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El Servicio Público de Energía en la Ciudad de Bogotá

Ursula Sola de Hinestrosa

Distrito Especial de Bogotá: Planificación y construcción ordenada de la

ciudad.

Bogotá, capital de Colombia, es considerada como un distrito de propósito

especial, con 18 sub municipalidades. La región metropolitana de Bogotá y la

Sabana concentra al 21% de la población colombiana y genera el 50% del

valor agregado de la economía nacional. El marco institucional colombiano

para las regiones metropolitanas fue establecido por Ley de la República en

1978 y actualizado 1994 y 2006, para el caso específico de la Ciudad de

Bogotá.

En el año 2000 fue aprobado el Plan de Ordenamiento Territorial – POT

para Bogotá D.C. el cual contiene los lineamientos generales del uso del suelo

y de la expansión urbana de la ciudad entre los años 2001 y 2010. Según el

POT de Bogotá D.C., la división de la ciudad está dada según la funcionalidad

y la proyección específica del desarrollo de cada área del territorio

bogotano, de manera tal que se dividió a la ciudad en seis piezas urbanas:

1) Centro Metropolitano - CM, contiene la infraestructura urbana que aloja

las principales actividades administrativas, culturales, deportivas,

culturales, políticas y de servicios de la ciudad. El CM está constituido por

cuatro áreas funcionales: el centro casco histórico, el eje occidental

(Centro Administrativo Nacional, Salitre, Modelia, Zona Franca y

aeropuerto) y el nodo de equipamientos metropolitanos (Ciudad

Universitaria, parque Simón Bolívar y polideportivos). Según el POT, aquí

deberá continuarse con el desarrollo de la infraestructura urbanística

requerida para este tipo de actividades.

2) Tejidos residenciales del Sur y del Norte: conformado por sectores

residenciales con actividad del suelo única y exclusivamente para uso

habitacional, con la consecuente infraestructura comercial, de servicios y

equipamientos que satisfaga las necesidades de sus habitantes;

3) Ciudad Sur, una de las áreas más complejas de Bogotá D.C. la cual

contiene una gran actividad residencial. En ésta zona debe ampliarse las coberturas de los servicios públicos y construirse vías principales y

secundarias que faciliten la comunicación del área y con la ciudad.

4) Ciudad Norte, que posee terrenos urbanizables para desarrollar centros

comerciales, recreativos, culturales y de servicios. Es prioridad desarrollar sistemas viales y mejoramiento de redes de servicios públicos domiciliarios para la expansión y articulación de Bogotá en esta zona;

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5) Borde Occidental, territorio que comprende el espacio de transición

entre las áreas urbanizadas de Bogotá y los municipios ubicados al costado

occidental del río Bogotá. Junto con las ciudades Norte y Sur, esta zona se destinó para la expansión de la ciudad y el POT previó actuar sobre las áreas residenciales que carecen de equipamientos colectivos y de servicios básicos y zonales.

El Decreto Distrital 190 de 2004 estableció la Política Distrital de dotación

de servicios públicos domiciliarios, con el fin de garantizar el acceso a los

servicios a todos los habitantes de la capital. Específicamente para la

prestación del servicio de energía eléctrica, el artículo 12° del Decreto 190

de 2004 definió varias estrategias como:

1) El ajuste de las inversiones en renovación de redes y ampliación de las

coberturas,

2) Establecer el perímetro urbano de servicios de infraestructura

subterránea con el fin de evitar las conexiones ilegales y la conurbación con

los municipios limítrofes,

3) La vinculación de la gestión de las empresas de servicios públicos de la

capital a los objetivos de aumento de la competitividad,

4) La incorporación, en concertación con las comisiones de regulación

nacional de estos servicios, de los costos derivados del cumplimiento de las

normas urbanísticas en los costos tarifarlos para reducir las externalidades

negativas por deterioro del medio ambiente y del paisaje natural y

construido

5) La coordinación de obras sobre el espacio público y la búsqueda de

economías de escala en la expansión de las redes y equipamientos.

