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3 Proyecto Exploración Minera “ El Artillero “ PROYECTO: MINA ARTILLERO “COMPAÑÍA MINERA SUIZO-MEXICANA, S.A. DE C.V.” I.- INTRODUCCIÓN. PROYECTO DE EXPLORACIÓN MINERA DIRECTA “ EL ARTILLERO “ INTRODUCCION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-120-SEMARNAT-1997 QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DE PROTECCION AMBIENTAL PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACION MINERA DIRECTA, EN ZONAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O ERIALES Y EN ZONAS CON CLIMAS SECOS Y TEMPLADOS EN DONDE SE DESARROLLE VEGETACION DE MATORRAL XERÓFILO, BOSQUE TROPICAL CADUCIFOLIO, BOSQUE DE CONIFERAS O ENCINOS. La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la realización de obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidas en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, requieren previamente la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en Materia de Impacto Ambiental. El Instituto Nacional de Ecología, por su conducto de su Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental, como resultado de la aplicación del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, ha determinado que algunas actividades de competencia federal en la materia pueden regularse mediante una Norma Oficial Mexicana, tal es el caso de las actividades de exploración minera directa, que se realicen en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos, que además de tener características similares, ocasionan impactos poco significativos para el Ambiente y el Entorno Social, de realizarse en estricto apego a diversos requisitos, especificaciones y procedimientos de protección ambiental, que se establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM-120- SEMARNAT-1997. Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de protección ambiental para realizar actividades de exploración minera directa, exceptuando la exploración por minerales radiactivos y las que pretendan ubicarse en áreas naturales protegidas y es de observancia obligatoria para los responsables del proyecto a desarrollar en este tipo de actividades.

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Proyecto Exploración Minera “ El Artillero “

PPRROOYYEECCTTOO:: MMIINNAA AARRTTIILLLLEERROO

“COMPAÑÍA MINERA SUIZO-MEXICANA, S.A. DE C.V.”

I.- INTRODUCCIÓN.

PROYECTO DE EXPLORACIÓN MINERA DIRECTA “ EL ARTILLERO “

INTRODUCCION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-120-SEMARNAT-1997 QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES DE PROTECCION AMBIENTAL PARA LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACION MINERA DIRECTA, EN ZONAS AGRÍCOLAS, GANADERAS O ERIALES Y EN ZONAS CON CLIMAS SECOS Y TEMPLADOS EN DONDE SE DESARROLLE VEGETACION DE MATORRAL XERÓFILO, BOSQUE TROPICAL CADUCIFOLIO, BOSQUE DE CONIFERAS O ENCINOS.

La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la realización de obras o actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidas en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, requieren previamente la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en Materia de Impacto Ambiental. El Instituto Nacional de Ecología, por su conducto de su Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental, como resultado de la aplicación del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, ha determinado que algunas actividades de competencia federal en la materia pueden regularse mediante una Norma Oficial Mexicana, tal es el caso de las actividades de exploración minera directa, que se realicen en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos, que además de tener características similares, ocasionan impactos poco significativos para el Ambiente y el Entorno Social, de realizarse en estricto apego a diversos requisitos, especificaciones y procedimientos de protección ambiental, que se establecen en la Norma Oficial Mexicana NOM-120-SEMARNAT-1997. Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones de protección ambiental para realizar actividades de exploración minera directa, exceptuando la exploración por minerales radiactivos y las que pretendan ubicarse en áreas naturales protegidas y es de observancia obligatoria para los responsables del proyecto a desarrollar en este tipo de actividades.

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DEFINICIONES DE ACUERDO A LA NOM-120-SEMARNAT-1997. 1.- Acuífero Cualquier formación geológica por la que circulan o se almacenan aguas subterráneas que puedan ser extraídas para su exploración, uso o aprovechamiento. 2.- Barrenación Perforación cilíndrica de diámetro pequeño y considerable profundidad efectuada sobre roca o suelo mediante instrumentos especiales de perforación. 3.- Barrenación a diamante Barrenación en la que el instrumento cortante es una broca con diamantes montados o impregnados. 4.- Barrenación de circulación inversa Barrenación con tubo concéntrico doble, en la que se inyecta un fluido a presión a través del tubo exterior y se recupera junto con la muestra por el tubo interior. 5.- Capa superficial de suelo El material que se encuentra incluido entre los 0 cm (cero centímetros) y 30 cm (treinta centímetros) de profundidad a partir de la superficie en donde se realizan actividades de exploración. Las características de este material a diferencia del más profundo o somero superficial, serán su mayor cantidad de materia orgánica y mínimo contenido de roca. La profundidad del material que se extraiga dependerá de la disponibilidad del mismo y de las acciones contempladas en la restauración. 6.- Cárcamo Recipiente utilizado para contener los fluidos de barrenación. 7.- Climas secos También denominados como áridos; corresponden al grupo de climas B, en los que la evaporación excede a la precipitación, por lo que ésta no es suficiente para alimentar corrientes permanentes. Consta de dos divisiones principales: los climas BW áridos o desérticos y los BS o semiáridos. 8.- Climas templados

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Incluye a los húmedos y subhúmedos, con temperatura media del mes más frío inferior a 18°C, pero superior a –3°C. Corresponde al grupo de climas C con tres tipos principales: C(fm), C(m) y C(w) (templado húmedo sin estación seca bien definida, con lluvias uniformemente repartidas; templado subhúmedo con lluvias en verano; y clima mediterráneo, o con lluvia en invierno). 9.- Construcción de caminos de acceso Consiste en la creación de tramos nuevos de caminos. 10.- Exploración minera Las obras y trabajos realizados en el terreno con el objeto de identificar depósitos minerales, al igual que de cuantificar y evaluar las reservas económicamente aprovechables que contengan. 11.- Exploración minera directa Exploración minera a base de barrenación, zanjas, socavones y pozos. 12.- Lodos de perforación Es una mezcla de agua con arcillas naturales, cuyas funciones son lubricar y enfriar la columna de barrenación, así como dar mayor estabilidad a las paredes del barreno. 13.- Muestra Parte pequeña y representativa de un material, que sirve para conocer su composición química y arreglo. 14.- Patio de maniobras Área exterior ubicada en la entrada de un pozo, en la que se instala la maquinaria y equipo necesario para la ejecución de la obra. 15.- Planilla de barrenación Superficie para la instalación de equipo y materiales accesorios, en donde se llevarán a cabo actividades de exploración por cualquier método de barrenación. 16.- Plantilla de barrenación La disposición o distribución espacial de los barrenos dentro de una plantilla o área. 17.- Pozo Excavación vertical o inclinada labrada en el terreno. 18.- Rehabilitación de caminos

