El Contrato Social en Rawls

download El Contrato Social en Rawls

of 23

Transcript of El Contrato Social en Rawls

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    1/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 9

    EL CONTRATO SOCIAL EN EL LIBERALISMOPOLTICO DE RAWLS

    Mariano C. Melero de la Torre*

    RESUMEN

    La relevancia del pensamiento de John Rawls en la filosofa poltica actual sedebe, entre otras razones, a que incluye los dos tipos de justificacin actualmentepreponderantes de un rgimen democrtico constitucional. La evolucin de suteora contractual representa de manera ejemplar los dos posibles usos del con-trato social como principio de legitimacin poltica. Nuestra primera intencinaqu es poner de manifiesto el contraste entre ambos usos, para luego pasar aanalizar las dificultades que lleva consigo el uso meramente poltico del mto-do contractual que defiende el ltimo Rawls.

    CONTRACTUALISMO - LIBERALISMO - COMUNITARISMO

    Social contract in Rawls political liberalism

    ABSTRACT

    The relevance of John Rawls thought in the political philosophy of our time isdue, among other reasons, to the fact that it includes the two types ofjustifications currently in vogue in any constitutional democratic regime. The

    evolution of his contractual theory represents exemplarily the two possible uses ofthe social contract as political legitimation. Our first intention in this paper is tounderline the contrast between both uses, and then analyse the difficultiesentailed by the merely political use of the contract method that Rawls defendsin his latest works.

    CONTRACTUALISM, LIBERALISM-COMMUNITARISM,CULTURAL DEMOCRACY

    Revista de Derecho Vol. XVI - Julio 2004 Pginas 9-31

    *Licenciado en Derecho y Filosofa, Real Vieja, 39, 2 f, 28700, San Sebastin de los Reyes,Madrid, Espaa, [email protected]. Artculo recibido el 20 de marzo de 2004 yaceptado para su publicacin por el Comit Editorial el 6 de mayo de 2004.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    2/23

    10 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    INTRODUCCIN

    Uno de los problemas ms difciles que plantea el fenmeno de la globali-zacin es si debemos considerar legtimo exportar la democracia liberal apases sin tradicin democrtica. El presente trabajo pretende afrontar

    este problema desde el punto de vista de la posible aplicacin universal delcontrato social como mtodo de justificacin poltica. En su versin kantiana, elcontrato social implica que un orden social y poltico es legtimo nicamentecuando puede ser representado como el objeto de un acuerdo entre los indivi-duos que viven bajo l, pues slo el consentimiento hipottico de stos haceque sea moralmente permisible la imposicin coactiva de dicho orden sobre

    ellos. El mximo exponente de este enfoque en la filosofa poltica contempor-nea es John Rawls. Segn este autor, la estructura institucional bsica de lasociedad ha de evaluarse de acuerdo con los principios que elegiran los indivi-duos que viven bajo ella si fueran representados en una situacin inicial deigualdad como seres racionales y libres, es decir, segn los principios que elegi-ran desde la famosa posicin original.

    El propsito que persigue este trabajo consiste en analizar crticamente lametodologa contractual de Rawls en su nueva presentacin poltica. Es ya un

    lugar comn explicar el trnsito de Rawls hacia el liberalismo poltico comouna respuesta a aquellos autores que desde posiciones comunitaristas habancriticado la posicin original por presuponer una concepcin ahistrica y trans-cultural de la moralidad. En A Theory of Justice,1la posicin original pretendaser un punto de vista objetivo y universal desde el cual poder formular losprincipios de justicia correctos para cualquier comunidad poltica. Por esta ra-zn, la teora de Rawls resultaba inaceptable para autores como Michael Walzero Richard Rorty, al emplear para su justificacin una metodologa que no tenaen cuenta las implicaciones de la cultura especfica de cada sociedad en el modode entender y justificar las exigencias de la justicia. En su nueva presentacinpoltica, sin embargo, Rawls parece adoptar, al menos metodolgicamente, lavisin hegeliana de la moralidad que defienden estos autores. Aunque noacepta la comunidad como la fuente ltima del valor, s parece reconocer que lamoralidad poltica slo puede ser defendida por referencia a los valores compar-tidos de una tradicin histrica concreta. En Political Liberalism, Rawls aban-donalas pretensiones universalistas de su teora, afirmando que slo desea desa-rrollar las ideas fundamentales que se encuentran implcitas en la culturapoltica pblica de una sociedad democrtica.2

    1Rawls, J.,A Theory of Justice, Harvard University Press, Cambridge, Massachusetts, 1971.2Rawls, J., Political Liberalism, Columbia University Press, Nueva York, 1993, p. 13.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    3/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 11

    Rawls niega, sin embargo, que su nueva teora sea una reaccin a la crticacomunitarista. Segn l, el giro poltico que defiende para la doctrina liberal

    responde a un objetivo estrictamente prctico: asegurar una democracia consti-tucional estable en un contexto de pluralidad moral. El pluralismo moral es,para Rawls, el contexto natural de un rgimen democrtico, nicamente evita-ble mediante el uso opresivo del poder del Estado. Bajo instituciones libres, noslo es razonable esperar un desacuerdo constante sobre las cuestiones msfundamentales (morales, religiosas y filosficas), sino que resulta irrazonabletratar de superar dicho desacuerdo imponiendo una de las doctrinas en disputa.En dicho contexto, Rawls oferta sus principios de justicia como una base con-sensuada de justificacin pblica para las cuestiones de justicia poltica.

    As, el objetivo de la justicia como equidad, entendida polticamente, es prctico, yno metafsico o epistemolgico. Es decir, se presenta no como una concepcinverdadera de la justicia, sino como una concepcin que puede servir de base paraun acuerdo poltico informado y consciente entre ciudadanos, considerados comopersonas libres e iguales.3

    Dado el hecho del pluralismo razonable, este objetivo exige presentar lajusticia como equidad (o cualquier otra concepcin alternativa de la justicia

    liberal) como una concepcin estrictamente poltica o independiente de supuestoscomprehensivos, lo cual implica concebirla con una triple limitacin. En primerlugar, debe ser pensada para aplicarse a un objeto especfico, a saber, la estructurainstitucional bsica de un rgimen democrtico moderno. En segundo lugar, estarestriccin respecto a su alcance implica que la teora liberal de la justicia no debeser presentada como la aplicacin de una doctrina comprehensiva a la estructurabsica, sino como un punto de vista independiente que hay que exponer al margende cualquier trasfondo ms amplio o sin referencia a ninguno. Por ltimo, elmtodo que se debe emplear para obtener dicha teora consistir en el desarrollo o

    expresin sistematizada de las ideas intuitivas que se considera que estn implci-tas en las instituciones polticas de un rgimen constitucional y en las tradicionespblicas de su interpretacin. Estos tres rasgos aseguran, segn Rawls, la obten-cin del deseado consenso normativo entre las diversas y enfrentadas doctrinascomprehensivas que proliferan bajo unas instituciones libres.

    ELCONTRATOSOCIALENATHEORYOFJUSTICE

    Lo primero que nos interesa destacar es el contraste entre el nuevo mtodode justificacin que exige una concepcin poltica de la justicia y el mtodo que

    3 Freeman, S. (ed.), John Rawls: Collected Papers, Harvard University Press, Cambridge,Mass., 1999, p. 394.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    4/23

    12 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    se emplea para justificar la justicia como equidad en A Theory. En su primerlibro, Rawls utiliza el contrato social como un procedimiento para describir y

    desarrollar el contenido de nuestro sentido de la justicia en las democraciasliberales, es decir, como un procedimiento por el que dar una expresin definidamediante principios a ciertas creencias o compromisos morales previos. Su ob-jetivo es integrar en una sola concepcin las intuiciones concretas que comparti-mos como ciudadanos de una sociedad democrtica. Rawls selecciona el con-tractualismo kantiano de entre las diversas tradiciones filosficas occidentalesde teora moral porque considera dicha tradicin como la nica capaz de sumi-nistrar las nociones determinantes de nuestra competencia moral como ciudada-nos democrticos. Estas nociones o convicciones fundamentales (la igualdad

    moral de las personas, su capacidad para la autodeterminacin, la arbitrariedadde la lotera natural y social, entre otras) no slo sacan a la luz los supuestossubyacentes de las intuiciones concretas que de hecho compartimos en unasociedad democrtica (la injusticia de la discriminacin por razones de sexo,raza, religin, o cualquier otra condicin personal o social), sino que tambinsirven para guiarnos en aquellos casos respecto de los cuales slo tenemosconvicciones dbiles o contradictorias, ampliando as el campo de nuestras in-tuiciones comunes. La posicin original se presenta, por tanto, en su primeraenunciacin, como la mejor forma de desenredar el significado y las implicacio-

    nes de tales creencias.

