El Poder Electoral y la Participación Ciudadana
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El Poder Electoral y la Participación
Ciudadana
COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO
Oficina Nacional de Participación Ciudadana
“…Una nueva cultura electoral cimentada sobre la participación
ciudadana.”
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Como expresión del salto cualitativo que supone el tránsito de la
democracia representativa a una democracia participativa y
protagónica, se crea una nueva rama del Poder Público, el Poder
Electoral, ejercido por órgano del Consejo Nacional Electoral que
tiene por objeto regular el establecimiento de las bases,
mecanismos y sistemas que garanticen el advenimiento del nuevo
ideal u objetivo democrático. Una nueva cultura electoral
cimentada sobre la participación ciudadana.
Título V. Capítulo IV. Del Poder electoral
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES ART. 294 CRBV
INDEPENDENCIA ORGÁNICA.
AUTONOMÍA FUNCIONAL Y PRESUPUESTARIA.
DESPARTIDIZACIÓN DE LOS ORGANISMOS ELECTORALES.
IMPARCIALIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
TRANSPARENCIA Y CELERIDAD DE LOS ACTOS DE VOTACIÓN Y ESCRUTINIO.
DESCENTRALIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
JUNTA NACIONAL ELECTORAL Supervisar y
Controlar el Desarrollo del
Proceso Electoral
COMISIÓN DE REGISTRO CIVIL Y
ELECTORAL Centralizar la información del
registro del Estado civil
Organizar y actualizar el Registro Electoral.
COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN
POLÍTICA Y FINANCIAMIENTO
Promover la participación ciudadana
Organizar el registro de Asociaciones con fines
Políticos
Supervisar y Controlar el financiamiento de los
partidos políticos
ÓRGANOS SUBORDINADOS
OFICINA NACIONAL DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
FUNCION DEL PODER ELECTORAL
ART. 293 CRBV
Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos en los términos que señale la ley. Así mismo, podrán organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de éstas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aquí referidas cubrirán los costos de sus procesos eleccionarios.
Artículo 293. El Poder Electoral tiene por función:
AMPLIA SUS FUNCIONES A :
REGISTRO CIVIL Ley Orgánica del Registro Civil
EL PODER ELECTORAL Y LOS PROCESOS ELECTORALES DEL PODER
POPULAR
Artículo 20. La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas es la máxima instancia de deliberación y decisión para el ejercicio del poder comunitario, …
Artículo 17. Los consejos comunales ……, adquieren su personalidad jurídica mediante el registro ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación Ciudadana…
Artículo 37.
Coordinar en el ejercicio de sus funciones, con el Poder Electoral.
Rectoría
Artículo 56. El ministerio del poder popular con competencia en materia de participación ciudadana ...acompañará a los consejos comunales en el cumplimiento de sus fines y propósitos, y facilitará la articulación en las relaciones entre éstos y los órganos y entes del Poder Público.
Comisión Electoral
PermanenteArtículo 36. … encargada de organizar y conducir de forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los voceros o voceras del consejo comunal y las consultas …
Poder Electoral
Artículo 65. El Poder Electoral apoyará y acompañará a las comunas en la organización de sus procesos electorales.
Artículo 62. Los órganos, entes e instancias del Poder Público promoverán, apoyarán y acompañarán la constitución, desarrollo y consolidación de las comunas como forma de autogobierno.
LEY ORGÁNICA DE LAS COMUNAS
Artículo 63. El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana,… dictará los lineamientos estratégicos y normas técnicas … y facilitando su articulación y sus relaciones con los otros órganos y entes del Poder Público.
1. Elaborar y mantener actualizado el registro electoral de
la comunidad, conformado por todos los y las habitantes
de la comunidad, mayores de quince años, de acuerdo a
lo establecido en la presente Ley.
2. Informar a la comunidad todo lo relativo a la elección,
reelección o revocatoria de los voceros o voceras del
consejo comunal, así como los temas objeto de consulta.
3. Elaborar y custodiar el material electoral.
4. Convocar a los y las habitantes de la comunidad para
que se postulen como aspirantes a voceros o voceras a
las unidades del consejo comunal.
COMISIONES ELECTORALES PERMANENTES DE LOS CONSEJOS COMUNALES
FUNCIONES
1. Elaborar y mantener actualizado el registro electoral de
la comunidad, conformado por todos los y las habitantes
de la comunidad, mayores de quince años, de acuerdo a
lo establecido en la presente Ley.
2. Informar a la comunidad todo lo relativo a la elección,
reelección o revocatoria de los voceros o voceras del
consejo comunal, así como los temas objeto de consulta.
3. Elaborar y custodiar el material electoral.
4. Convocar a los y las habitantes de la comunidad para
que se postulen como aspirantes a voceros o voceras a
las unidades del consejo comunal.
5. Coordinar el proceso de votación.
6. Verificar los requisitos exigidos a los postulados o postuladas en las
instancias del consejo comunal.
7. Escrutar y totalizar los votos, firmando los resultados con los testigos
electorales designados o designadas.
8. Conocer y decidir sobre las impugnaciones presentadas sobre los
procesos electorales o las consultas formuladas.
9. Levantar el acta del proceso de elección y sus resultados.
10. Proclamar y juramentar a los que resulten electos o electas como
voceros o voceras de las unidades del consejo comunal.
COMISIONES ELECTORALES PERMANENTES DE LOS CONSEJOS COMUNALES
FUNCIONES
16. Notificar al colectivo de coordinación comunitaria, con
dos meses de anticipación al cese de las funciones de la
comisión electoral, a los fines de la preparación del
proceso de elección de sus nuevos integrantes.
17. Coordinar en el ejercicio de sus funciones, con el Poder
Electoral.
18. Las demás que establezca la presente Ley.
COMISIONES ELECTORALES PERMANENTES DE LOS CONSEJOS COMUNALES
FUNCIONES
La Oficina Nacional de Participación Ciudadana ONPC del CNE, en
atención a lo establecido en el articulo 37 LOCC , sugiere a las
organizaciones del Poder Popular desarrollar un Cronograma Electoral
para sus procesos electorales que comprenda desde el Registro
Electoral y su Publicación pasando por las fases de Impugnación,
Postulaciones, Campaña Electoral, Acto de Votación, Totalización y
Escrutinio hasta la Proclamación y Juramentación. Todos estos
procesos descritos detalladamente en el Sistema Automatizado para
las Elecciones del Poder Popular.
FASES DE UN PROCESO ELECTORAL DEL PODER POPULAR SEGÚN ART. 37
LOCC
Es el esquema en el cual se organiza el conjunto de actividades
dirigidas a desarrollar el proceso de elección de las voceras y
voceros principales y suplentes de las distintas Unidades que
conforman el Consejo Comunal y los integrantes de la Comisión
Electoral Permanente, con indicación expresa de sus fechas y
lapsos.
CRONOGRAMA ELECTORAL
1
2
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5
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Subsanación de las Observaciones ante la Comisión Electoral Permanente.
ACTIVIDADDÍAS
Notificación de la convocatoria a Elecciones por parte de la Comisión Electoral Permanente.Solicitud al CNE de Asesoría Técnica, Apoyo Lógistico y Acompañamiento Electoral.Actualización del Registro Electoral.Publicación del Registro Electoral Preliminar.
Acto de Votación, Totalización y Escrutinio.Proclamación.Interposición de Recursos ante la Comisión Electoral Permanente contra el Acto Electoral, la Totalización y/o Proclamación..Pronunciamiento de la Comisión Electoral Permanente respecto a los Recursos contra el Acto Electoral, Totalización y/o ProclamaciónJuramentación
Lapso de Impugnación al Registro Electoral Preliminar ante la Comisión Electoral Permanente.Pronunciamiento de la Comisión Electoral Permanente relativo a la Impugnación del Registro Electoral PreliminarPresentación y Publicación del Registro Electoral definitivo ante la Comunidad.Presentación de las Postulaciones ante la Comisión Electoral Permanente.Observación a las Postulaciones por parte de la Comisión Electoral Permanente.
Instalación del (los) Centros de Votación.
Pronunciamiento de la Comisión Electoral Permanente sobre la admisión o rechazo de las Postulaciones.Publicación del Acta de cierre de las Postulaciones.Interposición de Recursos ante la Comisión Electoral Permanente contra la admisión o rechazo de las Postulaciones.Pronunciamiento de la Comisión Electoral Permanente respecto a los Recursos contra las Postulaciones.Campaña ElectoralDesignación de los Miembros de Mesa y de Testigos Electorales (De ser Necesario).
Nº1 2 3 54 11 12 13 216 7 8 9 10
CRONOGRAMA ELECTORAL26 27 28 2923 24 2519 20 2214 15 16 17 18
La Oficina Nacional de Participación Ciudadana
(ONPC) se encarga de Gestionar la Asesoría Técnica ,
el Apoyo Logístico y el Acompañamiento de los
procesos electorales, solicitados por los órganos
electorales del Poder Popular.
1.- Una (01) Almohadilla para sellos
2.- Una (01) Tinta Roll-On para
almohadilla
3.- Un (01) Kit de Sellos húmedos (Votó,
No Votó)
4.- Un (01) Paraban
5.- Una (01) Caja de Resguardo
6.- Una (01) Bolsa para Resguardo
7.- Tinta de huella Dactilar
8.- Un CD – Sistema Automatizado de
Elección del Poder Popular SAEPP
COTILLÓN ELECTORAL COMUNAL
Recepción
Aprobación Dirección
O.R.E- ONPC
Asignación de Material para elApoyo Logístico
(CD -Cotillón electoral)
Préstamo
1.- 2.- 3.-
4.-5.-
6.-
Unidad Técnica de Participación
Ciudadana (ORE) - ONPC
Integrantes de laComisión Electoral del
Poder Popular y/o Sociedad Civil
Elección de la Instancia
correspondiente
PASOS A SEGUIR PARA SOLICITAR EL APOYO DEL CONSEJO NACIONAL
ELECTORAL (ONPC)
El SISTEMA AUTOMATIZADO PARA LAS ELECCIONES DEL PODER POPULAR (SAEPP) le permitirá a los Consejos Comunales lo siguiente: Registrar los Datos de los ciudadano (as) que habita en la comunidad. Agilizar los procesos Electorales para la conformación de los Consejos
Comunales. Facilitar la participación y organización de los Ciudadanos (as) en sus
procesos eleccionarios comunitarios. Elaborar el listado de las personas que conforman el Registro Electoral
Comunitario. Realizar de forma automatizada la Postulación de candidatos (as) que
deseen participar en el proceso electoral. Realizar procesos de Revocatoria de Vocerías. Realizar procesos de Consulta en la comunidad. Elaborar los Cuadernos de Votación. Elaborar las Actas de Escrutinio. Generar las Boletas Electorales.
SISTEMA AUTOMATIZADO PARA LAS ELECCIONES DEL PODER POPULAR
PANTALLA DE INICIO
(2) CAMPO PARA LA CONTRASEÑA
DEL USUARIO
(1) SELECCIÓN DE USUARIO
PANTALLA DE INICIO
Registro de los Datos del Consejo Comunal
PANTALLA PRINCIPAL
Una vez que se ingresa al Sistema, se puede apreciar los botones con los nombres del tipo de función que aplica.
BOTON DE INGRESO AL REGISTRO ELECTORAL DE LA INSTANCIA
PANTALLA PRINCIPAL
PANTALLA DEL REGISTRO ELECTORAL
En este formulario se Registran los Datos Personales
PANTALLA DE CONSULTA DEL REGISTRO
BOTON DE INGRESO PARA CONSULTAR EL REGISTRO ELECTORAL DE LA INSTANCIA
PANTALLA PRINCIPAL
PANTALLA DE POSTULACION
CONSTANCIA DE POSTULACIÓN
BOTON DE INGRESO PARA AGREGAR NUEVOS CARGOS A INSTANCIA DEL PODER POPULAR
PANTALLA PRINCIPAL
AGREGAR NUEVOS CARGOS A LA INSTANCIA DEL PODER POPULAR QUE NO SE ENCUENTRE EN EL SISTEMA
PANTALLA PRINCIPAL
BOTON DE INGRESO PARA LOS PROCESOS DE REVOCATORIO
PANTALLA PRINCIPAL
PANTALLA PARA REVOCATORIO
PANTALLA PARA REVOCATORIO (EJEMPLO)
BOTON DE INGRESO PARA LA APLICACIÓN DE CONSULTAS EN LA INSTANCIA
PANTALLA PRINCIPAL
PANTALLA PARA LAS CONSULTAS
BOTON DE INGRESO PARA VER EL CUADERNO DE VOTACIÓN
PANTALLA PRINCIPAL
PANTALLA PARA VISTA PREELIMINAR E IMPRIMIR CUADERNO DE VOTACION
VISTA PREELIMINAR DEL CUADERNO DE VOTACION
BOTON DE INGRESO PARA VER BOLETAS DE VOTACIÓN
PANTALLA PRINCIPAL
ELABORACION DE BOLETAS POR CARGO
BOLETA GENERADA POR CARGO
ELABORACION DE BOLETAS PARA REVOCATORIO
BOLETA GENERADA PARA REVOCATORIO
ELABORACION DE BOLETAS PARA CONSULTA
BOLETA GENERADA PARA CONSULTA
BOTON DE INGRESO PARA GENERAR ACTA DE ESCRUTINIO
PANTALLA PRINCIPAL
ELABORACION DE ACTA DE ESCRUTINIO (ELECCIÓN)
ELABORACION DE ACTA DE ESCRUTINIO (CONSULTA)
