EDICION Nº 280 Jefatura de Gabinete

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1 EDICION Nº 280 PUBLICACIÓN (s/ord 1937-CM-2009 ) DOS O MÁS EDICIONES POR MES Jefatura de Gabinete Dirección Boletín Oficial Centro Cívico 2do piso Tel: 4422775 10 de septiembre 2020 ORDENANZAS ORDENANZA N.º 3165-CM-20 DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE PRO- RROGA VIGENCIA LICENCIA DE CONDUCIR PARA MAYORES DE 60 AÑOS. EMERGENCIA COVID-19 ANTECEDENTES Constitución Nacional. Ley nacional 27541: Declárese la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Ley Nacional de Tránsito 24449. Ley nacional 26363: Crease la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Funciones. Decreto PEN 260/20. DNU 297/20: Dispone el aislamiento social pre- ventivo y obligatorio en todo el territorio nacio- nal hasta el 31 de marzo. Establece excepciones. DNU 325/20: Prorroga el aislamiento social pre- ventivo y obligatorio hasta el 12 de abril de 2020. DNU 355/20: Prorroga el aislamiento social pre- ventivo y obligatorio hasta el 26 de abril inclu- sive. Constitución de la Provincia de Río Negro. Decreto 236/20: Declara estado de máxima aler- ta sanitaria. Conforma comité de crisis. DNU 01/20: Declara emergencia sanitaria en la Provincia de Río Negro. Disposición 109/2020, Agencia Nacional de Se- guridad Vial. Disposición 170/2020, Agencia Nacional de Se- guridad Vial. Disposición 264/2020, Agen- cia Nacional de Seguridad Vial. Ordenanza 1982-CM-09: Reglamentar licencia de conducir. Abroga ordenanza 697-CM-96 y deroga parcialmente ordenanza 1627-CM-06, artículo 2°. Ordenanza 3164-CM-20: Prorroga vigencia ha- bilitaciones comerciales y certificados aptitud técnica. Emergencia Covid-19. Resolución 1355-I-20: Prorroga vencimiento li- cencias nacionales de conducir. FUNDAMENTOS En marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al coronavirus Covid-19 como una pandemia y en consecuencia el Poder Ejecutivo Nacional dicto el decreto 260/20, me- diante el cual se amplió por el plazo de un año en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la ley 27541. Por su parte, en la Provincia de Río Negro, me- diante DNU provincial 01/20 se declaró la emer- gencia sanitaria en la Provincia, prorrogando diferentes medidas tendientes al distanciamiento social y el resguardo sanitario de la población, en línea y coordinación con lo dispuesto por la Au- toridad Sanitaria y el Poder Ejecutivo Nacional. Posteriormente, en nuestra ciudad la ordenanza 3150-CM-20 declaró el estado de emergencia económica, social y de servicios en San Carlos de Bariloche en virtud de la emergencia sanitaria vigente y sus efectos en nuestra comunidad. En este contexto, la Organización Mundial de la Salud advierte que algunos pacientes pueden verse más afectados que otros al contagiarse del virus, siendo estos los grupos más vulnerables, considerados grupos de riesgo. Entre ellos, se ha determinado que las personas mayores de 60 años, sufren mayores riesgos de la infección causada por el coronavirus Covid-19. Los expertos señalan que con la edad el sistema inmunitario se debilita y se vuelve más lento para responder ante la presencia de sustancias extra- ñas o dañinas como virus o bacterias. Es por ello, que la OMS, las autoridades sanita- rias nacionales y los especialistas en enfermeda- des infecciosas indican que los adultos mayores deben poner en práctica más medidas de preven- ción tendientes a minimizar las posibilidades de contagio. Dentro de las recomendaciones generales emiti- das por el Ministerio de Salud Argentino para los grupos de riesgo se hace hincapié en la importan- cia de salir de sus hogares lo mínimo indispensa- ble. Además de evitar la concurrencia a lugares cerrados con importante afluencia de personas. Por su parte, la ordenanza 1982-CM-09 regla- menta las licencias de conducir y establece los plazos de validez de las mismas. Mediante dicha ordenanza se determina que los titulares de las licencias deberán en cada renovación aprobar el examen psicofísico correspondiente. Cabe destacar que para la realización del exa- men psicofísico integrado por un examen visual, auditivo, psicológico y médico, es necesario presentarse como mínimo en un centro de salud determinado al cual asiste un gran número de personas. En este contexto, y en consonancia con las re- comendaciones emitidas por la OMS, las auto- ridades sanitarias nacionales y los especialistas en enfermedades infecciosas consideramos ne- cesario trabajar en pos de disminuir la presencia de los adultos mayores de 60 años en las depen- dencias municipales y sanitarias para dar cum- plimiento al trámite de renovación de licencia y evitar así exponer a los grupos de riesgo a situa- ciones de contagio. A través de la presente iniciativa se propone pro- rrogar la vigencia de las licencias de conducir de las personas mayores de 60 años, con vencimien- to entre el 14 de marzo y el 30 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, con el objeto de evitar la concurrencia de adultos ma- yores de 60 años a establecimientos con grandes afluencias de personas, considerando fundamen- tal el resguardando de su salud. Por todo lo hasta aquí expuesto, se solicita el acompañamiento de la presente. AUTOR: Concejal Ariel Cárdenas (BXC). El proyecto original N.º 110/20, con las modifi- caciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de septiembre de 2020, según consta en el Acta N.º 1131/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal, EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE ORDENANZA Art. 1°) Se prorroga el vencimiento de las licen- cias de conducir para mayores de sesenta (60) años en todas sus categorías (particulares y pro- fesionales) cuyo vencimiento operen desde el 16 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020, por el término de noventa (90) días corridos a partir del vencimiento de cada una de ellas. Art. 2°) Se encomienda a la Dirección de Trán- sito y Transporte de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, remitir de forma inmediata copia de la presente, a la Agencia Nacional de Seguridad Vial con el objeto de llevar un ade- cuado registro en los sistemas informáticos del Sistema Nacional de Licencias de Conducir (SI- NALIC). Art. 3°) La presente entrará en vigencia a partir de su promulgación. Art. 4°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. NATALIA ALMONACID Presidenta Concejo Municipal San Carlos de Bariloche CLAUDIA HANECK Secretaria Concejo Municipal San Carlos de Bariloche ----------------------------------------------- RESOLUCION Nº 00001957-I-2020 VISTO: la Ordenanza Nº 882-CM-98, y; CONSIDERANDO: que la misma establece el mecanismo de in- formación interna sobre la forma de Promul- gación de Ordenanzas y rechazo de vetos; que fue recepcionada con fe- cha 04/09/2020 en el Departamento Eje- cutivo, la Ordenanza 3165-CM-20;

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EDICION Nº 280 PUBLICACIÓN (s/ord 1937-CM-2009 )DOS O MÁS EDICIONES POR MES

Jefatura de GabineteDirección Boletín OficialCentro Cívico 2do piso

Tel: 4422775

10 de septiembre 2020

ORDENANZAS ORDENANZA N.º 3165-CM-20DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE PRO-RROGA VIGENCIA LICENCIA DE CONDUCIR PARA MAYORES DE 60 AÑOS. EMERGENCIA COVID-19ANTECEDENTESConstitución Nacional.Ley nacional 27541: Declárese la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.Ley Nacional de Tránsito 24449.Ley nacional 26363: Crease la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Funciones.Decreto PEN 260/20.DNU 297/20: Dispone el aislamiento social pre-ventivo y obligatorio en todo el territorio nacio-nal hasta el 31 de marzo. Establece excepciones.DNU 325/20: Prorroga el aislamiento social pre-ventivo y obligatorio hasta el 12 de abril de 2020.DNU 355/20: Prorroga el aislamiento social pre-ventivo y obligatorio hasta el 26 de abril inclu-sive.Constitución de la Provincia de Río Negro.Decreto 236/20: Declara estado de máxima aler-ta sanitaria. Conforma comité de crisis.DNU 01/20: Declara emergencia sanitaria en la Provincia de Río Negro.Disposición 109/2020, Agencia Nacional de Se-guridad Vial.Disposición 170/2020, Agencia Nacional de Se-guridad Vial.Disposición 264/2020, Agen-cia Nacional de Seguridad Vial. Ordenanza 1982-CM-09: Reglamentar licencia de conducir. Abroga ordenanza 697-CM-96 y deroga parcialmente ordenanza 1627-CM-06, artículo 2°.Ordenanza 3164-CM-20: Prorroga vigencia ha-bilitaciones comerciales y certificados aptitud técnica. Emergencia Covid-19.Resolución 1355-I-20: Prorroga vencimiento li-cencias nacionales de conducir.

FUNDAMENTOSEn marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al coronavirus Covid-19 como una pandemia y en consecuencia el Poder Ejecutivo Nacional dicto el decreto 260/20, me-diante el cual se amplió por el plazo de un año en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la ley 27541.Por su parte, en la Provincia de Río Negro, me-diante DNU provincial 01/20 se declaró la emer-gencia sanitaria en la Provincia, prorrogando

diferentes medidas tendientes al distanciamiento social y el resguardo sanitario de la población, en línea y coordinación con lo dispuesto por la Au-toridad Sanitaria y el Poder Ejecutivo Nacional.Posteriormente, en nuestra ciudad la ordenanza 3150-CM-20 declaró el estado de emergencia económica, social y de servicios en San Carlos de Bariloche en virtud de la emergencia sanitaria vigente y sus efectos en nuestra comunidad.En este contexto, la Organización Mundial de la Salud advierte que algunos pacientes pueden verse más afectados que otros al contagiarse del virus, siendo estos los grupos más vulnerables, considerados grupos de riesgo.Entre ellos, se ha determinado que las personas mayores de 60 años, sufren mayores riesgos de la infección causada por el coronavirus Covid-19. Los expertos señalan que con la edad el sistema inmunitario se debilita y se vuelve más lento para responder ante la presencia de sustancias extra-ñas o dañinas como virus o bacterias.Es por ello, que la OMS, las autoridades sanita-rias nacionales y los especialistas en enfermeda-des infecciosas indican que los adultos mayores deben poner en práctica más medidas de preven-ción tendientes a minimizar las posibilidades de contagio. Dentro de las recomendaciones generales emiti-das por el Ministerio de Salud Argentino para los grupos de riesgo se hace hincapié en la importan-cia de salir de sus hogares lo mínimo indispensa-ble. Además de evitar la concurrencia a lugares cerrados con importante afluencia de personas.Por su parte, la ordenanza 1982-CM-09 regla-menta las licencias de conducir y establece los plazos de validez de las mismas. Mediante dicha ordenanza se determina que los titulares de las licencias deberán en cada renovación aprobar el examen psicofísico correspondiente.Cabe destacar que para la realización del exa-men psicofísico integrado por un examen visual, auditivo, psicológico y médico, es necesario presentarse como mínimo en un centro de salud determinado al cual asiste un gran número de personas.En este contexto, y en consonancia con las re-comendaciones emitidas por la OMS, las auto-ridades sanitarias nacionales y los especialistas en enfermedades infecciosas consideramos ne-cesario trabajar en pos de disminuir la presencia de los adultos mayores de 60 años en las depen-dencias municipales y sanitarias para dar cum-plimiento al trámite de renovación de licencia y evitar así exponer a los grupos de riesgo a situa-ciones de contagio.A través de la presente iniciativa se propone pro-rrogar la vigencia de las licencias de conducir de las personas mayores de 60 años, con vencimien-to entre el 14 de marzo y el 30 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, con el

objeto de evitar la concurrencia de adultos ma-yores de 60 años a establecimientos con grandes afluencias de personas, considerando fundamen-tal el resguardando de su salud.Por todo lo hasta aquí expuesto, se solicita el acompañamiento de la presente.AUTOR: Concejal Ariel Cárdenas (BXC). El proyecto original N.º 110/20, con las modifi-caciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de septiembre de 2020, según consta en el Acta N.º 1131/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal, EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE ORDENANZA Art. 1°) Se prorroga el vencimiento de las licen-cias de conducir para mayores de sesenta (60) años en todas sus categorías (particulares y pro-fesionales) cuyo vencimiento operen desde el 16 de octubre de 2020 al 31 de diciembre de 2020, por el término de noventa (90) días corridos a partir del vencimiento de cada una de ellas.Art. 2°) Se encomienda a la Dirección de Trán-sito y Transporte de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, remitir de forma inmediata copia de la presente, a la Agencia Nacional de Seguridad Vial con el objeto de llevar un ade-cuado registro en los sistemas informáticos del Sistema Nacional de Licencias de Conducir (SI-NALIC).Art. 3°) La presente entrará en vigencia a partir de su promulgación.Art. 4°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. NATALIA ALMONACIDPresidenta Concejo MunicipalSan Carlos de Bariloche

CLAUDIA HANECKSecretaria Concejo MunicipalSan Carlos de Bariloche

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RESOLUCION Nº 00001957-I-2020VISTO: la Ordenanza Nº 882-CM-98, y;CONSIDERANDO:que la misma establece el mecanismo de in-formación interna sobre la forma de Promul-gación de Ordenanzas y rechazo de vetos; que fue recepcionada con fe-cha 04/09/2020 en el Departamento Eje-cutivo, la Ordenanza Nº 3165-CM-20;

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que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

PROMULGAR: la Ordenanza Nº 3165-CM-20, sancionada por el Conce-jo Municipal con fecha 03 de Septiem-bre de 2020, y cúmplase de conformidad. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Fiscalización y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, FIBI-GER, JAVIER OSVALDO,

ORDENANZA N.º 3166-CM-20DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ESTA-BLECEN BENEFICIOS EXCEPCIONA-LES TISH. EMERGENCIA COVID-19 ANTECEDENTESConstitución Nacional.Ley nacional 27541: De solidaridad social y re-activación productiva en el marco de la emergen-cia pública.DNU PEN 260/20: Amplía la emergencia públi-ca sanitaria nacional en virtud de la pandemia de-clarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19.DNU PEN 297/20: Declara aislamiento social, preventivo y obligatorio en virtud de la pande-mia declarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19.DNU PEN 325/20: Prorroga vigencia del decre-to 297/20, con las modificaciones previstas, en el presente decreto hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.DNU 355/20 del PEN: Prorroga hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, la vigencia del decreto 297/20.DNU PEN 408/20: Prorroga hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia del decreto 297/20.DNU PEN 459/20: Prorrogase hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia del decreto 297/20.DNU PEN 487/20: Emergencia pública. prórro-ga decreto 329/20. Prohibición despidos.DNU PEN 493/20: Prorroga hasta el 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del decreto 297/20.DNU PEN 520/20: Establece distanciamiento social, preventivo y obligatorio en los términos ordenados por el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglome-rados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos veri-fiquen en forma positiva determinados paráme-tros epidemiológicos y sanitarios. Prorroga hasta el 28 de junio inclusive, la vigencia del decreto 297/20, que establece el aislamiento social, pre-ventivo y obligatorio, prorrogado por los decre-tos 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20.Resolución 563/19 de la Secretaría de Empren-dedores y de la Pequeña y Mediana Empresa. Tabla límites de ventas totales anuales.Constitución de la Provincia de Río Negro.DNU 01/20 de la Provincia de Río Negro: De-

creta emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Río Negro en virtud de la pande-mia declarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19. Boletín Oficial RN 5857.Decreto 236/20 de la Provincia de Río Negro: Declaración estado de alerta sanitaria. Boletín Oficial RN 5860.Decreto 323/20 de la Provincia de Río Negro. Modifícase el artículo 2º del decreto 298, de fe-cha 23 de marzo de 2020, Establecimiento co-merciales.Decreto 365/20 de la Provincia de Río Negro: Excepciones, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3° del decreto 408/20 del Poder Ejecu-tivo Nacional, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibi-ción de circular, en el ámbito de los Municipios y Comisiones de Fomento.Decreto 391/20 de la Provincia de Río Negro: Incorpora municipios. Excepciones aislamiento social, preventivo y obligatorio profesiones libe-rales y obra privada.Decreto 393/20 de la Provincia de Río Negro: Modifica decreto 365/20. Incorpora municipios anexo decreto 365/20.Decreto 481/20 de la Provincia de Río Negro: Prórroga de la vigencia de las medidas y dis-posiciones contenidas en los decretos 236/ 20, 266/20, 293/20, 297/20 y 298/20 hasta el 7 de junio de 2020 inclusive.Decreto 482/20 de la Provincia de Río Negro: Esquema de excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular.Decreto 538/20 de la Provincia de Río Negro: Prorrogar la vigencia de las medidas y dispo-siciones contenidas en los decretos 236/20, 266/20, 297/20, 298/20 modificado por decretos 323/20, 299/20, 306/20 hasta el 28 de junio de 2020, inclusive.Resolución 2034 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro: Establecer la imple-mentación de medidas sanitarias restrictivas y extraordinarias en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a partir de las 08.00 horas del día 23 de abril de 2020 y hasta las 24 horas del día 30 de abril de 2020, por razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, con carácter preventivo, excepcional y temporario.Resolución 2258 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro: Prorrogar la vigencia de la resolución 2034 “MS” y de la totalidad de las disposiciones y medidas allí adoptadas para la localidad de San Carlos de Bariloche, hasta las 24 h el 3 de mayo de 2020.Resolución 2956 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro. Excepciones al aisla-miento social, preventivo y obligatorio enmarca-das en el artículo 11º del Decreto 520/20.Carta Orgánica Municipal.Ordenanza 2374-CM-12: Ordenanza Fiscal.Ordenanza 2375-CM-12: Ordenanza Tarifaria.Ordenanza 3150-CM-20: Se declara estado de emergencia económica, social y de servicios en San Carlos de Bariloche. Covid-19.Ordenanza 3151-CM-20: Modifica infracciones Ordenanza Tarifaria. Violación de normas marco aislamiento social preventivo y obligatorio Co-vid-19.Ordenanza 3155-CM-20: Estado de emergencia económica, social y de servicios Covid-19 modi-ficación ordenanza 3150-CM-20.Ordenanza 3158-CM-20: Crea Plan de Regulari-zación de Obligaciones Municipales. Incrementa coeficiente TISH para grandes empresas. Co-

vid-19.Resolución 679-I-20: Adherir a la declaración de estado de máxima alerta sanitaria para sensibi-lizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna en la jurisdicción del Mu-nicipio de San Carlos de Bariloche, en orden a la situación existente con el Covid-19, en los términos en el decreto 236/20 de la Provincia de Río Negro.Resolución 723-I-20: Suspender la actividad turística en la concesión del Cerro Campanario, restringiendo el ingreso de visitantes tanto nacio-nales como extranjeros a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de 2020.Resolución 753-I-20: Prohibir a partir del 17 de marzo de 2020 hasta 31 de marzo de 2020 inclu-sive, toda actividad en los gimnasios donde se realiza actividad deportiva y entrenamiento, can-chas de fútbol y recreación, natatorios, boites, ci-nes, teatros, salas de juegos, toda actividad social en locales bailables, salones de fiestas, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros, clubes y todo lugar que convoque a la reunión de personas para actividades sociales, deportivas y culturales.Resolución 755-I-20: Prohibir a partir de 19 de marzo de 2020 hasta 31 de marzo de 2020 inclu-sive, toda actividad en bares, cervecerías y afines a partir de las 20 h.Resolución 756-I-20: Establecer el receso parcial y excepcional de la Administración Pública Mu-nicipal, dispensando del deber de asistencia al personal, cualquiera sea su condición de revista y bajo requerimiento de respetar el aislamiento dispuesto, por las consideraciones efectuadas a partir de la firma de la presente y hasta el 31 de marzo de 2020.Resolución 811-I-20: Reglamentar el alcance del artículo 6°, del decreto de Necesidad y Urgencia 297/20.Resolución 815-I-20: Horarios comercios ex-ceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio, autorizados mediante resolución 811-I-20.Resolución 852-I-20: Modifica resolución 756-I-20.Resolución 888-I-20: Prórroga resoluciones 811/814/815 hasta el 12 de abril de 2020.Resolución 890-I-20: Prorroga resolución 756 hasta 12 de abril de 2020.Resolución 913-I-20: Adhesión decreto provin-cial 323/20 cierre comercios los días domingo.Resolución 914-I-20: Suspensión TISH activi-dades afectadas. Prórroga TISH febrero y marzo 2020, y planes de facilidades de pago. Suspen-sión de intimaciones por pago de tasas por 60 días. Suspensión de presentación de libre deuda para trámites administrativos municipales.Resolución 915-I-20: Prorrogar el alcance y la aplicación de las resoluciones 811-I-20, 815-I-20 y 816-I-20, hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive.Resolución 919-I-20: Modificar el artículo 1° de la resolución 756-I-20, ampliando sus efectos hasta el día 26 de abril de 2020.Resolución 1026-I-20: Adherir al decreto de la Provincia de Río Negro 393/20. Reglamentación funcionamiento comercios no esenciales, comer-cios que abastecen obras, restaurantes y bares, cafeterías, establecimientos que desarrollen ac-tividades de cobranza de servicios e impuestos, mutuales y cooperativas de crédito, estableci-mientos turísticos, trabajadores casas particu-lares y personal doméstico, centros de estética, peluquerías y barberías, jardineros y parquistas.Resolución 1206-I-20: Adherir al decreto de la

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Provincia de Río Negro 481/20 y 482/20, a partir del 26 de mayo de 2020.Resolución 1280-I-20: Adherir al decreto de la Provincia de Río Negro 517/20. Reglamentar ee-solución 2956-MS-2020 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.Resolución 1443-I-20: Autorizar a los comercios minoristas y mayoristas de productos esenciales y no esenciales y a restaurantes, bares, cafés y establecimientos similares la apertura de locales con atención al público.Resolución 1490-I-20: Autorizar la apertura de todos los comercios, tanto esenciales como no esenciales los días domingos.Resolución 1552-I-20: Reglamenta resolución 4388-MS-2020, del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.Resolución 1587-I-20: Modifica artícu-lo 1° de la resolución 756-I-20 amplian-

do sus efectos hasta el día 16/08/2020. FUNDAMENTOSLa presente ordenanza propone establecer una reducción impositiva en la Tasa de Inspección Seguridad e Higiene (TISH), respecto del ejer-cicio fiscal en curso, hasta el cierre del ejercicio 2020, con el objetivo de brindar acompañamien-to a los contribuyentes calificados como Micro y Pequeños de nuestra ciudad que enfrentan con dificultades la actual crisis que provoca la pande-mia del Covid-19.En ese sentido y a fin de poner en contexto la me-dida en cuestión, es necesario resaltar que, tanto desde el Estado nacional y provincial, se han desarrollado diferentes mecanismos de acom-pañamiento al sector de pequeños y medianos productores, a través de líneas de financiamiento de créditos a bajas tasas de interés, prórrogas de vencimientos y reducciones impositivas de dife-

rente índole.Asimismo, en el ámbito municipal se han dis-puesto diferentes acciones, tales como la prórro-ga de la vigencia de las habilitaciones comercia-les, o la prórroga en los pagos de TISH, entre otras facilidades dispuestas en los primeros me-ses del aislamiento, tendientes a acompañar a los diferentes sectores económicos locales ,y en par-ticular en pos de sostener las fuentes de empleo.Sin embargo, considerando las particularidades de nuestra ciudad, cuyo principal recurso eco-nómico es el turismo, resulta necesario también, poder brindar una mayor contención a los peque-ños comerciantes cuya actividad se encuentra mayormente afectada por tratarse de la venta de productos categorizados como no esenciales.En este sentido, la Cámara Argentina de Comer-cio y Servicios ha plasmado a través de una serie de encuestas la situación y el impacto económico

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que se padece en el orden nacional raíz de la pan-demia del Covid-19.*Las encuestas realizadas no reflejan in-formación en estos ítems. **Comparan-do con el mismo período del año 2019. La tabla nos permite observar que, si bien hay una reactivación paulatina en las actividades del sector comercial, perdura a lo largo de estos me-ses la dificultad que enfrentan las empresas para

poder abonar los salarios, impuestos y servicios.Además, actualmente un 23,2% de empresas no están operando, lo cual profundiza la crisis que a nivel general atraviesa el sector comercial, sumado a los altos porcentajes de reducción de ventas.Teniendo en cuenta esta base, adentrándonos en el análisis de datos locales, y teniendo en cuen-ta las particularidades y condiciones aún más

desfavorables en el escenario de nuestra ciudad la Cámara de Comercio de Bariloche aporta un análisis local a través de las estadísticas obteni-das en las encuestas mensuales que realiza, en donde se refleja una situación similar a la na-cional y se observa en más del 70% de los casos una disminución en los ingresos por facturación de los comercios del 80% en promedio.