    La apuesta ms audaz del primer Rawls consiste en determinar, a partir denuestro sentido de la justicia, unos principios de alcance potencialmente univer-sal. En su primer libro, Rawls cree posible dar este salto de lo particular a louniversal porque ve en el contractualismo kantiano no nicamente la concep-cin ms acorde con la cultura democrtica, sino tambin la que suministra lascondiciones de una teora correcta de la justicia. Dicho de otra forma, el contra-to social de tipo kantiano no slo incluye, para el primer Rawls, los supuestossubyacentes de nuestra competencia moral, sino que ofrece adems la justifica-cin filosfica que da cuenta de la validez de tales supuestos. Esta justificacinfilosfica se pone de relieve en dos argumentos bsicos de A Theory, el primerobasado en nuestro deber natural de justicia y el segundo en nuestra autonomamoral. Las condiciones de la posicin original estn diseadas para hacer valeren la estructura institucional bsica de la sociedad nuestro deber natural dejusticia. El deber de fomentar instituciones justas es calificado de naturalporque no se deriva del consentimiento o del beneficio mutuo, sino del trato quedeben recibir las personas en cuanto tales, es decir, en cuanto poseedoras de lascapacidades de formar y perseguir su propia concepcin del bien y de tener unsentido de la justicia. El contrato hipottico aparece entonces como un recursonecesario para determinar el contenido de este deber natural, puesto que se tratade un procedimiento que exige tomar en consideracin los intereses de todas laspartes implicadas en cuanto seres libres e iguales. De este modo, las condicio-

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    5/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 13

    nes que definen la situacin contractual tienen por objeto asegurar la igualconsideracin de los contratantes mediante la eliminacin de las diferencias que

    podemos considerar arbitrarias desde un punto de vista moral. Quedan justifi-cadas, en suma, porque representan nuestra igualdad moral.

    La misma concepcin kantiana de persona le sirve a Rawls para desarrollaren la interpretacin kantiana de la justicia como equidad (seccin 40) unasegunda justificacin filosfica de las condiciones de la posicin original. Enesta ocasin, el argumento no se basa directamente en la nocin de igualdadmoral, sino en la capacidad de autonoma que nos hace iguales. Para Kant, unsujeto autnomo, o un yo noumnico, es aquel que est determinado por

    principios racionales, es decir, por principios que pueden servir como tales paracualquier otro agente, independientemente de sus deseos particulares. Actuamosautnomamente cuando sometemos nuestras mximas de accin al imperativocategrico, el cual representa, segn Kant, el uso correcto de nuestra raznprctica. De manera similar, las condiciones de la posicin original estn pensa-das para someter los principios de ordenacin social al test que nos impone larazn prctica, de tal modo que al aceptar los principios que superan dicho testestamos expresando nuestra naturaleza como seres noumnicos, es decir, esta-mos actuando autnomamente. La idea es que, del mismo modo que la ley

    moral de Kant examina una mxima de accin obligndonos a considerar sipodemos desear que todo el mundo siga esa mxima, la posicin original juzgalos principios de justicia forzndonos a considerar si podemos desear una socie-dad regida por tales principios en el supuesto de que ocupemos cualquier posi-cin de esa sociedad. Los resultados de ambos test se suponen obligatorios yuniversales (independientes de las contingencias de la naturaleza y la socie-dad) porque se consideran derivados del uso correcto de nuestra razn prcticacomo sujetos autnomos.

    En definitiva, la justificacin de las condiciones de la posicin originaldepende en su presentacin primigenia de una teora moral sobre nuestra natu-raleza moral como seres libres e iguales. Esta justificacin filosfica es la quehace posible la construccin de una teora de la justicia correcta, y no mera-mente operativa en nuestras sociedades democrticas. El alcance universal de lateora se basa en que la posicin original kantiana contiene las restriccionespropias del punto de vista imparcial definitorio de la moralidad el punto devista desde el cual cada persona importa por igual. Los principios que surgende esta situacin contractual inicial resultan obligatorios porque son la expre-sin sustantiva de nuestro deber, formal y abstracto, de tratar a las personascomo iguales. Su fuerza normativa procede del deber natural de fomentar lasinstituciones sociales y polticas que expresan nuestra igualdad moral. El hechode que los aceptemos depende, en ltima instancia, de nuestro compromiso conlos ideales de igualdad moral y deber natural o, ms exactamente, de si pensa-

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    6/23

    14 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    mos que son la mejor descripcin de tales compromisos. Por tanto, aunque lasideas de libertad e igualdad constituyan un punto de partida con un amplio

    respaldo en nuestra cultura democrtica, la justificacin ltima de tales ideas nodescansa en el mero hecho de su aceptacin, sino en una doctrina comprehensi-va que se supone correcta acerca de nuestra personalidad moral, nuestros intere-ses esenciales y el modo de promoverlos socialmente. Lo cual nos permiteemplearlas para evaluar la legitimidad de cualquier sociedad, incluidas aquellasque no tienen una cultura democrtica libre.

    LACONTEXTUALIZACINDELCONTRATO

    Es cierto que Rawls no desarrolla una doctrina comprehensiva liberal enninguna parte de su primer libro, pero es precisamente la dependencia de unoscompromisos comprehensivos previos el escollo fundamental que trata de sol-ventar con la nueva presentacin poltica de su teora. La dependencia com-prehensiva resulta problemtica, argumenta Rawls en Political Liberalism, por-que vincula el consenso poltico, y, por tanto, la unidad social, a una doctrinafilosfica que no podemos esperar razonablemente que todos los ciudadanosacepten. Como ya hemos sealado, el liberalismo poltico parte del hecho social

    fundamental del pluralismo razonable: el desacuerdo en cuestiones comprehen-sivas es el resultado inevitable del ejercicio de la razn prctica en condicionesde libertad. Y dado el carcter razonable del desacuerdo moral, religioso yfilosfico, la dependencia comprehensiva significa convertir la justicia liberalen una doctrina sectaria ms, cuya aceptacin por parte de todos los ciudadanosslo podra realizarse mediante el uso ilegtimo de la fuerza, es decir, quebran-do las libertades que dicha justicia pretende garantizar. Por este motivo, elliberalismo poltico justifica los principios de la justicia liberal invocando ni-camente las prcticas y tradiciones de nuestra cultura democrtica.

