ELEMENTOS HISTORICOS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA …mpuchade/UED/2005Tema03.pdf · de integración...

29
ECONOMÍA DE LA UNIÓN EUROPEA TEMA 3 ELEMENTOS HISTORICOS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA 1. LAS GRANDES ETAPAS EN EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN EUROPEA La idea de una Europa unida es muy anterior a la creación de las Comunidades Europeas. La historia de Europa ha sido una sucesión de conflictos y las tentativas de unir Europa han estado basadas en una hegemonía concreta, terminando todas de forma catastrófica (Imperio Napoleónico, III Reich, etc.) En el período de entreguerras (1919-1939) encontramos algunos intentos de unificación voluntaria y pacífica que no llegaron a prosperar. Será tras la II Guerra Mundial cuando se creen las condiciones que permitan la emergencia de una concepción más radical de la configuración de Europa. Los diferentes movimientos en este sentido partían de la constatación de tres hechos: la conciencia de la propia debilidad. Tras la Segunda Guerra Mundial, Europa había perdido su posición de privilegio en la escena mundial, quedando desplazada por dos superpotencias (EE.UU. y la URSS) con mayor poder militar, político y económico que una Europa fraccionada en muchos Estados. la magnitud de los desastres asociados a dos guerras que, en menos de treinta años, habían tenido como teatro el territorio europeo y la consiguiente tarea de reconstrucción. el deseo de una nueva organización más adecuada que rigiera la convivencia entre hombres y entre Estados. El análisis histórico de la construcción europea puede plantearse desde distintos puntos de vista. A la hora de marcar las etapas del proceso podemos hacerlo atendiendo, entre otros criterios, al ritmo de integración, a la ampliación de las Comunidades o a la profundización en la integración política y económica. 1.1 Etapas en el ritmo de integración Los orígenes hasta las Comunidades Europeas. La cooperación europea emprendida en la posguerra nos ofrece una multiplicidad de organizaciones, entre ellas, las organizaciones Atlántico-Europeas, cuyo origen es la vinculación entre Estados Unidos y Europa occidental. A este tipo pertenecen la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Alianza Atlántica. La creación, en 1951, de la Comunidad Económica del Carbón y del Acero (CECA) marcó un cambio de orientación, con un novedoso esquema institucional y que será precursor de las Comunidades Europeas.

Transcript of ELEMENTOS HISTORICOS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA …mpuchade/UED/2005Tema03.pdf · de integración...

ECONOMÍA DE LA UNIÓN EUROPEA

TEMA 3

ELEMENTOS HISTORICOS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA

1. LAS GRANDES ETAPAS EN EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN EUROPEALa idea de una Europa unida es muy anterior a la creación de las Comunidades Europeas.La historia de Europa ha sido una sucesión de conflictos y las tentativas de unir Europa hanestado basadas en una hegemonía concreta, terminando todas de forma catastrófica(Imperio Napoleónico, III Reich, etc.)

En el período de entreguerras (1919-1939) encontramos algunos intentos de unificaciónvoluntaria y pacífica que no llegaron a prosperar. Será tras la II Guerra Mundial cuando secreen las condiciones que permitan la emergencia de una concepción más radical de laconfiguración de Europa. Los diferentes movimientos en este sentido partían de laconstatación de tres hechos:

– la conciencia de la propia debilidad. Tras la Segunda Guerra Mundial, Europahabía perdido su posición de privilegio en la escena mundial, quedando desplazadapor dos superpotencias (EE.UU. y la URSS) con mayor poder militar, político yeconómico que una Europa fraccionada en muchos Estados.

– la magnitud de los desastres asociados a dos guerras que, en menos de treintaaños, habían tenido como teatro el territorio europeo y la consiguiente tarea dereconstrucción.

– el deseo de una nueva organización más adecuada que rigiera la convivencia entrehombres y entre Estados.

El análisis histórico de la construcción europea puede plantearse desde distintos puntos devista. A la hora de marcar las etapas del proceso podemos hacerlo atendiendo, entre otroscriterios, al ritmo de integración, a la ampliación de las Comunidades o a la profundizaciónen la integración política y económica.

1.1 Etapas en el ritmo de integraciónLos orígenes hasta las Comunidades Europeas. La cooperación europea emprendida enla posguerra nos ofrece una multiplicidad de organizaciones, entre ellas, las organizacionesAtlántico-Europeas, cuyo origen es la vinculación entre Estados Unidos y Europa occidental.A este tipo pertenecen la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE)y la Alianza Atlántica. La creación, en 1951, de la Comunidad Económica del Carbón y delAcero (CECA) marcó un cambio de orientación, con un novedoso esquema institucional yque será precursor de las Comunidades Europeas.

2

Cuadro 1. GRANDES ETAPAS DE LA CONSTRUCCIÓN EUROPEA

TRATADOS AMPLIACION INTEGRACIONECONOMICA

19511952

Tratado de París (CECA)18-4-1951 firma del Tratado25-7-1952 Entrada en vigor

integración de los mercadosde carbón y acero

19571958

Tratado de Roma (CEE,Euratom)25-3-1957 Firma del Tratado1-1-1958 Entrada en vigor

Miembros fundadoresde las ComunidadesEuropeas 6 países Alemania, Bélgica,Francia, Holanda, Italia,Luxemburgo

1968 Unión Aduanera1-7-1968 conclusión de la UniónAduanera

19721973

Primera ampliación22-1-1972 Firma del Tratado deAdhesión de Dinamarca, Irlanda yReino Unido1-1-73 Entrada en vigor

19791981

Segunda ampliación28-5-1979 Firma del Tratado deAdhesión de Grecia1-1-1981 Entrada en vigor

19851986

Tercera ampliación12-6-1985 Firma del Tratado deAdhesión de España y Portugal1-1-1986 Entrada en vigor

1987

Acta Unica Europea17-2-1986 Firma del Acta UnicaEuropea1-7-1987 Entrada en vigor

19901992

Unificación de Alemania3-10-1990 El territorio de la antiguaRepública Democrática Alemanapasa a formar parte de la C.E.

1993

Tratado de la UniónEuropea 7-2-1992 Firma del Tratado enMaastricht1-11-1993 Entrada el vigor

Mercado Unico1-1-1993 desaparición controlesaduaneros

1994

1995

Cuarta ampliación24-6-1994 Firma del Tratado deAdhesión de Austria, Finlandia ySuecia1-1-1995 Entrada en vigor

1-1-1994 Entra en vigor el acuerdopor el que se establece el EspacioEconómico Europeo

1997

1999

Tratado de Amsterdam2-10-1997 Firma del Tratado deAmsterdam1-5-1999 Entrada en vigor

Unión Monetaria1-1-1999 3º fase de la UniónMonetaria

2001 Tratado de Niza2002 26-2-2002 firma del Tratado

2003 1-2-2003 Entrada en vigor Quinta ampliación16-4-2003 Firma de los Tratadosde Adhesión.

2004 Tratado por el que seinstituye una Constituciónpara Europa29-10-2004 Firma del Tratado enRoma

1-5-2004 Entrada en vigorde los Tratados de Adhesión

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

3

• Los primeros años de las Comunidades Europeas. Las comunidades europeas (CECA,CEE, Euratom) inauguran un modelo de política internacional radicalmente nuevo, conuna capacidad de integración que no ha encontrado parangón hasta hoy. La diferenciabásica con las anteriores organizaciones es que los Estados que la forman renuncian aparte de su soberanía en favor de las Comunidades, dotando a éstas de una autoridadpropia e independiente de los Estados miembros. Los años 60 vieron los primeros logrosde la construcción europea, la unión aduanera y la política agraria común, y culminaroncon la primera ampliación en 1972.

• La crisis económica de los 70. Supuso un frenazo en la construcción europea. Antela crrisis, los países europeos adoptaron políticas económicas divergentes, el euro-escepticismo se instaló en algunos gobiernos y los intereses particulares acabaronprimando sobre las propuestas de una mayor integración. No obstante, puedendestacarse algunos avances significativos en este periodo. En el plano institucional, en1979 se celebraron las primeras elecciones por sufragio universal al Parlamento Europeoy, en el plano económico, la propia crisis del sistema monetario internacional hizonecesaria una cooperación monetaria cada vez más estrecha entre los países europeos.

• El nuevo impulso en la construcción europea. A mediados de los años 80 se produceun nuevo impulso en la construcción europea, auspiciado por la revisión de los tratadosfundacionales y la segunda y tercera ampliación. El Acta Única Europea amplió losobjetivos comunitarios e introdujo una reforma institucional que permitirá desbloquear losavances en el proceso de construcción europea.

• La Unión Europea. En los años 90 se acelera el ritmo de integración con los Tratadosde la Unión Europea y de Amsterdam y la cuarta ampliación. Entre los principales logros,señalar la unión monetaria, la ciudadanía europea y la ampliación de los objetivoscomunitarios a las áreas de justicia e interior y políticas exterior y de seguridad, dandouna nueva dimensión jurídica y política a la Unión Europea.

1.2 La ampliación de las Comunidades Europeas • Miembros fundadores. Seis países europeos, Bélgica, Francia, Alemania, Italia,

Luxemburgo y Holanda son los miembros fundadores de las Comunidades europeas. El18 de abril de 1951 firmaron el Tratado de París, por el que se crea la CECA, y el 25 demayo de 1957, los mismos seis países, firman el Tratado de Roma, constitutivo de laCEE y Euratom. Es la Europa de los seis.

• Primera ampliación. El 22 de enero de 1972, Dinamarca, Irlanda, Gran Bretaña yNoruega firma el Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas. Sin embargo,Noruega rechaza en referéndum la adhesión. El 1 de enero de 1973 se produce laadhesión de Dinamarca; Irlanda y Gran Bretaña. Las Comunidades Europeas tienenentonces 9 miembros.

• Segunda ampliación. Grecia se incorpora a las comunidades europeas el 1 de enerode 1981. El Tratado de adhesión se había firmado en Atenas el 28 de mayo de 1979.

