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El Régimen de Origen de los Tratados de Libre Comercio 10 de mayo del 2007

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El Régimen de Origen de los Tratados de Libre Comercio

10 de mayo del 2007

Contenido

1. Definición de origen2. Importancia de las reglas de origen3. Triangulación en origen4. Productos originarios (concepto de

transformación sustancial)5. El control de origen (La certificación)6. Transito y expedición directa 7. Acumulación de origen

India

MexicoChile

Costa Rica

¿Origen?

Reglas de origen

Reglas de origen:¿Que son?

• Criterios para determinar la “nacionalidad”de una mercancía – “cédula de identidad”

• Reglas de origen Preferenciales:• Son las leyes, reglamentos y decisiones administrativas de

aplicación general para determinar si a un producto le corresponde recibir el trato preferencial previsto en virtud de regímenes de comercio contractuales o autónomos conducentes al otorgamiento de preferencias arancelarias que sobrepasen la aplicación del párrafo I del GATT de 1994

Normas de Origen :¿Que pretenden?

• Que haya suficiente actividad industrial en el país (Parte-beneficiario) para cumplir con el objetivo de desarrollo productivo (transformación sustancial).

• Garantizar que las franquicias favorezcan sólo a los signatarios del TLC y evitar desviaciones comerciales a través de alguno de estos países.

• A través de las Reglas de Origen se determinan cuales bienes gozarán de trato arancelario preferencial.

• En los TLC se establecen preferencias arancelarias EXCLUSIVAMENTE para las mercancías originarias de las partes signatarias, evitando con ello la triangulación de origen.

Importancia

Falacias de las reglas de origen

• Lo compré en Costa Rica y por lo tanto es originario.

• Mi producto tiene X porcentaje de contenido “nacional” o “regional”.

• Pagué los aranceles de importación de los insumos de terceros países, por lo que ya esta “nacionalizado”.

• Mi producto cumple con “un salto arancelario”.• Mi producto cumple con las disposiciones de

origen de Centroamérica por lo que también las cumple en el TLC con Canadá.

a

CCb

Triangulación de origen

Triangulación de origen 15%

CR-RD0% 0%

RD-CAFTA0%

0%

15%

Reglas de Origen: Productos Originarios

• En los TLC, el trato arancelario preferencial se otorga a bienes de Costa Rica y su socio comercial, siempre que estos sean:

- Totalmente obtenidos en sus territorios

- Suficientemente transformados

• Plantas y productos de plantas cosechados o recolectados

• Animales vivos nacidos y criados

• Productos obtenidos de animales vivos

• Productos obtenidos de la caza, captura con trampas, pesca o acuacultura

• Minerales y otros recursos naturales extraídos o tomados

Productos totalmente obtenidos: (ejemplos)

• Peces, crustáceos y otras especies marinas obtenidas del mar, fondo o subsuelo marino fuera del territorio por barcos registrados o matriculados por una Parte y que enarbolen su bandera

• Mercancías obtenidas por barcos-fábrica fuera del territorio siempre que los barcos estén registrados o matriculados por una Parte y que enarbolen su bandera

•Mercancías obtenidas del fondo o subsuelo marino fuera del territoriosiempre que el país tenga derechos de explotación

• Desechos y desperdicios

• Mercancías recuperadas(CAFTA)

• Mercancías producidas a partir de las anteriores

Sector Agrícola• Animales vivos: Nacimiento y

crianza

• Lácteos: país donde se obtiene la leche en estado natural

Algunos ejemplos de reglas de origen específicas de productos totalmente obtenidos

•Plantas ornamentales, helechos, flores, hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios, granos, frutas, café :

país de cultivo

Productos totalmente obtenidos

Reglas de OrigenProductos suficientemente transformados

• Productos suficientemente transformados, elaborados con insumos no originarios de las Partes signatarias:

• Que cumplan con un cambio en su clasificación arancelaria.