    Esa cultura poltica abarca las instituciones polticas de un rgimen constitucionaly las tradiciones pblicas de su interpretacin (incluidas las del poder judicial), ascomo los textos y documentos histricos que son de conocimiento comn. 4

    Este nuevo tipo de justificacin responde a lo que Joseph Raz ha denomina-do la abstinencia epistmica:5 para lograr el consenso normativo, el filsofopoltico debe excluir cualquier explicacin filosfica, moral o religiosa que dcuenta de por qu los principios son adoptados como correctos, verdaderos o

    justificados. El filsofo debe buscar o desarrollar un terreno comn de ideaslatentes que pueda ser abrazado por la gente independientemente de sus doctri-

    4Political Liberalism, op. cit., p. 145Raz, J., Ethics in the Public Domain, Clarendon Press, Oxford, 1994, pp. 61-70.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    7/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 15

    nas comprehensivas. De este modo, respeta el pluralismo moral de la culturademocrtica, y evita poner barreras innecesarias en el modo en que las distintas

    doctrinas pueden llegar a aceptar unos principios comunes. La novedad en elmtodo se explica por el objetivo estrictamente prctico del liberalismo poltico.Este objetivo ya no es encontrar los principios de justicia correctos, sino asegu-rar un acuerdo social no coercitivo. Parafraseando a Rawls, el liberalismo polti-co se propone garantizar dicho acuerdo aplicando el principio liberal de legiti-midad a la filosofa poltica misma.

    Cmo debemos entender ahora el contrato social de tipo kantiano? En elmarco del liberalismo poltico, la posicin original representa simplemente un

    medio til para llegar a una concepcin de la justicia que asegure una sociedadcooperativa estable. Aunque el mtodo contractual kantiano sigue siendo laelaboracin de ciertas ideas intuitivas que se consideran implcitas en una de-mocracia moderna, estas ideas ya no se presentan como los supuestos subyacen-tes de nuestra capacidad moral, sino como las nociones que estn incorporadasen las prcticas y tradiciones de nuestra cultura poltica. Dicho de otro modo,las ideas de libertad e igualdad no se adoptan porque se presuponga su verdades decir, porque formen parte de una doctrina filosfica que d cuenta de suvalidez, sino sencillamente porque las compartimos. Son, junto con la diversi-

    dad de doctrinas comprehensivas, un hecho de nuestra cultura poltica. Consti-tuyen el terreno comn a partir del cual podemos formular una concepcin de lajusticia que pueda convertirse en el foco de un consenso entretejido entre lasdistintas doctrinas comprehensivas de los ciudadanos democrticos.

    En concreto, la idea de persona libre e igual es nicamente una idea laten-te en nuestra cultura democrtica. La posicin original asla los dos poderesmorales de las personas como los rasgos relevantes para el problema de lajusticia excluyendo el resto mediante el velo de la ignorancia, no porque estadistincin derive de una doctrina comprehensiva liberal, sino porque es el tipode distincin que habitualmente se reconoce en las sociedades democrticaspara justificar pblicamente las instituciones y normas legales. As, la relevan-cia de la capacidad para formar y revisar concepciones del bien no procede deuna definicin de nuestra naturaleza moral como electores autnomos de fines,sino exclusivamente del hecho de que en un rgimen constitucional la protec-cin de los derechos bsicos (y, en general, de las pretensiones legtimas) nodepende de la afiliacin a una determinada concepcin del bien.

    Lo irrelevante no debera ser entendido absolutamente, metafsicamente, o en lostrminos de una visin moral general, sino slo en el sentido de que un rasgo de lapersona no es importante para los propsitos de la argumentacin poltica ... Pode-mos determinar, por tanto, qu rasgos son irrelevantes, polticamente hablando ...sistematizando y extendiendo las ideas razonablemente familiares sobre la justifi-

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    8/23

    16 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    cacin de las instituciones polticas en una sociedad democrtica ... La concepcinde los ciudadanos como libres e iguales representa un elemento familiar de la

    cultura poltica de las sociedades democrticas.6

    En la conocida expresin de Richard Rorty, el liberalismo poltico da prio-ridad a la democracia sobre la filosofa. Rawls abandona el llamado proyectoilustrado de fundamentar tericamente los principios y los derechos de la justi-cia liberal (un proyecto que, en realidad, haba dejado a medio hacer en suprimer libro), para abrazar el proyecto consistente en lograr la acomodacinprctica de la pluralidad de doctrinas morales, religiosas y filosficas. La justi-cia liberal se presenta as como una prolongacin del principio de tolerancia que

    puso fin a las guerras de religin de los siglos XVI y XVII, con la pretensin deextender el mismo espritu al desacuerdo razonable que escinde nuestras socie-dades actuales en las cuestiones fundamentales sobre la vida buena. En dichoproyecto, la nica legitimacin que se busca para las instituciones de la justiciaradica en el xito de esa acomodacin prctica, por lo que se elimina cualquierjustificacin que no parta de las prcticas y tradiciones que conforman la cultu-ra comn de una sociedad democrtica.

    ...en tanto la justicia llega a ser la primera virtud de una sociedad, la necesidad de

    (una) legitimacin (extrapoltica o filosfica) puede desaparecer gradualmente. Talsociedad estar acostumbrada a la idea de que la poltica social no necesita mayorautoridad que el logro de la acomodacin entre individuos, los cuales se ven here-deros de las mismas tradiciones histricas y enfrentados a los mismos problemas.Ser una sociedad que fomente el fin de las ideologas, que considere el equili-brio reflexivo como el nico mtodo necesario para discutir la poltica social. 7

    En este sentido, el liberalismo poltico da la razn a Walzer, al menosmetodolgicamente. Este autor, desde una perspectiva hegeliana, haba criticadolas pretensiones universalistas de A Theory, sealando las importantes conse-

    cuencias que tienen los valores y prcticas de las diferentes culturas en el modode entender y justificar las exigencias que impone la justicia social. En especial,Walzer criticaba el uso que haca Rawls de los bienes primarios por no tener encuenta el hecho de que cuando se trata de bienes diferentes hay que distribuirloscon criterios diferentes, y atacaba el intento de Rawls de construir un punto devista universal para hacer derivar de l los principios de justicia. Frente a estaforma de operar, Walzer defenda una metodologa centrada en la interpretacinde aquellos significados sociales con que cada cultura entiende sus propiosbienes.

    6Cohen, J., A More Democratic Liberalism, Michigan Law Review, vol. 92, 1994, p. 1523.7 Rorty, R., Objectivity, Relativism, and Truth, Cambridge University Press, Cambridge,

    1991, p. 184.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    9/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 17

    Una manera de iniciar la empresa filosfica quiz la manera original consiste ensalir de la caverna, dejar la ciudad, subir a las montaas y formar por uno mismo

    (lo cual no est al alcance de los hombres y mujeres comunes) un punto de vistaobjetivo y universal. Entonces se describe el terreno de la vida cotidiana desdelejos... Pero yo me propongo quedarme en la caverna, en la ciudad, en el suelo.Esta otra forma de hacer filosofa consiste en interpretar para los ciudadanos elmundo de significados que todos compartimos.8

    En lnea con el precepto walzeriano, el liberalismo poltico parte de latradicin poltica democrtica y descubre en ese fondo comn una determinadaconcepcin de la sociedad y de sus miembros. La posicin original es un intentode exponer esos significados compartidos de forma clara y sistemtica. Comohan sealado Stephen Mulhall y Adam Swift, la diferencia entre Walzer y Rawlses que ste constata, a diferencia de aqul, que es muy poco lo que comparti-mos. El proyecto de elaborar una concepcin especficamente poltica surge delreconocimiento del pluralismo razonable, es decir, de que hay diferentes doctri-nas comprehensivas opuestas entre s y de que no dejarn de existir a no ser quese use de forma opresora el poder del Estado. Dado este hecho, slo podemosacordar en comn (y, en consecuencia, recoger en la posicin original) unaforma de entender la poltica, una concepcin de la sociedad poltica y de la

    persona como ciudadano que permite a la gente formar, revisar y perseguirlibremente las concepciones del bien que escojan. Mientras Walzer parece supo-ner que todos compartimos, a pesar de nuestras diferencias, una concepcin delmodo como se han de distribuir determinados bienes, Rawls empieza recono-ciendo que los ciudadanos de una sociedad democrtica entendern de maneracompletamente distinta la forma como deben orientar sus vidas y el modo comodeben distribuir sus bienes. Si Walzer insiste en el hecho de que culturasdiferentes entendern sus bienes de forma diferente, Rawls constata que esto esprecisamente lo que hacen los diferentes miembros de nuestra cultura.9 La

    abstraccin de las doctrinas comprehensivas, y el consiguiente repliegue sobrelos valores polticos, es el modo de responder a nuestra particularidad cultural ya los significados que de hecho compartimos.