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De los datos y análisis que dicho documento, el cual se adjunta para un análisis más exhaustivo, se resalta que “Un dato preocupante adicional, es la expectativa de las empresas en cuanto a su estimación de recuperación del nivel de activi-dad normal, porque para el 45% será dentro de seis meses, para un 40% dentro de un año o más y para un 7% no creen que podrán volver a la normalidad. El universo se completa con un 6% que estima recuperarse en tres meses y un 2% que dice que opera normalmente”.Surge entonces la necesidad de tomar medidas que apunten a poder acompañar la reactivación paulatina de los comercios, muchos de los cuales han tenido que parar o ver disminuida su acti-vidad temporalmente, con el consecuente ries-go para el cuidado de las fuentes laborales que brinda el sector y también un impacto negativo en la posibilidad de afrontar sus obligaciones tributarias.Por ello, y considerando la envergadura del impacto económico generado por la pandemia declarada, y en observancia de los principios de la capacidad contributiva y la solidaridad so-cial, resulta menester generar herramientas que permitan a cada contribuyente continuar con el cumplimiento de las obligaciones impositivas a su cargo.Considerando que el cálculo de la TISH se efec-túa en virtud de una fórmula polinómica que res-peta los principios de generalidad, progresividad, igualdad y Proporcionalidad, a tal efecto se pro-pone considerar una quita o descuento transitorio del cien por ciento en el pago mínimo abonado de la Tasa de Inspección Seguridad e Higiene y sus componentes, para los contribuyentes o res-ponsables de pago cuyas actividades se encuen-tren no exceptuadas en el marco de la emergen-cia Covid-19.Asimismo, en aquellos casos donde por aplica-ción del artículo 15°, inciso h), anexo I, Orde-nanza Tarifaria 2375-CM-12, la fórmula polinó-mica de la TISH indique un pago igual o superior al pago mínimo y además los contribuyentes realicen actividades exceptuadas en el marco de la emergencia Covid-19, se establece un des-cuento del cincuenta por ciento sobre el monto equivalente al pago mínimo de la TISH y sus componentes. En este caso se expone necesario que los contribuyentes deban cumplir con la ca-tegorización Micro y Pequeños dentro de la tabla SePyMe, de la Secretaría de Pyme y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la Nación.La presente medida se establece con carácter transitorio y excepcional en el marco de emer-gencia del Covid-19 para los períodos fiscales de agosto, septiembre, octubre y noviembre 2020 inclusive, contemplando asimismo la sustentabi-lidad de todo el sistema municipal en las actuales circunstancias.Por todo lo antes expuesto se proponen las accio-nes definidas previamente a fin de brindar acom-pañamiento y reforzar el esfuerzo que los con-tribuyentes y trabajadores están realizando para superar la contracción económica que el contex-to actual nos impone, y como parte de los esfuer-

zos y medidas de acompañamiento que el Estado municipal puede brindar de forma integral. AUTORES: Intendente Municipal, Gus-tavo Gennuso; Concejales Gerardo Ávila, Carlos Sánchez y Puente, Natalia Almo-nacid, Norma Taboada y Claudia Torres (JSRN); Julieta Wallce, Roxana Ferreyra y Marcelo Casas (FdT); Pablo Chamatró-pulos (POBAR); Ariel Cárdenas (BxC) y Gerardo del Río (PUL). COLABORADORES: Jefe de Gabinete, Marcos Barberis; Vicejefa de Gabinete, Marcela González Abdala; Secretario de Hacienda, Diego Quintana, y Secretaria Legal y Técnica, Mercedes Lasmartres; Asesoras Belén Alonso, Romina Molina y Julieta Rocha. Los proyectos 121/20 y 126/20 subsumidos, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de septiembre de 2020, según consta en el Acta N.º 1131/20. Por ello, en ejerci-cio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal, EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE ORDENANZA

Art. 1°) OBJETO. Se establece un régimen de beneficios de carácter excepcional para el pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene (TISH) y sus componentes, en el marco del es-tado de emergencia económica, social y de ser-vicios Covid 19, declarada mediante ordenanza 3150-CM-20.

Art. 2°) AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La autoridad de aplicación de la presente es la Se-cretaría de Hacienda o la que a futuro la reem-place.

Art. 3°) EXIMICIÓN TOTAL CONTRIBU-YENTES NO EXCEPTUADOS. En aquellos casos que, por aplicación del artículo 15°, inciso h), anexo I, Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12 la fórmula polinómica de la TISH indique un pago igual al Pago Mínimo, se establece una eximición del cien por ciento (100%) sobre el pago mínimo de la TISH y sus componentes, para los contri-buyentes cuyo rubro principal consista en acti-vidades o servicios no exceptuados en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamien-to social preventivas y obligatorias Covid-19. Asimismo los contribuyentes deberán cumplir con la categorización Micro y Pequeños dentro de la tabla SePyMe de la Secretaría de Pyme y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la Nación o la que a futuro la re-emplace.

Art. 4°) DESCUENTO EXCEPCIONAL CON-TRIBUYENTES EXCEPTUADOS. En aquellos casos que por aplicación del artículo 15°, inciso h), anexo I, Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12 la

fórmula polinómica de la TISH indique un pago igual o superior al pago mínimo a aquellos con-tribuyentes cuyas actividades o servicios esen-ciales que constituyen su rubro principal, están exceptuados de cumplir con el aislamiento y distanciamiento social preventivo y obligatorio Covid-19, se establece un descuento del cincuen-ta por ciento (50%) sobre el monto equivalente al pago mínimo de la TISH y sus componentes. Asimismo los contribuyentes deberán cumplir con la categorización Micro y Pequeños dentro de la tabla SePyMe de la Secretaría de Pyme y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la Nación o la que a futuro la re-emplace.

Art. 5°) COMPONENTES ALCANZADOS. La autoridad de aplicación incluye a efectos del cómputo de los beneficios dispuestos en los artí-culos 3° y 4° de la presente, los siguientes com-ponentes de la TISH:a) Componente B Emprotur. b) Derechos de publici-dad y propaganda (cartelería). c) Tasa de Residuos Sólidos Urbanos (RSU). d) Otros que pudieran corresponder específica-mente de acuerdo al tipo de contribuyente a cri-terio de la autoridad de aplicación.

Art. 6°) REQUISITOS ACTIVIDADES NO EXCEPTUADAS. A efectos de acceder a los beneficios establecidos en la presente, los contri-buyentes o responsables de pago de actividades no exceptuadas (artículo 3°) deberán:a) Presentar en tiempo y forma la declaración jurada de la TISH del período fiscal mensual por el cual se pretende obtener el beneficio. b) Presentar el Certificado de Libre Deu-da o Certificado de Deuda No Exigible con el Estado municipal vinculadas a la acti-vidad económica al 29 de febrero 2020. c) En caso de corresponder acreditar debi-da determinación e ingreso de la ECOTASA. d) Acreditar mediante el formulario 931 AFIP el número de empleados en relación de depen-dencia, como constancia de mantenimiento de la relación laboral durante el periodo de vigencia de la presente.

Art. 7°) REQUISITOS ACTIVIDADES EX-CEPTUADAS. A efectos de acceder a los be-neficios establecidos en la presente los contri-buyentes o responsables de pago de actividades exceptuadas (artículo 4°) deberán:a) Presentar y abonar en tiempo y forma la declara-ción jurada de la TISH del período fiscal mensual anterior al cual se pretende obtener el beneficio. b) Presentar el Certificado de Libre Deu-da o Certificado de Deuda No Exigible con el Estado municipal al 31 de julio 2020. c) En caso de corresponder acreditar debi-da determinación e ingreso de la ECOTASA. d) Acreditar mediante el formulario 931 AFIP el número de empleados en relación de depen-dencia como constancia de mantenimiento de la relación laboral durante el periodo de vigencia de la presente.

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Art. 8°) LISTADO DE ACTIVIDADES Y SER-VICIOS. Se encomienda a la autoridad de apli-cación la elaboración del listado de actividades y servicios alcanzados por la presente eximición de manera tal de identificarlas con el nomencla-dor de actividades municipales.

Art. 9°) VIGENCIA. La presente entrará en vi-gencia a partir de la fecha de su promulgación, contemplando desde el período fiscal agos-to/2020 y hasta el período fiscal noviembre 2020 inclusive.

Art. 10°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. NATALIA ALMONACIDPresidenta de Concejo Municipal San Carlos de Bariloche CLAUDIA HANECKSecretaria Concejo MunicipalSan Carlos de Bariloche

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RESOLUCION Nº 00001956-I-2020VISTO: la Ordenanza Nº 882-CM-98, y; CONSIDERANDO:que la misma establece el mecanismo de in-formación interna sobre la forma de Promul-gación de Ordenanzas y rechazo de vetos; que fue recepcionada con fe-cha 04/09/2020 en el Departamento Eje-cutivo, la Ordenanza Nº 3166 -CM-20; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVE ARTICULADO:

PROMULGAR: la Ordenanza Nº 3166-CM-20, sancionada por el Conce-jo Municipal con fecha 03 de Septiem-bre de 2020, y cúmplase de conformidad. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, OL-VAR, FABIAN CARLOS,

RESOLUCION Nº 00001878-I-2020VISTO: el convenio entre el Municipio y la Co-misión de Promoción del Sector Foresto Indus-trial para el Programa Plan Calor 2020 y;CONSIDERANDO:que con fecha 17 de Enero de 2020 se sus-cribió el convenio entre la Comisión de Pro-mocion del Sector Foresto Industrial y la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, por medio del cual se acordó la adquisición de 8150 m3 de leña a razón de $ 1.274 (pe-sos mil doscientos setenta y cuatro) el m3 ; que posteriormente se ratifico el acuerdo y se dicto la Resolución Nº 291-I-2020 por la cual se autori-zo el pago por la suma total de ($ 10.383.100,00) pesos diez millones trescientos ochenta y tres mil cien según Anexo I de la mencionada Resolución ; que tomando en consideración las necesida-des actuales, se convino en modificar parcial-mente el acuerdo marco suscrito en cuanto a la cantidad de leña a entregar y el valor del m3 ; que por ello se acuerda ; que el Municipio se compomete a comprar a los productores cuyos datos surgen de los lis-tados del ANEXO I y ANEXO III elabora-dos por la Comisión de Promocion del Sector Foresto Industrial, una cantidad máxima de 9.650 m3 (nueve mil seiscientos cincuenta) ; que habrá un primer tramo de 8.150 m3 (ocho mil ciento cincuenta) de leña de pino y/o (lenga, ñire, radal, ciprés, retama, álamo, sauce, mimbre y leña de la zona) mezcla seca y estacionada ; que el valor del m3 de leña se establece en $ 1.593,00 (Pesos mil quinientos noventa y tres), dicho monto surge luego de actualizar el precio inicial ($ 1.274) con la variación del precio gas oil (7/19 $ 41,66 y 7/20 $ 52,09). (ANEXO I) ; que el segundo tramo el Municipio se compro-mete a comprar a los productores cuyos datos surgen del listado ANEXO III, una cantidad máxima de 1500 m3 de leña a un valor por m3 de $ 1.593 (pesos mil quinientos noven-ta y tres), pudiendo acordar entre ambas partes el aumento de los montos del metro de leña ; que este Segundo Tramo de entrega se ini-ciara aun cuando el Primer Tramo no se haya finalizado, considerando la emergencia pan-démica en el marco del Covid-19, condiciones climáticas extremas y asuntos de logística ;

que el pago de la actualización de precios, se hará a cada proveedor una vez que el mis-mo haya finalizado de entregar la leña com-prometida y detallada en el ANEXO I ; que el pago del Segundo Tramo se realiza-ra de acuerdo a la modalidad establecida en la clausula quinta del convenio principal a cada proveedor, según los datos que expre-sa el ANEXO III indicando el m3 de leña comprometidos a entregar por cada uno ; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago por la suma total de pesos cuatro millones novecientos ochenta y nueve mil trescientos cincuenta ($4.989.350,00), a razón de pesos dos millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos cincuenta ($ 2.599.850,00) por el ajuste del Primer Tramo según cuadro adjunto, y pesos dos millones trescientos ochenta y nueve mil quinientos ( $ 2.389.500,00) por la compra de 1500 m3 de leña según Anexo III adjunto. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.072 (PLAN CALOR) Partida Presupuesta-ria Nº 1.06.10.02.0036.072.2 (TRANS-FERENCIA RECURSOS PROPIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 de agosto de 2020.-

RESOLUCIONES

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GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001879-I-2020VISTO: la adenda firmada al contrato de loca-ción de servicios, suscripto entre la Municipali-dad de San Carlos de Bariloche y el Sr. Subiabre Marcos Sebastián el 01 de septiembre de 2018, y;CONSIDERANDO:que por Resolución Nº 4067-I-2018, se con-trató bajo la modalidad de locación de ser-vicios al Sr. SUBIABRE, MARCOS SE-BASTIAN (CUIT: 20325741199), desde el 1/9/2018 y hasta el 31/3/2019 inclusive; que por Resolución Nº 1159-I-2019, se reno-vó el plazo de vigencia y ejecución del contra-to de locación hasta el 30/09/2019 inclusive; que mediante Resolución N° 3567-I-2019, se amplió el plazo de contra-tación hasta el 31/03/2020 inclusive; que por Resolución N° 1015-I-2020, se amplió el plazo de contratación hasta el 30/06/2020 inclusive; que adjunto a la presente se envía formulario (F1-CG-CSP1) a fin de extender el periodo de contra-tación autorizado hasta el 31/01/2021 inclusive; que por lo expuesto se decide la renova-

ción del contrato vigente, manteniéndo-se la redacción original con excepción de la cláusula 2 y 3 que se modifican en el sentido que se transcriben a continuación: “CLÁUSULA 2.- El plazo de vigencia y ejecu-ción del contrato se establece desde el 01 de Julio de 2020 y hasta el 31 de Enero de 2021 inclusive”. “CLÁUSULA 3.- Monto: por la locación de servicios aquí contratada, LA LOCATA-RIA abonará a la LOCADORA la suma to-tal de $238.000(Pesos doscientos treinta y ocho mil), a razón de $34.000 (Pesos treinta y cuatro mil) mensuales. Dicho pago se efectua-rá los primeros días hábiles del mes vencido contra presentación de la respectiva factura”; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

RENOVAR: a partir del 01/07/2020 y hasta el 31/01/2021 inclusive, el contrato de locación de servicios suscripto entre la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y el Sr. SUBIABRE, MAR-COS SEBASTIAN (CUIT: 20325741199) de acuerdo a la Adenda de fecha 24/08/2020 para la realización de servicios profesionales de Téc-

nico Capacitador en saberes agroecológicos y producción hortícola. Asesor Técnico en pro-yectos productivos de producción primaria de la Secretaria de Producción Innovación y Empleo. MODIFICAR: las cláusulas 2º y 3º del contrato las cuales quedarán redactadas de la siguiente manera: “CLÁUSULA 2.- El plazo de vigen-cia y ejecución del contrato se establece desde el 01 de Julio de 2020 y hasta el 31 de Enero de 2021 inclusive”.”CLÁUSULA 3.- Monto: por la locación de servicios aquí contratada, LA LOCATARIA abonará a la LOCADORA la suma total de $238.000(Pesos doscientos treinta y ocho mil), a razón de $34.000 (Pesos treinta y cuatro mil) mensuales. Dicho pago se efec-tuará los primeros días hábiles del mes vencido contra presentación de la respectiva factura”. AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago a favor del Sr. SUBIABRE, MARCOS SEBASTIAN (CUIT: 20325741199) en concepto de honorarios, por la suma total de $238.000 (Pesos doscien-tos treinta y ocho mil con 00/100), a razón de $ 34.000 (Pesos treinta y cuatro mil con 00/100) mensuales, los que serán abonados contra presentación de la respectiva factura. La supervisión de los trabajos estará a cargo del Dpto. de Emprendimientos Productivos, Se-cretaría de Producción Innovación y Empleo.

AJUSTE PRIMER TRAMO

PROVEEDOR VOLUMEN DISPONIBLE (M3) TOTAL

1 WAIDELICH LORENZO 1300 $414.700,00

2 VEREERTBRUGGHEN FABIAN 1000 $319.000,00

3 LOPEZ ANIBAL 1150 $366.850,00

4 SOLER VICTORIA 1150 $366.850,00

5 LAZZARINI SILVIA 1150 $366.850,00

6 MORESCHI RENATO 450 $143.550,00

7 TURDO VERONICA 600 $191.400,00

8 SMEKAL MICAELA 600 $191.400,00

9 SORIANI MARCOS 750 $239.250,00

8150 $2.599.850,00

ANEXO III

ANEXO III - PLAN CALOR 2020

Proveedor Volumen Disponible(M3) TOTAL $

1 Waidelich, Lorenzo 300 $477.900,00

2 López, Anibal 700 $1.115.100,00

3 Soler, Victoria 200 $318.600,00

4 Moreschi, Renato 150 $238.950,00

5 Soriani, Marcos 150 $238.950,00

TOTAL 1500 $2.389.500,00

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IMPUTAR: al Programa Nº 1.07.01.16.0036.099 (ECONOMIA SOCIAL) Partida Presupuestaria Nº 1.07.01.16.0036.099.2.3.05 (SERVICIOS). La presente Resolución será refrendada por la Secretaria de Producción, Innovación y Em-pleo, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 de agosto de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ORDOÑEZ , MARIA EUGENIA ,

RESOLUCION Nº 00001880-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicitó la reparación de cilindros de pala de contenedor de recolección, un cambio de vástago y empa-quetaduras para el INT 124 - Pedido de Su-ministro Nº 1032 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1863 - Autorización de Compra Nº 83411); que la compra se realizó a BUIRAS, BER-NARDO JULIO (CUIT: 20083207958); que la firma ha presentado la factura de fecha 20 de Julio para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en bene-ficio del contribuyente BUIRAS, BERNAR-DO JULIO (CUIT: 20083207958) por la suma de pesos sesenta y cinco mil con 00/100 ($65.000,00) correspondiente a la factu-ra Nº 00002-00000026 de fecha 20/07/2020; ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos quinientos veinte con 00/100 ($520,00), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-

TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presupues-taria Nº 1.09.01.20.0001.117.2 (TRANS-FERENCIA RECURSOS PROPIOS); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 de agosto de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001881-I-2020VISTO: El Recurso de Apelación interpuesto por Roberto Alfredo Venturino contra la senten-cia Nº 127.866/2019, dictada en el Expediente Nº 157.008-V-2019, y;CONSIDERANDO:que el administrado articuló Recurso de Apelación articulado a fs. 03/05 contra la sentencia Nº 127866/2019 del 19 de oc-tubre de 2.019, y concedido a fs. 06.- que según se desprede de la compulsa de la causa mediante Acta Nº 5426696, del 31 de enero de 2019, se infraccionó al Sr. Venturino por circular sin seguro obliga-torio en el automovil dominio BVA779; que el imputado no se presentó en el término de ley a formular descargo previsto por el Art. 31 del Código de Faltas, Ordenanza Nº 22-I-74, y en atención a la infracción constatada, la Jueza de Faltas declaró al administrado culpable en virtud de lo dispuesto por el Art. 47 del citado plexo normativo, condenándolo al pago de una multa de pesos tres mil trescientos sesenta y seis ($ 3.376.-), de confomidad con la Ordenan-za 3021-CM-18, cap. II, Art. 72, Código G-19; que el 14 de noviembre de 2.019 se presentó el Sr. Venturino indicando que el 31 de ene-ro de 2019 fue detenido en control policial de rutina, habiendo entregado la totalidad de la documentación requerida a excepción del com-probante de seguro – que no lo tenia encima; que el administrado - adicionó - que siempre contó con la cobertura de seguro Rivadavia, abonado mediante débito automático men-sual. Explicó, también,que intentó mostrarle al oficial el comprobante de pago mediante aplicación de celular, pero que no le fue per-mitido. Destaco que ésta última manifesta-ción de parte no ha sido acreditada en autos; que el Sr. Venturino solicitó la devolución del di-nero abonado en concepto de multa por entender que nunca estuvo en falta. Acompañó, a efectos de acreditar sus dichos, constancia de pago de la multa impuesta a fs. 04 y copia simple de cer-tificado de cobertura de Seguros Rivadavia con vigencia del 15/10/2018 al 15/04/2019, a fs. 5; que pese a que el administrado no se presentó a fundar el recurso según intimación cursada a fs. 8/9, lo entiendo debidamente fundando en ocasión de su interposición. Ergo, en fun-cion del principio de informalidad que rige el derecho administrativo corresponde ex-pedirse respecto del fondo traído a análisis;

que el administrado se encontraba en falta al momento del labrado del acta de infracción. Ello según lo establece el Art. 40 de la Ley Nº 24.449, por cuanto para poder circular con au-tomotor es indispensable, entre otros riquisitos, que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la li-cencia correspondiente; b) que porte la cédu-la, de identificación del mismo; c) que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que re-fiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos. (Inciso sustituido por art. 1° de la Ley N° 27.510B.O. 28/8/2019); que no basta que el administrado cuente con se-guro en vigencia, sino que debe portarlo a efec-tos de su exhibición. De allí, que la aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 3021-CM-18, Art. 72 inc. G.19) Circular sin comprobante de seguro obligatorio, se ajuste a derecho. Máxime teniendo en consideración que al momento del labrado de la infracción no regía la modifica-ción introducida al Art. 40 por la Ley Nº 27510; que obra Dictámen Legal Nº 217-AL-2020 que aconseja el rechazo del Recurso interpuesto; que por lo tanto, correspon-de no hacer lugar a lo solicitado; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

RECHAZAR: el Recurso de Apelación inter-puesto por el Sr. Alfredo Roberto Venturino con-tra la Sentencia Nº 127.866/2019, dictada por la Sra. Juez de Faltas Municipal, en la causa por infracción a la Ordenanza Nº 3021-CM-18, Art. 72; en razón de lo expuesto en los considerandos.- VUELVA: El Expediente Nº 157.008-V-2019, al Juzgado de Faltas Nº II, para su notificación. La presente Resolución será re-frendada por el Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 31 de agosto de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO,

RESOLUCION Nº 00001882-I-2020VISTO: la necesidad de seguir con el soporte técnico de la sala en Punto Digital, y; CONSIDERANDO:que por la Resolución N° 588-I-2018 se con-trato al Sr. Calfuelo Jesús Ismael Ernesto; que dicho contrato se prorrogó mediante las Resoluciones Nº 438-I-2020 al 31.03.2020 y Nº 1217-I-2020 hasta el 30.06.2020; que es necesario que esta persona con co-nocimientos básicos siga en el Punto Di-gital para soporte de sala de capacitación;

