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El suscrito C. Rene Alonso Herrera Jiménez, Secretario del H. XLI Ayuntamiento

Constitucional de Tepic, con fundamento en los artículos 114 fracción IV de la Ley

Municipal para el Estado de Nayarit y 10 de los lineamientos para regular la

edición, publicación y distribución de la Gaceta Municipal Órgano de Difusión del

H. Ayuntamiento de Tepic, hago constar y

CERTIFICO

Que la gaceta ordinaria No.8 contiene los acuerdos que el Cabildo ha

celebrado, del 07 de noviembre al 29 de diciembre del 2018.

Se extiende la presente certificación para los fines legales a que haya lugar, en la

ciudad de Tepic, capital del Estado de Nayarit, a los (30) treinta días del mes de

diciembre del (2018) dos mil dieciocho.

SESIÓN ORDINARIA

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En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 13:10 trece horas con diez minutos del día 07 de noviembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión ordinaria de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (16) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y los regidores/as María del Carmen Ávalos Delgado, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Lucio Carrillo Bañuelos, German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, María del Carmen Reyes Ramos, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Rodolfo Santillán Huerta, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (1) una inasistencia justificada del regidor Marcos Ortega Ruiz.

Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de sesión ordinaria de fecha 22 de octubre del 2018, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Pase de lista e instalación de la sesión. 2.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, de la solicitud de

licencia sin goce de sueldo para separarse del cargo de regidora a la C. Anel Zarina Cabrales Pérez, por 30 días naturales a partir del día 02 de noviembre al 02 de diciembre del 2018 y la toma de protesta de ley a la C. Erika Cecilia Avalos Núñez en su carácter de suplente.

3.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a

la solicitud de autorización para la denominación de la calle Prolongación Ignacio López Rayón, en la colonia Lomas Altas.

4.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a

la autorización de las modificaciones a los ingresos y al presupuesto de egresos vigente, correspondientes al mes de septiembre del ejercicio fiscal 2018.

5.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a la revisión del Avance de Gestión Financiera correspondiente al período del Tercer Trimestre del ejercicio fiscal 2018.

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6.-Informe Mensual de actividades de las Comisiones al Honorable Cabildo.

a).-El regidor Aristeo Preciado Mayorga, presenta el informe de actividades correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre del 2018.

b).-La regidora Irma Leticia Sandoval Pasos, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de octubre del 2018. c).-La regidora María del Carmen Ávalos Delgado, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de agosto del 2018. d).-La Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de octubre del 2018. e).-El regidor Rodolfo Santillán Huerta, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de octubre del 2018.

7.-Asuntos Generales de solicitudes y comunicaciones recibidas.

a).-Solicitud para autorizar a suscribir convenio específico de colaboración y apoyo con la Universidad Autónoma de Nayarit.

8.-Clausura de la sesión. El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 16 votos a favor. EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ

QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN ORDINARIA.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DE LA SOLICITUD DE LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO PARA SEPARSE DEL CARGO DE REGIDORA A LA C. ANEL ZARINA CABRALES PÈREZ, POR 30 DÌAS NATURALES A PARTIR DEL DÌA 02 DE NOVIEMBRE AL 02 DE DICIEMBRE DEL 2018 Y LA TOMA DE PROTESTA DE LEY A LA C. ERIKA CECILIA AVALOS NUÑEZ, EN SU CARÁCTER DE SUPLENTE. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

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PRIMERO.- Se aprueba la Licencia sin goce de sueldo por un período de 30 treinta días naturales, a partir del día 02 de noviembre al 02 de diciembre del 2018, a la C. Anel Zarina Cabrales Pérez, para separarse de su cargo como Regidora del Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit. SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 89 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que proceda a citar a la Regidora Suplente Erika Cecilia Ávalos Núñez, a efecto de que comparezca ante este Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tepic, a rendir protesta de ley correspondiente. TERCERO.- Se Instruye al Secretario del Ayuntamiento para que publique los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit. EL PRESIDENTE MUNICIPAL, EL DR. GUADALUPE FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA, PROCEDE A TOMAR LA PROTESTA DE LEY A LA C. ERIKA CECILIA ÁVALOS NÚÑEZ COMO REGIDORA DEL H. XLI AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEPIC, SOLICITANDO A LOS PRESENTES PONERSE DE PIE A EFECTO DE QUE LE SEA TOMADA LA PROTESTA DE LEY, MISMO QUE A LA LETRA DICE:

“¿PROTESTA GUARDAR Y HACER GUARDAR LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LA PARTICULAR DEL ESTADO, Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANEN, DESEMPEÑANDO LEAL Y PATRIOTICAMENTE EL CARGO DE REGIDORA QUE EL PUEBLO TE HA CONFERIDO, MIRANDO EN TODO POR EL BIEN Y PROSPERIDAD DEL MUNICIPIO?” REGIDORA: SI PROTESTO PRESIDENTE MUNICIPAL: Y SI ASI NO LO HICIERES, QUE EL PUEBLO TE LO DEMANDE.

ASIMISMO, EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO PROCEDE A REGISTRAR LA ASISTENCIA DE LA REGIDORA ERIKA CECILIA ÁVALOS NÚÑEZ, ENCONTRÁNDOSE PRESENTES (17) INTEGRANTES DEL CABILDO.

EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA DENOMINACIÓN DE LA CALLE PROLONGACIÓN IGNACIO LÓPEZ RAYÓN, EN LA COLONIA LOMAS ALTAS. MISMO QUE S APROBADO POR MAYORÌA DE LOS PRESENTES, CON 17 VOTOS A FAVOR Y 1 VOTO EN

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CONTRA DEL REGIDOR CARLOS BARRÒN MAYORQUÌN, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Es de autorizarse y se autoriza la denominación de calle Prolongación Ignacio López Rayón, ubicado entre la calle 2 o Abelardo R. Rodríguez en la colonia Lomas Altas, en el ejido el Rodeo municipio de Tepic, Nayarit. SEGUNDO.- Se instruye al Director General de Desarrollo Urbano y Ecología, para que realice todos los actos y acciones para llevar acabo el procedimiento ante catastro para registrar la calle anteriormente citada, conforme al artículo 77 del título noveno del Reglamento de Construcciones y Seguridad Estructural para el municipio de Tepic, Nayarit. TERCERO.-Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN DE LAS MODIFICACIONES A LOS INGRESOS Y AL PRESUPUESTO DE EGRESOS VIGENTE, CORRESPONDIENTES AL MES DE SEPTIEMBRE DEL EJERCICIO FISCAL 2018. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 17 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autorizan las modificaciones a los ingresos y al presupuesto de egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, en los términos propuestos por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Tepic. SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal, al Dr. Francisco Alberto Rivera Domínguez, para realizar las acciones administrativas y contables conducentes para que queden aplicadas las modificaciones a los ingresos y al presupuesto de egresos y la reclasificación contable aprobadas. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, al C. Rene Alonso Herrera Jiménez, para que realice la publicación de las modificaciones autorizadas en los puntos que anteceden, en la Gaceta Municipal Órgano de Difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic y en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.

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MODIFICACIÓN DE LOS INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

EN EL MES DE SEPTIEMBRE

MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS

PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018 EN EL MES DE SEPTIEMBRE

RECURSO

FEDERAL

PRESUPUESTO

MODIFICADO

AMPLIACIONEN EL MES DE

SEPTIEMBRE 2018

IMPUESTOS 127,169,096.10 0.00 127,169,096.10

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 840,000.00 0.00 840,000.00

DERECHOS 120,462,012.41 0.00 120,462,012.41

PRODUCTOS 1,566,706.35 0.00 1,566,706.35

APROVECHAMIENTOS 25,127,819.79 0.00 25,127,819.79

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 1,185,017,814.37 9,691,445.00 1,194,709,259.37

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS 50,001.00 0.00 50,001.00

Total : 1,460,233,450.02 9,691,445.00 1,469,924,895.02

CONCEPTOPRESUPUESTO

VIGENTE

FORTALECIMIENTO FINANCIERO 9,691,445.00

TOTAL : 9,691,445.00

AMPLIACION

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RECURSOS PROPIOSFORTALECIMIENTO

INVERSION 3FONDO IV

TRASPASO AMPLIACION TRASPASO

SERVICIOS PERSONALES $808,207,211.80 $0.00 $0.00 $0.00 $808,207,211.80

MATERIALES Y SUMINISTROS $71,496,586.60 $870,728.67 $0.00 $3,000,000.00 $75,367,315.27

26101 Combustibles, Lubricantes y Aditivos $0.00 $0.00 $0.00 $2,800,000.00

29602 Articulos Menores Automotrices $0.00 $0.00 $0.00 $100,000.00

29609 Productos Menores de Hule para Equipo de

Transporte$0.00 $0.00 $0.00 $100,000.00

SERVICIOS GENERALES $146,536,478.78 -$435,142.20 $0.00 -$3,000,000.00 $143,101,336.58

31101 Energía Eléctrica $0.00 $0.00 $0.00 -$3,150,000.00

35501 Reparación y Mantenimiento de Equipo de

Transporte$0.00 $0.00 $0.00 $150,000.00

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y

OTRAS AYUDAS$175,933,814.28 $0.00 $0.00 $0.00 $175,933,814.28

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $21,031,988.67 $266,913.53 $0.00 $0.00 $21,298,902.20

INVERSION PUBLICA $90,625,610.06 $0.00 $9,691,445.00 $0.00 $100,317,055.06

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $4,875,874.79 $0.00 $0.00 $0.00 $4,875,874.79

DEUDA PUBLICA $141,525,885.04 -$702,500.00 $0.00 $0.00 $140,823,385.04

Total del Gasto : $1,460,233,450.02 $0.00 $9,691,445.00 $0.00 $1,469,924,895.02

C O N C E P T OPRESUPUESTO

VIGENTE

PRESUPUESTO

MODIFICADO EN

SEPTIEMBRE 2018

FORTALECIMIENTO FINANCIERO 9,691,445.00

TOTAL : 9,691,445.00

AMPLIACION

DESGLOSE DE PARTIDAS A LA AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS SEPTIEMBRE 2018

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PARTIDA CONCEPTO IMPORTE TOTAL

62202 EDIFICACIÓN DE INMUEBLES COMERCIALES,

INSTITUCIONALES Y DE SERVICIOS, EXCEPTO

SU ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN 8,354,693.97

- EQUIPAMIENTO DE COCINA (BARRAS DE

ACERO INOXIDABLE, TARJAS) 1,616,043.00

- EQUIPAMIENTO DE GIMNASIO

(CAMINADORAS, KIT DE PESAS Y BARRAS) 966,340.57

- AUDITORIO (Cimentación, Estructuras Metálicas y

Acabados) 2,546,453.94

- MUROS PERIMETRALES 80,210.55

- TECHUMBRE DE PLAZOLETA CON PERFILES

METALICOS DE 8 A 2 PULGADAS 481,433.86

- EQUIPAMIENTO DE AULAS Y MODULOS DE

CAPACITACION (Mobiliario, Computo) 570,749.36

- EQUIPAMIENTO DE MODULO RECREACION DE

DORMITORIOS 140,808.80

- PAVIMENTACION DE ESTACIONAMIENTO DE

SERVICIO 614,377.62

- EQUIPAMIENTO DE DORMITORIOS (Camas) 704,247.36

- EQUIPAMIENTO DE BIBLIOTECA ( Estantes

Fijos, Libros) 539,394.51

- EQUIPAMIENTO CONTRA INCENDIO 94,634.40

SUMA : 8,354,693.97

I.V.A. 1,336,751.04

TOTAL : 9,691,445.01

Ramo 23 Provisiones Salariales y Económicas 2018

FORTALECIMIENTO FINANCIERO 3

APORTACIONES FEDERALES RAMO 33

FONDO III

( CIFRAS EN PESOS )

VIGENTE

REAL %

CONVENIDO

DIRECTO

CONVENIDO

DIRECTO

CONVENIDO

DIRECTO

CONVENIDO

DIRECTO

CONVENIDO

DIRECTO

CONVENIDO

DIRECTO

251,739.47$ 0%

GASTOS INDIRECTOS 1,888,806.30$ 3%

1,259,204.20$ 2%

62,960,210.00$ 100%

FO

ND

O I

II

FUENTE DE

FINANCIAMIENTOPROGRAMA MODALIDAD

DISTRIBUCION POR RUBRO

ALCANTARILLADO Y DRENAJE22,158,845.91$ 35%

AGUA POTABLE23,721,518.32$ 38%

URBANIZACIÓN9,459,771.55$ 15%

ALUMBRADO Y ELECTRIFICACIÓN473,146.61$ 1%

CAMINOS RURALES1,731,405.78$ 3%

PRODIM (HASTA 2%)

TOTAL

VIVIENDA2,015,771.86$ 3%

INFRA. PROD. RURAL

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EL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA REVISIÓN DEL AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO FISCAL 2018. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 17 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza el Avance de Gestión Financiera, correspondiente al periodo del Tercer Trimestre del Ejercicio Fiscal 2018, propuesto por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Tepic, que se contiene en el presente dictamen. SEGUNDO. - Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que realice la publicación del Avance de Gestión Financiera correspondiente al Tercer Trimestre del Ejercicio Fiscal 2018, en la Gaceta Municipal órgano de difusión del H.XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS MUNICIPIOS

FONDO IV

(CIFRAS EN PESOS)

VIGENTEFUENTE DE

FINANCIAMIENTODESCRIPCION IMPORTE

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA 64,874,289.41

COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 2,800,000.00

ARTICULOS MENORES AUTOMOTRICES 100,000.00

PRODUCTOS MENORES DE HULE PARA EQUIPO DE TRANSPORTE 100,000.00

ENERGÍA ELÉCTRICA 21,293,553.00

REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 150,000.00

PAGO DE DERECHOS Y APROVECHAMIENTOS POR CONCEPTO DE

AGUA32,526,373.48

CONVENIOS 4,770,651.00

AMORTIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA 137,373,033.59

BANCO BANOBRAS CRÉDITO A LARGO PLAZO 40,539,664.77

BANCO INTERACCIONES CRÉDITO A CORTO PLAZO 96,833,368.82

TOTAL : 263,987,900.48

FO

ND

O I

V

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MUNICIPIO DE TEPIC EJERCICIO 2018

ESTADO DE SITUACIÓN AL 30/SEPTIEMBRE/2018

MUNICIPIO DE TEPIC EJERCICIO 2018

ESTADO DE SITUACIÓN AL 30/SEPTIEMBRE/2018

$416,969,431.70

$160,696,852.81

$248,873.46

$149,607,338.01

$69,060.00

$10,771,581.34

$245,474,630.58

$45,993,424.42

$796,275.72

$197,595,052.78

$456,254.01

$633,623.65

$10,797,948.31

$10,797,948.31

$416,969,431.70

EFECTIVO Y EQUIVALENTES

EFECTIVO

ACTIVO

ACTIVO CIRCULANTE

BANCOS/TESORERÍA

FONDOS CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA

DEPÓSITOS DE FONDOS DE TERCEROS EN GARANTÍA Y/O

Total de Activos Circulantes

INGRESOS POR RECUPERAR A CORTO PLAZO

PRÉSTAMOS OTORGADOS A CORTO PLAZO

OTROS DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES A

DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES

CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO

DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A CORTO PLAZO

DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS

ANTICIPO A CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS A CORTO

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MUNICIPIO DE TEPIC EJERCICIO 2018

ESTADO DE SITUACIÓN AL 30/SEPTIEMBRE/2018

$5,258,753,943.10

$202,500.00

$202,500.00

$4,988,006,213.29

$279,356,449.73

$3,041,421,462.62

$168,881,382.82

$1,050,892,490.84

$112,371,611.72

$335,082,815.56

$232,810,559.45

$29,157,800.28

$5,698,707.97

$1,565,203.75

$161,453,706.44

$12,099,271.86

$22,506,253.21

$329,615.94

$9,609,718.16

$9,609,718.16

$28,124,952.20

$28,124,952.20

$5,258,753,943.10

$5,675,723,374.80

DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES A LARGO

CONSTRUCCIONES EN PROCESO EN BIENES DE DOMINIO

CONSTRUCCIONES EN PROCESO EN BIENES PROPIOS

BIENES MUEBLES

EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO

VEHÍCULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE

EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD

Total de Activos

COLECCIONES, OBRAS DE ARTE Y OBJETOS VALIOSOS

ACTIVOS INTANGIBLES

SOFTWARE

ACTIVOS DIFERIDOS

ESTUDIOS, FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

Total de Activos No Circulantes

MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN

DEUDORES DIVERSOS A LARGO PLAZO

OTROS BIENES INMUEBLES

ACTIVO NO CIRCULANTE

BIENES INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA Y CONSTRUCCIONES

EN PROCESO

MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO

TERRENOS

EDIFICIOS NO HABITACIONALES

INFRAESTRUCTURA

$500,411,472.84

$159,990,421.00

$10,371,069.58

$78,081,595.82

$31,707,695.81

$2,022,507.83

$1,637,558.14

$36,169,993.82

$301,865,301.87

$301,865,301.87

$38,517,469.97

$38,517,469.97

$38,280.00

$38,280.00

$500,411,472.84

CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO

PASIVO

PASIVO CIRCULANTE

SERVICIOS PERSONALES POR PAGAR A CORTO PLAZO

PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO PLAZO

CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR PAGAR A CORTO

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES POR PAGAR A CORTO

OTROS PASIVOS A CORTO PLAZO

OTROS PASIVOS CIRCULANTES

PORCION A CORTO PLAZO DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA

PORCION A CORTO PLAZO DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA

OTROS DOCUMENTOS POR PAGAR A CORTO PLAZO

Total de Pasivos Circulantes

TRANSFERENCIAS OTORGADAS POR PAGAR A CORTO PLAZO

RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO

DOCUMENTOS POR PAGAR A CORTO PLAZO

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MUNICIPIO DE TEPIC

EJERCICIO 2018 ESTADO DE SITUACIÓN AL 30/SEPTIEMBRE/2018

MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT Ejercicio 2018

Estado de Origen y Aplicación de Fondos Del 01/Jul/2018 al 30/Sep/2018

$219,739,115.43

$219,739,115.43

$219,739,115.43

$219,739,115.43

$720,150,588.27

$0.00

$4,955,572,786.53

$229,909,955.82

$4,718,948,502.92

$6,714,327.79

$0.00

$4,955,572,786.53

$5,675,723,374.80

RESULTADOS DEL EJERCICIO (AHORRO Y DESAHORRO)

HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO CONTRIBUIDO

HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIO

Total de Pasivos

PASIVO NO CIRCULANTE

DEUDA PÚBLICA A LARGO PLAZO

PRÉSTAMOS DE LA DEUDA PÚBLICA INTERNA POR PAGAR A

LARGO PLAZOTotal de Pasivos No Circulantes

Total de Pasivo y Hacienda Pública/Patrimonio

RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACIÓN DE LA

Total Hacienda Pública/Patrimonio

HACIENDA PÚBLICA/PATRIMONIO GENERADO

REVALUOS

ORIGEN DE LOS RECURSOS

EXISTENCIA EN EFECTIVO Y EQUIVALENTES

AL 01 DE JULIO 2018 $158,003,779.48

IMPUESTOS $15,258,595.46

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS $940.60

DERECHOS $15,309,112.74

PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE $755,071.48

APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE $6,601,278.65

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $299,288,820.95

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

$50,000.00

Disminuciones del Activo $342,426,420.82

Incrementos del Patrimonio $350,423,123.22

TOTAL ORIGEN $1,188,117,143.40

APLICACION DE LOS RECURSOS

SERVICIOS PERSONALES $161,121,570.98

MATERIALES Y SUMINISTROS $26,211,372.44

SERVICIOS GENERALES $36,598,762.06

SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES $6,681,334.16

AYUDAS SOCIALES $2,286,958.89

PENSIONES Y JUBILACIONES $30,768,644.26

INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA $7,513,100.64

Incrementos del Activo $368,957,767.80

Dismunuciones del Pasivo $386,079,229.97

Dismunuciones del Patrimonio $1,201,549.39

EXISTENCIA EN EFECTIVO Y EQUIVALENTES

AL 30 DE SEPTIEMBRE 2018 $160,696,852.81

TOTAL APLICACIÓN $1,188,117,143.40

ELABORO REVISO AUTORIZO

_______________________________________ __________________________________________ ______________________________________C.P. PEDRO QUEZADA DUARTE LIC. ROCIO DEL CARMEN LOZANO CARDENAS LIC. JOSE DAVID GUERRERO GONZALEZ

JEFE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DIRECTORA DE EGRESOS TESORERO MUNICIPAL

MUNICIPIO DE TEPIC NAYARIT

Ejercicio 2018

Estado Analítico de Ingresos

Del 01/Jul/2018 Al 30/Sep/2018

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Rubros de los Ingresos Ingreso Ingreso Diferencia

Estimado Modificado Devengados Recaudado

Anual Anual

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 0.00

IMPUESTOS $127,169,096.10 $0.00 $127,169,096.10 $15,258,595.46 $15,258,595.46 -111,910,500.64

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS $840,000.00 $0.00 $840,000.00 $940.00 $940.00 -839,060.00

DERECHOS $120,462,012.41 $0.00 $120,462,012.41 $15,309,112.74 $15,309,112.74 -105,152,899.67

PRODUCTOS $1,396,421.62 $170,284.73 $1,566,706.35 $755,071.48 $755,071.48 -$641,350.14

Corriente $1,396,421.62 $170,284.73 $1,566,706.35 $755,071.48 $755,071.48 -641,350.14

APROVECHAMIENTOS $25,127,819.79 $0.00 $25,127,819.79 $6,601,278.65 $6,601,278.65 -18,526,541.14

Corriente $25,127,819.79 $0.00 $25,127,819.79 $6,601,278.65 $6,601,278.65 -18,526,541.14

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $1,116,058,082.43 $78,651,176.94 $1,194,709,259.37 $299,288,820.95 $299,288,820.95 -816,769,261.48

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y

OTRAS AYUDAS

$1.00 $50,000.00 $50,001.00 $50,000.00 $50,000.00 49,999.00

Total $1,391,053,433.35 $78,871,461.67 $1,469,924,895.02 $337,263,819.28 $337,263,819.28 -$1,053,789,614.07

Rubros de los Ingresos Ingreso Ingreso Diferencia

Estimado Modificado Devengados Recaudado

Anual Anual

Ingresos del Gobierno

IMPUESTOS $127,169,096.10 $0.00 $127,169,096.10 $15,258,595.46 $15,258,595.46 -$111,910,500.64

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS $840,000.00 $0.00 $840,000.00 $940.00 $940.00 -$839,060.00

DERECHOS $120,462,012.41 $0.00 $120,462,012.41 $15,309,112.74 $15,309,112.74 -$105,152,899.67

PRODUCTOS $1,396,421.62 $170,284.73 $1,566,706.35 $755,071.48 $755,071.48 -$641,350.14

Corriente $1,396,421.62 $170,284.73 $1,566,706.35 $755,071.48 $755,071.48 -$641,350.14

APROVECHAMIENTOS $25,127,819.79 $0.00 $25,127,819.79 $6,601,278.65 $6,601,278.65 -$18,526,541.14

Corriente $25,127,819.79 $0.00 $25,127,819.79 $6,601,278.65 $6,601,278.65 -$18,526,541.14

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $1,116,058,082.43 $78,651,176.94 $1,194,709,259.37 $299,288,820.95 $299,288,820.95 -$816,769,261.48

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y

OTRAS AYUDAS

$1.00 $50,000.00 $50,001.00 $50,000.00 $50,000.00 $49,999.00

Ingresos de Organismos y Empresas

CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Ingresos Derivados de Financiamiento

INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Total $1,391,053,433.35 $78,871,461.67 $1,469,924,895.02 $337,263,819.28 $337,263,819.28 -$1,053,789,614.07

Ampliaciones /

(Reduciones)

Ampliaciones /

(Reduciones)

Ingreso

del 01 Julio al 30 Septiembre 2018

Ingreso

del 01 Julio al 30 Septiembre 2018

MUNICIPIO DE TEPIC NAYARIT

Ejercicio 2018

Estado Analítico del Ejercicio Presupuesto de Egresos

Clasificación Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01/Jul/2018 al 30/Sep/2018

Aprobado Modificado Devengado Pagado

Anual Anual

10000 SERVICIOS PERSONALES $807,367,210.80 840,001.00 $808,207,211.80 $161,121,570.98 $160,782,201.01

11000 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER

PERMANENTE

$319,151,326.63 4,110,651.00 $323,261,977.63 $72,950,602.79 $72,861,600.71

12000 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER

TRANSITORIO

$47,616,181.62 0.00 $47,616,181.62 $8,449,544.46 $8,449,544.46

13000 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES $156,005,681.98 -2,103,253.00 $153,902,428.98 $19,866,452.20 $19,816,441.80

14000 SEGURIDAD SOCIAL $41,952,930.30 0.00 $41,952,930.30 $10,377,714.37 $10,217,428.38

15000 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS $234,068,098.99 -1,167,397.00 $232,900,701.99 $49,359,078.68 $49,359,078.68

17000 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS $8,572,991.28 0.00 $8,572,991.28 $118,178.48 $78,106.98

20000 MATERIALES Y SUMINISTROS $62,808,699.18 9,558,616.09 $72,367,315.27 $26,211,372.44 $24,696,550.59

21000 MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE

DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES

$5,079,143.81 -614,122.98 $4,465,020.83 $339,604.46 $455,959.86

22000 ALIMENTOS Y UTENSILIOS $778,103.00 -283,181.53 $494,921.47 $82,576.08 $82,576.08

23000 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y

COMERCIALIZACION

$41.00 198,657.33 $198,698.33 $38,253.65 $58,681.93

24000 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE

REPARACION

$8,110,625.08 -682,416.10 $7,428,208.98 $810,725.69 $743,112.03

25000 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE

LABORATORIO

$432,452.74 180,096.64 $612,549.38 $23,083.16 $49,910.36

26000 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS $42,852,588.42 505,157.81 $43,357,746.23 $14,081,958.17 $15,073,423.67

27000 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y

ARTICULOS DEPORTIVOS

$906,742.88 6,315,929.25 $7,222,672.13 $6,611,784.19 $6,488,579.86

28000 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD $54,502.00 3,017,670.03 $3,072,172.03 $2,885,822.48 $867,289.64

29000 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES $4,594,500.25 920,825.64 $5,515,325.89 $1,337,564.56 $877,017.16

30000 SERVICIOS GENERALES $109,799,436.85 36,301,900.03 $146,101,336.88 $36,598,762.06 $35,526,610.05

31000 SERVICIOS BASICOS $36,931,642.00 -7,101,545.68 $29,830,096.32 $10,026,509.09 $9,643,367.74

32000 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO $13,925,731.00 1,365,506.41 $15,291,237.41 -$491,442.36 $2,441,574.75

33000 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y

OTROS SERVICIOS

$19,566,452.70 8,511,720.77 $28,078,173.47 $11,380,432.70 $7,534,618.86

ConceptoEgresos

del 01 Julio al 30 Septiembre 2018

Ampliaciones /

(Reducciones)

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DEUDA PÚBLICA AL 30 DE SEPTIEMBRE 2018

MUNICIPIO DE TEPIC NAYARIT

Ejercicio 2018

Estado Analítico del Ejercicio Presupuesto de Egresos

Clasificación Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01/Jul/2018 al 30/Sep/2018

Aprobado Modificado Devengado Pagado

Anual Anual

34000 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES $10,209,382.00 -1,883,244.39 $8,326,137.61 $1,397,713.40 $1,397,713.39

35000 SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION,

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION

$573,921.00 323,196.65 $897,117.65 $142,664.96 $143,295.22

36000 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD $2,678,400.00 923,920.00 $3,602,320.00 $799,886.00 $1,032,340.00

37000 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS $1,222,579.70 852,209.60 $2,074,789.30 $393,438.76 $393,438.76

38000 SERVICIOS OFICIALES $10,501,400.00 580,089.70 $11,081,489.70 $2,653,368.00 $2,653,368.00

39000 OTROS SERVICIOS GENERALES $14,189,928.45 32,730,046.97 $46,919,975.42 $10,296,191.51 $10,286,893.33

40000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS

AYUDAS

$174,428,814.28 1,505,000.00 $175,933,814.28 $39,736,937.31 $39,431,249.20

43000 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES $32,000,000.00 -200,000.00 $31,800,000.00 $6,681,334.16 $6,681,334.16

AYUDAS SOCIALES $11,300,952.00 1,705,000.00 $13,005,952.00 $2,286,958.89 $2,286,958.89

PENSIONES Y JUBILACIONES $131,127,862.28 0.00 $131,127,862.28 $30,768,644.26 $30,462,956.15

50000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $5,793,878.08 15,505,024.12 $21,298,902.20 $14,697,182.47 $14,392,812.78

51000 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION $3,290,467.64 1,979,644.34 $5,270,111.98 $2,327,517.12 $2,363,835.71

MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO $340,129.00 -86,000.00 $254,129.00 $1,044.00 $0.00

53000 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO $23,832.00 -2,999.20 $20,832.80 $0.00 $0.00

54000 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE $30,601.00 4,914,901.00 $4,945,502.00 $4,610,541.00 $4,610,540.99

55000 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD $11,200.00 783,800.00 $795,000.00 $0.00 $0.00

56000 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS $283,654.44 578,567.22 $862,221.66 $361,980.32 $22,336.00

ACTIVOS INTANGIBLES $1,813,994.00 7,337,110.76 $9,151,104.76 $7,396,100.03 $7,396,100.08

60000 INVERSION PUBLICA $65,594,996.88 34,722,058.18 $100,317,055.06 $7,805,487.54 $5,551,361.88

61000 OBRA PUBLICA EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO $65,594,994.88 23,564,509.37 $89,159,504.25 $6,434,236.90 $4,180,111.24

62000 OBRA PUBLICA EN BIENES PROPIOS $2.00 11,157,548.81 $11,157,550.81 $1,371,250.64 $1,371,250.64

80000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $5,500,001.00 -624,126.21 $4,875,874.79 $0.00 $0.00

85000 CONVENIOS $5,500,001.00 -624,126.21 $4,875,874.79 $0.00 $0.00

90000 DEUDA PUBLICA $159,760,396.28 -18,937,011.24 $140,823,385.04 $41,817,622.47 $41,817,622.47

91000 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA $125,572,797.80 -20,602,236.89 $104,970,560.91 $34,304,521.83 $34,304,521.83

92000 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA $29,187,598.48 3,472,742.08 $32,660,340.56 $7,513,100.64 $7,513,100.64

ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) $5,000,000.00 -1,807,516.43 $3,192,483.57 $0.00 $0.00

Total del Gasto $1,391,053,433.35 $78,871,461.97 $1,469,924,895.32 $327,988,935.27 $322,198,407.98

99000

ConceptoEgresos

45000

44000

del 01 Julio al 30 Septiembre 2018

Ampliaciones /

(Reducciones)

52000

59000

LARGO PLAZO:

BANOBRAS SAFRED-I0111/2012 oct-12 20 AÑOS TIIE+2.78 223,710,304.26 3,971,188.83 6,061,213.36 219,739,115.43

TOTAL : 223,710,304.26 3,971,188.83 6,061,213.36 219,739,115.43

TASADENOMINACION DE LA DEUDANo. CONTRATO DE

INSTITUCION

SALDO AL 30 DE

JUNIO

AMORTIZACIONES

DEL PERIODO

INTERES

GENERADO POR

LA DEUDA

SALDO AL 30 DE

SEPTIEMBREFECHA PLAZO

ELABORO REVISO AUTORIZO______________________________________ ______________________________________ _________________________________________

L.C. HORTENCIA HERRERA C.P. PEDRO QUEZADA DUARTE DR. FRANCISCO ALBERTO RIVERA DOMINGUEZJEFA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DIRECTOR DE EGRESOS TESORERO MUNICIPAL

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CRÉDITO A CORTO PLAZO

EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN

DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES AL HONORABLE CABILDO. MISMOS QUE SON PRESENTADOS DE MANERA IMPRESA PARA SU CONOCIMIENTO AL HONORABLE CABILDO, DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO INTERNO DE CABILDO Y TRABAJO EN COMISIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, MISMOS QUE SON LOS SIGUIENTES:

a).-El regidor Aristeo Preciado Mayorga, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre del 2018. b).-La regidora Irma Leticia Sandoval Pasos, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de octubre del 2018. c).-La regidora María del Carmen Ávalos Delgado, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de agosto del 2018. d).-La Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de octubre del 2018.