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Se refiere sólo a la restitución de los caminos existentes, de forma que sean transitables. No incluye ampliación ni apertura 19.- Responsable del proyecto La persona física o moral, que realice o pretenda realizar actividades de exploración y sobre la que se fincará responsabilidad jurídica por cualquier daño y obra o actividad que rebase lo estipulado en la presente. 20.- Superficie del sitio del proyecto La superficie obtenida de la suma de aquellos cuadros – marcados en una cuadrícula de dimensiones de 50 m (cincuenta metros) por lado, en donde se contemple realizar al menos alguna actividad. Los cuadros en donde no se considere la ejecución de alguna actividad, no deberán ser incluidos para el cálculo de la superficie del sitio del proyecto. 21.- Socavón Obra subterránea de dimensiones variables y sección rectangular, a partir de la superficie del terreno. 22.- Tipos de vegetación: 22.1.- Bosque tropical caducifolio: tipo de vegetación cuya altura de los árboles alcanza los 15 m (quince metros) de altura o menos, según las condiciones climáticas; predominantemente árboles de 2 a 8 m (dos a ocho metros). Entre el 25 y el 50% (veinticinco y el cincuenta por ciento) de los árboles pierden las hojas en la época de secas. En las zonas más secas es común la presencia de cactáceas columnares y candelabriformes, así como de rosetófilos. 22.2.- Bosque de coníferas o encinos: comunidades constituidas por diferentes especies de los génerosAbies, Quercus, Pinus, Juniperus, encontrándose entre los 300 y 4,200 msnm (trescientos y cuatro mil doscientos metros sobre el nivel del mar). 22.3.- Matorral xerófilo: abarca comunidades de fisonomías muy diversas, características de las zonas áridas y semiáridas. Incluye comunidades, en las que predominan arbustos o árboles de 3 a 5 m (tres a cinco metros), de altura, caducifolios (generalmente por un periodo breve durante la época de secas), con hojas o foliolos de tamaño pequeño. Los matorrales crasicaules son comunidades arbustivas denominadas por plantas de tallo suculento (cactáceas grandes); la altura depende de la especie que lo conforma y puede ser hasta de 10 m (diez metros). En los matorrales rosetófilos predominan especies arbustivas o subarbustivas de hojas alargadas y angostas agrupadas en forma de roseta; el estrato subasbustivo espinoso y perennifolio a menudo es muy denso. Los bosques de Yucca (izotales) llegan a medir de 2 a 4 m (dos a cuatro metros) de alto. En el matorral micrófilo predominan elementos arbustivos de hoja o foliolo pequeño; de altura variable de 1 a 3 m (uno a tres metros), con eminencias aisladas de hasta 6 m (seis metros) de acuerdo a su composición florística y las condiciones ambientales.

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23.- Zanja Excavación horizontal superficial labrada en el terreno en forma de canal.

II.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN.

1.- Datos de la Empresa y persona responsable del proyecto. 1.1.- Datos de la Empresa. “COMPAÑÍA MINERA SUIZO-MEXICANA, S.A. DE C.V.” UNIDAD “ EL ARTILLERO “

2.- Responsables del Informe de proyecto.

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

Protección datos personales LFTAIPG

Protección datos personales LFTAIPG

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III.- UBICACIÓN FISICA Y DATOS ADICIONALES DEL PROYECTO. El área de interés está ubicado en el municipio de Minatitlán , del estado de Colima, en el paraje “ El Artillero “, el cual se encuentra ubicado al Kilómetro 42 Carretera Villa de Álvarez-Minatitlán . En el sitio se desarrolla vegetación del tipo de Bosque de Encino Caducifolio, por lo que los trabajos de Exploración Minera Directa contemplados a realizar en este proyecto se realizarán en estricto apego al cumplimiento de la NOM-120-SEMARNAT-1997, y por lo anterior, se efectúa este Programa de Supervisión, y para su aplicación se designa al Ing. Carlos Ruy Rodríguez, como Responsable Técnico en el Sitio del Proyecto, para detectar aspectos críticos desde el punto de vista ambiental y tomar decisiones, definir estrategias o modificar actividades nocivas. (NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.7) 3.1.- Persona Responsable del Proyecto.

3.2.- Nombre del Proyecto. “ El Artillero “ 3.4.- Fecha estimada de inicio del proyecto. 1 de Agosto de 2006. 3.5.- Fecha estimada para terminar el proyecto. 31 de Octubre de 2006. 3.6.- Ubicación del Proyecto. Estado. Colima.

Protegido por IFAI: Art. 3ro. Frac. VI, LFTAIPG

Protección datos personales LFTAIPG

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IV.- Coordenadas geográficas del área de interés El área de interés del Yacimiento de mineral de Fierro, se encuentra localizado en la poligonal de las siguientes coordenadas geográficas: Afloramiento: Artillero

Carta INEGI E13B33 Minatitlán. Coordenadas Geográficas (UTM):

Puntos Y X

1 2147100.3746 604451.0078 2 2146481.0572 604777.2684 3 2146364.5356 604556.0836 4 2146585.7203 604439.5620 5 2146515.8073 604306.8511 6 2146825.4660 604143.7208 7 2146802.1617 604099.4838 8 2146846.3987 604076.1795 9 2146823.0943 604031.9425 10 2146911.5682 603985.3339 11 2146888.2639 603941.0969 12 2147020.9748 603871.1839 13 2146997.6705 603826.9470 14 2147174.6183 603733.7297 15 2147197.9226 603777.9666 16 2147286.3965 603731.3580 17 2147333.0052 603819.8319 18 2147288.7682 603843.1362 19 2147265.4639 603798.8993 20 2147000.0422 603938.7252 21 2147023.3465 603982.9622 22 2146934.8726 604029.5708 23 2146958.1769 604073.8078 24 2146913.9399 604097.1121

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V.- Legislación aplicable: LEYES:

1.- LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE:

2.- LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE.

3.- LEY MINERA. 4.- LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988

TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 07-12-2005

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

MIGUEL DE LA MADRID H., Presidente Constitucional de los Estados Unidos

Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO "El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:

LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE

TITULO PRIMERO Disposiciones Generales

CAPITULO I

Normas Preliminares Cont…

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ARTÍCULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

Párrafo reformado DOF 23-02-2005

I.- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos,

carboductos y poliductos; II.- Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del

cemento y eléctrica; III.- Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la

Federación en los términos de las Leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear;

IV.- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos,

así como residuos radiactivos; V.- Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; VI. Se deroga.

Fracción derogada DOF 25-02-2003

VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas; VIII.- Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente

riesgosas; IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros; X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros

conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales; XI. Obras y actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación;

Fracción reformada DOF 23-02-2005

XII.- Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la

preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas, y

ARTÍCULO 31.- La realización de las obras y actividades a que se refieren las fracciones I a XII del artículo 28, requerirán la presentación de un informe preventivo y no una manifestación de impacto ambiental, cuando:

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I.- Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que puedan producir las obras o actividades;

II.- Las obras o actividades de que se trate estén expresamente previstas por un plan parcial

de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la Secretaría en los términos del artículo siguiente, o

III.- Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales autorizados en los términos

de la presente sección. En los casos anteriores, la Secretaría, una vez analizado el informe preventivo, determinará,

en un plazo no mayor de veinte días, si se requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental en alguna de las modalidades previstas en el reglamento de la presente Ley, o si se está en alguno de los supuestos señalados.

La Secretaría publicará en su Gaceta Ecológica, el listado de los informes preventivos que

le sean presentados en los términos de este artículo, los cuales estarán a disposición del público.

Artículo reformado DOF 13-12-1996

REGLAMENTOS: 1.- REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2.- REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 3.- REGLAMENTO DE LA LEY MINERA

4.- REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 1o., fracciones II, III, V, VII y VIII, 5o., fracciones I, II y X, 6o., 15, fracciones IV, VI, XI, 17, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 35 BIS, 35 BIS 1, 35 BIS 2, 35 BIS 3, 167, 169, 170, 171 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO

AMBIENTAL

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ARTÍCULO 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

Cont…

L) EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN Y BENEFICIO DE MINERALES Y SUSTANCIAS RESERVADAS A LA FEDERACIÓN:

I. Obras para la explotación de minerales y sustancias reservadas a la federación, así como su infraestructura de apoyo;

II. Obras de exploración, excluyendo las de prospección gravimétrica, geológica superficial, geoeléctrica, magnetotelúrica, de susceptibilidad magnética y densidad, así como las obras de barrenación, de zanjeo y exposición de rocas, siempre que se realicen en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos o templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinares, ubicadas fuera de las áreas naturales protegidas, y

III. Beneficio de minerales y disposición final de sus residuos en presas de jales, excluyendo las plantas de beneficio que no utilicen sustancias consideradas como peligrosas y el relleno hidráulico de obras mineras subterráneas.

ARTÍCULO 29.- La realización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 5o. del presente reglamento requerirán la presentación de un informe preventivo, cuando:

I. Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos naturales y, en general, todos los impactos ambientales relevantes que las obras o actividades puedan producir;

II. Las obras o actividades estén expresamente previstas por un plan parcial o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con previa autorización en materia de impacto ambiental respecto del conjunto de obras o actividades incluidas en él, o

III. Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la Secretaría, en los términos de la Ley y de este reglamento.

