El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

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1 El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social Francisco Jacob Vicesecretario General OISS

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El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. Francisco Jacob Vicesecretario General OISS. PROTECCIÓN SOCIAL - EMIGRACIÓN. La exclusión de los beneficios de la Protección Social de los trabajadores migrantes provoca:. - PowerPoint PPT Presentation

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El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

Francisco JacobVicesecretario General OISS

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Desprotección (incluso tras largos periodos de cotización)-Marginación

Desincentiva la cotización

Fomenta la economía informal y el “dumping social”

Dificulta la movilidad y el retorno

PROTECCIÓN SOCIAL - EMIGRACIÓN

La exclusión de los beneficios de la Protección Social de los trabajadores migrantes provoca:

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Las Leyes Sociales (que regulan la protección de la salud, pensiones …) son muy dispares entre sí

Las Leyes Sociales se rigen por el “principio de territorialidad”: aplicación exclusiva en el ámbito territorial del Estado que las produce.

La protección de los migrantes requiere cooperación internacional en Seguridad Social

PROTECCIÓN SOCIAL-EMIGRACIÓN

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Armonización (Convenios OIT, Código Europeo de Seguridad Social, Código Iberoamericano de Seguridad Social …): busca establecer mínimos comunes de protección.

Coordinación de legislaciones: convenios y acuerdos internacionales

INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

A través de dos vías:

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No modifican legislaciones nacionales

No sustituyen legislaciones nacionales

Coordinan legislaciones para garantizar derechos de los trabajadores migrantes

Tipos: bilaterales, multilaterales

CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL

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Posibles: 231

En vigor: 53

El 73% en cuatro países: Argentina (7), Chile (8), España (13) y Uruguay (11)

CONVENIOS BILATERALES EN IBEROAMERICA

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Convenio de Seguridad Social de Quito (1978): requiere acuerdos bilaterales

Acuerdo Multilateral de Seguridad Social de MERCOSUR: en vigor desde 2005.

Decisión 583. Instrumento Andino de Seguridad Social: pendiente del Reglamento de Aplicación

Reglamentos de Seguridad Social de la UE: desde el 1de mayo de 2010 vigentes los nuevos Reglamentos 883/2004 y 987/2009.

CONVENIOS MULTILATERALES EN IBEROAMERICA

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Convenio Multilateral Iberoamericano de

Seguridad Social

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V Conferencia de Ministros y Máximos Responsables de la Seguridad Social(Segovia, septiembre 2005)

XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno (Salamanca, octubre 2005)

6 Borradores

3 Reuniones Técnicas(Montevideo, Santiago de Chile, Sao Paulo)

ELABORACIÓN DEL CONVENIO MULTILATERAL BEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL

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VI Conferencia de Ministros (Iquique. Julio 2007): aprobó el texto del Convenio

XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno (Santiago de Chile. Noviembre 2007): adoptó el Convenio por unanimidad. Firma (12 países).

ELABORACIÓN DEL CONVENIO

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Firma del Convenio por los Gobiernos

Ratificación del Convenio por los Parlamentos según legislación interna.

Depósito del instrumento de ratificación en la SEGIB

PROCEDIMIENTO ENTRADA EN VIGOR

Entrada en vigor: una vez se haya depositado el 7º instrumento de ratificación y suscrito el

Acuerdo de Aplicación.

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Ecuador

Argentina

Venezuela

España

Brasil

Costa Rica

Bolivia

ParaguayPortugalPerú

El SalvadorUruguay

Chile

Colombia

FIRMA TEXTO CONVENIO.14 PAISES

Población de los países que ya han firmado:

450 millones

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El 2 de febrero de 2011 el séptimo país (Bolivia) depositó el instrumento de ratificación

Efectividad a la firma del Acuerdo de Aplicación

ENTRADA EN VIGOR

Entrada en vigor: 1º DE MAYO DE 2011

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Ratificado:

RATIFICACIÓN DEL CONVENIO

- Depositado el instrumento de ratificación: Bolivia, El Salvador, Ecuador, Brasil, Chile, España, Paraguay, Portugal - Pendiente de depósito: Argentina, Uruguay, Venezuela

Costa Rica. Avanzado

trámite de ratificación:

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5 Borradores y 2 Reuniones Técnicas (Fortaleza, Santiago de Chile)

VII Conferencia de Ministros(Lisboa, septiembre 2009): aprobación definitiva del texto

XIX Cumbre Iberoamericana (conocimiento)

Firma por los países (previa ratificación del Convenio)

Firmado: El 13 de octubre de 2010 por España. el 18 de abril de 2011 por Bolivia, el 19 de mayo por Brasil

ACTUALMENTE EFECTIVO ENTRE BOLIVIA , BRASIL Y ESPAÑA

ACUERDO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO

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Mejora la protección de los trabajadores migrantes y sus familias.

Favorece la movilidad y el retorno.

Fomenta la cotización y la “formalización”.

Contribuye a evitar el “dumping”.

Refuerza los sistemas de SS.

Primer instrumento jurídico iberoamericano que reconozca derechos a los ciudadanos, directamente reclamables ante los tribunales..

IMPORTANCIA DEL CONVENIO

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.

Favorece la relaciones y los convenios bilaterales.

Puede servir de ejemplo

Puede ser origen de otros instrumentos (Encuentro de Ministros y Máximos Responsables de Seguridad Social de UE, AL y Caribe).

IMPORTANCIA DEL CONVENIO

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Igualdad de trato: con independencia de la nacionalidad (se aplica a cualquier persona que esté o haya estado sujeta a la legislación de uno o varios Estados Parte).

Campo de aplicación personal: trabajadores legales, dependientes y no dependientes.

Campo de aplicación material: prestaciones económicas por vejez, invalidez, supervivencia, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Legislación aplicable: “lex loci laboris” (con excepciones).

PRINCIPIOS DEL CONVENIO

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Conservación de derechos en curso de adquisición: totalización de períodos y “prorrata témporis”.

Exportación de prestaciones.

Colaboración administrativa y técnica.

Mantenimiento de disposiciones más favorables de otros Convenios.

Posibilidad de ampliación a otras ramas (asistencia sanitaria …).

PRINCIPIOS DEL CONVENIO

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Abono de prestaciones con cargo a los Fondos

Totalización de períodos para: invalidez, supervivencia, en sistemas mixtos, mínimos (en su caso) (art.16).

Exportación de prestaciones (art. 6).

Aseguramiento voluntario (art. 16).

Posibilidad de acuerdos de transferencia de fondos entre Estados (art.17).

FONDOS DE PENSIONES(Título II. Capítulo 2)

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SOLICITUD:

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO

En cualquier Estado Parte

Estado de residencia o de últimas cotizaciones

IMPULSO:

Solicitud de información a otros Estados

Comunicaciones entre instituciones a través de la del Estado que impulsa.

Resolución, notificación y pago por cada Estado.

TRÁMITE: