“El Recurso a una historia novelada como método … · por unos personajes, ... claramente a...

68
Primer Premio “El Recurso a una historia novelada como método docente: Derecho de Familia y la historia de la familia Martín-Garzón. Coordinadora: Maria Dolores Cervilla Garzón

Transcript of “El Recurso a una historia novelada como método … · por unos personajes, ... claramente a...

Primer Premio

“El Recurso a una historia novelada como método docente: Derecho de Familia y la

historia de la familia Martín-Garzón.

Coordinadora: Maria Dolores Cervilla Garzón

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 22

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 23

Premios a la innovación docente 2010

Consejo Social de la Universidad de Cádiz

Proyecto de Innovación: El recurso a una historia novelada como método docente: Derecho de Familia y la historia de la familia Martín-Garzón

Coordinador/a: Mª Dolores Cervilla GarzónMiembro del equipo: Isabel Zurita Martín

Profesoras Titulares de Derecho Civil de la Universidad de Cádiz

1. INTRODUCCIÓN: ¿EN QUÉ CONSISTE NUESTRO PROYECTO?

El trabajo que en su día presentamos al Premio a la Innovación en la Docencia 2009, que convocó en 2010 el Consejo Social de la Universidad de Cádiz, y que mereció la primera distinción del jurado, se enmarca dentro del Proyecto PIUCA 45 “El recurso a una historia novelada como método docente: Derecho de Familia y la historia de la familia Martín-Garzón”, cuyo desarrollo se extiende a los cursos 2009/2010 y 2010/2011. Nuestra propuesta de innovación comienza, pues, a ponerse en práctica en el curso pasado, para continuar desarrollándola durante el presente año acadé-mico, en el que se incorporan las mejoras que se han considerado oportunas naci-das de la experiencia anterior.

Se trata de un proyecto dirigido a la innovación metodológica en la impartición de una asignatura jurídica; en concreto, y en esta ocasión, se aplica a “Derecho de Familia”, asignatura troncal cuatrimestral (4.5 créditos), que se imparte en el cuarto curso de la Licenciatura en Derecho. La idea básica sobre la que gira todo el proyec-to se traduce en recurrir a la historia novelada de una familia de ficción –la familia Martín-Garzón-, para que sirva de apoyo a las clases teóricas y a las actividades prácticas que han de realizar los alumnos a lo largo del cuatrimestre. Todos los pro-blemas que sufren los personajes de esta familia y los múltiples avatares por los que atraviesan, son reflejos prácticos de la propia realidad familiar y social de una familia actual cualquiera, a los que debe darse solución desde el Derecho.

Con esta metodología se pretende alcanzar, más concretamente, los siguientes ob-jetivos:

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 24

1. Aumentar la motivación del alumno, al plantearse la docencia íntegra de una asignatura (teórica y práctica), desde el soporte de una historia protagonizada por unos personajes, con sus características y vivencias.

2. Aunar la docencia teórica y práctica del Derecho, al presentar ambas vertientes apoyadas en una historia novelada y construida desde supuestos reales.

3. Acercar al alumno la realidad jurídica como lo que efectivamente es: una reali-dad social y cotidiana en la que todos nos debemos sentir identificados.

4. Facilitar la comprensión del sistema jurídico de las relaciones familiares, con la aplicación del mismo a personajes concretos que representan tipos sociales actuales, con problemas cotidianos y de todos conocidos.

5. Utilizar recursos visuales y estrictamente no académicos (como es una historia novelada a modo de cómic) como vehículo trasmisor de conocimientos jurídi-cos.

6. Elaborar unos materiales completos, interrelacionados e integrados, que pue-dan ser difundidos a la comunidad científica docente.

La coherencia del proyecto se manifiesta claramente a través de la perfecta relación entre los objetivos planteados y la metodología que se emplea para alcanzarlos. Así, el sistema metodológico, teniendo como eje la familia Martín-Garzón, se articula mediante la conjunción de una serie de elementos de necesaria concurrencia: 1. La historia brújula. 2. El programa. 3. La programación de actividades. 4. Las sesiones teóricas. 5. Las sesiones prácticas y teórico-prácticas. 6. El sistema de evaluación. 7. El curso virtual.

2. LA “HISTORIA BRÚJULA”: LA HISTORIA DE LA FAMILIA MARTÍN-GARZÓN

Desde el comienzo del curso, los alumnos tienen a su disposición en el curso virtual, en archivo word, la denominada “historia brújula”, documento donde se relata la historia de la familia Martín-Garzón (nuestra familia), en el ámbito temporal de tres generaciones. A lo largo de su lectura, se van conociendo los problemas y vicisitu-des por los que atraviesan todos los miembros de la familia, que se hallan adapta-dos a los contenidos del programa de la asignatura “Derecho de Familia”. A este documento se le denomina “historia brújula” porque tiene por finalidad servir de guía y orientar el estudio y trabajo del alumno durante todo el curso, tanto en las se-siones presenciales –teóricas y prácticas- como fuera del aula. El alumno debe tener presente la historia familiar durante las sesiones de lección magistral, relacionando los conceptos teóricos que se van impartiendo con los problemas que se relatan en la historia de la familia, que han de ser resueltos posteriormente en el ámbito de las actividades prácticas.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 25

El contenido de la “historia brújula” es el siguiente:

La historia de la familia Martín Garzón se remonta a 1924, fecha de nacimiento del patriarca Bartolomé Martín Fernández, en Alcalá de los Gazules, provincia de Cá-diz. Allí transcurre su niñez y juventud, que comparte con Margarita Laffarga Rivas, también oriunda de Alcalá, muy conocida en el pueblo por su belleza, con quien mantiene una relación amorosa que dura varios años. El día de fin de año de 1951, bajo los efectos del alcohol y de la euforia por el recibimiento del Año Nuevo, Mar-garita Laffarga consiente mantener relaciones sexuales con Bartolo bajo la promesa de futuro matrimonio. Pero, en enero de 1952, a raíz del fallecimiento de su padre, Bartolo se traslada a Jerez, olvidándose de su promesa de amor eterno, que nunca culminó en casamiento.

Margarita Laffarga da a luz un niño en 1952, al que pone por nombre Bartolomé, en recuerdo de su amor de juventud, que cría como madre soltera hasta 1953, fecha en la que contrae matrimonio con un amigo de Bartolomé, Luis Briones, que siempre había estado enamorado de Margarita. Tan es así que, después del matrimonio, reconoce a Bartolomé como hijo suyo, dándole su apellido, y llamándolo desde entonces familiarmente Tomé, para borrar de su nueva vida en común el recuerdo de Bartolo, que tanto daño hizo a Margarita.

Los comienzos de Bartolo en Jerez no fueron nada fáciles, a pesar de que contaba con ciertos recursos económicos para empezar su nueva vida. Aconsejado por su tía Evarista, hermana de su madre, costurera de profesión, en cuya casa reside ini-cialmente, alquila un pequeño local en la Calle Francos de Jerez para dedicarse al negocio de la lencería fina que, según su tía, es demandada por las señoras de la alta sociedad jerezana. Superando los duros comienzos, el negocio –al que llama “La Liga Mágica”, por ser la liga de encaje la prenda estrella del mismo-, comienza a prosperar. Muchas son las clientas que frecuentan el local, pero entre ellas des-taca Conchita Garzón, joven de la burguesía jerezana muy aficionada a la compra de prendas íntimas. Como no podía ser de otra forma, dada la simpatía de la joven y sus frecuentísimas visitas a la lencería, entre Bartolo y Conchita surge una fuerte atracción física, que termina, esta vez sí, y con el pesar y oposición de la familia de ella, en matrimonio el 3 de enero de 1958. Después de casada, Conchita, ahora Doña Concha, tiene que ayudar a su marido en el negocio, que sigue prosperando, aunque de forma muy lenta.

La vida de Doña Concha cambia radicalmente después del matrimonio, ya que en su vida de soltera Conchita ocupaba su tiempo, básicamente, en leer novelas de Ágatha Christie –especialmente las protagonizadas por Hércules Poirot- y en la pre-paración de su ajuar, a la espera de conocer al que sea su marido, y nada más ca-sarse con Bartolo, debe ayudar a éste en la tienda, además de tener que realizar las tareas domésticas propias de una esposa. Ya en 1960 nace su primer hijo, Hércules, al que siguen Socorro en 1963 y Juana en 1969.

La bonanza económica de los años sesenta, unida a la relajación de las costumbres morales de la sociedad española, afecta, cómo no, al incipiente negocio de lencería, que se convierte a mediados de la década en uno de los negocios más florecientes de la ciudad. Esta prosperidad incide naturalmente en la educación y bienestar de los hijos de la pareja. Los dos mayores cursan estudios universitarios, cerca de sus

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 26

padres: Hércules, medicina, y Socorro, economía, aunque sus vidas no toman igual rumbo después de finalizar sus respectivas carreras.

Hércules, más aventurero y comprometido socialmente, ingresa en la ONG Médicos Sin Fronteras, trasladándose seguidamente a Nigeria. Allí conoce a Amina Kutun-di, enfermera que trabaja en un hospital de Abuja, con quien contrae matrimonio por el rito propio de la etnia de Amina, durante una visita a la familia de ésta a su poblado de nacimiento. Amina aporta al matrimonio una hija, Jasmina, de padre biológico desconocido, que convive en el nuevo hogar familiar, asumiendo Hércules desde el primer momento el papel de padre.

Socorro, en cambio, muy cercana afectivamente a su padre, con quien comparte la pasión por los negocios, permanece residiendo en el domicilio familiar incluso después de acabar sus estudios, hasta que se casa, en régimen de gananciales, en junio de 1990 con Pío Castillo Pérez, natural de Badajoz, aunque residente en Jerez como consecuencia de su traslado a la entonces recién nacida Facultad de Derecho, donde inicia su carrera docente e investigadora universitaria, hasta obtener una pla-za de Profesor Titular de Derecho Civil de la UCA. Una vez casados, la pareja fija su residencia en Jerez, en la vivienda que había adquirido Pío antes de su matrimonio. Fruto de su unión nacen tres hijos: Conchi (1990), Alicia (1996) y Mario (2003).

A pesar de su matrimonio e inmediata maternidad (su primogénita, Conchi, nace en noviembre de 1990), Socorro asume la gerencia del negocio familiar, al que quiere aplicar todo lo aprendido en sus estudios como economista. A estos efectos cuenta con el apoyo incondicional de su padre, que confía plenamente en ella; no así el de su madre, cuya única aspiración consiste en continuar con la explotación del nego-cio de lencería al modo más familiar. Ciertamente, Socorro introduce nuevos aires a la imagen del negocio, invirtiendo capital y solicitando financiación con la finalidad de expandir el mismo lo más posible. Y, en verdad, el resultado de sus esfuerzos es exitoso, toda vez que bajo su dirección el negocio se expande por toda la provincia, con el nuevo nombre de “El Culotte de Oro S.A.”. También como consecuencia de todo ello, pues no se adapta a la nuevas formas de gestión del negocio, amén de las poco fluidas relaciones con su hija Socorro, Doña Concha abandona sus tareas profesionales, ocupando su tiempo por las tardes en jugar al bingo con sus amigas, al que se aficiona peligrosamente.

Muy distinta de sus hermanos mayores es Juana, la hija menor de Bartolo y Concha, de naturaleza bohemia. Nunca cursa estudios universitarios, pues carece del sosie-go suficiente para ellos, al dedicarse a viajar continuamente durante varios años de su juventud cantando en un grupo musical que hace giras por toda España. En una de estas giras conoce a Camila Puig Vela en Madrid, con la que mantiene una ines-table relación que, no obstante, termina en matrimonio en 2006, contraído bajo el régimen de separación de bienes. Después del enlace fija su residencia en esa ciu-dad, abandonando ya su vocación artística y dedicándose a las tareas domésticas. Camila, nacida en Madrid en 1970 trabaja, por el contrario, como alta ejecutiva de una multinacional dedicada a la publicidad. Aporta a su matrimonio con Juana una hija –Luna, nacida en 2002- concebida mediante técnicas de reproducción asistida con anterioridad a su relación con Juana.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 27

Desgraciadamente, en el año 2007, tras una larga enfermedad, fallece Bartolo en casa de su hija Socorro, donde se había trasladado meses antes junto con su mujer para ser atendido mejor allí, con la ayuda de una enfermera contratada a tal fin por su hija. El fallecimiento del patriarca provoca, entre otras cosas, la vuelta de Hércules a España, que viaja, junto con Amina y Jasmina, para asistir al entierro de su padre. Una vez que ha regresado, Hércules decide fijar definitivamente su residencia en su país de nacimiento. Como encuentra trabajo en el Hospital de Navarra, se traslada allí con su familia, que acaba de crecer con el nacimiento de Bartolito meses antes. Residentes ya en Pamplona, se dirigen a la Oficina del Registro Civil, con la docu-mentación acreditativa de la celebración de su matrimonio en Nigeria, para que le sean reconocidos plenos efectos civiles a éste.

Al contrario que su hermano, Socorro no disfruta de estabilidad sentimental en su vida matrimonial. En realidad, desde algún tiempo anterior a la muerte de su padre su matrimonio con Pío no marcha bien. Quizás debido a las reiteradas desavenen-cias conyugales, que se intensifican una vez Bartolo es trasladado a vivir a su casa –especialmente, por la presencia de su atractiva enfermera- Pío solicita en 2009, y así se le concede por su Universidad, una licencia de estudios durante el año 2010 en el Instituto Jurídico Max Planck de Hamburgo. Allí conoce a Laura Lewinsky, becaria de investigación con la que mantiene una relación sentimental, cuyo conocimiento por parte de Socorro después de los momentos tan tristes vividos por la pérdida de su padre, al que tan unida se sentía, la sume en una profunda depresión. Llevada por este trastorno, Socorro se engancha a una página de venta de ropa de marca outlet por Internet.

Percatadas del delicado estado de ánimo de Socorro, para ayudarla a salir de él sus amigas la llevan durante las vacaciones del verano de 2010 a un balneario de belleza, donde se somete a una lipoescultura y se hace unos retoques en la cara con bótox y ácido hialurónico, decidiéndose allí a poner fin definitivamente a su matrimonio. De vuelta con su imagen rejuvenecida, Socorro, aficionada como ya hemos visto a navegar por internet, contacta en una red social con Fernando, a quien conoció en un congreso de jóvenes empresarios en 2002, manteniendo con él una relación extramatrimonial mientras duró aquél. Decididos a volver a verse, se citan en un conocido restaurante muy de moda en Puerto Sherry. Durante la cena Socorro le enseña las fotos de sus hijos, sorprendiéndose Fernando del parecido de Mario con su hermano Felipe. Interrogando a Socorro sobre el niño, Fernando se da cuenta de que Mario presenta algunas características propias de su familia, como la alergia a los pelos de gato y la unión de los dedos segundo y tercero del pie izquier-do. Socorro le acaba confesando que puede ser posible que sea hijo suyo, lo que deja a Fernando, que no ha tenido hijos, profundamente conmovido.

Los problemas matrimoniales de la familia no acaban aquí, pues Juana se encuentra muy preocupada porque duda de la validez de su matrimonio con Camila, ya que éste se celebró ante la Concejal de Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, y no ante el Alcalde Alberto Ruíz Gallardón, tal como, según le ha comentado su vecina Paqui, es imprescindible para su correcta celebración.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 28

Por su parte, las angustias de Socorro no se detienen en el naufragio de su matri-monio con Pío, sino que se extienden también a las preocupaciones que le causan sus hijos. La mayor, Conchi, que no ha aprobado ninguna asignatura de Turismo en la UCA en el curso 09/10, quiere matricularse de 1º de Turismo de nuevo en la Uni-versidad de Salamanca, pues desea ir a vivir allí con su novio, Rafa. Ante la negativa de sus padres a sufragar los gastos que genera estudiar una carrera en otra ciudad, cuando la puede cursar en la UCA, Conchi, aconsejada por Rafa, estudiante de De-recho de Familia, les amenaza con solicitar judicialmente una pensión alimenticia a tal fin. La segunda, Alicia, que conoció el último verano en casa de su abuela pater-na, en Badajoz, a su primo hermano Roberto, de 18 años de edad, le ha comunicado que ha decidido contraer matrimonio con él, ya que está perdidamente enamorada del mismo. Previamente, como se encuentra bastante desanimada por su aspecto fí-sico, Alicia también había pensado acudir a un cirujano plástico –sin el conocimiento de su madre- a fin de que la informe sobre una rinoplastia, para ver si puede pagar la intervención con el dinero que le regaló su padrino, Alejandro Castillo, hermano de su padre, que hizo constar en la escritura de donación su deseo de que Socorro “no toque un duro de la misma”, dada la mala relación existente entre ambos cu-ñados. Precisamente, Socorro había pensado invertir ese dinero en unos fondos de inversión muy rentables. Finalmente, el hijo pequeño de Socorro, Mario, es fuente asimismo de desasosiego para ella, pues después de su encuentro con Fernando, éste la ha informado de que quiere iniciar acciones legales para que se le reconozca la paternidad del niño. Ante esto, para alejar al pequeño de esta traumática situa-ción, a Socorro se le ocurre que lo mejor es que Mario curse el próximo año escolar (2011-2012) interno en un colegio de élite en Londres.

También los otros dos hermanos Martín Garzón están pasando por algunas dificulta-des relacionadas con sus hijos. En primer lugar, Hércules quiere bautizar a Bartolito a pesar de la animadversión que Amina siente por la religión católica y, además, de-sea que Jasmina lleve los mismos apellidos que el niño. Igualmente, por otra parte, Juana también desea poder ser considerada a todos los efectos como madre de Luna.

Al contrario de lo que se podría pensar, la muerte del patriarca, Bartolo Martín Fer-nández, no pone fin a los avatares de la familia Martín Garzón. Muy por el contrario, su fallecimiento desencadena algunos acontecimientos que afectan a todos, princi-palmente por la aparición de Bartolomé Briones Laffarga. Aunque Tomé nace y vive casi toda su vida en Alcalá de los Gazules, debido a la escasez de trabajo se tras-lada a Barcelona, donde es contratado como obrero en una fábrica de piezas para automóviles. Despedido como consecuencia de la crisis, regresa a su pueblo natal en 2008 para enterrar a su madre, Margarita. En su testamento, Margarita pone de manifiesto que su padre biológico es Bartolomé Martín Fernández, un rico comer-ciante del sector textil, que reside en Jerez. Enterado Tomé del más que holgado patrimonio de su presunto padre, ya difunto, y dada su precaria situación econó-mica, decide dirigirse frente a Concha Garzón y frente a Hércules, Socorro y Juana Martín Garzón, reclamándoles una pensión alimenticia. Aún así, aconsejado por un abogado, Tomé decide emprender las acciones correspondientes a fin de poder participar de la herencia de Bartolo.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 29

Al hilo de esta situación, los hermanos Martín Garzón se enteran de que su madre se ha casado en secreto. Y es que Doña Concha, convencida por su amiga Amalia, para mitigar el dolor de su viudedad, realiza un viaje con el IMSERSO a Las Islas Canarias, donde conoce a Severino, y decide darle al amor una última oportunidad en su vida contrayendo de nuevo matrimonio. No obstante, como no quiere perder la pensión de viudedad, una vez de vuelta en Jerez se casa canónicamente con Severino sin inscribir el matrimonio en el Registro Civil.

Obviamente, la historia de la familia Martín Garzón no acaba aquí. Una grave e inmi-nente desgracia se cierne sobre sus miembros, después de la que nada será igual: ni sus vidas, ni sus patrimonios, ni sus relaciones afectivas…

CONTINUARÁ…

Como puede observarse, la historia termina con un adelanto de lo que puede pasar posteriormente, destino que se desvelará al inicio del curso siguiente (quinto), en el que los alumnos cursarán la última asignatura troncal de Derecho Civil que se imparte en la Licenciatura en Derecho: “Derecho de Sucesiones”. Al fallecimiento del patriarca de la familia Martín-Garzón (Bartolo), acaecido durante el curso de “Derecho de Familia”, se sumará la muerte de otros miembros de la saga familiar, con la finalidad de resolver los problemas que surgen en el ámbito del Derecho de Sucesiones al fallecer las personas en muy diversas circunstancias (con testamento o sin él, casadas o no casadas, con hijos o sin ellos, etc.).

La historia de la familia viene acompañada de un árbol genealógico, que también se encuentra incorporado desde el inicio del curso al campus virtual, en un archivo power point. En este árbol genealógico se reflejan las tres generaciones de la familia por medio de fotografías personales de todos sus miembros, al objeto de que los alumnos se familiaricen con los personajes, los ubiquen dentro del grupo y cuenten con una representación gráfica de los mismos que les haga más real la historia y más fácil su seguimiento. Las caras de los miembros de la familia aparecerán con-tinuamente en las sesiones teóricas de clase, al hilo de las explicaciones del conte-nido de la materia que tengan su reflejo en las situaciones o vivencias de la familia Martín-Garzón. El alumno, así, siempre va relacionando, aun sin darse cuenta, los problemas que acaecen en la vida cotidiana con la respuesta jurídica que nuestro ordenamiento prevé para darles solución. El Derecho Civil nunca queda para ellos ajeno a la realidad social, en este caso familiar, de nuestro tiempo, pues en todo momento los alumnos tienen consciencia de que no se está tratando de conceptos teóricos o dogmáticos sin traducción fáctica concreta, sino de un Derecho vivo acor-de a la realidad práctica, a las vivencias personales, en definitiva, de cualquiera de ellos o de sus allegados.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 30

ÁRBOL GENEALÓGICO FAMILIA MARTÍN-GARZÓN1

Junto al árbol genealógico, aparece un resumen o pequeña biografía de cada per-sonaje, con sus respectiva representación fotográfica, por cada unidad familiar, con la intención de facilitar la ubicación de los datos al alumno (fechas de nacimiento o defunción, estado civil, etc.).

1 En las diapositivas utilizadas a efectos pedagógicos así como en el árbol genea-lógico, aparecían fotos de cada uno de nuestros personajes que, en esta publicación, han sido sustituidas por iconos. La Historia de la familia Martín Garzón es una historia de ficción; cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 31

FAMILIA MARTÍN-GARZÓN

FAMILIA MARTÍN-KUTUNDI

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 32

FAMILIA CASTILLO-MARTÍN

FAMILIA MARTÍN-PUIG

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 33

3. EL PROGRAMA

Instrumento imprescindible de la metodología es, qué duda cabe, el programa. En él se contiene la primera información que van a recibir los alumnos de la materia; es importante, pues, que la redacción y presentación del mismo se realice con la pre-tensión de despertar su interés y curiosidad, animando al estudio y haciendo suyos las cuestiones que el programa plantea. El programa “tradicional” de las asignatu-ras jurídicas, en muchos casos, “asusta” al destinatario, pues la materia se presenta divida en temas (generalmente entre veinticinco o treinta), dentro de los cuales el profesor suele desglosarla en multitud de apartados y subapartados, con un len-guaje muy técnico e incluyendo, en el mismo, referencias a preceptos normativos. Es difícil motivar y despertar el interés con una “carta de presentación” semejante. Además, en muchas ocasiones, estos programas tradicionales, en vez de ordenar el contenido de la asignatura, generan un desconcierto y un caos que impide al alum-no vislumbrar la estructura lógica del contenido. Son programas para profesores, no para alumnos. Existe en ellos una estructura pactada y acordada por la comunidad científica (no en vano, en las oposiciones, los programas de los proyectos docentes son similares unos a otros), de la que hay un “miedo reverencial” a apartarse; como si huir de esa farragosa estructura indicara una falta de preparación del docente.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 34

Desde esta reflexión, sin miedo, se ha elaborado el programa que se adjunta más adelante y que poco tiene que ver con los programas tradicionales que habíamos conocido (y explicado).

El programa, pues, se encuentra dividido en cuatro bloques enunciados con un in-terrogante o con una frase sugerente, relacionada con la vida y los problemas coti-dianos de las relaciones familiares, de tal modo que el estudiante, desde un primer momento, identifique la materia objeto de estudio como una materia cercana y próxima. El Derecho de Familia se representa ante los estudiantes como una herra-mienta que sirve para la resolución de los problemas cotidianos de los ciudadanos que viven en familia. El bloque I se titula “¿La familia?. Bien, gracias”, el II “¿Me caso o no me caso?”, el III, “Matrimonio y patrimonio” y el IV, “Y los hijos …¿qué?”.

Esta cercanía es la “llave” para iniciar el descubrimiento de las normas jurídicas que el Derecho tiene para resolver los interrogantes o el enunciado propuesto. Dicha relación entre Derecho-Interrogante propuesto se encuentra en los epígrafes que acompañan a cada bloque temático. Pocos (cinco o seis por bloque), de amplia redacción y que alude a las materias, clásicas de Derecho de Familia, en las que se agrupan los distintos regímenes jurídicos que el ordenamiento dispensa para resol-ver y regulas los conflictos y relaciones familiares que pueden tener lugar en cada uno de los bloques propuestos. Los epígrafes permiten a los estudiantes identificar en los manuales de estudio y en las normas (en particular, en el Código civil), la ma-teria que deben estudiar para resolver los interrogantes o relaciones contenidas en el programa. Por ejemplo, en el Bloque II, bajo el interrogante ¿Me caso o no me caso?, cuestión muy cercana a los jóvenes que, en esas edades, se plantean las ven-tajas o desventajas de vivir en pareja o contraer matrimonio, se esconde la normati-va del matrimonio y las uniones de hecho y la que regula las crisis y sus consecuen-cias. Que el alumno identifique que la materia que va a estudiar (en muchos casos ardua) le va a servir para poder despejar un interrogante, que es “su interrogante” o el interrogante de sus compañeros, le motiva a estudiarla, al habérsele propuesto, desde el inicio, una finalidad al estudio y a la investigación.

Es una realidad que el Derecho es una materia con un componente teórico innega-ble; el sistema jurídico se asienta en una serie de conceptos o principios, cuyo co-nocimiento y comprensión resultan básicos a la hora de poder operar en las ciencias jurídicas. Y el Derecho de Familia, como rama del Derecho, se articula sobre unos conceptos propios, de necesaria e ineludible asimilación y conocimiento por parte de los estudiantes. De ahí que en cada bloque temático se haya incluido una serie de “conceptos básicos”, cuyo conocimiento es imprescindible para la superación de la asignatura y sin los que no es posible adquirir las competencias y objetivos for-mativos propuestos en la programación. Así pues, y con la finalidad de conseguir su mejor asimilación, son los propios alumnos los que deben construir dichos concep-tos básicos, valiéndose para ello de las explicaciones teóricas, tutorías y entrevistas con las profesoras, el manual recomendado, así como los talleres y/o actividades que se realicen durante el periodo docente.

El programa sigue una estructura piramidal. Va desde lo más general, hasta el de-talle de los conceptos, cuyo conocimiento se exige y se controla por diferentes mecanismos, tal y como se expondrá más adelante.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 35

La sistematización de la asignatura según este modelo de programa facilita la fle-xibilidad de su contenido, cosa que no sucedía con los programas tradicionales, de gran rigidez y cuya estructura monolítica impedía o dificultaba la alteración pro-puesta y, mucho menos, el trasvase de contenidos de un tema a otro. La amplia re-dacción de los epígrafes y la generalidad con que se enuncian los bloques, le otorga al docente la posibilidad de alterar el contenido, en función de las necesidades detectadas o de las circunstancias que se presenten durante el curso; igualmente, el alumno puede agrupar la materia según entienda sirva para resolver un interro-gante propuesto, sin que, por ello, el programa deje de tener sentido o se altere. Por ejemplo, solemos explicar la pensión alimenticia que los progenitores deben a sus hijos menores cuando se declara la nulidad, separación o divorcio o cuando la pareja rompe, como una consecuencia de la crisis matrimonial o de pareja, dentro de los epígrafes 5 y 6 del Bloque II. Ahora bien, como la redacción de esos epígrafes es amplia (5. Efectos de las crisis matrimoniales y 6. La crisis de la unión de hecho y sus efectos), este aspecto no tiene “necesariamente” que incluirse en estos epígra-fes si el docente no lo estimara oportuno. Puede, si quiere, y el programa no se lo impide, hacerlo en el apartado 3 del Bloque I (3. Los alimentos entre parientes), o en el apartado 4 del Bloque IV (4. Contenido de la patria potestad). Así, la resolución de este tema, tan importante en Derecho de familia, sirve para despejar tres de los interrogantes propuestos (“¿La familia? … Bien, gracias”, ¿Me caso o no me caso?” o “Y los hijos … ¿qué?”), y los epígrafes del programa permiten sea abordado en cualquiera de los tres o en los tres a la vez. Igualmente, el alumno puede encajarlo en cualquiera de estos espacios sin dificultad, sin que por ello se modifique la asig-natura y su estructura.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 36

Pasemos, pues, finalmente, a describir el programa de “Derecho de familia, curso 10/11, haciendo la precisión de que este modelo sirve a cualquier asignatura jurídi-ca y es trasplantable, por tanto, a cualquiera de ellas. De hecho, lo hemos utilizado para explicar “Parte general del Derecho Civil” (4,5 créditos, primer curso, primer cuatrimestre, asignatura troncal del área de Derecho Civil), “Derechos Reales” (6 créditos, tercer curso, segundo cuatrimestre, asignatura troncal del área de Derecho Civil) y “Derecho de Sucesiones” (4,5 créditos, quinto curso, segundo cuatrimestre, asignatura troncal del área de Derecho Civil)

I. ¿LA FAMILIA? BIEN, GRACIAS.

1. Derecho de Familia: antes, ahora y siempre.2. La familia en el ordenamiento jurídico español.3. Los alimentos entre parientes.

Conceptos Básicos- Derecho de Familia- Familia- Parentesco - Alimentos legales

II. ¿ME CASO O NO ME CASO?

1. El derecho a contraer matrimonio: matrimonio y uniones de hecho.2. El sistema matrimonial español.3. Requisitos y efectos del matrimonio.4. Crisis matrimoniales.5. Efectos derivados de las crisis matrimoniales.6. La crisis de la unión de hecho y sus efectos.