    El trabajo de abstraccin, pues, no es gratuito: no se trata de la abstraccin por laabstraccin. Se trata ms bien de continuar la discusin pblica cuando han que-brado los comunes acuerdos compartidos menos generales... Puesto que los con-flictos en torno de la naturaleza, de la tolerancia y de la base de la cooperacin enpie de igualdad han sido persistentes en el seno de la tradicin democrtica, pode-mos suponer que son profundos. Por consiguiente, para conectar esos conflictos

    8Walzer, M., Spheres of Justice: A Defence of Pluralism and Equality , Blackwell, Oxford,1983, p. xiv.

    9Mulhall, S. y Swift, A., El individuo frente a la comunidad, Temas de Hoy, Madrid, 1996,p. 278.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    10/23

    18 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    con lo que nos resulta familiar y bsico, examinamos las ideas fundamentalesimplcitas en la cultura poltica pblica.10

    Adems, es importante advertir que la nueva presentacin que hace Rawlsde los fundamentos de su teora no deriva de una aceptacin de la posturametatica de Walzer. Este autor, como el resto de los comunitaristas, defiendeque la comunidad es la fuente ltima del valor, o, dicho con otras palabras, quela justicia de una comunidad particular slo puede ser juzgada a partir de losvalores que estn incorporados de hecho en las instituciones de dicha comuni-dad. Una sociedad dada es justa si su vida sustantiva se vive de una determina-da manera: esto es, de un modo fiel a las concepciones que comparten sus

    miembros.11Rawls, por el contrario, no adopta la metodologa walzeriana paradiferenciar los reclamos de la justicia segn los significados compartidos decada sociedad particular. Se trata ms bien, como venimos sealando, de evitarpor completo las controversias comprehensivas en la justificacin pblica de lasinstituciones con objeto de lograr un consenso normativo en torno a una con-cepcin de la justicia. Rawls sigue manteniendo la prioridad de lo justo sobre lobueno, lo cual implica hacer abstraccin de las formas de vida compartidas ala hora de definir los reclamos de la justicia.

    Sin embargo, no deja de ser cierto que el cumplimiento del precepto de lajustificabilidad pblica requerir, en culturas no liberales, apelar a un terrenocomn distinto al que Rawls preconiza. Segn este precepto, para que unaconcepcin de la justicia sea operativa y estable debe elaborarse a partir de lasideas intuitivas latentes en la cultura poltica de la sociedad a la que vadirigida. En concreto, la concepcin kantiana de la persona slo podr ser utili-zada como base de la justificacin pblica cuando est implcita en la culturapoltica de la sociedad en cuestin, es decir, cuando ella misma sea pblicamen-te justificable. En este sentido, la cultura democrtica ya no es slo el punto de

    partida de una teora liberal de la justicia, sino tambin su punto de llegada.Aqu radica la clave para entender la diferencia entre A Theory y Political. Lajusticia liberal es, en su presentacin poltica, la concepcin moral pblica-mente realizada en la cultura poltica de las sociedades democrticas modernas.Lo cual significa que, a nivel terico, Rawls abandona la elaboracin de lasintuiciones morales de los ciudadanos democrticos, dando paso a la interpreta-cin de las prcticas, tradiciones e instituciones polticas de una sociedad demo-crtica. El liberalismo igualitario se independiza de la filosofa, pero a costa dehacerse parasitario de la cultura democrtica. Ya no es un ideal freestanding

    algo que para los liberales polticos de cualquier parte debera ser, no slo

    10Political Liberalism, op. cit., pp. 45-6.11Walzer, op. cit., p. 313.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    11/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 19

    objeto de dilogo, sino algo por lo que luchar y morir.12 Ahora, en aras delconsenso, se convierte en un provincianismo Anglo-Americano (temporal-

    mente?) ascendente en Europa y en otras partes.13

    LAIDEADEUNCONSENSOENTRETEJIDO

    En mi opinin, la dependencia institucional hace que el liberalismo polticosea susceptible del mismo tipo de crticas de que ha sido objeto el comunitarismode Walzer. Para poner de relieve este punto, nos fijaremos en las objeciones queen su momento dirigi Joshua Cohen contra Spheres of Justice,14 tratando de

    demostrar su pertinencia cuando las dirigimos contra la metodologa del liberalis-mo poltico. Dichas crticas se polarizan en dos aspectos fundamentales, ntima-mente conectados: su concepto del consenso y su explicacin de la crtica social.

    En primer lugar, Cohen rechaza el concepto de consenso que se desprendede la metodologa de Walzer. Segn Walzer, la nica forma de descubrir losvalores compartidos de una sociedad es interpretar las instituciones y prcti-cas que forman parte de su cultura comn. Sin embargo, aunque el consenso entorno a ciertos valores puede reflejar en ciertos casos un compromiso de los

    ciudadanos con la forma de vida de su sociedad, tambin puede ser el resulta-do de una combinacin de otros factores como el miedo, el desinters, el egos-mo, etc. Ahora bien, tan slo en el caso del compromiso parece correcto decirque los miembros comparten realmente los valores incorporados en las institu-ciones sociales bajo las que viven. Por eso, concluye Cohen, no es lcito identi-ficar sin ms los valores compartidos por los ciudadanos con los valores incor-porados en las instituciones.

    (Walzer) tiende a identificar los valores incorporados en las instituciones y prcti-cas con los valores de sus miembros ... (Sin embargo) puede haber una multitud deintereses y aspiraciones que no estn incorporados en el orden poltico ... En talescasos, incluso aunque est perfectamente claro cules son los valores que incorporael orden existente, es difcil ver por qu dichos valores ofrecen el nico punto departida de una filosofa poltica que pretende estar enraizada en las aspiracionesreales. Antes bien, la filosofa poltica puede adoptar una perspectiva interna a lasociedad, aunque sea externa a sus instituciones y valores.15

    A mi modo de ver, la justificacin poltica de Rawls realiza la mismaidentificacin que Cohen critica en la teora de Walzer. Para ver esto con sufi-

    ciente perspectiva debemos recordar cmo surgi la idea de la justificacin

    12Ackerman, B., Political Liberalisms, The Journal of Philosophy, vol. 91, 1994, p. 375.13Ibid, p. 376.14Cohen, J., Review of Spheres of Justice, The Journal of Philosophy, vol. 83, 1986.15Ibid., p. 463.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    12/23

    20 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    poltica en la evolucin intelectual de Rawls. La estrategia de la abstinenciaepistmica tuvo su primera aparicin diez aos antes de Political Liberalism, en

    el artculo La independencia de la Teora Moral, donde ya podemos leer:

    Sugiero que por el momento dejemos a un lado la idea de construir una teoracorrecta de lo recto y lo indebido, esto es, de dar cuenta de un modo sistemticoqu consideramos como verdades morales objetivas. Puesto que la historia de lafilosofa moral muestra que la nocin de verdad moral es problemtica, podemosdejar en suspenso la consideracin de este tema hasta que tengamos una compren-sin ms profunda de las concepciones morales.16

    En este artculo, Rawls define una concepcin moral substantiva comouna determinada articulacin de las nociones bsicas de lo recto, lo bueno y lomoralmente valioso,17y sita al terico moral como un observador que tratade exponer la estructura de las concepciones y actitudes morales de otraspersonas. Dado que la gente mantiene concepciones diferentes y con estructu-ras difciles de delinear, la mejor forma de avanzar es estudiar las ms impor-tantes concepciones que encontramos en la tradicin de la filosofa moral y endestacados escritores representativos. En dicho estudio, el terico debe procu-rar encontrar un esquema de principios que casen con los juicios considerados

    y convicciones generales de la gente en equilibrio reflexivo. De este modo, atravs del procedimiento del equilibrio reflexivo, el terico-observador podraencontrar unos principios distintos para cada concepcin moral substantiva.

