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COPIA FIEL DEL ORIGINALMinisterio de Transportes y Comunicaciones

Oficina General de Administración

MI"'lt"'. di Tr8"1~.rt.. YCOMun'C8CIOft..

OFICINA GENERAL DEASESORíA JURíDICA \)'O\..\CA OE'( p

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o2 JUL. 2008

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BETY L NA.RVÁEi.......F A"t 10 LTERNO

H N. 2. 2007 MTC 101

Reg N :(¿.f? ,.Fecha:..~.~..~~~; 1008

~so{ución (])irectora{Lima,30 de junio de 2008 N°624-2008-MTC/l O

CON SIDERANDO:

Que, el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa,aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que todo servidortiene derecho a ser rehabilitado de cualquier sanción administrativa impuesta enel curso de su carrera, siempre y cuando haya observado buena conducta yobtenido una evaluación favorable desde la aplicación de la sanción;

Que, por Resolución Directoral N° 1312-2006-MTC/ll, de fecha 27 desetiembre de 2006, se aprobó la Directiva N° 002-2006-MTC/l1 sobre el"Procedimiento para la Rehabilitación de Sanciones Administrativas Disciplinariasde Funcionarios y Servidores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones";

Que, en el marco del proceso de modernización y simplificaciónadministrativa resulta necesario actualizar el procedimiento que contiene dichaDirectiva, adecuándola asimismo a la nueva estructura orgánica del Ministerio deTransportes y Comunicaciones dispuesta por el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo N°"021-2007-MTC;

Que, es necesario aprobar la Directiva Administrativa: "Procedimiento parala Rehabilitación de Sanciones Administrativas Disciplinarias de Funcionarios yServidores del Ministerio de Transporte y Comunicaciones";

Que, en tal sentido debe dictarse el acto administrativo correspondiente;

Que, por Resolución Secretarial N° 222-2007-MTC/04, de fecha 16 denoviembre de 2007, se asignó a la Oficina General de Administración la funciónde expedir Directivas internas sobre los Sistemas Administrativos a su cargo, asícomo del personal, de alcance a todos los órganos y unidades orgánicas delMinisterio de Transportes y Comunicaciones;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo N° 005-90-PCM y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC,Reglamento de Organización y Funciones del MTC;

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

SE RESUelVE:

Artículo 1°._Aprobar la Directiva N°011-2008-MTC/l0 sobre "Procedimientopara la Rehabilitación de Sanciones Administrativas Disciplinarias de Funcionariosy Servidores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", la misma que formaparte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°._ Dejar sin efecto la Directiva N° 002-2006-MTC/l1.

Artículo 3°._ Remitir copia de la presente Resolución y de la Directivaaprobada a la Oficina de Personal y demás dependencias del Ministerio deTransportes y Comunicaciones para su conocimientos y fines.

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones

PROCEDIMIENTO PARA LA REHABILITACiÓN DE LAS SANCIONESADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DEL

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

DIRECTIVAN° 011-2008-MTCjlO<:10c::::Ic::::Ic--.¡

OBJETIVO:

Establecer el procedimiento para la rehabilitación de las sancionesadministrativas disciplinarias de funcionarios y servidores nombrados o.contratados del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con lafinalidad de retrotraer su situación laboral al estado en que seencontraba antes de la imposición de la sanción, dejando sin efectoalguna o toda mención o constancia de sanción impuesta que consteen el Registro de Base de Datos y en su Legajo Personal.

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ALCANCE:

Las disposiciones contenidas en la presente Directiva, es de observanciapor la Oficina de Personal y aquellos funcionarios o servidoresnombrados o contratados del Ministerio de Transportes yComunicaciones que hayan sido objeto de sanciones administrativasdisciplinarias.

111. BASELEGAL:

3.1 Ley N° 27791- Ley de Organización y Funciones del Ministerio deTransportes y Comunicaciones.

3.2 Decreto Legislativo N° 276 -Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público, artículo31°.

3.3 Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, aprobado por el DecretoSupremo N°005-90-PCM, artículo 176°.

3.4 Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de.Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto SupremoN° 005-90-PCM.

IV. DISPOSICIONESGENERALES:

4.1 La Rehabilitación, es el acto mediante el cual el servidor quesufrió una sanción disciplinaria, se le declara libre de todoantecedente, cancelándose las anotaciones registradas en susfojas de servicios sobre las faltas y sanciones disciplinarias que sele hayan impuestol.

1 Terminología Básica de la Administración Pública.INAP, Segunda Edición, mayo 1987. Pág. 211.

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones

4.2 Para que un funcionario o servidor nombrado o contratado delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, sea rehabilitado delas sanciones administrativas que se le hayan impuesto en el cursode su Carrera Administrativa, debe haber observado buenaconducta y obtenida evaluación favorable desde la aplicaciónde la sanción.