• Tercera ampliación. Con la Entrada de España y Portugal el 1 de enero de 1986 sepasa a la Europa de los doce. Los tratados se habían firmado el 13 de junio de 1985.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

4

• Cuarta ampliación. Austria, Finlandia, Suecia y Noruega firman los Acuerdos deAdhesión en junio de 1994. Noruega, por segunda vez, rechaza en referéndum laadhesión, y el 1 de enero de 1995 Austria Finlandia y Suecia entran en la Unión Europea.La Unión Europea tiene quince miembros.

• Quinta ampliación. En Mayo de 2004 se produce una nueva ampliación, sinprecedentes en cuanto a su dimensión y complejidad, tanto por el número de países, laextensión geográfica, la diversidad cultural y las debilidades estructurales y diferencialesde renta de unos países que han realizado una rápida transición a una economía demercado. Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, República Checa, Eslovaquia, Hungría,Eslovenia, Malta y Chipre son los diez países que se incorporan para formar una Europade 25 miembros. Rumania y Bulgaria son países candidatos con perspectivas deincorporarse a la Unión el año 2007.

1.3 Profundización en el proceso de integración económica Los hitos más significativos, en cuanto a nivel de integración económica se refiere, han sidola Unión Aduanera, el Mercado Interior y la Unión Monetaria.

• Unión Aduanera. El primer paso para el mercado común fue el establecimiento de unaunión aduanera con un arancel exterior común. La unión aduanera quedó completadael 1 de julio de 1968, un año y medio antes del periodo transitorio previsto.

• Mercado Interior. A mediados de los años 80 se retomó la ambición de construir unmercado común. El Acta Única Europea recoge la noción de mercado interior definidocomo “un espacio sin fronteras interiores en el que la libre circulación de mercancías,personas, servicios y capitales estará garantizada". Para la realización de este objetivose fijó como fecha el 31 de diciembre de 1992. En dicha fecha se habían suprimidototalmente los controles de mercancías en las fronteras interiores, los controlessistemáticos de personas, y se había liberalizado el movimiento de capitales.

• Unión Monetaria. El 1 de enero de 1999 se inició la tercera fase de la unión monetaria.Entra en funcionamiento el Banco Central Europeo y once países de la Unión adoptanel euro como moneda común (Grecia se incorporará en 2001), aunque las monedas ybilletes en euros no comenzarán a circular hasta el 1 de enero de 2002.

1.4 Los Tratados EuropeosOtro criterio para marcar las etapas del proceso de construcción europea se basa en losTratados constitutivos de las Comunidades Europeas y sus principales modificaciones. Endefinitiva, la estructura institucional y sus modificaciones, los sucesivos impulsos al procesode integración económica y política, la cesión de soberanía por parte de los Estados y elaumento de competencias de las instituciones comunitarias viene en última instanciadeterminado por los Tratados firmados y ratificados por los Estados miembros. Así pues,podemos plantear una visión histórica del proceso de construcción europea a través de losTratados constitutivos de las Comunidades Europeas y sus principales modificaciones:

• Tratado de Roma• Acta Única Europea• Tratado de la Unión Europea (Tratado de Maastricht)

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

5

• Tratado de Amsterdam• Tratado de Niza• Constitución Europea

2. LOS ORÍGENES: DE LA OECE A LAS COMUNIDADES EUROPEAS Tras el caos de la Segunda Guerra Mundial, la necesidad de un acercamiento entre lospaíses europeos aparece como algo ineludible. Sin embargo, en los distintos intentos decooperación han estado presentes dos concepciones distintas sobre el tipo de acercamientoque debía alcanzarse:

– de un lado, los partidarios de unas relaciones de cooperación de tipo clásico: tratadosentre gobiernos poniéndose de acuerdo en determinadas cuestiones peromanteniendo intacta la soberanía de cada Estado.

– de otro, los partidarios del establecimiento de unos lazos de carácter federal, de lacreación de una autoridad de carácter supranacional con el objetivo último de laconstitución de los "Estados Unidos de Europa".

De hecho, las posturas siguen manteniéndose hasta el punto de que la historia de laconstrucción europea (hoy todavía inconclusa) ha sido y es el resultado de la oposición entreambas.

2.1 El principio: la OECE y la OTANLas dos primeras instituciones que se crearon con el objetivo de mejorar la cooperación entrepaíses europeos se constituyeron a instancias de Estados Unidos.

– en el ámbito militar, la Organización del Tratado de Bruselas de la que en 1949surgiría la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), ampliando el sistemaoccidental de defensa.

– en el ámbito económico, la Organización Europea de Cooperación Económica(OECE) creada en 1948 para satisfacer la exigencia formulada por los EstadosUnidos de una gestión conjunta de los fondos destinados a la reconstrucción deEuropa, el llamado Plan Marshall.

En el ámbito de la cooperación política, en 1949 se crea el Consejo de Europa, organizacióninternacional que por primera vez no se limita a representar a los Estados miembros, sinoque dispone de una Asamblea propia que representa a los Parlamentos Nacionales. En laactualidad lo componen 27 países.

2.2 La Comunidad Europea del Carbón y del AceroLa industria siderúrgica europea se encontraba ante una alarmante situación,sobredimensionada a causa del esfuerzo de guerra y con un mercado incapaz de absorberla producción. Se temía el estallido de una crisis que desembocara en una guerra de preciosque arruinase a la industria del acero. Frente a esta situación, el ministro francés de asuntosexteriores, Robert Schuman, presentó un plan que consistía básicamente en colocar todala producción franco-alemana de carbón y acero bajo una única autoridad en unaorganización abierta a los demás países de Europa, con lo que:

– respecto a las relaciones franco - alemanas (en su doble vertiente militar y

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

6

económica) la puesta en común del carbón y el acero hacía que toda guerra entreFrancia y Alemania fuera materialmente imposible.

– en el plano económico, y mediante el reparto de la producción a través de un sistemade cuotas entre países, se perseguía la fusión de los mercados, evitando así falsearla competencia.

– en el plano político, y mediante una integración sectorial (por sectores económicos)se sentaban las bases de una futura federación europea.

En menos de un año, Francia, la República Federal de Alemania, Luxemburgo, Holanda,Bélgica e Italia firmaban el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y delAcero. Inglaterra, pese a ser el principal productor europeo de ambos, declinó su integración:la idea de una institución supranacional con competencias propias era vista con sumo recelo.

En el plano económico la CECA cosechó entre 1952 (año de la entrada en vigor del TratadoCECA) y 1957 importantes éxitos mejorando el desarrollo tecnológico y fomentando el librecomercio mediante la eliminación de prácticas restrictivas (contingentes, subvencionesestatales, supresión de derechos aduaneros, etc.), consiguió una racionalización de lasinversiones, evitando crisis de sobreproducción y limitó las prácticas de competencia deslealmediante la publicidad de los precios.

Pero, probablemente, su mayor virtud consistió en ser la primera de las ComunidadesEuropeas, estableciendo un sistema institucional que luego sería repetido en las demás. LaComunidad Europea del Carbón y el Acero (CECA) estaba formada por cuatro instituciones:

– la Alta Autoridad, órgano independiente de los gobiernos, con poder de decisión.

– la Asamblea, compuesta por representantes de los Parlamentos de los paísesintegrantes con la función de ejercer el control democrático sobre la Alta Autoridad.

– el Consejo Especial de Ministros, formado por los representantes gubernamentalesde los países miembros con la función de armonizar la acción de la Alta Autoridad ylas preocupaciones económicas de los gobiernos de los Estados.

– el Tribunal de Justicia, con el fin de resolver las diferencias entre los Estadosmiembros, entre las industrias, o con la Alta Autoridad.

El sistema sería financieramente autónomo ya que se nutriría de una exacción especialpagada directamente por las empresas productoras de carbón y/o acero de acuerdo con suvolumen de producción.

Después de la firma del Tratado CECA, René Pleven presentó un proyecto de ejércitoeuropeo. La Comunidad Europea de Defensa (CED), negociada en 1952, debía iracompañada de una Comunidad política (CEP). Ambos proyectos fueron abandonados trasla negativa de la Asamblea Nacional francesa, en agosto de 1954, a autorizar la ratificacióndel Tratado.

2.3. El Tratado de Roma y evolución hasta el Acta Única EuropeaLos éxitos de la CECA y el fracaso de otros intentos de integración política pusieron demanifiesto la necesidad de extender el campo de actuación de la CECA a otros sectores(transporte y energía especialmente). Una vez más, surgieron dos posturas encontradas: por

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

7

un lado, la de Francia, que tenía puesto su objetivo en continuar con una integración porsectores económicos, siguiendo el modelo CECA, y estaba especialmente interesada en laenergía nuclear, mientras que el resto de Estados miembros se inclinaban por la creaciónde un mercado común generalizado.

En respuesta a una iniciativa de los países del Benelux (Holanda, Bélgica y Luxemburgo) losministros de asuntos exteriores de los seis países integrantes de la CECA se reunieron enMesina (Italia) en 1955 y anunciaron su voluntad de establecer una Europa unida,encargando a un comité intergubernamental, presidido por el belga Paul-Henri Spaak, lapreparación de un informe sobre las distintas posibilidades. El denominado Informe Spaakse presentó unos meses después: valoraba positivamente tanto el proyecto de una actuaciónconjunta en el campo de la energía nuclear como la creación de un mercado comúngeneralizado, dejando claro que la única fórmula posible para conciliar los interesesopuestos era ligar ambos proyectos.

Los Tratados Fundacionales de la Comunidad Económica Europea (CEE) y de laComunidad Europea de Energía Atómica (Euratom) se firmaron en Roma el 25 de marzode 1957; de ahí que se les conozca con el nombre de Tratados de Roma.

El Tratado de la CEE contenía dos aspectos esenciales:– la creación de un mercado común mediante la liberalización de los movimientos entre

países de bienes, servicios y factores, protegidos por una tarifa exterior común.– el establecimiento de políticas comunes (especialmente en agricultura y transportes)

y la armonización de las políticas de los Estados miembros.

