“Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y ...

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070- 2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://www.senace.gob.pe/verificacion ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento. 1 Resolución Directoral Nº 00122-2020-SENACE-PE/DEIN Lima, 05 de noviembre de 2020 VISTOS: (i) el Trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 22 de octubre de 2019, por medio del cual Consorcio Transmantaro S.A., presentó ante la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, la solicitud de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, y, (ii) el Informe N° 00791-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de noviembre de 2020; emitido por la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de, entre otras funciones, revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprobó el cronograma de transferencia de funciones de las autoridades sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968; Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM se aprobó la culminación del proceso de transferencia de funciones del Ministerio de Energía y Minas al Senace en materia de Minería, Hidrocarburos y Electricidad, estableciéndose que a partir del 28 de diciembre de 2015, dicha entidad es la autoridad ambiental competente para la revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados, sus respectivas actualizaciones o modificaciones, Informes Técnicos Sustentatorios, solicitudes de clasificación y aprobación de Términos de Referencia, acompañamiento en la elaboración de Línea Base, Plan de Participación Ciudadana y demás actos o procedimientos vinculados a las acciones antes señaladas; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, el Ministerio de Ambiente aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Senace y, con ello, la nueva estructura orgánica, donde la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura (DEIN), es la encargada de evaluar los proyectos de electricidad, que se CÓDIGO DE VERIFICACIÓN 12931338455972 FIRMADO POR: CHINEN GUIMA Paola FAU 20556097055 soft

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Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070- 2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://www.senace.gob.pe/verificacion ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento.
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Lima, 05 de noviembre de 2020
VISTOS: (i) el Trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 22 de octubre de 2019, por medio del cual Consorcio Transmantaro S.A., presentó ante la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, la solicitud de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, y, (ii) el Informe N° 00791-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de noviembre de 2020; emitido por la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de, entre otras funciones, revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y sus normas reglamentarias;
Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, se aprobó el cronograma de transferencia de funciones de las autoridades sectoriales al Senace, en el marco de la Ley N° 29968;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM se aprobó la culminación del proceso de transferencia de funciones del Ministerio de Energía y Minas al Senace en materia de Minería, Hidrocarburos y Electricidad, estableciéndose que a partir del 28 de diciembre de 2015, dicha entidad es la autoridad ambiental competente para la revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados, sus respectivas actualizaciones o modificaciones, Informes Técnicos Sustentatorios, solicitudes de clasificación y aprobación de Términos de Referencia, acompañamiento en la elaboración de Línea Base, Plan de Participación Ciudadana y demás actos o procedimientos vinculados a las acciones antes señaladas;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, el Ministerio de Ambiente aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Senace y, con ello, la nueva estructura orgánica, donde la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura (DEIN), es la encargada de evaluar los proyectos de electricidad, que se
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encuentran dentro del ámbito del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental – SEIA;
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009- MINAM, indica que la evaluación de impacto ambiental es un proceso participativo, técnico- administrativo, destinado a prevenir, minimizar, corregir y/o mitigar e informar acerca de los potenciales impactos ambientales negativos que pudieran derivarse de las políticas, planes, programas y proyectos de inversión, y asimismo, intensificar sus impactos positivos
Que, el artículo 18 del Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, señala que se sujetan al proceso de evaluación ambiental los nuevos proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, que sean susceptibles de generar impactos ambientales negativos significativos y que se encuentran señalados en el Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA, comprendidos en el Anexo II de esta norma;
Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2019-EM se aprobó el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, cuyo objeto es promover y regular la gestión ambiental de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, con la finalidad de prevenir, minimizar, rehabilitar y/o compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades, en un marco de desarrollo sostenible;
Que, el artículo 33 del Decreto Supremo N° 014-2019-EM, establece la definición de Estudio de Impacto Ambiental detallado, como un estudio ambiental que contiene la descripción de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos, respecto de los impactos ambientales negativos altos previsibles de dicha actividad en el ambiente físico, biológico y social a corto y largo plazo, así como la evaluación técnica de los mismos;
Que, por su parte, los artículos 34 y 35 del Decreto Supremo N° 014-2019-EM, regulan el trámite del procedimiento de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado, estableciendo, entre otros aspectos, las etapas y plazos para la admisibilidad del estudio ambiental, el requerimiento de opinión a los opinantes técnicos, la emisión de observaciones y la subsanación de las mismas por parte del Titular del proyecto; y, la emisión de la certificación ambiental previa verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos y legales exigidos por la normativa ambiental vigente;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM, se aprobaron los Lineamientos para la Participación Ciudadana en las Actividades Eléctricas, con el objeto de establecer las pautas necesarias para el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana aplicables a los procedimientos de evaluación de los Estudios Ambientales; y, durante el seguimiento y control de los aspectos ambientales de las actividades eléctricas. Asimismo, se promueve una mayor participación de la población involucrada, sus autoridades regionales, locales, comunales y entidades representativas, con la finalidad de conocer su percepción, opiniones, observaciones y sugerencias acerca de los aspectos ambientales y sociales relacionados a las actividades a desarrollarse;
Que, el 15 de marzo de 2020 se publicó el Decreto de Urgencia N° 026-2020 a través del cual se establecen diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, disponiendo en el numeral
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2 de su Segunda Disposición Complementaria Final que, de manera excepcional, se suspendan por treinta (30) días hábiles (contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto, es decir a partir del 16 de marzo de 2020) el cómputo de plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo y negativo;
Que, el 5 de mayo de 2020, mediante artículo 12° del Decreto de Urgencia N° 053- 2020, se facultó a las entidades públicas a aprobar mediante Resolución de su titular, el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos establecida por el Decreto de Urgencia N° 026-2020;
Que, el 16 de mayo de 2020 se publicó la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00035-2020-SENACE-PE, a través de la cual Senace aprobó el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos establecida en el Decreto de Urgencia N° 026-2020, por lo que los plazos de tramitación se reanudaron a partir del 18 de mayo de 2020;
Que, como resultado de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, presentado por Consorcio Transmantaro S.A., mediante Informe N° 00791- 2020- SENACE-PE/DEIN de fecha 05 de noviembre de 2020, se concluyó que dicho estudio ambiental cumple con los requisitos técnicos y legales exigidos por las normas ambientales vigentes; por lo que corresponde su aprobación;
Que, el citado informe forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, en aplicación del numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley N° 27446, Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; Decreto Supremo N° 014-2019-EM; Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM, Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM; Resolución Ministerial N° 328-2015-MINAM; y demás normas complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, presentado por Consorcio Transmantaro S.A., de conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe Nº 00791-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de noviembre de 2020, el cual se adjunta como anexo de la presente Resolución Directoral y forma parte integrante de la misma, y, en consecuencia, otorgar la Certificación Ambiental.