ARTÍCULO 30.- El informe preventivo deberá contener:

I. Datos de Identificación, en los que se mencione:

a) El nombre y la ubicación del proyecto;

b) Los datos generales del promovente, y

c) Los datos generales del responsable de la elaboración del informe;

II. Referencia, según corresponda:

a) A las normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que regulen las emisiones, las descargas o el aprovechamiento de recursos naturales, aplicables a la obra o actividad;

b) Al plan parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico en el cual queda incluida la obra o actividad, o

c) A la autorización de la Secretaría del parque industrial, en el que se ubique la obra o actividad, y

III. La siguiente información:

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a) La descripción general de la obra o actividad proyectada;

b) La identificación de las sustancias o productos que vayan a emplearse y que puedan impactar el ambiente, así como sus características físicas y químicas;

c) La identificación y estimación de las emisiones, descargas y residuos cuya generación se prevea, así como las medidas de control que se pretendan llevar a cabo;

d) La descripción del ambiente y, en su caso, la identificación de otras fuentes de emisión de contaminantes existentes en el área de influencia del proyecto;

e) La identificación de los impactos ambientales significativos o relevantes y la determinación de las acciones y medidas para su prevención y mitigación;

f) Los planos de localización del área en la que se pretende realizar el proyecto, y

g) En su caso, las condiciones adicionales que se propongan en los términos del artículo siguiente.

ARTÍCULO 31.- El promovente podrá someter a la consideración de la Secretaría condiciones adicionales a las que se sujetará la realización de la obra o actividad con el fin de evitar, atenuar o compensar los impactos ambientales adversos que pudieran ocasionarse. Las condiciones adicionales formarán parte del informe preventivo.

ARTÍCULO 32.- El informe preventivo deberá presentarse en un disquete al que se acompañarán tres tantos impresos de su contenido. Deberá anexarse copia sellada del pago de derechos correspondiente.

La Secretaría proporcionará a los promoventes las guías para la presentación del informe preventivo. Dichas guías serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

ARTÍCULO 33.- La Secretaría analizará el informe preventivo y, en un plazo no mayor a veinte días, notificará al promovente:

I. Que se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 28 de este reglamento y que, por lo tanto, puede realizar la obra o actividad en los términos propuestos, o

II. Que se requiere la presentación de una manifestación de impacto ambiental, en alguna de sus modalidades.

Tratándose de informes preventivos en los que los impactos de las obras o actividades a que se refieren se encuentren totalmente regulados por las normas oficiales mexicanas, transcurrido el plazo a que se refiere este artículo sin que la Secretaría haga la notificación correspondiente, se entenderá que dichas obras o actividades podrán llevarse a cabo en la forma en la que fueron proyectadas y de acuerdo con las mismas normas.

ARTÍCULO 34.- Cuando dos o más obras o actividades se pretendan ubicar o realizar en un parque industrial o se encuentren previstas en un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que cuente con autorización en materia de impacto ambiental, los informes preventivos de cada una de ellas podrán ser presentados conjuntamente.

CAPÍTULO V De Los Prestadores De Servicios De Evaluación Del Impacto Ambiental

ARTÍCULO 35.- Los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo podrán ser elaborados por los interesados o por cualquier persona física o moral.

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ORDENAMIENTOS: PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL ESTADO DE COLIMA. (Se describe en capitulo correspondiente). NORMAS: NOM-120-ECOL-1997.- Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos.

NOM-059-SEMARNAT-2001,.- Determina las especies y subespecies de flora y fauna silvestres y acuáticas en peligro de extinción, amenazadas, raras y las sujetas a protección especial, estableciendo especificaciones para su protección.

NOM- 081- ECOL- 1994.NOM- 081- SEMARNAT- 1994 13/ ENE/ 95 Límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.(Aclaración 03- Marzo- 1995) .

VI.- Referencia. PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO ESTATAL. Ubicación del proyecto con respecto al Ordenamiento ecológico del territorio. Limites geográficos. Paisaje Terrestre: MINATITLAN (651610).- Inicia al N en el cruce del sistema terrestre "SierraCompleja" y la cota 1000. que forma parte del límite del paisaje terrestre "El Perote",continuando por éste hasta el cruce con el arroyo "Las Truchas", sobre éste aguas abajo hasta el cruce con el Río "Minatitlán", prosiguiendo por su cauce aguas abajo hasta el cruce con el límite del sistema terrestre "Sierra Compleja", siguiendo con dirección NW hasta el punto de origen. Vocacionamiento de uso de suelo. Sector primario: 1.- Agricultura. Riego. Temporal. 2.- Ganadería. Extensiva. Intensiva.

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Subsistencia. 3.- Forestal. Comercial. Subsistencia. 4.- Pesca. Comercial. Acuacultura. 5.- Minería. Superficial. Subterráneo. Sector secundario. 1.- Centros de población. Urbanos. Rurales. 2.- Transporte. Terrestre. 3.- Turismo. Centros. 4.- Protección. Patrimonio cultural. Criterios aplicables. Para las actividades de minería con las siguientes políticas (Numero 03/08): Protección; Conservación; Aprovechamiento. No se permitirá la explotación en áreas urbanas. Para el subsector industrial, con las siguientes políticas(Numero 01/13); Protección; Restauración; Conservación; Aprovechamiento. Todas las industrias deberán procurar la constante renovación de sistemas, procesos y equipo. Protección. Cuando, dadas las características excepcionales o únicas de los recursos naturales en la unidad ambiental hagan imprescindible su preservación y cuidado extremo. En estos casos las actividades productivas compatibles solo podrán desarrollarse con altas restricciones. Aprovechamiento. Cuando la unidad ambiental, presenta condiciones aptas y vigorosas para el pleno desarrollo de actividades productivas. En estos casos se permitirá actividades productivas compatibles, con restricciones leves. Conservación. Cuando las condiciones de la unidad ambiental, se mantiene en equilibrio, por lo que se hace recomendable su preservación. En tal situación se permitirán actividades productivas compatibles con restricciones moderadas.

VI.- CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO. 1.- Superficie del Sitio del Proyecto calculada conforme a la NOM.( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 3.20 ). Superficie de Sitio 12.75 Has.

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2.- Superficie de Sitio del Proyecto afectada por actividades previas ajenas a la minería. Ninguna. 3.- Superficie del Proyecto afectada por trabajos previos de exploración.

Se tiene conocimiento de trabajos exploratorios realizados en el año de 1977 por la Compañía La Perla Minas de Fierro. Del que solo existen vestigios de mojoneras de algunos barrenos exploratorios. 4.- Superficie a afectar por las actividades del proyecto. La superficie a afectar corresponde a las actividades por realizar por construcción de caminos de acceso y planillas de barrenación, afectando una superficie total de 0.3067 has , que corresponde a un 2.41 % de afectación por Hectárea. El límite Máximo de afectación por Hectárea permitido por la NOM es de 25 % ( NOM-120-SEMARNAT- 1997 Punto Número 4.3 )

m.c. = metros cuadrados. 5.- Tipo y dimensiones de las obras por realizar . La etapa de preparación y operación del proyecto se realizará trabajando un turno por día. El campamento del personal estará ubicado en el poblado de Minatitlán , y se tasladará diariamente el personal en una pick-up y en un jeep, el personal se trasladará diariamente al sitio , en 1 camión Ford 350 de 3 ton. De capacidad , y adicionalmente se utilizarán 1 camión Dodge Ram 7000 de 8 tons. De capacidad para el movimiento de equipos y materiales de barrenación a diamante. Las obras que se van a realizar en el yacimiento de mineral de fierro, consisten en :

a) Levantamiento topográfico. b) Levantamiento geológico. c) Barrenación a diamante. d) Caminos de acceso.

a) Levantamiento topográfico. Consiste en la localización de puntos de control para la

toma de datos geológicos, de muestras y del relieve del terreno, para lo cual se trozan únicamente ramas que impidan la visibilidad de los aparatos de topografía, poniendo estacas de madera en cada punto.

