El Tribunal de Contrataciones Del Estado Liz Lopez

21
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO 2015 El tribunal de contrataciones del estado 1.- ¿Qué es el tribunal? Es el órgano encargada de resolver, en última instancia administrativa, las controversias que surjan entre las entidades y los postores durante el proceso de selección, así como de aplicar sanciones de suspensión o inhabilitación a proveedores, postores y contratistas por infracción de disposiciones de la ley, su reglamento y demás normas complementarias. 2.- ¿Qué es el tribunal de contrataciones del estado? El Tribunal de contrataciones del estado es un órgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisión de las Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones. 3.- ¿Qué es el OSCE? El organismo supervisor de las contrataciones del estado, es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas en las adquisiciones públicas del estado peruano. Tiene competencia en el ámbito nacional y supervisa los procesos de contratación de bienes, servicios y obras que realizan entidades estatales. Es un organismo técnico especializado adscrito al ministerio de economía y finanzas, con personalidad jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal. a) Misión institucional Somos el organismo rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado que promueve la gestión eficiente, eficaz y transparente de la Administración Pública, en beneficio de entidades estatales y privadas, de la sociedad y del desarrollo nacional. Página 1

description

okk

Transcript of El Tribunal de Contrataciones Del Estado Liz Lopez

TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

El tribunal de contrataciones del estado1.- Qu es el tribunal?Es el rgano encargada de resolver, en ltima instancia administrativa, las controversias que surjan entre las entidades y los postores durante el proceso de seleccin, as como de aplicar sanciones de suspensin o inhabilitacin a proveedores, postores y contratistas por infraccin de disposiciones de la ley, su reglamento y dems normas complementarias.2.- Qu es el tribunal de contrataciones del estado?El Tribunal de contrataciones del estado es un rgano resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisin de las Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena autonoma e independencia en el ejercicio de sus funciones.3.- Qu es el OSCE?El organismo supervisor de las contrataciones del estado, es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas en las adquisiciones pblicas del estado peruano. Tiene competencia en el mbito nacional y supervisa los procesos de contratacin de bienes, servicios y obras que realizan entidades estatales.Es un organismo tcnico especializado adscrito al ministerio de economa y finanzas, con personalidad jurdica de derecho pblico y constituye un pliego presupuestal.a) Misin institucionalSomos el organismo rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado que promueve la gestin eficiente, eficaz y transparente de la Administracin Pblica, en beneficio de entidades estatales y privadas, de la sociedad y del desarrollo nacional.b) Visin institucionalSeremos el organismo pblico rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del estado, caracterizado por la alta calidad de sus servicios, y reconocido nacional e internacionalmente como aliado estratgico de los agentes pblicos y privados en la gestin eficiente, eficaz y transparente de la contratacin pblica y en la optimizacin e integracin de los procesos tcnicos del abastecimiento del estado.c) objetivos estratgicos generales Mejorar el sistema de contratacin pblica a fin de optimizar e integrar los procesos tcnicos de abastecimiento del Estado. Optimizar los servicios que brindamos a fin de lograr que los agentes del sistema de contratacin pblica, reconozcan al OSCE como un aliado