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ROL DEL TENS

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Profesión eminentemente humanista, y de una relación de ayuda. Requiere que quienes la practican tengan una actitud especial de sensibilidad, respeto frente a la vida y al ser humano. Es una ciencia aplicada a la tecnología que utiliza el método científico a objetivos prácticos, ya que incluye actividades especializadas que son esenciales para el desempeño profesional. Es una profesión que proporciona asistencia a individuos que tiene sus necesidades básicas alteradas. Proporciona un servicio indirecto en que contribuye a la promoción y mantenimiento de la salud y recuperación de la enfermedad. Esto implica la habilidad para valorar situaciones, tomar decisiones e implementar la atención para resolver los problemas de Enfermería.

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La Enfermería nace como profesión y ciencia con Florence Nightingale (1820-1910). Su inquietud nace al identificar la necesidad de asistir al enfermo, al maltratado, etc. En plagas y guerras. Identificó los factores ambientales que influían en la salud de las personas. Inicia su formación en Enfermería en 1851. En 1853 es nombrada Supervisora del Hospital de Damas de la Caridad de Londres. Durante la guerra de Crimea en Turquía organiza un Departamento de Enfermería y dedica sus esfuerzos a la erradicación de los problemas higiénicos en las salas de hospitalización. Creó una Institución para la enseñanza de la Enfermería. Concentró sus esfuerzos en la Reforma Sanitaria Militar.

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Concepto de ROL Es la función que desempeña el

individuo y que es característica de su profesión u oficio.

Importancia del conocimiento del ROL Identificar la aptitud vocacional Identificar si se está invadiendo o no el

rol de otros integrantes del Equipo de Salud.

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TIPOS DE ROL (aplicables a todos los integrantes del equipo de salud)

Rol propio Pertenece al funcionario, incluye el que hacer más

la responsabilidad. Ejemplo: Manejo de la cadena de frío, control de signos vitales, baño en cama, etc.

Rol asignado Tarea propia de otro funcionario que se entrega en

determinadas circunstancias, la responsabilidad sigue siendo de quien asigna la tarea. Ejemplo: curaciones complejas, tratamiento endovenoso, colocación de sondas (pertenecen a la enfermera o matrona.

Rol delegado Tarea y responsabilidad propia entregada a uno de

sus pares. Ejemplo: tratamiento intramuscular, manejo de cadena de frío, etc.

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- El T.E.N.S. es un integrante del equipo de Salud.

- Tiene una formación teórico- práctica, cuya misión es participar en la:

Protección. Fomento Recuperación y Rehabilitación de la Salud.

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- Actúa en el nivel de atención: - Primario - Secundario - Terciario

- Forma parte del equipo de salud ejecutando técnicas y procedimientos, tanto al individuo sano como enfermo durante todo su ciclo vital, en los diferentes niveles de atención bajo la supervisión de la enfermera u otro profesional del equipo de salud.

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- Su acción está orientada hacia el individuo, familia y comunidad en un sistema de atención abierta y cerrada, con un enfoque humanitario.

- Puede actuar como agente de cambio promoviendo la participación comunitaria en el mejoramiento de la salud individual y colectiva.

- Su formación generalista basada en un conjunto de valores éticos y morales, y una disciplina y técnicas aplicadas a diferentes áreas

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COMPETENCIAS GENERALES(SABER CONOCER, COGNITIVAS)

COMPETENCIAS DE SABERES TÉCNICOS

(SABER HACER, PROCEDIMIENTOS Y TÉCNICAS)

COMPETENCIAS RELACIONADAS CON

ACTITUDES PERSONALES(SABER SER)

COMPETENCIAS SOCIALES

(CAPACIDAD DE SABER CONVIVIR)

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I.- Conductas y Actitudes Aspectos Relacionales - calidez (afectivo, cariñoso, capaz de

entregar ternura) - amabilidad - compañerismo - espíritu o vocación de servicio - sociabilidad (participativo) - estabilidad emocional o equilibrio en sus

actuaciones - tacto - tolerancia

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Aspectos relativos al rendimiento

- asertividad (poseer seguridad en su quehacer)

- creatividad - criterio - disposición positiva al trabajo - eficacia y eficiencia en el destino y uso de

materiales - iniciativa - sentido del orden - capacidad de organización - paciencia - perseverancia - tendencia a la actualización permanente

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Aspectos relativos a lo normativo

- autocrítica - autodisciplina - cuidado en su presentación personal - demostración de respeto (por el

paciente y por la jerarquía) - ética (honradez, honestidad,

responsabilidad, lealtad, veracidad) - humanitarismo - objetividad - optimismo - puntualidad

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Autocontrol y serenidad (control del estrés) para enfrentar situaciones difíciles

resistencia física capacidad para priorizar y decidir

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manejo de máquinas de esterilización manejo de material contaminado y de

desecho manejo de material estéril administración de medicamentos toma de muestras de exámenes uso de herramientas quirúrgicas uso de instrumental de curaciones internalización de principios de asepsia y

antisepsia

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atender al recién nacido cambiar de posición a enfermos confección de camas inmovilización realizar curaciones, tratamientos inyectables Realizar tareas de higiene y confort del

paciente

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Comunicarse bien con pacientes, familia y comunidad

trabajar en equipo manejar situaciones de conflictos atender necesidades de cuidado,

atención y afecto del pacientes organizar el trabajo, cuidar,

mantener y optimizar recursos

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LA RELACIÓN DEL TÉCNICO EN ENFERMERÍA CON EL PACIENTE

El equipo de Salud, junto al Técnico en Enfermería, es el que puede favorecer o destruir la percepción de calidad del usuario, a través de los contactos directos en la atención.