Artículo 2.- Consorcio Transmantaro S.A. se encuentra obligada a cumplir con lo estipulado en el Estudio de Impacto Ambiental detallado aprobado, la presente Resolución Directoral, el informe que la sustenta, y los compromisos derivados de las opiniones técnicas que se emitieron como parte de la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado aprobado, así como los asumidos a través de los escritos presentados durante el procedimiento.
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Artículo 3.- La aprobación del Estudio de Impacto Ambiental detallado no constituye el otorgamiento de licencias, autorizaciones, permisos, demás títulos habilitantes u otros requisitos legales con los que deberá contar el Titular para iniciar la ejecución de su proyecto, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable.
Artículo 4.- La aprobación del Estudio de Impacto Ambiental detallado no exime a Consorcio Transmantaro S.A. de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse de la ejecución de su Proyecto o actividad eléctrica conforme a Ley.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del informe que la sustenta a la Autoridad Nacional del Agua, al Ministerio de Cultura, al Ministerio de la Producción, al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, al Ministerio de Agricultura y Riego, y al Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 6.- Remitir copia de la Resolución Directoral a emitirse y del presente informe al Gobierno Regional de Huancavelica, Junín y Lima; Dirección Regional de Energía y Minas Huancavelica, Dirección Regional de Energía y Minas Junín y Dirección Regional de Energía y Minas de Lima; Municipalidades Provinciales de Tayacaja, Huancayo, Concepción, Jauja, Chanchamayo, Tarma, Yauli – La Oroya, Huarochirí, y Lima; las Municipalidades Distritales de Colcabamba, Quischuar, Daniel Hernández, Salcabamba, San Marcos de Rocchac, Pariahuanca, Andamarca, Cochas, Comas, Mariscal Castilla, San Ramón, Vítoc, Monobamba, Huaricolca, Tapo, Acobamba, Palca, Morococha, Paccha. Santa Rosa de Sacco, Yauli, San Antonio, Chicla, San Bartolomé, San Mateo, Callahuanca, San Mateo de Otao, Santa Eulalia, Surco y Lurigancho Chosica; las Comunidades Campesinas de Tres de Octubre de Chauquimarca, Capcas, Llocce Huantaccero, Occoro, Ranra, Daniel Hernández, Ayaccocha, Patay, Bellavista Lauca, Caimo, Cedro Pampa, Santa Cruz de Pucayacu, Matibamba, San Isidro de Acobamba, Chuyas, Lucma, Santa Rosa de Ila, San Francisco de Llacsapirca, Marancocha - Aychana, Nueva Libertad de Punto, Canchapalca, Comas, Chupa, Cachupia, Retama, San José de Chalhua, Cochas, Andas, San Martín de Porras de Mamac, Santa Teresa de Pucará, San José de Villano, Uchubamba, Palca, Tapo, Oroya Antigua Cari – Queta, Cayao Misharrurasha, Huancal, Vicora Conga, Cayao Vicora, Tarmatambo, Carhuacatac, Urahuchuc, Purísima Concepción de Paccha, Santa Rosa de Sacco, San Francisco de Asís de Pucará, San Juan Bautista de Pachachaca, Yauli, Pomacocha, San Antonio, San Miguel de Viso, Barrio Bajo de Matucana, Barrio Alto de Matucana, Surco, Santa Cruz de Ucro, San Mateo de Otao, Chauca Callahuanca, Chaclla, Jicamarca, Quimllo, Antarpa Chico, San Cristobal de Picpis, Erapata, Duraznioc – Sanyacancha; y las municipalidades de los Centros Poblados de San Juan de Paltarumi, Occoro, Ranra, Ayaccocha, Merced de Patay, Cedropampa, Matibamba, San Isidro de Acobamba, Quimllo, San Francisco de Llacsapirca, Canchapalca, San Martín de Porras de Mamac, San Juan de Uchubamba, Chacaybamba y Tarmatambo, para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 7.- Remitir copia del expediente (digital) de evaluación correspondiente al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, en su calidad de Entidad de Fiscalización Ambiental responsable de la supervisión y fiscalización de los compromisos ambientales establecidos en el estudio ambiental aprobado, para conocimiento y fines correspondientes.
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Artículo 8.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del Informe que la sustenta, así como del expediente correspondiente a la Subdirección de Registros Ambientales de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 9.- Publicar la presente Resolución Directoral y el Informe que la sustenta, en el Portal de Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (www.senace.gob.pe), a fin de que se encuentre a disposición del público en general.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Universalización de La Salud”
Av. Diez Canseco N° 351 Miraflores, Lima 18, Perú T: (511) 500-0710 www.senace.gob.pe
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Directora de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura
DE : YOLANDA BARDALES CORONEL
Líder de Proyecto CÉSAR AUGUSTO BALLADARES GALLEGOS Especialista Ambiental I JUAN JORGE MERA PÉREZ Especialista Social I ALDO JUAN QUIÑONES BALTODANO Nómina de Especialistas- Especialista en Ingeniería Eléctrica - Nivel II LESLIE DIANA VICENTE PEÑA Nómina de Especialistas- Especialista en Ingeniería Química - Nivel II CAROL DENIS CARPIO RÍOS Nómina de Especialistas- Especialista en Ingeniería Ambiental - Nivel II JULISSA ARENAS ESPINOZA Nómina de Especialistas- Especialista en Biología - Nivel II NATALIA ELIZABETH CALDERÓN MOYA MÉNDEZ Nómina de Especialistas- Especialista en Biología - Nivel II MARIO JAVIER PARRA MONTERO Nómina de Especialistas- Especialista en Economía - Nivel II ROXANA ERIKA CERNA GARCÍA Nómina de Especialistas- Especialista en Derecho - Nivel II JUAN JOSÉ VALENCIA SOLANO Nómina de Especialistas- Especialista en Ingeniería Geográfica - Nivel II ANDREA VENINI FALCONI Nómina de Especialistas- Especialista en Sociología - Nivel II
ASUNTO : Informe Final del Estudio de Impacto Ambiental Detallado
(EIA-d) del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, presentado por Consorcio Transmantaro S. A.