El Tratado Euratom contemplaba unos objetivos muy ambiciosos, en particular, la creacióny crecimiento rápidos de industrias nucleares y el desarrollo conjunto de la investigaciónnuclear. Pero, de hecho, debido al carácter complejo y delicado del sector nuclear, queafecta a intereses vitales de los Estados miembros (defensa e independencia nacional), elTratado Euratom tuvo que limitar sus ambiciones.

El esquema institucional en ambos casos era muy parecido al de la CECA. El convenio sobredeterminadas instituciones comunes, que se firmó y entró en vigor al mismo tiempo que losTratados de Roma, había establecido que la Asamblea Parlamentaria y el Tribunal deJusticia serían comunes. Quedaban por fusionar los “ejecutivos", que se completará con elConvenio de 9 de abril de 1965.

2.4. Las realizaciones de la fase inicial de las Comunidades EuropeasLos dos éxitos más importantes que alcanza la CEE en sus primeros años son elestablecimiento de la unión aduanera y la creación de la política agraria común.

El artículo 8 de Tratado de Roma preveía la realización de un mercado común durante unperiodo transitorio de 12 años, divido en tres etapas y cuya conclusión estaba prevista parael 31 de diciembre de 1969.

La primera ambición, la unión aduanera, se realizó con mayor rapidez de la prevista. Lafavorable situación económica permitió que este proceso se completara a mitad de 1968. Enese período los intercambios entre países comunitarios crecieron un 400% y el comercio conterceros países se duplicó.

La Europa verde constituye el segundo gran proyecto de la construcción europea. Tras la

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

8

Conferencia de Stresa (Italia), en 1962, se adoptaron los primeros reglamentos sobre laPolítica Agraria Común (PAC) y se creó el Fondo Europeo de Orientación y GarantíaAgrícola (FEOGA) cuyo papel sería fundamental en el desarrollo de la agricultura comunitariay que estará en el origen de varias crisis

Por último, la CEE iniciaba sus pasos en el camino de una Política Exterior Común con lafirma de un tratado de cooperación con dieciocho nuevos Estados africanos ysuramericanos.

Los éxitos económicos empezaron a atraer a nuevos países europeos. En 1961, Grecia firmócon la CEE un acuerdo preferencial; el mismo año, Irlanda, Dinamarca y el Reino Unidosolicitaron su ingreso; Noruega, España y Portugal lo hacían en 1962.

2.5 La “crisis de la silla vacía”Una crisis importante se produce cuando estaba a punto de iniciarse la tercera etapa delperiodo transitorio (1 de enero de 1966), fecha en que debían cambiar las modalidades devotación dentro del Consejo (decisión por mayoría cualificada en determinados ámbitos).

En 1965, el presidente de la Comisión, el alemán Hallstein, presentó una propuesta parafinanciar la PAC con recursos propios comunitarios. El gobierno francés, disconforme, retiróa su representante de la Comisión impidiendo la toma de decisiones y abriendo una crisisque duraría siete meses. De hecho, lo que se estaba cuestionando por parte de Francia erael sistema de toma de decisiones por mayoría y, en definitiva, la esencia misma de laComunidad: su supranacionalidad, en el sentido de su capacidad para tomar decisionessobre los intereses particulares de los Estados miembros.

Finalmente, la crisis quedó resuelta en 1966 con la adopción del denominado Compromisode Luxemburgo, según el cual, cuando las materias en discusión afectaran lo que algúnpaís estimara como intereses vitales para él los acuerdos deberían tomarse por unanimidad. De hecho, se instauraba la capacidad de veto de las decisiones comunitarias por parte decualquier país.

2.6 Primeras modificaciones de los TratadosLa primera modificación institucional en las Comunidades europeas es la realizada por elTratado de fusión, de 8 de abril de 1965, que entró en vigor en 1967, por el que seinstituyeron un Consejo y una Comisión únicos de las Comunidades Europeas (CECA, CEE,Euratom) y que impuso el principio de unidad presupuestaria.

Otro punto muy importante fue la decisión del Consejo, de 21 de abril de 1970, de creaciónde un sistema de recursos propios de la Comunidad y que sustituyó a las contribucionesfinancieras de los Estados miembros.

Paralelamente, el Tratado de Luxemburgo, de 22 de abril de 1970, concedió al ParlamentoEuropeo determinados poderes presupuestarios.

2.7 La Conferencia de La HayaEn la cumbre de La Haya, de diciembre de 1969 (coincidiendo con el final del periodotransitorio de doce años previsto en el Tratado de Roma para la instauración del Mercado

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

9

Común), los jefes de Estado y de Gobierno reiteraron su deseo de ir avanzandopaulatinamente hacia una autentica unión económica y monetaria y hacia la estrechaequiparación de las políticas sociales que ello implica, y reiteraron el visto bueno al principiode ampliación de la Comunidad. Así pues, la Conferencia de La Haya se desarrolló con untriple objetivo:

– Culminación de la PAC con un acuerdo definitivo sobre su financiación (y la delconjunto del presupuesto comunitario) mediante recursos propios de la CEE (y no através de aportaciones estatales).

– Profundización de la CEE a través de la unión económica y monetaria.– Ampliación con la entrada del Reino Unido y de los otros países candidatos.

Respecto del primer punto, se logró un acuerdo para financiar la CEE mediante los derechosde aduanas sobre las importaciones de bienes y la aportación por los Estados miembros deun tanto por cien de sus ingresos por IVA. Ambos tendrían definitivamente la consideraciónde ingresos comunitarios.

Respecto del segundo, en marzo del año siguiente el Consejo encargó a un comité deexpertos la elaboración de propuestas para la creación de una unión económica y monetaria.El denominado Plan Werner establecía un plazo de 10 años para llevar a cabo una UniónMonetaria y Económica Europea. El proyecto preveía la creación de un Banco CentralEuropeo y la adopción de las decisiones de política económica en el nivel comunitario. Lacrisis monetaria y económica internacional provocará que se abandonen estos proyectos.

2.8 La primera ampliación Tradicionalmente, el Reino Unido se había mostrado poco dispuesto a aceptar elementosde supranacionalidad que supusiesen cesión de soberanía, quedando al margen de lasComunidades Europeas. Por el contrario, tenía interés e impulsó la creación de una zona delibre comercio para los productos industriales.

En enero de 1960 se firmó en Estocolmo el Convenio Europeo de la Asociación de LibreComercio (EFTA) por parte de siete países: Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suecia,Suiza y Reino Unido.

Sin embargo, un año después, Irlanda, Dinamarca y Reino Unido presentaron su solicitudformal de ingreso en las Comunidades Europeas. Pocos meses después lo hará tambiénNoruega. El Reino Unido solicitaba un estatuto especial con importantes excepciones a laspolíticas comunitarias y se encontró con el veto francés. En enero de 1965 el Presidente dela República de Francia, General De Gaulle, declara que Francia abriga dudas sobre lavoluntad política del Reino Unido de ingresar en la Comunidad, tras lo cual se suspenden lasnegociaciones con todos los países candidatos.

El Reino Unido volverá a presentar su solicitud de adhesión en mayo de 1967, seguido deIrlanda, Dinamarca y Noruega. Pero el General De Gaulle continuó mostrando sus reservasa aceptar la adhesión británica.

En Junio de 1970, levantado el veto francés, se inician en Luxemburgo las negociacionescon los cuatro países candidatos. Los Tratados de Adhesión se firmaron en 1972, peroNoruega rechazó la adhesión en referéndum. Finalmente, el 1 de enero de 1973, Dinamarca,

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

Irlanda y Reino Unido entran a formar parte de las Comunidades Europeas, que pasan atener nueve miembros. Simultáneamente, entra en vigor el acuerdo de libre comercio entre

la

Enensi

2.A sisloses

EnSideRe

Ena demdeco

Cuadro 2. CRONOLOGÍA DE LA PRIMERA AMPLIACIÓN

1960 4-1-1960 Firma en Estocolmo del Convenio Europeo de la Asociación de LibreComercio EFTA3-5-1960 Entrada en vigor de la EFTA

1961 31-7-1961 Irlanda solicita el ingreso en la CE9-8-1961 Reino Unido solicita el ingreso10-8-1961 Dinamarca solicita el ingreso

1962 30-4-1962 Noruega solicita el ingreso

1963 14-1-1961 Veto francés a la incorporación del Reino Unido

1967 11-5-1967 Nueva solicitud del Reino Unido, seguida de la de Irlanda y Dinamarca ypoco después Noruega

1970 30-6-1970 Apertura negociaciones en Luxemburgo con los países candidatos

1972 22-1-1972 Firma de los Tratados de Adhesión con Dinamarca, Irlanda, Noruega yel Reino Unido25-7-1972 Noruega se pronuncia en referéndum en contra de la adhesión

1973 1-1-1973 Dinamarca, Irlanda y Reino Unido ingresan en las ComunidadesEuropeas.Entra en vigor el Acuerdo de Libre Comercio CEE – EFTA (Austria, Suiza, Portugaly Suecia)

1982 28-2-1982 Groenlandia opta, en referéndum, por salir de la Comunidad

1985 1-2-1985 Groenlandia abandona la Comunidad

10

CEE y la EFTA, creando una gran zona de libre comercio.

1982, Groenlandia, que se había incorporado a la CEE como parte de Dinamarca, opta, referéndum, por retirarse de la Comunidad, y en 1985 abandona la Comunidad Europea,bien, permanece asociada a ella como territorio de ultramar.