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“LA PRIMERA IMPRESIÓN ES DIFÍCIL DE BORRAR”

¿Cuál es la reacción del usuario ante la frustración de sus expectativas?

Lo que percibe de un detalle negativo puede generalizarlo a toda la Organización. Por lo tanto, la satisfacción del usuario depende de:

sus expectativas lo que recibe de la organización

Si lo que recibe es mejor que sus expectativas, entonces se siente satisfecho.

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Los usuarios esperan un servicio de calidad, esto se puede enfocar en varios aspectos:

Lo tangible: se refiere a la estructura física, el nivel de equipamiento y al personal que lo atiende.

Confiabilidad: es la habilidad que debe poseer el equipo de salud para cumplir el servicio prometido con seguridad y precisión.

Grado de Reacción: es la rapidez con que se trata de proveer a los usuarios de un servicio expedito y solucionar sus problemas.

Aseguramiento: es el grado de conocimiento y habilidad para transmitir confianza, seguridad y seriedad en el servicio entregado.

Empatía: es la atención preocupada e individualizada “cada uno quiere que lo traten de manera especial”

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La atención empática se basa en la capacidad que tienen los funcionarios de ponerse en el lugar del otro, tratando de entender sinceramente los sentimientos y puntos de vista del paciente.

Para esto se requiere necesariamente una actitud de servicio, es decir, tener la capacidad y disposición por atender las necesidades del paciente/usuario.

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El funcionario debe estar atento a las necesidades del paciente:

Es una persona que está viviendo una situación de necesidad e inseguridad.

Esta situación le pone una dificultad concreta.

Esta dificultad le genera sufrimiento. El sufrimiento se puede expresar con

miedo, ira, ansiedad, confusión culpa, etc.

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Este paciente espera del funcionario: Que comprenda ante todo los sentimientos

que está experimentando, que acepte su miedo, confusión e inquietud.

Espera que participe de alguna manera del sufrimiento experimentado, que se ponga en su lugar, con actitud empática.

Espera que le ayude a solucionar el problema o para vivir de otra forma aquello que no tenga solución.

Que usted esté informado. Que utilice un lenguaje sencillo. Que esté seguro de la información que

entrega. Que hable pausado y no alce la voz. Que entregue recomendaciones claras,

sencillas y útiles para el autocuidado.

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Para conseguir contribuir a la satisfacción de las necesidades del paciente, el equipo de salud debe tener en cuenta aspectos fundamentales de la llamada atención humanizada.

ATENCIÓN HUMANIZADA Humanizar es ver a la persona como alguien humano,

familiar y afable. Debe ser guiada por una profunda valoración al ser humano. Su herramienta fundamental es la relación asistencial

(funcionario – paciente) cuyo afecto sobre el enfermo promueve bienestar.

Es una atención holística, basada en los principios de la Enfermería.

La atención humanizada se define como una atención integral, personalizada, oportuna y segura, que puede satisfacer a la persona asistida y a su familia.

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Atención integral: significa que considera a la persona desde la perspectiva biológica, psicológica, social y espiritual, en forma continua durante todo su ciclo vital y con la participación coordinada de todos los integrantes del equipo de salud.

Atención personalizada: está centrada en la persona y se otorga en forma individualizada, cálida, digna y privada, respetando sus valores y creencias.

Atención oportuna: es la que se proporciona de acuerdo a las necesidades del usuario en el momento que se requiere y en un tiempo que no signifique riesgo para él.

Atención segura: es la que garantiza la seguridad de la persona, minimizando al máximo los riesgos asociados al paciente asistido.

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IMPORTANCIA DE LA COMUNICACIÓN EN LA RELACIÓN CON EL PACIENTE

La comunicación es una conducta, es parte de todos los ámbitos de nuestra vida, por ende, “ES IMPOSIBLE NO COMUNICAR”.

Es fundamental “darse cuenta” y reconocer que el cómo se dicen las cosas produce efectos más importantes que aquello que se dice.

El efecto de la comunicación a través de la palabra llega a un 7%, a través de la voz un 38% y a través de las expresiones de la cara un 55%.

La comunicación personalizada produce cambios de actitudes, fortalece la confianza y facilita la cooperación.

Una buena relación con el paciente se basa en: la capacidad de escuchar y responder con empatía.

El escuchar bien implica hacer una pausa con respecto a las propias reacciones, dejándolas de lado por un momento, mientras se intenta oír lo que el otro nos dice.