    En A Theory, la posicin original y los principios de la justicia como equi-dad se presentaban precisamente como el resultado de aplicar este procedimien-to a partir de una concepcin moral particular la tradicin contractual kantia-na. Rawls supona entonces que dicha concepcin suministraba los supuestossubyacentes de nuestros juicios considerados sobre la justicia, as como las

    razones filosficas que demostraban la validez de tales supuestos. Aunque elequilibrio reflexivo no daba por supuesto que existiera una concepcin moralcorrecta (puesto que en el proceso ningn juicio en ningn nivel de generali-dad era inmune a la revisin), Rawls empleaba este procedimiento en la convic-cin de que mereca la pena encontrar aquella concepcin que ajustase delmejor modo posible nuestras intuiciones sobre la equidad. De hecho, pretendacontribuir a la teora poltica ofreciendo una concepcin que superase en estepunto a las concepciones rivales (al utilitarismo y al perfeccionismo, especial-mente). En este sentido, su punto de partida poda ser considerado interno a

    las sociedades democrticas, aunque no necesariamente latente en las institu-ciones de las sociedades democrticas modernas.

    16John Rawls: Collected Papers, op. cit., p. 288.17John Rawls:Collected Papers,op. cit., p. 286.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    13/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 21

    Sin embargo, desde el punto de vista del observador que desea adoptarahora, y que aparece en Political vinculado al problema de la estabilidad y la

    posibilidad del consenso, Rawls interpreta de un modo radicalmente distinto elresultado del equilibrio reflexivo.

    La independencia de la teora moral respecto de la epistemologa surge del hechode que el procedimiento del equilibrio reflexivo no da por supuesto que existe unaconcepcin moral correcta... Incluso si todo el mundo alcanzara un equilibrio re-flexivo amplio, puede que se siguieran defendiendo muchas concepciones moralescontrarias. De hecho hay muchas posibilidades. Puede que una concepcin salgaunnimemente victoriosa frente a las dems e incluso baste para limitar de formabastante estrecha nuestros juicios ms concretos. Por otra parte, puede que todo elmundo afirme concepciones opuestas. Entre estos dos extremos tal vez persista unnmero ms bien pequeo de concepciones que se encuentran unas respecto deotras en relaciones diferentes: quiz cada concepcin est en conflicto con las otrasy exista poca o ninguna base para un acuerdo; o bien puede que estn relacionadasde forma parecida a como estn relacionadas las diferentes geometras. Esto es,puede que tengan en comn algunos principios significativos que definen la mora-lidad absoluta, por as decirlo, por analoga con la geometra absoluta; mientrasque en otras materias se adopten resoluciones bien diferentes que caracterizanmoralidades distintivas, igual que elecciones diferentes del axioma de las paralelas

    caracterizan diferentes geometras.18

    Pero una cosa es no presuponer una concepcin moral correcta, y otradescartar la posibilidad de encontrar una que supere a las dems por ofrecer lavisin ms coherente de nuestras intuiciones morales sobre la justicia en todoslos niveles de generalidad. En realidad, la independencia epistemolgica nosurge del hecho de que el equilibrio reflexivo no d por supuesto una concep-cin moral objetivamente cierta, sino de que Rawls abandona ese procedimientopara determinar y justificar el contenido de la justicia liberal. En A Theory,Rawls empleaba la tcnica del equilibrio para tratar de describir nuestro sentidode la justicia a partir de una concepcin moral substantiva (la del contractualis-mo kantiano) cuyas creencias o ideales sobre la persona y sobre el papel dela moralidad en la sociedad articulaban de un determinado modo las nocionesbsicas de lo recto, lo bueno y lo moralmente valioso. Aunque dicha concep-cin profunda no se presupona como la descripcin de ninguna verdad morallibre de revisin, el terico la consideraba correcta, en el sentido de que creapoder demostrar su fuerza normativa mediante razones filosficas. Ante lacuestin de por qu resultaba vinculante el resultado de un contrato hipottico

    como el de la posicin original, la respuesta era que podamos ser persuadidos aaceptar sus condiciones por reflexin filosfica.19Ahora, sin embargo, desde

    18John Rawls:Collected Papers, op. cit., pp. 289-90.19A Theory of Justice, op. cit., pp. 21, 587.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    14/23

    22 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    el punto de vista del observador, Rawls describe como el resultado ms proba-ble del equilibrio reflexivo una pluralidad de concepciones morales con algu-

    nos primeros principios significativos en comn. En estas circunstancias, latarea del terico-observador no consiste en proponer unos principios que hainferido de una concepcin moral que l considera correcta, sino, al revs, enofertarlos como una base constructiva de mutua acomodacin entre concep-ciones morales potencialmente opuestas.20

    La perspectiva del liberalismo poltico coincide con el punto de vista delobservador que aparece en esta temprana declaracin de independencia de lateora moral. Bajo esta perspectiva, la justicia como equidad (o cualquier otra

    concepcin poltica razonable alternativa) se presenta como una concepcinsocialmente realizada, de modo que el problema del terico-observador consisteen averiguar cmo la gente que vive en una sociedad gobernada por dichaconcepcin puede adherirse establemente a ella dadas las cargas del juicio.

    El argumento de la estabilidad presupone que la gente se encuentra en una socie-dad gobernada por (una concepcin particular), por ejemplo, la justicia como equi-dad: Dicha concepcin est ah como algo dado para que la gente la adopte o larechace. Por contra, en Theory, la apelacin a un equilibrio amplio como un test de

    coherencia se hace en el contexto de la pregunta, general y al margen del test deestabilidad, cmo podemos llegar a converger en una teora con un determinadocontenido y aceptarla?21

    La nueva perspectiva poltica significa, de hecho, abandonar la tcnicadel equilibrio reflexivo como el curso hipottico de reflexin por el que ustedy yo podemos llegar a converger en una determinada descripcin de la posicinoriginal y a aceptar los principios que se derivan de ella. Ms concretamente,implica relegar dicha tcnica a la razn no pblica donde los ciudadanos

    fundamentan la concepcin de la justicia segn sus doctrinas comprehensivasrespectivas. En un conocido debate con Jrgen Habermas, Rawls aclara estepunto distinguiendo hasta tres clases diferentes de fundamentacin. La primeraes la justificacin estrictamente poltica, la cual tiene en cuenta solamente lasideas y valores incorporados en la cultura poltica democrtica, y se sustenta enel hecho de que podamos dar respuesta, a partir de dichos valores, a todas, ocasi todas, las cuestiones concernientes a los asuntos constitucionales esencialesy a la justicia bsica.22 Segn Rawls, esta justificacin poltica es una merajustificacin pro tanto, que no debemos confundir con la justificacin ple-

    20John Rawls: Collected Papers, op. cit.,p. 290.21Daniels, N., Reflective Equilibrium and Justice as Political, en Davion, V. y Wolf, C.

    (eds.), The Idea of a Political Liberalism, Rowman & Littlefield, Oxford, 2000, p. 146.22Rawls, J., Rplica a Habermas, en Habermas, J. y Rawls, J., Debate sobre el liberalis-

    mo poltico, Paids, Barcelona, 1998, p. 90.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    15/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 23

    na, la cual corresponde realizar en exclusiva a cada individuo incorporando laconcepcin socialmente realizada en su doctrina comprehensiva razonable. El

    criterio para esta segunda justificacin consiste en la aceptabilidad en un equi-librio reflexivo amplio, donde el ciudadano juzga la concepcin poltica pbli-ca a la luz de las razones filosficas y las convicciones generales que l creecorrectas.23A diferencia de lo que ocurra enA Theory, dicho criterio de acepta-bilidad depende de la doctrina comprehensiva particular de cada ciudadano (ogrupo de ciudadanos); ya no existe un argumento filosfico que sirva de basecompartida para la justificacin plena. En el contexto del pluralismo razona-ble, la nica garanta de estabilidad por las razones correctas de la concepcinpoltica pblica radica en un equilibrio reflexivo general en el que las diferen-

    tes doctrinas comprehensivas justifican por s mismas, es decir, dentro de suspropios equilibrios reflexivos amplios, la aceptabilidad de dicha concepcin.Esta tercera clase de justificacin, que Rawls denomina pblica, es la idea delconsenso entretejido.

