Edicto 0813-2012

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MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA NIT : 800.100.532-8 MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA NIT : 800.100.532-8 CÓDIGO : 76.041.300 VERSIÓN 2 AVISO FECHADE APROBACIÓN: NOTIFICACION EXISTENCIA DE MANDAMIENTO DE PAGO La secretaria Financiera del Municipio de Ansermanuevo INFORMA Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por esta Secretaria a través de proceso administrativo de cobro coactivo. Que en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 1434 del Código Civil que dispone: "Los títulos ejecutivos contra el difunto lo serán igualmente contra los herederos; pero los acreedores no podrán entablar o llevar adelante la ejecución, sino pasados ocho días después de la notificación judicial de sus títulos", se notifica a los herederos determinados e indeterminados, de la existencia de títulos ejecutivos librados en contra de las personas que se relacionan, los cuales son objeto de proceso administrativo de cobro coactivo En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 563 del Estatuto Tributario Nacional. Se notifica por este aviso sobre este hecho a: EJECUTADO ACTO ADMINISTRATIVO PROCESO ENTIDAD DE ORIGEN CUANTIA HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DEL SEÑOR ANGEL MODESTO LONDOÑO (Q.E.P.D) Resolución 0098 del 11 de Marzo de 2015 "Por medio del cual se libra mandamiento de pago" 0813-2012 Alcaldía Municipal de Ansermanuevo $6.225.714 Se advierte a los Herederos determinados e indeterminados del deudor que una vez transcurran ocho días (8) días, a partir de la publicación del presente aviso se continuaran con las acciones tendientes a obtener el pago de las acreencias, contenidas el proceso antes relacionado. Se informa a los herederos deudores que después que se desfije el presente aviso, se les concede el término previsto en el artículo 3 de la resolución de mandamiento de pago que se adjunta. La atención referente al proceso será suministrada en la Calle 7 Carrera 4 a Alcaldía Municipal-Secretaria Financiera del Ansermanuevo Valle. Así mismo esta publicación la encontraran en la página Web www.arsermanuevo-valle.qov.co La presente notificación se publicara por el termino de cinco (5) días y se considera surtida al finalizar al día siguiente al retiro del aviso. Secretarte! Financiera "CON TRANSPARENCIA, CALIDAD Y UNIDAD" Alcaldía Municipal / Calle 7 Carrera. 4a, Te!: (092) 2052118 / 2052183. Fax 2052413

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MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA NIT : 800.100.532-8

MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA NIT : 800.100.532-8

CÓDIGO : 76.041.300 VERSIÓN 2

AVISO FECHADE APROBACIÓN:

NOTIFICACION EXISTENCIA DE MANDAMIENTO DE PAGO

La secretaria Financiera del Municipio de Ansermanuevo

INFORMA

Que los contribuyentes que se relacionan a continuación, están siendo ejecutados por esta Secretaria a través de proceso administrativo de cobro coactivo.

Que en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 1434 del Código Civil que dispone: "Los títulos ejecutivos contra el difunto lo serán igualmente contra los herederos; pero los acreedores no podrán entablar o llevar adelante la ejecución, sino pasados ocho días después de la notificación judicial de sus títulos", se notifica a los herederos determinados e indeterminados, de la existencia de títulos ejecutivos librados en contra de las personas que se relacionan, los cuales son objeto de proceso administrativo de cobro coactivo

En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 563 del Estatuto Tributario Nacional. Se notifica por este aviso sobre este hecho a:

EJECUTADO ACTO ADMINISTRATIVO

N° P R O C E S O

ENTIDAD DE ORIGEN

CUANTIA

HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS

DEL SEÑOR ANGEL MODESTO

LONDOÑO (Q.E.P.D)

Resolución 0098 del 11 de Marzo de 2015 "Por medio del cual se libra mandamiento de

pago"

0813-2012 Alcaldía Municipal de

Ansermanuevo

$6.225.714

Se advierte a los Herederos determinados e indeterminados del deudor que una vez transcurran ocho días (8) días, a partir de la publicación del presente aviso se continuaran con las acciones tendientes a obtener el pago de las acreencias, contenidas el proceso antes relacionado.