REFERENCIA : Trámite E-EIAD-00246-2019 (22.10.2019) FECHA : Miraflores, 05 de noviembre de 2020
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN 12930912272823
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Nos dirigimos a usted con relación al documento de la referencia, a fin de informarle lo siguiente:
I. ANTECEDENTES
1.1 Mediante Trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 22 de octubre de 2019, Consorcio
Transmantaro S.A. (en adelante, el Titular) presentó a la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, DEIN Senace), la solicitud de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (en adelante EIA-d) del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas”, (en adelante, el Proyecto) en el marco de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, Ley del SEIA), su Reglamento (en adelante, Reglamento de la Ley del SEIA)1; y, del Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, (en adelante, Reglamento Ambiental de Electricidad)2, para la evaluación correspondiente.
1.2 Mediante Acta N° 00075-2019-SENACE-GG/OAC, de fecha 23 de octubre de 2019, la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria, comunicó al Titular el incumplimiento de requisitos formales
1.3 Mediante Documentación Complementaria DC-01 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 23 de octubre del 2019, el Titular remitió el Formulario F-04, correspondiente al requisito TUPA para la solicitud de evaluación del EIA-d.
1.4 Mediante Auto Directoral N° 00160-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha 29 de octubre del 2019, la DEIN Senace remite al Titular el Informe N° 00800-2019- SENACEPE/DEIN con las observaciones de admisibilidad a evaluación al EIA-d materia de evaluación.
1.5 Mediante Documentación Complementaria DC-02 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 08 de noviembre del 2019, el Titular remitió información relacionada al levantamiento de observaciones de admisibilidad a la evaluación del EIA-d del Proyecto.
1.6 Mediante Carta N 00268-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 13 de noviembre de 2019, la DEIN Senace da por absueltas las observaciones de admisibilidad, emite opinión favorable al Resumen Ejecutivo, y remite al Titular precisiones sobre los mecanismos de participación ciudadana del EIA-d materia de evaluación.
1.7 Mediante Oficio Múltiple N° 00114-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de noviembre del 2019, la DEIN Senace solicitó opinión técnica a las Direcciones Generales de Derechos de los Pueblos Indígenas y Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura, a las Direcciones Generales de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuicolas y de Pesca para Consumo Humano Directo e indirecto del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua y al Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña.
1.8 Mediante Documentación Complementaria DC-04 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 18 de noviembre del 2019, el Titular adjuntó la documentación de aceptación de los locales para la realización de los talleres participativos durante la evaluación del EIA-d del Proyecto.
1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM. 2 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2019-EM.
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1.9 Mediante Documentación Complementaria DC-05 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 19 de noviembre del 2019, el Titular solicitó precisiones con relación al resumen ejecutivo del EIA-d materia de evaluación.
1.10 Mediante Documentación Complementaria DC-06 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de noviembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la Tercera ronda de Talleres Participativos del EIA-d del Proyecto.
1.11 Mediante Carta N 00275-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 21 de noviembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular las Carta Múltiple N° 00021-2019- SENACEPE/DEIN (445 destinatarios) y Oficio Múltiple N° 00116-2019-SENACE- PE/DEIN (287 destinatarios) de invitación a Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de diciembre del EIA-d materia de evaluación.
1.12 Mediante Carta N 00277-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 22 de noviembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular precisiones sobre el resumen ejecutivo del EIAd materia de evaluación.
1.13 Mediante Documentación Complementaria DC-07 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 22 de noviembre del 2019, el Titular requirió precisiones respecto de las invitaciones correspondientes a la Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de diciembre del EIA-d materia de evaluación.
1.14 Mediante Carta N 00278-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 22 de noviembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular la Carta Múltiple N° 00022-2019- SENACEPE/DEIN que reemplaza la Carta Múltiple N° 00021-2019-SENACE- PE/DEIN.
1.15 Mediante Documentación Complementaria DC-08 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 25 de noviembre del 2019, el Titular solicitó ampliación de plazo para la entrega de cargos del EIA-d y del Resumen Ejecutivo del EIA-d materia de evaluación.
1.16 Mediante Carta N 00287-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 27 de noviembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular precisiones sobre los plazos de entrega de entrega de cargos del EIA-d y del Resumen Ejecutivo del EIA-d materia de evaluación.
1.17 Mediante Documentación Complementaria DC-09 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 28 de noviembre del 2019, el Titular solicitó ampliación de plazo para la entrega de cargos del EIA-d y del Resumen Ejecutivo del EIA-d materia de evaluación.
1.18 Mediante Documentación Complementaria DC-10 y DC-11 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fechas 28 y 29 de noviembre de 2019; y, DC-12 y DC-15 E-EIAD-00246- 2019, ambas de fecha 04 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a las cartas de aceptación de local de las Audiencias Públicas del mes de enero 2020 del EIA-d del Proyecto.
1.19 Mediante Carta N 00289-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 29 de noviembre de 2019, la DEIN Senace solicita al Titular la lista de invitados para la Audiencia Pública del mes de enero del EIA-d materia de evaluación.
1.20 Mediante Documentación Complementaria DC-13 y DC-14 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 04 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la Tercera ronda de Talleres Participativos del EIA-d materia de evaluación.
1.21 Mediante Documentación Complementaria DC-16 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 05 de diciembre del 2019, el Titular remitió la lista de invitados para la Audiencia Pública del mes de enero del EIA-d del Proyecto.
1.22 Mediante Carta N 00296-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 04 de diciembre de 2019, la DEIN Senace comunica al Titular las precisiones a la convocatoria a las Audiencias Públicas del EIA-d materia de evaluación.
1.23 Mediante Carta N 00300-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 05 de diciembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular las Carta Múltiple N° 00026-2019- SENACEPE/DEIN (22 destinatarios) y Oficio Múltiple N° 00123-2019-SENACE- PE/DEIN (74 destinatarios) de invitación a las Audiencias Públicas del mes de enero del EIA-d materia de evaluación.
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1.24 Mediante Documentación Complementaria DC-17 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 05 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la entrega del resumen ejecutivo del EIA-d del Proyecto.
1.25 Mediante Documentación Complementaria DC-18 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 05 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la implementación de los mecanismos de participación ciudadana durante la evaluación del EIA-d materia de evaluación.
1.26 Mediante Documentación Complementaria DC-19 y DC-20 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 y 10 de diciembre del 2019, respectivamente, el Titular remitió documentación relacionada a la Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de enero del EIA-d materia de evaluación.
1.27 Mediante Oficio N° 00896-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha 12 de diciembre de 2019, la DEIN Senace solicitó opinión a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura sobre el EIA-d materia de evaluación.
1.28 Mediante Documentación Complementaria DC-21 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 13 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la convocatoria de las Audiencias Públicas del EIA-d del Proyecto.
1.29 Mediante Documentación Complementaria DC-22 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 13 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la convocatoria la Tercera Ronda de Talleres Participativos y Audiencias Públicas del EIA-d materia de evaluación.
1.30 Mediante Documentación Complementaria DC-23 y DC-24 del trámite E-EIAD-00246- 2019, ambos de fecha 17 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la Tercera Ronda de Talleres Participativos de enero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.31 Mediante Documentación Complementaria DC-25, de fecha 19 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada las Audiencias Públicas del EIA-d materia de evaluación.
1.32 Mediante Documentación Complementaria DC-26 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de diciembre del 2019, el Titular remitió documentación relacionada a la Tercera Ronda de Talleres Participativos de enero 2020 del EIA-d del Proyecto.
1.33 Mediante Carta N 00312-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 20 de diciembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular la Carta Múltiple N° 00028-2019- SENACEPE/DEIN (45 destinatarios) y el Oficio Múltiple N° 00131-2019-SENACE- PE/DEIN (42 destinatarios) de invitación a la Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de enero 2020 del EIA-d del Proyecto.
1.34 Mediante Documentación Complementaria DC-27 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de diciembre del 2019, el Titular remitió la documentación relacionada las Audiencias Públicas del EIA-d del Proyecto.
1.35 Mediante Documentación Complementaria DC-28 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 23 de diciembre del 2019, el Titular remitió la documentación relacionada la Tercera Ronda de Talleres del mes de enero 2020 del EIA-d del Proyecto.
1.36 Mediante Documentación Complementaria DC-29 E-EIAD-00246-2019, de fecha 23 de diciembre del 2019, la ANA remitió el Oficio N° 2819-2019-ANA-DCERH, con el Informe Técnico N° 1129-2019-ANA-DCERH-AEIGA, conteniendo ocho (08) observaciones al EIA-d materia de evaluación.
1.37 Mediante Documentación Complementaria DC-30, DC-31 y DC-32 del trámite E- EIAD00246-2019, todas de fecha 27 de diciembre del 2019, el Titular remitió la documentación relacionada la aceptación de local de la Tercera Ronda de Talleres Participativos de enero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.38 Mediante Carta N 00325-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 30 de diciembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular precisiones sobre la difusión de la Audiencia Pública del mes de febrero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
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1.39 Mediante Documentación Complementaria DC-33 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 30 de diciembre del 2019, el Titular remitió la documentación relacionada la Tercera Ronda de Talleres del mes de enero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.40 Mediante Carta N 00328-2019-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 31 de diciembre de 2019, la DEIN Senace remite al Titular el Informe N° 01013-2019-SENACE-PE/DEIN, referido a la Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de diciembre 2019 correspondiente del EIA-d materia de evaluación.
1.41 Mediante Cartas N° CS00004-20031031 (DC-34, de fecha 03 de enero del 2020), N° CS00006-20031031 (DC-35, de fecha 03 de enero del 2020) y N° CS00007- 20031031 (DC-36, de fecha 03 de enero del 2020), el Titular remitió la documentación relacionada las Audiencias Públicas del mes de febrero 2020 correspondiente al EIAd del Proyecto.
1.42 Mediante Documentación Complementaria DC-37 y DC-39 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 06 y 09 de enero del 2020, respectivamente, el Titular remitió la documentación relacionada a las Audiencias Públicas de enero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.43 Mediante Oficio N° 00008-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 07 de enero de 2020, la DEIN Senace solicitó información a la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A., relacionada a la convocatoria de las Audiencias Públicas del mes de febrero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.44 Mediante Documentación Complementaria DC-38 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 07 de enero del 2020, la Subsecretaria de Gestión de Conflictos de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió el Oficio N° D000449-2019-PCM-SSGC, adjuntando la comunicación del señor Jesús Alfredo Acevedo Peñaloza.
1.45 Mediante Documentación Complementaria DC-40 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 14 de enero de 2020, la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. remitió algunas precisiones sobre el proceso de publicación de los avisos para la realización de las audiencias públicas de febrero de 2020.
1.46 Mediante Documentación Complementaria DC-41 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 16 de enero del 2020, el Titular remitió la documentación relacionada la Tercera Ronda de Talleres del mes de diciembre 2019 del EIA-d materia de evaluación.
1.47 Mediante Documentación Complementaria DC-42 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 17 de enero del 2020, la Dirección General de Derechos de los Pueblos indígenas del Ministerio de Cultura remitió el Oficio N° 00042-2020-DGPI/MC adjuntando el Informe N° 00001-2020-DCP-WML/MC, con recomendaciones al EIA-d materia de evaluación.
1.48 Mediante Documentación Complementaria DC-43 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 17 de enero del 2020, el Titular remitió información complementaria para la ejecución la Tercera Ronda de Talleres del mes de diciembre 2019 del EIA-d del Proyecto.
1.49 Mediante Carta N 00015-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 20 de enero de 2020, la DEIN Senace remite al Titular las Carta Múltiple N° 00002-2020-SENACE-PE/DEIN (58 destinatarios) y Oficio Múltiple N° 00003-2020-SENACE-PE/DEIN (48 destinatarios) de invitación a la Tercera Ronda de Talleres Participativos del mes de febrero 2020 del EIA-d materia de evaluación.
1.50 Mediante Documentación Complementaria DC-44 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de enero del 2020, la Oficina General de Gestión Social del Ministerios de Energía y Minas remitió el Oficio N° 009-2020-MINEM/OGGS con la comunicación del señor Jesús Alfredo Acevedo Peñaloza y solicita información de las acciones que tome la DEIN Senace.
1.51 Mediante Documentación Complementaria DC-45 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 21 de enero del 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Ministerio de la Producción remitió el Oficio N° 000115-2020- PRODUCCE/DGAAMPA con dos (02) observaciones formuladas al EIA-d del
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Proyecto y precisó que una vez recibida la opinión del Instituto de Mar Peruano (IMARPE) la remitirán a la DEIN Senace.
