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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 13:30 trece horas con treinta minutos del día Veintisiete de Febrero del año dos mil quince, en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, de la Administración Municipal para el periodo 2012-2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal; los Regidores CC. Jesús Eduardo Noyola Bernal; Irene Margarita Hernández Fiscal; Víctor Manuel Medina Trejo; María Guadalupe Félix Meza; Marín Trejo Resendíz; Jorge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; Leticia de Jesús Gómez Gómez; Eduardo Acebo Zarzosa; Gabriela Meade Pons; María Eloísa Landaverde Trejo; Juan José Aguilar Espinoza; y las Síndicos María Eugenia Rivera Fernández y Mariana García Alcalde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encuentran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Secretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bolaños Guangorena, como Tesorero Municipal.------------------------------------------------------ -- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ----- ----------------------- Orden del Día -------------------------- I.- Lista de Asistencia. ---------------------------------- II.- Declaración de validez de la Sesión.------------------ III.-Dictamen que presentan las Comisiones conjuntas de Hacienda y Desarrollo, Equipamiento Urbano y Catastro.- IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.---------------------------- V.- Dictamen que presentan las Comisiones permanentes de Cultura, Recreación y Deporte y Servicios Públicos Municipales.------------------------------------------- VI.- Solicitud del Regidor Marco Antonio Zavala Galeana.---- VII.-Informe de las Comisiones permanentes de Hacienda Municipal y Régimen Interno.--------------------------- VIII.-Solicitud de la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal.------------------------------------------------ IX.- Clausura; --------------------------------------------- -- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario del H. Ayuntamiento, conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, hace del conocimiento de los presentes que se recibieron escritos de los Regidores Marco Antonio Zavala Galeana, solicitando se justifique su inasistencia a la presente por motivos de salud, así como de los Regidores Luis Gerardo Aldaco Ortega y Alma Ruth Castillo Zúñiga, por motivos de agenda; de igual manera da cuenta al Ciudadano Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, que se encuentran presentes doce Regidores y dos Síndicos.------------------------------------------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, el Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal, declara que esta Sesión de Cabildo es válida, en virtud de que existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y serán obligatorios. --------------------------------------------------

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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 13:30 trece horas con treinta mi nutos del día Veintisiete de Febrero del año dos mil quince , en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señala da para que tenga verificativo la Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, de la Administración Municipal para el period o 2012-2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal; los Regidores CC. Jesús Eduar do Noyola Bernal; Irene Margarita Hernández Fiscal; Víctor Ma nuel Medina Trejo; María Guadalupe Félix Meza; Marín Trejo Rese ndíz; Jorge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; Leticia de Jesús Gómez Gómez; Eduardo Acebo Zarzosa; Gabriela Meade Pons; María Eloísa Landaverde Trejo; Juan José Aguilar Espinoza; y las Síndicos María Eugenia Rivera Fernández y Mariana García Alc alde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encuentran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Secretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bolaños Guangorena, como Tesor ero Municipal.----------------------------------------- ------------- -- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el sig uiente: ----- ----------------------- Orden del Día --------------------------

I.- Lista de Asistencia. ----------------------------- ----- II.- Declaración de validez de la Sesión.--------------- --- III.- Dictamen que presentan las Comisiones conjuntas de

Hacienda y Desarrollo, Equipamiento Urbano y Catast ro.- IV. - Dictamen que presenta la Comisión Permanente de

Alumbrado y Obras Públicas.------------------------ ---- V.- Dictamen que presentan las Comisiones permanentes de

Cultura, Recreación y Deporte y Servicios Públicos Municipales.--------------------------------------- ----

VI.- Solicitud del Regidor Marco Antonio Zavala Galeana .---- VII. -Informe de las Comisiones permanentes de Hacienda

Municipal y Régimen Interno.----------------------- ---- VIII. -Solicitud de la Regidora Irene Margarita Hernández

Fiscal.-------------------------------------------- ---- IX.- Clausura; ---------------------------------------- -----

-- Como punto I del Orden del Día .- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario del H. Ay untamiento, conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, hace del conocimiento de los presentes que se recib ieron escritos de los Regidores Marco Antonio Zavala Gale ana, solicitando se justifique su inasistencia a la pres ente por motivos de salud, así como de los Regidores Luis Ge rardo Aldaco Ortega y Alma Ruth Castillo Zúñiga, por motivos de agenda; de igual manera da cuenta al Ciudadano Presidente Muni cipal, Lic. Mario García Valdez, que se encuentran presentes do ce Regidores y dos Síndicos.------------------------------------ ------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Munici pio Libre de San Luis Potosí, el Lic. Mario García Valdez, Presi dente Municipal, declara que esta Sesión de Cabildo es vá lida, en virtud de que existe quórum , por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y ser án obligatorios. ------------------------------------- -------------

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Viene de la Página No. 1 del Acta No. 86, de la Cua rta Sesión Ordinaria del día 27 de Febrero 2015.

-- Como punto III del Orden del Día.- Dictamen que presentan las Comisiones de Hacienda y Desarrollo Equipamiento Ur bano y Catastro.- En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrito de los Presidentes de las Comisione s de Hacienda y Desarrollo, Equipamiento Urbano y Catastro, solic itando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo que con fundamento en el artículo 89 Fracción VIII del Regl amento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En virtud de lo a nterior, hace uso de la voz la Lic. Mariana García Alcalde, Síndi co del H. Ayuntamiento, para dar a conocer el dictamen. En us o de la voz, la Síndico Mariana García Alcalde, solicita se disp ense la lectura, en virtud de que el dictamen fue circulado en tiempo y forma. El Secretario General del H. Ayuntamiento, s eñala que a solicitud de la Síndico, Mariana García Alcalde, se somete a consideración de los miembros del Cabildo, la dispe nsa de la lectura del dictamen, como se presenta. Quienes se encuentren a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR UNANIMIDAD DE VOTOS, LA DISPENSA DE LA LECTURA.---------------------------- ------------- -- Se inserta el dictamen para constancia como sigu e: “REGIDORES, 0407/15, 24 de febrero del 2015. HONORABLES MIEMBROS DEL CABILDO DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. PRESE NTES. De conformidad con las facultades de las Comisiones Pe rmanentes de Hacienda Municipal y Desarrollo y Equipamiento Urba no, y Catastro, se somete a su consideración el acuerdo t omado en la sesión Conjunta de fecha 24 de Febrero de 2015, a e fecto de que se proceda al análisis, discusión, y aprobación del siguiente:

D I C T A M E N I.- SOLICITUD QUE PRESENTA LA LIC. MARIANA GARCÍA ALCAL DE, SEGUNDO SÍNDICO MUNICIPAL, RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA DE NULIDAD NÚMERO 252/20 12, INTERPUESTA POR JER DESARROLLADOR INMOBILIARIO S.A. DE C.V. Se recibió oficio SS/147/2015 de fecha 18 de Febrer o de 2015, signado por la Lic. Mariana García Alcalde, Segundo Síndico Municipal, por medio del cual da cuenta de las noti ficaciones diversas derivadas del Juicio de Nulidad 252/2012 q ue promueve JER Desarrollador Inmobiliario S.A. de C.V., por co nducto de su administrador único. En virtud de lo anterior, se solicitó a los Preside ntes de las Comisiones Permanentes de Hacienda Municipal y Desa rrollo y Equipamiento Urbano y Catastro, sesionar de manera conjunta para dar cumplimiento al requerimiento de fecha 28 de En ero del presente año, en los términos que a continuación se expresan. C. LUIS ENRIQUE RAMÍREZ VÁZQUEZ. APODERADO LEGAL DE LA PERSONA MORAL “JER DESARROLLADOR INMOBILIARIO, S.A. DE C.V.” Por este conducto me refiero a su escrito de fecha 08 de marzo de 2012, dirigido al H. Ayuntamiento del Municipio de San Luis Potosí; recibido en esta Sindicatura el día 12 de m arzo de 2012, del cual se advierte que en su petitoria solicita m edularmente lo siguiente:

I. El reconocimiento formal, material y jurídico del d erecho de propiedad y posesión que aduce su representada ejer ce y tiene sobre la fracción restante del Lote de terren o

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Viene de la Página No. 2 del Acta No. 86, de la Cua rta Sesión Ordinaria del día 27 de Febrero 2015.

ubicado en la Fracción del Saucito actualmente ubic ado en la Calle Mercurio, número 151 del Fraccionamiento e l Saucito de la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., al cual refiere le corresponde una superficie de 2,512.00 m etros cuadrados.

II. La declaración material y jurídica de que la referi da fracción de terreno no constituye una propiedad mun icipal dentro del registro de Bienes Patrimoniales de la coordinación de Patrimonio de la Oficialía Mayor de l Ayuntamiento; y,

III. La cancelación definitiva del padrón de bienes inmu ebles municipales número 35-01-006-161, que dice correspo nde al referido resto de terreno que aduce es propiedad de su representada.

Ahora bien, me permito dar contestación en los sigu ientes términos: Respecto del primer punto consistente en el reconocimiento formal, material y jurídico del derecho de propieda d y posesión que aduce su representada ejerce y tiene sobre la f racción restante del Lote de terreno ubicado en la Fracción del Saucito actualmente ubicado en la Calle Mercurio, número 15 1 del Fraccionamiento el Saucito de la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P., al cual refiere le corresponde una superfic ie de 2,512.00 metros cuadrados; se advierte que solicita que el ente que represento, le reconozca un derecho real, como lo es el de propiedad y/o posesión, que dice su representada os tenta sobre el inmueble que refiere. Al respecto, el Ayuntamien to no tiene facultades para ello, de conformidad con el artícul o 31 y demás relativos de la Ley Orgánica del Municipio Libre de l Estado de San Luis Potosí, así como el Reglamento Interno del Municipio. Cabe acotar que dicha facultad es exclusiva de los Jueces de Primera Instancia en materia Civil, tal y como lo d isponen los artículos 3 y 52 de la Ley Orgánica del Poder Judic ial y 155 y 252 del Código de Procedimientos Civiles, ambos del Estado de San Luis Potosí, que dicen:

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN L UIS POTOSÍ ARTÍCULO 3º. La potestad de aplicar las Leyes del fuero común en materia civil, familiar, penal de justicia para menores y electoral en el territorio del Estado, corresponde al Poder Judicial, así como el ejercicio de la función jurisdiccional en todos aquellos casos en que la ley expresamente lo facult e. ARTÍCULO 52. Los jueces del Ramo Civil conocerán, tramitarán, y resolverán todos los negocios del ord en civil , con exclusión de aquellos cuyo conocimiento corresponda específicamente a los jueces de lo familiar y, en su caso, a los jueces menores, así c omo aquellos en que la ley expresamente los faculte. CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ ART. 155. Es juez competente: … III. El de la Ubicación de la cosa, si se ejercita una acción real sobre bienes inmuebles. Lo mismo se

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observará respecto de las cuestiones derivadas del contrato de arrendamiento de inmuebles. Cuando estuvieren comprendidos en dos o más distritos, ser á a prevención; ART. 252. Todas las contiendas entre partes que no tengan señalada en este código tramitación especial se ventilaran en juicio ordinario.

Debo recalcarle que las autoridades sólo pueden ha cer aquello para lo que expresamente los faculta la ley, lo que implica que en caso de que la normatividad que rija a esa autor idad no la faculta para llevar a cabo determinada acción, ésta se encontrará impedida para hacerlo, so pena de incurr ir en un actuar ilegal. A manera ilustrativa, me permito citar la tesis de jurisprudencia emitida por el Primer Tribunal Coleg iado del Octavo Circuito, publicada en el apéndice de 1995, tomo III, del Semanario Judicial de la Federación, en la página 6 37 y localizada bajo el número de registro 391723, que d ice:

Época: Octava Época Registro: 391723 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Apéndice de 1995 Localizació n: Tomo III, Parte TCCMateria(s): Administrativa Tesis : 833 Pag: 637 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, FACULTADES DE LAS AUTORIDADES DEBEN ESTAR EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN LA LEY. De conformidad con el principio de legalidad impera nte en nuestro sistema jurídico, las autoridades sólo pueden hacer aquello para lo que expresamente las faculta la ley , en contraposición a la facultad de los particulares de hacer todo aquello que no les prohí be la ley; de tal suerte, que como la autoridad que emitió el acto pretende fundarse en el contenido de l artículo 36 del Código Fiscal de la Federación, interpretado a contrario sensu, y emite un acuerdo revocatorio dejando insubsistente su resolución que negó mediante ciertos razonamientos la devolución d e las diferencias al valor agregado; y tal disposició n legal no confiere a aquella autoridad en forma expr esa la facultad que se atribuye para proceder a la revocación del acuerdo impugnado en el juicio de nulidad, es inconcuso que ello viola garantías individuales infringiendo el principio de legalidad mencionado. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO. Octava Época: Amparo directo 83/92. Tiendas de Descuento del Naza s, S. A. de C. V. 9 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 77/92. Sorzacatecas, S. C. 23 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 84/92. Sierra de Tepozotlán, S. C. 23 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 86/92. Tiendas de Descuento del Nazas, S. A. de C. V. 30 d e abril de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 90/92. Sierra de Tepozotlán, S. C. 30 de abril de 1992. Unanimidad de votos. NOTA: Tesis VIII.1o.J/6, Gaceta número 54, pág. 67.

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Viene de la Página No. 4 del Acta No. 86, de la Cua rta Sesión Ordinaria del día 27 de Febrero 2015.

