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EG 006.- DESVIACIONES CAMINOS DE ACCESO Y DISPOSITIVOS O TRABAJOS DE PROTECCION. Durante la ejecución de la obra objeto de la licitación, el Contratista estará obligado a construir y conservar transitables todo el tiempo requerido tanto las desviaciones como los caminos de accesos adecuados para comunicar los frentes de trabajo, los lugares fijados para la obtención de materiales destinados a su construcción, y para permitir el movimiento del equipo, maquinaria y vehículos necesarios para su realización; así como a sujetarse a las disposiciones de seguridad contenidas en el capítulo sexto del manual de dispositivos para el control del tránsito en calles y carreteras (edición 1986), en la inteligencia de que no se le autorizará la ejecución de ninguna clase de trabajos hasta que haya colocado, a satisfacción de la Secretaría, las señales y dispositivos de protección en la forma y condiciones indicadas en dicho capítulo, adicionalmente a lo anterior, se deberá considerar que todo el señalamiento de protección de obras y desviaciones, tendrá instalación eléctrica para operarlo en los turnos vespertinos y nocturnos, no se autorizará la colocación de “ mecheros, piedras o fantasmas pintados, etc.”. La construcción y conservación de las desviaciones y caminos de acceso, así como la elaboración, colocación y mantenimiento de las señales y dispositivos de protección hasta que los trabajos les sean recibidos, serán a cargo del contratista y por lo tanto su costo deberá considerarlo en los precios unitarios de los diversos conceptos de trabajos, conforme a lo estipulado en el inciso 1.01.01.005-G.03 del Libro 1 de generalidades y terminología. El proponente habrá de tener presente, que los trabajos que se efectuarán en un camino en operación y por lo tanto, deberá tomar en cuenta al formular su proposición todas las dificultades y restricciones que se presenten debido a la presencia de instalaciones ( de Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad, Teléfonos, Fibra Óptica etc.) así

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EG 006.- DESVIACIONES CAMINOS DE ACCESO Y DISPOSITIVOS O TRABAJOS DE PROTECCION.

Durante la ejecucin de la obra objeto de la licitacin, el Contratista estar obligado a construir y conservar transitables todo el tiempo requerido tanto las desviaciones como los caminos de accesos adecuados para comunicar los frentes de trabajo, los lugares fijados para la obtencin de materiales destinados a su construccin, y para permitir el movimiento del equipo, maquinaria y vehculos necesarios para su realizacin; as como a sujetarse a las disposiciones de seguridad contenidas en el captulo sexto del manual de dispositivos para el control del trnsito en calles y carreteras (edicin 1986), en la inteligencia de que no se le autorizar la ejecucin de ninguna clase de trabajos hasta que haya colocado, a satisfaccin de la Secretara, las seales y dispositivos de proteccin en la forma y condiciones indicadas en dicho captulo, adicionalmente a lo anterior, se deber considerar que todo el sealamiento de proteccin de obras y desviaciones, tendr instalacin elctrica para operarlo en los turnos vespertinos y nocturnos, no se autorizar la colocacin de mecheros, piedras o fantasmas pintados, etc..

La construccin y conservacin de las desviaciones y caminos de acceso, as como la elaboracin, colocacin y mantenimiento de las seales y dispositivos de proteccin hasta que los trabajos les sean recibidos, sern a cargo del contratista y por lo tanto su costo deber considerarlo en los precios unitarios de los diversos conceptos de trabajos, conforme a lo estipulado en el inciso 1.01.01.005-G.03 del Libro 1 de generalidades y terminologa.

El proponente habr de tener presente, que los trabajos que se efectuarn en un camino en operacin y por lo tanto, deber tomar en cuenta al formular su proposicin todas las dificultades y restricciones que se presenten debido a la presencia de instalaciones ( de Petrleos Mexicanos, Comisin Federal de Electricidad, Telfonos, Fibra ptica etc.) as como a la intensidad del trnsito, como por ejemplo, baja eficiencia, tiempos inactivos del equipo de construccin, etc., ya que no se aceptarn reclamacin alguna del contratista respecto a los precios unitarios contenidos en su proposicin, aduciendo el desconocimiento de las condiciones en que se realizarn los trabajos.

Adems tambin deber tomar en cuenta al preparar su proposicin, que el contratista estar obligado a tomar todas las providencias que sean necesarias para mantener la continuidad y fluidez del trnsito, organizando las diferentes frentes de trabajo de manera que se facilite el movimiento de dicho trnsito y se reduzcan al mnimo las molestias que se ocasionen a los usuarios por la construccin de la obra, debiendo extremar las precauciones a fin de prevenir y evitar accidentes de cualquier naturaleza, ya sea por motivo de los trabajos, o por los movimientos de su maquinaria o equipo, o por el abastecimiento de materiales, ya que en caso de presentarse cualquier accidente, este ser de la exclusiva responsabilidad de la empresa contratista.

EG 007.-LETREROS INFORMATIVOS DE LA OBRA

El contratista queda obligado a colocar en cada uno de los cuatro (4) lugares que le indique la Dependencia un letrero informativo de la obra de dos cuarenta y cuatro (2.44) por cuatro ochenta y ocho (4.88) metros Cada letrero se formar con un bastidor estructural formado de dos postes en caja de perfil Mon-Ten 8MT-10 con 4 placas de para unin de bastidor con postes, reforzndolo en forma adecuada con perfiles de PTR de cincuenta y un (51) milmetros por cincuenta y un (51) milmetros de 2.66 mm espesor. La estructura se recubrir con primario de minio (*anticorrosivo), en una capa y con pintura de esmalte alkidalico a dos manos para protegerla. Sobre el bastidor se colocar una lmina galvanizada, calibre 14 soldndose y remachndose en todo el permetro. Para la leyenda alusiva se usar CINTA ADHESIVA EN FONDO BLANCO REFLEJANTE ALTA INTENSIDAD LETRAS TEXTO CORTADO POR COMPUTADORA EN COLOR NEGRO, EL LOGOTIPO DE LA SECRETARIA SERA IMPRESO SOBRE FONDO REFLEJANTE ALTA INTENSIDAD COLOR BLANCO. Se le dar un mantenimiento adecuado aplicando un repintado cada ao

EG 008.- PROTECCION AL AMBIENTE Y A LOS ENTORNOS NATURALES DE ZONAS, MONUMENTOS Y VESTIGIOS, HISTORICOS Y ARTISTICOS.

Conforme lo previene la "Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente", el contratista para la ejecucin de las obras deber prever lo necesario para:

a).- Previamente al inicio de los trabajos, deber obtener la autorizacin de la Secretara de Desarrollo Social en cuanto al funcionamiento de sus plantas procesadoras fijas y mviles.

b).- dar cabal cumplimiento a los ordenamientos en vigor emanados de la "Ley General del Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente", a los reglamentos y a las normas tcnicas ecolgicas expedidas por la extinta Secretara de Desarrollo Urbano y Ecologa, en especial a las Normas SEDUE NTE-CCAT-007/88 relativa al control de contaminantes provenientes de procesos de combustin de combustleo en fuentes fijas y NTE-CCAT-009/88 sobre partculas slidas provenientes de fuentes fijas y NTE-CCAT-005/88 relativa al control de contaminantes provenientes de procesos de combustin de diesel de fuentes fijas. Para controlar la emisin a la atmsfera de gases y partculas slidas por las plantas de asfalto y de trituracin, se instalarn los equipos para el control de esas emisiones, a fin de que se siten dentro de los rangos permitidos.

c).- Hacer las acciones necesarias para que se propicie la regeneracin del suelo, una vez concluida la extraccin de los materiales en los bancos explotados.

d).- Suspender de inmediato las obras o la explotacin de bancos de materiales, en caso de que se descubran vestigios arqueolgicos, histricos o artsticos, dando aviso a las autoridades correspondientes.

En todos estos casos, como lo precisa el inciso 1.01.01.005-E.05 del libro 1 Generalidades y Terminologa de esta Dependencia "El Contratista" ser responsable de los daos y prejuicios que cause a la Secretara o a terceras personas, con motivo de la ejecucin de las obras, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones dadas por escrito por la Secretara y por violacin a las leyes y reglamentos en vigor.

EG 009.-SUPERVISIN AMBIENTAL

DEFINICINEl Contratista deber contar durante la administracin de la construccin de la Carretera con un cuerpo de especialistas en Ecologa y Medio Ambiente, encargados de los trabajos de Supervisin Ambiental de los equipos, tareas de construccin, as como de las acciones derivadas de la Gestin de los Programas de Prevencin y Mitigacin Ambiental, y del cumplimiento de su responsabilidad de ejecutar puntualmente las obras y acciones necesarias para mitigar, restaurar y controlar, todos aquellos impactos ambientales adversos, atribuibles a la realizacin y operacin de las obras autorizadas.

Dicho cuerpo de especialistas deber estar conformado, por el siguiente personal:

Especialistas en materia de impacto ambiental (bilogo, eclogo, ingeniero ambiental o ingeniero agrnomo)

Auxiliares.

Nota: El nmero de personal queda sujeto al requerimiento de la obra y deber ser el suficiente para cumplir con los trabajos de supervisin ambiental

Este personal deber contar con una experiencia mnima comprobada de 5 (cinco) aos en la ejecucin de trabajos afines o similares a los de este contrato.

El Supervisor Ambiental deber estar capacitado para resolver cualquier contingencia ambiental que pueda presentase durante el desarrollo del proyecto, as como tener conocimiento sobre la normatividad aplicable y amplia experiencia en los trmites requeridos ante las autoridades competentes (CINAH, SEMARNAT, PROFEPA, etc), as como en el manejo del personal a su cargo.

En la designacin del Supervisor Ambiental, el contratista deber tomar en cuenta que tenga los conocimientos, habilidades, experiencia y capacidad suficiente para llevar la administracin y direccin de los trabajos; debiendo considerar el grado acadmico de formacin profesional de la persona, experiencia en administracin y servicios relacionados con las obras, desarrollo profesional y el conocimiento de trabajos similares a los que se har cargo.

OBJETIVOS

Objetivo General:Supervisar y verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental durante las etapas de preparacin del sitio y construccin del proyecto objeto de esta licitacin, de una manera sistemtica y fundamentada y tendiente a evitar y reducir al mnimo los efectos negativos sobre el ambiente.

Objetivos Especficos: