El derecho de las niñas y los niños

11
El derecho de las niñas y los niños a participar y asumir responsabilidades de la vida en colectividad. Mirna Molina Flores

Transcript of El derecho de las niñas y los niños

Page 1: El derecho de las niñas y los niños

El derecho de las niñas y los niños a participar y asumir responsabilidades de la vida en

colectividad. Mirna Molina Flores

Page 2: El derecho de las niñas y los niños

Las niñas, los niños y adolescente

tienen derecho a:

Page 3: El derecho de las niñas y los niños

(LPDNNA)Ley para la Participación de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

(CDN)Convención sobre los Derechos del

Niño.

Page 4: El derecho de las niñas y los niños

Expresar libremente su opinión sobre

asuntos que les afecten

(Artículos 12 y 13 CDN;

artículos 38 y 41 LPDNNA).

Page 5: El derecho de las niñas y los niños

Presentar propuestas en todos los ámbitos en

los que viven.

(Artículo 39 LPDNNA)

Page 6: El derecho de las niñas y los niños

La liberad de pensamiento.(Artículo 14

CDN; Artículo 36 LPDNNA)

Page 7: El derecho de las niñas y los niños

Asociarse libremente y

celebrar reuniones pacíficas.

(Artículo 15 CDN; Artículo 42 LPDNNA).

Page 8: El derecho de las niñas y los niños

A que se les escuche y que las

personas encargadas de

formar decisiones sobre los asuntos que afectan a la

infancia tomen en cuenta sus opciones y

propuestas. (Artículo 12 CDN;

Artículo 41 LPDNNA).

Page 9: El derecho de las niñas y los niños

Derecho a la información

sobre los asuntos que les afectan. (Artículo 13

CDN; Artículo 40 LPDNNA)

Page 10: El derecho de las niñas y los niños

Niñas, Niños y Adolescentes tienen los deberes que exige el respeto de todas las personas, el cuidado de los bienes propios de la familia y de la comunidad y del aprovechamiento de los recursos que se dispongan para su desarrollo.

(Artículo 9 de la LPDNNA)

Page 11: El derecho de las niñas y los niños

La escuela debe incluir actividades y mecanismos de

participación democrática para

su formación ciudadana.

(Artículo 32 de la LPDNNA)