1.52 Mediante Documentación Complementaria DC-46 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 27 de enero del 2020, la Dirección de Investigación e Ecosistemas de Montañas del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña remitió a la DEIN Senace, el Oficio N° 00003-2020-INAIGEM/PE/DIEM, adjuntando el Informe N° 005-2020-INAIGEM/DIEM/SDIISEM/YNMCH, que contiene veintidos (22) observaciones formuladas al EIA-d del Proyecto.
1.53 Mediante Documentación Complementaria DC-47 y DC-48 del trámite EIAD-00246- 2019, de fecha 27 de enero de 2020, Documentación Complementaria DC-49 y DC50 E-EIAD-00246-2019, de fecha 28 y 31 de enero de 2020, respectivamente, el Titular remitió información relacionada a las Audiencias Públicas del mes de febrero 2020 correspondientes a la etapa de evaluación del EIA-d materia de evaluación.
1.54 Mediante Documentación Complementaria DC-51 del trámite EIAD-00246-2019, de fecha 04 de febrero del 2020, la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas del Ministerio de Cultura remitió el Oficio N° 00019-2020-DCIA/MC, con una (01) observación formulada al EIA-d materia de evaluación.
1.55 Mediante Carta N 00025-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha el 07 de febrero de 2020, la DEIN Senace remite al Titular el Informe N° 0081-2020-SENACE-PE/DEIN, referido a la Tercera Ronda de Talleres Participativos realizados en enero 2020 correspondiente al EIA-d materia de evaluación.
1.56 Mediante Documentación Complementaria DC-52 del trámite EIAD-00246-2019, de fecha 05 de febrero del 2020, el Titular solicitó las opiniones técnicas de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Ministerio de la Producción y de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura referidas al EIA-d del Proyecto.
1.57 Mediante Documentación Complementaria DC-53 del trámite EIAD-00246-2019, de fecha 05 de febrero del 2020, el Titular solicitó documentos asociados a la ejecución de la Tercera Ronda de Talleres y las Audiencias Públicas respecto del EIA-d del Proyecto.
1.58 Mediante Documentación Complementaria DC-54 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 05 de febrero del 2020, el Titular consultó si ya se cuenta con la opinión técnica de la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas del Ministerio de Cultura referidas al EIA-d del Proyecto.
1.59 Mediante Oficio N° 00086-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de febrero del 2020, la DEIN Senace reiteró la solicitud de opinión técnica a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre.
1.60 Mediante Oficio N° 00087-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de febrero del 2020, la DEIN Senace reiteró la solicitud de opinión técnica a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios.
1.61 Mediante Documentación Complementaria DC-55 del trámite EIAD-00246-2019, de fecha 10 de febrero del 2020, el Titular remitió el material filmográfico de la Tercera Ronda de Talleres Participativos y de las Audiencias Públicas realizadas durante la evaluación del EIA-d materia de evaluación.
1.62 Mediante Documentación Complementaria DC-56 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 13 de febrero del 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas remitió a la DEIN Senace, el Oficio N° 00000202-2020- PRODUCCE/DGAAMPA, con la opinión técnica del Instituto del Mar del Perú la contiene una (01) sugerencia al EIA-d del Proyecto.
1.63 Mediante Documentación Complementaria DC-57 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 17 de febrero del 2020, la Dirección de Gestión Ambiental Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego remitió a la DEIN Senace, el Oficio N° 0169-2020- MINAGRIDVDIAR/DGAAA-DGAA adjuntando la Opinión Técnica N° 0001-2020-
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1.64 Mediante Documentación Complementaria DC-58 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de febrero del 2020, la Dirección General de Gestion Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvetre del SERFOR remitió a la DEIN Senace, el Oficio N° 0094-2020-MINAGRI-SERFOR/DGGSPFFS adjuntando el Informe Técnico N° 0119-2020-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS/DGSPF-DGSPFS, con setenta y dos (72) observaciones formuladas al EIA-d del Proyecto.
1.65 Mediante Documentación Complementaria DC-59 y DC-60 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 20 de febrero y 09 de marzo de 2020, el Titular solicita a la DEIN Senace, la remisión del correspondiente Informe de Observaciones al EIA-d del Proyecto.
1.66 Mediante Carta N° 00060-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 11 de marzo de 2020, la DEIN Senace remitió el Informe N° 00174-2020-SENACE-PE/DEIN, correspondiente a las audiencias públicas realizadas del 07 al 10 de enero, y 01 de febrero de 2020.
1.67 Con Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 14 de marzo del 2020, la DEIN Senace remitió el Informe N° 00183-2020-SENACE-PE/DEIN, correspondiente a las observaciones formuladas al EIA-d materia de evaluación.
1.68 En el marco de la Declaratoria de Emergencia Nacional3, el 15 de marzo de 2020 se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto de Urgencia N° 026-2020 a través del cual se establecen diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (covid-19) en el territorio nacional, disponiendo en el numeral 2 de su Segunda Disposición Complementaria Final la suspensión por treinta (30) días hábiles de los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo y negativo que se encuentren en trámite al momento de la emisión del referido decreto de urgencia. Dicho plazo fue prorrogado por quince (15) días hábiles contados desde el 29 de abril de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 076-2020-PCM, de fecha 26 de abril de 2020.
1.69 El 5 de mayo de 2020, mediante el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 053-2020, se facultó a las entidades públicas a aprobar mediante Resolución de su titular, el listado de procedimientos cuya tramitación no se encuentra sujeta a la suspensión de plazos establecida en el Decreto de Urgencia N° 026-2020.
1.70 En mérito a lo señalado en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 053-2020, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00035-2020-PE, publicada el 16 de mayo de 2020, se aprobó el listado de procedimientos a cargo del Senace exceptuados de la suspensión del cómputo de plazos previsto en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020. En ese sentido, siendo que el presente trámite se encuentra en el listado aprobado en mención, los plazos de evaluación se reanudaron a partir del 18 de mayo de 2020.
1.71 Con Carta N° 00068-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de mayo del 2020, la DEIN Senace, en atención al Oficio N° D000449-2019-PCM-SSGC, remitió al señor Jesús Acevedo Peñaloza, el Informe N° 00262-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.72 Mediante Documentación Complementaria DC-62 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 02 de junio de 2020, el Titular solicita a la DEIN Senace, la modificación del Plan de Particiáción Ciudadana para el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.73 Mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, el levantamiento de
3 Mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado el 15 de marzo de 2020, se declaró el Estado de Emergencia
Nacional por el plazo de quince días calendario y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19. Dicho plazo fue prorrogado mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM , Nº 064-2020-PCM , Nº 075-2020-PCM , N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM , N° 116-2020-PCM , N° 135-2020-PCM, N° 146-2020-PCM, N° 156-2020-PCM y N° 174-2020-PCM.