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Bloqueadores de la comunicación

Son actitudes, mensajes y/o conductas que coartan la posibilidad de que el otro exprese sentimientos, vivencias o puntos de vista.

Tienen la particularidad de entorpecer o cerrar la posibilidad de una comunicación personalizada. Ejemplo: interrumpir, descalificar, no poner atención, etc.

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CLAVES COMUNICACIONALES PARA UNA BUENA RELACIÓN CON EL PACIENTE

Crear un clima de confianza: Aceptar, respetar a la persona,

independiente de su aspecto o condición.

Empatizar con su situación Tratar con equidad Actuar con credibilidad

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Entregar mensajes claros: Reducir la ambigüedad (correcta

pronunciación, ser preciso – conciso, preguntar en caso de dudas)

Coherencia en lenguaje verbal y no verbal. Aseguramiento de que el otro haya entendido.

Escuchar activamente: No usar bloqueadores (interrumpir,

indiferencia, ira) Aceptar el mensaje. Dar señales de interés y de escucha. Dar señales de comprensión.

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COMO TRATAR CON LA DIVERSIDAD DE PACIENTES

¿Quiénes son? Pacientes adultos mayores Personas con dificultades para

expresarse, para escuchar, para ver. Personas con baja escolaridad o

pensamiento concreto u otro déficit cognitivo.

Personas muy ansiosas. Personas con conductas agresivas. Personas con problemas de salud

mental.

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A pacientes adultos mayores o con discapacidad es necesario mantener la paciencia, hablar lento y pausado, anotar las instrucciones o información por escrito, preguntarle si comprendió las indicaciones, repetir la información si es necesario.

Al paciente que se angustia o se pone tenso, rígido, grita o se queja, etc. Es necesario empatizar, acoger su angustia, responder dudas, otorgarle la información que solicita. Inducir la relajación, pedirle que respire profundo, ofrecer un vaso de agua. Comprender las falsas creencias en torno a los procedimientos (otorgar confianza).

Al paciente agresivo, disgustado, que manifiesta objeciones, reclamos. Es necesario darle un espacio de expresión, recogiendo los sentimientos de las personas. Escuchar sin contradecirle (NO CONFRONTAR), no “enganchar” con su rabia, no hacer comentarios ni juicios de valor. Dar a conocer que el rol del médico es ayudar.

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RECOMENDACIONES EN LA ATENCIÓN DEL PACIENTE

No enganchar con la agresividad del usuario, ya que esto genera mayor conflicto.

No prometer más de lo que es capaz de dar realmente.

Ser claro y preciso en la información que se entrega.

Cumplir las promesas. Ser amable, empático. Considerar los sentimientos del usuario. Tratar siempre con respeto y tolerancia. “MANTENER SIEMPRE EL ROL DE AYUDA”

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FUNCIONES DEL T.E.N.S. SEGÚN NIVELES DE ATENCIÓN

NIVEL PRIMARIO DE ATENCIÓN

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CUMPLIMIENTO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Requisitos de Ingreso Tipos de contrato Deberes funcionarios Calificaciones Promoción Medidas disciplinarias Cesación de funciones Prepara y ordena la documentación requerida para la

atención de pacientes. Prepara pacientes para la consulta profesional. Solicita y mantiene stock de insumos. Prepara y mantiene materiales y equipos. Maneja registros propios de su rol. Administra medicamentos por diferentes vías. Efectúa tratamientos controlados según indicaciones. Realiza curaciones simples y otras asignadas.

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Realiza vacunaciones de acuerdo a Normas del Ministerio de Salud.

Participa en el mantenimiento de la cadena de frío Realiza control de salud del pre escolar y escolar si

la norma local lo indica. Realiza preparación de material para esterilización. Realiza actividades de terreno. Realiza toma de muestra de exámenes, propios de

su rol. Realiza Educación en Salud. Realiza actividades técnico administrativo y

asistencial según normas para el funcionamiento de una Posta de Salud Rural.

Aplica en todo su que hacer las precauciones por manipulación de sangre y fluidos corporales y manipulación de material corto - punzante.

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En el examen físico de pacientes. Manejo de los tarjeteros de controles de

salud. Participación en las estadísticas

mensuales. En procedimientos médicos y de

Enfermería. Controles de Salud del lactante, pre

escolar y adultos crónicos Refuerzos educativos. Higiene ambiental.

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A.- ACTIVIDADES ESPECÍFICAS Cumplimiento de normas y procedimientos

administrativos. (similar al Nivel Primario de Atención)

Ingreso y egreso de pacientes de acuerdo a su ROL.

Preparación de boxes y unidades de atención.

Preparación física del paciente que ingresa. Preparación y mantención de equipos y

materiales. Registros propios de su que hacer. Traslado de pacientes.

