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Dr. Carlos Enrique Guanilo Paredes ÉTICA Y MORAL PROFESIONAL Módulo: I Unidad : I Semana : 2

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Dr. Carlos Enrique Guanilo Paredes

ÉTICA Y MORAL PROFESIONAL

Módulo: I Unidad: I Semana: 2

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Semana 2

ÉTICA Y MORAL

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ORIENTACIONES

• A las tutorías, tanto

telemáticas como

presenciales, el alumno de

educación a distancia deberá

acudir habiendo leído la

unidad correspondiente.

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CONTENIDOS TEMÁTICOS

• Código deontológico del Colegio de

Ingenieros del Perú. Responsabilidad

social

• "Veritas Splendor": La libertad y la ley.

Conciencia y verdad. El acto moral.

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Código deontológico del Colegio de

Ingenieros del Perú.

Responsabilidad social

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CÓDIGO DEONTOLÓGICO

DEL COLEGIO DE

INGENIEROS DEL PERÚ

Aprobado por Unanimidad en la

Cuarta Sesión Extraordinaria,

realizado en la Ciudad de Lima

los días 25, 26, 27 y 28 de Junio

del 2011

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Su modificatoria aprobada por

Unanimidad en la Sétima Sesión

Extraordinaria, realizado en la

Ciudad de Huancayo los días 10

y 11 de Agosto del 2012

del Congreso Nacional de

Consejos Departamentales del

Colegio de Ingenieros del Perú

Periodo 2010 – 2012

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CAPITULO III

FALTAS CONTRA LA ÉTICA PROFESIONAL Y SANCIONES

Artículo 96.- Faltas contra la Ética Profesional:

a. Faltas contra el juramento de incorporación al Colegio

b. Faltas a la Ética Profesional tipificadas en el presente Capítulo.

Artículo 97.- Las sanciones se aplican por actos contrarios a la

Ética Profesional relacionadas a las siguientes causas:

a. De la Relación con la Sociedad.

b. De la Relación con el Público.

c. De la Competencia y Perfeccionamiento de Profesionales.

d. De la promoción y publicidad.

e. De la concertación de los servicios.

f. De la prestación de servicios.

g. De las relaciones con el personal.

h. De la relación con los Colegas.

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CAPITULO III

FALTAS CONTRA LA ÉTICA PROFESIONAL Y SANCIONES

Sub Capítulo I

DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

Artículo 98.- Los ingenieros reconocerán que la seguridad de la vida, la

salud, los bienes y el bienestar de la población y del público en general, así

como el desarrollo tecnológico del país dependen de los juicios, decisiones

incorporados por ellos o por su consejo, en dispositivos, edificaciones,

estructuras, máquinas, productos y procesos. Por ninguna razón pondrán sus

conocimientos al servicio de todo aquello que afecta la paz y la salud.

Artículo 99.- Los ingenieros cuidarán que los recursos humanos, económicos,

naturales y materiales, sean racional y adecuadamente utilizados, evitando su

abuso o dispendio, respetarán y harán respetar las disposiciones legales que

garanticen la preservación del medio ambiente.

Artículo 100.- Los ingenieros ejecutarán todos los actos inherentes a la

profesión de acuerdo a las reglas técnicas y científicas procediendo con

diligencia; autorizarán planos, documentos o trabajos solo cuando tengan la

convicción de que son idóneos y seguros, de acuerdo a las normas de

Ingeniería.

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CAPITULO III

FALTAS CONTRA LA ÉTICA PROFESIONAL Y SANCIONES

Sub Capítulo I

DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

Artículo 101.-Los ingenieros que adviertan hechos o condiciones que en su

opinión puedan poner en peligro la vida, la salud, la seguridad o la propiedad,

deberán llamar la atención de ello directamente o a través del Tribunal

Departamental de Ética a quienes sean responsables para que cumplan con

su deber, advirtiendo a las autoridades competentes.

Artículo 102.- Si la opinión profesional es negada o contradicha y como

consecuencia de ello, a juicio del mismo, resultará en peligro la seguridad, el

ingeniero deberá informar a su cliente o empleador de las posibles

consecuencias, sin perjuicio de dar aviso a la autoridad competente.

