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García Linera asegura que Chile carece de argumento sobre el mar SANTIAGO NO CONVENCE NI A SU PROPIA OPINIÓN PÚBLICA CON SUS JUSTIFICATIVOS POLÍTICA 13 Vicepresidencia AFKA García destacó la unidad del país. Bolivia defenderá en la Corte de La Haya (foto) el derecho a un acceso soberano al mar. TARIJA Seguidores de Adrián Oliva atacan a gremiales FIRMA Bolivia, Brasil y España pactan sobre agua potable MAS va por los 2/3 en las gobernaciones BOLIVIA ELIGE 2 BOLIVIA ELIGE 4 ÚLTIMAS 24 Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginas Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 7 • N° 2.285 • 3 cuerpos • 56 páginas Bs 2 MIÉRCOLES 29 DE ABRIL DE 2015 Reynaldo Zaconeta Pueblo tarijeño apoya a Canedo Enzo De Luca El cierre de campaña del MAS en Yacuiba. BOLIVIA ELIGE 3 Votar por Oliva equivale a confrontar Sectores sociales, empresariales y sindicales de Tarija proclamaron ayer a Pablo Canedo como gobernador. El presidente Evo alertó sobre los riesgos de apoyar a Adrián Oliva. Acelerar el desarrollo El Jefe de Estado garantizó la construcción de la carretera Yacuiba al chaco y la edificación de un silo para albergar unas 50 mil toneladas de productos agrícolas. Encuesta: En Bolivia 70% aprueba la gestión de Evo Tóásó confirma afanes separatistas de Eduardo Rózsa 19 ÚLTIMAS 17 SEGURIDAD El Vicepresidente remarcó que el país está “en un nivel de superioridad jurídica, legal, histórica y moral” respecto de la postura de Santiago. “Bolivia se mantiene unida, ha apelado a la justicia, a la historia, al derecho y a los procedimientos internacionales de justicia y va confiada” a La Haya, dijo.

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García Linera asegura que Chile carece de argumento sobre el mar

SANTIAGO NO CONVENCE NI A SU PROPIA OPINIÓN PÚBLICA CON SUS JUSTIFICATIVOS

POLÍTICA 13

Vice

pres

iden

cia

AFKA

García destacó la unidad del país. Bolivia defenderá en la Corte de La Haya (foto) el derecho a un acceso soberano al mar.

TARIJA ’ Seguidores de Adrián Oliva atacan a gremiales

FIRMA ’ Bolivia, Brasil y España pactan sobre agua potable

MAS va por los 2/3 en las gobernaciones

BOLIVIA ELIGE 2

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Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 4 • N°1680 • 3 cuerpos • 40 páginasPeriódico del Estado Plurinacional de Bolivia • Circulación nacional • Año 7 • N° 2.285 • 3 cuerpos • 56 páginas Bs 2

MIÉRCOLES 29 DE ABRIL DE 2015

Reyn

aldo

Zac

onet

a

Pueblo tarijeño apoya a Canedo

Enzo

De

Luca

El cierre de campaña del MAS en Yacuiba. BOLIVIA ELIGE 3

Votar por Oliva equivale a confrontarSectores sociales, empresariales y sindicales de Tarija proclamaron ayer a Pablo Canedo como gobernador. El presidente Evo alertó sobre los riesgos de apoyar a Adrián Oliva.

Acelerar el desarrolloEl Jefe de Estado garantizó la construcción de la carretera Yacuiba al chaco y la edificación de un silo para albergar unas 50 mil toneladas de productos agrícolas.

Encuesta: En Bolivia 70% aprueba la gestión de Evo

Tóásó confirma afanes separatistas de Eduardo Rózsa

19 ÚLTIMAS

17 SEGURIDAD

El Vicepresidente remarcó que el país está “en un nivel de superioridad jurídica, legal, histórica y moral” respecto de la postura de Santiago.

“Bolivia se mantiene unida, ha apelado a la justicia, a la historia, al derecho y a los procedimientos internacionales de justicia y va confiada” a La Haya, dijo.

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miércoles 29 de abril de 2015TEMA DEL DÍA2

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Paz y Oruro son los dos de-partamentos con epidemia de Infecciones Respiratorias Agu-das (IRA), reportó ayer el jefe nacional de la Unidad de Epi-demiología del Ministerio de Salud, Rodolfo Rocabado.

El resto de los departamen-tos (Beni, Chuquisaca, Cocha-bamba, Pando, Tarija y Poto-sí), excepto Santa Cruz, fue declarado en alerta, informó a Cambio el especialista.

De acuerdo con datos ofi-ciales, este año se registraron 690.788 casos de IRA a nivel nacional; en tanto que el año pasado se reportaron 667.701 casos, lo que representa el 3% de incremento respecto de la anterior gestión.

SITUACIÓN DE LA PAZ Y ORURO En el departamento de La

Paz se reportaron 125.887 ca-sos de IRA este año; en Oruro 57.097 casos.

“El año pasado, en La Paz se registraron 118.556 casos, y en Oruro 49.545. Como pode-mos ver, hay un incremento de casos este año con relación al año pasado”, comparó.

Según el galeno, la hume-dad de la lluvia y el frío con-

cuadro clínico evolucione de forma favorable”.

RECOMENDACIONES “La gente debe recordar que

las IRA se contagian muy fácil-mente por la saliva, que al ha-blar puede llegar a expulsarse hasta una distancia de cinco metros”, explicó Rocabado

El médico sugirió trasladar de forma inmediata a un cen-

tro de salud a los niños que presenten fiebre durante más de un día. “No deben autome-dicarlo”, remarcó al mencio-nar que se debe evitar sobrea-brigar al pequeño, ya que el cambio brusco de temperatu-ras y las multitudes lo expo-nen también a un resfrío.

Por su parte, el Sedes La Paz implementó la etiqueta de la tos que consiste en poner en

práctica acciones como evitar el saludo con beso y apretón de manos; estornudar o toser en el pliegue del brazo o so-bre la solapa del abrigo para evitar disipar las bacterias; e incidir en el lavado constante de las manos.

En caso de que un niño ya esté con la enfermedad, no debe consumir cítricos, pues le irritarían la garganta.

Un padre de familia junto con su pequeño que tiene una infección respiratoria, en un centro de salud.

En La Paz y Oruro suben los casos de infecciones respiratorias agudasSITUACIÓN ó El resto de los departamentos, excepto Santa Cruz, fue declarado en alerta.

dicionan a que se produzcan los resfríos, por lo que alertó a la población —sobre todo pa-ceña y orureña— a activar los filtros sanitarios para evitar contagios masivos en unida-des educativas, universidades y otros sitios en que haya ha-cinamiento de personas.

Al respecto, el director del Servicio Departamental de Salud (Sedes) La Paz, Hen-ry Flores, garantizó ayer que “los estudiantes con infeccio-nes respiratorias tienen tole-rancia” establecida desde la Dirección Departamental de Educación de La Paz.

Recomendó que toda per-sona enferma, sobre todo si se trata de niños, “debe que-darse en casa hasta ver que su

Página web barriochinobolivia.com tiene mil visitas por día

“Quedan invitados a regis-trarse en el sitio web oficial del grupo donde podrás publi-car anuncios totalmente gratis, toda una rueda de negocios en toda Bolivia y el mundo a tra-vés de la única e inigualable www.barriochinobolivia.com”, convocó públicamente el crea-dor de la página a través de ‘Barrio Chino de “Ron Damon” BOLIVIA’ en Facebook.

El joven cuenta que el espa-cio publicitario en formato de página web se abrió tras el éxi-to que tuvo la cuenta ‘Barrio Chino de “Ron Damon” BOLI-VIA’, en Facebook, que en tres años de antigüedad cuenta con 90 mil miembros.

Tal como en la cuenta de la red social, el servicio en la pá-

TECNOLOGÍA ó La página, creada por el boliviano Óscar Miranda, recibe anuncios de forma gratuita.

gina web también es “totalmen-te gratuito”, garantiza Óscar. “Cualquier persona puede pu-blicar su anuncio sin ningún costo. Sólo tiene que registrar sus datos para no tener usuarios fantasmas”, explicó.

Remarcó que este espacio pu-blicitario en línea también está disponible para anuncios publi-citarios de pequeñas, medianas y grandes empresas.

Según el consultor en Tecno-logías de la Información y Co-municación, Marcelo Durán Vás-quez, “las redes sociales, como Facebook, y las páginas web pu-blicitarias en Bolivia tienen cada día más impacto porque son mu-chísimo más baratas, sobre todo para negocios pequeños u ofer-tantes particulares”.Una joven observa las ofertas publicadas en la nueva página web.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

‘Barrio Chino de “Ron Damon” BOLIVIA’, una de las cuentas más famosas de compra-ven-ta de artículos en general en Bolivia, a través de Facebook, creó su página web el viernes 24 de abril.

El creador de la página www.barriochinobolivia.com, el bo-liviano Óscar Miranda, reportó ayer que entre el viernes y el lu-nes de esta semana recibieron 4.000 visitas de personas que vi-ven dentro y fuera del país.

“En pocas horas de su lanza-miento llegamos a tener más de 1.000 visitas en un solo día”, sos-tuvo Miranda, basado en datos proporcionados por un estudio realizado por google analytics.

TRANSMISIÓN

Las IRA se contagian fácil-mente por la saliva, que puede llegar a expulsarse hasta una distancia de cinco metros.

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miércoles 29 de abril de 2015 3EDITORIAL

FORMACIÓN Y ACCESO A NUEVOS CONOCIMIENTOS

Salto tecnológico

Durante unas clases en la universidad, un docente aseguró que era posible predecir las características físicas (hombre o mu-jer, cabello negro o castaño, etc.) de los estudiantes que po-drían ingresar un día determinado por la puerta principal de la casa de estudios.

Esa predicción no sería resultado de la adivinación o el azar sino de la aplicación rigurosa de las estadísticas referidas a los estudiantes, el análi-sis de datos conseguidos, las probabilidades y el uso de herramientas in-formáticas como el paquete Stata.

Esas herramientas fueron impartidas a estudiantes bolivianos por el europeo Andrés Santana, doctor en Ciencia Política especializado en aná-lisis de datos y desarrollo. Sin embargo, tras semanas de capacitación, sa-lieron a la luz algunas falencias en la formación de los estudiantes locales.

A la frecuente impuntualidad de los cursantes se sumó su poca costum-bre de usar las computadoras en las clases diarias, el insuficiente conoci-miento del manejo de fórmulas matemáticas, la lentitud para seguir el ritmo académico del docente y el escaso conocimiento de paquetes esta-dísticos usados en la investigación como el Stata, el SPSS y otros.

Pese a que los estudiantes tenían el grado de magíster, el docente dijo que se veía en la necesidad de explicar uno por uno sus conocimientos como “si fuese un kínder”. Al término de las clases y tras un primer exa-men, como era previsible, un 70% de los estudiantes reprobó el curso.

Esa anécdota permite tener una idea de la insuficiente formación de los estudiantes en conocimientos científicos y en el manejo regular de tecno-logías usadas en otros continentes para investigar/sistematizar temas refe-ridos, por ejemplo, al desarrollo y la riqueza de los países.

La importancia del conocimiento/acceso/manejo y uso de la tecnología es clave para incentivar el aumento de la producción económica y la supe-ración de la “trampa malthusiana”, es decir cuando el crecimiento econó-mico deriva en más ingresos lo que repercute en un aumento de la pobla-ción (disminuye la mortalidad por que la gente tiene más dinero para ir al médico, se producen más nacimientos). Ese aumento de la población hace que el ingreso per cápita se reparta entre más personas lo que deriva en una economía de subsistencia que dificulta el desarrollo.

La experiencia ajena muestra que para salir de esa trampa (además de entornos institucionales y fomento estatal) se requiere de un salto tecno-lógico que incentive la innovación sucesiva que aumente la producción.

Precisamente la importancia de la soberanía tecnológica y la necesidad de “pelear por la integración latinoamericana, por la emancipación cientí-fica tecnológica” fue destacada ayer por el vicepresidente Álvaro García en la inauguración de la I Reunión del Área Andina de la Organización Con-tinental Latinoamericana y Caribeña de Estudiantes.

TINTA CHINA Rebelion

Bolivia se moviliza por el software libre

El Festival Latinoamericano de Instalación de Software Libre (FLISOL), “es el evento más

grande del mundo para promover la difusión y el uso de Software Libre”, ya que en más de 250 ciu-dades en Latinoamérica se organizaron el pasado 25 de abril eventos para informar, exponer e ins-talar software libre.

Un software es “libre” cuando garantiza las si-guientes cuatro libertades: la libertad de usar el programa, con cualquier propósito; la libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificar-lo, adaptándolo a tus necesidades; la libertad de dis-tribuir copias del programa; la libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los de-más, de modo que toda la comunidad se beneficie.

Bajo estos principios, el FLISOL en Bolivia, tuvo sedes en la Universidad Gabriel René Moreno de Santa Cruz, en el mARTadero y en la Universidad Mayor de San Simón en Cochabamba, en el Hall de la Vicepresidencia en La Paz, en la Universidad Pú-blica de El Alto, en la Universidad Juan Misael Sara-cho y la Universidad Privada Domingo Savio en Ta-rija, en el auditorio Cuarto Centenario en Potosí, en predios de la Universidad Autónoma del Beni, en la Plaza 25 de Mayo de Sucre, así también en ciudades intermedias como Camiri y Yacuiba.

De manera preparatoria, hubo eventos en la Uni-versidad Mayor de San Andrés de La Paz, el Instituto Bolivia Mar de El Alto, en la Escuela Superior de For-mación de Maestros de Caiza D en Potosí, en la Facul-tad Politécnica de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno y la UTEPSA de Santa Cruz. En síntesis, el FLISOL concitó interés en toda Bolivia.

Por lo tanto, en Bolivia se registra una movili-zación popular a favor del software libre, expre-sada en la organización de eventos masivos y de carácter permanente en importantes sectores de la sociedad civil.

El Estado boliviano ha adoptado la política de uso de software libre en todas sus instituciones y este año comienza el proceso donde se irán adop-tando de forma gradual estas soluciones con la fina-lidad de posicionar a Bolivia como un productor de tecnología como una industria que puede brindar al país muchos beneficios.

Bolivia es el único país que cuenta con norma-tiva que respalda la migración hacia el software li-bre, expresada en el artículo 77 de la Ley de Tele-comunicaciones y TIC (No. 164) que indica: “I. Los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y entidades territoriales autónomas en todos sus ni-veles, promoverán y priorizaran la utilización del software libre y estándares abiertos en el marco de la soberanía y seguridad nacional; II. El Órgano Eje-cutivo elaborará el plan de implementación de soft-ware libre y estándares abiertos en coordinación con los demás órganos del Estado y entidades de la administración pública.

El Decreto Supremo No. 1793 establece políticas institucionales y plazos para la migración hacia el software libre (siete años) y la implantación del go-bierno electrónico; para este proceso mediante el Decreto Supremo Nº 1874 se otorga al Ministerio de Planificación del Desarrollo la responsabilidad de “Elaborar en coordinación con las Carteras de Es-tado e instituciones competentes, el Plan de Imple-mentación del Gobierno Electrónico en el Estado Plurinacional de Bolivia y; el Plan de Implementa-ción de Software Libre y Estándares Abiertos para los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electo-ral en todos los niveles del Estado Plurinacional de Bolivia, así como de su permanente actualización.”

FESTIVAL

MARIO RONAL DURÁN CHUQUIMIA

La Paz - [email protected]

Periódico del Estado Plurinacional de BoliviaFundado el 22 de enero de 2009Depósito legal 4-3-8-09 P.O.Calle Potosí esquina Ayacucho NO 1220Zona central, La PazTelfs.: 2902597 - 2902266 - 2902299 - 2902587

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EDITORES

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DISTRIBUCIÓN EN LA PAZ Y EL ALTOMiguel Herrera Calle

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4 OPINIÓN miércoles 29 de abril de 2015

SAQUEO DEL PATRIMONIO ECONOMÍA

Privatización: el desmantelamiento de Beni y Tarija

¿A qué se destina la deuda externa?

Los daños que han provocado los procesos de privatización y capita-lización en nuestro país son cuan-

tiosos, tanto que a partir de la nueva vi-sión de desarrollo nacional se ha estado luchando para recuperar la riqueza que nos han robado en la larga noche del reinado neoliberal.

No es una exageración hablar sobre reinos y reinados, puesto que así se con-cibió el retorno a la democracia. Recor-demos que el país terminaba de librarse de los gobiernos dictatoriales, la Bolivia de aquella época empezaba a soñar con la reconstrucción de su economía, pero no fue así, el triunfo se convirtió en una nueva oportunidad para enriquecerse.

Como solía suceder siempre, fueron otros los que se declararon triunfado-res, los políticos que decían representar al pueblo se embolsillaron la riqueza y vendieron sus principios, promovieron la imposición de un modelo económico, el neoliberalismo, que convirtió a la pa-tria en una oportunidad para hacer bue-nos negocios.

Este proceso arranca con el denostado Decreto 21060 en 1985, que da pie al inicio de un primer proceso, el de la privatiza-ción de las empresas nacionales, cuando se vendieron a precio de gallina muerta 157 empresas. Arranca el segundo paso, la capitalización de las empresas estraté-gicas de electricidad, ferrocarriles, hidro-carburos, telecomunicaciones y aeronáuti-ca (ENDE, ENFE, YPFB, Entel y LAB).

El tercer período se inicia con la con-quista de los servicios básicos, la luz y el agua, éste es interrumpido por la Guerra del Agua, que luego da pie a la recupe-ración de nuestros recursos con Octubre en El Alto y la caída del modelo neolibe-ral con la fuga de Goni.

En el marco del Proceso de Cambio, cumpliéndose nueve años de gestión del presidente Evo, con un modelo eco-nómico consolidado y una visión socia-lista comunitaria, se han establecido los lineamientos básicos de crecimiento, considerando también una nueva visión autonómica que busca arrancar en con-cordancia con una histórica alianza agro-pecuaria para consolidar su desarrollo en tres ejes: equidad, distribución de la riqueza y protección del medioambiente. Esta planificación a largo plazo, Agenda 2025, tiene además el objetivo de recupe-rar el tiempo perdido en la época neoli-beral y demuestra cuán dañino y desas-troso fue el desmantelamiento neoliberal del Estado plurinacional.

Los líderes neoliberales que comanda-ron estos procesos privatizadores y capi-

La publicación de El Diario del 9 de abril de 2015, titulada “la deuda ex-terna un problema serio”, pretende

mostrar a la opinión pública que, a raíz del endeudamiento externo contraído en la actual gestión, se estaría compro-metiendo seriamente al país.

Al respecto, cabe aclarar que el año 2005 los pagos realizados por deuda ex-terna alcanzaron cifras elevadas, llegan-do a un 122% sobre exportaciones de bienes y servicios, nivel que muestra la carga de obligaciones externas sobre la capacidad de generar divisas.

Sin embargo, para la gestión 2014 la deuda externa como porcentaje de las ex-portaciones de bienes y servicios alcanzó tan sólo al 37%, evidenciándose la dismi-nución de las obligaciones externas del país. Por este motivo, llama la atención que en el contexto actual, donde los ni-veles de endeudamiento del país son sos-tenibles, se propaguen este tipo de publi-caciones que desinforman a la población.

Asimismo, producto del continuo cre-cimiento económico registrado en los últimos años (2006–2014), período que reportó un crecimiento promedio de 5% del PIB, la inversión pública se incremen-tó significativamente, por lo que el país ha acudido al endeudamiento externo para financiar proyectos de inversión en beneficio de nuestro país, principalmen-te en el sector de infraestructura.

Es importante aclarar que antes de 2006 el endeudamiento se orientaba al pago de sueldos, aguinaldos y a cubrir los déficits fiscales, olvidándose de la re-ducción de la pobreza. Los créditos de los organismos estaban condicionados a la implementación de políticas neolibe-rales denominadas de reforma estruc-tural. Contrariamente a esta situación,

Victor H. Romero

Johnny Villegas Ticona

talizadores sacan cara y se arropan con conceptos democráticos, participativos, inclusivos y por supuesto de desarrollo económico. Es por demás conocida la par-ticipación del acuerdo patriótico, gobier-no que funcionó gracias a la alianza entre el MIR y la ADN, siendo sus representantes directos Hugo Banzer Suárez y Jaime Paz Zamora, raíz política de Juan Del Grana-do (MBL, MNR, MAS) y de Samuel Doria Medina (UN, UD) y Tuto Quiroga (ADN, Po-demos, PDC). Sus herederos políticos son los que ahora pugnan por construir una oposición que, más allá del cortoplacismo y contexto electoral, no logra plantear un modelo político y económico alternativo al que impulsa el Proceso de Cambio.

En el contexto de las elecciones subna-cionales y la segunda vuelta en Beni y Ta-rija es importante recordar este desman-telamiento, mucho más porque herederos políticos de esta visión y hasta peones del imperialismo intentan recuperar espacios de poder para buscar la reposición de mo-delos económicos que pueden ser conside-rados antipatrióticos.

Tarija en el proceso de la privatización perdió trece empresas: la Planta Indus-trializadora de Leche PIL, la Fábrica de Alimentos Balanceados, el Centro Vitivi-nícola Ceviti, las Industrias Avícolas de Tarija, el Programa Avícola de Oleagino-sas y Maíz PAOM, la Empresa Tarijeña de Gas Emtagas, Industrias Agrícolas de Ber-mejo IAB, Fábrica de Cemento El Puente, Empresa Forestal Pecuaria Tariquia, Fá-brica de Envases de Vidrio Cristalería Ós-car Alfaro, la Fábrica de Sal Yodada, la Fá-brica de Aceites Comestibles Villamontes y la Industria Papelera de Tarija.

Mientras que el Beni perdió la Plan-ta de Silos Sachojere, Aserradero Chi-manes San Borja, Empresa Procesadora de Semillas Mejorada EPSM, la Empre-sa Ganadera Fonbeni-Cotesu, Empresa Ganadera Remes, Fábrica de Cerámica Roja Trinidad, Planta Laminadora de Goma Lamigosa, Empresa Nacional de Castaña Enaca.

Gracias al gran salto económico de la Nacionalización que significa para la economía boliviana, podemos hoy ha-blar del proceso de Industrialización. No sólo Beni y Tarija se benefician con estas medidas político económicas, también el resto del país, de ahí que ahora ya se pue-den planificar con solidez los cuatro pila-res que sostendrán a la Bolivia del 2025: hidrocarburos, energía, minería y agro-pecuario. De ahí que el voto, en este pri-mer balotaje que se realiza en la historia democrática del país, es por demás im-portante, por su valor y representación política, puesto que podría significar dar-le oportunidades a una visión neoliberal de ultraderecha que no cree en el país y que todavía considera a nuestro territo-rio como si fuera una finca.

el endeudamiento a partir del año 2006 se caracterizó por potenciar la infraes-tructura caminera del país, destinan-do recursos externos a la construcción caminera de dobles vías en tramos in-terdepartamentales, como son los pro-yectos La Paz-Oruro, Montero-Yapacaní, Caracollo-Confital y el Puente Ichilo-Ivirgarzama, entre otros.

También benefició al sector agrope-cuario, con la puesta en marcha del Pro-grama de Mecanización del Agro, con el propósito de facilitar maquinaria, equi-pos e implementos agrícolas a favor de pequeños y medianos productores agro-pecuarios, beneficiando a las familias del área rural, con este programa lo que se buscó es mecanizar al sector agrope-cuario con el objetivo de impulsar la pro-ducción de alimentos, abaratar los costos de producción y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria.

Otro sector al cual se destinó inver-sión importante es el saneamiento bá-sico y agua, donde destacan los progra-mas MiAgua, a través del cual se dio acceso al agua potable a todas las comu-nidades rurales del país, garantizando la salud de la población y mejores con-diciones de vida.

Como se puede apreciar, los recursos contratados vía endeudamiento externo son destinados a priorizar la implemen-tación de proyectos de gran envergadura que el Gobierno actual ejecuta para me-jorar la capacidad productiva y calidad de vida de todos los bolivianos, con el fortalecimiento estratégico, generando así mayor empleo y más oportunidades.

Por este motivo, resulta extraño leer apreciaciones como las señaladas en la publicación referida a la “deuda externa un problema serio”, dados los importan-tes avances logrados en materia de ges-tión de deuda pública. Sería prudente, ho-nesto, sensato y responsable no publicar este tipo de publicaciones que lo único que buscan es desinformar a la población.

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miércoles 29 de abril de 2015 CIUDADES 5

Negligencia de exalcaldes daña las arcas de La Paz REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La negligencia de los exalcaldes Juan del Granado y Luis Revi-lla, hará que los paceños tengan que pagar 20 millones de boli-vianos a la familia Brun, por el caso de la ilegal demolición de una vivienda en el año 2000.

El concejal reelecto por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Jorge Silva, dijo que “el abuso de poder demostrado en los diez años de gestión del Movimiento Sin Miedo y la chi-cana (argucia legal) del equipo de abogados provoca ese daño económico que ya tiene sen-tencia ejecutoriada del Tribu-

nal de Supremo de Justicia. Juan Brun, dueño de la casa que demolió Del Granado, pi-dió al alcalde interino Omar Rocha y a los citados exalcal-des a no politizar la sentencia, que es irreversible.

“Solamente pido que se cum-pla la ley. He pedido que el Con-cejo me reciba como ente fisca-lizador del ejecutivo municipal pueda lograr el pago justo”, dijo.

El secretario Ejecutivo Muni-cipal, Ramiro Antelo, indicó que el tema central del problema es que “el pago es inevitable” y que la justicia tiene mecanismos, in-cluso podrían aplicar estrategias para hacer pagar al Estado.

Los bocinazos de los motorizados causan mayor contaminación acústica.

Bocinazos amenazan la salud de los paceños REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Los bocinazos que emanan del parque automotor son la prin-cipal fuente de contaminación acústica en la ciudad de La Paz, que afectan a la salud de la población.

Según un estudio de la Al-caldía, el abuso en el uso de las bocinas triplican los niveles de decibeles permitidos.

La Comuna y voluntarios promueven para hoy la quinta versión del Día de la No Bocina.

“La norma especifica que no deberíamos tener ruidos que sobrepasen los 30 decibe-les, pero estos se triplicaron y eso es alarmante porque es más de lo que podría aguan-tar un ser humano”, alertó el secretario de Planificación del Desarrollo de la Alcaldía, Mario Mendoza, en una confe-rencia de prensa.

Según el estudio, al menos tres puntos del eje central tie-nen registros alarmantes: En la plaza San Francisco se cons-tató 84,3 decibeles. En la calle Sagarnaga llegó a 90,8 y en el

sector de la Obelisco 91 puntos respectivamente.

DE LA CAMPAÑAEl director de Gestión Am-

biental de la Alcaldía, Rubén Ledezma, indicó que en el marco de la campaña contra la contaminación acústica, hoy, cerca de 2.300 personas se si-tuarán en 18 puntos de la ciu-dad para socializar la proble-mática, que es una amenaza para la salud pública.

De la actividad participarán 25 instituciones y 20 colegios del centro, repartiendo infor-mación de forma personal a los conductores.

En 2014, la Dirección de Ges-tión Ambiental registró la re-ducción entre nueve y 10 pun-tos de contaminación acústica. El objetivo para esta versión es bajar 25 puntos.

La actividad se realiza en el marco del Día Internacional Sin Ruido que se instauró desde el 2001 —todos los últimos miér-coles de abril— por la Liga para el Deficiente Auditivo, en Nueva York, Estados Unidos.