9 La crisis monetaria y económica internacionalla crisis monetaria de 1971 (la devaluación del dólar norteamericano y el derrumbe deltema monetario internacional), se añadió la crisis energética de 1973. Ante esta situación Estados miembros adoptaron políticas económicas divergentes. El resumen del período que se produce un estancamiento en el proceso de integración europea.

el plano económico el mayor logro del período correspondió al establecimiento delstema Monetario Europeo en 1979: un procedimiento para organizar la flotación conjunta las monedas comunitarias mediante un sistema de tipos de cambio estables (del que elino Unido quedó al margen) y que duró hasta 1992.

el terreno político hay que destacar la creación, en 1974, del Consejo Europeo que veníainstitucionalizar las Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno que venían celebrándosesde hacía varios años como órgano político de impulso comunitario; y por otra parte el

ayor protagonismo que va adquiriendo el Parlamento Europeo. Con el Tratado de Bruselas, 22 de julio de 1975, el Parlamento obtuvo el derecho de rechazar el presupuesto y denceder la aprobación de la gestión de la Comisión en la ejecución del mismo. Este Tratado

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

instituyó asimismo el Tribunal de Cuentas, organismo de control contable y de gestiónfinanciera que inició sus funciones en octubre de 1977. El Parlamento utilizarásistemáticamente sus competencias en materia presupuestaria para desarrollar la actuaciónde la Comunidad.

Por otro lado, el Acta de 20 de septiembre de 1976 dispuso que el Parlamento se elegiría porsufragio un

2.10 La A pesar detuvo que einternacion1986, coincla entrada dincorporacilos países comunitario

3. EL

3.1 La El Consejo sobre el prerepresentapresentar s

1962

19671970197519761977

19781979

19811985

1986

iversal directo. Las primeras elecciones tuvieron lugar en junio de 1979.

Cuadro 3. CRONOLOGÍA DE LA SEGUNDA YTERCERA AMPLIACIÓN

España solicita un acuerdo de asociación susceptible deintegración. La solicitud fue rechazada

1-11-1962 Entra en vigor el Tratado de Asociación con GreciaInicio de negociaciones con España para un acuerdo comercialFirma del Acuerdo Preferencial con España

12-6-1975 Grecia solicita la adhesión27-7-1976 Apertura de negociaciones con Grecia

28-3-1977 Portugal solicita la adhesión6-6-1977 España solicita la adhesión.6-6-1978 Apertura de negociaciones con Portugal5-5-1979 Apertura de negociaciones con España

28-5-1979 Firma del Tratado de Adhesión de Grecia1-1-1981 Grecia entra la Comunidad

12-6-1985 Firma de los Tratados de Adhesión de España yPortugal

11

segunda y tercera ampliación la existencia de varios países candidatos, la nueva ampliación de la Comunidadsperar a que se superasen los problemas derivados de la crisis económicaal. En 1981 se produce la segunda ampliación, con la entrada de Grecia, y enidiendo con el relanzamiento comunitario del Acta Única Europea, se produciráe Portugal y España. La entrada de estos tres países mediterráneos suponía la

ón a la Comunidad de unas economías con diferencias importantes respecto amiembros y con un nivel de desarrollo menor, lo que obligará a los socioss a un esfuerzo de cohesión económica.

ACTA ÚNICA EUROPEA

preparación del Acta Unica Europeo de Fontainebleau, de junio de 1984, tras haber puesto fin al contenciososupuesto comunitario de la década de 1980, decidió la creación de un comité de

ntes de los Jefes de Estado y de Gobierno (Comité Dodge) encargado deugerencias para la mejora del funcionamiento tanto del sistema comunitario como

1-1-1986 España y Portugal se integran en la Comunidad

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

12

de la cooperación política. El Comité elaboró un informe provisional en el que se proponíaun salto cualitativo, especialmente en el ámbito institucional, y la extensión de competenciasde la Comunidad a nuevas esferas de actividad y el establecimiento de un mercado interiorautentico. Fue el primer paso para la elaboración del Acta Única Europea.

3.2 Objetivos del Acta Única EuropeaAprobada en diciembre de 1985, el Acta Única Europea entró en vigor el 1 de enero de1987. Básicamente, consiste en una modificación y ampliación de los Tratados Constitutivosde las Comunidades Europeas que, sin ser la primera, es la más profunda e importante.

Sintéticamente, el Acta Única plantea tres tipos de objetivos:

• Institucionales, que modifican el funcionamiento de los órganos comunitarios.

• Económicos, que, en general, constituyen la culminación de finalidades previstas enlos Tratados Constitutivos o en modificaciones posteriores de éstos.

• Políticos, que definen una vía para profundizar en la Unión Europea.

3.2.1 Objetivos institucionales

• La toma de decisiones por mayoría. El Tratado de Roma preveía la toma dedecisiones por mayoría cualificada en el Consejo de Ministros comunitario, pero, comohemos visto, fue modificado en 1966 por el Acuerdo de Luxemburgo. El Acta Únicaretorna a la toma de decisiones por mayoría en una serie de competencias,restringiendo una práctica que había frenado en muchas ocasiones el avance de laComunidad Europea.

• El reconocimiento del Consejo Europeo. El Consejo Europeo (las Cumbres de Jefesde Estado y de Gobierno) creado por los Estados miembros en 1974, no estabaprevisto en los Tratados Fundacionales (Tratado de Roma). El Acta Única lo recoge,atribuyéndole indistintamente dos funciones: la de instancia superior de cooperaciónpolítica y la de Consejo de las Comunidades Europeas, con la finalidad de fijar lasgrandes líneas de las políticas comunitarias. El Acta Única establece que el Consejose reúna al menos dos veces al año.

• El sistema de cooperación Consejo – Parlamento. El Parlamento Europeo teníaunas competencias muy limitadas; básicamente estaba relegado al desempeño de unafunción consultiva con la única excepción de los temas presupuestarios en los quedisponía de cierto poder decisorio. El Acta Única añadió a esta facultad elProcedimiento de Cooperación entre el Parlamento y el Consejo (o Procedimiento dela Segunda Lectura) para la aprobación de decisiones esenciales relativas a lacreación del mercado interior.

• El Tribunal de Primera Instancia. Con el objeto de facilitar la tarea del Tribunal deJusticia, el Acta Única creó un órgano jurisdiccional intermedio, el Tribunal de PrimeraInstancia, encargado de conocer los recursos interpuestos por las personas físicas yjurídicas.

3.2.2. Objetivos económicos

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

13

• La consecución del mercado único. Aunque las barreras arancelarias entre losEstados miembros habían desaparecido en 1968, con la entrada en vigor de la UniónAduanera, quedaban todavía en pie un conjunto de obstáculos, lo que se conocegenéricamente como barreras no arancelarias, que limitaban la libre circulación demercancías. En 1985, los Jefes de Estado y de Gobierno encargaron a la Comisión lapresentación de propuestas a fin de eliminar estos obstáculos. Ello se concretó en elLibro Blanco para la consecución del mercado interior que planteaba las actuacionesnecesarias para alcanzar dicho objetivo. El Libro Blanco estableció un calendario depropuestas a tal fin que ocupaba el período 1985-1992, determinando la necesidad deadoptar más de 300 medidas para armonizar las legislaciones de los países miembrosen las materias antes mencionadas. El Acta Única vino a dar el soporte jurídiconecesario para emprender dichas reformas.

• La reforma de los fondos estructurales. En el apartado "cohesión económica ysocial" del Acta Única se retoma uno de los objetivos originarios del Tratado CEE: eldesarrollo conjunto de los países comunitarios. A tal fin, se establece que laComunidad Europea proseguirá su actuación encaminada a reforzar su cohesióneconómica y social, proponiéndose en particular el desarrollo de las zonas menosfavorecidas y aprovechando la ocasión para institucionalizar el Fondo Europeo deDesarrollo Regional (FEDER). Simultáneamente se procedió a una reforma delfuncionamiento de los fondos estructurales.

• La ampliación de las políticas comunitarias. El Acta Única añadió nuevascompetencias de la Comunidad Europea no incluidas expresamente en el Tratado deRoma: política social (promoción de la mejora del medio de trabajo), política deinvestigación y desarrollo tecnológico y política de medio ambiente.

• Unión Económica y Monetaria. Hay, por último, una breve referencia a la uniónmonetaria, recordando que la convergencia de las políticas económicas es necesariapara el desarrollo ulterior de la Comunidad Europea y que para ello se tendrá encuenta la experiencia adquirida en el marco del Sistema Monetario Europeo.

3.2.3 Objetivos políticos

El último conjunto de objetivos hace referencia a las políticas exteriores de la ComunidadEuropea. Se trata de un conjunto de disposiciones contenidas en el Título III que estáconfigurado como un tratado independiente. Comienza recordando la conveniencia de aplicarconjuntamente una política exterior europea, estableciéndose para ello un mecanismo deinformación recíproca entre gobiernos previo a la toma de decisiones. Probablemente, lomás importante en este caso no son tanto los objetivos (manifiestamente limitados y que yaformaban parte de las conversaciones de las Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno)sino la inclusión de estas materias en los Tratados (el derecho originario) de lasComunidades Europeas.

4. EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEALa idea de que la fase siguiente de la construcción europea necesitaba la puesta en marchade la Unión Económica y Monetaria (UEM) fue abriéndose paso en una situación decrecimiento de la economía mundial. Su puesta en marcha requería una nueva modificación

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

14

de los Tratados fundacionales, que se concretará en el Tratado de la Unión Europea oTratado de Maastricht, firmado oficialmente el 7 de febrero de 1992 y que entró en vigor el1 de noviembre de 1993, tras superar las dificultades para su ratificación en algunos países.

El Tratado Maastricht supone el inicio de una nueva etapa en el proceso de creación de unaUnión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa. A partir del Tratado, la UniónEuropea se describe como integrada en tres pilares.

– El primer pilar está constituido por las Comunidades Europeas, y define la UniónEconómica y Monetaria (UEM).

– El segundo pilar está formado por la Política Exterior y de Seguridad Común(PESC) prevista en el Título V del Tratado de la Unión.

– El tercer pilar se refiere a la cooperación en materias de justicia y de interiorprevista en el Título VI del Tratado.

Los Título V y VI del Tratado establecen una cooperación de carácter intergubernamentalque utiliza las instituciones comunes y que está dotada de algunos elementossupranacionales, en particular la asociación de la Comisión y la consulta del ParlamentoEuropeo.

