EL PACTO dic 2013

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Revista "El Pacto" Revista de información,divulgación y análisis

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Desde el momento en que se genera la disyun-tiva para definir la forma

de organización política del Estado Mexi-cano, entre centralismo y federalismo, han sucedido múltiples debates legislativos, discusiones académicas, modificaciones constitucionales y hasta enfrentamientos entre las grandes corrientes políticas y de pensamiento, en nuestro país. Por supues-to, se dieron en el contexto de la promulga-ción de la Constitución de 1824, en la que se declara a la nación como una república federada, así como en los constituyentes posteriores.

Y con el tiempo, el debate se ha perpetuado, en aras de fortalecer o debilitar las instituciones del Federalismo, como el equilibrio entre los poderes, las entidades federativas, las autonomías lo-cales, la distribución del poder, entre otras tantas. Instituciones que adquieren senti-do al traducirse en competencias adminis-trativas, descentralización de atribuciones, capacidad de autogestión, elecciones li-bres, etc. y, por consecuencia, en desarro-llo político y social.

De ahí la importancia de in-terpretar correctamente su significado, pues como conceptos forman el lenguaje federalista. Provienen de las ideas precur-soras de dicha doctrina, y se convierten en preceptos constitucionales que, a su vez, se traducen en actos de gobierno. Y tras-cienden hacia una realidad que nos com-promete a todos, por lo cual es importan-te reflexionar sobre ellos, difundirlos para crear una terminología común, e incluirlos en el lenguaje cotidiano. Por ello, a partir de este número, la revista El Pacto incluirá un glosario de términos relacionados con la cultura del Federalismo.

Con el propósito de preser-var el interés académico sobre los temas locales, de apoyar a los actuales y motivar la formación de futuros investigadores, se incluyen las valiosas aportaciones de dos especialistas que, en coautoría, tratan el tema de la asociación municipal, tomando como base al municipio pionero a nivel internacional, orgullosamente jalisciense, en materia de tratamiento de residuos sóli-dos; y los ensayos ganadores del concurso sobre el Federalismo, al que convocaron de manera conjunta este instituto y la Uni-versidad Enrique Díaz de León.

Pero la cultura federalista es vasta, por lo que también se incluirá una sección sobre temas locales, que den testimonio del quehacer gubernamental y político, por enriquecerla y fomentarla, involucrando temas del orden regional y municipal. Y es precisamente este aspec-to del Federalismo, el que da motivo a la portada y al tema principal de la revista: El asociacionismo municipal, tomando como ejemplo el caso de SIMAR-Sureste, que es un organismo intermunicipal, pensado, realizado y operado por actores locales de una región de Jalisco, cuyo epicentro es el municipio de Mazamitla.

Aspectos tan importantes como la transparencia, la información pública en los municipios y la Ley Gene-ral de Contabilidad Gubernamental, son tratados por especialistas. Y para arraigar más a nuestros lectores, se incluye una sección cultural y las acostumbradas rese-ñas bibliográficas del material contenido en nuestra biblioteca, las toponimias mu-nicipales y, adicionalmente, se da a cono-cer la letra del Himno del Estado de Jalis-co, que se entonó por primera ocasión el 14 de Septiembre de 2010, en el Instituto Cultural Cabañas, con motivo del festejo de bicentenario de la Independencia, en Guadalajara.

EDITORIAL

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EL PACTO

Revista de infoRmación, divulgación y análisis del fedeRalismo

Instituto de Estudios del Federalismo“Prisciliano Sánchez”

Instituto de Estudios del Federalismo“Prisciliano Sánchez”

Mtro. Jorge Aristóteles sAndovAl díAzgobeRnadoR del estado de Jalisco y PResidente del conseJo geneRal

lic. Arturo zAMorA JiMénezsecRetaRio geneRal de gobieRno

dr. JAvier HurtAdo gonzálezdiRectoR geneRal

diRectoRio

, Revista de infoRmación, divulgación y análisis, cuatRimestRal, diciembRe 2013

editoR ResPonsable: lic. FrAncisco JAvier JiMénez cAMpos

aRte y diseño: MAríA guAdAlupe de lA cruz Flores Y oMAr góMez

coRRectoR de estilo: FAnnY enrigue lAncAster Jones

númeRo de ceRtificado de ReseRva otoRgado PoR el instituto nacional de deRecho de autoR:

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númeRo de ceRtificado de licitud de título y de contenido: 16040issn (en tráMite)

distRibuidoR: Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”

domicilio de la Publicación: JuAn álvArez no. 2440coloniA, lAdrón de guevArA, c.p. 44600

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EL PACTO

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ensayo fedeRalista uedlPRIMERO Y SEGUNDO LUGAR

Héctor sAMuel MedAl gonzález Y AnA livier plAscenciA rodríguez

lídeRes del fedeRalismoLuis de Quintanar Bocanegra Soto y RuizieF

momento Real en tiemPos contables

MAríA elenA ávilA vAlenzuelA

bReve teRminología del fedeRalismo

FernAndo HurtAdo

himno del estado de JaliscoautoR de música: Felipe vázquez bArbosA.autoR de letRa: Moisés guerrero lópez.

Recuento anual del iefieF

entRevista con el PResidente municiPal de mazamitlaEl proyecto SIMAR.

ieF

testimonios y documentosPronunciamiento por el Federalismo, previo a la creación del IEF, en JaliscoieF

aceRcamiento a la infoRmacion Pública y tRansPaRencia en los municiPios de Jalisco

pedro Antonio rosAs Hernández

sección cultuRal¿Quién es quién en la FIL?HuMberto cAstAñedA roJAs.

de nuestRa bibliotecaReseña bibliográfica: Faya Viesca, Jacinto. El Federalismo Mexicano. Régimen Constitucional del Sistema Federal. Editorial Porrúa, Segunda edición 2004

FernAndo HurtAdo

toPonimias municiPales de JaliscoMazamitlaieF

asociacionismo inteRmuniciPalSIMAR SuresteleticiA sAntín del río Y FrAncisco JAvier gAlván MerAz

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CapítulO uno Asociacionismo Intermunicipal

4 | SIMAR Sureste

Experiencia asociativa del Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste (SIMAR Sureste) para la de los servicios de integral de residuos entre municipios de Jalisco y .1

Leticia Santín del Río2

Francisco Javier Galván Meraz3

Los municipios mexicanos enfrentan grandes desafíos. Los ayuntamientos asu-men la responsabilidad de tomar decisiones con la mayor eficiencia de sus

procesos, la coordinación con otros gobiernos y la búsqueda de sustentabilidad de sus proyectos.

Sin embargo, los gobiernos locales se enfrentan a rezagos acumulados en infraestructura y equipamiento para la prestación de servicios públicos, el desequilibrio social, económico y ambiental, junto con los escasos recursos financieros, técnicos y hu-manos para que sus instancias administrativas puedan atender y solucionar la compleji-dad y cantidad de demandas de la población.

1 El texto es el extracto de un artículo contenido en el del Libro Asociacionismo intermunicipal: Estrategias para el Desa-rrollo Sustentable del Territorio y los Servicios Públicos en México. Ed. Arlequín. México 2012.

2 Politóloga de la Universidad Autónoma de México, profesora de políticas públicas de la facultad de Ciencias Políticas y Sociales, miembro fundador de la Red de Investigadores en Gobiernos Locales Mexicanos (Iglom).

3 Licenciado en Derecho, Director General del Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste.

Concepción de Buenos Aires

La Manzanilla de la Paz

Tuxcueca

Tizapán el Alto

Quitupan

Valle de Juárez

Teocuitatlán de Corona

Mazamitla

Santa María del OroASOCIACIONISMOINTERMUNICIPAL

Marcos Castellanos

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En particular, cuando se trata el tema de la generación y manejo adecua-do de los residuos sólidos y el medio am-biente que producen las sociedades en la vida cotidiana, los municipios, encargados de su gestión, enfrentan enormes dificul-tades para hacerlo de modo adecuado y con mínimo impacto ambiental. Además de los rezagos mencionados, se suma la falta de conocimiento sobre el buen ma-nejo y la dificultad para poder realizar un diagnóstico preciso de la situación de los residuos en su territorio y, por tanto, una planeación integral.

Se estima que en el país se producen 101,104 toneladas de basura al día. Sólo 10% se deposita en lugares con cierto control ambiental, en aproximada-mente 2,143 municipios. De los residuos, 34% se deposita en tiraderos a cielo abierto, y en 300 municipios la basura se confina en rellenos sanitarios. A estos datos se agrega 77% de descarga de aguas residuales que no reciben tratamiento (Inafed, 2010).

Los esfuerzos municipales para alcanzar una mejor gestión de sus re-cursos y mayor eficiencia en sus acciones, son determinantes para promover inicia-tivas que permitan dar viabilidad al de-sarrollo social, económico, urbano, rural y medioambiental de los municipios y sus regiones aledañas.

El actor central de las relacio-nes políticas intergubernamentales sigue siendo el Ejecutivo federal. Los municipios están inmersos en reglas impuestas por la Federación para la obtención de recursos fiscales, en el carácter sectorial de las políti-cas, y en un entramado institucional «cuya clave no ha estado en la distribución armo-niosa y eficaz de responsabilidades y ámbi-tos de acción complementarios» (Merino, 2008: 28), pues en buena medida la toma de decisiones continúa centralizada para defi-nir cómo se interviene en el espacio local.

Además, su dependencia fis-cal hacia la Federación se mantiene. Casi 80% de los ingresos que obtienen los go-biernos estatales y municipales proviene de las transferencias (libres y etiquetadas) que reciben de la Federación. De la recau-dación fiscal nacional, las entidades fede-rativas ejercen alrededor de 34% del gasto y los municipios 9% (Cabrero, 2011).

En México, el diseño federal, tanto político como fiscal, todavía cuenta con asimetrías que impiden articular con eficacia las competencias específicas y res-ponsabilidades complementarias de cada ámbito de gobierno, así como una distri-bución de recursos de acuerdo con el cam-po de acción de cada uno de los tres niveles de gobierno, cuyas repercusiones recaen en el gobierno local.

A pesar de las características del panorama anterior, los gobiernos muni-cipales, se han esforzado para poder articu-lar iniciativas de cooperación desde lo local, y en colaboración con los gobiernos estatal y federal, que fortalecen sus capacidades y responsabilidades públicas para mejorar las condiciones de vida de su población, junto con la planeación y el desarrollo sus-tentable de sus territorios. Son iniciativas innovadoras de desarrollo local que van

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desde ampliar las opciones de empleo, superar la pobreza, programas de salud y de educación, experiencias de participación ciudadana y corresponsabilidad con los gobiernos locales, sistemas de planeación y presupuestos participativos, hasta avances en materia de urbaniza-ción, seguridad pública, de recuperación y rehabilitación del medio ambiente y de desarrollo de asociaciones intermunicipales para hacer más eficaz la prestación de servicios públicos y mejorar las funciones de los municipios.

La intermunicipalidad es un mecanismo eficaz de trabajo de coordinación para resolver problemas en común. Como parte de las competencias y facultades que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le reserva en exclusiva a los municipios, en el artí-culo 115, esta figura los faculta para «coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que le corresponden». Debido a esta atribución propia de los municipios, pueden promover la creación de una asociación intermu-nicipal, mediante un acuerdo libre y voluntario, para resolver dificulta-des comunes de forma solidaria, cooperativa y conjunta.

En este sentido, en diversas regiones del país es posible encontrar municipios que han logrado desarrollar esquemas de coor-dinación horizontal entre gobiernos municipales, venciendo inercias centralistas y logrando establecer una productiva colaboración inter-gubernamental con los órdenes de gobierno estatal y federal. Entre sus objetivos está lograr el desarrollo e institucionalización de estas prác-ticas de gestión pública integral para modernizar y mejorar los ser-vicios públicos y ejercer mejor sus funciones. Tales iniciativas son las experiencias de asociacionismo intermunicipal en el estado de Jalisco.

Desde mediados de los años noventa, el Gobierno del Estado de Jalisco ha impulsado iniciativas de cooperación interins-titucional entre y con los municipios, apoyando procesos asociativos a través de la creación de organismos públicos descentralizados in-termunicipales, como política pública de la Secretaría de Desarrollo Rural (Seder) y la Secretaría del Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (Semades) del Estado de Jalisco, ahora Secretaría de Me-dio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet).

Las primeras experiencias de cooperación intermunici-pal en Jalisco comenzaron a constituirse en la última década del siglo XX. La primera fue el Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Al-cantarillado (Siapa), para dar estos servicios a los municipios conur-bados de la Zona Metropolitana de Guadalajara, compuesta por cua-tro municipios: Guadalajara, Tlaquepaque, Tonalá y Zapopan. Operó a partir de 1978, sin embargo, hasta el 2002 los municipios firmaron un convenio de asociación y en el año 2013 se da paso a convertirlo en organismo público descentralizado estatal. En 1989 se fundó el Con-

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sejo de la Zona Metropolitana de Guada-lajara (Czmg), que más que una intermu-nicipalidad, fue concebida como comisión interinstitucional de coordinación y apoyo presidida por el Gobierno del Estado, e in-cluye cinco municipios adicionales a los citados, que son: El Salto, Ixtlahuacán de los Membrillos, Juanacatlán y Tlajomulco de Zúñiga.

Respectivamente, bajo el es-quema horizontal de cooperación entre municipios, las asociaciones intermunici-pales de Jalisco comenzaron a formarse en el 2001 cuando ocho gobiernos municipales y varias organizaciones no gubernamenta-les se reunieron con la finalidad de mejorar la gestión ambiental de la cuenca baja del río Ayuquila. Así surge, con vocación múltiple, la Junta Intermunicipal de Medio Ambien-te para la Gestión Integral de la Cuenca del Río Ayuquila (Jira), cuyo convenio se firma en el 2007. Este organismo está integrado por diez municipios: Autlán de Navarro, Ejutla, El Grullo, El Limón, San Gabriel, Tolimán, Tonaya, Tuxcacuesco, Unión de Tula y Zapotitlán de Vadillo. La Jira fue el modelo base para crear sistemas intermu-nicipales en la entidad.

A partir de dicha experiencia se irán constituyendo varios sistemas inter-municipales con vocación única, a través de los denominados sistemas intermunicipales para el manejo de residuos (Simar). Entre ellos podemos mencionar al SIMAR Ayu-quila-Valles, formado por cuatro munici-pios: Ejutla, El Grullo, El Limón y Unión de Tula; el SIMAR Ayuquila-Llano, integrada por cinco municipios: San Gabriel, Tonaya, Tuxcacuesco, Tolimán y Zapotitlán de Va-dillo; ambos fueron creados en el 2008. El

SIMAR Sureste comenzó en 2008 con seis municipios del Estado de Jalisco, y hoy es-tán asociados diez municipios, de los cuales uno es del Estado de Michoacán. Sus inte-grantes son: Concepción de Buenos Aires, La Manzanilla de la Paz, Mazamitla, Qui-tupan, Santa María del Oro, Teocuitatlán de Corona, Tizapán el Alto, Tuxcueca y Valle de Juárez, todos de Jalisco, y Marcos Caste-llanos del Estado de Michoacán. Asimismo, el SIMAR Sur-sureste, que en su creación en 2009 fue integrado por cuatro municipios de Jalisco, que son Tamazula de Gordiano, Tecalitlán, Tuxpan y Zapotiltic, a los cuales se sumó posteriormente Pihuamo, Jilotlán de los Dolores y Tonila. Cabe mencionar que, en el caso de SIMAR Sureste, desde el 2009 de forma gradual se fueron adhirien-do más ayuntamientos debido a la buena organización y funcionamiento del modelo intermunicipal de gestión pública integral que ha resuelto de modo sustentable el ma-nejo de residuos sólidos en la región y me-jora la calidad de vida de sus habitantes. El SIMAR Altos Sur conformado el 25 de julio de 2008 con los municipios de San Ignacio Cerro Gordo, Acatic, San Julián, Caña-das de Obregón, Jalostotitlán, Jesús María, Mexticacán, San Julián, San Miguel El Alto, Tepatitlán de Morelos, Valle de Guadalupe, Yahualica de González Gallo y Atotinilco El Alto, esta asociación no logro prosperar por la falta de acuerdo de los gobiernos munici-pales, quedando sólo en papel. También se conforma el SIMAR Sierra Sur con los mu-nicipios de Tapalpa y Atemajac de Brisuela, y por último el SIMAR Lagunas que suscri-bió el convenio el 23 de mayo de 2013 con-formado por los municipios de Zapotlán el Grande, Gómez Farías y Amacueca.

ASOCIACIONISMOINTERMUNICIPAL

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conformada el 24 de mayo de 2013 por los municipios de Casimiro Castillo, Cuautit-lán de García, Villa Purificación, La Huerta y Tomatlán.

Las asociaciones intermu-nicipales abren enormes posibilidades de resolver problemas comunes en diversas regiones del país, al constituir este tipo de mecanismo de coordinación colectiva entre varios municipios para mejorar sus capaci-dades institucionales y de gestión pública municipal. Reconociendo la importancia del carácter estratégico de los organismos públicos descentralizados intermunicipales (OPDI) establecidos en Jalisco, es impor-tante hacer un recorrido sistemático por el modelo de gestión y experiencia de SIMAR Sureste, que han enfocado su planeación y gestión municipal a fortalecer un desarrollo y manejo eficiente, integral y sustentable de los servicios públicos.

Ante la urgencia de resolver problemas del crecimiento urbano y del deterioro ambiental existentes en Jalisco, las figuras y herramientas de coordinación del sistema intermunicipal SIMAR Sures-te constituyen una oportunidad real para conocer a fondo sus instancias directivas y operativas, su funcionamiento, la formula-ción e implementación de proyectos, y sus impactos en la población, en los municipios y en sus territorios, mediante una visión y enfoque territorial integrado del desarrollo.

Entre los años de 2009 y 2013 se establecen otros organismos públicos des-centralizados intermunicipales de vocación múltiple. Uno es la Junta Intermunicipal de Medio Ambiente para la Gestión Integral de la Cuenca del Río Coahuayana (Jirco), constituida por doce municipios: Concep-ción de Buenos Aires, Gómez Farías, Ma-zamitla, Pihuamo, Quitupan, Tamazula de Gordiano, Tecalitlán, Tonila, Tuxpan, Valle de Juárez, Zapotlán el Grande y Zapotiltic. Otra es la Asociación Intermunicipal para la Protección del Medio Ambiente y el De-sarrollo Sustentable del Lago de Chapala, conocida como Aipromades, integrada por dieciséis municipios: Atotonilco El Alto, Ayotlán, Chapala, Degollado, Ixtlahuacán de los Membrillos, Jamay, Jocotepec, Jua-nacatlán, La Barca, La Manzanilla de la Paz, Ocotlán, Poncitlán, Tizapán del Alto, Tototlán, Tuxcueca y Zapotlán del Rey; esta asociación atiende las problemáticas que afectan el Lago de Chapala, que es uno de los patrimonios naturales importantes de Jalisco. La Junta Intermunicipal de Medio Ambiente Sierra Occidental y Costa (Jisoc), constituida por siete municipios: Atengui-llo, Cabo Corrientes, Guachinango, Masco-ta, Mixtlán, San Sebastián del Oeste y Tal-pa de Allende, del Estado de Jalisco, cuyo convenio fue publicado el 19 de junio de 2012. Y por último, la Junta Intermunici-pal de Medio Ambiente Costa Sur (Jicosur)

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En el transcurso de las últimas dos décadas, en México ha cre-

cido la valoración de los ayuntamientos como actores decisivos para el desarrollo y la gobernabilidad democrática del país. Los municipios juegan un papel determi-nante para atender la creciente demanda de servicios públicos y hacer frente a las necesidades de infraestructura de la pobla-ción. En ellos recae la enorme responsabi-lidad estratégica de promover el desarrollo social, económico local y ahora ambiental, para elevar la calidad de vida de la pobla-ción y propiciar un ordenamiento racional y sustentable del territorio.

El proceso de descentraliza-ción del Estado mexicano, en particular la reforma constitucional de 1999 en mate-ria municipal, le confirió al ayuntamiento carácter de gobierno con plenos derechos y competencias en exclusiva. Con antece-

dentes en la reforma municipal de 1983, el replanteamiento de las funciones y respon-sabilidades de los gobiernos municipales permitió facilitar la descentralización para que los municipios contaran con mayores recursos fiscales y mayor autonomía polí-tica, y cumplir un importante papel para el desarrollo urbano del país. Ese nuevo per-fil de los municipios los integró por com-pleto a la planeación del desarrollo y a la dinámica del federalismo mexicano.

Para los municipios, la pres-tación de los servicios públicos es una gran responsabilidad que deben satisfacer con la planeación y el desarrollo sustentable de su territorio. Constituye también uno de los elementos fundamentales que mantie-ne su relación con la comunidad, dada su naturaleza y su función de instancia públi-ca para el desarrollo local y su valor regio-nal estratégico.

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Dependiendo de su particular capacidad financiera y de recursos humanos, técnicos y materiales, tienen la facultad de concesionar los servicios; de hacer convenios de coordinación entre gobiernos municipales con los gobiernos estatal y federal; trans-ferir la prestación de uno o varios servicios a un organismo descentralizado; crear una empresa de participación municipal, un fideicomiso público y mediante la prestación mixta, combinando los esquemas anteriores. En este marco, la introducción de la figu-ra asociativa intermunicipal en el Artículo 115 constitucional, fracción III, a partir de 1983, indica que la administración pública mexicana, en un proceso de modernización y descentralización, introdujo esta competencia para contribuir a crear «entes locales complejos», con la que los municipios pueden constituir estrategias administrativas y operativas eficaces en la prestación y gestión de los servicios públicos y poder ejercer mejor las funciones que les corresponden.

Desde esa década, en el país se abrieron amplias posibilidades para que los municipios colindantes, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, unifiquen estrategias y esfuerzos, coordinando recursos en la solución y/o prestación de uno o varios servicios públicos. Con los ajustes constitucionales de 1999 en este rubro, a los municipios se les otorgó ampliar su capacidad asociativa para prestación de servicios públicos, no sólo a los ayuntamientos dentro de una misma entidad federativa, sino entre dos o más estados, siendo necesario contar con la aprobación de las legislaturas de los estados respectivos. Esta base normativa es sustancial, pues significa que el asociacionismo intermunicipal se integra y forma parte de la concepción de la organización política y territorial del Estado mexicano, como república federal, cuyos estados —artículos 40 y 41— tienen la libertad y la soberanía de decidir sobre sus regímenes interiores, aunque deben considerar el marco constitucional general.

De esta manera pueden paliar las insuficiencias y responder a sus responsa-bilidades básicas para la prestación de servicios públicos a la comunidad. Sin embargo, en términos generales, las asociaciones intermunicipales, como entes locales complejos, deben regirse por un acuerdo que dé lugar a un convenio o un estatuto. La figura del acuerdo de constitución de la fórmula asociativa intermunicipal con carácter voluntario, permite regir la organización, el funcionamiento y las actividades a desarrollar de los municipios asociados.

En México es común que existan prácticas asociacionistas que se dan de for-ma espontánea entre municipios. No obstante, se deberá aprovechar con mayor frecuen-cia la facultad de asociación que tienen los municipios para incentivar el establecimiento de un acuerdo formal o convenio, ya que fortalece la autonomía municipal. Esto es así, ya que la autonomía se entiende como la capacidad del ente local para decidir sobre sus asuntos propios, la cual incluye la capacidad de legislar para establecer normas de aplica-ción universal y obligatoria sobre las personas que habitan en un territorio determinado. Estas capacidades le permiten cumplir, de manera más eficaz, no sólo la prestación de uno o varios servicios públicos, sino además traducirlos en reglas claras de operación para regular, dar seguimiento y contar con sistemas de control en la organización y fun-cionamiento de las acciones coordinadas, y también para resolver cualquier problema que surja entre las partes que integran la intermunicipalidad. Por otro lado, dicha auto-nomía política-institucional está delimitada por el marco legal nacional.

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La ManzanillaLa Manzanilla de la Paz de la Paz

MazamitlaMazamitla

En ello radica la necesidad de conocer los escenarios más efectivos y de oportunidad para incentivar esta práctica intermunicipal, contando con mayores posi-bilidades de enfrentar los obstáculos poten-ciales de orden institucional, económico y político, que pueden desalentar la creación e implementación de esta figura asociativa. Al-gunos estudios han analizado los incentivos en términos de costos-beneficios para crear asociaciones entre municipios, así como las potenciales dificultades para su formación como es la filiación partidista de los gobier-nos municipales y estatal, y la falta de expe-riencia de los gobiernos (Rodríguez-Oreggia, Tuirán, 2006; Sánchez, 2011). Asimismo, esta capacidad puede ser limitada por la escasa información sobre esta metodología de tra-bajo cooperativo, la falta de incentivos eco-nómicos o bien por las condicionantes de los recursos etiquetados, por el periodo trianual de Gobierno municipal y por la poca visión a largo plazo en beneficio de la ciudadanía, del desarrollo local y regional.

Los casos de asociaciones en Jalisco, y en específico la experiencias de aso-ciacionismo intermunicipal SIMAR Sureste revelan que los municipios, el Gobierno es-tatal y el federal pueden generar y establecer mecanismos de coordinación interguber-namental financieros, normativos e institu-cionales mejor desarrollados, para motivar la creación y continuidad de esta acción pú-blica. Por el potencial y perspectivas para el desarrollo social e integral de las localidades y las regiones, y tomando en consideración la heterogeneidad y diversidad de los gobiernos locales, las reformas de descentralización y modernización del país tienen un futuro plausible a través del asociacionismo inter-municipal.

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• A diferencia de las entidades locales simples o básicas que son los municipios, una intermunicipalidad es un ente local complejo. Está lejos de ser una fusión de municipios o una empresa pública; como ente local complejo funciona bajo reglas públicas y tiene una personalidad jurídica propia;

• Se concibe como un esquema intermunicipal o ente local complejo y no precisa-mente de relaciones de coordinación intergubernamental;

La intermunicipalidad crea un ente local de encuentro de colaboración y coordinación con capacidad de decisión. Por tanto, es una metodología de gobierno político y administrativo que organiza la cooperación entre municipios.

Esencialmente tiene un carácter voluntario y flexible a la vez. Al respetar la autonomía municipal, se mantiene la naturaleza jurídica e institucio-

nal de cada municipio asociado, y lo que conciertan o acuerdan son los medios, el tipo de organización y los esfuerzos para una acción común. Así es posible precisar que: «El asociacionismo voluntario intermunicipal es una fórmula pactada de fines comunes, en la que libre y potestativamente los municipios que la crean, definen su participación en el financiamiento y en los órganos de gobierno» (Santín, 2002). La complejidad de la entidad local asociativa radica en su naturaleza institucional. Sus límites y alcances al interior de la organización territorial del poder político y administrativo del estado son:

• Evita un nuevo nivel de gobierno, pues la intermunicipalidad busca la adecuación entre la permanencia de las identidades municipales y las necesidades de una ad-ministración horizontal moderna;

• No se crea una estructura política distinta a los propios municipios y a las entida-des federativas. No es un poder intermedio;

• En consecuencia, el asociacionismo intermunicipal responde al propósito de for-talecer al municipio, pero sin afectar a las entidades del pacto federal en que se funda el Estado mexicano;

• En la construcción del federalismo y en los retos de la descentralización, el asocia-cionismo juega un papel importante para el municipalismo.

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caráctEr Voluntario: decisión de cada municipio.

pErSonalidad jurídica: acuerdo formal entre Ayuntamientos: convenio o estatuto + re-glamento. Personalidad jurídica distinta a la de los municipios miembros, cuando se unen diversos municipios nace una nueva entidad local compleja o compuesta, persona de de-recho público de naturaleza institucional, con sus propios órganos y presupuesto. Los municipios que la integran conservan su autonomía y no se alteran sus facultades.

con propóSitoS y FinES ESpEcíFicoS: con vocación única o múltiple, esto es, con uno o con varios fines. Ejemplo: recolección de basura o transporte o agua potable (vocación única). Recolección de basura + agua potable + conservación del medio ambiente (voca-ción múltiple).

EStructura Económica, política y tÉcnica: sistema de financiamiento, órgano de deci-sión, de gestión operativa y rendición de cuentas.

VariEdad y FlExiBilidad: de acuerdo con la posibilidad de adaptación a las exigencias de cada caso. La variedad está dada por el número de miembros (número potestativo).

• La manera en que se desempeña el convenio de la asociación, implica prever to-das las reglas de funcionamiento con un órgano de representación, con mecanis-mos de decisión, con formas de presupuestación, con dispositivos de rendición de cuentas, respetando las diferencias de los municipios, ejerciendo por delegación una o más competencias;

• Se crea un organismo público descentralizado de tipo horizontal para la toma de decisiones para la gestión diversa de los servicios públicos que determinen los municipios que deciden asociarse;

• Los municipios asociados conservan sus obligaciones y facultades constituciona-les, aun cuando realicen de forma común a través del organismo público descen-tralizado uno o varios servicios públicos o alguna de sus funciones.

En suma, es una importante facultad de los municipios que tenga sus bases, fines y naturaleza, así como una metodología propia para formalizar e implementar con mayores posibilidades de éxito y eficacia operativa los pasos jurídicos, técnicos, económicos y políticos del modelo de cooperación intermunicipal.

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En México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos incentiva esta figura en la dinámica de la organización territorial y son los ayunta-mientos las instancias que tienen la facul-tad para crearlas. Los municipios, en todo el país, deberán cubrir una serie de reqEn México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos incentiva esta figura en la dinámica de la organización territorial y son los ayuntamientos las ins-tancias que tienen la facultad para crearlas. Los municipios, en todo el país, deberán cubrir una serie de requisitos básicos para su formalización. Cabe señalar que en cada entidad federativa estatal existen diferen-cias en la regulación del asociacionismo in-termunicipal, dependiendo del desarrollo que los legisladores locales les atribuyan. Ello produce cierta diversidad formal en la celebración de los acuerdos asociacionistas entre municipios. Ahora bien, la Consti-

tución prevé que si se asocian municipios de dos o más estados, deben contar con la aprobación de los congresos locales respec-tivos, por lo que hay que considerar tam-bién las particularidades normativas en cada gobierno estatal.

Al día de hoy son más las en-tidades federativas con marcos jurídicos con un alto perfil, cuya legislación tiene mejores alcances en materia de asocia-cionismo; otros tienen perfil medio, pues desarrollan preceptos que condicionan la autonomía de los gobiernos municipales, y el menor número de entidades no han llegado a legislar sobre el tema o incluso existen vacíos evidentes. No obstante, el marco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos constituye la base necesaria que otorga esta facultad de asociación y cooperación para todo tipo de municipios sin distingos.

INTERMUNICIPALIDADPRObLEMA EN COMúN A RESOLvER.

NO ALTERA LA AUTONOMíA NI LAS fACULTADES PARTICULARES DE CADA GObIERNO MUNICIPAL

MUNICIPIO APlan de desarrolloAgua,drenaje,alcantarilladoCalles, equipamiento.Limpia, recolecciÛn,traslado, tratamiento,residuos.Alumbrado

MUNICIPIO bPlan de desarrolloAgua,drenaje,alcantarilladoCalles, equipamiento.Limpia, recolecciÛn,traslado, tratamiento,residuos.Alumbrado

MUNICIPIO CPlan de desarrolloAgua,drenaje,alcantarilladoCalles, equipamiento.Limpia, recolecciÛn,traslado, tratamiento,residuos.Alumbrado

MUNICIPIO DPlan de desarrolloAgua,drenaje,alcantarilladoCalles, equipamiento.Limpia, recolecciÛn,traslado, tratamiento,residuos.Alumbrado

ASOCIACIÓN INTERMUNICIPAL

PARA EL MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

URBANOS

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EL PACTO

1. Acuerdo y aprobación del proyec-to de convenio por los cabildos de los municipios interesados. Este acuerdo debe ser publicado en el periódico oficial;

2. Definición de un proyecto eje-cutivo de obras y acciones (con respaldo de estudio técnico) para la prestación de uno o varios ser-vicios públicos o para el ejercicio de alguna de sus funciones;

3. De manera preferente, contar con un inmueble escriturado a nombre de la asociación de municipios para evitar dificulta-des que puedan interrumpir los programas y acciones conjuntas. Esto es, contar con oficinas para el órgano operador y administra-tivo de la intermunicipalidad para cumplir su objeto y finalidad;

4. Desde hace diez años se exige el cumplimiento de normas ofi-ciales, en particular de medio ambiente. Así los municipios deberán contar con el dictamen favorable de impacto ambiental.

Estructura

Al crearse la intermunicipalidad, esta-blece una nueva estructura orgánica con diversas áreas:

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a) La máxima autoridad es un órgano de gobierno integrado por los presidentes de los ayuntamientos que lo crearon, toman decisiones como cuerpo cole-giado. Esta autoridad puede llamarse consejo intermunicipal de administra-ción, y también puede contar con la integración de instituciones invitadas a participar en este órgano, como son secretarías del Ejecutivo de la entidad o delegados;

b) De igual forma se crea un consejo téc-nico o su equivalente, que es operado por un director encargado de adminis-trar el organismo público descentrali-zado intermunicipal y hacer cumplir los acuerdos de su autoridad máxima;

c) Un consejo técnico y/o consejo ciuda-dano para apoyar la operatividad de su estructura administrativa.

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CapítulO uno Asociacionismo Intermunicipal

16 | SIMAR Sureste

La estructura orgánica interna de la asociación permite dar viabilidad a esta figura pú-blica ante los cambios de los gobiernos municipales cada tres años. Como orga-nismos públicos descentralizados, están normados y regulados por los congresos locales. Administran recursos públicos, están sujetos a las responsabilidades de fiscalización y rendición de cuentas. Los organismos públicos descentralizados in-termunicipales no son independientes del consejo intermunicipal de la asociación (autoridades municipales), pero sí son au-tónomos en el sentido administrativo y técnico, y los integrantes del organismo operador perciben salarios.

La intermunicipalidad debe-rá contar con una asignación presupuestal de parte de los municipios integrantes para su operación. Además es posible estable-cer una tarifa general por la prestación del servicio. En términos financieros es funda-mental lograr que este organismo de coo-peración asociativa sea sustentable y viable en el corto, media-no y largo plazo, pues su objeto legal constitutivo es el de prestar un servicio

público, por lo que debe prever contar con su presu-

puesto anual. Esto es fundamental, puesto que el servi-cio público es una función del Estado en-cargada como facultad en exclusiva a los municipios, por tanto, es una actividad y obligación administrativa del Gobierno municipal. Nos dice Rendón: «la importan-cia de la administración para los habitantes de una localidad, radica en la eficacia y efi-ciencia de los servicios públicos» (Rendón, 1998: 235). Cabe reiterarlo, al ser competen-cias ineludibles de los municipios, bajo los principios de obligatoriedad y de continui-dad, los servicios públicos deben mantener, prevenir cualquier interrupción y propor-cionarlos de manera regular. De modo que los municipios, bien sea que los suministren de forma particular o de manera asociativa, conservan la obligación de contar con las previsiones presupuestales para el ejercicio de los servicios públicos que forman parte de los fines concretos y jurídicos —de Dere-cho Público— de su actividad como admi-nistración pública.

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EL PACTO

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El Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos (SIMAR Sureste), es un organismo público descentralizado intermunicipal

(OPDI), creado mediante un convenio de asociación y colaboración el 15 de octubre de 2008, con el propósito de planear, gestionar y administrar infraestructura común para la prestación de los servicios públicos de limpieza, recolección selectiva, transferencia, acopio, tratamiento y disposición final de residuos sólidos, así como diseñar e imple-mentar políticas públicas de manera intermunicipal para la prevención, reutilización, valorización y aprovechamiento de subproductos por medio de la aplicación de las treserres (reducir, reutilizar y reciclar), en términos de los establecido por la legislación nacional vigente. Esta asociación se localiza en la región sureste del Estado de Jalisco y está conformada por diez municipios: Mazamitla, Quitupan, Valle de Juárez, Santa María del Oro, La Manzanilla de la Paz, Concepción de Buenos Aires, Teocuitatlán de Corona, Tuxcueca y Tizapán, del Estado de Jalisco; así como el municipio de Marcos Castellanos, del Estado de Michoacán de Ocampo.

Este modelo asociativo es el primero en el país en considerar que para solucio-nar un problema común es indispensable conformarlo de manera regional, haciendo uso de las facultades establecidas en el artículo 115 de la constitución, que permite la asociación de municipio de dos entidades federativas para la mejor prestación de los servicios, previa autorización de ambas legislaturas. Por ello se incluyó al municipio de Marcos Castella-nos de Michoacán de Ocampo, que al igual que los municipios Jaliscienses compartían la problemática del inadecuado manejo de los residuos que afectaba por igual sus territorios, afectaciones ambientales y de salud pública.

Este esfuerzo asociativo surge a iniciativa del Gobierno del Estado de Jalis-co, a través de la entonces Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (Se-mades), ahora Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet), con la finalidad de establecer un esquema de soporte técnico, financiero y de planeación a los municipios para mejorar sus modelos de manejo de residuos sólidos para cumplir con lo establecido por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (Lgp-gir) y el Plan Nacional para la Prevención y Gestión Integral de Residuos de la Semarnat que establecen las facultades y obligaciones de los tres niveles de gobierno en materia

Contexto general de la del Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste (SIMAR Sureste)

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CapítulO uno Asociacionismo Intermunicipal

18 | SIMAR Sureste

de residuos sólidos.El objetivo estatal era la conformación de esquemas regionales para la construcción de infraestructura bá-sica para el manejo

integral de residuos só-lidos –especialmente re-

llenos sanitario- que per-mitirán invertir de manera

más eficiente de los escasos recursos públicos asignados

en temas ambientales median-te economía de escala, tanto en

la construcción de obra pública como en la distribución de los cos-

tos de operación que le corresponde a los ayuntamientos.

Con la conformación de organismos operadores, la construc-

ción de la infraestructura común y los li-neamientos básicos determinados para el

desarrollo e implementación de políticas públicas en materia de prevención y ges-

tión integral de residuos se lograría dar el paso en la continuidad con los cambios de administración municipal, así como la pro-fesionalización de los sistemas de limpia.

En 2007 se elabora el diagnós-tico sobre la situación que imperaba en los municipios que conforman el SIMAR Su-reste. Este documento arrojó información preocupante sobre el inadecuado manejo de los residuos y la falta total de infraes-tructura para el confinamiento de resi-duos de acuerdo con lo establecido con la normatividad ambiental vigente. Desde la operación de tiraderos a cielo abierto, localizados en áreas forestales, lechos de ríos y zonas federales, camiones recolec-tores obsoletos, con alto costo y pésimo servicio público de limpia, un reducido porcentaje de cobertura con servicio de recolección, baja capacidad técnica y financiera; carencia de programas y re-

glamentación, eran algunos de los aspectos a resolver de manera coordinada.

De igual manera, el reporte señalaba que los servicios públicos se ha-bían complicado por los cortos periodos de las administraciones municipales que im-pedían comprometer recursos públicos o privados más allá del periodo de gobierno, la nula inversión y el desconocimiento de la gestión pública por parte de las autoridades municipales, por lo que era necesario esta-blecer un nuevo modelo para mejor sustan-cialmente los servicios públicos de limpia, recolección, separación, traslado dispo-sición final de los residuos, que llevara a cumplir lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión de Residuos y las políticas de la Semarnat y el Gobierno del Estado de Jalisco.

El Sistema intermunicipal de manejo integral de residuos sólidos (SI-MAR) lo podemos definir como la asocia-ción de dos o más municipios coordinados mediante un organismo operador para articular e interrelacionar acciones norma-tivas, financieras, de planeación, adminis-trativas, sociales, educativas, de monitoreo, supervisión y evaluación para el manejo integral de residuos, desde su generación hasta su disposición final, a fin de lograr beneficios ambientales, la optimización económica de su manejo y sus aceptación social, respondiendo a las necesidades y circunstancias específicas de cada lugar.

Bajo este contexto, la voluntad y compromiso político de los presidentes municipales de Mazamitla, Quitupan, Va-lle de Juárez, Santa María del Oro, La Man-zanilla de la Paz, Concepción de Buenos Aires, Teocuitatlán de Corona, Tuxcueca y Tizapán, del Estado de Jalisco; así como el municipio de Marcos Castellanos, del Esta-do de Michoacán de Ocampo, el gobierno del Estado y la Semarnat, surge el SIMAR Sureste para dar respuesta a la sociedad en la mejora de los servicios públicos.

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El SIMAR Sureste está a cargo del Consejo de Admi-nistración, autoridad máxima, presidido por un presi-

dente municipal y una Dirección General, que tiene a cargo la ad-ministración y operación del organismo. También tiene el Consejo Técnico Asesor y de Participación Ciudadana (Reglamento Interior del Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste: Artícu-lo 16), como espacio de participación de la comunidad científica y educativa, organizaciones privadas, civiles o públicas de la región, para emitir su opinión sobre las acciones y actividades emprendidas por el organismo operador.

El Consejo de Administración se integra por los presi-dentes municipales, así como por el secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco (Semadet), el director general del Instituto de Información Territorial del Esta-do de Jalisco (Iitej); y el delegado federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno Federal (Semarnat), fa-voreciendo una relación y coordinación política intergubernamental, para la institucionalización de la asociación con la participación de los tres niveles de gobierno, y la apertura a diferentes actores sociales para emitir opiniones, sugerencias y rendición de cuentas con apoyo del Consejo Asesor y de Participación Ciudadana.

Entre las atribuciones que goza el Consejo de Admi-nistración, destaca el determinar y aprobar las políticas y criterios técnicos de organización y administración que orienten las activi-dades institucionales, autorizar el presupuesto e inversiones, otorgar poderes legales, aprobar los estados financieros y balances, autorizar auditorías con el objeto de supervisar y vigilar su administración y eficaz funcionamiento, y determina el establecimiento de las tarifas para el cobro de los servicios, entre otras. Asimismo, se establece que la presidencia del consejo sólo puede ser ocupada por un presidente municipal en un periodo de un año (Galván, 2010), con lo que se pue-de apreciar que en la toma de decisiones va encaminada a fortalecer las capacidades de gestión pública de los gobiernos locales integran-tes frente al estado y la Federación, así como lograr cumplir con los objetivos y fines para los cuales fue creada la asociación (Reglamento Interior del Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste: Artículo 8), propiciando que todas las expresiones político-partidis-tas puedan presidir la junta de gobierno.Es

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El presidente del consejo tie-ne las facultades de convocar a las sesio-nes, presidir y representar al organismo público en todos aquellos eventos o reu-niones que lo requieran, así como presen-tar anualmente un informe de actividades, mismo que se hace en el lugar de origen del presidente en funciones a fin de dar a conocer los avances y rendición de cuentas de su periodo. La información que se da a conocer en los informes de actividades del presidente del consejo está relacionada con el Programa Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste, instrumento de política que establece la planeación del organismo operador, y que enseguida comentaremos su contenido y cómo ha impactado en la mejora de los servicios públicos de limpia en los municipios.

Los integrantes del Consejo de Administración gozan del derecho de voz y voto —a excepción del secretario técni-co que es el director general, que sólo tiene voz en la toma de decisiones—, quedando de manifiesto la predominancia del voto y la toma de las decisiones en las autoridades municipales. Para el funcionamiento ope-rativo y administrativo la Dirección tiene como estructura mínima una coordinación administrativa, una de infraestructura y una de educación ambiental.

CAPíTULO UNO Asociacionismo Intermunicipal

20 | SIMAR Sureste

Esta estructura puede ampliarse, siem-pre y cuando exista la justificación y sea aprobada por el Consejo de Administra-ción. Las coordinaciones tienen las atribu-ciones comunes de:

1. Acordar con el director asuntos de competencia de cada una de éstas;

2. Planear, programar, organizar, dirigir y controlar el funcionamiento de las áreas administrativas de adscripción;

3. Elaborar y poner a consideración del director el proyecto de programa anual de trabajo de su área, así como orga-nizar, dirigir, supervisar y evaluar sus actividades, programas y proyectos;

4. Elaborar los estudios y proyectos de las áreas a su cargo, así como los acuer-dos y resoluciones que deban emitirse;

5. Establecer la coordinación entre las áreas en la ejecución de sus atribuciones;

6. Promover medidas de modernización y simplificación administrativa;

7. Promover la capacitación del personal a su cargo para su desarrollo profesio-nal y la mejora continua en la presta-ción de servicios;

8. Evaluar el desempeño del personal a su cargo;

9. Mantener en las mejores condiciones de operación y limpieza los equipos y vehículos a su cargo para garantizar la máxima seguridad física del personal;

10. Mantener actualizados archivos y res-guardos de equipos.

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La Dirección General, juega un papel fundamental para el éxito o no del modelo asociativo aquí presentado. Tiene la misión de lograr, junto al liderazgo del presi-dente del consejo en turno, los consensos necesarios para desarrollar las políticas y pro-gramas para la adecuada administración, operación y fortalecimiento de la institución intermunicipal, que los lleve a institucionalizar las prácticas de gestión pública integrales para la continuidad en el mejoramiento del servicio de manejo integral de residuos.

El organismo intermunicipal ha registrado tres cambios de gobiernos mu-nicipales en Jalisco y Michoacán. Su continuidad ha sido posible por los avances signi-ficativos obtenidos y por los consensos alcanzados, sustentados en la efectiva utilidad e impacto económico, social y de desarrollo sustentable del modelo asociativo. La diversi-dad política y de actores en la conformación y puesta en marcha, han favorecido el avance de la experiencia asociativa que, a la fecha, ha logrado una serie de mejoras financieras, sociales y cívicas, ambientales, políticas y de programas en la gestión integral de residuos de forma regional y bajo principios de economía de escala producto de una relación inter-gubernamental entre las tres diversas instancias públicas en los tres niveles de gobierno.