Conceptos Básicos- Promesa de matrimonio- Matrimonio- Uniones de hecho- Impedimentos- Prueba del matrimonio- Matrimonio religioso- Nulidad- Separación- Divorcio- Convenio regulador- Pensión compensatoria- Pensión alimenticia- Atribución de la vivienda- Custodia

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 37

III. MATRIMONIO Y PATRIMONIO

1. El régimen matrimonial primario: disposiciones generales del Código Civil.2. Los contratos por y en el matrimonio: capitulaciones matrimoniales y dona-

ciones por razón del matrimonio.3. La sociedad legal de gananciales: concepto, composición, cargas y obli-

gaciones, régimen de responsabilidad, gestión y disposición, disolución y liquidación.

4. Otros regímenes económicos matrimoniales.

Conceptos Básicos- Cargas del matrimonio- Potestad doméstica - Vivienda familiar- Ajuar doméstico- Litis expensas - Donaciones por razón del matrimonio- Capitulaciones matrimoniales- Sociedad de gananciales- Bienes privativos- Bienes gananciales- Presunción de ganancialidad- Cargas de la sociedad de gananciales- Responsabilidad del patrimonio ganancial- Disposición de bienes gananciales- Comunidad postganancial.- Separación de bienes

IV. Y LOS HIJOS… ¿QUÉ?

1. La filiación: concepto, clases y efectos.2. La determinación de la filiación y las acciones de filiación.3. La filiación adoptiva.4. La patria potestad.5. Instituciones tutelares.

Conceptos básicos- Filiación- Presunciones de paternidad- Reconocimiento- Reproducción asistida- Acciones de filiación- Acogimiento- Adopción- Patria potestad- Tutela- Curatela

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 38

4. LA PROGRAMACIÓN

Desde el inicio del curso, el alumno tiene a su disposición en el curso virtual una programación detallada del cuatrimestre, que contiene una planificación de las se-siones presenciales y no presenciales que van a tener lugar y una estimación de las horas de trabajo del alumno, y en la que se especifica: Las competencias transver-sales que se van a trabajar; las actividades que se van a realizar, dentro y fuera del aula, para adquirir y desarrollar dichas competencias y los objetivos formativos que el alumno debe alcanzar por medio de este trabajo.

Esta programación es la guía del estudiante y actúa como un elemento básico del sistema, que le permite poder disponer de una planificación completa, específica y minuciosa de todas las actividades programadas. Además, no sólo se relacionan las actividades a desarrollar en las sesiones presenciales -llegando, incluso, a detallar cómo se va a distribuir el tiempo en la clase (el concepto de la “cronoclase”)-, sino que también se planifica el trabajo que el estudiante debe realizar en casa, para un mejor aprovechamiento de su tiempo y de las sesiones en clase que demandan una preparación por medio del trabajo personal del estudiante. Ello le facilita la organización de su trabajo y su tiempo, conjugándolo con el de otras asignaturas, y evita una crítica hecha al sistema en el sentido de que el alumno está sobrecargado de trabajos y actividades. Asimismo, desde una lectura más pausada de nuestra programación que, a continuación transcribimos, se puede observar que todas las actividades se planifican dentro del aula, donde deben realizarse, algunas en su integridad, en el tiempo establecido para ello y entregarse al finalizar la sesión. La programación que se adjunta como modelo es la de este curso 2010/11, que se ha cumplido con exactitud. La programación detallada va precedida por un cuadro-cronograma, donde están relacionadas, en color rojo las sesiones presenciales y, en verde, las no presenciales, que permite una rápida visualización de la planificación.

LUNES MARTES MIÉRCOLES (1 HORA)

JUEVES VIERNES (2 HORAS)

1ª SEMA-NA 20 -24 sept.

Sesión 1: Teórica. Presentación de la asignatura. Expli-cación TRABAJO DE CAMPOSesión 1: casa

Sesión 1: casa FESTIVIDAD DE

LA MERCED

2ª SEMA-NA27 sept-1 octubre

Sesión 2: casa

Sesión 2: casa

Sesión 2 (dos horas): Teórica, epígrafes 1, 2 y 3, bloque ISesión 3: casa

Sesión 3: casa

Sesión 3 (1 hora): Epígrafe 1, blo-que II

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 39

3ª SEMA-NA4-8 octu-bre

Sesión 4: casa

Sesión 4: casa

Sesión 4 (dos horas): Teórica: epígrafes 2, 3 y 4, bloque II.Sesión 4: casa

Sesión 4: casa

Sesión 5: Prác-tica, actividad obligatoria nº 1: individual: resolución casos prácticos y puesta en común.Sesión 5: casa

4ª SEMA-NA11-15 octubre

Sesión5: casa

Sesión 5: casa

Sesión 6: Teórica. Epígrafes 5 y 6, bloque II.Sesión 6: casa

Sesión 6: casa

Sesión 7: 1ª Parte: teórica: epígrafes 5 y 6. 2ª Parte: Prác-tica: actividad obligatoria nº 2, formación de parejas y explica-ción actividad.Sesión 7: casa

5ª SEMA-NA18-22 octubre

Sesión 7: casa

Sesión 7: casa

Sesión 8: Práctica: actividad obligato-ria nº 2 (continua-ción).Sesión 8: casa

Sesión 8: casa

Sesión 9: Prác-tica: actividad obligatoria nº 2: exposición de conclusiones y puesta en común. Sesión 9: casa

6ª SEMA-NA25-29 octubre

Sesión 9: casa

Sesión 9: casa

Sesión 10 (2 horas): 1ª Parte: 1ª Prueba de Progreso bloques I y II. 2ª Parte: actividad obligatoria nº 3: formación gru-pos, explicación secuencia LAMS y mapa conceptual régimen matrimo-nial primario.

1ER.SEMINARIO TRABAJO DE CAMPOSesión 10: casa

Sesión 10: casa

FESTIVIDAD PA-TRÓN CAMPUS

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 40

7ª SEMA-NA1-5 no-viemb.

Sesión 10: casa

Sesión 10: casa

Sesión 11: Prác-tica: actividad nº 3: elaboración mapa conceptual y envío de archivos a LAMS.Sesión 11: casa

Sesión 11: casa

Sesión 12: Prác-tica: Práctica: trabajo en grupo actividad nº 3: elaboración con-ceptos básicos sobre mapa con-ceptual y envío archivo Word a LAMS.Sesión 12: casa

8ª SEMA-NA8-12 no-viemb.

Sesión 12: casa

Sesión 12: casa

Sesión 13 (2 horas): Práctica: expo-sición del mapa ganador.2º SEMINARIO TRABAJO DE CAMPOSesión 13: casa

Sesión 13: casa

Sesión 14: Teó-rica:epígrafe 2, blo-que III.Sesión 14: casa

9ª SEMA-NA15-19 noviemb.

Sesión 14: casa

Sesión 14: casa

Sesión 15 (2 horas): Teórica: epígrafes 3 y 4, bloque III.Sesión 15: casa

Sesión 15: casa

Sesión 16: Teó-rica: epígrafes 3 y 4, bloque III (continuación).Sesión 16: casa

10ª SE-MANA22-26 noviemb.

Sesión 16: casa

Sesión 16: casa

Sesión 16: casa Sesión 16: casa

Sesión 17: Teóri-co-práctica: Taller con abogada matrimonialista.Sesión 18: casa

11ª SE-MANA29 novi.-3 dic.

Sesión 17: casa.

Sesión 17: casa.

Sesión 18 (2 horas): Práctica: actividad obligatoria nº 4: individual. Puesta en común.Sesión 19: casa

Sesión 18: casa.

Sesión 19: Prueba de progreso: bloque III y test gananciales.Sesión 20:casa

12ª SE-MANA6-10 dic.

Sesión 19: casa.

Sesión 19: casa. FESTIVIDAD DE

LA INMACULADA

Sesión 19: casa

Sesión 20: Teóri-ca: epígrafes 1, 2 y 3, bloque IV.Sesión 21: casa

13ª SE-MANA13-17 dic.

Sesión 20: casa

Sesión 20: casa

Sesión 21: Teó-rica: epígrafes 1, 2 y 3, bloque IV (continuación).Sesión 23: casa

Sesión 21: casa

Sesión 22: sesión teórica, epígrafes 4 y 5, bloque IV.3ER. SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO: Expo-sición conclusio-nes.Sesión 23: casa

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 41

14ª SE-MANA20-24 dic.

Sesión 22: casa

Sesión 22: casa

Sesión 23 (2 horas): Práctica 4º. SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO: Exposi-ción conclusiones

Sesión 23: casa

NAVIDAD

NAVIDAD

15ªSEMANA10-15 enero

Sesión 23: casa

Sesión 23: casa

Sesión 24 (2 horas: Práctica:Trabajo en clase en parejas sobre actividad obliga-toria 5.

. Sesión 24: casa

Sesión 25 (1 hora): TeóricaTercera prueba de progreso

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 42

PROGRAMACIÓN DETALLADA DE ACTIVIDADES Y ESTIMACIÓN DE HORAS DE TRABAJO DEL ALUMNO

BLOQUE I: ¿LA FAMILA?: BIEN, GRACIAS.

SESIÓN 1: CLASE: TEÓRICA: 1 HORA: 22 SEPTIEMBRE

- Cronoclase:o 45 minutos: Presentación de la asignatura por las profesoras. Expli-

cación del TRABAJO DE CAMPO.

SESIÓN 1: CASA: 1 HORA

- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes a los epí-grafes 1, 2 y 3 del bloque I.

SESIÓN 2: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 2 HORAS: 29 SEPTIEMBRE

- Cronoclase:o 45 minutos: sesión teórica sobre los epígrafes 1, 2 y 3o Descanso.o 45 minutos: continúa la sesión teórica.

SESIÓN 2: CASA: 4 HORAS

- Estudio personal de los epígrafes 1, 2 y 3 del bloque I del programa.- Elaboración de conceptos básicos: Derecho de familia, familia, parentesco

y alimentos legales.- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes al epígrafe

1, del bloque II del programa.- Anotación de dudas y consulta a las profesoras por medio de tutorías pre-

senciales o virtuales.

BLOQUE II: ¿ME CASO O NO ME CASO?

SESIÓN 3: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 1 HORA: 1 OCTUBRE

- Sesión teórica sobre el epígrafe 1, bloque II.

SESION 3: CASA: 2 HORAS

- Estudio epígrafe 1, bloque II.- Elaborar los conceptos básicos: promesa de matrimonio, matrimonio y

uniones de hecho.- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes a los

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 43

epígrafes 2,3 y 4 del bloque II del programa.- Anotación de dudas y consulta a las profesoras por medio de tutorías pre-

senciales o virtuales.

SESIÓN 4: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 2 HORAS: 6 OCTUBRE

- Cronoclase:o 45 minutos: sesión teórica sobre los epígrafes 2, 3 y 4, bloque II.o Descanso.o 45 minutos: continúa la sesión teórica.

SESIÓN 4: CASA: 4 HORAS

- Estudio epígrafes 2, 3 y 4 del bloque II del programa.- Anotación de dudas y consulta a las profesoras por medio de tutoría pre-

sencial o virtual.- Elaboración de conceptos básicos: impedimentos, prueba del matrimonio,

matrimonio religioso, nulidad, separación y divorcio.- Bajar del curso virtual práctica obligatoria nº 1.

SESIÓN 5: CLASE: SESIÓN PRÁCTICA: 2 HORAS: 8 OCTUBRE

- Cronoclase:o 60 minutos: actividad obligatoria nº 1: resolución individual casos

prácticoso Descanso.o 30 minutos: puesta en común.

SESIÓN 5: CASA: 2 HORAS

- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes a los epí-grafes 5 y 6 del bloque II.

SESIÓN 6: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 13 OCTUBRE: 1 HORA

- Exposición teórica epígrafes 5 y 6, bloque II.

SESIÓN 6: CASA: 1 HORA

- Estudio epígrafes 5 y 6, bloque II.

SESIÓN 7: CLASE: TEÓRICO-PRÁCTICA: 15 OCTUBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:o 45 min.: Exposición teórica epígrafes 5 y 6, bloque II.o Descanso.o 45 min.: actividad práctica obligatoria nº 2: Trabajo en parejas: Divi-

sión de los alumnos en parejas.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 44

Entrega por las profesoras de unas sentencias sobre las crisis de parejas y sus consecuencias para trabajar con ellas. Los alumnos deberán sinte-tizar el supuesto de hecho e identificar la doctrina jurisprudencial sobre el supuesto litigioso, así como valorar jurídicamente el fallo del tribunal.

SESIÓN 7: CASA: 4 HORAS

- Estudio de los epígrafes 5 y 6 del bloque II.- Elaboración conceptos básicos: convenio regulador, pensión compensato-

ria, pensión alimenticia, atribución de la vivienda y custodia.- Anotación de dudas y consulta en tutoría.

SESIÓN 8: CLASE: SESIÓN PRÁCTICA: 20 OCTUBRE: 1 HORA

- Trabajo en la actividad práctica nº 2.

SESIÓN 8: CASA: 1 HORA

- Preparación exposición conclusiones práctica nº 2.

SESIÓN 9: CLASE: PRÁCTICA: 22 OCTUBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:o 45 minutos: exposición conclusiones práctica nº 2.o Descanso.o 45 minutos: continuación exposición.

SESIÓN 9: CASA: 3 HORAS

- Preparación prueba de progreso bloques I y II.- Lectura de los temas del manual correspondientes al epígrafe 1 del bloque

III.

SESIÓN 10: CLASE: PRÁCTICA: 27 OCTUBRE: 2 HORAS- Cronoclase:

o 60 minutos: Primera prueba de progreso: bloques I y II.o Descanso.o 15 minutos: Actividad obligatoria nº 3, grupal: explicación sobre la

actividad por medio del entorno de aprendizaje LAMS y sobre la elaboración de mapa conceptual sobre régimen matrimonial pri-mario.

La actividad obligatoria nº 3 se realiza on line, por medio del entorno de aprendizaje LAMS. Se trata de completar virtualmente una secuencia de aprendizaje guiada por la profesora, siguiendo ordenada y sucesivamente cada uno de los elementos de que se compone la secuencia, de acuerdo con las “Instrucciones para realizar actividad 3” que se encuentran en el

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 45

curso virtual. Dentro de la actividad los alumnos, distribuidos en grupos de 3, deben elaborar un mapa conceptual sobre el régimen matrimonial prima-rio. El mapa conceptual es una técnica de aprendizaje para la organización y representación del conocimiento. Su objetivo es representar relaciones entre conceptos en forma de proposiciones. Los conceptos están incluidos en cajas o círculos, mientras que las relaciones entre ellos se explicitan me-diante líneas que unen sus cajas respectivas; las líneas, a su vez, tienen pa-labras asociadas que describen cuál es la naturaleza que liga los conceptos. Los elementos fundamentales del mapa conceptual son: los conceptos, las palabras enlace, las flechas y las conexiones cruzadas. Es posible también utilizar la herramienta del mapa mental, introduciendo dibujos que repre-senten ideas o conceptos.En esta sesión las profesoras organizarán los grupos de alumnos que traba-jarán en el mapa, para cuya realización podrán utilizar cualquier programa sobre la elaboración de mapas conceptuales existente o, si lo estiman opor-tuno, el programa power point.

Cómo se construye un mapa conceptual:1. Se identifican los conceptos clave del contenido que se quiere or-

denar en el mapa y se ponen en una lista.2. Se sitúa el concepto principal o más general en la parte superior del

mapa, para ir uniéndolo con los otros conceptos según su nivel de generalización y especificidad. Todos los conceptos deben escribir-se con mayúsculas.