Aunado a lo antes expuesto, y como Usted lo refiere en su escrito, en el año de 1987 el H. Ayuntamiento de la capital recibió de la persona moral ALTOR S.A. el predio ub icado en la calle Mercurio número 151 del Fraccionamiento el Sa ucito de esta Ciudad Capital, con una superficie de 2.512 metros cuadrados como área de donación, como resultado de la autoriz ación del fraccionamiento Valle Verde en la Fracción del Sauc ito de esta Ciudad, quedando plasmada dicha tributación de área de donación, en el plano oficial del Fraccionamiento Valle Verde , así como en el acta de lotificación del mismo, inscrita en el R egistro Público de la Propiedad la inscripción numero 15874 fojas 28 tomo 188 “M” de Escrituras Públicas. Ahora bien, el predio que Usted reclama, se encuent ra inmerso en uno de mayor extensión, con las siguientes medidas y colindancias: En nueve líneas que van del punto 1 uno al 2 mide 5 .8076 cinco metros ocho mil setenta y seis milímetros, con rumb o al sur a este 70° setenta grados, 05´ cinco minutos y cuatro segundos; la segunda línea del punto 2 al 3 mide 16. 0499 diecis éis metros cuatrocientos noventa y nueve milímetros, con rumbo de sur a este 70° setenta grados 14´ catorce minutos 03 ´´ t res segundos; la tercer línea del punto 3 tres al 4 cuatro mide 1 0. 4281 diez metros cuatro mil doscientos ochenta y un milímetro s con rumbo sur a este 69° sesenta y nueve grados 49´ cuarenta y nueve minutos y 36´´ treinta y seis segundos; la cuarta l ínea del punto 4 al 5 mide 11. 5823 once metros cinco mil oc hocientos veintitrés milímetros, con rumbo de sur a este 72° setenta y dos grados 16´ dieciséis minutos 25´´ veinticinco segun dos; la quinta línea del punto 5 cinco al 6 seis mide 3.952 4 tres metros nueve mil quinientos veinticuatro milímetros, con r umbo de sur a este 49° cuarenta y nueve grados´ trece minutos 13´ ´ trece segundos; la sexta línea del punto 6 al 7 mide 66.6 077 sesenta y seis metros sesenta y seis mil setenta y siete milí metros con rumbo de sur a oeste 32° treinta y dos grados 34´ t reinta y cuatro minutos 41´´ cuarenta y un segundos, la sépt ima del punto 7 al 9 mide 53. 2203 Cincuenta y tres metros dos mi l doscientos tres milímetros con rumbo de norte a oeste 34° trei nta y cuatro grados 52´ minutos 48´´ cuarenta y ocho segundos, l a octava del punto 8 ocho al 9 nueve mide 0.7219 siete mil dosci entos diecinueve milímetros, con rumbo de norte a este 09 ° nueve grados 00´´ segundos 20´ veinte minutos y la novena del punto 9 nueve al 1 uno cerrando así el perímetro mide 36. 1 760 treinta y seis metros mil setecientos sesenta milímetros, con rumbo de norte a este 37° treinta y siete grados 04´ cuatro segundos 19´´ diecinueve minutos. Como Usted lo manifiesta en su escrito de 08 de mar zo de 2012, el 02 de octubre del año 2006 ante el Notario númer o 23, la persona moral que Usted representa celebró contrato de compra venta ad-corpus con FRANCISCO GILBERTO ESPARZA ORTA respecto del predio ubicado en la calle Mercurio número 151 del Fraccionamiento el Saucito de esta Ciudad Capital. Cabe precisar que el predio que le fue enajenado po r la persona antes mencionada tenía las medidas y colindancias s iguientes: AL ORIENTE.- 108.70 Ciento ocho metros setenta cent ímetros y linda con Joaquín Romero.

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AL SUR.- 65.00 sesenta y cinco metros, y linda con propiedad del municipio terminando el lado SUR que corre de Orien te a Poniente, mide en una línea que está formada por un a parte del lado PONIENTE que mide veinticuatro metros y linda con propiedad del municipio, terminando esa otra línea sigue otra con dirección oriente que mide 50.00 cincuenta metros, terminando la cual sube de nuevo en dirección norte midiendo esa otra línea 50.00 metros cincuenta metros; terminando esa parte otra con dirección poniente que mide 155. 60 ciento cincuent a y cinco metros sesenta centímetros lindando con estas tres líneas con propiedad de florentino flores, terminando la refer ida línea que corre de oriente a poniente mide y sube de nuevo en un extensión de 22.00 veintidós metros que linda con propiedad d el Sr. Lozano, y terminando esa línea sigue otra transvers al que es la del noroeste que mide 67.00 sesenta siete metros y linda con propiedad del mismo Sr. Lozano que va a terminar en el principio del lado oriente, teniendo ese lado de norte a sur medidas y colindancias exactas y rectificadas. Como es de su personal conocimiento ante el Juzgado Primero del Ramo Civil se tramita el Juicio Ordinario Civil número 1537/20 12 del índice del Juzgado Primero del Ramo Civil con s ede en esta ciudad capital, promovido por su representada a tra vés del Sr. JAVIER EDUARDO RAMÍREZ SÁNCHEZ en contra de esta au toridad municipal, dentro de la fase probatoria de dicho ju icio fue necesario realizar un levantamiento topográfico, ca rgo que recayó en el Ing. SALVADOR HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, ads crito a la Dirección de Catastro Municipal experto en materia topográfica y debidamente Registrado en el Padrón de Peritos con número de registro GES-DCM-PD-0100, quien al realizar los tra bajos necesarios pudo establecer que la escritura del SR. FRANCISCO GILBERTO ESPARZA ORTA contiene medidas, colindancia s y superficie totalmente distintas y menores a las con tenidas en la escritura de propiedad de la empresa JER DESARROLLA DOR INMOBILIARIO S.A. DE C.V., y que para llevar a cabo tal alteración se anotaron las medidas en coordenadas y bajo esa modalidad a simple vista no se podía advertir la al teración en las medidas. Al analizar los documentos, el perito dibujó un plano conforme a las medidas de cada escritura, con cluyendo que los polígonos tenían trazos distintos y el que corr espondía a la escritura de la persona moral antes mencionada era mucho mayor en cuanto a superficie y medidas, lo que no podía s er posible ya que lo que se había adquirido del SR. FRANCISCO GIL BERTO ESPARZA ORTA era un predio mucho menor. De lo antes expuesto, se desprende que la parte de la cual Usted solicita el reconocimiento formal, material y juríd ico del derecho de propiedad y posesión, no forma parte del predio que le fue vendido por el señor GILBERTO FRANCISCO ESPA RZA ORTA, pues el título de propiedad de dicha persona ampara una superficie menor, a la que ampara su título de prop iedad, por lo tanto no pudo trasferir el dominio de la superficie reclamada por no ser de su propiedad . Consecuentemente mi representada tiene un mejor derecho de propiedad, atento a lo qu e disponen las disposiciones legales que enseguida se trascrib en:

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. ART. 744.- La posesión dá al que la tiene, la presunción de propietario para todos los efectos

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legales. El que posee en virtud de una (sic) derech o personal, o de un derecho real distinto de la propiedad, no se presume propietario; pero si es poseedor de buena fe tiene a su favor la presunción de haber obtenido la posesión del dueño de la cosa o derecho poseído. ART. 749.- Todo poseedor debe ser mantenido o restituido en la posesión contra aquellos que no tengan mejor derecho para poseer. Es mejor la posesión que se funda en título, y cuan do se trata de inmuebles la que está inscrita. A falta de título o siendo iguales los títulos, la más antigua . Si las posesiones fueren dudosas, se pondrá en depósito la cosa hasta que se resuelva a quien pertenece la posesión. ART. 752.- Es poseedor de buena fe el que entra a l a posesión en virtud de un título suficiente para dar le derecho de poseer. También es el que ignora los vic ios de su título que le impiden poseer con derecho. Es poseedor de mala fe el que entra a la posesión s in título alguno para poseer; lo mismo que el que cono ce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho. Entiéndese por título la causa generadora de la posesión. ART. 771.- Posesión pública es la que se disfruta d e manera que pueda ser conocida de todos. También lo es la que está inscrita en el Registro de la Propiedad .

Siendo aplicable también el criterio jurisprudencia l siguiente:

No. Registro: 345,366 Tesis aislada Materia(s): Civil Quinta Época Instancia: Tercera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación XCVIII Tesis: Página: 1298 POSESION INSCRITA EN EL REGISTRO, VALIDEZ DEL TITUL O DE LA. La autoridad responsable no pudo declarar la nulida d del título posesorio del causante del actor en un juicio plenario de posesión, si el demandado no solicitó la nulidad o cancelación de la inscripción de dicho título en el Registro Público, pues en tanto que permanezca viva tal inscripción, sigue surtiendo efectos contra tercero. Amparo civil directo 4167/45. Flores García Carlos. 17 de noviembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez. No. Registro: 194,448 Tesis aislada Materia(s): Civil Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

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Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta IX, Marzo de 1999 Tesis: VIII.2o.45 C Página: 1452 REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. INSCRIPCIONES QUE NO HAN SIDO DECLARADAS NULAS JUDICIALMENTE. Los actos o contratos que otorgaron y celebraron personas, que según la inscripción del registro, aparecían con derecho para ello, no pueden dejar de surtir efectos mientras la nulidad de esa inscripci ón no se declare judicialmente; por lo tanto, como el juicio constitucional no constituye el medio idóneo para examinar pruebas, o para resolver cuestiones d e propiedad, por encontrarse estas facultades encomendadas exclusivamente a los tribunales de instancia, es evidente que no puede ampararse al quejoso para que se impida que surtan sus efectos tales actos, porque esto sería en provecho del promovente del amparo, pero con evidente menoscabo de la protección jurídica que la Constitución y la ley secundaria garantizan al adquirente de un derecho q ue procede de buena fe y que no ha sido oído ni vencid o en el juicio correspondiente. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO. Amparo en revisión 406/98. Bancomer, S.A., Instituc ión de Banca Múltiple, Grupo Financiero. 28 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretaria: Leticia R. Celis Saucedo. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, en el mismo Tomo IX, marzo de 1999, página 1466, tesis VIII.2o.44 C, de rubro "TERCERO DE BUENA FE. LOS ACTOS QUE CELEBRA CON PERSONAS QUE APARECEN CON DERECHO EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD NO SE INVALIDAN HASTA QUE S E DECLARA LA NULIDAD DEL REGISTRO EN UN JUICIO CONTRADICTORIO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA) .". Nota: Por ejecutoria de fecha 31 de octubre de 2007 , la Segunda Sala declaró inexistente la contradicció n de tesis 178/2007-SS en que participó el presente criterio. Como ya se dijo; en el mes de septiembre del año 20 12 dos mil doce, el Ayuntamiento de San Luis Potosí, f ue emplazado al Juicio Ordinario Civil número 1537/ 20 12 del índice del Juzgado Primero del Ramo Civil con s ede en esta ciudad capital, promovido por su representa da, en contra de esta autoridad municipal y hasta en la actualidad el juicio en mención se encuentra SUB JUDICE al no estar emitida la sentencia definitiva. Lo anterior, hace improcedente la solicitud de que se contesta.

En relación al segundo punto en el cual pide la declaración material y jurídica de que la referida fracción de terreno no constituye una propiedad municipal dentro del regis tro de Bienes Patrimoniales de la Coordinación de Patrimonio de l a Oficialía Mayor del Ayuntamiento; es menester mencionarle que como ya le

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ha sido expuesto en el presente ocurso, a fin de qu e pueda atenderse de manera favorable su misiva, el Ayuntam iento no cuenta con la facultad de pronunciar declaración en la forma y términos que los solicita, pues como se expuso supr alíneas el predio en cuestión aparece en el acta de lotificaci ón del fraccionamiento Valle Verde de esta Ciudad, como ár ea de donación y en todo caso la autoridad facultada para emitir la declaración solicitada es la autoridad judicial, en caso de que fuera procedente la acción ejercitada por Jer Desar rollador Inmobiliario S.A. de C.V., en contra del Ayuntamien to de San Luis Potosí; puesto que la Ley Orgánica, Reglamento Interno, o algún otro dispositivo legal que regule el actuar d el Ayuntamiento, no prevé dicha potestad. Aunado a lo anterior, en 1987 se encontraba previst a dicha cesión de áreas municipales en el artículo 76 de la Ley de Ingresos del Municipio de la Capital, para el año f iscal 1965, según decreto 198 publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 30 de diciembre de 1965, así como el artíc ulo 38 de la Ley de Fraccionamientos y subdivisión de Inmuebles publicada en el Periódico Oficial del Estado el 15 de abril de 1 983, mismas que disponían:

“LEY DE INGRESOS MUNICIPAL: Articulo 76. Los propietarios o causahabientes de l os fraccionamientos deberán destinar el 15% de la supe rficie urbanizada o fraccionada, para escuelas, parques y jardines públicos, cediéndole en propiedad al municipio la e xpresada superficie, aparte de la asignada para calles, cuyo lineamiento deberá ser marcado por el Departamento de Obras Públicas, así como la superficie del 15% citado. LEY DE FRACCIONAMIENTOS Y SUBDIVISIÓN DE INMUEBLES. Articulo 38. Los propietarios de fraccionamientos t endrán obligación de donar al Municipio de ubicación del p redio por fraccionar: … II.- El tanto por ciento de la superficie total del fraccionamiento que se destinará a obras de servici o social entre los que se incluirán áreas verdes y edificios para culto religioso en las proporciones que a continuac ión se especifican:

a) De un 15% en el caso de los fraccionamientos a que se refieren las fracciones I y II del articulo de esta Ley.”

Por ello dicho bien ingreso al patrimonio municipal , constituyéndose en un bien de dominio público, en c onformidad con los artículos 6° y 9° de la Ley de Bienes del E stado y Municipios de San Luis Potosí, que establecen:

ARTICULO 6º. Son bienes del dominio público del Estado y municipios, dentro de sus respectivas jurisdiccione s: … II. Los destinados a los servicios públicos y los equiparados a éstos conforme a la ley; ARTICULO 9º. Son bienes destinados a un servicio público, aquéllos que utilicen los poderes del Estado y los municipios para el desarrollo de sus actividades, o los que de hecho se utilicen para la prestación de servicio s públicos o actividades equiparables a ellos, tales como: …

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III. Los inmuebles del dominio público utilizados para l a prestación de servicios públicos, como mercados, ra stros, hospitales, panteones, zoológicos, jardines botánic os, museos, bibliotecas públicas, parques y los demás s imilares o análogos a ellos.

Y como último punto se solicito la cancelación definitiva del padrón de bienes inmuebles municipales número 35-01 -006-161, que dice corresponde al referido resto de terreno que a duce es propiedad de su representada . Esta última tercera petición al igual que las dos primeras resulta totalmente impro cedente, en virtud de que no existe mandato de autoridad judici al que así lo determine. Finalmente, no pasa desapercibida para esta autorid ad la existencia de dos dictámenes emitidos por los enton ces síndicos municipales, Laura Elena Guerra Cerda y Luis Miguel Meade Rodríguez, el 27 de noviembre de 2006 y 2 de marzo de 2011, respectivamente. Sin embargo en la emisión de dicho s dictámenes no fueron considerados los antecedentes de la escri tura de propiedad de su representada, es decir, nunca fue a nalizado el contrato de compraventa que fue celebrado entre los señores SOTERO ZÚÑIGA y FRANCISCO GILBERTO ESPARZA ORTA de quien su representada es causahabiente. Sin que pase inadver tido que mediante oficio 326/2012, de fecha 26 veintiséis de marzo de 2012 dos mil doce signado por el entonces Sindico M unicipal LIC. LUIS MEADE RODRÍGUEZ en cual le comunico que se encontraba impedido para expedir el reconocimiento de propieda d al no contar con facultades legales para ello ; sin embargo, la existencia de dichos documentos no surte competenci a para que el Ayuntamiento como tal, se pronuncie favorablemente a sus peticiones, al no contar con la facultad expresa pa ra ello, sino que en todo caso, tal y como le fue informado, será n las instancias judiciales correspondientes quienes debe rán pronunciarse al respecto; por lo que en este moment o nos encontramos sub júdice del Juicio Ordinario Civil Reivindicatorio, numero 1537/2012. Por lo que una vez que se analizaron y revisaron de manera puntual los antecedentes del asunto de referencia, las Comisiones Permanentes de Hacienda Municipal y Desa rrollo y Equipamiento Urbano, y Catastro, sesionando de mane ra conjunta, APRUEBAN por MAYORÍA de Votos, el sentido con el cual el H. Cabildo del Ayuntamiento capitalino dará cumplimien to a la notificación de la demanda de nulidad 252/2012, int erpuesta por JER Desarrollador Inmobiliario S.A. de C.V., COMPUTÁNDOSE 10 VOTOS A FAVOR Y 1 ABSTENCIÓN POR PARTE DE LA REGIDO RA GABRIELA MEADE PONS. Por lo antes expuesto, y con fundamento en lo dispu esto por los artículos 77, 90 fracción IV, 95 fracción XIV y 106 fracción III del Reglamento Interno del Municipio Libre de San L uis Potosí, atenta y respetuosamente se solicita a los miembros del Honorable Cabildo la aprobación del presente DICTÁM EN. ATENTAMENTE. LA COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA, DR. JESÚS EDUARDO NOYOLA BERNAL, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN. L A COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y EQUIPAMIENTO, URBANO Y CATASTRO. LIC. ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA, PRESIDENTE DE LA COMISIÓ N. En uso de la voz, el Secretario general del H. Ayuntamiento s eñala que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los