BANCO INTERACCIONES SAFRED-CP012/2017 dic-17 9 MESES TIIE+3 39,065,088.66 30,333,333.00 806,363.99 8,731,755.66

BANCO INTERACCIONES SAFRED-CP003/2018 may-18 1 AÑO TIIE+3 23,000,000.00 0.00 645,523.29 23,000,000.00.

TOTAL : 62,065,088.66 30,333,333.00 1,451,887.28 31,731,755.66

SALDO AL 30 DE

SEPTIEMBREDENOMINACION DE LA DEUDA

No. CONTRATO DE

INSTITUCIONFECHA PLAZO TASA

SALDO AL 30 DE

JUNIO

AMORTIZACIONES

DEL PERIODO

INTERES

GENERADO POR

LA DEUDA

ELABORO REVISO AUTORIZO______________________________________ ______________________________________ _________________________________________

L.C. HORTENCIA HERRERA C.P. PEDRO QUEZADA DUARTE DR. FRANCISCO ALBERTO RIVERA DOMINGUEZJEFA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DIRECTOR DE EGRESOS TESORERO MUNICIPAL

Anticipo de Fondo General de Participaciones 2018

CONVENIO DE FINANCIAMIENTO

SECRETARIA DE FINANZAS CONTRATO dic-17 1 AÑO 0 5,000,000.02 2,499,999.99 0.00 2,500,000.03

SECRETARIA DE FINANZAS CONTRATO abr-18 1 AÑO 0 8,571,428.57 4,285,714.29 0.00 4,285,714.28.

TOTAL : 13,571,428.59 6,785,714.28 0.00 6,785,714.31

SALDO AL 30 DE

SEPTIEMBREDENOMINACION DE LA DEUDA

No. CONTRATO DE

INSTITUCIONFECHA PLAZO TASA

SALDO AL 30 DE

JUNIO

AMORTIZACIONES

DEL PERIODO

INTERES

GENERADO

ELABORO REVISO AUTORIZO______________________________________ ______________________________________ _________________________________________

L.C. HORTENCIA HERRERA C.P. PEDRO QUEZADA DUARTE DR. FRANCISCO ALBERTO RIVERA DOMINGUEZJEFA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DIRECTOR DE EGRESOS TESORERO MUNICIPAL

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e).-El regidor Rodolfo Santillán Huerta, presenta el informe de actividades correspondiente al mes de octubre del 2018.

EL SÈPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO AL PUNTO DE SOLICITUDES Y COMUNICACIONES RECIBIDAS, DONDE SE INFORMA QUE SE RECIBIÓ EN LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO LO SIGUIENTE:

a).-Solicitud para autorizar a suscribir convenio específico de colaboración y apoyo con la Universidad Autónoma de Nayarit. Misma solicitud de convenio que queda sin efectos para turno a comisiones por petición del promovente.

EL OCTAVO PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.

SESIÓN SOLEMNE En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 12:30 doce horas con treinta minutos del día 08 de noviembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión solemne de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (17) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y los regidores/as María del Carmen Ávalos Delgado, Erika Cecilia Ávalos Núñez, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Lucio Carrillo Bañuelos, German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, María del Carmen Reyes Ramos, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Rodolfo Santillán Huerta, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (1) una inasistencia justificada del regidor Marcos Ortega Ruiz.

Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de la sesión ordinaria de fecha 07 de noviembre del 2018, es aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.-Honores a la Bandera. 2.-Posicionamiento de las fracciones edilicias del PT, MC, PRI, MORENA, PAN y PRD.

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3.-Presentación por escrito del Primer Informe de Gobierno y mensaje del Dr. Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, Presidente Municipal del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

4.-Clausura de la sesión. El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 17 votos a favor.

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN SOLEMNE, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN SOLEMNE.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DECRETO REMITIDO POR LA HONORABLE XXXII LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT, QUE ADICIONA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, EN MATERIA DE

JUSTICIA COTIDIANA Y MEJORA REGULATORIA. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LOS HONORES A LA

BANDERA; EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, SOLICITA A LOS PRESENTES PONERSE DE PIE PARA RENDIR HONORES A NUESTRA ENSEÑA PATRIA, MISMO QUE ES COORDINADO POR EL COMANDANTE DE LA BANDA DE GUERRA.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, REFERENTE AL POSICIONAMIENTO DE LAS FRACCIONES EDILICIAS DEL PT, MC, PRI, MORENA, PAN Y PRD. EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO INVITA HACER USO DE LA PALABRA AL REGIDOR ARISTEO PRECIADO MAYORGA, PARA QUE EMITA EL POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO DEL TRABAJO, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO. ASIMISMO, SE LE INVITA HACER EL USO DE LA PALABRA AL REGIDOR CARLOS BARRÓN MAYORQUÍN, PARA QUE EMITA EL POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO. IGUALMENTE, SE LE INVITA HACER EL USO DE LA PALABRA A LA REGIDORA MARÍA DEL CARMEN REYES RAMOS, PARA QUE EMITA EL POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO. DE IGUAL MANERA, SE LE INVITA HACER EL USO DE LA PALABRA A LA REGIDORA MARÍA DEL CARMEN ÁVALOS DELGADO, PARA QUE EMITA EL POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO. DE ESTA FORMA, SE LE INVITA HACER EL USO DE LA PALABRA AL REGIDOR GERMAN ENRIQUE MACEDO, PARA QUE EMITA EL

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POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO. DEL MISMO MODO, SE LE INVITA HACER EL USO DE LA PALABRA A LA REGIDORA GLORIA NOEMÍ RAMÍREZ BUCIO, PARA QUE EMITA EL POSICIONAMIENTO DE LA FRACCIÓN EDILICIA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DONDE PROCEDE A EMITIR SU DISCURSO

EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN

POR ESCRITO DEL PRIMER INFORME DE GOBIERNO Y MENSAJE DEL DR. GUADALUPE FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. XLI AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEPIC, A QUIEN EN USO DE LA PALABRA EMITE UN DISCURSO AGRADECIENDO LA PRESENCIA A LOS REPRESENTANTES DE LOS PODERES CONSTITUCIONALES DEL ESTADO DE NAYARIT Y A LOS ASISTENTES DEL HONORABLE CABILDO DONDE RESALTA EL TRABAJO REALIZADO EN FORMA CONJUNTA PARA ELEVAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS TEPICENSES; ASIMISMO EXPRESA SU RECONOCIMIENTO A SU FAMILIA, POR ACOMPAÑARLO Y RESPALDARLO EN TODAS SUS DECISIONES. ASIMISMO, EL PRESIDENTE MUNICIPAL HACE ENTREGA DEL DOCUMENTO DE SU PRIMER INFORME AL C. RENE ALONSO HERRERA JIMÉNEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN REPRESENTACIÓN DEL HONORABLE CABILDO QUIEN A SU VEZ ES ENTREGADO A CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL HONORABLE CABILDO Y A LOS REPRESENTANTES DE LOS PODERES CONSTITUCIONALES.

EL CUARTO PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.

SESIÓN ORDINARIA En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 12:30 doce horas con treinta minutos del día 29 de noviembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión ordinaria de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (16) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y los regidores/as María del Carmen Ávalos Delgado, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Lucio Carrillo Bañuelos, German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Marcos Ortega Ruiz, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, María del Carmen Reyes Ramos, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (2) dos inasistencias justificadas de los regidores/as Erika Cecilia Ávalos Núñez y Rodolfo Santillán Huerta.

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Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de sesión solemne de fecha 08 de noviembre del 2018, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.-Pase de lista e instalación de la sesión. 2.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del decreto remitido por la

Honorable XXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nayarit, que adiciona la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en materia de Justicia cotidiana y mejora regulatoria.

3.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo al

exhorto y de propuesta de constitución del Sistema Preventivo para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el municipio de Tepic, Nayarit.

4.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a la

presentación del proyecto de iniciativa de Reglamento para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el municipio de Tepic, Nayarit.

5.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a la

presentación del proyecto de iniciativa de Reglamento de Anuncios del municipio de Tepic, Nayarit.

6.-Informe del Presidente Municipal sobre el estado que guarda la Administración en

sus aspectos más relevantes. 7.-Informe bimestral de actividades del Contralor Municipal correspondiente al quinto

bimestre del 2018. 8.-Informe Mensual de actividades de las Comisiones al Honorable Cabildo.

a).-El regidor Marcos Ortega Ruiz, presenta el informe de actividades correspondiente a los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del 2018.

b).-El regidor German Enrique Macedo, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de octubre del 2018.

c).-El regidor Lucio Carrillo Bañuelos, presenta el 4 informe anual de actividades. d).-El regidor Rodolfo Santillán Huerta, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de noviembre del 2018.

9.- Asuntos Generales de solicitudes y comunicaciones recibidas.

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a).-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a

la autorización de las modificaciones al Presupuesto de Egresos vigente, correspondiente al mes de octubre del ejercicio fiscal 2018.

b).-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a

la autorización de las modificaciones al Presupuesto de Egresos vigente, correspondiente al mes de noviembre del ejercicio fiscal 2018.

c).-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen que

autoriza al Cabildo a través del Presidente Municipal de Tepic, para programar y ejercer los subsidios federales con cargo al fondo para el fortalecimiento financiero previsto en el ramo general 23.- “Provisiones Salariales y Económicas” de 2018, de las obras denominadas: “Construcción del carril confinado de concreto hidráulico e infraestructura básica en calle Pedraza entre calle Construcción y Trabajo” en la colonia Santa Teresita y Construcción de la cancha de usos múltiples y techumbre” en la localidad de El Floreño del Municipio de Tepic.

El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 16 votos a favor.

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ

QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN ORDINARIA.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DECRETO REMITIDO POR LA HONORABLE XXXII LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT, QUE ADICIONA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, EN MATERIA DE JUSTICIA COTIDIANA Y MEJORA REGULATORIA. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 131 de la Constitución Local, el Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit; emite voto en sentido positivo, respecto del decreto que adiciona la fracción XIX al artículo 7; la fracción VI al artículo 134 de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en materia de Justicia cotidiana y mejora regulatoria, remitido por la Honorable Asamblea Legislativa del Congreso del Estado.

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SEGUNDO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, para que remita el presente acuerdo al Honorable Congreso del Estado, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado de Nayarit. TERCERO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit

representado por su XXXII Legislatura, decreta:

Adicionar la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Nayarit, en materia de

Justicia Cotidiana y Mejora Regulatoria

Único.- Se adiciona la fracción XIX al artículo 7; la fracción VI al artículo 134, ambos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para quedar como siguen: ARTÍCULO 7.- … I.- a la XVIII.- … XIX.- En los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, se deberá respetar la igualdad entre las partes, el debido proceso, así como los derechos que garanticen la audiencia y defensa en el ámbito de una tutela judicial efectiva. Además, cuando no se transgredan tales principios y garantías, los órganos de jurisdicción deberán privilegiar la solución del conflicto de fondo sobre los meros formalismos procedimentales. ARTÍCULO 134.-… … … I.- a la V.-… VI.- Se establece la política pública de mejora regulatoria con carácter de obligatoria para todas las autoridades públicas estatales y municipales en sus respectivos ámbitos de competencia, la cual buscará promover la eficacia y eficiencia de su gobierno, impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, alentar la actividad económica de los particulares, fomentar la transparencia, el desarrollo socioeconómico y la competitividad del Estado; todo a través de la simplificación y claridad de regulaciones, normas, trámites, procedimientos, servicios y demás

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elementos que se consideren esenciales, de conformidad con lo que establezca la ley de la materia.

TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit. SEGUNDO. El Honorable Congreso del Estado de Nayarit dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, expedirá la legislación que establezca el Sistema Estatal de Mejora Regulatoria. TERCERO. Para los efectos previstos por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, remítase el presente Decreto a los Ayuntamientos de la entidad.

EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO AL EXHORTO Y DE PROPUESTA DE CONSTITUCIÓN DEL SISTEMA PREVENTIVO PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y

HOMBRES EN EL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autorice la Institución del sistema preventivo para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el en el municipio de Tepic. SEGUNDO.- Se autorice la instalación del sistema preventivo para la igualdad sustantiva en el municipio de Tepic, para el día 21 de presente mes en las instalaciones del edificio que ocupa la Presidencia Municipal. TERCERO.- Se autorice al Instituto de la Mujer para generar la logística administrativa y protocolo para la instalación del Sistema Municipal. CUARTO.- Se instruye a que se publique el acuerdo en la Gaceta Municipal a efectos de que quede constancia jurídica de lo actuado por este cabildo.

EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE INICIATIVA DE REGLAMENTO PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT. MISMO QUE ES

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APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autorice la presentación del diseño de reglamento a este H. Cabildo haciendo de su conocimiento al pleno del mismo, otorgándose un formato de copia de los presentes instrumentos, a efectos de activar lo contemplado en los articulo 227 y 228 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, y cada uno de los miembros del Cabildo pueda realizar observaciones pertinentes y hacerlas llegar a la comisión respectiva, para involucrar posturas en la dictaminación definitiva del presente reglamento. SEGUNDO.- Se autorice sea turnada a la comisión de Asuntos Constitucionales y Reglamentos, y se active lo establecido en los artículos 228 de la ley municipal para el Estado de Nayarit y 32 del Reglamento Interno de Cabildo y Trabajo en Comisiones, en materia de comisiones unidas a efectos de que la Comisión de Equidad y Género y Asuntos Constitucionales y Reglamentos inicien los trabajos de dictaminación final del presente reglamento. TERCERO.- Se autorice en este procedimiento la asistencia del Instituto de la Mujer, en calidad de dependencia especializada en políticas públicas en materia de género, para efectos de asesoría técnica en la agenda que ocupa el presente reglamento. CUARTO.-Se autorice la presencia de los cuerpos técnico-jurídicos de las comisiones involucradas a efectos de puntualizar elementos técnicos de forma y fondo precisos en el proceso de dictaminación final del presente reglamento. QUINTO.- Se contemple en términos del artículo 6 del reglamento interno de cabildo y trabajo en comisiones, un asunto de urgente resolución, en vista de los tiempos que el Instituto Nacional de las Mujeres en el otorgamiento de presupuestos para la transversalidad marca para el desarrollo de armonización de marcos jurídicos, para que en tiempo considerable sea posible la presentación en cabildo de un dictamen definitivo para su aprobación.

EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE INICIATIVA DE REGLAMENTO DE ANUNCIOS DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT. MISMO QUE ES APROBADO POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 15 VOTOS A FAVOR Y 1 VOTO EN CONTRA DE LA REGIDORA GLORIA NOEMÍ RAMÍREZ BUCIO, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

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PRIMERO.- Se solicita al H. Cabildo la aprobación para la creación del Reglamento de Anuncios del Municipio de Tepic, Nayarit.

SEGUNDO.- Es procedente aprobar y se aprueba el Reglamento de Anuncios del Municipio de Tepic, Nayarit; el cual quedará en los términos siguientes: El C. Dr. Francisco Javier Castellón Fonseca, Presidente Municipal de Tepic, a sus habitantes hace saber: Que el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, en uso de las facultades que le confieren los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 111 fracción I, de la Constitución Política del Estado de Nayarit y 34, 48, 61 fracción I y 65 fracción VII, 75, 76, 77, 78, 79, 234 y demás relativos de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, ha tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DE ANUNCIOS PARA EL MUNICIPIO DE TEPIC

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público y de observancia general, de conformidad con los artículos 4 y 115, fracciones I y III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 49, fracción IV, 110 y 111 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; así como el artículo 218 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit. ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento tiene como objeto:

I. Regular la fijación, instalación, colocación, ubicación, construcción, modificación, rotulación y retiro de toda clase de anuncios que estén pintados, adosados o integrados en predios, azoteas, sobre terrenos, inmuebles, espacios de propiedad pública y privada, incluyendo los emplazados en mobiliario urbano, vehículos y remolques que se utilicen para que sean apreciados visual o auditivamente en espacios abiertos al público y la vía pública, así como toda clase de publicidad distribuida en los sitios o lugares públicos;

II. Establecer las normas técnicas y administrativas en cuanto a formas, tamaños, distancias, materiales, estilos y sistemas a las que se someterá la colocación, distribución, modificación, ampliación, iluminación, adecuación, mantenimiento, conservación y retiro de los anuncios, de sus estructuras y elementos que los integran, así como aquellas que por razones de planificación y zonificación urbana deban observarse en materia de anuncios;

III. Regular las acciones preventivas y correctivas que por su percepción visual y auditiva se consideran agentes contaminantes por afectar al municipio o a sus habitantes; así como aquellas áreas que, por la saturación de elementos visuales y publicidad instalada, promuevan el desequilibrio del entorno o generan distractores para quienes conducen vehículos; y

IV. Establecer atribuciones, procedimientos, derechos, obligaciones y sanciones en materia de anuncios; para la organización y coordinación de las dependencias de la administración pública municipal y demás entidades públicas y privadas involucradas en la aplicación del presente Reglamento.

ARTÍCULO 3.- Están sujetas al cumplimiento del presente Reglamento:

I. Las personas que residan en el Municipio de Tepic, Nayarit, así como las personas que visiten y quienes se encuentren de paso en el mismo;

II. Las personas físicas y jurídicas del ramo de la publicidad que presten sus servicios, dentro del Municipio de Tepic, Nayarit;

III. Las personas físicas y jurídicas a quienes se les concesione el uso o aprovechamiento de cualquier espacio público, instalación, inmueble o mobiliario urbano propiedad del Municipio y que realicen la prestación del servicio de publicidad en cualquiera de sus modalidades, en los términos del presente Reglamento y demás normatividad aplicable; y

IV. Las personas que expresamente se les señale algún derecho u obligación con base en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 4.- Los objetivos de este Reglamento están enfocados a cumplir con los programas operativos anuales y sectoriales, de manera tal que se encaminen al logro de las metas previstas en el Plan Municipal de Desarrollo y al despacho de los asuntos que se encuentran regulados en este reglamento. ARTÍCULO 5.- El presente Reglamento, tiene como finalidad, constituir un instrumento jurídico para conservar la imagen urbana del municipio y evitar la contaminación visual y auditiva dentro del territorio urbano y rural del municipio.

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ARTÍCULO 6.- El presente reglamento no será aplicable a los anuncios que se difundan por radio, televisión, cine o periódicos y los colocados en el interior de los lugares donde se realice alguna actividad comercial, cultural, política, deportiva, profesional o de servicios. ARTÍCULO 7.- Este reglamento, no será aplicable cuando se trate de la manifestación o difusión oral, escrita o gráfica que realicen las personas en ejercicio de los derechos reconocidos en los artículos 6, 7 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. ARTÍCULO 8.- Para efectos de este reglamento, el Centro de población de la Ciudad de Tepic se delimita por las áreas de zonificación, establecidas en el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tepic, Nayarit; vigente. ARTÍCULO 9.- Las instituciones Federales, Estatales y del Municipio estarán a lo dispuesto a la normatividad que marca este Reglamento y demás disposiciones aplicables. ARTÍCULO 10- Para los anuncios en zonas federales y estatales se podrán establecer convenios o equivalentes conforme a la distribución de competencias correspondiente; los anuncios que sean objeto de dichos convenios deben cumplir con la normatividad del presente Reglamento. ARTÍCULO 11.- La promoción sobre la venta o renta de lotes o viviendas de un fraccionamiento particular, municipal, estatal o federal, están sujetos a la normatividad del presente Reglamento. ARTÍCULO 12.- Durante las campañas electorales, los anuncios de propaganda política, se sujetarán a las disposiciones aplicables de las leyes electorales, así como a los términos y condiciones que se establezcan en los acuerdos y convenios que el H. Ayuntamiento celebre con las autoridades electorales, respecto de los lugares y a la forma de colocar los anuncios, a fin de evitar riesgos a las personas y proteger la imagen urbana y prevenir la contaminación visual. En el tiempo en que no se desarrollen las campañas políticas, estos anuncios se sujetarán a las disposiciones del presente Reglamento. ARTÍCULO 13.- Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

I. AYUNTAMIENTO.- H. Ayuntamiento Constitucional de Tepic; II. TESORERÍA.- tesorería municipal del Ayuntamiento; III. DGDUE.- dirección general de desarrollo urbano y ecología; IV. DGOPM.- dirección general de obras públicas municipales; V. DPCM.- dirección de protección civil municipal; VI. DEPMA.- dirección de ecología y protección al medio ambiente; VII. ADOSAR.- colocar, sustentar y fijar los anuncios a las superficies de fachadas, de bardas, vehículos, etc.; VIII. ANUNCIANTE.- persona física o moral que indique, señale, exprese, muestre o difunda al público cualquier

mensaje relacionado con la prestación de servicios o el ejercicio lícito de actividades profesionales, políticas, cívicas, culturales, mercantiles o técnicas;

IX. ANUNCIO.- medio de comunicación visual y/o sonoro que informa, comunica, publica, promueve, publicita, señala y muestra al público, cualquier mensaje relacionado a una actividad; industrial, comercial, de servicio en general, social, cívica, política, cultural, educativa, deportiva, religiosa, económica, espectáculos, de eventos y de ordenamiento de cualquier dependencia de los gobiernos federal, estatal;

X. ANUNCIO ADHERIBLE.- mensaje impreso sobre papel, plástico o cualquier otro material impregnado con pegamento para ser adherido a cualquier superficie;

XI. ANUNCIO AUDIOVISUAL.- transmisión visual y sonora de mensajes publicitarios para la promoción de productos y servicios, los cuales pueden realizarse a través de equipos fijos y móviles;

XII. ANUNCIO ELECTRÓNICO.- mensaje animado emitido por medio de pantallas, proyectores o cualquier otro medio electrónico;

XIII. ANUNCIO MÓVIL.- aquél que hace uso de cualquier medio de transporte de propiedad privada o que son transportados por una o más personas, destinados específicamente para difundir publicidad con fines comerciales;

XIV. ANUNCIO SONORO.- se consideran anuncios sonoros aquellos que con fines publicitarios, emite como servicio una persona física o jurídica, por medio de altavoces o bocinas, mediante perifoneo o la reproducción de grabaciones;

XV. ANUNCIO TIPO ALTO Y BAJO RELIEVE.- mensajes moldeados sobre superficies verticales u horizontales elaborados con diferentes materiales de construcción o similares;

XVI. ANUNCIO TIPO BANDAS.- mensaje impreso en cintas o tiras de material flexible que se perfila en una superficie horizontal o vertical;

XVII. ANUNCIO TIPO BANDEROLA.- mensaje impreso sobre material flexible tipo bandera de cualquier figura, fijadas a un cordón para delimitar superficies;

XVIII. ANUNCIO TIPO CARTEL.- mensaje impreso en lámina de papel, tela, vinil o similares, colocados en superficie horizontal o vertical;

XIX. ANUNCIO TIPO CARTELERA.- bastidor de diversos materiales rígidos, laminados, plásticos, etc., sobre el cual se exhibe o promueven mensajes impresos en materiales flexibles;

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XX. ANUNCIO TIPO CARTELERA ESPECTACULAR.- mensaje impreso en lámina de tela, vinil o similares, soportado sobre una estructura metálica empotrada en edificios o desplantada desde el nivel de suelo;

XXI. ANUNCIOS DENOMINATIVOS .- referido a la identificación de las actividades: nombre de la persona física o jurídica, figura o logotipo;

XXII. ANUNCIO TIPO ESCULTÓRICO .- elemento monolítico de diferentes materiales y características representando formas o figuras artísticas representativas de empresas o instituciones;

XXIII. ANUNCIO TIPO GABINETE. - cuerpo volumétrico de diferentes figuras compuesto de armazón y cubiertas laminares de diferentes materiales, con mensajes impresos, con o sin iluminación;

XXIV. ANUNCIO TIPO GABINETE ESPECTACULAR.- mensaje impreso sobre superficie de diferentes formas y figuras volumétricas, soportado sobre una estructura metálica empotrada en edificios o desplantada desde el nivel de suelo;

XXV. ANUNCIOS FIJOS. - tipos de anuncios que se colocan con vigencia de un año y refrendo anual de la licencia. XXVI. ANUNCIO TIPO INFLABLE.- elemento volumétrico de diferentes materiales y características representando

formas o figuras representativas de empresas o instituciones, colocado en el piso o aéreas; XXVII. ANUNCIO TIPO LUMINOSO. - son los mensajes emitidos a través de elementos luminosos; XXVIII. ANUNCIO TIPO MANTA. - mensaje impreso en lámina de tela, vinil o similares, colocados en superficie

horizontal y vertical; XXIX. ANUNCIOS MIXTOS. - referido a lo que comprenden los dos mensajes, denominativos y de promoción. XXX. ANUNCIO TIPO PANCARTA. - cartel informativo o propagandístico confeccionado normalmente en tela, vinil

u otro material en horizontal y vertical que llevan escritos o impresos mensajes, o reivindicación, de un tamaño suficiente para que se visualice a cierta distancia y que puede ser transportado por una o más personas;

XXXI. ANUNCIO TIPO PENDÓN. - mensaje impreso sobre laminados de material flexible de tela, vinil o similares, pendiente a un elemento vertical u horizontal;

XXXII. ANUNCIO TIPO POSTER. - mensaje impreso en hojas de material flexible, de papel, tela, plástico o similares de diferentes espesores, colocados en forma vertical u horizontal;

XXXIII. ANUNCIOS PROMOCIONALES. - referido a la difusión de marcas, productos, servicios o actividades, eventos sociales, económicos, culturales, deportivos, servicios o actividades y que promuevan su venta, uso o consumo;

XXXIV. ANUNCIO TIPO ROTULADO. - mensaje impreso colocado directamente en superficies verticales u horizontales con pintura en diferentes gamas de colores y texturas;

XXXV. ANUNCIOS SOCIALES. - aquellos que tengan un carácter cívico, político, religioso o cultural; XXXVI. ANUNCIOS TEMPORALES. - los que se fijen, instalen, ubiquen por un tiempo que no exceda de treinta días

naturales; XXXVII. ANUNCIO TIPO VOLANTE. - mensaje impreso a distribuir en hoja de papel, con reparto exclusivo a

domicilios o en el interior de centros comerciales; XXXVIII. CENTRO HISTÓRICO. - responde al ideal de centralidad territorial y simbólica, su delimitación corresponde a

criterios, sociales, estéticos e históricos, que aglutinan funciones tangibles e intangibles y salvaguardan obra arquitectónica, traza y morfología urbana como patrimonio edificado. todo ello en su conjunto otorga un valor de identidad, pertenencia y arraigo a los centros de población;

XXXIX. COMERCIANTES DE PUBLICIDAD EXTERIOR. - para efectos de este reglamento, se entiende a las personas físicas o jurídicas que instalan anuncios en diversos puntos estratégicos de la ciudad y arrendan los espacios o superficies a diferentes empresas, comercios, servicios y otros para emitir sus mensajes de publicidad;

XL. CONTAMINACIÓN VISUAL. - fenómeno que ocasiona impactos negativos importantes en la percepción visual, por la distorsión o cualquier forma de alteración del ambiente, el entorno histórico y urbano de la ciudad de Tepic que deteriore la calidad de vida de las personas;

XLI. CONTAMINANTE. - toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural;

XLII. CONTROL. - inspección, vigilancia y aplicación de las medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este reglamento;

XLIII. COMPATIBILIDAD AMBIENTAL. - documento técnico que se requiere para determinar si es factible o no, cualquier construcción que se realiza para comercio, servicio, explotación de recursos naturales no reservados a la federación o asentamientos humanos con base a características ambientales técnicas, y también con los instrumentos de planeación y ordenamiento ecológico y territorial vigentes;

XLIV. DECIBEL. - décima parte de un bel, unidad que sirve en acústica para definir una escala de intensidad sonora, de símbolo db;

XLV. DENSIDAD DE ANUNCIOS. - referente a la cantidad de anuncios colocados por unidad de superficie o de longitud en un área específica;

XLVI. DICTAMEN. - dictamen técnico realizado con el fin de verificar que los cimientos, estructuras, elementos de suportación y demás elementos que conforman los anuncios cumplan con la normatividad vigente en relación a la seguridad estructural, imagen urbana y contaminación visual;

XLVII. ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y/O DE SERVICIO. - toda unidad económica instalada en un inmueble con domicilio permanente para la realización de actividades comerciales, industriales o de prestación de servicios y nomenclatura oficial proporcionada por la autoridad municipal;

XLVIII. ESPACIO AÉREO DE VÍA PÚBLICA. - es el volumen proporcional del espacio, comprendido y determinado por el plano horizontal de una vialidad y los planos verticales de las fachadas de las construcciones de ambos lados de la vialidad;

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XLIX. ESPECIFICACIONES. - características físicas limitantes de cada uno de los anuncios como: diseño, dimensiones, materiales, ensamble, tipo de soporte, fijación, forma de colocación, lugar de colocación y limitantes de colocación.

