El Sufragio

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Martínez Eduardo Nelson EL SUFRAGIO Noción : es la facultad que tienen los ciudadanos para intervenir en la elección de quienes componen los poderes del estado y responden a las consultas que los órganos habilitados convoquen. El sufragio contribuye al dogma sobre el que se asienta el principio de la soberanía popular, con arreglo al cual se legitima el poder: Naturaleza del sufragio: Según Bidart Campos el sufragio es una función política de naturaleza electoral y de carácter individual. El ejercicio del sufragio es un derecho en el sentido de que el votante puede decidirse por el candidato de su agrado, nadie le puede componer a votar por tal o cual persona, ni impídele a que concurra el comisio. Por esto es que algunos han sostenido que el sufragio es un derecho y un deber a la vez, conclusión errónea porque como decía Del Valle “si el sufragio es un deber no es un derecho”. El derecho, agregaba que es la facultad de hacer o no hacer tal cosa; el deber es la necesidad en que se encuentra un hombre de ejercer tal acto, si el deber no es un derecho, claro es que el poner juntas estas dos palabras, atribuyéndole la misma significación se incurre en una contradicción evidente. Modalidades del sufragio Sufragio universal : tienen derecho al sufragio todas las personas habilitadas por la ley, excluye todo tipo de 1

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Derecho Constitucional

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EL SUFRAGIO

Martnez Eduardo Nelson

EL SUFRAGIO

Nocin: es la facultad que tienen los ciudadanos para intervenir en la eleccin de quienes componen los poderes del estado y responden a las consultas que los rganos habilitados convoquen.

El sufragio contribuye al dogma sobre el que se asienta el principio de la soberana popular, con arreglo al cual se legitima el poder:

Naturaleza del sufragio:

Segn Bidart Campos el sufragio es una funcin poltica de naturaleza electoral y de carcter individual.

El ejercicio del sufragio es un derecho en el sentido de que el votante puede decidirse por el candidato de su agrado, nadie le puede componer a votar por tal o cual persona, ni impdele a que concurra el comisio. Por esto es que algunos han sostenido que el sufragio es un derecho y un deber a la vez, conclusin errnea porque como deca Del Valle si el sufragio es un deber no es un derecho. El derecho, agregaba que es la facultad de hacer o no hacer tal cosa; el deber es la necesidad en que se encuentra un hombre de ejercer tal acto, si el deber no es un derecho, claro es que el poner juntas estas dos palabras, atribuyndole la misma significacin se incurre en una contradiccin evidente.

Modalidades del sufragioSufragio universal: tienen derecho al sufragio todas las personas habilitadas por la ley, excluye todo tipo de discriminaciones que a lo largo de la historia se han manifestado en razn de la renta, la instruccin o el sexo.

Sufragio calificado: La calificacin advino por algunos de estas razones:a) por la renta: solo autorizaba a votar a las personas que tributan.b) Por la instruccin: estaba inspirado en el razonamiento de que una persona carente de cierto grado de instruccin no tiene suficiente discernimiento para ejercer el sufragio. Como consecuencia, es derecho exclusivo de quienes tienen un piso mnimo de educacin.

c) Por el sexo: parte del presupuesto de que la mujer por su sola condicin carece de suficiente aptitud para votar. Esta modalidad rigi en la Argentina hasta el dictado de la ley 13.010, que en 1947 acord a las mujeres derechos electorales.El Pacto de San Jos de Costa Rica establece que todos los ciudadanos tienen el derecho de participar en la direccin de los asuntos pblicos, de votar y ser elegidos en elecciones peridicas, autenticas realizados por sufragio universal, igual y por voto secreto que garanticen la libre expresin de la voluntad de los electores. (Art 23)

Anlisis del art 37 de la CN

La constitucionalizacion de este derecho poltico viene acompaado de los caracteres que su ejercicio ha tenido desde el dictado de la ley Senz Pea, a saber: Universal, Secreto, y Obligatorio

.La norma Constitucional del art 37 dice:Esta constitucin garantiza el pleno ejercicio de los derechos polticos, con arreglo al principio de la soberana popular y de las leyes que se dicten en consecuencia.

El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizan por acciones positivas en la regulacin de los partidos polticos y en el rgimen electoral.

Universal: el cdigo electoral nacional (dec 2151/83) otorga calidad de elector a los ciudadanos de ambos sexos, nativos, por opcin o naturalizados, desde los 18 aos incluidos en el electoral.