    El caso bsico de justificacin pblica es uno en el cual la concepcin polticacompartida es el fundamento comn y todos los ciudadanos razonables colectiva-mente (pero no actuando como un solo cuerpo colectivo) se hallan en un equilibrioreflexivo general y amplio en la afirmacin de la concepcin poltica sobre la base

    de sus diversas doctrinas comprehensivas razonables. La concepcin poltica de lajusticia de la sociedad poltica puede ser pblicamente justificada slo cuando hayun consenso entretejido razonable, aunque nunca de modo definitivo.24

    Ahora bien, para que la justicia liberal logre dicho consenso tendra quepartir efectivamente de las ideas de persona y sociedad compartidas por lasdoctrinas comprehensivas presentes en la tradicin democrtica. Sin embargo,es ms que probable que las ideas fundamentales con las que Rawls construysu concepcin de la justicia como equidad en A Theoryresulten incompatibles

    con las concepciones morales (comprehensivas) rivales que trataba de superarel utilitarismo y el perfeccionismo, fundamentalmente. En concreto, el casodel utilitarismo resulta del todo revelador. Como se sabe, uno de los principalesargumentos que empleaba all Rawls contra el utilitarismo consista en que estaconcepcin de la moralidad poltica no respetaba el carcter separado de laspersonas, es decir, su capacidad de autonoma moral. El artculo que acabamosde comentar surgi como una respuesta frente a aquellos crticos que le acusa-ban de presuponer en este argumento una concepcin kantiana de persona queno se ajustaba a las conclusiones ampliamente empricas de las actuales teoras

    de la identidad personal.25

    La respuesta de Rawls consisti en rechazar esta

    23Ibd., nota 17, p. 88.24Ibd., pp. 92-3.25Vase Parfit, D.,Reasons and Persons, Clarendon Press, Oxford, 1987, pp. 336-9.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    16/23

    24 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    dependencia metafsica de su teora, aclarando que la viabilidad de cualquierconcepcin de la persona es relativa a la concepcin moral pblicamente reali-

    zada en la sociedad donde crecen y viven los individuos, y que, as, la viabili-dad de una concepcin kantiana de persona no depende de las conclusiones dela filosofa de la mente, sino de que las instituciones sociales fomenten y favo-rezcan el criterio fuerte de identidad personal que exige dicha concepcin. Enun breve comentario a esta respuesta, Samuel Scheffler seal que significabaconvertir en irrelevante el argumento de Rawls contra el utilitarismo: no mues-tra nada ms decisivo que el hecho de que la gente kantiana, que prefiere viviren una sociedad kantiana, elegir principios kantianos de justicia.26 Segnconfesin del propio Rawls, este problema es el que le condujo a la revisin del

    constructivismo kantiano de los aos 80 y, posteriormente, al liberalismo polti-co.27 En su nueva presentacin poltica, las ideas kantianas de persona ysociedad no son sino las ideas latentes en la cultura poltica de las sociedadesdemocrticas, donde se supone que perviven los defensores del utilitarismo ydel perfeccionismo. De este modo, las concepciones anteriormente rivales seconvertan, por obra de esta contextualizacin del kantismo, en posibles copart-cipes de la justicia como equidad. Pero, se sostiene semejante estrategia?

    A mi modo de ver, la respuesta slo puede ser negativa. Si las ideas funda-

    mentales de las que parta Rawls en A Theorypara defender sus principios dejusticia eran contrarias a las que sostenan las concepciones utilitarista y perfec-cionista en sus visiones de la moralidad poltica, por qu ahora tales concep-ciones van a aceptar los principios de justicia desde sus puntos de vista compre-hensivos? No es difcil imaginar las dificultades que tendrn para ello losdefensores de una concepcin perfeccionista como el comunitarismo. De hecho,Rawls no incluye en su caso modelo de consenso entretejido la doctrina co-munitarista, ni explica por qu desde una visin de la persona ligada a losvalores compartidos de un grupo particular puede resultar deseable una morali-dad poltica que permite y fomenta la revisin crtica de nuestros fines (uno delos dos poderes morales fundamentales de la persona kantiana). Sin embargo,Rawls s incluye en dicho consenso al utilitarismo, y ofrece el siguiente argu-mento para demostrar su compatibilidad con la justicia liberal poltica.

    Supongamos que, en este caso, la relacin entre el punto de vista comprehensivo yla concepcin poltica es una relacin de aproximacin. Este utilitarismo (la doctri-na estrictamente clsica) da su apoyo a la concepcin poltica por razones talescomo nuestro limitado conocimiento de las instituciones sociales en general y

    nuestro conocimiento de las circunstancias en curso. Hay que subrayar adems los

    26 Scheffler, S., Moral Independence and The Original Position, Philosophical Studies,vol. 35, 1979, p. 401.

    27Political Liberalism, op. cit., p. xxxv.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    17/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 25

    lmites para la complejidad de las reglas jurdicas e institucionales, as como lanecesidad de simplicidad en las lneas orientativas de la razn pblica. Esas y otras

    razones pueden inducir al utilitarismo a pensar que una concepcin poltica de lajusticia de contenido liberal constituye una aproximacin viable y satisfactoria,quiz incluso ptima, a lo que el principio de utilidad exigira despus de conside-rar todas las circunstancias.28

    La cuestin que plantea este argumento es si tales consideraciones puedenser suficientes para que un utilitarista acepte los principios de Rawls sin dejarde ser utilitarista, es decir, a pesar de rechazar las ideas fundamentales sobre lasque han sido construidos dichos principios. En su discusin crtica sobre elliberalismo poltico, Scheffler nos recuerda que Rawls haba considerado enA Theorydos posibles actitudes utilitaristas hacia principios de justicia no utili-tarios, y que ninguna de ellas se reconoca como una genuina aceptacin. Por unlado, un utilitarista poda aceptar estos principios como la forma ms eficaz deproducir la mxima satisfaccin bajo ciertas condiciones de bienestar, lo cual,segn Rawls, implicaba no otorgar una primaca suficiente a los principios dejusticia.29Por otro lado, un utilitarista poda pensar que la maximizacin de lautilidad dependa de la afirmacin o realizacin pblica de los principios dejusticia, lo que equivala, segn Rawls, a abandonar el principio de utilidad

    como el principio correcto de la justicia, es decir, como el principio quecaracteriza nuestras intuiciones en equilibrio reflexivo y puede ser la mejor basemoral pblica de la sociedad.30 En definitiva, si la primera actitud no daba unapoyo suficiente a los principios de justicia, la segunda significaba rechazar elutilitarismo como definicin de la moralidad poltica. Por tanto, ninguna deestas actitudes parece ofrecer un modelo que nos permita entender por qu unutilitarista puede aceptar los principios de Rawls como parte de un consensoentretejido.