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

que en consecuencia, resulta necesa-rio renovar el contrato de locación de ser-vicios al Sr. CALFULEO, JESUS IS-MAEL ERNESTO (CUIT 20339184055); que este espacio es para capacita-ciones, ya sea internas o externas; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

PRORROGAR: el contrato bajo la moda-lidad de locación de servicios, a partir del 01/07/2020 hasta el 30/09/2020 por el térmi-no de tres (3) meses para desempeñarse en Punto Digital, dependiente de la Dirección General de Tecnología dependiente de la Se-cretaria de Planificación y Evaluación de Polí-ticas Publicas al Sr. CALFULEO, JESUS IS-MAEL ERNESTO (CUIT 20339184055) con una remuneración de pesos veintiseis mil ($ 26.000) mensuales, los que serán abonados contra presentación de la respectiva factura. La supervisión de los trabajos estará a car-go de la Dirección General de Tecnología. AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir la orden de pago a favor del Sr. CALFULEO, JESUS ISMAEL ERNES-TO (CUIT 20339184055) con una remune-ración total de Pesos setenta y ocho mil ($ 78.000) a razón de pesos veintiseis mil ($ 26.000) mensuales, desde el 01/07/2020 has-ta el 30/09/2020, los que serán abonados contra presentación de la respectiva factura. IMPUTAR: al Programa Nº 1.04.01.13.0036.045 (PROYECTOS Y DESARROLLOS DE SISTEMAS) Partida Presupuestaria Nº 1.04.01.13.0036.045.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, Jefe de Gabinete y Secretario de Hacienda. Comuníquese. Publíquese.Tomese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 01 de sep-tiembre de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001883-I-2020VISTO: Decreto Nacional N° 714/2020, De-creto Nacional 297/2020 de AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO y sus disposiciones complementarias; Decreto de Naturaleza Legislativa N° 01/20 de la Provincia de Río Negro; Resolución del Ministerio de Sa-lud de la Provincia de Río Negro N° 5107-MS-2020, y;CONSIDERANDO:que por el Decreto Nacional N° 260/20, se am-plió en nuestro país la emergencia pública en ma-teria sanitaria establecida por la Ley 27.541, por

el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGA-NIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS); que en el mismo sentido, el Gobierno de la Provincia de Río Negro declaró la emergen-cia sanitaria en todo el territorio de la pro-vincia de Río Negro, en relación con el co-ronavirus COVID-19 por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del De-creto de Naturaleza Legislativa N° 01/20; que la velocidad en el agravamiento de la si-tuación epidemiológica a escala internacio-nal requirió pocos días despues, la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del De-creto Nacional 297/2020, por el cual se dispu-so el “aislamiento social, preventivo obliga-torio” durante el plazo comprendido entre el 20 y 31 de marzo inclusive, del corriente año; que el Decreto 297/2020 se ha dictado con el fin de contener y mitigar la propagación de la epi-demia de COVID-19 y con su aplicación se pre-tende preservar la salud públia, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma razonable y tempora-ria. La restricción a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del órden público, en cuanto el bien jurídico tutelado es el derecho colectivo a la salud pública. En efecto, no se trata sólo de la salud de cada una de las personas obligadas a cumplir la medida de aislamiento dispuesta, sino de todas y todos los habitantes en su con-junto, ya que la salud pública, por las caracterís-ticas del COVID-19, depende de que cada uno de nosotros cumpla con su aislamiento, como la forma más eficaz para cuidarnos como sociedad; que con fecha 29 de marzo de 2020, el Presidente de la Nación y el Ministro de Salud de la Na-ción mantuvieron una reunión con destacados expertos en epidemiología y recibieron precisas recomendaciones acerca de la conveniencia, a los fines de proteger la salud pública, de prorro-gar el “aislamiento social, preventivo y obliga-torio”, hasta el día domingo 12 de abril del co-rriente año, inclusive, prorroga que se plasmó a nivel local mediante la Resolución 888-I-2020; que mediante Decreto Nacional 355/2020, se prorrogó hasta el día 26 de abril de 2020 inclu-sive, la vigencia del Decreto N° 297/20, pro-rrogado a su vez por el Decreto N° 325/20, con las modificaciones previstas en el artículo 2° de este último, prórroga que se plasmó a nivel local mediante la Resolución N° 915-I-2020; que mediante Decreto Nacional 408/2020, se prorrogó hasta el día 10 de mayo de 2020 in-clusive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que se prorrogó hasta el 24 de mayo de 2020, inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que mediante Decreto Nacional 493/2020, se prorrogó hasta el día 7 de junio de 2020, in-clusive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que mediante Decreto N°520/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se estableció la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio vi-gente en virtud del Decreto N° 297/2020 hasta el día 28 de junio inclusive, prorrogado asimismo

por Decretos mencionados, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias que no cumplan posi-tivamente con los parámetros epidemiológicos y sanitarios reglados por las autoridades nacionales; que mediante Decreto N° 576/2020 del Poder Ejecutivo Nacional se estableció una prórroga del Decreto N° 520/2020 y sus normas comple-mentarias hasta el día 30 de junio de 2020, inclu-sive, determinando un nuevo régimen aplicable desde el 1° hasta el 17 de julio de 2020, inclusive; que mediante Decreto N° 605/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se prorroga-ron las medidas desde el 18 de julio y has-ta el 02 de agosto de 2020, inclusive; que mediante Decreto N° 641/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se prorroga-ron las medidas desde el 02 de agosto y hasta el 16 de agosto de 2020, inclusive; que mediante Decreto N° 677/2020 del Po-der Ejecutivo Nacional, nuevamente se prorrogaron las medidas desde el 17 de agosto y hasta el 31 de agosto, inclusive; que mediante Decreto N° 714/2020 del Po-der Ejecutivo Nacional, nuevamente se prorrogaron las medidas de el 31 de agos-to y hasta el 20 de septiembre, inclusive; que de acuerdo a la vigilancia epidemiológi-ca permanente que lleva adelante el Ministe-rio de Salud de la Provincia de Río Negro, en el marco de la pandemia del COVID-19, se torna necesario disponer la implementación de restricciones a la circulación con miras a prevenir la propagación del virus en deter-minadas áreas geográficas de la provincia; que en virtud de ello, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, mediante Reso-lución N° 5107-MS-2020 ha resuelto un nue-vo esquema de restricciones a la circulación, el que debe ser reglamentado a nivel local; que en virtud de ello, se emite el acto administrativo correspondiente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal; EL INTENDENTE MUNICI-PAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE RESUELVE ARTICULADO:REGLAMENTAR: la Resolución N° 5107-MS-2020, del Ministerio de Sa-lud de la Provincia de Río Negro, según se dispone en los siguientes artículos.- ESTABLECER: que todos los comercios de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, tanto esenciales como no esenciales, podrán realizar su actividad de lunes a sábado, en el horario comprendido entre las 8 y las 21 hs., debiendo para ello dar estricto cumplimiento a los pro-tocolos sanitarios en el marco del COVID-19. ESTABLECER: que los restaurantes, cervece-

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rías, bares, cafés y establecimientos similares, podrán realizar sus actividades comerciales de lunes a sábado en el horario comprendido entre las 8 y las 22 hs. Y domingo de 11 a 17 hs.- Deberán dar estricto cumplimiento a los pro-tocolos sanitarios en el marco del COVID-19.- AUTORIZAR: el servicio de entrega a domicilio (delivery) en el horario comprendido entre las 8 y las 23 hs., de lunes a sábado y de 11 a 17 hs., los do-mingos.- Deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios en el marco del COVID-19.- ESTABLECER: que los Gimnasios y Nata-torios autorizados en el marco de la Reso-lución N° 1408-I-2020, podrán realizar sus actividades de lunes a sábado en el horario comprendido entre las 7 y las 21 hs. debiendo para ello dar estricto cumplimiento a los pro-tocolos sanitarios en el marco del COVID-19.- ESTABLECER: que las actividades de forma-ción cultural, podrán realizar sus actividades de lunes a sábados, en el horario comprendido entre las 8 y las 20 hs., y ensayos, grabaciones y con-ciertos vía streaming, de lunes a sábados en el horario comprendido entre las 8 y 23 hs. debien-do para ello dar estricto cumplimiento a los pro-tocolos sanitarios en el marco del COVID-19.- ESTABLECER: que las actividades deportivas individuales al aire libre autorizadas en el mar-co de la Resolución N° 1408-I-2020, podrán realizarse de lunes a domingo, en el horario comprendido entre las 7 y las 21 hs., debiendo para ello dar estricto cumplimiento a los pro-tocolos sanitarios en el marco del COVID-19.- ESTABLECER: que los horarios dispuestos en los artículos precedentes es a los fines de garantizar el cumplimiento del inciso a) del art. 3° de la Resolución 5107-MS-2020, en-contrándose prohibida la circulación de toda persona que no sea considerada esencial (per-sonal de salud, de seguridad, de servicio, de justicia, etc.), fuera del horario comprendido entre las 06 y las 23 hs., de lunes a domingo.- PROHIBIR: toda actividad comer-cial los días domingo, a excepción de lo establecido en el art. 3 de la presente. ESTABLECER: que las farmacias y las estacio-nes de servicios se encuentran exceptuadas de las restricciones determinadas en la presente.- ESTABLECER: la vigencia de la pre-sente Resolución a partir de las 00 horas del día 01 de septiembre de 2020 y has-ta el 14 de septiembre de 2020, inclusive. ESTABLECER: la clausura como sanción ante el incumplimiento de los comercios, de las obligaciones impuestas por la presen-te. La aplicación de la referida sanción como así también de las multas pertinentes, co-rresponderá al Juzgado de Faltas Municipal. IMPONER: de los términos de la presente al Juz-gado Penal Federal y Penal Provincial y a la Fisca-lía Federal y Provincial, como así también a todas las fuerzas de seguridad que se encuentran con-trolando el cumplimiento del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO.- La presente Resolución será refrendada por el

Jefe de Gabinete y la Vice Jefa de Gabinete.- Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 01 de sep-tiembre de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GON-ZALEZ ABDALA , MARCELA HAYDEE ,

RESOLUCION Nº 00001884-I-2020VISTO: la renuncia de fecha 31 de Agosto del Presidente del Instituto Municipal de Tierras y Viviendas para el Hábitat Social, y; CONSIDERANDO:que el Sr. MELLA VILLARROEL, JOSE MANUEL (DNI: 33034074) renunció al cargo de Presidente del Instituto Munici-pal de Tierras y Viviendas para el Hábi-tat Social en fecha 31 de Agosto de 2020; que el Intendente Municipal, acep-ta la misma agradeciendo el compromi-so en dicha labor por parte del Sr. Mella; que mediante la Resolución Nº 4761-I-19, se designaron a partir del día 08 de Diciembre de 2019 a las personas que integran el nuevo gabinete municipal, de acuerdo a la estructura política esta-blecida mediante Ordenanza Nº 3115-CM-2019; que en consecuencia, se designa al Sr. GI-MENEZ, EDUARDO JAVIER, DNI Nº 20.124.357, como Presidente del IMTVHS a partir del día 1 de septiembre de 2020, y hasta tanto el Intendente lo requiera; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

ACEPTAR: la renuncia del Sr. MELLA VILLA-RROEL, JOSE MANUEL (DNI: 33034074) al cargo de Presidente del Instituto de Tierras y Vi-viendas para el Hábitat Social con fecha 31 de agosto de 2020, dejando en consecuencia sin efec-to la designación establecida en el artículo 1º de la Resolución 4761-I-2019 al 31 de agosto de 2020. AUTORIZAR: al Departamento de Sueldos a realizar la liquidación final correspondiente. MODIFICAR: el Art. 1º de la Resolución Nº 4761-I-2019, agregando al listado de personas designadas al nuevo gabinete municipal, lo deta-llado a continuación: *PRESIDENTE INSTITUTO MUNICIPAL DE TIIERRAS Y VIVIENDAS PARA EL HÁBITAT SOCIAL: Sr. GIMENEZ, EDUARDO JAVIER, DNI Nº 20.124.357, a partir del 1 de septiembre de 2020 y hasta que el Intendente lo decida.- La presente Resolución será re-frendada por el Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 01 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-

BERIS, MARCOS GUILLERMO,

RESOLUCION Nº 00001885-I-2020VISTO: La necesidad de cancelar la deu-da devengada en el año 2018, mediante fac-turas 0007-00000013 y 0007-00000014 del Proveedor 7CERROS S.R.L., (CUIT: 30711408572), la Ordenanza Nº 3033-CM-19 y; CONSIDERANDO:que el Programa Esquí Social se rea-liza todo los años organizada por los Caat de Dirección de Promocion Social; que al mismo concurren adolescentes de to-dos los Barrios de la ciudad que se encua-dran dentro del Programa Eje de Jóvenes; que el mismo tiene una duración de 9 semanas en la temporada invernal de lunes a viernes; que se les otorga un equipo de es-quí diario para cada uno de los Jóvenes; que por lo expuesto se debe realizar una or-den de pago a nombre del proveedor 7CE-RROS S.R.L., (CUIT: 30711408572) Se-gún facturas Nº 0007-000000014, con fecha 03/09/2018 y Nº 0007-0000000013, con fecha 03/09/2018, por un importe de Pesos total de ciento veinte tres mil doscientos vein-te ocho ($ 123,228) a razón de pesos sesenta y un mil seiscientos catorce ($61,614) por factu-ra, en concepto de alquiler de equipos de esquí, que el pago se realizará por compensación de THIS; que el proyecto fue presentado en el año 2019 bajo el Número 3616 que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del provee-dor 7CERROS S.R.L., (CUIT: 30711408572) Se-gún facturas Nº 0007-000000014, con fe-cha 03/09/2018, y Nº 0007-0000000013, con fecha 03/09/2018 por un importe de Pesos total de ciento veintitres mil doscientos veintio-cho ($ 123.228) a razón de pesos sesenta y un mil seiscientos catorce ($61.614) cada factura, en concepto de alquiler de equipos de esquí. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-

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2020 se establece el cargo de un derecho de ofi-cina de pesos nueve mil ocho cincuenta y ocho con veinticuatro ctvs ($9858.24), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.11.02.0036.083 (PROGRAMA DE APOYO Y PROMOCION DE LAS ARTES) Partida Presupuestaria Nº 1.06.11.02.0036.083.2.3.05 (SERVICIOS) ($61.614 ), al Programa Nº 1.06.11.02.0036.077 (FORMACION ARTISTICA)Partida Presu-puestaria Nº 1.06.11.02.0036.077.2.3.05 (SERVICIOS) ($61.614). La presente Resolución será refrendada por la Secretaria de Desarrollo Humano Integral, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 2 de septiem-bre de 2020GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001886-I-2020VISTO: la pandemia de COVID-19, la Orde-nanza Nº 3150-CM-2020 y la Resolución Nº 862-I-2020, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Desarrollo Humano Inte-gral solicitó la compra de artículos de alma-cén para el armado de módulos de emergen-cia - COVID-19, en fecha 14 de julio en el Gimnasio Municipal Nº 1, en el marco de la Ordenanza Nº 3150-CM-2020 - Pedido de Su-ministro Nº 1125 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2088 - Autorización de Compra Nº 83605); que el día miércoles 03 de marzo se registró el primer caso de Coronavirus en Argentina; que con fecha 11 de marzo de 2020, la OR-GANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SA-LUD (OMS), declaró el brote del nue-vo coronavirus como una pandemia; que el 20/03/2020 el Poder Ejecutivo Nacional mediante DNU 297/2020 estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuen-tren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”; que por la Ordenanza citada en el Visto se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y de Servicios en San Carlos de Bariloche, COVID19; que la Ordenanza Nº 3150-CM-2020, fue pro-mulgada mediante Resolución Nº 862-I-20; que entre los fundamentos de la misma se se-ñala que: “En relación al funcionamiento del Municipio en su conjunto en el marco de las respuestas que son necesaria, y con especial énfasis en los aspectos sociales que esta situa-ción acarrea, es necesario adoptar el Estado de Emergencia dentro de las facultades municipa-les, en materia económica, social y de servicios”; que por el Art. 4º de la misma se faculta al De-partamento Ejecutivo a implementar medidas rá-pidas, eficaces y urgentes para garantizar la aten-

ción social y de servicios adecuada en el marco de la emergencia, a través de la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento, que sean ne-cesarios para atender la emergencia, sin sujeción al régimen de compras y contrataciones de la Mu-nicipalidad de San Carlos de Bariloche, debien-do tramitar con especial y prioritario despacho; que en fecha 07/07/2020, mediante Pedido de Abastecimiento Nº 2088, la Secretaria de Desarrollo Humano Integral, solicitó la com-pra de mercadería para el armado de módu-los alimentarios por un valor de $ 6.000.000; que por lo expuesto el Departamento de Com-pras y Suministros solicitó cotización a las fir-mas “LA VARENSE”, “NUEVA DISTRIBUI-DORA”, “DISTRIBUIDORA IFG / EUSKAL”, “PUELCHE”, “FRILOP” y “ALMACÉN DE CAMPO”, siendo las únicas en presentar presu-puestos las primeras cuatro; los cuales fueron re-mitidos al Departamento de Administración Cen-tral mediante correo electrónico de fecha 08 de julio, junto a cuadro comparativo con las ofertas mas económicas resaltadas, para su evaluación; que la compra de una parte de la mercade-ría se realizó a la firma PUELCHE S.A.I.C.Y F., (CUIT: 30538048190), según Nota Nº 500-SDSDyC/DAC-20 del Departamento de Administración Central. La elección se basó en las ofertas mas económicas por cada artículo presentadas por este proveedor y por las firmas “NUEVA DISTRIBUIDORA” y “LA VAREN-SE”, a quienes se les compró la otra parte de los ítems solicitados. Por otro lado, la elección de los tres proveedores, por parte del área, cuen-ta con el aval de la Secretaría de Hacienda; que la firma ha presentado la factura de fe-cha 14 de julio para su cobro, la cual será abonada con forma de pago a convenir; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente PUELCHE S.A.I.C.Y F., (CUIT: 30538048190) por la suma de pe-sos dos millones quinientos sesenta y dos mil ciento quince con cincuenta y cuatro ctvs. ($ 2.562.115,54) correspondiente a la factu-ra Nº 0108- 00519576 de fecha 14/07/2020; ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipulado

por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos doscientos cuatro mil novecientos sesenta y nueve con veinticuatro ctvs ($204.969,24), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.074 (REFUERZO ALIMENTARIO) Partida Presupuesta-ria Nº 1.06.10.02.0036.074.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 2 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001887-I-2020VISTO: la Resolución Nº 4459-I-2019, y; CONSIDERANDO:que por la misma se llamó a Concurso Externo de Oposición y Antecedentes, para cubrir el car-go de Director de Obras Particulares, dependien-te de la Subsecretaría de Gestión Urbana, bajo la órbita de la ex Secretaria de Desarrollo Urba-no; actual Secretaría de Ambiente y Desarrollo Urbano según Ordenanza N°3115-CM-2019, es-tructura aprobada en Resolución N°4785-I-2019; que se llevó a cabo todo el proceso de concur-so externo según los términos de lo establecido en el Capítulo XXXIII de la Ordenanza Nº137-C-88, Estatuto de Obreros y Empleados Muni-cipales y la metodología de evaluación estipu-lada en la Resolución del llamado a concurso; que la Junta Examinadora fue integrada por el Poder Ejecutivo Municipal, representada por la Secretaria de Planificación y Evalua-ción de Políticas Públicas Mg. Gabriela Ro-semberg y el Secretario de Ambiente y De-sarrollo Urbano Arq. Pablo Bullaude y por la Entidad Gremial legalmente reconocida -SOYEM- representada por el Secretario Gene-ral Ernesto Losert y Vocal Titular Juan Fuentes; que el Departamento de Selección y Desarro-llo del Personal notificó a los postulantes que no avanzaron en el proceso a través de las di-recciones de correos electrónicos por ellos constituidos, según cada instancia del proceso; que según Acta N°13 de fecha 26 de agosto de 2020 el agente BIRCKENSTAEDT, FEDERICO GERMAN (CUIT: 20308623638) ha ameritado en primer lugar, por lo que la Junta Examinadora determina su designación quedando facultado a asumir el cargo a la firma de la Resolución, por un período de 06 (seis) meses según lo normado en los artículos 5, 6 y 7 de la Ordenanza Nº137-C-88; que mediante Nota Nº120-DML-20, prove-niente del Departamento de Medicina La-boral de fecha 20 de Agosto de 2020, se es-tablece que el Arquitecto Federico Germán Birckenstaedt reúne las condiciones técnicas requeridas, según el perfil consensuado por

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la Junta Examinadora, con evaluación de des-empeño y reevaluación a los 6 (seis) meses; que mediante Acta N°13 de fecha 26 de agos-to de 2020 la Junta Examinadora instru-ye a través del Departamento de Selección y Desarrollo del Personal a la Dirección de Recursos Humanos a efectuar la carga del proyecto de Resolución que se adjunta a la misma y cuyo texto corresponde a la presente; que se hace necesario regularizar esta situación mediante el llamado a Concurso Interno de Oposición y Antecedentes del cargo vacante tal como lo dispone la Ordenanza Nº 137-C-88 y lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1282-CM-03; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

DESIGNAR: al agente BIRCKENSTAEDT, FE-DERICO GERMAN (CUIT: 20308623638) en el cargo de Director de Obras Particulares, de-pendiente de la Subsecretaría de Gestión Urba-na, bajo la órbita de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, categoría 23 de acuerdo a lo establecido en las Ordenanzas Nº 137-C-88 y 1282-CM-03, a partir de la firma de la Resolu-ción, por un período de 6 (seis) meses según lo normado en los artículos 5, 6 y 7 de la Ordenanza Nº 137-C-88 y según lo estipulado en la Nota N°120-DML-2020 proveniente del Departamen-to de Medicina Laboral. HACER SABER: a la persona designada en el Artículo 1º de la presente Resolución lo nor-mado en los Artículos Nº 5, 6, 7 y 150 bis de la Ordenanza 137-CM-88, de donde surge que: “Art. 5º) Las designaciones efectuadas serán de carácter provisorio irrevocable durante los seis (6) primeros meses, al vencimiento de cuyo tér-mino se entenderán como definitivas, quedando sus titulares amparados por las garantías y dere-chos contenidos en el presente Estatuto. El Jefe inmediato superior de Planta Permanente deberá informar dentro de los ciento veinte (120) días, el desenvolvimiento del Personal designado. Art. 6º) Todos los nombramientos comprendidos en este Estatuto, serán de carácter permanente a partir del plazo establecido en el artículo an-terior, con expresa aclaración en el acto mismo de la designación. Art. 7º) Se podrán revocar los nombramientos referidos en el artículo 5º, previo informe elevado por el Jefe inmediato superior de Planta Permanente y por el Tribunal de Califi-cación y Disciplina. Dicho informe deberá ser re-suelto dentro de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de la solicitud de revocación, siendo la Resolución inapelable”. Art 150º bis) Los cargos de Jefatura de Área y Direcciones que se concur-sen, deberán revalidarse cada 4 (cuatro) años”. HACER SABER: a la persona designada en el Ar-tículo 1º de la presente Resolución lo estipulado en la Nota N°120-DML-2020 proveniente del De-partamento de Medicina Laboral, con evaluación de desempeño y reevaluación a los 6 (seis) meses. TOMAR CONOCIMIENTO: el Departamen-to de Personal, y las áreas correspondientes.