3. Se conectan los conceptos con una palabra enlace, que debe ir en minúsculas en medio de dos líneas que indiquen la dirección de la proposición.

4. Se pueden incluir ejemplos en la parte inferior del mapa, debajo de los conceptos correspondientes.

5. Una vez situados todos los conceptos de forma lineal puede obser-varse relaciones cruzadas. Conviene, entonces, reconstruir el mapa buscando mejorar la organización y el impacto visual. Se pueden bosquejar varios hasta dar con el que parezca más acertado.

En la sesión siguiente de clase –sesión 11- los alumnos trabajarán en la cons-trucción del mapa, que deberán sunir a la secuencia LAMS a la finalización de la misma.. La sesión 12 de clase se dedicará a la continuación del trabajo de la actividad 3, construyendo los conceptos básicos correspondientes al régimen matrimonial primario representados en el mapa. Al finalizar esta sesión cada grupo deberá subir un archivo Word a la caja de la secuencia LAMS que se indica en las Instrucciones, con los conceptos básicos que haya elaborado. En la sesión 13, el grupo ganador expondrá su trabajo a los compañeros. El grupo autor del trabajo ganador obtendrá la máxima califi-cación de esta actividad, pudiendo además obtener un plus de 0.25 puntos por la exposición, a criterio de las profesoras.

- 30 min.: PRIMER SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 46

OBJETIVOS FORMATIVOS BLOQUES I-II: Al término de estos dos bloques, los alumnos deberán saber hacer lo siguiente:Objetivos de conocimiento:

- Enunciar los conceptos básicos de ambos bloques.- Enumerar los requisitos legales necesarios para celebrar válido matrimonio.- Definir el régimen jurídico aplicable a la situación de los hijos comunes tras

la ruptura de la pareja, matrimonial y no matrimonial.- Diferenciar las situaciones de nulidad, separación o divorcio en función de

su régimen jurídico.

Objetivos de comprensión:- Determinar la existencia de la deuda de alimentos y aplicar el régimen jurí-

dico correspondiente.- Identificar una concreta realidad convivencial, aplicando el concepto jurídi-

co de familia y determinar las consecuencias jurídicas en cada caso (objetivo de comprensión).

- Distinguir las consecuencias jurídico-económicas derivadas de las crisis ma-trimoniales y aplicarles la normativa correspondiente para definir su régi-men jurídico (obj. de comprensión).

- Separar y diferenciar las consecuencias económicas derivadas de las crisis matrimoniales, de las generadas por la ruptura de la pareja de hecho.

- Aplicar la normativa correspondiente a la pareja de hecho según su resi-dencia.

COMPETENCIAS TRANSVERSALES DESARROLLADAS: Al término de estos blo-ques, los alumnos deberán haber iniciado la adquisición y desarrollo de las siguien-tes competencias genéricas:

- Síntesis de conocimientos o elaboración de conceptos jurídicos.- Conocimiento y uso del lenguaje jurídico por medio de la lectura compren-

siva de resoluciones judiciales.- Capacidad de trabajo en equipo.- Capacidad expositiva y de debate.- Ubicación de las instituciones jurídicas en la realidad social actual.

BLOQUE III: MATRIMONIO Y PATRIMONIO

SESIÓN 10: CASA: 3 HORAS

- Estudio temas del manual correspondientes al epígrafe 1, bloque III.- Elaboración conceptos básicos: cargas del matrimonio, potestad domésti-

ca, vivienda familiar, ajuar doméstico y litis expensas.

SESIÓN 11: CLASE: PRÁCTICA: 3 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Elaboración mapa conceptual en grupo y subida del archivo a LAMS.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 47

SESIÓN 11: CASA: 3 HORAS

- Estudio epígrafe 1 del bloque III del programa. Anotación de dudas y con-sulta a las profesoras por medio de tutoría presencial o virtual.

- Elaboración conceptos básicos (continuación): cargas del matrimonio, po-testad doméstica, vivienda familiar, ajuar doméstico y litis expensas.

SESIÓN 12: CLASE: PRÁCTICA: 5 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:o 45 minutos: continuar trabajo en grupo actividad nº 3: elaboración

archivo Word con conceptos básicos.o Descanso.o 45 minutos: finalizar trabajo y subida de archivo a LAMS.

SESIÓN 12: CASA: 1 HORA

- Votación por medio de LAMS del mejor trabajo de la actividad 3.

SESIÓN 13: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 10 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Exposición oral del mapa ganador.- SEGUNDO SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO.

SESIÓN 13: CASA: 2 HORAS

- Estudio epígrafe 1 del bloque III del programa.

SESIÓN 14: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 12 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Exposición por la profesora del epígrafe 2 del bloque III.

SESIÓN 14: CASA: 4 HORAS

- Estudio epígrafe 2 del bloque III del programa. Anotación de dudas y con-sulta a las profesoras por medio de tutoría presencial o virtual.

- Elaboración conceptos básicos: donaciones por razón de matrimonio y ca-pitulaciones matrimoniales.

- Lectura de los temas del manual correspondientes a los epígrafes 3 y 4 del bloque III.

SESIÓN 15: CLASE: TEÓRICA: 17 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Exposición por la profesora de la materia correspondientes a los epígrafes 3 y 4 del bloque III.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 48

SESIÓN 15: CASA: 4 HORAS

- Estudio de los temas del manual correspondientes a la materia explicada en clase en la sesión 16.

- Construcción de los conceptos básicos: sociedad de gananciales, bienes privativos, bienes gananciales, presunción de ganancialidad.

SESIÓN 16: CLASE: SESIÓN TEÓRICA: 19 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:o 45 minutos: continuación exposición por la profesora de la materia

correspondientes a los epígrafes 3 y 4 del bloque III.o Descanso.o 45 minutos: continúa la exposición.

SESIÓN 16: CASA: 4 HORAS

- Estudio de los temas del manual correspondientes a la materia explicada en clase en la sesión 16.

- Construcción de conceptos básicos: cargas de la sociedad de gananciales, responsabilidad del patrimonio ganancial, disposición de bienes ganancia-les, comunidad postganancial y separación de bienes.

SESIÓN 17: CLASE: SESIÓN TEÓRICO-PRÁCTICA: 26 NOVIEMBRE: 2 HORAS

- Taller con abogada matrimonialista sobre liquidación de sociedad de ga-nanciales.

SESIÓN 17: CASA: 4 HORAS

- Estudio de los temas del manual correspondientes a los epígrafes 3 y 4 del bloque III.

- Preparación de la actividad obligatoria nº 4, individual.

SESIÓN 18: CLASE: PRÁCTICA: 1 DICIEMBRE: 2 HORAS

- Trabajo individual en actividad obligatoria nº 4, y puesta en común.

SESIÓN 18: CASA: 4 HORAS

- Estudio de los conceptos básicos para la segunda prueba de progreso (blo-que III).

SESIÓN 19: CLASE: PRÁCTICA: 3 DICIEMBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:o 15 minutos: Test sobre régimen de gananciales.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 49

o Descanso.o 75 minutos: segunda prueba de progreso.

OBJETIVOS FORMATIVOS BLOQUES III: Al término de este bloque, los alumnos deberán saber hacer lo siguiente:Objetivos de conocimiento:

Enunciar los conceptos básicos del bloque III.- Enunciar las características básicas del régimen matrimonial primario.- Enumerar las principales características y diferencias entre los regímenes

económicos de gananciales y separación de bienes.- Definir el régimen de gestión y disposición de los bienes gananciales por

los cónyuges.- Delimitar el contenido, requisitos y límites de las capitulaciones matrimo-

niales.

Objetivos de comprensión:- Distinguir las consecuencias jurídicas de la gestión y disposición de los bie-

nes gananciales por cada cónyuge en distintos supuestos.- Determinar la responsabilidad patrimonial de la masa ganancial y privativa

de cada cónyuge.- Aplicar el régimen jurídico de la liquidación de la sociedad de gananciales

a un supuesto concreto.

COMPETENCIAS TRANSVERSALES DESARROLLADAS: Al término del tercer blo-que, los alumnos deberán haber iniciado o desarrollado las siguientes competen-cias genéricas:

- Síntesis de conocimientos o elaboración de conceptos jurídicos.- Capacidad de trabajo en equipo.- Desarrollo de la expresión oral.- Utilización de recursos ofimáticos.- Capacidad expositiva y de debate.- Capacidad para construir juicios de valor sobre el trabajo de un compañero

(evaluación por pares). - Capacidad para la construcción de instrumentos de medición del conoci-

miento.- Capacidad de representación del conocimiento y de estructuración y siste-

matización de conceptos jurídicos mentalmente y, posteriormente, plasmar-los de forma visual (mapa conceptual). Con la utilización del mapa concep-tual como herramienta pedagógica, se persigue desarrollar las siguientes subcompetencias:

o Dirigir la atención sobre un reducido número de conceptos e ideas importantes sobre las cuales enfocar la concentración permitiendo que sean recordados más fácilmente.

o Resumir esquemáticamente lo que se ha aprendido.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 50

o Organizar los conceptos jerárquicamente facilitando el aprendizaje significativo, al englobar los nuevos conceptos bajo otros concep-tos más amplios.

o Organizar y comprender la lectura en un contexto más amplio. o Mayor creatividad en el estudio y menor distracción. o Una mayor comprensión al favorecer la lectura crítica del tema que

se presenta para el estudio.

BLOQUE IV: Y LOS HIJOS… ¿QUÉ?

SESIÓN 19: CASA: 2 HORAS

- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes a los epí-grafes 1, 2 y 3 del bloque IV.

SESIÓN 20: CLASE: PRÁCTICA: 10 DICIEMBRE: 2 HORAS

- Explicación por la profesora de los epígrafes 1, 2 y 3 del bloque IV.

SESIÓN 20: CASA: 3 HORAS

- Estudio de los temas del manual correspondientes a los epígrafes 1, 2 y 3 del bloque IV.

- Construcción conceptos básicos: filiación, presunciones de paternidad, re-conocimiento, reproducción asistida, acciones de filiación, acogimiento, adopción.

- Continuar trabajo de campo.

SESIÓN 21: CLASE: PRÁCTICA: 15 DICIEMBRE: 1 HORA

- Continuación explicación por la profesora de los epígrafes 1, 2 y 3 del blo-que IV.

SESIÓN 21: CASA: 3 HORAS

- Construcción conceptos básicos: acogimiento, adopción.- Continuar trabajo de campo.- Lectura comprensiva de los temas del manual correspondientes a los epí-

grafes 4 y 5, del bloque IV.- Anotación de dudas y consulta a las profesoras por medio de tutoría pre-

sencial o virtual.

SESIÓN 22: CLASE: TEÓRICA-PRÁCTICA: 17 DICIEMBRE: 2 HORAS

- Cronoclase:

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 51

o 45 min.: Exposición teórica sobre los epígrafes 4 y 5 del bloque IV.o 15 min.: Descanso.o 45 min.: TERCER SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO: Exposición

de conclusiones.

SESIÓN 22: CASA: 4 HORAS

- Estudio sobre epígrafes 4 y 5 del bloque IV.- Elaboración de conceptos básicos: patria potestad, tutela, curatela.- Anotación de dudas y consulta a las profesoras por medio de tutoría pre-

sencial o virtual.

SESIÓN 23: CLASE: PRÁCTICA: 2 HORAS

CUARTO SEMINARIO TRABAJO DE CAMPO: Exposición de conclusiones.

SESIÓN 23: CASA: 3.5 HORAS

- Estudio bloque IV.

SESIÓN 24: CLASE: PRÁCTICA: 13 ENERO: 2 HORAS

- Cronoclase:

o 60 min.: Trabajo en pareja sobre actividad obligatoria 5.o 15 min.:Descanso.o 30 min.: puesta en común.

SESIÓN 24: CASA: 2 HORAS

- Estudio preparación prueba de progreso bloque IV.

SESIÓN 25: CLASE: TEÓRICA: 15 ENERO: 1 HORA

- Tercera prueba de progreso.

OBJETIVOS FORMATIVOS BLOQUES IV: Al término de este bloque, los alumnos deberán saber hacer lo siguiente:Objetivos de conocimiento:

- Enunciar los conceptos básicos del bloque IV.- Delimitar los distintos mecanismos para la determinación de la filiación ma-

trimonial y no matrimonial.Objetivos de comprensión:

- Distinguir los mecanismos de utilización de las distintas acciones de filiación a supuestos concretos.

- Aplicar el régimen jurídico de la tutela y curatela a un determinado

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 52

supuesto a fin de establecer su correcto funcionamiento y consecuencias jurídicas de la extralimitación de las funciones tutelares.

- Aplicar el régimen jurídico de la patria potestad a los efectos de concretar las causas de exclusión, privación y extinción y los efectos derivados de dichas vicisitudes.

- Aplicar la normativa del Código Civil a cualquier procedimiento de acogi-miento y adopción.

COMPETENCIAS TRANSVERSALES DESARROLLADAS EN EL BLOQUE TERCERO: Al término del segundo bloque, los alumnos deberán haber iniciado o desarrollado las siguientes competencias genéricas:

- Síntesis de conocimientos o elaboración de conceptos jurídicos.- Capacidad de síntesis y de darle unidad a un conjunto desordenado de

elementos.- Desarrollo de la expresión oral.- Ubicación de las instituciones jurídicas en la realidad social. - Capacidad expositiva y de debate.- Capacidad de razonamiento jurídico inductivo.

TOTAL HORAS DE TRABAJO DEL ALUMNO: 112.5 (25 H. X 4.5 CRÉDITOS)

FUERA DEL AULA: 69.5 H.EN EL AULA: 43 H.

5. LAS SESIONES TEÓRICAS

El sistema docente se apoya, como no podía ser de otra forma, en las sesiones teóri-cas, impartidas bajo la técnica de la lección magistral, con apoyo de presentaciones power point, puestas a disposición de los alumnos en el campus virtual, antes del inicio del curso. A tal efecto, de las 43 horas de sesiones presenciales previstas en la programación, 19 se dedican a las explicaciones teóricas sobre la materia del pro-grama; de estas horas, dos las imparte una abogada matrimonialista, pues versan sobre una parte de la asignatura (liquidación de sociedad de gananciales), donde la información de un operador jurídico es más completa que la que pueda suministrar el docente.

Las diapositivas de las que se valen las profesoras, suponen un material imprescin-dible del estudio personal que, sin sustituir al manual ni a los textos legales, sirve de complemento y guía para una mejor comprensión y asimilación de la asignatura. A fin de conectar la historia de la familia Martín Garzón, sus problemas y conflictos, con la exposición y explicación de las sesiones teóricas, nuestros personajes entran a formar parte de dichas explicaciones, estando presentes en el aula como soporte y ejemplo de las soluciones que el Derecho propone para regular sus relaciones familiares. No todos están presentes siempre ni con igual intensidad, dependerá de

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 53

los conceptos e instituciones que se trabajen en la sesión que ellos cobren vida en el aula, aunando, con su presencia, la teoría y la realidad.

En el Bloque I del programa nuestros personajes aparecen en diferentes ocasiones.

