El Sarlaft

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Fundado mediante el Decreto-Ley 118, del 21 de junio de 1957 SENA, de clase mundial! ¨ENSAYO SOBRE LOS CONCEPTOS DEL LAVADO DE ACTIVOS CASO COLOMBIANO Y DOMINICANO¨. Actividad Semana I Curso Análisis del Sistema de Administración del Riesgo y Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT Código del Curso: 481897 Ruta de Aprendizaje: 465038 María Del Carmen Llamas Duran Tutora José Ramón Ramírez Sánchez Expositor /Estudiante 00102702958 31/03/2013 Santo Domingo Este República Dominicana

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Fundado mediante el Decreto-Ley 118, del 21 de junio de 1957SENA, de clase mundial!

¨ENSAYO SOBRE LOS CONCEPTOS DEL LAVADO DE ACTIVOS

CASO COLOMBIANO Y DOMINICANO¨.

Actividad Semana I

Curso Análisis del Sistema de Administración del Riesgo y

Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT

Código del Curso: 481897

Ruta de Aprendizaje: 465038

María Del Carmen Llamas DuranTutora

José Ramón Ramírez SánchezExpositor /Estudiante

00102702958

31/03/2013Santo Domingo EsteRepública Dominicana

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INTRODUCCION

En octubre de 2005, EE.UU. el congresista Tom DeLay fue acusado de lavado de dinero, lo que le obligó a dimitir como alcalde. El lavado de dinero es una acusación seria.

5 de diciembre de 2006, “La conformación de un grupo de hombres de inteligencia que deben de encargarse de cortar los flujos de financiación de las organizaciones delictivas y de los grupo al margen de la Ley es la solución al conflicto colombiano”, afirmó el senador Jairo Clopatofsky, al mismo tiempo que celebró los alcances de las unidades de Lucha contra el Delito de la Fiscalía y del Ministerio de Hacienda. La propuesta del congresista surgió a partir de la relación de hechos delictivos expuestos por el director de la Unidad de Análisis e Información Financiera del Ministerio de Hacienda (UIAF), Mario Aranguren, quien aseguró que hasta el momento en Colombia se han reportado, por parte del sector financiero, 79.000 actividades sospechosas. Aranguren anunció a los miembros de dicha célula legislativa la investigación que se les realiza a 50 operarios del Chance en todo el territorio nacional, debido a que estos, a pesar de las importantes sumas de dinero que manejan por recaudo de venta, no poseen cuentas de ahorro o corrientes en entidades financieras. De igual manera, recordó a los presentes que el lavado de activos representa el 1 % del Producto Interno Bruto (PIB) y el 2% del Producto Nacional Bruto (PNB). “El trabajo de lucha contra el lavado de activos se centra principalmente en el narcotráfico”, afirmó Aranguren. “El problema del narcotráfico ha contaminado todas las esferas sociales”, aseguró la delegada de la Fiscalía General de la Nación, quien también informó que esta institución, especialmente la Unidad de Lavado de Activos, estudia actualmente 561 casos y que una de los métodos más reconocidos en este delito es la compra de lotería a personas que se la han ganado lícitamente. Por su parte, la senadora Cecilia López manifestó su preocupación en cuanto a que muchas veces los organismos internacionales poseen más información que los nacionales en la lucha contra el delito, por lo que hay que ampliar las herramientas, ya sean tecnológicas o jurídicas, para que en Colombia sea más eficaz el seguimiento a los grupos organizados que delinquen y se dedican al lavado de activos. La presidenta de la Comisión, Marta Lucía Ramírez, hizo un llamado para ampliar las investigaciones a otros sectores económicos, tales como el comercio, teniendo en cuenta que no solo en las instituciones financieras se registran casos de lavado de activos, aunque en algún

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momento los grupos delictivos tengan que hacer uso de ellas. El crecimiento de los mercados financieros hace que el lavado de dinero más fácil que nunca, los países con leyes de secreto bancario se conectan directamente a los países cuyas leyes exigen la declaración, por lo que es posible depositar dinero "sucio" de forma anónima en un país y luego transferirlo para ser utilizado en otro país.

Resumen

El lavado de dinero ocurre en casi todos los países del mundo y un esquema simple suele implicar la transferencia de dinero entre los diferentes países para ocultar su origen. En este ensayo vamos a aprender exactamente sobre el lavado de dinero en Colombia y la República Dominicana, quien lava dinero y como lo hacen, y qué medidas están tomando las autoridades de estos países para tratar de impedir esas transacciones.

Abstract

Money laundering happens in almost every country in the world and a simple scheme typically involves transferring money between different countries to conceal their origin. In this essay we will learn exactly about money laundering in Colombia and the Dominican Republic, who launders money and how they do, and what steps the authorities are taking these countries to try to prevent such transactions.

Tom DeLay

En octubre de 2005, un condado de Texas acusó el representante Tom DeLay de lavado de dinero y conspiración para violar las leyes electorales. El cargo de conspiración fue presentada más tarde, y desde mayo de 2006, el caso espera una fecha para el juicio. En Texas, los candidatos a diputados no pueden recibir donaciones de empresas para la campaña, una propuesta que siempre ha sido discutida por el Congreso en Colombia. La acusación alega que DeLay participó en un presunto plan para violar esta ley y ocultar los orígenes corporativos de dinero que terminaron en manos de los candidatos republicanos en Texas. El esquema de lavado presunto implicado el envío de donaciones de negocios de Texas a la sede del Comité Nacional Republicano en Washington, que envió el dinero a Texas para su uso en campañas.

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Dos ayudantes de demora y su colaborador campaña superior ya se han declarado culpables en dos investigaciones son delitos separados de conspiración, fraude fiscal, la correspondencia, transferencia bancaria y la corrupción de funcionarios públicos.

Fundamentos del Lavado de Dinero

El lavado de dinero, en términos simples, es el acto de hacer el dinero que sale de "La Fuente" mirada que viene de la "Fuente B". En la práctica, los criminales tratan de ocultar el origen del dinero proveniente de actividades ilícitas por lo que parece haber sido obtenido de fuentes legales. De lo contrario, no podrá utilizar el dinero, ya que estaría vinculado a actividades criminales y la policía lo bloquea.

Dentro de los delincuentes que necesitan lavar dinero están los narcotraficantes, estafadores, políticos corruptos, funcionarios públicos, miembros de pandillas, los terroristas y los estafadores. Los narcotraficantes necesitan buenos sistemas de lavado pues sus ingresos son casi exclusivamente en efectivo, lo que causa todo tipo de problemas logísticos. El dinero en efectivo no sólo llama la atención de la policía, ya que también es pesado. Un millón de dólares en cocaína pesa alrededor de 20 kg, mientras que un millón de dólares en billetes pesa alrededor de 110 kg.

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El proceso básico de blanqueo de dinero tiene tres pasos:

Colocación

Con este paso, el criminal pone el dinero sucio en una institución financiera legítima. Esto sucede generalmente en la forma de depósitos en el banco el dinero. Esta es la más arriesgada etapa del proceso de lavado ya que grandes cantidades de dinero en efectivo llama mucho la atención, y los bancos están obligados a reportar transacciones de alto valor. Así que muchos hacen pequeños depósitos para evitar los errores.

Encubrimiento

Con este paso, se está enviando el dinero a través de varias transacciones financieras pues cambia su formato y es difícil de rastrear. El ocultamiento se puede hacer a través de varias transferencias de un banco a otro, transferencias electrónicas entre cuentas múltiples de diferentes personas en diferentes países, haciendo depósitos y retiros para cambiar saldos de cuentas, transferir dinero y comprar artículos caros (barcos, casas, coches, diamantes) para cambiar la forma de dinero. Es la fase más compleja del esquema de lavado, y su objetivo es el más difícil de rastrear el origen del dinero sucio.

Integración

En esta etapa, el dinero se reincorpora al sistema económico legítimo, que parece venir de un negocio jurídico. Esto se puede hacer a través de una transferencia bancaria a la cuenta de una empresa local en la que el criminal "invierte" a cambio de participación en los beneficios, la venta de un yate comprado durante la ocultación, o la compra de un destornillador $ 10 millones de una empresa que es propietaria de los criminales. En esta etapa, el criminal puede utilizar el dinero sin ser descubierto. Es muy difícil atrapar a un criminal durante la fase de integración si no hay documentación de las fases anteriores.

El lavado de dinero es un paso crucial en el éxito de las actividades terroristas y el tráfico de drogas, por no hablar de la delincuencia de cuello blanco, y hay varias organizaciones que tratan de lidiar con el problema. En los Estados Unidos, el Departamento de Justicia, el Departamento de Estado, el FBI, el IRS y la Drug Enforcement Agency (DEA) tienen divisiones de investigación de lavado de dinero y las estructuras financieras que apoyan esta práctica. En Colombia, el Ministerio de Justicia coordina el Departamento de Recuperación de Activos y

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Cooperación Jurídica Internacional reúne los gobiernos municipales, estatales y locales para hilvanar una política común de lucha contra la trata de personas. Además, Colombia tiene acuerdos bilaterales con varios países, incluyendo, EE.UU, Republica Dominicana, Peru, entreotros.

Debido a que los sistemas financieros mundiales desempeñan un papel importante en la mayoría de los esquemas de lavado de alta, la comunidad internacional está luchando contra el lavado de dinero de varias maneras, como el Grupo de Acción Financiera para el Lavado de Dinero (GAFI), que en 2005 tenía 33 miembros, entre los estados y las organizaciones. La ONU, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional también tienen propiedades anti-lavado de dinero divisiones.

Los métodos de lavado de dinero

En 1996, el economista Franklin Jurado, un graduado de Harvard, fue arrestado por "Lavar" $ 36 millones (alrededor de EE.UU. $ 86 millones) para el narcotraficante colombiano José Santacruz Londoño. Las personas con una gran cantidad de dinero sucio contratación de expertos para manejar el proceso de lavado. Se trata de un complejo por necesidad: la idea es que sea imposible para las autoridades rastrear el dinero sucio durante la limpieza.

Existen varias técnicas de lavado de dinero que las autoridades conocen y probablemente muchos otros que son desconocidos. Éstos son los más populares:

Dinero Negro-Mercado Cambiario

Este sistema, que la DEA llama "el mayor lavado de dinero del narcotráfico motor en el Hemisferio Occidental" [ref - en Inglés], surgió en los años 90. Un funcionario colombiano se reunió con el Departamento del Tesoro de EE.UU. para discutir el problema de las mercancías importadas ilegalmente de Estados Unidos en Colombia mediante el mercado negro. Cuando pensaba en la cuestión teniendo en cuenta el problema de lavado de dinero de drogas, los

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funcionarios estadounidenses y colombianos revisado los hechos y encontró que el mismo mecanismo era un doble propósito.

Esta configuración compleja se basa en el hecho de que hay empresarios en Colombia - por lo general los importadores de mercancías internacionales - que necesitan dólares para llevar a cabo sus negocios. Para evadir los impuestos del gobierno estadounidense para la conversión de pesos a dólares y los aranceles de importación, estos hombres de negocios pueden ir a los corredores de bolsas en el mercado negro que cobran una pequeña cuota para realizar la transacción sin la intervención del gobierno.

Ese es el lado ilegal de importación del régimen. En el lavado de dinero se realiza así: Un traficante de drogas se vuelve más sucia de dólares a un corredor de pesos en Colombia. El corredor entonces utiliza drogas dólares para comprar bienes en Estados Unidos a los importadores colombianos. Cuando los importadores reciben esos bienes (sin tener que pasar por debajo del radar del gobierno) y los venden por pesos en Colombia, pagan el corredor de los ingresos. El corredor entonces da el narcotraficante el equivalente en pesos originales (menos la comisión) dólares estadounidenses, sucio desde el principio del proceso.

Depósitos estructurados

También conocido como smurfing , este método implica dividir grandes cantidades de dinero en cantidades más pequeñas y menos sospechosas. En los Estados Unidos, esta cantidad más pequeña tiene que ser no más de $ 10 mil, de los que los bancos estadounidenses deben reportar la transacción para el gobierno. El dinero se deposita en una o más cuentas bancarias por varias personas (smurfs) o por una sola persona durante un determinado período.

Bancos internacionales

Los lavadores de dinero suelen enviar dinero a través de varias "cuentas en el extranjero" en los países protegidos por el secreto bancario, lo que significa que no importa cuál es el propósito, permiten el anonimato bancario. Un sistema complejo puede implicar cientos de transferencias bancarias desde y hacia bancos extranjeros. Según el FMI, los paraísos fiscales incluyen las Bahamas, Bahrein, las Islas Caimán, Hong Kong, Antillas, Panamá y Singapur.

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Banca alternativa

Algunos países de Asia tienen sistemas bancarios alternativos legales que permitan y bien establecido depósitos, retiros y transferencias sin documentación. Los sistemas se basan en la confianza, a menudo con raíces muy antiguas, que no dejan rastro de papel y operan fuera del control gubernamental. Este es el caso del sistema de hawala en Pakistán y la India, y la fie chen en China.

Empresas fachadas

Son empresas falsas que existen sólo para lavar dinero. Estos centros cuentan con dinero sucio como el pago de bienes y servicios que supuestamente nunca existieron en la práctica, basta con crear el aspecto de las transacciones legítimas a través de facturas falsas y los balances. Muy común en los países caribeños en casos de malversación de fondos públicos, en un caso especial millones de dólares desviados de la Superintendencia de la Amazonia (Sudam) descubrimientos entre 2000 y 2002.

Inversión en empresas legítimas

Los delincuentes a veces colocan dinero sucio en negocios legítimos para limpiarlo. Pueden utilizar las grandes empresas como las casas de bolsa o casinos que tienen que ver tanto dinero en hacer que el dinero sucio se pierde en el medio, o utilizar las pequeñas empresas que utilizan una gran cantidad de dinero en efectivo, como bares, lavados de autos, clubes de striptease y tiendas. Estas empresas son las "empresas de fachada" que proporcionan bienes y servicios para los reales, pero cuyo verdadero propósito es limpiar el dinero de los criminales. Este método generalmente funciona de dos maneras: El lavador puede combinar su dinero sucio con ingresos limpios de la empresa - en este caso, la empresa reporta mayores ingresos de lo permisible real para su negocio, o simplemente el lavador de dinero puede esconder su dinero sucio en cuentas legítimas bancarias de la empresa, con laesperanza de que las autoridades no van a comparar los extractos bancarios con los estados financieros de la empresa.

Comprar boletos sorteados

En Colombia, una especie de lavado de dinero es diferente: comprar billetes ganadores de lotería. Con la ayuda de los empleados, el banco responsable del pago de las primas, los estafadores pueden limpiar el dinero diciendo que ganó la lotería. En este caso, el empleado paga el boleto para el verdadero ganador, pero a tiempo para registrar el nombre de los registros criminales ganador.

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La mayoría de los esquemas de lavado de dinero implican una combinación de estos métodos, aunque la Bolsa de Valores en el Mercado Negro es una tienda de una sola parada cuando alguien pasa de contrabando el dinero para el corredor. La variedad de herramientas disponibles para los lavadores hace que sea difícil poner freno a esta práctica, pero las autoridades atrapan a algunos chicos malos de vez en cuando para ponerse al régimen

El lavado en Colombia

El lavado de dinero es uno de los fenómenos más representativos de la economía subterránea en Colombia, ya que en él convergen los dineros obtenidos de actividades ilegales. Para entender cómo funciona y cómo se inserta el dinero mal habido en la economía formal, se realizó una aproximación mediante el análisis del dinero incautado por las autoridades sobre este crimen, con el propósito de establecer cuál ha sido su posible impacto en el comportamiento del PIB de los departamentos político-administrativos del país. En este orden de ideas, se encontró que el lavado de activos afecta más a los departamentos ubicados en la zona fronteriza, por la posibilidad de salida al exterior y a las grandes ciudades de economía dinámica.

En la construcción de un análisis crítico y juicioso de las situaciones que afectan el desempeño de la economía nacional, el “lavado de activos” se considera como un elemento que podría influenciar el comportamiento del Producto Interno Bruto (PIB), por lo cual se ofrece una aproximación al conocimiento del comportamiento de esta actividad delictiva, desde la óptica de la economía subterránea, analizando su proporción con respecto al indicador de crecimiento económico nacional.

A través del seguimiento del PIB departamental y la consulta en fuentes oficiales sobre criminalidad, se exponen sus características, a fi n de determinar su tamaño y posible incidencia en la evolución de la economía departamental. Este ejercicio se realiza a partir de la descripción de cifras relacionadas con dicho delito, al tomar los valores reales correspondientes a bienes presentados, bienes ocupados, moneda nacional y moneda extranjera auténtica incautada, durante el período 2005-2009, y los datos del PIB

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departamental para los años 2005 a 2007, y mostrar la participación de estos dineros en el indicador y su posible influencia en el desempeño regional.