A fines de 2006 fue aprobada una nueva reforma administrativa, el Acuerdo

257 de 2006, que dictó normas sobre la estructura, organización y

funcionamiento de los organismos y de las entidades del Distrito Capital,

que modificó también la conformación y organización del Comité de

Servicios Públicos del Distrito creado por el Decreto 063 de 2005 y

modificado por el Decreto 309 de 2006 que adoptó el Plan Maestro de

Energía para Bogotá.

La nueva estructura administrativa del Distrito Capital se desglosa,

primero, en el sector Central, integrado por el Despacho del Alcalde; los

consejos superiores de la administración distrital, las secretarías de

despacho, los departamentos administrativos y las unidades administrativas

especiales sin personería jurídica. Y segundo, en el sector

descentralizado funcionalmente o por servicios, que integra los

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establecimientos públicos, las unidades administrativas especiales con

personería jurídica, las empresas industriales y comerciales del Estado, las

empresas sociales del Estado, las empresas de servicios públicos

domiciliarios oficiales, las sociedades de economía mixta, las sociedades

entre entidades públicas, las entidades descentralizadas indirectas y los

entes universitarios autónomos.

El Artículo 27 del Acuerdo 256 dispone que las entidades del Sector Descentralizado funcionalmente o por servicios tienen como funciones 1)

participar en la formulación y ejecución de las políticas, planes y programas

sectoriales bajo la orientación del organismo del Sector Central, 2)

Garantizar el suministro de bienes y la prestación de los servicios a su cargo

y ejecutar los proyectos definidos para tal efecto y 3) Colaborar con el

logro de las metas y objetivos del Sector Administrativo al que

pertenezcan.

En materia de organización sectorial, el Acuerdo 256 dispone en el artículo

45 que la Administración del Distrito Capital contará con doce Sectores

Administrativos1 de Coordinación para articular la gestión de los organismos

y entidades distritales, de manera que se garantice el adecuado y oportuno

suministro de los bienes y la prestación de los servicios a los habitantes.

La atención de los asuntos de servicios públicos domiciliarios quedó inscrita

en varios de los sectores administrativos de coordinación del Distrito

Capital. Por un lado, el artículo 70 los incluye en sector planeación el cual

tiene la misión de responder por la planeación territorial, económica, social y

ambiental del Distrito Capital y garantizar el crecimiento ordenado de la

ciudad y el mejor aprovechamiento del territorio en las áreas rurales.

El Sector Planeación está coordinado por la Secretaría Distrital de

Planeación que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y

seguimiento de las políticas y la planeación territorial, económica, social y

ambiental del Distrito Capital, conjuntamente con los demás sectores, entre

otros, en los siguientes ámbitos: 1) formular, orientar y coordinar las

políticas de planeación del desarrollo territorial, económico, social y

cultural, garantizando el equilibrio ambiental del Distrito Capital, 2)

coordinar la elaboración, ejecución y seguimiento del Plan de Desarrollo

1 Los doce sectores administrativos de coordinación son: 1) Sector Gestión Pública, 2) Sector

Gobierno, de Seguridad y Convivencia, 3) Sector Hacienda, 4) Sector Planeación, 5) Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo, 6) Sector Educación, 7) Sector Salud, 8) Sector Integración Social, 9) Sector Cultura Recreación y Deporte, 10) Sector Ambiente, 11) Sector Movilidad y 12) Sector Hábitat

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Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y de los planes de

desarrollo local y Ordenamiento Territorial, 3) adelantar las funciones de

regulación del uso del suelo, 4) liderar conjuntamente con la Secretaría de

Desarrollo Económico, la articulación del Distrito Capital con el ámbito

regional para la formulación de políticas y planes de desarrollo conjuntos,

procurando un equilibrio entre los aspectos económicos, sociales y de medio

ambiente inherentes a la región, 5) coordinar la articulación del Distrito

Capital con el ámbito regional para la formulación de políticas y planes de

desarrollo conjuntos, 5) coordinar la formulación, ejecución y seguimiento

de las políticas y planes de desarrollo urbano y rural del Distrito Capital.