EL SISTEMA ELECTORAL VENEZOLANO
Sistema ManualEscrutinio y Totalización
AutomatizadosSistema Totalmente
Automatizado
Sistema Automatizado (SA)- Postulación- Votación, - Escrutinio y - Totalización Automatizado
Para la Selección de Miembros de Juntas y Mesas (OES) Para el seguimiento al proceso de capacitación de Miembros de
juntas y Mesas Electorales
Fiscalización Electoral Seguimiento de medios. Rendición de Cuenta (Control de Financiamiento)
Antes de 1998
De 1998a 2003
De 2004 a la Actualidad
Evolución del Sistema
Automatizado
DIFERENCIA SISTEMA MANUAL Y SISTEMA AUTOMATIZADO
(1941 – 1998) (1998 - 2008)
Registro Electoral
Boleta Electoral
Votación
Escrutinio
Totalización
Adjudicación
Proclamación
- Respaldo de Información en Base de Datos- Actualización permanente del Registro Electoral
- Registro automatizado del voto- Voto impreso y de menor tamaño
- Utilización de máquinas de votación- Escogencia automatizada de opciones- Voto electrónico
- Realizado tras el cierre de la Mesa de Votación, por Emisión de las Actas de Escrutinio por parte de la Máquina de Votación.- Escrutinio Electrónico- Datos Transmitidos de forma encriptada
- Transmisión de las Actas de Escrutinios al Centro Nacional de Totalización
- Transmisión de Resultados al Centro de Totalización- Conteo Automatizado de Votos- Adjudicación Inmediata
- Proclamación Rápida
- Ausencia de Respaldo de Información- Registro de carácter permanente
- Boleta electoral impresa y de gran tamaño
- Utilización de boleta impresa
- Realizado tras el cierre de la Mesa Electoral con la apertura de la urna de votación- Conteo voto por voto y llenado manual del Acta de Escrutinio
- Traslado de la Urna Electoral y Actas de Escrutinios Manuales al CSE
- Recepción de las Actas de Escrutinio- Registro y Conteo Manual de los Votos- Adjudicación tardía de elegidos
- Proclamación Tardía
AUDITORIAS DEL SISTEMA ELECTORAL
VENEZOLANO
La realización de las auditorias previas, durante y posteriores
aplicadas al Sistema Automatizado de Votación es una de las
máximas garantías de seguridad de la votación electrónica .
De modo que las mismas generan confianza en la plataforma
y el sistema electoral Automatizado de la Republica
Bolivariana de Venezuela.
AUDITORIAS DEL SISTEMA ELECTORAL VENEZOLANO
Auditorias del Sistema Electoral
Venezolano
Auditoria Del registro
electoral
Auditoria de los
cuadernos de votación
Auditoria de la base de datos a
elegibles a organismos electorales subalternos
Auditoria del software de la maquina de votación
Auditoria de producción de la
maquina de votación
Auditoria de infraestructu
ra tecnológica
Auditoria de datos y código
fuente del sistema de
autenticación del votante
(SAV)
Auditoria de la tinta indeleble
Auditoria de la red de
transmisión de resultados electorales Auditoria del software de
selección de miembros de organizamos
electorales subalternos
Auditoria de predespacho
del sistema de autenticación del votante
(SAV)
Auditoria del predespacho de maquinas de votación
Auditoria de producción del
sistema de autenticación del
votante (SAV)
Auditoria del sistema
de totalización
Auditoria de
cierre
Auditoria posterior
1. Listas de elegibles como miembros de
juntas y mesas electorales
2. Programa (software) para la selección
de los miembros de juntas y mesas
electorales
3. Tinta indeleble.
4. Código Fuente de Aplicaciones.
5. Infraestructura Tecnológica.
6. Registro Electoral.
7. Cuadernos de Votación Impresos.
8. Datos y software de máquinas de
votación
9. Producción Máquina de Votación.
Auditorías
10.Pre-despacho Máquina de Votación.