El lavado de activos es uno de los elementos de estudio dentro de la conocida como “economía, por ser el agente catalizador de los dineros percibidos por delitos como trata de personas, secuestro, sicariato, prostitución, hurtos y estafas, entre otros. Esta actividad es reconocida en nuestro estatuto penal como un delito per se, por ser la herramienta utilizada por los delincuentes para dar apariencia de legalidad a los dineros que se han obtenido de forma ilegítima; y de acuerdo con lo expuesto por Balen de Pérez Toro (2001), experta en el tema, “se ha convertido en un problema que afecta seriamente los mercados financieros del mundo, pues le ha permitido a las organizaciones delictivas penetrar en los negocios lícitos escondiendo sus ganancias, lo que conduce a distorsionar la actividad financiera, comercial y empresarial legítima, generando corrupción a su paso”. Su comportamiento va de la mano del aumento de las actividades delictivas registradas en nuestro país, el incremento de la demanda mundial de alcaloides como la cocaína, la falta de control de las operaciones financieras y la habilidad de los delincuentes para camuflar sus actividades e infiltrarlas en el sistema formal, a través de operaciones muy elaboradas. Más abajo encontrarán un mapa conceptual que resume los conceptos sobre el lavado de activo en Colombia

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Mapa Conceptual Sobre El Lavado De Activos En Colombia

Lavado de Activos

Dinero actividades

ilegales

Proveniente de:

Tráfico de drogas El secuestro La extorsión El boleteo La evasión fiscal Recursos provenientes

de funcionarios Blanqueo de capitales

Riesgo LA/FT

‘Perdida o daño de la entidad vigilada’

Se materializa a través de los riesgos

asociados:

El legal

Reputacional Operativo De contagio

El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación

del Terrorismo- SARLAFT

- Administra entidades vigiladas.

Fases

- Prevención del Riesgo:Previene recursos de actividades ilícitas

- Control del Riesgo: Detecta operaciones que aparentan legales

ETAPAS

Identificación del riesgoEntidades vigiladas establecen metodologías factores de riesgo

Medición o evaluaciónEstablece y aplica metodología de evaluación de factores de riesgos y riesgos asociados

Control

Realiza los reportes de actividades sospechosasMonitoreo

La entidad debe desarrollar reportes que permitan establecer las evoluciones del riesgo de la misma, así como la eficiencia de los controles implementados

Artículo 22 de la Ley 964 de 2005

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El lavado de activos en la República Dominicana

Existe un terrible problema social en la República Dominicana. La noticia de inicio de semana nos sorprende con la pérdida de una vida, se trata de una niña de nueve años que fue ultimada en medio de una balacera a causa de enfrentamientos entre narcos.

Nuestra capacidad de asombro va disminuyendo pues la corrupción administrativa del gobierno central, la inseguridad ciudadana y el surgimiento de nuevos negocios y prósperos comerciantes cuyo capital es de procedencia dudosa ya parecen ser el pan de cada día.

Los titulares en los medios de información que se refieren a estos problemas sociales que destacan cada día tienen un factor común: ¡Actividades ilícitas! Ya nos vamos acostumbrando los(as) dominicanos (as) a ver con normalidad la pérdida de valores, la falta de ética y moral en el accionar de muchos involucrados en actividades ilícitas como lo es el lavado de dinero sucio o lavado de activos.

Y aunque ya no sorprende, sabemos que hay algo que anda mal: ¡El origen de esos dineros! Provienen casi siempre de las ganancias derivadas de negocios ilícitos cuyo punto de partida es la venta de drogas o sustancias prohibidas.

Ciertamente cabe preguntar, ¿por qué las autoridades no ‘eficientizan’ sus acciones en contra del lavado de activos y actos de corrupción de cualquier índole? También es válido preguntar,

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¿cuántas personas han sido o están siendo procesadas por actividades ilícitas en la República Dominicana?, ¿acaso basta con destacar la procedencia del dinero con que fueron pagadas las cirugías de embellecimiento a algunas mujeres dominicanas?, ¿están todos los que son o son todos los que estaban involucrados con el capo boricua Figueroa Agosto?, ¿por qué la prensa no tiene acceso a las declaraciones de determinadas personas en el juicio de las acusadas, mejor dicho de las actrices que vemos con normalidad ocupando primera plana en los diarios nacionales?

No podemos olvidar que el lavado de activos o lavado de dinero sucio, por proceder de negocios sucios como el negocio de la droga, el crimen organizado, la malversación de los fondos públicos etc., son actividades realizadas por testaferros que colaboran con los delincuentes y los narcotraficantes para borrar el rastro de su procedencia ilícita, introduciéndolos en el mercado de capitales.

Entran al sistema productivo nacional a través de la corrupción administrativa y del sector privado donde personas sin escrúpulos dan apariencia de legalidad a esos recursos para luego hacerlos retornar a manos de su dueño original, permitiendo así que estos delincuentes disfruten de sus ganancias obtenidas en los referidos negocios ilícitos.

Hemos visto en el curso de un proceso contra lavados de activos como salen a destacar la forma irregular de contratar personas, aún sin licitación pública y carente de una compañía, siéndole adjudicadas obras y/o la compra de bienes destinados al sector gubernamental. Al mismo tiempo esa persona que ha sido beneficiaria de la contrata emite cheques a favor de personas vinculadas o allegadas al capo boricua Figueroa Agosto que como el hombre invisible vivió y burló a las autoridades dominicanas.

Nos da la impresión que las autoridades dominicanas tienen problemas en la vista, pues no alcanzan a ver lo que hasta un ciego seria capaz, aunque vale recordar el dicho popular que reza: “No hay peor ciego que aquel que no quiere ver”.

Y es que el pueblo humilde no puede darse el lujo de “ocultar el sol con un dedo” pues las actividades ilícitas que se derivan del narcotráfico y de la corrupción administrativa incrementan escandalosamente la inseguridad ciudadana y la desigualdad social.

El lavado de activos trae consigo la corrupción en las instituciones públicas y privadas, trae violencia pues impera la necesidad de mantener a toda costa el estatus adquirido con tanta facilidad.

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La competencia desleal que se deriva de los negocios establecidos con estos dineros lavados obliga a la eliminación de empresas de actividades licitas y aunque su desaparición implica una reducción en los ingresos fiscales y aumento del desempleo, las autoridades se mantienen al margen de esta problemática que además pone en riesgo el sistema democrático nacional.

Los dineros sucios obtenidos en negocios ilícitos son integrados en cualquier sector de la economía nacional; lo hemos visto, según los diarios de información nacional, en fincas ganaderas y otras actividades vinculadas a la agropecuaria, a las inmobiliarias, a las casas de cambio, venta de electrodomésticos, etc.