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observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE- PE/DEIN.
1.74 Con Resolución Directoral N° 00049-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace resolvió aprobar la adecuación del mecanismo de acceso a la información pública de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1500, referido a la entrega del documento que contiene el levantamiento de observaciones del EIA-d, a través de la modificación del Plan de Participación Ciudadana del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) del Proyecto, presentado por el Titular; conforme a los fundamentos y conclusiones del Informe N° 00351-2020-SENACE- PE/DEIN, de fecha 10 de junio de 2020.
1.75 Mediante Oficio N° 00319-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua.
1.76 Mediante Oficio N° 00320-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, al Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña.
1.77 Mediante Oficio N° 00321-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego.
1.78 Mediante Oficios N° 00322-2020-SENACE-PE/DEIN y 00323-2020-SENACE- PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, a las Direcciones Generales de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura.
1.79 Mediante Oficio N° 00325-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, a la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuicolas del Ministerio de la Producción.
1.80 Mediante Oficio N° 00326-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 10 de junio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-63 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 09 de junio de 2020, a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
1.81 Mediante Documentación Complementaria DC-64 y DC-65 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 15 y 19 de junio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información correspondiente al Plan de Participación Ciudadana del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.82 Mediante Documentación Complementaria DC-66 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 22 de junio del 2020, el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña solicitó a la DEIN Senace, con el Oficio N° 085-2020- INAIGEM/GG, la ampliación de plazo para la emisión de la opinión técnica.
1.83 Mediante Oficio N° 00403-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 03 de julio del 2020, la DEIN Senace comunicó al Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña, que el plazo es el otorgado mediante Oficio N° 00320-2020- SENACE-PE/DEIN.
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1.84 Mediante Documentación Complementaria DC-67 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 08 de julio del 2020, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura comunico a la DEIN Senace, con el Oficio N° 000100-2020- DCIA/MC, observaciones relacionadas a la opinión técnica.
1.85 Mediante Documentación Complementaria DC-68 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 08 de julio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.86 Mediante Documentación Complementaria DC-69 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 09 de julio del 2020, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura comunico a la DEIN Senace, con el Oficio N° 000102-2020- DCIA/MC, el error material en las observaciones relacionadas a la opinión técnica.
1.87 Mediante Documentación Complementaria DC-70 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 10 de julio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.88 Mediante Documentación Complementaria DC-71 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de julio del 2020, el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña remite a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 00099-2020- INAIGEM/GG, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.89 Mediante Documentación Complementaria DC-72 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de julio del 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Ministerio de la Producción remite a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 00000594-2020-PRODUCE/DGAAMPA, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.90 Mediante Documentación Complementaria DC-73 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de julio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.91 Mediante Documentación Complementaria DC-74 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de julio del 2020, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, comunica a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 977-2020-ANA-DCERH, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.92 Mediante Documentación Complementaria DC-75 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 17 de julio del 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, comunica a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 550-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGAAA, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.93 Mediante Documentación Complementaria DC-76 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 17 de julio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.94 Mediante Documentación Complementaria DC-77 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 20 de julio del 2020, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, comunica a la DEIN Senace mediante Oficio N° 000544- 2020-DGPI/MC, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.95 Mediante Oficio N° 00440-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 20 de julio del 2020, la DEIN Senace trasladó el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-76 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 17 de julio de 2020, al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
1.96 Mediante Documentación Complementaria DC-78 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 22 de julio del 2020, la Municipalidad Distrital de Salcabamba, solicita a la DEIN
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Senace una reunión de coordinación sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.97 Mediante Documentación Complementaria DC-79 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 22 de julio del 2020, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, comunica a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 000544-2020-DGPI/MC, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.98 Mediante Documentación Complementaria DC-80 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 24 de julio de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.99 Mediante Oficio N° 00449-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 24 de julio del 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-80 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 24 de julio de 2020, a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura.
1.100 Mediante Carta N° 00125-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 03 de agosto del 2020, la DEIN Senace solicita al Titular, información sobre los cargos de invitación a los talleres participativos y audiencias sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.101 Mediante Documentación Complementaria DC-84 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 05 de agosto de 2020, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, comunica a la DEIN Senace, mediante Oficio N° D000131-2020-MINAGRI- SERFOR-DGGSPFFS, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.102 Mediante Documentación Complementaria DC-85 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 05 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace información sobre los cargos de invitación a los talleres participativos y audiencias sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.103 Mediante Documentación Complementaria DC-86 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 06 de agosto del 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas del Ministerio de la Producción comunica a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 00000676-2020-PRODUCE/DGAAMPA, la opinión técnica del Instiruto del Mar del Perú sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.104 Mediante Oficio N° 00503-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 06 de agosto del 2020, la DEIN Senace solicitó precisiones sobre el Oficio N° D000131-2020-MINAGRI- SERFOR-DGGSPFFS remitido por la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.105 Mediante Documentación Complementaria DC-87 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 06 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.106 Mediante Documentación Complementaria DC-88 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 10 de agosto de 2020, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura presenta a la DEIN Senace, mediante Oficio N° 000622-2020-DGPI/MC, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.107 Mediante Documentación Complementaria DC-89 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 10 de agosto de 2020, los pobladores del Anexo 14 (Ivita) presentan a la DEIN Senace, mediante Informe N° 001-2020-ANEXO 14 – Ivita, la oposición al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.108 Mediante Memorando N° 00344-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 11 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicita análisis legal y precisiones en base al Informe N° 00500-
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2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 11 de agosto de 2020, a la Oficina de Asesoría Jurídica del Senace.
1.109 Mediante Documentación Complementaria DC-90 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.110 Mediante Documentación Complementaria DC-91 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de agosto de 2020, el Señor Benjamin Borda Luna del Anexo 14 (Ivita) solicita la notificación electronica a la DEIN Senace.
1.111 Mediante Documentación Complementaria DC-92 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 13 de agosto de 2020, la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre presenta a la DEIN Senace, mediante Oficio N° D000162-2020-MINAGRI- SERFOR-DGGSPFFS, la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.112 Mediante Documentación Complementaria DC-93 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 14 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria a la opinión técnica del Ministerio de Cultura del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.113 Mediante Oficio N° 00520-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 17 de agosto de 2020, la DEIN Senace traslado el levantamiento de observaciones alcanzado mediante Documentación Complementaria DC-93 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 14 de agosto de 2020, a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura, información relacionada a la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.114 Mediante Oficio N° 00523-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicito información a la Municipalidad Distrital de San Ramón con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.115 Mediante Documentación Complementaria DC-94 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 18 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.116 Mediante Carta N° 00134-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace traslado al Titular comunicaciones recibidas mediante el correo electrónico de participación ciudadana y plataforma EVA con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.117 Mediante Oficio N° 00524-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.118 Mediante Oficio N° 00525-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información a la Dirección Regional de Energía y Minas de Huancavelica con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.119 Mediante Oficio N° 00527-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información a la Municipalidad Provincial de Tayacaja con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.120 Mediante Oficio N° 00528-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información a la Municipalidad Distrital de Salcabamba con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.121 Mediante Oficio N° 00530-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información al Teniente Gobernador del Centro Poblado Paltarumi con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
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1.122 Mediante Oficio N° 00531-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información al Alcalde del Centro Poblado Paltarumi con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.123 Mediante Oficio N° 00532-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información al Teniente Gobernador del Anexo Bellavista con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.124 Mediante Carta N° 00136-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información al Presidente de la Rondas Campesinas del Anexo Don Bosco con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.125 Mediante Oficio N° 00526-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 18 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicitó información al Gobierno Regional de Huancavelica con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.126 Mediante Memorando N° 00365-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 20 de agosto de 2020, la DEIN Senace remite a la Oficina de Asesoría Jurídica del Senace, el Informe N° 00520-2020- SENACE-PE/DEIN complementario al Informe N° 00500-2020- SENACE-PE/DEIN de fecha 11 de agosto de 2020, en el marco del procedimiento de evaluación del EIA-d del Proyecto, con la finalidad de recibir sus orientaciones sobre el procedimiento y sustento legal para la reconstrucción del expediente.
1.127 Mediante Oficio N° 00537-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 20 de agosto de 2020, la DEIN Senace solicito información a la Municipalidad Provincial de Chanchamayo con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.128 Mediante Documentación Complementaria DC-95 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 20 de agosto de 2020, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas presenta a la DEIN Senace, remite información con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.129 Mediante Documentación Complementaria DC-96 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 21 de agosto de 2020, el Titular consulta a la DEIN Senace, la conclusión de la Oficina de Asesoría Jurídica en relación al Informe N° 00520-2020- SENACE-PE/DEIN .
1.130 Mediante Documentación Complementaria DC-97 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 21 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones comunicadas mediante el Auto Directoral N° 00050-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.131 Mediante Documentación Complementaria DC-98 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 24 de agosto de 2020, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Ministerio de Cultura mediante Oficio N° 000663-2020-DGPI/MC, emite la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.132 Mediante Informe Nº 00121-2020-SENACE-GG/OAJ, de fecha 24 de agosto de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica del Senace, concluye que la DEIN Senace se encuentra habilitada para usar la “Directiva que norma la reconstrucción de expedientes físicos de los procedimientos administrativos que se tramitan antes el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace”.
1.133 Mediante Documentación Complementaria DC-99 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 24 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones.
1.134 Mediante Documentación Complementaria DC-100 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 25 de agosto de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información complementaria al levantamiento de observaciones.
1.135 Mediante Carta N° 00144-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 25 de agosto de 2020, la DEIN Senace atiende la consulta formulada por el Titular mediante Documentación Complementaria DC-96 del trámite E-EIAD-00246-2019.
1.136 Mediante Documentación Complementaria DC-101 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 26 de agosto de 2020, la Dirección General de Gestión Sostenible del
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Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre remite mediante Oficio N° D000236-2020-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS, precisiones sobre la opinión técnica del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.137 Mediante Documentación Complementaria DC-102 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 26 de agosto de 2020, la Dirección Dirección Regional de Energía y Minas de Huancavelica remite información del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.138 Mediante Memorando N° 00382-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 28 de agosto de 2020, la DEIN Senace designa a la encargada de investigaciones previas relacionadas al extravío de cargos de invitación a eventos de participación ciudadana en el marco de la evaluación del expediente signado con Trámite E-EIAD-00246-2019.
1.139 Mediante Documentación Complementaria DC-103 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 31 de agosto de 2020, el Gobierno Regional de Huancavelica remite información solicitada mediante el Oficio N° 00526-2020-SENACE-PE/DEIN relacionada al EIA-d del Proyecto.
1.140 Mediante Memorando N° 00394-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 01 de setiembre de 2020, la DEIN Senace remite al Presidente Ejecutivo el Informe N° 00559-2020- SENACE-PE/DEIN, de fecha 01 de setiembre de 2020, relacionado a la investigación sobre la pérdida de cargos de invitación para los talleres participativos y audiencias públicas, en la etapa durante la evaluación del EIA-d del proyecto y del procedimiento de reconstrucción del expediente.
1.141 Mediante Memorando N° 00055-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 03 de setiembre de 2020, el Presidente Ejecutivo traslada a la Oficina de Asesoría Jurídica el Informe N° 00559-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 01 de setiembre de 2020, mediante el cual hace de conocimiento las conclusiones sobre la investigación previa del extravío de cargos de invitación a eventos de participación ciudadana en el marco del procedimiento de evaluación del expediente con trámite E-EIAD-00246-2019, con la finalidad de continuar con el procedimiento establecido de acuerdo con la Directiva N° 002-2020-SENACE/PE.
1.142 Mediante Documentación Complementaria DC-104 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 04 de setiembre de 2020, la Municipalidad Distrital de Salcabamba remite información solicitada mediante el Oficio N° 00528-2020-SENACE-PE/DEIN a la DEIN Senace.
1.143 Mediante Documentación Complementaria DC-105 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 04 de setiembre de 2020, el Titular solicita información referida al Memorando N° 00055-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 03 de setiembre de 2020.
1.144 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00051-2020-SENACE-PE, de fecha 04 de setiembre de 2020, se dispone la reconstrucción parcial del expediente contenido en el Trámite E-EIAD-00246-2019, referido a la evaluación del EIA-d del Proyecto, en base a los argumentos del Informe Nº 00126- 2020-SENACE-GG/OAJ.
1.145 Mediante Memorando N° 00056-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 04 de setiembre de 2020, el Presidente Ejecutivo remite la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00051-2020-SENACE-PE, de fecha 04 de setiembre de 2020, a la Secretaria Técnica de Apoyo a los Órganos Instructures de Procedimiento Administrativo Disciplinario.