L. FACHADA. - pared exterior de una edificación; LI. GEORREFERENCIA GPS.- es la técnica de posicionamiento espacial de una entidad, de una localización

geográfica única y bien definida en un sistema de coordenadas y datos específicos; LII. IMAGEN URBANA. - los diferentes elementos naturales y construidos que se conjugan para conformar el

marco visual de las personas, en relación directa con la identidad cultural y paisajística de la ciudad; LIII. INFRACCIÓN. - la violación a cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente reglamento, las

cuales serán calificadas y sancionadas por la dgdue; LIV. AGENTE DE INSPECCIÓN. - persona debidamente acreditada que cumplirá las funciones de personal

operativo de campo, para recabar información técnica, así como evidencia textual, gráfica, digital o de cualquier índole para la realización de documentos oficiales emitidos por la dgdue;

LV. LEY DE INGRESOS. - ley de ingresos para el municipio de Tepic que se encuentre vigente; LVI. LICENCIA. - documento que acredita la autorización para la fijación, instalación, uso, ampliación, modificación

o reparación de anuncios en sus diferentes modalidades; LVII. LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. - el acto administrativo que constata la conformidad con las disposiciones

legislativas y reglamentarias relativas a la ocupación del suelo y autoriza la realización del proyecto constructivo;

LVIII. LINEAMIENTOS. - la normatividad emitida por la autoridad competente, a través de la cual se establecen los criterios bajo los cuales se clasifica, especifica, delimita y/o establece la fijación, modificación, colocación, ampliación, mantenimiento y retiro de los anuncios y/o elementos que los integren, así como para la práctica de las diversas formas de publicidad a que se refiere este reglamento y su zonificación dentro del municipio de Tepic;

LIX. LINEAMIENTOS MUNICIPALES. - lineamientos para la aplicación del presente Reglamento; LX. MANTENIMIENTO. - cualquier procedimiento de limpieza, pintura, reparación y/o reposición de partes

defectuosas de un anuncio de su diseño básico; LXI. MARQUESINA. - techo que sobresale a una pared exterior;

LXII. MENSAJE. - comunicación de caracteres como símbolos, escritura o figuras; impresas, grabados, rotulados, pegados o moldeados que se trasmiten al público a través de cualquier tipo de anuncio;

LXIII. PAGO DE DERECHO. - es el pago generado por superficie de exhibición de publicidad autorizado, el refrendo de la licencia o por el permiso de autorización;

LXIV. PANTALLA ELECTRÓNICA. - elemento mediante el cual se permite la transmisión de imágenes directas o proyección de imágenes indirectas, siendo estas pantallas de cualquier clase de dispositivo lumínico o material electrónico;

LXV. PERMISO. - documento de autorización para anuncios temporales; LXVI. PERSONA JURÍDICA. - ente con personalidad jurídica propia capaz de adquirir derechos y contraer

obligaciones; creado por una o más personas físicas para cumplir un objetivo con o sin ánimo de lucro; LXVII. PLAN DE DESARROLLO URBANO. - plan municipal de desarrollo urbano de Tepic, Nayarit; LXVIII. PERSONAS PRESTADORAS DE SERVICIO. - se entenderá por los oficios de personas jurídicas dedicadas

al servicio o actividad respecto a los anuncios; fabricación, comercialización, rotulación, impresión, construcción, colocación y peritaje en proyectos de construcción;

LXIX. PROGRAMA DE MANTENIMIENTO. - documento que integra de manera ordenada y con periodos claramente establecidos los procedimientos de limpieza, pintura, reparación y reposición de partes defectuosas de un anuncio de su diseño básico;

LXX. REFRENDOS EXTEMPORÁNEOS. - cuando la solicitud para ratificación y autorización de superficie de exhibición de publicidad autorizado ya instalado y registrado el año anterior, se presenta para su trámite en fecha posterior al 31 de marzo del año corriente;

LXXI. REINCIDENCIA. - cada una de las subsecuentes infracciones de especie semejante, cometidas dentro de los 2 años siguientes a la fecha del acta en que se hizo constar la infracción precedente, siempre que esta, no hubiere sido desvirtuada;

LXXII. REMATE VISUAL. - son los objetos, monumentos, edificios, espacios físicos que impiden el curso lineal después de amplios espacios que sugieren continuidad;

LXXIII. UMA.- unidad de medida y actualización; LXXIV. VÍA PÚBLICA. - se entiende por aquella superficie de dominio público y de uso común, destinado al libre

tránsito peatonal y vehicular, como banquetas y calles de acceso a predios no edificados, edificaciones o terrenos del fundo municipal, para el alojamiento de cualquier instalación de una obra pública o de servicio público;

LXXV. VIGENCIA. - tiempo de duración del permiso o licencia; y LXXVI. ZONIFICACIÓN. - se refiere a la determinación de las áreas del territorio municipal con base en los

instrumentos de planeación vigentes para ser administradas y establecer su uso, aprovechamiento y destino.

CAPÍTULO II DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES

ARTÍCULO14.- La autoridad responsable en este Reglamento, planea, programa, presupuesta, supervisa, da seguimiento y evalúa sus actividades con sujeción a los planes, programas, objetivos, estrategias y prioridades establecidas en los Planes

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Federal, Estatal y Municipal de Desarrollo, las Reglas de Operación y los Lineamientos de los Programas Federales y Estatales, así como en la Legislación Federal y Estatal que le confiera competencia. ARTÍCULO 15.- Todos los actos y procedimientos realizados por las autoridades responsables enunciadas en este reglamento se regirán por lo dispuesto en la Ley de Justicia y Procedimientos Administrativos del Estado de Nayarit. ARTÍCULO 16.- Para los efectos del cumplimiento del presente Reglamento, son autoridades en la materia:

I. El H. Ayuntamiento; II. La Presidencia Municipal; III. La Tesorería Municipal; IV. La Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología; V. La Dirección de Ecología y Protección al Medio Ambiente; VI. La Dirección de Desarrollo Urbano; VII. La Dirección de Protección Civil Municipal; VIII. La Dirección General de Obras Públicas Municipales y IX. La Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal.

ARTÍCULO 17.- Son atribuciones de las autoridades señaladas en el artículo anterior, las siguientes:

I. Del H. Ayuntamiento: a) Autorizar las concesiones, convenios y contratos del uso y aprovechamiento de cualquier espacio público,

instalación, inmueble o mobiliario urbano propiedad del Municipio para la prestación del servicio de publicidad, en el ámbito de su competencia;

b) Establecer el marco normativo; y c) Las demás atribuciones que señale este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

II. De la Presidencia Municipal:

a) Hacer cumplir, en el ámbito de su competencia, este Reglamento y demás disposiciones aplicables; b) Definir y ejecutar, la política pública en materia de regulación de publicidad y anuncios dentro del territorio

municipal; c) Proponer al Ayuntamiento, de acuerdo con los cambios en la dinámica social, crecimiento urbano,

innovaciones tecnológicas, control de la contaminación visual y demás factores a los que haya lugar en el municipio, las actualizaciones y modificaciones al presente Reglamento;

d) Promover y coordinar programas y acciones en materia de regulación de publicidad y anuncios en el Municipio; y

e) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

III. De la Tesorería Municipal: a) Recaudar todos los ingresos que provengan de la aplicación de las normas establecidas en este

Reglamento; b) Recaudar las contribuciones que determine la normatividad aplicable, en materia de publicidad y anuncios; y c) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

IV. De la Dirección General de Desarrollo Urbano y Ecología:

a) Hacer cumplir, en el ámbito de su competencia, este Reglamento; b) Ejecutar los acuerdos e implementar las medidas administrativas; relacionadas con la regulación de

anuncios dictados por el Ayuntamiento y la persona titular de la Presidencia Municipal; c) Dirigir la prestación de los servicios públicos normados por este Reglamento, delegando en la DEPMA

aquellas facultades que sean necesarias para la correcta prestación de los mismos; d) Instruir el desahogo y resolución de los procedimientos derivados de infracciones a este Reglamento y

demás normatividad relativa, aplicando al efecto las sanciones correspondientes; e) La DGDUE, tendrá a su cargo la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento, en

coordinación con las dependencias que resulten competentes y en los trámites de los acuerdos o resoluciones que al efecto se celebren;

f) Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas y administrativas a que se sujetará la fijación, modificación, colocación, ampliación, mantenimiento y retiro de los anuncios y elementos que los integren, así como para la práctica de las diversas formas de publicidad a que se refiere este Reglamento;

g) Emitir órdenes para practicar visitas de verificación, en los términos establecidos en este Reglamento; h) Establecer con las dependencias Estatales y Federales, las atribuciones correspondientes a la colocación

de anuncios en sus áreas o zonas respectivas, así como establecer convenios y operativos de regularización y control, con base en el presente Reglamento;

i) Ordenar el mantenimiento, reparación y conservación cuando se dictamine necesario en cada uno de los anuncios colocados en el Municipio;

j) Ordenar con cargo a la persona responsable, previo dictamen técnico o resolución administrativa, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento y demás normatividad relativa, el retiro inmediato, desmantelamiento o demolición de los anuncios ubicados en lugares prohibidos; o que constituyan peligro para la estabilidad de la construcción en que se encuentren colocados; para la vida y seguridad de las personas y de sus bienes o que sean considerados agentes contaminantes, estableciendo

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al efecto el plazo en que dichas acciones deberán ser llevadas a cabo por la persona jurídica, representante legal o cualquier persona responsable;

k) Establecer convenios en coordinación con las organizaciones, instituciones y dependencias oficiales que requieran de señalamientos y publicidad, en la vía pública para el desarrollo de programas, campañas de carácter político, social, cultural o deportivas para aplicar la normatividad y condiciones especiales a las que deberá ajustarse;

l) Emitir los Lineamientos en materia de anuncios que sirvan para la correcta aplicación del presente reglamento;

m) Solicitar la intervención de la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal, para impedir los trabajos cuando estén colocando un anuncio sin la autorización correspondiente y para hacer cumplir las resoluciones correspondientes; y

n) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

V. De la Dirección de Ecología y Protección al Medio Ambiente: a) Expedir, negar, modificar, cancelar o revocar Permisos y Licencias relativas a la publicidad y anuncios en el

Municipio, en los términos del presente Reglamento y demás normatividad aplicable, previo pago de derechos por parte de las personas físicas o jurídicas interesadas, en su caso, de conformidad con este Reglamento y la Ley de Ingresos;

b) Aplicar y hacer cumplir las normas técnicas y administrativas a que se sujetará la fijación, modificación, colocación, ampliación, mantenimiento y retiro de los anuncios y elementos que los integren, de conformidad con lo establecido a efecto por este Reglamento y demás normatividad aplicable;

c) Realizar las visitas de verificación ordenadas por la DGDUE, e iniciar los procedimientos jurídico administrativos, en apego a lo dispuesto en la Ley de Justicia y Procedimientos Administrativos del Estado de Nayarit;

d) Organizar operativa y administrativamente la inspección y vigilancia ambiental en materia de este Reglamento;

e) Proponer las sanciones correspondientes por el incumplimiento de este Reglamento; f) Proponer las modificaciones necesarias para la mejora de los Lineamientos en materia de anuncios que

sirvan para la correcta aplicación del presente reglamento; y g) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

VI. De la Dirección de Desarrollo Urbano

a) Emitir el permiso o la licencia de construcción para la estructura de anuncio, cuando así se requiera, previa compatibilidad ambiental procedente;

b) Llevar a cabo todas aquellas medidas preventivas, acciones y medidas de seguridad que le autorice este Reglamento y demás normatividad aplicable;

c) Coadyuvar, con el personal a su cargo, en cuanto le competa, en la ejecución de las órdenes de retiro, desmantelamiento o demolición de los anuncios que constituyan peligro para la estabilidad de la construcción en que se encuentren colocados; así como para la vida y seguridad de las personas y de sus bienes; y

d) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

VII. De la Dirección de Protección Civil Municipal: a) Emitir los dictámenes que se le soliciten de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento; b) Llevar a cabo todas aquellas medidas preventivas, acciones y medidas de seguridad que le autorice este

Reglamento y demás normatividad aplicable; c) Coadyuvar de manera emergente en la ejecución de las ordenes de retiro, desmantelamiento o demolición

de los anuncios o estructuras que constituyan peligro para la estabilidad de la construcción en que se encuentran colocados, así como para la vida de las personas y sus bienes; y

d) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

VIII. De la Dirección General de Obras Públicas Municipales: a) Coadyuvar, con el personal y equipo a su cargo, en cuanto le competa, en la ejecución de las órdenes de

retiro, desmantelamiento o demolición de los anuncios ubicados en lugares prohibidos, que constituyan peligro para la estabilidad de la construcción en que se encuentren colocados; así como para la vida y seguridad de las personas y de sus bienes o que sean considerados agentes contaminantes; y

b) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables;

IX. De la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal: a) Emitir los dictámenes que se le soliciten de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento; b) Coadyuvar, con el personal y equipo a su cargo, en cuanto le competa, en los operativos para retirar

anuncios, para impedir los trabajos cuando estén colocando un anuncio sin la autorización correspondiente y para hacer cumplir las resoluciones de los procedimientos administrativos; y

c) Las demás atribuciones que le señalen este Reglamento y otras disposiciones legales aplicables.

CAPÌTULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES

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ARTÍCULO 18.- Son derechos de las y los habitantes de Tepic:

I. Vivir en un municipio limpio, con la menor contaminación posible, donde se vele por la conservación y protección del medio ambiente;

II. Recibir un servicio de regulación de la publicidad y anuncios que prevea que estos no representen riesgos que causen daño alguno a la población, bienes inmuebles y a la infraestructura urbana, que no afecten el paisaje urbano y el equilibrio de los conceptos urbanísticos como son: la claridad, el orden, la armonía, la imagen y la estética para proteger la identidad, el patrimonio histórico, cultural y artístico del municipio; y

III. Denunciar cualquier posible irregularidad o infracción al presente Reglamento. ARTÍCULO 19.- Los prestadores de servicios en materia de anuncios y las personas acreditadas para efectuar peritajes especializados en obras de construcción, que vayan a prestar sus servicios en asuntos que se regulen en este Reglamento, tienen la obligación de registrarse ante la DGDUE. ARTÍCULO 20.- Todas las personas físicas o jurídicas, propietarias o prestadoras de servicios relacionadas con anuncios deberán diseñarlos, fabricarlos, colocarlos o promocionarlos con base en las normas que marca este Reglamento. ARTÍCULO 21.- Es obligación de quien presta servicio de anuncios notificar previamente a las personas interesadas o usuarias que deberán cubrir los requisitos que marca el presente Reglamento antes de la orden de fabricación del anuncio. ARTÍCULO 22.- En la colocación de anuncios espectaculares y aquellos que a juicio de la autoridad competente se consideren de riesgo para la ciudadanía o bienes particulares, deberán garantizarse mediante una póliza de seguro vigente que cubra los daños a terceras personas, causados por cualquier eventualidad. ARTÍCULO 23.- Cualquier persona física o moral que construya, coloque o instale estructuras para anuncios espectaculares, deberá identificarlos por medio de una placa metálica mínima de 20 x 12 centímetros, la cual se colocará en la estructura de soporte a una altura de 1.6 metros respecto a la base de cimentación, misma que deberá contener los siguientes datos:

I. Nombre o razón social de la persona propietaria; II. Número de registro en la Dirección General; y III. Carga eléctrica en watts, amperaje y voltaje de la instalación eléctrica.

ARTÍCULO 24.- Cualquier persona física o moral que coloque anuncios espectaculares deberá mostrar de manera visible y legible la autorización emitida por la DEPMA. ARTÍCULO 25.- Es obligación de quien presta servicios con relación a los anuncios, constatar que quien se anuncia, cuenta con la Licencia o Permiso correspondiente de la DGDUE. De igual manera, es obligación de quien se anuncia, al contratar a quien presta servicios, constatar que cuenta con el registro correspondiente de la DGDUE;

ARTÍCULO 26.- Toda persona física o jurídica, instituciones públicas o privadas que pretendan colocar anuncios, regulados por este ordenamiento, tendrá la obligación de obtener previamente la licencia, permiso o refrendo correspondiente, en los términos dispuestos por este Reglamento y demás disposiciones aplicables y cubrir las cuotas que especifique la Ley de Ingresos. ARTÍCULO 27.- La entidad anunciante o arrendadora de espacios publicitarios, está obligada a la conservación, mantenimiento y reparación que fueren necesarios para garantizar su estabilidad, seguridad y buen aspecto. ARTÍCULO 28.- La distribución de publicidad y anuncio en forma de volantes y folletos que realicen los prestadores de servicio, deberán mostrar en la parte superior derecha el control de autorización correspondiente y deberá realizarse de mano en mano por quienes porten una identificación con fotografía expedida por los mismos, que los acredite para esta función. ARTÍCULO 29.- Para ocupar una vía pública o su espacio aéreo para la colocación de anuncios se requiere del Dictamen de la DGDUE, la cual establecerá las condiciones de protección, reparación y restitución bajo las cuales se concederá; siendo obligatorio tanto para los particulares como para cualquier dependencia Federal, Estatal o Municipal.

CAPÍTULO IV DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS ANUNCIOS

ARTÍCULO 30.- Los anuncios regulados con base en el presente Reglamento, se clasifican de acuerdo a su duración y permanencia en temporales y fijos.

I. Son anuncios temporales en términos del presente Reglamento, los que a continuación se enuncian: a) Adheribles; b) Bandas; c) Banderolas; d) Cartel;

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e) Carteleras; f) De pantalla; g) Electrónicos, h) Inflables y aerostáticos; i) Mantas; j) Móviles. k) Pancartas; l) Pendón; m) Póster; n) Rotulado; o) Sonoro; y p) Volantes;

II. Son anuncios fijos en términos del presente Reglamento, los que a continuación se enuncian:

a) Alto y Bajo relieve; b) Cartelera Espectacular; c) Escultóricos; d) Gabinete espectacular; e) Gabinete; f) Impresos adheribles; g) Pantalla electrónica; y h) Rotulados;

ARTÍCULO 31.- Los anuncios se clasificarán en cuanto a su función, finalidad y objetivo, en:

I. Denominativos; II. Promocionales; III. Sociales; y IV. Mixtos.

ARTÍCULO 32.- Los anuncios denominativos solamente deberán emitir el mensaje del propio negocio, comercio o empresa en que está colocado; nombre o denominación social y su giro, no se permite la colocación de anuncios de otros negocios en el mismo predio o edificio y con otros mensajes. ARTÍCULO 33.- Los anuncios de empresas e instituciones de gobierno, en obras de construcción serán regulados con base en la normatividad del presente Reglamento. ARTÍCULO 34.- Para identificar los nombres de los diferentes comercios y servicios que existen en los centros comerciales, podrán colocarse directorios de anuncios colectivos dentro de los límites del predio.

CAPÍTULO V DE SU INSTALACIÓN Y CARACTERÍSTICAS

ARTÍCULO 35.- Los espacios utilizados para la colocación e instalación de anuncios, tendrán las siguientes clasificaciones:

I. Fachada; II. bardas; III. Construcción de mampostería; IV. Estructura metálica; V. Poste metálico; VI. Marquesina; VII. Superficies de predios no edificados; VIII. Vehículos; IX. Puestos comerciales en vía pública; X. Caseta telefónica; XI. Cortinas metálicas; XII. Espacios de centros comerciales; XIII. Reparto a domicilios; XIV. Interior de exhibidores; XV. Toldos; XVI. Casetas de paradas de camiones; XVII. Vitrinas (ventanas y puertas de cristal, acrílico, laminados transparentes, etc.);

XVIII. Transportado por personas; y XIX. Aéreos.

ARTÍCULO 36.- La fabricación, ubicación y colocación del anuncio se sujetará al proyecto autorizado, incluyendo sus estructuras, soportes, anclaje y cualquier elemento que sirva para fijarlo o sostenerlo, así como sus componentes. ARTÍCULO 37.- Los anuncios deberán tener las dimensiones, aspectos y ubicación adecuados para no desvirtuar los elementos arquitectónicos de los edificios en los que se pretenda colocar o estén colocados, y para que al observarse en su

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conjunto en calles o avenidas, armonicen con estos elementos urbanos, en caso de estar en las vías de acceso a los centros de población, los anuncios no deberán alterar ni obstruir el paisaje, debiendo apegarse a lo que estipula este reglamento. ARTÍCULO 38- Los anuncios deberán colocarse en los sitios autorizados y en concordancia con los lineamientos correspondientes, basados en la zonificación de los instrumentos de planeación vigentes. ARTÍCULO 39.- Queda restringido en el Centro Histórico de los centros de población, la colocación de anuncios en los siguientes casos:

I. En azoteas, pretiles, pavimentos en la vía pública, mobiliario e instalaciones urbanas y áreas verdes; II. Anunciarse con letreros, imágenes o elementos cambiantes o móviles; III. Fijar propaganda en forma de volantes, folletos, desplegados, láminas metálicas; cualquier tipo de muros,

puertas y ventanas, árboles, semáforos, instalaciones urbanas, depósitos de basura, fuentes, bancas, buzones, macetas, jardineras, casetas de teléfonos, nomenclaturas, señalizaciones de servicio público, kioscos, módulos de aseo de calzado, puestos de dulces y sitios de taxi o en cualquier otro lugar en que puedan dañar la imagen urbana;

IV. Colocar mantas publicitarias colgantes o elementos empotrados o adosados en las fachadas que puedan afectar el inmueble o la imagen del entorno;

V. Proyectar anuncios por medio de aparatos electrónicos sobre muros o pantallas visibles desde la vía pública; VI. Colocar anuncios en ventanas que excedan el 20% de su superficie, rejas, marquesinas y cortinas metálicas; VII. Impedir o dificultar con el anuncio el acceso y circulaciones en inmuebles, pórticos o portales; VIII. Colocar anuncios luminosos de tubos de gas, neón o luz directa de tal manera que contaminen visualmente el

entorno; IX. Colocar anuncios en establecimientos comerciales con giro ajeno al del anuncio; X. Colocar anuncios comerciales en las edificaciones autorizadas exclusivamente para habitación, ya sean

unifamiliares o multifamiliares, así como en los jardines, muros de colindancia o bardas de predios que estas ocupen;

XI. Pintar en colores brillantes, fosforescentes o combinaciones agresivas al entorno; XII. Colocar anuncios comerciales sobre muros, bardas o tapias de predios baldíos; XIII. Colocar publicidad comercial o propaganda en general en los muros orientados hacia la colindancia; y XIV. Colocar anuncios en forma de bandera cualquiera que sea su diseño o dimensión, excepto en clínicas y

hospitales, farmacias, estacionamientos, museos, y asociaciones culturales.

ARTÍCULO 40.- Se restringe la colocación de anuncios incluso los de carácter político electoral en los siguientes sitios y lugares:

I. A una distancia no menor de 170.00 metros medida a partir del centro del monumento, sitios de valor histórico y zonas especiales protegidas por el I.N.A.H., siempre que afecte o demerite la imagen de los mismos;

II. Calles, banquetas, camellones, puentes, puentes peatonales, nodos viales, guarniciones, posterío de todo tipo en la vía pública, basureros, bancas, kioscos, glorietas, elementos naturales, todo tipo de elementos de servicio y equipamiento urbano, así como los que la DGDUE determine con base en el presente Reglamento; y

III. A una distancia no menor de 1.50 metros en cualquier dirección de las placas de nomenclatura de las calles y de las indicaciones de tránsito pudiendo dichas placas tener insertos con propaganda comercial siempre que se respeten los siguientes lineamientos:

a. El anuncio no deberá sobrepasar un 20 % de la superficie total de la misma placa; b. En los lugares que interfieran la visibilidad para el tránsito y para las señales del mismo; y c. En las bardas, paredes, estructuras y rejas perimetrales de los parques y jardines propiedad del municipio y en el interior de los mismos.

ARTÍCULO 41.- Queda restringida la instalación de anuncios soportados o colocados en estructuras adicionales a la carrocería de vehículos de uso particular o público, en forma tal que puedan poner en peligro la vida o la integridad física de las personas. ARTÍCULO 42.- Por ningún motivo se permitirá la colocación de anuncios que invadan el espacio aéreo de la vialidad vehicular. ARTÍCULO 43.- No se permite colocar anuncios sobre los elementos de suportación de los anuncios ya instalados. ARTÍCULO 44.- No se permite la concentración de anuncios de cartelera espectaculares en una sola superficie determinada, la distancia mínima entre anuncios será de 100 metros entre centro de cartelera a centro de cartelera, o de centro de cartelera a centro de poste de anuncios espectaculares, en dirección radial. ARTÍCULO 45.- Todo anuncio instalado o que se pretenda instalar, no deberá rebasar las alturas máximas que marcan los lineamientos municipales.

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CAPÍTULO VI DE LAS AUTORIZACIONES Y LICENCIAS DE ANUNCIOS

ARTÍCULO 46.- Para ocupar una vía pública o su espacio aéreo para la colocación de anuncios se requiere del dictamen de la DGDUE, la cual establecerá las condiciones de protección, reparación y restitución bajo las cuales se concederá. ARTÍCULO 47.- En la colocación de anuncios dentro de los límites que comprende el Centro Histórico del centro de población, edificios protegidos y su entorno deberá presentarse la autorización emitida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH); o alguna otra autoridad competente en la materia. ARTÍCULO 48.- La realización de los siguientes trámites relativos a la autorización de anuncios, se harán en la DGDUE a través de la ventanilla única, la cual proporcionará la información sobre los formatos y requisitos solicitados para emitir:

I. Permiso y sus refrendos; II. Registro de fabricación de anuncios; III. Registro de comercialización de publicidad exterior; IV. Registro de los prestadores de servicios; V. Registro de peritaje especializado; y VI. Licencia y sus refrendos.

ARTÍCULO 49.- No se dará trámite a ninguna solicitud, cuando el bien o servicio anunciado requiera registro o autorización previa de alguna dependencia oficial, si esta no es presentada conjuntamente con la solicitud. ARTÍCULO 50.- Para obtener una Licencia para la instalación y/o colocación de anuncios se deberá elaborar y presentar la solicitud correspondiente ante la ventanilla Única de la DGDUE, donde se incluya:

I. La compatibilidad ambiental; II. Nombre, denominación o razón social del ente anunciante o empresa; III. Documento que acredite la personalidad jurídica del solicitante, en su caso; IV. Domicilio para recibir notificaciones; V. Domicilio, clave catastral, y croquis de ubicación del predio en donde se pretenda colocar el anuncio,

indicando su localización en el mismo, atendiendo al tipo y características del anuncio; VI. Fotografía de la fachada del inmueble donde se pretenda instalar el anuncio, en su caso; VII. Contrato o convenio de arrendamiento vigente o en su caso documento legal que acredite la propiedad; VIII. Copia de las autorizaciones, concesiones o licencias de autoridades Federales, Estatales o Municipales

competentes cuando en su caso se requieran; y IX. Las demás que señale el presente reglamento.

ARTÍCULO 51.- La solicitud para obtener una licencia para la instalación y/o colocación de anuncios tipo espectacular además de lo anterior, deberá anexar lo siguiente:

I. La compatibilidad Urbanística del inmueble o predio donde se pretende colocar el anuncio, emitido por la Dirección de Desarrollo Urbano de la DGDUE;

II. Licencia de construcción vigente, emitida por la DGDUE, previa revisión de memoria de cálculo estructural, instalaciones y proyecto arquitectónico avalada por peritaje o Dirección Responsable de Obra registrados ante la DGDUE;

III. Copia de la póliza de seguro vigente contra daños a terceras personas; IV. Copia de las autorizaciones, concesiones o licencias de autoridades Federales, Estatales o Municipales, cuando

en su caso se requieran, para el aprovechamiento o uso del suelo donde resulten competentes; V. Constancia de no afectación del Fundo Municipal; VI. Anexar georreferencia del anuncio espectacular; y VII. Las demás que señale el presente Reglamento.

ARTÍCULO 52.- La DGDUE requerirá que la persona solicitante, presente el registro o autorización previos de la autoridad federal, estatal o municipal competente, que permiten la difusión al público del bien o servicio del que se trate, para efecto de otorgar la Licencia o permiso respectivo en los siguientes casos:

I. Cuando se trate de la venta de terrenos, lotes fraccionados o locales comerciales como resultado de obras de

urbanización; y II. Cuando la autoridad municipal tenga una duda razonable en términos de que el bien o servicio de que se trate,

pueda poner en riesgo los intereses generales de la comunidad. ARTÍCULO 53.- Las licencias tendrán vigencia durante el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a la Ley de Ingresos. Las licencias y permisos serán objeto de renovación y tendrán carácter de intransferible; una vez que expire el plazo de vigencia y no sea renovada, el anuncio deberá ser retirado por el titular o en su defecto por la persona o empresa anunciados, o por la persona propietaria del predio donde se encuentra instalado, en un plazo máximo de 30 días naturales.

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ARTÍCULO 54.- La Licencia dejará de surtir sus efectos si el anuncio no es instalado en un término de 60 días naturales posteriores a la emisión de la misma, salvo previa solicitud de prórroga por escrito la cual tendrá vigencia a criterio de la autoridad competente. ARTÍCULO 55.- No se expedirá licencia, para la colocación de cualquier tipo de anuncio que represente riesgo a juicio de la autoridad competente, sin que se acredite previamente haber obtenido el dictamen de seguridad estructural elaborado por un perito registrado en el padrón de la DGDUE, revisado y observado por personal especializado de la misma dependencia. ARTÍCULO 56.- Al solicitar un permiso de publicidad, se deberá llenar y entregar la solicitud y formato de carta compromiso, con los siguientes requisitos:

I. Nombre, denominación o razón social del anunciante o empresa; II. Documento que acredite la personalidad de quien solicite (Identificación oficial); III. Domicilio para recibir notificaciones; y IV. Detalles de los anuncios que incluyan medidas, el producto, bien o servicio que promocionan y la ubicación

donde se pretenden colocar. ARTÍCULO 57.- Las solicitudes de permisos para la difusión de anuncios móviles, sonoros, visuales y mixtos; instalados sobre vehículos automotores deberán presentar los siguientes requisitos:

a) Nombre, denominación o razón social de la persona propietaria del vehículo donde se desee instalar el anuncio;

b) Datos de identificación y características del vehículo; c) Datos de identificación de la fuente emisora y superficie donde se fijará el anuncio; d) El recorrido y horario de la difusión; e) Domicilio para recibir notificaciones; f) Fecha; y g) Firma.

I. A la solicitud se anexará:

a) En caso de ser persona física, identificación oficial o carta poder donde se señale que se autoriza para realizar dicho trámite;

b) En caso de ser persona moral, copia de acta constitutiva y/o poder notarial; c) Autorización por parte de la Dirección de Tránsito y Vialidad en la que especifiquen las dimensiones del

vehículo autorizado para dicho fin; d) Representación gráfica que describa la forma, dimensiones y contenido del anuncio; e) Original y copia simple del contrato vigente que se tenga celebrado con la persona publicista; f) Una fotografía de la unidad donde se colocará el anuncio; y g) Póliza de seguro vigente contra daños a terceros.