La explicación del Derecho de familia precisa referirse al concepto de esta disciplina en la primitiva redacción del CC, donde figuraba con unas características distintas a las actuales. A fin de ilustrar el tipo de familia, se acude al matrimonio formado por Bartolo y Concha en el que concurren muchos de estos caracteres y que, por la fecha de celebración, fue sujeto de muchas de estas normas, hoy derogadas.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 54

Para debatir sobre la discriminación de los hijos que existía en la primitiva redacción del Código Civil, se traen al aula los hijos de nuestra familia, hoy iguales ante la ley, y se compara la situación actual de la que disfrutan de la que hubieran padecido si su nacimiento hubiera sido anterior a la Constitución.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 55

Con igual sentido, la diapositiva anterior, ya para explicar el plano de igualdad de los hijos matrimoniales (Conchi, Alicia y Mario) y no matrimoniales (Bartolito).

El concepto de familia anterior a la Constitución 1978, hubiera reducido “nuestra fa-milia” a los personajes que aparecen en esta diapositiva; los que se esconden tras el cuadrado rojo, y sus relaciones no tendrían la consideración de familia y, por tanto, carente de protección y regulación por parte del ordenamiento jurídico.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 56

Muy útil para explicar el parentesco y sus grados, el recurso a nuestro árbol genealó-gico, donde puede visualizarse las relaciones de parentesco entre sus componentes.

De nuevo se recurre a algunos de nuestros personajes, para ilustrar los sujetos obligados, según el Código Civil, a prestarse alimentos de forma recíproca.

El Bloque II, dedicado a reflexionar sobre el matrimonio y la unión de hecho, su regulación y las consecuencias de las crisis, se convierte en un espacio donde los miembros de la familia Martín Garzón tienen mucho que decir y aportar a las expli-caciones teóricas.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 57

Valiéndonos de interrogantes, para suscitar el debate, se establece un triángulo en-tre Pío, Conchi y Hércules, que sirve para explicar el impedimento de parentesco.

El inicio a las explicacio-nes relativas al Derecho a contraer matrimonio, está precedida por las uniones sentimentales que protagonizan los hi-jos del matrimonio for-mado por Concha y Bar-tolo, donde se dan todas las posibles combinacio-nes admitidas por nues-tro ordenamiento jurídi-co: matrimonio heterosexual, matrimo-nio homosexual y pareja de hecho.

El matrimonio homosexual formado por Camila y Juana es utilizado aquí como refe-rente de este tipo de uniones, y, a fin de personalizar los argumentos de los que nos valemos para defender su constitucionalidad y hacerlos más asequibles y compren-sibles, se han incluido en unos “bocadillos”, como si de un cómic se tratara y fueran nuestros personajes los que los emitiera en una fingida conversación.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 58

Entra por primera vez en nuestra explicación la historia entre Margarita Laffarga y Bartolo Martín, como modelo de promesa de matrimonio incumpli-da, a la que se aplicará el régimen del Código Civil para determinar sus con-secuencias jurídicas.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 59

Así como Camila y Juana son nuestro matrimonio ho-mosexual, Hércules y Amina son nuestra pareja de he-cho. Ello justifica su presen-cia al explicar la regulación de este tipo de unión y las consecuencias derivadas de su ruptura.

De igual manera, aparece Bartolito como sujeto de la obligación de alimentos de sus progenitores no casados.

El Bloque III se articula sobre el matrimonio de Juana y Camila y el de Socorro y Pío.

La situación patrimonial del matrimonio de Camila y Juana se convierte en un re-ferente para la explicación de los acuerdos matrimoniales, ya que, como se cuenta en la historia, su matrimonio se rige por la separación de bienes al haber realizado capitulaciones matrimoniales.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 60

Asimismo, se recurre a las relaciones con Concha para explicar las donaciones por razón del matrimonio.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 61

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 62

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 63

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 64

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 65

El régimen de ganancia-les es la parte más com-pleja de la asignatura y, por su aplicación a la ma-yoría de los matrimonios celebrados en España, una de las más importan-tes y que todo alumno de Derecho de Familia debe conocer y dominar. Requiere una detenida explicación y que ésta sea lo más didáctica y peda-gógica posible. Para ello hemos recurrido a la cri-sis matrimonial de Pío y

Socorro, casados bajo el régimen de gananciales. Su presencia en esta parte del programa es constante, de forma que los alumnos llegan a identificar este régimen económico matrimonial con las relaciones patrimoniales de Pío y Socorro. Las dia-positivas precedentes son un ejemplo de la utilización de los personajes, con colo-res y formas, de manera que la materia se convierta en asequible y cotidiana para los alumnos. Esta identificación se completa con la práctica dedicada a la liquidación del patrimonio de Pío y Socorro, tras su separación matrimonial.

El último de los Bloque temáticos está protagonizado por los hijos de la familia Martín Garzón.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 66

No en vano, en ellos se ob-serva todas las posibilida-des admitidas en nuestro Derecho.

Por último, la patria potestad se explica tomando como ejemplo las relaciones de Hércules y Amina con su hijo biológico Bartolito.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 67

6. LAS SESIONES PRÁCTICAS Y TEÓRICO-PRÁCTICAS

Está previsto que el alumno realice seis actividades obligatorias a lo largo del cua-trimestre, tres de ellas individualmente y en su integridad en sesiones presenciales de clase –resolución de casos prácticos y liquidación de régimen de gananciales-, y las otras tres en equipos de trabajo formados por 2 o 3 personas, que trabajarán dentro y fuera de clase; éstas consistirán respectivamente en un estudio comparati-vo de resoluciones judiciales sobre crisis matrimoniales, un mapa conceptual sobre el régimen matrimonial primario siguiendo una secuencia LAMS de aprendizaje y, finalmente, un trabajo de campo.

El carácter obligatorio de estas actividades hace necesario que las profesoras lleven a cabo un control de asistencia del alumno a las sesiones en las que se desarrolla el trabajo derivado de cada una de ellas. La ausencia a cualquiera de estas sesiones debe ser justificada adecuadamente por el alumno, pues en caso contrario, o bien no se le computará la realización de la actividad –en el caso de que se trate de una de las actividades individuales que se realiza en esa sola sesión de clase-, o bien conllevará una reducción proporcional de la calificación de la actividad correspon-diente, en función de las sesiones de trabajo previstas para ella. En cualquier caso, para continuar en el sistema de evaluación continua, el alumno debe haber realiza-do cinco de las seis actividades obligatorias. En el supuesto de falta de entrega por ausencia justificada adecuadamente (certificado médico o similar), las profesoras intentarán remediar este vacío con la asignación posterior al alumno de una tarea análoga a la realizada por sus compañeros.

Ciertamente, el numeroso grupo de alumnos asistentes de la asignatura –aproxima-damente ochenta al principio del curso, reduciéndose a setenta posteriormente-, provoca que sean también muchas las incidencias que se pueden producir en el desarrollo de las sesiones prácticas y teórico-prácticas en las que se realizan las actividades obligatorias, de ahí que las profesoras, después de la experiencia del curso 2009/2010, incorporaran en el presente curso un instrumento para facilitar el control de ausencias, al que denominaron “libreta de incidencias”. En esta “libreta de incidencias”, con la que las profesoras acuden siempre a clase, se anotan todas las vicisitudes que los alumnos les comunican relacionadas con el desarrollo de su trabajo en la asignatura, bien en la propia sesión presencial, o bien a través de la tutoría electrónica del curso virtual. El uso de esta libreta, aunque pueda parecer insignificante o, incluso, irrisorio, se ha rebelado durante este curso realmente útil, tanto para realizar más eficazmente el control de asistencia y trabajo del alumno, como para aunar criterios que traten de solucionar las incidencias que se presenten a varios estudiantes, además de facilitar la coordinación entre las dos profesoras que imparten la docencia.

Las sesiones de clase en las que se desarrollan las actividades obligatorias pueden ser prácticas o teórico-prácticas, en atención a la actividad de que se trate. Así, mientras las sesiones en las que se realicen las actividades individuales, consistentes en la resolución de casos y en la liquidación de la sociedad de gananciales, tienen

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 68

un carácter eminentemente práctico, aquellas otras en las que se desarrollan los trabajos por grupo sobre el mapa conceptual y los conceptos básicos, así como las dedicadas al estudio comparativo de resoluciones judiciales, se acercan más a un modelo teórico-práctico.

Las actividades que se proponen están ideadas para que el alumno vaya desarro-llando a lo largo del cuatrimestre distintas competencias transversales, algunas de carácter general -capacidad de trabajo en equipo, capacidad expositiva y de de-bate, desarrollo de la expresión oral, utilización de recursos ofimáticos, capacidad de síntesis y de dotar de unidad a un conjunto desordenado de elementos-, y otras propias de las ciencias jurídicas (capacidad de razonamiento jurídico, síntesis de conocimientos o elaboración de conceptos jurídicos, conocimiento y uso del len-guaje jurídico por medio de la lectura comprensiva de resoluciones judiciales y de la lectura e interpretación de preceptos legales, capacidad de representación del conocimiento y de estructuración y sistematización de conceptos jurídicos mental-mente y, posteriormente, plasmarlos de forma visual -mapa conceptual-, capacidad de ubicar instituciones jurídicas en la realidad social y viceversa, emisión de opinión en foro de debate con fundamento jurídico). La realización de las actividades pre-vistas favorece, pues, el aprendizaje de la materia a través del desarrollo de compe-tencias transversales que, en todo caso, debe completarse siempre con el estudio personal del alumno.

La disposición cronológica de las actividades atiende no sólo a la parte correlativa del programa de la asignatura que va a ser objeto del trabajo del alumno, sino a la oportunidad temporal y formal del tipo concreto de actividad de que se trate. Si en-tramos más detalladamente en el contenido de cada actividad, puede comprobarse cómo se justifica su ubicación dentro de la estructuración del sistema en su conjunto y las competencias que se desarrollan en cada una de ellas.

ACTIVIDAD Nº 1:

La primera actividad consiste en resolver una serie de interrogantes sobre los diver-sos problemas jurídicos que se han suscitado en el seno de la familia Martín-Garzón relacionados con lo estudiado en el Bloque I y epígrafes 1 a 4 del Bloque II.

1º Teniendo en cuenta el concepto de familia que se encuentra recogido en la Cons-titución Española, forme grupos familiares con nuestros personajes, diciendo qué tipo de familia conforman y cuál es su situación jurídica a la luz de nuestro ordena-miento.

2º. Aplicando la normativa actualmente vigente, ¿hubiera tenido derecho Margarita Laffarga a algún tipo de resarcimiento por el abandono de Bartolo?

3º. ¿Tiene Socorro motivos suficientes para entablar una demanda de separación o de divorcio y cuáles son los trámites necesarios en uno u otro caso?

4º. ¿Tiene motivos Juana para estar preocupada por la validez de su matrimonio con Camila?

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 69

5º. ¿Pueden Amina y Hércules inscribir en el Registro Civil español su matrimonio, contraído en Nigeria por el rito propio de la etnia de Amina?

6º. ¿Tiene derecho Conchi Castillo a reclamar una pensión alimenticia a sus padres?

7º. ¿Puede Alicia Castillo contraer matrimonio con su primo hermano Roberto?

8º. ¿Cuál es el estado civil de Concha después de contraer matrimonio canónica-mente con Severino?

9º. ¿Tiene derecho Tomé a percibir una pensión alimenticia de Concha Garzón y de Hércules, Socorro y Juana Martín Garzón?

El alumno, teniendo siempre presente la “historia brújula”, debe dar respuesta a esas cuestiones, buscando la solución más ajustada a Derecho, en el espacio de la sesión presencial correspondiente de clase. Las profesoras entregan el cuestionario al comenzar la sesión; en una hora y media, el alumno trabajará individualmente –aunque permitiéndose comentar las dudas con compañeros- en los casos pro-puestos, entregando por escrito las soluciones a los mismos finalizado ese tiempo. Aunque las profesoras realizan a la vez tutoría colectiva, ayudando a solventar cues-tiones conflictivas o dudosas cuando sea necesario, el alumno debe acudir a esta sesión con los conceptos básicos de la materia objeto de la actividad ya estudiados, pues de lo contrario le resultará difícil contestar al cuestionario en el tiempo esta-blecido. En la última media hora de la sesión, se realiza la puesta en común a modo de retroalimentación. La ubicación de esta actividad individual al comienzo de curso se justifica por la necesidad de asentar los conocimientos jurídicos más elementales dentro del contenido de la asignatura, y por la inconveniencia de realizar un trabajo grupal en los comienzos del cuatrimestre.

ACTIVIDAD Nº 2:

La segunda actividad tiene por objeto el estudio jurisprudencial por parejas de alumnos sobre los efectos de las crisis matrimoniales y de pareja (epígrafes 5 y 6 del Bloque II del programa). Las profesoras asignan con carácter previo a cada equipo dos sentencias que tratan algún aspecto o efecto de la crisis matrimonial (custodia de hijos, atribución de vivienda familiar, pensión compensatoria y alimenticia) en el marco de supuestos de hecho similares, aunque resolviendo el conflicto de modo diverso. El trabajo consiste en realizar un estudio comparativo de ambas resolucio-nes, sintetizando los supuestos de hecho, los fundamentos jurídicos y emitiendo una opinión sobre los respectivos fallos. La actividad se desarrolla en dos sesiones presenciales; en la primera sólo se trabaja y en la segunda se entrega el trabajo por escrito y se exponen oralmente las conclusiones. Esta actividad es fundamental para que el alumno se familiarice con el lenguaje de las resoluciones judiciales, además de para conocer de primera mano las corrientes jurisprudenciales más novedosas en materia de crisis matrimoniales; al tratarse de alumnos de cuarto de Licenciatura, la tarea les resulta menos dificultosa que a alumnos recién llegados a los estudios jurídicos. La actividad está pensada para trabajar en pareja, porque el estudio com-parativo que se ha de llevar a cabo promueve la discusión sobre los litigios que se

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 70

plantean y el intercambio de percepciones en la visión de los mismos desde distin-tas perspectivas. Por otra parte, la puesta en común permite a todos los alumnos conocer los supuestos de conflicto sobre los que ellos no han trabajado, además de desarrollas las habilidades para la exposición oral de los estudiantes.

ACTIVIDAD Nº 3:

La tercera actividad consiste en la elaboración de un mapa conceptual sobre el régimen matrimonial primario y en la construcción de los conceptos básicos enu-merados en el Bloque III del programa relativos al mismo. Se trata de una actividad grupal (por grupos de tres alumnos), que se desarrolla a lo largo de tres sesiones de clase, aunque puede ser completada con el trabajo de los grupos fuera de las mis-mas. Si bien la actividad se pensó para quedar incorporada a una secuencia LAMS de aprendizaje, los fallos que se presentaron en la utilización de este entorno virtual, ajenos a las profesoras y a los alumnos, obligó a obviar el uso del mismo y a canalizar la entrega cronológica de los trabajos por medio de la tutoría electrónica. La se-cuencia temporal de realización de la actividad es la siguiente: en la primera sesión los grupos deben elaborar el mapa conceptual y remitirlo por correo a las profeso-ras al finalizar la clase; en la segunda sesión deben trabajar en la construcción de los conceptos básicos a partir del mapa previamente elaborado, remitiendo también a las profesoras a través del curso virtual el archivo correspondiente; recibidos los tra-bajos, las profesoras eligen los mejores para ser expuestos e incorporados al curso virtual, para que ayuden al estudio de esta materia al resto de compañeros. Como puede apreciarse, esta actividad es muy apropiada para realizar en equipo, y facilita sobremanera la capacidad de síntesis, competencia de enorme importancia en el ámbito del Derecho.

ACTIVIDAD Nº 4:

La cuarta actividad es la realización de la liquidación de la sociedad de gananciales de Socorro y Pío, pareja que, según la “historia brújula”, se casó bajo este régimen económico matrimonial. La actividad se realiza individualmente por cada alumno en una sola sesión de dos horas. Teniendo nuevamente en cuenta las vicisitudes que se relatan en la “historia brújula”, los alumnos deben realizar la liquidación de la sociedad de gananciales de este matrimonio según los datos facilitados por las profesoras al comienzo de la sesión presencial, debiendo entregar la solución por escrito, identificando el activo y pasivo de la sociedad, en el plazo de una hora y media, dedicándose la última media hora a puesta en común. Es deseable que esta actividad se realice individualmente, aunque se permita a los alumnos colaborar entre sí durante la sesión de clase. En cualquier caso, dada la dificultad que esta ac-tividad puede entrañar, los alumnos realizan en la sesión anterior a ésta un taller con una abogada especialista en temas matrimoniales, que les expone a los estudiantes supuestos reales de liquidación y cómo se resuelven los problemas más significati-vos de los mismos.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 71

ACTIVIDAD Nº 5:La quinta actividad sigue el modelo de la primera, si bien en esta ocasión el alum-no debe tratar de solucionar los problemas por los que atraviesa la familia Martín-Garzón en el ámbito de las relaciones paterno-filiales. Nuevamente, el alumno debe trabajar individualmente en el espacio temporal de una sesión de clase, entregando la actividad por escrito antes de la puesta en común y retroalimentación. Los inte-rrogantes que se proponen para ser resueltos son los siguientes:

1º. Ante la negativa de sus presuntos hermanos biológicos de prestarle alimentos, Tomé decide emprender las acciones correspondientes a fin de poder participar de la herencia de Bartolo. ¿Sería posible?2º. ¿Puede Juana hacer realidad su deseo de ser considerada a todos los efectos como madre de Luna?3º. ¿Qué puede hacer Fernando para que Mario lleve sus apellidos?4º. ¿Cómo se determina la filiación de Bartolito?5º. ¿Qué tiene que hacer Hércules para que Jasmina lleve los mismos apellidos que Bartolito?6º. ¿Puede Hércules bautizar a Bartolito con la oposición de Amina?7º. ¿Puede Socorro matricular a Mario en un colegio interno de élite en Londres para el curso próximo?8º. ¿Puede Socorro invertir el dinero donado a su hija Alicia por su padrino en los fondos de inversión?9º. ¿Puede Alicia hacerse una rinoplastia sin el conocimiento de su madre?

ACTIVIDAD Nº 6:

Aunque enumerada en último lugar, esta actividad se presenta a los alumnos el pri-mer día de clase, en el que se les explica su contenido y mecanismo de realización, y debe entregarse como fecha límite en la semana lectiva anterior a las vacaciones de Navidad. Se trata de una actividad eminentemente práctica, pues no es otra cosa que un “trabajo de campo”. Este trabajo de campo tiene por finalidad que el alum-no contacte directamente con los problemas jurídico-familiares de la realidad, por medio de la búsqueda y seguimiento de una historia real, aportando documentos jurídicos relacionados con la misma y elaborando finalmente un informe relativo al desarrollo de su trabajo. Cada grupo debe buscar un problema real para hacer un seguimiento del mismo y realizar sobre él un informe final. Dicho problema puede surgir de muy diversas fuentes: de su propia experiencia personal, de problemas cercanos a su entorno familiar o social, buscándolo en ámbitos relacionados con el Derecho de Familia –Servicios Sociales locales o autonómicos, Institutos Públicos (Instituto Andaluz de la Mujer, etc..), geriátricos, centros de acogida de mujeres o menores, colectivos o asociaciones ciudadanas, despachos de abogados, oficinas de defensores, notarías, órganos judiciales, centros penitenciarios….-, extraídos de medios de comunicación (radio, televisión, prensa, redes sociales…), o de difusión (cine, videos, libros…). Una vez elegido el trabajo, cada grupo deberá comunicarlo a las profesoras durante la 4ª semana del curso, acudiendo a su despacho para explicarlo y abrir, en su caso, el correspondiente Portafolio. A fin de que los alum-nos puedan exponer el trabajo y se pueda hacer un seguimiento colectivo de su

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 72

realización, están previstos 4 SEMINARIOS a lo largo del cuatrimestre (6ª, 8ª, 13ª y 14ª semanas) de una hora aproximadamente, pudiendo ampliarse dichas sesiones si fuera necesario. Estos seminarios, además de ser orientativos y enriquecedores, podrán ser un vehículo en el que los grupos que vayan terminando su trabajo pue-dan exponerlo a sus compañeros (a la exposición del trabajo se le concederá un plus añadido en la calificación final de la actividad). El informe final del trabajo deberá entregarse por escrito, consistiendo en una exposición ordenada y detallada -con redacción clara y correcta-, del trabajo realizado, pudiendo incorporarse a la misma la documentación que se estime pertinente (resoluciones, documentos administra-tivos, encuestas, entrevistas, etc…), salvaguardando en cualquier caso el derecho a la intimidad de los afectados. Por supuesto, los alumnos pueden –y deben- hacer uso de la tutoría presencial durante el curso para el mejor seguimiento del trabajo de campo.

Esta actividad se ha incorporado como novedad al sistema docente en el curso 2010/2011, en sustitución de una actividad de carácter voluntario, que se hallaba presente en la programación del curso pasado (2009/2010), consistente en la realiza-ción de un trabajo académicamente dirigido sobre alguno de los temas previamen-te propuestos por las profesoras a los alumnos. El trabajo académicamente dirigido se previó para que el alumno pudiera mejorar su calificación final, pero no alcanzó demasiado éxito, de ahí que las profesoras pensaran en introducir una actividad obligatoria da carácter más práctico, y cuya realización resultara más atractiva para los alumnos. Y, efectivamente, el cambio ha sido muy positivo, dada la alta calidad de los trabajos de campo que se han entregado –en los que puede observarse el esfuerzo y dedicación de los alumnos-, y el enriquecimiento que ha supuesto para todos los compañeros las exposiciones que de algunos de ellos se han realizado en el ámbito de los dos últimos seminarios.

7. EL SISTEMA DE EVALUACIÓN

La metodología docente que se ha expuesto, basada en el trabajo del alumno, debe contar con un sistema de evaluación que permita a los docentes valorar dicho tra-bajo en sus diversas facetas, tanto teóricas como prácticas, teniéndose siempre pre-sentes los objetivos formativos de la asignatura, perfectamente identificados desde el principio de curso en la programación de actividades por cada bloque temático, y las competencias transversales desarrolladas a lo largo del cuatrimestre, asimismo señaladas en la citada programación. Es claro que la evaluación por competencias resulta intrínsecamente dificultosa en el ámbito del Derecho, pero no por ello se debe renunciar a tener en cuenta a la hora de calificar los conocimientos del alumno las habilidades que éste ha desarrollado a través de su trabajo para el aprendizaje de la asignatura. Esto sólo puede conseguirse si se establecen criterios concretos de evaluación para cada actividad que se desarrolle durante el curso, a través de los que se contemplen las competencias que se han trabajado para su realización.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 73

Obviamente, un sistema docente basado en el trabajo constante del alumno ha de llevar aparejado un sistema de evaluación continua del estudiante; y esta evaluación continua del estudiante debe suponer para el docente un compromiso de trabajo también constante para él. Es imprescindible, pues, que el profesor realice un se-guimiento continuo de la evaluación de los alumnos, al mismo ritmo en que éstos desarrollan y entregan sus trabajos, de tal forma que los estudiantes tengan en todo momento conocimiento de su grado de superación o no de la asignatura.

Premisa básica, por tanto, de todo el sistema de evaluación es la existencia de unas criterios preestablecidos de calificación del alumno, que éste conozca con claridad desde el inicio del curso, y que se apliquen con total transparencia por parte del docente.

El sistema de evaluación continua, pretendiendo aunar la valoración de los conocimientos y habilidades del alumno, se articula del siguiente modo:

En primer lugar, es requisito imprescindible para ser evaluado conforme a este sis-tema, que el alumno haya acreditado tener conocimientos suficientes de los con-ceptos básicos que figuran en el programa, al final de cada bloque temático. Estos conocimientos se pondrán de manifiesto, bien en las tres pruebas de progreso pre-vistas –al finalizar cada uno de los bloques temáticos (aunque los dos primeros serán evaluados conjuntamente)-, cuyo contenido serán los conceptos básicos, o bien, si en éstas el conocimiento demostrado fuera insuficiente, en la sesión de tutoría especializada a la que serán citados los alumnos a fin de que las profesoras puedan comprobar la asimilación de estos conceptos.

Las profesoras irán informando, paulatinamente, a los alumnos de las calificaciones que alcancen tanto en la realización de las actividades obligatorias como en las pruebas de progreso y examen tipo test, conforme a los criterios de evaluación que, más adelante, transcribimos.

1. Un 30% de la calificación final corresponde a los conceptos básicos. Esta nota resulta de las tres pruebas de progreso que se realizan durante el cuatrimestre (escritas, y su posterior recuperación oral, en caso de no superarlas).

2. El 60% de la calificación se logra por medio de la nota obtenida por la reali-zación de las seis actividades obligatorias programadas (individuales, en pareja o en grupo). Para perfilar la nota individual, también son tenidas en cuenta las interven-ciones en clase, en el campus virtual –fundamentalmente a través de los foros- y las actividades voluntarias.

3. El 10% restante se obtiene mediante la realización de un examen tipo test correspondiente al bloque III del programa.

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 74

La calificación final es la suma matemática de esas calificaciones parciales, a través de las cuales se pretende valorar tanto los conocimientos teóricos de la materia, como la aplicación práctica de esos conocimientos y competencias desarrolladas en su adquisición.

A fin de que el alumno conozca los criterios de evaluación de las activida-des, pruebas de progreso y examen test, se han construido los siguientes criterios de calificación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y BAREMOS PARA LA EVALUACIÓN

Los alumnos que sigan el sistema de evaluación continua serán calificados aten-diendo a tres apartados: pruebas de progreso -30%-, actividades prácticas -60%- y examen tipo test -10%-.

Las puntuaciones se adecuarán a los siguientes baremos:

-PRUEBAS DE PROGRESO: 3 PUNTOS

Se realizarán 3 pruebas de progreso a lo largo del curso, en las fechas señaladas en la programación de actividades. Cada prueba valdrá como máximo 1 punto. En cada una de ellas se le preguntará al alumno sobre 5 conceptos básicos correspon-dientes al bloque objeto de la prueba. Cada concepto básico será calificado con un máximo de 0.2 puntos.

El alumno que no alcance 0.6 puntos en la prueba de progreso, será llamado por las profesoras a una tutoría específica a los efectos de poder recuperar oralmente la prueba. De no asistir a dicha tutoría en la fecha señalada por la profesora o reali-zarla incorrectamente de nuevo, quedará automáticamente excluido del sistema de evaluación continua.

- ACTIVIDADES PRÁCTICAS OBLIGATORIAS: 6 PUNTOS

Los 6 puntos que, como máximo, se pueden alcanzar con la realización de las 6 ac-tividades obligatorias se repartirán del siguiente modo:

- MB: 1 punto

- B: 0.75 puntos

- R: 0.5 puntos

- R-: 0.25 punto

- M: 0 puntos

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 75

No obstante, la actividad nº 3 podrá suponer, a criterio de las profesoras, un incre-mento de 0.25 puntos para el grupo de alumnos que realice la exposición oral de su trabajo, y la actividad nº 6 (trabajo de campo) podría ser valorada, atendiendo a la calidad del trabajo presentado, con una puntuación adicional, al criterio de las profesoras, comportando un plus añadido a la nota de la evaluación continua.

-EXAMEN TIPO TEST: 1 PUNTO

El examen tipo test que se realizará a lo largo del cuatrimestre, en la fecha señalada en la programación, constará al menos de 20 preguntas, con al menos 4 posibles respuestas, de las que sólo una será verdadera. El examen tendrá una calificación máxima de 1 punto.

PRUEBAS DE PROGRESO + ACTIVIDADES + EXAMEN TEST: 3+6+1 = 10 PUNTOS

APROBADO: A PARTIR DE 5 PUNTOS

No obstante, también se prevé un sistema de evaluación alternativo para los alum-nos que, a lo largo del cuatrimestre, no hayan adquirido los conocimientos impres-cindibles sobre los conceptos básicos especificados en el programa (pruebas de progreso), que podrán presentarse para superar la asignatura a un examen escrito, al que accederán también los alumnos no asistentes y todos aquellos que no de-seen ser evaluados por el sistema de evaluación continua. El examen constará de tres partes: una primera, en la que deberán contestar a 6 conceptos básicos, distri-buidos entre los bloques temáticos del programa; una segunda, en la que deberán desarrollar por escrito tres preguntas sobre el contenido del programa; y una terce-ra, en la que deberán solucionar un caso práctico. Para el desarrollo de la segunda y tercera parte del examen, los alumnos podrán contar con el apoyo del material legislativo que deseen.

Los criterios de calificación del examen serán los siguientes:

- 3 puntos máximo los 6 conceptos básicos (0,50 puntos cada concepto

respondido correctamente).

- 3 puntos preguntas teóricas sobre el contenido del programa (1 punto por cada pregunta).

- 4 puntos el caso práctico. El supuesto práctico se plantea como un supuesto “guiado”; es decir, irá acompañado de una serie de preguntas que el alumno debe responder. El nº de preguntas será dos o cuatro. En el primer caso cada respuesta

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 76

correcta valdrá 2 puntos, en el segundo el valor de cada respuesta se reduce a un punto. Se elegirá siempre un supuesto similar a los trabajados en clase durante el curso, con la idea de favorecer el trabajo del alumno que los hubiere realizado y evaluar la adquisición de las competencias transversales.

8. EL CURSO VIRTUAL

Tan sólo cabe hacer, finalmente, una breve referencia al curso virtual que sirve de apoyo a las profesoras para la impartición de la asignatura. El curso virtual despliega una doble función, en tanto soporte de todo el material teórico y práctico necesario para seguir sin dificultad el desarrollo de la asignatura, y en cuanto herramienta de suma utilidad para la intercomunicación profesoras-alumnos.

Para un más eficaz cumplimiento de ambas funciones, el curso virtual se ha diseñado –utilizando la plataforma moodle en uso en la UCA- siguiendo el mismo esquema que el programa de la asignatura, asignando, pues, un espacio a cada bloque del mismo. El curso se divide, así, en cinco bloques: uno genérico, en el que se recoge toda la información general de la asignatura, relativa a programa, programación, historia brújula, árbol genealógico de la familia, los resultados de la evaluación con-tinua que progresivamente se van produciendo, además de la tutoría virtual; y otros cuatro sucesivamente correspondientes a cada bloque del programa. Cada uno de estos bloques sigue una misma sistemática: Presentaciones, Actividades prácticas, Debates jurídicos y Pruebas de Autoevaluación.