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EL PACTO

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CapítulO uno Asociacionismo Intermunicipal

22 | SIMAR Sureste

Mejora de los servicios en los municipios que conforman el SIMARSureste

A cinco años de la sus-

cripción del convenio de

la primera asociación intermuni-cipal / in-terestatal del país, se

ha logrado romper el

modelo tra-dicional lineal, en que cada

municipios por sí y con sus propios

medios prestaba los servicios públicos

de limpia, recolección y disposición final, sin pla-

neación ni visión; pasando a un modelo complejo que resuelve difi-

cultades comunes de forma solidaria, coo-perativa y conjunta, logrando así cumplir con la obligación de ofrecer una gestión integral y eficiente de los residuos sólidos, disminuyendo costos, mejorando calidad de vida de la población y administrando adecuadamente el territorio.

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EL PACTO

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1. El cierre definitivo de nuevos tiraderos a cielo abierto localizados en áreas fo-restales, lechos de río y zonas federa-les que impactaba seriamente en la sa-lud pública en el ambiente y la pérdida de competitividad de los municipios.

2. La homologación de los Reglamentos municipales para la prevención y ges-tión integral de residuos, bajo un es-quema de política intermunicipal que permite unificar las acciones, políticas y objetivos institucionales.

3. El diseño, implementación y evaluación del primer instrumento de planeación denominado Programa Intermunicipal para la Prevención y Gestión Integral de Residuos Sureste 2009 - 2016, que esta-blece objetivos, estrategias, metas, res-ponsables, fuentes de financiamiento y calendario para mejorar los servicios pú-blicos de manera gradual y programada. Este documento ha sido cumplido antes de lo previsto por la voluntad política de los tres niveles de gobierno.

4. Construcción y operación de la esta-ción intermunicipal de transferencia de residuos en el municipio de Con-cepción de Buenos Aires, que sirve como punto de recepción intermedia a los municipio de Tizapán, Tuxcueca, La Manzanilla de la Paz, Teocuitatlán de Corona y Concepción de Buenos Aires, reduciendo costos y ampliando la prestación de servicios en localidad que no tenían atención.

5. Construcción y equipamiento con ma-quinaria pesada de un relleno sanitario

regional que donde se confinan aproxi-madamente 19,997 toneladas de resi-duos al año, provenientes de los muni-cipios que conforman el SIMAR Sures-te, y que se encontraban dispersos en tiraderos a cielo abierto.

6. Construcción de una planta intermuni-cipal de selección de residuos valoriza-bles, administrado por una cooperativa de clasificadores que da empleo a 12 personas de manera directa y donde se seleccionan materiales reciclables.

7. Construcción de cuatro centros de acopio de residuos valorizables en los municipios de Mazamitla, Quitupan, Tuxcueca y Marcos Castellanos del Es-tado de Michoacán.

8. Renovación de la flotilla vehicular de re-colección de los diez municipios con la entrega de 23 unidades de recolección de diversas capacidades, con lo que se aumentó la cobertura de los servicios de 57% en 2008 a 94% en 2013.

9. Se ha fortalecido financieramente el organismo operador con un plan de inversión que permite visualizar los costos de operación y las inversiones necesarias del sistema en el costo y mediano plazo.

10. Se ha logrado avanzar en la profesio-nalización del personal de limpia del organismo operador en cinco años.

11. Homologación de los criterios de clasi-ficación e identificación de los tipos de residuos para facilitar la participación social y el desempeño de los trabaja-dores de limpia.

ENTRE LOS LOGROS MáS DESTACADOS qUE

EL MODELO ASOCIATIvO hA PERMITIDO SE ENCUENTRAN:

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CAPíTULO UNO Asociacionismo Intermunicipal

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Actualmente el sistema atiende las necesidades de servicios de 90,014 habi-tantes y aproximadamente 130 mil turistas que visitan la sierra del Tigre en Mazamitla, en un territorio de 3,302 km2 y una gene-ración promedio de 19,9967.00 toneladas de residuos al año (Datos 2012).

El proyecto intermunicipal ha sido galardonado con diversos reco-nocimientos nacionales como interna-cionales por el modelo asociativo para la prestación el servicio de manejo integral de residuos y su planeación con una visión regional interestatal. Entre estos recono-cimientos se encuentran:

El 5 de junio, Día Mundial del Medio Ambiente, el SIMAR Sureste es pre-miado por el Gobierno del Estado de Jalisco con el Reconocimiento Jalisco al Compro-miso Ambiental 2010, por las acciones em-prendidas de manera intermunicipal para mejorar el servicio público de limpia y la ges-tión de residuos sólidos bajo un esquema de colaboración entre municipios.

El Premio de Gobierno y Ges-tión Local 2011, que promueve el Centro de Investigación y Docencia Económicas (Cide), con apoyo de diversas instituciones acadé-micas, organismos de promoción municipal, organismos no gubernamentales e institutos de cooperación internacional. El reconoci-miento tuvo el objetivo de identificar, anali-zar, reconocer y difundir las mejores expe-riencias de gobierno local, para contribuir a su institucionalización y replicabilidad para el desarrollo de mejores prácticas democrá-ticas y de gestión en el país. El premio se en-foca al reconocimiento de prácticas munici-pales a través de sus programas y políticas, que en el transcurso de por lo menos un año muestren un impacto positivo y sobresalien-te en su diseño e implementación.

CAPíTULO UNO Asociacionismo Intermunicipal

El SIMAR Sureste fue galar-donado en la XIII Edición del Concurso Escobas de Plata, Oro y Platino en el mar-co de la Feria Internacional de Medio Am-biente y Urbanismo en la ciudad de Ma-drid, España, con la presea La Escoba de Plata 2012, por promover y llevar a cabo una política eficaz en materia de preven-ción y gestión integral de residuos median-te la figura de mancomunidad de munici-pios en Jalisco.

Se obtuvo el reconocimiento como una de las mejores prácticas en go-biernos locales por la revista Alcaldes de México, en agosto de 2012.

El 30 de agosto de 2013, el SI-MAR Sureste es galardonado con Premio ICLEI al Gobierno Local Sustentable 2013, iniciativa de carácter no gubernamental en la que participan los gobiernos locales com-prometidos en el desarrollo sustentable del país. El reconocimiento estuvo dirigido a las autoridades locales y a los diversos actores que trabajan día a día para ejercer prácticas sustentables, es un incentivo para continuar las buenas prácticas locales con conciencia de los daños medio ambientales en los cuales nos vemos inmersos. El galardón se recibió en la ciudad de Oaxaca, Oaxaca, en el marco del XI Congreso Nacional ICLEI 2013, que tiene por objetivo identificar, analizar, reco-nocer y difundir las mejores experiencias de gobierno local en materia de sustentabilidad, para contribuir a su institucionalización y desarrollo de nuevas prácticas que en la me-dida de procesos de planeación, reformas a la estructura del gobierno y la movilización social aporten su granito de arena. Reco-nocer los esfuerzos que realizan los gobier-nos locales destaca las formas de actuación de los gobernantes, entregando soluciones que promueven buenos hábitos. El SIMAR

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EL PACTO

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• Profesionalizar al personal de limpia de los municipios para brindar mejo-res servicios.

• Fortalecer la capacidad de planeación estratégica de corto, mediano y largo plazo en cada uno de los municipios.

• Impulsar la capacitación, formación y participación cívica de la población en la clasifi cación de los residuos sólidos y el cuidado del entorno natural.

• Consolidar las fi nanzas del organismo que garantice la calidad y operatividad del sistema.

• Impulsar proyectos productivos con los residuos valorizables.

Como todo ente de derecho público, el SIMAR Sureste afrenta retos ineludibles en un mundo globalizado que obliga a inno-var, planear, invertir y promover la participación social e inter-gubernamental para brindar servicios de forma más eficiente y eficaz, con miras a consolidar el modelo asociativo para el ma-nejo integral de residuos sólidos y que debemos atender como asociación intermunicipal, como parte de la responsabilidad compartida entre gobiernos municipales y sociedad destacan:

• La continuidad de la política intermu-nicipal mediante un esquema horizon-tal de coordinación entre los diferentes actores.

• Promover entre los funcionarios de los diversos municipios que el SIMAR Su-reste es parte de su estructura orgáni-ca y no un ente público ajeno.

• Mantener la estabilidad y consenso en el consejo de administración.

EL PACTO

Sureste fue premiado en la categoría de INTERMUNICIPAL PARA GOBIERNO LOCAL EFICIENTE EN LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLI-DOS, propuesta evaluada por Agencia de Cooperación Alemana (GIZ), Procuraduría Federal de Protección Ambiental (PROFE-PA), Procuraduría Ambiental y de Orde-namiento Territorial del Distrito Federal (POAT), Instituto Global de la Sostenibili-dad del TEC de Monterrey (IGS/ITESM), Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Programa Uni-versitario de Medio Ambiente de la UNAM y el Instituto Politécnico Nacional (IPN).

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CON EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE MAZAMITLA

LA ENTREVISTA

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CAPíTULO DOS La Entrevista

Tres aspectos coinciden para crear un modelo exitoso de administración municipal, que es motivo de orgullo para Jalisco y para México. Como una llamada fuerte hacia los legisladores, se alza la voz de Mazamitla, demostrando la imperiosa necesi-dad de reflexionar sobre la modificación del perio-do constitucional para los gobiernos municipales, en aras de la continuidad en los proyectos a largo y mediano plazo o, en su caso, sobre la reelección.

En los hechos, ha quedado comproba-do que la pluralidad política y la alternancia no son obstáculo para mantener vigente el espíritu muni-cipalista, por más modestos que sean los recursos, cuando hay voluntad política entre los gobernantes. Y la asociación municipal, vinculada estrechamente a la conurbación, ha sido la fórmula más adecuada para resolver los problemas colectivos en una región del sureste de Jalisco. Esto deja entrever la revista concedida por el presidente municipal del llamado pueblo mágico.

Redacción IEF

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EL PACTO

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Eduardo Anaya Ruán, originario de Quitupan, pero avecindado

desde mediana edad en Mazamitla, médico veterinario zootecnista de profesión,

egresado de la Universidad de Guadalajara, “orgullosamente”, lo dice él, trabajó

muchísimos años en la iniciativa privada, antes de participar en la política. En el

año 2000, obtuvo su prejubilación a raíz de que un grupo de amigos lo motivaron

a que buscara la candidatura a la presidencia. Su imagen como ciudadano común

y corriente, sin saberlo, tenía una gran aceptación, por lo que prácticamente se vio

obligado a participar, correspondiendo a ese gran apoyo social manifestado, situa-

ción de la que ahora, dice, no se arrepiente, logrando ser nominado y después, obte-

niendo el triunfo electoral, llevando las riendas del ayuntamiento de este municipio

durante el periodo 2001-2003.

Preocupado por el desarrollo de su pueblo, comenta, siendo presidente municipal en su tierra adoptiva, apunta-ló, con mucha visión, tres ejes principales que, hasta ahora, han sido la clave para abrir nuevas fuentes de empleo, atraer in-gresos por la vía federal y de los servicios turísticos, de manera sustentable y compa-tible con la naturaleza, además de resolver el grave problema que representa el desti-no final de los residuos sólidos.

La idea de obtener el título de “Pueblo Mágico”, la tuvo el doctor Anaya Ruán durante su primera adminis-tración municipal (2001-2003). La gestión para obtener el nombramiento como tal, implicó múltiples viajes a Guadalajara, to-car muchas puertas y cumplir con todos los requisitos establecidos por la Secreta-ría de Turismo. Por el tiempo que la tra-mitología representó dicha autorización, le impidió recibirlo en sus manos, siendo entregado a quien le sucedió en el gobier-no. Pero, finalmente sus esfuerzos se vie-ron coronados, haciendo de Mazamitla un

verdadero “Pueblo Mágico”, tanto por su belleza natural como por su limpieza, en el 2005, siendo presidente Miguel Mejía Con-treras.

Con mucha visión a futuro, inició con un proyecto de largo alcance, denominado “Mazamitla 2020”, que con-sistió en un plan de desarrollo municipal a 25 años, al que ninguna institución de go-bierno le dio apoyo. Lo único que pudo ha-cer, fue sentar las bases de tal proyecto. El cual, en su primera y segunda reelección, al frente de la administración municipal, ha procurado mantener.

Otro de los problemas que le preocuparon al doctor Anaya Ruán, fue el destino final de los residuos sólidos. Pues su generación, recolección y manejo, repre-sentaban un serio problema de contamina-ción de todo tipo. Ello implicaba, comenta, un elevado costo para el mantenimiento de los vehículos transportadores, el tiempo de su recolección y un alto riesgo para sus operadores. Además, los tiraderos muni-cipales estaban a tres cuadras de la plaza principal, causando serios problemas de insalubridad, lo que iba en detrimento del turismo. Por ello, comenzó a trabajar con la idea de resolverlo. De ahí que haya pen-sado en un proyecto integral e intermuni-cipal para inhibir la presencia de tiraderos clandestinos, y la contaminación de ríos y arroyos, así como de carreteras.

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CAPíTULO DOS La Entrevista

28 | SIMAR Sureste

Pero lo que realmente ha catapultado a la tierra “donde se cazan los ve-nados con flechas” (1), es la creación del Sistema Intermunicipal de

Manejo de Residuos Sureste, mejor conocido como SIMAR Sureste. Todas las preguntas relacionadas con el terruño y sus proyectos, le hacen brincar de emoción al doctor Anaya, y va de un tema a otro. Entrecorta ideas, como queriendo expresar, en un solo instante, todo lo que tiene en mente para Mazamitla. La idea inicial de fundar SIMAR, fue del licenciado Francisco Javier Galván Meraz, un apasionado del asociacionismo en materia de la sustentabilidad ecológica, y único director general de la planta. Mientras que el doctor Anaya, como presidente municipal, la llevó a la práctica.

EL GRAN PROYECTO DE LA SIERRA

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EL PACTO

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El primer edil es alguien a quien poco se le ve sentado en su silla, por-que con frecuencia tiene que viajar a Guada-lajara o a la capital del país, para gestionar recursos y apoyos, e ir más allá del pro-yecto SIMAR y conseguir la conurbación con varios municipios, entre otras muchas cosas, que podrían ser objeto de una nueva entrevista. Fue a iniciativa de él que se invo-lucró a otros cuatro alcaldes (de Concepción de Buenos Aires, Quitupan, Valle de Juárez y La Manzanilla de la Paz). Y conforme se fueron incorporando otros municipios, hasta llegar diez en la actualidad, comenta, cada uno fue poniendo su parte económi-ca proporcional, con lo cual se han podido abaratar los costos de operación para todos.

En Mazamitla y en otras par-tes de la región, se han construido varios depósitos de residuos, bien controlados, que funcionan bajo estrictas normas ofi-ciales, pero en el municipio sede, hay pe-queñas estaciones que fungen como re-ceptores de residuos, cuya construcción está acorde con el entorno arquitectónico del municipio, y se encuentran equipados con departamentos para pre clasificarlos en llantas, pilas, celulares, papel, cartón, vidrio, metales, etc.

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30 | SIMAR Sureste

Detalla el doctor Anaya Ruán, que estos receptores están adapta-dos como contenedores, para que puedan ser levantados por un brazo mecánico que los invierte en el camión recolector, depositándolos por separado en diversos compartimentos, con destino a su primera criba, en una planta derivadora, para co-mercializarlos después.

Los problemas que han surgi-do en la operatividad del proceso, se han ido abatiendo con la cooperación de cada uno de los ayuntamientos participantes. Por ejemplo, a pregunta expresa, contesta que el municipio que tarda más tiempo en el traslado de los residuos es Tizapán el Alto, ya que tiene que recorrer alrededor de 65 kilómetros, pero ello motivó a que se gestionara una carretera que ya se está construyendo, con lo cual, la distancia se reducirá a sólo 17 kilómetros al tiradero desconcentrado que está cerca de San José de Gracia, Michoacán.

La tarea no ha sido fácil, pero fue fundamental el apoyo que, para enton-ces, recibió el naciente OPD, SIMAR, por parte de la SEMADES, gracias al cual se han obtenido logros importantes en forma directa, pues los municipios estuvieron en posibilidades de conseguir un parque ve-hicular de transportadores nuevos. Con lo cual se obtuvieron economías importan-tes, al disminuir el pago de servicios me-cánicos y el gasto de combustibles. Y, por otro lado, se pudo contar con un lugar de 20 hectáreas, al principio adecuado para depositar los desechos no reciclables, de acuerdo con todas las normas nacionales para la conservación del medio ambiente.

Entre otros resultados que se han conseguido, recuerda el doctor, está que los 25 que antes eran pepenadores, ahora son miembros de una cooperativa, contando con el equipo necesario para su protección e higiene, disminuyendo al máximo los riesgos de trabajo. Y se han

CAPíTULO DOS La Entrevista

Relleno Sanitario Mazamitla, operado como tiradero a cielo abierto,

(antes de SIMAR)

Relleno Sanitario Mazamitla, ( de SIMAR)

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DOS EJEMPLOS DEL TRABAJO DE SIMAR Sureste

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convertido en verdaderos promotores de la separación de los residuos só-lidos, principalmente entre sus familias y lugares de residencia. Y el ingre-so generado con la comercialización de lo reciclable, les da la seguridad de un ingreso fijo. Otra de las prestaciones, por así decirlo, comenta el presidente, que tienen los miembros de tal cooperativa, es que se les da la oportunidad de comprar materiales para, a su vez, revenderlos, disminu-yendo, por una parte, la carga de los camiones, y de ganarse algún dinero extra, a los operarios.

En cuanto a los logros indirectos, alcanzados con el proyec-to SIMAR, narra el doctor que con posterioridad, la invitación se hizo extensiva al municipio de Marcos Castellanos, perteneciente a Michoa-cán, con el propósito de sanear toda la cuenca del río de La Pasión, que impacta directamente a Chapala. Lo cual finalmente se logró, como algo adicional a la idea central de los residuos sólidos. Admitir al municipio michoacano implicó modificar el convenio de creación del SIMAR, en octubre de 2008, por lo que el Congreso de Jalisco emitió el decreto No. 22691, en octubre del 2009, autorizando su anexión.

Además, siendo presidente por segunda vez, al doctor Eduar-do Anaya Ruán, le tocó gestionar la carretera Tuxcueca-Mazamitla. Con ello se ha beneficiado a municipios colindantes que cuentan con sierra, lo que ha repercutido en el equipamiento turístico de la zona, como la construcción hotelera de cabañas y lugares de campamento y diversiones; impactando notablemente en la creación de fuentes de empleo. cont.,pag32

EL PACTO

Relleno Sanitario de Buenos aires, operado como

tiradero a cielo abierto, (antes de SIMAR)

Relleno Sanitario de Buenos aires, ( de

SIMAR)

2008

2009

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RECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOSRECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOSRECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOSRECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOS

RECONOCIMIENTOS

RECONOCIMRECONOCIMIENTOS RECO

RECONOCIMIEPREMIOS

PREMIOS

PREMIOS PREMIOS

PREMIOSPREMIOS

PREMIOS PREMIOSPREMIOS

Ser un organismo operador eficiente en el manejo integral de los residuos sólidos, que cumpla con la normatividad ambien-tal en vigencia y con el cuidado del medio ambiente.

El SiStEma intErmunicipal dE manEjo dE rESiduoS SurEStE, es un organismo público descentraliza-do, conformado por los municipios de mazamitla, VallE dE juárEz, Quitupan, la manzanilla dE la paz, concEpción dE BuEnoS airES, marcoS caStEllanoS, tuxcuEca, tizapán El alto y Santa maría dEl oro, operador del servicio público de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.

Servir a la sociedad mediante el manejo integral de los residuos sólidos, que con-tribuya al cuidado responsable del medio ambiente y propicie el desarrollo sustenta-ble de los municipios asociados.

CAPíTULO DOS La Entrevista

cont., El proyecto de la asociación intermuni-cipal, para resolver el problema del manejo de los residuos sólidos, creado en 2008, ha teni-do tal éxito, que SIMAR ha recibido muchos pre-mios y reconocimientos nacionales e interna-cionales, destacando, como lo señala el pre-sidente de Mazamitla, el premio otorgado por el Consejo Internacio-nal para las Iniciativas Ambientales Locales (ICLEI), en Agosto de 2013; el premio Escoba de Plata, otorgado en España, por la Asocia-ción Técnica para la Gestión de Residuos y Medio Ambiente, en el 2012, y ya están ha-ciendo todo lo posible por ganarse la Escoba de Oro. Y localmente han recibido reconoci-mientos en Puebla, en Oaxaca, y pronto irán a Campeche.

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VALORES

El Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste, surge de la ne-cesidad de resolver de forma conjunta el problema del inadecuado manejo de residuos sólidos y la falta de inversión en infraestructura, así como para promover una política en materia de prevención y gestión integral de residuos, de conformidad con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR) y el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (PNGIR).

Para conseguir dar solución al problema de los residuos, los municipios de Concepción de Buenos Aires, La Manzanilla de la Paz, Marcos Castellanos, Mazamitla, Quitupan, Valle de Juárez, Santa María del Oro, Teocuitatlán, Tizapán y Tuxcueca, y el Gobierno del Estado de Jalisco, decidieron unir esfuerzos y recursos mediante acuerdo de coordinación y asociación intermunicipal a través de la figura de Organismo Público Descentralizado Intermunicipal, que tuviera personalidad jurídica propia, patrimonio y autonomía técnica y financiera en la prestación del servicio público de limpia, recolección tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y manejo especial.

Este esfuerzo de colaboración intermunicipal de formalizó el 15 de Octubre de 2008, con la firma del convenio de creación del Organismo Público Descentralizado, denominado “Sistema Intermunicipal de Manejo de Residuos Sureste”, por los presiden-tes de los municipios de la región, mismo que fue publicado en el periódico El Estado de Jalisco, el 1ero. de Noviembre de 2008.

ANTECEDENTES

IntegrIdad. Realizar todas nuestras acciones de forma transparente e imparcial, ac-tuando en todo momento de manera justa, con intachable rectitud y congruencia con los principios y normas de honradez.

ServIcIo. Disposición institucional para atender las necesidades de la sociedad con actitud de entrega, colaboración y atención.

cuIdado al medIo ambIente. Que nuestras acciones apoyen y promuevan el cuidado del medio ambiente y el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.

reSpeto. Escuchar y comprender las necesidades de la so-ciedad y las distintas formas de pensamiento, que permitan dar lo mejor y lograr relaciones de armonía en las relaciones de la institución.

tranSparencIa. Apego a los principios de la lega-lidad y publicidad de la información, productividad y eficiencia en nuestro trabajo.

EL PACTO

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34 | SIMAR Sureste

estaba por formarse una asociación muni-cipal en la zona de los Altos, con ese mismo propósito, cuya sede estaría en el munici-pio de San Ignacio Cerro Gordo. Comen-

ta que, aunque los mu-nicipios que for-marían parte de ella, todos estaban en manos del PAN, nunca se pusieron de acuer-do.

En Mazamitla nadie le apostaba a SIMAR por la pluralidad política de sus integrantes, pero hubo mucha afinidad, no hubo diferencias y desde un princi-pio comenzaron a trabajar juntos, y por acuerdo de todos, decidieron que el doc-

Doctor -se le pregunta-, al constituirse en aso-

ciación municipal para este efecto, Valle de Juárez y Concepción de Buenos Aires tenían un gobierno panista y La Man-zanilla de la Paz, tenía un presiden-te emana-do de las filas del PRD en coalición con el PT, ¿Cómo le hicieron para ponerse de acuerdo?

Efectivamente, responde el doctor Anaya, cuando se fundó SIMAR, en 2008, los ayuntamientos eran de diferentes par-tidos. Hace un acotamiento y recuerda que antes de constituirla, ya se escuchaba que

SIMAR SuresteMuniciPios asociados en 2009

Municipio Presidente municipal Partido

027. de Buenos Aires Carlos Pantoja PAN

059. La Manzanilla de la Paz C.P. Juan Espinoza PRD/PT

061. Mazamitla MVZ Eduardo Anaya PRI

071. Quitupan Iraldo Contreras Aguilar PRI

113. Valle de Zepeda Contreras PAN

Cuadro elaborado de acuerdo a los datos del IEPEC.

CAPíTULO DOS La Entrevista

ALTERNANCIA Y ASOCIACIONISMO

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tor Anaya Ruán los representara, debido a su marcada iniciativa personal como em-prendedor. Todo se hizo en un ambiente de cooperación y de cordialidad, así como de intercambio de experiencias, recuerda el presidente, por lo que decidieron seguir juntos en tal proyecto. A diferencia de los municipios alteños, que nunca se pusieron de acuerdo.

Han existido dos factores cla-ve para que SIMAR viva y se desarrolle. Por una parte, la reelección del doctor Anaya y, por otra, la de mantener como único di-rector de la planta al licenciado Francisco Javier Galván Meraz, desde 2008. Lo cual ha permitido convencer a los nuevos presi-dentes municipales, que reacios al proyecto, han terminado por reconocer sus bondades. Sumado a ello, se ha contado con la colabo-ración de los congresos locales de Jalisco y Michoacán, pues nunca objetaron la inclu-sión del municipio de Marcos Castellanos.

Pero, en sí, ¿Ha interferido la alternancia municipal, en la marcha de los programas de largo alcance en los mu-

nicipios de la zona? inquirimos al doctor Anaya.

La respuesta es casi automáti-ca, pues describe que cuando ha cambiado el partido en el poder, en los diversos mu-nicipios se le ha visto como algo ajeno o elitista y en alguna ocasión hubo intento por revelarse al proyecto asociacionista. Por ejemplo, Tizapán el Alto pensó en ha-cer su propio relleno, sin asesoría ni cui-dado y, por supuesto, sin maquinaria, pero como ello implicaba remover grandes masas de tierra y desechos, pudo compro-bar que cuando los esfuerzos son aislados, ni las dependencias de gobierno ayudan. Y los ayuntamientos carecen de los recursos y de la capacidad para hacerlo.

Además, según explica el pre-sidente de Mazamitla, a la empresa ya no la manejan directamente los municipios; aho-ra solamente se le proporciona una coopera-ción para que ésta haga el tratamiento de la basura, aparte. De esa manera, el cambio de las administraciones y el cambio de partido en el poder, no afecta su funcionamiento.

EL PACTO

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36 | SIMAR Sureste

En particular, comenta el doctor, la alternancia en

Mazamitla sí ha provocado que los proyec-tos se detengan al principio de la adminis-tración. Pero revela que, afortunadamente, el municipio que él gobierna, cuenta con un banco de proyectos, equivalente a mil 200 millones de pesos, aproximadamente. Y por otro lado, con la experiencia que tie-ne al ser alcalde por tercera ocasión, se ha podido relacionar rápidamente con los di-putados federales y locales para conseguir apoyos.

Con la alternancia se frenan los avances en los proyectos, dice. Por ello, Anaya Ruán se inclina por cualquiera de dos opciones: una, “la reelección inmedia-ta, que le da la oportunidad al gobernante de mostrar el trabajo que está haciendo, y con ello, te pueden premiar o te pueden castigar. Y también, si se alarga a seis años el periodo, se avanzaría más. Porque cada tres años, se cambian las presidencias y el que viene rompe los proyectos, porque no le gustó lo que habías hecho, y lo arroja a

la basura. Y eso nos traído muchos proble-mas en México”. Lo único que se ha salva-do de esto, es “lo de Pueblo Mágico, pues ha permanecido en cada administración, porque reciben un dinero extra”.

¿Gobernar con presidente de la república y diputado local, del PAN, no le perjudicó a Mazamitla?

“Mira -responde el doctor-, depende mucho del gestor y cómo te va-yas ganado a la gente. La muestra es que entre 2007 y 2009, se realizó la carretera a Tuxcueca, se hizo un mercado nuevo, se construyó una planta tratadora de agua, se fortaleció el proyecto de los residuos sóli-dos, etc. Hubo mucho entendimiento con los gobiernos panistas”.

Ruán obtuvo un excelente resultado electoral en 2012, porque tiene excelente imagen y don de gentes, no le marea el poder, es muy amistoso y respe-tuoso, e inspira confianza. Dice, sin falsa modestia.

Pocos han sido tres veces pre-sidentes en tan poco tiempo, y menos con

CAPíTULO DOS La EntrevistaAL

TERN

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la experiencia del doctor. Y el modelo mu-nicipal establecido en la Constitución per-tenece al siglo pasado. ¿Qué le cambiaría usted?, se le pregunta.

Medita un poco, y sugiere que “lo urgente es la exigencia de la carre-ra pública en el medio, profesionalizar el servicio público, porque enseñar le cuesta mucho dinero al gobierno; y poner a traba-jar a todos los regidores, o bajar el número de ellos en el cabildo, pues en la mayoría de los casos, casi no trabajan. Porque los que hacen toda la chamba son los presi-dentes. Y de los periodos, se puede pensar en un proyecto para los seis años, o que se reelijan, y si es a seis años, y no la hagan (se refiere a que tengan buen desempeño), pues echarlos fuera (se refiere a la revoca-

ción de mandato), pues me ha tocado ver gente que al final de los tres años, apenas anda buscando a ver dónde quedan las de-pendencias. Y todo ello, en detrimento de la calidad de vida de los habitantes”.

Ante un cabildo con tres ex presidentes municipales, él mismo, Ma-nuel Toscano Hernández (1974-1976), y Rogelio Pulido Mata (1998-2000) y, por consiguiente, con mucha experiencia, ¿Cómo le ha hecho para gobernar?

La respuesta es obvia: “La ventaja es que ya nos conocemos, y nos vemos con mucha familiaridad y confian-za. Y con el del PAN, se ha trabajado muy bien. Ninguna acta de cabildo ha tenido problemas o con tache. Es un cabildo muy participativo”, remata.

artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su di-visión territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las siguientes bases:[…]III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos si-guientes:[…]Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivos. Así mismo cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar conve-nios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio municipio;

La asociación municipal, llamada “intermunicipalidad” se entien-de como la unión voluntaria de los ayuntamientos para resolver proble-mas comunes en materia de servicios públicos y mejorar su función en un territorio coherente y responde a la necesidad de racionalizar los recursos, las acciones administrativas y la gestión de servicios.

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38 | SIMAR Sureste

LOS PROYECTOS

Doctor, ¿y después de SIMAR, qué más? Visiblemente emo-

cionado, explica que existe el proyecto casi terminado para fundar la primera escuela de educación ambiental a nivel nacional, en donde también se capacitará en materia de asociacionismo, para lo cual se necesi-tan 22 millones de pesos, contando por lo pronto con el apoyo del Gobierno del Es-tado, con siete millones y medio, para tal objeto. Pensando que esté terminada en la presente administración.

Y prosigue: “Después de SIMAR viene la zona metropolitana entre los mu-nicipios de Mazamitla, Tuxcueca, La Man-zanilla de la Paz, Concepción de Buenos Aires, Valle de Juárez, Quitupan, Santa María del Oro y Tamazula de Gordiano”. Cuyas gestiones, por consenso, la encabeza Ruán, y está a punto de concretarse, con el obstáculo geográfico de lo alejado de San-ta María del Oro, “lo que nos ha atrasado en el Congreso, pero ya fue aprobado en comisiones, falta ahora la aprobación del pleno y luego mandarlo a la federación, lo tendrán listo para enero o febrero”.

Y para su actual administra-ción ¿cuáles son los principales propósitos? “Bueno, es darle más atención a los jóvenes, alejarlos de las drogas, arreglarles zonas de esparcimiento como unidades deportivas, campos de futbol, aparatos al aire libre para ejercitarse, espacios para la cultura.

“Y se piensa fomentar la vi-vienda popular, con la promoción de finan-ciamiento a bajo costo de unas 500 casas, en varias modalidades. En algunos casos se les va a regalar el material y que ellos las cons-truyan; en otros, en espacios más grandes, con mayor costo y bajo un sistema de crédi-to a cinco o diez años.

“Por otro lado, para no depen-der tanto de pozos para el abasto de agua, se tiene pensado construir una presa, que garantice suministro de 30 o 40 días, y una planta potabilizadora.

“Y como hay propiedades con amplios jardines, de alto consumo, se les pondrá medidores, para que paguen lo jus-to. Además, se tiene pensado un teleférico con participación de la IP, pero no ha llega-do el valiente que lo haga”.

CAPíTULO DOS La Entrevista

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La figura asociacionista es to-davía poco común, ¿Qué recomienda usted a los demás presidentes municipales? El doctor Anaya comenta que son “una muy buena opción para los municipios, se le tie-ne cierto rechazo o miedo, porque es nuevo. Pero empezando a trabajar se dan cuenta de que sí se puede. Se escucha más a los presi-dentes municipales, tanto en el estado como en la federación. Las empresas son exitosas y muy bien vistas.

“Desde 2007 inicio SIMAR, se dejó todo estructurado, ya estaba la in-termunicipalidad con Michoacán y Jalisco, todas las gestiones entre los dos congresos fueron rápidas. Sólo hay que buscarse una gente que tenga capacidad para hacerlo, que sepa de lo se está hablando. Se requiere mu-cho profesionalismo”.

A simple vista, percatarse que un personaje es presidente municipal por tercera ocasión, en el tiempo más corto po-sible, se podría pensar en un grupo enquis-tado, pero en el caso que nos ocupa, no es tal, porque ha sido nominado por consenso. Y más aún cuando sus logros en materia de

sustentabilidad son premiados hasta en Es-paña y, en su segunda reelección, logra ob-tener el 60% de los votos emitidos; no exis-ten argumentos válidos para desaprobarla.

Queda como enseñanza, que la capacidad alcanzada por los municipios de Jalisco, en la actualidad, está muy por encima de las diferencias de partido, pues la pluralidad que hay en sus cabildos, y los partidos que gobiernan en cada uno de los municipios asociados, no han sido obstácu-los para resolver un problema regional. Y por otro lado, la realidad municipal ha re-basado a la norma. Parecería que la amplia-ción del periodo municipal o la reelección inmediata de los munícipes, no sería lo más conveniente, pero no hacerlo, quizás sería más inconveniente. Varios municipios, con diferentes niveles de éxito en sus adminis-traciones, están en la misma condición, como Atotonilco, Ayotlán y Sayula. Pero ese podría ser tema de otro número.

(1) Tomado de la Enciclopedia de los Municipios de Jalisco. (2) Tomado del Portal de SIMAR-SURESTE. (3) “Metodología para la formación de servidores públicos municipales”, diseñada por: Innovación, Evaluación y Estudios Prospectivos, A.C. (IEEPAC). 2005.

EL PACTO

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CapítulO TRES Ensayo Federalista UEDL, 2013

40 | PRIMER LUGAR Héctor Samuel Medal González

ENSAYOENSAYO

Héctor Samuel Medal González

No hace muchos días se llevaba a cabo un foro ciudadano en el H. Congreso del Estado de Jalisco, donde se profundizó en el tema

propuesto: La unificación de los Códigos Penales y Procesales Penales a nivel na-cional. La pregunta ahora no es sobre la “viabilidad” de ponerlo en práctica, va

más allá. Implica el pensar, al menos filosóficamente, en el espíritu del Pacto Federal, más que en las conveniencias políticas actuales.

Si quisiésemos dar una de-finición “real” del fede-

ralismo, nos toparíamos con el obstáculo de las definiciones nominales, que lo con-

sideran como un “sistema de gobierno adoptado por aquellos estados en los que el poder político está dividido en-tre una autoridad central o nacional y unidades locales autónomas más pe-queñas tales como provincias o estados,

por lo general bajo los términos de una constitución”1. Claro que para efectos del presente escrito, podre-

mos dar a esta definición el califi-cativo de “Federalismo Clásico”.

1 Cfr. “Federalismo” Microsoft. Enciclopedia Encarta 2009. Microsoft Corporation.

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EL PACTO

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Como puede verse, es una definición vaga, incluso ambigua. Siguiendo los pasos de los grandes pensadores, hay que ir a la etimología. Federalismo se conforma, en el lexema de Federal, y en la desinencia –ismo (siendo el último un sufijo Forma sus-tantivos que suele significar doctrinas, sistemas, escuelas o movimientos). Federalismo viene del vocablo latino Fœdus, fœderis, que quiere decir alianza. Para beneplácito de los filólogos, este vocablo tiene su origen en otro vocablo, fiducia, que significa confian-za, fidelidad, la cual se deriva de Fides, fidei, que significa fe. Luego entonces podemos aducir que el Federalismo es La unión voluntaria entre entidades libres, independientes y por razones obvias desvinculadas entre sí en la búsqueda conjunta del bien común (o Federalismo ontológico).

El concepto de federalismo no es nuevo en absoluto, incluso en la historia vemos con claridad ejemplos de él, por citar algunos:

1. En la antigua Grecia, podemos contemplar a La Liga Aquea en la región de Acaya, Grecia. En ella se reunieron doce ciudades que en el Siglo V a.C. disputaron por la hegemonía con otra liga en la Hélade, misma que fue la Liga Etolia, que se opuso en el Siglo III a.C. a la Liga Aquea. También existió La Liga de Delos o Confede-ración de Delos, que se conformó hacia el 477 a.C. para buscar venganza por las pérdidas de las Guerras Médicas.

2. La Liga Lombarda, integrada en 1167 por Padua, Cremona, Bérgamo, Bres-cia, Mantúa, Milán y otras ciudades-Estado Italianas para combatir a Fe-derico Barbarroja.

3. Ya en América, en el Siglo IX se formó la Liga Mayapán que conglome-ró a los jefes de Chichén Itzá, Uxmal y Mayapán. La Triple Alianza del Siglo XV, que unificó a Tenochtitlán, Tla-copán y Texcoco2. Para 1777 en los Estados Unidos de América se firman los Artículos de la Confederación, mismos que dan ori-gen al federalismo propiamente dicho en ese país.

4. Finalmente, el Plan de Casa Mata, crea-do Por Antonio López de Santa Anna en 1823 para derrocar el imperio de Agustín I, dio pie al Pacto federal, le-gitimado en la Constitución de 1824.

Como se ve, no trata-mos con un tema nuevo, pero lo que seguramente resultará nuevo es el planteamiento de la concepción del Federalismo. Originariamente, la idea de “la

2 Cfr. Pérez Verdía, Luis. Compendio de la Historia de México. Ed. Font. Guadalajara, 1942. P. 45.

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CapítulO TRES Ensayo Federalista UEDL, 2013

42 | PRIMER LUGAR Héctor Samuel Medal González

la creación del Federalismo, como se dijo antes (pese a considerarse un declarado fe-deralista, Santa Anna siempre ejerció el po-der de forma dictatorial y centralista). Las ideas que se gestaban en Guadalajara en 1823 no eran ideas separatistas, sino por el contrario, una prueba de fidelidad al men-cionado Plan de Casa Mata. De hecho, Don Luis Quintanar afirmó que Jalisco “sólo formaría parte de la Nación Mexicana en el único caso de que se constituyese en Repú-blica Federal”3.

Esas palabras seguramente impactaron, pues en poco tiempo se habi-litó, para el constituyente del 1824, la idea de la Soberanía Nacional, como fruto de la unión de las soberanías estatales. Respecto a estas últimas, en su comentario al Nume-ral 40 de la Carta Magna, el Maestro Rodrí-guez Lozano4 nos dice que: “En principio un Estado Federal es similar a un Estado Unitario: La igualdad de ambos es la Cons-titución [...] sin embargo, la diferencia entre ambos radica en la forma en la que ésta los va a estructurar”.

El sentimiento del pueblo mexicano, por constituirse en una Federa-ción, ha sido eficazmente recopilado por el constituyente; en efecto, en el cuadragési-mo Artículo de nuestra Carta Magna a la letra dice: “(…) Compuesta de Estados li-bres y soberanos en todo lo concerniente

a su régimen interior; pero unidos EN UNA FEDERACIÓN establecida según los principios de esta ley fundamental”5.

Hechas las anteriores con-sideraciones, podemos entonces entrar

en el estudio de lo que podemos llamar una verdadera

3 Cfr. Pérez Verdía. Op. Cit. P. 389.

4 Cfr. Aa. Vv. Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. México, 1985 P. 102.

5 Cfr. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Texto Vigente. Notas y actualización por Miguel Carbonell. Ed. Porrúa. México 2012.

unión hace la fuerza”, sacramentalmente materializada en la divisa norteamericana el Pluribus Unum, uno en la pluralidad, viene a manifestarse como el ser eidético del Federalismo, pero... ¿Es así?

Para poder comprender me-jor la pregunta anterior, primeramente hay que entender el origen de la concepción Federal aquí en México, para ello veamos un breve

En 1821 se finaliza con la conflagración independentista a manos de Iturbide y su Plan de Iguala, la recién nacida

Nación Mexicana vio la primera luz de li-bertad bajo el cetro imperial de Agustín

I. Muchos creyéronse defraudados de los intereses por los que once años

habían luchado. Uno de Ellos fue Antonio López de Santa Anna.

Él mismo, al fir-mar con Guadalupe Victoria

el Plan de Casa Mata el 1 de febrero de 1823,

dio pie a

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EL PACTO

D I C I EM B R E 2 0 13 | 43

FEDERAL

La exégesis nos indica, por su etimología, que debemos del explicar o comentar6 sobre el tema en cuestión; en el caso que nos ocupa, nos atenderemos a la literalidad del cuadragésimo Artícu-lo, arriba citado. Claro que la letra suele quedarse corta a nivel legislativo, y a veces (éste es el caso) se queda corta al intentar manifestar su espíritu.

“[…] Compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concernien-te a su régimen interior; pero unidos EN UNA FEDERACIÓN establecida según los principios de ésta ley fundamental”7. Es lo que dice el Artículo cuarenta de la Ley Suprema... El análisis no es muy necesario para identificar el primer “obstáculo”, qui-zá el punto toral del reto es la concepción legal del Constituyente sobre el Federalis-mo: “Un puñado de ‘islas’ aparentemente inconexas que de común solo tienen la na-cionalidad”.

Precisamente, y siguiendo la Teoría de la Causa, expuesta ampliamente por el estagirita, nos encontramos frente a la Causa primera del conflicto de la unifi-cación de códigos: Una “Unidad Desunida”. ¿Por qué? El Arábigo Cuarto de la Consti-tución Mexicana establece la IGUALDAD, no sólo de género, sino también lato sensu entre mexicanos, ello en relación al nume-ral duodécimo que prohíbe los títulos no-biliarios. ¿Qué quiere decir esto? Que no hay mexicanos de primera y de segunda (menos de tercera) clase, y que la ley es igual para todos.

Tan igual que un estado sanciona con más años que otro el

6 Cfr. “Exégesis” Diccionario de Filosofía. Ed. Her-der. Madrid, 2002.

7 Cfr. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Texto Vigente. Notas y actualización por Miguel Carbonell. Ed. Porrúa. México 2012.

mismo delito, o simplemente unos lo con-templan y otros, simplemente no lo hacen (no hablemos del feminicidio)... Entonces, ¿se cumple el fin del federalismo o no? La respuesta no puede ser ni afirmativa ni ne-gativa. Sí, porque se respeta lo de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior... Pero ¿Qué pasa con la responsabilidad frente a la nación? Para ello podemos hacer el siguiente

CAUSALISTA

Partiendo de la premisa que los antiguos latinos empleaban (y más los habitantes de la tristemente céle-bre y ya inexistente Síbaris), Brevis et Placebis –breve y placentero- en orden al cual, se abreviará lo más posible esta serie de análisis, confiando en que no se juz-gue con demasiada dureza el hecho de profundizar en la raíz filosófica del asunto.

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CapítulO TRES Ensayo Federalista UEDL, 2013

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principio del movimiento»8, y este criterio le permite nombrar un conjunto de cosas que son «por naturaleza»: los animales, las plantas y los cuerpos simples de don-de todo procede9; distinguiéndolas, por lo demás, cuidadosamente de lo que es pro-ducido por el arte, también principio pro-ductivo.Esencialmente, el Federalismo es la unión voluntaria entre entidades libres, indepen-dientes y por razones obvias desvincula-das entre sí, en la búsqueda conjunta del bien común.b. Causa Intrínseca Material (Elementos/Principios)Por elementos o principios encontramos el primer contacto con la esencia del ob-jeto de nuestro estudio. Aristóteles en sus Predicamentos nos da diez cualidades que distinguen a los seres entre sí. Si bien es cierto que comparten naturaleza, son es-tas cualidades las que difieren de un sujeto a otro en el momento de hacer la defini-ción. El Aquinate nos dice que para encon-trar la definición de un objeto hay que dis-tinguir entre la Especie, la Naturaleza y la Diferencia Específica, claro, con la finalidad de llegar a una definición real de las cosas y no solamente una relación nominal.

En el Caso del Federalismo, podemos considerar como elementos esen-ciales:

a) La Voluntad de Unirse (como condi-ción sine qua non) de

b) Entidades (en este caso Estados) Li-bres, Soberanas, Autónomas y des-vinculadas en principio entre sí, que

c) Tienen por objetivo el satisfacer necesidades comunes.