4.3 El funcionario o servidor nombrado o contratado del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, queda rehabilitado de lassanciones administrativas que se le hubieren aplicado durante supermanencia en un t:livel de carrera cuando obtenga su ascensoal nivel inmediato superior; salvo que no hubiere transcurridocuando menos un año de haberse cumplido con la sanciónimpuesta, en cuyo caso deberá esperarse dicho plazo. Para elefecto los procesos de ascenso deberán considerar las sancionesimpuestas como deméritos.

4.4 La rehabilitación del funcionario o servidor nombrado ocontratado del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, queno hubiese ascendido de nivel sólo procederá transcurrido unaño de su postulación a dicho ascenso, debiendo tenerse encuenta la salvedad a que se refiere el artículo anterior.

4.5 La rehabilitación dél funcionario o servidor nombrado ocontratado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,destituido que hubiese reingresado a la Administración Públicasólo procederá transcurridos tres (3) años, computables a partirde dicho reingreso.

4.6 La rehabilitación del funcionario o servidor nombrado ocontratado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,comprendido en los numerales 3 y 4 se efectuará a solicitud delinteresado con el informe del jefe inmediato, teniéndose encuenta el resultado del promedio de sus evaluaciones en el nivel.

V. PROCEDIMIENTO

5.1 El funcionario o servidor nombrado o contratado del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, gestionará su rehabilitación antela Oficina de Personal, adjuntando a su solicitud (Anexo N° 1), elformato de "Evaluación poro la Rehabilitación" (Anexo N° 2), yelFormato de "Apreciación de la Conducta para la Rehabilitación"(Anexo N° 3), emitidos por su Director y del Director Generalcorrespondiente, con calificación de "bueno" o "muy bueno".

5.2 En los casos que los funcionarios o servidores nombrados ocontratados del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,

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sustenten que su desempeño laboral no ha sido evaluado por suanterior jefe, para que el nuevo jefe pueda emitir la evaluaciónfavorable y apreciación de su conducta, debe transcurrir nomenos de (06)seis meses continuos de labores.Caso contrario, requiere se informe de evaluación y deapreciación de su conducta del jefe anterior, salvo que a lafecha no se desempeñe como tal por más de un año. En esecaso, deberá ser evaluado por su jefe inmediato actual.

5.3 De la Evaluación para la Rehabilitación

El Director utilizará el Anexo N° 2, llenando los datos y colocandoun aspa (x) en la letr'a que considere representar su calificación,no pudiendo dejar ningún factor sin calificar, caso contrario, seanula la evaluación. Los rangos de la calificación final son lossiguientes:

DEFICIENTE1-5

REGULAR6-10

BUENO11-15

MUY BUENO

16-20

Asimismo, el Director en el Anexo N° 3, llenará los datos yapreciará la conducta del evaluado, como buena o mala,durante el periodo, y de manera opcional, podrá señalar algúnsuceso positivo.

5.4 En el término de treinta (30) días útiles de presentada la solicitud,se formalizará la rehabilitación mediante Resolución Directoralexpedida por el Director de la Oficina de Personal (Anexo N° 4),sin más tramitación que la detallada, previa verificación delcumplimiento de los requisitos formales de la misma.

5.5 El expediente de rehabilitación pasará al archivo definitivo, elmismo que estará a cargo del Equipo de Registro e Informaciónde la Oficina de Personal, el que deberá contar con un archivoespecial para tal fin. ElResolutivo de Rehabilitación constará en elLegajo personal.

5.6 Elinforme de situación actual, que se expida con fecha posteriora la rehabilitación del servidor, no consignará las sancionesadministrativas disciplinarias materia de la rehabilitación.

VI. RESPONSABILIDAD:

El Director de la Oficina de Personal, será responsable de supervisar elcumplimiento de la presente Directiva.

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VII. ANEXOS

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Ministerio de Transportes y Comunicaciones

: ANEXO N° 01:.- ANEXO N° 02:

- ANEXO N° 03:

Modelo de Solicitud.Modelo de Formato de Evaluación para laRehabilitación.Modelo de Formato de Apreciación de laConducta para la Rehabilitación.Modelo de Resolución Directoral de Rehabilitación.- ANEXO N° 04:

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Ministeriode Transportesy Comunicaciones

ANEXO N° 1

Solicita: Rehabilitación desanción

MODELO DE SOLICITUD

SEÑOR(A) DIRECTOR(A) DE LA OFICINA DE PERSONAL DE LA OFICINAGENERAL DE ADMINISTRACiÓN .

,

Yo, ., funcionario(a),servidor(a) nombrado(a), contratado(a) u obrero permanente de laDirección u Oficina Generalde ...,identificado(a) con DNIN° domiciliado( a) enJirón/Calle/Avenida N° , del distrito de

, ante usted con respeto me presento y digo:

Que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 176° Ysiguientesdel Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado porDecreto Supremo N° 005-90-PCM, solicito a usted se sirva expedir laResolución Directoral que me rehabilite de la (s) sanción(es)administrativa(s) disciplinaria (s) de ...impuestamediante Resolución N° defecha(s) ..