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EDICTOREF.- EJECUCIÓN DE INSTRUCCIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN JERÁRQUICA MDPyEP Nº 001.2012 DENTRO EL PROCESO DE REESTRUCTURACIÓN VOLUNTARIA DE LA EMPRESA SOCIEDAD NACIONAL TEXTIL SONATEX “S.A.” - La Paz, 27 de abril de 2015.- VISTOS: Dentro el proceso de reestructuración de la empresa Sociedad Nacional Textil SONATEX S.A., en fecha 17 de febrero de 2012, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, emitió la Resolución Jerárquica MDPyEP Nº 001.2012 de 17 de febrero de 2012 que resuelve revocar la Resolución Administrativa SEMP Nº 56/2008 de 15 de abril de 2008 y la Resolución Administrativa SEMP Nº 33/2008 de 04 de marzo de 2008, instruyendo en consecuencia la remisión de antecedentes a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) a efectos del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 1639/2010-R de 15 de octubre de 2010. A efectos de la ejecución de la instrucción contenida en la Resolución Jerárquica descrita precedentemente, de acuerdo al procedimiento contenido en la Ley Nº 2495, Decreto Supremo Nº 27384 y Estatuto del Síndico, se designó mediante Resolución Administrativa RA/AEMP/Nº 093/2012 al Sr. Xavier Fernández Álvarez como Síndico de Reestructuración de la empresa SONATEX S.A. Por otra parte, dada la renuncia del Síndico a tal cargo, la AEMP, mediante Resolución Administrativa RA/AEMP/Nº 106/2012, resolvió aceptar la renuncia presentada por el Sr. Xavier Fernández Álvarez y adoptar el procedimiento respectivo para designar un nuevo Síndico de Reestructuración. Por segunda vez, se realizó el sorteo electrónico a efecto de designar un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Al efecto, la designación recayó en el Sr. Eddy Gabriel Paravicini Cárdenas quien mediante nota de 31 de octubre de 2012 se excusó de asumir el cargo. En este sentido, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/Nº 109/2012 de 01 de noviembre de 2012 que aceptó la excusa presentada por el Sr. Eddy Gabriel Paravicini Cárdenas e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Mediante Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 123/2012 de 17 de diciembre de 2012, se designó al Sr. José Elder Morón Guzmán como Síndico de Reestructuración de la empresa SONATEX S.A. quien presentó renuncia a dicho cargo por motivos de salud, y luego de cumplir los requisitos exigidos al efecto, mediante Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 031/2014 de 07 de abril de 2014, notificada en fecha 14 de abril de 2014 por FUNDEMPRESA, y puesta en conocimiento de este ente regulador mediante nota CTA-GAOC-N° 0221/14 de fecha 16 de abril de 2014, se resolvió aceptar la renuncia presentada por el Sr. José Elder Morón Guzmán y adoptar el procedimiento respectivo para designar un nuevo Síndico de Reestructuración. En fecha 25 de abril de 2014, se llevó a cabo el sorteo de Sindico de la empresa SONATEX S.A., del cual resultó elegido el Sr. Alberto Árabe Añez, motivo por el cual mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 0532/2014 de 2 de mayo de 2014, además de comunicarle dicha elección se solicitó su pronunciamiento respecto a la aceptación o renuncia de la designación efectuada, en cumplimiento del artículo 34 del Reglamento del Programa de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas, aprobado por Resolucion Administrativa SEMP N° 371/2008 de 23 de diciembre de 2008, requerimiento reiterado mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 0773/2014 de 17 de junio de 2014. No obstante, el Sr. Alberto Arabe Añez no emitió pronunciamiento. Ante la falta de pronunciamiento del Sr. Alberto Arabe Añez y de conformidad al procedimiento establecido, en fecha 08 de julio de 2014 se llevó a cabo el sorteo electrónico de Síndico de la empresa SONATEX S.A. del cual resultó elegido el Sr. Elen Sosa Sandóval, designación que debía ser puesta en conocimiento del mismo mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 1045 de fecha 12 de agosto de 2014, no obstante de acuerdo a lo señalado por FUNDEMPRESA y por el Servicio General de Identificación Personal - SEGIP, se desconoce el domicilio actual de la persona, no siendo posible la entrega de dicha designación. Con la finalidad de dar continuidad al proceso, en fecha 15 de septiembre de 2014, se realizó el sorteo electrónico para designar un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Al efecto, la designación recayó en el Sr. Marco Antonio Pantoja Mealla tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien a través de memorial de 03 de octubre de 2014 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole profesional que pudieran comprometer el desempeño adecuado de sus funciones. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 110/2014 de 06 de octubre de 2014 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, en fecha 16 de octubre de 2014, se realizó un nuevo sorteo electrónico con el objeto de designar un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A., recayendo la designación en el Sr. Sergio Carrasco Escobar, tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien en fecha 04 de noviembre de 2014 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole profesional y laboral. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 128/2014 de 05 de noviembre de 2014 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, en fecha 13 de noviembre de 2014, se realizó un nuevo sorteo

electrónico a efecto de designar un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. cuya designación recayó en el Sr. Carlos Fernando Guamán Solis, tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien en fecha 25 de noviembre de 2014 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole profesional y laboral. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 139/2014 de 26 de noviembre de 2014 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, en fecha 04 de noviembre de 2014, se realizó un nuevo sorteo electrónico para designar un nuevo Síndico de Reestructuración de la empresa SONATEX S.A. Al efecto, la designación recayó en el Sr. Carlos Alberto Calvo Fanola, tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien mediante nota presentada en fecha 22 de diciembre de 2014 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole profesional y laboral. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 143/2014 de 23 de diciembre de 2014 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, en fecha 30 de diciembre de 2014, se llevó a cabo el sorteo de Sindico de la empresa SONATEX S.A., del cual resultó elegido el señor Juan Carlos Gottret Arce, motivo por el cual mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 1893/2014 de 31 de diciembre de 2014, se le comunicó su elección solicitándole su pronunciamiento respecto a la aceptación o excusa, en cumplimiento del artículo 34 del Reglamento del Programa de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas, aprobado por Resolucion Administrativa SEMP N° 371/2008 de 23 de diciembre de 2008, requerimiento reiterado mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 0050/2015 de 12 de enero de 2015. No obstante, el señor Juan Carlos Gottret Arce no emitió pronunciamiento alguno, por lo que la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 006/2015 de 26 de enero de 2015 que dispone efectuar el procedimiento respectivo para la designación de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. ante la renuencia de su pronunciamiento. Que, en fecha 04 de febrero de 2015, se realizó un nuevo sorteo electrónico para designar un nuevo Síndico de Reestructuración de la empresa SONATEX S.A. Al efecto, la designación recayó en el Sr. Carlos Alberto Soria Galvarro, tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien mediante nota presentada en fecha 23 de febrero de 2015 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole laboral y personal. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 018/2015 de 24 de febrero de 2015 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, en fecha 05 de marzo de 2015, se llevó a cabo el sorteo de Sindico de la empresa SONATEX S.A., del cual resultó elegido el señor Marco Antonio Claros Cabrera, motivo por el cual mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 0448/2015 de 09 de marzo de 2015, se le comunicó su elección solicitándole su pronunciamiento respecto a la aceptación o excusa, en cumplimiento del artículo 34 del Reglamento del Programa de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas, aprobado por Resolucion Administrativa SEMP N° 371/2008 de 23 de diciembre de 2008, requerimiento reiterado mediante nota AEMP/DESP/DTDCDN/N° 0518/2015 de 25 de marzo de 2015. No obstante, el señor Marco Antonio Claros Cabrera no emitió pronunciamiento alguno, por lo que la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 053/2015 de 10 de abril de 2015 que dispone efectuar el procedimiento respectivo para la designación de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. ante la renuencia de su pronunciamiento. Que, en fecha 17 de abril de 2015, se realizó un nuevo sorteo electrónico para designar un nuevo Síndico de Reestructuración de la empresa SONATEX S.A. Al efecto, la designación recayó en el señor Ricardo Agustín Jiménez Alvarellos, tal como acredita el Acta de Verificación de sorteo de Síndico, quien mediante nota presentada en fecha 23 de abril de 2015 se excusó de asumir el cargo por motivos de índole personal que imposibilitan de forma total el desempeño transitorio de las funciones propias del Síndico. Ante lo cual, la AEMP emitió la Resolución Administrativa RA/AEMP/DTDCDN/Nº 069/2015 de 24 de abril de 2015 que aceptó la excusa presentada e instruyó realizar el procedimiento respectivo a efecto del nombramiento de un nuevo Síndico de Reestructuración para la empresa SONATEX S.A. Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde designar un nuevo Síndico de Reestructuración que de continuidad al proceso de reestructuración de la empresa SONATEX S.A. de acuerdo a procedimiento y conforme a la Ley Nº 2495, el Decreto Supremo Nº 27384, el Decreto Supremo Nº 27759, el Decreto Supremo Nº 28414 y el Decreto Supremo Nº 29535. En consecuencia, se dispone publicar en un periódico de circulación nacional, por única vez, el listado de síndicos habilitados para el sorteo de síndico de reestructuración para la empresa SONATEX S.A. de acuerdo a la base de datos de la ex Superintendencia de Empresas conforme al Anexo al presente Auto Administrativo. Asimismo, se señala para el sorteo en medio electrónico a cargo de Notario de Fe Pública, el día lunes 04 de mayo de 2015 a horas 15:00 en instalaciones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas. Publíquese, regístrese y archívese.

N° APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES N° REG N° APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES N° REG. N° APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES N° REG.

1 Aguirre Villalobos Mario Ronald 20012 22 Echazú Salmon Aurelio Francisco Antonio 30012 42 Nuñez Torrico Luis Alberto 20023

2 Alcocer Rojas Cesar Augusto 40007 23 Fajerstain Malicka Jaime 30016 43 Ocampo Beltran Pablo 20021

3 Andia Alarcón Carlos Adalid Gerardo 20029 24 Fosca Salazar Belisario 20011 44 Pacheco Fiorilo Wilford 20018

4 Angulo Reynaga Ricardo Augusto 40018 25 García Salazar Adolfo Fabricio 40006 45 Peñaranda Gamarra Rafael 20024

5 Arandia Letelier Mario Ernesto 40011 26 Gonzales Palacios Pedro Sandro 20009 46 Prudencio Orellana Neil Dennys Pablo 40013

6 Aramayo Fortun Luis Arturo Fernando 30008 27 Gonzales Quint Reina Guillermo 20017 47 Quiroga Block Ricardo Freddy 40002

7 Arteaga Montero Raúl Fernando 20010 28 Gutiérrez Herrera Javier Edgar 20007 48 Ramírez Alipaz Luis Fernando Antonio 20015

8 Ayo Zarate Enrique Ulpiano 20006 29 Guzmán Sotomayor Roberto 40001 49 Ribera Soria Cesar 30018

9 Becerra Grock Guillermo Pedro 30006 30 Jauregui Heredia Agustina Beatriz 30001 50 Ríos Guerrero Carlos Eulogio 20001

10 Bolivar Aneiva Marco Antonio 30015 31 Kramer Llanos José Alfredo 40012 51 Roca Garcia Luis Fernando 30010

11 Bustamante Morales José Gerardo 40020 32 Loayza Franceschini Juan Enrique 30002 52 Rocabado Sánchez Marcelo Walter 40017

12 Butron Claros Raúl 40004 33 Luzio Sagredo Oscar Ivan 20002 53 Rojo Parada Wilfredo 30004

13 Camacho Fernández Jherson Grover 40021 34 Maldonado Arancibia Fernando 30022 54 Romero Sánchez Carlos Percy 20008

14 Camacho Rojas Milton Alex 40010 35 Marañon Moscoso Sergio Rodrigo 20020 55 Salamanca Zenteno Hernan 40009

15 Calle Ramírez Ramiro 20005 36 Mihaic Garrett José Marcos Gerardo 30011 56 Sánchez Guzmán Jaime Eduardo 20026

16 Chávez Ortiz Bernardo 30005 37 Miranda Arandia Javier 40016 57 Sandoval Arenas Franz 20022

17 Cuenca Borda Irma Eliana 30003 38 Miranda Chavez Oscar 20014 58 Soto Velasquez Marco Antonio 40003

18 Cuentas Pizarroso Lucio 20013 39 Montaño López Videla Jaime Harbey 30013 59 Tejada Ayoroa Mario Enrique 30007

19 De la Quintana Rodríguez María Valeria 20025 40 Morante López Juan Roberto 20027 60 Tristan Peralta Luis Alberto 30017

20 Dockweiler Suarez Cesar Luis 30021 41 Murillo Terrazas Boris Jesús 40005 61 Vargas Maldonado Edwin Orlando 40024

21 Escalante Peñaloza Ana María 20003 62 Velarde Zapata Jorge Roberto 40008

63 Vergara Quintana Jorge Arnaldo 20019

64 Zabala Capriles José Raúl 40019

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Art. 86º del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado legal se apersone(n) ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia a objeto de conocer el (los) resultado(s) del(los) proceso(s) de verificación efectuado(s), a través del (de los) cual(es) se detectó que no ha (han) determinado correctamente el (los) impuesto(s) conforme a Ley ante el Servicio de Impuestos Nacionales. Por lo expuesto precedentemente, la Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades otorgadas por los Artículos 92º, 93º, 95º, 96º, 100º, 148º, 162º y 169º del Código Tributario Ley 2492 y disposiciones reglamentarias conexas, ha procedido a determinar su(s) obligación(es) tributaria(s) sobre base cierta, relativa(s) al (los) impuesto(s) y período(s) fiscal(es) indicado(s). En virtud al (a los) proceso(s) de la(s) verificación(es) impositiva(s) realizada(s), se ha establecido como liquidación(es) previa(s) del (de los) tributo(s) adeudado(s) el (los) monto(s) que se detalla(n) en “Total Deuda Tributaria”, importe(s) que incluye(n) el Tributo Omitido, Intereses, el monto de la Sanción Preliminar y la Multa por Incumplimiento de Deberes Formales, según corresponda. Montos calculados desde el día de vencimiento hasta la fecha de liquidación indicada y que debe(n) ser reliquidado(s) a la fecha de pago de acuerdo al siguiente cuadro:

RAZON SOCIAL/ NOMBRE NIT/C.I.: PERIODOS IMPUESTO/

ALCANCE

NUMERO DE VISTA DE

CARGO

TOTAL DEUDA TRIBUTARIA (*) DETERMINADO AL

CHAMBILLA TITO RICHARD ANTONIO 6020087014 12/2009

IVA(Verificación del Crédito

Fiscal-IVA)125/2015 UFV4.318.- 09/04/2015

ITURRY YAMAMOTO ANDREA LILY 3431280012 9, 11/2009

IVA-IT(Debito Fiscal y su Efecto

en el IT)131/2015 UFV57.580.- 09/04/2015

MENDOZA TORREZ LUIS FERNANDO 4779736017 12/2009

IVA-IT(Debito Fiscal y su Efecto

en el IT)55/2015 UFV7.924.- 03/03/2015

MIRANDA MIRANDA LEONOR 171552022 1,2,4,6,7,8,

9,10,11,12/2011

IVA(Verificación del Crédito

Fiscal-IVA)804/2014 UFV533.026.- 16/12/2014

NAJAR GOMEZ ORTEGA KAREN GISSEL

3419004015 9 y 10/2011IVA

(Verificación del Crédito Fiscal-IVA)

119/2015 UFV4.015.- 06/04/2015

TOLA TERCEROS WILLAM 3527825017 5/2011

IVA(Verificación del Crédito

Fiscal-IVA)109/2015 UFV3.553.- 01/04/2015

VACAFLOR CALLE JENNY MARIA 2465668014 6, 7 y 10/2011

IVA(Verificación del Crédito

Fiscal-IVA)44/2015 UFV81.164.- 27/02/2015

(*) Liquidación(es) efectuada(s) de acuerdo a la Ley 2492.De la revisión practicada, se establece de forma preliminar la comisión de la contravención tipificada en el Art. 165º de la Ley 2492 como Omisión de Pago, sancionándose dicha conducta con el 100% del Tributo Omitido expresado en UFV de conformidad al Art. 42º del D.S. 27310. Habiendo sido detallado el concepto de cada cargo, por impuesto y por período, en caso de no merecer objeción a la(s) observación(es) contenida(s) en la(s) presente(s) Vista(s) de Cargo, se servirá(n) prestar conformidad al Total de la Deuda Tributaria indicada, más la sanción por su conducta en una entidad financiera autorizada. Asimismo, usted(es) podrá(n) gozar de los beneficios que le(s) otorga el Art. 156º de la Ley 2492 Código Tributario, en lo que se refiere a la reducción de la sanción en un 80% antes de la notificación con la Resolución Determinativa. De merecer objeción, al (los) ajuste(s) y/o sanción tipificada inicialmente por la(s) verificación(es) efectuada(s) y según lo dispuesto por el Artículo 98º del Código Tributario Ley 2492, dispondrá(n) de un plazo de treinta (30) días corridos improrrogables a partir de su legal notificación con la(s) presente(s) Vista(s) de Cargo, para formular sus descargos y presentar prueba referida al efecto, ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia Distrital, ubicado en Av. Montes Nro. 515. La(s) Vista(s) de Cargo corresponde(n) a una determinación parcial de sus obligaciones tributarias, comprendiendo únicamente los aspectos definidos en la(s) presente(s); cuya documentación se encuentra a su disposición en esta Gerencia Distrital juntamente con el (los) informe(s) de actuación. En consecuencia, el Servicio de Impuestos Nacionales podrá investigar y reparar cualquier otro aspecto legalmente cuestionable, que no haya sido motivo de revisión o haya sido ocultado por el (los) contribuyente(s).El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de dos mil quince.

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Page 6: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015REGIONES6

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con Pablo Canedo se garanti-zará la gobernabilidad en la Gobernación de Tarija y se via-bilizarán los proyectos y la in-versión en los municipios para el desarrollo regional.

A diferencia de la gestión del exgobernador Mario Cos-sío (1996-2010), donde se blo-queaban los proyectos, con el actual gobernador, Lino Con-dori (MAS), se ha dado ma-yor coordinación y apertura a las demandas.

Con más razón con Pablo Canedo, candidato a la Gober-nación de Tarija por el MAS en el balotaje del 3 de mayo, se ve un mejor horizonte para la re-gión, dijo Hugo Girón, alcalde electo del municipio El Puente.

Señaló que en la Asamblea Legislativa de Tarija el MAS, en las elecciones del 29 de marzo, logró 16 de 30 escaños, y con los tres de los pueblos indíge-nas, sus aliados naturales, ade-más de los tres de la agrupa-ción política ISA (Integración, Seguridad y Autonomía), se consolidan los dos tercios.

Es más, recordó que con el respaldo de ISA el MAS tiene nueve de 11 ejecutivos sec-cionales o subgobernadores.

se consiguió gracias a las luchas sociales se pagaba a través de oenegés. Con Condori el pago es directo. Además el monto se in-crementó de Bs 2 mil a Bs 6 mil por productor campesino.

TRABAJO CONJUNTO Mencionó que en la ges-

tión de Condori los alcaldes y ejecutivos seccionales re-cibieron directamente de la Gobernación entre 50 a 100 millones de bolivianos para proyectos de desarrollo pro-ductivo, servicios básicos, in-fraestructura y otros.

De su lado, el electo ejecutivo seccional de la provincia Mén-dez, Bartolomeo López, coinci-dió sobre la importancia de una mayor y mejor coordinación de la Gobernación con autoridades provinciales y municipales.

Sostuvo que “es más fac-tible viabilizar proyectos en beneficio de la población”, en-tre autoridades que hablan el mismo lenguaje.

“En la gestión de Lino Con-dori se recibieron muchos re-cursos económicos para varios proyectos, y con Pablo Canedo se podrá trabajar de la misma manera, porque además es jo-ven, con ideas nuevas y con ga-nas de trabajar”, afirmó. El candidato a gobernador de Tarija por el MAS, Pablo Canedo.

Autoridades electas ven a Canedo como sinónimo de gobernabilidad en TarijaGESTIÓN ó Alcaldes y ejecutivos seccionales electos destacan importancia del trabajo conjunto.

Además ganó en seis de las 11 alcaldías tarijeñas.

“Desde el nivel municipal, departamental y nacional de-bemos tener autoridades de la misma línea política para alcanzar el verdadero desa-rrollo”, destacó Girón.

En alusión a Adrián Oliva, el otro candidato para la se-gunda vuelta, de Unidad De-mocrática Autonomista (UD-A), recordó que éste fue parte de la gestión de Mario Cossío (hace cinco años), que bloqueó proyectos campesinos.

Indicó que Cossío, prófugo de la justicia en Paraguay, por ejemplo, entorpeció el Pro-grama Solidario Comunal De-partamental (Prosol).

Con Cossío, ese beneficio que

RECURSOS

La actual gestión de Lino Condori (MAS) entregó a los municipios y ejecutivos seccionales entre Bs 50 millones a Bs 100 millones. Ca

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Gobernación reanuda obras de piscina

fue que Mario Cossío entregó 2 millones de dólares de anticipo para la piscina y el velódromo a la misma empresa, cuando el proceso de adjudicación se dio dos años después.

“Por esos y otros actos de corrupción se paralizaron las obras. Tomó mucho tiempo y trabajo poner orden. Luego se hizo un corte, y una empresa

boliviana reanudó los trabajos el pasado lunes”, dijo Ruiz.

Señaló que en ese proceso ju-dicial están involucrados el es-trecho colaborador y exprefecto Mauricio Lea Plaza, el jefe de en-tonces del Movimiento Naciona-lista Revolucionario (MNR), Ri-cardo Cuevas, y otros.

“El proyecto paralizado es-taba en ruinas. Se deterioró el material y los daños emergen-tes están en proceso de cuanti-ficación”, explicó.

Eduardo Miranda, director de Infraestructura de la Secre-taría de Obras Públicas de la Gobernación, destacó la labor de los fiscales del proyecto, que lo pusieron de pie, ya que éste “realmente estaba muerto”.

Ruiz recordó que en la gestión de Condori también se retomó y concluyó el proyecto de represa El Molino, por el cual fueron en-carcelados Lea Plaza y otros.

REDACCIÓN CENTRAL/ CAMBIO

Después de más de nueve años de paralización y tras superar un es-cabroso proceso de saneamiento técnico y legal, finalmente, en la actual gestión de la Gobernación de Tarija al frente de Lino Condo-ri, se reanudaron las obras de la Piscina Olímpica, con una inver-sión de Bs 49 millones.

Roberto Ruiz Bas Werner, secretario ejecutivo de la Go-bernación, en contacto tele-fónico con Cambio, recordó que Pablo Cossío, hermano del exgobernador Mario Cossío, acusado de recibir un soborno de medio millón de dólares, está prófugo en Paraguay.

En el proceso abreviado que se le instauró, Pablo Cossío con-fesó el soborno y tras beneficiar-se con libertad condicional fugó.

Otra irregularidad que sur-gió del proceso investigativo

La ch’alla en el inicio de obras.

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GABINETE ALISTA TRANSICIÓN ORDENADA

CONDORI LICITA TEXTILERA PARA CAMÉLIDOS

En la reunión de gabinete de la Gobernación de Tarija del lunes se instruyó a las direcciones y se-cretarías preparar la documenta-ción para una transición ordena-da a la futura gestión. “Estamos alistando y sistematizando toda la documentación y la infor-mación para una transición sin trau-mas”, afirmó el secretario ejecutivo de la Gobernación, Roberto Ruiz.

Recordó que la posesión del nue-vo gobernador, que saldrá del balotaje del domingo entre los candidatos Adrián Oliva de UD-A (allegado del exgobernador Ma-rio Cossío) y Pablo Canedo del MAS, será el 29 de mayo. Las comisiones de transición de salientes y entrantes trabajarán tras conocerse los resultados del domingo.

Además de ordenar y sistematizar la documentación que se entregará a las futuras autoridades de la Gobernación de Tarija, la gestión de Lino Condori ul-tima detalles para licitar el proyecto de una planta textil en la zona alta. Según el secretario ejecutivo de la Go-bernación, Roberto Ruiz, el proyecto de la planta procesadora de fibra de camélidos costará $us 10 millones.

La planta captará fibra de 15 mil cabezas de llama de Potosí, Chu-quisaca y el norte de Argentina para procesar hilo de alta calidad. La inversión además incluye el re-poblamiento de 50 mil cabezas de ganado camélido en la zona alta de Tarija, que comprende los mu-nicipios de Yunchará, El Puente e Iscayachi.

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miércoles 29 de abril de 2015REGIONES6

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con Pablo Canedo se garanti-zará la gobernabilidad en la Gobernación de Tarija y se via-bilizarán los proyectos y la in-versión en los municipios para el desarrollo regional.

A diferencia de la gestión del exgobernador Mario Cos-sío (1996-2010), donde se blo-queaban los proyectos, con el actual gobernador, Lino Con-dori (MAS), se ha dado ma-yor coordinación y apertura a las demandas.

Con más razón con Pablo Canedo, candidato a la Gober-nación de Tarija por el MAS en el balotaje del 3 de mayo, se ve un mejor horizonte para la re-gión, dijo Hugo Girón, alcalde electo del municipio El Puente.

Señaló que en la Asamblea Legislativa de Tarija el MAS, en las elecciones del 29 de marzo, logró 16 de 30 escaños, y con los tres de los pueblos indíge-nas, sus aliados naturales, ade-más de los tres de la agrupa-ción política ISA (Integración, Seguridad y Autonomía), se consolidan los dos tercios.

Es más, recordó que con el respaldo de ISA el MAS tiene nueve de 11 ejecutivos sec-cionales o subgobernadores.

se consiguió gracias a las luchas sociales se pagaba a través de oenegés. Con Condori el pago es directo. Además el monto se in-crementó de Bs 2 mil a Bs 6 mil por productor campesino.

TRABAJO CONJUNTO Mencionó que en la ges-

tión de Condori los alcaldes y ejecutivos seccionales re-cibieron directamente de la Gobernación entre 50 a 100 millones de bolivianos para proyectos de desarrollo pro-ductivo, servicios básicos, in-fraestructura y otros.

De su lado, el electo ejecutivo seccional de la provincia Mén-dez, Bartolomeo López, coinci-dió sobre la importancia de una mayor y mejor coordinación de la Gobernación con autoridades provinciales y municipales.

Sostuvo que “es más fac-tible viabilizar proyectos en beneficio de la población”, en-tre autoridades que hablan el mismo lenguaje.

“En la gestión de Lino Con-dori se recibieron muchos re-cursos económicos para varios proyectos, y con Pablo Canedo se podrá trabajar de la misma manera, porque además es jo-ven, con ideas nuevas y con ga-nas de trabajar”, afirmó. El candidato a gobernador de Tarija por el MAS, Pablo Canedo.

Autoridades electas ven a Canedo como sinónimo de gobernabilidad en TarijaGESTIÓN ó Alcaldes y ejecutivos seccionales electos destacan importancia del trabajo conjunto.

Además ganó en seis de las 11 alcaldías tarijeñas.

“Desde el nivel municipal, departamental y nacional de-bemos tener autoridades de la misma línea política para alcanzar el verdadero desa-rrollo”, destacó Girón.

En alusión a Adrián Oliva, el otro candidato para la se-gunda vuelta, de Unidad De-mocrática Autonomista (UD-A), recordó que éste fue parte de la gestión de Mario Cossío (hace cinco años), que bloqueó proyectos campesinos.

Indicó que Cossío, prófugo de la justicia en Paraguay, por ejemplo, entorpeció el Pro-grama Solidario Comunal De-partamental (Prosol).

Con Cossío, ese beneficio que

RECURSOS

La actual gestión de Lino Condori (MAS) entregó a los municipios y ejecutivos seccionales entre Bs 50 millones a Bs 100 millones. Ca

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Gobernación reanuda obras de piscina

fue que Mario Cossío entregó 2 millones de dólares de anticipo para la piscina y el velódromo a la misma empresa, cuando el proceso de adjudicación se dio dos años después.

“Por esos y otros actos de corrupción se paralizaron las obras. Tomó mucho tiempo y trabajo poner orden. Luego se hizo un corte, y una empresa

boliviana reanudó los trabajos el pasado lunes”, dijo Ruiz.

Señaló que en ese proceso ju-dicial están involucrados el es-trecho colaborador y exprefecto Mauricio Lea Plaza, el jefe de en-tonces del Movimiento Naciona-lista Revolucionario (MNR), Ri-cardo Cuevas, y otros.

“El proyecto paralizado es-taba en ruinas. Se deterioró el material y los daños emergen-tes están en proceso de cuanti-ficación”, explicó.

Eduardo Miranda, director de Infraestructura de la Secre-taría de Obras Públicas de la Gobernación, destacó la labor de los fiscales del proyecto, que lo pusieron de pie, ya que éste “realmente estaba muerto”.

Ruiz recordó que en la gestión de Condori también se retomó y concluyó el proyecto de represa El Molino, por el cual fueron en-carcelados Lea Plaza y otros.

REDACCIÓN CENTRAL/ CAMBIO

Después de más de nueve años de paralización y tras superar un es-cabroso proceso de saneamiento técnico y legal, finalmente, en la actual gestión de la Gobernación de Tarija al frente de Lino Condo-ri, se reanudaron las obras de la Piscina Olímpica, con una inver-sión de Bs 49 millones.

Roberto Ruiz Bas Werner, secretario ejecutivo de la Go-bernación, en contacto tele-fónico con Cambio, recordó que Pablo Cossío, hermano del exgobernador Mario Cossío, acusado de recibir un soborno de medio millón de dólares, está prófugo en Paraguay.