    Cmo debemos entender entonces la posibilidad de un consenso entreteji-do? Rawls esquiva todas las dificultades que acabamos de ver, invocando elpapel educador de las instituciones en la formacin de las ideas y valorespolticos. Pero esta explicacin conduce precisamente a la dependencia institu-cional que venimos subrayando. A primera vista, la solucin institucional res-ponde adecuadamente al planteamiento de Rawls. Si la reflexin filosfica des-emboca en el desacuerdo razonable, no deberamos basar en ella la construccindel consenso normativo. Por lo tanto, ms all de los tibios intentos de Rawlspor hacer plausible la idea de un consenso a partir de axiomas filosficos (o, en

    general, comprehensivos) contrarios e inconmensurables, lo que realmente ex-

    28Political Liberalism, op. cit., p. 170.29A Theory of Justice, op. cit., p. 28.30A Theory of Justice, op. cit., p. 182.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    18/23

    26 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    plica, segn l, la formacin del consenso es la adquisicin de los valorespolticos a travs de la participacin en las instituciones de una sociedad gober-

    nada por ellos. En palabras de Cohen, la idea es que las instituciones de lajusticia liberal actan como un mecanismo capaz de lograr un consenso pol-tico sin auspiciar un acuerdo ms comprehensivo.

    Aunque no sea plausible esperar el acuerdo sobre una concepcin de la justiciacomo resultado de una convergencia del razonamiento prctico conducido desdediferentes tradiciones morales independientes, s lo es esperar tal acuerdoemergiendo de la adquisicin de las ideas y principios incorporados en las institu-ciones compartidas ... La formacin de las ideas y sensibilidades poltico-morales... procede menos por razonamiento o instruccin explcita los cuales pueden serimportantes en la formacin de visiones morales comprehensivas que por adquisi-cin de las ideas y principios que son expresadas y sirven para interpretar esasinstituciones.31

    Es cierto que, a partir de esta adquisicin inicial basada en la socializacinde los individuos bajo las instituciones de la justicia liberal, Rawls afirma laposible revisin y ajuste de las doctrinas comprehensivas a la luz de la concep-cin poltica. Pero esto no es ms que una sombra del papel que tena asignadala reflexin filosfica en A Theory. En realidad, viene a reforzar lo que ya

    sabamos: desde el punto de vista de la estabilidad, Rawls no parte de unaconcepcin de la justicia ajustada a los compromisos ticos de los ciudadanosdemocrticos, sino de una concepcin ajustada a los valores incorporados en lasinstituciones democrticas. O, en otras palabras, el liberalismo poltico no tratade ordenar coherentemente las convicciones sobre la justicia que compartimosen el momento presente de nuestra cultura democrtica, sino de sistematizar oracionalizar los valores que se hallan implcitos en las instituciones de un rgi-men constitucional, tal y como hoy lo conocemos. El punto de vista internoque suponan nuestras intuiciones morales en A Theory se sustituye por los

    valores incorporados en nuestra cultura poltica pblica, presuponiendo implci-tamente la misma identificacin que propugnaba Walzer entre los valores quesustentan las instituciones y los que subyacen al sentido de la justicia de losciudadanos que viven bajo ellas. Lo cual nos da pie para desarrollar la segundacrtica de Cohen.

    UNATEORAACRTICA

    Cohen critica la teora de la igualdad compleja de Walzer por contener unaexplicacin defectuosa de la crtica social. La derivacin de los valores a partir

    31Cohen, A More Democratic..., op. cit., p. 1531.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    19/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 27

    de las instituciones y prcticas de la sociedad conduce a una teora poltica quees, o bien intrnsecamente conservadora, o bien arbitraria y tendenciosa.

    ...la interpretacin del valor (value interpretation) trata de ofrecer una descripcincoherente y unificada de las prcticas de una sociedad en trminos de un conjuntode valores. Pero esto sugiere un dilema para el terico que apela a los valorescompartidos de una sociedad como una perspectiva crtica. Si los valores de unacomunidad se identifican a travs de sus prcticas distributivas habituales, entonceslas normas distributivas derivadas de esos valores no servirn como un punto devista crtico de las prcticas existentes... Por otra parte, si identificamos los valoresal margen de las prcticas, con la intencin de valorar la conformidad de lasprcticas con esos valores, qu evidencia tendremos de que estamos ante los

    valores correctos?32

    Esta misma crtica puede dirigirse al liberalismo poltico en los siguientestrminos: por una parte, si desde la perspectiva de la estabilidad debemos consi-derar las ideas fundamentales de la teora como el terreno comn de una comu-nidad histrica concreta (o como partes de una concepcin moral socialmenterealizada), y si la adquisicin de tales ideas depende de la participacin en lasinstituciones de esa comunidad, cmo podramos emplear esa teora para criti-car las prcticas de donde se derivan sus ideas fundamentales? Por otra parte, si

    se desea derivar de la teora consideraciones crticas respecto a las institucionesactuales de nuestras sociedades democrticas, entonces tendramos que identifi-car los valores al margen de dichas instituciones, pero al seguir el precepto de laabstinencia epistmica qu criterio tendramos para saber que estamos ante losvalores correctos?

    El primer cuerno de este dilema ha sido resaltado por numerosos autores.Segn Ackerman, como ya sealamos, el mtodo poltico de Rawls conduce auna mera racionalizacin provinciana de la cultura poltica norteamericana,perdiendo as el carcter revolucionario de la doctrina poltica liberal.

    La tarea es criticar la cultura poltica, no racionalizarla; cambiarla para mejor, yluchar contra las regresiones autoritarias. Si esto es verdad en aquellas polticasmoralmente ambiguas que pasan por ser democracias liberales, es incluso mscierto en aquellas amplias geografas donde los principios liberales son tratadoscon desprecio. El liberalismo poltico es una doctrina revolucionaria, basada enuna idea radical que los hombres y las mujeres con diferentes creencias puedenestablecer un sistema poltico equitativo que garantice a todos los participantes underecho igual a vivir sus vidas a su manera. El desafo ltimo de la filosofa liberales mostrar cun radical es esta idea imaginando mundos en los que los ciudadanosliberales logran hacer realidad esta promesa.33

    32Cohen, Review of Spheres..., op. cit., pp. 463-4.33Ackerman, op. cit., p. 377.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    20/23

    28 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    En un sentido parecido, Raz ha puesto de relieve que la preocupacin de

    Rawls por cumplir su objetivo prctico ofrecer la base de la estabilidad socialen una democracia constitucional le lleva a desactivar la fuerza justificatoriade las ideas fundamentales de su teora de la justicia. Segn este autor, alinvocar la idea de un sistema justo de cooperacin entre libres e igualesnicamente como una creencia generalmente aceptada en nuestra cultura co-mn, Rawls asegura la aceptacin de su teora en nuestros pases, pero sin quepodamos afirmar que estamos ante una teora satisfactoria de la justicia. Aunquela factibilidad es una condicin importante para cualquier concepcin de lajusticia, no es su principal virtud. No toda doctrina viable es vlida.34 O

    deberamos pensar que la popularidad de un ideal en nuestra cultura contribuyea afirmar la validez de dicho ideal? Segn Raz, para que as fuera tendramosque afirmar, o bien que nuestras sociedades son intrnsecamente justas, o bienque la aceptacin generalizada es el fundamento de la validez moral. Pero am-bas posibilidades deben ser descartadas. La primera porque hace que la teorasea esencialmente complaciente y conservadora. Cualquier teora moral y pol-tica tiene que estar abierta a la posibilidad de que las sociedades a las que seaplica sean fundamentalmente imperfectas. La crtica radical de las institucio-nes comunes es, al menos en principio, una parte de la funcin de estas teo-

    ras.35La segunda posibilidad debe ser descartada porque no hay nada en laconcepcin de Rawls que demuestre que la aceptacin generalizada de estosprincipios se adquiera bajo condiciones que equivalgan a un consentimientolibre e informado; y resulta dudoso que el consentimiento que no es libre einformado pueda ser obligatorio en el sentido requerido.36Por tanto, si ha decontar en favor de la teora el hecho de que est basada en el ideal de un sistemajusto de cooperacin, lo decisivo no debe ser la popularidad de dicho ideal, sinosu validez o correccin. Lo contrario sera convertir la teora de la justicia enrea de lo que en cada momento constituya nuestra cultura comn.