Igual. Se expresa con la formula de que cada hombre vale un voto. Es una manifestacin del principio de igualdad contenido en el art 16 C.N.Secreto: lo que significa que el elector no esta obligado a develar el sentido de su voto. El cdigo electoral tipifica como delito la conducta de quien devela el sentido de su voto.

En nuestro derecho el voto adquiri el carcter de secreto a partir de 1912 con la ley 8.871. En el periodo anterior se votaba en los atrios de las iglesias con padrones confeccionados discrecionalmente y en alta voz.Obligatorio: todos los ciudadanos estn obligados a sufragar en las elecciones, a excepcin de los mayores de 70 aos, los jueces y auxiliares que deban asistir a sus oficinas abiertas, los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor.

Personal: el voto es personal, extremo que habilita al ciudadano a ejercer sus derechos por si solo, inhibiendo la posibilidad de elegir la facultad en un 3.

El art 37 2 parte establece: la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos pblicos y partidarios, se garantizara por acciones positivas en la regulacin de los partidarios polticos y en el rgimen electoral.

A su vez la segunda disposiciones transitoria reza que (ultima parte de la CN)

Las acciones positivas a la que alude el Art. 37 en su ultimo prrafo no podrn ser inferiores a las vigentes al tiempo de sancionarse esta constitucin.El instrumento que introdujo modificaciones al cdigo electoral dispuso que las listas que se presenten debern tener mujeres en un mnimo del 30% de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidades de resultar electas. No ser oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos (art. 60)Sistemas electorales. Conceptos. Importancia.Es el procedimiento que se utiliza para determinar a quienes se adjudicaran las bancas tras la realizacin de un comisio.

Es un sentido amplio se vincula con el rgimen electoral, es decir, con la normativa constitucional que contiene los presupuestos bsicos que el Estado adopta en materia electoral.

El rgimen electoral es patrimonio de la CN

El sistema esta diferido de la CN

El 1 es obra del constituyente, tiene jerarqua suprema sobre la cual no puede avanzar el sistema. En la CN el rgimen electoral encuentra sustento en los art 45, 54, y 94 a 98

Se distingue los siguientes sistemas:1) mayoritarios:

a) lista completa

b) circunscripcin uninominal

2) minoritarios:a) emprico lista incompletab) proporcional: DHont, Hagenbach Lista completa: el partido que rene la mayor cantidad de votos se adjudica la totalidad de los bancas en disputa. El sistema es injusto porque puede suceder que uno de los partidos, aunque no haya alcanzado ni siquiera el 50% del total de los votos se alza con todos los cargos.No asegura ni autoriza representacin alguna para los restantes competidores.

Fue la modalidad vigente en nuestro pas desde el dictado de la CN hasta la ley Sanz Pea en 1912, ha excepcin del brevsimo periodo en que rigi el sistema de circunscripcin uninominal entre 1902 y 1904.

Circunscripcin uninominal: es una forma mas atenuada del anterior que divide al territorio nacional en tantos distritos como cargos deban cubrirse, eligiendo en cada uno de ellos representantes.

As por ejemplo si los cargos a cubrir eran 130, el territorio nacional se divide a los fines electorales en igual n de circunscripciones.

Si pens que era adecuado para concluir con el predominio de las mayoras dando intervencin a las minoras. Se supona que era imposible un mismo partido triunfara en todos los distritos.

Es discrecional del congreso la distribucin de los distintos distritos en las elecciones

Sistema de la lista incompleta y voto restringido (establecido por la ley Senz Pea en 1912 y utilizado hasta 1949 y en 1958). Funciona del siguiente modo:a) Dentro de cada distrito cada lista partidaria postula candidatos para cubrir solo los 2/3 del total de vacantes a llenar: por ende, cada ciudadano solo vota un n de candidatos que representa solo los 2/3 del total de vacantes. La lista partidaria mas votada impone 2/3 de sus candidatos y la que le sigue impone el tercio restante.

b) Por ejemplo si se presentan tres partidos (a, b, c) y hay 6 vacante a cubrir y el partidario A obtiene 5.000 votos, el B, 4.000 votos y el C, 3.900 votos, resulta que el partido A impone a de sus candidatos, el B 2 candidatos, y el C ninguno.