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miembros del Cabildo el dictamen que presentan las Comisiones conjuntas de Hacienda y Desarrollo, Equipamiento Ur bano y Catastro; y de conformidad con lo que establecen lo s artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realiz ar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar leva ntando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 12 DOCE VOTOS A FAVOR Y 3 TRES ABSTENCIONES DE L OS REGIDORES OLIVER MEADE HERVERT, GABRIELA MEADE PONS Y EDUARDO ACEBO ZARZOSA.------------------------------------------- --------------- Como punto IV del Orden del Día.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.- En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrit o del Presidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públ icas, solicitando se agendara un punto dentro del orden d el día, por lo que con fundamento en el artículo 89 Fracción VI II del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En vi rtud de lo anterior, hace uso de la voz el Regidor Oliver Mead e Hervert, Presidente de dicha Comisión, para dar lectura al m ismo. En uso de la voz, el Presidente de la Comisión señalada, s olicita que en virtud de que el dictamen fue circulado en tiemp o y forma, solicito se dispense la lectura del mismo. El Secre tario General del H. Ayuntamiento, menciona que a petición del Pr esidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, se somet e a su consideración la dispensa de la lectura del dictame n como se presente, por lo tanto, quienes se encuentren a fav or de la dispensa de la lectura del dictamen, sírvanse manif estarlo levantando su mano. Hecho o anterior se contabiliza y se aprueba POR UNIMIDAD.-------------------------------------- --------------- Se inserta el dictamen para constancia como sigu e: ------------ HONORABLE CABILDO MUNICIPAL, PRESENTE. Los integrantes de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas presentamos ante el Pleno de este Cabildo los Acuerdos tomados en la Sesión d e Comisión celebrada el día Jueves 12 (DOCE) DE FEBRERO DEL DOS MIL QUINCE, a efecto de que se proceda al análisis, discusión y , en su caso, aprobación del siguiente:

D I C T A M E N PRIMERO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Direcc ión General de Catastro y Desarrollo Urbano, respecto a la Subd ivisión del predio ubicado en Carretera a México-Piedras Negras No. 91, Col. San Luis de esta ciudad. Por lo cual se presenta l a siguiente información:

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Dicha subdivisión cumple con los requisitos estable cidos por la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, tributando un Área de Donación total de 1,236.87 me tros cuadrados, correspondiente al diez por ciento de la superficie total del predio. La formalización del cumplimiento de escrituración de ésta área a favor del H. Ayuntamie nto deberá efectuarse en el mismo acto en que conste la protoc olización del acta de subdivisión de predios autorizada. El incum plimiento de la escrituración respectiva, dejará sin efecto la a probación de la subdivisión, girándose la notificación respectiv a a catastro municipal, y al Registro Público de la Propiedad y del Comercio; sin perjuicio de las demás sanciones que se haga ac reedor el titular de la autorización. En toda colindancia con propiedad privada el área de donación deberá contar con muro de colindancia de 2.00 metros de altura. POR LO ANTERI OR, SE PONE A CONSIDERACION DE LOS PRESENTES LA SOLICITUD PRESENTADA LA DIRECCION GENERAL DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO, RESPECTO A LA SUBDIVISION DEL PREDIO UBICADO EN CARRETERA MEXICO- PIEDRAS NEGRAS NO. 91, COL. SAN LUIS DE ESTA CIUDAD LO CUAL ES APROBADO POR MAYORIA DE VOTOS CON 5 VOTOS A FAVOR Y 1 ABSTEN CION DEL REGIDOR MARCO ANTONIO ZAVALA GALEANA. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CABILDO EL PRIMER BLOQUE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS; Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MI EMBROS DE ESTE CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. HECHO LO ANTERIOR SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD .-------------- SEGUNDO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Direcc ión General de Catastro y Desarrollo Urbano, respecto a la Regularización del asentamiento ubicado en calle Madrigal No. 633, Fracc. Los Reyes de esta ciudad. Por lo cual se presenta la siguiente información: Dicho Asentamiento cumple con lo marcado por los ar tículos 118, 119, 120, 121, 122 Y 123, de la Ley de Desarrollo U rbano vigente en el Estado de San Luis Potosí; por lo que este As entamiento Humano Irregular, se aprueba como Fraccionamiento de Urbanización Progresiva, en donde la responsabilida d de la dotación de la Infraestructura y los servicios corr erán por cuenta del propietario, promotor y los adquirientes de los lotes; encontrándose así mismo que este asentamiento no se contrapone con los planes de Desarrollo Urbano apli cables, así mismo se generará un beneficio social y público ya que al

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regularizar este asentamiento humano irregular, sie te familias podrán contar con título de propiedad y elevar su c alidad de vida al facilitárseles la dotación de servicios. DE SARROLLO URBANO, RESPECTO A LA REGULARIZACION DEL ASENTAMIENTO HUMANO IRREGULAR UBICADO EN LA CALLE MADRIAGAL NO. 633, FR ACC. LOS REYES, LO CUAL SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS PRE SENTES. ATENTAMENTE. Lic. Oliver Meade Hervert Presidente d e la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas; Lic. María Eugenia R ivera Fernández, Secretaría de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas. En uso de la voz, el Secretario General d el H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al r especto SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CABILDO EL SEGUNDO BLOQUE DEL DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS; Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INT ERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MIEMBROS DE ESTE CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. HECHO LO ANTERIOR SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR MAYORÍA DE 13 TRECE VOTOS A FAVOR Y 2 D OS ABSTENCIONES DE LA REGIDORA MARÍA ELOÍSA LANDAVERDE TREJO Y LA SÍNDICO MARIANA GARCÍA ALCALDE.-------------------- ------------- -- Como punto V del Orden del Día.- Dictamen que presentan las Comisiones conjuntas de Cultura, Recreación y Depor te y Servicios Públicos Municipales. En uso de la voz, e l Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrito de los Presidentes de las Comisiones de Cultura, Recreación y Deporte y Servi cios Públicos Municipales, solicitando se agendara un punto dentr o del orden del día, por lo que con fundamento en el artículo 8 9 Fracción VIII del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de las Comisiones s eñaladas. En virtud de lo anterior, hace uso de la voz el Regido r Jorge Luis Pérez Ávila, Presidente de la Comisión de Cultura, Recreación y Deporte, para dar lectura al mismo. En uso de la vo z, el Regidor Jorge Luis Pérez Ávila, solicita que se dispense la lectura del dictamen, en virtud de que fue circulado en tiempo y forma. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntam iento señala que a petición del Presidente de la comisión Cultur a, Recreación y Deporte, se somete a su consideración la dispensa de la lectura del dictamen que se presenta, por lo tanto quienes se encuentren a favor sírvanse manifestarlo levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR U NANIMIDAD.--- -- se inserta el dictamen para constancia, como sig ue: ----------- REGIDORES, Febrero 23, 2015, CC. MIEMBROS DE HONORABLE CABILDO DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, PRESENTES.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 77, 103 fracciones II, V, VI, XIII, XIV y XV, 176 fracción IV del Regl amento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, los integrantes de las Comisiones Permanentes de Cultura, Recreació n y Deporte y Servicios Municipales, presentamos al pleno de este Honorable Cabildo el acuerdo tomado en sesión de la misma en fecha 20 de febrero del año en curso, a efecto de que se proced a al análisis, discusión y en su caso aprobación del sig uiente:

D I C T A M E N

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PRIMERO.- Se pone a su consideración la aprobación de la Creación del Museo de Arte Funerario “El Saucito” e n los términos del proyecto del acuerdo administrativo re visado y avalado por la Dirección de Asuntos Jurídicos y del Departamento de Normatividad de la Secretaria General y que a co ntinuación se transcribe como fue aprobado en las Comisiones Perm anentes de Cultura, Recreación y Deporte y Servicios Municipal es: H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P.

ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL MUSEO DE ARTE FUNERARIO “EL SAUCITO”, DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL PANTEON M UNICIPAL DEL

MISMO NOMBRE DE ESTA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, S.L .P. MARIO GARCÍA VALDEZ, Presidente Municipal de San Luis Potosí, S.L.P., en el ejercicio de la facultad que me confi eren los artículos 115 fracciones II y III incisos e), i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexican os; 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano d e San Luis Potosí; 70 fracciones IV, VIII, IX, XI y XXIX, 141 fracciones V y IX, y 142 de la Ley Orgánica del Municipio Libre de l Estado de San Luis Potosí; 1°, 3° fracciones I, IV, V, VI, VI II y X, 4°, 6° fracción IV, 12 fracciones VII, VIII, IX, XI y XII de la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Pot osí, así como 109 fracciones I y VIII, y 130 del Reglamento Inter no del Municipio Libre de San Luis Potosí, S.L.P., que baj o los siguientes

ANTECEDENTES: A través de la historia, una de las primeras manife staciones de la humanidad, ha sido el respeto por la muerte y la s consecuencias terrenales que esta trae consigo, así como las manifestaciones artísticas que derivan de esa vener ación a la muerte, en este sentido y a través del tiempo y esp acio, podemos encontrar diversos ejemplos que reafirman el culto mortuorio, tal es el caso de la necrópolis de Saqqara , ubicada al sur del Cairo en Egipto y sus tres mejores exponentes del arte tu mbal: las pirámides de Keops, Kefren y Miserinos ; sin embargo y tal vez el epítome de la cultura funeraria, deviene de la cons trucción hacia los años de 1631 y 1654 del denominado Taj Mahal , que en su traducción más aceptada al español significa: Palacio de la Corona , el cual fue erigido por el Emperador Musulman Shah Jahan en honor de su esposa de nombre Arjumand Bano Begur , quien murió dando a luz a una de las hijas de dicho emperador m ogol. En México tales expresiones fúnebres-artísticas, ha n tenido su florecimiento más marcado desde finales del siglo X IX y principios del XX, y hasta la actualidad ya sea con figuras antropomorfas, representación escultural de dolient es, representación de almas y figuras angélicas, figura s alegóricas, objetos alegóricos y sudarios, y en general de elem entos arquitectónicos y emblemas representativos de la tr ansición seguida por el alma humana hacia el descanso eterno . Por lo que se refiere a nuestro Estado y más concre tamente a nuestro territorio municipal, resulta evidente que la mayor muestra de obras artísticas en materia de arte fune rario, se encuentra obligadamente en el Panteón Municipal “El Saucito”, el cual con sus más de dos siglos de servir como morad a eterna de hombres y mujeres, radicados y oriundos de esta dem arcación, alberga diversas esculturas de enorme trascendencia cultural, histórica y tradicional; sin pasar por alto la arqu ería de

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cantera que embellece la entrada a dicho camposanto , la cual fue trasladada de la antigua Casa de Moneda, en virtud de la demolición de la misma. Así pues, el actual panteón municipal de “El Saucit o”, constituye ya en estos momentos una galería escultórica al air e libre y una veta incalculable de historias y tradiciones que ha n forjado la idiosincrasia de un pueblo interesado en su pasado y en las diferentes maneras de apreciar el arte y la cultura a través de sus muertos. En resumen, resulta evidente la magnitud que alcanz a el diseño arquitectónico de las construcciones, mausoleos y t umbas de mármol que se ubican en las avenidas y calles que i ntegran el Panteón El Saucito, sin menospreciar claro, la fach ada del mismo inmueble; asimismo resulta innegable la relevancia que este sitio de descanso eterno representa para la historia de n uestra ciudad y para el Estado mismo, siendo uno de los sitios co n mayor riqueza cultural para sus habitantes, reuniendo asp ectos de carácter histórico, artístico, cultural y tradicion al invaluables que lo hacen digno de ser en un futuro Patrimonio C ultural de los Potosinos.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno Municipal de San Luis Potosí, atend iendo a las necesidades planteadas por la sociedad potosina y s iguiendo la línea de crecimiento trazada por el Plan Municipal de Desarrollo 2012-2015, plantea como eje rector primordial del c recimiento de esta entidad el desarrollo social de la comunidad a través de la cultura, teniendo como claro objetivo el impulso de las actividades culturales y artísticas que se desarrol lan en el municipio propiciando el acceso a dichas actividade s a todos los sectores de la población, fortaleciendo con ello la identidad y la preservación del patrimonio cultural del Municip io de San Luis Potosí. Es por ello que el Gobierno Municipal que actualmen te encabezo, interesado en la creación de nuevos espacios de art e y en el desarrollo de nuevas disciplinas artísticas, tales como lo son el arte funerario, ha decidido la creación del Muse o de Arte Funerario “El Saucito”, dentro de las instalaciones que actualmente ocupa el Panteón Municipal del mismo no mbre y así contribuir al desarrollo de las artes plásticas en el Municipio de San Luis Potosí, a través de las obras escultóri cas de relevancia artística, histórica, tradicional y cult ural que pueden ser apreciadas en el mismo. Al darle vida a este nuevo foro de apreciación artí stica, se despierta el interés de propuestas innovadoras que permitan incrementar el acervo cultural-histórico-tradiciona l que formará parte del museo que aquí se crea, dando pie –relati vamente- a la formación de una nueva corriente escultórica en nue stro municipio tal y como lo es el arte funerario, e int egrándose a un selecto grupo de entidades de nuestro país que c uentan con un museo de las características planteadas en el prese nte instrumento, tales como el Museo de Arte Funerario “Benigno Montoya” en el Municipio de Durango, Durango, y el Panteón de Dolores en la Ciudad de México. No se puede dejar de lado a aquellos maestros del g ranito y el mármol que actualmente dedican su modo de vida al o rnato de tumbas y sepulcros, los cuales se verán beneficiado s a partir de

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la creación de este museo municipal, dado que el re valorizar por parte de la autoridad municipal el trabajo desempeñ ado por estos artistas, provocará un auge en la creación de pieza s artísticas, que repercutirán tanto en la mejora de los ingresos económicos para los creadores, como en el embellecimiento e in cremento del valor temático del inmueble. En otro sentido, la creación del Museo planteado, p ermitirá a esta municipalidad el detonar programas y actividad es relacionadas con las que se realicen al interior de l mismo, y que se encuentren relacionadas a su vez con la acti vidad artística a la que se encuentra enfocada, propician do la posibilidad de incentivar los proyectos, arquitectó nicos, escultóricos y artísticos en beneficio tanto del mu seo de nueva creación como de manera general la actividad misma de la creación de piezas de ornato funerario. Finalmente, la creación de este espacio artesanal y artístico, permitirá dispersar y descentralizar las actividade s en materia de cultura que desarrolla el H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, ya que si bien es cierto uno de los principales val ores patrimoniales, históricos y culturales lo es el Cen tro Histórico de la Capital Potosina, no menos cierto es que en e sta entidad existen además de este algunos otros valores agrega dos como lo son sus Siete Barrios o La Caja del Agua, a los cua les se adhiere desde ahora este Museo de Arte Funerario y Tumbal “ El Saucito”, como una muestra de que la cultura del municipio de San Luis Potosí, no solo se encuentra en su Centro Histórico , sino también en su periferia y sobre todo en su gente. Por ello, de conformidad con los antecedentes y con sideraciones anteriores, y de acuerdo con el ámbito de competenc ia que en materia de cultura y demás facultades me confieren las disposiciones jurídicas aplicables, he tenido a bie n expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL MUSEO DE ARTE FUNERARIO Y TUMBAL “EL SAUCITO”, DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL PANTE ON MUNICIPAL DEL MISMO NOMBRE DE ESTA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSÍ, S.L.P. ARTÍCULO PRIMERO.- Se crea el Museo de Arte Funerario y Tumbal “El Saucito”, dentro de las instalaciones del Pante ón Municipal del mismo nombre de esta Ciudad de San Luis Potosí, el cual dependerá de la Dirección de Cultura Municipal para su funcionamiento y administración, quien establecerá los instrumentos de coordinación respectivos con la Dir ección de Servicios Municipales, quien posee las facultades d e operación de los cementerios de este municipio, teniendo a su cargo de manera general el mantenimiento del mismo. ARTÍCULO SEGUNDO.- El Museo de Arte Funerario y Tumbal “El Saucito” tiene por objeto, impulsar las actividades culturales y artísticas en materia de arte funerario y tumbal, q ue permitan el libre acceso a las mismas por parte de todos los habitantes del municipio de San Luis Potosí fortaleciendo con ello la identidad y preservación del patrimonio cultural mu nicipal. ARTÍCULO TERCERO.- El Museo de Arte Funerario y Tumbal “El Saucito” contará con las facultades siguientes: I.- Determinar y ejecutar la conservación de los monum entos, esculturas y estilos arquitectónicos, que considere de relevancia cultural, histórica y tradicional al int erior del

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Panteón Municipal “El Saucito” y en general los loc alizados en el territorio municipal. II.- Contribuir a la difusión del arte funerario y tumb al, promoviendo de manera primordial la cultura y el ar te local, a favor de la ciudadanía potosina y sus visitantes. III.- Propiciar el rescate, revalorización, conservación , preservación y difusión del Panteón Municipal “El S aucito” y con ello el patrimonio cultural del municipio. IV.- Promover la investigación de las manifestaciones c ulturales en materia de arte funerario y tumbal del municipio y fomentar la preservación de la memoria histórica, mediante l a conservación de los monumentos, esculturas y piezas de ornato de valor tradicional, histórico y/o cultural que se en cuentren dentro del Panteón Municipal “El Saucito”. V.- Brindar asesoría y orientación a otros cementerios y/o panteones, ya sean oficiales o concesionados, en ma teria de conservación y mantenimiento de arte funerario y tu mbal, propiciando el incremento del acervo cultural del m ismo. VI.- Coadyuvar en la realización de convenios que el H. Ayuntamiento de San Luis Potosí suscriba con instit uciones educativas y con asociaciones civiles con fines aca démicos para fomentar la investigación y difusión del patrimonio cultural. VII.- Realizar y promover actividades académicas, lúdica s y recreativas, así como todas aquellas que se encuent ren encaminadas a estimular la participación de los hab itantes del municipio para la conservación de las tradiciones r elativas a la historia funeraria del municipio. VIII.- Colaborar con otras instituciones en la realizació n y ejecución de programas y actividades relacionadas c on el objeto del mismo, de conformidad con lo estipulado en el a rtículo segundo del presente acuerdo. XI.- Participará en la gestión de recursos extraordinar ios al presupuesto municipal de ingresos, ya sea con el Go bierno del Estado, Gobierno Federal, Organismos Públicos o Pri vados para garantizar el eficaz cumplimiento de sus funciones. X.- Colaborar con los órganos competentes de la admini stración municipal, a efecto de integrar la evidencia y docu mentales necesarios ante el Congreso del Estado, para obtene r la Declaratoria como Patrimonio Cultural del Estado. Las demás que le sean encomendadas o delegue el Pre sidente Municipal. ARTÍCULO CUARTO.- La Dirección del Museo estará a cargo de: I.- El Consejo Consultivo, y II.- El Coordinador del Museo. ARTÍCULO QUINTO.- El Consejo Consultivo será el órgano superior de gobierno del Museo, y estará integrada por el Pr esidente Municipal; por el Regidor Presidente de la Comisión Municipal de Cultura; por el Regidor Presidente de la Comisión d e Servicios Municipales; por el Director de Servicios Municipal es; por el Director de Cultura Municipal; asimismo participara n: El Cronista de la Ciudad; un representante de la Unive rsidad Autónoma de San Luis Potosí; un representante del C olegio de San Luis; un representante del Instituto Nacional de An tropología e Historia.

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El cargo que detenten todos y cada uno de los integ rantes del Consejo Consultivo, tendrá la duración de la admini stración municipal, la cual será de tres años; a excepción d e los representantes de las Instituciones Educativas, del Instituto Nacional de Antropología e Historia, así como del C ronista de la Ciudad quienes estarán sujetos al tiempo que duren en el cargo que ostenten. El Consejo Consultivo podrá invitar a sus sesiones a los funcionarios públicos, cuyas funciones se relacione n con los programas y acciones ejecutadas por el Museo. Los miembros titulares del Consejo Consultivo podrá n designar un suplente con derecho a voto, para el caso de ausenc ia necesaria en la sesión a desarrollarse. ARTÍCULO SEXTO.- El Consejo sesionara por lo menos una vez cada cuatro meses, previa convocatoria del Director de C ultura Municipal, y las decisiones se tomaran por mayoría de votos y, en caso de empate el Presidente Municipal o en su c aso su representante tendrá voto de calidad. Todos los miembros del Consejo Consultivo gozarán d e voz y voto en las sesiones de la misma. El quórum se integrará con la asistencia del Presidente Municipal o quien lo repr esente y de por lo menos la mitad de sus miembros. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Corresponderá al Consejo Consultivo; I.- Establecer las políticas generales para el desa rrollo de las actividades del Museo; II.- Aprobar el programa general de actividades; III.- Generar un anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos, el cual deberá ser remitido y validado por la Tesorería Municipal, para que forme parte de los presupuestos anuales de ingresos y egresos generales del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. IV.- Evaluar periódicamente el funcionamiento del M useo y formular las recomendaciones correspondientes al de sempeño y resultados que obtenga; V.- Evaluar, supervisar y autorizar, la aplicación y desarrollo de los planes, programas y acciones, así como el in forme anual de actividades que rinda el Coordinador del Museo; VI.- Avalar los dictámenes emitidos por el Coordina dor del Museo en cuanto a la integración o desincorporación de pi ezas artísticas o de ornato al acervo cultural, históric o y/o tradicional del Museo. VII.- Conocer de los asuntos que en general someta a su consideración el Coordinador del Museo; VIII.- Convenir mediante los instrumentos legales a su alcance, con instituciones, organismos y organizaciones públ icas y privadas, acciones de coordinación y concertación q ue le permitan cumplir con sus funciones; IX.- Asesorar a los gobiernos municipales del inter ior del Estado, para la constitución de instituciones análo gas al Museo; X.- Decidir sobre la organización y administrativa del Museo; XI.- Aprobar el Reglamento Interior y en su caso el manual interno de organización. XII.- Atender los demás asuntos que requiera para e l cumplimiento del objeto del Museo y aquellos que se desprendan de las leyes y reglamentos.

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Viene de la Página No. 18 del Acta No. 86, de la Cu arta Sesión Ordinaria del día 27 de Febrero 2015.

ARTÍCULO OCTAVO.- El Coordinador del Museo será nombrado por el Presidente Municipal, tomando en cuenta el perfil a cadémico y laboral del servidor público necesario para el corr ecto cumplimiento del objeto del Museo. El Coordinador del Museo asistirá a las sesiones de l Consejo Consultivo con voz pero sin voto. ARTÍCULO NOVENO.- Son facultades y obligaciones del Coordinador del Museo: I.- Dirigir técnica y administrativamente el Museo; II.- Ejercer la representación del Museo, informand o de ello al Consejo Consultivo. III.- Participar activamente en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos del Mus eo, según sea dispuesto por el Consejo Consultivo; IV.- Dirigir el cumplimiento de los objetivos y pro gramas del Museo; V.- Someter a la aprobación del Consejo Consultivo el proyecto de Reglamento Interno del Museo y aprobar los manua les administrativos necesarios para su funcionamiento; VI.- Celebrar los actos jurídicos necesarios a nomb re del Museo, que permitan el cumplimiento del objeto del mismo. VII.- Ejecutar los acuerdos emitidos por el Consejo Consultivo, e informar los resultados obtenidos. VIII.- Rendir un informe anual de actividades y de estados financieros al Consejo Consultivo. IX.- Emitir acuerdos, opiniones y dictámenes en cua nto a la integración o desincorporación de piezas artísticas o de ornato al acervo cultural, histórico y/o tradicional del M useo. X.- Organizar los programas de difusión de las acti vidades del Museo; y XI.- Las demás que le confiera este ordenamiento y otras disposiciones aplicables.

TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente acuerdo administrativo entrará en vigo r al día siguiente de su publicación en la Gaceta Munici pal y en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Sa n Luis Potosí. SEGUNDO.- El Consejo Consultivo deberá integrarse dentro de los 45 cuarenta y cinco días hábiles posteriores a la f echa de entrada en vigor del presente acuerdo administrativ o, a convocatoria del Director de Cultura Municipal. TERCERO.- El Reglamento Interno a que se refiere el presente acuerdo administrativo deberá ser formulado en el t érmino no mayor de 90 noventa días hábiles posteriores a la f echa de entrada en vigor del presente decreto. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría General, a efecto de q ue lleve a cabo la publicación dispuesta en el artícul o primero transitorio. QUINTO.- De manera paralela, el presente acuerdo deberá publicarse para su difusión en la página Web del Ay untamiento de San Luis Potosí, en su sitio de transparencia, a fi n de dar cumplimiento a los lineamientos y disposiciones de transparencia y acceso a la información pública. SEXTO.- Con copia certificada del presente acuerdo, gírese oficio a la Dirección de Servicios Municipales, a e fecto de que

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Viene de la Página No. 19 del Acta No. 86, de la Cu arta Sesión Ordinaria del día 27 de Febrero 2015.

coadyuve con la Dirección de Cultura del Ayuntamien to en el cumplimiento del presente acuerdo. SÉPTIMO.- Se instruye a la Oficialía Mayor para que a la brevedad posible coordine los cambios pertinentes e n los manuales administrativos que deban actualizarse o e n su caso elaborarse, derivados por los efectos del presente documento. San Luis Potosí, S.L.P., 20 de febrero de 2015 dos mil quince.-

___________________________________________ LIC. MARIO GARCIA VALDEZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI

__________________________________

LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO

DE SAN LUIS POTOSI

-- En uso de la voz la Regidora Gabriela Meade.- señala lo siguiente: “Con su permiso Señor Presidente, Señor Secretario, a todos mis compañeros de Cabildo, únicamente tengo d os dudas, leyendo la información, si es un acuerdo administra tivo y viene firmado precisamente por el Presidente y por el Sec retario, tengo entendido que no necesita ser aprobado por Ca bildo, la facultad es concretamente del Presidente y no neces ariamente tiene que pasar por Cabildo, mas bien no es necesar io que pase por Cabildo, pero en todo caso sí tendría yo dos du das, en el artículo quinto, habla sobre el Consejo Consultivo como estará integrado y habla del Regidor Presidente de la Comi sión Municipal de Cementerios; me parece que en este cas o, en este Ayuntamiento no tenemos esa Comisión Municipal, exc lusiva de cementerios y por otro lado en lo que es el Consejo Consultivo no habla sobre el que formen parte de este Consejo no van a recibir ningún tipo de honorarios, entonces nada má s que en caso de que así lo apruebe el Señor Presidente pues nada más revisar esa parte y se habla de un Coordinador, yo sí tendr ía la duda si tendríamos que contratar a alguien más o ya alguien mismo de las propias direcciones, sería nada mas esas dos dudas porque si estoy segura que un acuerdo administrativo es facul tad concreta del Presidente únicamente esa es mi duda, muchas gr acias”. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntam iento, menciona lo siguiente: “Con voz informativa yo si q uisiera definir puesto que es a la Secretaria a la que comp ete subir el asunto, tengo la misma observación que le hacia el Señor Presidente ahorita, la razón es formalizar simpleme nte la existencia de lo que se va a darle personalidad al Museo, la formalidad porque tiene toda la historia de la Ciud ad y demás, es formalizar más bien el nombre, más que el conten ido que efectivamente es de tipo administrativo, de modo qu e es la razón y explico el porqué se sube, sí a lo mejor es un ab undamiento de la formalidad, hay razón pues Regidora, pero pues t ambién esto avala la situación, y en cuanto a la observación de la Comisión, tiene usted razón, es la Comisión de Servicios Muni cipales, si me permite hacemos la corrección no se llama de esa manera, si no hay comentario al respecto debo mencionar a uste des que previamente a la aprobación de este punto como ya s e menciono es

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una cuestión administrativa, fue una iniciativa del Presidente Municipal que trabajó con el Colegio San Luis, que como ustedes saben tiene la carrera de Historia, dentro de su ac tividad y quien actualmente además está dirigido por su Presi denta que a su vez es la cronista de la Ciudad la Doctora Isabe l Monroy, de modo que atinadamente se hizo el trabajo en conjunt o Ayuntamiento con el Colegio de San Luis, para que e l Colegio de San Luis rescate todo el caudal de Historia, el bag aje de historia, que se encuentra en el panteón y siga des pués participando en el desarrollo y manejo de este Muse o, se hizo un inventario de Monumentos pero también de historia c ontenida en ellos, hechos sucedidos pues ahí está toda la histo ria de San Luis Potosí en una forma, una presentación equis, d e modo que ese trabajo que se realizo ya previamente se está t erminando todavía, pues se quiere formalizar con el nombre y el acto que haga o reconocimiento que haga el Ayuntamiento de S an Luis Potosí”. Por lo tanto si no hay comentarios al resp ecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el PRIMER bloque del dictamen que presentan las Comisiones Co njuntas de Cultura, Recreación y Deporte y Servicios Municipal es, relativo a la creación del Museo de Arte Funerario y Tumbal “El Saucito”; y de conformidad con lo que establecen los artículo s 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los mi embros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE CATORCE VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN DE LA REGIDORA GABRI ELA MEADE PONS.------------------------------------------ ----------------- -- Continúa con el uso de la voz, el Regidor Jorge Luis Pérez Ávila, para señalar lo siguiente: “PRIMERO.- Se pone a su consideración la aprobación para delegar en el Sist ema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (SMDIF) l a Operación, Administración y Mejora del Área de Juegos Infantil es del Parque Juan H. Sánchez, en los términos del proyecto de ac uerdo administrativo revisado y avalado por la Dirección de Asuntos Jurídicos y del Departamento de Normatividad de la Secretaria General y que a continuación se transcribe como fue aprobado en las Comisiones Permanentes de Cultura, Recreación y Deporte y Servicios Municipales: MARIO GARCIA VALDEZ, Presidente Municipal de San Lu is Potosí, S. L. P., en el ejercicio de la facultad que me confie re el artículo 115 de la Constitución Política de los Est ados Unidos Mexicanos, el artículo 114 de la Constitución Polít ica del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el arti culo 70 fracciones VIII, XIII y XXIX de la Ley Orgánica de Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, así como el ar ticulo 109 fracciones I, II, VIII, articulo 130 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, S.L.P.

CONSIDERANDO Que el parque de Juan H. Sánchez, también conocido como parque de Morales, se construyo a partir del año 1924 como una alternativa de esparcimiento y recreación de la ciu dadanía potosina, y actualmente es considerado uno de los p ulmones de la ciudad, por lo que al día de hoy se ha cotizado por ser un espacio de distracción y de convivencia familiar, d estacando dentro de sus atractivos de entretenimiento, los ju egos

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infantiles, los espacios para hacer deporte, la pis ta de motociclismo, un lago artificial que alberga aves m igratorias y de estancia permanente; el parque morales fue remoz ado dentro del programa de mejoras en el año 1968 y a lo largo de la historia se le han hecho diversas mejoras, siendo u nas de las de mayor relevancia la construcción e instalación de u n humedal para filtrar y liberar de bacterias e impurezas el agua del lago para ser vertida de nueva cuenta a dicho cuerpo de agua. Dada la importancia del sitio, como patrimonio del municipio y de aprovechamiento urbano y social, esta reserva na tural ha dado pie a diversas inversiones con el objeto de dar man tenimiento y reforzar su flora, ofreciendo con ello mejores inst alaciones para su aprovechamiento. Los servicios a cargo del Ayuntamiento, en especifico de este parque urbano, son responsabi lidad del Presidente Municipal y para ello, deposita las func iones de cuidado, preserva y mejora de dichos servicios, en los órganos de la administración municipal, atendiendo al princ ipio de mejorar los niveles de bienestar de los que habitan la ciudad y aquellos que hacen uso de estos servicios. Para dar atención específica, permanente a las nece sidades del parque, en 1992 el cabildo municipal autorizo la co nstitución de un patronato que tuviera por objeto emprender accio nes específicas para su mejoramiento. Este patronato en coordinación con el Ayuntamiento, han logrado que hoy por hoy, e l Parque de Morales sea uno de los mejores espacios deportivos y de convivencia en la zona urbana, que brinda un alto b eneficio a los habitantes de la ciudad de San Luis Potosí. En la actualidad las instalaciones del Parque Juan H. Sánchez, mejor conocido como Parque de Morales, requiere de mejoras en los servicios que presta y por lo que recauda ingre sos financieros para el municipio, pero sobre todo, inc rementar los niveles de convivencia familiar, manteniendo una vi sión en el desarrollo integral de la población, apegado al cri terio de hacer más útiles la infraestructura y servicios del parque, que eleven el nivel de calidad en la prestación de sus servicios. Ante esta situación y considerando que es facultad directa del Presidente Municipal, de conformidad con el artícul o 109, fracciones II Y VIII, del Reglamento Interno del Mu nicipio Libre para el Estado de San Luis Potosí, vigilar que la p restación de los servicios públicos sea con la finalidad de elev ar los niveles de bienestar; apoyándose para ello en los ó rganos de la administración municipal que considere competentes, para el correcto funcionamiento del Gobierno Municipal y de los servicios que presta a la ciudadanía. En atención a las causas y consideraciones de hecho y derecho aquí argumentada s resulta necesario innovar en la administración del servicio prestado al interior del parque recreativo en estudio, a efecto de incrementar los estándares de calidad en sus servic ios, convirtiéndolo en una herramienta de cohesión y san o esparcimiento de las familias potosinas. Por lo tan to, se delega en el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, la operación, administración y mejora del Parque Juan H. Sánchez conocido como Parque de Morales, para qu e en coordinación con el Patronato de este espacio recre ativo y las direcciones municipales que considere necesarias, l leve a cabo las acciones necesarias para elevar la calidad de l as

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instalaciones y mejorar el esquema de mantenimiento , así como la administración de los recursos financieros que se h aga llegar por las cuotas de recuperación que recauda el parqu e, permitiendo con ello, un incremento en el bienestar der las familias potosinas, procurando el correcto desarrol lo de las mismas. Por ello, de conformidad con el ámbito de competenc ia que me confieren las disposiciones jurídicas aplicables, t engo a bien expedir el siguiente: ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE DELEGA EN EL S ISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA , LA OPERACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y MEJORA DEL AREA DE JUEG OS INFANTILES DEL PARQUE JUAN H. SÁNCHEZ, MEJOR CONOCIDO COMO PARQUE MORALES ARTICULO PRIMERO. Este acuerdo, tiene como objeto i mpulsar y apoyar la aplicación de estrategias y acciones, enc aminadas al desarrollo del Parque Juan H. Sánchez conocido tamb ién como Parque de Morales, con la finalidad de elevar los n iveles de convivencia entre los ciudadanos de la ciudad de Sa n Luis Potosí, aumentando la calidad de sus instalaciones y servicios que presta dentro de los ámbitos social, cultural, educativo y familiar. ARTICULO SEGUNDO. A través del Sistema Municipal pa ra el Desarrollo Integral de la Familia y coadyuvando con las diversas dependencias de la Administración Municipal, se pre tende impulsar y conducir con eficiencia administrativa l os recursos financieros que recauda el parque, así como aquello s recursos extraordinarios al presupuesto de ingresos que gest iones ante las instancias Estatales y Federales, así como de o rganizaciones privadas, para el eficaz cumplimiento de sus funcio nes. ARTICULO TERCERO. El Sistema Municipal para el Desa rrollo Integral de la Familia tendrá como objetivos especí ficos para el cumplimiento de las funciones que le confiere el pr esente acuerdo:

I. Establecer las políticas públicas para elevar la ca lidad de las instalaciones del parque e integrarlas a su pla n de acciones municipales.

II. Integrar el plan anual de trabajo, los programas de acciones encaminados a fomentar, impulsar y conduci r con autonomía administrativa, los recursos financieros del parque.

III. Crear, promover, divulgar y ejecutar acciones y pro gramas para garantizar la convivencia entre las personas.

IV. Fomentar una cultura de respeto y cuidado de las instalaciones y preservar los servicios que presta el parque, así como integrar los que la sociedad deman den para mejora de su estancia y uso del mismo.

V. Coordinarse con los órganos de la administración municipal, para que estos en el ejercicio de sus funciones, lleven a cabo la prestación de los servi cios municipales de aseo, reforestación, alumbrado, segu ridad pública, agua potable, deporte, cultura y educación , adoptando el principio de una mejor prestación de servicios en la ejecución de los mismos, destacando siempre el interés por fortalecer los puntos de con tacto entre las diferentes aéreas gubernamentales y la

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sociedad, a efecto de satisfacer las necesidades en concreto de los usuarios del parque.

VI. Llevar a cabo la recaudación y administración de lo s ingresos que genera el parque para que mediante la aplicación de estos recursos se logren beneficios p ara el parque.

Las demás que le sean encomendadas o delegue el Pre sidente Municipal. ARTICULO CUARTO. Para efecto del cumplimiento de su s objetivos además de las encomendadas por disposición de ley, el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia tendrá las siguientes funciones:

I. Documentar de manera permanente a través de la elab oración de estadísticas; un diagnostico de la condición en que recibe el Parque Juan H. Sánchez, así como de las m ejoras que se hagan en todos los aspectos que contempla el presente acuerdo.

II. Instrumentar acciones tendientes al fomento de la convivencia entre las personas, incluyendo como sus acciones primarias, la prestación de los servicios de aseo, reforestación, alumbrado, seguridad pública, agua potable, deporte, cultura y educación, como medios para elevar los niveles de bienestar de los usuarios del parque.

III. Fungir como órgano de apoyo del Ayuntamiento en lo referente a su ámbito de competencia delegado en el presente instrumento, en lo que respecta a la administración de los recursos financieros del parq ue.

IV. Asesorar y apoyar a las dependencias y entidades de la administración y entidades de la Administración Mun icipal respecto a los trabajos, acciones y programas que d eberán ejecutarse dentro del parque recreativo, para el cumplimiento del objetivo plasmado dentro del prese nte acuerdo administrativo.

V. Difundir y promocionar entre los órganos de la Administración Municipal y la sociedad en general, todo lo relativo a la estrategia de acción y la aplicaci ón de recursos, para dar a conocer los beneficios del par que y las acciones que en este se lleven a cabo.

VI. Crear vínculos con las instituciones de financiamie nto estatales y federales, que sirvan de apoyo a la eje cución de los proyectos que al efecto se emprendan, además de promover la celebración de convenios colaboración c on organizaciones privadas que coadyuven en el logro d e los objetivos contenidos en el presente instrumento.

VII. Promover y fomentar en la sociedad programas y acci ones que se emprendan por parte del Sistema para el Desa rrollo Integral de la Familia, mediante la instrumentación de acciones dirigidas a impulsar condiciones que hagan posible el objeto del presente acuerdo.

VIII. Diseñar con la participación de la sociedad, los mecanismos para el cumplimiento y vigilancia de las políticas de apoyo, en los diversos ámbitos del desarrollo del parque.

IX. Atender demandas de mejora en los servicios que pre ste el parque.

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X. Gestionar recursos extraordinarios al presupuesto m unicipal de ingresos, ya sea con el Gobierno del Estado, Gob ierno Federal y los organismos públicos o privados, para garantizar el eficaz cumplimiento de sus funciones.

XI. Participar, organizar y coordinar actos y eventos p ara promover y difundir la integración y participación plena y efectiva de la familia en las instalaciones del p arque.

XII. Formular e impulsar mecanismos de comunicación soci al, que permitan promover las acciones que emprenda par a el cumplimiento de sus objetivos.

XIII. En general, todas aquellas acciones que promuevan e l mejoramiento de las condiciones y calidad de vida d e las familias del municipio y que permitan alcanzar el objetivo de la presente disposición administrativa.

ARTICULO QUINTO. Las unidades auxiliares del Sistem a Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, así como de los órganos de la administración municipal, servirán de apoyo en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento d e sus objetivos, con independencia de las obligaciones qu e vienen desempeñando al día de la emisión del presente acue rdo. Las funciones que se adicionen a sus responsabilidades por disposición del presente acuerdo, serán incluidas e n el Manual General de Organización.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERO. El presente Acuerdo Administrativo entrará en vig or al momento de su firma por el Presidente Municipal y d eberá publicarse en la Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. SEGUNDO. Se instruye a la Secretaria General para que publ ique en la Gaceta Municipal y envié el presente document o al Periódico Oficial del Estado Libre y Soberano de Sa n Luis Potosí para los efectos legales conducentes. TERCERO. Se derogan todas las disposiciones municipales de igual o menor jerarquía que se opongan a lo dispuesto en el presente Acuerdo Administrativo. CUARTO. El presente acuerdo administrativo deberá publica rse electrónicamente en la página web del Ayuntamiento de San Luis Potosí en el sitio de transparencia, así como, en e l sitio de calidad, a más tardar el día hábil siguiente de su publicación en la gaceta municipal y firma por el Presidente Mu nicipal, de conformidad con lo establecido en el reglamento mun icipal de la misma. QUINTO. Con copia certificada del presente acuerdo, gíres e oficio a las Direcciones del Patrimonio Municipal, Dirección de Servicios Municipales, Dirección de Ecología, Alumb rado Público, Parque y Jardines, Aseo e Imagen Urbana, Dirección General de Interapas, a efecto de que coadyuven con el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, en el me joramiento en la prestación de los servicios públicos municipales relacionados con el parque Juan H. Sánchez y los que deriven el presente acuerdo. SEXTO. Se instruye a la Oficialía Mayor para que a la bre vedad posible, coordine los cambios pertinentes en los ma nuales administrativos que deban actualizarse o en su caso elaborarse, derivados por los efectos del presente documento.

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SEPTIMO. Se instruye a la Tesorería Municipal para que con base en las disposiciones que se contienen en el present e acuerdo, lleve a cabo los ajustes pertinentes para que los r ecursos financieros ordinarios y extraordinarios obtenidos del parque Juan H. Sánchez, así como las recaudaciones de este , una vez registrados por esa Dependencia Municipal, pasen a la administración y ejecución del Sistema Municipal pa ra el Desarrollo Integral de la Familia de este Municipio , en los tiempos y demás términos previstos por las disposic iones legales, lineamientos y criterios técnicos acordado s en la materia.

San Luis Potosí, S.L.P. a 20 de febrero de 2015

MARIO GARCIA VALDEZ ______________________________

PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE SAN LUIS POTOSI

JUAN RAMON NIETO NAVARRO

____________________________ SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO

DE SAN LUIS POTOSI Una vez que se analizaron las solicitudes descritas , se aprobaron por UNANIMIDAD de votos ambos puntos. Por lo antes expuesto y fundado y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 89 fracción VIII del Reglamento Int erno del Municipio Libre de San Luis Potosí, atenta y respet uosamente se solicita a los miembros del Honorable Cabildo la ap robación del presente DICTAMEN. ATENTAMENTE.- LIC. ELOISA LANDAVERDE TREJO PDTA. DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE SERVICIOS PUBLIC OS MUNICIPALES; L.E. JORGE LUIS PÉREZ ÁVILA PDTE. DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE.- En us o de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala l o siguiente: “Antes de la observación también con voz informativ a quiero informar a ustedes que la razón por lo que esta Sec retaria subió este punto, que también es un acuerdo administrativ o tiene dos objetivos básicos; El primero, es dejar en claro qu e esta área, que es el área de los juegos, donde está el lago, e tc., una tiendita, en teoría forma parte del parque y el par que está a cargo de un patronato de ciudadanos, pero esta área por una razón que la historia no nos alcanzó a definir, que dó bajo la administración directa del Ayuntamiento y realmente y en la práctica, de nadie, la operaba ingresos pero vamos era muy incierta la situación y en alguna decisión pues ya de hace tiempo del Presidente se determino que se maneje a través del D.I.F., dándole a la vez al D.I.F. la oportunidad d e manejarlo dejando en claro que no es el patronato quien lo ma neja si no directamente el Ayuntamiento para que se diferencie del resto del parque, como originariamente esta encomendado, genere un ingreso al D.I.F. que es muy modesto pero sobre tod o que tenga la oportunidad quienes son beneficiados por los ser vicios del D.I.F. de acudir a ese lugar y de que el D.I.F. lo maneje también además del público en general, también lo m aneje para sus niños o personas mayores o personas con discapa cidades, etc. Y la segunda razón también es darle formalidad a la posibilidad de mejorar el lugar bajando recursos federales y si empre cuando

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se bajan recursos federales pide la aprobación del Ayuntamiento, entonces queremos adelantarnos y esas son las dos r azones por las que un acuerdo administrativo que en estricto s entido parece ser solamente administrativo lo estamos sometiendo a la consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado”. En uso de la voz el Señor Presidente Municipal, Lic. Mario Garcí a Valdez, señala lo siguiente: “Solamente agregar a lo que ha dicho el Señor Secretario, de hecho se está construyendo una biblioteca ahí con Recursos Federales para el efecto de la ate nción a los niños y como decía el Señor Secretario mi preocupac ión fue que un día, que estuvimos por ahí, en realidad nos dimo s cuenta que era un lugar que nadie administraba, la encargada d epende de la Dirección de Ingresos de la Tesorería y realmente n o hay una atención a esa parte del Parque que es emblemática de San Luis, yo, hasta muchos niños han ido a jugar ahí, y las l anchas y tal, incluso la Universidad ha construido, nos construyó ahí una planta tratadora de agua ecológica, que la Universi dad y una empresa en particular que es DINA han apoyado ahí, pero nadie se hace responsable, nadie se preocupa del mantenimien to, entonces se pensó que para el D.I.F. ya que tiene un enfoque familiar e infantil puede ser un lugar estratégico para poder promover programas, acciones a favor de la niñez y de la fam ilia en ese lugar y que no quede en el limbo porque, el patrona to no lo atiende, atiende el Parque en general pero no esa z ona en particular y nosotros como administración pues hast a la fecha lo administraba una persona dependiente del área de in gresos que obviamente ningún objetivo más que cobrar los dos p esos de la entrada o en el baño y párenle de contar, entonces creemos que si lo dejamos para el D.I.F. ahí se puede exponenci ar con Programas y acciones en favor de la familia y la ni ñez de la Capital”. En uso de la voz, el Secretario General d el H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “Si no hay comen tarios al respecto, SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CABILDO EL SEGUNDO BLOQUE DEL DICTAMEN QUE PRESENTAN LAS COMISIONES CONJUNTAS DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Y SERVICIOS MUNICIPALES, RELATIVO A LA APROBACIÓN DE QUE EL SIS TEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA , SE ENCARGUE DE LA OPERACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y MEJORA DEL ÁREA I NFANTIL DEL PARQUE “JUAN H. SÁNCHEZ”, MEJOR CONOCIDO COMO “PARQUE MORALES”; Y DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 55 Y 57 DEL REGLAMENTO INTERNO, SE PROCEDE A REALIZAR LA VOTACIÓN EN FORMA ECONÓMICA Y SIMPLE, POR LO QUE SE SOLICITA A LOS MI EMBROS DE ESTE CABILDO, PROCEDAN A VOTAR LEVANTANDO SU MANO. HECHO LO ANTERIOR SE CONTABILIZA Y SE APRUEBA POR UNANIMIDAD SE APRUEBA EL PUNTO.------------------------------------------ --------------- Como punto VII del Orden del Día.- Solicitud del Regidor Marco Antonio Zavala Galeana.- En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrito del Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, quien por motivos de salud ya expre samos no pudo estar presente el día de hoy, solicitando se agenda ra un punto del orden del día. En virtud de que el Regidor soli citante se encuentra con incapacidad, me permito con la anuenc ia de todos ustedes, pedirle al Regidor Oliver Meade nos haga e l favor de exponer el punto”.--------------------------------- --------------- Se inserta el punto del dictamen de la Comisión de Alumbrado

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y Obras Públicas, dictaminado el 10 de octubre del 2014, para constancia, como sigue: --------------------------- --- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para l a solicitud que presenta la Dirección Catastro y Desarrollo Urb ano, respecto a la Autorización de Condominio Horizontal PRIVADA CALABRIA II, por lo cual se presenta la siguiente información:

1) DATOS GENERALES El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información: Tipo de proyecto: CONDOMINIO HORIZONTAL Nombre: “ PRIVADA CALABRIA II” Domicilio Oficial: CALLE VALENTIN AMADOR #615, COL. FERROCARRILERA. Propietario: CONSTRUCTORA AICON S.A. DE C.V. Domicilio de la Empresa: GRANIZO 91B, COL. GARITA DE JALISCO

2) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD Instrumento numero veintiséis mil cuatrocientos cua renta y seis, Tomo mil ciento noventa y uno, a los veintisi ete días del mes de diciembre del año 2007, celebrado ante l a fe del Notario Público Número 8 en ejercicio en esta Capit al, Lic. Roberto Castañón Ruiz, Abogado y Notario Público. Superficie Total del Predio: 2,770. 20 metros cuadr ados, (dos mil setecientos setenta metros veinte centímet ros cuadrados). MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE:-en dos líneas, la primera de Oeste a Este , treinta y nueve metros veintidós centímetros y la segunda d e oeste a este (ligeramente inclinada) siete metros cuarenta y cinco centímetros, con propiedad privada AL SUR.- dieciséis metros cincuenta y tres centímet ros, con calle Valentín Amador. AL ESTE.-En cinco líneas, la primera de Norte a Sur treinta y cuatro metros noventa y cuatro centímetros, la se gunda de este a oeste cinco metros treinta y siete centímetr os, la tercera de Norte a Sur veintiún metros noventa y oc ho centímetros, la cuarta de Este a Oeste trece metros cuarenta centímetros y la quinta de Norte a Sur veintisiete metros noventa y tres centímetros, todas con propiedad pri vada; y AL OESTE: ochenta y dos metros sesenta y seis centí metros, con propiedad privada.

3) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO A. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL: Con fecha 06 de Septiembre del 2013, la Dirección d e Administración y Desarrollo Urbano, emitió la Licen cia de Alineamiento y Número Oficial, mediante el Folio 35 350, con la siguiente información: Superficie total del predio: 2,770.20 metros cuadra dos

No marcándose restricción u observación alguna. B. DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO: La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano a trav és del Oficio SADU/COU/0258/2014 de fecha 10 de junio de 2 014, emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un Desarrollo Habitacional denominado “Condominio Hori zontal Privada Calabria II” en el que se menciona que en b ase al plano CPE-14 de Zonificación Secundaria del suelo d el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudade s de San

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Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, publicad o el 21 de agosto del año 2003, el predio a desarrollar cue nta con las siguientes características: Uso de suelo: Habitacional de Densidad Alta “H4” Área mínima de lote: 90.00 metros cuadrados Frente mínimo de lote: 6.00 metros Coeficiente de utilización del suelo: 2.5 veces Coeficiente de ocupación del suelo: 70% Altura máxima permitida: 4 niveles o 12.00 metros Densidad neta máxima de viviendas: una vivienda uni familiar por cada 90.00 m2

C. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:

Área de donación a transferir, en base al Artículo 177, fracción II, inciso b) de la Ley de Desarrollo Urbano para e l Estado de San Luis Potosí. Presentando el avalúo comercial y el avalúo catastral como lo indica el artículo 177 de la Ley referida, los cuales presentan los valores unitarios siguientes:

ÁREA DE DONACIÓN A TRANSFERIR

276.19 M2 TOTAL

VALOR COMERCIAL POR M2 (según avalúo comercial)

$1,250.00 $

345,237.50

VALOR CATASTRAL POR M2 (según avalúo catastral)

$1,600.00 $

441,904.00

4) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA: DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y ASEO PUBLICO:

Mediante el oficio DEAP/0621/2014, de fecha 17 de J unio del 2014, la Dirección de Ecología y Aseo Publico, emit ió el dictamen de Autorización de Impacto Ambiental del p royecto por medio del cual hace del conocimiento al solicitante que la actividad que pretende desarrollar es viable y debe rá cumplir con las condiciones siguientes: Conforme a las atribuciones que determinan el artíc ulo 8°. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecció n al Ambiente, artículos 8°., 119 Y 123 fracción II de l a Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí y los artíc ulos 20. y 43 Reglamento de Ecología para el Municipio de San Lui s Potosí, S.L.P., así como al resultado obtenido de la verifi cación realizada al Informe Preventivo del proyecto denomi nado privada horizontal "Calabria II” con pretendida ubicación e n Valentín Amador # 615 Col. Ferrocarrilera, San Luis Potosí, S.L.P. que contará con 20 lotes en una superficie total de 2 7 70.20 m2,

AREA PRIVATIVA 1,841.33 M2 VIALIDADES Y BANQUETAS 828.21 M2 AREA DE USO COMUN 100.66 M2 TOTAL DE SUPERFICIES 2,770.20 M2

AREA DE DONACION A TRANSFERIR 276.19 M2

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presentado ante la Dirección de Ecología y Aseo Púb lico; me permito hacer de su conocimiento que la presente Re solución de Impacto Ambiental se extiende exclusivamente para l a actividad anteriormente descrita debido a que la misma no con stituye riesgo para el equilibrio ecológico, dado que no se prevén impactos ambientales significativos, sin embargo se le ratifican las recomendaciones siguientes: Deberá presentar la información requerida en oficio DEAP/0563/2014 de fecha 28 de mayo del presente, em itido por esta Dirección en un plazo de 30 días naturales a p artir de la recepción de esta Autorización. Manejar los residuos sólidos urbanos que se lleguen a generar durante la construcción de dichas viviendas, de acu erdo al Reglamento de Ecología del Municipio de San Luis Po tosí y el Reglamento de Aseo Público Municipal, y enviarse a disposición final en sitios autorizados. Depositar en sitios autorizados por la SEGAM, los r esiduos de construcción como lo es el escombro generados duran te las etapas del proyecto en comento y presentar copia ante esta Dirección de la autorización para el destino final de dichos res iduos, así mismo el titular no podrá depositar materiales o re siduos en áreas aledañas al proyecto, ni efectuar trabajos di stintos a los señalados en el presente resolutivo, aunque sea de manera temporal. De igual forma serán responsables solidar ios, los propietarios, directores responsables, contratistas y encargados de inmuebles en construcción, de acuerdo al artícul o 332 del Código Penal para el Estado de San Luis Potosí y al artículo 94 del Reglamento de Aseo Público para el municipio de San Luis Potosí. Los camiones que transporten escombro ir enlonados o cerrados a fin de evitar la dispersión de polvos y/o partícula s durante su traslado. De igual manera, los camiones o vehículos que transporten materiales provenientes de bancos de ma terial, deberán ir cerrados o enlonados y el material húmed o, artículos 55 y 94 del Reglamento de Aseo Público. Contratar la renta de letrinas portátiles, en el ca so de que no existan servicios sanitarios al interior del predio , a fin de evitar la dispersión de los residuos sanitarios que pudieran generar los trabajadores en las distintas etapas de l proyecto. De acuerdo a la NOM-031-STPS-2011. Así mismo deberá presentar copia del contrato de la empresa prestadora de serv icios, comprobando su adecuada disposición. Respetar los límites máximos permisibles para la em isión de gases contaminantes provenientes de fuentes móviles conforme en lo establecido en las NOM-041-SEMARNAT-2006 y NOM-0 45-SEMARNAT-2006. Aplicar las medidas de mitigación de ruido pertinen tes previendo no rebasar los límites permisibles de ruido estable cidos dentro de la NOM-ECOL-081- SEMARNAT 1994 (65 db de 22:00 a 6:00 hrs. y 68 db de 6:00 a 22:00 hrs.) respetando los días y h orarios de descanso en zonas aledañas a áreas habitacionales. Hacer del conocimiento de esta Dirección, si despué s de esta autorización, se realizan modificaciones al proyect o, a fin de que ésta les notifique si es necesaria la presentac ión de información adiciona! para evaluar los efectos al a mbiente que

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pudieran provocar tales modificaciones, en términos de lo dispuesto en la legislación ambiental vigente. Deberá proceder a informar inmediatamente a esta Di rección, una vez concluida la obra a fin de inspeccionar la limp ieza del sitio y el cumplimiento de las condicionantes estab lecidas. Esta Dirección vigilará el cumplimiento de los térm inos establecidos en el presente instrumento, así como l os ordenamientos que resulten aplicables en materia de impacto ambiental, pudiendo de igual forma ordenar la suspe nsión temporal, parcial o total de la obra autorizada en este instrumento normativo conforme a lo establecido en la Ley Ambiental del Estado y el Reglamento de Ecología pa ra el Municipio de San Luis Potosí. La presente autorización se otorga sin perjuicio de que el titular trámite y en su caso obtenga otras autoriza ciones, licencias, permisos y similares, que sean requisito para la realización de la obra motivo de la presente, o bie n, para su operación u otras fases cuando así lo consideren la s leyes y reglamentos que corresponda aplicar a esta Direcció n y/o a otras autoridades federales, estatales y municipales. Finalmente se le hace saber que deberá respetar la legislación ambiental vigente, por lo que en caso de generarse algún incumplimiento a la misma, se procederá de acuerdo a la que ésta señale.

5) DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO: Mediante el oficio SADU/COU/0133/2014 de fecha a 14 de Mayo del 2014 , la Subdirección de Administración y Desarrollo Ur bano, emitió la Constancia de Impacto Urbano, ya que el p royecto al presentar 20 viviendas en condominio, no se conside ra dentro de los apartados de los artículos 145, fracción I, y 1 46 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Pot osí, publicada el 7 de octubre del año 2000 y sus modifi caciones posteriores.

6) DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS: A través del oficio DIPI 908 de fecha 17 de mayo de 2014, el H. Cuerpo de Bomberos otorgo Visto Bueno emitiendo las siguientes recomendaciones: • Los escurrimientos pluviales deberán ser hacia fuer a del

Fraccionamiento por lo cual los pavimentos terminad os deberán tener pendientes adecuadas de manera que drene el a gua hacia la Calle Valentín Amador.

• Realizar compactación al terreno natural de acuerdo al resultado de la mecánica de suelo.

• Instalar 1 extintor de polvo químico seco de 3 kilo s y 1 Detector de Humo en cada casa.

• No colocar arco en acceso, caso contrario este debe rá de contar con una altura mínima libre de 4.50 metros.

• Las Escaleras para las Viviendas verticales deberán de contar con un ancho mínimo de 1.20 metros de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 104| del Reglamento de Construccione s.

• De igual forma se recomienda que el Gas LP deberá d e ser de acuerdo a la NOM-004 SEDG 2004

7) DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL: Mediante el oficio DPCM /0744/2014, de fecha 28 de Mayo del 2014, la Dirección de Protección Civil Municipal em itió el

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Análisis de Riesgos realizado al proyecto, que a la letra dice:

OBJETO DEL DICTAMEN Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 84 de la Ley General de Protección Civil publicada el 06 de Juni o del 2012 donde se establece como delito grave la construcció n, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en c onsideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente, y de conformidad a la SOLICITUD re alizada por la CONSTRUCTORA AICON S.A. DE C.V., donde solicita un análisis de riesgos para el Predio ubicado en Av. Valentín A mador No. 615 Col. Ferrocarrilera de esta ciudad se procede a emi tir opinión técnica, para así poder concluir si el referido pre dio, presenta algún RIESGO, que pudiese poner en peligro la integ ridad física de las personas y sus bienes. VISITA FÍSICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o, así como las condiciones físicas de la zona, que es el motiv o del presente dictamen, me presente en el predio ubicado en la Av. Valentín Amador No. 615 Col. Ferrocarrilera de esta ciudad. Este predio de acuerdo al Atlas de Riesgos, y al análisi s de "Fallas y Fracturas", se localiza en una zona donde el nive l de riesgo asociado a subsidencia es BAJO, al momento de la in spección no se detectaron asentamientos o deslizamiento de suel o, pero no queda descartada la posibilidad de que se manifiest e en un futuro. En el análisis a "Zonas inundables". No se hace referencia de afectación por inundación. CLASIFICACION DE RIESGOS Realizándose las observaciones anteriores del estad o que guarda el referido predio al momento de la inspección, se determina un RIESGO BAJO de afectación a la integridad física de las personas y sus bienes. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente la IDENTIDAD del predio ubicado en la Av. Valentín Amador No. 615 Col. Ferr ocarrilera de esta ciudad, por haberío tenido a la vista, al que se describe en planos y referencias en los bancos de informació n de esta área. SEGUNDO.- Se concluye que el predio ubicado en la A v. Valentín Amador No. 615 Col. Ferrocarrilera de esta ciudad, al momento de realizar la inspección y al análisis de riesgos res pectivo, representa un RIESGO BAJO de afectación a los biene s y a la integridad física de las personas. CONDICIONANTES A QUIEN CORRESPONDA, EN LA APLICACIÓN DEL ANALISIS DE RIESGOS PRIMERO.- El presente Análisis de Riesgos es genera do por las condiciones físicas del PREDIO y sus medidas de red ucción, son ÚNICAMENTE aplicables para trámites previos, para r egistro de proyecto de Autorización de Fraccionamientos, Licen cia de Uso de Suelo, para construcción, así como la Licencia de C onstrucción. SEGUNDO.- El tipo de proyecto de construcción en es te PREDIO (Fraccionamiento), deberá revisado de manera indepe ndiente a

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este análisis de riesgos, en dicha revisión se emit irán las observaciones y medidas de seguridad en materia de Protección Civil. MEDIDAS DE REDUCCION PARA LOS SOLICITANTES O RESPONSABLES DEL TRÁMITE PRIMERO.- Aún y cuando el predio se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado subsidencia es BAJO., h asta el momento NO existen indicios de afectación por agrie tamientos o asentamientos del suelo en este predio, y pronostic ar o descartar un proceso de esta naturaleza a corto, me diano o largo plazo es difícil sin un sustento técnico, por lo cu al una vez del conocimiento por parte de los desarrolladores d e este proyecto, de las condiciones del suelo, deberá real izar estudios complementarios (estudio geofísico), pues de no hac erlos será bajo su riesgo si surgen daños a los inmuebles de e ste desarrollo por causa de hundimientos diferenciales. SEGUNDO.- Contemplar obras hidráulicas para el cont rol, conducción y disposición de los escurrimientos pluv iales y evitar afectaciones a este inmueble, o propiedades privadas colindantes. La saturación de las redes de drenaje con los escurrimientos pluviales es muy probable que se pre senten en esta zona, por lo cual deberán tomar las medidas pr eventivas para evitar regresión de agua negra a través de la infraestructura hacia su propiedad. Se emite el presente DICTAMEN, mismo que fue realiz ado con el apoyo de la información del Atlas de Riesgos, métod os y técnicas aplicables al caso y conformidad a mi leal saber y entender.

8) DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: La factibilidad vial fue emitida a través del ofici o JIV/0936/14, de fecha 12 de Junio del 2014, en la c ual se hace del conocimiento lo siguiente: a) Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el

acceso y salida del proyecto se encuentren libres d e obstáculos, como postes, árboles, o cualquier otra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como pa ra mejor visibilidad de los conductores en general. Toda afe ctación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondien te para su reubicación y los gastos serán por parte de la empr esa.

b) Deberá respetar en todo momento los lineamientos ma rcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso, en los pla nos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presen tados a esta Dirección General de Seguridad Pública Municip al.

c) La instalación y habilitación de los dispositivos v iales contemplados en los planos de señalización, así com o la ejecución de los diferentes proyectos de mejoramien to geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de l a empresa y bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Se xta del Estado Mayor de Ingeniería Vial.

d) Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a terceros, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictam en, además de los problemas de impacto vial y social que se ge neren a futuro por la construcción y funcionamiento del fraccionamiento ya que los mismos serán responsabil idad de la empresa promotora y/o fraccionador.

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e) Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del fraccion amiento, será responsabilidad de la empresa la participación económica que generen las modificaciones para la seguridad vi al, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección G eneral de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados .

f) La Dirección General de Seguridad Pública Municipal , a través de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro algún cambi o en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cambio en los sentidos de circulación sobre las avenidas adya centes y demás vialidades involucradas, para una mejor fluid ez vehicular sobre esta zona para los cuales, los gast os que se generen serán por cuenta de la empresa promotora.

g) Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OT ORGA LA FACTIBILIDAD VIAL CONDICIONADA para el proyecto Hab itacional Horizontal en régimen en condominio denominado "Pri vada Calabria H", ubicado en la calle Valentín Amador, C ol. Ferrocarrilera¡ la cual tendrá vigencia de UN AÑO a partir de la fecha de la presente.

h) Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Di rección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disp osiciones que modifiquen los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial e n general.

i) Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente pa ra los efectos del impacto vial del proyecto antes descrit o, conforme a los planos presentados y de acuerdo a las observa ciones expresadas en el presente escrito.

j) Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial quedar á sin efecto, por lo que se deberá realizar un nuevo trám ite para obtener un nuevo documento.

k) La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, p ermiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Muni cipal u organismo correspondiente; que en uso de sus atribu ciones y a la aplicación de otros ordenamientos legales se req uiere obtener con independencia de esta Factibilidad de I mpacto Vial.

9) INTERAPAS: Estudio de Factibilidad Positiva de Agua Potable y Drenaje Sanitario expedido por el INTERAPAS bajo el número IN/DPC/SF/EST/058/14, Expediente 1926/13 de fecha 0 8 de Agosto del 2014, que a la letra dice: DICTÁMEN Y RESOLUCIÓN. Para la determinación de los caudales de agua potab le por abastecer y de agua residual por drenar, se efectuó el cálculo

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correspondiente para el requerimiento de los gastos medio diario, máximo diario y máximo horario para el sumi nistro de agua potable, de igual manera se generó el correspo ndiente para el desalojo de agua residual de los caudales medio, máximo instantáneo y máximo extraordinarios que se pueden consultar en la tabla No.1 del presente estudio. Los servicios de Agua Potable y drenaje sanitario c on factibilidad positiva, se pondrán ofrecer por el IN TERAPAS para la Privada denominada “CALABRIA II” con número de e xpediente 1926/13, como a continuación se describe: AGUA POTABLE: El punto de conexión se localiza en la línea de agu a potable existente de 8" de diámetro ubicada frente a su pre dio en la Av. Valentín Amador, conforme a lo indicado en el plano SPP-PCII-AP1 La toma domiciliaria deberá apegarse al detalle pro porcionado por este Organismo Operador en el plano SPP-PCII-AP 1, siendo indispensable el suministro de tubería de polietile no con alma de aluminio o similar siempre y cuando cumplan con la certificación oficial. Es recomendable que el diseño hidráulico de la red interna de distribución, considere tomas, aljibes y equipos electromecánicos independientes para cada departame nto, esto con el propósito de efectuar la contratación del servic io y las acciones de medición y cobranza en forma individual . DRENAJE SANITARIO: El punto de descarga se localiza en la tubería de d renaje sanitario existente de 1.22 centímetros de diámetro frente a su predio en la Av. Valentín Amador, todo lo anterior como se indica en el plano SPP-PCII-AS2 La velocidad del flujo en la descarga sanitaria, no deberá ser inferior a 0.40 metros por segundo para el gasto mí nimo de diseño de 1.50 litros por segundo. Así mismo, la descarga domiciliaria deberá estar co nstituida por tubería de polietileno de alta densidad, con diámet ro mínimo de 15 centímetros y pendiente mínima de 0.010 DRENAJE PLUVIAL. En lo que respecta a escurrimientos pluviales gener ado r este desarrollo, éstos deberán ser transitados por pavim ento dentro del fraccionamiento, no permitiéndose la descarga d e patios frontales, azoteas y estacionamientos en el drenaje sanitario Independientemente del resultado del cálculo del ga sto máximo extraordinario. Aunado a lo anterior, dichos escurr imientos no podrán ser obstruidos por bardas, cercas, topes o b oyas vehiculares o cualquier edificación u obstáculo que impida el libre tránsito de los mismos dentro del predio, no permitiéndose la salida de dichos escurrimientos hacia el exterio r del mismo, con el propósito que no provoquen daños a propiedad es inmediatas aguas abajo, conforme a lo establecido por la Ley G eneral de Protección Civil y las leyes y reglamentos estatale s y municipales, tendientes a la prevención, protección y salvaguarda de las personas en su integridad física , sus bienes y el entorno. Así mismo, es recomendable que conforme a los resul tados del estudio hidrológico que deberá llevar a cabo el pro motor para determinar el volumen de agua que genera una tormen ta de diseño para 5 años de periodo de retorno, se diseñen y con struyan las

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obras necesarias para, evitar que los escurrimiento s pluviales que genere este nuevo centro de población fluyan ha cia las vialidades externas a éste, incrementando el riesgo de afectaciones a terceros aguas abajo del fraccionami ento en cuestión, entre las obras que pudieran requerirse s e mencionan pozos de absorción, tanques de retención para almac enamiento temporal de aguas pluviales en la salida del fracci onamiento o varios en los sitios convenientes e inclusive colec tores pluviales con un cuerpo receptor u propiedad para s u descarga, con la debida autorización de la dependencia corres pondiente para máxima eficiencia en su captación con la capac idad que resulte del estudio hidrológico antes citado y para almacenar provisionalmente el volumen producido por 5 torment as de diseño, pudiéndose aprovechar el agua almacenada para el ri ego de jardines y recarga del acuífero entre otros usos, c onforme a las disposiciones que emitan la Dirección de Protección Civil Municipal y la Dirección de Catastro, Desarrollo Ur bano y Nuevos Proyectos del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. Así mismo, una vez que la privada denominada "CALAB RIA II” cuente con la debida autorización por parte del H. Ayuntamiento, en apego al artículo 159 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, el promotor deberá continuar con l os trámites ante el INTERAPAS presentando los planos del proyec to ejecutivo de las redes de agua potable y drenaje sanitario pa ra su revisión definitiva, pago o elaboración del conveni o de pagos y entrega de la factibilidad correspondiente por part e de este Organismo Operador para posteriormente llevara a ca bo la supervisión y recepción de las obras. POR LO ANTERIOR SE PONE A CONSIDERACION DE LOS PRESENTES LA AUTORIZACION DE CONDOMINIO HORIZONTAL PRIVADA CALABRIA II, LO CUAL SE APRUEBA POR MAYORIA DE LOS PRESENTES, CON 5 VOTOS A FAVOR Y 1 ABSTENCION DEL REGIDOR JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA. En uso de la voz, el Regidor Olive Meade Hervert, s eñala lo siguiente: “Este punto deriva de un fraccionamiento denominado Calabria II que en la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas se aprobó, sin embargo, no obstante se le solicito al Director General de Desarrollo Urbano y de Catastro no nos r emitiera fraccionamientos de empresas que estuvieran pendien tes de distintos fraccionamientos en su entrega-recepción. Esta observación acertadamente se hizo por la Regidora E loísa Landaverde Trejo, en esta mesa y se decidió por acu erdo de este Cabildo bajar el punto, hasta en tanto la empresa p ropietaria del fraccionamiento no llevara a cabo los tramites de entrega-recepción. Esos son los antecedentes, de acuerdo al escrito del Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, el indica que el actual director de Desarrollo Urbano y Catastro el Señor J uan Manuel López Acevedo, ya se encuentra en proceso de entreg a-recepción, este proceso de entrega-recepción es largo sin emba rgo ya se encuentra en ese proceso y solicita que ahora si se proceda a autorizar el fraccionamiento antes mencionado, vale señalar que este fraccionamiento ya fue enajenado previamente a un tercero, de un tercero que no ha incumplido y por aquí nos a compaña el Lic. José Navarro y que está solicitando la anuenci a de este Cabildo para autorizar el fraccionamiento, es cuánt o. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “Si me permiten un momento con voz infor mativa,

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quería informarles que el dictamen del Ing. Juan Ma nuel López Acevedo ahora en poder de la Secretaria, por escrit o para quien guste consultarlo, en donde efectivamente dice que esta Empresa cumplió con los requisitos para proceder a la regul arización de los fraccionamientos. En uso de la voz, la Regidora María Eloísa Landaverde Trejo, señala lo siguiente: “Con su perm iso señor Presidente y compañeros de este Cabildo, solamente una aclaración, yo no baje el punto específicamente de este fraccionamiento, mi posicionamiento fue en general, es decir que las inmobiliarias, las constructoras que tengan un rezago importante en la entrega de fraccionamientos como s í los tenemos o sea, encontramos 180 fraccionamientos, entonces q ue no se les siguiera autorizando la construcción de nuevos frac cionamientos en tanto no regularizaran los que tenían. Es decir no fue particularmente para esto y por supuesto que me que da claro, ya me senté con el Ing. López Acevedo y hay una propue sta formal para continuar los trabajos de entrega-recepción de este fraccionamiento y como usted lo ha señalado, hay un a enajenación de este fraccionamiento, por lo tanto pues el llama do sería para el nuevo propietario, que por favor de cumplimiento a estos compromisos que se han contraído en esta mesa, es c uanto, muchas gracias”. En uso de la voz, el Secretario General d el H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “No omito tambié n con voz informativa señalar que la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal, solicitó se hiciera un dictamen jurídico, s obre si podríamos detener, si no se cumplen los requisitos de tener un fraccionamiento, la conclusión se emitió ya este di ctamen. La conclusión a la que llegó el área jurídica es que n o existe una norma específica que nos permitiera detener una apr obación de un fraccionamiento que cumple con todos los requisitos por supuesto, sin embargo, yo sí creo que administrativ amente ya el Ingeniero López Acevedo por instrucciones del Presi dente lo está cumpliendo por voluntad del Cabildo cumplir adminis trativamente con la observación de que se vigile que sus anterio res acciones de cualquier empresa, cualquiera que entra cumpla, por lo menos vaya en ruta de cumplimiento de la municipalización ”. En uso de la voz la Regidora María Eloísa Landaverde Trejo, s eñala lo siguiente: “Ya que estamos en contexto de la munici palización yo me permitiría Señor Presidente solicitarle a usted y a la Señora Síndico, las dos Síndicos, que nos hicieran favor d e determinar, ya lo vamos a hacer por escrito, determinar el proc edimiento jurídico-administrativo por el cual podremos recibi r 57 fraccionamientos que ya están corriendo a cargo del Ayuntamiento, ya les damos todos los servicios públ icos, es decir solamente falta la recepción y lo que está en juego entre tanto son las áreas de donación, que como lo hemos visto, se convierten en tierra de nadie, que son invadidas o que son re vendidas y bueno yo he ponderado que usted Señor Pr esidente, lo señaló desde un principio, es un problema que nosot ros heredamos, un fraccionamiento de 40, 30 y 20 años q ue no fueron entregados en su momento y que la ciudadanía ante e l desconocimiento de la Ley de Desarrollo Urbano, que obliga a los fraccionadores a proveerles servicios, ha presionad o a los Ayuntamientos y por la vía de los hechos se está da ndo ya todos los servicios, en 58 fraccionamientos que no hay un a empresa responsable para que haga la entrega, entonces sola mente falta