El artículo 100 del Acuerdo define que Sector Ambiente tiene como misión

velar porque el proceso de desarrollo económico y social del Distrito Capital

se oriente hacia el desarrollo sostenible, la recuperación, protección y

conservación del ambiente para garantizar la calidad de vida de los

habitantes de la ciudad, y tiene por objeto orientar y liderar la formulación

de políticas ambientales y de aprovechamiento sostenible de los recursos

ambientales y del suelo, tendientes a preservar la diversidad e integridad

del ambiente, el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos

naturales distritales y la conservación del sistema de áreas protegidas.

Entre sus funciones, la Secretaría Distrital de Ambiente debe 1) formular

participativamente la política ambiental del Distrito Capital, 2) liderar y

coordinar el Sistema Ambiental del Distrito Capital –SIAC, 3) ejercer la

autoridad ambiental en el Distrito Capital, 4) Formular, revisar y ajustar el

Plan de Gestión Ambiental del Distrito y coordinar su ejecución en las

instancias de coordinación que se establezcan, 5) dirigir el diseño,

desarrollo y seguimiento de programas y proyectos ambientales

relacionados con la planificación urbanística del Distrito, 6) trazar los

lineamientos para la regulación del uso del suelo, formulación, regulación y

ejecución del POT, articulación en el ámbito regional y, el diseño de

políticas referidas a la movilidad, a la prevención de desastres, a la

disposición y manejo integral de residuos sólidos y el manejo del recurso

hídrico en el Distrito Capital, en coordinación con las entidades distritales

responsables en cada una de estas materias.

El Sector Hábitat, descrito en el artículo 111 del Acuerdo, tiene la misión

de garantizar la planeación, gestión, control, vigilancia, ordenamiento y

desarrollo armónico de los asentamientos humanos de la ciudad en los

aspectos habitacional y el mejoramiento integral y de servicios públicos.

Para tal fin, se creó la Secretaría Distrital del Hábitat, quien coordina al

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Sector Hábitat y que está, integrado por las entidades adscritas - Caja de

Vivienda Popular y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos,

las entidades vinculadas - Empresa de Renovación Urbana – ERU,

Metrovivienda y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –

EAAB –ESP y las Entidades con vinculación especial - Empresa de

Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP y Empresa de Energía de Bogotá

S.A. ESP.

La Secretaría del Hábitat es la entidad distrital que mayor injerencia tiene

en la formulación, ejecución y supervisión de políticas públicas en materia de

servicios públicos domiciliarios. Es la encargada de 1) orientar, promover y

coordinar las políticas y acciones para la prestación eficiente, bajo

adecuados estándares de calidad y cobertura de los servicios públicos

domiciliarios, en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial, el

Plan de Desarrollo y el Plan de Gestión Ambiental y velar por su

cumplimiento, 2) diseñar la política de subsidios y contribuciones en la

prestación de los servicios públicos, con base en los recursos del Sistema

General de Participaciones y otros recursos de financiación definidos en la

Ley 142 de 1994, sus reglamentaciones y demás normas concordantes, 3)

coordinar las gestiones de las entidades distritales ante las autoridades de

regulación, control y vigilancia de los servicios públicos domiciliarios, 4)

promover programas y proyectos para el fortalecimiento del control social

en la prestación de los servicios públicos domiciliarios, evaluar los sistemas

de atención a los usuarios y orientar las acciones para la mejor atención a

las peticiones, quejas y reclamos.

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos UESP está

organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del

Sector Descentralizado por servicios, de carácter eminentemente técnico y

especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y

presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital del

Hábitat. La UESP tiene las siguientes funciones básicas: 1) diseñar las

estrategias, planes y programas para el manejo integral de los residuos

sólidos, alumbrado público y servicios funerarios. 2) dirigir y coordinar la

prestación de los servicios públicos propios del manejo integral de residuos

sólidos, el servicio de alumbrado público y los servicios funerarios. 3)

realizar el seguimiento y la evaluación de los servicios propios del manejo

integral de residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios. 4)

promover la participación democrática de los usuarios de los servicios a su

cargo.

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RSC en EEB y la Ciudadanía Corporativa

El ejercicio de la ciudadanía corporativa de EEB ha sido el resultado de

varios años de trabajo entre los colaboradores de la Empresa, en especial

de las gerencias de Negocios y de Transmisión -y de su equipo del

Programa de Gestión Social- y de la Oficina de Planeación de la Compañía.