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Técnicas de higiene y confort. Administración de medicamentos por vía

endovenosa de acuerdo a necesidades del Servicio. Proctoclisis. Oxigenoterapia y Nebulizaciones. Cuidado de drenajes. Prevención de úlceras por presión. Aspiración de secreciones. Control de peso y talla. Control de signos vitales. Administración de medicamentos por vía oral,

intramuscular, subcutánea, tópica, mucosas. Toma de muestras de expectoración, orina,

urocultivo, deposiciones y otros. Mantención de hidratación y alimentación del

paciente. Manejo de técnicas de Aislamiento.

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Técnicas de asepsia y antisepsia. Técnicas de enema evacuante y colocación de

sonda rectal. Curaciones simples. Aseo concurrente y terminal de la unidad del

paciente. Medición, observación y registro de

eliminación por vía digestiva, renal y otros. Atención del paciente pediátrico Manejo de normas de control de infecciones

intra hospitalarias. Asistencia en pabellones quirúrgicos según su

ROL. Preparación de material para esterilización. Normas de precauciones con fluidos corporales

y material corto punzante.

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Preparación emocional del paciente. Toma de muestras de sangre y otras. Curaciones complejas. Procedimientos de cirugía menor. Aspiración de secreciones. Instalación de drenajes. Colaboración en registro y observación de

ingresos y egresos. Instalación de fleboclisis. Cuidado de pacientes ostomizados. Procedimientos gineco obstétricos. Atención del Recién Nacido. Atención de la puérpera

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Son actividades realizadas por un grupo de funcionarios con objetivos comunes, en forma programada y en las que cada integrante tiene una responsabilidad determinada.

SUPERVISIÓN Es parte del proceso educativo que

consiste en la observación programada y periódica a un grupo de personas para verificar calidad del que hacer técnico.

El objetivo de la supervisión es lograr cambios de conducta.

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DEBERES Y DERECHOS FUNCIONARIOS

(Resumen ley 18834 del Estatuto Administrativo)

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1. REQUISITOS DE INGRESO. (Art. 12)

Poseer nacionalidad chilena Cumplimiento de la ley de

reclutamiento cuando precediere Salud compatible con el cargo Aprobada la enseñanza básica, media

o título profesional o técnico que por la naturaleza del cargo exija la ley

NO estar inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito

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2. TIPOS DE CONTRATO. (Título I) TITULAR. Son funcionarios que se nombran para

ocupar en propiedad un cargo vacante. SUPLENTES. Son funcionarios nombrados en

cargos vacantes o por cargos que no son desempeñados por el titular durante un lapso de tiempo no inferior a 15 días.

SUBROGANTES. Son funcionarios que cumplen las funciones específicas del Titular o suplente establecido por ley, cuando éstos se encuentren impedidos de desempeñarlos por cualquier causa (por ejemplo: perfeccionamiento fuera de la ciudad, vacaciones, licencia médica larga, etc.)

CONTRATOS. Son empleos transitorios consultados en el presupuesto anual como dotación anual. Pueden ser contratados a jornada parcial o completa. (Habitualmente este tipo de contrato se denomina “a contrata”).

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HONORARIOS. Es un convenio entre la institución y un profesional, técnico o experto en un área determinada y se establece para labores ocasionales, no habituales (por ejemplo: prestación a honorarios para la campaña de I. R. A.)

“EMPLEO A PRUEBA” Es un sistema de empleo a prueba como parte del proceso de selección para el ingreso del personal, cuya aplicación será optativa para el jefe superior del servicio respectivo. En caso de emplearse este instrumento, este hecho se informará a los postulantes antes de iniciarse el proceso de selección.

El período de prueba podrá extenderse entre 3 y 6 meses, según lo determine el jefe superior del servicio. Dentro de los 30 días anteriores al término de estos plazos, deberá efectuarse por parte del jefe, una evaluación del desempeño del funcionario para proceder, si corresponde, al nombramiento en calidad de titular.

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a. Previsionales. 10% del ingreso para Fondo de Pensiones. Este Fondo

da derecho a obtener una pensión a los 60 años para las mujeres, y a los 65 años para los varones

7% para atención de salud. Esta cotización da el derecho a atención en salud para el afiliado y sus cargas familiares.

Las entidades que administran este porcentaje son: El FONASA y las ISAPRES. En este último caso los afiliados se pueden acceder a distintos programas lo que puede significar una cotización adicional al 7%.

3% para un Seguro de Invalidez y Sobre vivencia. Esta cotización va entre un 2 y un 3%, variable según la Aseguradora de la A. F. P. en la que cotice el afiliado.

Esto le significa tener los siguientes derechos: pensiones de invalidez para el afiliado, la que puede ser total

o parcial. Pensiones de sobre vivencia para la familia del afiliado

cuando éste fallece.

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Ley de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Este beneficio lo cubre de accidentes o enfermedades producidas a causa o con ocasión del trabajo desde la salida de su domicilio y hasta la llegada a él, solamente en trayecto directo.

Otorga las prestaciones médicas, rehabilitación y prótesis.

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Gremiales. Los funcionarios pueden optar

libremente a la afiliación en las organizaciones gremiales del sector como:

Colegios de Técnicos Paramédicos F.E.N.A.T.S. Cada una de ellas se rige por una

reglamentación que está en directa concordancia con lo estipulado en la ley.

Deportivos En algunos establecimientos existen

clubes deportivos a los cuales se puede ingresar libremente.

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e. Capacitación. La capacitación y el perfeccionamiento son una

necesidad en este siglo, y los funcionarios podrán acceder a esta entrega ya sea en forma interna o externa. Según los artículos. N º 26 al 31, párrafo 3, del Estatuto Administrativo se define como:

“Se entenderá por capacitación el conjunto de actividades permanentes, organizadas y sistemáticas destinadas a que los funcionarios desarrollen, complementen, perfeccionen o actualicen los conocimientos y destrezas necesarios para el eficiente desempeño de sus cargos o aptitudes funcionarias”.

Son instancias que surgen como una necesidad para: Adquirir nuevos conocimientos (actualizarlos) Reforzar los conocimientos Objetivos de la capacitación Contribuir a mantener y/o mejorar la calidad de la atención de

Enfermería. Permite la incorporación de nuevos roles. Mejora la autoestima. Se mejora la gestión, racionalizando los recursos

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Salud Los funcionarios tienen derecho a la atención en salud

para ellos y sus cargas familiares de acuerdo a la ley y las franquicias de los funcionarios.

Tienen derecho al reposo o rehabilitación de acuerdo a la ley con las respectivas Licencias Médicas otorgadas por los profesionales señalados en la ley.

Las licencias médicas que superen los 180 días en los dos últimos años pueden ser revisadas, lo que significa que se tiene derecho a una jubilación por invalidez o a la declaración de cargo vacante por salud incompatible.

Las damas además tienen derecho a las licencias médicas otorgadas producto del estado de embarazo tales como:

Prenatal post natal por hijo enfermo de hasta 1 año de edad Sala Cuna. Los establecimientos tienen sala cuna para los

hijos de los funcionarios. Tienen derecho a este beneficio las madres cuyos hijos tengan hasta 2 años de edad.

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4. OBLIGACIONES DE CADA FUNCIONARIO (Art. N º 61)

a) Desempeñar personalmente las funciones del

cargo en forma regular y continua, sin perjuicio de las normas sobre delegación;

b) Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y a la mejor prestación de los servicios que a ésta correspondan;

c) Realizar sus labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo a materializar los objetivos de la institución;

d) Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior jerárquico;

e) Cumplir las destinaciones y las comisiones de servicio que disponga la autoridad competente;

f) Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico;

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g) Observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado;

h) Guardar secreto en los asuntos que revistan el carácter de reservados en virtud de la ley, del reglamento, de su naturaleza o por instrucciones especiales;

i) Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;

j) Proporcionar con fidelidad y precisión los datos que la institución le requiera relativos a situaciones personales o de familia, cuando ello sea de interés para la Administración, debiendo ésta guardar debida reserva de los mismos;

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k) Denunciar ante el Ministerio Público o ante la policía, si no hubiere fiscalía en el lugar en que el funcionario preste servicios, con la debida prontitud, los crímenes o simples delitos y a la autoridad competente los hechos de carácter irregular de que tome conocimiento en el ejercicio de su cargo;

l) Rendir fianza cuando en razón de su cargo tenga la administración y custodia de fondos o bienes, de conformidad con la Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República.

m) Justificarse ante el superior jerárquico de los cargos que se le formulen con publicidad, dentro del plazo que éste le fije, atendidas las circunstancias del caso.

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5. CALIFICACIONES (Párrafo 4º artículo N º 32)

Se evalúa el desempeño y las aptitudes de cada funcionario, información que servirá de base para los ascensos. Las calificaciones de acuerdo a las notas otorgan el siguiente orden en las listas:

N ° 1 Distinción N ° 2 Buena N ° 3 Condicional N ° 4 Eliminación.

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6. PROMOCIÓN (Párrafo 5º, artículo 55) Las promociones se realizan por

ascenso en el escalafón correspondiente y excepcionalmente por concurso.

Existen factores que pueden impedir el ascenso:

no estar en lista de distinción no haber sido calificado durante dos

períodos consecutivos Haber sido objeto de medidas disciplinarias. Haber sido sancionado con medidas

disciplinarias de multa en los 12 meses anteriores de producida la vacante para ascender.

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7. MEDIDAS DISCIPLINARIAS (Título V, artículo 121)

Censura, notificación por escrito Multa, privación de un porcentaje de

la remuneración. Destitución. Esta procede en los

siguientes casos: - ausentarse por más de tres días sin

causa justificada - infringir algunas de las disposiciones

del art. 78 del Estatuto Administrativo condena por crimen o simple delito.

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CESACIÓN DE FUNCIONES (Título VI, artículo Nº 146)

Cesará en el cargo por las siguientes razones:

Aceptación de renuncia Jubilación Declaración de vacancia Destitución Término del período legal por El cual fue

contratado Fallecimiento.

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LEY Nº 19.378 ESTATUTO DE ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL (resumen)

(Promulgación: 24.03.1995 Publicación: 13.04.2000) ARTÍCULO 2° Para los efectos de la aplicación de esta ley, se entenderá por: A) Establecimientos municipales de atención primaria de salud: los

consultorios generales Urbanos y Rurales, las Postas Rurales y cualquier otra clase de establecimientos de salud administrados por las municipalidades o las instituciones privadas sin fines de lucro que los administren en virtud de convenios celebrados con ellas.

B) Entidades administradoras de salud municipal: las personas jurídicas que tengan a su cargo la administración y operación de establecimientos de atención primaria de salud municipal, sean éstas las municipalidades o instituciones privadas sin fines de lucro a las que la municipalidad haya entregado la administración de los establecimientos de salud.

ARTÍCULO 3° Las normas de esta ley se aplicarán a los profesionales y

trabajadores que se desempeñen en los establecimientos municipales de atención primaria de salud señalados en la letra a) del artículo 2°, y aquéllos que, desempeñándose en las entidades administradoras de salud indicadas en la letra b) del mismo artículo, ejecutan personalmente funciones y acciones directamente relacionadas con la atención primaria de salud.

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TÍTULO I NORMAS GENERALES DEL REGIMEN

LABORAL DE LA ATENCION PRIMARIA DE SALUD MUNICIPAL ARTÍCULO 5°

El personal regido por este Estatuto se clasificará en las siguientes categorías funcionarias:

A) Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químico-Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujano-Dentistas.

B) Otros profesionales. C) Técnicos de nivel superior. D) Técnicos de Salud. E) Administrativos de Salud. F) Auxiliares de servicios de Salud.

Para ser clasificado en la categoría señalada en la letra c del mismo artículo, se requerirá un título técnico de nivel superior

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PÁRRAFO 1° DOTACION Y JORNADA DE TRABAJO ARTÍCULO 13° Para ingresar a una dotación será necesario cumplir con los

siguientes requisitos: 1. Ser ciudadano. En casos de excepción, determinados por la

Comisión de Concursos establecida en el artículo 35 de la presente ley, podrán ingresar a la dotación profesionales extranjeros que posean título legalmente reconocido. En todo caso, en igualdad de condiciones se preferirá a los profesionales chilenos.

2. Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.

3. Tener una salud compatible con el desempeño del cargo.

4. Cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 6°, 7°,8° y 9° de esta ley.

5. No estar inhabilitado o suspendido en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por resolución ejecutoriada por crimen o simple delito.

6. No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la Ley N ° 18.834, Estatuto Administrativo, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el término de los servicios.

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ARTÍCULO 15° La jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta y

cuatro horas semanales. No obstante, podrá contratarse personal con una jornada parcial de trabajo, de acuerdo con los requerimientos de la entidad administradora, en cuyo caso la remuneración será proporcional a la jornada contratada. Sin embargo, para los funcionarios señalados en las letras d), e) y f) del artículo 5° de esta ley, el contrato por jornada parcial no podrá ser inferior a veintidós horas semanales.

El horario de trabajo se adecuará a las necesidades de funcionamiento de los establecimientos y acciones de atención primaria de salud.

PÁRRAFO 2° DERECHOS DEL PERSONAL ARTÍCULO 16° El personal contratado en forma indefinida tendrá derecho a la

estabilidad en sus funciones y su relación laboral solamente terminará por alguna de las causales señaladas en esta .

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ARTÍCULO 20° Los funcionarios con contrato indefinido de

una misma comuna podrán permutar sus cargos

entre sí, siempre que se trate de labores de la misma categoría, especialidad y nivel, y que la

entidad administradora dé su aprobación. Con estos mismos requisitos, se podrá también permutar cargos entre distintas comunas;

pero, en este caso, se requerirá de la aprobación de

ambas entidades administradoras.

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ARTÍCULO 21° Los funcionarios con contrato indefinido, regidos por

este estatuto, podrán postular a un Servicio de Salud, con derecho preferencial, al cargo de que se trate, ante igualdad de puntaje en el concurso respectivo. Este mismo derecho asistirá a los funcionarios de los Servicios de Salud que postulen a un establecimiento municipal de atención primaria de salud.

ARTÍCULO 30 Los funcionarios cuyo desempeño sea evaluado

como positivo para mejorar la calidad de los servicios de los establecimientos en que laboran obtendrán una asignación anual de mérito.

Para estos efectos, se entenderá como funcionarios con evaluación positiva a aquellos cuyos puntaje de calificación se encuentre dentro del 35% mejor evaluado en cada categoría de la dotación del respectivo establecimiento y siempre que estén ubicados en lista 1 de Distinción, o lista 2 Buena.

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OBLIGACIONES FUNCIONARIAS ARTÍCULO 46° Los funcionarios serán calificados

anualmente, evaluándose su labor, y tendrán derecho a ser informados de la respectiva resolución.

El funcionario tendrá derecho a apelar de la resolución de la comisión de calificación, recurso que será conocido por el Alcalde, debiendo interponerse en el plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha.