NOTIFICAR: al agente BIRCKENS-TAEDT, FEDERICO GERMAN (CUIT: 20308623638) de lo aquí resuelto, notifica-ción a cargo del Departamento de Personal como así también del perfil del puesto que se asumirá, notificación a cargo del Departa-mento de Selección y Desarrollo del Personal. AUTORIZAR: al Departamento de Sueldos, de-pendiente de la Secretaría de Hacienda, a liquidar los haberes según el Artículo Nº 1 de la presente. La presente Resolución será refrenda-da por el Secretario de Ambiente y De-sarrollo Urbano, Secretaria de Planifica-ción y Evaluación de Políticas Públicas, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 02 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BU-LLAUDE , PABLO , QUINTANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001888-I-2020VISTO: La Resolución Nº 2912-I-2019, y;CONSIDERANDO:que a través de la misma se convocó a Au-diencia Pública obligatoria a los fines de dar tratamiento a la primera etapa de la Agen-da Urbano Ambiental Bariloche 2030 que lleva adelante la Secretaría de Desarrollo Urbano; que según lo estipulado en el Art.14 de la Or-denanza Nº 1744-CM-07 “Todo el desarrollo de la Audiencia Pública es grabado y trans-cripto, por cuenta de la autoridad convocante”; que el servicio de sonido, pantalla reloj digital, sonido para stiming, proyecto con pantalla, gra-bación y desgravación de la reunión citada estuvo a cargo de OJEDA, JULIO (CUIT: 20139893361); que por sus honorarios, el mismo, pre-sentó Factura C Nº 00003-00000026 de fecha 24/09/2019 por la suma de Pe-sos Veintitres Mil Quinientos ($23.500); que el presente proyecto se genera en re-emplazo del Proyecto de Resolución Nº 4593/2019 que no completó el circuito ad-ministrativo al cierre del ejercicio 2019; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-

CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente OJEDA, JULIO (CUIT: 20139893361) por la suma de Pesos Veintitres Mil Quinientos con 00/100 ($23.500,00) corres-pondiente a la factura Nº 00003-00000026 de fecha 24/09/2019 en concepto de servicio de sonido, digitalización, grabación y desgravación. HACER SABER: que de acuerdo a los re-gistros e informes del Departamento Tribu-tario, el proveedor adeuda al Municipio los períodos enero y febrero del 2020 de Tasa de Seguridad e Higiene, hasta alcanzar la suma de pesos seis mil ochocientos noventa y ocho con 60/100 ($6.898,60), conforme cedulón. AUTORIZAR: a la Dirección de Tesorería a compensar las sumas adeudadas por el provede-dor en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene detalladas en el Artículo 2º con las sumas que el Municipio le adeuda, correspondiendo retener de los montos a pagar lo adeudado por el contribu-yente en concepto de tasa de seguridad e higiene. IMPUTAR: al Programa Nº 1.05.01.01.0036.054 (ADMINISTRACION GENERAL SDU) Nº Par-tida Presupuestaria Nº 1.05.01.01.0036.054.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Ambiente y Desarrollo Urba-no, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 02 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BU-LLAUDE , PABLO , QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001889-I-2020VISTO: Decreto 297/2020 de AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, Decreto Provincial 298/2020, Resolución 811-I-2020, Resolución 815-I-2020, y 888-I-2020; y;CONSIDERANDO:que por el Decreto N° 260/20, se amplió en nues-tro país la emergencia pública en materia sanita-ria establecida por la Ley 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGANI-ZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS); que la velocidad en el agravamiento de la si-tuación epidemiológica a escala internacio-nal requirió pocos días después, la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del Decreto 297/2020, por el cual se dispuso el “aislamien-to social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y 31 de marzo, y que dichas medidas se prorrogaron según los Decretos Nros. 355/20, 408/20, 459/20, 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20 y 714/20 has-ta el 20 de septiembre de 2020, inclusive; que el Decreto 297/2020 se ha dictado con el fin de contener y mitigar la propagación de la epi-

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demia de COVID-19 y con su aplicación se pre-tende preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma razonable y tempora-ria. La restricción a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del orden público, en cuanto el bien jurídico tutelado es el derecho colectivo a la salud pública. En efecto, no se trata sólo de la salud de cada una de las personas obligadas a cumplir la medida de aislamiento dispuesta, sino de todas todos los habitantes en su conjunto, ya que la salud pública, por las características del COVID-19, depende de que cada uno de noso-tros cumpla con su aislamiento, como la for-ma más eficaz para cuidarnos como sociedad; que el Decreto 297/2020 en su Articulo 6º es-tablece que “quedan exceptuadas del cumpli-miento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servi-cios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus despla-zamientos deberán limitarse al estricto cum-plimiento de esas actividades y servicios”; que a través de la Resolución 811-I-2020, se reglamenta el alcance del art. 6°, del Decre-to de Necesidad y Urgencia N° 297/2020; que el Gobierno de la Provincia de Río Ne-gro, mediante Decreto 298/2020, dispuso restricciones de circulación en ámbitos pú-blicos, como así también los horarios de fun-cionamiento de los establecimientos comer-ciales exceptuados en el art. 6 del Decreto; que a efectos de clarificar la aplicación del Decreto Provincial 298/2020 a nivel local, se procedió a su reglamentación a nivel lo-cal a través de la Resolución N° 815-I-2020; que con fecha 31 de marzo de 2020, el Go-bierno de la Provincia de Río Negro, me-diante Decreto 2/2020, dispuso distin-tas medidas tendientes a aliviar las cargas fiscales de los contribuyentes, concediendo, entre otras cosas, prórrogas en los vencimien-tos, suspensión de ejecuciones y bonificaciones; que la Resolución 888-I-2020 PRORRO-GA el alcance y la aplicación de las Re-soluciones 811-I-2020, 815-I-2020 y 816-I-2020, hasta el día 12 de abril, inclusive; que el Gobierno Municipal cree conveniente asumir similares medidas a los efectos de ali-viar las cargas fiscales de los contribuyentes de la ciudad de San Carlos de Bariloche, debiendo emitir el correspondiente acto administrativo; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

EXIMIR: el pago del monto mínimo de la Tasa por Inspección Seguridad e Higiene - y sus com-ponentes - de los períodos junio y julio de 2020 a aquellos contribuyentes No Exceptuados en el marco de la emergencia por COVID -19 cuya ac-tividad principal este incluidas en las siguientes

actividades:Agencias de Viajes y otras actividades comple-mentarias de apoyo turístico Transportes Turísticos Rentadora de Autos Servicios de Alojamiento en todas sus categorías Actividades en Centros Invernales y Recreativos Servicios de salones de juego Servicios de enseñanza maternal e inicial Prestadores Turísticos de Turismo AventuraEXIMIR: el pago del 50% del monto mínimo de la Tasa por Inspección Seguridad e Higiene - y sus componentes - de los períodos junio y julio de 2020 a aquellos contribuyentes que no se en-cuentren incluidos en la Resolución 811-I-2020 y complementarias.ESTABLECER: que para acceder al beneficio del artículo anterior, el contribuyente deberá es-tar al día con el pago de la Tasa por Inspección Seguridad e Higiene y sus componentes, corres-pondientes a los períodos anteriores al de febrero de 2020, inclusive.La presente Resolución será refrendada por el Jefe de Gabinete, Vice Jefa de Gabinete y Secre-tario de Hacienda. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 03 de sep-tiembre de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GON-ZALEZ ABDALA , MARCELA HAYDEE , QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001890-I-2020VISTO: la publicidad institucional de la Muni-cipalidad de San Carlos de Bariloche, y;CONSIDERANDO:que se emitieron micros de radio en diferentes medios de la ciudad, una herramienta comuni-cacional para informar a los vecinos los servi-cios primarios y acciones de las distintas áreas que compone la Municipalidad de Bariloche; que durante el mes de julio de 2020 se emitieron los siguientes spots: 103 PROTECCIÓN CIVIL, y COVID-19 recomendación y prevención ante el aislamiento social, preventivo y obli-gatorio, por FM Horizonte, Dial 94.5; que por lo antes expuesto la firma TO-RREJON, LUIS MIGUEL (CUIT: 23131370059) presentó factura “C” Nº 00003-00000168, por un monto total de $ 5.000; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente TORREJON, LUIS MIGUEL (CUIT: 23131370059) por la suma de pe-sos Cinco mil ($ 5.000.-) correspondiente a la factura Nº 00003-00000168 de fecha 03 de Agosto de 2020 en concepto de micros radiales. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos cuarenta ($ 40), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.01.0036.012 (ADMINISTRA-CION INTENDENCIA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.01.01.01.0036.012.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001891-I-2020VISTO: la publicidad institucional de la Muni-cipalidad de San Carlos de Bariloche, y;CONSIDERANDO:que se emitieron micros de radio en diferentes medios de la ciudad, una herramienta comuni-cacional para informar a los vecinos los servi-cios primarios y acciones de las distintas áreas que compone la Municipalidad de Bariloche; que durante el mes de julio de 2020 se emitieron los siguientes spots: 103 PROTECCIÓN CIVIL, y COVID-19 recomendación y prevención ante el aislamiento social, preventivo y obli-gatorio, en el programa “Bariloche en su Salsa”, FM Puertas y Puentes , dial 88.7; que por lo antes expuesto la firma TOR-NES ANTUNEZ, LEONEL (CUIT: 20955493908) presentó factura “C” Nº 00003-00000015, por un monto total de $ 10.000; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

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AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente TORNES ANTUNEZ, LEONEL (CUIT: 20955493908) por la suma de pesos Diez mil ($ 10.000.-) correspondiente a la fac-tura Nº 00003-00000015 de fecha 03 de Agos-to de 2020 en concepto de micros radiales. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos ochenta ($ 80), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.01.0036.012 (ADMINISTRA-CION INTENDENCIA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.01.01.01.0036.012.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001892-I-2020VISTO: los servicios de streaming para mayor difusión de la situación del (nuevo Coronavirus) COVID-19, y; CONSIDERANDO:que el día 3 de mayo fue el ani-versario 118 de nuestra ciudad; que el festejo fue trasmitido en vivo por redes sociales y por los cana-les de TV Limay Tv y El Seis Bariloche; que de acuerdo a las medidas implemen-tadas en prevención ante el COVID-19 , el ejecutivo brindó dos conferencias de prensa, los días 8 y 22 de mayo de 2020; que el 25 de mayo se conmemoró el ani-versario de la Revolución de Mayo, en el mastil mayor el Intendente encabe-zó el izamiento de la Bandera Nacional; que dicho acto oficial, fue sin presencia de público; que fue necesario la trasmi-sión en vivo para redes sociales; que por el programa Pantalla TV se emi-tieron los spots de recomendación y pre-vención ante el aislamiento social, pre-ventivo y obligatorio, COVID-19; que por lo antes expuesto la firma LAINO, CARLOS ANDRES (CUIT: 20336584761) pre-sentó facturas “C” Nº 00003-00000193 y Nº 00003-00000195, por un total de pe-sos Treinta y siete mil ($ 37.000.-); que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-

cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contri-buyente LAINO, CARLOS ANDRES (CUIT: 20336584761) por la suma de pesos Treinta y siete mil con 00/100 ($ 37.000,00) corres-pondiente a las facturas Nº 00003-00000193 y Nº 00003-00000193 de fecha 06 de Junio de 2020 en concepto de servicios de streaming. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipula-do por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos doscientos noventa y seis ($296,00), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.01.0036.012 (ADMINISTRACION INTENDENCIA) Par-tida Presupuestaria Nº 1.01.01.01.0036.012.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001893-I-2020VISTO: la necesidad de realizar impresión de material gráfico para la comunicación institucio-nal vinculada a la pandemia COVID-19 y; CONSIDERANDO:que con motivo de la pandemia CO-VID-19 se establecieron normativas a ni-vel nacional, provincial y municipal. que se establecieron asimismo medi-das de prevención que los vecinos de-bían implementar para evitar el contagio; que desde el Centro de Operaciones de emer-gencia (COE) se capacitó a un equipo de profesores de educación física, como pre-ventores de la salud, quienes recorrieron dis-tintos barrios de la ciudad, con el objetivo de llevar el mensaje de prevención ante el ais-lamiento social, preventivo y obligatorio. que se les informo a los distintos comercian-tes de la ciudad las medidas de prevención y la importancia del uso obligatorio de tapa boca y máscaras para la atención al público;

que fue necesario la impresión de afiches y folletería; que por lo antes expuesto la firma CONEJE-ROS PARODI, MARIA CLAUDIA (CUIT: 27188642433) presentó factura tipo “B” Nº 00005-00001175, de fecha 02/06/20, por un monto de $ 59.450, para su cobro; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente CONEJEROS PARODI, MA-RIA CLAUDIA (CUIT: 27188642433) por la suma de pesos Cincuenta y nueve mil cua-trocientos cincuenta ($ 59.450.-) corres-pondiente a la factura Nº 00005-00001175 de fecha 02 de Junio de 2020 en concep-to de impresiones afiches y folleterías. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos cuatrocientos setenta y cinco con 60/100 ($475,60), el cual será re-tenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.04.0036.005 (COMUNICACION INSTITUCIONAL DE LA GESTION) Partida Presupuesta-ria Nº 1.01.01.04.0036.005.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001894-I-2020VISTO: Decreto Nacional 260/20 y comple-mentarios, Decreto Provincial Nº 1 y comple-mentarios, la Ordenanza Nº 2756-CM-2016, Ordenanza Nº 3018-CM-2018, Ordenanza 3150-CM-2020, Resolución Nº 3007-I-2016, Reso-lución Nº 3582-I-2017, Resolución Nº 1631-I-2018, Resolución 2247-I-2019, y;CONSIDERANDO:que la Ordenanza Nº 2756-CM-2016 crea el cuer-

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

po único de Inspectores para el área de Catedral; que mediante Ordenanza N° 3018-CM-2108 se crea el Código Único de Habilitaciones de Actividades Económicas Municipales; que las Resoluciones Nº 3007-I-2016, 3582-I-2017, 1631-I-2018, 2247-I-2019 dan inicio a una metodología de gestión por programas en el Mu-nicipio, con la creación de los Programas Cate-dral 2016, 2017, 2018 y 2019, respectivamente; que por el Decreto Nacional N° 260/20, se am-plió en nuestro país la emergencia pública en ma-teria sanitaria establecida por la Ley 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGA-NIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS); que en el mismo sentido, el Gobierno de la Provincia de Río Negro declaró la emergen-cia sanitaria en todo el territorio de la pro-vincia de Río Negro, en relación con el co-ronavirus COVID-19 por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del De-creto de Naturaleza Legislativa N° 01/20; que la velocidad en el agravamiento de la si-tuación epidemiológica a escala internacio-nal requirió pocos días después, la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del De-creto Nacional 297/2020, por el cual se dispu-so el “aislamiento social, preventivo obliga-torio” durante el plazo comprendido entre el 20 y 31 de marzo inclusive, del corriente año; que el Decreto 297/2020 se ha dictado con el fin de contener y mitigar la propagación de la epi-demia de COVID-19 y con su aplicación se pre-tende preservar la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma razonable y tempora-ria. La restricción a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del orden público, en cuanto el bien jurídico tutelado es el derecho colectivo a la salud pública. En efecto, no se trata sólo de la salud de cada una de las personas obligadas a cumplir la medida de aislamiento dispuesta, sino de todas y todos los habitantes en su con-junto, ya que la salud pública, por las caracterís-ticas del COVID-19, depende de que cada uno de nosotros cumpla con su aislamiento, como la forma más eficaz para cuidarnos como sociedad; que el Gobierno de la Provincia de Río Negro, mediante Decreto 299/2020, dispuso adoptar medidas vinculadas a los servicios de trans-porte público, a los fines de compatibilizar su funcionamiento con el resto de las medidas preventivas adoptadas en el marco de la emer-gencia sanitaria, el cual se reguló a nivel lo-cal a través de la Resolución N° 816-I-2020; que con fecha 29 de marzo de 2020, el Presidente de la Nación y el Ministro de Salud de la Na-ción mantuvieron una reunión con destacados expertos en epidemiología y recibieron precisas recomendaciones acerca de la conveniencia, a los fines de proteger la salud pública, de prorro-gar el “aislamiento social, preventivo y obliga-torio”, hasta el día domingo 12 de abril del co-rriente año, inclusive, prorroga que se plasmó a nivel local mediante la Resolución 888-I-2020;

que mediante Decreto Nacional 355/2020, se prorrogó hasta el día 26 de abril de 2020 inclu-sive, la vigencia del Decreto N° 297/20, pro-rrogado a su vez por el Decreto N° 325/20, con las modificaciones previstas en el artículo 2° de este último, prórroga que se plasmó a nivel local mediante la Resolución N° 915-I-2020; que mediante Decreto Nacional 408/2020, se prorrogó hasta el día 10 de mayo de 2020 in-clusive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que mediante Decreto Nacional 459/2020, se prorrogó hasta el 24 de mayo de 2020, inclu-sive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que mediante Decreto Nacional 493/2020, se prorrogó hasta el día 7 de junio de 2020, in-clusive, la vigencia del Decreto N° 297/2020; que mediante Decreto N°520/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se estableció la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio vi-gente en virtud del Decreto N° 297/2020 hasta el día 28 de junio inclusive, prorrogado asimismo por Decretos mencionados, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias que no cumplan posi-tivamente con los parámetros epidemiológicos y sanitarios reglados por las autoridades nacionales; que mediante Decreto N° 576-I-2020 del Poder Ejecutivo Nacional se estableció una prórroga del Decreto N° 520/2020 y sus normas comple-mentarias hasta el día 30 de junio de 2020, inclu-sive, determinando un nuevo régimen aplicable desde el 1° hasta el 17 de julio de 2020, inclusive; que en el art. 4° del Decreto N° 576-I-2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se incluyó a la Ciudad de San Carlos de Bariloche, dentro de las ciudades comprendidas en el Distan-ciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, que en razón de ello, se comenzará a implemen-tar dicho sistema de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, debiendo cumplir las reglas de conducta generales establecidas en el art. 6° del Decreto N° 576-I-2020, a sa-ber: las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros, uti-lizar tapabocas en espacios compartidos, hi-gienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumpli-miento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las auto-ridades sanitarias provinciales y nacionales; que el Concejo Municipal sancionó la Ordenanza 3150-CM-20 que declara el estado de emergencia económica, social y de servicios hasta el 22.09.20; que debido a la evolución de la pandemia las fechas de apertura y cierre de las activi-dades pueden variar según las disposiciones que se generen en todos los niveles de go-bierno. Esta incertidumbre genera que se es-tablezcan fechas tentativas de este plan, las cuales pueden modificarse sobre la marcha; que es necesario formalizar mediante acto admi-nistrativo, las acciones y facultades a ejercer por la Delegación Catedral, para el invierno 2020;

que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

CREAR: el Programa “OPERATIVO CATE-DRAL 2020”, que se describe en el Anexo I. NOTIFICAR: a las áreas involucradas. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020

http://www.bariloche.gov.ar/archivos_boletin/file/edicion280/Anexo%20rsl%201894-I-2020.pdf

GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001895-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Intendencia solicitó servicios de traslado para personal municipal desde el Corralón Muni-cipal hasta el Cerro Catedral y viceversa, desde el 23 de julio al 31 de agosto, con horarios su-jetos a modificación por razones de servicio, en el marco del Operativo Catedral 2020 y preven-ción de coronavirus COVID-19 - Pedido de Su-ministro Nº 1224 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2225 - Autorización de Compra Nº 83386); que se solicitó cotización a las firmas “PALMA APPEL CATALINA MARLE-NE” y “TURISMO ALGARROBAL”; que se contrató para brindar el servicio al pro-veedor PALMA APPEL, CATALINA MARLE-NE (CUIT: 27927119582), según Pedido corres-pondiente y correo electrónico de fecha 31 de julio perteneciente a la Jefatura de Gabinete, en dónde se aclara que el presupuesto presentado por la firma es el más conveniente y económico; que la firma ha presentado la factura de fecha 15 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente PALMA APPEL, CATALI-NA MARLENE (CUIT: 27927119582) por la suma de pesos cincuenta y dos mil quinientos ($ 52.500) correspondiente a la factura Nº 00002-00000055 de fecha 15/08/2020, por los servi-cios detallados en la Autorización de Compra. HACER SABER: que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.03.01.01.0036.023 (ADMINISTRACION CENTRAL JEFATU-RA DE GABINETE) Partida Presupuesta-ria Nº 1.03.01.01.0036.023.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001896-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección Boletín Oficial Municipal soli-citó servicios de compaginación, diseño e impre-sión del Boletín Oficial Municipal - Pedido de Suministro Nº 0453 - (Pedido de Abastecimiento Nº 0938 - Autorización de Compra Nº 76650); que el servicio lo prestó “A4 CENTRO DEL COPIADO” CONEJEROS PARODI, MA-RIA CLAUDIA (CUIT: 27188642433); que la firma ha presentado la factura de fecha 02 de abril para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribu-yente CONEJEROS PARODI, MARIA CLAU-DIA (CUIT: 27188642433) por la suma de pe-sos diez mil setecientos noventa con cuarenta ctvs. ($ 10.790,40) correspondiente a la factu-ra Nº 00005-00001155 de fecha 02/04/2020. ESTABLECER: que de acuerdo a lo estipu-lado por el articulo 1 de la Resolucion 787-

I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de $86,32 (pesos ochenta y seis con treinta y dos centavos) el cual sera re-tenido al efetuar el pago, teniendo el mismo el caracter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al articulo 3 de la misma Resolucion. IMPUTAR: al Programa Nº 1.14.17.26.8000.158 (DEUDA EJERCICIOS ANTERIORES) Par-tida Presupuestaria Nº 1.14.17.26.8000.158.6 (DEUDA DE EJERCICIOS ANTERIORES). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001897-I-2020VISTO: La solicitud realizada por la Sra. SEOANE Marisol Verónica (DNI 23.804.476) ante el Instituto Municipal de Tierras, quien ha-bita el inmueble NC 19-1-T-322-16, Bº Villa Los Coihues, y;CONSIDERANDO:que la Sra. Seoane vive en el inmueble des-de hace 3 años y solicita la conexión de gas; que la provisión de estos servicios determi-nan una mejora en la calidad de vida de los beneficiarios y contribuye a la economía del hogar, en atención a los costos de consumo; que asimismo es clave para la autorización que se pretende extender, la cual esta normada por Resolución Nº 2388-I-09, que la posesión ale-gada sobre el lote no sea dudosa o clandestina, lo que amerita que el estado actué con pruden-cia para no cohonestar una ilegalidad, por lo cual es pertinente que cada una de las nuevas conexiones cuenten con los debidos infor-mes sociales que adviertan al municipio sobre la razonabilidad de la exigencia en el cum-plimiento de la Ordenanza Nº 1697-CM-07; que se ha realizado informe social de fe-cha 03/08/2020 efectuado por el área social del Instituto Municipal de Tie-rras y Viviendas para el Hábitat Social; que toda la documentación menciona-da, forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

EXIMIR: a la Sra. SEOANE, MARISOL VE-RONICA (DNI: 23804476) domiciliada en calle Parque Nac. Lanin 987, Bº Villa Los Coihues, cuya nomenclatura catastral es 19-1-T-322-16 de la presentación de libre de deuda y certifi-cado de dominio para la conexión domiciliaria de la red de gas, y sus obras que el municipio requiere para la apertura de zanjas y conexión de cañerías en los frentes de los domicilios.