• Con un valor de contenido regional

• Que cumplan con determinados procesos productivos indicados en el TLC

“Consiste en determinar si la clasificación arancelaria del producto final cambia respecto a la clasificación arancelaria de las materias primas o insumos importados de terceros países”

Criterio de cambio en clasificación arancelaria

2009.69.10.00

Capítulo Partida Subpartida

Centroamérica Inciso o fracción arancelaria Nacional (impuestos S.C., Contingentes ect)

SistemaSistema ArmonizadoArmonizadoINTERNACIONAL CA CR

Cambio de clasificación arancelaria

Huevos (04.07)Panamá

Aceite (15.11)Colombia

Limón (08.05)Chile 21.03

Mayonesa

Un cambio a la partida 21.03 desde cualquier otra partida

Sal (25.01)Alemania

Cambio de clasificación arancelaria

Huevos (04.07)Panamá

Aceite (15.11)Costa Rica ó el otro socio

Limón (08.05)Chile 21.03

Mayonesa

Un cambio a la partida 21.03 desde cualquier otra partida, excepto de la partida 15.11

Sal (25.01)Alemania

Resina de polietileno

39.01Alemania

Bolsa de plástico39.23

Costa Rica

Cambio de clasificación arancelaria SI CUMPLE ORIGEN

“Un cambio a la partida 39.23 desde cualquier otra partida”

Reglas de proceso productivo (ejemplos)

Reglamento CA: Nota de Sección II

“ Las mercancías agrícolas, hortícolas o forestales serán consideradas originarias aunque se hayan cultivado a partir de semillas, bulbos, tubérculos, rizomas, esquejes, injertos, retoños, yemas u otras partes vivas de plantas no originarias”

• Especias y mezclas de especias:El proceso de triturado y pulverizado confiere origen

Reglas de valor de contenido regional: Ejemplo

• Regla SGP Plus de la UE:

17.04 Artículos de confitería sin cacao, incluido el chocolate blanco

Fabricación en la que:

• Todas las materias utilizadas se clasifican en una partida diferente a la del producto y

• El valor de todas las materias del capítulo 17 utilizadas no exceda del 30% del precio franco fábrica del producto

El control de origen: La certificación

• Para comprobar documentalmente que una mercancía califica como originaria en el marco de un Acuerdo o Tratado de Libre Comercio, tradicionalmente los exportadores deben emitir un certificado deorigen, el cual deberá ser remitido al importador en el país consignatario de las mercancías.

• Con el certificado en su poder, el importador podrá reclamar ante sus autoridades aduaneras las preferencias arancelarias que las Partes negociaron para las mercancías sujetas a despacho.

• Por su parte el certificado permite que la autoridad aduanera del país importador verifique durante el control inmediato o “a posteriori”, si la mercancía cumple con los requerimientos relativos a la normativa de origen negociados en el Tratado.

El control de origen: La certificación

• Históricamente en Costa Rica se han utilizado dos sistemas de certificar el origen de las mercancías:

– Certificación controlada: es aquel en el que la certificación es emitida o avalada por una autoridad pública o privada.

– Proceso de autocertificación.

El control de origen: La certificación controlada

• Sistema General de Preferencias con la Unión Europea.

• La Iniciativa para la Cuenca del Caribe . • CARICOM, en donde el exportador confecciona

el certificado de origen y lo remite a la DAACI en COMEX .

• Panamá.• Venezuela.

El control de origen: Autocertificación

• En el sistema de autocertificación, el exportador (importador en CAFTA) llena, firma y de ser requerido sella el certificado de origen, procediendo a remitirlo de forma directa a su cliente en el país de importación, sin necesidad de obtener autorización o aval de autoridad alguna en el país de exportación.