Cual si fuera un cuento de hadas, de la noche a la mañana surge un próspero empresario en estos menesteres que compite de manera desleal con sus iguales de la misma rama comercial haciendo los lavadores de dineros sucios desaparecer a los comerciantes que desde antaño se han dedicado a tales actividades comerciales con honestidad y cumplimiento al fisco.

Y mientras los índices económicos del país marchan a las mil maravillas, el dominicano (a) común empobrece a pesar de ver que en nuestras narices surgen tantos millonarios en un abrir y cerrar de ojos, pues el lavador de activos necesita poner en práctica el ‘pitufeo’, lo cual le motiva a tocar con el oro corruptor a cualquier inmoral dispuesto a dejar a un lado la mala calidad de vida dominicana, y los utilizan para poder introducir al sistema financiero sumas inferiores a diez mil dólares por cada día laborable y evitar así ser objeto de investigación y control por parte del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y la Unidad de Análisis Financiero.

Vulnerar las aduanas dominicanas no ha sido difícil, especialmente en el norte del país donde han destacado empleados de esa institución que además formaban parte de la actividad política clientelista, pues son hijos o allegados de conocidos políticos dominicanos; es decir, que en Dominicana las leyes son violadas por quienes han de velar por el respeto de las mismas.

Aunque en otras latitudes del mundo esto podría causar asombro, en el este de la isla de Santo Domingo es parte de la faena del día. Estos “protegidos” han introducido electrodomésticos indebidamente, vulnerando los controles aduanales, y parecería que

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nuestro pueblo ignora que con el dinero obtenido en el exterior de la venta de las drogas, resulta un mecanismo de lavado de ese sucio dinero retornarlo al país en mercancías tal cual los electrodomésticos que luego de ser vendidas por el testaferro les sean entregados los recursos ya con apariencia de legalidad al dueño del mismo, es decir a aquel traficante de la droga que con audacia logró enviarla al exterior.

Pero no solamente se lavan así esos dineros sucios, según lo ya expuesto en los párrafos anteriores, también mediante sociedades de papel, sociedades fachadas y las sociedades de pantalla; las cuales coadyuvan con sus acciones a dar apariencia de legalidad y ocultar el origen y destino de los bienes o beneficios obtenidos en el ejercicio de actividades ilícitas.

Por último, nos queda seguir “creyendo el cuento” de aquellos que tuvieron tantas carencias dado su humilde origen, pero “el destino” le ha otorgado la suerte del premio mayor y han pasado de la noche a la mañana a ser millonarios, y aunque no pueden justificar la procedencia de su capital gozan de los privilegios de un sistema de instituciones débiles cuyas autoridades en numerosas ocasiones se hacen ciegas, sordas y mudas; aún teniendo la calidad de sujetos obligados por la ley 72-02 Contra El Lavado de Activos provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y Otras Infracciones Graves no se dan por enteradas y prefieren o más bien les conviene ignorar que en República Dominicana se lava dinero sucio indistintamente sin importar el partido que este gobernando.

República Dominicana y los acuerdos internacionales

Legislación

Ley No. 50-88 [del 30 de mayo de 1988] sobre drogas y sustancias controladas en la República Dominicana

1997/17 Ley Nº. 17-95 [del 17 de diciembre de 1998] que introduce modificaciones a la Ley No.50-88/sobre drogas y sustancias controladas en la República Dominicana.

Decreto No. 300-95 [del 17 de diciembre de 1995] que aprueba el Reglamento sobre delitos y lavado de bienes relacionados con el tráfico ilícito de drogas y de sustancias controladas en la República Dominicana.

Decreto No.288-96 [del 3 de agosto de 1996] que establece el Reglamento de la Ley 50-88 sobre drogas y sustancias controladas de la República Dominicana.

Ley N° 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Resolución N° 16956 que crea el INACIF. Ley No. 489 sobre Extradición en la República Dominicana.

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Argentina

Convenio sobre Tráfico de Estupefacientes con la República Dominicana, Ley 24.504, 1995-06-14.

Brasil

Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y la República Dominicana, Decreto N º 6738, 12/01/2009.

Colombia

Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Dominicana sobre asistencia Mutua en Materia Penal.

Acuerdo de Cooperación para la prevención, control y represión del Lavado de Activos derivados de cualquier actividad ilícita entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Dominicana.

Costa Rica

Convenio entre Centroamérica y República Dominicana sobre Drogas y Lavado, Prevención y Represión de los Delitos de Lavado de Dinero y Activos, con Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos.

Estados Unidos

Extradition Treaty with the Dominican Republic, 1909-06-19.

Instrumentos multilaterales

Convención de Extradición Centroamericana de 1923. Convenio sobre extradición de Montevideo, suscrito en Montevideo- Uruguay, 1933-12-

26. Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves, firmado en La Haya

el 16 de diciembre de 1970. Convención para prevenir y sancionar los actos de terrorismo configurados en delitos

contra las personas y la extorsión conexa cuando estos tengan trascendencia internacional. (Convención de Washington). OAS TS 37, el 2 de febrero de 1971 .

Convenio de las Naciones Unidas sobre Sustancias Sicotrópicas, de 1971. Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, de 1975. Convención Internacional contra la Toma de Rehenes, de 1979.

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Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, de 1988.

Tratado Modelo de Asistencia Recíproca en Asuntos Penales (Adoptado por la Asamblea General como resolución 45/117 de acuerdo a la recomendación del Octavo Congreso sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente de 14 de diciembre de 1990).

Convención Interamericana contra la Corrupción, de 29 de junio de 1996. Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional,

de 2000. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente

Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 2000.

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 2000.

Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 2001.

Convención Interamericana contra el Terrorismo, de 03 de junio de 2002. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de 09 de diciembre de 2003.

Narcos de Venezuela y México pretenden hacer República Dominicana centro de acopio.