Sistema proporcional Dont: Este sistema funciona del siguiente modo:

a) El total de los votos obtenidos por cada partido se divide sucesivamente por 1, por 2, por 3 hasta llegar al nmero de bancas a cubrir.

b) Todos los cocientes obtenidos se ordenan en forma decreciente. Si dos cocientes son iguales, se los colocas tambin en el orden.

c) El cociente ordenado en el ltimo trmino ser el divisor comn o cifra repartidora. Es decir: cuantas veces entre dicho divisor comn en el n total de votos obtenidos por cada partido ello indicara el n de cargos que los cocientes a los partidos que cotejan.

d) No participaran en el ordenamiento ni los votos en blanco, ni los de las listas que no obtuvieran el 8% del total de los votos validos emitidos.

Sistema de doble voto acumulativo

Este sistema, que largo notoriedad por ser el que rige en el Uruguay desde 1934, ha sido incorporado en varias provincias argentinas (Formosa, Tucumn, Jujuy, Chubut, Santa Cruz) para las elecciones generales locales.Segn este sistema cada partido es un lema, permitindose que en cada eleccin se inscriban de cada uno de ellos todos los sublemas que logren una adhesin interna mnima de adherentes para postular candidaturas a los cargos que se deben cubrir. Dentro de cada partido o lema gana el sublema que obtiene ms votos y que viene a sumar en su favor todos los votos obtenidos por los restantes sublemas pertenecientes a su partido.

El lema o partido que obtiene ms voto gana la eleccin.

Es decir que el elector, cuando va al sufragio, vota doblemente al mismo tiempo: para definir cual va a ser candidato de su partido (como si fuera una eleccin interna) y para cubrir el cargo del gobierno motivo de la eleccin.

Se trata de una suerte de eleccin primaria abierta a todo el electorado, realizada conjuntamente con la eleccin principal. En sentido tiene la ventaja en que los partidos ahorran los gastos propios que cuesta cada campaa. La otra toda ventaja es que se abren los partidos a toda la sociedad, para definir sus candidaturas internas.

Como el voto es doble el escrutinio tambin tiene esa caracterstica: compaginndose resultados que agrupan por su parte, a cada uno de los sublemas y por la otra, como consecuencia de los guarismos obtenidos por aquellos, surge el n total de votos del lema.

Modalidades del sufragio y sistema adoptado por la ley de 1912

La innovacin introducida por la ley 1912 es la obligatoriedad del sufragio, todos los ciudadanos tienen la obligacin de votar en cuantas elecciones generales fueren convocadas en su distrito.

El sufragio es universal. El cdigo electoral nacional (Dec 2153/83) acuerda calidad de elector a los ciudadanos de ambos sexo, nativos por opcin o naturalizados, desde los 18 aos, incluidos en el padrn electoral.Estn excluidos del ejercicio del sufragio:

a) Los dementes declarados y aquellos que no han sido declarados pero se encuentran reducidos en establecimientos pblicos.b) Los sordomudos declarados.

c) Los soldados conscriptos de las fuerzas armadas, gendarmes, marineros, as como tambin los alumnos de institutos de reclutamiento de todas esas fuerzas.

d) Los detenidos por orden de juez competente, mientras no recuperen la libertad.

e) Los condenados por delitos dolosos o pena privativa de libertad.

f) Los declarados rebeldes por causa penal, hasta que cese la rebelda.

g) Los inhabilitados segn disposiciones de la ley orgnica de los partidos polticos.

El voto es secreto, obligatorio.

Todos lo ciudadanos estn obligados a sufragar, con excepcin de:

a) los mayores de 70 aos;

b) los jueces y los auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantener abiertas mientras dure el acto comicial,

c) los que el da de la eleccin se encuentren a mas 500 Km. del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento se debe a motivos razonables.

d) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor,

e) El personal de organismo y empresas de servicios que por razones atinante a su cumplimiento deban realizar tareas que le impiden asistir al comicios.

Cmo esta sancionado el incumplimiento de la obligacin del sufragio?Con multa y en caso residencia con el doble de la multa impuesta; con la publicacin del nombre del infractor, la pena es impuesta por el juez federal.

Qu garantas tienen los electores y los partidos polticos el da del sufragio?

a) El elector tiene accin de amparo si se ve privado del derecho de votar o si le es retenido su documento

b) Ningn elector puede ser detenido desde las 24 hs antes de la eleccin hasta la clausura del comicios (salvo flagrante delito u orden de un juez competente)

c) A ningn elector se le puede retener su documento

d) Las boletas deben individualizarse suficientemente a los efectos de ser inconfundibles entre si.

e) Esta prohibido la portacin de armas, banderas y divisas durante la eleccin

f) Esta prohibido tener abiertas las casas de expendio de bebidas alcohlicas hasta tres horas despus del comicio.

g) Esta prohibido colocar en el cuarto oscuro carteles o inscripciones no autorizadas por la ley, ni documento alguno que implique sugerencia al elector.