8 Cfr. Aristóteles. Metafísica. Gredos. Madrid, 1994. Pg. 215 (I. V, c.4, 1015a 15).

9 Cfr. Aristóteles. Física. Gredos. Madrid, 1995. Pg.128-129 (l. II, 1, 192b 10-20).

Como se dijo, buscaremos ahondar en la reflexión, considerando la Teoría de la Causa aristotélica, para enten-der de un modo más práctico la relación en orden a la cual opera el cambio. Por tal motivo, se hace desde una óptica filosófi-ca, alejada de todo prejuicio personal.a. Causa Intrínseca Formal (Naturaleza)La naturaleza de las cosas, en sus dos acepciones básicas, es el conjunto de las cosas que constituyen el universo o la esencia de una cosa que, a modo de prin-cipio activo, hace que ésta manifieste un determinado conjunto de propiedades ca-racterísticas. El término se refiere al «nacimiento» o a

la «producción» de las cosas, y así lo en-tendieron los presocráticos, autores de

las primeras teorías sobre el «princi-pio», en que se supone consiste la

naturaleza. Aristóteles pre-

senta la primera definición formal de naturaleza, como

la «sustancia que posee en sí misma el

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EL PACTO

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c. Causa Extrínseca Eficiente (Agente)Hablar toca al quién. Este pronombre nos indica el sujeto que realiza la acción, en este caso, nos referimos a los estados, que tienen como finalidad el desarrollo común de sí mismos. Habría que recordar la teoría de las Filias del Estagirita, en la que nos dice que las relaciones se dan en medida a la necesidad que tenemos del otro. Así, el quién está determinado por las 32 entida-des Federativas que componen el Senado de la República.d. Causa Extrínseca Final (Finalidad)El Bien Común. La Koinonía de los griegos, y comunidad actual es el fin eidético del Federalismo. Según la corriente clásica, que ya se expuso, es el de caminar juntos hacia el progreso común, pero perfecta-mente diferenciados, o por el contrario, según un Federalismo Ontológico, una identidad absoluta.

Para finalizar, es menester presentar lo siguiente:

Y CONCLUSIONES

A lo largo de estas hojas se han analizado diversos factores y variopintos tópicos en-focados a la reflexión de la situación actual del Federalismo nacional. En base a ello precisamente podemos apreciar con clari-dad que:

I. Por una irregular redacción legislativa, la concepción actual del Federalismo nos lo hace ver como “Islas o entes in-conexos, que en el peor de los casos se contraponen a lo dispuesto por la Ley Suprema”.

II. Por el contexto histórico, y el descono-cimiento del mismo, se ha llevado una práctica diversa al ser deontológico y eidético del Federalismo stricto sensu.

III. Por las dos anteriores afirmaciones, se erige en reto casi insoslayable (sal-

vo por las ya infaltables negociaciones políticas) de reestructurar el concepto de federación que tiene el mexicano común, como agente pasivo del Fede-ralismo moderno.

IV. So pretexto de la unicidad del cuerpo legislativo en materia mercantil, pre-tende caerse en la falsa generaliza-ción de las circunstancias (mi madre diría que se confunde la gimnasia con la magnesia).

Para poder soslayar lo ante-rior, y sin mantener postura alguna sobre la unificación de códigos, se generan las si-guientes soluciones posibles a título de

PROPUESTAS

prImero. Sea discutido en los congresos lo-cales la posibilidad de la unificación de los Códigos, considerando la idiosincrasia de cada entidad.Segundo. Se considere antes la personali-dad propia de cada Estado en el H. Senado antes siquiera de pensar en la unificación total (hablar de la “Probidad” de un Código de Comercio único no es válido, porque no considera usos y costumbres de los pue-blos, sean o no indígenas).tercero. Se efectúe una verdadera culturi-zación sobre el Federalismo, para enten-der el verdadero fondo, intención y fin del Federalismo, más allá de lo que histórica-mente pueda decirse.cuarto. Hecho lo anterior, se consulte a la población sobre la unificación o no de la Legislación Penal (que a la postre permea-rá en otras ramas), toda vez que de ella di-mana la soberanía que da razón de ser al Federalismo.

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CapítulO TRES Ensayo Federalista UEDL, 2013

Nuestra Carta Magna en su artículo 40 consagra esta for-ma de gobierno como una República representativa, demo-

crática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos unidos en una federación.

Existe una gran dificultad para conceptualizar la palabra Federalismo, ya que hay diversas corrientes doctrinarias que emiten su propio concepto, algunas de ellas

se mencionan a continuación.Etimológicamente el vo-

cablo Federalismo proviene del latín Fodeus-oris, que significa unión, pac-to o acuerdo. En este sentido podemos

deducir que el Federalismo tiene como principio fundamental establecer

una unión entre las entidades que constituyen los poderes políticos,

para lograr un equilibrio entre los mismos.

Por otra parte, la Real Acade-mia de la Lengua Española lo define como

ENSAYOENSAYOAna Livier Plascencia Rodríguez

1. CONCEPTO

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EL PACTO

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“Espíritu o sistema de confederación entre corporaciones o Estados” (Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, 2013).

Rafael De Pina Vara concep-tualiza al Federalismo como: “Doctrina que afirma la conveniencia política de las distintas partes del territorio del Estado no sean gobernados como un todo homogé-neo, sino como entidades autónomas, de acuerdo con una coordinación fundada en un reparto racional de competencia”. (De Pina Vara, Diccionario de Derecho, 2008). Siguiendo este orden de ideas, no hay que perder de vista que el Federalismo debe de entenderse como una estructura que está diseñada para ejercer un poder político que está regulado por un orden jurídico.

“El federalismo posee una connotación no únicamente jurídica, sino también política, en cuanto que se traduce en un pacto de unidad articuladora, entre las diferentes fuerzas que se mueven en el rejuego de la participación política en las decisiones del país” (Armenta López, Fe-deralismo, 2010).

Después de analizar algunos de los conceptos más relevantes sobre el Federalismo, podemos conceptualizarlo como un sistema o forma de gobierno que tiene como fin la organización de los inte-grantes del poder político de un Estado que dan vida y contenido al ejercicio del poder, pretendiendo conciliar la unidad social de sus entidades autónomas relacio-nadas federalmente, respetando sus ámbi-tos de competencia en la medida en que el ejercicio de estos poderes no provoque la división.

“El federalismo es un modo de organizar y ejercer el poder en el Estado de derecho, respetando la autono-mía y la capacidad de gestión de los

gobiernos constituidos”. (Gómez Varela & Miranda Camarena, 2009)

En otras palabras, esta forma de gobierno constituye un modo de dividir el poder; lo que corresponde a sus gobier-nos locales, teniendo mayor espacio para ejercer su autonomía política para lograr la estructuración del poder nacional que representa.

2. ANTECEDENTES La instauración del Sistema

Federal en México es uno de los rasgos más notables de la herencia española. Este sis-tema surge desde las primeras aspira-ciones de la independencia del país, luchando por la soberanía nacional y la unión entre Estados, consi-derándose como la mejor forma de organización política, con el fin de lograr la democracia y propiciar un México jus-to con la distribución de

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CapítulO TRES Ensayo Federalista UEDL, 2013

competencias entre los integrantes de la fe-deración, es decir, los Estados y Municipios.

Con la implementación de esta organización política local, se fortale-ció un sentimiento regionalista contrario al retorno del gobierno absoluto de las au-toridades en México sobre el antiguo te-rritorio del virreinato. Estas instancias de gobierno fueron importantes para definir demarcaciones territoriales que habrían de dar paso a los estados de la Federación Mexicana.

“El sistema federal fue adop-tado por primera vez en la Constitución de 1824, que en su artículo 4º señalaba que la Nación mexicana adoptaba para su gobier-

no la forma de República representativa, popular federal.” (Carbonel, Bibliote-

ca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM,

2013)Asimismo en el

año de 1824 se aprobó el Acta constitutiva de la Federa-

ción Mexicana, en la que se señaló que la

federación se integraba por “Estados in-dependientes, libres y soberanos, en lo que exclusivamente toque a su administración y gobierno interior” y también se enume-raron los estados integrantes de la Fede-ración. Fue esta Acta constitutiva el docu-mento que constituyó al pueblo mexicano y en ella aparecieron por primera vez de hecho y de derecho los estados, pero hasta el año de 1857 es cuando se consolida este sistema de gobierno y con la promulgación de la Constitución de 1917 cuando el sis-tema federal se confirma y ratifica para avalar una autentica libertad y soberanía de los Estados miembros de la Federación.

Es así como el Federalismo se instauró en nuestro país hasta la actuali-dad, en donde nuestra Ley Suprema en su artículo 40 nos señala las bases sobre las cuales se levanta toda la estructura política en los estados integrantes de la Federación y que nos menciona que el pueblo mexica-no debe de constituirse en una república democrática, representativa y federal.

3. Una vez que hemos analizado

el concepto de Federalismo y se ha dado una breve reseña del surgimiento de este sistema de gobierno en nuestro país; des-tacando que el Sistema Federal tiene como

fin la organización de los integrantes del poder político de un estado, pre-tendiendo conciliar la unidad social de sus entidades autónomas relacionadas federalmente, respetando sus ámbitos

de competencia, es de suma importan-cia cuáles son las facultades y atribu-

ciones que nuestra Constitución otorga a los entes integrantes del Estado.

El Federalismo respon-de a algunos puntos esenciales, a saber son:

• La división de los poderes, Ejecu-

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tivo, Legislativo y Judicial, mismos que se encuentran tanto en el ámbi-to federal como en el estatal, por lo que los Estados miembros gozan de una amplia autonomía.

• Los Estados miembros de la Fede-ración se encuentran representados a nivel federal y toman parte en la formación de la voluntad política del país.

• La organización política de sus es-pacios geográficos.

• Reconoce que la pluralidad da ca-bida a diversos centros de poder y decisión.

• Permite la igualdad jurídica y políti-ca, siendo uno de los sustentos más fuertes del Estado Mexicano.

• Favorece a los gobiernos locales, ya que son el medio a través del cual la sociedad procura los servicios por sí mismos, tomando parte activa en los asuntos públicos dentro de los límites permitidos por la ley.

• Siendo una forma de gobierno, es una suma de los poderes que tie-ne como común denominador, la voluntad de cooperación y decisión entre los estados miembros de la Federación.

• Tiene como sustento instituciones democráticas y representativas que dan forma a las relaciones de poder que permiten la acción de go-bierno.

Dado lo anterior, en que se han expuesto algunos de los puntos básicos en los que versa el sistema federal, es necesario analizar algunos de los artículos de nuestra Constitución en los cuales recaen facultades que la for-ma de gobierno establece.

En primer lugar analiza-remos el artículo 115 de nuestra Carta Magna, en el cual se constituye el régimen interior que deben de adoptar los Estados como una forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial, y de su orga-nización política y administrativa el Mu-nicipio Libre.

También se establece la base sobre la cual será gobernado el municipio, siendo este un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presi-dente municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. Otro de los puntos fundamentales establecidos en este artículo es que el municipio está envestido de personalidad jurí-dica y manejará su patrimonio de acuerdo a lo que establezca la ley. De este modo el ayuntamiento tiene facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes que se es- tablecen en mate-ria

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municipal, reglamentos, circulares y dis-posiciones administrativas que serán de observancia general dentro de sus juris-dicciones, esto con el fin de organizar la administración pública del municipio, re-gular los procedimientos y servicios públi-cos que sean de su competencia y asegurar la participación ciudadana.

Para lograr lo anterior, el mu-nicipio tiene a su cargo funciones y servi-cios públicos como: agua potable, drenaje, alumbrado público, limpia, recolección de residuos, mercados, seguridad pública, po-licía municipal, así como los demás servi-cios que la ley determine.

Es trascendental destacar que el municipio puede administrar de

manera libre su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los

bienes que le pertenezcan, así como de las contribuciones y de otros

ingresos que se establezcan a su favor. Los ingresos que tiene

el municipio son derivados de la prestación de servi-

cios públicos que

tiene a su cargo, las participaciones federa-les, mismas que son cubiertas por la Fede-ración de acuerdo al presupuesto.

Estas facultades son esencia-les para el buen funcionamiento y la ade-cuada administración del mismo, pero hay que mencionar que en algunos casos dichas facultades no son suficientes para lograr la adecuada administración, por eso es necesario ajustarlas a las nuevas necesi-dades que tiene cada municipio en cuanto a los servicios públicos que tiene que otor-gar la administración del ayuntamiento en el ámbito de su competencia.

Por otra parte el artículo 116 consagra la división del poder público de los estados, es así como se dividen el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, asimismo establece la forma de organización de cada uno de ellos sujetándose a las siguientes normas:

1. Los gobernadores de los estados no podrán durar en su encargo más de seis años.

2. Establece el número de representantes en las legislaturas de los estados, mis-ma que será proporcional al de habi-tantes de cada uno de ellos. Así como la prohibición de la reelección para el período inmediato.

3. Faculta a las legislaturas de los esta-dos para la aprobación anual del pre-supuesto de egresos correspondiente. Las legislaturas de los estados conta-rán con entidades estatales de fiscali-zación, las cuales serán órganos con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para de-

cidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que dispongan sus le-

yes.4. El Poder Judicial de los estados se

ejercerá por los tribunales que esta-blezcan las constituciones respectivas.

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EL PACTO

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El ejercicio de las funciones de los jueces será garantizada por la propia Constitución y por las leyes orgánicas respectivas.

5. Establece que los estados en mate-ria electoral deben garantizar que las elecciones de los gobernadores, de los miembros de las legislaturas locales y de los integrantes de los ayuntamien-tos se realicen mediante sufragio uni-versal, libre, secreto y directo.

Nuestra Carta Magna en el artículo 117 también establece prohibi-ciones absolutas para los estados, dichas prohibiciones absolutas pueden entenderse como los actos que no pueden realizar por ningún motivo las Entidades Federativas, las cuales son:

1. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las potencias extranjeras.

2. Acuñar moneda, emitir papel moneda, estampillas ni papel sellado.

3. Gravar la circulación ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exención se efectúe por aduanas locales, requie-ra inspección o registro de bultos o exija documentación que acompañe la mercancía.

4. Expedir ni mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen diferencias de impuestos o requisitos por razón de la procedencia de mer-cancías nacionales o extranjeras.

5. Contraer directa o indirectamente obli-gaciones o empréstitos con gobiernos de otras naciones, con sociedades o particulares extranjeros, o cuan-do deban pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional.

6. Gravar la producción, el acopio o la venta del tabaco en rama, en forma

distinta o con cuotas mayores de las que el Congreso de la Unión autorice.

De manera excepcional nues-tra Constitución prevé una alteración en la distribución de las competencias de la auto-ridades ya sean federales, estatales o muni-cipales en determinadas materias, lo que se ha llamado facultades concurrentes, mis-mas que se ejercen de manera simultánea por la Federación. Tal es el caso que al final de este artículo se establece una facultad concurrente para el Estado, estipular que el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los estados dictarán, desde luego, leyes encaminadas a combatir el alcoholismo.

En este sentido podemos hablar de una modalidad de Federa-lismo de ejecución, en el que los ór-ganos centrales o federales retienen las facultades de creación norma-tivas a través del poder legislati-vo y los estados miembros de

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la federación llevan a cabo la ejecución de esas normas a través de la administración pública.

Así como se constituyen facul-tades concurrentes, también hay prohibi-ciones relativas, tal es el caso del artículo 118, según el cual los Estados tampoco pue-den, sin consentimiento del Congreso de la Unión:

1. Establecer derechos de tonelaje, ni

otro alguno de puertos, ni imponer contribuciones o derechos sobre im-portaciones o exportaciones.

2. Tener, en ningún tiempo, tropa perma-nente ni buques de guerra.

3. Hacer la guerra por sí a alguna poten-cia extranjera, exceptuándose los casos de invasión y de peligro tan inminen-

te, que no admita demora. En estos casos darán cuenta inmediata al

Presidente de la República.

Para terminar este análisis del Federa-

lismo político y le-gislativo,

una vez que se habló de facultades, atribu-ciones y prohibiciones que tienen los esta-dos en el ámbito de sus competencias, hay que mencionar que el artículo 124 de la Carta Magna dispone que todas las facul-tades que no están expresamente concedi-das a los poderes federales se encuentran reservadas a los estados, estableciendo a favor de estos últimos una competencia residual amplia. En este sentido estamos hablando de que este artículo confiere po-deres o más ampliamente normas sobre la producción jurídica.

4. PROPUESTAS PARA MEJORAR EL SISTEMA FEDERAL

Después de que se analizaron varios conceptos de Federalismo, se habló de sus antecedentes más importantes en nuestro país, así como de un breve análisis de los artículos que consagran esta forma de gobierno, es necesario abordar algunas propuestas para el desarrollo óptimo del Estado federal para lograr un mejor fun-cionamiento de la administración de los integrantes de la Federación.

1. Es importante que los gobiernos de los estados funjan como centros que coadyuven a través de políticas públi-cas efectivas, a promover planes de desarrollos sustentables para los mu-nicipios que fortalezcan su autonomía y fomenten el desarrollo regional.

2. Se tienen que modernizar los sis-temas de gestión pública con el obje-tivo de facilitar la cooperación entre los estados. Se necesita entablar una

nueva forma de comunicación po-lítica donde el trato de los tres órdenes de gobierno permita abrir

camino a la vida democrática.3. En el ámbito federal, es necesario que

se le otorgue más presupuesto a los

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EL PACTO

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estados de acuerdo a sus necesidades particulares, para que éstos tengan mayor participación en el desarrollo integral del país.

4. En relación a la propuesta anterior, no sólo hay que otorgar más presupuesto, también es fundamental crear un sis-tema para la rendición de cuentas, es decir, que las autoridades que ejercen el gasto público justifiquen los gastos que se realizan en sus administracio-nes, con el objetivo de saber hacia dónde van destinados los recursos que se otorgan.

5. Evaluar posibles reformas al artículo 115 constitucional con el fin de otorgar mayores atribuciones al municipio, así como un mayor presupuesto de acuer-do a las necesidades que tiene. Los an-terior con el objeto de que la sociedad tenga servicios públicos de calidad, y de este modo conceder certeza y segu-ridad a los habitantes, y mayor partici-pación a la sociedad.

Las propuestas anteriores se pueden lograr con la cooperación de los legisladores tanto federales como estatales, además de la participación de todos los integrantes de la sociedad mexicana, la unión entre los gobiernos que impulsen reformas que nos permitan llegar hacia un nuevo Fe-deralismo y con ellos lograr una unidad nacional, un México equilibrado, justo y democrático.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Armenta López, L. A. (2010). Federalismo. Mé-xico: Porrúa.

Carbonel, M. (10 de Junio de 2013). Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídi-cas. UNAM. Recuperado el 10 de Junio de 2013, de Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investiga-ciones Jurídicas UNAM: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/2003/pr/pr21.pdf

Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pú-blica"Definición", en Federalismo. (17 de Febrero de 2006). Recuperado el 10 de Junio de 2013, de www.di-putados.gob.mx/cesop/

De Pina Vara, R. (2008). Diccionario de Derecho. México: Porrúa.

Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española. (2013). Recuperado el 5 de Junio de 2013, de http://lema.rae.es/drae/?val=Federalismo

Gómez Varela, C. V., & Miranda Camarena, A. J. (2009). Análisis del Federalismo Hacendario en Méxi-co. México: Universidad de Guadalajara.

Page 56: EL  PACTO  dic 2013

CAPíTULO CUATRO Líderes del Federalismo

54 | Luis de Quintanar Bocanegra Soto y Ruiz

LÍDERES DEL FEDERALISMOaSociación dE croniStaS municipalES dE jaliSco

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Nació en San Juan del Río, Querétaro, el 22 de di-ciembre de 1772. Inició su carrera militar en el

año de 1801 como Alférez del Regimiento Provincia de Dragones de Querétaro. Toda su carrera militar la hizo en el mismo regimiento donde empezara: los Dragones de Querétaro, regimiento del que fue Teniente, Capitán, Comandante y Coronel, ascensos todos logrados en la Guerra de Independencia. Luchando contra los insurgentes y adscrito al Brigadier Don José de la Cruz, y de su segundo, Pedro Celestino Negrete.

Al triunfar el Plan de Iguala, fue promovido a Gene-ral Brigadier, luego designado mariscal de campo, gobernador de la Ciudad de México y finalmente, capitán general y gobernador de la importante Provincia Imperial de Nueva Galicia. En octubre de 1822 fue designado Capitán General y Jefe Político de Guadalajara, cargo que ejerció formalmente hasta el 20 de noviembre de ese año. Hábil político, siendo iturbidista y de ideas que lo identificaban más con los conservadores, supo ganarse el afecto de los jaliscienses, por lo que apoyó las ideas federalistas de éstos, quienes desde el 16 de junio de 1823, lo designan Gobernador Provincial del naciente Estado de Jalisco.

Estando como gobernador provisional, se enfrentó a los políticos del centro, que lo acusaban de iturbidista, el Estado apoya-ba al ex emperador. Sujeto por la fuerza militar y el engaño, Quinta-nar fue llevado a la capital de la nación, donde el presidente le otorgó la más amplia amnistía, pero quedándose sin empleo. El Congreso de Jalisco le concedió una pensión, la cual sería retirada en 1833 al traicionar al federalismo y apoyar la causa conservadora.

Tomado de: Jalisco, Hermano Mayor de la Federación, editado por la Asociación de Cronistas Municipales de Jalisco.

EL PACTO

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CAPíTULO CINCO Testimonios y Documentos

El combate al centralismo se hace ahora, desde las bancadas legislativas, las instituciones académicas y desde los órganos del gobierno creados

para fortalecer la autonomía de los estados y de los municipios que lo integran, así como en el desarrollo de sus administraciones. Las armas de ahora son las ideas, convertidas en leyes, decretos y programas con propósitos factibles y estructuras administrativas, que den como resultado municipios más libres, fuertes y eficientes, con sociedades cada vez más organizadas e involucradas en el quehacer público.

No obstante que la Carta Magna es muy clara, y no existe la inestabilidad política del siglo XIX, en la actualidad persisten los intentos de volver al pasado, pues el centralismo no deja de ser una opción para quienes han olvidado la historia. Es ahora cuando, ya no desde los partidos, liberal y conservador, sino desde los gobiernos poste-riores al Constituyente de 1824, y aún dentro del contexto de la alternancia actual, cuan-do las instituciones garantes del Federalismo, deben de desarrollar su máximo esfuerzo para sostenerlo y reforzarlo.

La alternancia en la gubernatura de Jalisco, hizo su aparición en 1995, pero ello no fue obstáculo para continuar con los esfuerzos en pro de la doctrina federalista. Más aún, aquella administración estatal entendió la importancia de “abatir de una vez por todas el centralismo que ofende por su autoritarismo feroz” (1). A ello corresponden las ideas vertidas por el titular del Ejecutivo estatal, en junio de 1995, en su mensaje con motivo de la conmemoración del CLXXII Aniversario de la Creación del Estado Libre y Soberano de Jalisco, y su pronunciamiento por el Federalismo. De cuyo texto, se destacan algunos fragmentos:

“…convoqué a la confirmación de un centro de estudios del Federalismo, que […] ampliaría el análisis, estudio y difusión de todo lo relacionado con este tema, tan importante en la vida nacional.