Se informa a los herederos deudores que después que se desfije el presente aviso, se les concede el término previsto en el artículo 3 de la resolución de mandamiento de pago que se adjunta.

La atención referente al proceso será suministrada en la Calle 7 Carrera 4 a Alcaldía Municipal-Secretaria Financiera del Ansermanuevo Valle.

Así mismo esta publicación la encontraran en la página Web www.arsermanuevo-valle.qov.co

La presente notificación se publicara por el termino de cinco (5) días y se considera surtida al finalizar al día siguiente al retiro del aviso.

Secretarte! Financiera

"CON TRANSPARENCIA, CALIDAD Y UNIDAD" Alcaldía Municipal / Calle 7 Carrera. 4a, Te!: (092) 2052118 / 2052183. Fax 2052413

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MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA NIT : 800.100.532-8

MANDAMIENTO DE PAGO

=>ÁGINA

CÓDIGO : 76.041.300 VERSIÓN

FECHADE APROBACIÓN:

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RESOLUCION N°. Il 0 0 98 ( . 1 1 MAR 2Q15 )

"POR MEDIO DE LA CUAL S E LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO

La secretaria financiera del municipio de Ansermanuevo Valle, en uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006 y su Decreto Reglamentario 4473 de 2006 la Resolución, ios artículos 823 a 849-4 del Estatuto Tributario Nacional, en especial la Resolución No. 279 del 8 de julio de 2008 y el Decreto No. 145 del 15 de diciembre de 2009 "Por el cual se adopta el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera del Municipio de Ansermanuevo" y

Obra en el Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Resolución No 1111 del veintidós (22) de Noviembre de 2012 en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigióle por concepto de impuesto predial Unificado, sobretasa de bomberos, y sobretasa ambiental; del predio identificado con matricula catastral No 000000030077000, ubicado en la PALMERA de este municipio, en cuantía de ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA ($11796780), correspondiente al periodo fiscal desde el trimestre 2002-3 hasta el trimestre 2012-4; a favor del Municipio de Ansermanuevo Valle del Cauca y en contra del Señor ANGEL MODESTO LONDOÑO quien figura como propietario del predio en referencia.

Dicho documento presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 828 del Estatuto Tributario, el artículo 224 del Estatuto Tributario Municipal de Ansermanuevo, y el artículo 488 de C.P.C, y sumas allí descritas no han sido pagadas por el contribuyente; por lo cual procede el inicio del procedimiento de cobro administrativo coactivo contenido en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.

Dentro del proceso "Etapa vía persuasiva" adelantado por este despacho, ha sido acreditado el fallecimiento del contribuyente Ángel Modesto Londoño por parte de la señora Alexandra Londoño García, al igual que su calidad de poseedora del mencionado predio.

Por Resolución No 0848 del 18 de Diciembre de 2014 se resolvió excepción de prescripción por los trimestres 2002-2 hasta el trimestre 2008-4; y posteriormente por Resolución No 0021 del 28 de Enero de 2015 se resolvió nuevamente excepción de prescripción desde el trimestre 2009-1 hasta el trimestre 2009-4 y se ordena seguir adelante con la ejecución fiscal; quedando por cancelar un saldo que corresponde al periodo fiscal desde el TRIMESTRE 2010-1, hasta el TRIMESTRE 2015-4, en cuantía de SE IS MILLONES DOCIENTOS VEINTICINCO SETENTA MIL CATORCE P E S O S ($6.225.714,00).