La decisión de la alta gerencia de participar en las convocatorias de las

entidades territoriales para formular de manera concertada los planes de

desarrollo, y de apoyar el progreso local a través de iniciativas de

energización rural le abrió las puertas a EEB para actuar como actora en la

toma de decisiones y en la gestión pública.

La Empresa ha sido convocada en repetidas oportunidades por entidades

territoriales de su área de influencia, y del orden Nacional, para participar

en el desarrollo local a través de la generación de políticas concertadas en

materia de servicios públicos domiciliarios y del crecimiento ordenado de la

ciudad-región. Por ejemplo, en el nivel nacional, a través de la Asociación

Nacional de Empresas de Servicios Públicos – ANDESCO, EEB participa en

la concertación de los intereses gremiales entre el Congreso de la República

y las entidades del Gobierno Nacional encargadas de la dirección, la

planeación y expansión de redes, la reglamentación, vigilancia y control de

las actividades de los servicios públicos domiciliarios. Igualmente, EEB

participa en las convocatorias del Ministerio de Minas y Energía, la UPME,

la CREG, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD y la

Contraloría General de la Nación, entre otros, para concertar las agendas

de discusión de los temas que afectan el sector energético del país.2

En el nivel Distrital y desde la perspectiva regional de Bogotá –

Cundinamarca, en el año 2002, EEB participó en la elaboración del Plan de

Ordenamiento Territorial de Bogotá con el Departamento Administrativo de

Planeación Distrital – DAPD y el Departamento Administrativo de

Planeación de Cundinamarca - DAPC.

A partir de enero de 2004, EEB se vinculó al proceso de construcción del

Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá sin Indiferencia” y coordinó la

2 En los asuntos de Planeación energéticos, por ejemplo, EEB participó en el Comité Asesor de

Planeamiento de la Transmisión – CAPT, que junto con otras empresas como Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, la Electrificadora de Santander, Cerromatoso Occidental de Colombia, Inc Diaco Empresas Públicas de Medellín – EPM Codensa, Emgesa, ISA y la Empresa de Energía del Pacífico, apoyaron a la Subdirección de Planeación Energética de la Unidad de la UPME, del Ministerio de Minas y Energía de Colombia para formular Plan de expansión de Referencia 2005 - 2019. Generación y transmisión eléctrica, publicado en febrero de 2007.

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conformación de Consejo Territorial de Planeación para evaluar los

contenidos del Plan en temas de servicios públicos domiciliarios,

subterranización de redes y legalización de barrios subnormales. Con la

participación activa de las empresas participadas de EEB, se atendió la

solicitud del Distrito para adoptar los criterios de la nomenclatura única

predial realizada por el Departamento Administrativo de Catastro Distrital

- DACD y la legalización de contadores de energía sólo en aquellas Unidades

de Planeación Zonal – UPZ y barrios legalizados por el Departamento

Administrativo de Planeación del Distrito – DAPD como forma de contribuir

al crecimiento organizado de la ciudad.

El aporte de las ESPD está ligado de manera transversal a los cuatro ejes

del plan del Desarrollo de la siguiente manera: 1) Social: en donde cabe el

mejoramiento de barrios, la gestión social, el apoyo a la cobertura de

necesidades básicas insatisfechas a través de mayores coberturas, costos

de eficiencia y calidad e instrumentos tecnológicos óptimos y competitivos;

2) Institucional: al crear el Consejo consultivo de servicios públicos; 3)

Urbano-Regional: ordenamiento territorial, fortalecimiento de municipios,

región competitiva y condiciones para la generación de empleo; y 4)

Reconciliación: que tiene que ver con los asuntos de las descentralización y

el gobierno en línea.

De ésta manera, para cumplir con los objetivos planteados en los diferentes

Ejes del Plan las ESPD se vincularon mediante varios proyectos. En el Eje

Social, la estrategia fue vincular a las ESPD al marketing con causa y

promover el Compromiso Social contra la Pobreza, orientado al cumplimiento

de la responsabilidad social empresarial que persigue los objetivos de posicionamiento de la imagen de marca en el mercado, satisfacción del consumidor y bienestar y desarrollo de la comunidad.