En el proceso abreviado que se le instauró, Pablo Cossío con-fesó el soborno y tras beneficiar-se con libertad condicional fugó.

Otra irregularidad que sur-gió del proceso investigativo

La ch’alla en el inicio de obras.

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GABINETE ALISTA TRANSICIÓN ORDENADA

CONDORI LICITA TEXTILERA PARA CAMÉLIDOS

En la reunión de gabinete de la Gobernación de Tarija del lunes se instruyó a las direcciones y se-cretarías preparar la documenta-ción para una transición ordena-da a la futura gestión. “Estamos alistando y sistematizando toda la documentación y la infor-mación para una transición sin trau-mas”, afirmó el secretario ejecutivo de la Gobernación, Roberto Ruiz.

Recordó que la posesión del nue-vo gobernador, que saldrá del balotaje del domingo entre los candidatos Adrián Oliva de UD-A (allegado del exgobernador Ma-rio Cossío) y Pablo Canedo del MAS, será el 29 de mayo. Las comisiones de transición de salientes y entrantes trabajarán tras conocerse los resultados del domingo.

Además de ordenar y sistematizar la documentación que se entregará a las futuras autoridades de la Gobernación de Tarija, la gestión de Lino Condori ul-tima detalles para licitar el proyecto de una planta textil en la zona alta. Según el secretario ejecutivo de la Go-bernación, Roberto Ruiz, el proyecto de la planta procesadora de fibra de camélidos costará $us 10 millones.

La planta captará fibra de 15 mil cabezas de llama de Potosí, Chu-quisaca y el norte de Argentina para procesar hilo de alta calidad. La inversión además incluye el re-poblamiento de 50 mil cabezas de ganado camélido en la zona alta de Tarija, que comprende los mu-nicipios de Yunchará, El Puente e Iscayachi.

miércoles 29 de abril de 2015 MUNICIPAL 7Ar

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Inquisivi, azotada por lluvias y granizo

Coca: Productores impulsan proyecto de ley

El colegio de Caripuyo.

La producción agrícola sufre el rigor de los fenómenos naturales.

Una productora de coca del trópico de Cochabamba.

Los productores de coca del tró-pico de Cochabamba se organi-zan para elaborar el anteproyec-to de ley de la hoja de coca.

Leonardo Loza, vicepresi-dente de la Coordinadora de las Seis Federaciones del Trópico, informó que esa organización social contratará técnicos para sistematizar información.

Los especialistas recogerán la información que emanó de las reuniones de los productores de coca para su sistematización.

Esa información será utiliza-da para diseñar el anteproyecto

Productores campesinos de al menos siete comunidades del municipio de Colquiri, de la pro-vincia Inquisivi de La Paz, per-dieron su producción agrícola a causa de las lluvias y granizadas.

Macario Nina, autoridad originaria de la comunidad Lacalacani, en declaraciones a radio Pipini de la red de Ra-dios de los Pueblos Originarios (RPO), alertó que las graniza-das y las aves dañaron el 80 por ciento de cultivos de papa, quinua, cebada y otros.

de ley de coca, que será remitido a la Asamblea Legislativa Pluri-nacional para su consideración.

Por otro lado, Loza seña-ló que la Coordinadora de las Seis Federaciones del Trópico, coadyuvan en las acciones de detención de la proliferación del hongo Fusarium que afecta la producción de la hoja de coca.

Para el efecto el Viceminis-terio de Coca, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y la Cancillería de Cuba apoyan la im-portación de productos orgánicos para combatir la enfermedad.

De otro lado, el dirigente negó a radio Kausachun Coca, de la red de Radios de los Pue-blos Origiarios (RPO), que en esa organización social se prac-tique la dictadura sindical como trascendió en algunos medios de difusión con relación a las resoluciones aprobadas en el ampliado del fin de semana.

Atribuyó esas versiones a afanes de “confundir a la po-blación”, ya que los dirigentes de las federaciones sólo respe-tan las decisiones tomadas por sus bases.

“Las lluvias y las granizadas destrozaron la producción. La papa se ha podrido ya no sirve. Los pajaritos se comieron los granos de la quinua que fue-ron azotados por el granizo”, afirmó Nina.

Según el dirigente, ninguna autoridad de la Gobernación, menos de la Alcaldía atendió la emergencia.

“Se perdió todo. Este año no habrá cosecha y la Alcaldía no se preocupa pese a que le hemos pasado varias notas”, señaló.

Denunció que los funcionarios ediles solo prometen ir a las comu-nidades para verificar los daños, pero no van. “Dicen que no tienen movilidad para ese trabajo”.

Las zonas altas como la co-munidad Huayllamarca, son las más afectadas con esos fe-nómenos naturales. En la co-munidad de Lacalacani unas 160 familias son las damnifi-cadas y en Pipini casi 150. Las comunidades Chanviri, Juntu-ma, Villa Janc’ocota también sufrieron severos daños.

Campesinos de Cochabamba alistan ampliado de emergencia para abordar la temática semilla.

El ejecutivo de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Co-chabamba (FSUTCC), Juan Zurita, señaló que el ampliado se realizará el 1 de mayo en la sede de la organización social.

El dirigente, en declaraciones a ra-dio Cepra, en Tarata, invitó a la cita a los trabajadores del agro, pequeños y

grandes a participar de esta reunión”.Señaló que a la misma se invitará a

la ministra de Desarrollo Rural y Tie-rras, Nemesia Achacollo Tola y otras au-toridades de Gobierno.

Zurita expresó que en el ampliado se abordará también el tema de la igual-dad financiera y tierras para los agricul-tores, que en la Cumbre Agropecuaria realizada la semana pasada no se tomó en cuenta.

La migración sigue mermando la pobla-ción estudiantil en el municipio de Cari-puyo, de la provincia Alonso Ibáñez del departamento de Potosí.

Adalid Mena, director distrital de educación de Caripuyo, indicó a radio Pio XII de Potosí, que el año pasado hubo más de 2.200 inscritos. Este año esa cantidad se redujo a 2.016.

No obstante, la autoridad explicó que muchos realizan la migración temporal, es decir, salen a buscar trabajo. Dejan a sus hijos en la escuela y regresan por ellos y por su tierra.

En Caripuyo rige el internado esco-lar, además se da almuerzo y se brinda el servicio de transporte escolar.

Con la finalidad de garantizar el abas-tecimiento de productos de primera ne-cesidad y a precio justo, que promueve el Gobierno, la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa), in-auguró su sucursal en el municipio de Magdalena, en el departamento de Beni.

Según la radio Magdalena del muni-cipio del mismo nombre, perteneciente a la red de Radios de los Pueblos Origi-narios (RPO), la población felicitó la ini-

Campesinos debaten tema semilla

Caripuyo: Migración merma colegios

Emapa ya está en Magdalena

Una ampliado de campesinos de Cochabamba.

ciativa gubernamental que vela la eco-nomía de la población.

“Agradezco al presidente Evo Mora-les por acordarse de los pueblos más ale-jados y de escasos recursos. Es de mucha ayuda para la alimentación de nuestras familias”, afirmó Asunta D., una ama de casa en la apertura de la sucursal ayer.

En Emapa, entre otros, se vende va-riedad de arroz, leche, carne de soya y otros y atiende en horario continuo.

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MUNICIPALPANORAMAPANORAMA MUNICIPALPANORAMA MUNICIPAL

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miércoles 29 de abril de 2015SOCIEDAD8

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El decreto supremo que es-tablecerá el incremento sa-larial para todos los sectores en 8,5 por ciento para la ges-tión 2015, además del 15 por ciento al salario mínimo na-cional, norma que tendrá ca-rácter retroactivo al mes de enero, además será aprobado hoy en la reunión ordinaria del Gabinete de Ministros.

La norma, según los acuer-dos logrados con el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de la Central Obrera Boliviana (COB), será emitida por el presi-dente Evo Morales en la ciudad de La Paz el 1 de mayo en ho-menaje por el Día del Trabajo.

Los datos fueron propor-cionados por el viceministro de Coordinación con los Mo-vimientos Sociales, Alfredo Rada, quien en entrevista con la Red Patria Nueva, recordó que el incremento del 8,5 por ciento se aplicará de manera lineal y también inversamen-te proporcional.

“El 1 de mayo es un día muy significativo para este proceso de cambio que fue gestado por los trabajadores organizados en la COB, quienes fueron par-te de todas las movilizaciones que se dieron en octubre de 2003 y que han derrotado al neoliberalismo”, dijo.

La autoridad agregó que, como parte de todo esto, desde hace algún tiempo junto con la matriz laboral se viene tra-

bajando un aspecto que en su criterio es el que ha generado más expectativa entre los tra-bajadores, que es precisamen-te el del incremento salarial.

Rada recordó que, produc-to del trabajo, llegó a definir el incremento en los porcentajes del 8,5 por ciento a la masa sa-larial y 15 por ciento al salario mínimo nacional, que tendrá repercusiones sobre otros be-neficios, tales como el bono de antigüedad.

“Es muy importante esta-blecer con claridad las carac-terísticas que va tener este in-cremento, porque hay sectores donde se va aplicar de manera lineal; 8,5 por ciento para to-dos pero hay sectores donde se aplicará inversamente propor-cional, es decir más incremen-to para los que ganan menos, y menos para los que tienen sa-larios más altos”, explicó.

La autoridad señaló que todos esos aspectos han sido

trabajados con la COB y en la reunión de Gabinete se va considerar las características sectoriales del decreto supre-mo. “Entonces se va debatir el tema para definir el decreto a ser promulgado el 1 de mayo por el presidente”, añadió.

Rada agregó que la diri-gencia de la COB planteó también algunos otros de-cretos, por lo que aseguró que el Gobierno está llano a escuchar esas demandas, pero en el marco de la pre-servación de la estabilidad y salud económica general del país y la sostenibilidad de las empresas públicas.

“Bajo esos preceptos segui-mos trabajando en reuniones con los distintos ministerios. Espero que este trabajo que se está haciendo con los compa-ñeros de la COB llegue a buen puerto y podamos hacer otros anuncios al margen del incre-mento salarial”, finalizó.

El presidente Evo Morales, en la marcha del 1 de mayo de 2014.

El gabinete analizará decreto de alza salarialBENEFICIO ó El presidente Evo Morales pondrá en vigencia la norma el viernes 1 de mayo.

La Ley laboral será actualizadaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La nueva Ley General del Traba-jo que se encuentra en la fase de discusión y análisis entre la dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) y el Gobierno, será adecuada a las nuevas for-mas de trabajo que fueron sur-giendo con el paso de los años y que deben ser normadas.

Según el viceministro de Coordinación con los Movi-miento Sociales, Alfredo Rada, la construcción de la nueva nor-ma es una demanda muy im-portante de los trabajadores,

que está siendo trabajada para ser remitida a la Asamblea Le-gislativa Plurinacional (ALP).

“Es cierto que nuestra ley, pese a que sus raíces vienen de 1938, después de la Guerra del Chaco, es una de las más avanzadas en América Latina. Esto también se consolidó con la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado (CPE), en la que también se incluyó una parte de los dere-chos de los trabajadores”, dijo.

En ese marco, el viceminis-tro Rada indicó que lo que se va hacer es actualizar la antigua

ley laboral, considerando que hay nuevas formas de trabajo que han surgido en estos años.

“Por ejemplo tenemos lo que es el trabajo agrícola, no es el que realizan los campesinos, que es un trabajo cuentapropis-ta, sino estamos hablando de los obreros agrícolas, que son con-tratados por empresas agrope-cuarias”, manifestó.

La autoridad agregó que por lo tanto el trabajo rural y asalariado del campo debe ser considerado, al igual que el trabajo informal.

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EDICTOLa Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, en ejercicio de sus funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº204 de 15 de diciembre de 2011 y el Decreto Supremo N°1207 de 25 de abril de 2012.Cita y emplaza al siguiente Sujeto Regulado:

Sujeto Regulado Nº de Nota de Cargos

Ricardo Andrés Newton Urrutia AEMP/DTFVCOC/NOT/PROLECHE/015/2015Para que, en el término de cinco (5) días hábiles y administrativos, computables a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto, y en el marco de lo dispuesto en el parágrafo II del Artículo 27 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Financiera aprobado por Decreto Supremo Nº27175 del 15 de septiembre de 2003, se presente ante las oficinas de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, ubicadas en la Calle Batallón Colorados Nº24, Edificio El Cóndor, Piso 11, de la ciudad de La Paz, a fin de notificarse y tomar conocimiento de la Nota de Cargos señalada precedentemente, por la cual se identifica presuntas infracciones al Decreto Supremo Nº1207 de 25 de abril de 2012, mismo que regula la Ley Nº204 de 15 de diciembre de 2011, de creación del Fondo de Apoyo al Complejo Productivo Lácteo – PROLECHE, así como infracciones al Reglamento de Fiscalización y Sanciones del Fondo de Apoyo al Sector Lácteo – PROLECHE, aprobado por Resolución Administrativa RA/AEMP/75/2012.Siempre y cuando corresponda, se reconoce al Sujeto Regulado, el plazo adicional de cinco (5) días, establecido en el parágrafo III del Artículo 21 de la Ley Nº2341, de Procedimiento Administrativo, por la distancia.Vencido el plazo otorgado, no habiéndose presentado la persona interesada o infractor, en el marco del parágrafo III del artículo 27 del Reglamento a la Ley del Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado por el Decreto Supremo 27175, la notificación se tendrá por practicada.

La Paz, 23 de abril de 2015

GERENCIA GENERALSERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVASRESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA SEDEM/GG/Nro. 038/2015

TEMA: DESIGNACIÓN DE GERENTE TÉCNICO SUSTITUTO DE LA EMPRESA BOLIVIANA DE ALMENDRA Y DERIVADOS – EBA DEPENDIENTE SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo Nº 0225, de 29 de julio de 2009 se crea la Empresa Pública Nacional Estratégica Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA, con el objeto de incentivar la producción nacional con valor agregado, generando mayores fuentes de trabajo en procura del desarrollo y soberanía productiva en la amazonia boliviana, siendo sus principales actividades la extracción, compra, beneficiado y comercialización de la castaña.

Que, mediante Decreto Supremo Nro. 0590 de fecha 04 de agosto de 2010 se crea el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, como institución pública descentralizada de derecho público, con personalidad y autonomía de gestión administrativa, financiera, legal, técnica y patrimonio propio, en el artículo 6, parágrafo I se determina que el SEDEM está a cargo de un Gerente General designado mediante Resolución Suprema con las funciones determinadas en el artículo 7 incisos: a) ejercer la representación legal de la institución, j) emitir Resoluciones Administrativas en el marco de sus competencias y k) designar, promover y remover a los servidores públicos de la institución, en cumplimiento a las normas establecidas en la Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.

Que, de conformidad al Decreto Supremo Nº 0590, artículo 2, parágrafo II, inciso f) se determina que el SEDEM tendrá bajo su dependencia directa, entre otras, a la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA; en su artículo 5 se determina que el SEDEM tiene entre sus funciones apoyar la puesta en marcha de las Empresas Públicas Productivas y acompañar las etapas posteriores de desarrollo de las mismas; y en su artículo 9 establece que las Empresas Públicas Productivas bajo dependencia directa del SEDEM tienen entre otras características capacidad de gestión administrativa, financiera, legal y técnica sobre la base de la normativa interna del SEDEM, mediante la cual se delegarán competencias que sean necesarias para el desarrollo eficiente de sus actividades y están a cargo de un Gerente Técnico que ejerce la representación de la Empresa y es designado mediante Resolución Suprema.

Que, por Resolución Suprema Nro. 03902 de fecha 06 de septiembre de 2010 suscrita por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma se designó a la Lic. Patricia Ballivián Estenssoro como Gerente General del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM.

Que, el Estatuto Orgánico de la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA aprobado mediante Resolución Administrativa SEDEM/GG/Nro. 048/2010 de fecha 15 de noviembre de 2010, en su artículo 9, numerales 13, 19 y 24 establece como funciones del Gerente General del SEDEM: delegar de manera expresa al Gerente Técnico, competencias de carácter administrativa, financiera, legal y técnica que sean necesarias para el desarrollo eficiente de sus actividades; negociar y suscribir contratos, convenios, y/o acuerdos para el cumplimiento de las actividades de la EMPRESA; y emitir Resoluciones Administrativas y otros actos administrativos inherentes a su competencia. Dicho Estatuto, en su artículo 15, numerales 26 y 27 establece como atribuciones del Gerente Técnico de la empresa gestionar todos los trámites técnicos, operativos y administrativos inherentes al funcionamiento de la empresa, que hayan sido delegados mediante Resolución Administrativa expresa, motivada y específica, así como otras funciones que expresamente le sean encomendadas por el(la) Gerente General del SEDEM.

Que, en tanto sea designado mediante Resolución Suprema el Gerente Técnico titular de la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA ante la necesidad de contar con un Gerente que ejerza la representación técnica de la mencionada Empresa, corresponde adoptar acciones necesarias.

POR TANTO:

La Gerente General del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM, en uso de sus funciones y atribuciones legales conferidas por Decreto Supremo Nro. 0590 de fecha 04 de agosto de 2010 y Resolución Suprema Nro. 03902 de fecha 06 de septiembre de 2010.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Designar al ciudadano JAVIER DANTE FREIRE BUSTOS, con cédula de identidad Nro. 2714446 La Paz como Gerente Técnico Sustituto de la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA dependiente del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas SEDEM hasta la designación del titular.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Delegar al Gerente Técnico de la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA facultades para que en el marco de la normativa interna del SEDEM ejerza las competencias de carácter administrativa, financiera, legal y técnica que sean necesarias para el desarrollo eficiente de las actividades de dicha empresa; asimismo se le delega y faculta para que en el marco de la normativa interna del SEDEM pueda suscribir convenios y/o acuerdos, contratos, contratos modificatorios, contratos de personal y resolver los mismos, órdenes de cambio, órdenes de compra, órdenes de servicio y resoluciones administrativas necesarias en los procesos de contratación.

ARTÍCULO TERCERO.- Instruir a Auditoría Interna del SEDEM, realizar las auditorías trimestrales correspondientes, con el propósito de verificar el cumplimiento de las normas y procedimientos por parte de la de la Empresa Boliviana de Almendra y Derivados – EBA. ARTÍCULO CUARTO.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha Resolución Administrativa SEDEM/GG/Nº060/2012 de 30 de julio de 2012.

ARTÍCULO QUINTO.- Instruir a la Gerencia Administrativa Financiera del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas en coordinación con el Área Administrativa Financiera de la Empresa Boliviana de Almendras y Derivados EBA la publicación de la presente Resolución Administrativa en un órgano de prensa de circulación nacional.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Lic. Patricia Alejandra Ballivián EstenssoroGERENTE GENERAL

SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS – SEDEM

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miércoles 29 de abril de 2015 SOCIEDAD 9

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO Y ABI

Los dirigentes de los movimien-tos sociales de la región que entre el 8 y 10 de julio estarán reunidos en una Cumbre Inter-nacional de Sectores Populares sostendrán un encuentro con el papa Francisco el 9 de julio en la ciudad de Santa Cruz.

“Va a tener un encuentro con movimientos sociales, que a su vez se van a reunir en una Cumbre Internacional de Mo-vimientos Sociales y Popula-res, que se realizará en Santa Cruz del 7 al 9 de julio”, ase-guró el viceministro de Coor-dinación con los Movimientos Sociales, Alfredo Rada.

La autoridad, en una entre-vista con Patria Nueva, preci-só que el presidente Evo Mora-les también participará en ese encuentro, que se realizará en los predios de la Feria Exposi-ción de Santa Cruz (Fexpocruz). Rada señaló que el encuentro

del Sumo Pontífice con secto-res sociales de Bolivia y Lati-noamérica es una “señal muy importante” para debatir te-mas trascendentales, como el derecho a la tierra, el trabajo, la vivienda y la defensa de la Madre Tierra, frente al cambio climático ocasionado “por el capitalismo”.

“Esta reunión se da ante la crisis económica mundial y la guerra que se va generando en distintos puntos del planeta”, sustentó la autoridad

En ese marco, Rada precisó que el encuentro del papa Fran-cisco con los movimientos so-ciales se registrará a partir de las 17.30 del 9 de julio.

La visita del papa Francisco, el primer Prelado sudamerica-no en la historia de la Iglesia Católica, se producirá después de 27 años, tomando en cuenta que en el mes de mayo de 1988 el papa polaco Juan Pablo II vi-sitó el país.

Rada confirma cita con Sumo PontíficeENCUENTRO ó Los movimientos sociales tendrán la oportunidad de compartir una experiencia sin igual con el Papa.

Unos 15 mil policías protegerán al PapaESTRATEGIA ó Los efectivos realizan simulacros y acciones de reacción inmediata ante alguna eventualidad.

Los policías ya realizan prácticas para hacer frente a cualquier situación.

Al Prelado le gusta estar entre la gente, como ocurre en el Vaticano.

“Todo dependerá de la agenda final que todavía será cerrada días antes de que lle-gue el Papa, para eso están los efectivos inicialmente previstos”, agregó.

Entre tanto, los efectivos po-liciales realizan simulacros y acciones de reacción inmedia-ta ante cualquier tipo de even-tualidad, informó el Ministro.

Sin embargo, Moldiz aseve-ró que todo el sistema de se-guridad que se establecerá du-rante la estadía del Prelado en Bolivia será definido una vez que se confirme la agenda de actividades que será remitida por el Vaticano días antes de la llegada del ilustre visitante, pues una comisión ya realizó una rigurosa inspección.

SANTA CRUZ / CAMBIO Y CORRESPONSAL

Las medidas de seguridad du-rante la visita del papa Fran-cisco serán las apropiadas para su protección y la de los miles de fieles que asistan a los actos de recibimiento, ce-lebraciones litúrgicas y el en-cuentro con los movimientos sociales, pues de acuerdo con los datos proporcionados por el Ministerio de Gobierno se movilizarán 15 mil policías.

La información oficial fue proporcionada por el titular de esa cartera de Estado, Hugo Moldiz, quien recordó que el Sumo Pontífice estará en Bo-livia entre el 8 y 10 de julio, siendo La Paz el primer lugar que visitará durante seis ho-ras, y en Santa Cruz permane-cerá por más tiempo.

MEDIDAS DIFERENTES“Está clarísimo que el Papa

se va a quedar más tiempo en la ciudad de Santa Cruz y sólo unas horas en la ciudad de La Paz. Esto ya implica una dife-renciación en la seguridad a desarrollar”, dijo la autoridad.

En ese marco, el encarga-do de la seguridad interna a nivel nacional señaló que inicialmente se ha pensado en utilizar 10.000 efectivos para las labores de seguri-dad, aunque si se toman en cuenta otros factores, se por-dría llegar al despliegue de 15.000 efectivos, entre uni-formados y agentes civiles.

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CONVOCATORIA PÚBLICALa Gerencia Distrital Beni del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación a lo dispuesto por el Art. 14 de la RND N° 10-0008-14 “Procedimientos de Disposición de Bienes en Etapa de Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo” CONVOCA a Profesionales Arquitectos (as) o Ingenieros (as) Civiles interesados en ser designados como Perito Valuador para establecer el precio base de los bienes inmuebles situados en la Ciudad de la Santísima Trinidad del Departamento del Beni, conforme al perfil que se describe a continuación.

Formación Académica Fotocopia del título en Provisión Nacional de la Carrera de Ingeniería Civil y/o Arquitectura. Fotocopias de Certificados sobre cursos en Peritaje o Avalúos.Constancia de estar inscripto en el Colegio de Profesionales respectivos (SIB- Colegio de Arquitectos).

Experiencia General Dos (2) años, de experiencia laboral, computables posterior a la emisión del Título en Provisión Nacional.

Experiencia Específica Constancia de haber efectuados Avalúos y/o peritajes en el ámbito público o privado.

Disponibilidad Inmediata.

Compatibilidad No encontrarse en las causales establecidas en el art. 10 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo.

Los interesados deben descargar los “Términos de Referencia” de la página web www.impuestos.gob.bo y presentar el Formulario de Postulación acompañando del Curriculum Vitae debidamente documentado, en sobre cerrado bajo el siguiente rótulo:

Señores:Servicio de Impuestos Nacionales - Distrital BeniRef: Perito valuador para el Proyecto “Gestores para el Procedimiento de Adjudicaciones y Subastas Públicas de la Gerencia Distrital Beni”.Proponente:

El plazo máximo para la presentación de documentación es hasta el jueves 30 de abril de 2015, hasta horas 18:00 en oficinas del Dpto. Administrativo y de Recursos Humanos de la Distrital Beni, ubicado en la calle Félix Pinto Saucedo N° 225.

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EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 83° inc. II del Código Tributario Ley 2492, y el Artículo 55º del Decreto Supremo 27113 por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.

RAZON SOCIAL / NOMBRE NIT DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA

ESPEJO CERRUDO ABEL 3423942015

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA CITE: SIN/GDLPZ-I/DF/SVI/RA/36/2015 de fecha 09/02/2015, mediante la cual se anula la notificación por Cédula de la Resolución Administrativa CITE:SIN/GDLPZ-I/DF/SVI/RA/35/2014 y la notificación de la Vista de Cargo CITE:SIN/GDLPZ-I/DF/SVI/VC/524/2014, las cuales fueron notificadas en fechas 25/07/2014 y 28/10/2014 respectivamente, al contribuyente ESPEJO CERRUDO ABEL.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de Abril de dos mil quince.

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TIERRASTIERRASmiércoles 29 de abril de 2015

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REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con las políticas del gobier-no del presidente Evo Mora-les, en menos de 10 años de re-conducción comunitaria de la Reforma Agraria, se benefició a 24.424 familias con la dota-ción de tierras fiscales.

Datos que no tienen ni un pun-to de comparación con el trabajo que se desarrolló durante 10 años de gobiernos neoliberales, donde los resultados sólo alcanzaron a 563 familias beneficiadas.

De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) actualizados hasta ayer, 24.655.413 hectá-reas conforman la superficie de tierras fiscales.

De la mencionada exten-sión, 18.094.298 hectáreas no están disponibles debido a que son reservas y concesiones fo-restales, parques nacionales, áreas protegidas y proyectos estratégicos nacionales.

Las restantes 6.560.718 hec-táreas están a disposición de la población que cumpla con los trámites de ley.

Actualmente se cuenta con una superficie dotada de 2.212.974 hectáreas, de las que 45.330 fueron repartidas para usufructo de entidades estata-les, como las Fuerzas Armadas (FFAA), y quedan aún por distri-buir 4.302.413 hectáreas.

ANTECEDENTESLa Reforma Agraria se ini-

ció en 1996 y se trabajó hasta 2005, una época en la que regía el mandato de gobiernos neo-liberales. Durante esta década se avanzó lentamente, puesto

Proceso de dotación de tierras fiscales en el oriente boliviano.

El Gobierno genera más de 24 mil medios de acceso a tierrasSUMA ó El número de beneficiados con la dotación de tierras se multiplicó por diez.

reconducción comunitaria de la Reforma Agraria, y para ello nos dieron recursos y un apoyo político”, reveló Fernández.

Con este proyecto guberna-mental, el acceso a las tierras fiscales promete impulsar la producción agropecuaria para ampliar la frontera agrícola del país, tal como demandó que se haga el Presidente.

NORMATIVAVíctor Espinal, director de

Administración de Tierra del INRA, explicó que el artículo 395 de la Constitución Política del Estado establece lineamien-tos para redistribuir tierras.

“La Carta Magna señala que las tierras fiscales deben distri-buirse entre los hermanos cam-pesinos, indígenas e intercultu-rales”, manifestó el ejecutivo de la entidad estatal.

INRA

Afectados anuncian huelgaREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Un grupo de las 3.000 familias afectadas con el avasallamien-to de la zona Palmasola Valpa-raíso amenazó con ingresar en una huelga de hambre si el Tri-bunal Constitucional de Sucre vuelve a observar el expedien-te del proceso pendiente por ese delito.

“Tuvimos una reunión con el presidente de la Comisión de Admisión del Tribunal Consti-tucional de Sucre y nos informó que se revisará esta semana la documentación para determi-nar si corresponde o no lo hace a esta instancia, de lo contrario devolverán el expediente a San-ta Cruz para que continúe su curso”, informó Amet Morales, dirigente de los afectados.

Luego de una guerra judicial con cinco juicios ganados, aho-ra nuevamente se aleja la espe-ranza de las familias afectadas, pues durante la retardación de justicia para subsanar los inci-dentes impuestos los invasores promovieron que el caso retor-ne a Sucre.

El 6 de abril de este año, el Tribunal Departamental de Jus-ticia de Santa Cruz recibió un instructivo del Tribunal Consti-tucional Plurinacional de Sucre para que se remita a éste todo el expediente del caso.