Lima,

FirmaDNI N°

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ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

M ~ Cí...\¡. 1 ,' ,~~i!Ministerio d. Transportes y Comunicaciones

OFICINA GENERALDEADMINISTRACiÓNOficina de Personal

ANEXO N° 2

EVALUACiÓN PARA REHABILITACiÓN

NOMBRE: CÓDIGO DELTRABAJADOR:

CARGO CLASIFICADO: NIVEL:

DEPENDENCIA DONDE LABORA:

PERIODO DE EVALUACiÓN: DESDE HASTA:

VALORES

CRITERIOS 2 3 41

1. ÉTICA

Sentiry obrar en todo momento en consecuencia conValoresmoralesy las buenas prácticas. respetando laspolíticas institucionales. 0080

11. CALIDAD DELTRABAJO

Tener conocimientos sólidos y actualizados en los temasdel área del cual es responsable. para comprender losaspectos complejos y luego transformados en solucionesprácticas y apreciables para la Dependencia en la que la..

0080

11I. ORIENTACiÓN AL USUARIO

0080Se considera al deseo de ayudar o servir al usuario oAdministrado. de esforzarse por conocer y resolver losproblemas o requerimientos con el MTC.

IV. COMPROMISO

Apoyar decisiones y estar comprometido con el logro delObjetivo a cargo de la Dependencia en la que labora. 0080

V. COLABORACiÓNY COOPERACiÓN

0080Mide la manera en que el funcionario o servidor comparteInformación. recursos. promoviendo un clima amigable ycooperativo.

Instrucciones: Marque un aspa en el casillero que considere que califica el comportamiento del evaluado. No dejede calificar ningún criterio.

FECHA : _/_/_-- ---- --------------------

FIRMA Y NOMBREDELJEFEINMEDIATO FIRMADELTRABAJADOR

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OFICINA GENERAL DE ADMINSITRACIÓNOFICINA DE PERSONAL

ANEXO N° 3

FORMATO DE APRECIACiÓN DE LA CONDUCTA PARA LA REHABILITACiÓN

NOMBRE DELEVALUADO:

CÓDIGO: CARGO QUE DESEMPEÑA:

PERIODO DE EVALUACiÓN: DEL Al

NOMBRE DEL EVAlUADOR:

CARGO QUE DESEMPEÑA:

DEPENDENCIA:

APRECIACiÓN DELA CONDUCTA DELEVALUADO EN ELPERíODO:

BUENA CONDUCTA o oMALA CONDUCTA

ALGÚN SUCESO POSITIVO QUE DESEE REFERIR (OPCIONAL):

---------------------------------------------------......---- ------------------------------------------------------...

Firma y Nombre del Jefe Evaluador Firma del Funcionario o Servidor

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ANEXO N° 4

MODELO DE RESOLUCION DIRECTORAL DE REHABILITACiÓN

Visto el Expediente N° presentado por don (ña)...quien solicita la rehabilitación de las sanciones administrativas

disciplinarias impuestas.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 176° del Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado por Decreto SupremoN° 005-90-PCM, establece que todo servidor tiene derecho a ser rehabilitado decualquier sanción administrativa impuesta en el curso de su carrera, siempre y cuandohaya observado buena conducta y obtenido una evaluación favorable desde laaplicación de la sanción;

Que, con Resolución N° de fecha , se impuso la sancióndisciplinaria a don(ña) .funcionario (a) o servidor (a)

...de la ( consignar la unidad administrativa a la cual pertenece operteneció) ;

",\.Ad;;;).;'\Dlrector\ Que de la revisión del Legajo Personalde don (ña) se aprecia% General ~ e cumple con los requisitos establecidos en los artículos 176° Y siguientes del~o _ -> eglamento antes citado, siendo por tanto pertinente proceder a la rehabilitación

solicitada de conformidad con lo prescrito en el artículo 177 del citado cuerpo legal;

?El' ~G> De conformidad con el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera

. o :: Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento aprobado por'" Decreto Supremo N° 005-90-PCM.

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"'~\ SE RESUELVE:»

~

Artículo Primero.- REHABILITARa don (ña) de lasanción impuesta mediante Resolución ...N° defecha ,dejando sin efecto toda mención o constancia de la misma que obraen la Base de Datos de Registro de Personal y en el correspondiente Legajo Personal, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa de esta Resolución.

Artículo Segundo.- REMITIRcopia de la presente Resolución Directora I al Equipo deRegistro e Información de esta Oficina, y al interesado (a) para los fines concernientes.

Regístrese y Comuníquese