Artículo 103.- Los ingenieros están obligados a cuidar el territorio de trabajo

de la ingeniería peruana y fomentar el desarrollo tecnológico del Perú.

Artículo 104.-Son actos contrarios

contrarios a la ética profesional faltar a cualquiera de las normas establecidas

en este título:

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Sub Capítulo I

DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

a. Ejecutar actos reñidos con la buena técnica o incurrir en omisiones

culposas, aun cuando fuere en cumplimiento de órdenes de autoridades

superiores

Serán sancionados con amonestación pública escrita o inhabilitación

Temporal como miembro del CIP, no mayor de 12 meses

b. Ejecutar tareas sabiendo que entrañan malicia o dolo, o que sean

contrarias al interés público.

Serán sancionados con inhabilitación Temporal como miembro del CIP,

no mayor de 12 meses y en caso de reincidencia no mayor de 24 meses

o expulsión.

c. Permitir que sus servicios profesionales o su nombre faciliten o hagan

posible el ejercicio de la ingeniería por quienes no están legalmente

autorizados para ello, además podrán ser pasibles de la sanción penal

prevista en el Código Penal artículo 364 el mismo que señala “El profesional

que ampara con su firma el trabajo de quien no tiene título para ejercerlo, será

reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años e

inhabilitación de uno a tres años (…).

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Sub Capítulo I

DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

Serán sancionados con inhabilitación Temporal como miembro del CIP,

no menor de 12 meses y en caso de reincidencia no mayor de 24 meses.

d. Autorizar documentos técnicos, tales como proyectos, planos, cálculos,

croquis, dibujos, dictámenes, memorias, procesos etc. que no hayan sido

estudiados, ejecutados o revisados personalmente.

Serán sancionados con inhabilitación Temporal como miembro del CIP,

no mayor de 12 meses y en caso de reincidencia no mayor de 24 meses.

e. Aceptar el encargo de tareas que impliquen, o de las que se deriven

hechos contrarios a la ley o al espíritu de este Código.

Serán sancionados con inhabilitación Temporal como miembro del CIP,

no mayor de seis meses.

f. Propiciar el ejercicio de la ingeniería por profesionales extranjeros cuando

las tareas que deban desempeñar sean ejecutables por ingenieros peruanos.

Serán sancionados con amonestación pública escrita o inhabilitación

Temporal como miembro del CIP, no mayor de 6 meses

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Encíclica "Veritatis splendor"

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Juan Pablo II señala que no hay libertad fuera de la verdad

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En la encíclica Veritatis splendor, fechada el 6-

VIII-1993 y recién hecha pública, Juan Pablo II

explica detenidamente los fundamentos de la

moral. Al exponer la doctrina católica sobre este

tema, tiene en cuenta la situación cultural y

social del presente, y valora críticamente

algunas tendencias actuales de la teología

moral. La encíclica -que resumimos aquí- es una

luminosa enseñanza sobre la libertad. No en

vano procede de un Papa que ha dicho que, si

hubiera de escoger una frase de los Evangelios,

se quedaría con ésta: "La verdad os hará libres".

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En la introducción, Juan Pablo II explica el

motivo de la encíclica: «Recordar algunas

verdades fundamentales de la doctrina

católica, que en el contexto actual corren

el riesgo de ser deformadas o negadas». El

peligro viene de tendencias influidas por

«corrientes de pensamiento que terminan

por erradicar la libertad humana de su

relación esencial y constitutiva con la

verdad».

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De ahí se siguen varios errores: se niega la

doctrina sobre la ley natural; se rechazan ciertas

enseñanzas morales de la Iglesia; no se admite

que el Magisterio pueda intervenir en materia

moral con instrucciones vinculantes; se duda de

que los Mandamientos sean válidos en toda

circunstancia; se pone en tela de juicio el nexo

entre fe y moral, como si sólo la primera

definiera la pertenencia a la Iglesia, mientras

que habría que dejar las cuestiones sobre la

conducta al juicio de la conciencia individual.

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Antes de examinar pormenorizadamente estas

cuestiones controvertidas, el Papa remite a los

fundamentos bíblicos con una penetrante meditación

sobre el diálogo entre Jesús y el joven rico (Mt 19, 16-

22), que ocupa el capítulo primero de la encíclica. La

pregunta «¿Qué he de hacer de bueno para conseguir la

vida eterna?», subraya el Papa, no se refiere tanto a las

reglas que hay que observar, cuanto a «la aspiración

central de toda decisión y de toda acción humana». La

pregunta es un eco de la llamada de Dios, Bien

absoluto, que nos atrae hacia Sí. De esta perspectiva se

ha de partir para renovar la teología moral, como quiso

el Concilio Vaticano II, «de manera que su exposición

ponga de relieve la altísima vocación que los fieles han

recibido en Cristo».

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Juan Pablo II, así, presenta el fundamento de la

moral cristiana en su horizonte amplio y

atractivo, con una exposición que oxigena, lejos

de todo legalismo o rigorismo, de visiones

estrechas y casuísticas extenuantes. Al hilo del

pasaje evangélico, muestra que la vida moral es

el crecimiento del hombre en la libertad.

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«La vida moral se presenta como la

respuesta debida a las iniciativas gratuitas

que el amor de Dios multiplica en favor del

hombre -señala la encíclica-. Es una

respuesta de amor». Por eso, «reconocer al

Señor como Dios es el núcleo fundamental,

el corazón de la Ley, del que derivan y al

que se ordenan los preceptos particulares».

Las exigencias del amor 1

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Jesús indica el itinerario que comienza con el

respeto de los mandamientos en sus palabras

posteriores al joven: «Si quieres ser perfecto... ven y

sígueme». Por tanto, «seguir a Cristo es el fundamento

esencial y original de la moral cristiana». Esta

configuración con Cristo «no es posible para el hombre

con sus solas fuerzas», sino que «es fruto de la gracia».

En este juego de la llamada de Dios y la

respuesta humana se manifiesta «la dinámica particular

del crecimiento de la libertad hacia su madurez».

Las exigencias del amor 2

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El capítulo segundo examina algunas corrientes

recientes de la teología moral, en relación con la

situación contemporánea. Empieza

reconociendo lo valioso que tiene, a este

respecto, la cultura actual: «El sentido más

profundo de la dignidad de la persona y de su

unicidad, así como el respeto debido al camino

de la conciencia, es ciertamente una adquisición

positiva de la cultura moderna».

La libertad reclama la verdad 1

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Pero estas conquistas quedan, en algunas

corrientes del pensamiento de hoy, desvirtuadas

por varias desviaciones: «Se ha llegado a exaltar la

libertad hasta el extremo de considerarla como un

absoluto, que sería la fuente de los valores»; «se

ha atribuido a la conciencia individual las

prerrogativas de una instancia suprema del juicio

moral», hasta llegar a «una concepción

radicalmente subjetiva del juicio moral».

La libertad reclama la verdad 2

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Tales errores están estrechamente relacionados

con «la crisis en torno a la verdad», que lleva a

«una ética individualista, para la cual cada uno se

encuentra ante su verdad, diversa de la verdad de

los demás». Esta crisis explica la paradoja de que

nuestro tiempo, en que tanto se ha exaltado la

libertad, sea a la vez la época de los

determinismos de toda clase. En efecto, a menudo

se pone en duda la libertad exagerando los

condicionamientos históricos, sociales,

psicológicos, biológicos...

La libertad reclama la verdad 3

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Algunas tendencias de la teología moral,

influidas por esas corrientes de pensamiento,

coinciden en «debilitar o incluso negar la

dependencia de la libertad con respecto a la

verdad». Por ello el Papa esclarece primero esta

cuestión. Empieza por la relación entre la

libertad y la ley.