Los afectados sorprendidos ingratamente por la noticia de-nuncian que tuvieron que tole-rar favoritismos y retardación.

“Es una aberración jurídica. No corresponde que los magis-trados vuelvan a pedir la do-cumentación porque ya se hi-cieron todos los pasos de ley, el Tribunal se quedó más de un año con el expediente para determinar que ellos no están facultados para responder los incidentes, a través de un me-morial exigimos el rechazo in-mediato”, advirtió Morales.

Esta instancia superior de justicia anunció que se evalua-rá la documentación hasta el si-guiente lunes.

MEDIDASEn ese marco, los afecta-

dos anunciaron medidas ex-tremas si es que se determina nuevamente la evaluación de los magistrados.

“Nosotros vamos a declarar-nos en huelga de hambre en ple-no Tribunal Constitucional de Sucre si es que hasta el lunes no tenemos una respuesta positiva y que los documentos regresen a Sucre”, agregó el entrevistado.

Cifras de la dotación por organización Con el proceso de cambio, hubo modificaciones en la estructura de la tenencia de la tierra. En el período neoliberal, el 64 por ciento de la tierra estaba en ma-nos de empresas medianas y grandes, mientras que aho-ra este sector sólo tiene el 9 por ciento.

Actualmente, 2.176.140 hectáreas fueron entrega-das. De esta superficie el 63 por ciento benefició a fami-lias que pertenecen a la Con-federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB); el 21 por ciento de la superficie fue do-tada a comunidades intercul-turales; el 9 por ciento quedó en manos de la Confedera-ción de Pueblos Indígenas de Bolivia (Cidob); el 4 por cien-to se utilizó para beneficiar a las familias afectadas por los cambios climáticos, en el marco del Plan Patujú, y el restante 3 por ciento fue des-tinado a entidades estatales en calidad de usufructo.

Son cuatro requisitos que se solicitan para tener acceso a las tierras fiscales:

Una nota dirigida al Di-rector Nacional del INRA, una lista de beneficiados, las fotocopias de cédula de iden-tidad de estas personas y da-tos de la constitución de la comunidad, agregó Espinal.

ó La dotación de tierras promueve el progre-so económico de las familias beneficiadas.

ó Promete la amplia-ción de la frontera agrícola para forta-lecer la seguridad alimentaria del país.

ó Otorga una alternati-va al delito de avasa-llamiento y tráfico de tierras, restituyendo así la seguridad jurídi-ca de los productores afectados.

que el número de comunidades beneficiadas tan sólo llegaba a diez. Del mismo modo, las fami-lias beneficiadas con la dotación de tierras fiscales alcanzó a 563.

Desde 2006 hasta abril de 2015, con el gobierno del presi-dente Evo Morales se impulsó una reconducción comunitaria de la Reforma Agraria, hecho que permitió multiplicar el be-neficio a las comunidades cam-pesinas. Es así que en menos de diez años se entregaron tierras a 658 comunidades, beneficiando a 24.424 familias productoras.

Según Juan de Dios Fernán-dez Fuentes, coordinador nacio-nal del INRA, este gran avance responde a las políticas que es-tablece el proceso de cambio.

“El primer elemento que fa-cilitó generar un avance consi-derable es que existe una volun-tad política de avanzar con la

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del Artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA al contribuyente del listado adjunto con la Resolución Determinativa (RD) que a continuación se detalla, para que por sí o mediante Apoderado se apersone ante el Departamento de Fiscalización de esta Gerencia ubicada en la Avenida 20 de Octubre Nº 2121 Esq. Aspiazu de la ciudad de La Paz, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en la Resolución Determinativa consignada, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándole que en caso de considerar que la Resolución Determinativa lesione de alguna manera sus derechos, se apertura los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el Numeral 2) del Artículo 174º de la Ley Nº 1340 ó de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el Artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto.

RAZON SOCIAL NIT/C.I. PERIODOS IMPUESTO NUMERO DE RESOLUCION DETEMINATIVA

TOTAL DEUDA TRIBUTARIA (*)

DETERMINADO A FECHA

LENZ CARVAJAL ANA MARIA GIANELLA

465494018

Enero, Febrero, Marzo, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Noviembre de 2011

IVA S I N / G D L P Z - I I / D F / V I /RD/154/2015 UFV 21.717 26/03/2015

(*) El Importe deberá ser actualizado conforme se establece el Artículo 47º de la Ley 2492.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los Veintinueve (29) días del mes de Abril (04) del año dos Mil Quince (2015).

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Page 11: Edición Impresa 29-04-15

PUBLICIDAD 11miércoles 29 de abril de 2015

El Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Milton Claros Hinojosa, por mandato del parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo y del artículo 42 del Decreto Supremo Nº 27113, dentro de la tramitación del recurso jerárquico planteado por José Luís Tapia Rojas, en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Ser-vicios Cochabamba Limitada – COMETCO Ltda, en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria RAR ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014 de 20 de noviembre de 2014 emitida por la Au-toridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, notifica a los posibles terceros interesados con la Resolución Ministerial Nº 103 de 21 de abril de 2015, que a continuación se transcribe: -- RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103 --- La Paz, 21 ABR 2015 --- VISTOS: el recurso jerárquico planteado por José Luís Tapia Rojas, en representa-ción de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Servicios Cochabamba Ltda. – COMTECO Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014, emi-tida por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT. -- CONSIDERANDO: que los recursos jerárquicos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes: -- 1. El 20 de agosto de 2013, el ente regulador dictó la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 que resolvió aprobar el Instructivo de Implementación del Punto de Intercambio de Tráfico - PIT y estableció que la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación del ente regulador sea la encargada del cum-plimiento de la referida resolución. Tal determinación fue adoptada en consideración a lo si-guiente: -- i) El parágrafo III del artículo 20 del Reglamento de Interconexión y de Acceso y Uso Compartido de Infraestructura, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013 dictada por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, señala que en caso de que los proveedores de servicio de acceso a Internet no lleguen a un acuerdo o no presenten el plan de implementación del PIT en un plazo de 60 días a partir de la publi-cación de dicho reglamento, la ATT en un plazo no mayor a 30 días impondrá y determinará las condiciones para la constitución del mismo, pudiendo considerar propuestas individua-les de los proveedores. -- ii) El Informe Técnico ATT-DS-INF TEC 0443/2013 establece que el objetivo de la interconexión es contar con puntos de intercambio de tráfico con nodos inter-conectados entre sí a los que puedan conectarse los proveedores de servicio de acceso a in-ternet con el fin de que el tráfico local se quede en el país, disminuyendo los costos de tele-comunicaciones, mejorando las conexiones locales actuales e incentivando y viabilizando servicios avanzados que requieran conexiones de baja latencia y el desarrollo de contenidos en el país. -- iii) Los proveedores de servicio de acceso a Internet no llegaron a un acuerdo sobre el plan de implementación del PIT en el plazo establecido en la normativa vigente. -- iv) El Informe Técnico ATT-DS-INF TEC 0443/2013 recomienda aprobar el Instructivo de Im-plementación del PIT de acuerdo a los alcances y términos establecidos en el citado docu-mento. -- 2. Mediante Notas REG/2402/2013 y GAR EXT 230/2013 de 28 y 29 de agosto de 2013, TELECEL S.A. y COMTECO Ltda., respectivamente, solicitaron aclaración y complemen-tación de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013. -- 3. En aten-ción a dichas solicitudes, la ATT emitió los Autos ATT-DJ-A TL 0424/2013 y ATT-DJ-A TL 0442/2013 de 4 y 5 de septiembre de 2013, a través de los cuales atendió las solicitudes de aclaración y complementación presentadas por TELECEL S.A. y COTAS Ltda. -- 4. Por memo-rial de septiembre de 2013, Giovanni Gismondi Paredes, en representación de TELECEL S.A., interpuso recurso de revocatoria parcial en contra de la Resolución Administrativa Regulato-ria ATT-DJ-RA TL 0482/2013. -- 5. Mediante nota presentada el 25 septiembre de 2013, Ro-dolfo Germán Weise Antelo, en representación de COTAS Ltda., interpuso recurso de revoca-toria en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013. -- 6. A través de nota de 26 de septiembre de 2013 COMTECO Ltda. interpuso recurso de revocatoria en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013, expresando lo siguiente: -- i) La resolución impugnada incorpora definiciones nuevas y distintas a las normativamente establecidas. -- ii) Se incorpora a CATELBO y FECOTEL, la ADSIB y la propia ATT como miembros del PIT, desconociendo la disposición normativa contenida en el pará-grafo I del artículo 154 del Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías de Infor-mación y Comunicación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391. -- iii) Igualmente se incorpora a dichas entidades como miembros del Consejo del PIT, discriminando a los opera-dores que no forman parte de dicho Consejo, vulnerando el principio de imparcialidad -- iv) Se observa que el ente regulador determinara que él mismo dirimirá los casos en los que el Consejo no llegue a consenso, porque ello dará lugar a que la ATT imponga su criterio en el Consejo Técnico. -- v) La ATT introduce una norma reglamentaria de aplicación general en el sector de telecomunicaciones, excediendo sus atribuciones y usurpando competencias del Órgano Ejecutivo, con lo que se evidencia que el acto impugnado está viciado de nulidad. -- 7. El 18 de diciembre de 2013 el regulador dictó la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 1047/2013, a través de la cual rechazó los recursos de revocatoria presentados por TELECEL S.A, y COMTECO Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 y desestimó el recurso de revocatoria planteado por COTAS Ltda. en contra de dicha resolución. -- 8. A través de memorial presentado el 10 de enero de 2014, Saúl Antelo Torrico, en representación de COTAS Ltda., interpuso recurso jerárquico en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 1047/2013. -- 9. Verificada la noti-ficación con la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 1047/2013 el 27 de di-ciembre de 2013, a través de memorial presentado el 10 de enero de 2014, Giovanni Gismon-di Paredes, en representación de TELECEL S.A., interpuso recurso jerárquico en contra de la referida Resolución. -- 10. Mediante Resolución Ministerial Nº 219 de 21 de agosto de 2014, esta Cartera de Estado aceptó los recursos jerárquicos planteados por TELECEL S.A., y COTAS Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 1047/2013, revocó totalmente dicha Resolución e instruyó a la ATT la emisión de un nuevo acto en el que se consideren los criterios de adecuación a derecho contenidos en la mencionada Resolución Ministerial, referidos fundamentalmente a la improcedencia de la determinación del ente regulador de desestimar el recurso de revocatoria planteado por COTAS Ltda. considerando que en los procesos administrativos en los que participan pluralidad de interesados los pla-zos son comunes a todos ellos, destacándose en función a ello que el recurso de revocatoria interpuesto por COTAS Ltda. fue oportunamente presentado. -- 11. En atención a lo deter-minado por esta Cartera de Estado, el 20 de noviembre de 2014 la ATT dictó la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014 a través de la cual aceptó parcialmen-te el recurso de revocatoria interpuesto por Telecel S.A., COTAS Ltda. y COMTECO Ltda. contra la “Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA-TL 1047/2013”, dejando sin efecto lo establecido en el artículo 8 del Instructivo de Implementación del PIT, manteniendo firmes y subsistentes los demás artículos de la citada resolución y estableciendo que los nodos del PIT Bolivia estarán ubicados en los predios de la ATT. Tal determinación fue asumida en atención a lo siguiente (fojas 38 a 60): -- i) En relación a que por determinación del parágrafo I del artículo 154 del Reglamento General a la Ley Nº 164 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391 “los proveedores de servicio de acceso a internet que cuenten con conexión directa a proveedores internacionales deberán conformar el PIT, interconectándose entre sí a través de uno o varios nodos para el intercambio de tráfico bajo un plan de implementación” se observa que tal determinación es de carácter técnico y no limita la participación de otras entidades en el Consejo Técnico del PIT, de lo cual se evidencia la procedencia e importancia de la participación de la ATT y de la ADSIB en el referido Consejo. -- ii) Respecto a que la re-solución recurrida ignora las determinaciones para la otorgación de personalidades jurídicas establecidas por la Ley Nº 351, se observa que la Resolución 0482/2013 no vincula al PIT con la mencionada Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, limitándose a expresar que la naturaleza del PIT carece de fines lucrativos, fundándose en el interés de mejorar el acceso a un servicio público. -- iii) Sobre la observación de la participación como miembros del Con-sejo de la ATT, ADSIB y Entel S.A., FECOTEL y CATELBO, debe decirse que tal conformación determina una participación del Estado como de los proveedores de servicio de acceso a in-ternet que cuenten con conexión directa a proveedores internacionales en la administración del PIT, advirtiéndose que dicha observación no tiene un objetivo de revisión de legalidad sino de exclusión de determinados actores en la administración del PIT. -- iv) En cuanto a la observación de la ubicación de los predios del PIT, debe decirse que corresponde reevaluar su localización considerando que la ATT es la institución apropiada para que tal instalación se realice de manera que garantice la igualdad de las partes y la imparcialidad en su adminis-tración. -- v) En relación a que la ATT no consideró las propuestas presentadas por los ope-radores para la conformación del PIT, debe decirse que de conformidad con el artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062/2013 que establece que “en caso de que los proveedores de servicios de acceso a internet no lleguen a un acuerdo o no presenten un plan a la ATT en un plazo no mayor a 30 días, impondrá y determinará las condiciones para la constitución del mismo, pudiendo considerar propuestas individuales de los proveedores”, por lo que en el caso objeto de análisis, el ente regulador dio cumplimiento a lo establecido por la normativa señalada. -- vi) En cuanto a que se otorgó una posición privilegiada a ENTEL S.A. al ser el único operador que participa directamente del Consejo, debe decirse que ENTEL S.A. al ha-ber sido nacionalizado refleja las políticas de Estado relativas al acceso y expansión con una visión de interés social que parte sobre la base del bienestar público, destacándose que su participación no debe ser entendida como la de un simple operador que estaría representa-do por CATELBO, por ser además un operador estratégico del Estado Boliviano, estando su participación claramente justificada, porque su participación en el mercado no cumple un rol solamente empresarial sino también público – social. -- vii) En relación a que incorporar

nuevos parámetros de calidad implica ir más allá de lo establecido en la RAR ATT-DJ-RA TL 0206/2013, determinando un doble control que podría concluir en una doble sanción por un mismo hecho lo que contradice al principio de non bis in idem, debe decirse que lo referido en el artículo 14 del Instructivo de Implementación del PIT, hace referencia a información técnica sobre determinados indicadores de calidad para conocimiento público con una fina-lidad no regulatoria o de fiscalización para la ATT, sino esencialmente informativa hacia todos los usuarios, por lo que está claramente demostrado que no existe posibilidad de vulnera-ción al referido principio. -- viii) Respecto a que las conexiones entre los proveedores se efectuarán mediante acuerdos entre los mismos, observándose que en el sistema propuesto por el regulador los operadores conectados al PIT accederán a las redes de otros proveedores conectados al PIT sin necesidad de acuerdos entre partes lo que determinaría que el tráfico se intercambie sin costo, debe decirse que tal aseveración es totalmente infundada porque el instructivo del PIT no hace referencia a acuerdos bilaterales o detalles técnicos de la inter-conexión, advirtiéndose que tal observación se constituye en una interpretación subjetiva que va más allá de la redacción textual del instructivo. -- ix) El artículo 4 del Instructivo se-ñala a los miembros del PIT sin que exista ninguna contradicción con el artículo 6 como inco-rrectamente asume el interesado, advirtiéndose que si bien el artículo 4 no se refiere expre-samente a CATELBO y FECOTEL sí hace referencia al conjunto de proveedores. -- x) Respecto a que la ATT aprobará el reglamento elaborado por el Consejo, advirtiéndose que la ATT además es parte del Consejo, lo que podría determinar que en etapa de aprobación el ente regulador pueda observar o modificar tal reglamento si no se limita a aprobarlo y publicarlo, debe decirse que existe un nivel de generación del reglamento que corresponde al Consejo y otro de aprobación que corresponde a la ATT. -- xi) En cuanto a las observaciones de índo-le administrativa, relativas al pago de aportes, pagos por interconexión y emisión de facturas, la naturaleza de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 es de im-plementación del PIT y no especifica detalles relativos a cargos de interconexión, por lo que corresponde al Consejo Técnico atender tales temas en el marco de sus competencias. -- xii) En relación a que el ente regulador introduce una Norma Reglamentaria excediendo sus atri-buciones y usurpando competencias, amerita expresar que el artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062/2013 señala que “en caso de que los proveedores del servicio de acceso a internet no lleguen a un acuerdo o no presenten un plan, la ATT en un plazo no mayor a 30 días, impondrá y determinará las condiciones para la constitución del mismo, pudiendo con-siderar propuestas individuales de los proveedores. -- xiii) Corresponde aceptar parcialmen-te el recurso planteado, siendo evidente que los presuntos agravios observados por los recu-rrentes carecen de sustento técnico y legal, salvo por la ubicación física del PIT. -- 12. A través de Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2299/2014 de 10 de diciembre de 2014 la ATT corrigió el error material contenido en la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014, aclarando que en realidad se acepta parcialmente el recurso de revocatoria interpuesto en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA-TL 0482/2013 (fojas 28 a 30). -- 13. Verificada la notificación con la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014 el 27 de noviembre de 2014, a través de memorial presentado el 11 de diciembre de 2014, José Luís Tapia Rojas, en representación de COMTE-CO Ltda., interpuso recurso jerárquico en contra de la referida Resolución, expresando lo si-guiente (fojas 1 a 7): -- i) La Autoridad reguladora incumplió la normativa sobre la conforma-ción del PIT por lo siguiente: a) Se incluye a sí misma como miembro del PIT atribuyéndose la potestad de dirimir los conflictos al interior del consejo técnico; b) Expresa que la ADSIB for-mará parte del PIT, sin que exista ninguna determinación normativa que respalde esa parti-cipación de la referida entidad en el PIT; c) “Se determina que ENTEL S.A. será miembro del PIT, lo cual resulta coherente con lo que dispone el numeral I del artículo 154 del Reglamento General a la Ley Nº 164”; d) Se incluyen como miembros del PIT al conjunto de proveedores, sin que se aclare si ese conjunto se refiere a los proveedores de servicio de acceso a internet que cuentan con conexión directa a proveedores internacionales o a todos los proveedores que prestan este servicio. En el marco del numeral I del artículo 154 del Reglamento General a la Ley Nº 164, solamente debieran ser miembros del PIT los primeros; e) Todos los provee-dores debieran ser nominados en igualdad de condiciones con ENTEL S.A. y no ser discrimi-nados al ser designados de manera general y ambigua; f ) Se incorpora a los proveedores de contenidos, aunque no se menciona a cuáles se estaría haciendo referencia lo cual no es pertinente al ser atribución del PIT la de determinar y seleccionar los contenidos que se ins-talarán en el nodo del PIT. -- ii) Resulta contradictorio que en el artículo 4 del Instructivo no se mencionen a CATELBO y FECOTEL y que éstos sí sean mencionados en el artículo 6. -- iii) No se comprende el motivo por el cual ENTEL S.A. sea nominado específicamente como miembro del PIT y que los demás proveedores sean referidos de forma general y discrimina-toria dentro del artículo 4; o que en el artículo 6 el conjunto de proveedores estén represen-tados por dos organizaciones excepto ENTEL S.A. -- iv) La ATT tampoco se pronuncia sobre el motivo por el cual habría incluido a todos los proveedores, con y sin salida internacional, siendo que el numeral I del artículo 154 del Reglamento General a la Ley Nº 164 es claro res-pecto a los actores que deben conformar el PIT ni sobre la razón por la que los agrupó en dos instituciones como FECOTEL y CATELBO, siendo que hay otros proveedores que no pertene-cen a ninguna de esas organizaciones, existiendo la posibilidad de que algunos operadores que hoy son parte de CATELBO mañana ya no lo sean, por lo que no se sabe cuál sería su re-presentatividad en el PIT. -- v) El regulador manifestó en la resolución impugnada que “los proveedores de servicio de acceso a internet que cuenten con salida internacional, están en la obligación de formar el PIT, sin embargo esta determinación por un lado no es excluyente de otras instituciones u organismos que tengan directo interés”, de lo que se advierte que el derecho de los operadores a participar en el PIT se encuentra limitado porque debe ser ejer-cido a través de federaciones o cámaras. -- vi) Se observa que la participación de otras orga-nizaciones en el PIT, como el propio ente regulador y la ADSIB, sea justificada por la ATT con el argumento de que lo que la ley no prohíbe está permitido, porque las actuaciones de las autoridades deben estar sometidas al cumplimiento pleno de la ley, como dispone el inciso c) del artículo 4 de la ley Nº 2341, por lo que la motivación y argumentación de la ATT no corresponde. -- vii) El regulador manifestó en su Auto ATT-DJ-A TL 0442/2013 que CATELBO y FECOTEL representan a los proveedores de servicio de acceso a internet con salida interna-cional y sin salida internacional, lo que permitiría la no discriminación, no obstante ENTEL S.A. además forma parte del Consejo Técnico a pesar de ser representado también por CATE-LBO con el argumento de que ENTEL S.A. “es el promotor y protagonista del desarrollo del servicio de acceso a internet en Bolivia”, desconociendo el aporte y esfuerzo de los demás proveedores, incurriendo en un acto de discriminación contrario a la Constitución y las leyes. -- viii) COMTECO Ltda. está realizando las acciones necesarias para participar del PIT por lo que exige tener una participación directa y no a través de representaciones intermedias. -- ix) COMTECO Ltda. tampoco se opone a que la ATT y la ADSIB participen de las reuniones del PIT formulando observaciones y recomendaciones, pero no en calidad de miembros, siendo que sus funciones y atribuciones son distintas a la interconexión entre proveedores. -- x) Lo referido evidencia que las Resoluciones Administrativas Regulatorias ATT-DJ-RA TL LP2200/2014 y ATT-DJ-RA TL 0482/2013 incurren en transgresiones a la Constitución, las le-yes y reglamentos. -- xi) La ATT al incluirse en el Consejo del PIT como “presidente” y además incluir a la ADSIB introduce una norma reglamentaria de aplicación general en el sector de telecomunicaciones, excediendo sus atribuciones y usurpando competencias del Órgano Ejecutivo, viciando de nulidad el acto administrativo emitido de conformidad a lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política del Estado. -- xii) El regulador contraviene el principio de imparcialidad al establecer que ENTEL S.A. sea el único miembro del PIT con derecho a participar del Consejo Técnico. -- xiii) El artículo 232 de la Constitución Política del Estado señala que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legali-dad, imparcialidad, publicidad, compromiso, e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados, por lo que las Resoluciones Administrativas Regulatorias ATT-DJ-RA TL LP2200/2014 y ATT-DJ-RA TL 0482/2013 son contrarias a la Constitución y por tanto nulas de pleno derecho. -- CONSIDE-RANDO: que a través de Informe Jurídico MOPSV/DGAJ Nº 330/2015 de 21 de abril de 2015, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, producto del análisis del recurso jerárquico que ahora se examina, recomendó la emisión de Resolución Ministerial por medio de la cual se acepte el recurso jerárquico planteado por José Luís Tapia Rojas, en representa-ción de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Servicios Cochabamba Ltda. – COMTECO Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014 y en consecuencia se revoque totalmente dicha resolución y en su mérito se revoque también la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 de 20 de agosto de 2013. -- CONSIDERANDO: que analizados los antecedentes de los recursos jerárquicos motivo de autos y lo expuesto en el Informe Jurídico MOPSV/DGAJ Nº 330/2015, se tienen las siguientes conclusiones: -- 1. El parágrafo I del artículo 154 del Reglamento a la Ley Nº 164 – General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 1391, establece que los proveedores de servicio de acceso a internet que cuenten con conexión directa a los proveedores internacionales deberán conformar el Punto de Intercambio de Tráfico – PIT, interconectándose entre sí a través de uno o varios nodos para el intercambio de tráfico de datos bajo un plan de implementación, el cual deberá esta-blecer los aspectos técnicos de interconexión, la administración del mismo, así como los mecanismos de aporte y pago. -- 2. Por su parte, el parágrafo II del referido artículo dispone

