El poder ciudadano act.10
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna:
Clemarlys Sánchez
C.I.24.397.350
Prof. Emily Ramírez
Saia A
Barquisimeto, 24 de Septiembre 2015.
INDICE
Estructura del consejo moral republicano:
Defensor del pueblo.
• Organización.
• Objeto.
• Autonomía.
• Funcionamiento.
Ministerio público:
• Objeto u organización.
• Fiscal General de la República.
Contraloría General de la República:
• Objeto u organización.
• Contraloría de la Fuerza Armada.
ESTRUCTURA DEL CONSEJO
MORAL REPUBLICANO
Integrado por el:
• Defensor del Pueblo- Defensoría del Pueblo
• El Fiscal General-el Ministerio Público
• Contralor General de la República- Contraloría General de la
República.
• Unos o Unas titulares designado por el consejo moral
republicano.
FUNCIONA
Secretaria Permanente dirigida por un Secretario Ejecutivo quien será un funcionario de libre nombramiento y elección.
Defensoría del Pueblo: Ejercido por el defensor del pueblo él
encargado de vigilar, promover y defender las garantías y derechos, tratados internacionales
de los derechos humanos, el interés legítimo de personas, y ser responsable, designado por siete años, el mismo gozara de inmunidad, no se podrá culpar por actos relacionados con el
ejercicio de sus funciones.
OBJETO
Conviene a los órganos integradores, la investigación de hechos contra la ética pública y la moral administrativa, a gestionar la aplicación de la legalidad correctamente, también como deben ser aplicadas en toda la actividad administrativa del estado, por otra parte, le compete formular, en caso de faltas y advertir, cuales son aquellas que deben acatar por parte de los funcionarios de la administración pública.
Comprenderá en su función, gestionar el conocimiento de la constitución, en el respecto y predominio de la patria de la democracia y valores que nombra la norma suprema, los derechos humanos, así como también traspasar el conocimiento en el ámbito educacional, tanto en el área universitaria privada y pública a que estos implementen información veraz de la constitución y de los derechos de los ciudadanos, también todas la asociaciones, cooperativas, medios de comunicación, impresos, televisivos y de radio; contaran con todo el apoyo y asesoría del consejo moral republicano.
FUNCIONAMIENTO
El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará una partida anual variable.
AUTONOMIA
MINISTERIO PÚBLICO
Como encargado responsable será el
fiscal general de la república electo y
designado por siete años, ejecuta sus
funciones para capacitar ayuda a
funcionarios del mismo órgano, cumplirá
con los mismos requisitos de los
magistrados de la república, ejerce en sus
atribuciones en nombre del estado sobre
acciones penales, tanto como de acción
pública, podrá participar en el ámbito, del
tribunal supremo de justicia, en procesos,
ejecutar sentencias en derechos y
garantías constitucionales, en proteger a
niño, niña y adolescente, también los
derechos de familia, derechos
ambientales y en materia indígena.
A cargo de representación del contralor general de la
república
Gestiona, fiscaliza, vigila ingresos, gastos de bienes públicos y
nacionales
No relaciona sus objetivos a otro
órgano, tiene autonomía funcional,
organiza e igual compete dictar normas
de su materia.
Deberá ser venezolano por nacimiento, tener una sola nacionalidad, mayor de 30 años, con
capacidad y experiencia en el
cargo.
CONTRALORÍA DE LA
FUERZA ARMADA
Integrado por el sistema Nacional de control fiscal, constituye órganos,
estructuras, recursos y procedimientos, con el fin de direccionar el control de
sistemas y procesos que impartan de los objetivos generales, tanto de los órganos
sujetos a la ley y el buen funcionamiento de la administración pública, integrado y
a dar mejores resultados, las contralorías estadales, municipales y distritales.
También la contraloría de la fuerza armada nacional, tendrá a cargo vigilar y
controlar ingresos gastos y bienes públicos y nacionales, afectos a la fuerza armada
nacional, finaliza que la respectiva dirección está a cargo de un contralor general
de la fuerza armada Nacional.
BIBLIOGRAFIA
http://es.slideshare.net/ClemarlysSanchez/ensayo-el-podercuidadano
http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo5.php#cap2
Lo aportado en la Plataforma de SAIA sobre el poder ciudadano.
http://saia.uts.edu.ve/moodle/pluginfile.php/260540/mod_resource/content/1/
Del_Poder_Ciudadano.pdf
http://www.monografias.com/trabajos10/poci/poci.shtml