ARTÍCULO 58.- Los Permisos que se concedan para la ocupación de las vías públicas o cualquier otro espacio abierto de uso común, no generarán derecho real o posesorio, por lo que serán revocables, temporales e intransferibles, y en ningún caso podrán otorgarse en perjuicio del libre y seguro tránsito, así como del acceso a los predios o de servicios públicos instalados. ARTÍCULO 59.- El Departamento de Funcionamiento de Negocios, al expedir un permiso para la presentación de espectáculos, deberá requerir el permiso de la DGDUE para la promoción y difusión del evento. ARTÍCULO 60.- Se otorgarán permisos hasta por 30 días naturales, con posibilidad de refrendar dos veces más, teniendo como máximo 90 días naturales al año. ARTÍCULO 61.- No se otorgará permiso para ocupar una vía pública para colocar anuncios que causen molestias a los vecinos o representen riesgos a la vida o la salud pública, los bienes de particulares y al patrimonio público. ARTÍCULO 62.- No se otorgará permiso para el uso de aparatos de sonido o altavoces, con fines de propaganda o publicidad que afecten a la vía pública o causen molestias y alteraciones al ambiente o las personas dentro del Centro Histórico. ARTÍCULO 63.- Para el caso de renovación de las licencias y permisos debe considerarse lo siguiente:

I. Los permisos temporales tienen una vigencia de 30 días naturales, con derecho a refrendar dos veces más en el año, aclarando que en total son tres permisos en el año para cada persona física o jurídica;

II. Los propietarios deberán gestionar una nueva Licencia haciendo el pago de derechos en las fechas y montos que determina la Ley de Ingresos; y

III. En el caso de los anuncios de tipo espectacular deberá presentar documentos actualizados y vigentes, como son: a. oficio de la oficina jurídica de la DGDUE donde se haga constar que no se cuenta con procedimiento

administrativo vigente por faltas a este reglamento, b. póliza de seguro,

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c. contrato de arrendamiento, d. el programa de mantenimiento anual y e. la georreferencia del sitio donde se ubica el anuncio espectacular.

ARTÍCULO 64.- La persona interesada, durante la vigencia de la Licencia o Permiso respectivo podrá realizar el cambio de leyenda y figuras de un anuncio mediante solicitud que presente a la DGDUE, anexando al formato la fotografía, dibujo, texto y demás elementos que constituyan el mensaje publicitario, sin que ello implique la obligación de obtener una nueva licencia ni realizar el pago correspondiente, sólo en el caso de que se modifiquen las dimensiones del anuncio. ARTÍCULO 65.- Se otorgará Permiso o Licencia, únicamente a las solicitudes para instalar anuncios que cumplan con lo dispuesto en los lineamientos correspondientes. ARTÍCULO 66.- No se concederá el refrendo de las Licencias, Permisos o nuevas Licencias a personas propietarias, comercializadoras de anuncios, prestadoras de servicios de anuncios que cuenten con algún proceso jurídico o administrativo vigente por su incumplimiento e infracciones a este Reglamento. ARTÍCULO 67.- No se concederá Licencia o Permiso a las solicitudes de personas usuarias que presenten personas peritas responsables o corresponsables que, habiendo cometido infracciones a este reglamento, no hubiesen corregido la irregularidad o cubierto las sanciones que se hubieren impuesto. ARTÍCULO 68.- No se otorgará Licencia o Permiso para la colocación de anuncios cuyo contenido haga referencia a ideas o imágenes con textos o figuras que inciten a la violencia; que promuevan la discriminación de raza o condición social; resulten ofensivos, difamatorios o atenten contra la dignidad del individuo o de la comunidad en general; así como para anuncios que alteren la imagen visual del entorno en que se pretenda instalar. ARTÍCULO 69.- No requieren Licencia o Permiso, ni del pago de derecho los siguientes:

I. Periódicos fijados en tableros sobre edificios que estén ocupados por la casa editora de los mismos; II. Carteleras con programa de espectáculos o diversiones públicas, adosados precisamente en los edificios en que

se presente el evento; III. Anuncios referentes a cultos religiosos, adosados precisamente en los edificios en que se presente el evento; IV. Anuncios y adornos para fiestas cívicas nacionales, navideñas o para eventos oficiales; V. Anuncios de propaganda política en campaña de acuerdo a las leyes electorales vigentes; y VI. Los anuncios de instituciones gubernamentales, de asistencia o beneficencia pública o privada.

ARTÍCULO 70.- Los anuncios referidos en el artículo anterior, deben cumplir con las normas de diseño, fabricación, ubicación y colocación, especificados en la normatividad correspondiente.

CAPÍTULO VIII PROCEDIMIENTO DE VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN

ARTICULO 71.- La práctica del procedimiento de vigilancia y verificación, se realizará por conducto del personal de inspección ambiental adscrito al Departamento de Prevención y Control Ambiental, quienes podrán realizarla en todos los establecimientos, servicios, instalaciones y obras cuya actividad sea objeto de este Reglamento. ARTÍCULO 72.- El procedimiento de vigilancia enmarcado en el presente capítulo se realizará conforme a las atribuciones conferidas en el presente reglamento. ARTICULO 73.- Los recorridos de vigilancia podrán realizarse en horas y días hábiles, dentro del horario matutino que comprenderá de 9:00 a 15:00 horas y vespertino de las 15:00 a 21:00 horas; en días y horas inhábiles podrán realizarse mediante la emisión de un oficio de comisión expedido por la DGDUE. ARTÍCULO 74.- El personal de verificación ambiental utilizará como medida precautoria, antes de imponer sanciones y previamente al desarrollo de la garantía de audiencia, la clausura provisional de aquellos anuncios que incumplan con el presente Reglamento.

CAPÍTULO IX SANCIONES

ARTÍCULO 75.- Las sanciones administrativas podrán consistir en:

I. Apercibimiento; II. Multa; III. Retiro del anuncio; IV. Revocación de la Licencia o Permiso; y V. Arresto administrativo.

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ARTÍCULO 76.- Las siguientes violaciones a las disposiciones de este Reglamento, constituyen infracciones y serán sancionadas administrativamente por la DGDUE.

I. Se impondrá una multa económica de 1 a 50 UMA a los prestadores de servicio responsables de:

a) Distribuir publicidad y anuncios en forma de volantes y folletos sin el número de control conforme al artículo 28 de este reglamento;

b) Distribuir publicidad y anuncios en forma de volantes y folletos, en forma diferente a la distribución de mano en mano; y

c) Distribuir publicidad y anuncios en forma de volantes y folletos por medio de personas sin que se emita para estos, una identificación con fotografía que los acredite para dicha función.

II. Se impondrá una multa económica de 51 a 1,000 UMA y el retiro del anuncio a quien sea responsable de:

a. Colocar o mantener sin Licencia o Permiso un anuncio, que lo requiera según este Reglamento, así como los que no cuenten con la renovación y pago anual correspondiente;

b. Colocar un anuncio que no se ajuste a la normatividad del reglamento, respecto al diseño, dimensiones, ubicación y colocación;

c. Desacatar una resolución emitida por la DGDUE, en la que se ordene el mantenimiento solicitado o el retiro del anuncio;

d. Colocar un anuncio en un lugar o zona no especificada en Licencia o Permiso correspondiente; e. Modificar un anuncio sin la autorización de la DGDUE; f. Proporcionar en la solicitud de licencia o permiso, datos, información o documentos falsos; y g. Exceder el máximo de dB autorizados en fuentes fijas para la divulgación de sus anuncios.

III. Se impondrá una multa de 500 a 2000 UMA además del retiro del anuncio a quien resulte responsable de:

a. Realizar o prestar servicios para la instalación de anuncios espectaculares sin contar con el registro

correspondiente de la DGDUE o sin la vigencia del mismo; b. Prestar servicios de publicidad y anuncios, sin el registro vigente correspondiente de la DGDUE; c. Colocar o mantener sin licencia, renovación, permiso y sus pagos correspondientes, un anuncio espectacular; y d. Instalar, ampliar, modificar, reparar o retirar un anuncio espectacular, sin la participación de un Peritaje Técnico de

Obra.

ARTÍCULO 77.- En casos de reincidencia, se duplicará la última multa impuesta, sin que su monto exceda el triple del máximo fijado como multa a la infracción. ARTÍCULO 78.- Cuando las personas propietarias del anuncio o quienes lleven responsabilidad solidaria, se opongan u obstaculicen el ejercicio de las facultades de la DGDUE, esta podrá indistintamente:

I. Imponer la multa económica de 1 a 1,000 UMA (Unidad de Medida y Actualización) y el retiro del anuncio; y II. Solicitar auxilio de la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad Municipal, para que se permita la

ejecución de la diligencia correspondiente. ARTÍCULO 79.- La instalación de anuncios y obras destinadas a la publicidad materia de este Reglamento no autorizados, se sancionarán, sin perjuicio de que ejecute el retiro o desmantelamiento de los anuncios a costa del infractor. ARTÍCULO 80.- En la clausura propiciada por el propietario, tendrá un plazo de 30 días naturales para retirar el anuncio, caso contrario se aplicará multa y el mismo deberá retirar el anuncio, En caso de no hacerlo, será retirado por el Ayuntamiento con cargo al propietario. ARTÍCULO 81.- El cumplimiento en el pago de las multas impuestas por la DGDUE no exime a quien se anuncie o tenga responsabilidad solidaria de la responsabilidad de hacer todo lo necesario para llegar a la regularización o retiro del anuncio en cuestión. ARTÍCULO 82.- Corresponde a la Tesorería Municipal substanciar el procedimiento económico coactivo para recuperar el costo del retiro de un anuncio instruido y llevado a cabo por la DGDUE, ante el incumplimiento de la orden dada en tal sentido al titular del Permiso o Licencia. ARTÍCULO 83.- Las licencias se revocarán, por los siguientes motivos:

I. Proporcionar datos o documentos alterados que pretendan demostrar propiedad con el objetivo de cumplir los requisitos para para el otorgamiento de la Licencia o Permiso correspondiente;

II. Otorgar la licencia por error o en violación manifiesta a este Reglamento; III. Colocar el anuncio en zona, sitio o características distintas las autorizadas en la Licencia correspondiente. IV. Cambio de regulación en la zona en la que está ubicado, por razones de interés general o de orden público; V. Prohibición en los proyectos aprobados para remodelación urbana dentro de la zona en la cual este colocado

el anuncio;

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VI. Cambio o modificado oficial del uso de suelo del inmueble en el que está asentado el anuncio, que lo haga incompatible; y

VII. Desacato a la orden de efectuar trabajos de conservación o mantenimiento del anuncio. ARTÍCULO 84.- La revocación será notificada personalmente a la persona titular de la Licencia o Permiso y/o representante legal en su caso, previa garantía de audiencia donde pueda aportar las pruebas que a su interés legal convengan, y se haya emitido la resolución correspondiente. ARTÍCULO 85.- Llevan responsabilidad solidaria, las siguientes personas:

I. La persona acreditada para efectuar peritaje especializado, inscrita en el padrón de la DGDUE; II. Las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de los espacios utilizados para la colocación e instalación de

anuncios, en las que se encuentre un anuncio colocado; y III. Las personas físicas o morales que se anuncian y quienes comercializan la publicidad exterior; por los daños y

perjuicios que se causen a las personas y bienes, por anuncios colocados con o sin la licencia y/o permiso correspondiente y por los cargos que finque la DGDUE, con base en la violación y a lo dispuesto en el presente Reglamento.

CAPÍTULO X

GARANTÍA DE AUDIENCIA Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN ARTÍCULO 86.- Las resoluciones que dicten o ejecuten las autoridades responsables de la aplicación del presente Reglamento, se sujetaran a la previa recepción, trámite y resolución que garantice la audiencia de la persona afectada ante la autoridad correspondiente. ARTÍCULO 87.- Contra los actos y resoluciones de las autoridades administrativas y fiscales, las personas particulares afectadas tendrán la opción de interponer el recurso administrativo de inconformidad ante la propia autoridad o ante el Tribunal de Justicia Administrativa, de acuerdo a la Ley Municipal para el Estado de Nayarit. A falta de disposición expresa en este ordenamiento, se aplicará supletoriamente la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit, la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el estado de Nayarit, las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, el Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente para el municipio de Tepic, el Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el municipio de Tepic, el Reglamento de Tránsito y Movilidad del municipio de Tepic, los instrumentos de planeación territorial vigentes, y los demás reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general expedidas por el Ayuntamiento.

TRANSITORIOS PRIMERO.- Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal. SEGUNDO.- El presente Reglamento no será aplicable a las Licencias emitidas por la autoridad municipal previo al inicio de la vigencia de este reglamento. TERCERO.- Se abroga el Reglamento de Anuncios para el Municipio de Tepic, aprobado el 27 de agosto del 2003 por el H. XXXVI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit.

ATENTAMENTE

DR. GUADALUPE FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA PRESIDENTE MUNICIPAL DE TEPIC

RÚBRICA

C. RENE ALONSO HERRERA JIMENEZ SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE TEPIC

RÚBRICA

TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo y asimismo se publique el Reglamento de Anuncios del Municipio de Tepic, Nayarit, en la Gaceta Municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

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EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL DEL PRESIDENTE MUNICIPAL SOBRE EL ESTADO QUE GUARDA LA ADMINISTRACIÓN EN SUS ASPECTOS MÁS RELEVANTES, CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DEL 2018. MISMO QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 65 FRACCIÓN VIII DE LA LEY MUNICIPAL DEL ESTADO DE NAYARIT.

EL SEPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, REFERENTE A LA PRESENTACIÓN DEL INFORME BIMESTRAL INFORME BIMESTRAL DE ACTIVIDADES DEL CONTRALOR MUNICIPAL CORRESPONDIENTE AL QUINTO BIMESTRE DEL 2018. EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO INFORMA AL HONORABLE CABILDO QUE DICHO INFORME SE ENCUENTRA EN SU PODER DE MANERA IMPRESA PARA SU CONOCIMIENTO, LO ANTERIOR PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTIPULA EL ARTÍCULO 119 FRACCIÓN VI DE LA LEY MUNICIPAL DEL ESTADO DE NAYARIT.

EL OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES AL HONORABLE CABILDO. MISMOS QUE SON PRESENTADOS DE MANERA IMPRESA PARA SU CONOCIMIENTO AL HONORABLE CABILDO, DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO INTERNO DE CABILDO Y TRABAJO EN COMISIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, MISMOS QUE SON LOS SIGUIENTES:

a).-El regidor Marcos Ortega Ruiz, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del 2018.

b).-El regidor German Enrique Macedo, presenta el informe de actividades correspondiente al mes de octubre del 2018.

c).-El regidor Lucio Carrillo Bañuelos, presenta el 4 informe anual de actividades. d).-El regidor Rodolfo Santillán Huerta, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de noviembre del 2018.

EL NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO AL PUNTO DE SOLICITUDES Y COMUNICACIONES RECIBIDAS, DONDE SE INFORMA QUE SE RECIBIÓ EN LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO LO SIGUIENTE:

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EL NÒVENO PUNTO INCISO A) DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS VIGENTE, CORRESPONDIENTE AL MES DE

OCTUBRE DEL EJERCICIO FISCAL 2018. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autorizan las modificaciones al Presupuesto de Egresos correspondiente del ejercicio fiscal 2018, en los términos propuestos por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Tepic. SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal, Dr. Francisco Alberto Rivera Domínguez, para realizar las acciones administrativas y contables conducentes para que queden aplicadas las modificaciones al Presupuesto de Egresos y la reclasificación contable aprobadas. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, al C. Rene Alonso Herrera Jiménez, para que realice la publicación de las modificaciones autorizadas en los puntos que anteceden, en la Gaceta Municipal Órgano de Difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic y en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.

MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

EN EL MES DE OCTUBRE

RECURSOS PROPIOS FONDO III

TRASPASO TRASPASO

SERVICIOS PERSONALES $808,207,211.80 $0.00 $0.00 $808,207,211.80

MATERIALES Y SUMINISTROS $72,367,315.27 $9,367,105.52 $22,100.00 $81,756,520.79

SERVICIOS GENERALES $146,101,336.58 -$5,368,398.40 $1,728,400.00 $142,461,338.18

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y

OTRAS AYUDAS$177,564,670.28 $0.00 $0.00 $177,564,670.28

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $21,298,902.20 -$3,748,707.12 $86,000.00 $17,636,195.08

INVERSION PUBLICA $100,317,055.06 $0.00 -$1,836,500.00 $98,480,555.06

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $4,875,874.79 $0.00 $0.00 $4,875,874.79

DEUDA PUBLICA $140,823,385.04 -$250,000.00 $0.00 $140,573,385.04

Total del Gasto : $1,471,555,751.02 $0.00 $0.00 $1,471,555,751.02

C O N C E P T OPRESUPUESTO

VIGENTE

PRESUPUESTO

MODIFICADO EN

OCTUBRE 2018

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EL NÒVENO PUNTO INCISO B) DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS VIGENTE, CORRESPONDIENTE AL MES DE

NOVIEMBRE DEL EJERCICIO FISCAL 2018. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autorizan las modificaciones a los Ingresos y al Presupuesto de Egresos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, en los términos propuestos por la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Tepic. SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal, Dr. Francisco Alberto Rivera Domínguez, para realizar las acciones administrativas y contables conducentes para que queden aplicadas las modificaciones a los Ingresos y al Presupuesto de Egresos y la reclasificación contable aprobadas. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, al C. Rene Alonso Herrera Jiménez, para que realice la publicación de las modificaciones autorizadas en los puntos que anteceden, en la Gaceta Municipal Órgano de Difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic y en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.

MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

EN EL MES DE NOVIEMBRE

RECURSO

FEDERAL

PRESUPUESTO

MODIFICADO

AMPLIACIONEN EL MES DE

NOVIEMBRE 2018

IMPUESTOS 127,169,096.10 0.00 127,169,096.10

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 840,000.00 0.00 840,000.00

DERECHOS 120,462,012.41 0.00 120,462,012.41

PRODUCTOS 1,566,706.35 0.00 1,566,706.35

APROVECHAMIENTOS 25,127,819.79 0.00 25,127,819.79

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 1,196,340,115.37 4,548,577.23 1,200,888,692.60

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS

Y OTRAS AYUDAS 50,001.00 0.00 50,001.00

Total : 1,471,555,751.02 4,548,577.23 1,476,104,328.25

CONCEPTOPRESUPUESTO

VIGENTE

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MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

EN EL MES DE NOVIEMBRE

EL NÒVENO PUNTO INCISO C) DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN QUE AUTORIZA AL CABILDO A TRAVÉS DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TEPIC, PARA PROGRAMAR Y EJERCER LOS SUBSIDIOS FEDERALES CON CARGO AL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO FINANCIERO PREVISTO EN EL RAMO GENERAL 23.- “PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS” DE 2018, DE LAS OBRAS DENOMINADAS: “CONSTRUCCIÓN DEL CARRIL CONFINADO DE CONCRETO HIDRÁULICO E INFRAESTRUCTURA BÁSICA EN CALLE PEDRAZA ENTRE CALLE CONSTRUCCIÓN Y TRABAJO” EN LA COLONIA SANTA TERESITA Y CONSTRUCCIÓN DE LA CANCHA DE USOS MÚLTIPLES Y TECHUMBRE” EN LA LOCALIDAD DE EL FLOREÑO DEL MUNICIPIO DE TEPIC. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

2,048,577.23Construcción de Cancha de usos Multiples y

Techumbre, Localidad El Floreño. 2,500,000.00

TOTAL : 4,548,577.23

AMPLIACION

Construcción de Carril confinado de Concreto Hidraulico e

Infraestructura Basica, en calle Pedraza entre calle Construcción y

Trabajo, Col. Santa Teresita

FONDO DE FORTALECIMIENTO FINANCIERO 2018

RECURSOS PROPIOS RECURSO FEDERAL

TRASPASO AMPLIACION

SERVICIOS PERSONALES $808,207,211.80 $0.00 $0.00 $808,207,211.80

MATERIALES Y SUMINISTROS $81,734,420.79 -$2,083,041.00 $0.00 $79,651,379.79

SERVICIOS GENERALES $142,483,438.18 $68,276.00 $0.00 $142,551,714.18

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y

OTRAS AYUDAS$177,564,670.28 $0.00 $0.00 $177,564,670.28

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $17,636,195.08 $14,765.00 $0.00 $17,650,960.08

INVERSION PUBLICA $98,480,555.06 $2,000,000.00 $4,548,577.23 $105,029,132.29

PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $4,875,874.79 $0.00 $0.00 $4,875,874.79

DEUDA PUBLICA $140,573,385.04 $0.00 $0.00 $140,573,385.04

Total del Gasto : $1,471,555,751.02 $0.00 $4,548,577.23 $1,476,104,328.25

C O N C E P T OPRESUPUESTO

VIGENTE

PRESUPUESTO

MODIFICADO EN

NOVIEMBRE 2018

2,048,577.23Construcción de Cancha de usos Multiples y

Techumbre, Localidad El Floreño. 2,500,000.00

TOTAL : 4,548,577.23

AMPLIACION

Construcción de Carril confinado de Concreto Hidraulico e

Infraestructura Basica, en calle Pedraza entre calle Construcción y

Trabajo, Col. Santa Teresita

FONDO DE FORTALECIMIENTO FINANCIERO 2018

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PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza al C. Dr. en C.E. Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, Presidente Municipal de Tepic, a programar y ejercer los subsidios federales por el monto de $ 4´548,577.23 con cargo al Fondo para el Fortalecimiento Financiero previsto en el Ramo General 23.- “Provisiones Salariales y Económicas” de 2018, a través del convenio suscrito entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal y la Secretaría de Administración y Finanzas de Gobierno del Estado de fecha 31 de octubre de 2018 de acuerdo a lo siguiente:

FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO FINANCIERO DE 2018

LOCALIDAD

Y/O COLONIA DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

FEDERAL TOTAL FUENTE DE

FINANCIAMIENTO

DEPENDENCIA

EJECUTORA

SANTA

TERESITA

CONSTRUCCIÓN DE CARRIL

CONFINADO DE CONCRETO

HIDRÁULICO E

INFRAESTRUCTURA BÁSICA, EN

CALLE PEDRAZA ENTRE CALLE

CONSTRUCCIÓN Y CALLE

TRABAJO.

$2,048,577.23 $2,048,577.23 RAMO 23 DGOPM

EL FLOREÑO CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE

USOS MÚLTIPLES Y TECHUMBRE. $2,500,000,00 $2,500,000,00 RAMO 23 DGOPM

SEGUNDO.- Las presentes obras se realizarán en estricto apego a los Lineamientos de Operación del fondo con cargo al Fondo para el Fortalecimiento Financiero de 2018 y estos recursos no pierden el carácter federal y tendrán como destino específico el proyecto descrito en el convenio en mención. TERCERO.- Se autoriza al C. Dr. en C.E. Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, Presidente Municipal de Tepic, a designar a la Dirección General de Obras Públicas Municipal, como dependencia ejecutora de la obra descrita con antelación. CUARTO.- De igual forma se faculta al C. René Alonso Herrera Jiménez, Secretario del Ayuntamiento, para realizar modificaciones únicamente de forma al documento de certificación de cabildo, sin que esto implique cambios de metas o inversión, a fin de agilizar el proceso ante las instancias correspondientes.

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QUINTO.- Se instruye al Secretario de Ayuntamiento para que publique los anteriores acuerdos en la Gaceta municipal, Órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic. EL DÈCIMO PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.

SESIÓN ORDINARIA

En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 12:50 doce horas con cincuenta minutos del día 13 de diciembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión ordinaria de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (16) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca y los regidores/as María del Carmen Ávalos Delgado, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Anel Zarina Cabrales Pérez, Lucio Carrillo Bañuelos, German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, María del Carmen Reyes Ramos, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Rodolfo Santillán Huerta, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (2) inasistencias justificadas de la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y del regidor Marcos Ortega Ruiz.

Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de sesión ordinaria de fecha 29 de noviembre del 2018, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Pase de lista e instalación de la sesión. 2.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del decreto remitido

por la Honorable XXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nayarit, que reforma y adiciona el artículo 134 de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.

3.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del decreto remitido

por la Honorable XXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nayarit, que adiciona la fracción I del artículo 17 de la Constitución política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.

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4.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, del dictamen relativo a la solicitud para autorizar el cambio de denominación de la colonia PRI, por Nuevo Amanecer.

5.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, del acuerdo para

autorizar a declarar el período del día 20 de diciembre del 2018 al 4 de enero del 2019, como días inhábiles para los efectos de cómputo de plazos.

6.-Informe Mensual de actividades de las Comisiones al Honorable Cabildo.

a).-La regidora Irma Leticia Sandoval Pasos, presenta el informe de actividades correspondiente al mes de noviembre del 2018.

b).-La Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de noviembre del 2018. c).-La regidora María del Carmen Ávalos Delgado, presenta el informe de

actividades correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2018.

d).-El regidor Carlos Barrón Mayorquín, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de octubre y noviembre del 2018. 7.-Informe sobre el estado que guarda el Mercado Morelos.

8.-Clausura de la sesión. El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 16 votos a favor.

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ

QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN ORDINARIA.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DECRETO REMITIDO POR LA HONORABLE XXXII LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT, QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

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PRIMERO.-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 131 de la Constitución Local, el Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit; emite voto en sentido positivo, respecto del decreto que reforma los párrafos primero, segundo, tercero; las fracciones I, II, III, IV y V; se adicionan las fracciones VI y VII; todos del artículo 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, remitido por la Honorable Asamblea Legislativa del Congreso del Estado. SEGUNDO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, para que remita el presente acuerdo al Honorable Congreso del Estado, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado de Nayarit. TERCERO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit

representado por su XXXII Legislatura, decreta:

Reformar y adicionar el artículo 134 de la Constitución Política

del Estado Libre y Soberano de Nayarit

ÚNICO.- Se reforman los párrafos primero, segundo, tercero; las fracciones I, II, III, IV y V; se adicionan las fracciones VI y VII; todos del artículo 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para quedar como siguen: ARTÍCULO 134.- Corresponde al Gobierno del Estado la rectoría del desarrollo para garantizar que sea estratégico, integral y con una visión al menos de veinticinco años, que fortalezca su economía, su régimen democrático, el empleo y una más justa distribución del ingreso; permitiendo el ejercicio de las libertades y la dignidad del hombre, en el marco de los mandatos que prescribe la Constitución General de la República, esta Constitución y las Leyes que de ellas emanen. El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Sistema Estatal de Planeación y sus instrumentos, así como los Sistemas Municipales de Planeación, deberán fundamentarse en dichos principios. El Desarrollo del Estado se promoverá por tanto a través del Sistema Estatal de Planeación y los Sistemas Municipales de Planeación, de conformidad con la Ley de la materia y las siguientes bases: I.- El Poder Ejecutivo del Estado ejercerá la coordinación del Sistema Estatal de Planeación a través de un Organismo Público Descentralizado, que se

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denominará Instituto de Planeación del Estado de Nayarit, que deberá asegurar la continuidad y alineación de las estrategias a largo plazo; II.- Los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias, de forma derivada, ejercerán la coordinación de los Sistemas Municipales de Planeación, a través de la creación de institutos municipales de planeación; III.- Para llevar a cabo la planeación del desarrollo, deberán concurrir los sectores público, social y privado; la participación de la federación se hará en forma coordinada con el Estado, en los términos que señalen los convenios correspondientes de conformidad a los objetivos nacionales y estatales; IV.- El Sistema Estatal de Planeación promoverá prioritariamente la equidad social, la competitividad, la sustentabilidad y la transparencia sujetándose a las modalidades que dicte el interés público y siempre que contribuyan al desarrollo en beneficio de la sociedad; V.- El Poder Ejecutivo, en los términos de la ley, someterá a la consulta de la ciudadanía los instrumentos, objetivos, estrategias, acciones, metas e indicadores del Sistema Estatal de Planeación. Asimismo, promoverá la participación de la sociedad en el seguimiento y evaluación de las políticas públicas, a través del Sistema Estatal de Información Estadística y Geográfica; VI.- Los sectores social y privado, sujetarán sus acciones para la explotación y uso del territorio y los recursos naturales, a las normas y procedimientos del Sistema Estatal de Planeación, a fin de garantizar su aprovechamiento sustentable, y VII.- Los Sistemas Municipales de Planeación se sujetarán a los principios y bases establecidas por esta Constitución.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit. SEGUNDO.- En un plazo que no exceda de noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá expedirse la Ley de Planeación del Estado de Nayarit, y modificar la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, así como la Ley del Sistema de Información Estadística y Geográfica del Estado de Nayarit. Lo anterior, para hacerlas compatibles con la Reforma Constitucional materia del presente Decreto. TERCERO.- En un plazo que no exceda de noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso del Estado deberá expedir la Ley que Crea el Instituto de Planeación del Estado de Nayarit.

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CUARTO.- Dentro del plazo de ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, los ayuntamientos de la Entidad, en el ámbito de sus competencias, deberán crear sus Institutos Municipales de Planeación. QUINTO.- A partir de la instalación de la Junta de Gobierno del Instituto de Planeación del Estado de Nayarit, éste tendrá un plazo de dos años para que elabore e instrumente un plan de desarrollo, el cual deberán contar con visión de al menos veinticinco años. SEXTO.- El Congreso del Estado, dentro del plazo de un año siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, deberá realizar las modificaciones que sean necesarias para armonizar el marco jurídico local en la materia, con independencia a lo señalado en el Artículo Segundo Transitorio. SÉPTIMO.- Para los efectos previstos por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, remítase el presente Decreto a los Ayuntamientos de la Entidad. OCTAVO.- La Ley reglamentaria garantizará los derechos laborales de los trabajadores de las instituciones que se modifiquen en la legislación secundaria para la implementación del Instituto de Planeación del Estado de Nayarit.

EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DECRETO REMITIDO POR LA HONORABLE XXXII LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT, QUE ADICIONA LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 131 de la Constitución Local, el Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit; emite voto en sentido positivo, respecto del decreto que adiciona un segundo párrafo, recorriendo los subsecuentes, a la fracción I del artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, remitido por la Honorable Asamblea Legislativa del Congreso del Estado. SEGUNDO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, para que remita el presente acuerdo al Honorable Congreso del Estado, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado de Nayarit.

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TERCERO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit

representado por su XXXII Legislatura, decreta:

Adicionar la fracción I del artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit

ÚNICO.- Se adiciona un segundo párrafo, recorriendo los subsecuentes, a la fracción I del artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para quedar como sigue: ARTÍCULO 17.-… I… Los ciudadanos que residan en el extranjero, podrán ejercer su derecho al voto en la elección de Gobernador en los términos que disponga la Ley en la materia. … … … … a) al c)… III. y III…

TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al año siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit. SEGUNDO. - En un plazo que no exceda de noventa días, posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, el Congreso del Estado deberá realizar las adecuaciones normativas correspondientes al marco jurídico local. TERCERO.- Para los efectos previstos por el artículo 131 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, remítase el presente Decreto a los ayuntamientos de la entidad. CUARTO.- Se deberán realizar las adecuaciones presupuestales necesarias para garantizar la aplicación de la presente reforma.

EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA SOLICITUD PARA AUTORIZAR EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA COLONIA PRI, POR NUEVO AMANECER. MISMO

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QUE ES APROBADO POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 13 VOTOS A FAVOR Y 1 VOTO EN CONTRA DE LA REGIDORA MARÍA DEL CARMEN ÁVALOS DELGADO Y 2 VOTOS EN ABSTENCIÓN DE LOS REGIDORES CARLOS BARRÓN MAYORQUÍN Y DE MARÍA DEL CARMEN REYES RAMOS, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Es de autorizarse y se autoriza el cambio de denominación de la Colonia “PRI” por “Nuevo Amanecer” en esta ciudad de Tepic, Nayarit. SEGUNDO.- Se instruye al Director General de Desarrollo Urbano y Ecología y al Director de Catastro e Impuesto Predial para que realicen todos los actos y acciones para llevar acabo el procedimiento que marca los artículos 77, 78 y 80 del Reglamento de Construcciones y Seguridad Estructural para el municipio de Tepic. TERCERO.-Se instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, para que realice la publicación de los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

EL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, , DEL ACUERDO PARA AUTORIZAR A DECLARAR EL PERÍODO DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL 2018 AL 4 DE ENERO DEL 2019, COMO DÍAS INHÁBILES PARA LOS EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 16 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.-Se determina declarar el período del día veinte de diciembre del dos mil dieciocho al cuatro de enero del dos mil diecinueve como días inhábiles, para efectos de cómputo de plazos, en la recepción e interposición de procedimientos administrativos en forma de juicio, solicitudes de acceso a la información y solicitudes de derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, así como resoluciones de los asuntos de su competencia tramitados ante el H.XLI Ayuntamiento de Tepic, Nayarit. SEGUNDO.- La aprobación del presente acuerdo no implica la suspensión de labores en las diversas oficinas que componen esta Administración Municipal. Así como tampoco en lo que atañe al buen funcionamiento de los servicios públicos municipales.

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TERCERO.-El presente acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación. CUARTO.- Infórmese al Órgano Garante de la Entidad para los efectos conducentes. QUINTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, el portal de internet del Ayuntamiento y en los estrados de las diversas áreas que componen esta administración municipal.

EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN

DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES AL HONORABLE CABILDO. MISMOS QUE SON PRESENTADOS DE MANERA IMPRESA PARA SU CONOCIMIENTO AL HONORABLE CABILDO, DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO INTERNO DE CABILDO Y TRABAJO EN COMISIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, MISMOS QUE SON LOS SIGUIENTES:

a).-La regidora Irma Leticia Sandoval Pasos, presenta el informe de actividades

correspondiente al mes de noviembre del 2018. b).-La Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez, presenta el informe de

actividades correspondiente al mes de noviembre del 2018. c).-La regidora María del Carmen Ávalos Delgado, presenta el informe de

actividades correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2018.

d).-El regidor Carlos Barrón Mayorquín, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de octubre y noviembre del 2018. EL SEPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, REFERENTE A LA

PRESENTACIÓN DEL INFORME SOBRE EL ESTADO QUE GUARDA EL MERCADO MORELOS. EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO INFORMA AL HONORABLE CABILDO SOBRE EL ESTADO QUE GUARDA LA OCUPACIÓN DEL MERCADO MORELOS A PARTIR DE QUE FUE INAUGURADO HACE 4 MESES, EL CUAL SE ENCUENTRA DISTRIBUIDO DE LA SIGUIENTE MANERA: EN LA PLANTA BAJA SE ASIGNARON 97 ESPACIOS, EN LA PLANTA ALTA SE ASIGNARON 70 ESPACIOS, DEL CUAL 6 PERSONAS SE ENCUENTRAN AMPARADAS Y 31 ESPACIOS SE ENCUENTRAN DISPONIBLES DE LOS CUALES 2 ESPACIOS ESTÁN RESERVADOS PARA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, POR EL CUAL SE INFORMA QUE YA FENECIERON LAS PRÓRROGAS QUE SE OTORGARON A LOS LOCATARIOS PARA SU OCUPACIÓN Y SE REQUIERE QUE SE TOME POR PARTE DE LOS INTEGRANTES DEL

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HONORABLE CABILDO EL PASO QUE SE VA A SEGUIR PARA LA OCUPACIÓN DE LOS LOCALES QUE SE ENCUENTRAN DESOCUPADOS.

EL OCTAVO SEGUNDO PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.

SESIÓN EXTRAORDINARIA En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 11:05 once horas con cinco minutos del día 15 de diciembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión extraordinaria de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (17) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y los regidores María del Carmen Ávalos Delgado, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Anel Zarina Cabrales Pérez, Lucio Carrillo Bañuelos, German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, María del Carmen Reyes Ramos, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Rodolfo Santillán Huerta, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (1) una inasistencia del regidor Marcos Ortega Ruiz.

Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de sesión ordinaria de fecha 13 de diciembre del 2018, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.- Pase de lista e instalación de la sesión. 2.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, del dictamen del

proyecto de iniciativa de la Ley de Ingresos para la municipalidad de Tepic, Nayarit, para el ejercicio fiscal del 2019.

3.-Clausura de la sesión. El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 16 votos a favor.

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ

QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN EXTRAORDINARIA.

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EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN DEL PROYECTO DE INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TEPIC, NAYARIT, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2019. MISMO QUE ES APROBADO POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 15 VOTOS A FAVOR Y 1 ABSTENCIÓN DE LA REGIDORA MARÍA DEL CARMEN REYES RAMOS; ASIMISMO SE PRESENTA LA INICIATIVA DE MANERA PARTICULAR DEL PROYECTO DE INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TEPIC, NAYARIT, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2019, APROBÁNDOSE POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 10 VOTOS A FAVOR Y 5 VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES MARÍA DEL CARMEN ÁVALOS DELGADO, GERMAN ENRIQUE MACEDO, MARÍA DEL CARMEN REYES RAMOS, IRMA LETICIA SANDOVAL PASOS Y NOELIA VALDEZ MARTÍNEZ Y 1 VOTO EN ABSTENCIÓN DE LA REGIDORA NADIA EDITH BERNAL JIMÉNEZ.

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.-Es procedente autorizar el Proyecto de iniciativa de ley de ingresos para la municipalidad de Tepic, Nayarit; para el ejercicio fiscal 2019. SEGUNDO.-Se instruye al Tesorero Municipal, Dr. Francisco Alberto Rivera Domínguez, para realizar las acciones para el trámite legislativo ante el H. Congreso del Estado de Nayarit y de resultar procedente su aprobación, sea objeto de turno al Titular del Ejecutivo Estatal para su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, para cumplir con las disposiciones aplicables para su publicidad e inicio de vigencia. TERCERO.-Se instruye al Secretario del Ayuntamiento publique los presentes puntos de acuerdo en la Gaceta Municipal Órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento de Constitucional de Tepic, Nayarit.

EL TERCER PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.

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SESIÓN EXTRAORDINARIA En la Ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, siendo las 15:45 quince horas con cuarenta y cinco minutos del día 29 de diciembre del 2018, el H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, da principio a la sesión extraordinaria de Cabildo. El Secretario del Ayuntamiento procede a realizar el pase de lista, registrándose la asistencia de (14) integrantes del Cabildo, encontrándose el Presidente Municipal Guadalupe Francisco Javier Castellón Fonseca, la Síndica Municipal Raquel Mota Rodríguez y los regidores María del Carmen Ávalos Delgado, Carlos Barrón Mayorquín, Nadia Edith Bernal Jiménez, Anel Zarina Cabrales Pérez, Lucio Carrillo Bañuelos, Aristeo Preciado Mayorga, Gloria Noemí Ramírez Bucio, Hazael Rivera Barajas, Irma Leticia Sandoval Pasos, Rodolfo Santillán Huerta, Noelia Valdez Martínez y José Antonio Valenzuela Betancourt y (4) cuatro inasistencias justificadas de los regidores German Enrique Macedo, Brenda Samantha Navarro Alaníz, Marcos Ortega Ruiz y María del Carmen Reyes Ramos.

Una vez comprobada la existencia del quórum, el Presidente Municipal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, declara legalmente instalada la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomen, asimismo habiéndose leído y circulada para su firma el acta de sesión extraordinaria de fecha 15 de diciembre del 2018, siendo aprobada por unanimidad de los presentes, para lo cual se pone a consideración el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1.-Pase de lista e instalación de la sesión. 2.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, del dictamen

relativo a la autorización del Presupuesto de Egresos para la municipalidad de Tepic, para el ejercicio fiscal 2019.

3.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, del dictamen

relativo a la solicitud para autorizar el programa de facilidades administrativas y estímulos fiscales en materia de contribuciones para el ejercicio fiscal 2019.

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4.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, de la solicitud de

propuesta para que se autorice la frase: “Cero Tolerancia contra la Violencia”, para el cumplimiento de los resolutivos Primero y Segundo de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Nayarit, que emite la Secretaría de Gobernación.

5.-Presentación para su consideración y aprobación en su caso, del dictamen

relativo a la autorización del acuerdo para la asignación de los gastos de representación, para el ejercicio fiscal 2019.

6.-Presentación para la discusión y aprobación en su caso, de la solicitud para

autorizar la constitución del fondo de ahorro para los integrantes del Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit.

7.-Presentanción del Primer Informe de labores del Presidente de la Comisión

Municipal de Derecho Humanos de Tepic. 8.-Informe Mensual de actividades de las Comisiones al Honorable Cabildo.

a).-El regidor Hazael Rivera Barajas, presenta el informe de actividades correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2018.

b).-La regidora Gloria Noemí Ramírez Bucio, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2018.

9.-Clausura de la sesión.

El orden del día, es aprobado por Unanimidad de los presentes, con 14 votos a favor.

EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, SE INFORMA QUE UNA VEZ

QUE SE HA REALIZADO EL PASE DE LISTA DE ASISTENCIA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA, SE TIENE POR DESAHOGADO Y SE DECLARA VERIFICADA LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTA SESIÓN EXTRAORDINARIA.

EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TEPIC, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 14 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

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PUNTOS DE ACUERDO PRIMERO.-Se autoriza en lo general y en lo particular el Presupuesto de Egresos para la Municipalidad de Tepic, Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2019. SEGUNDO.- Se autoriza el clasificador por Objeto del Gasto que deberá regir en el Ejercicio Fiscal 2019. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, al C. Rene Alonso Herrera Jiménez, para que: a) En el acta que se levante se asienten las cifras que por cada programa y ramo se hayan autorizado; b) Se publique en la Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit y en la página web del Ayuntamiento a más tardar el 31 de diciembre del presente año; y c) Por su conducto se remita una copia autorizada del Presupuesto de Egresos con todos sus anexos al H. Congreso del Estado por conducto de la Auditoría Superior del Estado, para su registro, en los primeros quince días del mes de enero de 2019. PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TEPIC, NAYARIT, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2019

I.- CLASIFICADO POR OBJETO DEL GASTO

DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2019 (CIFRAS EN PESOS)

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II.- CLASIFICACION ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO

DE EGRESOS 2019

(CIFRAS EN PESOS)

DESCRIPCION IMPORTE

10000 Servicios Personales 815,896,390.59

11000 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE 329,752,513.03

13000 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 160,685,852.44

15000 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS 224,401,982.55

12000 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO 46,598,085.02

17000 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS 8,830,181.02

14000 SEGURIDAD SOCIAL 38,211,518.21

16000 PREVISIONES 7,416,258.32

20000 Materiales y Suministros 58,990,026.66

21000 MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES3,391,080.00

22000 ALIMENTOS Y UTENSILIOS 347,136.00

23000 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION 142,092.00

24000 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION 7,350,468.00

25000 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO 297,720.00

26000 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 42,153,733.46

27000 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS 695,736.00

28000 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD 43,056.00

29000 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES 4,569,005.20

30000 Servicios Generales 115,869,076.56

31000 SERVICIOS BASICOS 49,328,812.00

32000 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 11,379,857.00

33000 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS 12,201,612.00

34000 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 3,917,502.00

35000 SERVICIO DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION 949,167.00

36000 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD 1,843,391.00

37000 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS 611,105.00

38000 SERVICIOS OFICIALES 11,306,878.00

39000 OTROS SERVICIOS GENERALES 24,330,752.56

40000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 176,826,435.90

43000 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES 35,000,000.00

44000 AYUDAS SOCIALES 6,764,737.75

45000 PENSIONES Y JUBILACIONES 135,061,698.15

50000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 2,283,571.83

51000 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 1,376,947.00

52000 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO 298,260.00

53000 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 3,000.00

54000 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE 347,954.00

56000 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 161,808.00

59000 ACTIVOS INTANGIBLES 95,602.83

60000 Inversión Pública 62,960,211.00

61000 OBRA PUBLICA EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO 62,960,211.00

80000 Participaciones y Aportaciones 5,000,000.00

85000 CONVENIOS 5,000,000.00

90000 Deuda Pública 121,187,226.99

91000 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA 103,738,239.16

92000 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 13,248,987.83

99000 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) 4,200,000.00Total general 1,359,012,939.53

Toral de Presupuesto SIAPA Tepic : 293,471,363.62

Total del Presupuesto Municipio de Tepic : 1,652,484,303.15

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III.- CLASIFICACION POR TIPO DE GASTO DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS 2019 (CIFRAS EN PESOS)

IV.- CLASIFICACION FUNCIONAL DEL GASTO DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS 2019

(CIFRAS EN PESOS)

SINDICATURA 3,268,995.16

COMISIONES A CABILDO 28,591,258.02

OFICINA DE LA PRESIDENCIA 21,235,780.82

OFICINA EJECUTIVA DEL GABINETE 3,115,310.76

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO 43,554,138.11

TESORERIA MUNICIPAL 684,557,603.17

DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD 53,391,337.12

DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES 112,256,200.21

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA 22,900,802.92

DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 224,716,449.41

DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL 93,696,569.95

CONTRALORIA MUNICIPAL 7,272,524.90

COMISION DE DERECHOS HUMANOS 2,106,287.39

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS 58,349,679.59

FONDOS FEDERALES 2.00

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

DEPENDENCIAS TOTAL

GASTO CORRIENTE 1,037,520,231.56

GASTO DE CAPITAL 65,243,782.83

AMORTIZACION DE LA DEUDA Y DISMINUCION DE PASIVOS 121,187,226.99

PENSIONES Y JUBILACIONES 135,061,698.15

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

DESCRIPCION IMPORTE

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V.- GASTO POR CATEGORIA PROGRAMATICA DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS 2019

(CIFRAS EN PESOS)

VI.- DISTRIBUCION GEOGRAFICA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2019

(CIFRAS EN PESOS)

1100 LEGISLACION 111,871,493.42

1111 LEGISLACION 111,871,493.42

1200 JUSTICIA 3,197,651.40

1241 DERECHOS HUMANOS 3,197,651.40

1300 COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO 63,679,210.13

1311 PRESIDENCIA/GOBERNATURA 3,115,310.76

1321 POLITICA INTERIOR 14,795,252.35

1331 PRESERVACION Y CUIDADO DEL PATRIMONIO PUBLICO 36,985,783.86

1351 ASUNTOS JURIDICOS 8,782,863.16

1500 ASUNTOS FINANCIEROS DE LA POLITICA DE GOBIERNO 595,238,475.13

1511 ASUNTOS FINANCIEROS 595,238,475.13

1700 ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR 137,145,029.67

1711 POLICIA 114,086,433.23

1721 PROTECCION CIVIL 3,915,456.53

1731 OTROS ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y SEGURIDAD 19,143,139.91

1800 OTROS SERVICIO GENERALES 44,063,962.50

1811 SERVICIOS REGISTRALES, ADMINISTRATIVOS Y PATRIMONIALES 38,217,217.43

1831 SERVICIO DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS 5,846,745.07

2100 PROTECCION AMBIENTAL 145,464,358.46

2111 ORDENACION DE DESECHOS 117,130,388.47

2121 ADMINISTRACION DE AGUA 22,665,675.60

2161 OTROS DE PROTECCION AMBIENTAL 5,668,294.39

2200 VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD 186,881,023.65

2211 URBANIZACION 23,643,045.15

2221 DESARROLLO COMUNITARIO 7,028,775.81

2231 ABASTECIMIENTO DE AGUA 22,665,675.60

2241 ALUMBRADO PUBLICO 16,391,150.10

2251 VIVIENDA 2,014,726.72

2261 SERVICIOS COMUNALES 110,870,975.06

2271 DESARROLLO REGIONAL 4,266,675.21

2300 SALUD 22,299,647.21

2321 PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD A LA PERSONA 22,299,647.21

2400 RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES 28,054,966.70

2411 DEPORTE Y RECREACION 8,675,382.06

2421 CULTURA 19,379,584.64

2600 PROTECCION SOCIAL 3,858,987.05

2661 APOYO SOCIAL PARA LA VIVIENDA 3,858,987.05

2700 OTROS ASUNTOS SOCIALES 4,569,307.67

2711 OTROS ASUNTOS SOCIALES 4,569,307.67

3700 TURISMO 8,729,139.78

3711 TURISMO 8,729,139.78

3800 CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION 3,959,686.76

3841 INNOVACION 3,959,686.76

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

DESCRIPCION IMPORTE

PROGRAMA

BIENESTAR SOCIAL 365,121,493.64

DESARROLLO ECONOMICO 26,461,366.33

DESARROLLO ECOLOGICO Y TERRITORIAL 22,900,803.92

PROTECCION Y SEGURIDAD CIUDADANA 139,251,317.06

INNOVACION Y BUEN GOBIERNO 805,277,958.58

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

CONCEPTO IMPORTE

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VII.- PROGRAMAS Y PROYECTOS EN EL PRESUPUESTO DE

EGRESOS

ALCANCE MUNICIPAL 308,587,327.87

URBANA 1,050,425,611.66

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

DESCRIPCION IMPORTE

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A00100 CABILDO 31,860,253.18

Sindicatura 3,268,995.16

Gobierno Municipal 28,591,258.02

A00200 OFICINA DE LA PRESIDENCIA 21,235,780.82

Acercamiento a la Ciudadanía 15,389,035.75

Comunicación Social 5,846,745.07

A00400 OFICINA EJECUTIVA DEL GABINETE 3,115,310.76

Coordinación de Administración Pública 3,115,310.76

B00200 SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO 43,554,138.11

Secretaría del Ayuntamiento 10,170,028.48

Dirección de Gobierno 4,625,223.87

Registro Civil 16,060,566.07

Protección a la Ciudadanía 3,915,456.53

Atención de los Asuntos Jurídicos del Ayuntamiento 8,782,863.16

C00300 TESORERIA MUNICIPAL 684,557,603.17

Administración de la Hacienda Municipal 73,327,896.13

Captación de Ingresos y el Registro Contable y Presupuestal de los Ingresos 21,628,433.69

Direccion de Programacion 6,588,771.95

Administración de los Recursos Financieros y del Registro Contable y Presupuestal 117,606,702.01

Administración de los Recursos Materiales y Servicios Generales 48,014,476.42

Administración de los Recursos Humanos 66,118,227.91

Pensionados y Jubilados 31,960,612.93

Interinos 29,857,667.03

Administración de Sistemas y Uso de Tecnología 3,959,686.76

Administrar el Padrón de Inmobiliario y la Captación de los Impuestos Municipales y Derechos Catastrales 22,156,651.36

FONDO IV 263,338,476.98

D00400 DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD 53,391,337.12

Administrar la Seguridad Publica y Vial del Municipio 19,143,139.91

Seguridad Vial 20,245,258.13

Seguridad Pública Municipal 14,002,939.08

E00500 DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS MUNICIPALES 112,256,200.21

Administración de la Obra Pública Municipal 12,310,206.35

Conservación y Mantenimiento de los Bienes Municipales 25,760,016.85

Obra Pública Municipal 11,225,767.01

FONDO III 62,960,210.00

F00600 DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA 22,900,802.92

Administración del Desarrollo Urbano 10,203,732.72

Desarrollo Urbano 7,028,775.81

Medio Ambiente 5,668,294.39

G00700 DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 224,716,449.41

Administrar los Servicios Públicos Municipales 2,283,701.88

Mercados 9,789,597.12

Panteones 5,041,282.86

Rastro Municipal 16,356,082.70

Alumbrado Público 15,509,707.16

Aseo Público 117,130,388.47

Parques y Jardines 58,605,689.22

H00800 DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL 93,696,569.95

Administración de las Acciones de Bienes Social del Municipio 6,138,871.83

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD 1,222,059.15

INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE 8,675,382.06

INSTITUTO DE ARTE Y CULTURA 19,379,584.64

INSTITUTO DE LA MUJER 4,569,307.67

INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA 3,858,987.05

CONSEJO MUNICIPAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 1,091,364.01

Servicios de Salud Municipal 22,299,647.21

Desarrollo Social 13,465,551.34

Desarrollo Económico y Turismo 8,729,139.78

Desarrollo Rural 4,266,675.21

I00900 CONTRALORIA MUNICIPAL 7,272,524.90

Contraloría, Desarrollo Administrativo 7,272,524.90

J00100 COMISION DE DERECHOS HUMANOS 2,106,287.39

Comisión de Derechos Humanos 2,106,287.39

K00200 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS 58,349,679.59

Comisionados al DIF 23,349,679.59

Subsidios al DIF 22,000,000.00

Subsidios al IMPLAN 12,000,000.00

Subsidios a SIAPA 1,000,000.00

K00300 Fondos Federales 2.00

FORTASEG 1.00

Fortalecimiento Financiero 1.00

Total del Presupuesto : 1,359,012,939.53

PROYECTOS TOTAL

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VII.- ANALITICO DE PLAZAS

CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

1000 SERVICIO PERSONALES 815,896,390.59

1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE 329,752,513.03

1110 1 DIETAS 2,256,000.00

1 SINDICO 12,000.00 12,000.00 144,000.00

16 REGIDOR 11,000.00 176,000.00 2,112,000.00

1130 1-2 SUELDO AL PERSONAL ADMINISTRATIVO 321,773,750.00

A00101 SINDICATURA MUNICIPAL2 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.68

1 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.403 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 19,344.00 232,128.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 5,020.00 60,240.00

A00102 COMISIONES DE CABILDO2 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.681 AYUD. OP. SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.126 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 61,873.56 742,482.721 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENCARGADO DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 123,747.121 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.402 MECANOGRAFIA 8,222.75 16,445.50 197,346.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.008 AUXILIAR "B" 7,177.99 57,423.92 689,087.041 ASESOR "A" 7,065.20 7,065.20 84,782.401 ASISTENTE C 4,156.00 4,156.00 49,872.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO "D" 3,010.00 3,010.00 36,120.005 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 12,550.00 150,600.007 AUX. ADMNINISTRATIVO E 2,250.00 15,750.00 189,000.00

A00202 DESPACHO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL

1 PRESIDENTE MUNICIPAL 14,560.00 14,560.00 174,720.00A00202 OFICINA DE LA PRESIDENCIA

2 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.802 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.003 AUXILIAR "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 DIRECCION GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.00

A00202 DEPARTAMENTO DE ATENCION CIUDADANA

1 VELADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.922 AUXILIAR B 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.0015 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 45,150.00 541,800.00

A00202 DEPARTAMENTO DE LOGISTICA

1 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.005 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 11,250.00 135,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

A00202 DEPARTAMENTO DE ACCION CIVICA

2 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUX. ADMINISRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.003 AUXILIAR "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.003 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 6,150.00 73,800.00

A00303 COMUNICACIÓN SOCIAL

1 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.402 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.001 AUXILIAR B 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.002 ENLACE 3,900.00 7,800.00 93,600.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.007 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 21,070.00 252,840.009 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 20,250.00 243,000.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

A00405 OFICINA EJECUTIVA DEL GABINETE

1 DIRECCION GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR DE ASESORES 10,800.00 10,800.00 129,600.001 ASESOR "B" 7,124.84 7,124.84 85,498.083 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 19,344.00 232,128.001 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.008 ASESOR 4,300.00 34,400.00 412,800.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

B00201 SECRETARIA DE AYUNTAMIENTO

1 ENC. DE CABILDO 15,306.57 15,306.57 183,678.843 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 30,936.78 371,241.361 ENC. DE RECLUTAM 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AYUD. OPER. SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.003 AUXILIAR "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 COORDINACION 5,200.00 5,200.00 62,400.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.002 LAB. VARIAS A (LAUDO) 1,662.46 3,324.92 39,899.04

B00201 DEPARTAMENTO DE FUNDO MUNICIPAL

4 PROFESIONALES 15,306.57 61,226.28 734,715.361 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.00

B00201 DIRECCION DE GOBIERNO

1 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ASISTENTE DE DIRECCION 2,200.00 2,200.00 26,400.00

B00201 DEPARTAMENTO DE COMITES DE ACCION CIUDADANA

1 ENC. DE ARCHIVO 10,312.66 10,312.66 123,751.925 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 51,561.30 618,735.602 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.802 MECANOGRAFA 8,222.75 16,445.50 197,346.001 BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.884 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINADOR "A" (LAUDO) 5,829.42 5,829.42 69,953.043 COORDINACION 5,200.00 15,600.00 187,200.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.005 DELEGADO MUNICIPAL 3,010.00 15,050.00 180,600.0016 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 40,160.00 481,920.008 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 16,800.00 201,600.00

B00203 DIRECCION DE REGISTRO CIVIL

1 ENC.OPER.SIST.COMPUTO 15,306.57 15,306.57 183,678.843 PROFESIONAL 15,306.57 45,919.71 551,036.523 OF. REG. CIVIL "A" 15,306.57 45,919.71 551,036.521 ENCARGADA DE INVERSION PUBLICA(R-33)15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.121 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.122 OFICIAL DE REG. CIVIL 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE DEFUNCIONES 10,312.26 10,312.26 123,747.1216 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 164,996.16 1,979,953.921 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.802 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 17,281.32 207,375.844 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 32,891.00 394,692.002 BARRENDERO 7,177.99 14,355.98 172,271.762 CONSERJE 7,177.99 14,355.98 172,271.763 AUXILIAR "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.001 AUX. TÉCNICO "A" (POR LAUDO) 2,971.54 2,971.54 35,658.484 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 10,040.00 120,480.007 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 15,750.00 189,000.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

B00204 DIRECCION DE PROTECCION CIVIL

1 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.002 COORDINACIÓN 5,200.00 10,400.00 124,800.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.004 AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 3,010.00 12,040.00 144,480.004 AUXILIAR ADMINISTRATIVO F 2,510.00 10,040.00 120,480.0010 BOMBERO 2,250.00 22,500.00 270,000.003 PARAMÉDICO 2,250.00 6,750.00 81,000.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

B00205 CONSEJERIA JURIDICA

7 PROFESIONAL 15,306.57 107,145.99 1,285,751.882 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 AUX. JURIDICO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.406 AUXILIAR "B" 7,177.99 43,067.94 516,815.281 DIRECCION GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.003 DIRECCIÓN 9,568.00 28,704.00 344,448.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 COORDINACIÓN 5,200.00 10,400.00 124,800.001 ASISTENTE C (LAUDO) 4,675.50 4,675.50 56,106.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.001 AUX. ADMINISTRATICO D 3,010.00 3,010.00 36,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

C00301 TESORERIA MUNICIPAL

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.842 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.881 TESORERO MUNICIPAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 LAUDO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.00

C00302 DIRECCION DE INGRESOS

4 PROFESIONAL 15,306.57 61,226.28 734,715.361 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CAJERA GENERAL 10,312.26 10,312.26 123,747.121 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.403 AUXILIAR "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.001 ENLACE 3,900.00 3,900.00 46,800.001 AUX. ADMVO. A (LAUDO) 2,612.44 2,612.44 31,349.281 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.001 LABORES VARIAS B (LAUDO) 1,543.72 1,543.72 18,524.64

C00302 DEPARTAMENTO DE COBRO DE MULTAS E IMPUESTOS

1 ENC. DE MULTAS FEDERALES 15,306.57 15,306.57 183,678.841 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.801 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.001 NOTIFICADOR 8,222.75 8,222.75 98,673.005 AUXILIAR "B" 7,177.99 35,889.95 430,679.401 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

C00302 DEPARTAMENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 MECANICO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 20,624.52 247,494.242 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.804 INSPECTORES 9,476.45 37,905.80 454,869.601 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.921 MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.0013 AUXILIAR "B" 7,177.99 93,313.87 1,119,766.441 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 7,914.10 7,914.10 94,969.201 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.002 COORDINACIÓN 5,200.00 10,400.00 124,800.001 ASISTENTE C (LAUDO) 4,318.08 4,318.08 51,816.966 FISCALES (3 DE LAUDO) 4,203.64 25,221.84 302,662.081 AUX. ADMVO. A 2,612.44 2,612.44 31,349.281 AUX. ADMVO. C (LAUDO) 2,285.80 2,285.80 27,429.605 FISCALES A 2,250.00 11,250.00 135,000.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

C00303 DIRECCION DE PROGRAMACION

1 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.00

C00304 DIRECCION DE EGRESOS

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 COORDINACION 5,200.00 5,200.00 62,400.00

C00304 DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

6 PROFESIONAL 15,306.57 91,839.42 1,102,073.043 ENC. D'ORD. D'PAGO 10,312.26 30,936.78 371,241.361 ENC.ADMON.ING/EGRESO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENCARGADO DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUXILIAR B 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.00

C00304 DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL

2 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.681 ENC.OPER.SIST.COMPUTO 15,306.57 15,306.57 183,678.841 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.00

C00304 DEPARTAMENTO DE INVERSION PUBLICA

1 ENC. DE INVERSION PUBLICA (RAMO-33) 15,306.57 15,306.57 183,678.841 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.842 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 20,624.52 247,494.241 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.122 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.00

C00305 DIRECCION DE ADMINISTRACION

1 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.12

1 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.12

1 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.40

1 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.00

1 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.88

1 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.00

1 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.00

2 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.00

3 SUPERVISORES 3,010.00 9,030.00 108,360.00

1 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.00

2 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.00

2 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 4,100.00 49,200.00C00305 DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

4 PROFESIONAL 15,306.57 61,226.28 734,715.36

1 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. D'ORD. D'PAGO 10,312.26 20,624.52 247,494.242 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 20,624.52 247,494.24

1 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.001 MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.002 AUXILIAR B 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.001 AUX. ADMVO. "A" ( POR LAUDO) 2,612.44 2,612.44 31,349.283 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 6,750.00 81,000.00

C00305 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES

1 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.123 ELECTRICISTA 10,312.26 30,936.78 371,241.361 ENC. DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 123,747.121 OP. DE MAQUINARIA PESADA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 20,624.52 247,494.242 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 18,952.90 227,434.801 ENC. T. DE ROTULACIÓN 9,476.45 9,476.45 113,717.403 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 24,668.25 296,019.0018 CONSERJE 7,177.99 129,203.82 1,550,445.842 CAJONERO 7,177.99 14,355.98 172,271.767 AUXILIAR "B" 7,177.99 50,245.93 602,951.1617 BARRENDERO 7,177.99 122,025.83 1,464,309.961 AYU. DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AUXILIAR DE MERCADO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 SUERVISOR A ( POR LAUDO ) 5,397.60 5,397.60 64,771.201 COORDINACION 5,200.00 5,200.00 62,400.001 ENLACE 3,900.00 3,900.00 46,800.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.002 ADMINISTRATIVO C ( POR LAUDO) 3,324.92 6,649.84 79,798.081 AUX. TECNICO C ( POR LAUDO) 2,849.94 2,849.94 34,199.2861 BRIGADISTA 2,840.00 173,240.00 2,078,880.001 ACTIVIDADES VARIAS 3 2,690.00 2,690.00 32,280.003 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 6,750.00 81,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.0021 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 43,050.00 516,600.001 LAB. VARIAS A ( POR LAUDO ) 1,662.46 1,662.46 19,949.52

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

C00305 DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO VEHICULAR

1 ENC.OPER. SIST.COMPUTO 15,306.57 15,306.57 183,678.8317 MECANICOS 10,312.26 175,308.45 2,103,701.451 ENC. DE ORDEN DE PAGO 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 123,747.143 SOLDADOR 10,312.26 30,936.79 371,241.431 ELÉCTRICO AUTOMOTRIZ 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE TALLER 9,476.45 9,476.45 113,717.391 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.391 AUX. DE ALMACENISTA 8,640.66 8,640.66 103,687.882 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.004 MECÁNICO "B" 8,222.75 32,891.00 394,692.001 LUBRICADOR 7,595.88 7,595.88 91,150.561 CAJONERO 7,177.99 7,177.99 86,135.931 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.931 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.931 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 ADMINISTRATIVO "A" ( POR LAUDO ) 3,562.42 3,562.42 42,749.044 JEFE DE OFICINA 3,500.00 14,000.00 168,000.004 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 10,040.00 120,480.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.004 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 8,200.00 98,400.00

C00305 DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ACTIVOS

4 PROFESIONAL 15,306.57 61,226.28 734,715.301 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 10,312.26 123,747.141 BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 86,135.932 AUXILIAR B 7,177.99 14,355.99 172,271.851 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.00

C00306 DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

3 PROFESIONAL 15,306.57 45,919.71 551,036.482 OPERADOR DE NOMINA 15,306.57 30,613.14 367,357.6514 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 144,371.67 1,732,460.023 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 30,936.79 371,241.431 ENC. DE FONACOT 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE ESTADÍSTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.141 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.393 CHOFER 9,476.45 28,429.35 341,152.161 ENC. DEL I.M.M.S. 8,222.75 8,222.75 98,673.001 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 COORDINACION DE NOMINA 5,200.00 5,200.00 62,400.001 COORDINACION JURIDICA 5,200.00 5,200.00 62,400.002 JEFE DE OFICINA ( AREA DIRECCION ) 3,500.00 7,000.00 84,000.001 JEFE DE OFICINA ( AREA SEGUROS ) 3,500.00 3,500.00 42,000.004 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 12,040.00 144,480.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 LAB. GENERALES "C" ( POR LAUDO) 1,899.96 1,899.96 22,799.52

C00306 INTERINOS

3 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 25,921.97 311,063.631 AUXILIAR DE CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.881 ENC. DEL I.M.M.S. 8,222.75 8,222.75 98,673.002 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.001 AYUD.DE ALBAÑIL 7,178.62 7,178.62 86,143.413 AUXILIAR DE ALBAÑIL 7,177.99 21,533.98 258,407.7843 AUXILIAR "B" 7,177.99 308,653.74 3,703,844.8228 CAJONERO 7,177.99 200,983.83 2,411,805.9326 JARDINERO 7,177.99 186,627.84 2,239,534.081 AYUDANTE DE ELECTRICISTA 7,177.99 7,177.99 86,135.932 MOZO 7,177.99 14,355.99 172,271.855 CONSERJE 7,177.99 35,889.97 430,679.638 ASEADOR 7,177.99 57,423.95 689,087.4117 BARRENDERO 7,177.99 122,025.90 1,464,310.74

C00307 DIRECCION DE INNOVACION GUBERNAMENTAL

2 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.651 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.142 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.99 172,271.851 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.005 JEFE DE OFICINA 3,500.00 17,500.00 210,000.001 ASISTENTE DE DIRECCIÓN 2,200.00 2,200.00 26,400.004 COORDINACIÓN 5,200.00 20,800.00 249,600.008 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 24,080.00 288,960.003 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 6,750.00 81,000.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

C00308 DIRECCION DE CATASTRO E IMPTO PREDIAL

2 ENC.OPER.SIST.COMPUTO 15,306.57 30,613.14 367,357.656 ENC. DE DOC. CATASTRALES 15,306.57 91,839.41 1,102,072.952 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.651 AUX. JURIDICO 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.141 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.144 CAPTURISTA CATASTRAL 10,312.26 41,249.05 494,988.587 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 72,185.83 866,230.011 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.142 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 20,624.52 247,494.297 VALUADOR CATASTRAL 10,312.26 72,185.83 866,230.011 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.391 VALUADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.882 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.0029 AUXILIAR "B" 7,177.99 208,161.82 2,497,941.861 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.003 COORDINACIÓN 5,200.00 15,600.00 187,200.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.002 AUX. ADMNISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.002 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 4,100.00 49,200.001 LAB.VARIAS A ( POR LAUDO) 1,662.46 1,662.46 19,949.52

D00401 DIRECCION DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.838 MEDICO LEGISTA 12,482.55 99,860.37 1,198,324.422 TRABAJADORAS SOCIAL 10,312.26 20,624.52 247,494.291 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.142 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.291 INSPECTOR 9,476.45 9,476.45 113,717.391 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 9,476.45 113,717.391 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.881 CHOFER 8,222.75 8,222.75 98,673.001 OFICIAL ADMINISTRA 8,222.75 8,222.75 98,673.002 CONSERJE 7,177.99 14,355.99 172,271.853 PELUQUERO 7,177.99 21,533.98 258,407.787 AUXILIAR "B" 7,177.99 50,245.96 602,951.482 BARRENDERO 7,177.99 14,355.99 172,271.851 COMISARIO 11,024.00 11,024.00 132,288.00

D00401 DIRECCION DE SERVICIOS ESPECIALES

1 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.00

108 POLICIA AUXILIAR 4,567.50 493,290.00 5,919,480.00D00401 JEFE DE DEPARTAMENTO DE PREVENCION DEL DELITO

3 TRABAJADORA SOCIAL 8,409.66 25,228.98 302,747.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.008 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 24,080.00 288,960.006 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 13,500.00 162,000.00

D00401 JEFE DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION

1 JUEZ CALIFICADOR Y LIBERACIONES 5,402.80 5,402.80 64,833.601 ASESOR "A" (POR LAUDO) 7,340.74 7,340.74 88,088.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.003 COORDINACIÓN 5,200.00 15,600.00 187,200.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO D (SUBSEMUN) 3,010.00 3,010.00 36,120.003 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 6,750.00 81,000.00

D00402 DIRECCION DE POLICIA VIAL

1 SUB-OFICIAL 20,576.88 20,576.88 246,922.564 POLICIA PRIMERO 16,866.30 67,465.20 809,582.409 POLICIA SEGUNDO 13,824.82 124,423.38 1,493,080.5628 POLICIA TERCERO 11,331.82 317,290.96 3,807,491.521 DIRECCION 9,568.00 9,568.00 114,816.0081 POLICIA 9,288.38 752,358.78 9,028,305.36

D00403 DIRECCION DE POLICIA PREVENTIVA

3 SUB-OFICIAL 20,576.88 61,730.64 740,767.6810 POLICIA PRIMERO 16,866.30 168,663.00 2,023,956.0033 POLICIA SEGUNDO 13,824.82 456,219.06 5,474,628.721 POLICIA TERCERCO JUR 13,711.52 13,711.52 164,538.241 POLICIA TERCERO JUA 12,465.02 12,465.02 149,580.2497 POLICIA TERCERO 11,331.82 1,099,186.54 13,190,238.489 POLICIA UR 11,238.94 101,150.46 1,213,805.521 OFICIAL 10,400.00 10,400.00 124,800.004 POLICIA UA 10,217.22 40,868.88 490,426.56

288 POLICIA 9,288.38 2,675,053.44 32,100,641.282 POLICIA ( POR LAUDO) 8,966.90 17,933.80 215,205.60

E00501 DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS

1 OPERADOR DE MAQUINA PESADA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AYUDANTE DE TOPOGRAFIA 7,177.99 7,177.99 86,135.881 ACTIVIDADES VARIAS 3 3,762.22 3,762.22 45,146.641 DIRECTOR GENERAL 11,670.05 11,670.05 140,040.601 COORDINADOR OPERATIVO 7,740.55 7,740.55 92,886.605 OPERATIVO 5 3,054.66 15,273.30 183,279.6011 OPERATIVO 4 3,002.71 33,029.81 396,357.722 OPERATIVO 3 2,950.76 5,901.52 70,818.2432 OPERATIVO 2 2,898.81 92,761.92 1,113,143.045 ACTIVIDADES VARIAS 4 2,846.86 14,234.30 170,811.602 ACTIVIDADES VARIAS 2,129.95 4,259.90 51,118.80

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

E00501 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

1 MECANICO 10,312.26 10,312.26 123,747.124 SECRETARIA 10,312.26 41,249.04 494,988.481 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.121 OPERADOR DE MAQUINA PESADA 9,925.17 9,925.17 119,102.041 ARCHIVISTA 9,476.45 9,476.45 113,717.403 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 28,429.35 341,152.201 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 VELADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.921 DIBUJANTE 8,316.32 8,316.32 99,795.842 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.002 CONSERJE 7,177.99 14,355.98 172,271.764 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 COORDINACION 5,200.00 10,400.00 124,800.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.00

E00502 DIRECCION DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO

3 PROFESIONAL 15,306.57 45,919.71 551,036.521 ELECTRICISTA 10,312.26 10,312.26 123,747.1224 OPER. DE MAQ. PESADA 10,312.26 247,494.24 2,969,930.882 ENC. DE ALMACEN 10,312.26 20,624.52 247,494.241 AYUD.OP.SIST.DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 TRABAJADORA SOCIAL 9,925.17 9,925.17 119,102.044 CHOFER 9,476.45 37,905.80 454,869.602 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 18,952.90 227,434.809 OFICIAL D'ALBAÑIL 8,640.66 77,765.94 933,191.282 AYUD. DE DESASOLVE 8,640.66 17,281.32 207,375.842 TOPOGRAFO 8,640.66 17,281.32 207,375.841 AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,914.10 7,914.10 94,969.201 SOBRESTANTE 7,595.88 7,595.88 91,150.563 AYUD. DE TOPOGRAFIA 7,177.99 21,533.97 258,407.641 AYUD. DE ELECTRICISTA 7,177.99 7,177.99 86,135.8823 AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,177.99 165,093.77 1,981,125.241 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.0022 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 45,100.00 541,200.00

E00503 DIRECCION DE CONSTRUCCION

1 ENC.OPER.SIST.COMPUTO 15,306.57 15,306.57 183,678.842 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.684 CHOFER 9,476.45 37,905.80 454,869.601 ENC. DE TALLER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 INSPECTOR 9,476.45 9,476.45 113,717.401 MECANICO "B" 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIARES 7,595.88 7,595.88 91,150.561 AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.884 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFATURA DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 COORDINADOR A ( POR LAUDO ) 5,829.42 5,829.42 69,953.044 COORDINACIÓN 5,200.00 20,800.00 249,600.001 PROMOTOR C 4,274.90 4,274.90 51,298.804 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 12,040.00 144,480.008 SUPERVISORES 3,010.00 24,080.00 288,960.001 AUXILIAR TEC. C (POR LAUDO) 2,849.94 2,849.94 34,199.282 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ASISTENTE DE DIRECTOR 2,200.00 2,200.00 26,400.00

F00601 DIRECCION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.843 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 30,936.78 371,241.361 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE DOC. OFICIALES 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.801 INSPECTOR 9,476.45 9,476.45 113,717.401 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 9,476.45 113,717.403 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 25,921.98 311,063.761 DIBUJANTE 8,640.66 8,640.66 103,687.922 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.002 CONSERJES 7,177.99 14,355.98 172,271.761 MOZO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AYUDANTE ELECTRICISTA 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.887 AUXILIAR B 7,177.99 50,245.93 602,951.162 BARRENDERO 7,177.99 14,355.98 172,271.761 DIRECTOR GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 ENLACE 3,900.00 3,900.00 46,800.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.002 OPERATIVO 3 2,840.00 5,680.00 68,160.003 ACTIVIDADES VARIAS 4 2,740.00 8,220.00 98,640.004 ACTIVIDADES VARIAS 1 2,540.00 10,160.00 121,920.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

F00601 COORDINACION DE ADMINISTRACION

1 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.122 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.00

F00602 DIRECCION DE DESARROLLO URBANO

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC.T. DE ROTULACIÓN 9,476.45 9,476.45 113,717.403 INSPECTORES 9,476.45 28,429.35 341,152.201 MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.002 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.005 JEFE DE OFICINA 3,500.00 17,500.00 210,000.001 AUX. TECNICO A 3,087.44 3,087.44 37,049.281 TECNICO OPER. A 4,037.40 4,037.40 48,448.804 PÉRITOS 3,035.00 12,140.00 145,680.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,337.76 2,337.76 28,053.121 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 7,914.10 7,914.10 94,969.201 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.00

F00602 COORDINACION DE CONTROL Y SEGUIMIENTO

1 ENCARGADA DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 INSPECTOR 9,476.45 9,476.45 113,717.401 MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.002 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 CAJONERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AUXILIAR NOMENCLATURA 7,177.99 7,177.99 86,135.881 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.00

F00603 DIRECCION DE ECOLOGIA Y PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE

4 PROFESIONAL 15,306.57 61,226.28 734,715.366 AUXILIAR "B" 7,177.99 43,067.94 516,815.281 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 COORDINACION 5,200.00 5,200.00 62,400.001 FISCAL ( POR LAUDO) 4,203.64 4,203.64 50,443.681 ASISTENTE "C" ( POR LAUDO ) 4,156.00 4,156.00 49,872.003 ADMINISTRATIVO A 3,562.42 10,687.26 128,247.123 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.005 INSPECTORES AMBIENTALES 3,010.00 15,050.00 180,600.001 AUX. TECNICO B ( POR LAUDO ) 2,968.70 2,968.70 35,624.401 AUX. ADMVO. C ( POR LAUDO ) 2,374.94 2,374.94 28,499.285 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 11,250.00 135,000.002 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 4,100.00 49,200.00

G00701 DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES

1 DIRECTOR GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACION 5,200.00 5,200.00 62,400.005 JEFE DE OFICINA 3,500.00 17,500.00 210,000.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.001 SUPERVISORES 3,010.00 3,010.00 36,120.001 OPERATIVO 3 2,840.00 2,840.00 34,080.001 OPERATIVO 2 2,790.00 2,790.00 33,480.001 ACTIVIDADES VARIAS 3 2,690.00 2,690.00 32,280.0010 OPERATIVO 2,590.00 25,900.00 310,800.002 ACTIVIDADES VARIAS 1 2,540.00 5,080.00 60,960.001 ACTIVIDADES VARIAS 2 2,540.00 2,540.00 30,480.004 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 8,200.00 98,400.00

G00701 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE MERCADOS PUBLICOS

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ELECTRICISTA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 CHOFER 9,476.45 18,952.90 227,434.801 FONTANERO 8,641.28 8,641.28 103,695.3611 VELADOR 8,640.66 95,047.26 1,140,567.1217 BARRENDERO 7,177.99 122,025.83 1,464,309.962 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 FISCAL 4,203.64 4,203.64 50,443.682 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.004 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 8,200.00 98,400.001 LAB. GENERALES B (LAUDO) 2,018.72 2,018.72 24,224.64

G00701 DEPARTAMENTO DE PANTEONES

1 ENC. DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUX. D'CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUX. DE ALMACENISTA 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUX. DE INSPECTOR 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.007 MOZO 7,177.99 50,245.93 602,951.162 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 ASISTENTE DE DIRECCION 2,200.00 2,200.00 26,400.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

G00701 DEPARTAMENTO DE RASTRO MUNICIPAL

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC.DE MANTENIMIENTO 10,312.26 10,312.26 123,747.123 CHOFER 9,476.45 28,429.35 341,152.201 AUX. D'CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.924 CARGADOR 8,222.75 32,891.00 394,692.001 AYUDANTE DE MAQ. PESADA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 ENC.D'CUARTO FRIO 7,595.88 7,595.88 91,150.5624 MATANCEROS 7,595.88 182,301.12 2,187,613.441 GUARDA RASTRO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 SELLADOR 7,177.99 7,177.99 86,135.8819 ASEADOR 7,177.99 136,381.81 1,636,581.721 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.884 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 36,120.001 AUXILIAR ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

G00701 DEPARTAMENTO DE ALUMBRADO PUBLICO

2 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.2411 ELECTRICISTAS 10,312.26 113,434.86 1,361,218.323 OP DE MAQUINA PESADA 10,312.26 30,936.78 371,241.366 CHOFER 9,476.45 56,858.70 682,304.405 AYUD. DE ELECTRICISTA 7,177.99 35,889.95 430,679.403 AUXILIARES "B" 7,177.99 21,533.97 258,407.641 BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 COORDINACION 5,200.00 10,400.00 124,800.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.001 OPERATIVO 4 2,890.00 2,890.00 34,680.001 ACTIVIDADES VARIAS 3 2,690.00 2,690.00 32,280.007 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 14,350.00 172,200.00

G00702 DIRECCION DE ASEO PUBLICO

4 TRABAJO SOCIAL 10,312.26 41,249.04 494,988.481 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.122 MECANICO 10,312.26 20,624.52 247,494.2462 OPER. DE MAQ. PESADA 10,312.26 639,360.12 7,672,321.441 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.242 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 20,624.52 247,494.2415 CHOFER 9,476.45 142,146.75 1,705,761.002 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 18,952.90 227,434.801 ARCHIVISTA 9,476.45 9,476.45 113,717.401 VELADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.927 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 57,559.25 690,711.001 CARGADOR 8,222.75 8,222.75 98,673.001 MECANICO "B" 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIARES 7,595.88 7,595.88 91,150.56

136 CAJONEROS 7,177.99 976,206.64 11,714,479.6864 BARRENDEROS 7,177.99 459,391.36 5,512,696.321 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.889 AUXILIAR "B" 7,177.99 64,601.91 775,222.921 AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.002 COORDINACIÓN 5,200.00 10,400.00 124,800.004 JEFE DE OFICINA 3,500.00 14,000.00 168,000.001 AUX. TECNICO "A" 3,087.44 3,087.44 37,049.283 SUPERVISORES 3,010.00 9,030.00 108,360.002 OPERATIVO 6 2,990.00 5,980.00 71,760.002 OPERATIVO 5 2,940.00 5,880.00 70,560.002 OPERATIVO 4 2,890.00 5,780.00 69,360.001 OPERATIVO 1 2,890.00 2,890.00 34,680.007 OPERATIVO 3 2,840.00 19,880.00 238,560.002 OPERATIVO 2 2,790.00 5,580.00 66,960.002 ACTIVIDADES VARIAS 4 2,740.00 5,480.00 65,760.0064 OPERATIVO 2,590.00 165,760.00 1,989,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.002 AUX. ADMVO "C" (LAUDO) 2,374.94 4,749.88 56,998.562 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ASISTENTE DE DIRECCIÓN 2,200.00 2,200.00 26,400.0011 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 22,550.00 270,600.001 LAB. VARIAS "B" (LAUDO) 1,543.72 1,543.72 18,524.64

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

G00703 DIRECCION DE PARQUES Y JARDINES

6 PROFESIONAL 15,306.57 91,839.42 1,102,073.0411 OPER. DE MAQ. PESADA 10,312.26 113,434.86 1,361,218.322 SOLDADOR 10,312.26 20,624.52 247,494.242 SECRETARIA 10,312.26 20,624.52 247,494.241 MECANICO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENCARGADO DE MANTENIMIENTO 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.247 INGERTADOR REPRODUCTOR 10,312.26 72,185.82 866,229.841 ELECTRICISTA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENCARGADO DE CONTABILIDAD 10,312.26 20,624.52 247,494.244 OPER.D'MOTOSIERRA 9,476.45 37,905.80 454,869.6011 PODADOR ESTETICO 9,476.45 104,240.95 1,250,891.403 ENC. DE CUADRILLA 9,476.45 28,429.35 341,152.201 ENC. DE FONTANERIA 9,476.45 9,476.45 113,717.4014 CHOFER 9,476.45 132,670.30 1,592,043.602 ENC. DE FUENTES 8,640.66 17,281.32 207,375.842 AUX. DE ALMACENISTA 8,640.66 17,281.32 207,375.841 FONTANERO 8,640.66 8,640.66 103,687.921 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.921 VELADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.921 OFICIAL DE ALBAÑIL 8,640.66 8,640.66 103,687.9214 JARDINERO ESTETICO 8,222.75 115,118.50 1,381,422.003 ENC.DE BOMBA 8,222.75 24,668.25 296,019.001 MECANICO B 8,222.75 8,222.75 98,673.002 PODADOR 7,595.88 15,191.76 182,301.122 ENC. DE JARDINERIA 7,595.88 15,191.76 182,301.1285 JARDINERO 7,177.99 610,129.15 7,321,549.801 AUX.D'MOTOSIERRA 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AUX. DE FUENTES 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AYUD. DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.887 AUXILIAR "B" 7,177.99 50,245.93 602,951.162 JARDINERO DECORADOR 7,177.99 14,355.98 172,271.761 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.005 JEFE DE OFICINA 3,500.00 17,500.00 210,000.004 OPERATIVO 3 2,840.00 11,360.00 136,320.001 OPERATIVO 2 2,790.00 2,790.00 33,480.003 ACTIVIDADES VARIAS 4 2,740.00 8,220.00 98,640.001 ACTIVIDADES VARIAS 2 2,640.00 2,640.00 31,680.001 AUX. ADMVO. "A" (LAUDO) 2,612.44 2,612.44 31,349.281 ACTIVIDADES VARIAS 1 2,540.00 2,540.00 30,480.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.006 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 12,300.00 147,600.002 LAB. VARIAS B (LAUDO) 1,543.72 3,087.44 37,049.28

H00801 DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL

1 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AYUD. OP. SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.882 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 DIRECCION GENERAL 11,232.00 11,232.00 134,784.001 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.001 JEFE DPTO. "A" 6,441.80 6,441.80 77,301.601 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX.ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

H00801 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION

1 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

H00801 INSTITUTO DE LA JUVENTUD

1 ENC. DOC OFICIALES 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 102,000.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.003 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 9,030.00 108,360.001 ASISTENTE DE DIRECCIÓN 2,200.00 2,200.00 26,400.00

H00801 INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE

5 PROFESIONAL 15,306.57 76,532.85 918,394.201 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.403 COORDINADOR DEPORTIVO 8,640.66 25,921.98 311,063.763 CAPTURISTA DE DATOS 8,453.64 25,360.92 304,331.043 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 24,668.25 296,019.001 OFICIAL ADMINISTRA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 MATANCEROS 7,595.88 7,595.88 91,150.561 BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.884 JARDINERO 7,177.99 28,711.96 344,543.525 AUXILIAR "B" 7,177.99 35,889.95 430,679.401 DIRECTOR DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 102,000.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.004 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 12,040.00 144,480.002 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 5,020.00 60,240.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.002 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 4,100.00 49,200.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

H00801 INSTITUTO DE ARTE Y CULTURA

5 PROFESIONAL 15,306.57 76,532.85 918,394.202 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 20,624.52 247,494.241 SOLDADOR 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 ENC.T.DE ROTULACION 9,476.45 9,476.45 113,717.4032 OFICIAL DE BIBLIOTECAS 9,476.45 303,246.40 3,638,956.801 VELADOR 8,640.66 8,640.66 103,687.921 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.922 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.002 MUSICO 8,222.75 16,445.50 197,346.001 ENC. INVEST. HISTORICA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 VISITADOR AUXILIAR 8,222.75 8,222.75 98,673.001 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 CAJONERO 7,177.99 7,177.99 86,135.887 AUXILIAR "B" 7,177.99 50,245.93 602,951.161 DIRECTOR DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 102,000.001 TECNICO OPER A 4,037.40 4,037.40 48,448.805 JEFE DE OFICINA 3,500.00 17,500.00 210,000.001 ADMINISTRATIVO B (LAUDO) 3,443.68 3,443.68 41,324.163 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 9,030.00 108,360.004 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 10,040.00 120,480.002 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.002 LABORES VARIAS(ARTE Y CULTURA) 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ASISTENTE DE DIRECCIÓN 2,200.00 2,200.00 26,400.00

H00801 INSTITUTO DE LA MUJER

1 CAJERA GENERAL 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 20,624.52 247,494.242 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 17,281.32 207,375.841 MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 TAQUIMECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 98,673.002 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.001 BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.885 AUXILIAR "B" 7,177.99 35,889.95 430,679.401 PROMOTOR C 3,577.98 3,577.98 42,935.761 DIRECTOR DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 102,000.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.003 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 9,030.00 108,360.001 AUX.ADMINISTRATIVO C (LAUDO) 2,374.94 2,374.94 28,499.28

H00801 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

1 ENC.OPER.SIST.COMPUTO 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.122 ENC. DE ADMINISTRACIÓN 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.001 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 102,000.001 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.001 ASISTENTE "B" 4,426.04 4,426.04 53,112.483 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.001 AUX. ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 30,120.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.00

H00801 CONSEJO MPAL PARA PERSONAS DISCAPACITADAS

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.001 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 27,000.00

H00802 DIRECCION DE SANIDAD MUNICIPAL

14 PROFESIONAL 15,306.57 214,291.98 2,571,503.763 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 30,936.78 371,241.362 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 20,624.52 247,494.241 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUX. DE ODONTOLOGIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 OPERADOR DE MAQUINA PESADA 10,312.26 10,312.26 123,747.124 CHOFER 9,476.45 37,905.80 454,869.6011 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 104,240.95 1,250,891.402 ENFERMERA 9,476.45 18,952.90 227,434.801 OFICIAL D'ALBAÑIL 8,640.66 8,640.66 103,687.924 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 32,891.00 394,692.002 BARRENDERO 7,177.99 14,355.98 172,271.7615 AUXILIAR "B" 7,177.99 107,669.85 1,292,038.201 AYUD. D'SOLDADOR 7,177.99 7,177.99 86,135.882 JARDINERO 7,177.99 14,355.98 172,271.761 CONSERJE 7,177.99 7,177.99 86,135.881 PROMOTOR C 21,819.00 21,819.00 261,828.001 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.003 COORDINACIÓN 5,200.00 15,600.00 187,200.001 TECNICO OPER. A (LAUDO) 4,037.40 4,037.40 48,448.802 ADMINISTRATIVO A (LAUDO) 3,562.42 7,124.84 85,498.083 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.00

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

1 ADMINISTRATIVO B LAUDO) 3,443.68 3,443.68 41,324.161 ADMINISTRATIVO "C" 3,324.92 3,324.92 39,899.043 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 9,030.00 108,360.001 AUX. TÉCNICO B 2,968.70 2,968.70 35,624.404 AUX. ADMVO. C 2,374.94 9,499.76 113,997.121 AUX. ADMVO. C 2,285.80 2,285.80 27,429.601 AUX. DE SANIDAD 2,250.00 2,250.00 27,000.002 LABORES VARIAS (ARTE Y CULTURA) 2,250.00 4,500.00 54,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

H00803 DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL

1 PROMOTOR DE BIBLIOTECARIA 15,306.57 15,306.57 183,678.842 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.6810 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 103,122.60 1,237,471.203 SECRETARIA 10,312.26 30,936.78 371,241.364 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 41,249.04 494,988.482 AYUD.OP.SIST. DE COMPUTO 10,312.26 20,624.52 247,494.242 ENCARGADO DE ARCHIVO 10,312.26 20,624.52 247,494.241 OFICIAL DE BIBLIOTECAS 9,476.45 9,476.45 113,717.401 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUX. CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.921 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIARES 7,595.88 7,595.88 91,150.568 AUXILIAR "B" 7,177.99 57,423.92 689,087.041 JARDINERO 7,177.99 7,177.99 86,135.881 AYUD. DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.004 JEFE DE OFICINA 3,500.00 14,000.00 168,000.0010 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 22,500.00 270,000.00

H00803 COORDINACION DE CONCERTACION SOCIAL

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 AUXILIARES 7,595.88 7,595.88 91,150.561 AUXILIAR B 7,177.99 7,177.99 86,135.881 COORDINADOR 5,200.00 5,200.00 62,400.001 ASISTENTE C 4,000.00 4,000.00 48,000.004 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 12,040.00 144,480.00

H00804 DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO

3 PROFESIONAL 15,306.57 45,919.71 551,036.523 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 30,936.78 371,241.361 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUXILIAR B 7,177.99 7,177.99 86,135.881 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.001 JEFE DE DEPARTAMENTO " A " 7,500.00 7,500.00 90,000.004 JEFE DE OFICINA 3,500.00 14,000.00 168,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.001 FISCALES A 2,250.00 2,250.00 27,000.002 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 4,100.00 49,200.00

H00804 DEPARTAMENTO DE FOMENTO ECONOMICO

1 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 123,747.122 AUXILIAR "B" 7,177.99 14,355.98 172,271.761 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.002 AUX. ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.00

H00804 DEPARTAMENTO DE TURISMO

2 PROFESIONAL 15,306.57 30,613.14 367,357.681 OPER. DE MAQ. PESADA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.121 OFICIAL ADMINISTRA 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIARES 7,595.88 7,595.88 91,150.564 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.001 COORDINACIÓN 5,200.00 5,200.00 62,400.001 JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 42,000.0010 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 22,500.00 270,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

H00805 DIRECCION DE DESARROLLO RURAL

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.122 SECRETARIA 10,312.26 20,624.52 247,494.241 OFICIAL DE ALBAÑIL 8,640.66 8,640.66 103,687.922 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 16,445.50 197,346.001 CAJONERO 7,177.99 7,177.99 86,135.884 AUXILIAR "B" 7,177.99 28,711.96 344,543.521 DIRECTOR 9,568.00 9,568.00 114,816.002 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 12,896.00 154,752.003 JEFE DE OFICINA 3,500.00 10,500.00 126,000.007 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 15,750.00 189,000.001 ASISTENTE DE DIRECCIÓN 2,200.00 2,200.00 26,400.00

I00901 CONTRALORIA MUNICIPAL

5 PROFESIONAL 15,306.57 76,532.85 918,394.201 ENC. DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 123,747.121 ENC. DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 123,747.121 CHOFER 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 CONTRALOR MUNICIPAL 11,232.00 11,232.00 134,784.002 DIRECCION 9,568.00 19,136.00 229,632.00