4.1 Las Comunidades Europeas (primer pilar)

El Título II del Tratado de Maastricht recoge las modificaciones del Tratado de Roma. Ensíntesis son las siguientes:

• La Unión Económica y Monetaria. Ésta debía facilitar los intercambios en losmercados con la adopción de una moneda única. Asimismo, debía reforzar laconvergencia de las economías de los Estados miembros. Dinamarca y Reino Unidoobtuvieron una derogación que les permitía no entrar automáticamente en la tercerafase de la Unión Monetaria (cláusula opting-out).

• La ciudadanía europea. En síntesis, supone ampliar la libertad de circulación y deresidencia y que los ciudadanos de la Unión que residan en otro Estado miembrotienen el derecho de elegir (votar) y de ser elegibles (candidatos a la elección) en loscomicios locales y europeos del Estado miembro de residencia. Podrán dirigirse alParlamento Europeo o al Defensor del Pueblo cuando crean que han sido objeto detrato poco correcto por parte instituciones comunitarias.

• La cohesión económica. El Tratado crea un nuevo fondo: el Fondo de Cohesión,que financiará actuaciones en aquellos países cuyo PIB sea inferior al 90% de lamedia comunitaria y que en la práctica son España, Portugal, Grecia e Irlanda.

• El principio de subsidiariedad. En resumen viene a decir que en aquellos ámbitosque no constituyan competencia exclusiva de la Comunidad Europea, éstaintervendrá sólo en la medida en que los objetivos de la acción pretendida no puedanalcanzarse adecuadamente por los Estados miembros; o, lo que es lo mismo, que laComunidad sólo actuará cuando sus acciones sean más eficaces que la acciónaislada de los Estados miembros.

• La ampliación de las competencias comunitarias. El Tratado de la Unión Europeaextiende la influencia comunitaria a las áreas de educación, sanidad y cultura. Nopuede legislar en estas materias; pero puede fomentar la cooperación entre Estados.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

15

Asimismo, tiene el derecho de realizar propuestas para la protección de losconsumidores, sobre las redes transeuropeas (transportes y telecomunicaciones) yproyectos de energía.

• La ampliación de facultades del Parlamento Europeo. El Tratado de la Uniónestableció un nuevo procedimiento de actuación entre el Consejo y el Parlamento:el procedimiento de codecisión que, en la práctica, situa al Parlamento Europeo enpie de igualdad con el Consejo en la tarea legislativa. También a partir del Tratadode la Unión, el presidente de la Comisión y los comisarios necesitan la aprobacióndel Parlamento.

• Creación del Comité de las Regiones, que tendrá carácter consultivo, con lafinalidad de incorporar las inquietudes de éstas y de las entidades locales.

• La Política Social. Once naciones estuvieron de acuerdo en la firma de un Protocoloanexo al Tratado que no se aplicará al Reino Unido. Estos once Estados puedenlegislar por mayoría cualificada sobre condiciones de trabajo, igualdad de derechosmujeres/hombres e integración de minorías en el mercado laboral..

4.2 La Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) (segundo pilar).La Unión tiene la misión de definir y realizar una política exterior y de seguridad según unmétodo de carácter intergubernamental. Los estados miembros están obligados a apoyaractivamente y sin reservas esa política, con espíritu de lealtad y solidaridad mutua. Susobjetivos son los siguientes:

• La defensa de los valores comunes, de los intereses fundamentales y de laindependencia e integridad de la Unión.

• El fortalecimiento de la seguridad de la Unión en todas su formas.

• El mantenimiento de la paz y el fortalecimiento de la seguridad internacional.

• El fomento de la cooperación internacional

• El desarrollo y la consolidación de la democracia y del Estado de Derecho. Asícomo el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

4.3 La cooperación en los ámbitos de justicia y de interior (tercer pilar)La Unión tiene el cometido de elaborar una acción común en esos ámbitos según un métodode carácter intergubernamental con objeto de llevar a cabo el objetivo de ofrecer a losciudadanos un nivel elevado de protección en un espacio de libertad, seguridad y justicia.Abarca los siguientes ámbitos:

• Normas para el cruce de fronteras exteriores de la Comunidad y refuerzo decontroles.

• Lucha contra el terrorismo, la delincuencia, el tráfico de drogas y el fraudeinternacional.

• Cooperación judicial en materia civil y penal

• Creación de una Oficina Europea de Policía (Europol)

• Lucha contra la inmigración irregular

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

• Política común de asilo.

4.4 La cuarta ampliación Si se exceptúa el tiempo transcurrido entre la fundación de la CEE y la primera ampliación,en 1973 (15 años), el lapso entre la tercera y la cuarta es el más largo entre sucesivasadhesiones (9 años). Sin embargo, ello no implica que las negociaciones para la adhesiónfueran especialmente dilatadas; antes bien, éstas se resuelven en un plazo notablementecorto, bajo el decidido impulso de Alemania. En 1989 solicitó su ingreso Austria, en 1991 loharía Suecia y en 1992 Noruega y Finlandia. Las negociaciones se abrieron en 1993 y enJunio de 1994 se firman los Tratados de Adhesión. Noruega rechazó nuevamente enrefer a laUnió

La cuhereen di

5.El TrTrataemprConsAms

En e

• •

11

11

1

1

1

éndum su adhesión y en Enero de 1995 Austria, Finlandia y Sueca se incorporann Europea que pasa a contar con quince miembros.

Cuadro 4. CRONOLOGÍA DE LA CUARTA AMPLIACIÓN

989 17-7-1989 Austria solicita la adhesión

990 20-6-1990 Apertura de negociaciones entre la UE y la EFTA para la creación delEspacio Económico Europeo (EEE)

991 1-7-1991 Suecia solicita la adhesión

992 18-3-1992 Finlandia solicita la adhesión2-5-1992 Firma en Oporto del Acuerdo estableciendo el Espacio Económico

Europeo25-11-1992 Noruega solicita nuevamente la adhesión6-12-1992 Suiza rechaza, en referéndum, la ratificación del Acuerdo del EEE

993 1-2-1993 Apertura en Bruselas de negociaciones con Austria, Finlandia y Suecia5-4-1993 Apertura en Luxemburgo de negociaciones con Noruega

994 1-1-1994 Entra el vigor el Espacio Económico Europeo24/25-6-1994 Firma de las Actas de adhesión de Austria, Suecia, Finlandia y

16

arta ampliación ha supuesto vaciar de contenido al Espacio Económico Europeo (EEE),dero de la antigua EFTA: tan solo tres países: Noruega, Islandia y Lichtenstein quedancha organización.

EL TRATADO DE AMSTERDAM atado de Amsterdam, por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y losdos constitutivos de las Comunidades Europeas, es el producto de los trabajosendidos por la Conferencia Intergubernamental (CIG) que comenzó en la sesión delejo Europeo de Turín de marzo de 1996 y terminó en el Consejo Europeo de

terdam de junio de 1997.

l Tratado de Amsterdam se definen cuatro grandes objetivoshacer del empleo y de los derechos de los ciudadanos el eje de la Unión

suprimir los últimos obstáculos a la libre circulación y reforzar la seguridad

Noruega28-11-1994 Noruega rechaza en referéndum su adhesión a la Comunidad

995 1-1-1995 Austria, Finlandia y Suecia se incorporan a la Unión Europea

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

17

• hacer que la voz de Europa se oiga mejor en el mundo

• hacer más eficaz la arquitectura institucional de la Unión con miras a la ampliación.

De esta manera, el Tratado de Amsterdam consolida cada uno de los tres grandes “pilares"de la Unión: las Comunidades Europeas, la política exterior y de seguridad común y lacooperación en los ámbitos de justicia e interior.

El Tratado de Amsterdam modifica y desarrolla el Tratado de Maastricht en cinco grandesámbitos:

• libertad, seguridad y justicia

• ciudadanía de la Unión

• política exterior

• instituciones de la Unión

• cooperación reforzada

Asimismo, contiene disposiciones relativas a la simplificación y codificación de los Tratados.

5.1 Empleo y política social La inclusión en el Tratado de un capítulo sobre el empleo supone que la Europa social sesuma a la Europa económica y el fomento de un elevado nivel de empleo queda plasmadoen el Tratado como uno de los grandes objetivos de la Unión.

Concretamente, con el Tratado de Amsterdam los gobiernos se comprometen a:– orientar su políticas de empleo en consonancia con la política económica de la

Comunidad– promover una mano de obra cualificada y capaz de adaptarse y mercados que trabajo

que puedan reaccionar ante los cambios económicos. Se crea un

Se crea un sistema de vigilancia multilateral de las políticas nacionales.

En materia de Política social se ha integrado en el Tratado el Acuerdo sobre Política Social,del que estaba excluida Gran Bretaña. Las disposiciones de este capítulo se han reforzado,en particular para contribuir a la protección de la salud, a la lucha contra la exclusión social,así como para garantizar la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdadde trato del hombre y de la mujer en el trabajo.

5.2 Derechos de los ciudadanosA los derechos otorgados a los ciudadanos por el Tratado de Maastricht con la introducciónde la ciudadanía europea, el Tratado de Amsterdam refuerza los derechos individuales connuevas disposiciones:

• Derechos fundamentales: “La Unión se basa en los principio de libertad, democracia,respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, así como delEstado de derecho”. Desde ahora, cualquier persona puede recurrir ante el Tribunalde Justicia, en Luxemburgo, los actos de las instituciones que considere contrariosa los derechos fundamentales.

• Derechos de los consumidores. La Comunidad promueve los derechos de los

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

18

consumidores y garantizará un nivel elevado de protección de la salud humana enla definición y en la aplicación de todas las políticas y actividades de la Comunidad.

• Derecho a la información. Todo ciudadano de la Unión tiene derecho a acceder a losdocumentos de las Instituciones comunitarias, sin perjuicio de los principiosgenerales y de los límites que la Unión decida establecer por razones de interéspúblico y privado.