que las características del PIT, los aspectos técnicos y el plazo de interconexión serán estable-cidos mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda. -- 3. El parágrafo I del artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013 que aprobó el Reglamento de Interconexión y de Acceso y Uso Compartido de Infraestructura, dispone que el plan de implementación del Punto de Intercambio de Trá-fico – PIT, en aplicación del parágrafo I del artículo 154 del Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391 debe ser remitido por los proveedores de servicio de acceso a internet a la ATT para su aprobación en un plazo no mayor a 60 días a partir de la publicación de la señalada Resolución Ministerial, considerando los siguientes lineamientos: a) el PIT será mantenido con aportes del proveedor o proveedores del servicio de acceso a internet, que hayan conformado el mismo; b) el pago por la interconexión que deberán efec-tuar los proveedores del servicio de acceso a internet, estará en función a su tráfico cursado o a la capacidad del enlace de interconexión; c) Los proveedores que no cumplan con sus pagos para la administración o interconexión del PIT serán sancionados conforme a su regla-mento interno y en su caso por la ATT conforme al reglamento de sanciones. -- 4. El parágra-fo III del referido artículo, dispone que en caso de que los proveedores de servicio de acceso a internet, no lleguen a un acuerdo o no presentaren el plan, la ATT, en un plazo no mayor a 30 días, impondrá y determinará las condiciones para la constitución del mismo, pudiendo considerar propuestas individuales de los proveedores. -- 5. El parágrafo I del artículo 5 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo determina que los órganos administrativos tendrán competencia para conocer y resolver un asunto administrativo cuando éste emane, derive o resulte expresamente de la Constitución Política del Estado, las leyes y las disposicio-nes reglamentarias. -- 6. El artículo 122 de la Constitución Política del Estado determina que son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley. -- 7. En función a los antecedentes del caso y considerando el marco normativo aplicable, en relación a que la autoridad reguladora incumplió la normativa sobre la conformación del PIT al haber incluido en éste a entidades que no son proveedores de servicio de acceso a internet que cuenten con conexión directa a los proveedores internacionales, como lo son la ADSIB y la propia ATT, cabe expresar que efectivamente el parágrafo I del artículo 154 del Reglamento a la Ley Nº 164 – General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 1391, establece que los referidos proveedores son quienes deben conformar el PIT. -- 8. En esa línea también se observa que la ATT se incluya a sí misma como miembro del PIT atribuyéndose la potestad de dirimir los conflictos al interior del Con-sejo Técnico, porque tal atribución no se origina en ninguna disposición normativa, conside-rando que el parágrafo I del artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013, que aprobó el Reglamento de Interconexión y de Acceso y Uso Compartido de infraes-tructura, dispone que el plan de implementación del Punto de Intercambio de Tráfico – PIT, en aplicación del parágrafo I del artículo 154 del Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391 debe ser remitido por los proveedores de servicio de acceso a in-ternet a la ATT para su aprobación en un plazo no mayor a 60 días a partir de la publicación de la señalada Resolución Ministerial, considerando los siguientes lineamientos: a) el PIT será mantenido con aportes del proveedor o proveedores del servicio de acceso a internet, que hayan confirmado el mismo; b) el pago por la interconexión que deberán efectuar los pro-veedores del servicio de acceso a internet, estará en función a su tráfico cursado o a la capa-cidad del enlace de interconexión; c) los proveedores que no cumplan con sus pagos para la administración o interconexión del PIT serán sancionados conforme a su reglamento interno y en su caso por la ATT conforme al reglamento de sanciones, de lo cual se advierte que la ATT debió generar el Plan de Implementación del PIT en función a tales lineamientos, sin in-corporar aspectos que no fueran los normativamente establecidos. -- 9. Respecto a la parti-cipación de la ADSIB en el denominado “Consejo Técnico del PIT”, cabe destacar que el ente regulador carece de la atribución de incluir a terceros en la conformación del PIT. -- 10. En cuanto a que la ATT no justifica el motivo por el cual incorpora a proveedores de servicio de acceso a internet que no cuentan con conexión directa a los proveedores internacionales, debe precisarse que el ente regulador tiene la obligación de respetar en los actos administra-tivos que genera las determinaciones normativas superiores como lo es en el caso particular el numeral I del artículo 154 del Reglamento General a la Ley Nº 164 que establece expresa-mente que los proveedores de servicio de acceso a internet que cuentan con conexión direc-ta a los proveedores internacionales son quienes conforman el PIT, de forma limitada y no abierta como interpreta el regulador. -- 11. En relación a que se observa que la participación de otras organizaciones en el PIT, como el propio ente regulador y la ADSIB, sea justificada por la ATT con el argumento de que lo que la ley no prohíbe está permitido, porque las actua-ciones de las autoridades deben estar sometidas al cumplimiento pleno de la ley, como dis-pone el inciso c) del artículo 4 de la Ley Nº 2341, por lo que la motivación y argumentación de la ATT no corresponde, cabe expresar que efectivamente la Administración no puede arrogarse atribuciones que no se encuentran específicamente establecidas por Ley, es decir, el principio de legalidad para la Administración establece que ésta actuará en el marco de lo dispuesto por las normas, no pudiendo ejercer aquello que no se encuentra normado, de-biendo añadirse que la Constitución Política del Estado expresamente respalda el principio de competencia al expresar en su artículo 122 que son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley. -- 12. Adicionalmente, es importante hacer referencia a la Resolución Ministerial Nº 267 de 14 de octubre de 2013 emitida por este Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, en la que textualmente se manifestó que “la Administración Pública carece de la facultad de crear derechos e imponer obligaciones, salvo que esa facul-tad le sea expresamente otorgada por la ley, correspondiendo que los reglamentos que ésta emita observen una serie de límites formales y sustanciales, destacándose que el conceder eficacia a un reglamento que se encuentra en contradicción con una determinada norma, supone negar esa misma eficacia a una norma en pleno vigor y concretamente a la norma infringida por dicho reglamento”. -- 13. Cabe recordar que el acto administrativo es fruto del ejercicio de potestades tasadas y especificadas por el ordenamiento jurídico, de manera que éste solo puede dictarse en función del presupuesto de hecho tipificado por la norma. En esa línea, considerando que el parágrafo I del artículo 154 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391, dispone que los proveedores de servicio de acceso a internet que cuenten con conexión directa a los proveedores internacionales deberán conformar el PIT, interconectándose entre sí a través de uno o varios nodos para el intercambio de tráfico de datos bajo un plan de implementación, el cual deberá establecer los aspectos técnicos de interconexión, la administración del mismo, así como los mecanismos de aporte y pago y teniendo en cuenta, que el parágrafo I del artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013, determina que el plan de implementación del PIT deberá considerar lo siguiente: a) el PIT será mantenido con aportes del proveedor o proveedores del servicio de acceso a internet, que hayan confirmado el mismo, b) el pago por la interconexión que deberán efectuar los proveedores del servicio de acceso a internet, estará en función a su tráfico cursado o a la capacidad del enlace de interconexión, c) los proveedores que no cum-plan con sus pagos para la administración o interconexión del PIT serán sancionados confor-me a su reglamento interno y en su caso por la ATT conforme al reglamento de sanciones, se observa que tanto el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1391 como la Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013, contienen determinaciones claras, concretas y puntuales sobre las cuales el ente regulador debió desarrollar el Plan de Imple-mentación del PIT Bolivia, y sin embargo no lo hizo, evidenciándose que la ATT excedió sus competencias al establecer en el Instructivo aprobado mediante Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 disposiciones contrarias a lo establecido por normas de mayor jerarquía, como lo son el Decreto Supremo Nº 1391 y la Resolución Ministerial Nº 062. -- 14. Por todo lo referido y sin que amerite ingresar en el análisis de otros argumentos planteados por el recurrente, en el marco del inciso b) del artículo 16 del Decreto Supremo N° 0071 y del inciso b) del parágrafo II del artículo 91 del Reglamento aprobado por el Decre-to Supremo Nº 27172, corresponde aceptar el recurso jerárquico planteado por José Luís Ta-pia Rojas, en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Servicios Cocha-bamba Ltda. – COMTECO Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014, en consecuencia, revocar totalmente dicha resolución y en su mérito la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 de 20 de agosto de 2013. -- POR TANTO: -- El Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, en ejercicio de sus atribuciones, -- RESUELVE: -- PRIMERO.- Aceptar el recurso jerárquico planteado por José Luís Tapia Rojas, en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones y Servicios Cochabamba Ltda. – COMTECO Ltda. en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL LP 2200/2014 y en consecuencia revocar totalmente dicha resolución y en su mérito la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RA TL 0482/2013 de 20 de agosto de 2013. -- SEGUNDO.- Instruir a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes la emisión de un nuevo acto, en el que cumpla su obligación de aprobar el Plan de Implementación del PIT establecida en el artículo 20 de la Resolución Ministerial Nº 062 de 27 de marzo de 2013, en sujeción a los parámetros de adecuación a derecho contenidos en el presente acto administrativo. -- Comuníquese, regístrese y archívese. -- Fdo. Milton Claros Hinojosa.- Ministro. -- Ministerio de Obras, Públicas, Servicios y Vivienda.-------------------------------

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miércoles 29 de abril de 2015POLÍTICA12

ANA MARÍA MALDONADO / CAMBIO

La mayoría de los medios de difusión que responden a inte-reses de la oligarquía chilena adormecen la conciencia del pueblo chileno para distraer la crisis política que enfrenta la gestión de Michelle Bachelet.

Los canales privados como Chi-levisión, Mega, Canal 13 y la Tele-visión Nacional de Chile (TVN), quieren “tapar el sol con un dedo”, dijo Sandra NN, una traba-jadora municipal de Iquique.

La ciudadana chilena, quien afirmó que tuvo que dejar la ca-rrera de periodismo por los altos costos, sostuvo que detrás de los medios de difusión, está la som-bra de los “dueños de Chile, los empresarios chilenos”, que se en-cargan de controlar las noticias.

Esta postura es común en muchos chilenos, puesto que los noticieros no muestran los problemas sociales, políticos

Estudiantes marchan en las calles de la ciudad de Castro, en Chile.

Medios de difusión en Chile distraen la atención para tapar crisis política OPINIÓN ó La ciudadanía chilena afirma que empresarios y el gobierno de Bachelet hacen daño al país.

y la realidad económica. Por ejemplo, minimizan las movi-lizaciones casi a diario, por la educación gratuita.

“Las noticias no son comple-tas y la programación de los ca-nales están inundados de pu-blicidad de consumismo, por

eso el chileno sólo se preocu-pa en comprar y no ve lo que pasa en las calles”, afirmó José Bahamonde, de la Región de Los Lagos. El 16 de abril, en la ciudad de Castro, mientras las radios difundían música y cu-riosos programas de entreteni-

miento, decenas de estudiantes marchaban por las principales arterias de la ciudad para exigir nuevamente educación gratuita. El hecho no movió a la prensa.

DETRÁS DE LA TELEVISIÓN Según el portal del Partido

de Trabajadores Revolucionarios (PTR) detrás de los canales de te-levisión de Chile existe una enor-me estructura transnacional. “Los medios tienen dueños y son los mismos dueños de Chile o monopolios extranjeros”, señala.

El 67% de las acciones de Ca-nal 13 es del grupo Luksic, que tiene inversiones en minería, industria, finanzas, alimentos y telecomunicaciones. Chile-visión fue del empresario y ex presidente de Chile, Sebastián Piñera, y luego pasó a poder de la norteamericana Time War-ner. El canal Mega es controla-do por el grupo CIECSA, una empresa del Grupo Claro, cuyo

antiguo dueño, Ricardo Claro, fue asesor de la Cancillería en la dictadura militar.

La gestión de Michelle Ba-chelet tampoco goza de mu-cha aceptación de la gente, por los casos de corrupción incluso de su entorno familiar y por la poca sensibilidad en ayudar a los damnificados por las inun-daciones en el norte chileno.

Por otro lado, Cambio cons-tató que una parte de la pobla-ción chilena está consciente del derecho al mar de Bolivia. En ese sentido se considerar justa la de-manda de Bolivia a la Corte In-ternacional de Justicia (CIJ), para que obligue a negociar el tema.

La encuesta del periódico El Mercurio de Santiago que seña-la que el 54% de los chilenos cree que su país perderá en La Haya sostiene el sentimiento por la de-manda boliviana que se remonta a 1879, cuando Chile invadió An-tofagasta, el Litoral.

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VISTOS: La denuncia de Explotación Ilegal de Minerales presentada en fecha 11 de marzo de 2015; el Acta de Inspección de Verificación de Minerales de fecha 8 de abril de 2015; el Informe Técnico de fecha 14 de abril de 2015 emitido por Catastro y Cuadriculado Minero y todo lo que convino ver, tener presente, y;CONSIDERANDO I (AMBITO DE COMPETENCIA) Que, la Ley Nº 535 de 28 de mayo de 2014, tiene por objeto regular las actividades minero metalúrgicas estableciendo principios, lineamientos y procedimientos para la otorgación, conservación y extinción de derechos mineros, desarrollo y continuidad de las actividades minero metalúrgicas de manera responsable planificada y sustentable; determinar la nueva estructura institucional, roles y atribuciones de las entidades estatales y de los actores productivos mineros; y disponer las atribuciones y procedimientos de la jurisdicción administrativa minera conforme a los preceptos dispuestos en la Constitución Política del Estado.Que, la citada Ley en su Artículo 36 dispone que el sector minero estatal tiene la siguiente estructura: a) Nivel de Definición de Políticas, Fiscalización y Supervisión Generales. Ministerio de Minería y Metalurgia. b) Nivel de Administración Superior, Fiscalización y Control de las Actividades Mineras y Registro Minero. Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM.Que, el citado instrumento legal en su Artículo 39 dispone que, la AJAM como entidad autárquica bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica, económica y financiera, es la encargada de la dirección, administración superior, control y fiscalización de la actividad minera en todo el territorio del Estado.Que, el Artículo 40 inciso x) de la referida norma legal, establece como atribución de la AJAM el promover y/o interponer acciones legales en contra de quienes realicen explotación ilegal en áreas libres. Asimismo, el inciso bb), otorga a la referida Autoridad, la atribución de emitir resolución fundamentada para la suspensión de actividades ilegales de acuerdo al Parágrafo II del Artículo 104 de la Ley 535.CONSIDERANDO II (BASE LEGAL APLICABLE)Que, el Parágrafo I, del Artículo 369, de la Constitución Política del Estado - CPE, establece que el Estado será responsable de las riquezas mineralógicas que se encuentren en el suelo y subsuelo cualquiera sea su origen y su aplicación será regulada por ley.Que, Parágrafo I del Artículo 370 de la referida norma Constitucional, establece que el Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva, suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley. Que, en concordancia con lo dispuesto con las normas constitucionales mencionadas, el Parágrafo I del Artículo 104 de la Ley 535, establece que, el que realizare actividades de explotación de recursos minerales, sin contar con la autorización o derecho otorgado en el marco de la Ley, incurre en explotación ilegal. El Parágrafo II señala que, el Ministerio de Minería y Metalurgia en coordinación con la AJAM, ante la evidencia de explotación ilegal de recursos minerales, dispondrá, en un plazo máximo de 48 horas, mediante resolución fundamentada, la inmediata suspensión de actividades ilegales. Finalmente, el Parágrafo III, dispone que, la AJAM en base a los antecedentes y acciones asumidas en el Parágrafo II, presentara denuncia correspondiente ante el Ministerio Público para la iniciación inmediata de las acciones judiciales y su sanción penal.Que, por Resolución Administrativa AJAM No. 28/2014 de fecha 26 de noviembre de 2014, se aprueba el Procedimiento Transitorio para la Atención de Denuncias de Explotación Ilegal de Recursos Minerales. CONSIDERANDO III (ANTECEDENTES DE HECHO)Que, mediante nota presentada en fecha 11 de marzo de 2015, Nicolás Martínez Tambo presenta denuncia, de actos de explotación ilegal en la zona de Uspha Uspha, Urbanización Calicanto del Departamento de Cochabamba donde se estaría explotando y extrayendo arcilla, por personas inescrupulosas con maquinaria, equipo y volquetas, que se constituyo en el lugar tomo las coordenadas de ubicación del área siendo las siguientes, 19 K0806677 UTM 8066504 (coordenada ubicada a lado de la escuela de Calicanto) y 19 K0806050 UTM 8066229 (coordenada ubicada a lado del cementerio de Calicanto) y por información de algunos vecinos de la zona dichos operadores mineros no cuentan con la ATE y/o contrato Administrativo Minero correspondiente, menos con la Licencia o Ficha Ambiental tratándose de una zona urbanizada. Al realizar explotación y extracción de arcilla está poniendo en riesgo a los habitantes de la zona, debido al movimiento de tierras que puedan causar derrumbes tanto en la Unidad Educativa como en las viviendas aledañas y el cementerio.

Señalando por memorial presentado en fecha 18 de marzo de 2015 que presume que quienes estarían dedicándose a realizar esta explotación ilegal de minerales serian los Sres. Freddy Romero en su volqueta con Placa 2377 CPK, Yolanda Morales en su volqueta con placa 1881-AZK y Juan Romero.Que, por Auto 3/2015 de fecha 20 de marzo de 2015, se admite la denuncia de explotación y comercialización ilegal de minerales, disponiéndose que Catastro y Cuadriculado Minero en el plazo de 24 horas emita Informe Técnico respectivo, habiendo dentro del plazo otorgado en fecha 24 de marzo de 2015, emitido Informe que señala que el área se ubica en el municipio de Cochabamba, provincia Cercado del departamento de Cochabamba, siendo titular de derecho minero sobre esta área el Sr. Manuel Omar Aguilera Surriabre, de la ATE – Autorización Transitoria Especial (anteriormente concesión) KHARA KHARA de tres (3) cuadrículas con No. de Inscripción 18035.Que, por providencia de fecha 25 de marzo de 2015, se señalo fecha y hora de Inspección de Verificación del lugar donde posiblemente se estaría cometiendo explotación ilegal de minerales para el día miércoles 8 de abril de 2015 a horas 09:00 a.m. Que, en fecha señalada para la Inspección de Verificación de Explotación Ilegal, personal de la Dirección Departamental AJAM Cochabamba se constituyó en el área denunciada, tal cual señala el Acta de Inspección de Verificación que en sus partes más relevantes indica lo siguiente:En fecha 08 de abril de 2015 a horas 09:00 a.m. nos constituimos en el lugar objeto de la denuncia ubicado en la zona de Calicanto, Barrio Minero San Juan, Km. 10, carretera antigua a Santa Cruz a efectos de realizar la inspección de verificación fijada para ese día, a horas 09:20 a.m., se inicio con el Primer Punto denunciado (P1;19K 806707E 8066495N Coordenada geográfica que se utiliza para ubicar si existe una ATE o área minera autorizada) donde se encontraban el denunciante conjuntamente su abogada Dra. Maritza Serrudo, y otras personas que se identificaron como Lizeth Torrico persona de la comunidad, Jaqueline Dávila dirigente Bartolinas Sisa del Distrito 8, Humberto Valdez abogado de parte denunciante y el Sr. Alfredo Terceros Gamboa como chofer, en este punto se evidenció trabajo de maquinaria con la extracción de arcilla, no encontrándose en ese momento ninguna maquinaria o persona explotando el lugar lo que se observa conforme las fotografías, existiendo una Escuela a lado del punto mencionado, estando el lugar ya urbanizado. A horas 9:45 a.m. a denuncia de una persona que se identifico como Lizeth Torrico nos dirigimos a una zona más alta (del primer punto) donde se evidencio la extracción de arcilla con maquinaria pero en ese momento no se encontró ni maquinarias ni personal realizando dicha explotación, constituyéndose este en el Segundo Punto (19K 806866E 8066231) de Inspección. Ante la vista de comunarios del lugar y el recorrido que se estaba realizando es que personas que no quisieron identificarse denunciaron que subiendo el cerro existía un lugar donde se estaría explotando sin autorización mineral, que el lugar se denominaría Urbanización Las Rosas y la persona que estaría realizando esta actividad ilegal respondería al nombre de Juan Rosas, motivo por el cual nos constituimos en ese el lugar verificando la explotación y extracción de arcilla a través de maquinaria sin embargo no se encontró en el momento a ninguna persona trabajando menos maquinaria alguna, constituyéndose en el Tercer Punto (19K 807632E 8066447N) por lo que el personal técnico de Catastro y Cuadriculado Minero procedió a tomar y verificar el punto correspondiente a efectos de constatar en sistema si cuenta con la autorización correspondiente. A horas 10:45 a.m. nos dirigimos al Cuarto Punto, (P4 19K 806074E 8066259N Coordenada Geográfica) objeto de la denuncia, debiendo cruzar un rio, constatando que en el lugar existe arcilla pero no se observa extracción ni explotación de la misma, por lo tanto no se encontró actividad minera alguna menos de explotación ilegal, tomándose los puntos respectivos de su ubicación.Que, el Informe Técnico de Inspección de Denuncia de Explotación Ilegal de Minerales de fecha 14 de abril de 2015, emitido por el personal de Catastro y Cuadriculado Minero establece lo siguiente:“(…) se realizó la Inspección de la denuncia realizada en la zona de Calicanto ubicada en el municipio de Cercado, provincia Cercado del departamento de Cochabamba.”; “En dicha inspección de denuncia se sacaron coordenadas geográficas con ayuda de un GPS marca Garmin modelo Oregon 550, en Proyección: Universal Tranversa de Mercator y con Sistema de Referencia: Sistema Geodésico mundial (WGS-84).”; “Los puntos P1 y P4 corresponden a los puntos señalados en la denuncia en tanto los puntos P2 y P3 son puntos que se verificaron por denuncia de los vecinos en el momento de la inspección.”; “El primer punto inspeccionado (P1), corresponde a la primera área de la denuncia y corresponde a un depósito de Arcilla donde se evidencio la explotación de la misma recientemente.”; “P1: 19K 806707E 8066495N “; El punto (P1) corresponde al área minera de Khara Khara, el titular del derecho minero es Manuel Omar Aguilera Surriabre de tres (3) cuadriculas.; “El Segundo punto inspeccionado corresponde a un depósito de Arcilla donde se evidencio la explotación de la misma recientemente.”; “P2: 19K 806866E 8066231N”; El punto (P2) igualmente corresponde al área minera de Khara Khara, el titular del derecho minero es Manuel Omar

Aguilera Surriabre de tres (3) cuadriculas, “Cabe destacar que la concesión está vigente.”; “El tercer punto inspeccionado corresponde a un depósito de Arcilla donde se evidencio la explotación de la misma.”; “P3: 19K807632E 8066447N”; “En el punto (P3) no existe ninguna área minera por lo cual es un área libre como se puede ver en el plano adjunto, por lo tanto es una explotación ilegal.”; “P4: 19K806074E 8066259N”; “El cuarto punto inspeccionado corresponde a la segunda área denunciada (19K 807632E 8066447N) y es una formación de Arcilla donde no se evidencio explotación alguna.”; “En el punto (P4) no existe ninguna área minera por lo cual es un área libre como se puede ver en el plano adjunto, pero tampoco se evidencio ningún trabajo de explotación realizado en el lugarCONSIDERANDO IV (FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN) Que, conforme a los antecedentes facticos expuestos, corresponde ingresar al análisis respecto al caso, considerando los siguientes aspectos:Que, de conformidad a la disposición contenida en el Parágrafo I del Artículo 370 de la Constitución Política del Estado - CPE, es el Estado, quien otorga derechos mineros, previo cumplimiento de la Ley. Que, conforme a los datos que cursan en el Acta de Inspección de Verificación y al Informe Técnico de Inspección de Denuncia de Explotación Ilegal de Minerales, se evidencia que se ha realizado la verificación en cuatro (4) Puntos, dos que fueron objeto de la denuncia escrita, (coordenadas 19 K0806677 UTM 8066504 y 19 KM0806050 UTM 8066229) y otros dos Puntos que fueron denunciados a momento que se hacía el recorrido por el área de Inspección, de ese modo es que del análisis legal realizado se concluye lo siguiente:Que, en el Primer y Segundo Punto se ha evidenciado la explotación y extracción de Arcilla a través de maquinaria y que conforme al Informe Técnico el área explotada correspondería a la ATE KHARA KHARA cuyo titular del derecho minero es el Sr. Manuel Omar Aguilera Surriabre, con el No. de Inscripción No. 18035, que conforme lo informado, no se trataría de un área libre, sino que esta cuenta con autorización para realizar actividad minera, descartándose la figura de explotación ilegal de estos puntos, no teniendo certeza, de las personas que estarían realizando esta explotación, si el titular u otras personas que de ser el caso merece otro tratamiento legal especial. Que, de acuerdo al Informe Técnico y Acta de Inspección, en el Cuarto Punto inspeccionado no es un área minera, constituyendo un área libre, que denota la presencia de Arcilla, sin embargo por lo observado no presenta ningún tipo de trabajo en el lugar, menos explotación alguna. Que, respecto a la inspección del Tercer Punto de acuerdo a los antecedentes del Acta de Verificación y el Informe Técnico, la explotación se la estaría realizando en un área libre por lo tanto se estaría cometiendo explotación ilegal de recursos minerales, habiendo la denunciante identificado al presunto autor de este hecho, con el nombre de Juan Rosas.Que, el Parágrafo I del Artículo 104 de la Ley 535, establece que, “El que realizare actividades de explotación de recursos minerales, sin contar con la autorización o derecho otorgado en el marco de la Ley, incurre en explotación ilegal. Las sanciones penales establecidas por ley deberán incluir la obligación de restituir al Estado el valor de los minerales extraídos y de cumplir las obligaciones regalitarias y tributarias que correspondan.” El Parágrafo II señala que, “El Ministerio de Minería y Metalurgia en coordinación con la AJAM, ante la evidencia de explotación ilegal de recursos minerales, dispondrá, en un plazo máximo de 48 horas, mediante resolución fundamentada, la inmediata suspensión de actividades ilegales procediendo, previa solicitud ante la autoridad competente, a la detención de los autores de explotación ilegal con el auxilio de la fuerza pública, para su presentación ante autoridades del Ministerio Público y a la neutralización, decomiso o destrucción de la maquinaria empleada.” El parágrafo III señala “La AJAM en base a los antecedentes y acciones asumidas en el parágrafo anterior, presentará la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público para la iniciación inmediata de las acciones judiciales y su sanción penal.”Que, de igual forma la explotación ilegal de recursos minerales, está tipificada como delito, según la Ley No. 367 de 1 de mayo de 2013, que incorpora entre otros el articulo 232 ter en el capítulo II del título VI, del Libro Segundo del Código Penal con el siguiente texto “El que realizare actividades de explotación de recursos minerales sin contar con autorización o derecho otorgado en el marco de la normativa vigente, será sancionado con privación de libertad de cuatro (4) a ocho (8) años”.Que, Bolivia se configura en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, de ese modo el nuevo modelo económico es plural y orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todos los bolivianos y bolivianas. En ese marco es el Estado quien ejerce la dirección integral del desarrollo económico y sus procesos de planificación, que implica la administración de los recursos naturales que son de carácter estratégico para la economía del país, y según la base legal expuesta son de propiedad del pueblo boliviano.

Que, la minería ilegal es un problema de carácter multidimensional que en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz, la seguridad, la gobernabilidad, la economía y la estabilidad del Estado Plurinacional de Bolivia, que atenta contra la aspiración de nuestra sociedad de alcanzar mayor nivel de desarrollo económico, social y ambiental sostenible.Que, la actividad minera ilegalmente desarrollada, provoca graves daños en muchos casos irreversibles, a la salud de la población, al medio ambiente y a los recursos naturales, por lo que se deben asumir medidas urgentes al respecto.Que, es atribución de la Dirección Departamental de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera de Cochabamba, ante la evidente realización de actividades de explotación de recursos minerales, sin contar con la autorización o derecho otorgado en el marco de la normativa legal vigente, tomar las acciones administrativas que le correspondan conforme a ley.Que, de conformidad a la disposición contenida en el Art. 104 de la Ley 535, de 28 de mayo del 2014, el Ministerio de Minería y Metalurgia – MMM en coordinación con la AJAM, ante la evidencia de explotación ilegal de recursos minerales, tienen la facultad de disponer la suspensión inmediata de actividades ilegales. Que, el Artículo 40, incisos bb) ha establecido, como atribución de la AJAM, emitir Resolución fundamentada para la suspensión de actividades ilegales, atribución que de conformidad a la disposición contenida en el Artículo 44 de la Ley 535, deberá ser ejercida por el Director Departamental o Regional. Que, la ubicación geográfica de áreas en la cual se encuentra realizando actividad ilegal, está en el Departamento de Cochabamba, por lo que corresponde a esta Autoridad, emitir la presente resolución, conforme a su jurisdicción administrativa y competencia.CONSIDERANDO V: (CONCLUSIONES)Que, de la revisión de los antecedentes señalados, del análisis legal efectuado y la normativa legal expuesta, esta Autoridad ha llegado a la plena convicción, de la realización de actividades mineras en lugar denominado Urbanización Las Rosas, de la provincia Cercado del Departamento de Cochabamba, sin contar con derecho minero otorgado por el Estado Plurinacional de Bolivia, ante cuyo accionar, corresponde disponer la suspensión inmediata de actividades mineras ilegales en el citado sector, de conformidad a la disposición contenida en el artículo 104 parágrafos II y III de la Ley Nº 535 de Minería y Metalurgia de fecha 28 de mayo 2014. POR TANTO:El Director Departamental a.i de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera de Cochabamba, en base a los principios constitucionales y la Ley N° 535 (Ley de Minería y Metalurgia), en ejercicio de las atribuciones y competencias establecidas en la citada Ley.RESUELVE: PRIMERO: ORDENAR al presunto autor que responde al nombre de JUAN ROSAS y terceras personas, la inmediata suspensión de actividades mineras que se están realizando en áreas libres ubicadas en la Urbanización Las Rosas, del municipio de Cochabamba de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, por no contar con la debida autorización otorgada por el Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad al Parágrafo II del Artículo 104 de la Ley Nº 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014. SEGUNDO: DISPONER el inicio de las acciones judiciales pertinentes de conformidad a la disposición contenida en el Parágrafo III del Art 104 de la Ley 535 de Minería y Metalurgia del 28 de mayo del 2014 y remitirse copia de los antecedentes a la Gobernación del Departamento de Cochabamba, para su conocimiento y atención en el marco de sus atribuciones.TERCERO: PUBLICAR el presente acto administrativo en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, conforme la disposición contenida en el Artículo 34 de la Ley 2341 – Ley de Procedimiento Administrativo de fecha 23 de abril del 2002, y sea a su vez a los efectos del parágrafo I del Art. 55 de la referida Ley 2341.

Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.

RESOLUCION DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES MINERAS ILEGALES AJAM.D CBBA Nº 003/2015

Cochabamba, 14 de abril de 2015

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miércoles 29 de abril de 2015 POLÍTICA 13

Bulnes abrirá alegatos orales en la Corte

Los alegatos serán televisa-dos por el sistema de la Organi-zación de las Naciones Unidas y traducidos al castellano.

El 5 de mayo es feriado en Holanda por la celebración del Día de la Liberación y por tan-to las audiencias se retomarán el día 6 con la intervención de Bolivia, con el agente Eduar-do Rodríguez Veltzé (de horas 04.00 a 07.00).

CALENDARIO ó El agente boliviano Eduardo Rodríguez responderá el 6 de mayo.

Al día siguiente, el equipo ju-rídico de Chile dará la réplica ante la Corte, pero sólo durante una hora y media (10.30-12.00). A estos alegatos, el equipo jurídico de Bolivia responderá con la dú-plica en el mismo lapso de tiem-po (09.00-10.30 hora boliviana).

“Las audiencias se referirán únicamente a la objeción de la ju-risdicción planteada preliminar-mente por Chile”, señala la CIJ.El agente chileno Felipe Bulnes.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El lunes 4 de mayo y durante 180 minutos (09.00-12.00 hora bo-liviana), Chile, liderado por su agente, Felipe Bulnes, argumen-tará la excepción preliminar que presentó con el fin de objetar la competencia de la Corte Interna-cional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, Holanda, para tratar la demanda marítima de Bolivia.

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El Mercurio quiere afectar al tribunalREDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El periódico El Mercurio gene-ra un escenario para que Chi-le desconozca la legalidad de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), y, a partir de ello, impulsar un cambio institucional, agobia-do por una grave crisis política, alertó ayer Roberto Muñoz, di-rector de la Casa Bolívar-Chile.

“El Mercurio crea verdades, no las dice, las crea, que es algo mucho más profundo todavía”, dijo Muñoz a la radio estatal Pa-tria Nueva, tras añadir que el dia-rio chileno es parte interesada en el caso del mar, pues viene de la oligarquía que estuvo detrás de la invasión a Bolivia en 1879.

En ello se enmarca la en-cuesta que difundió el medio escrito, en el que se señaló que el 54% de los entrevistados cree que será negativo para Chile el fallo que vaya a emitir la Corte Internacional.