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

1 COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 89,400.004 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 25,792.00 309,504.006 CORDINACIÓN 5,200.00 31,200.00 374,400.002 JEFE DE OFICINA 3,500.00 7,000.00 84,000.006 AUDITORES 3,035.00 18,210.00 218,520.002 AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 3,010.00 6,020.00 72,240.003 SUPERVISORES 3,010.00 9,030.00 108,360.003 AUXILIAR ADMINISTRATIVO E 2,250.00 6,750.00 81,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.00

J00101 COMISION MUNICIPAL DE DERECHOS HUMANOS

1 PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 183,678.841 ENC. DE ESTADÍSTICA 10,312.26 10,312.26 123,747.121 AUXILIAR DE CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.921 VISITADOR AUXILIAR 8,222.75 8,222.75 98,673.001 AUXILIAR "B" 7,177.99 7,177.99 86,135.881 JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 77,376.002 COORDINACION 5,200.00 10,400.00 124,800.002 AUX. ADMINISTRATIVO E 2,250.00 4,500.00 54,000.001 ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 25,200.001 ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 24,600.00

K00202 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DIF

12 PROFESIONAL 15,306.57 183,678.84 2,204,146.085 TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 51,561.30 618,735.603 OPER. DE MAQ. PESADA 10,312.26 30,936.78 371,241.362 SECRETARIA 10,312.26 20,624.52 247,494.243 ENC. DE ADMINISTRACION 10,312.26 30,936.78 371,241.366 CHOFER 9,476.45 56,858.70 682,304.403 ENFERMERA 9,476.45 28,429.35 341,152.201 AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 113,717.401 AUX. D'CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 103,687.925 CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 43,203.30 518,439.602 MECANOGRAFA 8,222.75 16,445.50 197,346.003 AUX. ADMINISTRATIVO 8,222.75 24,668.25 296,019.001 JARDINERO ESTETICO 8,222.75 8,222.75 98,673.001 MATANCEROS 7,595.88 7,595.88 91,150.569 CONSERJE 7,177.99 64,601.91 775,222.922 AYUD. DE TALLER 7,177.99 14,355.98 172,271.7613 AUXILIAR "B" 7,177.99 93,313.87 1,119,766.441 MAESTROS 3,019.48 3,019.48 36,233.761 INSTRUCTOR 2,606.71 2,606.71 31,280.5215 INSTRUCTOR 1,684.30 25,264.50 303,174.001 INSTRUCTOR 1,516.13 1,516.13 18,193.56

1130 6 AJUSTE DE CALENDARIO 5,722,763.03

1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO 46,598,085.02

1210 HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS 2,617,230.00

1220 SUELDO BASE AL PERSONAL EVENTUAL 43,980,855.02

1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES 160,685,852.44

1310 PRIMAS POR AÑOS DE SERVICOS EFECTIVOS PRESTADOS 13,090,342.51

1320 PRIMAS DE VACACIONES, DOMINICAL Y GRATIFICACION DE FIN DE AÑO 73,374,319.01

1330 HORAS EXTRAORDINARIAS 16,737,065.34

1340 COMPENSACIONES 57,484,125.58

1400 SEGURIDAD SOCIAL 38,211,518.20

1410 APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 33,731,018.20

1420 APORTACIONES A FONDOS DE VIVIENDA 3,862,500.00

1440 APORTACIONES PARA SEGUROS 618,000.00

1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS 224,401,982.56

1510 CUOTAS PARA EL FONDO DE AHORRO Y FONDO DE TRABAJO 20,028,033.01

1520 INDEMNIZACIONES 6,928,810.00

1540 PRESTACIONES CONTRACTUALES 178,560,997.43

1590 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS 18,884,142.12

1600 PREVISIONES 7,416,258.32

1610 PREVISIONES DE CARÁCTER LABORAL, ECONOMICA Y DE SEGURIDAD SOCIAL 7,416,258.32

1700 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS 8,830,181.02

1710 ESTIMULOS 8,830,181.02

2000 MATERIALES Y SUMINISTROS 58,990,026.66

2100 MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES 3,391,080.00

2110 MATERIALES, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA 2,072,352.00

2120 MATERIALES Y UTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCION 116,172.00

2130 MATERIA ESTADISTICO Y GEOGRAFICO 8,904.00

2140622,776.00

2150 MATERIAL IMPRESO E INFORMACION DIGITAL 117,744.00

2160 MATERIAL DE LIMPIEZA 408,540.00

2170 MATERIALES Y UTILES DE ENSEÑANZA 6,012.00

2180 MATERIALES PARA EL REGISTRO E IDENTIFICACION DE BIENES Y PERSONAS 38,580.00

2200 ALIMENTOS Y UTENSILIOS 347,136.00

2210 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS 282,084.00

2220 PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES 1,572.00

2230 UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACION 63,480.00

2300 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION 142,092.00

2360024,516.00

23700 PRODUCTOS DE CUERO, PIEL, PLÁSTICO Y HULE ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA 108,048.00

23800 MERCANCÍAS ADQUIRIDAS PARA SU COMERCIALIZACIÓN 6,216.00

23900 OTROS PRODUCTOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA 3,312.00

2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION 7,350,468.00

2410 PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS 423,384.00

2420 CEMENTO Y PRODUCTOS DE CEMENTO 4,656,432.00

2430 CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO 30,720.00

2440 MADERA Y PRODUCTOS DE MADERA 11,232.00

2450 VIDRIO Y PRODUCTIS DE VIDRIO 11,604.00

2460 MATERIAL ELECTRICO Y ELECTRONICO 935,916.00

2470 ARTICULOS METALICOS PARA LA CONSTRUCCION 756,540.00

2480 MATERIALES COMPLEMENTARIOS 138,324.00

2490 OTROS MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y REPARACION 386,316.00

PRODUCTOS METÁLICOS Y A BASE DE MINERALES NO METÁLICOS ADQUIRIDOS

COMO MATERIA PRIMA

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

MATERIALES, UTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y

COMUNICACIÓN

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO 297,720.00

2510 PRODUCTOS QUIMICOS, BASICOS 14,640.00

2520 FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS AGROQUIMICOS 74,868.00

2530 MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS 34,872.00

2540 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS 32,580.00

2550 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO 228.00

2560 FIBRAS SINTETICAS,HULES, PLASTICOS Y DERIVADOS 83,268.00

2690 OTROS PRODUCTOS QUIMICOS 57,264.00

2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 42,153,733.46

2610 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 42,153,733.46

2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS 695,736.00

2710 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS 306,420.00

2720 PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION PERSONAL 327,636.00

2730 ARTICULOS DEPORTIVOS 56,220.00

2740 PRODUTOS TEXTILES 5,460.00

2800 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD 43,056.00

2820 MATERIALES DE SEGURIDAD PUBLICA 13,452.00

2830 PRENDAS DE PROTECCION PARA SEGURIDAD PUBLICA Y NACIONAL 29,604.00

2900 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES 4,569,005.20

2910 HERRAMIENTAS MENORES 484,080.00

2920 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS 22,176.00

2930 41,376.00

2940151,596.00

2960 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE 3,588,077.202980 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS 210,480.00

2990 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS BIENES MUEBLES 71,220.00

3000 SERVICIOS GENERALES 115,869,076.56

3100 SERVICIOS BASICOS 49,328,812.00

3110 ENERGIA ELECTRICA 48,000,000.00

3130 AGUA 1.00

3140 TELEFONIA TRADICIONAL 634,800.00

3170 SERVICIOS DE ACCESO DE INTERNET, REDES Y PROCESAMIENTO DE INFORMACION 659,809.00

3180 SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS 17,042.00

3190 SERVICIOS INTEGRALES Y OTROS SERVICIOS 17,160.00

3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO 11,379,857.00

3220 ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS 1,247,000.00

3230

566,757.00

3250 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 172,984.00

3260 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 9,000,000.00

3270 ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS INTANGIBLES 1.00

3290 OTROS ARRENDAMIENTOS 393,115.00

3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS 12,201,612.00

3310 SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORIA Y RELACIONADOS 8,831,868.00

3320 SERVICIOS DE DISEÑO, ARQUITECTURA, INGENIERÍA Y ACTIVIDADES RELACIONADAS 500.00

3330211,601.00

3340 SERVICIOS DE CAPACITACION 62,000.00

3350 SERVICIOS DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO 6,000.00

3360 SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO, TRADUCCION, FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN 2,730,704.00

3390 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS Y TECNICOS INTEGRALES 358,939.00

3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES 3,917,502.00

3410 SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS 3,780,001.00

3470 FLETES Y MANIOBRAS 17,501.00

3490 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES INTEGRALES 120,000.00

3500 SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION 949,167.00

3510 CONSERVACION Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES 5,650.00

352021,700.00

353010,215.00

354016,000.00

3550 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 885,600.00

3570

10,000.00

3580 SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE DESECHOS 1.00

3590 SERVICIOS DE JARDINERIA Y FUMIGACION 1.00

3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD 1,843,391.00

3610

1,803,388.00

3630

1.00

3650 SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FILMICA, DEL SONIDO Y DEL VIDEO 1.00

366040,001.00

3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS 611,105.00

3710 PASAJES AÉREOS 162,167.00

3720 PASAJES TERRESTRES 74,635.00

3730 PASAJES MARITIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES 12,100.00

3740 AUTOTRANSPORTE 14,000.00

3750 VIÁTICOS EN EL PAÍS 245,123.00

3760 VIÁTICOS EN EL EXTRANJERO 28,100.00

37801.00

3790 OTROS SERVICIOS DE TRASLADO Y HOSPEDAJE 74,979.00

INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL

MÉDICO Y DE LABORATORIO

SERVICIOS DE CREATIVIDAD, PREPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN DE PUBLICIDAD,

EXCEPTO INTERNET

SERVICIO DE CREACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS

DE INTERNET

SERVICIOS INTEGRALES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL

DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES

INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE

ADMINISTRACION INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO Y

TECNOLOGIA DE LA INFORMACION

INSTALACION, REPARACION Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y

HERRAMIENTAS

DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES SOBRE

PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES

REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE COMPUTO Y TECNOLOGIAS

DE LA COMUNICACIÓN

ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION, EDUCACIONAL Y

RECREATIVO

SERVICIOS DE CONSULTORIA ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TECNICA Y EN

TECNOLOGIAS DE COMUNICACIÓN

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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CAPITULO

CONCEPTO

PARTIDAPARTIDA CONCEPTO CAPITULO

3800 SERVICIOS OFICIALES 11,306,878.00

3810 GASTOS DE CEREMONIAL 208,000.00

3820 GASTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL 849,266.00

3830 CONGRESOS Y CONVENCIONES 49,612.00

3850 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 10,200,000.00

3900 OTROS SERVICIOS GENERALES 24,330,752.56

3910 SERVICIOS FUNERARIOS Y DE CEMENTERIOS 96,000.00

3920 OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS 17,621,514.97

3930 IMPUESTOS Y DERECHOS DE IMPORTACION 12,000.00

3940 SENTENCIAS POR RESOLUCIONES POR AUTORIDAD COMPETENTE 6,000,000.00

3950 PENAS, MULTAS, ACCESORIOS Y ACTUALIZACIONES 96,000.00

3960 OTROS GASTOS POR RESPONSABILIDADES 148,700.00

3990 OTROS SERVICIOS GENERALES 356,537.59

4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 176,826,435.90

4300 SUBSIDIOS Y CONVENSIONES 35,000,000.00

4390 OTROS SUBSIDIOS 35,000,000.00

4400 AYUDAS SOCIALES 6,764,737.75

4410 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS 5,204,736.75

4420 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS 1,260,000.00

4450 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 300,000.00

4460 AYUDAS SOCIALES A COOPERATIVAS 1.00

4500 PENSIONES Y JUBILACIONES 135,061,698.15

45100 PENSIONES 31,960,612.93

45200 JUBILACIONES 103,101,085.22

5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES 2,283,571.83

5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION 1,376,947.00

5110 MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERIA 484,089.00

5120 MUEBLES, EXCEPTO DE OFICINA Y ESTANTERIA 26,100.00

5130 BIENES ARTISTICOS, CULTURALES Y CIENTIFICOS 2,000.00

5150 EQUIPO DE COMPUTO Y DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION 615,073.00

5190 OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE ADMINISTRACION 249,685.00

5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO 298,260.00

5210 EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES 74,000.00

5230 CAMARAS FOTOGRAFICAS Y DE VIDEO 220,260.00

5290 OTRO MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO 4,000.00

5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO 3,000.00

5310 EQUIPO MEDICO Y DE LABORATORIO 3,000.00

5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE 347,954.00

5410 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE 320,942.00

5420 CARROCERÍAS Y REMOLQUES 12.00

5490 OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE 27,000.00

5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS 161,808.00

5620 MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL 1,300.00

5640

10,000.00

5650 EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACION 52,108.00

5670 HERRAMIENTAS Y MAQUINAS-HERRAMIENTA 94,400.00

5690 OTROS EQUIPOS 4,000.00

5900 ACTIVOS INTANGIBLES 95,602.83

5910 SOFTWARE 30,361.00

5920 PATENTES 1.00

5930 MARCAS 1.00

5970 LICENCIAS INFORMATICAS E INTELECTUALES 25,237.00

5990 OTROS ACTIVOS INTANGIBLES 40,002.83

6000 INVERSION PUBLICA 62,960,211.00

6100 OBRA PUBLICA EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO 62,960,211.00

6110 EDIFICACION HABITACIONAL 2,014,726.72

6120 EDIFICACION NO HABITACIONAL 1.00

613049,612,645.48

6140 DIVISION DE TERRENOS Y CONSTRUCCION DE OBRAS DE URBANIZACION 9,444,031.50

6150 CONSTRUCCION DE VIAS DE LA COMUNICACIÓN 1,888,806.30

8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 5,000,000.00

8500 CONVENIOS 5,000,000.00

8510 CONVENIOS DE REASIGNACION 5,000,000.00

9000 DEUDA PUBLICA 121,187,226.99

9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PUBLICA 103,738,239.16

9110 AMORTIZACION DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CREDITO 103,738,239.16

9200 INTERESES DE LA DEUDA PUBLICA 13,248,987.83

9210 INTERESES DE LA DEUDA INTERNA CON INSTITUCIONES DE CREDTIO 13,248,987.83

9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS) 4,200,000.00

9910 ADEFAS 4,200,000.00

Total de Presupuesto Ayuntamiento de Tepic : 1,359,012,939.53

Total de Presupuesto SIAPA Tepic : 293,471,363.62

Total de Presupuesto Municipio de Tepic : 1,652,484,303.15

SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCION Y DE REFRIGERACION

INDUSTRIAL Y COMERCIAL

CONSTRUCCION DE OBRAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA, PETROLEO, GAS,

ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES

IMPORTEPUESTOS DENOMINACIONES

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IX.- APORTACIONES FEDERALES RAMO 33 FONDO III Y FONDO IV

FONDO III

(CIFRAS EN PESOS)

FONDO IV

(CIFRAS EN PESOS)

% REAL

CONVENIDO 22,665,675.60$

DIRECTO

CONVENIDO 9,444,031.50$

DIRECTO

CONVENIDO 22,665,675.60$

DIRECTO

CONVENIDO 881,442.94$

DIRECTO

CONVENIDO 1,888,806.30$

DIRECTO

CONVENIDO 2,014,726.72$

DIRECTO

0.40 251,840.84$ GASTOS INDIRECTOS 3.00 1,888,806.30$

2.00 1,259,204.20$ 100.00 62,960,210.00$

FO

ND

O I

II

INFRA. PROD. RURAL

PRODIM (HASTA 2%)TOTAL

FUENTE DE

FINANCIAMIENTO

VIVIENDA 3.20

CAMINOS RURALES 3.00

ALUMBRADO Y ELECTRIFICACIÓN 1.40

URBANIZACIÓN 15.00

AGUA POTABLE 36.00

ALCANTARILLADO Y DRENAJE 36.00

PROGRAMA MODALIDADDISTRIBUCION POR RUBRO

FUENTE DE

FINANCIAMIENTODESCRIPCION IMPORTE

REMUNERACIONES AL PERSONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA 68,338,235.02

COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS 9,500,000.00

ARTICULOS MENORES AUTOMOTRICES 500,000.00

PRODUCTOS MENORES DE HULE PARA EQUIPO DE TRANSPORTE 1,000,000.00

ENERGÍA ELÉCTRICA 44,000,000.00

REPARACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE 500,000.00

PAGO DE DERECHOS Y APROVECHAMIENTOS POR CONCEPTO DE

AGUA17,513,014.97

CONVENIOS 5,000,000.00

AMORTIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA 116,987,226.99 BANCO BANOBRAS CRÉDITO A LARGO PLAZO 6,786,312.55

BANCO BANORTE CRÉDITO A CORTO PLAZO 104,200,914.44

BANCO BANORTE CRÉDITO A LARGO PLAZO 6,000,000.00

TOTAL : 263,338,476.98

FO

ND

O IV

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X.- BALANCE DE PLAZAS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL 2019

XI.- DIETAS Y REMUNERACIONES MÁXIMAS QUE PODRÁN PERCIBIR LOS

MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO, ASÍ COMO LOS SERVIDORES

PÚBLICOS DE BASE Y CONFIANZA DURANTE EL EJERCICIO 2019.

(CIFRAS EN PESOS)

LISTA DE

RAYA

1 DESPACHO DEL PRESIDENTE 0 1 0 1

2 SINDICATURA MUNICIPAL 4 7 0 11

3 COMISIONES DE CABILDO 26 32 111 169

4 OFICINA EJECUTIVA DEL GABINETE 0 18 0 18

5 OFICINA DE PRESIDENCIA 21 38 4 63

6 COMUNICACIÓN SOCIAL 5 23 0 28

7 SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO 107 110 7 224

8 TESORERIA MUNICIPAL 313 235 94 642

10 DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD 34 714 0 748

11 DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS 122 115 41 278

12 DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA 59 65 67 191

13 DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 661 211 46 918

14 DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL 6 13 30 49

18 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD 2 7 0 9

19 INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE 28 12 12 52

20 INSTITUTO DE ARTE Y CULTURA 60 20 6 86

21 INSTITUTO DE LA MUJER 17 8 8 33

22 INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA 10 8 0 18

23 CONSEJO MUNICIPAL PARA PERSONAS DISCAPACITADAS 3 2 0 5

24 DIRECCION DE SANIDAD MUNICIPAL 68 30 1 99

15 DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL 43 24 3 70

16 DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO 22 30 2 54

17 DIRECCION DE DESARROLLO RURAL 12 14 0 26

9 CONTRALORIA MUNICIPAL 10 31 2 43

25 JUBILADOS Y PENSIONADOS 542 81 0 623

26 INTERINOS 141 0 0 141

27 COMISIONES MUNICIPAL DE DERECHOS HUMANOS 5 7 0 12

28 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DIF 90 0 0 90

TOTAL : 2411 1856 434 4701

DEPENDENCIASCLAVE BASE CONFIANZA TOTAL

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COMPENSACIONES

DESDE HASTA DESDE HASTA

PRESIDENTE MUNICIPAL 14,560.00 14,560.00 1.00 17,035.20 40,288.80 71,884.00 71,884.00

SINDICO 12,000.00 12,000.00 1.00 19,750.00 24,410.00 12,000.00 56,160.00 56,160.00

REGIDOR 11,000.00 11,000.00 1.00 18,299.00 22,821.00 11,000.00 52,120.00 52,120.00

SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO 11,232.00 11,232.00 1.00 10,560.00 25,180.00 36,413.00 46,972.00

TESORERO MUNICIPAL 11,232.00 11,232.00 1.00 10,560.00 25,180.00 36,413.00 46,972.00

CONTRALOR MUNICIPAL 11,232.00 11,232.00 1.00 10,560.00 25,180.00 36,413.00 46,972.00

DIRECCION GENERAL 11,232.00 11,232.00 1.00 9,000.00 21,540.00 32,773.00 41,772.00

ENLACE 3,900.00 3,900.00 1.00 2,925.00 7,365.00 11,266.00 14,190.00

COORDINADOR DE ASESORES 10,800.00 10,800.00 1.00 8,850.00 21,190.00 31,991.00 40,840.00

DELEGADO MUNICIPAL 3,010.00 3,010.00 1.00 1,806.00 4,754.00 7,765.00 9,570.00

DIRECCION 9,568.00 9,568.00 1.00 7,176.00 17,284.00 26,853.00 34,028.00

DIRECCION DE INSTITUTO 8,500.00 8,500.00 1.00 6,375.00 15,415.00 23,916.00 30,290.00

SUBDIRECCION 8,000.00 8,000.00 1.00 6,200.00 15,000.00 23,001.00 29,200.00

JEFE DE DEPARTAMENTO 6,448.00 6,448.00 1.00 4,836.00 11,824.00 18,273.00 23,108.00

JEFE DE DEPARTAMENTO " A" 6,441.80 6,441.80 1.00 10,754.34 - 6,442.80 17,196.14

JEFE DE DEPARTAMENTO " A" (LAUDO) 7,500.00 7,500.00 1.00 - - 7,500.00 7,500.00

COORDINADOR OPERATIVO 7,450.00 7,450.00 1.00 5,587.50 13,577.50 21,028.50 26,615.00

COORDINACION 5,200.00 5,200.00 1.00 3,900.00 9,640.00 14,841.00 18,740.00

COORDINADOR "A" 5,829.42 5,829.42 1.00 16,353.10 - 5,830.42 22,182.52

ASESOR 4,300.00 4,300.00 1.00 3,225.00 8,065.00 12,366.00 15,590.00

ASESOR " A " 7,340.74 7,340.74 1.00 3,225.00 8,065.00 15,406.74 18,360.74

ASESOR " A " 7,340.74 7,340.74 1.00 1,000.00 8,065.00 15,406.74 16,405.74

ASESOR " B " (LAUDO) 3,701.35 3,701.35 1.00 1,000.00 - 3,702.35 4,701.35

JEFE DE OFICINA 3,500.00 3,500.00 1.00 2,100.00 5,440.00 8,941.00 11,040.00

AUDITORES 3,035.00 3,035.00 1.00 1,821.00 4,789.00 7,825.00 9,645.00

JUEZ CALIFICADOR Y LIBERACIONES 5,200.00 5,200.00 1.00 3,900.00 9,640.00 14,841.00 18,740.00

PERITOS 3,035.00 3,035.00 1.00 6,070.00 4,789.00 7,825.00 13,894.00

TOTAL DE PERCEPCIONESPPS

DIETA

MENSUAL

SUELDO BASE

MENSUALDESCRIPCION

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COMPENSACIONES

DESDE HASTA DESDE HASTA

ASISTENTE " C " 4,318.08 4,318.08 1.00 8,000.00 540.00 4,859.08 12,858.08

AUXILIAR TECNICO " A " 3,087.44 3,087.44 1.00 12,140.00 - 3,088.44 15,227.44

AUXILIAR TECNICO " B" 1,542.24 1,542.24 1.00 1,500.00 - 1,543.24 2,542.24

AUXILIAR TECNICO " C " (LAUDO) 1,480.54 1,480.54 1.00 1,000.00 - 1,481.54 2,480.54

AUXILIAR " B" 6,908.56 6,908.56 1.00 16,000.00 - 6,909.56 22,908.56

ADMINISTRATIVO " C" (LAUDO) 1,727.30 1,727.30 1.00 1,000.00 - 1,728.30 2,727.30

AUXILIAR ADMINISTRATIVO A (LAUDO) 1,435.43 1,435.43 1.00 1,000.00 - 1,436.43 2,435.43

AUXILIAR ADMINISTRATIVO C ( LAUDO) 1,233.78 1,233.78 1.00 1,689.00 - 1,234.78 2,922.78

AUXILIAR ADMINISTRATIVO D 3,010.00 3,010.00 1.00 5,806.00 4,754.00 7,765.00 13,570.00

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

AUXILIAR ADMINISTRATIVO E 2,250.00 2,250.00 1.00 3,375.00 - 2,251.00 5,625.00

AUXILIAR ADMINISTRATIVO F 2,510.00 2,510.00 1.00 5,020.00 4,054.00 6,565.00 11,584.00

INSPECTORES AMBIENTALES 3,010.00 3,010.00 1.00 1,806.00 4,754.00 7,765.00 9,570.00

SUPERVISORES 3,010.00 3,010.00 1.00 1,806.00 4,754.00 7,765.00 9,570.00

SUPERVISOR " A " ( LAUDO) 2,804.05 2,804.05 1.00 1,050.00 - 2,805.05 3,854.05

FISCAL 2,183.79 2,183.79 1.00 750.00 - 2,184.79 2,933.79

FISCALES " A " (LAUDO) 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

BOMBERO 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

PARAMEDICO 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

BRIGADISTA 2,840.00 2,840.00 1.00 1,245.00 3,445.00 6,286.00 7,530.00

OPERATIVO 2,590.00 2,590.00 1.00 397.02 1,466.38 4,057.38 4,453.40

OPERATIVO 1 2,890.00 2,890.00 1.00 1,363.12 3,720.60 6,611.60 7,973.72

OPERATIVO 2 2,790.00 2,790.00 1.00 1,087.72 3,078.00 5,869.00 6,955.72

OPERATIVO 3 2,840.00 2,840.00 1.00 1,245.00 3,445.00 6,286.00 7,530.00

OPERATIVO 4 2,890.00 2,890.00 1.00 1,363.12 3,720.60 6,611.60 7,973.72

OPERATIVO 5 2,940.00 2,940.00 1.00 1,594.26 4,259.94 7,200.94 8,794.20

OPERATIVO 6 2,990.00 2,990.00 1.00 1,751.52 4,626.88 7,617.88 9,368.40

ACTIVIDADES VARIAS 2,050.00 2,050.00 1.00 600.00 1,940.00 3,991.00 4,590.00

ACTIVIDADES VARIAS 1 2,540.00 2,540.00 1.00 378.34 1,422.78 3,963.78 4,341.12

ACTIVIDADES VARIAS 2 2,640.00 2,640.00 1.00 600.00 1,940.00 4,581.00 5,180.00

ACTIVIDADES VARIAS 3 2,690.00 2,690.00 1.00 838.84 2,497.30 5,188.30 6,026.14

ACTIVIDADES VARIAS 4 2,740.00 2,740.00 1.00 966.60 2,795.40 5,536.40 6,502.00

MAESTROS 2,906.14 2,906.14 1.00 200.00 - 2,907.14 3,106.14

AUXILIAR DE SANIDAD 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

ASISTENTE DE DIRECCION 2,200.00 2,200.00 1.00 990.00 2,850.00 5,051.00 6,040.00

ASISTENTE " B" ( LAUDO) 2,299.33 2,299.33 1.00 1,100.00 - 2,300.33 3,399.33

ASISTENTE DE JEFE DE DEPARTAMENTO 2,100.00 2,100.00 1.00 945.00 2,745.00 4,846.00 5,790.00

PROMOTOR " C" ( LAUDO) 2,220.81 2,220.81 1.00 874.00 - 2,221.81 3,094.81

PROMOTOR " C" ( LAUDO) 1,788.99 1,788.99 1.00 1,405.00 - 1,789.99 3,193.99

PROMOTOR " C" ( LAUDO) 11,334.97 11,334.97 1.00 2,192.67 - 11,335.97 13,527.64

TECNICO OPERADOR " A" (LAUDO) 2,097.43 2,097.43 1.00 1,549.45 - 2,098.43 3,646.88

TECNICO OPERADOR " A" (LAUDO) 2,097.43 2,097.43 - - - 2,097.43 2,097.43

TECNICO OPERADOR " A" (LAUDO) 2,097.43 2,097.43 1.00 3,356.94 - 2,098.43 5,454.37

LABORES VARIAS " A "( LAUDO) 863.65 863.65 1.00 1,000.00 - 864.65 1,863.65

LABORES VARIAS " B " (LAUDO) 801.96 801.96 1.00 300.00 - 802.96 1,101.96

LABORES GENERALES "B" (LAUDO) 1,127.09 1,127.09 1.00 874.00 1,128.09 2,001.09

LABORES GENERALES "C" (LAUDO) 1,069.34 1,069.34 1.00 874.00 - 1,070.34 1,943.34

LABORES VARIAS ( ARTE Y CULTURA) 2,250.00 2,250.00 1.00 1,012.50 2,902.50 5,153.50 6,165.00

INSTRUCTOR 2,508.86 2,508.86 1.00 1,000.00 - 2,509.86 3,508.86

INSTRUCTOR 1,621.08 1,621.08 1.00 300.00 - 1,622.08 1,921.08

INSTRUCTOR 1,459.22 1,459.22 1.00 300.00 - 1,460.22 1,759.22

SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD

COMISARIO 11,024.00 11,024.00 1.00 11,400.00 27,140.00 38,165.00 49,564.00

OFICIAL 10,400.00 10,400.00 1.00 7,800.00 18,740.00 29,141.00 36,940.00

SUBOFICIAL 20,576.88 20,576.88 1.00 - 540.00 21,117.88 21,116.88

SEGUDO OFICIAL - - - - - - -

SEGUNDO OFICIAL PENSIONADO 9,701.14 9,701.14 - - - 9,701.14 9,701.14

TERCER OFICIAL JUBILADO 8,776.44 8,776.44 1.00 724.00 - 8,777.44 9,500.44

TERCER OFICIAL PENSIONADO 8,776.44 8,776.44 1.00 724.00 - 8,777.44 9,500.44

POLICIA PRIMERO 16,866.30 16,866.30 - - 540.00 17,406.30 17,406.30

POLICIA SEGUNDO 13,824.82 13,824.82 1.00 600.00 540.00 14,365.82 14,964.82

POLICIA SEGUNDO/JUBILADO 13,824.82 13,824.82 - - 540.00 14,364.82 14,364.82

POLICIA TERCERO JUR 13,711.52 13,711.52 - - 540.00 14,251.52 14,251.52

POLICIA TERCERO JUA 12,465.02 12,465.02 - - 540.00 13,005.02 13,005.02

POLICIA TERCERO 11,331.82 11,331.82 1.00 600.00 540.00 11,872.82 12,471.82

POLICIA TERCERO/JUBILADO 11,331.82 11,331.82 1.00 600.00 540.00 11,872.82 12,471.82

POLICIA TERCERO/PENSIONADO 11,146.06 11,146.06 - - 540.00 11,686.06 11,686.06

POLICIA TERCERO JUBILADO 10,098.06 10,098.06 - - - 10,098.06 10,098.06

POLICIA TERCERO PENSIONADO 10,098.06 10,098.06 - - - 10,098.06 10,098.06

POLICIA UR 11,238.94 11,238.94 - - 540.00 11,778.94 11,778.94

POLICIA UA 10,217.22 10,217.22 - - 540.00 10,757.22 10,757.22

POLICIA 9,288.38 9,288.38 - - 540.00 9,828.38 9,828.38

POLICIA JUBILADO 9,288.38 9,288.38 - - 540.00 9,828.38 9,828.38

POLICIA PENSIONADO 9,288.38 9,288.38 - - 540.00 9,828.38 9,828.38

POLICIA JUBILADO 8,630.32 8,630.32 - - - 8,630.32 8,630.32

POLICIA PENSIONADO 8,630.32 8,632.32 - - - 8,630.32 8,630.32

POLICIA AUXILIAR 4,567.50 4,567.50 1.00 8,530.50 540.00 5,108.50 13,638.00

AGENTE JUBILADO 8,622.66 8,622.66 - - - 8,622.66 8,622.66

AGENTE PENSIONADO 8,622.66 8,622.66 - - - 8,622.66 8,622.66

AGENTE PENSIONADO 9,288.38 9,288.38 - - - 9,288.38 9,288.38

PROMOTOR " C" 21,819.00 21,819.00 1.00 4,448.00 - 21,820.00 26,267.00

TRABAJO SOCIAL 8,409.66 8,409.66 - - 540.00 8,949.66 8,949.66

TOTAL DE PERCEPCIONESPPS

DIETA

MENSUAL

SUELDO BASE

MENSUALDESCRIPCION

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COMPENSACIONES

DESDE HASTA DESDE HASTA

NIVEL 7

PROFESIONAL 15,306.57 15,306.57 1.00 20,600.00 - 15,306.57 35,907.57

JUBILADO 15,306.57 15,306.57 1.00 21,605.00 - 15,306.57 36,912.57

PENSIONADO 15,306.57 15,306.57 1.00 15,716.00 - 15,306.57 31,023.57

NIVEL 6

AYUDANTE DE OP.DE SIST.DE COMPUTO 10,312.26 10,312.26 1.00 7,000.00 - 10,312.27 16,925.18

ENCARGADO DE ARCHIVO 10,312.26 10,312.26 1.00 14,900.00 - 10,312.27 24,825.18

ENCARGADO DE CONTABILIDAD 10,312.26 10,312.26 1.00 10,500.00 - 10,312.27 20,425.18

ENCARC.DE CONTROL PRES.E INV.PUB. 15,306.57 15,306.57 1.00 6,523.92 - 15,307.57 21,255.94

ENCARG.DE ESTADISTICA 10,312.26 10,312.26 1.00 14,532.00 - 10,313.26 24,457.18

ENCARGADO DE RECLUTAMIENTO 10,312.26 10,312.26 - - - 10,313.26 9,925.18

AUXILIAR DE ODONTOLOGIA 10,312.26 10,312.26 1.00 3,733.92 - 10,313.26 13,659.10

ENCARGADO DE ADMINISTRACION 10,312.26 10,312.26 1.00 15,943.92 - 10,313.26 25,869.10

ENCARGADO DE DOCUMENTOS OFIC. 10,312.26 10,312.26 1.00 9,545.34 - 10,313.26 19,470.52

OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL 15,306.57 15,306.57 1.00 1,565.34 - 15,307.57 16,297.36