eficiente para una gestin gil, oportuna, econmica y transparente. Lograr una gestin de alta calidad que asegure el cumplimiento de los fines institucionales. Fortalecer el liderazgo institucional en el mbito de contratacin pblica en los procesos de integracin internacional.d) FuncionesElOrganismo Supervisor de las Contratacionesdel Estado tiene las siguientes funciones:a) Velar por el cumplimiento y difusin de la Ley, su Reglamento y normas complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias.b) Emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacin de la Ley su Reglamento.c) Resolver los asuntos de su competencia en ltima instancia administrativa.d) Supervisar y fiscalizar, de manera selectiva y/o aleatoria, los procesos de contratacin que se realicen al amparo de la Ley su Reglamento.e) Administrar y operar el RNP,as como cualquier otro instrumento necesario para la implementacin y operacin de los diversos procesos de contrataciones del Estado.f) Desarrollar, administrar y operar el SEACE.g) Organizar y administrar arbitrajes de conformidad con los reglamentos que apruebe para tal efecto.h) Designar rbitros y resolver las recusaciones sobre los mismos, en arbitrajes que no se encuentren sometidos a una institucin arbitral, en la forma establecida en el reglamento de la Ley.i) Absolver consultas sobre as materias de su competencia. Las consultas que efecten las entidades sern gratuitas.j) Imponer sanciones a los proveedores inscritos en el RNP que contravengan las disposiciones de la Ley, su Reglamento y normas complementarias.k) Poner en conocimiento de la Contralora General de la Repblica los casos en que se observe transgresiones a la normativa de contrataciones pblicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio econmico al Estado o comisin de delito.l) Suspender los procesos de contratacin, en los que como consecuencia del ejercicio de sus funciones observe transgresiones a la normativa de contrataciones pblicas, siempre que existan indicios razonables de perjuicio econmico al Estado o la comisin de delito, dando cuenta a la Contralora General de la Repblica, sin perjuicio de laatribucin del Titular de la Entidad que realiza el proceso, de declarar la nulidad de oficio del mismo.m) Promover la Subasta Inversa, determinando las caractersticas tcnicas de los bienes o servicios que sern provistos a travs de esta modalidad y establecer metas institucionales anuales respecto al nmero de ficha, tcnicas de los bienes o servicios a ser contratados.n) Desconcentrar sus funciones en sus rganos de alcance regional o local de acuerdo a lo que establezca el presente Reglamento.o) Proponer estrategias y realizar estudios destinados al uso eficiente de los recursos pblicos y de reduccin de costos.p) Las dems que le asigne la normativa.4.- Funciones del tribunal de contrataciones del estado a) Resolver, de ser el caso, las controversias que surjan entre las Entidades, los participantes y los postores durante el proceso de seleccin.b) Aplicar las sanciones de inhabilitacin temporal y definitiva a los proveedores, participantes, postores, contratistas, entidades y expertos independientes, segn corresponda para cada caso.c) Las dems funciones que le otorga la normativa. Su conformacin y nmero de Salas se establecern por Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Economa y Finanzas. 5.- Requisitos e impedimentos para ser vocal del tribunal de contrataciones del estado Requisitos:Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado son elegidos por concurso pblico. Para ello se requiere:a) Contar con ttulo profesional universitario.b) Experiencia acreditada no menor a cinco (5) aos en las materias relacionadas con la presente norma.c) Acreditar estudios de especializacin en temas afines a las materias de la norma de contrataciones.d) Contar con reconocida solvencia moral.