NOTIFICAR: de la presente Resolu-ción a la contribuyente desde el IMTVHS. TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001898-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que Jefatura de Gabinete solicitó la compra de artículos de limpieza para atender sus necesida-des - Pedido de Suministro Nº 1000 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1892 - Autorización de Com-pra Nº 83322); que la compra de una parte de la mer-cadería se realizó a la firma SUPER CLIN S.R.L., (CUIT: 30708501790); que la firma ha presentado la factura de fecha 25 de Junio para su cobro (la misma ingresó en el Departamento de Compras y Suministros el día Viernes 14 de Agosto), la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de recepción; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente SUPER CLIN S.R.L., (CUIT: 30708501790) por la suma de pesos treinta y ocho mil doscientos trece con treinta y siete ctvs. ($38.213,37) correspondiente a la fac-tura Nº 0022-00009104 de fecha 25/06/2020. HACER SABER: que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.03.01.01.0036.029 (ADMINISTRACION CENTRAL COORDI-NACION GENERAL) Partida Presupuestaria Nº 1.03.01.01.0036.029.2.2.04 (CONSUMO);

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La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001899-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección General de Comunicación soli-citó la compra de artículos de pinturería para el arreglo de la Sala de Prensa - Pedido de Sumi-nistro Nº 1280 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1967 - Autorización de Compra Nº 83462); que las compras se realizaron a PINTURERIA ARGENTINA S.H, (CUIT: 30712369120); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 04 de agosto para su cobro, las cuales serán abo-nadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribu-yente PINTURERIA ARGENTINA S.H, (CUIT: 30712369120) por la suma de pesos veintinue-ve mil quinientos ochenta ($ 29.580) corres-pondiente a las facturas Nº 0002-00042766 de fecha 04/08/2020 ($ 22.780); Nº 0002-00042767 de fecha 04/08/2020 ($ 6.800). ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos doscientos veintiocho con sesenta y cuatro ctvs.($ 228.64), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.04.0036.007 (PROTOCOLO Y CEREMONIAL) Parti-da Presupuestaria Nº 1.01.01.04.0036.007.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete.

Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001900-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección General de Comunicación so-licitó la compra de resmas A4 para atender las necesidades de su área - Pedido de Sumi-nistro Nº 0948 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1113 - Autorización de Compra Nº 82991); que la compra se realizó a la firma “LA PAPELERA BRC” VENTIMI-GLIA S.R.L, (CUIT: 33659745939); que la firma ha presentado la factura de fecha 11 de junio para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente VENTIMIGLIA S.R.L, (CUIT: 33659745939) por la suma de pe-sos tres mil seiscientos setenta y nueve con once ctvs. ($ 3.679,11) correspondiente a la fac-tura Nº 0008-00005016 de fecha 11/06/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos veintinueve con 43/100 ($29,43), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mis-mo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.01.01.04.0036.005 (COMUNICACION INSTITUCIONAL DE LA GESTION) Partida Presupuesta-ria Nº 1.01.01.04.0036.005.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-

tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001901-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mantenimiento e In-fraestructura solicitó la compra de cinta ais-lante, en el marco de la instalación de cale-facción en el Tribunal de Faltas 1 - Pedido de Suministro Nº 1381 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2403 - Autorización de Compra Nº 83579); que la compra se realizó AGUA Y GAS S.R.L., (CUIT: 30626352738); que la firma ha presentado la factura de fecha 19 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en benefi-cio del contribuyente AGUA Y GAS S.R.L., (CUIT: 30626352738) por la suma de pe-sos ocho mil ciento treinta y cinco con noven-ta ctvs. ($ 8.135,90) correspondiente a la fac-tura Nº 0004-00013021 de fecha 19/08/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pe-sos sesenta y cinco con cero ocho ctvs. ($ 65.08), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.03.01.01.0036.029 (ADMINISTRACION CENTRAL COORDI-NACION GENERAL) Partida Presupuesta-ria Nº 1.03.01.01.0036.029.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020

GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-

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BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001902-I-2020VISTO: el convenio de permiso de uso para desagüe pluvial entre la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y el Sr. Ricardo Silva, y;CONSIDERANDO:que el 15 de mayo del 2020 se realizó una ins-pección por parte del Municipio donde se constató la materialización de una servi-dumbre de paso de pluviales para canalizar los posibles desbordes provocados por la ca-lle Prafil al lado de la cámara de inspección y boca de registro de la CEB Saneamiento; que el agua ingresa por el lote baldío Nº 19 de la Manzana 170 y luego continúa por el lote 15 y finalmente por el lote 19-2-J-170-16, propie-dad del Sr. Silva, allí la zanja es menos profunda y pasa por debajo de un puente con sección sufi-ciente pero que deberá ser mantenido limpio para evitar en caso de lluvias y desbordes, el anega-miento de la zona de viviendas de ambos lotes (15 y 16) especialmente la de lote 15 que está más baja; que en virtud de los expuesto, se celebra el presente convenio para que el Municipio pueda ingresar al lote 19-2-J-170-16;

que a través del convenio, el Sr. Silva otor-ga el permiso al Municipio para que el per-sonal pueda acceder al lote 19-2-J-170-16 a fin de realizar el mantenimiento de la zanja existente en el mismo para el desagüe y paso del agua pluvial procedente de la calle Pra-fil, comprometiéndose a no obstaculizar el in-greso y el trabajo de los agentes municipales; que el Municipio se compromete a eximir del pago de tasas por servicios retribuídos al lote 19-2-J-170-16, que se devenguen duran-te el período de vigencia del presente acuer-do, en reconocimiento del permiso de ingre-so y uso otorgado por el Sr. Ricardo Silva; que se ha emitido el dictamen correspondiente de la Secretaría Legal y Técnica (Dictamen Nº 220-SLyT-20 y 169-SLyT-20) sugiriendo la cele-bración del convenio con el propietario del lote; que se acompaña el título de propiedad donde consta el dominio a nombre del Ricardo Silva; que conforme lo establece el artículo 91º del Anexo I de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2374-CM-12 es facultad del Intendente Muni-cipal considerar los casos de eximición total o parcial del pago de tributos o gravámenes y sus accesorios de períodos ya devengados y de las multas firmes, cuando existan situacio-nes debidamente fundadas y justificadas, cir-cunstancia que resulta aplicable al presente; que se ratifica en consecuencia el convenio firmado; que toda la documentación menciona-da, forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-

CHE RESUELVEARTICULADO:

RATIFICAR: el convenio suscripto en-tre la Municipalidad de San Carlos de Ba-riloche y el Sr. SILVA, RICARDO (DNI: 13989602) en fecha 04 de Junio de 2020.- EXIMIR: a SILVA, RICARDO (DNI: 13989602) del pago de tasas por servicios retribuidos correspondientes al lote 19-2-J-170-16 durante la vigencia del convenio por el término de seis (6) meses, prorrogables en forma automática por seis (6) meses más, pla-zo en el que el Municipio procederá a realizar la obra de desagüe pluvial sobre calle Prafil. NOTIFICAR: de la presen-te Resolución al contribuyente. TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001903-I-2020VISTO: La Ordenanza Nº 2528-CM-14 y 3133-CM-19, y; CONSIDERANDO:que la Ordenanza 3133-CM-19 expresa en su tercer artículo “... 3º) Se fija como índice de ac-tualización de los montos del artículo 1°, relati-vos a la ordenanza 257-C-89 la variación del ín-dice de la Cámara Argentina de la Construcción, tomando como base el índice correspondiente al mes de Diciembre de 2019. El Departamento Ejecutivo, luego de la entrada en vigencia de la presente ordenanza efectuará la actualización de los montos semestralmente, mediante el dictado de la resolución correspondiente y los nuevos montos resultantes de la aplicación de la varia-ción del índice promedio por cada período, los que operarán como límite máximo autorizado a actualizar. Para el caso de que el mencionado ín-dice no se encuentre disponible en su versión ofi-cial, se aplicará en forma supletoria el índice de precios al consumidor nivel general del INDEC; que según lo establecido, corresponde realizar la actualización de los montos para el corrien-te semestre aplicando la variación porcen-tual de los índices de diciembre a junio 2020; que el índice correspondiente al mes de Junio 2020 (598.60) y el indice de Diciembre 2019 (513.10); que de los índices menciona-dos resulta una variación de 1.1666; que aplicando dicho coeficien-te resultaron los siguientes montos:

Concepto Ordenanza 3133-CM-19 Actualización

Compra Directa, has-ta.............

$95.062,50 $140.692,50

Concurso de precios, hasta...

$228.150,00 $337.662,00

Licitación Privada, hasta.........

$1.367.437,50 $2.023.807,50

Licitación Pública, más de....

$1.367.437,50 $2.023.807,50

que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

ESTABLECER: Para el período a diciembre 2020 los siguientes montos para las contratacio-nes inherentes a la Ordenanza 257-C-89:

Concepto Montos de contratación

Compra Directa, hasta ...................... $76.100,00

Concurso de precios, hasta...................... $183.000,00

Licitación Privada, hasta ........... $1.094.000,00

Licitación Pública, más de............... $1.094.000,00

TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020

GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

RESOLUCION Nº 00001904-I-2020VISTO: la Resolución Nº 241-I-2020, y; CONSIDERANDO:que mediante la misma se le otorgó el pase tran-sitorio por el término de 6 (seis) meses al agente municipal PAREDES MIRANDA, CLAUDIO ENRIQUE (CUIT: 20923850245) - Legajo Nº 14787, para cumplir funciones como Peón en el Departamento de Prevención y Seguridad Vial dependiente de la Dirección de Tránsito y Transporte bajo la órbita de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a partir del día 02 de Septiembre de 2019 y hasta el día 01 de Mar-zo de 2020, sujeto a evaluación de desempeño; que de acuerdo a lo estipulado en el Artícu-lo 3º de la Resolución Nº 241-I-2020 el Jefe A/C del Departamento de Prevención y Segu-ridad Vial remite la Evaluación de Desempe-ño mediante correo electrónico oficial el día 24/07/2020 y solicita la renovación de pase del agente PAREDES MIRANDA, CLAU-DIO ENRIQUE (CUIT: 20923850245); que en tal sentido se otorga el pase defini-tivo del mencionado agente, en atención al acuerdo de las partes intervinientes, con-feccionando el presente acto administrativo; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

OTORGAR: el pase al agente municipal PA-REDES MIRANDA, CLAUDIO ENRIQUE (CUIT: 20923850245) - Legajo Nº 14787, para cumplir funciones de Peón en el Departamen-to de Prevención y Seguridad Vial dependien-te de la Dirección de Tránsito y Transporte bajo la órbita de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a partir del día 02 de Marzo de 2020, conforme al desempeño del agente y/o hasta que el Sr. Intendente indique lo contrario. AUTORIZAR: al Departamento de Sueldos de-pendiente de la Dirección de Contaduría Gene-ral a efectuar las liquidaciones y la imputación a la partida presupuestaria correspondientes de acuerdo a la función del agente según artículo 1º del presente, mientras cumpla dicha función. ENCOMENDAR: al Departamento de Perso-nal la notificación de la presente Resolución, al agente PAREDES MIRANDA, CLAUDIO ENRIQUE (CUIT: 20923850245) y al De-partamento de Prevención y Seguridad Vial. IMPUTAR: a la Partida Presupuesta-ria Nº 1.10.13.02.0018.130.1 (RRHH). La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, Secre-tario de Hacienda y Jefe de Gabinete Comuníquese. Publíquese. Tomese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-

TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001905-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas solicitó la compra de ma-melucos descartables laminados para atender las necesidades de su área - Pedido de Sumi-nistro Nº 1371 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2358 - Autorización de Compra Nº 83529); que la compra se realizó a SUR INDUMENTA-RIA BARILOCHE SRL, (CUIT: 30714279749); que la firma ha presentado la factura de fecha 13 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Conta-duría General, dependiente de la Secreta-ría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente SUR INDU-MENTARIA BARILOCHE SRL, (CUIT: 30714279749) por la suma de pesos trece mil quinientos ($ 13.500) correspondiente a la fac-tura Nº 00004-00001666 de fecha 13/08/2020. HACER SABER: que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.03.01.01.0036.023 (ADMINISTRACION CENTRAL JEFATU-RA DE GABINETE) Partida Presupuesta-ria Nº 1.03.01.01.0036.023.2.2.04 (CONSUMO) La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas Secre-tario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001906-I-2020

VISTO: la Resolución Nº 4592-I-2019, y;CONSIDERANDO:que mediante la mencionada Resolución se dejó por el termino de 6 (seis) meses de ma-nera transitoria y por tiempo determinado a la agente de planta permanente MUÑOZ, MARIE-LA ISABEL (DNI 23114553) -Legajo Nº 12699 - Categoría 14, como Jefe del Departamento de Coordinación Administrativa de la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Subse-cretaría de la Función Pública bajo la órbita de Jefatura de Gabinete, a partir del 7 de noviembre de 2019 y hasta el 6 de mayo de 2020; sujeto a evaluación por parte de las áreas técnicas de la Dirección de Recursos Humanos, complemen-tando éstas con la evaluación de desempeño de la función asignada, o bien hasta que se llame a concurso o el Intendente decida lo contrario; que asimismo es necesario hacer mención a lo estipulado en el artículo 7º de la Resolución Nº 756-I-2020 y sus modificatorias, en la que se estableció la suspensión de todos los plazos ad-ministrativos durante el período de receso dis-puesto en el artículo 1º, los que se reanudarán de pleno derecho a su finalización, salvo dispo-sición en contrario. También se debe considerar la Resolución Nº 1815-I-2020 por la cual modi-fica el artículo 1° de la Resolución 756-I-2020, ampliando sus efectos hasta el día 30/08/2020; que por lo expuesto anteriormente y mediante e-mail de fecha 15 de agosto de 2020, el Jefe a cargo de la Dirección de Recursos Huma-nos, Lic. Cristian Ampuero solicita y autoriza la prórroga de la designación de la agente de planta permanente MUÑOZ, MARIELA ISA-BEL (DNI 23114553) -Legajo Nº 12699 - Ca-tegoría 14, como Jefe del Departamento de Coordinación Administrativa de la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Secre-taría de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, por un periodo de 5 (cinco) meses; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

DEJAR A CARGO: de manera transitoria y por tiempo determinado a la agente de planta per-manente MUÑOZ, MARIELA ISABEL (DNI 23114553) -Legajo Nº 12699 - Categoría 14, como Jefe del Departamento de Coordinación Admi-nistrativa de la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Secretaría de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, a partir del 7 de mayo de 2020 y hasta el 6 de octubre de 2020. AUTORIZAR: al Departamento Sueldos, de-pendiente de la Dirección de Contaduría Gene-ral a liquidar los adicionales correspondientes a la función que cumplirá la agente MUÑOZ, MARIELA ISABEL (DNI 23114553) confor-me al artículo 1º de la presente, imputando a la partida presupuestaria según corresponda. ENCOMENDAR: al Departamento de Personal la notificación de la presente, a la agente MU-ÑOZ, MARIELA ISABEL (DNI 23114553), y a la Dirección de Recursos Humanos.

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, Secre-tario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001907-I-2020VISTO: que el agente de planta perma-nente PICHUMAN, BAUTISTA (LE 12722848) -Legajo Nº 866, Jefe de Sección - Ca-pataz de Cuadrilla de la Delegación Municipal El Cóndor, se encuentra ausente por licencia obligatoria COVID-19 según Resolución 750-I-2020 y Resolución Nº 890-I-2020, desde el 20 de Marzo de 2020 hasta la finalización de la li-cencia obligatoria, y;CONSIDERANDO:que para el normal funcionamiento del área corresponde designar a la persona que se hará cargo en forma interina de la misma; que tal responsabilidad recaerá en el agen-te municipal ITURRA, MAXIMILIANO (DNI 35817127) - Legajo Nº 14105 - Ca-tegoría 8, dependiente de la mencionada área, desde el 10 de Agosto de 2020 y has-ta la finalización de la licencia obligatoria; que la presente subrogancia se encuentra auto-rizada mediante la Disposición Nº 06-JG-2020; que por medio de la Resolución Nº 756-I-2020, se estableció el receso parcial y excepcional de la Administración Pública Municipal, dispen-sando del deber de asistencia al personal, cual-quiera sea su condición de revista y bajo reque-rimiento de respetar el aislamiento y el receso parcial dispuesto en el artículo 1º, y visto la necesidad de organizar el trabajo interno de las cuadrillas de la mencionada Delegación, es necesario la carga del presente Proyecto de Su-brogancia correspondiente a la Jefatura de Sec-ción - Capataz de Cuadrilla para dar continui-dad a los servicios correspondientes a esa área; que por lo expuesto anteriormente y me-diante e-mail de fecha 18 de agosto de 2020, la Coordinadora de Gestión de Per-sonas, Lic. Agueda Andersen, solicita y autoriza en forma excepcional al Departa-mento de Coordinación Administrativa depen-diente de la Dirección de Recursos Humanos, la carga del presente proyecto de Subrogancia; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

DEJAR A CARGO: de manera interina y por tiempo determinado como Jefe de Sección - Ca-patáz de cuadrilla de la Delegación Municipal El Cóndor, dependiente de Jefatura de Gabinete al agente municipal ITURRA, MAXIMILIANO

(DNI 35817127) -Legajo Nº 14105 -Categoría 8, desde el día 10 de Agosto de 2020 y hasta la finalización de la licencia obligatoria del agen-te PICHUMAN, BAUTISTA (LE 12722848). AUTORIZAR: al Departamento Sueldos depen-diente de la Secretaría de Hacienda, a liquidar el adicional por subrogancia correspondiente a favor del agente mencionado precedentemente. RESPONSABILIZAR: al Jefe inmediato de informar el reintegro del agentePICHUMAN, BAUTISTA (LE 12722848) a sus funciones, a fin de dar por finalizada la presente subrogancia. La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Poíticas Públicas, Secre-tario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001908-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicitó la compra de repuestos varios para la motoni-veladora de la Delegación Sur - Pedido de Su-ministro Nº 1259 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2259 - Autorización de Compra Nº 83670); que la compra se realizó TRACK MAR SACI, (CUIT: 30563044914); que la firma ha presentado la factura de fecha 30 de julio para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente TRACK MAR SACI, (CUIT: 30563044914) por la suma de pesos diecio-cho mil cuatrocientos veintidos con diez ctvs. ($ 18.422,10) correspondiente a la factu-ra Nº 0120-00007558 de fecha 30/07/2020.

HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIENTO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presupuesta-ria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001909-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicitó un servicio de alineación para el INT 426 - Pedido de Suministro Nº 1103 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1848 - Autorización de Compra Nº 83700); que el servicio lo prestó “NEUMAMUN-DO” KALITO S.A., (CUIT: 30697849617); que la firma ha presentado la factura de fecha 11 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribu-yente KALITO S.A., (CUIT: 30697849617) por la suma de pesos mil trescientos cincuen-ta ($ 1.350) correspondiente a la factura Nº 00019-00000298 de fecha 11/08/2020. HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONAMIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Presupuesta-

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

ria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001910-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica solicitó la com-pra de repuestos mecánicos para los INT 5428 y 5408 - Pedido de Suministro Nº 1225 - (Pe-dido de Abastecimiento Nº 2138 - Autoriza-ción de Compra Nº 83658); - Pedido de Sumi-nistro Nº 1195 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2193 - Autorización de Compra Nº 83654); que las compras se realizaron a SARFE AGRO-VIAL SRL, (CUIT: 30689546664); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 20 de agosto para su cobro, las cuales serán abo-nadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del con-tribuyente SARFE AGROVIAL SRL, (CUIT: 30689546664) por la suma de pesos ciento dieciséis mil doscientos ($ 116.200) corres-pondiente a las facturas Nº 00005-00000023 de fecha 20/08/2020 ($ 6.200); Nº 00005-00000024 de fecha 20/08/2020 ($ 110.000). HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la Resolución 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIENTO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presupuesta-ria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO): La presente Resolución será refrendada

por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001911-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Transito y Transporte, la Di-rección de Residuos Urbanos, la Secretaria de Servicios Públicos y la Dirección General Legal y Técnica solicitaron la compra de toners para atender las necesidades de sus áreas - Pedido de Suministro Nº 0542 - (Pedido de Abastecimiento Nº 0352 - Autorización de Compra Nº 82961); - Pedido de Suministro Nº 0547 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1247 - Autorización de Com-pra Nº 82963); - Pedido de Suministro Nº 0561 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1150 - Autori-zación de Compra Nº 82968); - Pedido de Su-ministro Nº 0548 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1254 - Autorización de Compra Nº 82962); que las compras se realizaron a ALDE-BARAN S.R.L., (CUIT: 30708765674); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 10 de Marzo para su cobro (las mismas ingresa-ron en el Departamento de Compras y Suministros el día Jueves 12 de marzo), las cuales serán abona-das a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente ALDEBARAN S.R.L., (CUIT: 30708765674) por la suma de pesos diez mil doscientos ($10.200,00) correspondiente a las facturas B Nº 00003-00002085 de fecha 10/03/2020 ($1.700,00); Nº 00003-00002087 de fecha 10/03/2020 ($1.700,00); Nº 00003-00002093 de fecha 11/03/2020 ($3.400,00); Nº 00003-00002097 de fecha 12/03/2020 ($1.700,00); Nº 00003-00002086 de fecha 10/03/2020 ($1.700,00);

HACER SABER: que de acuerdo a lo informado y verificado por el Departamento Tributario, el proveedor se encuentra al día en el pago de la tasa de seguridad e higiene, razón por la cual no hay sumas a compensar con los montos a pagar. IMPUTAR: al Programa Nº 1.10.13.02.0015.131 (TERMINAL-PLAYON- B. QUIMICO) Partida Presupuestaria Nº 1.10.13.02.0015.131.2.2.04 (CONSUMO) ($ 1.700,00); al Programa Nº 1.09.01.18.0001.114 (CENTRO DE RESI-DUOS URBANOS MUNICIPALES) Partida Presupuestaria Nº 1.09.01.18.0001.114.2.2.04 (CONSUMO) ($1.700,00); al Progra-ma Nº 1.09.01.01.0009.120 (ADMI-NISTRACION CENTRAL DE LA SECRETARIA DE OBRAS Y) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.01.0009.120.2.2.04 (CONSUMO) ($3.400,00); al Progra-ma Nº 1.11.14.23.0003.139 (FORTA-LECIMIENTO EN LA GESTION DE LOS INGRESOS MUNI) Partida Presu-puestaria Nº 1.11.14.23.0003.139.2.2.04 (CONSUMO) ($3.400,00); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001912-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Tesorería solicitó la compra de rollos químicos para tickeadora para aten-der las necesidades de su área - Pedido de Su-ministro Nº 1339 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2232 - Autorización de Compra Nº 83578); que la compra se realizó DISTRIBUIDO-RA OLIVOS S.R.L., (CUIT: 30594833089); que la firma ha presentado la factura de fecha 19 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en bene-ficio del contribuyente DISTRIBUIDORA OLIVOS S.R.L., (CUIT: 30594833089) por la suma de pesos cuatro mil quinientos se-senta ($ 4.560) correspondiente a la factu-ra Nº 0051-00019274 de fecha 19/08/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipula-do por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos treinta y seis con 48/100 ($ 36.48), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0001.141 (FUNCIONAMIEN-TO DE TESORERIA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.11.14.02.0001.141.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE,