ACTIVIDADES POR REALIZAR

AFECTACION POR HECTAREA

PROGRAMADO

AFECTACION POR HECTAREA PERMITIDO POR LA NOM

CAMINOS DE ACCESO 31.24 metros = 1.41 % 150 metros = 10.5 %

PLANTILLAS DE BARRENACION

100 m.c. = 1.00 % 720 m.c. = 11.5 %

TOTAL AFECTACION 2.41 % MAXIMO = 25 %

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b) Levantamiento geológico. A medida que se localizan los puntos de control se desarrollarán estas actividades.

Levantamiento geológico: Se realiza con cinta métrica de lienzo y brújula y consiste en toma de datos que corresponden al tipo de roca, mineralización y alteración, sobre las líneas transversales al cuerpo y puntos de control preestablecido con la topografía, esto se lleva a cabo mediante toma de muestras de rocas superficiales de tamaño máximo de 10 cm.

c) Barrenación a diamante : Se tiene programado realizar 2,550 m de Barrenación para un total de 51 barrenos con profundidad promedio de 50 m cada uno, especiados cada 50 m en la plantilla de barrenación. Y en algunos casos 25 m en las posibles terminaciones de los cuerpos de mineral.

Para esta actividad se requiere desmontar una superficie de 5.0 X 5.0 m para planilla de Barrenación, en cada barreno , para la instalación del equipo, materiales y accesorios. El Total de afectación por este concepto es de 0.1275 has que corresponden a 100 m.c. por hectárea. Siendo el límite máximo de afectación para planillas de barrenación permitido por la NOM de 720 m.c. por hectárea ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.2.5 )

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El equipo para perforar es una máquinas marca Christiansen, modelo CS 1000, utilizando barras roscadas de acero de 3.0 m de longitud y de 3” de diámetro, con broca con inserto de 3” de diámetro para obtener núcleos de muestras de 2” de diámetro, de longitudes variables, los cuales serán depositados en cajas de plástico para su estudio y almacenamiento fuera del área de exploración. Al término de cada barreno se cementará la boca del mismo y se dejará una marca de aluminio con su número y posición en el terreno. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.2.1.1 ) Los cárcamos para contener y reciclar el agua y los lodos de perforación, serán de plástico para evitar filtraciones al suelo, los lodos se prepararán con bentonita, la cual es un tipo de arcilla natural, al término de la actividad se retirará el plástico. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.2.1.3 y 4.2.1.4 ) Caminos de Acceso: Será necesario la construcción de caminos de acceso para conectar entre si los afloramientos de mineral y poder llegar a los puntos donde se efectuarán los barrenos de diamante, para la construcción de los caminos se trabajará con un buldózer Caterpillar D-5, los cuales se realizarán con la finalidad de poder ingresar con los vehículos y transportar la maquinaría de barrenación, así como materiales y personal , hasta los puntos donde se realizarán los barrenos de diamante, se construirá un total de 398.33 mts de caminos de acceso de 4.5 m de ancho lo cual equivale a una afectación de 31.24 m por hectárea. El límite máximo de afectación, para la construcción de caminos, permitida por la NOM es de 150 mts por hectárea . Solo en tramos con curvas y pendientes mayores a 5 % o con pendientes laterales peligrosas, se permitirá por razones estrictamente de seguridad, ensanchar hasta 7.0 m los caminos de acceso. Lo anterior, también aplica en tramos cortos donde se requiera de mayor amplitud para la circulación de vehículos en sentidos opuestos. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 3.9 ; 4.2.2 ) Para el trazo de los caminos se evitará la afectación de los individuos de las especies de flora de difícil regeneración, que por sus características no puedan ser reubicados , tales como cactáceas columnares o similares .( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.2.2.1) La construcción de los caminos de acceso se realizará bajo las siguientes disposiciones: ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.2.2.3)

� Que cuente con las obras de drenaje necesarias para conducir el agua de lluvia hacia un dren natural durante la vida útil del proyecto.

� El material obtenido durante la construcción de los caminos, de acuerdo con sus características deberá ser empleado en las mismas obras.

� En caso de existir material excedente deberá ser depositado en sitios previamente seleccionados en donde se garantice que este no será arrastrado por el drenaje pluvial, o por crecimiento de cuerpos de agua, preferentemente deberán seleccionarse sitios desprovistos de vegetación o perturbados.

� Al depositar el material excedente se deberán garantizar que no se obstruyan causes naturales o similares .

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6.- PROGRAMA DE TRABAJO 2006. Proyecto “ El Artillero“

Actividad Jul Ago Sept Oct Nov Dic

1.-

Aviso a SEMARNAT

X

2.- Trabajos de Exp. Min. Dir.

X

2.2.- Levantamiento topográfico

X

2.3.- Levantamiento geológico

X X

2.4.- Barrenación a Diamante

X X X X

3.- Programa de Restauración Amb.

X X X X X

4.- Informe Final a SEMARNAT y PROFEPA

X

7.- Contratación de Personal. Para el desarrollo de estas actividades se tiene programado la construcción del siguiente personal : - Levantamiento topográfico : 1 topógrafo y 2 ayudantes. - Levantamiento geológico: 1 geólogo y 2 ayudantes. - Barrenación a diamante: 2 perforistas y 4 ayudantes ; 1 Mecánico y un ayudante; 1 chofer. - Caminos de acceso: 1 Operador de Buldózer. - Un velador para resguardar durante la noche los equipos, materiales, combustibles y lubricantes. - Los peones, ayudantes y velador serán contratados de la misma región, como apoyo a la generación de fuentes de empleo. 8.- Almacenamiento de combustible. Se pretende almacenar únicamente el combustible y lubricantes necesarios para trabajar durante una semana, con las máquinas perforadoras y los vehículos de transporte en el área de estudio. Se construirá un almacén para combustible y lubricantes de 4 m x 6 m con piso de cemento y cárcamo de recuperación para evitar derrames al suelo, y cerrado con malla ciclónica para una ventilación natural, de 2.5 m de altura, techado con lámina galvanizada y puerta de acceso de 2.5 m de ancho. Se instalarán dos extintores para fuegos, tipo ABC y se instalarán los letreros alusivos al riesgo, de restricción y prohibición, de acuerdo a lo establecido por la NOM-026-STPS-1998.

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Cantidades de Almacenamiento : 1.- 640 lts. De Diesel Centrifugado. 2.- 80 lts. De Gasolina Magna. 3.- 25 lts. De Aceite de Motor. 4.- 50 lts. De Aceite Hidráulico. 5.- 25 lts. De Aceite de Transmisión. 6.- 23 Kgs. De Grasa lubricante. CARACTERISTICAS DE LOS TANQUES DE ALMACENAMIENTO. Se utilizarán tanques metálicos de 200 lts. de capacidad y únicamente se llenarán al 80 % de su capacidad para evitar derramos al momento de maniobrarlos. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.19 ) 9.- Residuos Peligrosos. En caso de realizar actividades de mantenimiento y reparación en el sitio del proyecto, deberán adoptarse las medidas necesarias para la contaminación del suelo por aceites, grasas y combustibles, para cual deberán utilizar lonas impermeables, colocadas en el suelo y charolas de recuperación para los líquidos, posteriormente los líquidos deberán de vaciarse en tanques de 200 lts. de capacidad y únicamente se llenarán al 80 % de su capacidad. Dentro del almacén de lubricantes y combustibles se asignará un área para Residuos Peligrosos, el cual estará dividido para separar los lubricantes y combustibles de los residuos peligrosos. En el área asignada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos deberán colocarse tanques de 200 lts. de capacidad los cuales estarán señalados para depositar los diferentes residuos peligrosos que se generen : como aceite residual, trapos contaminados con lubricantes, filtros de aceite y diesel, acumuladores, etc. Periódicamente se deberán enviar los Residuos Peligrosos al confinamiento final a empresas autorizadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.22 ) 10.- Residuos No Peligrosos. Se instalarán tanques de 200 lts. con tapas en las áreas donde se encuentre trabajando el personal, para almacenar la basura que se pueda generar y posteriormente se trasladarán para depositarla en el lugar que asigne la autoridad local competente. Para las necesidades fisiológicas del personal se instalará un sanitario portátil y se construirá una fosa séptica para depositar las aguas negras y evitar la contaminación al subsuelo por

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infiltración. Al término de las actividades, la fosa séptica se inactivará y se tapará. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.21 ) 11.- Actividades por realizar. Levantamiento topográfico. Levantamiento geológico Apertura de camino de acceso (longitud dentro de lo permitido por la ( NOM-120-SEMARNAT-1997).