1.146 Mediante Carta N° 00158-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 07 de setiembre de 2020, la DEIN Senace remite al Titular la información solicitada relacionado al procedimiento de reconstrucción, con relación al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.147 Mediante Documentación Complementaria DC-106 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 07 de setiembre de 2020, el Titular solicita el impulso del procedimiento de certificación ambiental correspondiente al EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.148 Mediante Documentación Complementaria DC-107 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 08 de setiembre de 2020, la Municipalidad Provincial Tayacaja – Pampas remitió información solicitada mediante el Oficio N° 00527-2020-SENACE-PE/DEIN.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Universalización de La Salud”
Av. Diez Canseco N° 351 Miraflores, Lima 18, Perú T: (511) 500-0710 www.senace.gob.pe
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado el Senace, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://www.senace.gob.pe/verificacion ingresando el código de verificación que aparece en la parte superior izquierda de este documento
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1.149 Mediante Oficio N° 00582-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 09 de setiembre de 2020, la DEIN Senace reiteró al Teniente Gobernador del Centro Poblado Paltarumi, la solicitud de información efectuada mediante el Oficio N° 00530-2020-SENACE- PE/DEIN.
1.150 Mediante Oficio N° 00583-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 09 de setiembre de 2020, la DEIN Senace reiteró al Alcalde del Centro Poblado Paltarumi, la solicitud de información efectuada mediante el Oficio N° 00531-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.151 Mediante Documentación Complementaria DC-108 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 14 de setiembre de 2020, la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre remite mediante Oficio N° D000408-2020-MINAGRI-SERFOR-DGGSPFFS, precisiones a la DEIN sobre el Informe Técnico N° D000049-2020-MINAGRI- SERFORDGGSPFFS-GA del EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.152 Mediante Documentación Complementaria DC-109 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 15 de setiembre de 2020, la Municipalidad del Centro Poblado de San Juan de Paltarumi remitió información solicitada mediante los Oficio N° 00583-2020- SENACE-PE/DEIN y N° 00531-2020-SENACE-PE/DEIN.
1.153 Mediante Oficio N° 00607-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 16 de setiembre de 2020, la DEIN Senace comunicó a la Municipalidad del Centro Poblado de San Juan de Paltarumi, que el EIA-d del Proyecto continúa en proceso de evaluación.
1.154 Mediante Documentación Complementaria DC-110 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 16 de setiembre de 2020, el Titular remitió información técnico legal.
1.155 Mediante Resolución Directoral N° 00096-2020-SENACE-PE, de fecha 17 de setiembre de 2020, se declara reconstruido el expediente del trámite E-EIAD-00246- 2019; conforme a los fundamentos y conclusiones del Informe N° 00602-2020- SENACEPE/DEIN, de fecha 17 de setiembre de 2020.
1.156 Mediante Informe N° 00603-2020-SENACE-PER/DEIN, de fecha 17 de setiembre de 2020, la DEIN Senace emitió el informe sobre los medios de verificación para el cumplimiento de la convocatoria a la tercera ronda de talleres participativos realizadas en la etapa durante la evaluación del EIA-d del Proyecto.
1.157 Mediante Carta N° 00170-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 17 de setiembre de 2020, la DEIN Senace remite al Titular el Informe N° 00603-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 17 de setiembre de 2020, sobre el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.158 Mediante Documentación Complementaria DC-111 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 28 de setiembre de 2020, el Titular solicita a la DEIN Senace, la modificación del Plan de Participación Ciudadana para el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.159 Mediante Resolución Directoral N° 00105-2020-SENACE-PE/DEIN, sustentada en el Informe N° 00670-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 05 de octubre de 2020, la DEIN Senace aprobó la propuesta de modificación del PPC del EIA-d del Proyecto.
1.160 Mediante Documentación Complementaria DC-112 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 06 de octubre de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información relacionada al Taller Participativo Adicional No presencial del Plan de Participación Ciudadana para el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.161 Mediante Carta N° 00183-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 07 de octubre de 2020, la DEIN Senace remite al Titular el Oficio Múltiple N° 00081-2020-SENACE-PE/DEIN, correspondiente a la invitación al Taller Participativo Adicional No presencial del EIA- d del Proyecto materia de evaluación.
1.162 Mediante Documentación Complementaria DC-113 del trámite E-EIAD-00246- 2019, de fecha 20 de octubre de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, información relacionada al Taller Participativo Adicional No Presencial del Plan de Participación Ciudadana para el EIA-d del Proyecto materia de evaluación.
1.163 Mediante Documentación Complementaria DC-114 y DC-115 del trámite E-EIAD- 00246-2019, de fecha 26 de octubre de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, la
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
“Año de la Universalización de La Salud”
Av. Diez Canseco N° 351 Miraflores, Lima 18, Perú T: (511) 500-0710 www.senace.gob.pe
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información referida a la cobertura de la radio para la realización del Taller Participativo No Presencial adicional en el ámbito geográfico de los grupos de interés.
1.164 Con fecha 28 de octubre de 2020, se realizó el Taller Participativo No presencial adicional, conforme a lo dispuesto en el Informe N° 00603-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 17 setiembre de 2020.
1.165 Mediante Documentación Complementaria DC-116 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 29 de octubre de 2020, el Titular presenta a la DEIN Senace, el guion radial en español y quechua, y el plan de actividades y contingencias para la realización del Taller Participativo no presencial adicional.
1.166 Mediante Documentación Complementaria DC-117 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 30 de octubre de 2020, el Titular solicita a la DEIN Senace, el Acta del Taller Participativo no presencial adicional realizado el 28 de octubre de 2020.
1.167 Mediante Carta N° 00197-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 30 de octubre de 2020, la DEIN Senace remite el Informe N° 00774-2020-SENACE-PE/DEIN, de fecha 30 de octubre de 2020, sobre del Taller Participativo No Presencial adicional.
1.168 Mediante Documentación Complementaria DC-118 del trámite E-EIAD-00246-2019, de fecha 02 de noviembre de 2020, el Titular hace la entrega del Informe de Sistematización de Resultados y Anexos del Taller Participativo Adicional No Presencial.
II. OBJETIVO DEL INFORME
Evaluar si las observaciones formuladas al EIA-d del Proyecto “Enlace 500 kV Mantaro - Nueva Yanango – Carapongo y Subestaciones Asociadas” a través del Auto Directoral N° 0