5.3 Libre circulación de personasLa libertad de circulación quedaba limitada a los trabajadores en los primeros años delmercado común, pero esta libertad de circulación ha quedado generalizada dentro de laUnión con la ciudadanía Europea, así, la Europa de los ciudadanos se ha superpuesto a laEuropa de los trabajadores.

El Tratado de Amsterdam prevé la supresión de los últimos obstáculos a la libre circulacióny refuerza los medios para garantizar la seguridad.

5.4 Asuntos de justicia e interiorCon el Tratado de Amsterdam gran parte de la cooperación en materia de justicia e interiorse somete a las reglas comunitarias. Se han incorporado las siguientes modificaciones:

• Se han incluido medidas comunes sobre cuestiones como el asilo, los visados, lainmigración y los controles en las fronteras exteriores con arreglo a las normas y alos procedimientos comunitarios.

• Se intensificará la cooperación en los Estados miembros entre los cuerpos deseguridad a fin de prevenir, detectar e investigar los delitos tales como el terrorismo,los delitos contra los niños, el tráfico de drogas y el fraude, así como el racismo y laxenofobia.

5.5 Política exterior y de seguridad comúnLa política exterior y de seguridad común (PESC) ha sido mejorada de las siguientesmaneras:

• Se refuerza el papel del Consejo Europeo en la definición de estrategias comunespara la política exterior de la Unión. El Secretario General del Consejo asistirá alConsejo y a la Presidencia en materia de PESC.

• Se mejoran los procedimientos decisorios:

• La Unión tendrá capacidad para negociar y celebrar acuerdos internacionales paradesarrollar su política exterior y de seguridad.

• El Consejo podrá decidir por unanimidad la atribución a la Comunidad decompetencias para negociar y celebrar acuerdos en materia de comercio.

5.6 Las instituciones de la UniónEn el nuevo Tratado se han introducido cambios institucionales significativos:

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

19

• El Parlamento Europeo. La modificación del procedimiento legislativo de codecisiónsitúa al Consejo y al Parlamento Europeo en igualdad de condiciones ampliando losámbitos legislativos en los que dicho procedimiento se aplica.

• Fortalecimiento de las competencias del Presidente de la Comisión y mejora de laorganización interna de la Comisión y la estructura de sus departamentos.

• Ampliación de competencias del Tribunal de en relación con la salvaguarda de losderechos fundamentales, con la acción de la Unión en materia de asilo y deinmigración y con la cooperación policial y judicial.

5.7 Cooperación más estrecha - FlexibilidadLos tecnicismos cooperación más estrecha y flexibilidad se refieren a la posibilidad de queun cierto número de Estados miembros, inferior al total, coopere más estrechamente enámbitos específicos utilizando el marco institucional de la Unión. Dichas disposiciones tienencomo meta encontrar un equilibrio entre los legítimos intereses de aquellos Estadosmiembros que desean llevar a cabo una cooperación más estrecha en determinadasmaterias en el marco de la Unión y los de aquellos Estados miembros que opten por noadherirse a dicha cooperación desde un principio, al tiempo que garantizan que el actualacervo comunitario no se verá menoscabado en modo alguno.

6. EL TRATADO DE NIZA Y LA QUINTA AMPLIACIÓNEl 26 de febrero de 2001 se firmaba el Tratado de Niza, resultado de la ConferenciaIntergubernamental que se inició el 14 de febrero de 2000.

La CIG tenía una mandato muy claro: adaptar el funcionamiento de las institucioneseuropeas para la ampliación, revisando el Tratado en cuatro ámbitos clave:

• tamaño y composición de la Comisión

• ponderación de votos en el Consejo

• extensión del voto por mayoría cualificada

• cooperaciones reforzadas

Además, la CIG examinó también la oportunidad de reformar las demás instituciones yórganos en la perspectiva de la ampliación. También se plantearon otros temas de carácterinstitucional. Se trababa, en particular de:

• la simplificación de los Tratados (reagrupamiento de las disposiciones fundamentalesde los cuatro Tratados en un único Tratado que se presentará de una manera másclara y legible);

• la articulación de las competencias (quién hace qué en la Unión Europea, quécompetencias deben ejercerse a qué nivel (comunitario, nacional, regional), cómogarantizar una mejor complementariedad de los distintos niveles de acción legislativay administrativa...);

• la integración de la Carta de Derechos Fundamentales en el Tratado después de suproclamación en Niza.

Se añadió como anexo al Tratado de Niza una Declaración sobre el futuro de la Unión. Lareforma de Niza prepara el marco institucional de la Unión para su ampliación, pero se

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

20

considera necesario organizar un debate más amplio y más profundo sobre el futuro de laUnión Europea, que tenía por objetivo una nueva revisión de los Tratados.

6.1 La mayor ampliación que ha vivido la Unión Europea Por su propia naturaleza, la Unión Europea está destinada a crecer. La Unión Europea estáabierta a todos los Estados europeos democráticos capaces de hacer frente a los desafíoseconómicos derivados de la participación y dispuestos a aplicar sus normas. La ampliaciónde 2004, que incorpora ocho países de Europa Central y Oriental y las islas mediterráneasde Malta y Chipre, es la mayor y más ambiciosa de todas. La llegada de los nuevos Estadoseleva el número de miembros de quince a veinticinco, con una población total de más de 450millones, superior a la suma de la población de Estados Unidos y Rusia.

Los diez nuevos Estados miembros -la República Checa, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia,Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta y Polonia- ingresarán oficialmente en la Uniónel 1 de mayo de 2004. La firma de los Tratados de adhesión en abril de 2003 en Atenas vinoa concluir un largo proceso de preparación y de negociaciones.

Inmediatamente después del hundimiento del comunismo en torno a 1990, la Unión Europeaapoyó el proceso de democratización y proporcionó ayuda técnica y financiera en el procesode transición a economías de mercado. Hacia mediados del decenio de los noventa seimplantaron acuerdos comerciales que daban a la mayoría de las exportaciones procedentesde Europa Central y Oriental un acceso preferente a los mercados de la Unión Europea.Desde el decenio de los setenta existían acuerdos similares con Chipre y Malta. Lasnegociaciones efectivas para precisar los derechos y las responsabilidades derivados de lacalidad de miembro tuvieron lugar entre 1998 y 2002. La fecha de entrada se fijó en el 1 demayo de 2004.

Es evidente que esta ampliación va a cambiar la forma de gestionar la Unión, a partir delmomento en que los nuevos miembros ocupen su lugar junto a Estados miembros existentesen las instituciones clave de la Unión Europea. Una ampliación de esta dimensión tambiéncomportará cambios en sus relaciones exteriores, particularmente con los países situadosal este y al sur, que pasan a ser los nuevos vecinos.

Otros dos países —Bulgaria y Rumania— que solicitaron la adhesión al mismo tiempo quelos diez todavía no han finalizado su preparación; las negociaciones continúan y el plazopara la adhesión se ha fijado en 2007. Las negociaciones con el tercer candidato, Turquía,podrán comenzar si cumple los llamados «criterios políticos» relativos a los derechoshumanos, la democracia y el Estado de Derecho, así como el respeto y la protección de lasminorías.

6.4 El proceso de ampliación En el camino desde la caída del comunismo en 1989 hasta la adhesión a la Unión se haninvertido quince años. Sin embargo, no puede considerarse un proceso largo, dadas lasprofundas transformaciones y ajuste necesarios para cumplir las condiciones de entrada.En el Reino Unido hubo dos intentos antes de la adhesión en 1973, junto con Dinamarcae Irlanda. Grecia pasó a ser miembro en 1981, a los seis años de haberlo solicitado,mientras que España y Portugal se adhirieron en 1986, tras diez años de esfuerzos. Laentrada de Austria, Finlandia y Suecia en 1995 fue relativamente rápida.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

21

Los nuevos Estados miembros de Europa Central y Oriental tenían un largo camino querecorrer. Carecían de las estructuras políticas, económicas y jurídicas que les permitieranentrar a formar parte rápidamente de la Unión. Era claro pues que el proceso de adhesiónrequería tiempo, aunque los dirigentes de la Unión Europea comenzaran a enviar señalespolíticas positivas alentando sus candidaturas poco después de la caída del muro deBerlín en 1989. Sin embargo, la principal prioridad era ayudar a los candidatos a asentaruna economía de mercado y una democracia pluralista; las negociaciones para laadhesión comenzaron más tarde, en marzo de 1998.

Cuadro 5. ETAPAS DE LA QUINTA AMPLIACIÓN DE LA UE

1989 19-12-1989 Creación del programa Phare para proporcionar asistencia financiera ytécnica a los países de Europa Central y Oriental.

1990 3 y 16-7-1990 Candidaturas de Chipre y Malta

1993 22-6-1993: el Consejo Europeo de Copenhague fija los criterios de adhesión.

1994 31-3 y 5-4-1994 Candidaturas de Hungría y Polonia

1995 Candidaturas de Eslovaquia (21-6), Rumanía (22-6), Letonia (13-10), Estonia (24-11), Lituania (8-12) y Bulgaria (14-12).

1996 Candidaturas de la República Checa (17-1) y de Eslovenia (10-6).

1997 12/13-12-1997: el Consejo Europeo de Luxemburgo decide iniciar el proceso deampliación.

1999 10/11-12 1999: el Consejo Europeo de Helsinki decide la apertura de lasnegociaciones de adhesión con doce países candidatos. Turquía se considera «unEstado candidato llamado a ingresar en la Unión».

2002 1-12-2002: acuerdo sobre la adhesión de diez países candidatos el 1 de mayo 2004.

2003 1-4-2003: firma en Atenas de los diez Tratados de adhesión.

2004 1-5-2004: Incorporación a la Unión europea de los diez nuevos Estados miembros.

Diciembre de 2004: decisión sobre la candidatura de Turquía y la eventual aperturade negociaciones.2007: año fijado por el Consejo Europeo de Copenhague para la adhesión deBulgaria y Rumanía.

