocente apropiadas para promover la recuperación física y mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a psicológica y la reintegración social de todo niño la ley; Que será informado sin demora y víctima de: cualquier forma de abandono, directamente o, cuando sea procedente, por explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos intermedio de sus padres o sus representantes o penas crueles, inhumanos o degradantes; o legales, de los cargos que pesan contra él y que conflictos armados. Esa recuperación y dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia reintegración se llevarán a cabo en un ambiente apropiada en la preparación y presentación de su que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la defensa; Que la causa será dirimida sin demora por dignidad del niño. una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia Artículo 40 equitativa conforme a la ley, en presencia de un Los Estados Partes reconocen el derecho de todo asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a niño de quien se alegue que ha infringido las leyes menos que se considerare que ello fuere contrario penales o a quien se acuse o declare culpable de al interés superior del niño, teniendo en cuenta en haber infringido esas leyes a ser tratado de manera particular su edad o situación y a sus padres o acorde con el fomento de su sentido de la dignidad representantes legales; Que no será obligado a y el valor, que fortalezca el respeto del niño por los prestar testimonio o a declararse culpable, que derechos humanos y las libertades fundamentales podrá interrogar o hacer que se interrogue a de terceros y en la que se tengan en cuenta la edad testigos de cargo y obtener la participación y el del niño y la importancia de promover la interrogatorio de testigos de descargo en reintegración del niño y de que éste asuma una condiciones de igualdad; Si se considerare que ha función constructiva en la sociedad. Con este fin, y infringido, en efecto, las leyes penales, que esta habida cuenta de las disposiciones pertinentes de decisión y toda medida impuesta a consecuencia los instrumentos internacionales, los Estados Partes de ella, serán sometidas a una autoridad u órgano garantizarán, en particular: Que no se alegue que judicial superior competente, independiente e ningún niño ha infringido las leyes penales, ni se imparcial, conforme a la ley; Que el niño contará acuse o declare culpable a ningún niño de haber con la asistencia gratuita de un intérprete si no infringido esas leyes, por actos u omisiones que no comprende o no habla el idioma utilizado; Que se estaban prohibidos por las leyes nacionales o respetará plenamente su vida privada en todas las internacionales en el momento en que se fases del procedimiento. cometieron; Que a todo niño del que se alegue que

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40Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Los Estados Partes tomarán todas las medidas con respecto a dicho Estado. apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones Artículo 42específicos para los niños de quienes se alegue que Los Estados Partes se comprometen a dar a conocer han infringido las leyes penales o a quienes se acuse ampliamente los principios y disposiciones de la o declare culpables de haber infringido esas leyes, y Convención por medios eficaces y apropiados, en particular: El establecimiento de una edad tanto a los adultos como a los niños. mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales; Artículo 43Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción Con la finalidad de examinar los progresos de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a realizados en el cumplimiento de las obligaciones procedimientos judiciales, en el entendimiento de contraídas por los Estados Partes en la presente que se respetarán plenamente los derechos Convención, se establecerá un Comité de los humanos y las garantías legales. Se dispondrá de Derechos del Niño que desempeñará las funciones diversas medidas, tales como el cuidado, las que a continuación se estipulan. El Comité estará órdenes de orientación y supervisión, el integrado por diez expertos de gran integridad asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación en moral y reconocida competencia en las esferas hogares de guarda, los programas de enseñanza y reguladas por la presente Convención. Los formación profesional, así como otras miembros del Comité serán elegidos por los posibilidades alternativas a la internación en Estados Partes entre sus nacionales y ejercerán sus instituciones, para asegurar que los niños sean funciones a título personal, teniéndose tratados de manera apropiada para su bienestar y debidamente en cuenta la distribución geográfica, que guarde proporción tanto con sus así como los principales sistemas jurídicos. Los circunstancias como con la infracción. miembros del Comité serán elegidos, en votación

secreta, de una lista de personas designadas por los Artículo 41 Estados Partes. Cada Estado Parte podrá designar Nada de lo dispuesto en la presente Convención a una persona escogida entre sus propios afectará a las disposiciones que sean más nacionales. La elección inicial se celebrará a más conducentes a la realización de los derechos del tardar seis meses después de la entrada en vigor niño y que puedan estar recogidas en: El derecho de de la presente Convención y ulteriormente cada un Estado Parte; o El derecho internacional vigente dos años.