Debajo de la etiqueta “Presentaciones” se encuentran a disposición del alumno las presentaciones power point que se van a utilizar en las sesiones teóricas, y que suponen el andamiaje sobre el que los alumnos construyen los conceptos básicos y estudian el programa. De forma semejante, las actividades prácticas obligatorias programadas se ubican bajo la etiqueta correspondiente.

La etiqueta “Debates jurídicos” da entrada a una serie de foros, sobre temas y no-ticias de actualidad, iniciados por medio de diversos interrogantes, que le permiten al alumno visualizar la repercusión en la sociedad contemporánea de los problemas que estudian en clase, ya fuera de la familia Martín Garzón. Esta actividad es volun-taria y su valoración permite a las docentes repuntar las calificaciones obtenidas en la evaluación continua. Los foros a disposición de los alumnos son los siguientes:

- En el Bloque I se ubica el foro titulado “Concepto de familia”, que lleva adjunto el texto de una Sentencia del Tribunal Constitucional que, a continuación, se trans-cribe:

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 77

STC 11 diciembre 1992

“ …Nuestra Constitución no ha identificado la familia a la que manda proteger con la que tiene su origen en el matrimonio, conclusión que se impone no sólo por la re-gulación bien diferenciada de una institución y otra (arts. 32 y 39 CE), sino también, junto a ello, por el mismo sentido amparador o tuitivo con el que la norma funda-mental considera siempre a la familia y, en especial, en el repetido art. 39, protec-ción que responde a imperativos ligados al carácter “social” de nuestro Estado y a la atención, por consiguiente, de la realidad efectiva de los modos de convivencia que en la sociedad se expresen. El sentido de estas normas constitucionales no se con-cilia, por tanto, con la constricción del concepto de familia a la de origen matrimo-nial, por relevante que sea en nuestra cultura (en los valores y en la realidad de los comportamientos sociales) esa modalidad de vida familiar. Existen otras junto a ella, como corresponde a una sociedad plural, y ello impide interpretar en tales términos restrictivos una norma como la que se contiene en el art. 39.1, cuyo alcance, por lo demás, ha de ser comprendido también a la luz de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del mismo artículo…”

Al citado texto se acompaña las siguientes cuestiones:

“A la vista del texto extraído de la sentencia del TC de 11 de diciembre 1992, inter-venga en el foro, para, con argumentos jurídicos, contestar a las siguientes cuestio-nes:

¿Qué realidades actuales se podrían incluir en el concepto de “familia” de la Cons-titución?

¿De qué depende que una realidad sea considerada “familia”? ¿Del matrimonio, del afecto, de la descendencia ….?”

- El Bloque II tiene programado tres foros distintos. El primero se titula “Retirada de custodia de madre lesbiana”, en el que se incita a debatir sobre esta noticia de actualidad:

Un juez retira la custodia de sus hijas a una mujer porque es lesbiana

‘La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja’, señala el auto

‘Es imposible que dos progenitores homosexuales den una formación integral’

Este juez está siendo investigado tras la denuncia de otra pareja de lesbianas

Lea los extractos más llamativos del auto

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 78

RAQUEL QUÍLEZ | RAFAEL J. ÁLVAREZ

MADRID.- O tu pareja o tus hijas. Ésta es la disyuntiva que un juez de Murcia, Fer-nando Ferrin, ha planteado a una mujer. Según ha denunciado su ex marido, la nue-va pareja de ella es otra mujer, algo que la afectada niega. El magistrado da credi-bilidad a la versión del padre y le ha retirado la custodia de las niñas porque, según sostiene, la relación sentimental de la madre perjudica al desarrollo de las niñas.

La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB) ha hecho público este caso que, considera, atenta contra los derechos básicos de los ciudadanos.

La secuencia de hechos es la siguiente: un hombre sorprende ‘in fraganti’ a su es-posa en el domicilio conyugal con otra mujer, según denuncia ante el juez. Tras la doble sorpresa, llegan los trámites de divorcio que terminan con una lapidaria sentencia que concede al padre la custodia de las dos hijas. ¿El motivo del juez? “Está demostrado que la mujer es lesbiana”. Sin embargo, la madre niega ser ho-mosexual.

El auto del juez está sembrado de afirmaciones controvertidas. Por ejemplo, “la condición homosexual perjudica a los hijos, que tienen derecho a un padre y a una madre, no a dos padres o a dos madres. Los más prestigiosos especialistas lo de-terminan, pero no hace falta ser especialista, el sentido común así lo dice”. O, “el ambiente homosexual perjudica a los menores y aumenta el riesgo de que éstos también lo sean”. Incluso, “es imposible que dos progenitores homosexuales den una formación integral”.

En su auto, el magistrado reconoce que, en este caso, ambos progenitores están “en igualdad de condiciones”, pero la relación homosexual que mantiene la madre influye negativamente en la educación de las niñas por lo que se ve “obligado” a conceder la custodia al padre. “La madre tendrá que elegir entre sus hijas o la nueva pareja”, concluye.

La FELGTB explica que no hay precedentes de sentencias de este tipo tras la apro-bación de La Ley del Matrimonio Homosexual, cuestionada en el auto de este juez. “La Ley dice que la custodia se concederá independientemente de la orientación sexual”, recuerdan.

Varias asociaciones de mujeres se han sumado a las protestas y van a denunciar el caso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y ante diversas asociaciones de jueces.

A raíz de la queja formulada por un letrado, el Tribunal Superior de Justicia de Mur-cia decidió el pasado 14 de junio abrir un expediente gubernativo sobre la actuación del juez Fernando Ferrin. El caso se encuentra ya en manos del Consejo General del Poder Judicial, donde se encuentra en fase de tramitación.

Este mismo juez ya ha sido cuestionado otras veces por sus presuntos prejuicios “omófonos”. Actualmente está siendo investigado por el Tribunal Superior de Jus-ticia de Murcia tras la denuncia de una pareja de lesbianas que considera que está retrasando adrede el proceso de adopción de la hija de una de ellas.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 79

Extractos del auto

“La actual normativa […] (conocida como ley del divorcio-express) […] viene configu-rado como un derecho de la personalidad (¡¡) como el derecho de todo cónyuge a no permanecer ligado por más tiempo al otro (¡¿Por qué no se concede verbigracia la misma opción de desligarse de la obligación hipotecaria respecto de la entidad financiera, que nos tiene atados a la mayoría de españoles veinte o treinta años?!)”

“Ahí está la Ley de Violencia de Género (sobre cuyo ajuste a la CE está pendiente de pronunciarse el TC), y el sinnúmero de falsas denuncias de mujeres que está pro-duciendo, contra las que por ende no se produce cuando la denuncia se archiva.”

“Requisito esencial del matrimonio ‘tradicional’, el que ha venido imperando desde tiempo inmemorial hasta la desafortunada y posiblemente inconstitucional reforma del art.44 CC […] es la heterosexualidad.”

“¿Por qué la condición homosexual perjudica a los hijos? En definitiva, […] porque los hijos tienen derecho a un padre y a una madre, no a dos madres o a dos padres. […] No hace falta siquiera para ello ser especialista: el sentido común (que a veces es el menos común de los sentidos) así lo dice. El hombre y la mujer son comple-mentarios entre sí. Dos hombres o dos mujeres no.”

“No se trata de que […] la condición homosexual no influya en una dejación de fun-ciones parentales. Influye y mucho. Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean.”

“Los hijos menores tienen derecho a una protección integral […] Esa formación in-tegral es imposible que se la dé un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés del menor.”

El debate, como es habitual, es un debate guiado así planteado: “Una vez leída la no-ticia que se adjunta, debe plantearse para el debate el siguiente interrogante:¿Sería posible fundamentar jurídicamente, atendiendo a la legalidad vigente, la retirada de la custodia a la madre?”.

- El segundo de los foros del Bloque II se titula “Matrimonio y heterosexualidad”, invitando al alumno a debatir en los siguientes términos: “Tras la lectura del extracto del Dictamen del Consejo de Estado sobre la Ley de 2005, que admitió el matrimo-nio entre personas del mismo sexo en nuestro país, reflexione en el foro emitiendo su opinión fundamentada en Derecho, sobre alguna ( o todas) las cuestiones que, a continuación, se plantean:

¿Es la heterosexualidad un requisito esencial del matrimonio?

¿Altera al concepto de “matrimonio” constitucionalmente reconocido, el hecho de que se prescinda de la heterosexualidad de sus miembros?

¿Se habría salvado el obstáculo llamando a estas uniones por otro nombre (como sucede en otros países, Alemania, Suiza …)?

¿Cree que es trascendente o no la denominación de las uniones entre personas del mismo sexo? “

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 80

El texto objeto de debate se adjunta al foro:

Dictamen del Consejo de Estado de 16 diciembre 2004

“… La apertura de la institución matrimonial a parejas del mismo sexo no supone una simple ampliación de la base subjetiva del matrimonio, reconociendo a las pa-rejas del mismo sexo un derecho que no tienen constitucionalmente garantizado, determina una alteración de la institución matrimonial, que obliga a plantearse si con esa regulación-por vía legislativa-se está afectando el derecho reconocido en el art. 32 más allá de lo constitucionalmente admisible… el hecho de abrir la institu-ción matrimonial a parejas del mismo sexo supone un cambio especialmente pro-fundo de dicha institución, que delimita y afecta a esas posibilidades de actuación, hasta el punto de plantear si, con ello, no se está alterando la naturaleza jurídica del derecho constitucionalmente reconocido en el art. 32 … la cuestión radica en deter-minar si al matrimonio al que se refiere la Constitución incorpora, como uno de los elementos esenciales, la diversidad sexual de sus contrayentes, configurando, así una determinada imagen del matrimonio, al que resultarían aplicable la doctrina de la garantía del instituto, de forma que aquellas normas legales que desnaturalizasen los perfiles sustantivos del instituto matrimonial no podrían considerarse conformes a la Constitución…”

- En el tercero de los foros se acude a un texto jurídico, concretamente un comenta-rio a una sentencia, realizado por un magistrado del Tribunal Supremo:

Un disputado premio de lotería

(Unión more uxorio)

José ALMAGRO NOSETE

Magistrado Emérito del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho procesal

Diario La Ley, Nº 7428, Sección Columna, 21 Jun. 2010, Año XXXI, Editorial LA LEY

LA LEY 4170/2010

Al socaire de una jurisprudencia variable, en cuanto a los fundamentos jurídicos, no respecto a los principios formulados, a falta de una normativa aplicable, se plantea un caso en el que la demandante pretende hacer suya la mitad de un premio de la lotería recaído en su ex pareja de hecho, cuando ya las relaciones entre ellos se habían extinguido (STS de 4 de febrero de 2010).

Jurisprudencia comentada

I. Las «uniones de hecho» (uniones more uxorio, según se dice precisando aún más el sentido de la convivencia), pese al intento de «desformalización» y «desregula-ción» que las alienta, no están exentas de conflictividad, con trascendencia jurídica, pues la fuerza de las situaciones fácticas acarrean, finalmente, consecuencias jurídi-

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 81

cas. Como dice O´Callaghan, acerca del concepto de estas uniones no hay discu-sión: «es la convivencia con análoga afectividad a la matrimonial, sin la celebración formal del matrimonio, que no es antijurídica, sino extrajurídica y produce o puede producir efectos personales, económicos o de filiación».

El Estado, no obstante lo extendido de la práctica de las especificadas modalida-des de convivencia, ha prescindido de una regulación general sobre las mismas, sin perjuicio de admitir, en casos determinados, efectos concretos (v. g. adopción, subrogación arrendaticia, etc.). Han sido las Comunidades Autónomas las que, en número y con talante diverso, han legislado sobre la materia, de manera constitucio-nalmente harto dudosa, pues las competencias legislativas en materia de Derecho civil común están reservadas, en exclusiva, al Estado.

El horror vacui ha sido el detonante de esta proliferación de normas autonómicas, ante la dejadez del Estado y la necesidad de ofrecer soluciones a problemas que la cotidianidad planteaba. Estas regulaciones establecen registros especiales y fijan los efectos económicos de la unión en su caso.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo no desdeñó, con expedientes diversos y siempre al filo de las circunstancias concretas, dispensar ayuda a la parte más débil y perjudicada de la «entente», al producirse su extinción.

II. La importancia del tema, huérfano de una regulación estatal, y la aparente falta de unanimidad en los criterios jurisprudenciales de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo, aconsejó a su Presidente que se decidiera en Pleno la cuestión. Y así se llevó a cabo por sentencia de 12 de septiembre de 2005.

Conviene reiterar a modo de resumen histórico la exposición de dicha sentencia sobre la jurisprudencia habida:

«Las uniones more uxorio, cada vez más numerosas, constituyen una realidad social, que, cuando reúnen determinado requisito —constitución voluntaria, estabilidad, permanencia en el tiempo—, con apariencia pública de comunidad de vida similar a la matrimonial» han merecido el reconocimiento como una modalidad de familia, aunque sin equivalencia con el matrimonio, por lo que no cabe trasponerle el régi-men jurídico de éste, salvo en alguno de sus aspectos. La conciencia de los miem-bros de la unión de operar, fuera del régimen jurídico del matrimonio, no es razón suficiente para que se desatiendan las importantes consecuencias que se pueden producir en determinados supuestos, entre ellos el de la extinción. La relevancia del problema se ha dejado sentir en la actuación de los tribunales (Tribunal Constitucio-nal, Tribunal Supremo y restantes de la organización judicial), y también ha incidido en el campo legislativo, muy puntualmente en lo que hace referencia a la legislación estatal, y con mayor intensidad, aunque condicionada por las respectivas posibilida-des legislativas, en la legislación autonómica que ha realizado un destacado esfuer-zo por acomodar el ordenamiento jurídico a la realidad social.»

«La falta de una normativa positiva concreta para los casos de extinción de la unión more uxorio ha dado lugar a una jurisprudencia disímil, salvo en la admisibilidad general de los pactos expresos o tácitos (facta concludentia), con acogimiento de

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 82

soluciones de comunidad de bienes o de sociedad irregular». Se ha efectuado, por tanto, un notorio esfuerzo para proporcionar remedio jurídico a las peculiaridades casuísticas, lo que ha dado lugar a diversas soluciones, no necesariamente reñidas entre sí. Y en tal sentido, se ha aplicado el principio de la buena fe y la sanción del abuso del derecho, en sintonía con una interpretación acorde con la realidad social; la doctrina del enriquecimiento injusto; la indemnización de daños y perjuicios con fundamento en el art. 1902 Código Civil (CC); la aplicación analógica del art. 96 en relación con el art. 4.1, ambos CC, por lo que respecta al uso de la vivienda familiar; el principio de protección del conviviente más débil o del conviviente perjudicado; la aplicación analógica sin más de la pensión compensatoria del artículo 97 del Có-digo Civil y, finalmente, la aplicación analógica del propio art. 97 CC.

«En conclusión y como epítome se puede decir que en el criterio jurisprudencial de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo, en materia de compensación económica, no pacta-da en la ruptura de las parejas de hecho, se puede constatar que la técnica más uti-lizada es la de la doctrina del enriquecimiento injusto, seguida por la protección del conviviente más perjudicado por la situación de hecho, más tarde la de la aplicación analógica del artículo 97 del Código Civil, y por la de la teoría de la responsabilidad civil extracontractual, y por último, la de disolución de la sociedad civil irregular o comunidad de bienes.»