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Redes de narcotraficantes, cuyos centros de operaciones están enclavados en Colombia y Venezuela, intentan afanosamente, burlar a las autoridades del país para convertir a la República Dominicana en un centro de acopio de droga, tratando de entrar grandes cargamentos de cocaína por la vía marítima, una vez los cielos le cerraron el espacio aéreo con la puesta en operación de los aviones Súper Tucanos y ahora respaldados por el Predator, (avión no tripulado).

En ese sentido, las autoridades antidrogas han incautado 6,807.72 kilos de cocaína en lo que va de año, pertenecientes a grandes redes de narcos que intentan de utilizar al país como puente para enviar la cocaína a Europa y los Estados Unidos.

La estrategia que utilizan estos narcos es la siguiente: toman un avión que sale de Colombia repleto de cocaína pura hasta la selva venezolana y de ahí hacen la travesía por mar, hasta las costas Este y Sur de la República Dominicana.

Estos narcotraficantes han podido entrar esa droga, con la ayuda de 73 miembros de la Policía y las Fuerzas Armadas señalados como cómplices protectores de estos cargamentos de cocaína y que las autoridades ya cancelaron por “alta traición a la Patria”.

Además, la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) ha incautado la suma de US$977,453 y RD$4, 456,240 en efectivo.

Estas bandas transportan la droga vía marítima pasando por las costas de Curazao, por ser la más directa, y cuando llegan al país, utilizan los puertos, en especial el Multimodal de Caucedo, para sacarla a Europa y los Estados Unidos.

El pasado 6 de junio, en un operativo llevado a cabo por la DNCD y la Drug Enforcement Administration (DEA) de Estados Unidos se ocupó 500 kilos de cocaína que salieron del municipio Miches con destino a Puerto Rico. La droga era transportada por seis dominicanos que luego de apresados fueron enviados a Puerto Rico para ser procesados allí.

Ese mismo día, la DNCD detuvo en Bávaro a José Luis Veloz Pimentel, cuando se desplazaba en una camioneta con 36 paquetes de la misma droga, cuyo peso fue de 37 kilogramos.

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Asimismo, en julio de este año, fueron decomisados en un operativo llevado a cabo entre la DEA y la DNCD, cerca del río Soco 24 sacos conteniendo 722 paquetes de cocaína que pesaron la cantidad de 767.38 kilogramos. En el mismo mes de julio, la DNCD se incautó de 31.33 kilogramos de cocaína en el puerto Multimodal Caucedo listos para ser transportados. La droga en cuestión se encontraba dentro de un contenedor, que iba a ser embarcado en la motonave Zenit, llevando como destino final la vecina isla de Puerto Rico.

El 10 de agosto pasado, la DNCD y la DEA se incautaron en alta mar, próximo a la costa de Boca Yuma, Higüey, de 115 kilogramoss de cocaína, dentro de tres bultos localizados en el interior de la embarcación EFA, y la suma de RD$500,050.

Apresan oficiales

La DNCD ha expulsado a 73 agentes, entre los que figuran oficiales superiores, subalternos, clases y alistados. Uno de los casos más recientes son los del coronel de la Policía, Edwin Calderón Castillo y el del teniente coronel José Antonio Polanco Rodríguez, ambos acusados por la Policía y la DNCD de proteger redes de narcos.

Muere sargento

Presuntos narcotraficantes mataron a balazos y luego lo colgaron de un árbol al sargento Erasmo Ferreira Arias, de 32 años, quien supuestamente denunció que la droga incautada por las costas banilejas, en septiembre de este año, no era la cantidad reportada por las autoridades.

El sargento estaba asignado al departamento de Inteligencia de la Marina de Guerra, (M-2) y estaba asignado al patrullaje de las playas de Matanzas y Las Salinas. El caso es investigado por homicidios de la Policía.

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CONCLUSION

El lavado de activos procedentes de actividades ilícitas constituye motivo de gran preocupación para los Estados por las nocivas consecuencias que este fenómeno comporta para las instituciones democráticas, así como para la economía, al alterar la balanza de pagos, afectar la estabilidad de precios y arruinar actividades comerciales y productivas legítimas; Es grato saber que la República Dominicana y Colombia son signatarias de la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias sicotrópicas, celebrada en Viena, el 20 de diciembre de 1988, lo que le obliga a adoptar mecanismos y procedimientos que prevengan de forma eficaz y establezcan las sanciones correspondientes, en relación a los recursos derivados del tráfico de drogas y sustancias sicotrópicas.

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GLOSARIO

AGD - Almacén General de Depósito: Las empresas de almacenes general de depósito ya constituidas o que se constituyan en el futuro, tienen por objeto el depósito, la conservación y custodia, el manejo y distribución, la compra y venta por cuenta de sus clientes de mercancías y productos de procedencia nacional o extranjera. Ver Artículo 33 del Estatuto Organico del Sistema Financiero.

CCICLA - Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control del Lavado de Activos: Es el órgano consultivo del Gobierno Nacional que dicta la política para luchar contra los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Ver Decreto 3420 de 2004.

CFC - Compañía de Financiamiento Comercial: Son compañías de financiamiento comercial las instituciones que tienen por función principal captar recursos a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasign. Ver Artículo 24 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

CICAD - Comisión Interamericana para el Control del Abuso de las Drogas: Establecida por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en 1986.

DDC - Debida Diligencia del Cliente: Las entidades deben tener un conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de todos los clientes actuales y potenciales, así como para verificar la información y los soportes de la misma, es decir de todas personas naturales o jurídicas con la cual la entidad establece y mantiene una relación contractual o legal para el suministro de cualquier producto propio de su actividad. Ver capitulo 11 de la Circular Básica Contable de la Superfinanciera.

EGMONT - Reunión de las Unidades de Inteligencia Financiera del mundo: El grupo Egmont es un organismo internacional que reúne a las Unidades de Inteligencia Financiera del Mundo que facilita el intercambio de información para combatir el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.

FINCEN - Red de persecución de delitos financieros (traducción al español): Es la Unidad de Inteligencia Financiera de Estados Unidos.

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FIU - Financial Information Unit: Es la sigla en inglés de Unidad de Inteligencia Financiera.