Cules son las clases de sufragio que deben tener en cuenta a los efectos del escribano?

a) votos validos: son los emitidos en boletas oficiales

b) votos nulos: por las siguientes causas:

- por ser emitidos en boletas no oficializadas

- por se emitidos en dos o mas boletas de distintos partidos para la misma eleccin

- por ser emitidos conjuntamente con objetos extraos dentro del sobre

c) votos en blancos: emitidos en sobre o papel sin inscripcin alguna

d) votos recurridos: cuya validez es cuestionada por algn fiscal presente

e) voto impugnado: en relacin con la identidad del elector.

Los partidos polticos. Anlisis del art 38 de la CN

Art. 38.- Los partidos polticos son instituciones fundamentales del sistema democrtico. Su creacin y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitucin, la que garantiza su organizacin y funcionamiento democrticos, la representacin de las minoras, la competencia para la postulacin de candidatos a cargos pblicos electivos, el acceso a la informacin pblica y la difusin de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento econmico de sus actividades y de la capacitacin de sus dirigentes. Los partidos polticos debern dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio.

La fundamentabilidad se explica por el papel que cumple en la sociedad actual encauzando la voluntad poltica del pueblo siendo as intermediario de las demandas de la sociedad y quienes ejercen el poder.

Es un rgano que propende a la educacin de los ciudadanos para el ejercicio de la responsabilidad poltica y seleccin de dirigente que deben gobernar o ejercer el papel de la oposicin.

Libre creacin, funcionamiento democrtico y representativo de las minoras

Cuando la CN dice que la creacin y ejercicio de sus actividades son libres esta mentado a la ausencia de cualquier tipo de obstculo para dar vida a una expresin poltica.

Esta creacin y desenvolvimiento debe estar despejada de trabas burocrticas que frenen su nacimiento y desarrollo.

La limitacin sustancial es que este organizada y su funcionamiento sean democrticos.

La ley suprema posibilita a las minoras partidarias, espacios de poder no solo en la estructura partidaria sino adems son las listas de candidatos que se den a conocer en le ciudadana.

Competencia para postular candidatos

La CN prescribe a favor de los partidos polticos la competencia para postular candidatos.

Esta es una innovacin sustancial que habilita las candidaturas independientes, es decir aquellas que no se proponen por un partido poltico sino por un grupo de ciudadanos.

Bidart Campos sostiene que la palabra competencia utilizada por el constituyente conlleva para los partidos un deber y un derecho. A saber, competencia interna entre los afiliados que aspiran a investir el papel de candidatos y postulacin de los candidatos resultantes de esa competencia ante el electorado.

Esta ltima atribucin debe entenderse como facultad de postulacin y no prohbe que una ley arbitre un rgimen ampliatorio a favor de posibles candidaturas extrapartidarias.

La regla sentada reconoce una excepcin que es la del art 54, en cuanto dispone que de las tres bancas que cada distrito elige, dos corresponden al partido poltico con mayor n de votos y la restante que le sigue e n de sufragios.

Se sigue de ello que deviene inconstitucional el Art. 2 del estatuto de los partidos polticos que adjudica el monopolio de las postulaciones a dichas asociaciones.

La afirmacin de inconstitucionalidad se debe a que la CN garantiza a los partidos polticos el derecho de proponer candidatos y no en forma monopoliza, por lo tanto la ley ordinaria no puede acordar la exclusividad que la CN desestima expresamente.

Toda ley que acuerde el monopolio de postulaciones a las asociaciones polticas lesiona el art 38 de la CN.

Acceso a la informacin pblica y difusin de ideas.

La informacin es vital para la organizacin partidaria. Desde la oposicin para realizar el control, desde la perspectiva del partido que esta en el gobierno, para proyectar los planes que hacen al cumplimiento de la plataforma votada por la ciudadana. Toda expresin poltica se nutre de una filosofa de vida: las que alimentan la libertad, la justicia social, las que proclaman la defensa del medio ambiente, las que encarnan valores democrticos.