Muñoz dijo que esto apunta a “preparar el terreno para que se desconozca lo que diga La Haya” e impulsar “una campaña pa-triota de defensa de la sobera-nía, que implique agravar las diferencias con Bolivia y que de-rive finalmente en el impulso de una reforma institucional que aplaque la crisis política que en-vuelve a la política chilena”.

Además mencionó la situa-ción interna que enfrenta la presidenta Michelle Bachelet por presuntos hechos irregula-res que afectaron su nivel de po-pularidad.

En ese marco se anotan las denuncias contra el hijo de la mandataria, Sebastián Dáva-los Bachelet, y su esposa, Nata-lia Compagnon, por el eventual “uso de información privilegia-da” y “tráfico de influencias” tras la compra de terrenos en la ciudad de Machalí (sur) que lue-go se vendieron a un mayor pre-cio, por un proyectado cambio en el uso de suelos.

Portada del periódico El Mercurio.

curio difundió el 26 de abril una encuesta elaborada por la Escuela de Gobierno de la Universidad del Desarrollo en la que se dio cuenta que el 54% de los entrevistados cree que será negativo para Chile el fallo que vaya a emitir la Corte Internacional.

Pero además, el 49% de las personas encuestadas respon-dió que la Corte no aceptará la objeción que presentó La Mo-

Magistrados de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que sesionan en el Palacio de la Paz, en La Haya, Holanda.

‘Vice’ afirma que Chile carece de estrategia y argumentos

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

A cinco días de la apertura de los alegatos orales en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), Bolivia muestra su unidad y consistencia, mientras que Chile no logra definir una es-trategia coherente y carece de argumentos jurídicos, afirmó ayer el vicepresidente del Esta-do, Álvaro García Linera.

“Bolivia se mantiene unida, ha apelado a la justicia, a la historia, al derecho y a los pro-cedimientos internacionales de justicia y va muy confiada en su punto de vista y su po-sición”, expresó García Linera en declaraciones a los perio-distas en la capital cruceña.

Bolivia presentó el 24 de abril de 2013 una demanda contra Chile ante la CIJ en bus-ca de que este tribunal falle y declare que Santiago tiene la obligación de negociar de bue-na fe y en un plazo determina-do un acuerdo que le permita un acceso soberano al mar.

El 15 de julio de 2014, Chi-le objetó la competencia de la Corte con el argumento de que el Tratado de 1904 resolvió los asuntos pendientes con Bolivia, situación que desmintió La Paz.

Con todo, la Corte Interna-cional convocó a Bolivia y Chi-le para que argumenten sus posiciones en los alegatos ora-les que se iniciará el 4 de mayo y que se extenderá hasta el día 8 del mismo mes.

En medio de este escena-rio, el diario chileno El Mer-

CONTEXTO ó Aseguró que Bolivia está “en un nivel de superioridad jurídica, legal, histórica y moral”, y destacó la solidez del planteamiento jurídico nacional.

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neda para que este tribunal se declare incompetente sobre la demanda marítima boliviana.

García Linera opinó que este escenario se da porque las autoridades chilenas “no han podido convencer a su opinión pública respecto a la veracidad de sus argumentos”.

En cambio, dijo, “acá en Bolivia, toda Bolivia está uni-dad, toda Bolivia está confia-da, porque nos apegamos a la verdad y no vamos a usar argumentos políticos para hacer valer nuestro derecho, vamos a usar argumentos le-gales, argumentos históricos, argumentos jurídicos”.

Así el vicepresidente aludió al canciller de Chile Heraldo

Muñoz que el lunes señaló que “en la Corte se argumentará jurídicamente, pero también hay elementos políticos que hay que tomar en cuenta y que estarán presentes en La Haya”, reportó La Tercera.

Estas declaraciones “mues-tran que no logran definir una estrategia coherente”, argu-mentó García Linera, tras apun-tar que está claro que “ellos es-tán admitiendo que no tienen los argumentos jurídicos váli-dos, y por eso quieren recurrir a argumentos políticos”.

“No cabe duda que estamos en un nivel de superioridad jurídica, legal, histórica y mo-ral en nuestros planteamien-tos”, enfatizó.

400 kilómetros

de costa y 120.000 kilóme-tros cuadrados de territo-rio perdió Bolivia tras la invasión de Chile (1879).

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miércoles 29 de abril de 2015AGENDA PRESIDENCIAL14

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El imperialismo intenta aplicar los denominados “golpes sua-ves” en países sudamericanos como Venezuela y así concluir un proceso de siete pasos que termina con la invasión arma-da, tal como ocurrió en nacio-nes como Siria y Libia.

La advertencia fue realiza-da por el vicepresidente Álva-ro García Linera en la inaugu-ración de la I Reunión del Área Andina de la Organización Con-tinental Latinoamericana y Ca-ribeña de Estudiantes (OCLAE) “Bolivia 2015”, que se inauguró ayer y culminará hoy.

García Linera destacó que es-tos golpes suaves están divididos en siete pasos: primero, la difu-sión de una ideología conserva-dora ante lo que pasa en cada país; segundo, uso de los medios de comunicación para generar corrientes de opinión adversas; tercero, formación de un bloque social movilizado en torno a los principios conservadores.

El cuarto paso son las con-frontaciones sociales de blo-ques conservadores y gobier-nos; quinto, formación de grupos armados; sexto, división territorial del país, y séptimo, el pedido de intervención extran-jera militar.

En cambio, “los gobiernos progresistas y revolucionarios se consolidan si la base econó-mica se estabiliza, es decir, el destino de América Latina se juega en la economía: produc-ción, distribución, industriali-zación, ciencia y tecnología, si nos estancamos y no avanza-mos, esta oleada puede descen-der y dar paso a un retroceso”, agregó el mandatario.

“Se está redefiniendo la eco-nomía mundial de los siguien-tes 50 años, se está definiendo la estructura política de las si-guientes décadas, acá en Améri-ca Latina”, enfatizó.

PODER DE LOS UNIVERSITARIOSPor otro lado, García propu-

so a los universitarios lograr la soberanía científica y tecno-lógica de América Latina y tra-bajar en la repolitización en la formación universitaria. “Los ámbitos de soberanía económi-ca han avanzado, los ámbitos decisionales de los gobiernos se

El vicepresidente Álvaro García Linera durante su exposición ante la OCLAE, en Santa Cruz.

García Linera advierte intentos de ‘golpes suaves’ en la región EVENTO ó El vicepresidente inauguró la primera reunión de la OCLAE en la ciudad de Santa Cruz.

lecer una posición contra esta corriente y sus acciones, reco-mendó “pelear por la integra-ción latinoamericana, por la emancipación científica tecno-lógica”, ya que después de que los países progresistas asumie-ran el control de sus recursos naturales, se impone la indus-trialización de las materias primas y para ello se tiene la necesidad de recurrir a las grandes potencias.

“Desde el ámbito de lo uni-versitario es necesario politi-zarse, debatir, hacer reuniones, círculos de lectura, para formar un espíritu luchador universita-rio académico”, explicó la auto-ridad en su intervención.

“TENEMOS LOS RECURSOS NATURALES, ECONÓMICOS Y HUMANOS PARA ALCANZAR LA SOBERANÍA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA.

Álvaro García LineraVicepresidente del Estado Plurinacional

Trabajadores alcanzaron grandes logrosEn contacto con la prensa el vicepresidente Álvaro García Linera afirmó que el constan-te incremento salarial regis-trado en los últimos años es el compromiso real del Gobier-no del presidente Evo Morales con los trabajadores del país, a dos días de celebrarse el Día Internacional del Trabajo.

“El salario se ha multiplica-do casi por seis veces en los úl-timos años, son cosas que ha-blan de un compromiso real del Gobierno con la clase tra-bajadora asalariada”, dijo.

Además recordó que tam-bién se emitieron un conjun-to de decretos que “mejora-ron notablemente la situación

laboral de los trabajadores del país”, entre ellos, el reconoci-miento de sus derechos, las remuneraciones y el beneficio para mujeres embarazadas.

Por otra parte recomendó a Enatex que debe adecuar su producción y el número de trabajadores para sustentarse con sus propias ventas.

han fortalecido, pero cuando tenemos que dar el salto para potenciar nuestra economía, la dependencia de los gobiernos europeos y norteamericanos en el ámbito científico y tecnológi-co es abrumadora”, explicó.

Para luchar contra el im-perialismo, además, de forta-

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Participantes que asistieron a la reunión acedémica.

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miércoles 29 de abril de 2015 ECONOMÍA 15

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Hoy se inaugura el IV Encuen-tro Empresarial Andino de paí-ses miembros de la Comuni-dad Andina (CAN) en la ciudad de Santa Cruz, con la presen-cia de 761 empresarios entre importadores y exportadores.

El director de Promueve Bo-livia, Iván Cahuaya, informó a Cambio que en el caso especí-fico de Bolivia se tiene la con-firmación de 126 empresarios exportadores y alrededor de 75 importadores.

“Se acordó la participación de 600 empresas para la rueda de negocios, pero se registra-ron formalmente para parti-cipar del Encuentro Empresa-rial Andino 761 empresarios entre importadores y exporta-dores”, señaló.

Cahuaya explicó que el en-cuentro va a permitir que paí-ses miembros de la CAN sos-tengan reuniones de carácter multisectorial, por lo que se programó 4.144 ruedas de ne-gocios con el objetivo de alcan-zar al menos $us 100 millones.

Señaló que los empresarios que participan del IV Encuen-tro promocionan los rubros de alimentos, manufacturas en textiles, confecciones en ma-dera y cuero, materiales de construcción, sector farma-céutico y servicios ligados a la exportación, entre otros.

“Los rubros que más intere-ses han manifestado son los de alimentos, textiles y confeccio-nes. Seguramente vamos a te-

Uno de los sectores destacados del encuentro es el de los textiles.

IBCE incentiva Foro hacia un consumo sano y nutritivo REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Con el objetivo de compartir ex-periencias y propuestas de solu-ciones en relación a una temáti-ca vital para la salud humana, se lleva a cabo en el Hotel Radis-son de La Paz el Foro “Hacia un consumo sano y nutritivo: Die-tas sostenibles en Bolivia”. El presidente del IBCE, Antonio Rocha.

El presidente del Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE), Antonio Rocha Gallardo, informó a Cambio que se espera que los resultados alcanzados al cierre del Foro marquen una lí-nea de políticas públicas en ma-teria de buena nutrición y salud humana en el país.

“Se busca el poner en debate el tema y evaluar cuál es el com-portamiento de las políticas pú-blicas en materia de nutrición y salud pública relacionada con la alimentación”, dijo.

Por su parte, la jefe de Unidad de Alimentos y Nutrición del Mi-nisterio de Salud, Evelyn Cerru-to, indicó a Cambio que según

los estudios se detectó que, tanto hombres como mujeres en edad fértil, tienen sobrepeso y desnu-trición en Bolivia, por lo que se busca crear mayor conciencia.

El Foro contará con las expo-siciones del director general de Producción Agropecuaria y So-beranía Alimentaria del Minis-terio de Desarrollo Rural y Tie-rras (MDRyT), Lucio Tito; la jefe de Alimentación y Nutrición del Ministerio de Salud, Evelyn Ce-rruto; el director ejecutivo del Movimiento de Integración Gas-tronómico Boliviano (MIGA), y, el Responsable de Políticas Ali-mentarias de la Fundación Al-ternativas, Javier Thellaeche.

ner las cifras más importantes concentrados en estos dos sec-tores”, aseguró.

PARTICIPACIÓN En ese marco, indicó que

los empresarios exportadores e importadores de Bolivia pro-vienen de los departamentos de La Paz, Cochabamba, Chu-quisaca, Tarija y Potosí.

Asimismo, Cahuaya mani-festó que de Colombia llegan 97 empresarios exportadores y 29 importadores.

Por su parte, de Ecuador asisten 72 empresarios expor-tadores y 39 importadores.

En tanto, de Perú son 66 las empresas exportadoras y 53 las importadoras participan-tes. Finalmente, España como país invitado al evento cuenta con 29 empresarios importa-dores y 14 exportadores.

El encuentro brinda apoyo a los empresarios exportado-res de la Comunidad Andina mediante el logro de buenos contactos comerciales y opor-tunidades de negocio, coadyu-vando al desarrollo del proceso de integración subregional y al intercambio de valor agregado mediante un proceso de aper-tura e integración.

Encuentro Empresarial Andino inicia hoy con 761 participantesDESARROLLO ó Países integrantes de la CAN: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, buscan contribuir al incremento del comercio intrarregional.

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ó En el evento se brinda apoyo a los empresa-rios exportadores de la Comunidad Andina en el logro de buenos contac-tos comerciales y oportu-nidades de negocio

ó En el caso específico de Bolivia se tiene la confir-mación de 126 empresa-rios exportadores y alrede-dor de 75 importadores.

ó Se promocionarán los rubros de alimentos, manufacturas en textiles y farmacéuticos, entre otros.

Indicadores

• PRECIO DEL DÓLAR (BS)

Venta

6,96Compra

6,86 • COTIZACIÓN DE MONEDASCambio en Bs por unidad de moneda

extranjera

Unión Europea 7,470574Japón (Yen) 0,05763Argentina (Peso) 0,77128Brasil (Real) 2,32180Chile 0,01126Colombia 0,00284Ecuador 6,86000Perú 2,18855Rep. Popular China 1,10289Venezuela 1,08889México 0,44654Paraguay 0,00137Uruguay 0,26273

• SESIÓN DEL BOLSÍNMONTO OFERTADO:

$us 100.000.000,00

MONTO DEMANDADO:

$us 400.000,00

MONTO ADJUDICADO:

$us 400.000,00

• UFV (UNIDAD DE FOMENTO DE VIVIENDA)

Bs 2,04754 por UFV

• COTIZACIÓN DE LA TASA LIBOR6 meses 0,41%

• ÍNDICES DE INFLACIÓNIPC (Base 2007): 157,10

• INFLACIÓNMensual -0,49 %12 meses 4,75 %Acumulado 0,81%

• PETRÓLEO EN BOLIVIA$us 56,99 (barril)

• GAS EN BOLIVIA$us 2,49 (BTU)

• COTIZACIONES DE

MINERALES EN DÓLARES

Estaño (Libra fina) 7,38Zinc (Libra fina) 1,04Oro (Onza troy) 1201.40Plomo (Libra fina) 0,95Cobre (Libra fina) 2,76Plata (Onza troy) 16,32Bismuto (Libra fina) 7,35Antimonio (TMF) 8.975

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miércoles 29 de abril de 2015ECONOMÍA16

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Empresa Minera Huanuni (EMH) pretende jubilar a 564 trabajadores mineros para ge-nerar un ahorro mensual de $us 1,2 millones.

El gerente general de la EMH, Gustavo Choque, infor-mó que se trabaja en un plan estratégico para que la empre-sa minera genere utilidades a pesar de la caída en la cotiza-ción de los minerales.

“Hay una resolución admi-nistrativa y queremos invitar a la jubilación a 564 personas, para eso necesitamos un cos-to de 11 millones de dólares. Si nosotros logramos ese ob-jetivo, la empresa minera va a ahorrar mensualmente 1,2 millones de dólares”, mani-festó Choque.

El ejecutivo de la empresa estatal declaró que se está en busca del financiamiento de $us 11 millones para jubilar a los 564 trabajadores mineros.

En ese contexto, Choque explicó que existen mineros que ya están en edad de jubi-lación, sin embargo, no tienen los años de aportes mínimos porque antes trabajaban en las cooperativas y no realizaron sus aportes respectivos.

“Tengo entendido que este 1 de mayo va a salir un decreto donde se les va a incrementar en cinco años de antigüedad a esa gente que les falta apor-tes”, adelantó Choque.

Asimismo, manifestó que el 70% de los 564 trabajadores que están en edad de jubila-ción no cumple con los apor-tes para acceder a una renta.

El objetivo de la empresa es reducir personal de manera

gradual, y hasta fin de año se espera contar con 3.500 traba-jadores en la mina.

“Con la jubilación de los trabajadores bajarían nuestros costos operativos que actual-mente están bordeando los 11 millones de dólares mes y, 11 menos uno, ya estamos ha-blando de 10 millones de dóla-res”, remarcó. Dijo que estas medidas apuntan a estructu-rar una empresa rentable.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El Banco Unión entregó ayer créditos de vivienda social sin cuota inicial por un valor de Bs 14,5 millones en los departa-mentos de Santa Cruz y Tarija.

En el marco de la Ley de Servicios Financieros, el ban-co estatal contribuye a me-jorar la calidad de vida de la población con la entrega de fi-nanciamiento para acceder a la casa propia.

En la ciudad de Tarija se otor-garon 16 cartas de crédito por un monto total de Bs 4.266.560. Las operaciones van desde los Bs 118.379 hasta los Bs 479.583 y serán destinadas en 62,4% a construcción de vivienda, 20,8% para la compra de terreno, 11,2% para adquisición de casa y 5,6% a refacción de vivienda.

En la ciudad de Santa Cruz se entregaron 45 nuevos créditos

Banco Unión entrega más créditos de vivienda

que suman un monto total de Bs 10.249.520,78, con operacio-nes que van desde los Bs 60.785 hasta Bs 626.400.

El 80,3% de esos créditos será destinado a la compra de

vivienda, 10% a la adquisición de terrenos y construcción de casas; y 9,7% para acceder a departamentos.

Ambos acontecimientos contaron con la presencia de

Los trabajadores de Huanuni salen del interior de la mina.

Los clientes del banco estatal reciben los créditos de vivienda social.

BENEFICIOS DE LA NORMAEn cumplimiento a la Ley de Servicios Financieros, los clien-tes ahora acceden a créditos de vivienda de interés social sin cuota inicial.

FONDO DE GARANTÍASLas entidades financieras con-formaron un fondo de garantías con el 6% de sus utilidades netas para entregar préstamos con cero cuota inicial.De igual forma, ese fondo de garantías promoverá los créditos productivos.

CRÉDITOS DE VIVIENDAEl Banco Unión entregó los primeros créditos de vivienda social sin cuota inicial en los de-partamentos de La Paz, Tarija y Santa Cruz.Los clientes beneficiados son de diferentes sectores sociales.

Huanuni prevé ahorrar $us 1,2 millones mes con jubilacionesMEDIDA ó La empresa estatal busca jubilar a 564 trabajadores mineros.

puntadaLuis Arce Catacora, ministro de Economía y Finanzas Pú-blicas; Marcia Villarroel Gon-zales, gerente general del Ban-co Unión, gerentes regionales y los clientes beneficiados con los créditos acompañados de sus familias.

La primera entrega de crédi-tos de vivienda con cero cuota inicial que realizó el banco esta-tal fue en la ciudad de La Paz el 14 de abril y benefició a 25 fami-lias paceñas por un monto que superó los Bs 8,2 millones.

NUEVAS AGENCIASPara consolidar el lideraz-

go en cobertura nacional, el Banco Unión, al entregar las cartas de aprobación de crédi-tos, inauguró en Tarija y Santa Cruz dos nuevas agencias para mejorar sus servicios y de este modo incrementar el financia-miento para la casa propia.

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EL INE ASUME SEIS COMPROMISOS

TCO APOYA TÚNEL INCAHUASILas nuevas autoridades comuni-tarias de la TCO Alto Parapetí, de la provincia cruceña Cordillera, manifestaron su pleno apoyo y respaldo a la construcción del túnel Incahuasi, que vincula los departamentos de Chuquisaca y Santa Cruz y que forma parte de la Diagonal Jaime Mendoza.El compromiso fue planteado en la reunión que la Gerencia Regional Chuquisaca y la nueva directiva de la TCO Alto Para-petí desarrollaron el jueves 23 de marzo en Camiri-Santa Cruz, para tratar los proyectos socio-productivos. En la oportunidad, las autoridades guaraníes dieron el apoyo de su pueblo a la cons-trucción del túnel.

El Instituto Nacional de Estadística(INE) asume en la presente gestión seis compromisos: “cinco operaciones estadísticas y una acción institucional”, informó el director de esa entidad, Luis Pereira, durante la Audiencia de Rendición Pública de Cuentas Inicial 2015, realizada el martes en el Auditorio del Ministerio de Planificación del Desarrollo.“Nuestra institución llevará adelante la Encuesta Agropecuaria, la Encuesta de Demografía y Salud, la nueva base del Índice de Precios de Productos e Índice de Precios al Por Mayor y la Encuesta de Presupuestos Familiares, además del Plan Estratégico Institución 2015-2019 y (el proyecto) Brigadas Móviles”, indicó.

ó Ante la caída de los pre-cios de los minerales, la Empresa Minera Huanuni trabaja en un plan para generar $us 4 millones de utilidad hasta fin de año.

ó La producción de Huanu-ni es rentable si el estaño se cotiza en 7,5 dólares la libra y esperan encontrar un punto de equilibrio.

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miércoles 29 de abril de 2015 SEGURIDAD 17

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Una solicitud de asilo político del excoronel Germán Cardo-na, que huyó de Bolivia denun-ciando persecución política por revelar el uso de armas custodiadas en las Fuerzas Ar-madas en el caso Terrorismo, fue rechazada en España me-diante su embajada en La Paz, informó Reymi Ferreira, mi-nistro de Defensa.

“Lo que sí pediríamos, segu-ramente Cancillería lo va a ha-cer, es que no se le dé calidad de refugio político, porque si se le da es que está siendo persegui-do aquí, y eso es totalmente fal-so”, afirmó Ferreira.

“Hay otra cosa: ya solicitó asilo en Bolivia a la Embajada, y la Embajada se lo negó. Se le negó el asilo político en Boli-via por parte de la Embajada y lo está intentando otra vez allí. Yo creo, si es que se res-petan las normas del derecho internacional, allá también tiene que negarse el asilo po-lítico”, dijo.

Con ese argumento, la autori-dad del Estado anunció que soli-citará al Gobierno español negar cualquier otro pedido similar.

LA IMPUNIDAD El Ministro de Defensa aña-

dió que el excoronel de Ejército Germán Cardona estaría siendo utilizado por el grupo que tie-ne el propósito de alentar la im-

El ministro de Defensa, Reymi Ferreira (izq.), junto con Gonzalo Durán, comandante de la FAB, en rueda de prensa.

Eduardo Rózsa Flores posa en su computadora junto a un arma con mira telescópica.

Ferreira: Embajada de España negó asilo político al excoronel CardonaCONTRADICCIONES ó El exmilitar expresó tres versiones diferentes en cinco días de declaraciones.

punidad en el denominado caso Separatismo en el país.

“Debo suponer, ya en el pla-no personal, que está siendo utilizado de alguna forma por el grupo que está alentando la impunidad en el caso Rózsa y él ha usado esa posibilidad para irse, porque él siempre ha que-rido irse allá”, dijo según ABI.

Cardona denunció —sin pruebas— que el armamento encontrado en poder del gru-po separatista que se conformó en 2009 fue retirado de la VIII División del Ejército. El caso Te-rrorismo se investiga después

de que la Policía desarticula-ra una célula terrorista en un céntrico hotel de la ciudad de Santa Cruz, que estaba encabe-zada por el boliviano-húngaro Eduardo Rózsa Flores.

Rózsa Flores había conforma-do una agrupación de merce-narios extranjeros financiados desde Bolivia para ejecutar ac-ciones secesionistas destinadas a desestabilizar al gobierno del presidente Evo Morales.

Ferreira también enumeró las tres versiones contradicto-rias de Cardona en cinco días de declaraciones.

“ESTÁ SIENDO UTILIZADO DE ALGUNA FORMA POR EL GRUPO QUE ESTÁ ALENTANDO LA IMPUNIDAD EN EL CASO RÓZSA FLORES (SEPARATISMO).

Reymi FerreiraMinistro de Defensa.

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Procesado por el delito de deserciónPor el delito de deserción, las Fuerzas Armadas procesarán en el Tribunal de Justicia Mi-litar al excoronel Germán Cardona, que denunció plan-tación de pruebas en el caso Rózsa, informó el comandan-te de la Fuerza Aérea, gene-ral Juan Gonzalo Durán, en una conferencia de prensa conjunta con el ministro de Defensa, Reymi Ferreira.

“Él (Cardona) está con re-tiro obligatorio y ahora va a corresponder hacer un proce-so por haber abandonado, por deserción, que va a radicar en el Tribunal de Justicia Mili-tar”, dijo el Comandante.

Tras sus revelaciones so-bre el caso Rózsa, Cardona se declaró perseguido y salió a España, adonde está solici-tando asilo político.

De acuerdo con el Códi-go Penal Militar, el delito de deserción tiene una pena de hasta tres años de prisión para oficiales superiores.

El ministro de Defensa, Reymi Ferreira, afirmó que Cardona ya fue dado de baja de las Fuerzas Armadas y que aún está pendiente el proceso para darlo de baja definitivamente.

Tóásó confirma afanesseparatistas de RózsaA días de la salida de Bolivia, el sentenciado por el caso Te-rrorismo/Separatismo Elód Tóásó confirmó desde Hun-gría la existencia de afanes se-paratistas luego de que el líder de la célula irregular Eduardo Rózsa le confirmó que llegó a Bolivia para “organizar la de-fensa de Santa Cruz”.

Según la información divul-gada por el rotativo El Deber, Tóásó reconoció que fue conde-nado por alzamiento armado, “un delito de perdedores”.

Tóásó junto a Mario Tadic fueron los únicos sobrevivien-tes del operativo policial en el hotel Las Américas de San-ta Cruz, donde fue desarticu-

lada el 16 de abril de 2009 la supuesta célula terrorista con la muerte del líder del grupo, Rózsa, de Arpad Magyarosi y Michael Dwyer.

De los antecedentes oficiales se evidencia que los acusados en dicho suceso son: Fernando Paz Serrano, Zvonko Matkovic Fleig, Mario Antonio Herrera Sánchez, Luis Osvaldo Núñez Rivera, Blanca Ruth Lozada, Jeimmy Delboy Callaú, Adoldo Gandarilla Claure, Gladis Ar-girakis Blacut, Carlos Alberto Guillén Moreno, Hernán Zan-kiz Salvatierra, Juan Carlos Ve-larde Roca, Pedro Antonio Yo-vhío Ferreira, Fernando Hevia Correa y Juan Kudelka.

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miércoles 29 de abril de 2015INTERNACIONAL18

Ecuador y México registran tembloresINFORMES ó No se reportaron daños materiales, ni personas fallecidas por el movimiento telúrico.

Ciudad de Guayaquil, Ecuador, lugar donde se sintió el sismo.

ter, el jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera, infor-mó que no se percibió en la Ciudad de México y que tras el protocolo de revisión, no se de-tectaron evacuaciones, infor-mo el noticiero Televisa.

Por su parte, Luis Felipe Puente, coordinador nacional de Protección Civil de Segob, informó que no había daños y que se estaban monitoreando los estados.

reportes de que se sintió el sis-mo de forma leve.

MÉXICO A las 13.56 horas de ayer

sonaron las alarmas sísmicas en la capital.

Se debió a un temblor de magnitud 5,5 grados. El Sismo-lógico Nacional informó que el epicentro se localizó a 23 km al norte de Matías Rome-ro, Oaxaca. A través de Twit-

CARACAS / TELESUR

Un sismo de magnitud 5,8 sacudió Ecuador ayer, exac-tamente en la ciudad de Guayaquil, informaron me-dios locales. El epicentro se ubicó a una profundidad de 52 kilómetros.

Reportes de usuarios in-formaron que el temblor se sintió en varias ciudades del país como Ambato, Quevedo, Manta, ubicadas en el centro del país.

El director del Instituto Geofísico, Mario Ruiz, dijo a la televisión Gama que el sis-mo tuvo su epicentro cerca de Guayaquil, una de las ciuda-des más pobladas de Ecuador.

El sismo, además, fue sen-tido en la ciudad portuaria de Guayaquil, así como en la andina Cuenca, en la capital, Quito y en las provincias de Chimborazo, Bolívar, Azuay, Tungurahua y en Santo Do-mingo de los Tsáchilas.

Desde la provincia de El Oro, en el sur del país, hubo

FARC-EP pide confesar responsabilidad

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Iván Marquez jefe de la delegación.

que, a pesar de estar sentado en la Mesa de Diálogos con el propó-sito de poner fin a un conflicto social político y armado de lar-ga data, mantiene la inveterada costumbre de incumplir con la obligación de respetar sus com-promisos y sus propias leyes.

Pese a esa situación, el vocero aseguró que las FARC-EP están empeñadas en firmar un acuer-do de paz estable y duradero.

Pero sólo será posible con el concurso del pueblo, el Gobier-no -máximo responsable de ga-rantizar los derechos.