FT - Financiación del Terrorismo: En Colombia es un delito definido como “el que directamente provea, recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie o guarde fondos, bienes o recursos, o realice cualquier otro acto que promueva, organice, apoye, mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos armados al margen de la ley o terroristas nacionales o extranjeros”. Ver Código Penal Art. 345.

GAFI - Grupo de Acción Financiera Internacional: Es un organismo internacional que promulga recomendaciones internacionales para combatir el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo. Ver www.fatf.org.

GAFIC - Grupo de Acción Financiera Internacional para el Caribe: Es el organismo regional para el Caribe que vela por el cumplimiento de las recomendaciones internacionales.

GAFISUD - Grupo de Acción Financiera de Sudamérica: GAFISUD es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a los países de América del Sur para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi : El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) es la entidad del Estado Colombiano encargada de producir el mapa oficial y la cartografía básica de Colombia; elaborar el catastro nacional de la propiedad inmueble; realizar el inventario de las características de los suelos; adelantar investigaciones geográficas como apoyo al desarrollo territorial; capacitar y formar profesionales en tecnologías de información geográfica y coordinar la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE).

IMC - Intermediario del Mercado Cambiario: Son intermediarios del mercado cambiario los bancos comerciales, los bancos hipotecarios, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento comercial, la Financiera Energética Nacional (FEN), el Banco de Comercio Exterior S.A. (BANCOLDEX), las cooperativas financieras, las sociedades comisionistas de bolsa y las CASAS DE CAMBIO. Ver Artículo 8 de la Resolución externa 8 de 2000 del Banco de la República.

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IMV - Intermediario del Mercado de Valores: La actividad de intermediación de valores supone la realización de operaciones que tengan por finalidad el acercamiento de demandantes y oferentes para la adquisición o enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, bien sea en el mercado bursátil o mostrador, y hallarse inscrito previamente en dicho registro como intermediario de valores. Ver www.superfinanciera.gov.co.

LA - Lavado de Activos: En Colombia es un delito definido como “el que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas, tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas, delitos contra el sistema financiero, delitos contra la administración pública, o vinculados con el producto de delitos ejecutados bajo concierto para delinquir, o les de a los bienes provenientes de dichas actividades apariencia de legalidad o los legalice, oculte o encubra la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derecho sobre tales bienes o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito (...)" Ver Código Penal art. 323.

OFAC - Oficina de control de Activos Extranjeros de Estados Unidos (traducción al Español): Es una oficina del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos que identifica países, terroristas y narcotraficantes sancionables de acuerdo con las leyes de EEUU. Emite la lista OFAC también conocida como lista Clinton (definición tomada de "Blanqueo internacional de Capitales" de Juan Miguel del Cid).

PEP - Personas Políticamente Expuestas: Son los individuos que desempeñan o han desempeñado funciones públicas destacadas, por ejemplo, jefes de Estado, políticos de alta jerarquía, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales, funcionarios importantes de partidos políticos (definición tomada de las 40 Recoemndaciones del GAFI).

PIJAO - SCCI - Sistema centralizado de consultas de información: Sistema de cómputo desarrollado sobre una arquitectura de Web Services que facilita el intercambio de información entre entidades del sector gobierno, que pueden aportar información encaminada a detectar actividades de LA/FT.

QYR - Quejas y reclamos: "Quejas son aquellas manifestaciones de inconformidad que un usuario hace a la entidad en razón de una irregularidad administrativa, una conducta incorrecta o un hecho arbitrario que aquel atribuye a algún funcionario de la entidad, con el propósito de que se corrijan o se adopten las medidas pertinentes.

Reclamos son manifestaciones de inconformidad por una actuación de la entidad que perjudica al reclamente, ya sea porque la considere injusta o porque estime que no está ajustada a Derecho, con el objeto de que se tomen los correctivos del caso."

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REQ - Requerimiento Nacional: Por requerimiento nacional se entiende, todo aquel requerimiento de información sobre una persona natural o jurídica de las bases de datos de ROS, transacciones en efectivo, transacciones cambiarias, actos notariales, y terceras fuentes, disponibles en la UIAF, realizando por cualquier autoridad nacional competente en materia de lavado de activos, financiación del terrorismo y extinción del derecho de dominio.

RON - Reporte de Operación Notarial: "El un tipo de reporte que deben enviar todas las Notarías del país, así:

1. Reporte de operaciones notariales individuales: Se debe realizar el reporte dentro de los 10 primeros días del mes siguiente. Todos los actos o negocios jurídicos notariales que realice una persona jurídica o natural y que representen individualmente un valor igual o superior a 300 smlmv

2. Reporte de operaciones notariales múltiples: Se debe realizar el reporte mensualmente, dentro de los 10 primeros días del mes siguiente. Todos los actos o negocios jurídicos notariales que en un (1) mes calendario se realicen por parte de una persona natural o jurídica en la misma notaría y que en su conjunto superen los 1500 smlmv ."

ROS - Reporte de Operación Sospechosa: Corresponde a las entidades reportar a la UIAF en forma inmediata las operaciones que determinen como sospechosas Así mismo, las entidades deberán reportar las operaciones intentadas o rechazadas que contengan características que les otorguen el carácter de sospechosas. Los reportes sobre operaciones sospechosas deben ajustarse a los criterios objetivos establecidos por la entidad.

TE,TC,TJ,TV - Reporte objetivo: Son los reportes de aquellas transacciones que por sus características y de acuerdo con las condiciones de cada uno de los sectores reportantes, constituyen una fuente de información importante para el análisis desarrollado en la UIAF, por ejemplo, transacciones en efectivo, transacciones cambiarias, reportes de operaciones notariales, etc. El carácter “objetivo” se presenta porque no depende del criterio de quien reporta, no requiere grado alguno de sospecha y son todos aquellos que por alguna disposición normativa deben ser comunicados a la UIAF.