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PÁRRAFO 3° TERMINO DE LA RELACION LABORAL ARTÍCULO 48° Los funcionarios de una dotación municipal de salud dejarán

de pertenecer a ella solamente por las siguientes causales: A) Renuncia voluntaria, la que deberá ser presentada con a lo

menos treinta días de anticipación a la fecha en que surtirá efecto, plazo que podrá ser reducido por acuerdo de las partes. Se podrá retener la renuncia, por un plazo de hasta treinta días, contado desde su presentación, cuando el funcionamiento se encuentre sometido a sumario administrativo del cual emanen antecedentes serios de que pueda ser privado de su cargo, por aplicación de la medida disciplina de destitución:

B) Falta de probidad, conducta inmoral o incumplimiento grave de las obligaciones funcionarias, establecidos fehacientemente por medio de un sumario;

C) Vencimiento del plazo del contrato; D) Obtención de jubilación, pensión o renta vitalicia en un

régimen previsional, en relación con la función que desempeñen en un establecimiento municipal de atención primaria de salud;

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E) Fallecimiento; F) Calificación en lista de Eliminación o, en su caso, en lista

Condicional, por dos períodos consecutivos o tres acumulados; G) Salud irrecuperable, o incompatible con el desempeño de

su cargo, en conformidad a lo dispuesto en la Ley N ° 18.883; H) Estar inhabilitado para el ejercicio de funciones en cargos

públicos o hallarse condenado por crimen o simple delito, con sentencia ejecutoriada.

I) Disminución o modificación de la dotación, según lo dispuesto en el artículo 11 de la presente Ley.

En este caso, el afectado que se encuentre desempeñando funciones en la dotación municipal de la salud en virtud de un contrato indefinido, tendrá derecho a una indemnización equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el último mes, por cada año de servicio en la municipalidad respectiva, con un máximo de once años.

Al invocar esta causal de término de la relación laboral respecto de un funcionario, en la dotación referida al artículo 11, no se podrá contemplar un cargo vacante análogo al del funcionario afectado con la terminación de su contrato. Tampoco podrá contratarse, en el respectivo período, personal con contrato transitorio para desempeñarse en funciones análogas a las que cumplía el funcionario al que se aplique esta causal.

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IMPORTANCIA LEGAL Y ÉTICA DE LOS REGISTROS DE ENFERMERÍA

Los registros de enfermería son actualmente más importantes que nunca, debido al aumento de las situaciones médico-legales, frente a las cuales es indispensable contar con un respaldo del trabajo realizado, respaldo que, idealmente, debe ser legible y oportuno.El equipo de salud, cuando va a tomar una decisión, utiliza una gran cantidad de información, y los registros de enfermería son un componente destacado de ella.

Estos registros se definen como: “la recopilación de datos del paciente, relacionados con su salud y con su enfermedad. Contienen observaciones, consideraciones, resultados de exámenes, diagnósticos de enfermería, información de los fármacos administrados y todos los datos que se originan en las acciones que el equipo realiza en los pacientes”.

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Los registros deben ser legibles y de fácil acceso; deben favorecer la comunicación entre los componentes del equipo de salud; y deben permitir que se les analice con fines estadísticos y de investigación. Los registros deben ser uniformes; porque así prestarán un servicio efectivo al paciente y al equipo de salud, y evitarán el problema que enfrentan muchos autores cuando quieren hacer una investigación y no encuentran los datos necesarios, porque se omitieron o están extraviados.El buen registro es útil para el paciente, porque apoya, mantiene y mejora la calidad de la atención clínica, que necesita una buena fuente de información de su estado.

Es una fuente de evaluación para la toma de

decisiones y un documento legal que sirve de respaldo de los actos

del equipo de salud y apoya las investigaciones.

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El registro permite identificar al personal que estuvo a cargo de un paciente determinado, analizar la oportunidad de la atención y realizar la vigilancia de enfermería (por ejemplo, tiempo que el paciente lleva puesto un catéter o sonda, etc.).

También permite hacer un análisis frente a los problemas legales (demandas, sumarios, investigaciones sumarias) originados por errores en los procedimientos médicos y de Enfermería (por ejemplo: errores en las dosis o vía en la administración de fármacos), o por accidentes de los pacientes mientras se encuentran hospitalizados.

Un buen registro debe ser una herramienta esclarecedora de estas y otras situaciones.

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1. CARTA DE DERECHOSDELPACIENTE

Recibir atención de salud sin discriminación Si es beneficiario de FONASA, su atención de

salud no puede ser rechazada ni por su condición socioeconómica, raza, edad, sexo o estado de salud. Por lo tanto, recibirá la atención que requiere en el establecimiento de salud donde acuda, si éste está en capacidad de otorgársela. Si debe ser remitido a otro centro asistencial, puede solicitar que se le entregue información acerca de éste y las razones por las cuales se le deriva.

Conocer al personal que lo atiende

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Todo personal que labore en establecimientos de salud, sin excepción, debe portar una identificación que contenga por lo menos su nombre, cargo y unidad donde se desempeña. Esto facilitará su relación con el equipo de salud durante su permanencia en el establecimiento.

Recibir información y orientación sobre el funcionamiento y servicios del establecimiento donde se atiende.