Ciertas corrientes teológicas plantean un

pretendido conflicto entre la libertad y la ley,

porque piensan que el sometimiento a normas

no creadas por el hombre -como la «ley natural»

de que habla la Iglesia- sería incompatible con

su dignidad. La

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El Papa explica que la doctrina católica reconoce una

justa autonomía del hombre. En primer lugar, sólo Dios

tiene poder de decidir sobre el bien y el mal, lo que no

significa arbitrariedad: «Dios, que sólo Él es bueno,

conoce perfectamente lo que es bueno para el hombre

y en virtud de su mismo amor se lo propone en los

mandamientos». De modo que la ley natural no manda

otra cosa sino el mismo bien humano, y por eso es, a la

vez que ley divina, ley del propio hombre. Además,

Dios ha dejado al hombre en manos de su albedrío. Así

pues, la «autonomía» consiste en que «el hombre

posee en sí mismo la propia ley, recibida del Creador»;

pero «no puede significar la creación, por parte de la

misma razón, de los valores y las normas morales». La

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No ser autor de la ley moral no implica ser

su esclavo o su cumplidor automático. Al

contrario, «la vida moral exige la creatividad

y la ingeniosidad propias de la persona,

origen y causa de sus actos deliberados».

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Otras críticas a la ley natural acusan a la

doctrina moral católica de «naturalismo» o

«biologismo», en particular con respecto a la ética

sexual. Cuando la Iglesia insiste en que se debe

respetar la estructura natural del acto sexual, se

dice que presenta como leyes morales lo que no

son más que leyes biológicas. Tales

interpretaciones, observa la encíclica, suponen no

entender la unidad de alma y cuerpo, olvidando que

es en esta unidad donde la persona es sujeto de

sus actos morales.

Por encima de la diversidad de culturas

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El siguiente apartado («Conciencia y

verdad») aborda las teorías que proponen

una interpretación «creativa» de la

conciencia. Según éstas, la conciencia no

puede limitarse a aplicar normas

universales, que no recogen las

particularidades de las distintas situaciones

y personas. Por tanto, la conciencia estaría

autorizada a salirse de la ley para justificar

que se haga lo que ésta prohíbe.

Al servicio de la conciencia 1

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El Papa explica que la conciencia es testigo de la

cualidad moral de la persona y de sus actos; por

eso actúa aplicando la ley al caso, pronunciando

juicios de absolución y de condena. Lo que sólo

puede hacer porque reconoce el carácter universal

de la ley. De modo que la conciencia es la «norma

próxima de la moralidad personal», justamente

porque «la autoridad de su voz y de sus juicios

derivan de la verdad sobre el bien y sobre el mal

moral, que está llamada a escuchar y expresar».

Al servicio de la conciencia 2

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El tercer apartado del capítulo segundo trata de

la teoría de la «opción fundamental», según la

cual la cualidad moral de la persona depende de

la orientación general que ésta haya dado a su

vida, por o contra el amor a Dios y al prójimo.

Los actos concretos, en sí, importan menos, de

modo que -según esta postura- el pecado grave,

que aparta de Dios, se da sólo en la opción

fundamental de rechazar su amor.

La opción fundamental

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Después examina el problema, clásico, de las fuentes de la

moralidad, a propósito de la corriente actual llamada

«teleologismo». Éste pone la moralidad en la intención,

olvidando el objeto del acto. Así, valora la intención según las

consecuencias previsibles de la acción

(«consecuencialismo»), o según la proporción de sus efectos

buenos o malos («proporcionalismo»), mirando si se busca la

mayor proporción posible de bien o el mal menor.

Una conclusión de estas teorías es que no hay

prohibiciones morales absolutas, que no admitan excepciones.

Un acto que violara normas universales negativas podría ser

admisible si el sujeto, con la intención puesta en los valores

morales superiores, obrara según una ponderación

«responsable» de los bienes implicados.

La buena intención no basta

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CONCLUSIONES Y/O ACTIVIDADES DE

INVESTIGACIÓN SUGERIDAS

Resolver los ejercicios correspondientes a este

capitulo del material DUED .

Revisar la bibliografía complementaria en la

plataforma .

Revisar el Blog del Curso donde hallará material

complementario.

Revisar el Foro donde hallará temas de interés

sobre la importancia de los conceptos éticos.

Resolver la autoevaluación correspondiente.

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GRACIAS