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41Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Con cuatro meses, como mínimo, de antelación aprobación del Comité. El Comité adoptará su respecto de la fecha de cada elección, el Secretario propio reglamento. El Comité elegirá su Mesa por General de las Naciones Unidas dirigirá una carta a un período de dos años. Las reuniones del Comité los Estados Partes invitándolos a que presenten sus se celebrarán normalmente en la Sede de las candidaturas en un plazo de dos meses. El Naciones Unidas o en cualquier otro lugar Secretario General preparará después una lista en la conveniente que determine el Comité. El Comité se que figurarán por orden alfabético todos los reunirá normalmente todos los años. La duración candidatos propuestos, con indicación de los de las reuniones del Comité será determinada y Estados Partes que los hayan designado, y la revisada, si procediera, por una reunión de los comunicará a los Estados Partes en la presente Estados Partes en la presente Convención, a reserva Convención. Las elecciones se celebrarán en una de la aprobación de la Asamblea General. El reunión de los Estados Partes convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas Secretario General en la Sede de las Naciones proporcionará el personal y los servicios necesarios Unidas. En esa reunión, en la que la presencia de para el desempeño eficaz de las funciones del dos tercios de los Estados Partes constituirá Comité establecido en virtud de la presente quórum, las personas seleccionadas para formar Convención. Previa aprobación de la Asamblea parte del Comité serán aquellos candidatos que General, los miembros del Comité establecido en obtengan el mayor número de votos y una mayoría virtud de la presente Convención recibirán absoluta de los votos de los representantes de los emolumentos con cargo a los fondos de las Estados Partes presentes y votantes. Los miembros Naciones Unidas, según las condiciones que la del Comité serán elegidos por un período de cuatro Asamblea pueda establecer. años. Podrán ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura. El mandato de cinco de los Artículo 44miembros elegidos en la primera elección expirará Los Estados Partes se comprometen a presentar al al cabo de dos años; inmediatamente después de Comité, por conducto del Secretario General de las efectuada la primera elección, el presidente de la Naciones Unidas, informes sobre las medidas que reunión en que ésta se celebre elegirá por sorteo los hayan adoptado para dar efecto a los derechos nombres de esos cinco miembros. Si un miembro reconocidos en la Convención y sobre el progreso del Comité fallece o dimite o declara que por que hayan realizado en cuanto al goce de esos cualquier otra causa no puede seguir derechos: En el plazo de dos años a partir de la desempeñando sus funciones en el Comité, el fecha en la que para cada Estado Parte haya Estado Parte que propuso a ese miembro designará entrado en vigor la presente Convención; En lo entre sus propios nacionales a otro experto para sucesivo, cada cinco años. ejercer el mandato hasta su término, a reserva de la

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42Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Los informes preparados en virtud del presente mandato. El Comité podrá invitar a los organismos artículo deberán indicar las circunstancias y especializados, al Fondo de las Naciones Unidas dificultades, si las hubiere, que afecten al grado de para la Infancia y a otros órganos competentes que cumplimiento de las obligaciones derivadas de la considere apropiados a que proporcionen presente Convención. Deberán asimismo, contener asesoramiento especializado sobre la aplicación de información suficiente para que el Comité tenga la Convención en los sectores que son de cabal comprensión de la aplicación de la incumbencia de sus respectivos mandatos. El Convención en el país de que se trate. Los Estados Comité podrá invitar a los organismos Partes que hayan presentado un informe inicial especializados, al Fondo de las Naciones Unidas completo al Comité no necesitan repetir, en para la Infancia y demás órganos de las Naciones sucesivos informes presentados de conformidad Unidas a que presenten informes sobre la con lo dispuesto en el inciso b) del párrafo 1 del aplicación de aquellas disposiciones de la presente presente artículo, la información básica presentada Convención comprendidas en el ámbito de sus anteriormente. El Comité podrá pedir a los Estados actividades; El Comité transmitirá, según estime Partes más información relativa a la aplicación de la conveniente, a los organismos especializados, al Convención. El Comité presentará cada dos años a Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y a la Asamblea General de las Naciones Unidas, por otros órganos competentes, los informes de los conducto del Consejo Económico y Social, informes Estados Partes que contengan una solicitud de sobre sus actividades. Los Estados Partes darán a asesoramiento o de asistencia técnica, o en los que sus informes una amplia difusión entre el público se indique esa necesidad, junto con las de sus países respectivos. observaciones y sugerencias del Comité, si las