III. La citada sentencia del Pleno de la Sala 1.ª del Tribunal Supremo, que alcanzó el refrendo de la mayoría de sus miembros no se libró, sin embargo, de algunos votos particulares. Uno, en lo sustancial no difiere de la exposición jurídica precedente formulada en términos muy amplios, sino de la naturaleza del fallo que parcialmente conduce en la sentencia del Tribunal Supremo a un pronunciamiento absolutorio y en el voto particular determina una propuesta no casatoria y, por ende, a un resul-tado condenatorio.

Así, en su voto particular, el Sr. O´Callaghan mantiene, en atención al principio de protección del conviviente más perjudicado, que la demandante ha contribuido efi-cientemente a crear una situación de estabilidad de la pareja; luego rota por finaliza-ción de la convivencia entre los litigantes «lo que crea razones de justicia y equidad para indemnizar a la persona que se ha dedicado en una manera más singular e intensa, a la familia, en perjuicio de su promoción personal y profesional».

El otro voto particular (voto conjunto que formulan los Magistrados Sr. Ferrandiz y Sra. Roca) no discrepa del resultado al que llega la sentencia, pero difiere de la fun-damentación jurídica, al entender, aunque no se den los requisitos en el caso, que la aplicación de una regla prevista para las consecuencias de la ruptura matrimonial, como es la pensión compensatoria, no significa aplicar analógicamente las reglas del matrimonio, ni tampoco las del enriquecimiento injustificado y explayan a ren-glón seguido las razones jurídicas de su criterio.

IV. La labilidad argumentativa, según las circunstancias de cada caso, que ha justifi-cado la diversidad de soluciones explica también las múltiples facetas de la litigio-sidad sobre las uniones de hecho, en gran parte basada en apariencias sobre los fundamentos jurídicos, que hubieran exigido un examen más detenido, en busca de la «razón de decidir», sin concesiones al «corta y pega» de la llamada «consideran-ditis» o acumulación irreflexiva de sentencias.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 83

En el caso que da pie a esta columna, causa de la sentencia del Tribunal Supremo de 4 de febrero de 2010, la irreflexión que patentiza la argumentación de la parte recu-rrente sube de punto pues, por muchos matices que quepa encontrar y semejanzas y similitudes que se aleguen, la fuerza o «tozudez» de los hechos se impone por sí misma, sin chance seria para el escarceo jurídico.

En efecto, la parte demandante en la instancia, y recurrente en casación, ejerció ac-ción de reclamación de cantidad, exactamente de la mitad de un importante premio de la lotería primitiva, basándose en la existencia de una comunidad de bienes ex art. 392 CC derivada de la convivencia more uxorio que mantenía con el demanda-do y parte recurrida.

El hecho básico en que se apoya la acción surge de una convivencia en la que am-bos, desde aproximadamente 1997, con intermitencias y separaciones, habían teni-do un hijo en común. Pero con fecha 10 de abril de 2001 rompieron la relación y sus-cribieron un documento con una serie de pactos que en lo que interesa se detallan:

«Que siendo imposible continuar con la vida en común, han acordado zanjar todas las cuestiones económicas existentes entre ambos, señalando a partir de esta fecha, domicilios independientes, comprometiéndose a respetar mutuamente la vida pri-vada del otro.»

En dicho documento se contemplan las deudas, gastos pendientes y la venta de una vivienda común hasta su total liquidación, tras lo cual, se prevé: «una vez cumplido lo pactado, reconocen ambos tener por zanjadas cuantas diferencias y cuestiones económicas compartían sin que tengan nada que reclamarse mutuamente».

Posteriormente, con fecha 12 de mayo de 2001 el demandado es agraciado con el premio de la lotería primitiva a que antes se ha aludido.

V. La sentencia de casación, objeto de comentario, aclara que no se trata de negar que en una unión de hecho pueda existir una comunidad de bienes: Precisamente, la sentencia que la recurrente cita en su recurso de 17 de enero de 2003 contempla el caso de una larga convivencia tras la que se reconoce a la mujer una parte de los bienes que se habían adquirido durante la vida en común.

No es este el caso del premio de la lotería, la convivencia, según consta probado, no llegó a constituir una comunidad económica. Se extinguió cualquier relación eco-nómica antes de la adquisición de aquel boleto comprado con dinero exclusivo del demandado. Cuando ello acontece no había convivencia, ni comunidad, ni atisbo alguno de una participación por parte de la mujer.

Conviene recordar que, en los casos de los premios de la lotería, bajo el régimen matrimonial de la sociedad de gananciales, las ganancias obtenidas en el juego son bienes gananciales y ello fue contemplado por la sentencia de 22 de diciembre de 2000. Pero en el caso de la unión de hecho, tan solo sería común si se acreditara la existencia de una comunidad de bienes. En el asunto que se estudia no se ha acre-ditado la comunidad cuando existía la convivencia y, además, al obtenerse la ganan-cia, ya no subsistía ni siquiera la convivencia. Al tiempo de producirse la ganancia —como remarca la sentencia de casación—, no había unión de hecho, ni comuni-dad de bienes: lo primero, porque el documento de 10 de abril de 2001 es tajante

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 84

(«...domicilios independientes...», «...vida privada del otro...») y se declara probado que cesó la convivencia; lo segundo, porque no puede mantenerse una comunidad cuando se ha decidido romper toda relación económica, en el mismo documento («...zanjar todas las cuestiones económicas...») y, a mayor abundamiento, la senten-cia de instancia declara probado que nunca hubo comunidad de bienes.

VI. En suma, el recurso se funda, no tanto en la alegación de una normativa que se diga infringida, sino en una valoración de la prueba y en una discusión sobre la cuestión fáctica que no cabe admitir en casación. Por ello, no cabe otra decisión que la de declarar no haber lugar al recurso y en consecuencia confirmar la sentencia desestimatoria de la demanda, dictada en segunda instancia.

Conclusivamente, cabe ponderar la importancia de evaluar, en todo recurso, las re-sultancias probatorias para no plantear impugnaciones inútiles, basándose en un agregado de sentencias cuyas razones de decidir no se aproximan al litigio desde una perspectiva plenamente jurídica.

Para dirigir el debate, el foro se inicia por las profesoras con las siguientes con-sideraciones: “Tras la lectura del comentario a la sentencia del TS de 21 de junio de 2010, reflexione en el foro respondiendo, con fundamentos jurídicos, alguna (o todas) las cuestiones que, a continuación, se plantean:

¿Está de acuerdo con el fallo del Tribunal?

¿El principio de igualdad impone que se generen idénticas consecuencias jurídicas de las uniones matrimoniales y no matrimoniales? ¿Debe ser igual, a todos los efec-tos, “matrimonio” y “unión libre”?”

- Dos foros están previstos en el III Bloque del programa. El primero de ellos titulado “Cargas de matrimonio y separación de bienes”, esta vez sobre un artículo doctrinal relacionado, en concreto: “Aspectos prácticos de la contribución a las cargas del matrimonio en el régimen de separación de bienes en el Código Civil”, Víctor MO-RENO VELASCO, Diario La Ley, Nº 7425, Sección Tribuna, 16 Jun. 2010, Año XXXI, Editorial LA LEY

Este artículo aparece en el foro sin pregunta alguna. Se espera del alumno que, tras su lectura, sea capaz de exponer alguna idea o conclusión del mismo. Es una activi-dad difícil, ideada para alumnos brillantes, a fin de darle la posibilidad de expresarse y poner de manifiesto sus conocimientos.

- El segundo de los foros programados del Bloque III titulado “Embargo de ganan-ciales” es más asequible y, de nuevo se recurre a una noticia de actualidad:

“Embargados bienes de los acusados del ‘caso Marta’

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 85

EL PAÍS - Sevilla - 17/06/2009

 El juez del caso Marta, Francisco de Asís Molina, ha embargado un plan de pensio-nes al autor confeso del crimen, Miguel Carcaño, y a su hermano Francisco Javier Delgado su parte de un piso en gananciales, un coche y su posible indemnización por despido. El magistrado persigue asegurarse de que al menos parte de la indem-nización de 240.000 euros, impuesta a los cuatro implicados de manera conjunta, sea abonada.

Mientras, cinco testigos declararon ayer ante el juez sobre la búsqueda de Marta la noche del crimen. Susana G. destacó el desinterés que mostró Carcaño por encon-trarla. “Tanto Miguel como su hermano estaban demasiado tranquilos. Miguel no hizo ninguna pregunta y sabíamos que sabía algo más”. El padre de Marta, Antonio del Castillo, afirmó que sólo quiere que se aclare el crimen. “Me da igual si hay que esperar dos años para el juicio. Pero que lo tengan todo atado y bien atado”.

A ella se acompaña la siguiente pregunta: “Después de leer la noticia de El Pais de 17-06-2009, responda a la siguiente pregunta, aplicando el régimen jurídico de la sociedad de gananciales: Ante el embargo de “su parte de un piso ganancial”. ¿Qué puede hacer (si puede hacer algo) la esposa de Francisco Javier Delgado?”.

- En el Bloque IV se ubica el último foro, también sobre una noticia de actualidad adjuntada al mismo, que se inicia con la siguiente pregunta: “Después de leer el documento que se adjunta, oriente el debate al planteamiento de la siguiente cuestión:¿Actuó correctamente la Juez titular del Registro?”.

TEMAS DEL DÍA

Una pareja de lesbianas se registra por primera vez como madres de un bebé

La pequeña de Algeciras, concebida ‘in vitro’, figura como hija de las dos mujeres La Fiscalía deberá recurrir la decisión, según la junta de fiscales del Supremo

MARÍA J. SEGURA/ALGECIRAS

Antonia Meléndez y María Ángeles Zufilla, conforman la primera pareja de lesbianas que se ha inscrito en España, en el Registro de Algeciras, como madres de su hija concebida in vitro. Ambas mujeres expresaron ayer «su enorme satisfacción», al con-siderar que su bebé había nacido «dentro del matrimonio».

Nerea, que nació hace doce días en el hospital Punta Europa, es la hija de Antonia, de 40 años, y María Ángeles, de 30 (madre biológica del bebé). La pareja contrajo matrimonio hace ahora un año en Los Barrios. Antonia explicó ayer que hace unos días se dirigió al Registro Civil de Algeciras para inscribir a su hija con los apellidos de ambas, pero que allí le dijeron «que tendrían que iniciar los trámites de adopción porque la Ley de Reproducción Asistida no contempla que dos mujeres puedan registrarse como madres».

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 86

Reconoció que ante esta respuesta de los juzgados se «derrumbó»: «Nerea es mi hija y no tengo por qué adoptarla». En el Registro le argumentaron que la pequeña figuraría en el Libro de Familia de la madre biológica y tras concluir los trámites de adopción, podría incluirse también en el suyo. «No podíamos consentir esta si-tuación, porque en el hospital la habíamos registrado con nuestros apellidos y, de repente, nos encontrábamos con que nuestra hija no existía. No tenía ni derecho a ir al médico».

Para Antonia, la Ley de Reproducción Asistida discrimina a los gays y lesbianas, puesto que en una pareja heterosexual «a la hora de inscribirse como padre del bebé, al varón no se le pregunta si el hijo es suyo».

Diferencia legal

En las parejas heterosexuales que conciben a sus hijos mediante esta práctica mé-dica, el hombre sólo tiene que reconocer al bebé como suyo y queda inscrito como su progenitor. Sin embargo, a los dos días, Antonia regresó al Registro Civil y se encontró con que la titular del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Algeciras, Ma-ría Jesús Buytrago, había autorizado su inscripción como madre de Nerea, por lo que finalmente no fue necesario iniciar los trámites de adopción.«La juez no me puso ninguna pega, entendió que nuestra hija había nacido dentro del matrimonio. Le estoy muy agradecida». Por último, aseguró que su bebé será bautizado con el apellido de las dos y argumenta que su hija «tendrá derecho a recibir el bautismo y hacer la comunión si quiere».

Pese a este paso, la Fiscalía de Cádiz deberá recurrir la inscripción en el Registro Civil, a juicio de José María Paz, jefe de los fiscales de la Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo. La junta de fiscales estudió el tema, y aunque había habido divi-sión de opiniones, se impuso la de que no se podía actuar como lo ha hecho la juez por un problema técnico. José María Paz agregó que la ley de reproducción asistida de 2006, que es posterior a la del matrimonio entre homosexuales, no contempla un caso como el de Cádiz, ya que, en cuanto a la filiación, remite a lo que disponga el artículo 116 del Código Civil.

El último de los espacios del campus virtual se dedica a la Autoevaluación, y en él se ha incluido una prueba de autoevaluación por bloque temático elaborada con el programa “Hot Potatoes”, que ha tenido mucha aceptación entre el alumnado.

El R

ecurso a

una h

istoria

novelada c

omo m

étodo d

ocente:

Derecho d

e F

amil

ia y

la h

istoria

de l

a f

amil

ia M

artín

-Garzón.

Página 87

9. RESULTADOS

La puesta en marcha del proyecto durante el curso pasado ha permitido comprobar cuáles han sido los resultados académicos de los alumnos de Derecho de Familia de la Licenciatura en Derecho tanto de aquel curso como del presente, que pueden resumirse en los siguientes datos:

ALUMNOS MATRICULADOS curso 09/10: 86 alumnos.

Siguen la EVALUACIÓN CONTINUA: 59 alumnos 68.6 %

APRUEBAN POR EVALUACIÓN CONTINUA: 57 alumnos 96,6 %

CONVOCATORIA FEBRERO (examen escrito): presentados 14, aprobados 6 42,8 %

De los 6 aprobados, 1 había seguido régimen EC, lo que supone que el 50% de los suspendidos en EC aprueba el examen final (el otro alumno no se presenta). Obtie-ne la máxima calificación de los que han realizado examen escrito (7,5).

CONVOCATORIA JUNIO (examen escrito)

22 alumnos con derecho a examen. Lo realizan 4, aprueban 3 (75%).

CONVOCATORIA SEPTIEMBRE (examen escrito)

19 alumnos con derecho a examen, 4 presentados, 2 aprobados (50%)

CONCLUSIÓN: Al finalizar el curso 09/10 han superado la asignatura Derecho de Familia 71 alumnos, de los cuales 58 habían seguido el régimen de evaluación con-tinua. Sólo un alumno que había seguido el sistema no supera la asignatura lo que supone una tasa de éxito del sistema de evaluación continua del 98,3 % y un éxito de la metodología sobre el total de los alumnos de 82,5 %

Actualmente sólo disponemos de los datos de la evaluación continua de los alum-nos que han seguido Derecho de Familia en este curso 2010-11, pues, a la fecha de redacción de este texto, todavía no se ha realizado el examen escrito para los demás alumnos.

CURSO 10/11, Alumnos matriculados 99

CONVOCATORIA FEBRERO:

Siguen la EVALUACIÓN CONTINUA: 69 alumnos

Premio

s a

la Innovació

n d

ocente 2

01

0

Página 88

APRUEBAN POR EVALUACIÓN CONTINUA: 67 alumnos, 97.1% de los que siguen el sistema y 66,3% de los alumnos matriculados.

La elevada tasa de éxito de alumnos que superan la asignatura tras seguir este sis-tema de evaluación continua permite ser optimista en cuanto al éxito global de la metodología, impresión que corroboran los resultados de las encuestas realizadas a los alumnos durante el curso.