    Por ltimo, Jrgen Habermas ha criticado la perspectiva que adopta el libe-ralismo poltico, puesto que, a su juicio, ilumina con una falsa luz el consensoentretejido con el que los principios de justicia deben poder encontrarse. Si loimportante es la cuestin de la estabilidad, dicho consenso ha de expresar sola-mente la contribucin que puede realizar la teora de la justicia a la cooperacinsocial no coercitiva. Si lo que importa es, por el contrario, la fundamentacin dela teora, el consenso debe presuponer alguna relacin epistmica que la co-necte con las doctrinas comprehensivas y permita su aceptacin racional. Cuan-do Rawls denomina a su concepcin de la justicia poltica parece querer

    34Raz, op. cit., p. 73.35Ibd., p. 74.36Ibd.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    21/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 29

    fijarse slo en la cuestin de la estabilidad, pero a continuacin excluye unainterpretacin meramente funcionalista de la justicia como equidad, buscando

    en el consenso su justificacin pblica. Sin embargo, segn Habermas, no esposible otorgar al consenso ambos papeles simultneamente. Rawls deberadistinguir con ms precisin entre aceptabilidad y aceptacin.37

    El segundo cuerno del dilema ha sido subrayado por Ronald Dworkin.Segn este autor, ninguna concepcin de la justicia puede cuadrar perfectamen-te con todas las prcticas de una comunidad poltica porque la historia de todacomunidad incluye tanto la controversia como la tradicin.38 Concepcionespolticas distintas, con principios de justicia muy diferentes, podran cuadrar

    con la cultura poltica de una comunidad de una forma igualmente satisfactoria.Ahora bien, el problema es que el precepto rawlsiano de la abstinencia epist-mica no permite ofrecer ningn criterio objetivo por el que decidir cul de esasconcepciones es la correcta.

    La justicia como equidad puede, ciertamente, encajar mejor que el utilitarismo conalgunas partes de la tradicin poltica americana. Puede justificar mejor, pongamospor caso, algunas partes perdurables establecidas por el New Deal, como la seguridadsocial. Pero el utilitarismo puede cuadrar mejor que la justicia como equidad con

    otras partes de esa tradicin. Puede justificar mejor, por ejemplo, la gran desigualdadque la mayora de los americanos siguen dispuestos a aceptar como tolerable.39

    En su discusin sobre la razn pblica, Rawls aclara que el consenso queanda buscando no tiene por qu ceirse a una concepcin de la justicia determi-nada, sino que es suficiente, para lograr la deseada estabilidad democrtica, queel consenso se d en torno a una familia de concepciones liberales entre las quelos ciudadanos deberan decidir organizando una competicin entre ellas.

    Es inevitable y a menudo deseable que los ciudadanos tengan opiniones diferentesacerca de cul sea la concepcin poltica ms apropiada; pues la cultura polticapblica est obligada a contener ideas fundamentales diferentes que pueden desa-rrollarse de modos diferentes. Una manera fiable de hallar cul de ellas, si algunaes la ms razonable, consiste en que compitan ordenadamente entre s durante unbuen perodo de tiempo.40

    El problema es que si el nico criterio para decidir cul es la concepcin dela justicia ms razonable se reduce a saber cul de ellas es la mejor interpreta-

    37 Habermas, J., Reconciliacin mediante el uso pblico de la razn, en Habermas, J. yRawls, J.,Debate sobre el l iberalismo poltico , op. cit.,p. 58.

    38Dworkin, R., tica privada e igualitarismo poltico, Paids, Barcelona, 1993, p. 81.39Ibd.40Political Liberalism, op. cit., p. 227.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    22/23

    30 REVISTA DE DERECHO [VOLUMEN XVI

    cin de la cultura poltica de la comunidad, la discusin slo puede cerrarsearbitrariamente. Sin fundamentacin comprehensiva, podramos decir, no ten-

    dramos ningn criterio para elegir qu interpretacin de nuestra historia comnes la ms justa. Tal como lo explica Dworkin:

    (El ciudadano) no puede preguntar cul de las dos teoras generales de la justiciala justicia como equidad, pongamos por caso, y el utilitarismo proporciona lainterpretacin ms justa de la historia de su comunidad, porque para ello necesita-ra otra teora de la justicia, ms abstracta, que le ayudara a dirimir esta cuestin, yas sucesivamente, remontndose a niveles cada vez ms elevados. En algn mo-mento tenemos que confiar en lo que (segn creemos) es verdaderorespecto de la

    justicia para poder decidir qu interpretacin de nuestras propias tradiciones qumanera de narrar nuestra historia es mejor.41

    CONCLUSIN

    En definitiva, la contextualizacin que realiza Rawls de la doctrina liberal,y ms concretamente, de las ideas contenidas en su justificacin contractual, noslo deja sin explicar cmo es posible la exportacin del liberalismo a pasessin tradicin democrtica, sino que adems pone en peligro su pervivencia enlas actuales sociedades democrticas. En efecto, al privar a la teora liberal desus armas dialcticas ms comprehensivas, nuestras sociedades se quedan sinninguna capacidad de defensa ante una posible transformacin de su culturapoltica comn. Lo cual es especialmente acuciante en las actuales circunstan-cias, cuando asistimos a un continuo incremento de la inmigracin provenientede pases no democrticos. No podemos convencer a estas personas de la vali-dez de nuestros ideales polticos sin echar mano de las convicciones que cree-mos que deben regir en todos los mbitos de la accin y el pensamiento. Losvalores de la libertad y la igualdad son ampliamente aceptados en nuestrasdemocracias, pero evidentemente esto no significa ni que todos los ciudadanoslos encuentren aceptables, ni que su actual respaldo mayoritario tenga asegura-da su pervivencia en el futuro. La promesa de un consenso unnime en torno alos valores liberales no debera recaer, por tanto, en su aceptacin fctica, sinoen las razones comprehensivas que podemos ofrecer para que sean reconocidoscomo los autnticos valores de un orden poltico justo.

    41Dworkin, op. cit., p. 83.

  • 7/26/2019 El Contrato Social en Rawls

    23/23

    2004] MARIANO C. MELERO DE LA TORRE: EL CONTRATO SOCIAL 31

    NOTABIBLIOGRFICA

    ACKERMAN, B., Political Liberalisms, The Journal of Philosophy, vol. 91, 1994.COHEN, J., A More Democratic Liberalism,Michigan Law Review, vol. 92, 1994. Review of Spheres of Justice, The Journal of Philosophy, vol. 83, 1986.DANIELS, N., Reflective Equilibrium and Justice as Political, en Davion, V. y Wolf, C.

    (eds.), The Idea of a Political Liberalism, Rowman & Littlefield, Oxford, 2000.DWORKIN, R., tica privada e igualitarismo poltico, Paids, Barcelona, 1993.MULHALL, S. y SWIFT, A., El individuo frente a la comunidad, Temas de Hoy, Madrid,

    1996.PARFIT, D.,Reasons and Persons, Clarendon Press, Oxford, 1987.RAZ, J., Ethics in the Public Domain, Clarendon Press, Oxford, 1994.

    RAWLS, J., A Theory of Justice, Harvard University Press, Cambridge, Massachusetts,1971.

    Political Liberalism, Columbia University Press, Nueva York, 1993. Freeman, S. (ed.), John Rawls: Collected Papers, Harvard University Press,

    Cambridge, Mass., 1999. Rplica a Habermas, en Habermas, J. y Rawls, J., Debate sobre el liberalismo

    poltico , Paids, Barcelona, 1998RORTY, R., Objectivity, Relativism, and Truth, Cambridge University Press, Cambridge,

    1991.SCHEFFLER , S., Moral Independence and The Original Position, Philosophical

    Studies, vol. 35, 1979.WALZER, M., Spheres of Justice: A Defence of Pluralism and Equality, Blackwell,

    Oxford, 1983.