Barrenaciòn a diamante. Actividades de restauración.

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VII.- CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL DEL AREA DE INTERES.

DDDEEESSSCCCRRRIIIPPPCCCIIIÓÓÓNNN AAAMMMBBBIIIEEENNNTTTAAALLL

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1.- UBICACIÓN DEL PREDIO Estado: Colima. Municipio: Minatitlan. Localidad: “Paraje El Astillero” Localización: Kilómetro 42 Carretera Villa de Álvarez-Minatitlán, en el paraje el Astillero se tiene acceso a lado izquierdo, por una brecha; posteriormente se toma camino de herradura y aproximadamente a 400 inicia el cuerpo del mental. Concesión: (Mineral de Hierro) Afloramiento: Artillero Carta INEGI E13B33 Minatitlán. Coordenadas Geográficas (UTM): Puntos Y X

1 2147100.3746 604451.0078 2 2146481.0572 604777.2684 3 2146364.5356 604556.0836 4 2146585.7203 604439.5620 5 2146515.8073 604306.8511 6 2146825.4660 604143.7208 7 2146802.1617 604099.4838 8 2146846.3987 604076.1795 9 2146823.0943 604031.9425 10 2146911.5682 603985.3339 11 2146888.2639 603941.0969 12 2147020.9748 603871.1839 13 2146997.6705 603826.9470 14 2147174.6183 603733.7297 15 2147197.9226 603777.9666 16 2147286.3965 603731.3580 17 2147333.0052 603819.8319 18 2147288.7682 603843.1362 19 2147265.4639 603798.8993 20 2147000.0422 603938.7252 21 2147023.3465 603982.9622 22 2146934.8726 604029.5708

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23 2146958.1769 604073.8078 24 2146913.9399 604097.1121

2.- CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL. A) CLIMA.

El clima presente en el área del proyecto es de tipo Semicalido subhumedo (A) C (w2) (w), con lluvias en verano y con un 5% de lluvia invernal, siendo el más húmedo de los semicalidos subhumedos. B) FISIOGRAFIA De acuerdo con la clasificación de las provincias fisiográficas de la república Mexicana, elaborada por el INEGI en 1981, el estado de Colima pertenece a la provincia de la Sierra Madre del sur y a la provincia del Eje Neovólcanico porción Sur. El área de estudio se localiza en el Sistema

Fisiográfico Provincia Sierra Madre del Sur, en la Subprovincia Sierras de la Costa de Jalisco y Colima, colindando al este con la Subprovincia Volcanes de Colima. La Provincia Sierra Madre del Sur ocupa la parte centro-occidental del estado; colinda al

noroeste con Jalisco, al sur con el Océano pacífico y al norte con el Eje Neovolcánico. Está subdividida en dos subprovincias denominadas subprovincia de las Sierras de la Costa de Jalisco y Colima y subprovincia de la Cordillera Costera del Sur con superficie de 3540 y 1240 km² cada una respectivamente. La subprovincia de las Sierras de Jalisco y Colima es la más grande y se caracteriza por presentar un sistema montañoso que alcanza alturas hasta de 2560 msnm, en el cerro grande al norte de la entidad. Las topoformas son planicie costera, lomeríos, valles, cañones y sierras escarpadas, orientadas al norte t oeste que constituyen las serranías occidentales de Colima. La subprovincia de la cordillera Costera del Sur abarca la porción centro-oriental del territorio y se caracteriza por presentar un sistema de topoformas de sierras escarpadas paralelas y valles intermontanos, con orientación norte-sur y norte-oeste. Las elevaciones de este sistema accidentado son de 300 a 1200 msnm, con el cual forman las serranías orientales de Colima. El área de estudio se encuentra dentro de la provincia sierra madre del sur y en la subprovincia sierra de las costas de Jalisco y Colima, presenta altitudes que van desde 0 a 2, 400 metros sobre el nivel del mar con pendientes que alcanzan el 90 %.

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Subprovincia de las sierras de la costa de Jalisco y Colima. La porción de esta subprovincia que penetra en el estado comprende las zonas conocidas como: la región montañosa occidental, la cuneca del río Marabasco, el valle de Armería y la costa. Ocupa el 62.51% de la superficie estatal y abarca completamente los municipios de Armería, Manzanillo y Minatitlan; y partes de los municipios de Comala, Coquimatlan, Tecoman y Villa de Álvarez. CCAARRAACCTTEERRÍÍSSTTIICCAASS FFIISSIIOOGGRRÁÁFFIICCAASS DDEELL PPRREEDDIIOO La zona del proyecto se caracteriza por presentar lomeríos desde suaves a accidentados. Debido a que la zona de trabajo se localiza en un parteaguas la orientación de los lomeríos es hacia el lado norte de la mina con dirección noroeste y noreste y hacia el lado sur con dirección suroeste. Las pendientes dominantes oscilan entre un 25 y un 50%. C) SUELOS Tipos de Suelo Los tipos de suelos presentes en el predio son de tipo Cambisol ferralico, Cambisol ferralico + Regosol distrito/3, Regosol distrito + Litosol/2. Cambisol ferralico (Bf/3). Los suelos de tipo Cambisol se caracterizan por presentar en el subsuelo una capa con terrones que presentan vestigios del tipo de roca subyacente y que además pueden ser pequeñas acumulaciones de arcilla, carbonato de calcio, fierro o manganeso. Son de moderada a alta susceptibilidad a la erosión. Los suelos Ferralicos son suelos con manchas rojas o amarillentas muy notables causadas por altas concentraciones de hierro o aluminio. Su capacidad de liberar nutrientes a las plantas es muy baja. Este tipo de suelo presenta una textura fina dentro de 30 cm superficiales. Cambisol ferralico + Regosol districo/3 (Bf+Rd/3). Los suelos de tipo Cambisol se caracterizan por presentar en el subsuelo una capa con terrones que presentan vestigios del tipo de roca subyacente y que además pueden ser pequeñas acumulaciones de arcilla, carbonato de calcio, fierro o manganeso. Son de moderada a alta susceptibilidad a la erosión. Los suelos Ferralicos son suelos con manchas rojas o amarillentas muy notables causadas por altas concentraciones de hierro o aluminio. Su capacidad de liberar nutrientes a las plantas es muy baja. Los suelos de tipo Regosol se caracterizan por desarrollarse en diferentes tipos de climas, vegetación y relieve. Tienen poco desarrollo y por ello no presentan capas muy diferenciadas entre si. En general son claros o pobres en materia orgánica. Los suelos de tipo Districo se caracterizan por ser suelos ácidos, ricos en nitrógeno, pero pobres en otros nutrientes importantes para las plantas como el calcio, magnesio y potasio. Este tipo de suelo presenta una textura fina dentro de 30 cm superficiales. Regosol distrito + Litosol/2 (Rd+l/2). Los suelos de tipo Regosol se caracterizan por desarrollarse en diferentes tipos de climas, vegetación y relieve. Tienen poco desarrollo y por ello no presentan capas muy diferenciadas entre si. En general son claros o pobres en materia orgánica. Los suelos de tipo Districo se caracterizan por ser suelos ácidos, ricos en nitrógeno, pero pobres en otros nutrientes importantes para las plantas como el calcio, magnesio y potasio.

