ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

5
ENDOSO "FULL EXTRAS" Mediante el presente endoso queda entendido y convenido que, sin perjuicio de cualquier disposición contraria dentro de este seguro o cualquier anexo al mismo, por el presente se acuerda que los beneficios que detallamos a continuación, solo aplican para vehículos particulares, con cobertura completa solamente y cuyo propietario o conductor sea mayor de 25 años y con licencia válida para conducir: ATENCION AL ASEGURADO EN EL SITIO DEL ACCIDENTE (inspección in situ): Se coordinará y cubrirá los costos de un inspector que se trasladará a el lugar del accidente con el fin de levantar, recopilar información y evidenciar el siniestro por medio de fotografías, este servicio se brindará en todo el territorio de la República de Panamá. SERVICIO DE REMOLQUE, MANIOBRA Y/O EXTRACCION: Cuando el vehículo asegurado no pudiera circular por cualquier hecho de tránsito (colisión o vuelco) para trasladarlo hasta el taller que elija el asegurado, este servicio no tiene límite de eventos al año. DESPERFECTOS MECANICOS O AVERIA: Cuando el vehículo objeto de este seguro este siendo conducido por el asegurado y el mismo sufre desperfectos mecánicos o cualquiera avería que le impida movilizarse, se cubre el costo de trasladar el auto ya sea a un taller o fuera de horas hábiles a un lugar seguro. El costo máximo será hasta B/. 150.00 por año calendario de la póliza. NO DEPRECIACION PARA VEHICULOS (0) KILOMETROS: Para vehículos nuevos y solamente durante el primer año, en caso de pérdida total por robo o hurto, colisión, vuelco o incendio del vehículo asegurado, se cubrirá el 100% del valor de dicho vehículo, sin aplicar depreciación, sujeto al deducible del riesgo correspondiente. COORDINACION DE ENVIO DE AMBULANCIA POR ACCIDENTE DE TRANSITO: Su vehículo podrá contar las 24 horas al día y los 365 días del año, con la coordinación de envío de ambulancia por hecho de tránsito, deberá llamar a los teléfonos: 303-2466, 265-8255 ó 260-5050. El tiempo de espera de todos los servicios antes descritos dependerá de la accesibilidad al lugar de los hechos se tránsito o del evento la cual será previamente confirmada por nuestro servicio de PANAMA ASISTENCIA. Tel: 303-2466, 265-8255, 260-5050, 397-2060. ATENCION EXPEDITA DE RECLAMO (En un sólo Taller): El asegurado queda autorizado a cotizar con un solo taller, incluido al listado que mantenga la Compañía para la reparación de su vehículo, en caso de accidente. De ser este el caso, no será necesario cotizar con otro (s) taller (es), a menos que se trate de un caso de pérdida total. © Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A. www.segfedpa.com 340-5425 Centro de Atención (507)

Transcript of ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

Page 1: ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

ENDOSO "FULL EXTRAS"

Mediante el presente endoso queda entendido y convenido que, sin perjuicio de cualquier disposición contraria dentro de este seguro o cualquier anexo al mismo, por el presente se acuerda que los beneficios que detallamos a continuación, solo aplican para vehículos particulares, con cobertura completa solamente y cuyo propietario o conductor sea mayor de 25 años y con licencia válida para conducir:

ATENCION AL ASEGURADO EN EL SITIO DEL ACCIDENTE (inspección in situ):

Se coordinará y cubrirá los costos de un inspector que se trasladará a el lugar del accidente con el fin de levantar, recopilar información y evidenciar el siniestro por medio de fotografías, este servicio se brindará en todo el territorio de la República de Panamá.

SERVICIO DE REMOLQUE, MANIOBRA Y/O EXTRACCION:

Cuando el vehículo asegurado no pudiera circular por cualquier hecho de tránsito (colisión o vuelco) para trasladarlo hasta el taller que elija el asegurado, este servicio no tiene límite de eventos al año.

DESPERFECTOS MECANICOS O AVERIA:

Cuando el vehículo objeto de este seguro este siendo conducido por el asegurado y el mismo sufre desperfectos mecánicos o cualquiera avería que le impida movilizarse, se cubre el costo de trasladar el auto ya sea a un taller o fuera de horas hábiles a un lugar seguro. El costo máximo será hasta B/. 150.00 por año calendario de la póliza.

NO DEPRECIACION PARA VEHICULOS (0) KILOMETROS:

Para vehículos nuevos y solamente durante el primer año, en caso de pérdida total por robo o hurto, colisión, vuelco o incendio del vehículo asegurado, se cubrirá el 100% del valor de dicho vehículo, sin aplicar depreciación, sujeto al deducible del riesgo correspondiente.