• Acuerdos basados en el principio de buena fé:- México- Chile- Canadá- República Dominicana

El certificado de origenTRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPUBLICA DE COSTA RICA

Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CERTIFICADO DE ORIGEN

(Instrucciones al Reverso)

Llenar a máquina o con letra de molde o letra de imprenta. Este documento no será válido si presenta alguna raspadura, tachadura o enmienda. 1. Nombre y domicilio del Exportador: 2.Período que cubre:

Día Mes Año Día Mes Año

Número de Registro:

De __/__/__/__/__/__/ A __/__/__/__/__/__/

3. Nombre y domicilio del Productor: 4.Nombre y domicilio del Importador:

Número de Registro:

Número de Registro:

5. Descripción del (los) bien (es): 6. Clasificación Arancelaria

7. Criterio para trato preferencial

8. Método utilizado VCR

9. Otras instancias

10. Declaro bajo protesta de decir verdad o bajo juramento que: - La información contenida en este documento es verdadera y exacta y me hago responsable de comprobar lo aquí declarado. Estoy consciente que

seré responsable por cualquier declaración falsa u omisión hecha en o relacionada con el presente documento. - Me comprometo a conservar y presentar, en caso de ser requerido, los documentos necesarios que respalden el contenido del presente certificado, así

como a notificar por escrito a todas las personas a quienes entregue el presente certificado, de cualquier cambio que pudiere afectar la exactitud o validez del mismo.

- Los bienes son originarios y cumplen con los requisitos que le son aplicables conforme al Tratado de Libre Comercio de la República de Costa Rica

y los Estados Unidos Mexicanos, y no han sido objeto de procesamiento ulterior o de cualquier otra operación fuera de los territorios de las Partes; salvo en los casos permitidos en el artículo 5-17.

Este certificado se compone de _______ hojas incluyendo todos sus anexos. Firma autorizada:

Empresa:

Nombre:

Cargo:

Fecha:

Día Mes Año __/__/__/__/__/__/

Teléfono: Fax:

Autocertificación

• El certificado de origen debe ser llenado y firmado por el exportador de las mercancías y no requieren de visado o autorización de autoridades públicas o privadas. Por lo anterior, al momento de la exportación de la mercancía los certificados no son controlados o revisados por autoridad aduanera alguna.

• Por tratarse de un documento de libre reproducción, cualquier empresa o persona puede confeccionar e incluso fotocopiar el certificado. El único requisito exigible al operador de comercio es respetar el formato negociado en el marco del Tratado.

Autocertificación

• Al ser el exportador quien suscribe el certificado, se le establecen una serie de responsabilidades, dentro de las que destacan el conservar por un período de tiempo determinado los documentos relativos a la producción de las mercancías y su exportación; notificar de forma inmediata cualquier variación en las circunstancias que mediaron a la hora de emitir el certificado, entre otras.

• De previo al llenado del certificado de origen, el exportador debe verificar el cumplimiento de las reglas de origen específicas negociadas para cada producto.

Transbordo y expedición directa o tránsito internacional

Para que las mercancías se beneficien del trato arancelario preferencial previsto en el Tratado deberán ser objeto de expedición directa de la Parte exportadora a la Parte importadora.

• Permanecer en los países en tránsito bajo control aduanero• El tránsito debe estar justificado por razones geográficas o por consideraciones

relativas a requerimientos de transporte internacional;• No ingresen al comercio local o al consumo en dichos países; y• No sufran un procesamiento ulterior o sean objeto de cualquier otra operación

fuera de los territorios de las Partes, excepto la descarga, recarga o cualquier otro movimiento necesario para mantener la mercancía en buena condición o transportarla a territorio de una Parte.

Acumulación

• Para el cumplimiento de los requisitos de origen, las materias o productos originarios del territorio de cualquiera de las Partes, incorporados a una determinada mercancía en el territorio de la otra Parte, serán considerados originarios del territorio de esta última.

• Los alcances sobre la acumulación, hay que examinarlos en cada uno de los Acuerdos o Tratados.

Acumulación de origen

Origen RD-CAFTA

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