La comunicabilidad de tales pensamientos y su forma de llegar a la sociedad, es la herramienta que posibilita esa capacitacin de nuevos adeptos, dispuestos a defender el ideario de la asociacin poltica. Capacitacin de dirigentes.Para el emprendimiento de cualquier tarea se exige a quien va a realizarla, un mnimo de idoneidad, puesto que el resultado no es ajeno a la aptitud que tiene quien la ejecuta.

Sin embargo cuando se trata de dirigentes polticos ocurre todo lo contrario. Esta falencia debe atribuirse a la inestabilidad poltica, lo que convirti a nuestra dirigencia poltica en rectora de la coyuntura, apurada por las urgencias diarias, sin posibilidad de proyectar repuestas de futuro.Sostenimiento econmico.Si los partidos polticos son instituciones fundamentales del sistema democrtico, luce congruente con su calidad que el Estado contribuya al mantenimiento de sus actividades. Entre nosotros ha sido de prctica que los partidos reciban aportes estatales, los que se satisfacen con cada eleccin, teniendo en cuenta los guarismos obtenidos en el anterior sufragio.

Pero como los partidos no solo reciben aportes estatales, sino tambin privados, la constitucin nacional exige que deben dar publicidad del destino de sus fondos y patrimonio.

Los partidos polticos. Art. 38. Como unidad. Su estructura. Partidos de cuadro y partidos de masa.El partido poltico es una asociacin o grupo humano organizado que tiene como objetivo la conquista del poder publico en el Estado, es decir, que el partido poltico se define primordialmente por el fin que persigue que no es otro que el acceso a los cargos o roles de gobierno. Esto es lo que los diferencia de los grupos de presin, porque estos son un grupo de inters (sindicato, asociacin empresaria, etc.) cuyo objetivo es influir en la toma de la decisin poltica, pero no la conquista misma del poder.

La Corte argentina ha conceptualizado a los partidos polticos como organismos de derecho publico no estatal necesarios para el desenvolvimiento de la democracia representativa y por lo tanto instrumentos de gobierno que tienen como funcin actuar como intermediarios entre este y las fuerzas sociales, surgiendo de ellos los que gobiernan.

Los partidos polticos han nacido y se han desarrollado al mismo tiempo que los procedimientos parlamentarios y electorales.

Aparecieron primero bajo la forma de comits electorales encargados de dar a los candidatos el apoyo de notabilidad y financiar sus campaas.

En el marco parlamentario del siglo pasado aparecieron grupos de diputados unidos para desplegar una accin comn, sin embargo cada candidato solventaba y organizaba su propia campaa electoral a travs del comit de base.

Cuando acceden los candidatos al parlamento se van a unir de acuerdo a su ideologa en dos grupos: los liberales (los revolucionarios) y los conservadores (los que tenan propiedades y eran contribuyentes).

As nacen los partidos polticos modernos: el partido liberal y el partido conservador, llamados hombres partidos, en atencin al tipo de reclutamiento.

El partido trataba de reclutar a los notables, porque tenan poder econmico para sustentar econmicamente la campaa, o porque tenan prestigio intelectual y entonces atraan votos.

Por oposicin a estos partidos de origen parlamentario y de cuadro, nacieron posteriormente los partidos de masas, que se originaron fuera del parlamento, es el caso del partido socialista y del comunista europeo (los dos de origen marxista).

El partido socialista se origino fuera del parlamento, como no tenan notables desde el punto de vista econmico, que apoyen la campaa, recurren a la filiacin masiva de obreros y no obreros, quienes deben pagar una mnima cuota de su haber mensual para sostener el partido. De ah viene el nombre de partido de masa, asiendo alusin a la cantidad y no a la calidad del afiliado.

En EEUU los dos grandes partidos nacionales son el demcrata y el republicano, ellos se formaron como consecuencia de la unin de comits estaduales y como una necesidad de ponerse de acuerdo en la eleccin de presidente y vicepresidente.

Caractersticas de los partidos polticos.

No son facciones Son conductos de expresin de la voluntad popular

Son entes auxiliares del Estado en la formacin de la voluntad estatal.

Tienen a su cargo el reclutamiento de la clase poltica dirigente.

Apoyan al gobierno o tienen a su cargo la oposicin.

Clasificacin de los partidos polticos segn Sartori.