CONSIDERANDO

"CON TRANSPARENCIA, CALIDAD Y UNIDAD" Alcaldía Municipal / Calle 7 Carrera. 4a, Tel: (092) 2052118 / 2052183. Fax 2052418

E-mail: [email protected] sitio web www.ansermanuevo-valle.gov.co

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VALLE DEL CAUCA CÓDIGO : 76.041.300 i NIT : 800.100.532-8 VERSIÓN 2

MANDAMIENTO DE PAGO FECHADE APROBACIÓN: MANDAMIENTO DE PAGO 02 de enero de 2012

La suscrita funcionarla es competente para conocer del procedimiento de cobro coactivo, según lo dispuesto en la Resolución de delegación N° 279 del 8 de julio de 2008 expedida por el señor Alcalde, conforme el artículo 91 literal d) numeral 6 de la Ley 136 de 1994 y el artículo 59 de la Ley 788 de 2002, ley 1066 de 2006, y el Decreto No. 145 de diciembre 15 de 2009, por el cual se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera del Municipio de Ansermanuevo Valle y se dictan otras disposiciones.

Por lo antes expuesto, la SECRETARIA FINANCIERA Municipal de ANSERMANUEVO VALLE

R E S U E L V E :

PRIMERO.- LIBRAR ORDEN DE PAGO por la vía administrativa coactiva a favor del Municipio de Ansermanuevo y a cargo de los HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS del señor ANGEL MODESTO LONDOÑO, quien no registra identificación; y en contra de la señora ALEXANDRA LONDOÑO GARCIA identificada con cédula de ciudadanía No 25.166.935 de Santa Rosa de Cabal-Risaralda, quien actúa en calidad de poseedora del bien objeto del gravamen; por las siguientes sumas de dinero:

1. SE IS MILLONES DOCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CATORCE P E S O S ($6.225.714,00), valor que corresponde a los conceptos y periodos señalados en la parte motiva del presente acto.

2. Más los INTERESES MORATORIOS que se causen por cada día calendario de retardo en el pago; interés que se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia; de conformidad con dispuesto en los Artículos 634, 635 y 867-1 del Estatuto Tributario.

3. Más las costas del presente proceso.

PARAGRAFO PRIMERO.- El valor determinado en el presente mandamiento de pago, incluye liquidación de los intereses moratorios de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 826 del Estatuto Tributario hasta el día 31 de diciembre de 2014

PARAGRAFO SEGUNDO.- En el momento del pago se elaborará el correspondiente acto de liquidación de crédito para el cálculo de los respectivos intereses moratorios que se llegaran a causar.

SEGUNDO.- NOTIFICAR este mandamiento de pago personalmente al ejecutado, su apoderado o representante legal, previa citación por correo certificado, para que comparezca dentro de los diez (10) días siguientes a la misma. De no comparecer en el término fijado, se notificará por correo conforme lo dispuesto en el artículo 826, concordante con el Artículo 565 del Estatuto Tributario.

TERCERO. - Advert ir al deudor(es) que dispone(n) de quince (15) días después de Notificada esta providencia, para cancelar la(s) deuda(s) o proponer las

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MANDAMIENTO DE PAGO

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CÓDIGO : 76.041.300 VERSIÓN 2

FECHADE APROBACIÓN: 02 de enero de 2012

excepciones legales que estime(n) pertinentes, conforme al Artículo 831 del Estatuto Tributario.

CUARTO.- Informar al (los) deudor (es) que contra el presente acto no procede ningún recurso, tal y como lo dispone el artículo 833-1 del Estatuto Tributario.

QUINTO: Líbrense los oficios correspondientes.

Dado en la Secretaria Financiera de Ansermanuevo-Valle del Cauca, el día f f | JuJ^ 20^

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Elaboró y Proyectó: LASS (Abogada) Aprobó: Luz Stella Ramírez Palacio

"CON TRANSPARENCIA, CALIDAD Y UNIDAD" Alcaldía Municipal / Calle 7 Carrera. 4a, Tel: (092) 2052118 / 2052183. Fax 2052418

E-mail: [email protected] sitio web www.ansermanuevo-valle.gov.co