“Tenemos el compromiso de hacer patente, con nuestro trabajo, que las en-tidades no son inmaduras, y que fortalecerlas no provocaría, como algunos afirman, el desmoronamiento de la unidad nacional.

“Por más de ciento setenta y dos años, los jaliscienses hemos pugnado por-que en México se viva el Federalismo […] Ahora nos toca a nosotros continuar este em-

TESTIMONIOS Y DOCUMENTOS

56 |

Pronunciamiento por el Federalismo, previo a la creación del IEF, en Jalisco

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EL PACTO

peño, como herederos de la responsabili-dad histórica de promover el respeto a la diversidad y a la autonomía de las regiones.

“Pero un Federalismo verda-dero no puede provenir de decisiones uni-laterales, tomadas desde el centro […] nada puede hacerse para fortalecer la Soberanía Estatal, si los estados no manifestamos la madurez suficiente, ni el compromiso de asumir mayores responsabilidades; de igual forma, el ideal del Municipio Libre no puede conseguirse si los municipios no se mues-tran capaces de conducirse con autonomía.

“Los trabajos que desarrolle este Instituto deben cobrar tal relevancia, que no sólo sean tomados en cuenta, sino que sean aplicados por todas las instancias, públicas y privadas, y se conviertan en el centro del debate sobre el Federalismo en todos los órdenes de gobierno.

“Para los mexicanos, lo na-cional no es reflejo de una sola forma de pensar o de sentir: es la síntesis de la di-versidad; es la expresión de la composición plural de la población; es la manifestación de la riqueza pluricultural de nuestro país.

“Si estamos proponiendo este Instituto de Estudios sobre el Federalismo, lo hacemos porque queremos fomentar el trabajo intelectual y de investigación para tener razones y bases convincentes, para fortalecer los principios federales, y esta-blecer mejores sistemas de relaciones y de cooperación entre órdenes de Gobierno.

“Una sociedad que sabe dar la cara, engendra municipios firmes y es-tados sólidos. Fortalecimiento de la vida federal significa, también, fortalecimiento de la dependencia. Ya no es tiempo de que el destino de México sea trazado por unas cuantas personas. En la definición del pro-yecto nacional, ningún mexicano puede quedarse al margen”.

Hoy, la tradición federalista en Jalisco, se vive cotidianamente, en un contexto de pluralidad. Los actos de nues-tros gobernantes en congruencia con esa doctrina, han transcurrido al calor de la discusión y actualización de ideas, y están respaldados por los aportes que los aca-démicos han producido con sus investi-gaciones, guiándolos por los cauces repu-blicanos hacia el ejercicio de la autonomía política y la democracia representativa, así como el fortalecimiento de las entidades municipales. Hoy más que nunca, el Ins-tituto de Estudios del Federalismo, nece-sita refrendar su adhesión a esos esfuerzos y demostrar la fuerza que le otorgaron los documentos que le dieron vida, enfatizan-do, además, en áreas aún inexploradas del entorno local.

Las situaciones particulares de las microrregiones, del transcurrir mu-nicipal, el espacio que aún existe entre los gobiernos municipales y los otros niveles de gobierno, requieren ser estudiados, para darle un nuevo impulso al municipalismo en Jalisco, que vitalice la convivencia entre los ayuntamientos y el resto de la estructu-ra gubernamental, que los acerque cada vez más a los procesos de la toma de decisiones, a la distribución de programas presupues-tales y, en general, a todo aquello que repre-sente el fortalecimiento de sus administra-ciones y el desarrollo de sus comunidades.

El nuestro, como su nombre lo dice, es un instituto que se suma al es-fuerzo de otras instituciones centenarias que caminan en el mismo sentido, y queda comprometido, por consecuencia, a tras-cender como Instituto de Estudios del Fe-deralismo, hacia el campo de los estudios del municipalismo.

(1) Documentos Fundamentales del federalismo. IEF, Prisciliano Sánchez. 1966.

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Pronunciamiento por el Federalismo, previo a la creación del IEF, en Jalisco

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58 | Acercamiento a la información pública y transparencia en los municipios de Jalisco

CAPíTULO SEIS Información y Transparencia

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EL PACTO

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Para poder conocer la Ley de Transparencia, es necesario en-

tender qué es el Instituto de Transparencia e Infor-mación Pública del Estado de Jalisco y sus Muni-cipios (ITEI).

El ITEI es un organismo público au-tónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía en sus funciones e inde-pendencia en sus decisiones. Está conformado por un consejo, el cual se integra por un consejero pre-sidente y dos consejeros ciudadanos, elegidos por el Congreso del Estado de Jalisco.

La Ley en su título segundo define a la Información pública como aquella que gene-ren, posean y/o administren los sujetos obligados, como consecuencia del ejercicio de sus facultades y atribuciones, en el cumplimiento de sus obligacio-nes, sin importar su origen, utilización, medio en el que se contenga o almacene.

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60 | Acercamiento a la información pública y transparencia en los municipios de Jalisco

CAPíTULO SEIS Información y Transparencia

En el artículo 15 se hace énfasis sobre la información fundamental que los ayuntamientos deben de publicar, au-nada a la establecida para todos los su-jetos obligados:

• La integración del ayuntamiento, comisiones edilicias, mandos de po-licía y gobierno, así como decretos, acuerdos, circulares y demás dispo-siciones jurídicas expedidas por el ayuntamiento.

• Los instrumentos de planeación del desarrollo del municipio y sus mo-dificaciones, de cuando menos los últimos 3 años.

• Las iniciativas y exposiciones de mo-tivos de los reglamentos vigentes en el municipio.

• El orden del día de: sesiones del ayuntamiento, comisiones edilicias y consejos ciudadanos municipales, con excepción de las reservadas, en-tre otras.

El artículo 24 de la Ley indica quiénes son sujetos obligados:

• Gobierno Estatal

• Poder Ejecutivo

• Poder Legislativo

• Poder Judicial

• Ayuntamientos

• Las personas físicas o jurídicas que reciban, administren o apliquen re-cursos públicos

Los sujetos obligados tienen responsa-bilidades y obligaciones que se adquieren al recibir el recurso público y son inherentes a su administración. Las cuales son:

• Constituir el comité de clasificación y la unidad de transparencia.

• Publicar permanentemente en inter-net o en otro medio de fácil acceso la información fundamental, archi-varla y digitalizarla.

• Dar respuesta en tiempo y forma a las solicitudes de información y re-mitir al ITEI las que no le correspon-da atender.

• Implementar un sistema de recep-ción de solicitudes y entrega de in-formación pública vía electrónica (Infomex).

• Aprobar su reglamento en materia de transparencia.

• Emitir y publicar de acuerdo a los lineamientos del ITEI, sus criterios generales en materia de:

• Clasificación de información pública.

• Publicación y actualización de infor-mación pública fundamental.

• Protección de información confiden-cial y reservada.

¿Cuáles son las atribuciones y obliga-ciones de la Unidad de Transparencia?

• Administrar y actualizar la página del lugar donde se publique la infor-mación fundamental.

• Tener a disposición del público for-matos para presentar solicitudes de información y demás formatos.

• Recibir y resolver las solicitudes de información y desahogar el procedi-miento respectivo, así como enviar al ITEI las que no le corresponden.

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EL PACTO

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Todos los sujetos obligados deben contar con un reglamento interno, el cual deberá especificar los procesos internos de acceso a la información.Determinar responsabilidades de los servidores públicos en el manejo de la información.Establecer la conformación y funcionamiento de la unidad de transparen-cia y del comité de clasificación.

La Ley prevé sanciones, multas y responsabilidades administrativas para los titulares de los sujetos obligados, titulares de los comités de clasificación, titulares de las unidades de transparencia y personas físicas que manejen o que tengan en su poder información pública.

¿Cuáles son sus atribuciones?

• Registrar y controlar la transmisión a terceros de la información reservada o confidencial en su poder.

• Recibir y resolver las solicitudes de rectificación, modificación, correc-ción, sustitución o ampliación de datos de información confidencial (ARCO).

• Elaborar y aprobar los criterios ge-nerales de clasificación del sujeto obligado, de acuerdo con la Ley y los lineamientos correspondientes, así como remitirlos al ITEI y a la unidad de transparencia.

• Analizar y clasificar la información pública del sujeto obligado confor-me a la Ley, lineamientos y criterios correspondientes.

• Elaborar, administrar y actualizar el registro de información pública pro-tegida por el sujeto obligado.

• Revisar que los datos de la informa-ción confidencial que reciba sean exactos y actualizados.

• Llevar el registro y estadística de las solicitudes de información pública.

• Requerir y recabar, de las áreas in-ternas (sujeto obligado), la informa-ción pública de las solicitudes.

• Promover la cultura de la transpa-rencia y el acceso a la información pública.

• Informar al titular del sujeto obliga-do y al ITEI la negativa de entrega de información pública de libre acceso por parte de los encargados de las áreas internas.

¿Quiénes integran el comité de clasificación?

• El titular del sujeto obligado cuando sea unipersonal, o el representante oficial del mismo cuando sea cole-giado será quien lo presida.

• El titular de la unidad de transparen-cia fungirá como secretario.

• El titular del órgano con funciones de control interno del sujeto obliga-do cuando sea unipersonal, o el re-presentante oficial del mismo cuan-do sea un órgano colegiado.

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M

CAPíTULO SIETE Momento real en tiempos contables

CONTABLESCONTABLESCONTABLESUn tema de alta importancia hoy en día es la contabilidad gubernamen-

tal, ya que tenemos poco tiempo para implementar la Ley General de Contabilidad Gubernamental y poseer toda la información contable armonizada. En este artículo describiré los puntos importantes para tomar en cuenta al respecto: los plazos para el cumplimiento y las consecuencias que existen al omitir llevar la contabilidad como lo establece esta ley.

MoMento real en tieMpos

62 | Ley General de Contabilidad Gubernamental

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EL PACTO

M La Ley General de Contabi-lidad Gubernamental fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de diciembre de 2008, entrando en vigor a partir del 1 de enero de 2009. Sin embargo, se ha ido modificando y la última reforma publicada fue en el DOF el 12 de noviem-bre de 2012, entrando en vigor el 01 de ene-ro de 2013.

El objetivo principal de esta ley es establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de logar su ade-cuada armonización. Entendiendo como armonización, la revisión, reestructura-ción y contabilización de los modelos con-tables vigentes a nivel nacional.

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CAPíTULO SIETE Momento real en tiempos contables

Los sujetos obligados para lle-var una contabilidad armonizada son los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, de los estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los munici-pios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del DF; las entidades de la administración pública paraestatal (ya sean federales, estatales o municipales) y los órganos autónomos fe-derales y estatales.l

El Consejo Nacional de Ar-monización Contable (CONAC) es el órga-no de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental, desem-peña una función única debido a que los instrumentos normativos, contables, eco-nómicos y financieros que emite, deberán ser implementados por los entes públicos (www.conac.gob.mx).

En el marco de la ley de con-tabilidad, las entidades federativas debe-rán asumir una posición estratégica en las actividades de armonización, para que cada uno de sus municipios logre cumplir con los objetivos que dicha ley ordena.

El sistema de contabilidad gu-bernamental deberá estar conformado por el conjunto de registros, procedimientos, criterios e informes estructurados sobre la base de principios técnicos comunes desti-nados a captar, valuar, registrar, clasificar, informar e interpretar, las transacciones, transformaciones y eventos que, derivados de la actividad económica, modifican la si-tuación patrimonial del gobierno y de las finanzas públicas.

Un aspecto importante de la contabilidad gubernamental es el plan de cuentas, ya que su objetivo es proporcionar a los entes públicos los elementos necesarios que les permitan contabilizar sus operacio-nes, proveer información útil en tiempo y forma para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las fi-nanzas públicas, para garantizar el control del patrimonio; así como medir los resulta-dos de la gestión pública financiera y para

64 | Ley General de Contabilidad Gubernamental

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satisfacer los requerimientos de todas las instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendición de cuentas.

En el plan de cuentas se ha incorpo-rado el apartado presupuestal, quedando de la siguiente manera:

1. Activo.2. Pasivo.3. Patrimonio/Hacienda pública.4. Ingresos y otros beneficios.5. Gastos y otras pérdidas.6. Cuentas de cierre contable.7. Cuentas de orden contable.8. Cuentas de orden presupuestarias.9. Cuentas de cierre presupuestario.

Los clasificadores presupuestarios armonizados son:

• Por rubro de ingresos. Ordena, agru-pa y presenta los ingresos públicos en función de su diferente naturale-za.

• Por objeto del gasto. Permite co-nocer en qué conceptos se gasta, y cuantifica la demanda de bienes y servicios que realiza el sector públi-co sobre la economía.

• Por tipo de gasto. Relaciona las tran-sacciones públicas derivadas del gasto con los grandes agregados de la clasificación económica, como son el gasto corriente, el gasto de capital y la amortización de la deu-da, y disminución de pasivos.

Esta ley también menciona los mo-mentos contables donde se establece el regis-tro de las etapas de presupuesto de los entes públicos que se efectuarán en las cuentas contables, las cuales deberán reflejar:

Momentos del presupuesto de Egresos

• Gasto aprobado: Cuando se refle-jan las asignaciones presupuestales anuales.

• Gasto modificado: Cuando existan adecuaciones presupuestarias al gasto aprobado.

• Gasto comprometido: Autorización de un acto administrativo donde se formaliza una relación jurídica con un tercero para la adquisición de un bien o servicio, o ejecución de obra.

• Gasto devengado: Reconocimiento de una obligación de pago.

• Gasto ejercido: Cuando hay una cuenta por liquidar.

• Gasto pagado: Cancelación de pago mediante un desembolso de efecti-vo o cualquier otro medio de pago.

EL PACTO

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Momentos del presupuesto de Ingresos

• Ingreso estimado: Es el que se aprueba en la ley de ingresos.

• Ingreso modificado: Modificaciones al ingreso estimado, previstas en la ley de ingresos.

• Ingreso devengado: Se realiza cuan-do existe jurídicamente el derecho de cobro de los ingresos.

• Ingreso recaudado: Momento en que se refleja el cobro en efectivo o cualquier otro medio de pago de los ingresos.

El pasado 3 de mayo de 2013 en la segunda reunión del CONAC, se acordó determinar los plazos para que la federación, los estados y los municipios adopten las decisiones que a continuación se indican:

Con la aprobación de esta ley se generará

información contable oportuna, misma que ayudará a los servidores públicos para la toma de mejores decisiones sobre las finanzas públicas y el cumplimiento de los requerimientos legales de transparencia y de rendición de cuentas.

Otro punto importante para tomar en cuenta son las sanciones que se imputarán al no cumplir con los requeri-mientos de dicha ley, mencionadas en los artículos 84, 85 y 86 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

En dichos artículos se descri-be que cuando haya actos u omisiones que impliquen el incumplimiento de esta ley, se sancionará conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; las leyes de las entida-des federativas y las disposiciones del Títu-lo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La responsabilidad será para los servidores públicos que ejecutan los ac-tos o incurran en las omisiones, y a los que

CAPíTULO SIETE Momento real en tiempos contables

66 | Ley General de Contabilidad Gubernamental

Metala federación, los estados

y sus respectivos entes públicos. a Más tardar:

los Municipios y sus entes públicos. a Más tardar:

Integración automática del ejercicio presupuestario con la operación contable

30 de junio de 2014 30 de junio de 2015

Realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio

31 de diciembre de 2014 31 de diciembre de 2015

Generación en tiempo real de estados financieros 30 de junio de 2014 30 de junio de 2015

Emisión de Cuentas Públicas en los términos acordados por el Consejo

Para la correspondiente a 2014

Para la correspondiente a 2015

¿Cuándo se debe tener toda la información

contable armonizada?

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por la naturaleza de sus funciones hayan omitido la revisión o autorización de di-chos actos que impliquen dolo, culpa, mala fe o negligencia.

Se menciona que se sancionarán administrativamente con carácter político, penal o civil, de acuerdo a la determina-ción de la autoridad competente, a aquellos servidores públicos que tengan responsabi-lidad en los siguientes casos:

1. Al omitir realizar registros de la conta-bilidad.

2. Cuando de manera dolosa: 3. Omitan o alteren documentos o regis-

tros de la contabilidad para desvirtuar la veracidad de la información financie-ra.

4. Incumplan la difusión de la informa-ción financiera.

5. Al no realizar registros presupuesta-rios y contables, en forma y término de esta ley.

6. Cuando tengan conocimiento de la al-teración o falsedad de la documenta-ción, y por consecuencia tenga daños a la hacienda pública o al patrimonio del organismo y no lo informe al supe-rior jerárquico.

7. Al no contar con la documentación comprobatoria del patrimonio, de los ingresos y egresos del organismo.

El artículo 86 describe que

se impondrán penas de dos a siete años de prisión y multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente del Distrito Federal, a quien causando un daño a la hacienda pública o al patrimonio del ente público correspondiente, incurra en las conductas previstas en las fracciones II y IV anteriormente mencionadas.

Es por eso que debemos de tomar muy en serio la Ley General de Contabilidad Gubernamental, porque de acuerdo a las sanciones se puede hasta pri-var de la libertad a los funcionarios públi-cos responsables de la contabilidad de los organismos.

Es tiempo de informarse y capacitarse para poder cumplir con las fe-chas estipuladas y contar con la implemen-tación de dicha ley, y así evitar las sancio-nes a los servidores públicos responsables.

Bibliografía 1.- Ley General de Contabilidad Gubernamental, Últi-

ma reforma publicada DOF 12-11-2012, Estados Unidos Mexi-canos, 35p.

EL PACTO

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68 | Gráfica del recuento anual

CapítulO OCHO Recuento Anual del IEF

RECUENTO ANUAL DEL IEF RECUENTO ANUAL DEL IEFPROGRAMA CONCEPTO

UNIDAD DE MEDIDA

DESCRIPCIÓN

1 Municipios asesora-dos y capacitados

Gestión para asesoría y seguimiento de

proyectos11 gestiones

Encarnación de Díaz Hospital Regional

Tuxpan Desarrollo económico

Tuxpan Parque industrial

Talpa de Allende Rehabilitación de infraestructura

San Juanito de Escobedo Desarrollo turístico

San Juanito de Escobedo Hospital

San Juanito de Escobedo Camino 4 carriles

Mezquitic Planta tratadora de aguas residuales

Mezquitic Relleno sanitario

Zapopan Empresa manufacturera de gelatinas

Hostotipaquillo Área recreativa

Taller de proyectistas municipales

45 municipios Se realizaron 2 talleres con 97 funcionarios municipales asistentes

2Servidores públi-cos capacitados y

evaluados

Personal capacitado y evaluado

13 mejoras Personal capacitado y evaluado en diferentes temas relacionados al trabajo de cada uno.

Mejoras en el portal de transparencia

10 mejoras Mejoras a la información generada y publicada por el Instituto.

3 Acciones de difusión del federalismo

Edición de Libros 3 Libros

190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo MexicanoMesas redondas en conmemoración del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo Mexicano. Me-morias.La reforma del Estado en México: origen, concepto, evolución, observaciones y propuestas.

Publicación de la Revista “El Pacto”

3 revistasEdición abril 2013Edición diciembre 2013Edición especial

Convenios de colaboración

3 conveniosUniversidad Enrique Díaz de LeónColegio de JaliscoSubsecretaría de Administración

Organización de conferencias

15 conferencias

El municipio en México y LatinoaméricaGeografía histórica del Estado de Jalisco, tomo IIFederalismo y educación en MéxicoPrograma T.V. UNIVA.Programa radio y T.V. - Alterna Palabra6 conferencias en las mesas redondas del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco.Ensayo federalista UNEDL.3 Conferencias en el concurso de oratoria

Conmemoración de fechas importantes

7 conmemoraciones

31 Enero - Acta Constitutiva de la Federación Mexicana.5 Febrero - Promulgación de la Constitución 191725 Abril - Natalicio Belisario Domínguez Palencia16 junio - Creación del Estado libre y soberano de Jalisco.13 julio - Natalicio José María Mercado13 septiembre - Instalación del 1er Congreso Provincial Constituyente de Jalisco.30 septiembre - Natalicio José María Morelos y Pavón

Pláticas a escuelas de educación básica

12 pláticas Pláticas sobre el Federalismo Mexicano y la vida de Don Prisciliano Sánchez (primer gobernador constitucional de Jalisco).

4Investigaciones sobre temas relacionados con el federalismo

Investigaciones 11 investigaciones

La primera constitución de Jalisco, por Fabián AcostaGuadalajara de Indias, por Emmanuel HernándezEl municipio en México, por Oswaldo Gutiérrez.190 aniversario de la creación del estado de Jalisco y del inicio del Federalismo mexicano por José María Muria.Mesas redondas en conmemoración del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo mexicano. Me-morias (transcripción).La reforma del Estado en México: origen, concepto, evolución, observaciones y propuestas por Javier Hurtado (en prensa).Transparencia, por Pedro RosasMomento real en tiempos contables, por Mariel AvilaCrónicas del proceso de discusión del Acta Constitutiva de la Federación y de la Constitución de 1824 Por José Barragán Barragán (en prensa)Investigación por José María Muria (en proceso).Investigación por Javier Hurtado (en proceso).Planes y Programas Jurídicos y Políticos de la República Mexicana. Compilacion de Javier Hurtado

En un año de transición gubernamental, como lo fue el 2013, los programas generales de la institución prosiguieron su marcha con normalidad. Los equi-pos de trabajo entregaron todo su esfuerzo a la ca-pacitación, la asesoría, a la difusión y a la investi-gación, de acuerdo a las metas planteadas al inicio del año. A continuación, se muestra un concen-trado de las actividades concretas, con las cuales se comprueba su cabal cumplimiento.

RECUENTO ANUAL DEL

IEF

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EL PACTO

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RECUENTO ANUAL DEL IEF RECUENTO ANUAL DEL IEFPROGRAMA CONCEPTO

UNIDAD DE MEDIDA

DESCRIPCIÓN

1 Municipios asesora-dos y capacitados

Gestión para asesoría y seguimiento de

proyectos11 gestiones

Encarnación de Díaz Hospital Regional

Tuxpan Desarrollo económico

Tuxpan Parque industrial

Talpa de Allende Rehabilitación de infraestructura

San Juanito de Escobedo Desarrollo turístico

San Juanito de Escobedo Hospital

San Juanito de Escobedo Camino 4 carriles

Mezquitic Planta tratadora de aguas residuales

Mezquitic Relleno sanitario

Zapopan Empresa manufacturera de gelatinas

Hostotipaquillo Área recreativa

Taller de proyectistas municipales

45 municipios Se realizaron 2 talleres con 97 funcionarios municipales asistentes

2Servidores públi-cos capacitados y

evaluados

Personal capacitado y evaluado

13 mejoras Personal capacitado y evaluado en diferentes temas relacionados al trabajo de cada uno.