ROS STAND ALONE - Software para el reporte de operaciones sospechosas: Software Cliente/Servidor desarrollado por la UIAF para facilitar a las entidades el reporte de operaciones sospechosas. El módulo cliente es entregado a las entidades reportantes para que elaboren sus reportes; el módulo Servidor se encuentra en la UIAF y sirve para administrar usuarios y cargar la información de operaciones sospechosas.

SA - Señales de alerta: Una señal de alerta es simplemente un hecho, información o circunstancia particular que rodea la realización de una transacción o actividad (vinculación, comportamiento o transacción) de un cliente,

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usuario o funcionario de una entidad reportante que supera lo normal y podría ser susceptible de ser sospechoso de lavado de activos o financiación del terrorismo.

SARLAFT - Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo: SARLAFT se compone de dos fases: la primera corresponde a la prevención del riesgo y cuyo objetivo es prevenir que se introduzcan al sistema financiero recursos provenientes de actividades relacionadas con el lavado de activos y/o de la financiación del terrorismo. La segunda, que corresponde al control y cuyo propósito consiste en detectar y reportar las operaciones que se pretendan realizar o se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas al LA/FT. Ver circular Externa de Superfinanciera 026 de 2008.

SGC - Sistema de Gestión de Calidad: Herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades. Está enmarcado en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades.

SIA - Sociedad de Intermediación Aduanera: Las Sociedades de Intermediación Aduanera son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer la Intermediación Aduanera y cuyo objeto social principal es el ejercicio de dicha actividad. Ver artículo 14 del Decreto 2685 de 1999.

TC - Transacciones Cambiarias: "Transacciones de compra y venta de divisas reportadas a la UIAF y registradas en nuestras Bases de Datos, por ajustarse a los parámetros de reporte que establecen las resoluciones para Casas de Cambio y Profesionales del cambio. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera) y los profesionales del cambio de divisas deben reportar a la UIAF todas aquellas operaciones de transferencia de divisas desde o hacia el exterior, remesas de divisas desde o hacia el exterior y las operaciones de compra y venta de divisas por ventanilla. Las transacciones que no cumplen con estos parámetros no son objeto de reporte. La información de transacciones cambiarias suministrada a la UIAF por las entidades reportantes en cumplimiento de sus obligaciones legales, es almacenada por la UIAF en la respectiva base de datos. La exactitud de la información no puede ser determinada por esta Unidad ya que no se cuenta con datos provenientes de otras fuentes que permitan confirmarla. Así mismo, la información es susceptible de ser corregida o adicionada por parte de las mismas entidades cuando afirman detectar errores o inconsistencias en la información suministrada, previa aplicación de los procedimientos establecidos por la UIAF."

TE - Transacciones en Efectivo: "Transacciones de en efectivo reportadas a la UIAF y registradas en nuestras Bases de Datos, por ajustarse a los parámetros de reporte que establecen las distintas resoluciones.

La información de transacciones en efectivo es suministrada a la UIAF por las entidades reportantes, en cumplimiento de sus obligaciones legales, y su contenido es de total responsabilidad de cada una de dichas

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entidades. Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera), a partir del agosto de 2003, deben reportar a la UIAF todas las transacciones en efectivo individuales y múltiples. La UIAF almacena dicha información en una base de datos para su consulta. La divulgación que la UIAF hace de esta información no garantiza su calidad, exactitud y veracidad pues en ningún momento la verifica, solamente la recibe y almacena. Asimismo, la información es susceptible de ser corregida o adicionada por parte de las mismas entidades cuando afirman detectar errores o inconsistencias en la información suministrada, previa aplicación de los procedimientos establecidos por la UIAF."

TIPOLOGÍAS: Por tipologías se entiende como la descripción de las técnicas o prácticas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia ilícita y transferirlos de un lugar a otro o entre personas para dar apariencia de legalidad o financiar sus actividades criminales..

UIAF - Unidad de Información y Análisis Financiero: "Es la Unidad de Inteligencia Financiera del país que tiene como fin prevenir y detectar operaciones relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo, mediante la centralización, sistematización y análisis de información que recauda, con el fin de entregar información a las autoridades competentes. Así mismo, divulga información relacionada con estos delitos para mejorar los controles de aquellas personas, naturales o jurídicas, que sean susceptibles de ser usadas. Es una institución central, nacional encargada de recibir (y, si lo tiene permitido solicitar), analizar y trasladar a las autoridades competentes, comunicaciones de información financiera relacionadas con (i) fondos de los que se sospeche un origen ilícito y/o una posible financiación del terrorismo, o (ii) requeridas por la normatividad nacional, con el fin de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Si bien las UIF varían considerablemente en su tamaño, estructura, composición, funciones y naturaleza, todas comparten el objetivo común de impedir que los criminales usen los sistemas financieros y otros sectores de las economías nacionales para beneficiarse de sus actividades ilícitas."

UIF - Unidad de Inteligencia Financiera: "Entidad u organismo que en cada país recibe y analiza los reportes de operaciones sospechosas relacionadas con el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo. Es una institución central, nacional encargada de recibir (y, si lo tiene permitido solicitar), analizar y trasladar a las autoridades competentes, comunicaciones de información financiera relacionadas con (i) fondos de los que se sospeche un origen ilícito y/o una posible financiación del terrorismo, o (ii) requeridas por la normatividad nacional, con el fin de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Si bien las UIF varían considerablemente en su tamaño, estructura, composición, funciones y naturaleza, todas comparten el objetivo común de impedir que los criminales usen los sistemas financieros y otros sectores de las economías nacionales para beneficiarse de sus actividades ilícitas."

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Fuentes Virtuales

http://www.barrigaverde.net/?q=node/18305

http://oasportal.policia.gov.co/imagenes_ponal/dijin/revista_criminalidad/vol53_1/11Ellavado.pdf

http://www.lan103fm.com/narcos-de-venezuela-y-mexico-pretenden-hacer-republica-dominicana-centro-de-acopio.html#.UVkIzqLZYcA

https://www.uiaf.gov.co/index.php?idcategoria=25