COORDINACION DE ENVIO DE AMBULANCIA POR ACCIDENTE DE TRANSITO:

Su vehículo podrá contar las 24 horas al día y los 365 días del año, con la coordinación de envío de ambulancia por hecho de tránsito, deberá llamar a los teléfonos: 303-2466, 265-8255 ó 260-5050.

El tiempo de espera de todos los servicios antes descritos dependerá de la accesibilidad al lugar de los hechos se tránsito o del evento la cual será previamente confirmada por nuestro servicio de PANAMA ASISTENCIA. Tel: 303-2466, 265-8255, 260-5050, 397-2060.

ATENCION EXPEDITA DE RECLAMO (En un sólo Taller):

El asegurado queda autorizado a cotizar con un solo taller, incluido al listado que mantenga la Compañía para la reparación de su vehículo, en caso de accidente. De ser este el caso, no será necesario cotizar con otro (s) taller (es), a menos que se trate de un caso de pérdida total.

© Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A.

www.segfedpa.com340-5425Centro de Atención (507)

Page 2: ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

PERDIDA DE EFECTOS PERSONALES:

Ampara cualquier pérdida de objetos personales dentro del vehículo asegurado, a causa de robo por forzamiento. hasta un límite máximo de B/.100.00 por evento (excluyendo joyas, dinero y valores), La reclamación por la pérdida de dichos efectos, solamente será atendida cuando sea respaldada con su respectiva factura de adquisición y ser incluidos en la declaración que se debe presentar ante las autoridades correspondientes.

REEMBOLSO DE B/. 20.00 DIARIOS HASTA 30 DIAS O ALQUILER DE VEHICULO SUSTITUTO, CON UN MAXIMO DE B/.600.00 EN CASO DE ROBO O HURTO DEL VEHICULO ASEGURADO:El reembolso se limita al gasto incurrido durante el periodo a partir de setenta y dos (72) horas después que se haya notificado a la compañía y a las autoridades correspondientes sobre tal robo o hurto.

DEFENSA PENAL HASTA UN MAXIMO DE B/.2,000.00:La compañía proveerá y asumirá los gastos que ocasione la defensa jurídica del asegurado, en los procedimientos penales o civiles que se sigan con él, por razón del accidente de tránsito. El límite máximo de los gastos por este servicio será de B/.2,000.00 (Dos mil Balboas). Ningún gasto de esta naturaleza que no sea previamente autorizado por la compañía, será cubierto.

ASISTENCIA LEGAL EN CASOS ADMINISTRATIVOS DE TRANSITO, Sin Costo:Se incluye la Defensa Legal en caso de accidente cubierto por esta póliza, previo aviso a la Compañía con diez (10) días de anticipación a la audiencia a causa de un accidente de tránsito. Ningún gasto de esta naturaleza que no sea previamente autorizado por la Compañía, será cubierto.

AUTO DE ALQUILER TIPO SEDAN COMPACTO POR COLISION O VUELCO. Hasta por diez (10) días:Queda entendido que la Compañía otorgará el alquiler de un auto similar a la suma asegurada establecida en la póliza y de acuerdo a disponibilidad de la arrendadora, al Asegurado nombrado en la póliza, mientras el vehículo asegurado se encuentre en reparación a consecuencia de un accidente cubierto bajo la Cláusula 3, Riesgo "E", Seguros de Colisión o Vuelco, en concepto de alquiler de un automóvil hasta por (10 días), a través de orden de compra suministrada por la Seguros FEDPA, S.A. Esto aplica solamente cuando el vehículo asegurado tiene cobertura para daños propios y el monto de reparación exceda el deducible. Dicho Beneficio aplicara una vez sea pagado el deducible correspondiente.Este beneficio No aplica en caso de pérdida Total.No se incluyen los gastos de combustibles, ni boletas.Mientras el asegurado este gozando de este beneficio, las coberturas contratadas en su póliza original serán traspasadas al automóvil alquilado.

MUERTE ACCIDENTAL PARA EL CONDUCTOR SOLAMENTE, POR B/.5,000.00:Si el conductor, mientras esté dentro de o mientras este entrando a o saliendo del automóvil asegurado y propiedad de cualquiera de los asegurados; sufre alguna lesión corporal resultante solamente de medios externos, violentos y puramente accidentales y fallece a consecuencia directa de dicha lesión corporal, la compañía pagara en una sola suma al beneficiario legal del conductor, la cantidad estipulada bajo el presente endoso.

© Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A.

www.segfedpa.com340-5425Centro de Atención (507)

Page 3: ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

F. Se excluyen de este beneficio los siguientes riesgos:

A. Suicidio o conato de suicidio, estando o no el asegurado en uso de sus facultades; B. Lesiones causadas intencionalmente por una o varias personas o por el propio asegurado;C. Enfermedad corporal o mental; tratamiento médico quirúrgico (salvo sí este es a consecuencia del

accidente); D. Toda lesión proveniente o derivada de motines, tumultos, insurrección, guerra civil, revolución o

cualquier acción bélica u otra clase de desorden público, al igual que las lesiones sufridas por el asegurado en ejercicio de funciones policíacas de cualquier género o durante el servicio en cualquier organización militar, naval o aérea;

E. Lesiones sufridas cuando se participa en pruebas de velocidad, carreras, competencias o cuando se practica motociclismo, buceo, pesca submarina, montañismo, paracaidismo, boxeo, catch, karate, yudo, lucha libre y semejantes;

F. La acción de drogas de cualquier naturaleza, alcohol, veneno, gas o vapores tomados, administrados, absorbidos o inhalados voluntaria o accidentalmente o de alguna otra forma y todo acontecimiento que se derive del estado de endrogamiento o embriaguez del asegurado. Es indispensable para el pago de este beneficio, la presentación de pruebas de toxicología o alcoholemia.

G. Tomaínas o infección bacteriana (excepto la infección piogénica), cuando esta se presenta con y por una herida o cortadura, producto del accidente.

H. Comisión o intento de comisión de asalto, asesinato, atentado, delito, infracción o cualquiera otra violación o intento de violación de la ley o resistencia al arresto;

I. Cualquier acto intencional donde solo el resultado es accidental;J. Personas con discapacidades físicas o mentales;K. No se pagaran los beneficios si la muerte es a consecuencia directa o indirecta del síndrome de

inmunodeficiencia adquirida (SIDA) o cuando el síndrome sea la causa contribuyente de dicha muerte.

COBERTURA EXTRATERRITORIAL HASTA COSTA RICA POR UN MES, PREVIA NOTIFICACION A LA COMPAÑÍA:Esta póliza se extiende a cubrir el automóvil asegurado mientras se encuentre en territorio bajo jurisdicción del Gobierno de San José, Costa Rica, por un término de 30 días anuales. En caso de hacer uso de esta cobertura, deberá notificar a Seguros FEDPA, S. A. con anticipación de 3 días hábiles. Ningún gasto de esta naturaleza que no sea previamente autorizado por la Compañía, será cubierto.

100% DE REEMBOLSO DEL DEDUCIBLE EN CASO DE NO-CULPABILIDAD, PREVIA PRESENTACION DE RESOLUCION DEL TRANSITO:El asegurado tendrá derecho a una devolución del 100% del deducible aplicado a colisión o vuelco, cuando presente la resolución del tránsito, siempre que conste que es inocente de cargos.

No se realizaran devolución de deducible si la colisión se da contra objeto fijo, semoviente o bicicleta aún cuando medie resolución de Inocencia.

DESCUENTOS EN PAGOS DE DEDUCIBLES:

Se aplicará un descuento del 50% del deducible de la cobertura de Colisión o Vuelco, si el conductor del vehículo asegurado es una dama al momento del siniestro. Si es Caballero se aplicará un 30% de descuento. Esto aplica solamente cuando el vehículo asegurado tiene cobertura para daños propios, queda excluido este beneficio cuando el vehículo asegurado se encuentra estacionado. Mínimo de Deducible de B/.300.00.

Esta cobertura no aplica, sino existe parte policivo; denuncia ante las autoridades o entidad pertinente aplican siempre y cuando el conductor del vehículo asegurado, sea mayor de 25 años y portador de una licencia de conducir vigente.

© Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A.

www.segfedpa.com340-5425Centro de Atención (507)

Page 4: ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

RESPONSABILIDAD CIVIL DE AUTO SUSTITUTO, PREVIA NOTIFICACION A LA COMPAÑIA:En caso de que el asegurado sustituya el vehículo indicado en las condiciones particulares de la póliza, deberá notificar por escrito a la compañía, para que se le trasladen las coberturas contratadas. En caso de que ocurra un accidente y la sustitución no sea indicada como se establece en este endoso, la compañía no reconocerá ninguna indemnización.

PAQUETE MULTIRIESGO RESIDENCIAL HASTA B/.5,000.00:El asegurado tendrá derecho a la cobertura de multiriesgo residencial – contenido, contra incendio, terremoto, robo, asalto y otros.

5% DE DESCUENTO AL PAGO DE SU POLIZA: Si dentro del plazo de un mes, a partir de la fecha de inicio de la vigencia de la cobertura, el asegurado cancela la totalidad de la prima facturada al contado, por ACH o Tarjetas de Crédito, se le concederá un descuento del 5% sobre dicho monto pagado.

8% DE DESCUENTO AL PAGO DE LA POLIZA:Si dentro del plazo de un mes, a partir de la fecha de inicio de la vigencia de la cobertura, el asegurado cancela la totalidad de la prima facturada, se le concederá un descuento del 8% sobre dicho monto pagado, este beneficio aplica solamente si el cliente mantiene tarjeta de Crédito VISAFEDPA.

DESCUENTO EN DEDUCIBLE – SISTEMA GPS:En caso de que el vehículo asegurado cuente con sistema GPS se otorgará un descuento del 20% sobre el deducible en Robo/Hurto.

PASO DE CORRIENTE, CAMBIO DE LLANTAS O ABASTO DE COMBUSTIBLE:Estos servicios se cubren hasta un límite máximo anual de B/. 150.00 por vehículo asegurado.

CERRAJERO POR PÉRDIDA O EXTRAVIO DE LLAVES:Se enviara un cerrajero para solucionar el problema de pérdida ó extravió de llaves o hayan quedado en el interior del vehículo asegurado imposibilitando su apertura cubriéndose únicamente, hasta el límite máximo hasta B/. 100.00.

DEPOSITO Y CUSTODIA DE VEHICULO ASEGURADO:En caso de accidentes; avería, desperfectos mecánicos siempre que el evento ocurra a más de 25 kilómetros de la ciudad de residencia habitual del asegurado y sea necesario su resguardo. Este servicio no tiene límite de eventos al año, pero tendrá límite anual hasta B/50.00 por vehículo asegurado.

ASISTENCIA EN VIAJE EN EL TERRIOTORIO NACIONAL: (a partir del km. 25 del lugar de residencia): Cuando sean requeridos a consecuencia de una avería, accidente o robo, ocurridos a más de 25 kilómetros de la ciudad de residencia habitual del asegurado, la compañía proveerá a cualquiera de los siguientes beneficios:

• Gasto de Hotel: La compañía asumirá los gastos de hotel para el asegurado y los demás ocupantes del vehículo, cubriendo únicamente cargos de hospedaje o bien; hasta un límite máximo de B/150.00.

• Transporte al lugar de Residencia: La Compañía asumirá los gastos de transporte hasta el lugar de residencia del asegurado y los demás ocupantes del vehículo hasta un límite máximo de B/150.00.

• Renta de vehículo sustituto: La compañía asumirá los gastos de la renta de un vehículo sustituto de características similares al vehículo asegurado hasta un periodo máximo de 48 horas para el traslado a su residencia o lugar de destino, hasta un límite máximo de B/.150.00. Sólo se reconocerá si el servicio es prestado por una Compañía dedicada al alquiler.

© Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A.

www.segfedpa.com340-5425Centro de Atención (507)

!

Page 5: ENDOSO FULL EXTRAS - segfedpa.com

BENEFICIO “ENTREGUE LAS LLAVEZ”.

El programa de “ENTREGUE LAS LLAVES”, consiste en brindarle un chofer para trasladar al titular de la póliza en el vehículo asegurado de regreso a su residencia, en caso de encontrarse inhabilitado para conducir el mismo. El servicio se prestará bajos las siguientes condiciones:

1. El asegurado contacta la central de asistencia al teléfono 303-2466, que deben tener en la calcomanía que le entregan, con un mínimo de (1) hora de antelación a la utilización del servicio para notificar la ubicación exacta y hora que requiera la prestación de servicio.

2. La compañía PRESTADORA (Panamá Asistencia, S. A.), coordinara el envío de un conductor profesional al lugar y hora pactados con el asegurado. El conductor se identifica con su nombre, su cedula personal y con una clave numérica (ID personal), que le será proporcionada al asegurado.

3. El chofer levanta un acta con un inventario del vehículo antes de iniciar el servicio y hace firmar el documento por una persona en sano juicio, antes de llevar al asegurado a su residencia.

4. El chofer conduce al titular de la póliza en el vehículo asegurado hasta su residencia (una sola ruta). El chofer No reparte a las personas que lo acompañan.

5. El servicio mencionado con anterioridad, será proporcionado por el prestador únicamente en la Ciudad de Panamá. Esta es el área delimitada, por un lado hasta el Aeropuerto Internacional de Tocumen, por otro, hasta el Puente de las Américas y finalmente hasta el Km. 20 carreteras hacia Colón (Las Cumbres). Máximo 3 eventos, hasta un límite de B/.150.00 anual.

El tiempo de espera de todos los servicios antes descritos dependerá de la accesibilidad al lugar de los hechos de tránsito o del evento la cuál será previamente confirmada por nuestro servicio de PANAMA ASISTENCIA.Limitaciones:

“Se excluyen de esta póliza conductores menores de 18 años”.

Todos los demás términos y condiciones quedan sin cambios.

----------------------------------------------Representante autorizado

© Reservados Todos los Derechos, Seguros Fedpa S.A.

www.segfedpa.com340-5425Centro de Atención (507)