Mejoras en el portal de transparencia

10 mejoras Mejoras a la información generada y publicada por el Instituto.

3 Acciones de difusión del federalismo

Edición de Libros 3 Libros

190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo MexicanoMesas redondas en conmemoración del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo Mexicano. Me-morias.La reforma del Estado en México: origen, concepto, evolución, observaciones y propuestas.

Publicación de la Revista “El Pacto”

3 revistasEdición abril 2013Edición diciembre 2013Edición especial

Convenios de colaboración

3 conveniosUniversidad Enrique Díaz de LeónColegio de JaliscoSubsecretaría de Administración

Organización de conferencias

15 conferencias

El municipio en México y LatinoaméricaGeografía histórica del Estado de Jalisco, tomo IIFederalismo y educación en MéxicoPrograma T.V. UNIVA.Programa radio y T.V. - Alterna Palabra6 conferencias en las mesas redondas del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco.Ensayo federalista UNEDL.3 Conferencias en el concurso de oratoria

Conmemoración de fechas importantes

7 conmemoraciones

31 Enero - Acta Constitutiva de la Federación Mexicana.5 Febrero - Promulgación de la Constitución 191725 Abril - Natalicio Belisario Domínguez Palencia16 junio - Creación del Estado libre y soberano de Jalisco.13 julio - Natalicio José María Mercado13 septiembre - Instalación del 1er Congreso Provincial Constituyente de Jalisco.30 septiembre - Natalicio José María Morelos y Pavón

Pláticas a escuelas de educación básica

12 pláticas Pláticas sobre el Federalismo Mexicano y la vida de Don Prisciliano Sánchez (primer gobernador constitucional de Jalisco).

4Investigaciones sobre temas relacionados con el federalismo

Investigaciones 11 investigaciones

La primera constitución de Jalisco, por Fabián AcostaGuadalajara de Indias, por Emmanuel HernándezEl municipio en México, por Oswaldo Gutiérrez.190 aniversario de la creación del estado de Jalisco y del inicio del Federalismo mexicano por José María Muria.Mesas redondas en conmemoración del 190 aniversario de la creación del Estado de Jalisco y del inicio del Federalismo mexicano. Me-morias (transcripción).La reforma del Estado en México: origen, concepto, evolución, observaciones y propuestas por Javier Hurtado (en prensa).Transparencia, por Pedro RosasMomento real en tiempos contables, por Mariel AvilaCrónicas del proceso de discusión del Acta Constitutiva de la Federación y de la Constitución de 1824 Por José Barragán Barragán (en prensa)Investigación por José María Muria (en proceso).Investigación por Javier Hurtado (en proceso).Planes y Programas Jurídicos y Políticos de la República Mexicana. Compilacion de Javier Hurtado

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Humberto Castañeda Rojas

CAPíTULO NUEVE ¿ Quién es quién en la FIL?

70 | SECCIÓN CULTURAL

¿Qui

en e

s qu

ién

en la

FIL

?PAÍS INVITADO

En el marco de la Feria Internacional del Libro (edición 2013), organizada por la Universidad de Guadalajara,

asistieron personajes relevantes, tanto del mundo de las letras y de la polí-tica, como de la ciencia y la literatura. El invitado de honor en esta ocasión fue el Estado de Israel. Su delegación nacional estuvo representada por el dos veces Primer Ministro y actual Presidente de aquella nación, Shimon Peres, quien sostuvo un diálogo con Felipe González, ex presidente del gobierno español.

En eventos similares, lo hicieron el escritor y ensayista israelí, David Grossman, frente al escritor peruano, Mario Vargas Llosa; y la cristaló-grafa israelí Ada E. Jonath, Premio Nobel de Química en 2009, frente al físico Hanoch Gutfreund, profesor de la Universidad Hebrea de Jerusalén, con el tema de la educación para la ciencia y la tecnología.

En el campo de las letras, fueron galardonados Yves Bon-nefoy, crítico literario y poeta francés, a quien se le entregó el Premio FIL de Literatura en Lenguas Romances, 2013; Juan Villoro, quien fue distinguido con el Homenaje Nacional de Periodismo Cultural Fernando Benítez, por su trayectoria periodística; así como Miguel Ángel Porrúa, como librero editor, que recibió el Homenaje al Bibliófilo. Algo de sus vidas y obra, es narrado brevemente por Humberto Castañeda, en un intento de despertar nuestra curiosidad y amor por la cultura.

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EL PACTO

FIL Guadalajara 2013. Mario Vargas Llosa, Nobel Literatura 2010, Perú.

Premios. Cervantes, Príncipe de Asturias, Rómulo Gallegos, Planeta, Biblioteca breve, Legión de Honor (Francia). El rey Juan Carlos I lo tituló marqués (lo que agradeció y tomó con humor). Su columna “Piedra de Toque”, se publica internacionalmente.obra. A los 16 años escribió la pieza teatral La huida del inca. Su estancia en el colegio militar le inspiró su primera gran novela La ciudad de los perros. Su novela favorita Conversación en la catedral, se refiere a la cantina “La Catedral”; recrea la represión y la corrupción socio-política en Perú de los años cincuenta. En sus libros: Elogio de la madrastra, Los cuadernos de Don Rigoberto y La niña mala, aborda el erotismo de forma refinada y humorística, con referencias musicales y pictóricas. Se han llevado al cine: Los cachorros, La ciudad de los perros, Pantaleón y las visitadoras, y La fiesta del chivo.Política. En 1984 el presidente Belaunde Terry le ofreció un cargo, el cual denegó. En 1987 se opuso al presidente Alan García, que pretendía nacionalizar la banca. En 1990 compitió con Fujimori por la presidencia; ganó la primera vuelta, perdió la segunda, por lo que se exilió a España (posee doble nacionalidad).

FIL Guadalajara 2013. Shimon Peres. Premio Nobel de la Paz 1994. Israel.

Personaje. Nació en Wiszniemo, Polonia -actual Vishneva, Bielorrusia-, en 1923. Político, parlamentario y estadista israelí. Ganó el Nobel de la Paz, en 1994, en conjunto con Isaac Rabin y Yasser Arafat. cargos. Primer Ministro en dos periodos: 1984-1986 y 1995-1996. Ministro de Defensa en dos ocasiones: 1974-1977 y 1995-1996. Ministro de Relaciones Exteriores en cuatro periodos: 1986-1988, 1992-1995, 2001-2003, 2004-2005. Ministro de Economía de 1988-1990. Líder del Partido Laborista en tres ocasiones: 1977-1992, 1995-1996, 2003-2005. Miembro del Parlamento (Knéset) durante 48 años. En 2007 fue elegido presidente, cargo que actualmente desempeña. semblanza. Debido al antisemitismo en Europa Oriental, en 1935 emigró a territorio palestino. En 1948 el líder Ben-Gurion proclamó la independencia del Estado de Israel; en respuesta, siete países árabes le declararon la guerra a la nueva nación; desde ahí, Shimon Peres participó en la política y defensa de su país. Impulsó las industrias electrónica y aeronáutica, y la primera central nuclear. Partidario de negociar con los árabes, promovió conversaciones de paz, y contribuyó a los acuerdos logrados con Egipto y Jordania. En 1993, junto con Isaac Rabin y Yasser Arafat (líder de la OLP), concretó el Tratado de Oslo, para la paz con Palestina; ganó el Nobel de la Paz en 1994, por su trayectoria pacifista. En Israel es considerado un héroe.

FIL Guadalajara 2013. David Grossman. Escritor. Israel.Personaje. Nació en Jerusalén, Israel, en 1954. Es uno de los novelistas y ensayistas más importantes de la literatura contemporánea israelí. Estudió filosofía y teatro en la Universidad Hebrea. Es Doctor Honoris Causa por las universidades de Lovaina y Florencia; Caballero de la Legión de las Artes y las Letras (Francia). Premios. Grinzone-Cavour, Vittorio de Sica, Berstein, Paz del Librero Alemán, y muchos más. Sus obras han sido traducidas a 26 idiomas. Es un pacifista muy destacado. Semblanza. Inició su carrera literaria con textos para niños y jóvenes, fue conductor de radioprogramas infantiles. PrinciPales obras. La sonrisa del cordero, El libro de la gramática interna, El chicozigzag, Llévame contigo, y Tú serás mi cuchillo; varias de éstas han sido llevadas al cine. Con un lenguaje innovador, mezcla la ficción con la realidad para tratar temas íntimos y existenciales, de personajes que viven la difícil y traumática cotidianeidad en Israel. El activismo pacifista del escritor se reforzó por la muerte de su hijo en combate, durante la guerra con Líbano, en agosto de 2006; está en contra de la insensibilización ante la guerra, y de la deshumanización y pérdida de valores de los israelíes; rechaza la política belicista y colonizadora de la derecha política israelí.

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CAPíTULO NUEVE ¿ Quién es quién en la FIL?

72 | SECCIÓN CULTURAL

FIL Guadalajara 2013. Yves Bonnefoy. Premio en Lenguas Romances.

Personaje. Filósofo, matemático, poeta, ensayista, traductor y crítico literario. semblanza. Nació en Tours, Indre-Loira, Francia, 1923. De padre ferroviario y madre enfermera. Estudió matemáticas, filosofía y latín en la Universidad de Poitiers; sin embargo decidió dedicarse a la literatura y a la historia del arte. Influido inicialmente por el surrealismo (A. Bretón), después prefirió el simbolismo y los revolucionarios de la lírica (Ch. Baudelaire, A. Rimbaud, S. Mallarme, Gerard de Nerval). Es considerado el poeta francés más importante de la segunda mitad del siglo XX. Su obra ensayística es extraordinaria, y enfocada al arte barroco, y del siglo XX (Goya, Miró, A. Giacometi, P. Alechinsky). Sus traducciones de las obras de Shakespeare, y de Yeats, son magníficas. Ha sido profesor invitado en varias universidades de Europa y de Estados Unidos; el Colegio de Francia le encomendó la cátedra de Estudios comparados de la función poética. Se le conoce como el escritor de la ensoñación controlada; su lenguaje poético trasciende lo trivial y lo inmediato, para lograr una percepción unificada del mundo, y rescatar las experiencias sensoriales y emocionales del universo sensible. Toda su obra resalta la majestad de lo sencillo. Sus obras traducidas al castellano son: Relatos en sueños, Lluvia de verano, Las tablas curvas, Principio y fin de la nieve, Miró, Rimbaud, Alberto Giacometi, El origen y el sentido, Diccionario de mitologías, Lugares y destinos de la imagen, y Traducción de poesía. Premio Franz Kafka (Sociedad F. Kafka y Alcalde de Praga).

FIL Guadalajara 2013. Miguel Ángel Porrúa Venero.Personaje.Nació en México D.F., hizo Estudios Hispánicos en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Madrid, y Bibliografía Hispanoamericana en el Instituto de Cooperación Hispanoamericano. semblanza. Hijo de Manuel Porrúa y nieto de Indalecio Porrúa, quien junto con sus hermanos José y Francisco, emigró a México proveniente de Asturias, España,  a fines del siglo XIX. Inicialmente se dedicaron al negocio de la leche y a una casa de empeño; con los libros que quedaban en el empeño, iniciaron la Librería “Porrúa Hermanos”, dedicada a la compra-venta de libros usados, y desde 1910, a la labor editorial. Su padre Manuel Porrúa, se independizó del grupo en 1947, y fundó su propia librería, “Manuel Porrúa”; a su vez, Miguel Ángel Porrúa  se independizó en 1978, y fundó lo que sería actualmente “Grupo Editorial Miguel Ángel Porrúa”, que se especializa en textos de ciencias sociales y de  historia, en particular de obras sobre México; cuenta con más de 2,500 títulos. Su biblioteca personal consta de 18,000 volúmenes, entre éstos, algunos del siglo XVI; anexo a su librería dispone de una galería de exposiciones, donde se muestran obras de artes plásticas. Su librería es punto de reunión de intelectuales, donde se vieron, entre otros, a Juan Rulfo, Carlos Monsiváis y Fernando Benítez. Recibe el Homenaje al Bibliófilo por la conservación y edición de libros históricos y de ciencias sociales.

FIL Guadalajara 2013. Felipe González. Político español.

Personaje. Nació en Sevilla, España, en 1942.  Fue secretario general del  Partido Socialista Obrero Español, PSOE, de 1974 a 1997; el tercer presidente desde el fin de la dictadura franquista, de 1982 a 1996; ganó mayoría absoluta en dos ocasiones, 1982 y 1986. En 1996 perdió las elecciones ante el Partido Popular.    semblanza. Aplicó una política económica liberal, que implicó una afectación grave de los derechos laborales, como reducciones drásticas de las pensiones, los salarios, y los servicios de salud, a lo que la Unión General de Trabajadores, UGT, respondió con dos huelgas generales, 1988 y 1994. Expropió el grupo Rumasa, formado por más de 700 empresas, incluyendo bancos, en 1983. Colaboró con la OTAN en la Guerra del Golfo, en 1991, enviando tropas y facilitando sus bases aéreas. Su gobierno se vio

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manchado por sonados actos de corrupción burocrática, así como por los excesos de los Grupos Armados de Liberación, GAL, que en su combate al terrorismo de ETA, cometieron asesinatos de civiles (terrorismo de Estado). Desde el 2007 es Embajador Extraordinario para la Celebración del Bicentenario de la Independencia de América; así como Presidente del Grupo de Reflexión sobre el Futuro de Europa, o Comité de Sabios, designado por el Consejo Europeo en Bruselas, que analiza los problemas que habrá de enfrentar Europa. En 1993 recibió el premio Carlomagno, por su gran sentido europeísta. Ha escrito varios libros como Mi idea de Europa, El futuro no es lo que era y El socialismo, entre otros.

FIL Guadalajara 2013. Ada E. Jonath. Premio Nobel de Química, 2009.

Personaje. Química, bioquímica y cristalógrafa israelí. Nació en Jerusalén, Israel, en 1939. Licenciatura en Química, Universidad Hebrea de Jerusalén; Maestría en Bioquímica y Doctorado en Cristalografía de Rayos X, Instituto Weizmann de Ciencias de Israel. Realizó post doctorados en la Universidad Carnegie Mellon, Pittsburgh, Pennsylvania; Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT). Múltiples doctorados Honoris Causa y premios internacionales. Miembro de la Academia Americana de las Artes y las Ciencias; de la Academia Europea de las Ciencias; y de la Academia Nacional de Aeronáutica.semblanza: En 1970, Fundó el único laboratorio de Cristalografía de proteínas en Israel, Instituto Weizmann de Ciencias; entre 1986 y 2004, dirigió las Unidades de Investigación Max Planck, en Hamburgo, Alemania, conjuntamente con los experimentos que hacía en el Instituto Weizmann. Sus trabajos han desentrañado la estructura de los ribosomas (órganos intracelulares productores de proteínas), así como el mecanismo de acción de los antibióticos, y los mecanismos de resistencia bacteriana a dichos antibióticos, para producir mejores antibióticos. Ganó el Nobel de Química 2009, con Venkatram Ramakrishnan y Thomas A. Steitz.

FIL Guadalajara 2013. Juan Villoro. Homenaje Nacional de

periodismo cultural, Fernando Benítez.Personaje. Nació en México, D.F., en 1956. Escritor y periodista. Estudió Sociología en la Universidad Autónoma Metropolitana.obra. En su obra literaria predominan el ensayo, la novela, el cuento y la crónica. (Efectos personales, De eso se trata, El testigo, Los culpables, La casa pierde, Tiempo transcurrido, Dios es redondo). Es articulista en diversos diarios y revistas, nacionales y extranjeros (El país, Reforma, La jornada semanal, Proceso, Nexos, Vuelta, El malpensante), en los cuales aborda desde el cine y el futbol, hasta la literatura, la música o la filosofía. Premios: Xavier Villaurrutia, Antonin Artaud (Embajada de Francia), Herralde, Internacional de Periodismo, Rey de España, Internacional de Periodismo Vázquez Montalbán, y otros. Fue profesor de literatura en la UNAM y en las universidades de Boston, Princeton, Yale, Pompeu Fabra (Barcelona)semblanza. De padre filósofo, y madre psicoanalista. La lectura de José Agustín estimuló su vocación literaria, la cual desarrolló en el taller de cuento de la UNAM, dirigido por Augusto Monterroso. Fue agregado cultural en la Embajada Mexicana de la entonces República Democrática Alemana (1981-1984). Es un detractor de las redes sociales, los medios digitales, y la saturación mediática que padece la sociedad actual; se autodefine como un “cronista de las ideas”, que busca la duda y la cordura de lo imaginario, como un antídoto al sinsentido existencial. Propone una narrativa cercana a la emoción de los lectores.

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CAPíTULO DIEZ De nuestra biblioteca

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DE N

UEST

RA

BIBL

IOTE

CAReseña bibliográfica Faya Viesca, Jacinto, El Federalismo Mexicano. Régimen Constitucional del Sistema Federal, Editorial Porrúa, Segunda edición, 2004

Fernando Hurtado

Jacinto Faya Viesca (1941-2013) con este libro viene a llenar una laguna en cuanto al conocimien-to y comprensión del régimen fede-ral mexicano. Sin duda, debe suge-rirse mayor relevancia e importancia al texto en nuestros días, debido a la creciente y lamentable cultura snob antifederalista, promovida tanto por intelectuales y líderes de opinión, como por los gobernantes mismos.

Este libro nos da cuenta de que estos tiempos exigen para Méxi-co una auténtica reforma federalista y de gran calado, que nos permita ser consecuentes con lo expuesto en el artículo 40 constitucional. Pe-nosamente, esta urgente y necesaria reforma ha estado prácticamente ausente de las agendas políticas de reformas del Estado que ha tenido nuestro país desde Don Miguel de la Madrid.

El libro, además de permitir-nos avizorar el Federalismo amplia y detalladamente desde una posición inmejorable, en términos de inteligi-bilidad, nos permite encontrar inte-resantes reflexiones sobre países pa-radigma del centralismo en el Orbe, que han emprendido reformas cons-titucionales “dignas de los países fe-deralistas más avanzados”, como él mismo autor señala.

En ese sentido, en el pri-mer capítulo del libro, don Jacinto, nos muestra el nacimiento teórico y práctico de este sistema político, atendiendo fundamentalmente a cuestiones sociológicas y políticas, de carácter unificador, dentro y para la diversidad.

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En su capítulo dos, comienza sensiblemente una justificación histórica de esta tendencia en México, haciéndolo ver también como un gran triunfo

de los liberales y progresistas del siglo XIX. Como señala el Instituto Nacional de Admi-nistración Pública (INAP), en su introducción hecha a la primera edición del libro en 1988: “Antes de pensar en la democracia y la república, los primeros mexicanos anhelaron la mo-narquía moderada; antes de meditar sobre el Federalismo, pensaron en el imperio centrali-zado. El régimen federal, pues, constituye un triunfo de las fuerzas del progreso que siguió el ensayo de un imperio y dos regencias”.

Para su tercer capítulo, habla de un tema toral para todo sistema federal: la dis-tribución de competencias constitucionales. Ahí, aborda el origen histórico que tuvo en los Estados Unidos de América (EU) con los intensos debates entre Hamilton y Marshall, y el final apunte que tuvieron en la historia. Después, considera las opiniones al respecto de los grandes juristas mexicanos, como Ignacio Burgoa y Felipe Tena Ramírez. Por último, hace un análisis de nuestro andamiaje jurídico en la materia anteriormente señalada.

Dentro del capítulo cuarto, emprende atinada y elegantemente un tema causa de confusión, contradicción y ambigüedades, que son las facultades explícitas, implícitas y concurrentes. A ellas las confronta también en una comparativa entre EU y México, histórica, conceptual y jurídicamente, apuntalando en ello su incuestionable repercusión e influencia en nuestro país y los sistemas federales del mundo. Ahí, vuelve a considerar las innegables contribuciones de John Marshall.

En su capítulo cinco, señala los conceptos políticos, criterios jurisprudencia-les y prácticas gubernamentales que definen al Federalismo. En éste vuelve a utilizar la dualidad México-EU para la metodología de investigación de los temas concernientes a los puntos anteriores.

En sus capítulos 6, 7, 8 y 9, analiza el contexto jurídico mexicano de la federa-ción, estados, municipios y Distrito Federal, desde una óptica histórica y comparativa en el mundo, para poder terminar y dar lugar a su décimo y último capítulo, el de las propuestas.

En su muy interesante y visionario apartado de “propuestas” plantea para nuestro país reformas federalistas de largo alcance en materia de autonomía local a mu-nicipios y estados; así como incluir temas en materia de comercio exterior, diplomática, hacendaria, energética, educativos, de salud, entre otras tantas, dentro de las facultades concurrentes de los estados y la federación. En materia de relaciones intergubernamentales, señala la participación del Distrito Federal, estados y municipios en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo (PND). En suma, se trata de darle más fuerza institucionalizada a los municipios, estados y Distrito Federal, para contribuir en el rumbo y concierto de la nación dentro de los tres significados anglosajones de la política: la polity, la policy y las politics.

Así pues, El Federalismo Mexicano, cubre ampliamente los elementos intelec-tuales, metodológicos y de investigación, necesarios para considerarlo como punto de lan-za para el entendimiento social, histórico y jurídico del Federalismo mexicano, y también como una muy importante agenda política de reforma que termine por darle a México un carácter y significado federalista, debida y necesariamente institucionalizado.

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autonomía

Autonomía deriva di-rectamente de la lengua griega. Viene de

autos, sí mismo, y de nomos, ley; esto es: dar-se leyes a sí mismo.

La autonomía, en el transcurso de la historia, ha visto cambios en su significado jurídico en el tiempo, como entre los pue-blos. En Occidente, la Antigua Grecia y la Antigua Roma entendieron la autonomía como la condición de aquellas ciudades o comunidades que podían gobernarse por sus propias leyes, y que no estaban someti-das a poder extranjero alguno.

Así pues, la autonomía ha variado a lo largo de la historia jurídica de los pueblos. En el mundo occidental, Grecia y Roma concibieron la autonomía como la situación de aquellas ciudades o comunidades que se gobernaban por sus propias leyes y no esta-ban sometidas a ningún poder ajeno. Los romanos también conocieron la “autono-mía regional” como la capacidad de algunos pueblos conquistados de seguir aplicando sus propias leyes y costumbres, en el orden interno, sin dejar por ello de estar sometidos al poder supremo en Roma. El ejercicio de tal autonomía provenía en muchas ocasio-nes de la concesión graciosa de monarcas, y

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Breve terminología del FEDERALISMO

Fernando Hurtado

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no abar-caban a la totalidad del pueblo

sino a ciertos estamentos o clases privile-giadas. El entendimiento que tenemos hoy de autonomía tuvo que pasar por muchos años, luchas y cambios político-sociales para llegar al significado que tiene hoy. Sin embargo, en mayor o menor nivel o medi-da, siempre comprendió el hecho de poder gobernarse a sí mismo.