11.Datos y software del sistema de
autenticación de votantes (sav).
12.Producción Máquina del Sistema de
Autenticación de Votantes
13.Pre-despacho Sistema de
Autenticación de Votantes.
14.Sistema de totalización
15.Red de transmisión de datos
electorales.
16.Puesta en cero cnt1 y cnt2
17.Verificación Ciudadana
Fase I.
Fase II.
Auditorías
Elecciones en América
ELECCIONES AUTOMATIZADAS
Venezuela: 1999BrasilEEUU (2DO GRADO Y PARCIALMENTE AUTOMATIZADAS)
ELECCIONES MANUALES
BoliviaEcuador Republica DominicanaUruguayArgentinaPerúColombiaChile
• El Sufragio es un derecho universal y secreto. El Derecho al sufragio lo ejerce los ciudadanos mayores de 18 años de edad y los menores de edad que estén casados (emancipados).
• No pueden votar los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía.
• Es obligatorio para todos los ciudadanos ejercer el sufragio.
• El voto será personal, libre y secreto.
El voto es MANUAL
Nombre del Organismo: Junta Central Electoral
ELECCIONES EN REPÚBLICA DOMINICANA
• Los Testigos de los Partidos Políticos tienen una participación excesiva durante el desarrollo de los comicios.
• El Voto es Manual, pero el proceso de transmisión es automatizado.
ELECCIONES EN REPÚBLICA DOMINICANA
ELECCIONES EN BRASIL
El voto es ELECTRÓNICO
• Las máquinas no imprimen comprobante de voto, se activen mediante la autenticación biométrica, lo que garantiza un elector, un voto
ELECCIONES EN BRASIL
Los candidatos se identifican por números
Los electores marcan el numero de su candidato y le dan Confirmar. La máquina no emite comprobante de votación.
ELECCIONES EN ECUADOR
• El voto será obligatorio para las personas mayores de 18 años.
• El voto será facultativo para las personas entre 16 y 18 años de edad, mayores de 65 años, los ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, y las personas con discapacidad.
• Las ciudadanas que teniendo obligación de votar no lo hagan, serán sancionados con una multa equivalente al 10% de su salario (26,40 dólares).
El voto es MANUAL Nombre del organismo:
Consejo Nacional Electoral
ELECCIONES EN ECUADOR
Mesa para Personas con Discapacidad
Conteo de Votos
ELECCIONES EN EE.UU
• Elecciones de 2do grado a través de colegios electorales.
• El sistema no es auditado.
• Grupos de ciudadanos y ciudadanas han estado luchando para que se les permita auditar después de la votación entre 3% y 5% de las máquinas.
• Las empresas mantienen el control del sistema automatizado como un secreto, ni siquiera tienen acceso al código fuente las instituciones responsables en los estados y condados que hacen las elecciones.
ELECCIONES EN EE.UU
• En algunos casos, cuando se transmiten los resultados se hace sin ningún tipo de encriptamiento que los resguarde.
• Aproximadamente el 25% de los jóvenes en edad de votar están excluidos y excluidas del registro electoral. Sólo en el año 2012 en más de 40 estados se intentó pasar una ley que restringe el acceso al registro electoral y en otras se acortaron las horas de votación y en otras el acceso y oportunidad del acto de votación.
• Los resultados los dan empresas privadas de comunicación. Basados en encuestas a boca de urna y no en resultados oficiales.
• Estados unidos nunca ha permitido la observación y acompañamiento y mucho menos se ha abierto a la cooperación del saber internacional en materia electoral.
El Poder Electoral, como garante de la fuente creadora de los poderes
públicos mediante el sufragio, fundamenta sus actos en la preservación
de la voluntad del pueblo, expresada a través del voto en el ejercicio de su
soberanía.Ley Orgánica del Poder Electoral. Artículo 2