Al iniciar el ciclo 36 de los diálogos de paz que sostienen aquí desde 2012 con el Gobierno de Juan Manuel Santos, la gue-rrilla denunció el aumento sig-nificativo en el primer trimestre de este año de las amenazas y agresiones que sufrieron los de-fensores de derechos humanos en Colombia a manos del Ejérci-to y los paramilitares.

Tras aludir al incremento no-table de tales hechos atribuibles a los entes represivos estatales, el comandante insurgente Pas-tor Alape refirió que el panora-ma en ese sentido tiende a agra-varse y recordó que la totalidad de los responsables de los ante-riores crímenes (del Estado) per-manecen en la impunidad.

Al respecto, afirmó que la res-ponsabilidad del Estado, por ac-ción unas veces y otras por omi-sión, como consecuencia de la perpetración de graves crímenes internacionales, sigue siendo una realidad insoslayable.

El Estado en Colombia, criti-có Alape, es un Estado Infractor

LA HABANA / PL

Las insurgentes Fuerzas Arma-das Revolucionarias de Colom-bia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) abogaron por el reconocimiento de la responsabilidad del Estado y el ofrecimiento de garantías de no repetición, como paso necesa-rio para alcanzar la paz.

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EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86° del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.En tal sentido se le(s) comunica que en el término perentorio de cinco (05) días hábiles a partir de esta legal notificación deberá(n) presentar la documentación original detallada para cada caso y para los periodos fiscales indicados. De no presentarse, esta Gerencia proseguirá conforme normativa vigente al respecto.

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCE PERIODOS FISCALES DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACIONQUE SE SOLICITA

TORREZ JUAN 6940820012 IVA-IT (Debito IVA y su efecto en el IT)

01/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 2014OVI00036, solicitando la siguiente documentación:1) Declaraciones Juradas de los periodos observados (Formulario 200 y Formulario 400)2) Libro de Ventas IVA de los periodos observados3) Copia de las facturas de ventas, de acuerdo al siguiente detalle:

PERIODO DECLARADO IMPORTE INFORMADO IMPORTE CASILLA 13 F-200

01/2011 335.222.50 449.00

TOTALES 335.222.50 449.00

4) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de dos mil quince

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076/15La Paz, 15 de abril de 20015

VISTOS Y CONSIDERANDO:

La nota MPR/UE-FNSE/DGE/JUR/NE/Nº 102/2015, de 26 de febrero de 2015, mediante la cual la Directora General Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, solicito se considere la delegación para la firma de convenios y contratos, en razón a la implementación y ejecución de programas a favor de las personas con discapacidad.

Que el parágrafo I del artículo 7 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, Ley de procedimiento Administrativo, determina que “las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y publica. Esta delegación se efectuara únicamente dentro de la entidad pública a su cargo”

Que el artículo 34 de la citada ley Nº 2341, dispone que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezca las normas de cada procedimiento especial o cuando lo aconseje razones de interés público. La publicación se realizara por una sola vez en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, en este sentido el artículo 47 del Decreto Supremo Nº 27113, del 23 de julio de 2003, señala que: “los actos administrativos generales expresados en: leyes, Decretos Supremos, Decretos Presidenciales, Resoluciones Supremas, Resoluciones Prefecturales y las relativas a propiedad intelectual, se publicarán en la gaceta oficial de Bolivia. Otros actos administrativos generales que no tengan están forma de expresión se publicara por una sola vez en un órgano de prensa de circulación nacional o en medio de prensa de difusión local de la sede del órgano o entidad administrativa si, en este último caso el ámbito de validez territorial del acto se circunscribe a esta zona, localidad o región”

Con el parágrafo IV del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894, del 07 de febrero de 2009, organización del órgano ejecutivo, determina que las Ministras y los Ministros de Estado, asumen la responsabilidad de los actos de administración adoptados en unas respetivas carteras y se constituyen en la máxima autoridad ejecutiva.

Que el inciso s) del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, normas básicas del sistema de administración de bienes y servicios, define a la máxima autoridad ejecutiva – MAE, como el: (titular o personero de más alta jerarquía de cada entidad del sector público sea este el máximo ejecutivo o la dirección colegiada según lo establecido en sus disposiciones legal o norma de creación)

Que el inciso f) del artículo 32 del Decreto Supremo referido procedentemente, señale que como una de las funciones de la máxima ejecutiva se encuentra la de suscribir contratos, pudiendo delegar esta función mediante Resolución expresa concordante con el parágrafo I del artículo 88 del mismo Decreto Supremo, que dispone que la suscripción del contrato, deberá ser realizada por la Máxima Ejecutiva o por la persona delegada por esta, conforme las normas de constitución y funcionamiento de cada entidad pública.

Que el artículo 13 del citado Decreto Supremo Nº 0181, modificado atreves del parágrafo I del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 1497, de 20 de febrero de 2013, enuncie las distintas modalidades y cuantías para los procesos de contratación de las entidades públicas.

Que mediante Decreto Supremo Nº 0839, del 06 de abril de 2011, se creó la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, como entidad pública desconcentrada, bajo de la dependencia del ministerio de la presidencia, a favor de las personas con discapacidad.

Que por resolución ministerial Nº 024/13, del 05 de febrero de 2013, la ciudadana Carla Rossana India Suarez Santalla, fue designada como Directora General Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, UE FNSE.

Que por resolución ministerial Nº 116/13, de 298 de abril de 2013, se delegó a la Directora General Ejecutiva, de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, UE FNSE, la función de suscribir contratos para los 25 “CENTROS DE ATENCION LEGAL Y SOCIAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD” y así como, para los de bienes, obras y servicios generales y de consultoría por un monto de Bs. 20.000 (Veinte mil 00/100 Bolivianos); monto que fue empleado a través de la disposición primera de la resolución ministerial Nº 154/13, de 22 de mayo de 2013, estableciendo como monto máximo Bs. 50.000 (Cincuenta mil 00/100 Bolivianos.)

Que por las características por el trabajo desarrollado en la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, es necesario brindar celeridad a as suscripción de los contratos que dicha unidad requiere para poder cumplir con los compromisos asumidos con los beneficiarios con los proyectos y programas asumidos por la UE – FNSE.

POR TANTO:

El Ministro de la Presidencia, en uso de sus legítimas y especificas atribuciones, dispuestas en el inciso F) del artículo 32 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, normas básicas del sistema de administración de bienes y servicios, y en el parágrafo I del artículo 7 de la Ley Nº 2341, del 23 de abril de 2002, ley de procedimiento administrativo.

RESUELVE:

PRIMERO.- Delegar a la ciudadana Carla Rossana Suarez Santalla, directora general de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad UE FNSE, dependiente del ministerio de la presidencia la función de suscribir contratos bajo las modalidades cuantías descritas ene le artículo 13 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, normas básicas de administración de bienes y servicios relacionados con la gestión administración y financiamiento de dicha unidad

SEGUNDO.- Se dispone la publicación de la presente resolución ministerial en un medio de comunicación escrito de circulación por una sola vez.

TERCERO.- La Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, queda encargada del cumplimiento de la Presente Resolución Ministerial.

CUARTO.- Se deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 116/13, de 23 de abril de 2013 y, la Resolución Ministerial 154/13, de 22 de mayo de 2013.

Regístrese, comuníquese y archívese

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miércoles 29 de abril de 2015 ÚLTIMAS 19

En Santa Cruz, la ciudad de mayor densidad demográ-fica de Bolivia, los encuesta-dos aprobaron la gestión de Morales con 66% y desapro-baron 20% de los consultados por Ipsos.

Por su lado, en la ciudad de Sucre, capital del departamen-to de Chuquisaca, Morales me-reció un apoyo de 83% y 15% de desaprobación.

La aprobación del presidente Morales en Oruro alcanzó 78% contra 18% de desaprobación; en tanto que en la ciudad de Ta-rija obtuvo un respaldo del 67% contra 19% de desaprobación.

Los resultados de las encues-tas se complementan en la ciu-dad de Potosí con el 78% de apro-bación y el 22% de desacuerdo.

Cobija fue la capital que expresó una mayor aproba-

El presidente Evo Morales entregó hace unos días ambulancias aéreas para la cobertura de salud en el Beni.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

A tres meses de iniciado el pe-ríodo de gobierno 2015-2020, la gestión presidencial de Evo Morales mereció el 70% de res-paldo en las áreas urbanas del país, según las encuestas ela-boradas por Ipsos Bolivia para la red ATB.

Según datos oficiales de la empresa de investigación de mercados y opinión públi-ca de Bolivia, la encuesta fue realizada en las últimas tres semanas de abril, el rechazo a la gestión del Jefe de Estado llegó al 21%.

Las mismas encuestas fue-ron aprovechadas para consul-tar la aprobación o rechazo a la gestión del vicepresidente Álvaro García Linera.

RESULTADOS POR CIUDADESEl estudio ofrecido anoche

por Ipsos Bolivia, a través de la televisora ATB, detalla que la gestión del Jefe de Estado, reelecto el pasado 12 de octubre de 2014, en la ciudad de La Paz obtuvo el 75% de aprobación contra el 19% de desaprobación.

En la ciudad de Cochabam-ba la aprobación a la gestión presidencial se sitúa en 69% contra 25% de desaprobación.

ción a la gestión de Morales, 81% calificó de buena o muy buena su gestión y 14% plan-teó su desacuerdo.

En el caso de Trinidad obtu-vo 57% a favor y 21% en contra.

VICEPRESIDENTERespecto a la aprobación de

la gestión de García Linera en el país, llegó al 58% contra el 33% de desaprobación.

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Encuesta: 70% de los bolivianos apoya la gestión de Evo MoralesSONDEO ó Sucre (83%) y Cobija (81%) fueron las ciudades con el mayor apoyo a la labor de Evo Morales, contra el 14% de desacuerdo en la capital pandina.

Ministro insta al uso de las Kuaa en Tarija

Consultorio laboral virtuales auspicioso

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El ministro de Educación, Ro-berto Aguilar Gómez, instó ayer al uso urgente de las com-putadoras portátiles Kuaa en to-das las unidades educativas del país; la solicitud de un informe dará cuenta de quiénes no están usando los ordenadores serán objeto de sanciones.

“Las Direcciones Departamen-tales de Educación de todo el país deben hacer cumplir la circular 033/2015 del 6 de abril, en la que se instruye el uso de las computa-doras Kuaa en las unidades edu-cativas”, recordó ayer el Ministro de Educación, en una reunión sostenida con maestras y maes-tros en la ciudad de Tarija.

Aguilar exhortó a los educa-dores al uso de las nuevas tec-nologías dentro del proceso de revolución educativa que em-prende el Gobierno del Presi-dente Evo Morales; los jóvenes estudiantes deben explorar los paquetes de Física, Química y Matemática, entre otros, en las portátiles, explicó Aguilar.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El Consultorio Laboral Virtual del Ministerio de Trabajo ha atendido 1.633 consultas en un mes de vigencia, entre el 27 de marzo y 27 de abril, a un prome-dio de entre 50 y 60 preguntas por día enviadas a través de la página www.mintrabajo.gob.bo.

Este espacio virtual tiene la finalidad de absolver las dudas e inquietudes de la población en materia laboral, respecto por ejemplo a despidos, benefi-cios sociales, contratos y otros temas. Los interesados ingresan a la página web: www.mintra-bajo.gob.bo y dejan sus consul-tas en el espacio denominado Consultorio Laboral.

Las preguntas llegan desde Santa Cruz, Cochabamba, Oru-ro, Potosí y Tarija, entre otras regiones.

Los usuarios consultan acerca de, si entre novios que trabajan en una misma empresa pueden con-traer matrimonio sin que uno de ellos sea desvinculado; respecto a si las consultorías gozan de bene-ficios sociales; si las embarazadas con contratos eventuales gozan de subsidio de lactancia y otros.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La Agencia Nacional de Hidro-carburos (ANH) garantizó ayer la venta de combustible de ca-lidad en las 700 estaciones de servicio que existen en el país y rechazó la versión de la comer-cialización de diésel oil conta-minado -con agua- que afecta el funcionamiento de los motores de vehículos.

La semana pasada un fun-cionario del Gobierno Munici-pal de El Alto aseguró a través de un medio de comunicación que “el diésel que se vende en cualquier surtidor de Bolivia no tiene la pureza que se requiere para los motores de los Sariri”,

ANH garantiza entrega de diésel de calidad

quedando cinco de sus buses inhabilitados por contener en sus tanques combustible con un porcentaje de agua.

El director técnico de la ANH, Northon Torrez, explicó en con-ferencia de prensa, que es impo-sible la venta de diésel con agua en las estaciones de servicio en el país, tomando en cuenta que antes de llegar al consumidor fi-nal el combustible pasa por una serie de análisis en laboratorios, que verifican la calidad, como establece el Decreto Supremo 1469, norma que dispone están-dares y parámetros de calidad del combustible comercializado.

“Quiero rechazar enfática-mente estas versiones irrespon-

sables de que en el país se co-mercialice diésel que no tenga la pureza que requiere un mo-tor, toda vez que la ANH reali-za todos los controles de calidad

El técnico de ANH, Northon Torrez.

COMPRA ó La Alcaldía de El Alto debe informar de qué surtidor se aprovisionan los Sariri.

de los carburantes día a día en las refinerías, en las plantas de almacenaje y en la comerciali-zación, cumpliendo los paráme-tros de calidad, tal como esta-blecen las normas nacionales e internacionales”, anotó Torrez.

Asimismo, informó que la ANH no recibió ninguna denun-cia oficial por parte de la Alcal-día de El Alto sobre el daño que habrían sufrido los buses Sariri por un “supuesto combustible contaminado”.

“Por el contrario, el Alcalde de El Alto debe informar de qué estación de servicio se aprovi-sionan de combustible los buses Sariri”, manifestó el martes el ejecutivo de la ANH.

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miércoles 29 de abril de 2015PUBLICIDAD20

continúa en la página 21

Número: Trescientos siete/ Dos mil quince No.: 307/2015

*****************************************************************************************ESCRITURA PUBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO; Y CONSIGUIENTE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN SOCIAL Y DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD QUE GIRA BAJO LA RAZON SOCIAL DE “EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER” A TRAVES DEL LIC. ARIEL NICOLÁS ROCABADO ZANNIER.---------------------------------------------------------------------------------------En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas dieciséis y cuarenta del día veintiuno del mes de abril de dos mil quince años, Ante Mí, Dra. Diomar Ovando Polo, Notario de Fe Pública de Primera Clase del Distrito de La Paz, fue presente la EMPRESA

DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER con Matrícula de Inscripción en el Registro de Comercio N° 13359 (FUNDEMPRESA), sociedad que fue constituida mediante Escritura Pública N° 737/96, de fecha 18 de noviembre de 1996, otorgada por ante la Notaria de Fe Pública N° 035 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de la Dra. Rebeca Mendoza Gallardo, a través del Lic. ARIEL NICOLÁS ROCABADO ZANNIER con C.I. Nº853605 expedida en la Ciudad de Cochabamba, conforme se establece de las Actas de la Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de fechas 3 de diciembre de 2014 y 9 de febrero de 2015, las mismas que serán insertas en el presente instrumento, mayor de edad, hábil por ley, a quien de identificarlo con su Cédula de Identidad, Doy Fe y para que eleve a escritura pública me ha presentado una minuta de Aumento de Capital Autorizado, Suscrito y

Pagado; y consiguiente modificación parcial de la Escritura Publica de Constitución Social y de los Estatutos de la Sociedad que gira bajo la razon social de “Empresa de

Servicios EDESER S.A. – EDESER” y Copias Legalizadas, documentos que transcritos fiel y textualmente, son del tenor siguiente:-----------------------------------------------------------------TRANSCRIPCIÓN MINUTA.-------------------------------------------------------------------------------

Señor Notario de Fe Pública:-------------------------------------------------------------------------------En los registros de Contratos y Escrituras Públicas que corren a su cargo, sírvase insertar una de AUMENTO DE CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO; Y CONSIGUIENTE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN SOCIAL Y DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD QUE GIRA BAJO LA RAZON SOCIAL DE “EMPRESA DE SERVICIOS – EDESER S.A. - EDESER”, que se suscribe al tenor de las siguientes cláusulas:--PRIMERA.ANTECEDENTES.- ----------------------------------------------------------------------------

1.1 Dirá usted que con domicilio legal y principal en la ciudad de La Paz se encuentra legalmente constituida la Sociedad Anónima denominada EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. EDESER, con Matrícula de Inscripción en el Registro de Comercio N° 13359 (FUNDEMPRESA), sociedad que fue constituida mediante Escritura Pública N° 737/96, de fecha 18 de noviembre de 1996, otorgada por ante la Notaria de Fe Pública N° 035 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de la Dra. Rebeca Mendoza Gallardo. ----------------

1.2 De acuerdo a lo establecido en la Escritura Pública N° 030/2011, de 17 de enero de 2011, emitida por ante la Notaria de Fe Pública N° 097 del Distrito Judicial de La Paz, a cargo de María Cristina Ibáñez Brown, los accionistas de la Empresa de Servicios EDESER S.A. EDESER, en Junta General Extraordinaria de 29 de diciembre de 2010, resolvieron reducir el capital suscrito, pagado y autorizado de la empresa, disminuyendo el capital autorizado que quedo finalmente fijado en la suma de Bs. 1.500.000.- (Un millón quinientos mil 00/100 Bolivianos), dividido en 15.000 (Quince Mil) acciones de un valor nominal de 100.- (Cien 00/100 Bolivianos). ---------

1.3 De acuerdo al Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER de 20 de junio de 2011, resolvieron capitalizara favor de los accionistas y de manera proporcional a sus participaciones, la suma de Bs. 604.031,26.- de los dividendos de la gestión 2010, incrementando el capital suscrito y pagado de la sociedad a la suma de Bs. 1.399.600.- monto que no supera el capital autorizadodeterminado en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de 29 de diciembre de 2010. ------------------------------------------------------------------------

1.4 Que de acuerdo con la Escritura Pública N° 030/2011, de 17 deenero de 2011, la Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER, estaba constituida por Iberbolivia de Inversiones S.A. con un porcentaje de 90.343 % del paquete accionario y el restante 9.657 %, en poder de personas particulares. ----------------------------------------------------

1.5 En fecha 29 de diciembre de 2012, se emitió el Decreto Supremo N° 1448, el cual dispuso nacionalizar a favor de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, la totalidad de los paquetes accionarios que posee la empresa IBERBOLIVIA DE INVERSIONES S.A., en las empresas Electricidad de La Paz S.A. – ELECTROPAZ; Empresa Luz y Fuerza de Oruro S.A. – ELFEO S.A.; Compañía Administradora de Empresas Bolivia S.A. – CADEB y Empresa de Servicios EDESER S.A – EDESER y las acciones en propiedad de terceros provenientes de estos paquetes accionarios, en mérito a lo cual a la fecha, el Estado a través de la Empresa Nacional de Electricidad es propietaria del 90.343 % del paquete accionario de la Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER. ------------------

1.6 En fecha 3 de diciembre de 2014, se llevó a cabo la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER, copia legalizada que se transcribe como parte integrante e indivisible de la escritura, la que resolvió aprobar el aumento de capital autorizado del monto de Bs. 1.500.000.- (Un millón quinientos mil 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs. 18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos).-------------------------------------------------------

1.7 Asimismo, se resolvió aprobar la capitalización de las utilidades no distribuidas y reservas especiales para inversiones, por un monto de Bs. 7.642.200.- (Siete millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos 00/100 Bolivianos); resolviendo además el aumento del capital suscrito y pagado del monto de Bs. 1.399.600.- (Un millón trescientos noventa y nueve mil seiscientos 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs. 9.041.800.- (Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100 Bolivianos), provenientes de la capitalización de recursos citada, manteniéndose sin embargo un fraccionamiento en las acciones. -------------------------------------------------------------------

1.8 En fecha 09 de febrero de 2015, se realizó la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa de Servicios EDESER S.A.- EDESER, copia legalizada que se transcribe como parte integrante e indivisible de la escritura, la que tomando en cuenta la existencia de acciones fraccionadas, resolvió aprobar el aumento de capital suscrito y pagado, del monto de Bs. 9.041.800.- (Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100), a la suma de Bs. 9.045.700.- (Nueve millones cuarenta y cinco mil setecientos 00/100 Bolivianos), para la corrección accionaria. -----------SEGUNDA.

AUMENTO DE CAPITAL AUTORIZADO Y SUSCRITO.- --------------------------------------2.1 De acuerdo a lo resuelto en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha

3 de diciembre de 2014, por la presente se deja constancia del aumento de capital autorizado del monto actual de Bs. 1.500.000.- (Un millón quinientos mil 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs. 18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos).--------------------------------------------------------------------

2.2 Dirá Usted que por efecto del incremento del capital autorizado, se aumenta el Capital Suscrito del monto de Bs. 1.399.600.- (Un millón trescientos noventa y nueve mil seiscientos 00/100 Bolivianos) a la suma de Bs. 9.045.700.- (Nueve millones cuarenta y cinco mil setecientos 00/100 Bolivianos), conforme a la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 9 de febrero de 2015.Capital suscrito que es pagado en su totalidad en la misma fecha de la Junta.-----------------------------------------

TERCERA. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6 DE LOS ESTATUTOS DE LA EMPRESA.- En cumplimiento a lo dispuesto por las Juntas Extraordinarias de Accionistas de 3 de diciembre de 2014 y 09 de febrero de 2015, lo resuelto por las mismas, se modifica el artículo 6 de los Estatutos de la Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER, el mismo que queda redactado de la siguiente forma:------------------------------------------------------------------“Artículo 6.- Capital Autorizado.- Se fija el capital Autorizado de la sociedad en la suma de Bs. 18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos)dividido en 180.836.- (Ciento ochenta mil ochocientos treinta y seis) acciones de un valor nominal de Cien Bolivianos (Bs. 100.-) cada una. Cuando el Capital Autorizado hubiera sido pagado en su totalidad o cuando se prevea que cualquier nuevasuscripción que se proponga excederá del mismo, el capital autorizado podrá ser aumentado en cualquier momento por acuerdo de una Junta General Extraordinaria de Accionistas, conforme a este Estatuto y el Código de Comercio.”------------------------------------------------------------------------CUARTA. (MODIFICACIONES A LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD

EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER).- Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto en las Juntas Extraordinarias de 3 de diciembre de 2014 y 09 de febrero de 2015, se modifica las cláusula tercera y cuarta de constitución de sociedad anónima, las cuales quedan redactadas de la siguiente forma:---------------------------------------------------------------“TERCERA.- Capital.- Según se establece en el artículo seis de los Estatutos, el Capital Autorizado ha sido fijado en la suma de Bs. 18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos). Conforme al inciso 2) del Artículo doscientos veinte del Código de Comercio, de dicho capital autorizado el capital social, es decir el capital suscrito, se ha establecido en la suma de Bs. 9.045.700.- (Nueve millones cuarenta y cinco mil setecientos 00/100 Bolivianos), el cual es íntegramente pagado por los socios accionistas, a tiempo de celebrarse la Junta Extraordinaria de Accionistas.”------------------------------------“CUARTA.- Acciones y participaciones.- De acuerdo con los Estatutos, el capital se divide en acciones, todas ellas necesariamente nominativas, de un valor nominal cada una de CIEN BOLIVIANOS(Bs. 100.-). En tal sentido el capital social queda distribuido entre los accionistas de la siguiente manera:-----------------------------------------------------------------------

ACCIONISTAAPORTE

Bs.-ACCIONES PORCENTAJE

Alejo Quispe Juan 14.900 149 0.164AranibarDupleich Cynthia 14.900 149 0.164Beltrán Condori Pedro 14.900 149 0.164Calle Cornejo Abraham 14.900 149 0.164CerrutoMayta José 14.900 149 0.164Castrillo Aguilar Víctor 14.900 149 0.164Condori Condori David 14.900 149 0.164ChipanaTorrez Julio 14.900 149 0.164Choquehuanca M. Alejandro 14.900 149 0.164Condori PacohuancaMelitón 14.900 149 0.164Cruz Serrano Donato 14.900 149 0.164Ecos Bigabriel Carlos 14.900 149 0.164Espejo Nina Policarpio 14.900 149 0.164Frade Durán Félix Miguel 10.000 100 0.110Fuentes Apaza Francisco 14.900 149 0.164Gironda Suarez Luís 14.900 149 0.164Gonzales Callpa Fausto 14.900 149 0.164Guibarra Rivero Rodolfo 14.900 149 0.164Gutiérrez Durán Tomás J. 14.900 149 0.164Herrera Carlos Macedonio 14.900 149 0.164Huallpa Condori José L. 14.900 149 0.164Jiménez Valencia Cleto 14.900 149 0.164Limachi Mamani Fermín 14.900 149 0.164MachicadoZacarías Hugo 10.000 100 0.110Mancilla Juan Carlos 10.000 100 0.110Mamani Luna Alejandro 14.900 149 0.164Ortiz Cortez Victor E. 14.900 149 0.164Pacheco Choque Abel 14.900 149 0.164Poma ClaresJosé 14.900 149 0.164Quiroga Avendaño Máximo 10.000 100 0.110QuisbertFernandez V.Ignacio 14.900 149 0.164Ramírez Quispe Juan 14.900 149 0.164Ramos Asturizaga Luis G. 2.300 23 0.025RicaldiBlacutt Jorge L. 14.900 149 0.164Salcedo Villarreal Javier H. 14.900 149 0.164Sanjines Magueño Benito 14.900 149 0.164Tincuta Quispe Santos 14.900 149 0.164Torrez Espinoza Eddy 10.000 100 0.110Vargas Quintela Elio R. 14.900 149 0.164Velasco Bernal Reynaldo 54.500 545 0.602Vidaurre Vera Cesar E. 10.000 100 0.110YahuinchaIbáñezAnastacio 14.900 149 0.164Altamirano Espinoza Raúl 14.900 149 0.164Arias Galarza Ángel 3.000 30 0.033Daga Encinas Gregorio 3.400 34 0.037Lazcano Santiago 14.900 149 0.164

Leon Orellana Antonio 12.300 123 0.136Maldonado Villalba Erick Ronald 5.000 50 0.055Nava Doris Goitia de 14.900 149 0.164PérezPatón L. Rubén 14.900 149 0.164PérezPeláez Walter 12.300 123 0.136Serrano Llano Victor Hugo 4.100 41 0.045Ramírez Balboa Jacinto 3.400 34 0.037Amusquivar Vladimir 14.900 149 0.164Angulo Andia Rolando 3.400 34 0.037EnríquezJiménez Guido 14.900 149 0.164Jerez Dávila Arturo E.I. 12.300 123 0.136Justo Machaca Josè 14.900 149 0.164Molina MolinaDayzy Z. 8.200 82 0.090Moran Peralta Manuel 2.500 25 0.027Orozco Lara Álvaro 300 3 0.003Paredes Z. Maximiliano 7.300 73 0.080Pool Agreda Álvaro 3.400 34 0.037Quispe Inca Oswaldo 14.900 149 0.164Ruiz Clavel Enrique 3.400 34 0.037SiñaniCorazón Julio 14.900 149 0.164TarquiAyza Alberto 1.400 14 0.015Toro Quiroz David 3.400 34 0.037Torrez Sánchez Edwin R. 14.900 149 0.164Villarroel Núñez Edson 14.900 149 0.164Zenteno Azcui Jorge 600 6 0.006Empresa Nacional de Electricidad 8.168.700 81,687 90.304

QUINTA. (CONTINUIDAD, PUBLICACIÓN E INSCRIPCIÓN).- Salvo por las modificaciones referidas al aumento de capital y las consiguientes modificaciones al Estatuto y la Constitución de Sociedad Anónima, expresamente modificadas por el presente instrumento, todas las demás clausulas, términos y documentos de la sociedad, quedan plenamente vigentes y subsistentes. La Escritura Pública de modificación, correspondiente a este acto, será publicada conforma a ley e inscrita en el Registro de Comercio.--------------SEXTA. (AUTORIZACION).- Las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de la Sociedad, de fechas03 de diciembre de 2014 y 09 de febrero de 2015, han resuelto autorizar al Gerente General de la empresa a otorgar la escritura de Aumento de Capital.---(ACEPTACION).- Nosotros, los accionistas de la EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER, legalmente representados en la persona del señor Ariel Nicolás Rocabado Zannier, Gerente General de la sociedad, quien actúa a nombre y en representación de los señores accionistas de la sociedad, conforme lo autorizado en las actas de las Juntas GeneralesExtraordinariasde Accionistas de 3 de diciembre de 2014 y 09 de febrero de 2015, declaramos nuestra libre y entera conformidad con todas las anteriores cláusulas a cuyo cumplimiento nos obligamos en toda forma de derecho.-----------------------------------Usted señor Notario de Fe Pública, agregará las demás de estilo y seguridad dando forma instrumentada a la presente Minuta y documentos que le son relativos.-------------------------La Paz, 12 de marzo de 2015.------------------------------------------------------------------------------p.p. Los accionistas de la EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER-----------------