El apoyo a la reforma económica y democrática en los países candidatos con objeto de laentrada en la Unión Europea comenzó en 1989 cuando la Unión creó el llamadoprograma Phare, inicialmente destinado a Polonia y Hungría, los primeros países que seliberaron del comunismo. Posteriormente Phare vino secundado por otros dos programas:ISPA, de apoyo al desarrollo de las infraestructuras, y Sapard, para la modernización dela agricultura. Estos programas proporcionan un total de 3.000 millones de euros anualespara ayudarles en su adaptación. En un acuerdo diferenciado de ayuda de preadhesión,se asignaron a Chipre y Malta 95 millones de euros para el período 2000-2004.

6.2 La dinámica de la ampliación La Unión Europea ha creado una unión aduanera, un mercado único y una monedaúnica. El resultado ha sido que las personas, las mercancías, los servicios y el dinero se

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

22

mueven dentro de la Unión Europea con la misma libertad que si se movieran en un solopaís. Estas libertades se amplían ahora a los diez nuevos miembros. La inclusión deveinticinco países en una zona europea de paz, prosperidad y estabilidad aumentará laseguridad de todos sus ciudadanos.

El proceso de integración de los nuevos miembros tiene lugar en varios niveles:.

En primer lugar, desde el primer día participan en las estructuras institucionales rectoras dela Unión. Sus ministros toman decisiones junto con sus pares en el Consejo de la UniónEuropea, eligen sus representantes al Parlamento Europeo y cuentan con un miembro enla Comisión Europea. Sus lenguas se convierten en lenguas oficiales de la Unión.

En un segundo nivel, su integración viene impulsada por el acceso a los programas y a losfondos mediante los cuales se reparten los recursos limitados de la Unión dando prioridada los más necesitados. Para el período que va desde el momento de la incorporación de losnuevos miembros en mayo de 2004 hasta finales de 2006, se han destinado específicamentea los nuevos miembros un total de 21.750 millones de euros de los Fondos Estructurales ydel Fondo de Cohesión. También se benefician de las ayudas de la política agrícola común,pero sobre una base gradual.

Al igual que ocurrió con anteriores ampliaciones, un mecanismo de salvaguardia protege alos Estados miembros de dificultades imprevistas que puedan surgir a raíz de la ampliación.El mecanismo estará vigente durante los tres años siguientes a la adhesión de los nuevosmiembros.

Cuadro 6 Criterios para la adhesión

En junio de 1993 una cumbre de dirigentes de la Unión Europea elaboró una brevelista de los criterios que se exigían a los nuevos miembros. En el momento de laadhesión los nuevos miembros tenían que contar con:

• instituciones estables que garantizaran la democracia, el Estado de Derecho, losderechos humanos y el respeto de las minorías;

• una economía de mercado que pudiera hacer frente a las presiones competitivas ya las fuerzas de mercado dentro de la Unión;

• capacidad para asumir las obligaciones que impone la adhesión, incluido el apoyoa los objetivos de la Unión; y una administración pública capaz de aplicar ygestionar la legislación comunitaria.

6.3 La economía de la ampliaciónEl impacto de la ampliación en la economía de la Unión Europea será importante, pues unmercado más grande y más integrado impulsa el crecimiento económico tanto para losnuevos miembros como para los actuales Estados miembros.

El producto interior bruto de los nuevos miembros, respecto a la media de la Unión Europea,se sitúa entre un 35% para Letonia y un 74% para Eslovenia.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

23

La Comisión Europea calcula que, para losnuevos miembros la entrada en la Uniónsupondrá un 1% de crecimiento anual adicionalen los primeros diez años. Para los demásmiembros, el crecimiento adicional también serásignificativo, aunque inferior. El mercado únicoampliado proporcionará a las empresascompetitivas de la Unión Europea mayoresoportunidades de negocio, creará puestos detrabajo y aumentará la recaudación tributaria,que los Gobiernos podrán invertir en programasprioritarios. La experiencia de Irlanda, Portugal,España y Grecia ha demostrado que para laseconomías débiles la adhesión puede suponerun impulso al crecimiento.

La integración de los nuevos Estados miembrosya ha empezado. Con los acuerdos comercialesdestinados a preparar el camino de la adhesiónse suprimieron la mayor parte de restricciones,tales como aranceles y contingentes, en susexportaciones a la Unión, que ha pasado a sersu principal socio comercial con muchadiferencia respecto a los demás países. Elcomercio bilateral ha aumentado y la UniónEuropea presenta un superávit de 18.000millones de euros en 2002.

Los nuevos Estados miembros seguirán siendoimportantes receptores de inversiones de losotros países de la Unión Europea así como desus exportaciones de bienes de capital y deconsumo. Algunas de estas inversiones yexportaciones se utilizarán para mejorar lasinfraestructuras de los nuevos Estadosmiembros, y para desarrollar ejes viarios en elsentido este-oeste, adicionales a los actuales

norte-sur.

6.5 Adopción del euroLas condiciones de la adhesión acordadas por los nuevos Estados incluyen elcompromiso de adoptar el euro y aceptar la disciplina de la unión económica y monetaria.Pero la integración en la zona del euro no es automática y no se ha fijado ningúncalendario. Al igual que el caso con los Estados miembros más antiguos, cada unoseguirá el calendario que juzgue conveniente, aunque ninguno de ellos tiene una cláusulade excepción como la del Reino Unido y Dinamarca.

Antes de poder adoptar la moneda única, los nuevos miembros tendrán que cumplir los

Cuadro 7Producto interior bruto porhabitante: la distribución de lariqueza

Luxemburgo 189Irlanda 125Dinamarca 115Países Bajos 113Austria 110Bélgica 108Finlandia 104Francia 103Reino Unido 103Alemania 103Italia 103Suecia 102Media (EU-15) 100España 84Eslovenia 74Chipre 72Portugal 69Grecia 66República Checa 60Hungría 57Malta (1) 55Eslovaquia 47Estonia 42Polonia 39Lituania 39Letonia 35Índice del producto interior bruto porhabitante medido en estándar depoder adquisitivo, 2002.Fuente: Eurostat.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

24

requisitos de la unión económica y monetaria en déficit presupuestario, estabilidad de ladeuda, inflación y tipo de cambio. Esto significa que, en la práctica, el primero de ellos nopuede adoptar el euro antes de 2006. Varios nuevos miembros han señalado su intenciónde adoptar el euro lo más rápidamente posible.

7. LA CONSTITUCIÓN EUROPEA7.1 Elaboración del proyectoUn año después de Niza, el 15 de diciembre de 2001, el Consejo Europeo reunido en Laekenadoptó la Declaración sobre el Futuro de la Unión Europea, por la que la Unión secompromete a hacerse más democrática, transparente y eficaz, y a abrir la vía hacia unaConstitución para dar respuesta a las expectativas de los ciudadanos europeos.

Con objeto de preparar la próxima Conferencia Intergubernamental de la forma mástransparente y con la participación más amplia posible, el Consejo Europeo decidió convocaruna Convención que reuniera a las principales partes interesadas en el debate:representantes de los Gobiernos de los quince Estados miembros y de los trece paísescandidatos, representantes de sus parlamentos nacionales, representantes del ParlamentoEuropeo y la Comisión Europea, así como trece observadores procedentes del Comité delas Regiones, el Comité Económico y Social, las organizaciones de los interlocutoressociales europeos y el Defensor del Pueblo Europeo.

Para dirigir los debates de la Convención se constituyó un Praesidium, integrado por docepersonalidades: el Presidente, el Sr. Giscard d’Estaing, y los dos Vicepresidentes, los Sres.Amato y Dehaene; los representantes de los Gobiernos de los tres Estados miembros queocuparon durante la Convención la Presidencia del Consejo; dos representantes de losparlamentos nacionales, dos representantes del Parlamento Europeo y dos representantesde la Comisión.

El Consejo Europeo de Laeken definió el mandato de laConvención. Se trataba de examinarlas cuestiones esenciales que plantea el futuro desarrollo de la Unión, y de buscarrespuestas que se presentarían en un documento que serviría de punto de partida a lasnegociaciones de la Conferencia Intergubernamental, la cual adoptaría, de conformidad conel Tratado de la Unión Europea, las decisiones definitivas. El Consejo Europeo de Laekenhabía planteado una serie de cuestiones: • cómo garantizar una mejor distribución de las competencias de la Unión; • cómo simplificar los instrumentos que le permiten actuar; • cómo garantizar aún más democracia, transparencia y eficacia en la Unión Europea

y, • cómo simplificar los Tratados actuales, y si esta simplificación puede conducir a la

adopción de una Constitución europea.

Tras más de un año de debate, la Convención llegó a un consenso para transmitir unproyecto de Constitución que se presentó al Consejo Europeo de Salónica, el 20 de junio de2003.

El texto de la Convención sirvió de base para los trabajos de la ConferenciaIntergubernamental que, tras ocho meses de negociaciones, alcanzó un acuerdo de los

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

25

Gobiernos de los veinticinco Estado miembros, en el Consejo Europeo de Bruselascelebrado los días 17 y 18 de junio de 2004.

El Tratado por el que se instituye una Constitución para Europa, adoptado por los Jefes deEstado o de Globierno, se firmó Roma el 29 de octubre de 2004, y será ratificada por cadaEstado miembro según sus propias normas constitucionales. La Constitución no entrará envigor hasta que la hayan ratificado los veinticinco Estados miembros.

7.2 Estructura del proyecto Con vistas a hacer su lectura más accesible y en aras de la claridad, el proyecto deConstitución sustituye el conjunto de los Tratados existentes por un texto único. Seestructura en cuatro partes:

I. Disposiciones fundamentales de la Constitución. La primera partecontiene las disposiciones que definen la Unión, sus objetivos, sus competencias, sus procedimientos de toma de decisiones y susinstituciones.