Para facilitar el acceso a la atención, el beneficiario

podrá solicitar, en lugares especialmente habilitados, la entrega de información sobre:El funcionamiento del establecimiento (horarios de atención, régimen de visitas, etc.), los servicios que ofrece y detalles sobre los programas especiales a que tiene derecho como beneficiario de FONASA.

El estado de salud de un paciente hospitalizado.

Los aspectos administrativos relacionados con la atención requerida, tales como valores de las atenciones, documentación necesaria y mecanismos de reclamo, entre otros.

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Recibir atención de emergencia durante las 24 horas del día en cualquier Servicio de Urgencia Público

La atención de emergencia no puede ser condicionada bajo ninguna circunstancia. Para facilitar la atención es importante que el beneficiario acuda a los servicios de urgencia sólo cuando no pueda ser postergada por su gravedad.

Decidir libremente si acepta someterse como paciente a actividades de docencia e investigación médica

La docencia y la investigación son actividades de gran importancia en el área de la salud.

En aquellos establecimientos que desarrollen estas actividades, su colaboración es necesaria. Sin embargo, deberá ser informado previamente de esta práctica, ocasión en la que podrá expresar si le ocasiona algún inconveniente.

Informarse sobre riesgos y beneficios de procedimientos, diagnósticos y tratamientos que se le indiquen para decidir respecto de la alternativa propuesta

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El beneficiario tiene derecho a conocer el diagnóstico de su enfermedad.Asimismo, el médico deberá explicarle, en un lenguaje sencillo, en qué consiste éste y su evolución en caso de no ser tratado.Si decide ser tratado, deberá conocer cuáles con las alternativas de tratamiento y los efectos secundarios que éste podría ocasionarle. Una vez que éste ha sido debidamente informado podrá otorgar su consentimiento para dar inicio al tratamiento.

Recibir indicaciones claras y por escrito sobre los medicamentos que le receten

Cuando le sean recetados medicamentos, el médico tratante debe aclarar las dudas que el beneficiario tenga.

La receta respectiva debe contener la identificación del paciente, el nombre del medicamento y la forma de cómo deberá ser usado.Asimismo, tiene derecho a ser informado sobre posibles efectos secundarios y contraindicaciones del medicamento que se le prescribe.

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2. CÓDIGO DE ÉTICA EN ENFERMERÍA(Adaptado del Código Internacional de Ética de Enfermería,

Sao Paulo. Brasil, 10 de julio de 1953)

El código de Ética en Enfermería se proyecta como un conjunto de Principios y Normas que ayudan a mantener, proteger y promover los valores en el ejercicio profesional, en el que deben ejercer funciones con criterio y humanidad.

El Técnico en Enfermería es uno de los integrantes del equipo de Enfermería y, por supuesto no se excluye de este código de Ética.

La Enfermería es una ciencia autónoma orientada hacia la salud basada en el cuidado integral de la persona, familia y comunidad a través de la promoción , protección, restablecimiento de la salud y participación en la rehabilitación.

El Técnico en Enfermería colabora en el cuidado y promoción de la salud.

Considera en su acción el respeto de los derechos humanos del individuo y comunidad.

Debe mantener actualizados sus conocimientos y jamás debe utilizarlos, ni siquiera indirectamente, en manipulación de conciencia o coacción física.

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La salud es un derecho y responsabilidad del ser humano. El Técnico en Enfermería debe proteger ese derecho de

acuerdo a sus competencias. El Técnico en Enfermería debe respetar valores, costumbres

y creencias del individuo. No debe discriminar a nadie por razón de convicciones,

raza, sexo o por otros criterios ajenos a la Ética. El fin último del Técnico en Enfermería es la salud del

individuo, la familia y la comunidad y debe anteponerlo a cualquier interés personal.

El Técnico en Enfermería debe propiciar la autonomía personal, respeto y autodeterminación del individuo sano y enfermo.

Debe protegerse de las prácticas deshonestas, incompetentes e ilegales o contrarias a la ética.

La relación Técnico – paciente debe ser estrictamente en el plano profesional, en un clima humano, de confianza y respeto mutuo.

Debe respetar el derecho a la intimidad física, psíquica y espiritual del enfermo.

El Técnico en Enfermería debe identificarse y dar a conocer su responsabilidad dentro del Equipo de Salud.

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Debe informar al paciente de los cuidados que le brindará como Técnico en Enfermería.

Debe colaborar con el médico y la enfermera (o) para que el paciente reciba los cuidados médicos y de Enfermería necesario de acuerdo a su competencia.

Debe evitar proporcionar información indebida, parcial o consejos contradictorios.

Debe facilitar la comunicación abierta y continua con el resto del equipo de salud.

Debe mantener reserva de toda información que el paciente la haya confiado u obtenido en el ejercicio de sus funciones.

Debe respetar los derechos del paciente moribundo manteniendo su dignidad.

Debe contribuir a la integración de la familia en el proceso de duelo.

Debe informar inmediatamente cualquier error técnico que arriesgue la salud del o los pacientes.