En nuestro país la autonomía política, en sentido estricto, surge como una condición sine qua non del régimen federal. El artículo 40 de la Constitución establece: “Es voluntad del pueblo mexicano consti-tuirse en una República representativa, de-mocrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”.

Nuestra Constitución, al mo-mento de referirse a los estados como “li-bres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior”, determina una especí-fica autonomía para éstos. Dicha autonomía otorga la facultad a los estados integrantes de la federación para darse a sí mismos leyes, siempre que no contravengan los principios jurídicos de la parte orgánica y dogmática del Pacto Federal. Es importante señalar que esta autonomía es diferente a la otorga-da al municipio mexicano, en cuanto que si ciertamente goza de una descentralización en términos de gobierno, carece de auto-

nomía legislativa por cuanto las leyes que éste expide tienen que ser aprobadas y pro-mulgadas por el Congreso estatal.

Es importante reconocer que aunque la autonomía significa en un sen-tido amplio la capacidad para gobernarse a sí mismo, siempre es limitada, en dife-rentes niveles y aspectos de la tarea con-cerniente a la gobernación de los pueblos. Es decir, cuando la capacidad para gober-narse a sí mismo (autonomía) carece de lí-mites, lo correcto es hablar de soberanía. La no identificación de esta característica que permite la diferenciación conceptual entre ambos términos, ha ocasionado una amplia confusión no sólo entre estudiosos del derecho sino también entre gobernan-tes, como lo hace denotar el artículo 40 constitucional al atribuirle a las entidades federativas (estados) soberanía.

Como señala Felipe Tena Ra-mírez1, sobre lo dispuesto en el artículo 40 constitucional que afirma la soberanía de los estados miembros, se “está empleando el vo-cablo soberanos en una acepción que no es la propia”. Y categóricamente juzga: “Llame-mos, pues, soberanía a la facultad absoluta de autodeterminarse, mediante la expedición de la ley suprema, que tiene una nación; y au-tonomía a la facultad restringida de darse su propia ley que posee cada uno de los estados de la Federación”.

1 Felipe Tena Ramírez, Derecho Constitucional Mexicano, Ed. Porrúa, 40° edición.

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Por otro lado, destacados tra-tadistas de derecho constitucional mexica-no estiman que la autonomía política en México es aún defectuosa y de bajo nivel. Además, las constituciones locales por lo regular muestran defectos notables de técnica constitucional y no reflejan siem-pre las necesidades específicas de los es-tados. Simple y tristemente se concretan, a veces, a repetir disposiciones de la Cons-titución federal.

Del latín bis, doble, dos veces; cámara. Dos cámaras. Palabra ya recogida por el Diccionario de la Lengua Española.

La organización bicameral legislativa nació en Inglaterra en el Siglo XIV. El parlamento británico se dividió en dos asambleas, de acuerdo con una estrati-ficación social: la Cámara de los Lores (cá-mara alta), conformada por la aristocracia y la nobleza; y la Cámara de los Comunes (cámara baja), de la burguesía. El bicame-ralismo británico fue copiado por diversas monarquías constitucionales, bajo el sello distintivo de una cámara alta de ideología conservadora y una cámara baja de ideal liberal-progresista, como resultado del ori-gen conformador de las cámaras en fun-ción de los estratos sociales.

Después, los Estados Unidos de América adoptaron este modelo, pero con un significado distinto, a causa del Federalismo recién instituido a finales del Siglo XVIII: la Cámara de Representantes (cámara baja) asumía la representación del pueblo y el Senado (cámara alta) la repre-sentación de los estados integrantes de la federación.

En México, el bicameralismo se introdujo en la Constitución Federal de

1824, con el concepto estadounidense, es decir, el Senado asumía la representación de las entidades federativas en el poder le-gislativo. No obstante la erradicación del sistema federal en nuestro país durante las constituciones centralistas de 1836 y 1843, se mantuvo el bicameralismo, aun-que, por supuesto, la cámara alta no repre-sentaba a los estados que ya no existían. La Constitución de 1857, a pesar de ser federal, rompió con la tradición bicameral del Federalismo mexicano al depositar el poder legislativo en una única asamblea, eliminando el Senado. Ello porque el ante-cedente bicameral mexicano, de las consti-tuciones centralistas, tuvieron un marcado tinte aristocrático, lo que orilló a los cons-tituyentes de 1856-1857 a implementar el unicameralismo.

Así pues, el bicameralismo es la estructura parlamentaria formada por dos cámaras, una cámara baja y una cáma-ra alta, denominadas por lo regular Cámara de Diputados y Senado, respectivamente.

El Senado en el mundo, en una óptica comparativa, por regla general cuenta con menos miembros y es de repre-sentación territorial. Asimismo, el período para el ejercicio del cargo de senador es por lo regular más largo.

El bicameralismo en el Orbe tiene dos justificaciones: por una parte la que surge en un contexto federalista (EU),

bicameRalismo

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por la necesidad de representar los intereses de los estados en la toma de decisiones que repercutan al Estado federal en su conjunto. La otra justificación surge en un contexto centralista, y tiene que ver con la necesidad de integrar intereses de sectores étnicos, re-ligiosos, sociales, etc. (Inglaterra), en la con-formación de la voluntad política legislativa.

Por último, es importante señalar que en América Latina el bicamera-lismo existe tanto en países federales como centralistas o unitarios. El bicameralis-mo existe en todos los paí-ses federales de la región (Argentina, México, Brasil y Venezuela); y en Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, República Dominicana y Uruguay, en cuanto a los es-tados centralistas se refiere. Ningún país centroamerica-no cuenta con dos cámaras legislativas. Como se ve, el tamaño del estado ha sido un factor determinante para la constitución bicameral en los países latinos.

La facultad del Senado de la República para declarar que ha llegado el caso de nombrar un gobernador provi-sional a causa de la desaparición de todos los poderes en una entidad federativa, se encuentra en la fracción V del artículo 76 constitucional, que señala las atribuciones exclusivas del Senado, y que le da potestad para “Declarar, cuando hayan desapareci-

do todos los poderes constitucionales de un Estado, que es llegado el caso de nombrarle un gobernador provisional, quien convoca-rá a elecciones conforme a las leyes consti-tucionales del mismo Estado.”

Dicho precepto legal se intro-dujo en México en 1874, pasando a formar parte de nuestra Constitución, hoy día con algunas variantes respecto al original: en

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1874, era propuesta la desaparición del Eje-cutivo y legislativos locales; en 1917, la de todos los poderes, incluido el Judicial. En 1874, el nombramiento de gobernador pro-visional lo realizaba el presidente de la Re-pública con aprobación del Senado; en 1917, lo efectúa el Senado, pero la terna la presen-ta el Ejecutivo federal. Por último, en 1874, no existía el párrafo final de la fracción que ahora se incluye en ella (“Esta disposición regirá siempre que las constituciones de los estados no prevean el caso”).

Es importante señalar, a pesar de la malinterpretación que pudiera generar

el texto constitucional, que el Senado no puede declarar la desapari-

ción de los poderes

de una entidad federativa

ipso facto, sino que declara la desaparición de poderes cuando ya

han dejado de existir todos los poderes en un estado y nombra, ante tal situación, un gobernador provisional que, según sea el caso, ejecutará las medidas correspondien-tes. Es decir, el Senado reacciona ante un hecho o un acontecimiento, no lo activa; la facultad se ejecuta de manera consecuente a una circunstancia y no de manera impo-nente generando una circunstancia.

Ante todo ello, surge la gran interrogante ¿Cuáles son las causales que determinan la desaparición de todos los po-deres en una entidad federativa? Estas cau-

sas deben precisarse en una ley reglamen-taria, tal como indica la Constitución en el propio artículo 76. Dicha ley no se publicó hasta 1978, no obstante de suscitarse del ’17 al ‘78 la invocación de esta facultad en 48 ocasiones. Por esta razón, los juristas mexi-canos se preocuparon por esclarecer esas casusas, mismas que influyeron en buena medida en las causales de la ley de 1978.

De igual forma, la inquietud por precisar las causas que motivaban la desaparición de los poderes surgió en el po-der legislativo. El Senado, en 1939, aprobó un proyecto de ley reglamentaria de las frac-ciones V y VII del artículo 76 de la Cons-titución; sin embargo, la Cáma-ra de Diputados

nunca lo aprobó. A pesar de lo anterior, el 5 de noviembre de 1970, en un plazo de diez minutos se resucitó dicho proyecto para dictaminarse el envío al archivo. La razón de esta determinación, según el dictamen, fue que este problema “contiene más un fondo político que un problema esencial-mente jurídico”, y que “resulta imprudente pretender circunscribir a un texto legal” un asunto tan delicado como la desapari-ción de poderes, pues “no puede preverse la multitud de variedad de casos en que por razones políticas deba declararse la desapa-rición de poderes de un Estado”.

Así las cosas, llegó la Ley re-glamentaria de 1978, que en su artículo segundo, atiende los casos en que se con-

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figura la desaparición, que sucede cuando los titulares de los poderes constituciona-les de un estado: a) quebranten los princi-pios del régimen federal; b) abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor; c) estuvieren imposibilitados físicamente para el ejerci-cio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos que afecten la vida del estado, impidien-do la plena vigencia del orden jurídico; d) prorrogaren la permanencia en sus cargos después de fenecido el periodo para el que fueron electos o nombrados y no se hubie-ran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares, y e) promovieren o adop-taren formas de gobierno o bases de orga-nización política distintita de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República.

Debe resaltarse que está cla-ro que la fracción V del artículo 76 de la Constitución contiene una tercera hipóte-sis de garantía federal, además de las dos que indica el artículo 122, a saber: la forma republicana de gobierno.

Es preciso aclarar un punto que la fracción V establece, en cuanto al enunciado “el nombramiento de goberna-dor se hará por el Senado a propuesta en terna del presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los

miembros presentes y, en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mis-mas reglas”. Debe decirse que el nombra-miento de gobernador provisional lo hace el Senado, o la Comisión Permanente, pero la declaración de que ha llegado el caso de nombrar un gobernador provisional es fa-cultad única y exclusiva del Senado, y no de la Comisión Permanente. Esta última sólo puede nombrar al gobernador provisio-nal cuando el Senado señala que es el caso nombrarlo y termina ese periodo de sesio-nes el día o pocos días antes de que el presi-dente haya enviado la terna; sólo entonces la Comisión puede ejercitar esta facultad.

Esta interpretación de la frac-ción V constitucional, que es la única po-sible del texto, no siempre se siguió en la realidad. Así, en Durango, en 1966, la Co-misión Permanente declaró que era el caso de nombrar en ese estado un gobernador provisional, con lo que se atribuyó una fa-cultad que la Constitución no le otorga; en esa ocasión, lo que la Comisión Permanen-te debió haber hecho fue convocar al Se-nado a sesiones extraordinarias para que constatara la situación y decidiera si había llegado la ocasión de nombrar un goberna-dor provisional en Durango.

Quizá por esas razones, y para evitar malinterpretaciones en el tex-to constitucional, la Ley Reglamentaria de 1978 en su artículo cuarto, norma que la

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Comisión Permanente no puede declarar la desaparición de poderes en un estado. Con ello, se regresó a la única interpretación que admite nuestra Constitución al respecto.

No obstante, varias constitucio-nes locales, aunque no todas, señalan a quién debe designarse gobernador provisional en el caso de cumplirse supuesto de la fracción V del artículo 76 de la ley fundamental.

Asimismo, otro punto que merece análisis por la confusión y contra-dicción a la que invita esta fracción es la siguiente disposición: “El funcionario así nombrado no podrá ser electo gobernador constitucional en las elecciones que se ve-rifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siem-pre que las constituciones de los estados no prevean el caso”. La interpretación grama-tical jurídica de este precepto nos lleva a deducir que si las constituciones locales lo permiten, el gobernador provisional nom-brado por el Senado sí puede ser candidato a gobernador constitucional en las eleccio-nes a las que él mismo convoca.

Sin embargo, esta interpre-tación gramatical no es aceptable porque confrontaría lo dispuesto por el artículo 116 constitucional, cuando señala que el gobernador interino, sustituto o provi-sional no pude ser electo para el periodo inmediato. Para evitar esto, lo que debería hacerse es derogar el último párrafo de la fracción V del artículo 76 constitucional o reformar el 116 constitucional para elimi-nar la palabra “provisional” de su texto.

Aún más, los vacíos legales se muestran todavía en esta fracción, ya que constituciones locales reglamentan errónea-mente dicho supuesto, porque prevén que se

designe como gobernador provisional exac-tamente a alguno de los funcionarios que han desaparecido, lo que no es jurídicamente posible, y en estos casos, las disposiciones lo-cales deben considerarse inexistentes.

Hay tratadistas, sin embar-go, que señalan que existen constituciones locales que sí norman bien la hipótesis en cuestión. Como ejemplo citan la regula-ción que propone la constitución de Oaxa-ca, en la cual se estipula que en el caso de declararse la desaparición de todos los po-deres, el Senado debe nombrar a uno de los dos senadores de ese estado como gober-nador provisional, cosa que contraviene a lo dispuesto por la fracción V del artículo 76 ya que menciona desaparecidos “todos los poderes constitucionales de un Esta-do”, inclusive el Legislativo, ya que violen-taría un principio básico de todo Estado de derecho que es la imposibilidad de todo órgano legislativo de ser “juez y parte”.

Por último, y como anexo his-tórico, la fracción V del artículo 76 cons-titucional fue aplicada durante el periodo de Adolfo de la Huerta 16 veces; durante el de Cárdenas, ocho; durante Calles y Portes Gil, siete; durante Obregón, seis; durante Carranza, cuatro; durante Ávila Camacho, tres; durante Echeverría, dos; Abelardo Rodríguez, Alemán, Ruiz Cortines, López Mateos y Díaz Ordaz la aplicaron sólo una vez. Las entidades federativas donde se ha aplicado dicha fracción son: Morelos, ocho veces; Guerrero, seis; Tamaulipas y Jalis-co, cinco; Puebla, Guanajuato y Durango, cuatro; Veracruz, Nayarit, Sonora y Co-lima, tres; Campeche, Yucatán, Tabasco, Sinaloa, Chiapas y San Luis Potosí, dos; y una vez en Querétaro, Tlaxcala e Hidalgo.

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Breve

term

inolog

Ia

del FE

DERA

LISMO

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Mayormente llamada colabo-ración. En distintos países recibe nombres diferentes. En Alemania le llaman Bun-destrue (o principio de fidelidad federal); y en los Estados Unidos se le conoce con el nombre de federal comity. En la Repú-blica Federal de Alemania, el bundestrue, que debe decirse es un principio constitu-cional no escrito, comprende el hecho de que los Länder y la federación tienen la obligación constitucional de cooperar en el fortalecimiento del régimen constitucio-nal de alianza que les vincula, así como en la custodia de los intereses legítimos de la federación y los estados.

Así pues, el contenido del principio bundestrue implica que tanto la federación como los estados deben tener un proceder y una actuación leal en sus relaciones, que se tengan en consideración en sus acciones de gobierno, de manera que el ejercicio de sus competencias esté caracterizado por la mutua deferencia.

Este principio de carácter y significado eminentemente federalista de-riva de la prohibición genérica al abuso y arbitrariedad, trátese de la federación o las entidades federativas, y de la idea funda-mental de la buena fe. En Estados Unidos, la doctrina constitucional y jurispruden-cial ha construido el concepto de federal comity como un principio que debe regir las relaciones entre los distintos estados de la Unión Americana.

Así también, por ejemplo, el artículo 44 de la Constitución de Sui-za establece que a) La Confederación y los cantones deben colaborar y apoyarse mutuamente en el cumplimiento de sus atribuciones; b) La Confederación y los cantones deben guardar consideración y apoyos mutuos, y deben darse entre ellos asistencia administrativa y judicial; y c) Las disputas entre cantones, o entre éstos y la Confederación, deberán ser resueltos, en la medida de los posible, por medio de la negociación o mediación. Asimismo, en su artículo 45, la Carta Magna suiza estipula

lealtad fedeRal (cláusula, PRinciPio)

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que: 1. En los casos previstos por la Cons-titución Federal, los cantones deberán par-ticipar en el proceso de toma de decisiones del nivel federal, en particular en la legis-lación federal; y 2. La Confederación debe-rá informar a los cantones en tiempo y de manera completa sus planes, y deberá con-sultarles si sus intereses resultan afectados.

Por otro lado, en Austria, el Tribunal Constitucional ha desarrollado jurisprudencia a través de la cual reconoce la existencia del principio de “mutua consi-deración”, que viene a significar que tanto el Estado federal como los Länder han de tener en cuenta los intereses de los demás a la hora de legislar.

Ahora bien, independiente-mente de que se reconozca o no el princi-pio de colaboración o de lealtad federal, ya sea de manera directa en el texto constitu-cional o por vía jurisprudencial, es posible observar en los estados federales diversos mecanismos que tienden a lograr la co-hesión del conjunto en la elaboración de políticas públicas y las reformas constitu-cionales. Dicho mecanismo, en conjunto, no es otra cosa que el sistema de relaciones

intergubernamentales. Por ejem-plo, Canadá, en su Constitución no prevé un principio de colaboración o de lealtad federal, ni un esquema de relaciones intergubernamenta-les. Sin embargo, en la práctica ha establecido un sistema de relacio-nes entre los gobiernos federal y provinciales de dicho país. Esa práctica consiste en conferencias intergubernamentales y reunio-nes con funcionarios de todos los niveles.

Se dan gran cantidad de relaciones basadas en el contacto diario entre los diferentes niveles de gobierno. Se trata pues, de órganos de encuentro cuya práctica común reiterada ha hecho que las competencias constitucionales, que antes eran interpretadas en mayor medida en términos de exclusividad y conflicto, aho-ra tiendan a ser interpretadas en términos de complementariedad. Algo parecido su-cede en México con la Conferencia Nacio-nal de Gobernadores (CONAGO). En estos y otros países como Austria, estas prácti-cas han sido distintivos mecanismos efec-tivos de negociación y colaboración entre los niveles de gobierno.

En 1960, Grodzins, sentaba las bases del “Federalismo cooperativo”, utilizando una metáfora culinaria que vie-ne a plasmar una imagen muy ilustrativa de la distribución del poder y de la autori-dad entre los niveles federal y estatal. Se-gún Grodzins, la distribución de poderes y funciones en el sistema federal norteame-ricano no correspondería en absoluto a la distribución que en una tarta de tres estra-tos (en la que las instituciones y funciones

CAPíTULO ONCE Breve terminología del Federalismo

84 | El Federalismo

fedeRalismo cooPeRativo

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de los poderes nacional, estatal y local se hallan perfectamente separadas), sino a la que se encuentra en un tarta jaspeada que se caracteriza por una mezcla inseparable de ingredientes de diferente color. Final-mente, en 1966, Grodzins publica la que ha sido considerada la biblia del “Federalismo cooperativo”14.

En definitiva, este nuevo mo-delo de Federalismo presupone la copar-ticipación de poderes y funciones entre los distintos órdenes de gobierno, básica-mente los federales y estatales. Admite y fomenta diversas formas de cooperación de carácter esencialmente práctico. Esta cooperación no se circunscribe a la elabo-ración de leyes sino que se proyecta a otros ámbitos muy dispares, como la dirección de programas, la planificación de activida-des, etc. En suma, en el Federalismo coo-perativo la competencia cede el paso a la cooperación.

Así pues, este modelo de Fe-deralismo implica que las tareas estatales, la legislativa, administrativa, la planifica-ción e implementación de medidas políti-cas, se realizan con la acción conjunta de la federación y los estados miembro, en la forma de una cooperación, influencia re-cíproca o un apoyo mutuo. Sin duda, los procesos de cooperación se encuentran presentes en todos los sistemas federales del mundo, no obstante, el contenido y la magnitud de la colaboración entre la fede-ración y los estados miembros, el grado de autonomía y la manera en que se interre-lacionan determina que un estado federal sea considerado cooperativo o dual.

EL PACTO

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Bibliografía

Miguel Carbonell, Diccionario de Dere-cho Constitucional, Ed. Porrúa, 2009. José María Serna de la Garza, “Federalismo y Regionalismo”, Memoria del VII Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, 2002. David Cienfuegos Salgado, Constitucionalismo Local, Ed. Porrúa, 2005. DieterNohel, Diccionario de Ciencia Políti-ca, Ed. Porrúa, 2006. Jacinto Faya Viesca, El Fede-ralismo Mexicano, Ed. Porrúa, 2004. Felipe Tena Ramírez, Derecho Constitucional Mexicano, Ed. Porrúa, 2009.

14 Grodzins, Morton, The American System. A New View of Government in the United States, Chicago, Rand Mac Nally, 1966.

Breve

term

inolog

Ia

del FE

DERA

LISMO

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CAPíTULO DOCE Himno del Estado de jalisco

86 | El federalismo Mexicano

Himno del Estado de Jalisco

Autor de Música: Felipe Vázquez Barbosa.Autor de Letra: Moisés Guerrero López.

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EL PACTO

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CORO

Jaliscienses la Patria nos llamatremolando el pendón tricolorrecordando la casta valiente

que a Jalisco su vida ofrendó.

ESTROFA

Como irrumpe la aurora serenaen la noche su triunfo de luz

suave pluma rompió las cadenassubyugantes de la esclavitud.

Ya no esgriman las manos fraternasdel acero la furia fatal

conservando las fuerzas eternasde la paz como escudo inmortal.

CORO

Jaliscienses la Patria nos llamatremolando el pendón tricolorrecordando la casta valiente

que a Jalisco su vida ofrendó.

ESTROFA

Reafirmando la noble premisay el esfuerzo que nos conformóla Victoria de antiguos anhelosa tus héroes de dicha inundó.

Si el oprobio encendiera la flamaen defensa de nuestro blasón

jaliscienses dar un paso al frentepor la gloria de nuestra nación.

CORO

Jaliscienses la Patria nos llamatremolando el pendón tricolorrecordando la casta valiente

que a Jalisco su vida ofrendó.

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CAPíTULO TRECE Topotimias del Estado de Jalisco

88 | Mazamitla

DEL

EST

AD

O D

E JA

LIS

CO

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MAZAMITLAEn 1165 llegaron los aztecas a esta

región que perteneció al tlatoanazgo de Zapotlán. En 1481 invadieron los purépechas.

El capitán español Alonso de Avalos conquistó la región en 1522 llamándole “ Provincia de Avalos”.Desde 1825 perteneció al 4o, cantón de Sayula hasta 1878 en que pasó al 9o. cantón de Ciudad Guzmán. Por efecto del 9 de abril de 1894, la comisaría del “Valle de Mazamitla” se erigió en municipio.

EL PACTO

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JUNTO AL VENADO MUERTO;

mázatl=venado, mícqui=muerto, tlan=entre; en náhuatl.( representado por: mázatl=venado, mitl=flecha, tlántli=diente, por el sonido tlan)

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