hubiere, acerca de esas solicitudes o indicaciones; El Comité podrá recomendar a la Asamblea General Artículo 45que pida al Secretario General que efectúe, en su Con objeto de fomentar la aplicación efectiva de la nombre, estudios sobre cuestiones concretas Convención y de estimular la cooperación relativas a los derechos del niño; El Comité podrá internacional en la esfera regulada por la formular sugerencias y recomendaciones generales Convención: Los organismos especializados, el basadas en la información recibida en virtud de los Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y artículos 44 y 45 de la presente Convención. Dichas demás órganos de las Naciones Unidas tendrán sugerencias y recomendaciones generales deberán derecho a estar representados en el examen de la transmitirse a los Estados Partes interesados y aplicación de aquellas disposiciones de la presente notificarse a la Asamblea General, junto con los Convención comprendidas en el ámbito de su comentarios, si los hubiere, de los Estados Partes.

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43Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Artículo 46 Naciones Unidas. El Secretario General comunicará la enmienda propuesta a los Estados Partes, La presente Convención estará abierta a la firma de pidiéndoles que les notifiquen si desean que se todos los Estados. convoque una conferencia de Estados Partes con el fin de examinar la propuesta y someterla a Artículo 47votación. Si dentro de los cuatro meses siguientes a La presente Convención está sujeta a ratificación. la fecha de esa notificación un tercio, al menos, de Los instrumentos de ratificación se depositarán en los Estados Partes se declara en favor de tal poder del Secretario General de las Naciones conferencia, el Secretario General convocará una Unidas.conferencia con el auspicio de las Naciones Unidas. Toda enmienda adoptada por la mayoría de Artículo 48 Estados Partes, presentes y votantes en la La presente Convención permanecerá abierta a la conferencia, será sometida por el Secretario adhesión de cualquier Estado. Los instrumentos de General a la Asamblea General de las Naciones adhesión se depositarán en poder del Secretario Unidas para su aprobación. Toda enmienda General de las Naciones Unidas.adoptada de conformidad con el párrafo 1 del presente artículo entrará en vigor cuando haya sido Artículo 49aprobada por la Asamblea General de las Naciones La presente Convención entrará en vigencia el Unidas y aceptada por una mayoría de dos tercios trigésimo día siguiente a la fecha en que haya sido de los Estados Partes. Cuando las enmiendas entren depositado el vigésimo instrumento de ratificación en vigor serán obligatorias para los Estados Partes o de adhesión en poder del Secretario General de que las hayan aceptado, en tanto que los demás las Naciones Unidas. Para cada Estado que ratifique Estados Partes seguirán obligados por las la Convención o se adhiera a ella después de haber disposiciones de la presente Convención y por las sido depositado el vigésimo instrumento de enmiendas anteriores que hayan aceptado.ratificación o de adhesión, la Convención entrará

en vigor el trigésimo día después del depósito por Artículo 51tal Estado de su instrumento de ratificación o El Secretario General de las Naciones Unidas adhesión.recibirá y comunicará a todos los Estados el texto de las reservas formuladas por los Estados en el Artículo 50 momento de la ratificación o de la adhesión. No se Todo Estado Parte podrá proponer una enmienda y aceptará ninguna reserva incompatible con el depositarla en poder del Secretario General de las objeto y el propósito de la presente Convención.

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44Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

Toda reserva podrá ser retirada en cualquier Artículo 53momento por medio de una notificación hecha a Se designa depositario de la presente ese efecto y dirigida al Secretario General de las Convención al Secretario General de las Naciones Naciones Unidas, quien informará a todos los Unidas.Estados. Esa notificación surtirá efecto en la fecha de su recepción por el Secretario General. Artículo 54

El original de la presente Convención, cuyos Artículo 52 textos en árabe, chino, español, francés, inglés y Todo Estado Parte podrá denunciar la presente ruso son igualmente auténticos, se depositará en Convención mediante notificación hecha por poder del Secretario General de las Naciones escrito al Secretario General de las Naciones Unidas. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los Unidas. La denuncia surtirá efecto un año infrascritos plenipotenciarios, debidamente después de la fecha en que la notificación haya autorizados para ello por sus respectivos sido recibida por el Secretario General. gobiernos, han firmado la presente Convención.