Hay dos tipos de clasificaciones:

1) por su estructura: reclutamiento. Es una unidad (por ejemplo de cuadro o de masa)

2) los sistemas de partidos: se tiene en cuenta la forma en que se relacionan los partidos polticos dentro de un sistema. Hay varios tipos de clasificaciones de sistema de partidos, por ejemplo bipartidista, unipartidista.

Si ordenamos los partidos considerndolos como unidades independientes, tenemos:

por el reclutamiento: de cuadro y de masa.

Por el origen: parlamentario y extraparlamentario.

Por la ideologa: ideolgicos (ejemplo, comunista) y pragmticos (radical, justicialista).

Partidos y sistema de partidos.

El sistema de partido es el modo en el que se relacionan los partidos polticos dentro de un sistema poltico.El sistema utilizado por Sartori para la clasificacin de los sistemas de partidos es el numrico pero sometidos a determinadas reglas.

Sistemas no competitivos:

1- Unipartidismo: hay un solo partido, sin posibilidades de que exista otro partido: por ejemplo en Rusia el comunismo. Puede ser totalitario: Rusia de Stalin; Autoritarismo: Franco en Espaa; Pragmtico: partidos de los pases emergentes del frica.2- Rgimen de partidos hegemnicos: hay un partido que siempre gana las elecciones, con o sin fraude. Se admiten otros partidos llamados satlites o secundarios a los que no se les permite competir libremente. Pueden ser de dos tipos: a) ideolgicos: Polonia; b) pragmtico: Mxico.Sistemas competitivos:

1- Partido predominante: este sistema es el menos competitivo de todos; hay pluralidad de partidos. Hay elecciones libres y disputadas. Todos los partidos se hallan en pie de igualdad. Hay un partido predominante que permanece en el poder. No existe alternancia. Siempre gana el mismo partido.

2- Bipartidismo: existen dos partidos importantes. Cualquiera de los dos esta en condiciones de obtener la mayora absoluta. El que gana gobierna pero no indeterminadamente, es decir, existe la posibilidad de la alternancia en el poder. Este sistema genera tanto un gobierno como una oposicin responsable (ejemplo: EEUU; Inglaterra).3- Pluripartidismo: hay 3 o 6 partidos importantes. El pluripartidismo puede ser:

a) Limitado o moderado: existen de 3 a 5 partidos. Ninguno puede obtener la mayora absoluta. Lo distintivo de este sistema es el gobierno de coalicin, y la alternatividad en el poder que se da entre coaliciones distintas. No hay distancia ideolgica ni separable entre los partidos. Ninguno de los partidos puede llegar solo al poder (ejemplo: Suiza y Pases Bajos).

b) Extremo y polarizado: el numero de partidos importantes es superior, pero hay un partido antisistema que representa una ideologa extrema, que pone en discusin la legitimidad del rgimen y que de acceder al poder cambiaria el sistema de gobierno: ejemplo: comunismo o fascismo. Hay un partido central (en Italia la democracia cristiana con el 33% de los sufragios) que esta destinado a gobernar solo o en coalicin indefinidamente, siendo imposible que en tiempos normales forme parte del gobierno el partido antisistema, porque dar apoyo al comunismo significa el cambio del sistema poltico.4- Rgimen de atomizacin: tiene ms de 10 partidos. No importa el nmero, y un partido por ms pequeo que sea puede obtener representacin. Este sistema es caracterstico de los pases subdesarrollados. No hay un sistema poltico posible.

Son sistemas competitivos cuando los partidos estn en igualdad de derechos, es decir, se permiten elecciones libres y disputadas.

Regulacin legal de los partidos polticos: control externo o cuantitativo, control interno o cualitativo.

La regulacin implica tres clases de controles que el Estado ejerce sobre los partidos polticos.

1) Control formal, externo o cuantitativo: aqu lo que se controla son los requisitos para obtener personera jurdica, como partido, que incluye el numero mnimo de afiliados que es del 4% de los inscriptos en el registro electoral del distrito correspondiente, el nombre adoptado, declaracin de ppios y bases, carta orgnica, domicilio, autoridades designadas, plataforma electoral.

2) Control ideolgico o cualitativo: es el control que se ejerce para verificar que los ppios consagrados por el partido no estn en pugna con los ppios consagrados en la constitucin nacional. El control ideolgico puede ser formal en cuyo caso se controla la plataforma partidaria o puede ser real donde se controla la actividad del partido.

3) Control financiero: es el que se efecta sobre los recursos (origen y destino) de los partidos polticos, bsicamente los asignados por el Estado.PAGE 1