TRABAJADORA SOCIAL 10,312.26 10,312.26 1.00 26,893.00 - 10,313.26 36,818.18

ENCARGADO DE ALMACEN 10,312.26 10,312.26 1.00 3,000.00 - 10,313.26 12,925.18

ENC.DE ADMON DE INGRESOS Y EGRESOS 10,312.26 10,312.26 - - - 10,313.26 9,925.18

AUXILIAR JURIDICO 10,312.26 10,312.26 1.00 8,750.00 - 10,313.26 18,675.18

ENCARGADO DE ORDENES DE PAGO 10,312.26 10,312.26 1.00 4,500.00 - 10,313.26 14,425.18

ELECTRICISTA 10,312.26 10,312.26 1.00 2,600.00 - 10,313.26 12,525.18

MECANICO 10,312.26 10,312.26 1.00 7,391.00 - 10,313.26 17,316.18

SOLDADOR. 10,312.26 10,312.26 1.00 6,650.00 - 10,313.26 16,575.18

SECRETARIA 10,312.26 10,312.26 1.00 5,250.00 - 10,313.26 15,175.18

ELECTRICO AUTOMOTRIZ 10,312.26 10,312.26 1.00 600.00 - 10,313.26 10,525.18

INJERTADOR PRODUCTIVO 10,312.26 10,312.26 1.00 2,500.00 - 10,313.26 12,425.18

OPERADOR DE MAQUINARIA PESADA 10,312.26 10,312.26 1.00 1,500.00 - 10,313.26 11,425.18

VALUADOR CATASTRAL 10,312.26 10,312.26 1.00 2,400.00 - 10,313.26 12,325.18

CAPTURISTA CATASTRAL 10,312.26 10,312.26 1.00 7,650.00 - 10,313.26 17,575.18

JUBILADO 10,312.26 10,312.26 1.00 12,802.30 - 10,313.26 22,727.48

PENSIONADO 10,312.26 10,312.26 1.00 2,500.00 - 10,313.26 12,425.18

NIVEL 5

CHOFER 9,476.45 9,476.45 1.00 20,052.00 - 9,477.45 29,172.74

ENCARGADO DE CUADRILLA DE BACHEO 9,476.45 9,476.45 1.00 8,063.00 - 9,477.45 17,183.74

ENC.DE TALLER DE ROTULACION 9,476.45 9,476.45 1.00 1,612.76 - 9,477.45 10,733.50

ENCARGADO DE TALLER 9,476.45 9,476.45 1.00 2,391.00 - 9,477.45 11,511.74

ENFERMERA 9,476.45 9,476.45 1.00 1,000.00 - 9,477.45 10,120.74

CAJERA 10,312.26 10,312.26 1.00 1,000.00 - 10,313.26 10,925.18

ENCARGADO DE FONTANERIA 9,476.45 9,476.45 1.00 700.00 - 9,477.45 9,820.74

INSPECTOR 9,476.45 9,476.45 1.00 4,900.00 - 9,477.45 14,020.74

OFICIAL DE BIBLIOTECAS 9,476.45 9,476.45 - - - 9,477.45 6,517.17

AGENTE ADMINISTRATIVO 9,476.45 9,476.45 1.00 6,000.00 - 9,477.45 15,120.74

ARCHIVISTA 9,476.45 9,476.45 1.00 768.00 - 9,477.45 9,888.74

JUBILADO 9,476.45 9,476.45 1.00 15,500.00 - 9,477.45 24,620.74

PENSIONADO 9,476.45 9,476.45 1.00 2,917.76 - 9,477.45 12,038.50

NIVEL 4

ENCARGADO DE FUENTES 8,640.66 8,640.66 - - - 8,640.66 8,316.32

CAPTURISTA DE DATOS 8,640.66 8,640.66 1.00 3,000.00 - 8,641.66 11,316.32

FONTANERO 8,640.66 8,640.66 1.00 1,200.00 - 8,641.66 9,516.32

DIBUJANTE 8,640.66 8,640.66 - - - 8,640.66 8,316.32

AUXILIAR DE CONTABILIDAD 8,640.66 8,640.66 1.00 1,800.00 - 8,641.66 10,116.32

OFICIAL DE ALBAÑILERIA 8,640.66 8,640.66 1.00 3,000.00 - 8,641.66 11,316.32

AUXILIAR DE ALMACEN 8,640.66 8,640.66 - - - 8,640.66 8,316.32

VALUADOR 8,640.66 8,640.66 - - - 8,640.66 8,316.32

AUXILIAR DE INSPECTOR 8,640.66 8,640.66 1.00 600.00 - 8,641.66 8,916.32

COORDINADOR DEPORTIVO 8,640.66 8,640.66 1.00 4,000.00 - 8,641.66 12,316.32

TOPOGRAFO 8,640.66 8,640.66 - - - 8,640.66 8,316.32

AYUDANTE DE DESASOLVE 8,640.66 8,640.66 1.00 912.00 - 8,641.66 9,228.32

JUBILADO 8,640.66 8,640.66 1.00 6,658.36 - 8,641.66 14,974.68

PENSIONADO 8,640.66 8,640.66 1.00 268.00 - 8,641.66 8,584.32

VELADOR 8,640.66 8,640.66 1.00 1,100.00 - 8,641.66 9,416.32

NIVEL 3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 1.00 12,000.00 - 7,916.10 19,914.10

CARGADOR 8,222.75 8,222.75 1.00 921.00 - 7,916.10 8,835.10

MECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 1.00 3,000.00 - 7,916.10 10,914.10

OPERADO DE MOTOSIERRA 8,222.75 8,222.75 1.00 1,000.00 - 7,916.10 8,914.10

VISITADOR AUXILIAR 8,222.75 8,222.75 1.00 106.00 - 7,916.10 8,020.10

TAQUIMECANOGRAFA 8,222.75 8,222.75 - - - 8,222.75 7,914.10

ENCARGADO DE BOMBA 8,222.75 8,222.75 1.00 700.00 - 7,916.10 8,614.10

JARDINERO ESTETICO 8,222.75 8,222.75 1.00 2,200.00 - 7,916.10 10,114.10

NOTIFICADOR 8,222.75 8,222.75 1.00 10,500.00 - 7,916.10 18,414.10

OFICIAL ADMINISTRATIVO 8,222.75 8,222.75 1.00 19,250.00 - 7,916.10 27,164.10

ENCARGADO DE INVERSION HISTORICA 8,222.75 8,222.75 1.00 714.00 - 7,916.10 8,628.10

ENCARGADO DEL IMSS 8,222.75 8,222.75 1.00 14,114.00 - 7,916.10 22,028.10

AYUDANTE DE MAQUINARIA PESADA 8,222.75 8,222.75 1.00 475.00 - 7,916.10 8,389.10

MECANICO "B" 8,222.75 8,222.75 1.00 500.00 - 7,916.10 8,414.10

JUBILADO 8,222.75 8,222.75 1.00 8,414.00 - 7,916.10 16,328.10

PENSIONADO 8,222.75 8,222.75 1.00 714.00 - 7,916.10 8,628.10

TOTAL DE PERCEPCIONESPPS

DIETA

MENSUAL

SUELDO BASE

MENSUALDESCRIPCION

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EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA SOLICITUD PARA AUTORIZAR EL PROGRAMA DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES EN MATERIA DE CONTRIBUCIONES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 14 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se otorgarán los siguientes beneficios fiscales a las personas que sean sujetos del Impuesto Predial y que no tengan adeudos anteriores al ejercicio fiscal del 2019, con la finalidad de cumplir con la meta fijada en Ley de Ingresos, consistentes en:

• En el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019, se otorgará un 15% de subsidio, siempre y cuando el pago se realice en el mes de ENERO 2019.

• En el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019, se otorgará un 10% de subsidio, siempre y cuando el pago se realice en el mes de FEBRERO 2019.

COMPENSACIONES

DESDE HASTA DESDE HASTA

NIVEL 2

AUXILIAR DE MOTOSIERRA 7,177.99 7,177.99 - - - 7,177.99 6,908.56

ENCARGADO DE JARDINERIA 7,595.88 7,595.88 1.00 600.00 - 7,178.99 7,910.76

ENCARGADO DE CUARTO FRIO 7,595.88 7,595.88 1.00 250.00 - 7,178.99 7,560.76

PODADOR 7,595.88 7,595.88 - - - 7,177.99 7,310.76

SOBRESTANTE 7,595.88 7,595.88 - - - 7,177.99 7,310.76

JUBILADO 7,595.88 7,595.88 1.00 1,921.00 - 7,178.99 9,231.76

PENSIONADO 7,595.88 7,595.88 - - - 7,177.99 7,310.76

NIVEL 1

ASEADOR 7,177.99 7,177.99 1.00 1,900.00 - 7,178.99 8,808.56

AUXILIAR DE FUENTES 7,177.99 7,177.99 - - - 7,177.99 6,908.56

AUXILIAR DE MERCADOS 7,177.99 7,177.99 - - - 7,177.99 6,908.56

AUXILIAR DE NOMENCLATURA 7,177.99 7,177.99 - - - 7,177.99 6,908.56

AYUDANTE DE ALBAÑIL 7,177.99 7,177.99 1.00 1,800.30 - 7,178.99 8,708.86

AYUDANTE DE ELECTRICISTA 7,177.99 7,177.99 - - - 7,177.99 6,908.56

AUXILIAR DE TALLER 7,177.99 7,177.99 1.00 800.00 - 7,178.99 7,708.56

AYUDANTE DE TOPOGRAFO 7,177.99 7,177.99 1.00 375.00 - 7,178.99 7,283.56

BARRENDERO 7,177.99 7,177.99 1.00 10,500.00 - 7,178.99 17,408.56

CAJONERO 7,177.99 7,177.99 1.00 500.00 - 7,178.99 7,408.56

CONSRERJE 7,177.99 7,177.99 1.00 5,250.00 - 7,178.99 12,158.56

GUARDARRASTRO 7,177.99 7,177.99 1.00 390.00 - 7,178.99 7,298.56

JARDINERO 7,177.99 7,177.99 1.00 2,000.00 - 7,178.99 8,908.56

MOZO 7,177.99 7,177.99 1.00 600.00 - 7,178.99 7,508.56

MATANCERO 7,595.88 7,595.88 1.00 1,800.00 - 7,596.88 9,110.76

SELLADOR 7,177.99 7,177.99 1.00 1,800.00 - 7,178.99 8,708.56

JUBILADO 7,177.99 7,177.99 1.00 1,665.00 - 7,178.99 8,573.56

PENSIONADO 3,138.88 3,138.88 - - - 3,138.88 3,138.88

TOTAL DE PERCEPCIONESPPS

DIETA

MENSUAL

SUELDO BASE

MENSUALDESCRIPCION

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• En el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019, se otorgará un 5% de subsidio, siempre y cuando el pago se realice en el mes de MARZO 2019.

• En casos específicos, los integrantes del cabildo del H. Ayuntamiento de Tepic, Nayarit; podrán autorizar un subsidio adicional hasta del 10%, en el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019.

SEGUNDO.- Se otorgarán los siguientes beneficios fiscales a quienes sean sujetos del Impuesto Predial y que tengan adeudos anteriores al ejercicio fiscal del 2019, y no hubiese podido aprovechar los beneficios anteriores, con la finalidad de recuperar la cartera vencida, consistentes en:

• Al realizar el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019, se aplicará una tarifa de factor del 0.80 en años anteriores. Asimismo, una condonación del 90% en materia de recargos y 50% en gastos de cobranza, pagando en los meses de ENERO a MARZO del 2019. En casos específicos, los integrantes del cabildo del H. Ayuntamiento de Tepic, Nayarit; podrán autorizar una tarifa de factor del 0.70 únicamente en el pago de ejercicios anteriores al 2019.

• Al realizar el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2019, se otorgará una tarifa de factor del 0.90 en años anteriores. Asimismo, una condonación del 90% en materia de recargos y 50% en gastos de cobranza, pagando en los meses de ABRIL a JUNIO del 2019. En casos específicos, los integrantes del cabildo del H. Ayuntamiento de Tepic, Nayarit; podrán autorizar una tarifa de factor del 0.80 únicamente en el pago de ejercicios anteriores al 2019.

TERCERO.- Se otorgará un subsidio del 20% en el pago del Impuesto Predial por lo que ve únicamente al 2019, a los afiliados a SINDICATOS, CUERPOS POLICIALES, GREMIOS y ASOCIACIONES CIVILES que tengan suscrito Convenio con el H. XLI Ayuntamiento de Tepic, Nayarit, para el caso de asociaciones civiles no será necesario el convenio, bastará con copia del acta constitutiva de la asociación, siempre y cuando el pago se efectué durante los meses de Enero, Febrero y Marzo 2019. CUARTO.- En estricta observancia al artículo 10 fracciones XIII, XIX y los artículos 11 y 14 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, en relación a los grupos sociales con alguna vulnerabilidad se otorgarán beneficios fiscales de acuerdo a lo siguiente: Para la tercera edad, jubilados, pensionados y personas con discapacidad, se les otorgará el 50% sobre el monto del impuesto predial que resulte de la aplicación de las bases y tasas en la parte relativa que señala la Ley de Ingresos para la Municipalidad de Tepic, Nayarit para el ejercicio fiscal 2019; los cuales

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presentarán una copia de identificación que lo acredite (acta de nacimiento, credencial de la tercera edad, identificación oficial INE, CURP, o algún otro documento oficial). QUINTO.- A los contribuyentes que tengan el carácter de agremiados al Sindicato Mayoritario de trabajadores al servicio del estado y municipios en Nayarit y sus entes descentralizados, se les otorgará el 50% de subsidio sobre el monto del impuesto predial que resulté de la aplicación de las bases y tasas que señala la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2019, siempre y cuando el pago se efectué durante los meses de Enero, Febrero y Marzo 2019. SEXTO.- Se extiende el punto de acuerdo QUINTO a otras organizaciones sindicales que tengan trabajadores dentro del H. Ayuntamiento y sus entes descentralizados. SÉPTIMO.- Los beneficios otorgados en los términos de los puntos de acuerdo TERCERO, CUARTO, QUINTO Y SEXTO se comprobarán con la solicitud que suscriba el contribuyente o la persona que lleve a cabo el trámite por dicho concepto. OCTAVO.- Se autoriza a las cajas recaudadoras del Impuesto Predial a utilizar las terminales proporcionadas por el Banco, para realizar pagos con tarjetas de débito o de crédito, teniendo el contribuyente la opción de pago a 3 y 6 meses sin intereses a partir de $850.00 pesos (Ochocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.), haciéndoles mención que por utilizar dicho método se genera el porcentaje de comisiones que establece el banco, mismas que serán cubiertos por la Tesorería Municipal. Se podrán realizar Convenios para el pago del impuesto predial con los contribuyentes que no tengan acceso a tarjetas de crédito, pagando a partir de la aprobación del presente acuerdo al 31 diciembre del presente ejercicio fiscal. El pago total del convenio deberá realizarse antes del 31 de diciembre del 2019. NOVENO.- El Presidente o Tesorero podrán autorizar descuentos en los accesorios de las contribuciones tales como actualización, recargos, multas, gastos de ejecución e indemnizaciones para el ejercicio fiscal del 2019. DÉCIMO.- Así mismo se autoriza al Presidente o Tesorero a condonar total o parcialmente el pago de derechos. A las escuelas públicas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria), se les otorgará un incentivo fiscal en el pago de Derechos, previa solicitud hecha por escrito ante la Tesorería Municipal, la cual, de considerarlo procedente se emitirá la respuesta correspondiente a la solicitud autorizando el subsidio total o parcial del derecho correspondiente.

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En virtud de que el presente acuerdo es de aplicación general a todos los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial, no existe prohibición para que dichos beneficios sean aprovechados para aquellos contribuyentes que tengan más de una propiedad. UNDÉCIMO.- Los beneficios fiscales otorgados para estimular el incremento en la recaudación fiscal exclusivamente para el otorgamiento de subsidios, se registrarán en el Ramo III dependencia 19 denominado Erogaciones Generales, capítulo del gasto 4000 denominado transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, en la partida de gasto denominado ayudas a personas del presupuesto de egresos para la municipalidad de Tepic, Nayarit para el ejercicio fiscal del 2019. Para efectos contables deberá registrarse en el gasto directamente el importe mensual de los beneficios fiscales otorgados con base en el presente acuerdo; en las cuentas bancarias se ingresará lo realmente recibido y las cuentas de ingresos se registrará el importe total del impuesto determinado por la autoridad, con objeto de simplificar el citado procedimiento. DUODÉCIMO.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir del primero de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019. DÉCIMO TERCERO.- Los puntos de acuerdo PRIMERO, TERCERO, QUINTO Y SEXTO tendrá vigencia a partir del primero de enero de 2019 al 31 de marzo de 2019. El punto SEGUNDO tendrá vigencia a partir del primero de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019. El punto CUARTO tendrá vigencia del primero de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2019. DÉCIMO CUARTO.- Se instruye al Secretario de Ayuntamiento para que publique el presente acuerdo administrativo de carácter general denominado “acuerdo que autoriza el programa de facilidades administrativas y estímulos fiscales en materia de contribuciones para el ejercicio fiscal 2019”. Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DE LA SOLICITUD DE PROPUESTA PARA QUE SE AUTORICE LA FRASE: “CERO TOLERANCIA CONTRA LA VIOLENCIA”, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS RESOLUTIVOS PRIMERO Y SEGUNDO DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES PARA EL ESTADO DE NAYARIT, QUE EMITE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. MISMO QUE ES APROBADO POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES, CON 14 VOTOS A FAVOR, CON LOS SIGUIENTES:

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PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.-Se autoriza la frase: “Cero Tolerancia contra la Violencia”, para que se divulgue en la documentación oficial que se expida por las Dependencias de la Administración Municipal de Tepic, asimismo en los recibos de pago de servicios que expida el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Tepic, con la finalidad de dar cumplimiento a la línea de acción de la divulgación de manera continua y permanente, acatándose a los resolutivos Primero y Segundo de las fracciones I, II y III de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Nayarit, que emite la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. SEGUNDO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que notifique a las personas titulares de las Dependencias de la Administración Municipal y al Director General del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Tepic, para que la frase autorizada por el Honorable Cabildo, sea divulgada en la documentación oficial y en los recibos de pago de servicios. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, para que en su calidad de Presidente del Sistema Municipal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en el Municipio de Tepic, notifique al Instituto Municipal de Planeación de Tepic, sobre los trabajos y acciones que se han realizado para que a su vez elabore las conclusiones en cumplimiento a lo establecido en el primero y segundo resolutivo de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Nayarit, que emite la Secretaría de Gobernación. Asimismo informar al Instituto de la Mujer Nayarita sobre los trabajos realizados por el Municipio de Tepic. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que publique los anteriores puntos de acuerdo en la Gaceta Municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

EL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DEL DICTAMEN RELATIVO A LA AUTORIZACIÓN DEL ACUERDO PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS GASTOS DE REPRESENTACIÓN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. MISMO QUE ES APROBADO POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 13 VOTOS A FAVOR Y 1 UN VOTO EN ABSTENCIÓN DEL REGIDOR CARLOS BARRÓN MAYORQUÍN, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se autoriza el acuerdo del H. Ayuntamiento para la asignación de gastos de representación de los integrantes del Honorable Ayuntamiento de Tepic,

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Nayarit; los cuales se emiten en cumplimiento al penúltimo párrafo del artículo 4 del Presupuesto de Egresos para la Municipalidad de Tepic, Nayarit, para el ejercicio fiscal del 2019. SEGUNDO.- Se instruye al Tesorero Municipal, al Dr. Francisco Alberto Rivera Domínguez, para que a través de las unidades administrativas de la Tesorería se proceda a realizar los trámites autorizados en el punto de acuerdo que antecede. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento, al C. Rene Alonso Herrera Jiménez, para que publique los anteriores puntos de acuerdo en la gaceta municipal órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic.

Por lo anterior se emite el siguiente Acuerdo:

ARTÍCULO PRIMERO.- Sólo se podrán otorgar gastos de representación a los integrantes del Ayuntamiento. ARTÍCULO SEGUNDO.- En los gastos de representación asignados a los integrantes del Ayuntamiento se comprobarán mediante el recibo que para tal efecto suscriba el servidor público de que se trate, cuyo formato es el Anexo II de las presentes. ARTÍCULO TERCERO.- Se establece como monto máximo quincenal de gastos de representación a los integrantes del Ayuntamiento la cantidad de veinticinco mil pesos 00/100 moneda nacional. ARTÍCULO CUARTO.- Los integrantes del Ayuntamiento deberán solicitar por escrito (ANEXO I) a la Tesorería Municipal los gastos de representación que requieran para el cumplimiento de sus funciones y suscribirán un recibo (ANEXO II) por la cantidad autorizada con base a las presentes reglas, documentos que servirán de comprobación en la póliza de egreso correspondiente, documento que servirá de justificación, en la póliza de egresos correspondientes. ARTÍCULO QUINTO.- Los integrantes del Ayuntamiento para efectos de justificar los gastos de representación deberán emitir un informe mensual (ANEXO III) que será entregado por escrito (ANEXO IV) a la Tesorería Municipal, dentro del mes siguiente al que se hubiera otorgado el recurso, para ser integrado a la contabilidad. ARTÍCULO SEXTO.- Las presentes reglas inician a su vigencia a partir el 01 de enero al 31 de diciembre de 2019.

ANEXOS ANEXO I

FORMATO DE SOLICITUD DE GASTOS DE REPRESENTACION

Tepic, Nayarit a ____ de _________ de 2019

DR. FRANCISCO ALBERTO RIVERA DOMÍNGUEZ TESORERO MUNICIPAL DEL XLI AYUNTAMIENTO DE TEPIC PRESENTE

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Mediante la presente solicito a Usted se sirva autorizar la cantidad de $______________ (___________________ 00/100 moneda nacional) por concepto de gastos de representación para la ________quincena del mes de _____________ ejercicio fiscal 2019, lo anterior con el propósito de estar en condiciones de atender las actividades institucionales necesarias para el cumplimiento de las funciones encomendadas en las disposiciones legales, reglamentarias, normativas y con ello estar en posibilidad de dar cumplimiento al Proyecto A10201. Sin otro en particular, aprovecho la ocasión para saludarlo.

ATENTAMENTE

_____________________________________________ PRESIDENTE, SINDICA O REGIDOR CONSTITUCIONAL DEL XLI

AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT.

ANEXO II

FORMATO DE RECIBO POR LA CANTIDAD AUTORIZADA DE GASTOS DE REPRESENTACION

Bueno por $ ____________

RECIBÍ de la Tesorería Municipal del XLI Ayuntamiento de Tepic, Nayarit a mi entera satisfacción, vía cheque/transferencia electrónica a la tarjeta de la Institución Bancaria Banamex número _____________________ de mi propiedad la cantidad de $____________ (_______________________ pesos 00/100 moneda nacional) por concepto de gastos de representación correspondientes a la ____________ quincena del ejercicio fiscal 2019, en la ciudad de Tepic, Nayarit el día ___ de _______ del 2019.

ATENTAMENTE

_____________________________________________ PRESIDENTE, SINDICA O REGIDOR CONSTITUCIONAL DEL XLI

AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT.

ANEXO III

FORMATO DEL ESCRITO PARA LA ENTREGA DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES QUE RINDEN LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE TEPIC.

DR. FRANCISCO ALBERTO RIVERA DOMÍNGUEZ TESORERO MUNICIPAL PRESENTE Anexo al presente sírvase encontrar el informe de actividades realizadas durante el mes de ______________ del ejercicio fiscal 2019 en cumplimiento de las funciones que le son conferidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, la Ley Municipal para el Estado de Nayarit y demás ordenamientos legales, reglamentarios y normativo; lo anterior con el propósito de que se integre a la contabilidad como justificación de los gastos de representación que me fueron otorgados para el periodo que se informa, de conformidad con el Acuerdo emitido por el H. Ayuntamiento en la sesión extraordinaria del mes de diciembre de 2018.

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Sin otro en particular, aprovecho la ocasión para saludarlo cordialmente.

ATENTAMENTE _____________________________________________ PRESIDENTE, SINDICA O REGIDOR CONSTITUCIONAL DEL XLI

AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT.

ANEXO IV

FORMATO DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES QUE RINDEN LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE TEPIC DENTRO DEL PROYECTO A10201.

INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES

REGIDOR _________________________________________________________

CONSECUTIVO _________2019

FECHA ACTIVIDAD LUGAR

ATENTAMENTE

______________(NOMBRE Y FIRMA__________________ PRESIDENTE, SINDICA O REGIDOR CONSTITUCIONAL DEL XLI

AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT.

EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA PRESENTACIÓN PARA LA DISCUSIÓN Y APROBACIÓN EN SU CASO, DE LA SOLICITUD PARA AUTORIZAR LA CONSTITUCIÓN DEL FONDO DE AHORRO PARA LOS INTEGRANTES DEL HONORABLE XLI AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TEPIC, NAYARIT. MISMO QUE ES APROBADO POR MAYORÍA DE LOS PRESENTES, CON 13 VOTOS A FAVOR Y 1 UN VOTO EN ABSTENCIÓN DEL REGIDOR CARLOS BARRÓN MAYORQUÍN, CON LOS SIGUIENTES:

PUNTOS DE ACUERDO

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PRIMERO.-Se autoriza la creación del fondo de ahorro para los integrantes del Honorable XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic, Nayarit, el cual se integrará con las aportaciones que dichos servidores públicos realicen al mismo, debiendo aportar la Tesorería Municipal, un peso por cada peso que se acumule en el fondo, con una aportación inicial de cinco mil pesos, con un tope de hasta cinco mil pesos mensuales, la entrega del fondo será en la primer quincena del mes de diciembre del presente año o en cualquier momento siempre y cuando exista una previa solicitud. SEGUNDO.-Asimismo, se le instruye a la Tesorería Municipal para que de considerarlo pertinente y se den las condiciones de disponibilidad de recursos económicos, se apertura una cuenta bancaria en la que se depositen tanto en el ahorro de sus dietas (descontado o aportado), como con la aportación municipal. TERCERO.-Se autoriza la ampliación presupuestal del ejercicio 2019, suficiente para cubrir las necesidades del fondo de ahorro, a que se refiere el punto primero del presente acuerdo. CUARTO.-El presente acuerdo surtirá sus efectos legales a partir del 01 de enero al 31 de diciembre del 2019. QUINTO.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que publique los anteriores puntos de acuerdo en la Gaceta Municipal, órgano de difusión del H. XLI Ayuntamiento Constitucional de Tepic. EL SEPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN DEL PRIMER INFORME DE LABORES DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE DERECHO HUMANOS DE TEPIC. EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE DERECHO HUMANOS DE TEPIC, CONFORME A LO DISPUESTO EN SUS ARTÍCULOS 104 FRACCIÓN VIII DE LA LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE NAYARIT, 5 FRACCIÓN XVI, 17 FRACCIÓN VII Y VIII DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE DERECHOS HUMANOS DE TEPIC, MISMO QUE PROCEDE A DAR SU PRIMER INFORME DE LABORES CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 15 DE DICIEMBRE DEL 2017 AL 15 DE DICIEMBRE DEL 2018.

EL OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVO A LA

PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES AL HONORABLE CABILDO. MISMOS QUE SON PRESENTADOS DE MANERA IMPRESA PARA SU CONOCIMIENTO AL HONORABLE CABILDO, DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 46 DEL REGLAMENTO INTERNO DE CABILDO Y TRABAJO

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EN COMISIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, MISMOS QUE SON LOS SIGUIENTES: a).-El regidor Hazael Rivera Barajas, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de septiembre, octubre y noviembre del 2018. b).-La regidora Gloria Noemí Ramírez Bucio, presenta el informe de actividades

correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2018.

EL NOVENO PUNTO, SE CLAURA LA SESIÓN.