II. La Carta de los Derechos Fundamentales, proclamada solemnemente enel Consejo Europeo de Niza en diciembre de 2000, se ha incorporado alproyecto de Constitución europea, del que constituye la parte II.

III. Políticas de la Unión. La tercera parte del proyecto de Constitución trata delas políticas y las acciones de la Unión y recoge un número considerable dedisposiciones de los Tratados actuales.

IV. Cláusulas finales. La cuarta parte contiene las cláusulas finales, incluidoslos procedimientos de adopción y de revisión de la Constitución. Un textoúnico:

7.3 Los valores y objetivos de la UniónEl proyecto de Constitución europea establece la Unión Europea, una unión de losciudadanos y los Estados de Europa. Esta Unión está abierta a todos los Estados europeosque respeten sus valores y se comprometan a promoverlos en común.

El proyecto de Constitución enuncia los valores en los que se basa la Unión: el respeto ala dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y losderechos humanos. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedadcaracterizada por el pluralismo, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la nodiscriminación.

La Unión garantizará en su interior la libre circulación de personas, bienes, servicios ycapitales, así como la libertad de establecimiento. La Constitución prohíbe todadiscriminación por razón de nacionalidad.

La Unión tiene por objetivo promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.Ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia, y un mercado únicoen el que la competencia sea libre y no esté falseada. Obrará en pro de una Europacaracterizada por un desarrollo sostenible basado en un crecimiento económicoequilibrado, en una economía social de mercado altamente competitiva, y en un nivel

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

26

elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. Promoverá el progresocientífico y técnico. Combatirá la marginación social y la discriminación y fomentará lajusticia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridadentre las generaciones y la protección de los derechos del niño. La Unión fomentará lacohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros.

Para lograr estos objetivos, la Unión dispone de competencias que le son atribuidas por losEstados miembros en la Constitución. Ejerce estas competencias de modo comunitario, através de instrumentos específicos, dentro de un marco institucional único. La Uniónrespetará la identidad nacional de sus Estados miembros, también en lo que respecta a laautonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado, en particular lasque tienen por objeto garantizar la integridad territorial, mantener el orden público ysalvaguardar la seguridad interior. En virtud del principio de cooperación leal, la Unión y losEstados miembros se respetarán y asistirán mutuamente en el cumplimiento de las misionesderivadas de la Constitución. Los Estados miembros facilitarán a la Unión el cumplimientode su misión.

La Unión gozará de personalidad jurídica para afirmar y promover sus valore se interesesen el ámbito internacional. Contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible delplaneta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre yequitativo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos,especialmente los derechos del niño, así como a la observancia y el desarrollo del Derechointernacional.

7.4 La ciudadanía europea y los derechos fundamentalesLa ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.

El proyecto de Constitución establece claramente los derechos que se derivan de laciudadanía de la Unión: • el derecho de libre circulación y residencia, • el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y en

las elecciones municipales, • el derecho a la protección diplomática y consular, • el derecho de petición ante el Parlamento Europeo, • el derecho de dirigirse al Defensor del Pueblo Europeo y • el derecho de dirigirse por escrito a las instituciones en una de las lenguas de la

Unión y de recibir una contestación en esa misma lengua.

La Carta de los Derechos Fundamentales fue aprobado en una Convención anterior, perono formaba parte de los Tratados de la Unión. La Carta se integra en el proyecto deConstitución y constituye su parte II; sus disposiciones tienen fuerza jurídica vinculante, sinque ello suponga una ampliación de las competencias de la Unión. Las instituciones,organismos y agencias de la Unión deberán respetar los derechos recogidos en la Carta. Lasmismas obligaciones se impondrán a los Estados miembros cuando apliquen el Derecho dela Unión. El Tribunal de Justicia velará por la observancia de la Carta.

7.5 Competencias en la Unión. Los principios de subsidiariedad yproporcionalidad.

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

27

El proyecto de Constitución indica claramente los temas sobre los que los Estados miembroshan transferido poderes de actuación a la Unión e introduce una clasificación de lascompetencias de ésta.

• Competencias exclusivas. Se trata de cuestiones muy concretas con respecto a lascuales la Unión actúa sola, en nombre del conjunto de los Estados miembros. Lascompetencias exclusivas son: - la unión aduanera;- el establecimiento delas normas de comeptencias necesarias para el correcto

funcionamiento del mercado interior;- la política monetaria para los Estados miembros que han adoptado al euro;- la conservacion de los recuros biológficos marinos en el merco de la p9olítica

perquera común;- la política comercial común

• Competencias compartidas. Comprende los ámbitos en los que la Unión actúacuando su acción aporta un valor añadido a la acción de los Estados miembros, aveces de manera muy completa. Esta categoría incluye:- el mercado interior;- algunos aspectos de la política social;- la cohesión económica, social y territorial;- la agricultura y la pesca;- el medio ambiente;- la protección de los consumidores;- los transportes;- las redes transeuropeas;- la energía;- el espacio de libertad, seguridad y justicia;- aspectos comunes de seguridad en materia de salud pública;- algunas competencias en los ámbitos de investigación, el desarrollo tecnológico

y el espacio;- algunas competencias en los ámbitos de la cooperación para el desarrollo y de

la ayuda humanitaria.

• Apoyo de las acciones de los Estados miembros. En estos ámbitos, la Unión nopuede proceder a una armonización de las legislaciones nacionales. La cultura, laeducación, el deporte o la protección civil son ejemplos de competencias de apoyo.

• Coordinación de políticas nacionales. En otros ámbitos, como son las políticaseconómicas y de empleo, no se precisan leyes, sino más bien garantizar que todoshacen lo mismo, para ser más eficaces.

Para mantener una cierta flexibilidad en el sistema, una cláusula permite al Consejo colmareventuales lagunas en las competencias asignadas a la Unión cuando resulte necesaria unaacción a escala de la Unión para alcanzar uno de los objetivos de la Constitución. El Consejo

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

28

tomará entonces su decisión por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo.

El principio de subsidiariedad tiene por objeto garantizar que, en el ejercicio de suscompetencias, la Unión solamente actúe si su acción resulta realmente necesaria paraconseguir los objetivos que se pretenden

El principio de proporcionalidad persigue el mismo objetivo de garantizar el correctoejercicio de las competencias al prescribir que el contenido y la forma de la acción de laUnión no deberán exceder lo necesario para alcanzar los objetivos del Tratado.

7.6 El marco institucional de la UniónEl proyecto de Constitución recoge lo esencial de las disposiciones institucionales existentese introduce al mismo tiempo dos nuevas figuras institucionales: una Presidencia más establedel Consejo Europeo y un Ministro de Asuntos Exteriores.

Según el proyecto de Constitución, el marco institucional propiamente dicho comprende

• el Parlamento Europeo,

• el Consejo Europeo,

• el Consejo de Ministros,

• la Comisión Europea y

• el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Banco Central Europeo (BCE) desempeña un papel principal en el ámbito de la políticaeconómica y monetaria de la Unión. Por su parte, el Tribunal de Cuentas garantiza elcontroll de los ingresos y gastos de la Unión.

Junto a estas instituciones figuran dos órganos consultivos, el Comité de las Regiones yell Comité Económico y Social.

El proyecto de Constitución refuerza los poderes del Parlamento Europeo como órganocolegislador, ampliando a nuevos ámbitos el campo de aplicación del llamado procedimientode codecisión, mediante el que el Parlamento decide conjuntamente con el Consejo.

Respecto al Consejo Europeo se crea la figura del Presidente, y estará compuesto, ademásde los Jefes de Estado o de Gobierno, por el Presidente de la Comisión y el Ministro deAsuntos Exteriores.

La creación del cargo de Ministro de Asuntos Exteriores es una de las principalesinnovaciones que aporta la Constitución con objeto de proporcionar más coherencia en laacción exterior de la Unión, tanto a nivel político como a nivel económico.

7.7 La acción exterior de la Unión Todas las disposiciones relativas a la acción exterior de la Unión se han agrupado en unúnico título de la Constitución, mientras que en los Tratados anteriores figuraban en varioslugares diferentes.

En materia de política exterior, el Consejo seguirá decidiendo por unanimidad en la mayoríade los casos. La Convención no ha dado lugar en este punto a los progresos que algunos

Tema 3 Elementos históricos de la construcción europea.

29

esperaban. En una Unión de 25 o 30 Estados la unanimidad, es decir, el derecho de veto decada Estado miembro, no va a facilitar la toma de decisiones.

La innovación más interesante es la creación de la función de Ministro de AsuntosExteriores. El Ministro será Vicepresidente de la Comisión, pero trabajará en contactodirecto con los Estados miembros para las cuestiones de política exterior.

La política de defensa de la Unión se construirá poco a poco, respetando las distintasculturas y compromisos políticos de los Estados miembros (no se trata de poner fin a laneutralidad de algunos Estados miembros ni de competir con la OTAN).

Por lo que respecta al comercio exterior, es la Unión la que negocia con terceros países,en particular en el marco de la Organización Mundial del Comercio, para defender losintereses europeos en materia de comercio de bienes y servicios, de propiedad intelectualy de inversiones.

7.8 Políticas de la Unión La Convención ha prestado una atención especial a la reforma de determinadas políticas(política exterior y de seguridad común; espacio de libertad, seguridad y justicia; unióneconómica y monetaria). En cambio, las demás políticas que desarrolla la Unión no han sidoobjeto de modificaciones importantes.

El proyecto de Constitución introduce nuevos fundamentos jurídicos que permitirán a laUnión intervenir en caso de necesidad en determinados ámbitos, como son: la salud pública,para hacer frente a desafíos comunes relacionados con la seguridad de los ciudadanos; laenergía, para favorecer el acceso al servicio público, su continuidad, la seguridad delabastecimiento, el desarrollo de energías renovables y el ahorro de energía; la proteccióncivil, para ayudar a los Estados miembros a hacer frente a catástrofes de origen natural ohumano; y el deporte, para desarrollar su dimensión educativa y coordinar los esfuerzos delucha contra el dopaje.