RESOLUCION Nº 00001913-I-2020VISTO: las póliza 74 endosos 62-63-64-65-66-67 Ramo Técnico Electrónico y 8495 endoso 5553 Ramo Integral de Comercio presentadas por SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA, (CUIT: 30500050310) , y; CONSIDERANDO:que los mismos aplican a: i) alta de bie-nes electrónicos; ii) reposición de suma asegurada por cobertura de cristales; que el monto a abonar asciende a pesos tres mil no-vecientos sesenta y nueve con 96/100 ($ 3.969,96) que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente SEGUROS BERNARDI-NO RIVADAVIA, (CUIT: 30500050310) por la suma de pesos tres mil novecientos sesenta

y nueve con 96/100 ($3.969,96) en concep-to de pago de las las póliza 74 endosos 62-63-64-65-66-67 Ramo Técnico Electrónico y 8495 endoso 5553 Ramo Integral de Comercio. HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina establecido en la Resolución 787-I-2020 IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0002.140 (ADMINISTRA-CION HACIENDA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.11.14.02.0002.140.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001914-I-2020VISTO: la póliza 52.277.694 movimiento 00 Ramo Vida Colectivo, presentada por LA SE-GUNDA COOP.LTDA.SEG.GRALE, (CUIT: 30500017704), y; CONSIDERANDO:que la misma se aplica a la cobertura de vida colectivo aplicable al personal manos a la obra que desarrolla tareas en el cementerio municipal; que la misma fue solicitada por correo electrónico; que el monto a abonar asciende a pesos diecisiete mil doscientos ochenta con 83/100 ($17.280,83); que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente LA SEGUNDA COOP.LTDA.SEG.GRALE, (CUIT: 30500017704) por la suma de pesos diecisiete mil doscien-tos ochenta con 83/100 ($17.280,83) en concepto de pago de la póliza 52.277.694 movimiento 00 Ramo Vida Colectivo. HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina establecido en la Resolución 787-I-2020

IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0002.140 (ADMINISTRA-CION HACIENDA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.11.14.02.0002.140.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001915-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que el Departamento de Personal solicitó la compra de un tóner para atender las ne-cesidades de su área - Pedido de Suminis-tro Nº 0379 - (Pedido de Abastecimiento Nº 0807 - Autorización de Compra Nº 82762); que la compra se realizó a “DA-TEK” TEITELBAUM, DANIEL ALE-JANDRO (CUIT: 20175132490); que la firma ha presentado la factura de fecha 20 de febrero para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría Ge-neral, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribu-yente TEITELBAUM, DANIEL ALEJANDRO (CUIT: 20175132490) por la suma de pesos mil ciento veintidos ($ 1.122) correspondiente a la fac-tura Nº 0003-00006872 de fecha 20/02/2020. HACER SABER: que de acuerdo a los regis-tros e informes del Departamento Tributario, el proveedor adeuda al Municipio los períodos noviembre, diciembre del 2019 y enero del 2020 de Tasa de Seguridad e Higiene, hasta alcanzar la suma de pesos dieciséis mil cuatrocientos diez con 44/100 ($16.410,44), conforme cedulón. AUTORIZAR: a la Dirección de Tesorería a compensar las sumas adeudadas por el provee-dor en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene detalladas en el Artículo 2º con las sumas que el

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

Municipio le adeuda, correspondiendo retener de los montos a pagar lo adeudado por el contribu-yente en concepto de tasa de seguridad e higiene. IMPUTAR: al Programa Nº 1.04.01.01.0036.040 (SOPORTE OPE-RATIVO RRHH-CG) Partida Presupuesta-ria Nº 1.04.01.01.0036.040.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrenda-da por la Secretaria de Planificación y Evaluación de Políticas Públicas, el Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, ROSEMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001916-I-2020VISTO: el Art. 2° de la Ordenanza 3001-CM-18 “PRORROGA VIGENCIA, EMERGENCIA CONTRA LAS MUJERES”, y la solicitud for-mulada por la administrada, y;CONSIDERANDO:que la Sra: Moreno Luciana del Car-men DNI 32.213.550, presen-tó Nota solicitando ayuda económica; que existen fondos en la Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GENERO Y DIVERSIDAD SEXUAL); que dicha partida esta destinada a brindar herra-mientas para generar autonomía de las victimas de violencia de género del Departamento Violencia de Género de la Dirección de Instituciones - Sub-secretaría de Coordinación de Políticas Sociales; que en la Nota mencionada la recurrente soli-cita ayuda económica de este municipio para solventar gastos inherentes alquiler, alimentos, farmacia, indumentaria y gastos personales; que se asignará un subsidio no reintegra-ble por un total de pesos Treinta Mil ($ 30.000) en 5 cuotas renovables a contra ren-dición a la Sra Moreno Luciana del Car-men DNI 32.213.550, domiciliada en La Ha-bana esquina Esandi Barrio San Francisco; que la presente solicitud fue autoriza-da mediante Nota N° 122 por la Se-cretaría de Desarrollo Humano Integral; que la solicitud se basa en que la Sra: Mo-reno Luciana del Carmen DNI 32.213.550, ha sufrido Violencia de Género y es ne-cesario brindar ayuda económica; que la documentación menciona-da forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: A la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaría de Hacien-da a emitir orden de pago por la suma de pe-sos Treinta Mil ($ 30.000) en 5 cuotas renovables a contra rendición de pesos Seis mil ($ 6.000) a favor de la Sra. MORENO, LUCIANA (DNI: 32213550) (quien será responsable del cobro y rendición) en concepto de suma con cargo a rendir para gastos inherentes a alquiler, alimen-tos, farmacia, indumentaria y gastos personales. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GE-NERO Y DIVERSIDAD SEXUAL) Parti-da Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.058.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001917-I-2020VISTO: el Art. 2° de la Ordenanza 3001-CM-18 “PRORROGA VIGENCIA, EMERGENCIA CONTRA LAS MUJERES”, y la solicitud for-mulada por la administrada, y; CONSIDERANDO:que la Sra: Pereyra Ruth Rocío Ro-mina DNI: 40.100.250 , presen-tó Nota solicitando ayuda económica; que existen fondos en la Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GENERO Y DIVERSIDAD SEXUAL); que dicha partida esta destinada a brindar herra-mientas para generar autonomía de las victimas de violencia de género del Departamento Violencia de Género de la Dirección de Instituciones - Sub-secretaría de Coordinación de Políticas Sociales; que en la Nota mencionada la recurren-te solicita ayuda económica de este munici-pio para solventar gastos inherentes, alqui-ler, alimentos, farmacia y gastos personales; que se asignará un subsidio no reintegrable por un total de pesos Treinta Mil ($ 30.000) en 6 cuotas renovables a contra rendición a la Sra Pereyra Ruth Rocío Romina , domicilia-da en B° Nahuel Hue calle Ushuaia 403 Mzna 256, Tel. Nº 2944941152 o 2944202874; que la presente solicitud fue autoriza-da mediante Nota N° 123 por la Secre-taría de Desarrollo Humano Integral; que la solicitud se basa en que la Sra: Pereyra Ruth Rocío Romina a sufrido Violencia de Gé-nero y es necesario brindar ayuda económica; que la documentación menciona-da forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le con-fiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago a favor de la Sra. PEREYRA, RUTH ROCIO ROMINA (CUIT: 27401002508) por un importe de Pe-sos Treinta Mil ($ 30.000) en 6 cuotas renova-bles a contra rendición de pesos cinco mil ($ 5.000) cada una, en concepto de subsidio no reintegrable, con cargo a rendir en el término de 15 días, para solventar gastos inherentes, al-quiler, alimentos, farmacia y gastos personales. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GE-NERO Y DIVERSIDAD SEXUAL) Parti-da Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.058.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS). TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001918-I-2020VISTO: el Art. 2° de la Ordenanza 3001-CM-18 “PRORROGA VIGENCIA, EMERGENCIA CONTRA LAS MUJERES”, y la solicitud for-mulada por la administrada, y; CONSIDERANDO:que la Sra. Moreira Natalia Anahí DNI 33659994, presentó Nota solicitando ayuda económica; que existen fondos en la Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GENERO Y DIVERSIDAD SEXUAL); que dicha partida esta destinada a brindar herra-mientas para generar autonomía de las victimas de violencia de género del Departamento Violencia de Género de la Dirección de Instituciones - Sub-secretaría de Coordinación de Políticas Sociales; que en la Nota mencionada la recurrente soli-cita ayuda económica de este municipio para solventar gastos inherentes a alimentos, far-macia, mobiliarios y gastos personales; que se asignará un subsidio no reintegra-ble por un total de pesos Treinta Mil ($ 30.000) en 6 cuotas renovables a contra ren-dición a la Sra, Moreira Natalia Anahí DNI 33659994, domiciliada en Giacchino y Nahuel S/N Barrio Nahuel Hue, Tel. Nº 154932602; que la presente solicitud fue autoriza-da mediante Nota N° 132 por la Se-cretaría de Desarrollo Humano Integral; que la documentación menciona-da forma parte integrante de la presente;

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

que la solicitud se basa en que la Sra. Moreira Natalia Anahí ha sufrido Violencia de Géne-ro y es necesario brindar ayuda económica; que la documentación menciona-da forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR a la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago por un importe de Pesos Treinta Mil ($30.000) en 6 cuotas de Pesos Cinco Mil ($5.000) renovables a contra rendición, a favor de la Sra. MOREIRA, NA-TALIA ANAHI (CUIT: 27336599941) (quien será responsable del cobro y rendición) en concepto de subsidio no reintegrable, con cargo a rendir en el término de 15 días. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GE-NERO Y DIVERSIDAD SEXUAL) Parti-da Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.058.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Inte-gral, Secretario Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001919-I-2020VISTO: el Art. 2° de la Ordenanza 3001-CM-18 “PRORROGA VIGENCIA, EMERGENCIA CONTRA LAS MUJERES”, y la solicitud for-mulada por la administrada, y; CONSIDERANDO:que la documentación mencionada forma parte integrante de la presente; que la Sra. Diaz Insunza Margari-ta del Carmen DNI: 31515646,presen-tó Nota solicitando ayuda económica; que existen fondos en la Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GENERO Y DIVERSIDAD SEXUAL); que dicha partida esta destinada a brindar herra-mientas para generar autonomía de las victimas de violencia de género del Departamento Violencia de Género de la Dirección de Instituciones - Sub-secretaría de Coordinación de Políticas Sociales; que en la Nota mencionada la recurrente soli-cita ayuda económica de este municipio para solventar gastos inherentes a alimentos, farma-cia, mobiliarios y mejoramiento habitacional;

que se asignará un subsidio no reintegrable por un total de pesos Treinta Mil ($ 30.000) en 5 cuotas renovables a contra rendición a la Sra, Diaz Insunza Margarita del Carmen DNI: 31515646 ,domiciliada en Los No-tros y Taique B° Eva Perón, Tel: 154966547; que la presente solicitud fue autoriza-da mediante Nota N° 140 por la Se-cretaría de Desarrollo Humano Integral; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR a la Dirección de Contaduría Ge-neral dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago a favor de la Sra. DIAZ IN-ZUNZA, MARGARITA DEL CARMEN (DNI: 31515646) (quien será responsable del cobro y rendición) por un importe de Pesos Treinta Mil ($ 30.000), a razón de pesos Seis Mil ($6.000) men-suales, en concepto de subsidio no reintegrable, con cargo a rendir en el término de 15 días. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GE-NERO Y DIVERSIDAD SEXUAL) Parti-da Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.058.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda, Secretario de Desa-rrollo Humano Integral y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001920-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección General de Mecáni-ca solicitó la compra de repuestos mecá-nicos para INT 430 - Pedido de Suminis-tro Nº 1332 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2312 - Autorización de Compra Nº 83686); que la compra se realizó a “REPUES-TOS DARTANIAN” ARRIBAS, MAR-TIN EDUARDO (CUIT: 20242834047); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 10 de Agosto para su cobro, la cual será abo-nada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-

cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente ARRIBAS, MAR-TIN EDUARDO (CUIT: 20242834047) por la suma de pesos cinco mil setecientos cin-cuenta ($5.750) correspondiente a la factu-ra B Nº 0003-00029435 de fecha 10/08/2020. HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIENTO FLOTA MU-NICIPAL) Partida Presupuestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE,

RESOLUCION Nº 00001921-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicitó la compra de repuestos mecánicos para los INT 152, 5408 y 131 - Pedido de Suministro Nº 1324 - (Pe-dido de Abastecimiento Nº 2287 - Autorización de Compra Nº 83688); - Pedido de Suministro Nº 1326 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2295 - Autorización de Compra Nº 83687); - Pedido de Suministro Nº 1359 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2366 - Autorización de Compra Nº 83693); que las compras se realizaron a “RO-DAMIENTOS HUGO” FERNANDEZ, HUGO JACOBO (CUIT: 20290455325); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 12 de Agosto para su cobro, las cuales serán abo-nadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando

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pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente FERNANDEZ, HUGO JA-COBO (CUIT: 20290455325) por la suma de pesos dos mil novecientos sesenta ($2.960) correspondiente a las facturas B Nº 0002-00022840 de fecha 12/08/2020 ($2.120); Nº 0002-00022841 de fecha 12/08/2020 ($740); Nº 0002-00022842 de fecha 12/08/2020 ($100). HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIENTO FLOTA MU-NICIPAL) Partida Presupuesta-ria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001922-I-2020VISTO: que la agente de planta permanen-te CONDE, ADRIANA BEATRIZ (DNI: 14146974) Legajo Nº 1092, Jefe de la Direc-ción de Obras por Contrato se encontrará ausen-te por hacer uso de su Licencia Reglamentaria desde el 25 de Agosto de 2020 y hasta el 02 de Octubre de 2020 , y;CONSIDERANDO:que para el normal funcionamiento del área corresponde designar a la persona que se hará cargo en forma interina de la misma; que tal responsabilidad recaerá en el agente municipal RISSO, PABLO MIGUEL (DNI: 18248066) - Legajo Nº 13672 - Catego-ría 21, dependiente de la mencionada área; que la presente subrogancia fue autorizada por Secretaria de Ambiente y Desarrollo Urbano, según consta en Nota Nº 160 - 2020 y por Je-fatura de Gabinete en Disposición Nº 02-JG-20; por ello y en uso de las atribuciones que le con-fiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-

CHE RESUELVEARTICULADO:

DEJAR A CARGO: de manera interina y por tiempo determinado de la Dirección de Obras por Contrato, dependiente de la Secretaria de Ambien-te y Desarrollo Urbano al agente municipal RIS-SO, PABLO MIGUEL (DNI: 18248066) - Lega-jo Nº 1092 - Categoría 21 desde el 25 de Agosto de 2020 hasta el 02 de Octubre de 2020. AUTORIZAR: al Departamento Sueldos depen-diente de la Secretaría de Hacienda, a liquidar el adicional por subrrogancia correspondiente a favor del agente mencionado precedentemente. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Ambiente y Desarrollo Urbano, Se-cretario de Hacienda y Jefatura de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BU-LLAUDE , PABLO , QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001923-I-2020 VISTO: la Resolución 796-I-2020, y;CONSIDERANDO:que en mencionada Resolución se contrata me-diante el sistema de horas cátedra a la profeso-ra SCHAMBERGER, DAIANA MAILEN (DNI: 32769691) legajo 14196, desde el 01/03/2020 al 14/09/2020 y desde el 14/10/2020 al 15/12/2020 con un incremento en sus horas, para desarrollar las actividades de futbol Adam y básquet silla, dependiente de la Subsecretaria de Deportes; que mediante nota de fecha 14 de agosto de 2020, el Jefe del Departamento de Deportes Co-munitario GARRIDO, JUAN CARLOS (DNI: 20934717) solicita la continuidad del contrato desde el 15/09/2020 y hasta el 13/10/2020 de la profesora mencionada en el anterior con-siderando, con una carga horaria de 18 ho-ras cátedras mensuales en Futbol Adam y 18 horas cátedras mensuales en Básquet silla; que el Subsecretario de Deportes ARRATI-VE, CARLOS EMILIO (DNI: 26344637) y el Secretario de Desarrollo Humano Inte-gral FERRARI CALLEGHER, JUAN PA-BLO (DNI: 25154229) autorizan la misma; que deben tomar conocimiento la Direc-ción de Recursos Humanos, el Departamen-to de Personal y el Departamento de Sueldos; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

RENOVAR: contrato mediante sistema de ho-ras cátedra a la Profesora SCHAMBERGER, DAIANA MAILEN (DNI: 32769691) le-gajo 14196, desde el 15/09/2020 y hasta el 13/10/2020, con una carga horaria de 18 horas cátedras mensuales en Futbol Adam y 18 ho-

ras cátedras mensuales en Básquet silla, de-pendiente de la Subsecretaria de Deportes. AUTORIZAR: al Departamento de Per-sonal dependiente de la Dirección de Re-cursos Humanos a realizar el contra-to correspondiente según función y carga horaria detallada en el artículo 1 de la presente. AUTORIZAR: al Departamento de Suel-dos, dependiente de la Dirección de Con-taduría General a realizar la liquidación correspondiente según función y carga hora-ria detallada en el artículo 1 de la presente. IMPUTAR: al programa 1.06.09.02.0017.087 (ACTIVIDADES DEPORTIVAS RE-CREATIVAS Y AFINES) partida presu-puestaria 1.06.09.02.0017.087.1 (RRHH). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001924-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Instituciones solicitó la compra de frutas, verduras y huevos para el Hogar Emaus - Pedido de Suministro Nº 1266 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2233 - Autori-zación de Compra Nº 83340); - Pedido de Su-ministro Nº 1104 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2006 - Autorización de Compra Nº 83328); que la Dirección de Promoción Social soli-citó la compra de frutas, verduras y huevos para los Centros de Jóvenes - Pedido de Su-ministro Nº 1021 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1976 - Autorización de Compra Nº 83315); que las compras se realizaron “DISTRIBUI-DORA MAINQUÉ” GONZALEZ, JOR-GE ALBERTO (CUIT: 20125031995); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 15 de julio para su cobro (la misma ingresó en el Departamento de Compras y Suministros el día viernes 07 de agosto), junto con otras de fecha posterior, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-

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ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente GONZALEZ, JORGE AL-BERTO (CUIT: 20125031995) por la suma de pesos sesenta mil ochocientos veinticinco con cuarenta ctvs. ($ 60.825,40) correspon-diente a las facturas Nº 00004-00050914 de fecha 14/08/2020 ($ 7.487,62); Nº 00004-00049285 de fecha 15/07/2020 ($ 6.774,20); Nº 00004-00049628 de fecha 23/07/2020 ($ 7.599); Nº 00004-00050111 de fecha 31/07/2020 ($ 6.523,58); Nº 00004-00050500 de fe-cha 07/08/2020 ($ 5.280); Nº 00004-00050501 de fecha 07/08/2020 ($ 12.113); Nº 00004-00049632 de fecha 23/07/2020 ($ 4.200); Nº 00004-00049633 de fecha 23/07/2020 ($ 10.848). HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la Resolución 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.056 (DIRECCION DE INSTITUCIONES) Partida Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.056.2.2.04 (CONSUMO) ($ 28.384,40); al Programa Nº 1.06.10.02.0036.066 (EJE DE JOVENES) Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.066.2.2.04 (CONSUMO) ($ 32.441). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001925-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Instituciones solici-tó la compra de artículos de almacén para el Hogar Emaus - Pedido de Suminis-tro Nº 1135 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2073 - Autorización de Compra Nº 83335); que la Dirección de Promoción Social solici-tó la compra de artículos de almacén para los Centros de Jóvenes - Pedido de Suministro Nº 0967 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1814 - Autorización de Compra Nº 83324); y para los Centros de Personas Mayores - Pedido de Su-ministro Nº 0969 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1816 - Autorización de Compra Nº 83325); que las compras se realizaron “LA VARENSE” ROSSI Y ROS-SI S.R.L., (CUIT: 30711048738); que la firma ha presentado las facturas de fe-

cha 17 de julio para su cobro, junto con otra de fecha posterior, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente ROSSI Y ROSSI S.R.L., (CUIT: 30711048738) por la suma de pesos ciento no-venta y seis mil cuatrocientos siete ($ 196.407) correspondiente a las facturas Nº 00003-00002374 de fecha 25/07/2020 (Hojas 1 y 2) ($ 38.593); Nº 00003-00002367 de fecha 17/07/2020 (Hojas 1 y 2) ($ 98.143); Nº 00003-00002369 de fecha 17/07/2020 (Hojas 1 y 2) ($ 59.671). HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.056 (DIRECCION DE INSTITUCIONES) Partida Presupuestaria Nº 1.06.10.02.0036.056.2.2.04 (CONSUMO) ($ 38.593); al Programa Nº 1.06.10.02.0036.066 (EJE DE JOVENES) Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.066.2.2.04 (CONSUMO) ($ 98.143); al Programa Nº 1.06.10.02.0036.067 (EJE DE PERSONAS MAYORES) Partida Pre-supuestaria Nº 1.06.10.02.0036.067.2.2.04 (CONSUMO) ($ 59.671). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001926-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Promoción Social solicitó la compra de frutas, verduras y huevos para los Centros de Jóvenes - Pedido de Suministro Nº 0966 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1813

- Autorización de Compra Nº 83313); para las Viviendas Tuteladas - Pedido de Suministro Nº 0964 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1809 - Autorización de Compra Nº 83314); y para los Centros de Personas Mayores - Pedido de Su-ministro Nº 0970 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1818 - Autorización de Compra Nº 83312); que las compras se realizaron “DISTRIBUI-DORA MAINQUÉ” GONZALEZ, JOR-GE ALBERTO (CUIT: 20125031995); que la firma ha presentado la factura de fecha 23 de julio para su cobro (las mismas ingresaron en el Departamento de Compras y Suministros el día viernes 07 de agosto), junto con otras de fecha posterior, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente GONZALEZ, JORGE ALBERTO (CUIT: 20125031995) por la suma de pesos no-venta y seis mil quinientos ocho con quince ctvs. ($ 96.508,15) correspondiente a las factu-ras Nº 00004-00049643 de fecha 23/07/2020 ($ 5.590); Nº 00004-00049629 de fecha 23/07/2020 ($ 16.183); Nº 00004-00049630 de fe-cha 23/07/2020 ($ 3.420); Nº 00004-00050503 de fecha 07/08/2020 ($ 11.613,50); Nº 00004-00050502 de fecha 07/08/2020 ($ 4.638,50); Nº 00004-00050507 de fecha 07/08/2020 ($ 1.980); Nº 00004-00050496 de fecha 07/08/2020 ($ 1.048,85); Nº 00004-00050506 de fe-cha 07/08/2020 ($ 4.826,50); Nº 00004-00050509 de fecha 07/08/2020 ($ 2.731,10); Nº 00004-00050508 de fecha 07/08/2020 ($ 2.666); Nº 00004-00049631 de fecha 23/07/2020 ($ 1.204,70); Nº 00004-00049640 de fe-cha 23/07/2020 ($ 3.382); Nº 00004-00049637 de fecha 23/07/2020 ($ 3.346); Nº 00004-00049635 de fecha 23/07/2020 ($ 6.440); Nº 00004-00050504 de fecha 07/08/2020 ($ 2.033,90); Nº 00004-00050505 de fecha 07/08/2020 ($ 2.421); Nº 00004-00050499 de fecha 07/08/2020 ($ 440); Nº 00004-00050498 de fecha 07/08/2020 ($ 2.732,50); Nº 00004-00050497 de fe-cha 07/08/2020 ($ 5.093,50); Nº 00004-00049636 de fecha 23/07/2020 ($ 5.780,60); Nº 00004-00049639 de fecha 23/07/2020 ($ 440); Nº 00004-00049638 de fecha 23/07/2020 ($ 3.218,50); Nº 00004-00049642 de fe-cha 23/07/2020 ($ 3.029); Nº 00004-