En el Eje Institucional, se creó el Consejo Consultivo de Servicios Públicos

Domiciliarios, coordinado por el DAPD, e integrado por: ETB, CODENSA,

Gas Natural, Empresa de Energía de Bogotá, EAAB y UESP. El Consejo

Consultivo se encargará de la integración y coordinación de programas sectoriales e intersectoriales para lograr mayores niveles de eficiencia en la prestación, diseño de propuestas legislativas y de políticas al gobierno nacional y formulación de la estrategia de ciencia y desarrollo tecnológico y

será el responsable de la puesta en marcha del observatorio de servicios

públicos que incorporará el diseño de los indicadores y el seguimiento de los

resultados de los compromisos definidos en los Planes Maestros

respectivos. El Consejo se soportará en los siguientes comités temáticos: 1)

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Comité energético, 2) Comité de telecomunicaciones, 3) Comité de

acueducto y saneamiento básico.

En el Eje de Reconciliación, las ESPD deberán mejorar su nivel de

satisfacción de los usuarios en 3 puntos anuales, medido por encuestas

realizadas para ello. Los planes de mejoramiento deberán responder a la

evaluación periódica de los indicadores y a la definición de las estrategias

para superar las deficiencias encontradas. Las ESPD integrarán la atención

a los usuarios tanto en sus sedes como por intermedio de la estrategia de

Gobierno en Línea. Participarán en las instancias locales de decisión como los

Consejos locales de Gobierno, cabildos abiertos, y encuentros ciudadanos,

entre otros, con el objeto de conocer y resolver de manera directa los

requerimientos de los ciudadanos

Por último, en el Eje Urbano –Regional, las ESPD formarán parte del Comité

Técnico Regional de Planeación y Seguimiento a los Servicios Públicos como

instancia para la concertación regional de los programas para la

consolidación de la ciudad región. En éste sentido, las ESPD evaluarán la

viabilidad de construcción de cluster para la prestación de los servicios a

nivel regional y la definición de esquemas de financiación y cofinanciación e

igualmente brindarán apoyo y asistencia técnica a los entes territoriales

para la formulación, evaluación, ejecución y operación de proyectos

regionales o locales.

Los proyectos específicos son 1) La modernización del Alumbrado público

del Distrito Capital, de acuerdo con priorizaciones de UESP, en cuanto a

niveles de iluminación, seguridad y cronograma de compra de equipos; 2) el

desarrollo de proyectos orientados a normalizar la prestación de los

servicios públicos y a apoyar los procesos de legalización y mejoramiento de

barrios en las localidades del Distrito Capital; 3) la formación de vocales de

control social; 4) la construcción de los Interceptores para saneamiento del río Bogotá; 5) la adecuación hidráulica de los humedales con el propósito de

disminuir la vulnerabilidad de las viviendas y su entorno; 6) adelantar en

conjunto con el DAPD el seguimiento, evaluación, ajuste y actualización de

los Planes Maestros y de desarrollo de las empresas de Servicios Públicos;

7) integrar la actuación en el territorio de las empresas de servicios

públicos con las prioridades de ordenamiento de la Bogotá-Región y con los

proyectos de desarrollo vial y 8), como proyecto sombrilla, el omento a la

producción limpia a través de la sustitución de gases efecto por gas natural.

Frente a la convocatoria del DAPD para, en conjunto con las empresas

participadas formular el Plan Maestro de Servicios Públicos, y dentro de

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éste, el Plan Maestro de Energía Eléctrica, en el marco de la ciudad-región,

EEB coordinó y participó de manera activa en su formulación. Hoy el papel

de EEB tiene que ver con el cumplimiento de las metas acordadas y con el

seguimiento de las acciones y metas de las empresas participadas.