¿Conoces las leyes que protegen a los niños y niñas en Argentina?

La Ley Nacional N°26.061, de Protección Ley Provincial Nº 9396.Integral de los Derechos de las Niñas, Niños

Adhesión de la Provincia de Córdoba a los y Adolescentes.principios y disposiciones previstas en la Ley Nacional Nº 26.061, de Protección Integral de los Objeto. Principios, derechos y garantías. Sistema Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.de protección Integral. Órganos administrativos.

Financiamiento. Código Civil. Código Procesal Civil y Comercial Modificación.

Sancionada: 28/09/2005 Promulgada de Hecho: 21/10/2005 Publicada en el BO el 26/10/2005

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45Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

En todos los casos los contenidos de la la Autoridad de Aplicación modificará el horario programación, de sus avances y de la publicidad de protección al menor que establece este deben ajustarse a las siguientes condiciones: artículo al efecto de unificar su vigencia en todo el a) en el horario desde las 6.00 y hasta las 22.00 país. horas deberán ser aptos para todo público; No será permitida la participación de niños o b) en el horario desde las 22.00 y hasta las 24.00 niñas menores de DOCE (12) años en programas horas se podrán emitir programas considerados que se emitan entre las 22.00 y las 8.00 horas, aptos para mayores de TRECE (13) años; salvo que estos hayan sido grabados fuera de ese c) desde las 24.00 y hasta las 6.00 horas se podrán horario, circunstancia que se deberá mencionar emitir programas considerados aptos para en su emisión. mayores de DIECIOCHO (18) años. La reglamentación determinará la existencia de En el comienzo de los programas que no fueren una cantidad mínima de horas de producción y aptos para todo público, se deberá emitir la transmisión de material audiovisual específico calificación que el mismo merece, de acuerdo a las para niños y niñas en todos los canales de categorías establecidas en este artículo. Durante televisión abierta, cuyo origen sea como mínimo los primeros TREINTA (30) segundos de cada el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de producción bloque se deberá exhibir el símbolo que nacional y establecerá las condiciones para la determine la Autoridad de Aplicación al efecto de inserción de una advertencia explícita previa posibilitar la identificación visual de la calificación cuando por necesidad de brindar información a la que le corresponda. audiencia (noticieros / flashes) pueden vulnerarse En el caso en que la hora oficial no guarde los principios de protección al menor en horarios uniformidad en todo el territorio de la República , no reservados para un público adulto.

Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Artículo 59. Protección de la niñez y contenidos dedicados

Anexo

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46Cartilla de apoyo para Talleres de Promoción de Derechos de la Infancia y Producción Radiofónica

y cultural para el niño, de conformidad con el espíritu del artículo 29; b) Promoverán la cooperación internacional en la

NOTA: Artículo 59 producción, el intercambio y la difusión de esa información y esos materiales procedentes de

Tanto el presente artículo como los objetivos diversas fuentes culturales, nacionales e

educacionales previstos en el Artículo 3° y las internacionales; y

definiciones pertinentes contenidas en el artículo c) Promoverán la elaboración de directrices

4° tienen en cuenta la “Convención sobre los apropiadas para proteger al niño contra toda

Derechos del Niño” de jerarquía constitucional información y material perjudicial para su

conforme el Art. 75 inc. 22 de la Constitución bienestar, teniendo en cuenta las disposiciones de

Nacional. los arts. 13 y 18.

La Convención , aprobada por nuestro país mediante la Ley N º 23.849, reconoce en su

En México, Perú, Venezuela y otros países, existen artículo 17 la importante función que

sistemas legales de protección de la niñez a través desempeñan los medios de comunicación y

del sistema de horario de protección.obliga a los Estados a velar porque el niño tenga acceso a información y material procedente de diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental. Los Estados partes, con tal objeto: a) Alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social

Enredate! Anexo

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