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Los suelos de tipo litosol son suelos que se caracterizan por ser los más abundantes en el país, se encuentran en todos los climas y con muy diversos tipos de vegetación en todas las sierras de México. Se caracterizan por su profundidad menor de 10 cm, limitada por la presencia de roca, tepetate o caliche endurecido, su fertilidad natural y la susceptibilidad a la erosión es muy variable y depende de otros factores ambientales. El uso de estos suelos depende principalmente de la vegetación que los cubre, esta combinación de suelos presenta una textura media dentro de 30 cm superficiales.

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D) GEOLOGIA. Las rocas expuestas en territorio colimense están representadas por rocas volcanosedimentarias del Cretácico Inferior y Medio, sedimentarias del Cretácico Medio y Superior, volcánicas del Terciario y Cuaternario y, plutónicas del Mesozoico y Cenozoico. También se han reportado rocas metamórficas de edad Paleozoica en la porción Sur y Sureste del Estado. Estratigráficamente las rocas metamórficas están consideradas como las más antiguas a las sobrayacentes rocas volcanosedimentarias del Cretácico Medio (CRM, 1994). La región que ocupa el estado de Colima fue durante la era Mesozoica una zona marina poco profunda donde la línea costera sufrió desplazamientos debido a fluctuaciones en el basamento regional. El desarrollo del arco volcánico insular, origino un mar marginal y provoco la formación de rocas híbridas en el estado; asociaciones de caliza, derrames andesíticos, depósitos volcanoclásticos y tobas o asociaciones de caliza con andesita y basal almohadillado, originado en un medio submarino a gran profundidad relacionado con una zona de rift -zona de Tepames,-CRM, 1994. MINERÍA El estado de Colima presenta una gran diversidad de tipos de yacimientos minerales, tanto metálicos como no metálicos. Las rocas que encajonan estos yacimientos son muy variadas, comprendiendo formaciones que en un tiempo representan edades del Cretácico al Terciario. La edad de la mineralización corresponde en un 90% al Cretácico y es de origen vulcanogénico, de metasomatismo de contacto, segregación o inyección magmatica y cuerpos en vetas, para los depósitos de fierro; de tipo vetas, diseminados y pórfido cuprífero para los criaderos de minerales de cobre; segregación magmática para cobalto y placeres de playa para titanio: Los yacimientos minerales no metálicos, son sedimentarios, hidrotermales, metamórficos y pegmatíticos. Además existen calizas marinas y otras rocas dimensionales utilizadas en la industria de la construcción. La geología presente en el área del proyecto es de tipo: Arenisca-Conglomerado e Intrusiva acida. Arenisca-Conglomerado (ar-cg). Roca sedimentaría constituida por abundantes fragmentos de tamaño de arna unidos por una matriz o cemento de grano fino. Las partículas de arena suelen ser de cuarzo, mientras que el conglomerado esta compuesta predominantemente por fragmentos redondeados (generalmente mayores a de 5mm de diámetro) en una matriz de grano fino de arena, limo o material cementante natural. Intrusiva acida (Igia). Roca ígnea que ha sido forzada en su estado derretido a través de capas preexistentes a lo largo de debilidades naturales en la roca o mediante el paso directo por las capas superiores. (Bates & Jackson 1984). Esta roca se caracteriza por contener un alto porcentaje en peso de sílice (SiO2 mayor de 65%), por lo que en general son de tono claro. Presentan cristales de cuarzo y son pobres en magnesio 8Mg), hierro (Fe) y calcio (Ca) 15% o menos). Son rocas que tienen más de un 10% de cuarzo libre. En este grupo se incluyen los granitos y las sienitas.

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D) HIDROLOGIA El área de estudio se encuentra ubicada en la parte intermedia que sirve como limite entre las regiones hidrológicas 15 (Río Chacal-Purificación), y 16 (Armería-Coahuayana) y de las micro cuencas del arroyo la Mesa que desemboca hacia el río Marabasco y un pequeño arroyo que descarga sus aguas al arroyo Astillero el cual se une al arroyo San Palmar y este desemboca aguas abajo en el río Armería.

NIVEL HIDROLOGICO CLAVE Y NOMBRE Región Hidrológica 15 “Río Chacala - Purificación Subcuenca B "Río Chacala" Subcuenca Especifica Arroyo La Mesa Región Hidrológica 16 “Armeria-Coahuayana” Cuenca B “Río Armería” Subcuenca a “Arroyo Astillero”

La subcuenca RH15Ab, tiene una superficie de 2134 km² y cubre el 4.9% de la superficie del estado de Jalisco además ocupa parte del estado de Colima, la parte alta de dicha subcuenca se encuentra en el norte y la constituye la sierra de Manantlán. En el área de influencia la corriente más importante es el río Marabasco o Minatitlán el cual nace en la sierra alta del municipio de Autlan en Jalisco y desemboca en Barra de Navidad; recorre 123 km. y su cuenca comprende una superficie de 793 km² en el estado de Colima; tiene una descarga media anual de 918000 m³, sus afluentes más importantes son los ríos Minatitlán, Ayotitlán y El Carrizo o San José. La cuenca RH16 formada por los ríos Armería y Coahuayana la cual es de forma irregular. La subcuenca del Armería (RH16B) comprende en Colima 1, 835 Km2 (32.4 %). Se forma en la Sierra de Cacoma en el Estado de Jalisco. Recorre 294 Km desde su nacimiento hasta su desembocadura a boca de Pascuales en el estado de Colima -INEGI, 1995.- Sus afluentes más importantes son el río San Palmar y los Arroyos de Agua Zarca, El chino, Charco Verde y por la izquierda los ríos San Antonio, Comala y río Colima. Red de Drenaje en el predio Las clases de corrientes que se presentan en el predio son del tipo intermitente, es decir, lleva agua principalmente en la época de lluvias y en cantidades mínimas y por periodos cortos, esto debido a que se encuentra en la parte alta de las dos microcuencas y las áreas de escurrimientos son reducidas dentro de la zona donde se encuentra la mina.

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D) VEGETACIÓN En la zona del proyecto domina un tipo de vegetación, Bosque de Encino Caducifolio. Los bosques de Quercus o encinares son comunidades vegetales muy características de las montañas de México. De hecho, junto con los pinares constituyen la mayor parte de la cubierta vegetal de áreas de clima templado y semihúmedo.

Vegetación representativa de la zona del proyecto. No se limitan, sin embargo, a estas condiciones ecológicas, pues también penetran en regiones de clima caliente, no faltan en las francamente húmedas y aun existen en las semiáridas, pero en estas últimas asumen con frecuencia la forma de matorrales. Los encinares guardan relaciones complejas con los pinares, con los cuales comparten afinidades ecológicas generales y los bosques mixtos de Quercus y Pinus son muy frecuentes en el país. En este tipo de vegetación quedan agrupados los bosques donde domina él genero Quercus; esta vegetación por tener requerimientos muy similares a los de Bosques de Pinos, muchas veces se mezcla con éste, se hace muy difícil su separación, encontrándose mezclas que corresponden a etapas sucesionales. La superficie motivo del presente estudio se encuentra representado por el tipo de vegetación de Bosque de Quercus.