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definir la figura jurídica-administrativa Señora Sí ndico, para que podamos recibir esos 58 fraccionamientos, que n o implica costo adicional alguno, es cuanto, muchas gracias”. En uso de la voz la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal, s eñala lo siguiente: “Buenas tardes, bueno, visto el dictamen del jurídico, digo y como un antecedente para el Cabild o y próximas autorizaciones yo creo que no somos quienes para de tener el crecimiento de la ciudad en cuanto a fraccionamient os, obviamente si nos preocupa que estén los fraccionad ores al corriente en la entrega de sus fraccionamientos, ma s sin embargo yo creo que, más bien nos deberíamos de ocupar en l a Ley de Desarrollo Urbano, ¿no?, si ella determina un ciert o procedimiento creo que es el que tenemos que seguir para no caer como Cabildo en alguna irregularidad que después no s vaya a causar un daño al erario, o a nosotros como miembro s del Cabildo, es cuánto”. En uso de la voz, el Secretari o General del H. Ayuntamiento, señala lo siguiente: “Si no hay co mentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabil do la aprobación del fraccionamiento Calabria II ubica do en la calle Valentín Amador 615 de la Colonia Ferrocarril era, el cual se presentó en el dictamen de la Comisión permanent e de Alumbrado y Obras Públicas del 15 de octubre del añ o 2014; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los mi embros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR 14 CATORCE VOTO A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN DEL REGIEDOR JUAN JOSÉ AGUILAR ESP INOZA.--------- Como VII punto del orden del día.- Informe de las Comisiones Permanentes de Hacienda Municipal y Régimen Interno .- En uso de la voz el Secretario General del H. Ayuntamiento, s eñala lo siguiente: “Se hace del conocimiento de los present es, que se recibió escrito del Regidor Jesús Eduardo Noyola Be rnal, solicitando se agendara un punto dentro del orden d el día, relativo a informe que presentan las comisiones per manentes de Hacienda Municipal y Régimen Interno. En virtud de lo anterior, le cedo el uso de la voz al Regidor Jesús Eduardo N oyola Bernal, para que dé a conocer el informe señalado. En uso d e la voz, el Regidor Jesús Eduardo Noyola Bernal, señala lo sigu iente: “Muy buenas tardes, estimados compañeros de Cabildo, Señ or Presidente. En la última Sesión de Cabildo celebrad a el pasado viernes 13 de Febrero de 2015, este Honorable cuerp o colegiado acordó que las Comisiones Permanentes de Hacienda M unicipal y Régimen Interno se coordinarían para la vigilancia de los Funcionarios Municipales frente a los Procesos Elec torales 2015. En cumplimiento a dicho acuerdo, amabas Comisiones sesionaron el día 19 de Febrero del año en curso y se estableció el plan de trabajo de las mismas, encaminadas a la vigilancia del próximo Proceso Electoral. Les giramos comunicación al Teso rero Municipal, Contraloría Interna y Oficialía Mayor, r especto a los puntos que deberán cuidar permanentemente; Contralo ría nos ha informado ya con fecha 23 de febrero de los corrien tes, de todas las acciones que ha realizado hasta la fecha. En ta l tenor, se invitó al Instituto Nacional Electoral INE y al Org anismo Público Local Electoral OPLE (antes CEEPAC) para qu e presenten por separado una Conferencia a los Funcionarios Mun icipales

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sobre las responsabilidades frente a los Procesos E lectorales del año 2015, mismas que tendrán lugar en las insta laciones de la Unidad Administrativa Municipal a las 11:00hrs d el día miércoles 4 de Marzo de la presente anualidad por p arte de la Titular del CEEPAC la M.A.P. Laura Elena Fonseca Le al, y en igual horario el día jueves 5 del mismo mes y año, a cargo de la Lic. Janina García, Vocal Secretaria de la Junta Ej ecutiva Local del INE. A ambos eventos se ha invitado ya a los Di rectores y demás Funcionarios Municipales por escrito. Me perm ito en este momento invitar a todos los Señores Regidores, las Señoritas Síndicas si son tan amables de acompañarnos en esta s conferencias el próximo miércoles y jueves a las 11 de la mañana, dado que ya estaba ocupado el Auditorio de la Unidad, será en el recién remodelado área de capacitación q ue la acaban de dejar muy bonita, entonces ahí estaremos, espera mos su puntual asistencia para acompañar a estas personas que han sido tan amables de aceptar la invitación, miércoles y j ueves a las 11 de la mañana, es cuánto. En uso de la voz el Reg idor Jorge Luis Pérez, señala lo siguiente: “Nada más para que no sé si se pudiera agregar, o de aquí mismo de Cabildo pudiera salir el compromiso que sea obligatorio que todos los Direct ores del Ayuntamiento estén presentes, creo que sería un ges to de demostrar que tenemos esta convicción de querer apo yar a la legalidad y sería muy mala señal, como en algunos c asos que si están los subdirectores, los funcionarios de nivel inferior, yo creo que aquí sería muy importante y que sean los D irectores, los que estén presentes”. En uso de la voz la Regid ora Irene Margarita Hernández Fiscal señala lo siguiente. “La idea de la Comisión de hacer esta reunión fue más que nada por el tema que se nos viene de la veda electoral, que incluso noso tros miembros de la Comisión, teníamos algunas dudas, en lo que s e puede, se debe y no se puede hacer, entonces creo que si serí a muy importante que las cabezas de las áreas estén, porq ue a final de cuentas son los que son responsables del ejercicio del recurso público, son los responsables de la ejecución de la s obras y son los que deben de conocer realmente como es la veda electoral, para que también los medios de comunicación y la ge nte que está alrededor no nos meta en algún problema como Ayunta miento, es cuánto”. En uso de la voz el Presidente Municipal L ic. Mario García Valdez, señala lo siguiente: “Coincidiendo p lenamente con su preocupación y con el interés del Cabildo, tomo nota para justamente que dé instrucciones a que sean los Dire ctores y Subdirectores también, los que asistan a esta capac itación quien tan amablemente han gestionado y me parece muy impo rtante, muy interesante y justamente así lo haremos y por otro lado yo le quiero dar cuenta a la Comisión y al Cabildo que co mo yo les informe desde el día 12 de febrero se giro la circu lar, el comunicado a todos los Directores y Subdirectores d onde ya queda también una instrucción por escrito de los alcances , las responsabilidades y las obligaciones para evitar ve r inmiscuidos o involucrados tanto como personas, digamos como fu ncionarios o recursos públicos o bienes públicos en favor de cua lquier partido, vuelvo a insistir y también quiero dejar c onstancia Doctor Noyola de que desde el día 12 de febrero se hizo entrega de la circular correspondiente”. En uso de la voz l a Síndico María Eugenia Rivera Fernández, señala lo siguiente : “Muchas

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gracias Señor Secretario, con su permiso compañeros de Cabildo, Señor Presidente, Señor Secretario, si claro en cua nto al tema de fondo nos ha quedado con toda precisión cuál es el objetivo desde la Sesión pasada en que se sometió a consider ación la solicitud que hicieron los compañeros del Partido A cción Nacional, solo que para evitar futuras confusiones, en ese tema solamente se voto hacer un exhorto a las áreas a tr avés de las Comisiones unidas tanto de Hacienda como de Régimen Interno, el tema no se va a manejar entonces como una nueva Com isión, ya en la Sesión en que tuvimos oportunidad de reunirnos s e hizo la precisión, porque inclusive se hablo de la instalac ión de una Comisión y se bajo ese punto, no es una nueva Comis ión solamente estamos trabajando en el tema de hacer un exhorto a las áreas para ser vigilantes del nuevo proceso y que los rec ursos se destinen a los fines a que están afectos en cada ár ea y no con un enfoque electoral, es cuánto”. En uso de la voz la Regidora Gabriela Meade Pons, señala lo siguiente: “Con su p ermiso nuevamente, únicamente efectivamente como dice la S índico María Eugenia no se aprobó la Comisión Especial, pero se está trabajando en las Comisiones Conjuntas de Régimen y Hacienda y si un acuerdo fue precisamente buscar esta capacita ción, de veras, agradecemos al Doctor su gestión para que la s cabezas puedan conocer los alcances de la responsabilidad d e no cumplir con la veda, pero por otro lado el otro acuerdo fue precisamente exhortar a las áreas de Oficialía Mayor, Tesorería, Contraloría y Desarrollo Social para que se hicieran ciertas ac ciones que habíamos comentado en la propio planteamiento de la Comisión Especial, solo preguntarle al Doctor sí ya se hicie ron estos oficios y solicitamos por ahí copias para ver si ya había sido cumplido este acuerdo también”. En uso de la voz el Regidor Eduardo Noyola Bernal señala lo siguiente: “Sí ya s e hicieron estos oficios, tenemos la respuesta por escrito de Contraloría, la invitación al área de Desarrollo Social la hice personalmente, más que enviar nada más una comunica ción e invite a la titular para que en la próxima reunión de la C omisión este presente, nos acompañe, para ver sobre todo todas l a actividades sociales que estén programadas en los próximos mese s y ver cuales pueden, deben continuar realizándose como se comentó y si hay algunas que verían alguna duda, entonces nos va acompañar la titular en la próxima reunión para eso, todas se en viaron por escrito, excepto la de Desarrollo Social que lo hic e personalmente y respuestas por escrito nada más ten emos de Contraloría, les voy hacer llegar las respuestas. E n uso de la voz la Regidora Gabriela Meade Pons, señala lo sigu iente: “Sí Doctor, eso le iba comentar, si lo solicité muy pun tualmente en la reunión, que se me hiciera llegar copia y tambié n si es posible de la respuesta de Contraloría y yo si le s olicitaría como se acordó en la propia Comisión que fuera por escrito, solicitarle a Desarrollo Social su agenda de activi dades de entregas y programas para que todos estuviéramos en terados y de ser la voluntad de cada quien pudieran estar presen tes en este tipo de eventos o actos, es cuánto”. El Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que con la voz informativa si no hay otra opinión ahorita, quiero decirles que es normal que al realizarse eventos de precampañas y campañas, se so licite en ocasiones vigilancia, ya sea de tránsito, de policí a, cierre de

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calles o de incluso utilización de espacios público s en ocasiones y hacen específicamente los Órganos Elect orales para el día de la elección y unos días antes obviamente para instalación para recibir la votación, en otras ocas iones espacios públicos me refiero a plazas, etcétera, no a cuestiones particulares o cerradas y como se recibieron varios por instrucciones del Presidente Municipal y una vez qu e conoció este punto, se formuló una consulta al CEEPAC, sobr e este particular que trajo dos consecuencias, una; ya pro nunciamientos que el propio INE está haciendo sobre este tema, y dos; Una respuesta que tenemos por escrito en donde nos indi can que las solicitudes deben plantearse a través de los Partid os Políticos, que si es posible plantear ese apoyo, se plantean a través de los Partidos Políticos, a excepción de los candidat os independientes que obviamente pues lo tienen que ha cer ellos en lo personal y en ciertos casos si lo pueden hacer d irectamente los candidatos, pero si tienen que ser los candidat os o los Partidos Políticos y no segundas personas, entonces ya tenemos un instructivo y una claridad sobre cómo actuar que no teníamos, ¿sí?, de modo que eso también les informo que ya es tá aclarado. Si no hay otro tema que tratar sobre esto, damos po r enterados a los miembros del Cabildo del informe que se ha pres entado por parte de las Comisiones conjuntas de Hacienda y Rég imen Interno, respecto de las actividades de vigilancia del proce so electoral 2015. Pasamos el siguiente punto del orden del día. --------------- Como VIII punto del orden del Día.- Solicitud de la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal.- En uso de la voz , el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del co nocimiento de los presentes, que se recibió escrito de la Regidor a Irene Margarita Hernández Fiscal, solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo que le cedo el uso de la voz, para que dé a conocer su solicitud. Hace uso de la voz, la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal, señala l o siguiente: “Como ya fue circulado con anterioridad el tema de la Licencia Definitiva de la suscrita me permito solicitarles s e someta a votación”. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que en virtud de lo anterior y con fundamento en lo que dispone el artículo 52 del Reg lamento Interno, le pedimos a la Regidora solicitante aband one el salón de sesiones para que este cabildo tenga a bien deli berar con respecto a su solicitud. Haciéndole de su conocimie nto que una vez que se encuentre votado el punto, se le llamara a este recinto para notificarle la decisión de este Órgano Colegiado. Continúa señalando lo siguiente: “Que si no hay com entarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabil do la solicitud de licencia que presenta la Regidora I rene Margarita Hernández Fiscal; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se cont abiliza y se aprueba Por unanimidad. Se manda llamar a la Regido ra para informarle la decisión del Cabildo. En uso de la vo z, el Secretario General del H. Ayuntamiento, menciona lo siguiente: “LE NOTIFICO REGIDORA, QUE ESTE ÓRGANO COLEGIADO HA TENIDO A BIEN APROBAR SU SOLICITUD POR UNANIMIDAD. POR LO QU E SE LE

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CONCEDE LA LICENCIA SOLICITADA APARTIR Del 06 DE MA RZO Y HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2015”. TOMA SU LUGAR.------ --------------- Como punto IX del Orden del Día .- Clausura. En uso de la voz el Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, declaró clausurada esta Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2015, del Ayuntamiento 2012-2015 siendo las 14:35 Catorce horas con treinta y cinco minutos del día 27 veintisiete de F ebrero del año dos mil quince.-------------------------------- ---------------------------------- Se levanta la Sesión. ------- -------------

El Presidente Municipal

C. Lic. Mario García Valdez (Rúbrica)

Los Regidores

C. Jesús Eduardo Noyola Bernal (Rúbrica)

C. Víctor Manuel Medina Trejo (Rúbrica)

C. Irene Margarita Hernández Fiscal

(Rúbrica)

C. María Guadalupe Félix Meza (Rúbrica)

C. Marín Trejo Resendíz (Rúbrica)

C. Jorge Luis Pérez Ávila (Rúbrica)

C. Oliver Meade Hervert (Rúbrica)

C. Leticia de Jesús Gómez Gómez (Rúbrica)

C. Eduardo Acebo Zarzosa (Rúbrica)

C. Gabriela Meade Pons (Rúbrica)

C. María Eloísa Landaverde Trejo

(Rúbrica)

C. Juan José Aguilar Espinoza (Rúbrica)

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Las Síndicos Municipales C. María Eugenia Rivera Fernández

(Rúbrica)

C. Mariana García Alcalde (Rúbrica)

Da fe el Secretario General del H. Ayuntamiento

C. Juan Ramón Nieto Navarro (Rúbrica)

*pirma