Impedimentos:a) No tener sentencia condenatoria por delito doloso o encontrarse inhabilitado para ejercer la funcin pblica por sentencia judicial o por resolucin del Congreso de la Repblica.b) No haber sido declarado insolvente o haber ejercido cargos directos en personas jurdicas declaradas en quiebra, durante por lo menos un (1) ao, previo a la declaracin.c) No haber sido inhabilitado para contratar con el Estado.d) No tener participacin en personas jurdicas que contraten con el Estado; ye) No estar inmerso en causal de impedimento para el ejercicio de la funcin pblica.El Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado ser elegido de acuerdo a lo que disponga el Reglamento y la ley de Contrataciones del Estado.6.- Causal de remocin y vacancia Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado podrn ser removidos mediante Resolucin Suprema refrendada por el Ministerio de Economa y Finanzas por falta grave, permanente incapacidad fsica o incapacidad moral sobreviniente. La vacancia en el cargo tambin se produce por renuncia. 7.- Publicidad de las resolucionesEl Tribunal de Contrataciones del Estado deber publicar en el Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado (SEACE) las resoluciones que expida como ltima instancia administrativa.

Ttulo II Estructura orgnicaArtculo 5. Para el cumplimiento de sus fines y objetivos el Organismo Supervisor de las Contrataciones del EstadoOSCE, est compuesto por los siguientes rganos: 1.- alta direccin Art 6. Consejo Directivo.- Es el mximo rgano del OSCE. Se encuentra integrado por tres (03) miembros, designados por un periodo de tres (03) aos mediante Resolucin Suprema refrendada por el Ministerio de Economa y Finanzas.Art 7. Funciones del Consejo Directivo.Las funciones y atribuciones del Consejo Directivo del OSCE, son las siguientes: 1. Aprobar Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacin de la Ley y su Reglamento; 2. Aprobar el Reglamento Interno de Funcionamiento. 3. Aprobar los documentos de gestin institucional, tales como el Reglamento de Organizacin y Funciones, el Cuadro de Asignacin de Personal y la Escala Salarial; Artculo 8. Causales de Remocin, vacancia y cese De conformidad con lo dispuesto en el artculo 62 de la Ley, los miembros del Consejo Directivo podrn ser removidos de su cargo por resolucin suprema refrendada por el Ministerio de Economa y Finanzas. Constituyen causales de vacancia, la falta grave, permanente incapacidad fsica o incapacidad moral sobreviniente. Se considera falta grave: 1. Aprovecharse del cargo para obtener ventajas personales o a favor de terceros o incurrir en cualquier otra causal de despido previsto en la normativa que regula el rgimen laboral de la actividad privada; 2. La ausencia injustificada a las sesiones de Consejo Directivo a tres (3) sesiones consecutivas o cinco (5) alternadas en un ao calendario; 3. Ser condenado a pena privativa de la libertad por delito doloso, o haber devenido en incapaz con arreglo al Cdigo Civil; y, 4. Haber incurrido en algn caso de negligencia, incompetencia o inmoralidad, debidamente acreditada. 5. Haber incumplido un deber establecido en el cdigo de tica y su Reglamento cuya gravedad amerite el despido. La vacancia en el cargo tambin se produce por renuncia o por sobrevenir alguna de las incompatibilidades o prohibiciones establecidas en la normatividad aplicable al sector pblico.

SUBCAPITULO II Presidencia ejecutiva art.9 Presidencia Ejecutiva.- Mxima autoridad ejecutiva, Titular del Pliego y representante legal del OSCE, designado por Resolucin Suprema refrendada por el Ministro de Economa y Finanzas, por un perodo de tres (03) aos. En caso de vacancia, el reemplazante ser designado por el periodo pendiente del reemplazado. Acta como Titular del Pliego, as como representante legal de la entidad;Art 10. Funciones del Presidente Ejecutivo. Las funciones y atribuciones del Presidente Ejecutivo, son las siguientes:1. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo;2. Supervisar la marcha institucional y administrativa; 3. Formular y dirigir la poltica institucional y evaluar su cumplimiento;4. Designar a los empleados de confianza y a los directivos superiores, as como nombrar a los servidores pblicos, conforme a las normas que resulten aplicables;

SUBCAPITULO III SECRETARIA GENERALArt 11 Secretaria General.- Es el mximo rgano administrativo, encargado de la coordinacin entre la Presidencia Ejecutiva y los rganos de asesoramiento y apoyo del OSCE, as como las entidades e instituciones nacionales e internacionales. Tiene a su cargo el despacho con la Presidencia Ejecutiva del OSCE. La Secretara General depende jerrquicamente de la Presidencia Ejecutiva.Artculo 12. Funciones La Secretara General tiene las siguientes funciones:1. Coordina con la Presidencia Ejecutiva en temas de su competencia;2. Representar al Presidente Ejecutivo del OSCE en actos oficiales; 3. Reemplazar interinamente al Presidente Ejecutivo del OSCE en caso de impedimento o ausencia; 4. Participar en las sesiones del Consejo Directivo, llevando el registro de los acuerdos y/o actas de Directorio;