El Bosque de encino (Quercus). Al igual que los bosques de Coníferas, los encinos conforman la vegetación de las áreas de clima templado y semihúmedo. Ocupa el 19% de la superficie de la Republica Mexicana. Las temperaturas medias anuales fluctúan entre los 10 y 26°C y la precipitación media anual entre 600 y 1 200 mm. La distribución del género se da en todo en territorio mexicano, con excepción de los estados de Quintana Roo y Yucatán. En el siguiente cuadro se presentan las especies presentes en el lugar del proyecto:

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Nombre común Nombre científico Forma Biológica Roble Quercus magnolifolia Árbol Huizcolote Acacia hindsii Árbol Huizache blanco Acacia macracantha Árbol Huizache común Acacia farneciana Arbusto Guazima Guazuma ulmafolia Árbol Tacote Podachaenium eminems Hierba Tepame Acacia pennatula Árbol Guayabo Psidium guajaba Árbol Parota Enterolobium ciclocarpum Árbol Tepeguaje Lysiloma acapulsence Árbol Vara negra o retama Calea urticifolia Hierba Gallinero Limpia umbellata Árbol Trompetero Cecropia obtusifolia Árbol Palo de chicle Cnidosculos tepiqunsis Árbol Aserrilla Mimosa pudica Hierba Jarilla Senecio salignus Arbusto Crucillo Randia tetracantha Arbusto Zalate Ficus goldmanii Árbol Mameycillo Sommera grandis Árbol Palo dulce Eysenhardtia polystachya Árbol Cabello de ángel Calliandra houstoniana Hierba Cola de zorra Muhlenbergia speciosa Pasto Mora Ostrya virginiana Arbusto-Árbol Gallitos Tillandsia schiedeana Epifita

Es importante señalar que el tipo de vegetación dominante es Bosque de Encino Roble (Quercus magnolifolia) y el resto de las especies se encuentran dispersas por toda la superficie del proyecto y con presencia escasa, por lo que se considera Bosque de Encino. Especies amenazadas, en peligro de extinción o protegidas. En los recorridos de campo que se realizaron para elaborar el presente trabajo no se observaron especies de flora y fauna incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059. Se recomienda complementar el listado florístico en temporal de lluvias para una mejor identificación de las especies herbáceas presentes en el área de influencia

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E) FAUNA POTENCIAL EN EL ÁREA DE INFLUENCIA

Nombre científico Nombre común

CLASE (AVES)

Calocitta formosa Urraca Cassiculus melanicterus Zanate Catharthes aura Zopilote Columba flavirostris Paloma Columbina inca Tortolita Columbina passerina Tortolita Columbina inca Tortolita de cola larga Crotophaga sulcirrostris Ticuz Icterus pustulatus Calandria Sporophila torqueola Chatito Tyranus crssirostris Semillero Zenaida asiatica Paloma alas blancas

CLASE (MAMIFEROS)

Dasypus novemcintctus Armadillo Didelphys marsupialis Tlacuache Odocoileus virginianus Venado cola blanca Sciurus aureogaster Ardilla gris Urocyon cinereoargenteus Zorra

CLASE (REPTILES)

Phrynosoma asio Roño Crotalus sp Vivora Boa constrictor Boa

CLASE (ANFIBIOS)

Bufo marmoreus Sapo Rana forreri Rana

Algunas d estas especies se logro observarlas durante las visitas al predio y otras se tienen reportes que existen en la zona. Por la superficie del proyecto la fauna presente en esta es reducida, ya que el territorio que necesitan la mayoría de las especies enlistadas es mucho mayor, por lo que lo que el impacto sobre la fauna e esta primera etapa de trabajo es mínimo y existe una gran superficie que brinda mejores condiciones para refugio de todas las especies de fauna. Algunas de estas especies solo se encentran de manera temporal en el predio ya que sus sitios de refugio, anidación o alimentación se encuentran fuera de la zona del proyecto, ya que existen zonas con mejores condiciones en las zonas aledañas.

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ESPECIES DE IMPORTANCIA ECONÓMICA O CINEGÉTICA. El predio es rico en diversidad de fauna silvestre por encontrarse en una zona donde se combinan dos tipos de vegetación, tropical caducifolio y bosque tropical subcaducifolio. Las principales especies de importancia son las siguientes: El venado cola blanca, el jabalí, el tejón, la chachalaca, pueden ser considerados como especies de interés económico y cinegético, debido a la demanda de su carne, la cual es consumida por los pobladores de la región sin contar con el permiso correspondiente para la cacería. Es importante señalar que la cacería es parte de la costumbre de los habitantes de la región, pero en su totalidad los animales que cazan se utilizan para autoconsumo. RECOMENDACIONES

� Para los trabajos de exploración se recomienda no dañar especies de flora y fauna.

� No dañar nidos, madrigueras o fuentes de alimento de las distintas especies de fauna silvestre.

� No dejar abandonados en el lugar materiales o desechos peligrosos que afecten a los

recursos naturales de la zona.

� Para trabajos futuros se recomienda elaborar estudios más completos sobre flora y fauna silvestre, así como hidrológicos.

NOTA: El sitio donde se encuentra la mina esta cubierto por un tipo de vegetación dominante (Bosque de Encino caducifolio), conocido comúnmente como roblada. En este tipo d vegetación es muy baja o poco abundante la presencia de especies de flora enlistadas en la NOM-059, por lo que no se pone en riesgo especies de interés especial.

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ANEXO FOTOGRAFICO

Aspecto de la vegetación en el área de la mina

Aspecto del mineral en el área de estudio

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Aspecto de la vegetación en la zona de la mina

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IX.- IDENTIFICACIÒN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS O RELEVANTES ASI COMO SUS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN.

1.- Actividades por realizar:

� Levantamiento topográfico. � Levantamiento geológico � Apertura de camino de acceso (longitud dentro de lo permitido por la ( NOM-120-SEMARNAT-

1997).

� Barrenaciòn a diamante. � Actividades de restauración.

2.- Identificación de los impactos significativos y relevantes en las obras de barrenaciòn. Los impactos negativos que pudieran generarse por las actividades de barrenaciòn son:

Actividad Presencia en el proyecto

Apertura de caminos y brechas de acceso SI Desmonte (planilla y camino) SI Despalme NO Extracción y carga del material NO Arrime de material y Tránsito de vehículos pesados

SI

Instalación y operación de patios y campamentos

NO

Almacenamiento NO

3.- Los elementos medioambientales susceptibles consideramos son los siguientes: Flora. Fauna. Suelo. Aire.

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4.- Matriz Agente Causal- Recurso impactado

ACTIVIDAD SUELO ATMOSF AGUA VEGET FAUNA PAISAJE

Apertura de caminos y brechas de acceso

XXX XXX XXX XXX

Desmonte(planilla y camino).

XXX XXX XXX XXX X

Arrime de material - Tránsito de vehículos pesados

XXX XXX

5.- Identificación y descripción de los posibles impactos negativos. Considerando las matrices anteriores, observamos que los impactos mas relevantes son generados por tres actividades, explicando como sigue:

IMPACTO AGENTE CAUSAL 1. SUELO

a) Posible erosión y arrastre de partículas

• Desmonte.

c) compactación del suelo • Caminos de acceso.

2. AGUA Consideramos no afectación, ya que no se ubican cuerpos de agua

cercanos a las plantillas de barrenaciòn.

3. VEGETACION a) Eliminación de la

vegetación. • Desmonte en plantillas sumando

un total de 0.1275 Has. y por apertura de caminos 0.1792 Has. Superficie aceptable dentro de la(

NOM-120-SEMARNAT-1997).. b) Incremento del peligro de

incendios forestales en áreas aledañas.

• Transito de vehículos. • Presencia de trabajadores

4. ATMOSFERA a) Emisión de contaminantes

a la atmósfera. • Transito de vehículos • Operación de maquinaria

pesada b) Emisión de ruido • Desmonte.

• Transito de vehículos y

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maquinaria pesada

5. FAUNA SILVESTRE a) Ahuyentar temporalmente

a la fauna • Actividades de barrenaciòn. • Presencia de trabajadores.

c) Presión sobre especies cinegéticas

• Presencia de trabajadores • Cazadores furtivos en el área.

d) Interrupción de rutas de tránsito

• Actividades de la exploración.

a) Deterioro de la calidad del paisaje

• Desmonte, Despalme.