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

00049641 de fecha 23/07/2020 ($ 2.249). HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.066 (EJE DE JOVENES) Partida Presupues-taria Nº 1.06.10.02.0036.066.2.2.04 (CONSUMO) ($ 43.425); al Programa Nº 1.06.10.02.0036.074 (RE-FUERZO ALIMENTARIO) Partida Presu-puestaria Nº 1.06.10.02.0036.074.2.2.04 (CONSUMO) ($ 25.645,15); al Programa Nº 1.06.10.02.0036.067 (EJE DE PERSONAS MAYORES) Partida Pre-supuestaria Nº 1.06.10.02.0036.067.2.2.04 (CONSUMO) ($ 27.438). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001927-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Promoción Social solicitó la compra de distintos cortes de carne vacuna para los Centros de Jóvenes - Pedido de Su-ministro Nº 0234 - (Pedido de Abastecimiento Nº 0665 - Autorización de Compra Nº 82626); que la compra se realizó a “FRIGORÍFICO SORIA” SORIA, JUAN CARLOS (CUIT: 20118463324); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 06 de Marzo para su cobro (las mismas ingresa-ron en el Departamento de Compras y Suministros el día Lunes 09 de marzo), las cuales serán abona-das a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio

del contribuyente SORIA, JUAN CARLOS (CUIT: 20118463324) por la suma de pe-sos quince mil ochocientos diecisiete con veinticinco ctvs. ($15.817,25) correspon-diente a las facturas B Nº 0047-00000518 de fecha 06/03/2020 ($10.908,10); Nº 0047-00000519 de fecha 06/03/2020 ($4.909,15); HACER SABER: que de acuerdo a lo informado y verificado por el Departamento Tributario, el proveedor se encuentra al día en el pago de la tasa de seguridad e higiene, razón por la cual no hay sumas a compensar con los montos a pagar. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.066 (EJE DE JOVENES) Partida Presupuesta-ria Nº 1.06.10.02.0036.066.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Integral, Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001928-I-2020VISTO: el Art. 2° de la Ordenanza 3001-CM-18 “PRORROGA VIGENCIA, EMERGENCIA CONTRA LAS MUJERES”, y la solicitud for-mulada por la administrada, y; CONSIDERANDO: que en la Nota mencionada en el Visto la recurrente solicita ayuda económica de este municipio para solventar gastos inherentes a alimentos, alquiler dado la difícil situación por que está atravesando; que la solicitud se basa en que la Sra. GON-ZALEZ, SOFIA MALEN (CUIT: 27411932414) ha sufrido Violencia y es necesario brindar ayuda económica; que la presente solicitud fue autoriza-da mediante Nota N° 121 de la Secre-taría de Desarrollo Humano Integral; que se asignará un subsidio no reintegrable por un total de pesos Treinta Mil ($ 30.000) en 6 cuotas renovables a contra rendición a la Sra., GONZALEZ, SOFIA MALEN (CUIT: 27411932414) domiciliada en Barrio el Progre-so, Calle Palacios 2780, Tel. Nº 2944164166; que la documentación menciona-da forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Muni-cipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR a la Dirección de Contaduría General dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago a favor de la Sra. GONZALEZ, SOFIA MALEN (CUIT: 27411932414) (quien será responsable del cobro y rendición) por un importe de Pe-

sos Treinta Mil ($ 30.000) en 6 cuotas renova-bles a contra rendición de pesos Cinco Mil ($ 5.000), en concepto de subsidio no reintegra-ble, con cargo a rendir en el término de 15 días. IMPUTAR: al Programa Nº 1.06.10.02.0036.058 (AREA DE GENERO Y DIVERSI-DAD SEXUAL) Partida Presupuesta-ria Nº 1.06.10.02.0036.058.2 (TRANS-FERENCIA RECURSOS PROPIOS). TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Desarrollo Humano Inte-gral, Secretario Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL, FERRARI CA-LLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001929-I-2020 VISTO: la Resolución Nº 88-I-2011 y la Aden-da al contrato de locación por el Servicio de Re-levamiento Verificación y Constatación de los hechos imponibles por Derechos de Publicidad y Propaganda, y; CONSIDERANDO:que por Servicio de Relevamiento, Verificación y Constatación de los hechos imponibles por Derechos de Publicidad y Propaganda, se pactó una contraprestación en favor de PUBLICA-NOS S.A, (CUIT 30707973443) equivalente al 35% más IVA de las sumas que efectivamente perciba la Municipalidad por tales derechos; que en la Adenda del Contrato de locación de servicios, Publicanos S.A decide realizar una bonificación sobre sus honorarios, quedan-do el porcentaje de dicha contraprestación en el veinticinco por ciento (25%) más I.V.A., según los criterios de determinación fijados; que la firma PUBLICANOS S.A, (CUIT 30707973443) ha presentado la factura Nº 00002-00000436 por un importe de pesos Trescientos ochenta mil novecientos cin-cuenta y siete con 72/100($380.957,72); que el municipio recibió pagos en concepto de Derechos de Publicidad y Propaganda, de las fir-mas que se detallan en el Anexo I de la presente; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR:a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente PUBLICANOS S.A, (CUIT: 30707973443) por la suma de pesos Tres-

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cientos ochenta mil novecientos cincuenta y siete con 72/100 ($ 380.957,72) correspon-diente a la factura Nº 00002-00000436 de fe-cha 19/08/2020 en concepto de honorarios por gestión de cobranzas de los “Derechos de Pu-blicidad y Propaganda” según detalle en Anexo. HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la Resolución 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0002.140 (ADMINISTRA-CION HACIENDA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.11.14.02.0002.140.2.3.05 (SERVICIOS) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 ANEXO I

CUIT CONTRIBUYENTE MONTO FECHA CONCEPTO PERIODOS FACTURAR

30-65436422-9 CABAL $676.972,98 11/08/20 PYP 2017-2019 $204.784,33

33-50835825-9 QUILMES $236.866,53 12/06/20 PYP 2020 $71.652,13

33-50060698-9 MASSALIN $188.573,95 23/06/20 PYP 2020 $57.043,62

30-70733953-1 ENERGIZER $16.240,53 10/06/20 PYP 2020 $4.912,76

30-65986378-9 SEPSA $129.495,21 22/06/20 PYP 2020 $39.172,30

30-68720940-7 WESTERN UNION $11.215,16 22/06/20 PYP 2020 $3.392,59

TOTAL $1.259.364,36 $380.957,72

GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001930-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Hacienda solicitó la com-pra de artículos de plomería y ferretería para la refacción de su edificio - Pedido de Sumi-nistro Nº 1353 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2371 - Autorización de Compra Nº 83467); que la compra se realizó AGUA Y GAS S.R.L., (CUIT: 30626352738); que la firma ha presentado la factura de fecha 14 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-

rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente AGUA Y GAS S.R.L., (CUIT: 30626352738) por la suma de pesos veintinueve mil setecientos sesenta y tres con cuarenta y cua-tro ctvs. ($ 29.763,44) correspondiente a la fac-tura Nº 0004-00012976 de fecha 14/08/2020. HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0002.140 (ADMINISTRACION HACIENDA) Partida Presupuestaria Nº 1.11.14.02.0002.140.2.2.04 (CONSUMO)

. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001931-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Hacienda solicitó la com-pra de artículos de pinturería para refaccionar su edificio - Pedido de Suministro Nº 1285 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2298 - Autori-zación de Compra Nº 83574); - Pedido de Su-ministro Nº 1364 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2377 - Autorización de Compra Nº 83576); que las compras se realizaron “PINTU-RERIAS DEL CENTRO” REZNICK, JUAN CARLOS (CUIT: 20045580262); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 05 de agosto para su cobro, junto con otra de fecha posterior, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión;

que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor regis-tre deudas por cualquier concepto frente al muni-cipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Di-rección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones confe-ridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente REZNICK, JUAN CARLOS (CUIT: 20045580262) por la suma de pe-sos treinta y siete mil quinientos sesenta y nueve con noventa y siete ctvs. ($ 37.569,97) corres-pondiente a las facturas Nº 0007-00105679 de fecha 05/08/2020 ($ 22.840,40); Nº 0007-00106042 de fecha 12/08/2020 ($ 14.729,57). HACER SABER: que el pago de la presen-te estará sujeto al derecho de oficina esta-blecido en la Resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.11.14.02.0002.140 (ADMINISTRA-CION HACIENDA) Partida Presupuesta-ria Nº 1.11.14.02.0002.140.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001932-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abaste-cer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Sistemas solicitó la compra de una tickeadora TM220A-163 USB - Patrimo-nio Nº 54509 - para atender las necesidades de su

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área - Pedido de Suministro Nº 1048 - (Pedi-do de Abastecimiento Nº 1884 - Autorización de Compra Nº 83506); - Pedido de Suministro Nº 1073, Complementario del P.A. Nº 1884 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2040); que la compra se realizó INFORMATICA GLOBAL S.A., (CUIT: 30707387625); que la firma ha presentado la factura de fecha 04 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente INFORMATICA GLOBAL S.A., (CUIT: 30707387625) por la suma de pesos cuarenta y nueve mil novecientos noventa ($ 49.990) correspondiente a la fac-tura Nº 0011-00000741 de fecha 04/08/2020. HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina establecido en la Resolución 787-I-2020 IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.18.0001.114 (CENTRO DE RESIDUOS URBANOS MU-NICIPALES) Partida Presupuesta-ria Nº 1.09.01.18.0001.114.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL, FERRA-RI CALLEGHER, JUAN PABLO,

RESOLUCION Nº 00001933-I-2020 VISTO: Ordenanza Nº 3115-CM-19, las Re-soluciones Nº 4761-I-2019, Nº 4771-I-2019, Nº 4776-I-2019, Nº 4840-I-2019, Nº 4870-I-2019, Nº 4978-I-2019, Nº 04-I-2020, Nº 144-I-2020, Nº 187-I-2020, Nº 556-I-2020, Nº 1208-I-2020, Nº 1723-I-2020, y; CONSIDERANDO:que la Ordenanza Nº 3115-CM-19 aprobó la estructura política de la gestión del Intendente Gustavo Gennuso por el período 2019-2023; que mediante las Resoluciones Nº 4761-I-2019, Nº 4771-I-2019, Nº 4776-I-2019, Nº 4840-I-2019, Nº 4870-I-2019, Nº 4978-I-2019, Nº 04-I-2020, Nº 144-I-2020, Nº 187-I-2020, Nº 556-I-2020, Nº 1208-I-2020, Nº 1723-I-2020, se desig-naron a los funcionarios que estarán a car-go de cada una de las áreas de gobierno; que se ha evaluado la necesidad de contar con un cuerpo de colaboradores de los funciona-rios, a los fines de garantizar la efectiva imple-mentación y seguimiento de sus decisiones; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHE RESUELVEARTICULADO:DESIGNAR: como Coordinadora de Administración dependiente de Jefatu-ra de Gabinete a la Sra. HERRERA, SIL-VIA VERONICA (DNI: 22527417). ESTABLECER: Como remuneración por las tareas a desempeñar del Sr. HERRERA, SIL-VIA VERONICA (DNI: 22527417), dos sala-rios básicos de la categoría 21, más zona fría. AUTORIZAR: al Departamento Sueldos a realizar las liquidaciones correspondientes. DISPONER: que la mencionada designación tendrá vigencia a partir del 01/09/2020 y has-ta que el Sr. Intendente disponga lo contrario. TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Jefe de Gabinete y Secretario de Hacienda. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 03 de sep-tiembre de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001934-I-2020

VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solici-tó la compra de repuestos, con destino a inter-nos 304, 426, 312 y 920 - Pedido de Suministro Nº 1166 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1910 - Autorización de Compra Nº 83445); - Pedi-do de Suministro Nº 1163 - (Pedido de Abas-tecimiento Nº 1898 - Autorización de Compra Nº 83446); - Pedido de Suministro Nº 1164 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1902 - Autori-zación de Compra Nº 83449); - Pedido de Su-ministro Nº 1174 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2129 - Autorización de Compra Nº 83447); que las compras se realizaron a “RODA-MIENTOS HUGO” FERNANDEZ, HUGO JACOBO (CUIT: 20290455325); que la firma ha presentado las factu-ras de fecha 16 de Julio para su co-bro, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente FERNANDEZ, HUGO JACOBO (CUIT: 20290455325) por la suma de pesos quince mil ciento sesen-ta ($15.160) correspondiente a las factu-ras Nº 0002-00022352 de fecha 16/07/2020 ($750); Nº 0002-00022353 de fecha 16/07/2020 ($9.770); Nº 0002-00022355 de fecha 16/07/2020 ($3.200); Nº 0002-00022354 de fecha 16/07/2020 ($1.440); ESTABLECER : que de acuerdo a lo esti-pulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un de-recho de oficina de pesos ciento veintiuno con 28/100 ($121,28), el cual será reteni-do al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO) ($13.720); al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO) ($1.440); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Sericios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001935-I-2020VISTO: la Ordenanza Nº 2339-CM-12 y el Decreto 1189/2012, y; CONSIDERANDO:que la citada Ordenanza dispone la contra-tación con YPF Sociedad Anónima de toda provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores y maquinarias oficiales; que para dar continuidad al normal desarro-llo de los distintos servicios que realiza el municipio en todo el ejido de San Carlos de Bariloche, es necesario disponer del combus-tible que se utiliza diariamente en distintos vehículos pertenecientes a la flota munici-pal, por lo que se realiza compra directa de acuerdo al art. 2 de la Ordenanza 257-C-89; que la Dirección de Servicios Públicos ha presentado la documentación para el pago correspondiente a la firma CHITCHIAN S.A., (CUIT 30594832783), por un impor-te de pesos quinientos treinta mil trescien-tos setenta y seis con 33/100 ($ 530.376,33) correspondiente a la Factura B Nº 00027-00001498 de fecha 20 de Agosto de 2020 y, en concepto de provisión de combustibles para la flota de vehículos municipales; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia;

que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Conta-duría General, dependiente de la Secreta-ría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente CHITCHIAN S.A., (CUIT 30594832783), por un impor-te de pesos quinientos treinta mil trescien-tos setenta y seis con 33/100 ($ 530.376,33) correspondiente a la Factura B Nº 00027-00001498 de fecha 20 de Agosto de 2020 y, en concepto de provisión de combusti-bles para la flota de vehículos municipales. HACER SABER : que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina establecido en la Resolución 787-I-2020 IMPUTAR: al Programa Nº 1.03.04.06.0001.121 (ADMINIS-TRACION CENTRAL DELEGA-CION CENTRO) Partida Presupuestaria Nº 1.03.04.06.0001.121.2.2.04 (CONSUMO) La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001936-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General soli-citó la compra de repuestos, con destino a in-ternos 149, 928 y 142 - Pedido de Suministro Nº 1093 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1685 - Autorización de Compra Nº 83421); - Pedi-do de Suministro Nº 1162 - (Pedido de Abas-tecimiento Nº 1850 - Autorización de Compra Nº 83442); - Pedido de Suministro Nº 1169 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1978 - Autori-zación de Compra Nº 83443); - Pedido de Su-ministro Nº 1167 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1961 - Autorización de Compra Nº 83444); que las compras se realizaron a “RODA-MIENTOS HUGO” de FERNANDEZ, HUGO JACOBO (CUIT: 20290455325); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 14 de Julio para su cobro, junto con otras

de fecha posterior, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente FERNANDEZ, HUGO JACOBO (CUIT: 20290455325) por la suma de pesos veintiocho mil novecientos ochen-ta ($28.980) correspondiente a las factu-ras Nº 0002-00022303 de fecha 14/07/2020 ($5.380); Nº 0002-00022349 de fecha 16/07/2020 ($10.920); Nº 0002-00022350 de fecha 16/07/2020 ($9.380); Nº 0002-00022351 de fecha 16/07/2020 ($3.300). ESTABLECER : que de acuerdo a lo esti-pulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un dere-cho de oficina de pesos doscientos treinta y uno con 84/100 ($231,84), el cual será rete-nido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

RESOLUCION Nº 00001937-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicito la compra de un cable de acele-rador de mano para ser utilizado en el In-terno 103 - Pedido de Suministro Nº 1132 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2063 - Autorización de Compra Nº 83436); que la compra se realizó a LOS TRES MOS-QUETEROS S.R.L, (CUIT: 30712211489); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 16 de Julio para su cobro, la cual será abona-da a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente LOS TRES MOSQUE-TEROS S.R.L, (CUIT: 30712211489) por la suma de pesos mil ciento cincuen-ta ($1.150) correspondiente a la factura B Nº 00003-00000108 de fecha 16/07/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo es-tipulado por el Articulo 1 de la Resolu-ción 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos nueve con 20/100 ($9,20), el cual será retenido al efec-tuar el pago, teniendo el mismo el carác-ter de pago a cuenta de la TISH de acuer-do al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete.

Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001938-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solici-tó la compra de artículos de ferretería para ser utilizados en Sección Pañol - Pedido de Su-ministro Nº 1171 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2066 - Autorización de Compra Nº 83559); que la compra se realizó a “RAD IN-DUSTRIAL” MONTOYA, RAUL HECTOR (CUIT: 20145194076); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 16 de Julio para su cobro, la cual será abona-da a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente MONTOYA, RAUL HEC-TOR (CUIT: 20145194076) por la suma de pesos ocho mil ochocientos cuarenta y cinco ($8.845) correspondiente a la factu-ra Nº 0003-00011471 de fecha 16/07/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo es-tipulado por el Articulo 1 de la Resolu-ción 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos setenta con 76/100 ($70,76), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el ca-rácter de pago a cuenta de la TISH de acuer-

do al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO). La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001939-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General y la Secretaría de Servicios Públicos solicitaron la compra de repuestos mecánicos para los INT 128, 131 y 922 - Pedido de Suministro Nº 1113 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2059 - Autorización de Compra Nº 83427); - Pe-dido de Suministro Nº 1233 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2179 - Autorización de Compra Nº 83656); - Pedido de Suministro Nº 1122 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2084 - Autorización de Compra Nº 83664); que las compras se realizaron a BURCAM SRL, (CUIT: 30714228206); que la firma ha presentado las factu-ras de fecha 24 de Julio para su co-bro, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente BURCAM SRL, (CUIT: 30714228206) por la suma de pe-sos dieciocho mil cuatrocientos cuarenta y ocho ($18.448) correspondiente a las factu-ras Nº 00003-00000091 de fecha 24/07/2020 ($6.138); Nº 00003-00000092 de fe-cha 24/07/2020 ($11.310); Nº 00003-00000090 de fecha 24/07/2020 ($1.000). ESTABLECER : que de acuerdo a lo esti-pulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un de-recho de oficina de pesos ciento cuarenta y siete con 58/100 ($147,58), el cual será rete-nido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONAMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO) ($6.138); al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO) ($12.310); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001940-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General so-licitó la compra de lámparas varias para los camiones de recolección - Pedido de Sumi-nistro Nº 1097 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1808 - Autorización de Compra Nº 83420); que la compra se realizó a “ELECTRICIDAD MAURICIO” NAHUELQUIN MIRIAM, (CUIT: 27173384969); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 22 de julio para su cobro, la cual será abona-da a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor

registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente NAHUELQUIN MIRIAM, (CUIT: 27173384969) por la suma de pesos dos mil cuatrocientos no-venta ($ 2.490) correspondiente a la factu-ra Nº 0003-00020600 de fecha 22/07/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo esti-pulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un de-recho de oficina de pesos diecinueve con 92/100 ($19,92), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el ca-rácter de pago a cuenta de la TISH de acuer-do al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO): La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001941-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solici-tó la compra de repuestos mecánicos para los INT 132 y 231 - Pedido de Suministro Nº 1226 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2148 - Autori-zación de Compra Nº 83657); - Pedido de Su-ministro Nº 1091 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1682 - Autorización de Compra Nº 83669);

que las compras se realizaron a BURCAM SRL, (CUIT: 30714228206); que la firma ha presentado las factu-ras de fecha 29 de Julio para su co-bro, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente BURCAM SRL, (CUIT: 30714228206) por la suma de pe-sos cuatro mil cien ($4.100) correspon-diente a las facturas Nº 00003-00000098 de fecha 29/07/2020 ($1.950); Nº 00003-00000100 de fecha 29/07/2020 ($2.150). ESTABLECER : que de acuerdo a lo es-tipulado por el Articulo 1 de la Resolu-ción 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos trescientos veintiocho ($328), el cual será retenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el ca-rácter de pago a cuenta de la TISH de acuer-do al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO) ($1.950); al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONAMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO) ($2.150); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001942-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Servicios Públi-cos solicitó la compra de cubiertas para el INT 5424 - Pedido de Suministro Nº 1072 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2035 - Autorización de Compra Nº 83369); que la compra se realizó a LOWTHER LUIS ENRIQUE CIRILO, BANCOR (CUIT: 20203704470); que la firma ha presentado la factura de fe-cha 23 de julio para su cobro, la cual será abona-da a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Conta-duría General, dependiente de la Secreta-ría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente LOWTHER LUIS ENRIQUE CIRILO, BANCOR (CUIT: 20203704470) por la suma de pe-sos doscientos dos mil doscientos ($ 202.200) correspondiente a la factura Nº 00003-00000034 de fecha 23/07/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos mil seiscientos diecisie-te con 60/100 ($1.617,60), el cual será rete-nido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-

supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO): La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001943-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaria de Servicios Públicos solici-tó la compra de cubiertas 17-5-25 12T 2L Ar-mour para INT 5427 - Pedido de Suministro Nº 1071 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2034 - Autorización de Compra Nº 83608); que la compra se realizó a LOWTHER LUIS ENRIQUE CIRI-LO, BANCOR (CUIT: 20203704470); que la firma ha presentado la factura de fecha 28 de Julio para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Conta-duría General, dependiente de la Secreta-ría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente LOWTHER LUIS ENRIQUE CIRILO, BANCOR (CUIT: 20203704470) por la suma de pe-sos doscientos dos mil doscientos ($ 202.200) correspondiente a la factura Nº 00003-00000036 de fecha 28/07/2020.

ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos mil seiscientos diecisiete con sesenta ctvs. ($ 1617.6), el cual será re-tenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001944-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solicitó la compra de llave universal de contacto para INT 509 - Pedido de Su-ministro Nº 1116 - (Pedido de Abasteci-miento Nº 2062 - Autorización de Compra Nº 83512); - Pedido de Suministro Nº 1327, Complementario del P.A. Nº 2062 - (Pe-dido de Abastecimiento Nº 2296); que la compra se realizó a “ELEC-TRICIDAD MAURICIO” NAHUEL-QUIN MIRIAM, (CUIT: 27173384969); que la firma ha presenta-do la factura para su cobro; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente NAHUELQUIN MIRIAM, (CUIT: 27173384969) por la suma de pesos mil quinientos ($1.500) correspondiente a la factura B Nº 0003-00020520 de fecha 15/07/2020. ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos doce ($ 12), el cual será rete-nido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuer-do al Artículo 3 de la misma Resolución . IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Presupuestaria Nº1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO) ($1.100); al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO) ($400); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BUR-LON , GASTON FERNANDO , QUINTA-NA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001945-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solici-tó la compra de repuestos mecánicos para los INT 223, 428 y 102 - Pedido de Suministro Nº 1101 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1836 - Autorización de Compra Nº 83419); - Pe-dido de Suministro Nº 1161 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1837 - Autorización de Compra Nº 83441); - Pedido de Suministro Nº 0483 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1200 - Autorización de Compra Nº 83234); que las compras se realizaron a CALLE-GARI ADRIAN E., (CUIT: 20175266365); que la firma ha presentado las factu-ras de fecha 07 de Agosto para su co-bro, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-

ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente CALLEGARI ADRIAN E., (CUIT: 20175266365) por la suma de pe-sos quince mil novecientos ($15.900) corres-pondiente a las facturas B Nº 0003-00009831 de fecha 07/08/2020 ($12.000); Nº 0003-00009832 de fecha 07/08/2020 ($2.400); Nº 0003-00009833 de fecha 07/08/2020 ($1.500). ESTABLECER : que de acuerdo a lo esti-pulado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un de-recho de oficina de pesos ciento veintisie-te con 20/100 ($ 127.20), el cual será rete-nido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001946-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Dirección de Mecánica General solici-tó la compra de repuestos mecánicos para los

INT 104, 916 y 429 - Pedido de Suministro Nº 1264 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2216 - Autorización de Compra Nº 83678); - Pedi-do de Suministro Nº 1265 - (Pedido de Abas-tecimiento Nº 2217 - Autorización de Compra Nº 83679); - Pedido de Suministro Nº 0853 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1530 - Auto-rización de Compra Nº 83682); que las compras se realizaron a “REPUES-TOS DARTANIAN” ARRIBAS, MAR-TIN EDUARDO (CUIT: 20242834047); que la firma ha presentado las factu-ras de fecha 07 de Agosto para su co-bro, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Con-taduría General, dependiente de la Se-cretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente ARRI-BAS, MARTIN EDUARDO (CUIT: 20242834047) por la suma de pesos cinco mil doscientos sesenta ($5.260) correspondiente a las facturas B Nº 0003-00029378 de fecha 07/08/2020 ($1.380); Nº 0003-00029379 de fecha 07/08/2020 ($2.300); Nº 0003-00029381 de fecha 07/08/2020 ($1.580). ESTABLECER : que de acuerdo a lo es-tipulado por el Articulo 1 de la Resolu-ción 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos cuarenta y ocho ($ 48), el cual será retenido al efec-tuar el pago, teniendo el mismo el carác-ter de pago a cuenta de la TISH de acuer-do al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.117 (MANTENIMIEN-TO FLOTA MUNICIPAL) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.117.2.2.04 (CONSUMO) ($3.680); al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONAMIEN-

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TO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO) ($1.580); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001947-I-2020VISTO: la solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Servicios Públicos soli-cito el servicio de 90 horas de tornería pesa-da para todo tipo de reparación de Dirección de Mecánica General - Pedido de Suministro Nº 1108 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1869 - Autorización de Compra Nº 83428); que el servicio lo prestó STOJACOVICH, KA-RINA ELIZABETH (CUIT: 27255998620); que la firma ha presentado las facturas de fe-cha 03 de Agosto para su cobro, junto con otras de posterior fecha, las cuales serán abonadas a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Ha-cienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente STOJACOVICH, KARI-NA ELIZABETH (CUIT: 27255998620) por la suma de pesos ciento diecinueve mil setecientos noventa ($119.790) corres-pondiente a las facturas B Nº 00001-

00000062 de fecha 03/08/2020 ($29.282); Nº 00001-00000063 de fecha 04/08/2020 ($21.296); Nº 00001-00000064 de fecha 05/08/2020 ($26.620); Nº 00001-00000065 de fecha 06/08/2020 ($26.620); Nº 00001-00000066 de fecha 07/08/2020 ($15.972). ESTABLECER : que de acuerdo a lo estipu-lado por el Articulo 1 de la Resolución 787-I-2020 se establece el cargo de un derecho de oficina de pesos novecientos cincuenta y ocho con 32/100 ($ 958.32), el cual será re-tenido al efectuar el pago, teniendo el mismo el carácter de pago a cuenta de la TISH de acuerdo al Artículo 3 de la misma Resolución. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.20.0001.116 (FUNCIONA-MIENTO FLOTA MUNICIPAL.) Partida Pre-supuestaria Nº 1.09.01.20.0001.116.2.2.04 (CONSUMO); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001948-I-2020VISTO: La solicitud realizada por el Sr. BE-LLIDO Jose Luis (DNI 14.250.990) ante el Instituto Municipal de Tierras, quien habita el inmueble NC 19-1-F-831-01, Bº Don Orione, y;CONSIDERANDO:que el Sr. Bellido Jose Luis vive en el inmueble desde hace mas de diez años y solicita la conexión de agua; que la provisión de estos servicios determi-nan una mejora en la calidad de vida de los beneficiarios y contribuye a la economía del hogar, en atención a los costos de consumo; que asimismo es clave para la autorización que se pretende extender, la cual esta normada por Resolución Nº 2388-I-09, que la posesión ale-gada sobre el lote no sea dudosa o clandesti-na, lo que amerita que el estado actué con pru-dencia para no cohonestar una ilegalidad, por lo cual es pertinente que cada una de las nue-vas conexiones cuenten con los debidos infor-mes sociales que adviertan al municipio sobre la razonabilidad de la exigencia en el cum-plimiento de la Ordenanza Nº 1697-CM-07; que se ha realizado informe social de fe-cha 03/08/2020 efectuado por el área social del Instituto Municipal de Tie-rras y Viviendas para el Hábitat Social;

que toda la documentación menciona-da, forma parte integrante de la presente; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

EXIMIR: a BELLIDO, JOSE LUIS (DNI: 14250990) domiciliado en calle Av. Don Orione 67, Bº Don Orione, cuya nomencla-tura catastral es 19-1-F-831-01 de la pre-sentación de libre de deuda y Certificado de dominio para la conexión domiciliaria de la red de agua, y sus obras que el municipio re-quiere para la apertura de zanjas y conexión de cañerías en los frentes de los domicilios. NOTIFICAR: de la presente Resolu-ción a la contribuyente desde el IMTVHS. TOMAR CONOCIMIEN-TO: las áreas correspondientes. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 3 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, QUIN-TANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001949-I-2020VISTO: La solicitud de insumos para abas-tecer necesidades de áreas municipales, y; CONSIDERANDO:que la Secretaría de Servicios Públicos so-licitó la compra de un escritorio - Patrimo-nio Nº 54510 - para atender las necesidades de su área - Pedido de Suministro Nº 1375 - (Pedido de Abastecimiento Nº 2399 - Autorización de Compra Nº 83394); que se solicitó cotización a las firmas “DIS-CIPULO”, “SHOPPING ONELLI”, “EL-VIRA” y “LA TECNICA, siendo la úni-ca en presentar presupuesto la primera”; que la compra se realizó a “DIS-CIPULO” BILBAO, FERNAN-DA MABEL (CUIT: 27237764817); que la firma ha presentado la factura de fecha 26 de agosto para su cobro, la cual será abonada a partir de los 30 días de su fecha de emisión; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva;

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que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto fren-te al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Re-solución, resultando pertinente para la can-celación de la misma el instituto de la com-pensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: a la Dirección de Contadu-ría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en be-neficio del contribuyente BILBAO, FER-NANDA MABEL (CUIT: 27237764817) por la suma de pesos ciento treinta y cinco mil ($135.000) correspondiente a la factura Nº 00003-00000189 de fecha 26/08/2020. HACER SABER: que el pago de la pre-sente estará sujeto al derecho de oficina es-tablecido en la resolución Nº 787-I-2020. IMPUTAR: al Programa Nº 1.09.01.01.0009.120 (ADMINIS-TRACION CENTRAL DE LA SECRE-TARIA DE OBRAS Y) Partida Presu-puestaria Nº 1.09.01.01.0009.120.2.4.06 (EROGACIONES DE CAPITAL); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Servicios Públicos, Se-cretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 07 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, GAR-ZA, EDUARDO ENRIQUE, QUINTANA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001950-I-2020VISTO: la Resolución Nº 1574-I-2020, y; CONSIDERANDO:que se están llevando a cabo en nues-tra ciudad diversas obras, aproba-das por la Comisión de Ecotasa; que es necesario efectuar compras inmediatas de algunos insumos y servicios que van sur-giendo en el día a día de las obras mencionadas; que por ello es necesario asignar una suma con cargo a rendir a nombre de la Sra. ROTH, DAIANA JESICA (CUIT:

23334832104) Coordinadora de Ecotasa, dependiente de la Subsecretaría de Uni-dad Ejecutora de Obra Pública, por la suma total de pesos setenta mil con 00/100 ($ 70.000,00.-), para la compra de elementos de ferretería como discos, sierras, elemen-tos de corralón, etc, contratación de servi-cios, fletes, impresión de planos, alquiler de herramientas, mano de obra, combustible, elementos de trabajo y de seguridad perso-nal, repuestos y service para maquinarias; que se debe autorizar a la Dirección de Contadu-ría General a emitir la orden de pago respectiva; que por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: A la Dirección de Conta-duría General dependiente de la Secreta-ría de Hacienda a emitir orden de pago por la suma de pesos setenta mil con 00/100 ($ 70.000,00.-), a favor de la Sra. ROTH, DAIANA JESICA (CUIT: 23334832104), quien será responsable del cobro y rendición de la misma, en concepto de suma con cargo a rendir para gastos generales y de materiales. IMPUTAR: al Programa Nº 1.08.01.01.0031.108 (ECOTASA); Par-tida Presupuestaria Nº 1.08.01.01.0031.108.2 (TRANSFERENCIA RECURSOS PROPIOS) La presente Resolución será refrenda-da por el Secretario de Turismo, Secre-tario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 07 de septiembre de 2020GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BUR-LON , GASTON FERNANDO , QUINTA-NA, DIEGO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001951-I-2020VISTO: Decreto Nacional 260/20, 297/2020 de AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTI-VO Y OBLIGATORIO y sus disposiciones complementarias; Decreto de Naturaleza Legislativa N° 01/20 de la Provincia de Río Negro, Decreto Provincial 293/20; Resolu-ción del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro N° 5107-MS-2020,, y Reso-lución 750-I-2020, Resolución 756-I-2020 y complementarias, Resolución 814-I-2020, Resolución 1883-I-2020; Ordenanza 3150-CM-20, Ordenanza 3155-CM-20, y;CONSIDERANDO:que por el Decreto Nacional N° 260/20, se

amplió en nuestro país la emergencia pú-blica en materia sanitaria establecida por la Ley 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS);que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala interna-cional requirió pocos días después, la adop-ción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia, dando lugar al dictado del Decreto 297/2020, por el cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y 31 de marzo, y que dichas medidas se prorroga-ron según los Decretos Nros. 355/20, 408/20, 459/20, 520/20, 576/20, 605/20, 641/20, 677/20 y 714/20 hasta el 20 de septiembre de 2020, inclusive;que el Decreto 297/2020 se ha dictado con el fin de contener y mitigar la propagación de la epidemia de COVID-19 y con su aplicación se pretende preservar la salud pública, adop-tándose en tal sentido medidas proporciona-das a la amenaza que se enfrenta, en forma razonable y temporaria. La restricción a la libertad ambulatoria tiende a la preservación del orden público, en cuanto el bien jurídico tutelado es el derecho colectivo a la salud pú-blica. En efecto, no se trata sólo de la salud de cada una de las personas obligadas a cumplir la medida de aislamiento dispuesta, sino de todas y todos los habitantes en su conjunto, ya que la salud pública, por las características del COVID-19, depende de que cada uno de nosotros cumpla con su aislamiento, como la forma más eficaz para cuidarnos como socie-dad;que el Gobierno Provincial, mediante Decreto 293/2020 y a los fines de seguir adoptando medidas eficaces destinadas a contribuir al aislamiento sanitario, dispuso un receso ge-neral excepcional de la Administración Pú-blica provincial hasta el día 31 de marzo del corriente, inclusive, y a su vez prorrogó la vi-gencia de las medidas y disposiciones según Decretos Provinciales N° 266/20, N° 293/20, N° 297/20, N° 298/20 modificado por De-creto N° 323/20, N° 299/20, N° 300/20, N° 301/20, N° 306/20 N° 481/20 y N° 538/20;que el art. 10° del Decreto 293/2020 estable-ce que los municipios dictarán las medidas necesarias para implementar lo dispuesto en el decreto mencionado, como delegados del gobierno federal, conforme lo establece el artículo 128 de la Constitución Nacional, sin perjuicio de otras medidas que deban adoptar los municipios en el ejercicio de sus compe-tencias propias;que, en consonancia con esta atribución, el Ejecutivo Municipal promulgó la Resolución 750-I-2020, que reglamentó las licencias es-peciales para prevención del COVID-19, la Resolución 756-I-2020, que establece el rece-so parcial y excepcional de la Administración Pública Municipal, dispensando del deber de asistencia al personal, cualquiera sea su

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condición de revista y bajo requerimiento de respetar el aislamiento dispuesto, por las con-sideraciones efectuadas a partir de la firma de la presente y hasta el 31 de marzo de 2020, y las excepciones al mismo; la Resolución 814-I-2020, que reglamenta el alcance del art. 6°, inc. 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 estableciendo las áreas que de-ben continuar prestando servicios en la Muni-cipalidad y autoriza a las/os Secretarias/os a designar nuevas áreas a los fines de garantizar el funcionamiento mínimo en la prestación de los servicios que brinda el Municipio a la co-munidad, pudiendo en su caso disponer la in-terrupción de las licencias ordinarias, extraor-dinarias o especiales del personal a su cargo que resulte imprescindible para asegurar lo dispuesto en el presente artículo, por razones de servicios.- Ello, con excepción de las li-cencias autorizadas mediante la Resolución N° 750-I-2020;que la Resolución N° 756-I-2020 fue pro-rrogando sus efectos según Resoluciones N° 890-I-2020, 919-I-2020, 1000-I-2020, 1086-I-2020, 1236-I-2020, 1281-I-2020, 1369-I-2020, 1441-I-2020, 1529-I-2020, 1578-I-2020 y 1815 modificandose el art 1° de la Resolución 756-I-2020, ampliando sus efec-tos hasta el día 30.08.2020, inclusive;que el Concejo Municipal sancionó la Orde-nanza 3150-CM-20 que declara el estado de emergencia económica, social y de servicios por 90 días;que el Concejo Municipal sancionó la Orde-nanza 3155-CM-20 que extiende el estado de emergencia económica, social y preventiva hasta el 22.09.20;que en el art. 4° del Decreto N° 576-I-2020 del Poder Ejecutivo Nacional, se incluyó a la Ciudad de San Carlos de Bariloche, dentro de las ciudades comprendidas en el Distancia-miento Social, Preventivo y Obligatorio;que en el art. 26 del Decreto N° 576-I-2020 se establece que son personas en situación de mayor riesgo aquellos trabajadores y tra-bajadoras mayores de SESENTA (60) años de edad, embarazadas o incluidas en los gru-pos en riesgo según fueran definidos por el MINISTERIO DE SALUD de la Nación y aquellas personas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de ni-ños, niñas o adolescentes, están dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo en los términos de la Resolución N° 207/20, pro-rrogada por la Resolución N° 296/20, ambas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación;que, de acuerdo a la vigilancia epidemiológi-ca permanente que lleva adelante el Ministe-rio de Salud de la Provincia de Río Negro, en el marco de la pandemia del COVID-19, se torna necesario disponer la implementación de restricciones a la circulación con miras a prevenir la propagación del virus en determi-nadas áreas geográficas de la provincia;que en virtud de ello, el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, mediante Re-solución N° 510 7- MS-2020 ha resuelto un

nuevo esquema de restricciones a la circu-lación, el que debe ser reglamentado a nivel localque la Resolución 1883-I-2020 Reglamenta la Resolución N° 5107-MS- 2020, del Ministe-rio de Salud de la Provincia de Río Negro;que, con el objetivo de dar cumplimiento a las medidas nacionales y provinciales, se emite el acto administrativo correspondiente que prorroga el receso parcial y excepcional de la Administración pública municipal, modi-ficando el art. 1 de la Resolución 756-I-2020que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

MODIFICAR: el art 1° de la Resolución 756-I-2020, ampliando sus efectos hasta el día 20.09.2020;NOTIFICAR: a las Secretarías para que den conocimiento a sus áreas.INVITAR: a adherir a la presente Resolu-ción, al Instituto Municipal de Tierras y Vi-viendas para el Hábitat Social, Concejo De-liberante, Tribunal de Contralor, E.M.C.O., E.A.M.C.E.C., EMPROTUR, Defensoría del Pueblo y Junta Electoral Municipal.La presente Resolución será refrendada por el Jefe de Gabinete.Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 07 de sep-tiembre de 2020.-GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO,

RESOLUCION Nº 00001952-I-2020VISTO: la ausencia del Secretario de Ha-cienda por motivos de índole personal, y; CONSIDERANDO:que debido a razones de índole perso-nal, corresponde autorizar la ausencia el Sr. Secretario de Hacienda QUINTANA, DIEGO DANIEL (CUIT 20245811919), desde las 08:00 horas hasta las 20:00 horas del día Viernes 04 de Septiembre de 2020; que se debe generar el acto ad-ministrativo correspondiente; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: la ausencia del Señor Se-cretario de Hacienda Cr. QUINTANA, DIEGO DANIEL (CUIT 20245811919) - desde las 08:00 horas hasta las 20:00 horas

del día Viernes 04 de Septiembre de 2020. La presente Resolución será re-frendada por el Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 7 de sep-tiembre de 2020GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, ROS-EMBERG , GABRIELA MARISA ,

RESOLUCION Nº 00001953-I-2020 VISTO: La Licitación Privada Nº 007/219 correspondiente a la ejecución de la Obra Cor-dón Cuneta, Desagües y Repavimentación de carpeta Asfáltica de la calle Furman, y;CONSIDERANDO:que la empresa CODISTEL S.A., (CUIT: 30689090555) es la Contratista del Obra. que conforme a Ordenanza Nº 2991-CM-18 la mencionada Obra esta con-siderada dentro del Financiamiento FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL. que mediante Resolución Nº 443-I-2020 se estableció que el cálculo para la redeter-minación de precios se hará según Ley de obras Públicas Nº 286 de la Provincia de Río Negro, Decreto Nº 1313 del 06/10/2018. que en la adjudicación de la Obra se reconoce un Anticipo Financie-ro del 20% del presupuesto de la Obra; que la Redeterminación del Anticipo Finan-ciero es de Pesos Un Millon Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Trecientos Noventa y Uno con 04/100 Ctvos ($ 1.452.391,04); por ello y en uso de las atribuciones conferi-das por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: La Redeterminación de Pre-cios del Anticipo Financiero, de la Licitación Privada Nº 007/2019 correspondiente a la eje-cución de Cordón Cuneta, Desagües y Repa-vimentación de la Calle Furman, a la Empre-sa CODISTEL S.A., (CUIT: 30689090555), por la suma de Pesos Un Millon Cuatrocien-tos Cincuenta y Dos Mil Trescientos Noventa y Uno con 04/100 Ctvos. ($ 1.452.391,04). La presente Resolución será refrendada por Se-cretario de Ambiente y Desarrollo Urbano, Se-cretario de Hacienda y Jefatura de Gabinete. . Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-

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BOLETIN OFICIAL N° 280 - 10 de septiembre de 2020

vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 7 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BU-LLAUDE , PABLO , QUINTANA, DIE-GO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001954-I-2020 VISTO: La Licitación Privada Nº 08/2019 correspondiente a la ejecución de la Obra de Pavimentación en Hormigón en calle Mange, y;CONSIDERANDO:que la Empresa CODISTEL S.A., (CUIT: 30689090555) es la Contratista del Obra; que conforme a Ordenanza Nº 2991-CM-18 la mencionada Obra esta con-siderada dentro del Financiamiento FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INSFRAESTRUCTURA REGIONAL; que mediante Resolución Nº 895-I-2019 se establecio que el cálculo para la redeter-minación de precios se hará según Ley de Obras Públicas Nº 286 de la Provincia de Río Negro, Decreto Nº 1313 del 06/10/2018; que en Resolución Nº 2942-I-2019 de adjudi-cación de la Obra se reconoce un Anticipo Fi-nanciero del 20% del presupuesto de la Obra; que la Redeterminación del Anticipo Fi-nanciero es de Pesos Un Millon Quinientos Cuarenta y Tres Mil Doscientos Setenta y Tres con 27/100 ctvos. ($ 1.543.273,27); por ello y en uso de las atribuciones conferi-das por el Art. 51º de la Carta Orgánica Mu-nicipal;EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILO-CHERESUELVE:ARTICULADO:AUTORIZAR: La Redeterminación de Pre-cios del Anticipo Financiero, de la Licitación Privada Nº 08/2019 correspondiente a la ejecu-ción Pavimento de Hormigón en calle Mange entre Quaglia y Beschedt, a la Empresa CO-DISTEL S.A., (CUIT: 30689090555) por la suma de Pesos Un Millon Quinientos Cuarenta y Tres Mil Doscientos Setenta y Tres con 27/100 Ctvos. ($ 1.543.273,27); La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Ambiente y Desarrollo Urbano, Secretario de Hacienda y Jefatura de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 7 de sep-tiembre de 2020 GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, BU-LLAUDE , PABLO , QUINTANA, DIE-

GO DANIEL,

RESOLUCION Nº 00001955-I-2020VISTO: la ausencia del Secretario de Ha-cienda por motivos de índole personal, y; CONSIDERANDO:que debido a razones de índole perso-nal, corresponde autorizar la ausencia el Sr. Secretario de Hacienda QUINTANA, DIEGO DANIEL (CUIT 20245811919), desde las 08:00 horas del día Lunes 07 de Septiembre de 2020 hasta las 20:00 horas del día Martes 08 de Septiembre de 2020; que se debe generar el acto ad-ministrativo correspondiente; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

AUTORIZAR: la ausencia del Señor Se-cretario de Hacienda Cr. QUINTANA, DIEGO DANIEL (CUIT 20245811919) - desde las 08:00 horas del día Lunes 07 de Septiembre de 2020 hasta las 20:00 horas del día Martes 08 de Septiembre de 2020. La presente Resolución será re-frendada por el Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO,

RESOLUCION Nº 00001956-I-2020VISTO: la Ordenanza Nº 882-CM-98, y;CONSIDERANDO:que la misma establece el mecanismo de in-formación interna sobre la forma de Promul-gación de Ordenanzas y rechazo de vetos; que fue recepcionada con fe-cha 04/09/2020 en el Departamento Eje-cutivo, la Ordenanza Nº 3166 -CM-20; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

PROMULGAR: la Ordenanza Nº 3166-CM-20, sancionada por el Concejo Mu-

nicipal con fecha 03 de Septiembre de 2020, y cúmplase de conformidad. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, OL-VAR, FABIAN CARLOS,

RESOLUCION Nº 00001957-I-2020VISTO: la Ordenanza Nº 882-CM-98, y;CONSIDERANDO:que la misma establece el mecanismo de in-formación interna sobre la forma de Promul-gación de Ordenanzas y rechazo de vetos; que fue recepcionada con fe-cha 04/09/2020 en el Departamento Eje-cutivo, la Ordenanza Nº 3165-CM-20; que por ello y en uso de las atribuciones con-feridas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARI-LOCHE RESUELVEARTICULADO:

PROMULGAR: la Ordenanza Nº 3165-CM-20, sancionada por el Concejo Mu-nicipal con fecha 03 de Septiembre de 2020, y cúmplase de conformidad. La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Fiscalización y Jefe de Gabinete. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archí-vese.SAN CARLOS DE BARILOCHE, 08 de sep-tiembre de 2020.- GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE, BAR-BERIS, MARCOS GUILLERMO, FIBI-GER, JAVIER OSVALDO

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ÍNDICE

Ordenanzas............................................................Pág. 1 a 7 Resoluciones...........................................................Pág. 7 a 39

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