CAPTULO II2.- RGANO DE CONTROL INSTITUCIONALArtculo 13. Oficina de Control Institucional (OCI).- Es el rgano encargado de realizar el control gubernamental de la entidad, de conformidad con la Ley orgnica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de la Repblica, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias. Esta a cargo del Jefe del rgano designado por la Contralora General de la Repblica.Artculo 14. Funciones Son funciones de la Oficina de Control Institucional las siguientes:1. Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del OSCE sobre la base de los lineamientos y el cumplimiento del Plan Anual de Control; 2. Efectuar auditoras a los estados financieros y presupuestarios del OSCE, as como a la gestin de la misma, de conformidad con las pautas que seale la Contralora General de la Repblica. Alternativamente estas auditoras podrn ser contratadas por el OSCE con sociedades de auditora externa, con sujecin al reglamento de la materia;

CAPITULO III3.- RGANO DE DEFENSA JUDICIALArt 15 Oficina de Procuradura.- Tiene como finalidad ejercer la representacin y defensa jurdica de los derechos e intereses del OSCE conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurdica del estado, sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias. La oficina de Procuradura se ubica en el mayor nivel jerrquico organizacional, dependiendo administrativamente de la Presidencia Ejecutiva del OSCE y funcionalmente del Consejo de Defensa Jurdica del Estado.Artculo 16 .Funciones Las funciones de la Oficina de Procuradura son las siguientes:1. Formular, ejecutar y evaluar los planes de la Procuradura Pblica; 2. Ejercer la representacin judicial del OSCE y asumir su defensa en los procesos en que este actu como demandante, demandado, denunciante o parte civil; 33. Iniciar las acciones civiles, penales, laborales, constitucionales, arbitrales y otras que autorice el Presidente del OSCE;

CAPTULO IVSUBCAPITULO ITRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADOArt 17 Tribunal de Contrataciones del Estado.- Tiene como finalidad resolver, en ltima instancia administrativa, las controversias que surjan entre las entidades, los participantes y los postores durante el proceso de seleccin, as como imponer las sanciones de inhabilitacin temporal y definitiva a los proveedores, participantes, postores, contratistas, entidades y expertos independientes segn corresponda para cada caso, por infraccin de las disposiciones de la Ley, su reglamento y dems normas complementarias. El Tribunal es un rgano autnomo e independiente en la emisin de sus resoluciones y pronunciamientos, sin perjuicio de depender administrativamente de la Presidencia Ejecutiva del OSCE.Artculo 18. Funciones Son funciones del Tribunal de Contrataciones del Estado las siguientes:1. Resolver en ltima instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos contra los actos administrativos derivados de los procesos de seleccin, cuando le corresponda conforme a lo establecido en la Ley y su Reglamento;2. Imponer sanciones de inhabilitacin, temporal o definitiva, para participar en procesos de seleccin y para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto por la normativa de la materia;Artculo 19. Salas del Tribunal El Tribunal de Contrataciones del Estado est conformado por Salas, cuya conformacin y nmero se establece por Decreto Supremo. Los Vocales del Tribunal son elegidos por Concurso Pblico y designados por Resolucin Suprema. Los cargos de Presidente del Tribunal, Presidentes de cada sala y la distribucin de los vocales que las componen, son establecidos por el Consejo Directivo entre los vocales elegidos y designados en la forma prevista anteriormente. El cargo de vocal se ejerce a tiempo completo y de forma exclusiva. Los vocales cuentan con asistentes tcnico legales, que dependen de la Presidencia del Tribunal y que brindan asistencia especializada a los vocales en el ejercicio de sus funciones. Artculo 20. Funciones de la Presidencia del Tribunal Las funciones del Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado son las siguientes: 1. Convocar, por lo menos bimestralmente a una sesin de Sala Plena y cuando lo considere necesario; 2. Convocar Audiencias Pblicas; 3. Verificar el qurum para sesionar en Sala Plena y acreditar la adopcin de los acuerdos tomados en sta;