6.- Pronóstico. Siendo evaluados los componentes ambientales considerando las matrices anteriores, con respecto a los impactos que se generaran, determinamos que serán minimamente afectados por las actividades de la exploración. Continuaremos con un análisis de cada componente ambiental impactado y determinaremos las medidas de mitigación, restauración o compensación según corresponda. Cabe señalar que en el área existen desde hace varios años, caminos ya trazados, bien delimitados que se tomaron de base para determinar también la instalación de los barrenos, y de esta forma no impactar el área de interés con la apertura de más caminos. 7.- Análisis de los impactos ambientales por Componente Ambiental. Flora. Se realizo un conteo árbol por árbol que será necesario derribar para la apertura del camino de acceso hacia cada área de barrenaciòn, se realizo cuidadosamente, intentando no derribar árboles innecesarios. Estos árboles fueron marcados para su precisa ubicación. Siendo un total de: Fauna. Considerando que el área de limpieza no es muy amplia, no se prevé la eliminación de cuevas o áreas de reposo de la fauna, pero si es posible que abandonen las zonas aledañas a los sitios de barrenaciòn por la emisión del ruido de maquinaria y la presencia de personal. Aire. Se producirán emisiones de gases, por la maquinaria utilizada para las actividades de barrenaciòn y apertura de camino.

Huizache-blanco(Acacia

macracantha) 3

Huizache común (Acacia

farneciana) 5

Encino (Quercus magnolifoli)a 16

Pastos 0.1275 Has.

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X..- PROGRAMA DE MITIGACIÓN Y RESTAURACIÓN. Flora.

1. Como medida de compensación pretendemos plantar 10 arbolitos por cada árbol derribado siendo en este caso: 6 huizache blanco, 10 huizache común, 32 encinos, si la autoridad ambiental lo acepta y considera equitativo.

2. Llevar a cabo medidas de prevención de incendios forestales (Se presenta programa). 3. No se afectara la flora fuera de las áreas determinadas por el área de las plantillas y fueran

del camino ya trazado. 4. Fauna. 5. Se prohíbe a todo el personal contratado, realizar actividades de quema de maleza, uso de

herbicidas o productos químicos durante las actividades de desmonte o deshierbe del sitio del proyecto. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.11 )

6. Cuando por las actividades de las obras a realizar, se produzca tala de árboles y arbustos se deberán cuantificar, para programar la reforestación que compense el daño. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.24 )

7. Cuando por las actividades de las obras a realizar, se produzca tala de árboles y arbustos se deberán cuantificar, para programar la reforestación que compense el daño. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.24 )

8. En las actividades de restauración, se utilizarán únicamente individuos de especies arbóreas, arbustivas y herbáceas locales. El material recuperado durante las actividades de desmonte ( esquejes, semillas o material transplantado ) y conservados para tal fin, será empleado en estas actividades. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.26 )

9. Se trozará y esparcirá, en sitios previamente seleccionados, los residuos vegetales producto de la limpieza de los terreno, a fin de facilitar su integración al suelo, en caso de no ser utilizados como espejas o material para la reforestación.

Fauna.

1. Se prohíbe a todo el personal contratado, la cacería y la extracción de especies de flora y fauna. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.14 )

2. En caso de que existan en la zona del proyecto, individuos de flora y fauna silvestres catalogadas en la normatividad vigente con alguna categoría de protección, se deberá evitar su daño. De ser inevitable la afectación, se deberá realizar el traslado de fauna de difícil desplazamiento y transplante de flora, con apoyo de especialistas en la materia. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.15 )

3. De haber realizado actividades de traslado de fauna o rescates de individuos de vegetales se deberán indicar las acciones realizadas tendientes a garantizar su supervivencia y los resultados obtenidos.

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Suelo. La capa superficial del suelo vegetal excedente, será recuperada junto con el material removido sin mezclarse, con el fin de utilizarla para las actividades de restauración de la zona. Para lo anterior, se deberá asignar un área de almacenamiento temporal dentro de las de depósito, con el fin de evitar pérdidas por erosión. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.16 ) Aire. Se deberá realizar la revisión y mantenimiento periódico de los vehículos y maquinaria que sean utilizados, con la finalidad de no rebasar los límites máximos permisibles para la emisión de contaminantes a la atmósfera y ruido que establecen las normas oficiales mexicanas aplicables. En el caso de realizar actividades de mantenimiento y reparación en el sitio del proyecto, deberán adoptarse las medidas necesarias para evitar la contaminación del suelo por aceites, grasa, combustible o similar.( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.18 ) Otros.

1. Las obras serán suspendidas, si al realizar las actividades se encontrarán vestigios

arqueológicos, y se dará aviso a la autoridad civil más cercana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas. Las obras podrán reiniciarse al obtener la aprobación del Instituto Nacional de Antropología e Historia. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.9 )

2. A la terminación del proyecto de exploración minera directa y que se vaya a abandonar el área en que se desarrollaron los trabajos, se llevará a cabo el programa de restauración que contemple acciones tales como la estabilización de taludes, el relleno de pozos de exploración, el relleno de zanjas, la escarificación de suelos, la inhabilitación de caminos y la reforestación. El programa deberá contener el calendario de actividades, incluyendo las correspondientes al mantenimiento. Los sitios a restaurar serán aquellos afectados por las actividades realizadas, excepto aquellos ocupados por obras que tendrán uso futuro debidamente justificado, en cuyo caso como medida de compensación se deberá restaurar alguna área vecina. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.23 )

3. Cuando se prevea que el proyecto pasará a la etapa de explotación, como medida de compensación a los impactos generados por las actividades de exploración minera directa, se realizará la restauración en algún área vecina, en donde no se realicen labores que perjudiquen sus resultados, para lo cual deberán presentar ante el Instituto Nacional de Ecología o la Delegación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales que corresponda el Programa de Restauración. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.25 )

4. Una vez realizada la restauración, se presentará a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su delegación federal correspondiente un reporte en el que se manifiesten las condiciones finales del sitio, la ubicación en un plano topográfico de las zonas reforestadas, superficies, listados de especies empleadas, actividades de seguimiento de las plantaciones.

5. Dicho reporte se deberá acompañar por un anexo fotográfico. ( NOM-120-SEMARNAT-1997 Punto Número 4.1.27 )

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10.1.- EQUIPO DE SEGURIDAD Y PLANES DE EMERGENCIA. 1.- Se dotará de equipo de seguridad al personal conforme a lo indicado por la NOM-017-STPS-2001. 2.- Se contará con un botiquín de primeros auxilios. 3.- Se contará con la cantidad de extintores de polvo químico seco para fuegos tipo ABC, de acuerdo al riesgo de incendio calculado conforme a la NOM-002-STPS-2000. 4.- Se contará con dos vehículos en el sitio, para en caso de un accidente realizar el traslado de la persona lesionada al centro medico más cercano. 5.- Se colocará señalización preventiva, restrictiva, informativa o prohibitiva, para hacer referencia a los trabajos que se realizan en el área, con el objeto de evitar accidentes en el sitio del proyecto, tanto para los trabajadores, como para los pobladores locales al transitar por el área. 6.- Queda prohibido la quema de maleza, uso de herbicidas o productos químicos durante las actividades de desmonte o deshierbe. 7.- Queda prohibida la cacería y la extracción de especies de flora y fauna del sitio del proyecto. 8.- Queda prohibido tirar basura, se deberá depositar en tanques lámina de 200 lts de capacidad, los cuales deberán mantenerse tapados y se llevará al basurero municipal más cercano. 9.- Queda prohibido tirar residuos peligrosos, los cuales deberán ser almacenados en recipientes metálicos cerrados herméticamente y depositados en el almacén temporal de residuos peligrosos. ELABORÓ : ING. EDGAR BARAJAS MARTINEZ ENCARGADO DE ECOLOGÍA MINERA DEL NORTE , S.A. DE C.V. ZONA SUR

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