El Plan Maestro de Energía tiene como objetivo suministrar el servicio de

energía eléctrica a los habitantes de Bogotá y ayudar al desarrollo integral

de la región sobre la base de un esquema de costos eficientes, el uso

racional de los recursos energéticos y la preservación del medio ambiente,

sobre la base del ordenamiento físico de Bogotá a través de la adecuada

definición, construcción y orientación de su infraestructura eléctrica. El

Plan Maestro busca favorecer el desarrollo urbano-regional, ampliar y

garantizar la oferta de energía eléctrica con tarifas eficientes, con buena

calidad y seguridad; promover el uso racional de la energía (URE),

consolidar el esquema competitivo en los diferentes mercados, preservar el

ambiente y promover la investigación y desarrollo para la incorporación de

nuevas fuentes y tecnologías. 3

Dentro del Plan Estratégico Corporativo – PEC de EEB se contempla

consolidar el modelo de Gestión Público-Privado en la prestación del servicio

público de energía en Bogotá. Así, la Empresa se propone profundizar su

papel en el aseguramiento de una adecuada prestación de los servicios

públicos en la ciudad y en la región, en términos de calidad, cobertura y

costo eficiencia. Este objetivo está así alineado con el Plan de Desarrollo de

la presente administración en lo que respecta con la Gestión pública humana, sostenible y eficaz y específicamente en el programa de Fortalecimiento del servicio a la ciudadanía.

En este sentido y considerando la participación relevante de EEB en

empresas que tienen una relación directa con los usuarios, la empresa

desarrolla un esquema de gestión público-privada de los servicios públicos

domiciliarios, a través de su participación en las Juntas Directivas donde se

pueden tomar decisiones y proponer acciones a ejecutar, orientándola en

dos frentes, primero, en el manejo técnico y adecuado del portafolio de

negocios que garantice en el tiempo los aportes al Distrito Capital para la

ejecución del Plan de Desarrollo, a través de una gestión eficiente de las

empresas participadas.

EEB a través del seguimiento de las empresas de servicios públicos

3 “Plan Maestro de Servicios Públicos Bogotá – Cundinamarca” DAPD. Bogotá, marzo de

2004

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participadas propende por la eficiencia en términos de gestión y su impacto

en los resultados financieros, con el fin de maximizar los recursos

disponibles a sus accionistas y en tal forma para Bogotá. Segundo, mediante

la supervisión y seguimiento calificado de las empresas del portafolio que

tienen relación con el cliente final de los servicios públicos domiciliarios

asegurándole al Distrito Capital contar con un veedor permanente de la

prestación de los servicios y a los usuarios, estándares de calidad,

cobertura y óptima prestación de los servicios públicos domiciliarios en el

sector de energía. Para lograr lo anterior, se propone que EEB profundice

su acción en este campo y sea el medio por el cual el Distrito Capital cumpla

la obligación en materia de servicios públicos domiciliarios de energía en lo

que respecta a la correcta prestación del servicio con altos niveles de

calidad y eficiencia.

EEB desarrolló herramientas para hacerle seguimiento a su portafolio

accionario y adelantar acciones que permitan consolidar el esquema publico-

privado, dentro de las cuales se mencionan las siguientes: 1) Evaluación de la

prestación del servicio dentro de las empresas y realización de propuestas

concretas en sus Juntas Directivas en aspectos como la calidad y seguridad

del servicio; coberturas, para promover acciones con el Distrito Capital y la

comunidad para expansión y mejoramiento de los servicios públicos; tarifas

justas y optimización de costos, atención a los usuarios, con la identificación

de problemas y sus mecanismos de solución y medición de la satisfacción en

la prestación del servicio al ciudadano; la prestación de los servicios

asociados como atención de emergencias, construcción de acometidas y

otros servicios de valor agregado; 2) Evaluación de la prestación del servicio

partiendo de la percepción del usuario para lo cual se desarrollan encuestas

que evalúan el servicio técnico y la atención al usuario en la solución de sus

inquietudes y reclamos comerciales. En este campo se evaluarán la

frecuencia y duración de las interrupciones del servicio, la seguridad de las

instalaciones en el suministro, el control de los fraudes y el número de

conexiones ilegales, entre otros; 3) EEB buscará y aplicará referentes -

benchmarking que permitan proponer mejoras en la gestión de los servicios

públicos y 4) Evaluar el apoyo de las empresas al usuario en el uso racional

de la energía.