CAPITULO VORGANOS DE ASESORAMIENTOSUBCAPTULO IOFICINA DE ASESORIA JURDICAArt 26 Oficina de Asesora Jurdica.- tiene como finalidad brindar asesoramiento a la Alta Direccin y dems rganos y unidades orgnicas del OSCE, en asuntos de carcter jurdico con el propsito que las actuaciones institucionales se den dentro del marco legal vigente.Artculo 27. Funciones Las funciones de la Oficina de Asesora Jurdica son las siguientes: 1. Brindar asesoramiento legal al Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva, Secretara General, rganos y unidades orgnicas del OSCE; 2. Emitir opinin legal en los recursos de apelacin que deban ser resueltos por cualquier rgano del OSCE, con excepcin del Tribunal de Contrataciones del Estado;SUBCAPTULO IIOFICINA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y COOPERACINArt 28 Oficina de Planeamiento, presupuesto y cooperacin.- Tiene como finalidad elaborar y evaluar la ejecucin de los planes institucionales y el proceso presupuestal del OSCE, as como las actividades de cooperacin y asuntos internacionales y de racionalizacin administrativa de la gestin institucional. La oficina de Planeamiento y Desarrollo depende directamente de la Secretara General. Se encuentra conformada por las siguientes unidades orgnicas: Unidad de Planificacin y Presupuesto. Unidad de Cooperacin y Asuntos Internacionales. Unidad de Organizacin y Mejora de Procesos.Artculo 29. Funciones Las funciones y atribuciones de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacin son las siguientes: 1. Conducir los procesos de planeamiento y presupuesto, coordinando para tales efectos con todos los rganos y unidades orgnicas de la institucin; 2. Elaborar y proponer las lneas de accin y objetivos estratgicos en funcin a los lineamientos planteados por el Sector;CAPITULO VIORGANOS DE APOYOSUBCAPTULO IOFICINA DE ADMINISTRACIN Y FINANZASArt 30 oficina de administracin y finanza.- Tiene como finalidad proveer a los rganos del OSCE de los recursos humanos y logsticos de acuerdo a las necesidades y normas vigentes, as como administrar la ejecucin presupuestal, financiera y contable, y los proyectos y actividades referidos a la aplicacin de recursos de tecnologas de la informacin en el OSCE.La Oficina de Administracin se encuentra conformada por las siguientes unidades orgnicas: Unidad de Recursos Humanos Unidad de Logstica Unidad de Finanzas Unidad de Tecnologas de la InformacinArtculo 31. Funciones Las funciones de la Oficina de Administracin y Finanzas son las siguientes:1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades logsticas, contables, financieras y de recursos humanos del OSCE. 2. Ejecutar la poltica y acciones de personal establecidas por la Alta Direccin. 3) Ejecutar el presupuesto anual del OSCE.Artculo 32. Unidad de Logstica y Servicios Generales Es la unidad orgnica encargada de proporcionar los recursos materiales, bienes y servicios que los rganos del OSCE requieran, en las condiciones de seguridad, calidad, oportunidad y costo adecuado. La Unidad de Logstica y Servicios Generales depende directamente de la Oficina de Administracin y Finanzas.Artculo 33. Funciones Las funciones de la unidad orgnica de Logstica y Servicios Generales son las siguientes: 1. Programar, coordinar, ejecutar y controlar los procedimientos de contratacin y adquisicin de bienes, servicios, arrendamientos y ejecucin de obras que requieran los rganos del OSCE. 2. Suministrar los bienes y servicios que sean necesarios para el funcionamiento del OSCE. 3. Brindar el apoyo a los Comits Especiales, encargados los procesos de seleccin que OSCE convoque.Artculo 34 Unidad de Finanzas Es la unidad orgnica encargada de la programacin, coordinacin, ejecucin y evaluacin de los procesos de contabilidad, as como del manejo y la centralizacin de los recursos financieros del OSCE. La Unidad de Finanzas depende directamente de la Oficina de Administracin y Finanzas.Artculo 35. Funciones Las funciones de la unidad orgnica de Finanzas son las siguientes:1. Programar, coordinar y ejecutar los procesos tcnicos del Sistema Nacional de Contabilidad; 2. Efectuar el registro contable y fiscalizar las transacciones administrativas y financieras, as como la ejecucin presupuestal del OSCE, cautelando la correcta aplicacin legal y presupuestal del egreso;3. Formular los estados financieros y registros contables del OSCE;

SUBCAPTULO IIOFICINA DE SISTEMASArt 38 oficina de sistemas.- Es el rgano encargado de planificar, organizar, supervisar y evaluar el uso y aplicacin racional de las tecnologas de informacin vigentes, soporte y comunicaciones, as como de la optimizacin de los procesos administrados y mejora de la gestin institucional del OSCE. La Oficina de Sistemas depende jerrquicamente de la Secretara General. Para el desarrollo de sus actividades funcionales cuenta con las siguientes unidades orgnicas:1. Unidad de Soporte y Comunicaciones 2. Unidad de Desarrollo de Sistemas 3. Unidad de Mtodos Artculo 39. Funciones Las funciones de la Oficina de Sistemas son las siguientes: 1. Planificar y organizar el uso y aplicacin racional de las tecnologas de informtica vigentes; 2. Supervisar las actividades relacionadas a la operacin de la arquitectura de redes y comunicaciones, al soporte de hardware y software, al desarrollo de aplicaciones y a la optimizacin continua de los procesos y procedimientos del OSCE;

CAPITULO VIIRGANOS DE LNEASUBCAPTULO IDIRECCION DE ARBITRAJE ADMINISTRATIVOArt 46 Direccin deArbitraje Administrativo.- Es el rgano encargado de las actividades relacionadas con laconciliacin y arbitraje administrativo de las contrataciones del Estado. Depende jerrquicamente de la Presidencia Ejecutiva.Artculo 47. Funciones Son funciones de la Direccin de Arbitraje Administrativo las siguientes: 1. Organizar y administrar arbitrajes administrativos y dems medios de prevencin, gestin y solucin de controversias, de acuerdo a lo que establezca la legislacin vigente; 2. Proponer las normas especializadas en materia de solucin de controversias en la etapa de ejecucin de los contratos, en el marco de la normativa de contrataciones del Estado;SUBCAPTULO IIDIRECCIN DEL SEACEArt 48 Direccin del SEACE.-Tiene como finalidad administrar y desarrollar las operaciones que se realizan en el marco del Sistema Electrnico de Contrataciones del Estado - SEACE, as como administrar tanto el Catlogo nico de Bienes, Servicios y Obras, como el Catlogo Electrnico de Convenios Marco, para lo cual desarrolla los proyectos y actividades referidos al diseo e implementacin de sistemas automatizados del SEACE y RNP.La Direccin del SEACE depende directamentede la Presidencia ejecutiva.La Direccin del SEACE se encuentra conformada por lassiguientes unidades orgnicas: Sub Direccin de Plataforma Sub Direccin de Desarrollo de ProyectosArtculo 49. Funciones Las funciones de la Direccin del SEACE son las siguientes:1. Administrar la plataforma del SEACE;2. Brindar atencin, orientacin y soporte especializado sobre el manejo del SEACE; 3. Proponer modificaciones funcionales al SEACE, para su mejoramiento continuo;SUBCAPTULO IIIDIRECCIN TCNICO NORMATIVAArt 54 Direccin Tcnico Normativa.- Tiene como finalidad establecer los criterios tcnicos legales sobre la aplicacin de la normativa de contrataciones del Estado, elaborar los proyectos normativos referidos a la aplicacin de dicha normativa, as como brindar asesora de carcter tcnico legal y desarrollar las actividades referentes a la difusin y capacitacin en materia de contratacin pblica.La Direccin Tcnico Normativa depende directamente de la Presidencia Ejecutiva.La Direccin Tcnico Normativa se encuentra conformada por las siguientes unidades orgnicas: Sub Direccin de Normatividad Sub Direccin de Procesos Especiales Sub Direccin de Desarrollo de CapacidadesArtculo 55. Funciones Las funciones de la Direccin Tcnico Normativa son las siguientes: 1. Aprobar los pronunciamientos sobre la formulacin y absolucin de observaciones a las bases de los procesos de seleccin, sometidos a su consideracin;2. Emitir opiniones e informes absolviendo las consultas de carcter tcnico-legal sobre contrataciones pblicas que efecten las Entidades, proveedores y usuarios en general;

SUBCAPTULO IVDIRECCIN DE SERVICIOS INSTITUCIONALESArt 60 Direccin de servicios institucionales.- tiene como finalidad servicios de ofrecer servicio para facilitar el acceso y uso de la informacin se encuentran: prstamo de libros, consulta de revistas, acceso a Internet y a recursos electrnicos, etc.Artculo 61. Funciones Las funciones de la Direccin de Servicios Institucionales son las siguientes:1. Dirigir evaluaciones peridicas sobre el desarrollo de las actividades de atencin al usuario, capacitacin y de coordinacin con las oficinas desconcentradas;2. Formular, proponer e implementar las polticas y estrategias de atencin al usuario externo en lo referente a la orientacin y asesora en los servicios que brinda el OSCE y supervisar su ejecucin;SUBCAPTULO VIDIRECCIN DE SUPERVISIN, FISCALIZACIN Y ESTUDIOSArt 68 Direccin de Supervisin, fiscalizacin y estudios.- Tiene como finalidad supervisar los procesos de contratacin, de forma selectiva y/o aleatoria de acuerdo con las atribuciones conferidas al OSCE por la Ley.La Direccin de Supervisin depende directamente de la Presidencia Ejecutiva.La Direccin de Supervisin se encuentra conformada por las siguientes unidades orgnicas: Sub Direccin de Supervisin y Monitoreo Sub Direccin de Atencin de Denuncias.Artculo 69. Funciones Las Funciones de la Direccin de Supervisin, Fiscalizacin y Estudios son las siguientes: 1. Supervisar y fiscalizar, de forma selectiva y/o aleatoria, los procesos de contratacin que se realicen al amparo de la normativa de contrataciones del Estado; 2. Realizar el proceso de fiscalizacin posterior a los procedimientos seguidos ante el OSCE; 3) Evaluar las denuncias interpuestas ante el OSCE, relacionadas con la trasgresin a la normativa sobre contratacin pblica;

CAPITULO VIIIDEL RGIMEN LABORALArtculo 76. Del personal del OSCEEl personal del OSCE est sujeto al rgimen laboral de la actividad privada.CAPITULO IXDEL RGIMEN ECONOMICOArtculo 77. De los recursos financieros del OSCE Los recursos financieros del OSCE son los siguientes: 1. Los generados por el cobro de tasas previstas en el TUPA 2. Los generados por la ejecucin de garantas o depsitos establecidos en la normativa. 3. Los generados por la venta de bienes y prestacin de servicios 4) Los generados por la capacitacin y difusin de la normativa en materia de su competencia.Art 78. La administracin de la cobranza de los recursos financieros a los que se refiere el artculo precedente es de competencia del OSCE, para lo cual tiene accin de ejecucin coactiva.DISPOSICIN COMPLEMENTARIA FINALnica El OSCE para el cumplimiento de sus funciones, podr celebrar acuerdos, convenios o contratos con Instituciones Pblicas, gremiales, universidades, centros de investigacin, organismos nacionales, extranjeros o internacionales, conforme a la normativa de la materia.

CONCLUSION EL OSCE :Promover la realizacin de compras giles, oportunas, eficientes, transparentes y econmicas por parte de las entidades del Estado, con la finalidad que puedan cumplir con sus objetivos estratgicos y operativos, teniendo en cuenta el respeto al medio ambiente y al desarrollo humano Disear y promover mecanismos de orientacin, capacitacin e informacin a los servidores, funcionarios, proveedores del Estado y al pblico en general en materia de contratacin pblica

BIBLIOGRAFIA Broncano Torre Miguel Cuellar Espinoza Elizabeth Rosario Graza Irma Tarazona Ortiz Hilvn Valentn Silvestre Edmir http://www.monografias.com/trabajos-pdf5/osce-huaraz/osce-huaraz.shtml#ixzz3dA8GZoLk

Pgina 15