Fdo. Ariel Nicolás Rocabado Zannier.- GERENTE GENERAL.- ----------------------------------

Firma y sello: Carlos Medinaceli Muñoz.- Abogado.- Edeser S.A.----------------------------------TRANSCRIPCIÓN COPIA LEGALIZADA----------------------------------------------------------------

Numero: Veinticuatro/dos mil quince No. 24/2015.---------------------------------------------

*****************************************************************************************DEL ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA

EMPRESA DE SERVICIOS EDESER SA (EDESER) CELEBRADA EL TRES DE DICIEMBRE

DE DOS MIL CATORCE AÑOS.---------------------------------------------------------------------------

*****************************************************************************************En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas doce y treinta del día cuatro de marzo de dos mil quince años: Ante Mi: Diomar Ovando Polo, Abogada, Notaria de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, fue presente la EMPRESA DE

SERVICIOS EDESER SA. (EDESER), Sociedad legalmente constituida en observancia a las leyes de Bolivia, con Matrícula de Inscripción en el Registro de Comercio No. 00013359 (FUNDEMPRESA) a través de su Gerente General, señor Lic. ARIEL NICOLÁS ROCABADO

ZANNIER con Cedula de Identidad N°853605, expedida en Cochabamba, conforme se establece del Poder N° 260/2013, de fecha 08 de febrero de 2013 otorgado ante esta misma Notaria, a quien de identificar Doy Fe, mayor de edad, hábil por derecho, y para que legalice me ha presentado un Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la Empresa de Servicios EDESER SA (EDESER) celebrada el tres de diciembre de

dos mil catorce años, cuyo tenor es como sigue:-----------------------------------------------------TRANSCRIPCIÓN ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

DE LA EMPRESA DE SERVICIOS EDESER SA (EDESER) CELEBRADA EL 03 DE

DICIEMBRE DE 2014--------------------------------------------------------------------------------------

En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a Hrs. 10:00 a.m. del día miércoles03 de diciembre de 2014, en el domicilio legal de la Empresa ubicado en la Av. Iturralde N° 1309 de la ciudad de La Paz, de acuerdo a lo establecido en los Estatutos a través de la Convocatoria publicada los días 23, 25 y 27 de Noviembre de 2014 en el periódico de

circulación nacional “LA RAZON”, se celebró la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa de Servicios – EDESER S.A. (EDESER).-------------------------------------------------Con carácter previo a la instalación formal de la misma,el abogado Jaime Luna Ovando, Asesor Legal de ENDE CORPORACIÓN, informó a los accionistas presentes que se cuenta con la presencia del Vicepresidente del Directorio Lic. Mauricio Vallejo Beltrán, asimismo se informó que de conformidad a lo establecido en el Artículo 21 del Estatuto de la empresa y el Artículo 283 del Código de Comercio, el Vicepresidente del Directorio en esta oportunidad fungirá como Presidente de la Junta y la Junta debe designar a un Secretario.-En tal virtud se procedió a nombrar al Secretario de la Junta, al respecto el accionista ENDE propone como secretario de la Junta al abogado Jaime Luna Ovado, moción que es aprobada por mayoría absoluta de votos de los accionistas presentes.---------------------------------------Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Artículo 283 del Código de Comercio corresponde proceder a instalar formalmente la Junta General Extraordinaria de Accionistas. ---------------------------------------------------------------------------------------------------QUORUM: Se procedió a verificar la existencia del quórum, con el siguiente resultado:--------

- 12.644,40acciones de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) que representa el 90.3430% del capital social de la Empresa de Servicios SA. – EDESER SA. (EDESER), acreditadas con la presentación del Decreto Supremo N°1448 de 29 de diciembre de 2012, Artículo 2° parágrafo IV y registro del libro de accionistas de la empresa; representadas por el Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte en mérito al Poder Especial y Suficiente conferido por el Ing. Arturo Iporre Salguero en su condición de Presidente Ejecutivo Interino de ENDE constante en el Testimonio N° 1910/2014, de fecha 02 de diciembre de 2014, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública N°18 de Cochabamba a cargo de la Dra. Karla Susy Cuevas Oropeza.-----------------------------------------------------------------------------------------

- 1.351.60 acciones de Otros Socios Minoritarios,que responden a los nombres de Juan Alejo Quispe 23 acciones, Cynthia AranibarDupleich 23 acciones, Pedro Beltrán Condori 23 acciones, Abraham Calle Cornejo 23 acciones, José CerrutoMayta 23 acciones, Víctor Castrillo Aguilar 23 acciones, David Condori Condori 23 acciones, Julio ChipanaTórrez 23 acciones, Alejandro Choquehuanca M. 23 acciones, Melitón Condori Pacohuanca 23 acciones, Donato Cruz Serrano 23 acciones, Carlos Ecos Bigabriel 23 acciones, Policarpio Espejo Nina 23 acciones, Félix Miguel Frade Durán 15,334 acciones, Francisco Fuentes Apaza 23 acciones, Luis Gironda Suárez 23 acciones, Fausto Gonzales Callpa 23 acciones, Rodolfo Guibarra Rivero 23 acciones, Tomás J. Gutiérrez Durán 23 acciones, Carlos Macedonio Herrera 23 acciones, José L. Huallpa Condori 23 acciones, Cleto Jiménez Valencia 23 acciones, Fermín Limachi Mamani 23 acciones, Hugo MachicadoZacarias 15,334 acciones, Juan Carlos Mancilla 15,334 acciones, Alejandro Mamani Luna 23 acciones, Víctor E. OrtízCortéz 23 acciones, Abel Pacheco Choque 23 acciones, José Poma Clares 23 acciones, Máximo Quiroga Avendaño 15,334 acciones, V. Ignacio Quisbert Fernández 23 acciones, Juan Ramírez Quispe 23 acciones, Luis G. Ramos Asturizaga 3,414 acciones, Jorge L. RicaldiBlacutt 23 acciones, Javier H. Salcedo Villarreal 23 acciones, Benito SanjinézMagueño 23 acciones, Santos Tincuta Quispe 23 acciones, Eddy Tórrez Espinoza 15,334 acciones, Elio R. Vargas Quintela 23 acciones, Reynaldo Velasco Bernal 84,344 acciones, César E. Vidaurre Vera 15,334 acciones, AnastacioYahuinchaIbañez 23 acciones, Raúl Altamirano Espinoza 23 acciones, Ángel Arias Galarza 4,604 acciones, Gregorio Daga Encinas 5,110 acciones, Santiago Lazcano 23 acciones, Antonio León Orellana 18,914 acciones, Erick Ronald Maldonado Villalba 7,674 acciones, Doris Goitia de Nava 23 acciones, L. Rubén Pérez Patón 23 acciones, Walter Pérez Pelaez 18,914 acciones, Víctor Hugo Serrano Llano 6,304 acciones, Jacinto Ramírez Balboa 5,114 acciones, Vladimir Amusquivar 23 acciones, Rolando Angulo Andia 5,110 acciones, Guido Enríquez Jiménez 23 acciones, Arturo E. I. Jerez Dávila 18,914 acciones, José Justo Machaca 23 acciones, Dayzy Z. Molina Molina 12,614 acciones, Manuel Moran Peralta 3,754 acciones, Álvaro Orozco Lara 0,344 acciones, Maximiliano Paredes Z. 11,244 acciones, Álvaro Pool Agreda 5,110 acciones, Oswaldo Quispe Inca 23 acciones, Enrique Ruiz Clavel 5,110 acciones, Julio Siñani Corazón 23 acciones, Alberto TarquiAyza 2,044 acciones, David Toro Quiroz 5,110 acciones, Edwin R. Tórrez Sánchez 23 acciones, Edson Villarroel Nuñez 23 acciones, Jorge Zenteno Azcui 0,850 acciones,que representan el 09.6570% del capital social de la Empresa de Servicios – EDESER S.A. (EDESER), representadas por los señores: Julio Jorge Salazar Pérez, Vladimir Amusquivar Tapia, Arturo Ivanov Jerez Dávila y Juan Reynaldo Velasco Beltrán,en calidad de APODERADOS LEGALES, en merito a la presentación del Poder Especial, Bastante y Suficiente conferido por los Socios Minoritarios, constante en el Testimonio N° 85/2013, de fecha 25 de abril de 2013, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública N°107 de la ciudad deLa Paz a cargo del Dr. Orlando Remy Luna Angulo;------------------

Se hace notar que toda vez que existen acciones fraccionadas, para efectos del Quorum de la presente Junta, se acuerda que las acciones fraccionadas de ENDE y los demás accionistas estarán representadas por el representante de ENDE.--------------------------------Verificada la existencia de quórum de conformidad al Artículo 32 de los Estatutos de la Empresa de Servicios -EDESER S.A. (EDESER), el Presidente de la Junta declaró legal y válidamente instalada la presente Junta General Extraordinaria de Accionistas para el tratamiento del Orden del Día que se detalla a continuación:-------------------------- -------------1. Aumento de Capital Autorizado y del Capital Suscrito.------------------------- --------------2. Aumento de capital de la empresa, emisión de nuevas acciones. ---------------------------3. Modificación de escritura de constitución y estatutos. ----------------------------------------4. Designación de dos accionistas para la suscripción del acta. ---------------------------------Puesto a consideración de la Junta el Orden del Día, se aprueba esta por unanimidad procediéndose a tratar los temas según lo siguiente: -------------------------------------------------1. Aumento de Capital Autorizado y del Capital Suscrito. ----------------------------------------En el tratamiento de este punto se invitó al Gerente General de EDESER, quien realizó una presentación sobre la necesidad que tiene la empresa de capitalizar las utilidades no distribuidas de las gestiones pasadas y de reservas especiales para inversiones, para garantizar el normal desarrollo de las actividades de la sociedad.----------------------------------Se informó a los accionistas que las utilidades no distribuidas de la gestión 2013 alcanzan a Bs.- 1.775.305.- y que las Utilidades Acumuladas no Distribuidas, alcanzan a Bs.- 5.867.076.-, haciendo un total de Bs.- 7.642.381.-, cuyo desembolso podría ser solicitado por los accionistas en cualquier momento, situación que dejaría a EDESER sin capital de trabajo, y con ello se podría poner en riesgo el cumplimiento efectivo de los contratos en ejecución de EDESER, por lo que el Gerente General recomienda a los socios accionistas la capitalización de las utilidades retenidas de las gestiones pasadas y de reservas especiales.------------------Sobre el punto el Presidente de la Junta informó que de conformidad a los Estatutos de la Sociedad es necesario considerar un aumento en el Capital Autorizado, del monto actual de Bs.-1.500.000.- (Un millón quinientos mil 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs.-18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos), y considerar el aumento del Capital Suscrito, del monto de Bs.- 1.399.600.- (Un millón trecientos noventa y nueve mil seiscientos 00/100 Bolivianos), a la suma deBs.- 9.041.800.- (Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100 Bolivianos), lo que significa capitalizar las utilidades por pagar, por un monto de Bs.- 7.642.200.- (Siete millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos 00/100 Bolivianos), quedando Bs. 181.- (Ciento ochenta y un 00/100 Bolivianos) en la cuenta de utilidades acumuladas no distribuidas. ------------------------------Por lo que los socios accionistas presentes aprueban por mayoría absoluta de los votos, la siguiente resolución: ---------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN: I. Aprobar el aumento en el Capital Autorizado, del monto actual de Bs.-1.500.000.- (Un millón quinientos mil 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs.-18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos).--------------------------II.- Aprobar la capitalización de las Utilidades no distribuidas y reservas especiales para inversiones, por un monto de Bs.- 7.642.200.- (Siete millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos 00/100 Bolivianos).----------------------------------------------------------------------------III.- Aprobar el aumento del Capital Suscrito y Pagado, del monto de Bs.- 1.399.600.-(Un millón trescientos noventa y nueve mil seiscientos 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs.- 9.041.800.- (Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100 Bolivianos), provenientes de la capitalización de Bs.- 7.642.200.- (Siete millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos 00/100 Bolivianos), que son pagados en su totalidad al momento de la suscripción del presente acta.---------------------------------------------------------------------------2. Aumento de capital de la empresa, emisión de nuevas acciones. ---------------------En el tratamiento de este punto, se explicó que como consecuencia del aporte de capital que realizarán los accionistas de la empresa y considerando las modificaciones al Capital Autorizado y al Capital Suscrito de la sociedad, corresponde la emisión de nuevas acciones. Sobre el punto, los Estatutos de la sociedad establecen que es competencia de la Junta Extraordinaria de Accionistas la emisión de Nuevas Acciones, por lo que la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimidad de los votos presentes resolvió lo siguiente:--RESOLUCIÓN: Disponer la emisión de nuevas acciones por un total de 76.422 (setenta y seis mil cuatrocientos veinte dos) de un valor de Bs.- 100.- cada una, como

TESTIMONIO

Page 21: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015 ÚLTIMAS 21

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

El ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, entre-gó ayer cinco computadoras con sus respectivas impresoras, 22 sillas de ruedas, muletas, dos hornos industriales, cinco coci-nillas y ocho garrafas al Centro de Sordos Arca Maranatha de la ciudad de Riberalta.

El dignatario, a nombre del presidente Evo Morales, dijo que es deber del Gobierno nacional trabajar por la gente que necesi-ta más ayuda, por las personas que tienen talentos especiales y que tienen alguna discapacidad.

“Nuestra tarea, nuestra res-ponsabilidad como Gobierno es la inclusión social de los que siempre han estado excluidos y

Gobierno apoya a un centro de sordos en Riberalta

El ministro Juan Ramón Quintana junto con un niño del Centro de Sordos.

APOYO ó El Ministro Quintana entregó sillas de ruedas, muletas, hornos industriales, computadoras.

darles visibilidad a quienes han estado invisibilizados, es dar-les los espacios públicos a quie-nes los necesitan para realizarse como ciudadanos”, señaló.

Reconoció que estos centros de educación especial, como el Arca Maranatha, merecen un trabajo y apoyo importantes con el objetivo de mejorar las condi-ciones educativas.

El titular de la Presidencia con-tó que mencionó al propio Jefe de Estado su preocupación por la educación en Riberalta y pidió al alcalde electo, Omar Núñez Vela, trabajar por mejorarla.

En ese contexto, dijo que 2.400 estudiantes de varios insti-tutos están con infraestructura a punto de caerse y sin techo en Riberalta.

“Esto es lo preocupante, el descuido de las autoridades de-partamentales que tienen una responsabilidad para invertir en la educación técnica. Por ejemplo comentó que en el (ITSA) Institu-to Tecnológico Superior Amazó-nico la Subgobernación estaba construyendo un nuevo edificio que se quedó en la primera plan-ta y ahora está a punto de de-rrumbarse”, remarcó.

Explicó que hoy la obra es un monumento a la incompetencia de la Gobernación del departa-mento del Beni, plata tirada, y está a punto de caerse.

Le informó al Presidente so-bre esa situación, quien le dijo que deberá ser el Alcalde electo junto al Gobierno los que cons-truyan institutos y centros.

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resultado del aumento del Capital Autorizado, establecidos en el punto 1 del orden

del día.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

3. Modificación de escritura de constitución y estatutos. ----------------------------------------Sobre el punto, el Presidente de la Junta informó que de conformidad con el Código de Comercio y los Estatutos de la Sociedad, y habiendo aprobado el aumento del Capital Autorizado y del Capital Suscrito aprobado en el punto 1 del orden del día, corresponde efectuar la modificación de los estatutos de la empresa así como también de la Escritura de Constitución, según corresponda.---------------------------------------------------------------------Por lo que los miembros de la Junta de Accionistas, aprobaron por unanimidad de sus miembros presentes, la siguiente resolución:-----------------------------------------------------------RESOLUCIÓN.- I.- Se aprueba la modificación del Artículo 6 de los Estatutos de la Sociedad, y en lo que corresponda la Escritura de Constitución, Escrituras modificatorias y Pacto Social, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:-“Artículo 6.- Capital Autorizado.- Se fija el Capital Autorizado de la Sociedad en la suma de Bs.-18.083.600.- (Dieciocho millones ochenta y tres mil seiscientos 00/100 Bolivianos) dividido en 180.836(Ciento ochenta mil ochocientos treinta y seis) acciones de un valor nominal de Cien Bolivianos (Bs.- 100.-) cada una. Cuando el Capital autorizado hubiera sido pagado en su totalidad o cuando se prevea que cualquiera nueva suscripción que se proponga excederá el mismo, el capital autorizado podrá ser aumentado en cualquier momento por acuerdo de una Junta General Extraordinaria de Accionistas, conforme a este Estatuto y el Código de Comercio.”------------------------------------------------------------------------Posteriormente, se informó que las modificaciones aprobadas en la presente Junta de Accionistas, deben ser realizadas por instrumento público notariado, a cuyo efecto se pone en consideración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas autorizar al Gerente General de la sociedad, Lic. Ariel Rocabado Zannier, la suscripción de todos los instrumentos necesarios para el cumplimiento de las determinaciones de esta Junta.--------Los accionistas presentes luego de un intercambio de opiniones por unanimidad de los votos presentes, resolvieron lo siguiente:---------------------------------------------------------------RESOLUCION: Autorizar al Gerente General de la Empresa de Servicios –EDESER S.A.,

Lic. Ariel Rocabado Zannier, suscribir en nombre y representación de los accionistas de la sociedad, todos los actos, gestiones y tramitaciones, así como firmar y otorgar documentos públicos y/o privados, incluida la minuta y la escritura pública de

incremento de capital y modificación de estatutos, escrituras del giro y pacto social, a fin de llevar a buen término las anteriores resoluciones, debiendo inscribir dichos actos ante el Registro de Comercio. ------------------------------------------------------------------

4. Designación de dos accionistas para la suscripción del acta. --------------------------------En el tratamiento de este punto la Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba por unanimidad de los votos presentes que suscriba la respectiva acta el representante del accionista ENDE, Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte y el accionista Sr. Arturo Ivanov Jerez Dávila, conjuntamente con el Presidente y el Secretario de la Junta.------------------------------Cumplido el orden del día, se declaró un cuarto intermedio para la redacción del Acta; concluido éste, se dio lectura al acta de la Junta que fue aprobada sin observación, firmando en constancia las personas designadas para este efecto.---------------------------------------------La Junta General Ordinaria de Accionistas concluyó a horas 11:30 del día miércoles 03 de diciembre de 2014.-------------------------------------------------------------------------------------------Fdo. Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte.- Representante del Accionista ENDE.- Fdo. Sr. Arturo Ivanov Jerez Dávila.- Representante de los Accionistas.- Minoritarios.- Fdo. Lic. Mauricio Vallejo Beltrán.- Presidente de la Junta.- Fdo. Jaime Luna Ovando.-Secretario de la Junta.- - Fdo. ARIEL NICOLÁS ROCABADO ZANNIER.- C.I. Nº853605 Cbba..- Fdo. Ante mi, Dra. Diomar Marina Ovando Polo.- ABOGADA 07201220.- Notaria de Fe Pública de 1ra. Clase Nº 025.- La Paz – Bolivia-----------------------------------------------------------------------------------------*****************************************************************************************CONCUERDA.- La presente copia legalizada con el acta original de su referencia, la misma que me remito en caso de ser necesario y que luego de ser cotejado fiel y legalmente lo autorizo, sello, firmo, y signo en la ciudad de La Paz y es franqueado en un ejemplar a los cuatro días de marzo de dos mil quince años. ---------------------------------------------------------Firma y sello: Dra. Diomar Marina Ovando Polo.- ABOGADA.- NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE No. 025.- 07201220.- LA PAZ – BOLIVIA..--------------------------------------------TRANSCRIPCIÓN COPIA LEGALIZADA.---------------------------------------------------------------

Numero: Veinticinco/dos mil quince No. 25/2015.----------------------------------------------

*****************************************************************************************DEL ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA

EMPRESA DE SERVICIOS EDESER SA (EDESER) CELEBRADA EL NUEVE DE FEBRERO

DE DOS MIL QUINCE AÑOS.-------------------------------------------------------------------------------*****************************************************************************************En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas doce y cuarenta del día cuatro de marzo de dos mil quince años: Ante Mi: Diomar Ovando Polo, Abogada, Notaria de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, fue presente la EMPRESA DE

SERVICIOS EDESER SA. (EDESER), Sociedad legalmente constituida en observancia a las leyes de Bolivia, con Matrícula de Inscripción en el Registro de Comercio No. 00013359 (FUNDEMPRESA) a través de su Gerente General, señor Lic. ARIEL NICOLÁS ROCABADO

ZANNIER con Cedula de Identidad N°853605, expedida en Cochabamba, conforme se establece del Poder N° 260/2013, de fecha 08 de febrero de 2013 otorgado ante esta misma Notaria, a quien de identificar Doy Fe, mayor de edad, hábil por derecho, y para que legalice me ha presentado un Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de

la Empresa de Servicios EDESER SA (EDESER) celebrada el nueve de febrero de dos

mil quince, cuyo tenor es como sigue:-------------------------------------------------------------------TRANSCRIPCIÓN ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

DE LA EMPRESA DE SERVICIOS EDESER SA (EDESER) CELEBRADA EL 09 DE FEBRERO

DE 2015--------------------------------------------------------------------------------------------------------En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a Hrs. 10:30del día lunes09 de febrero de 2015, en el domicilio legal de la Empresa ubicado en la Av. Iturralde N° 1309 de la ciudad de La Paz, de acuerdo a lo establecido en los Estatutos a través de la Convocatoria publicada los días 28 y 30 de enero, y 1ro de febrero de 2015 en el periódico de circulación nacional “CAMBIO”, se celebró la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa de Servicios – EDESER S.A. (EDESER).--------------------------------------------------------Con carácter previo a la instalación formal de la misma,el abogado Jaime Luna Ovando, Asesor Legal de ENDE CORPORACIÓN, informó a los accionistas presentes que se cuenta con la presencia del Vicepresidente del Directorio Lic. Mauricio Vallejo Beltrán, asimismo se informó que de conformidad a lo establecido en el Artículo 21 del Estatuto de la empresa y el Artículo 283 del Código de Comercio, el Vicepresidente del Directorio en esta oportunidad fungirá como Presidente de la Junta y la Junta deberá designar a un Secretario.En tal virtud se procedió a nombrar al Secretario de la Junta; al respecto el accionista ENDE propone como secretario de la Junta al abogado Jaime Luna Ovando, moción que es aprobada por mayoría absoluta de votos de los accionistas presentes.----------------------------------------Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Artículo 283 del Código de Comercio corresponde proceder a instalar formalmente la Junta General Extraordinaria de Accionistas. ---------------------------------------------------------------------------------------------------QUORUM: Se procedió a verificar la existencia del quórum, con el siguiente resultado:.--------

- 81.686,29acciones de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) que representa el 90.3430% del capital social de la Empresa de Servicios SA. – EDESER SA. (EDESER), acreditadas con la presentación del Decreto Supremo N°1448 de 29 de diciembre de 2012, Artículo 2° parágrafo IV y registro del libro de accionistas de la empresa; representadas por el Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte en mérito al Poder Especial y Suficiente conferido por el Ing. Eduardo Paz Castro en su condición de Presidente Ejecutivo Interino de ENDE constante en el Testimonio N° 268/2015, de fecha 05 de febrero de 2015, otorgado por ante la Notaria de Fe Pública N°18 de Cochabamba a cargo de la Dra. Karla Susy Cuevas Oropeza.--------------------------------------------------------------------------------

- Los socios minoritarios Vladimir Amusquivarcon 148,59 acciones y Arturo E. I. Jerez Dávila con 122,19 acciones. ----------------------------------------------------------

Se hace notar que toda vez que existen acciones fraccionadas, para efectos del Quorum de la presente Junta, se acuerda que las acciones fraccionadas de ENDE y los accionistas que participan en la Junta serán representadas por el representante de ENDE. ----------------------Verificada la existencia de quórum de conformidad al Artículo 32 de los Estatutos de la Empresa de Servicios -EDESER S.A. (EDESER), el Presidente de la Junta declaró legal y válidamente instalada la presente Junta General Extraordinaria de Accionistas para el tratamiento del Orden del Día que se detalla a continuación: ---------------------------------------1. Aumento de Capital de Capital Suscrito y Pagado para la corrección accionaria. --------2. Emisión de nuevas acciones. ------------------------------------------------------------------------3. Modificación de escritura de constitución y estatutos. ----------------------------------------4. Designación de dos accionistas para la suscripción del acta. --------------------------------Puesto a consideración de la Junta el Orden del Día, se aprueba esta por unanimidad procediéndose a tratar los temas según lo siguiente: -------------------------------------------------1. Aumento de Capital de Capital Suscrito y Pagado para la corrección accionaria. ---------En el tratamiento de este punto se invitó al personal administrativo de EDESER, quienes realizaron una presentación sobre la necesidad que tiene la empresa de incrementar el capital suscrito y pagado para la corrección accionaria.-------------------------------------------------------Se informó a los accionistas presentes, que debido a las reducciones de capital y posteriores incrementos del mismo durante las gestiones 2010 y 2011, se ha generado un fraccionamiento en las acciones que contraviene lo establecido en el Código de Comercio, lo cual ha generado serias observaciones por parte de la ASFI y FUNDEMPRESA, motivo por el cual es necesario incrementar el capital suscrito y pagado, para llegar a un número de acciones enteras conforme se establece en la presentación efectuada por la Administración de la Empresa, en este explicaron que será necesario incrementar el capital suscrito y pagado de Bs.- 9.041.800.- (Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs.- 9.045.700.- (Nueve millones cuarenta y cinco mil setecientos 00/100 Bolivianos), lo que implica un incremento de Bs. 3.900.- (Tres mil novecientos 00/100 Bolivianos) que representan 39 acciones de un valor de Bs. 100.- cada una, las cuales serán repartidas entre todos los socios para completar el número necesario que les permita tener acciones enteras. ---------------------------------------------------------------------------Sobre el punto, el Presidente de la Junta informó que el incremento de capital suscrito y pagado deberá limitarse, a que cada accionista aporte capital, en la medida necesaria para completar su acción fraccionada, en caso de tenerla; para tal efecto, considerando que el monto que debe aportar cada accionista no es elevado, propuso que cada socio haga el aporte que le corresponde para completar este aporte.--------------------------------------------------------En uso de la palabra, el señor Arturo Ivanov Jerez Dávila, hizo conocer la disposición de que cada socio efectúe el aporte requerido para completar sus acciones fraccionadas y solicitó se otorgue un plazo de dos semanas para que ellos puedan efectivizar el deposito correspondiente. ---------------------------------------------------------------------------------------------Por lo que los socios accionistas presentes aprueban por unanimidad de los votos, la siguiente resolución: ----------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN: I. Aprobar el aumento en el Capital suscrito y pagado, del monto

actual de Bs.-9.041.800.-(Nueve millones cuarenta y un mil ochocientos 00/100 Bolivianos), a la suma de Bs.-9.045.700.- (Nueve millones cuarenta y cinco mil

setecientos 00/100 Bolivianos) para la corrección accionaria.------------------------------2. Emisión de nuevas acciones. --------------------------------------------------------------

En el tratamiento de este punto, se explicó que como consecuencia del incremento del

capital suscrito y pagado que realizarán los accionistas de la empresa, y considerando las modificaciones al Capital Suscrito y pagado de la sociedad, corresponde la emisión de nuevas acciones.----------------------------------------------------------------------------------------------Sobre el punto, los Estatutos de la sociedad establecen que es competencia de la Junta Extraordinaria de Accionistas la emisión de Nuevas Acciones, por lo que la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimidad de los votos presentes resolvió lo siguiente:--RESOLUCIÓN: Disponer la emisión de nuevas acciones por un total de 39(treinta y nueve) acciones, de un valor de Bs.- 100.- cada una, como resultado del aumento del

Capital suscrito y pagado, establecido en el punto 1 del orden del día.---------------------

II.-Disponer que, una vez inscrito el aumento de capital suscrito y pagado para la corrección accionaria, y la modificación de Estatutos, el Directorio de la Sociedad deberá proceder a la emisión de las nuevas acciones representativas del capital suscrito y pagado de la empresa, por un total de 90.457 (noventa mil cuatrocientas cincuenta y siete) acciones, de un valor de Bs.- 100.- cada una, debiendo realizar el respectivo canje por las acciones antiguas.------3. Modificación de escritura de constitución y estatutos. ----------------------------------------Sobre el punto, el Presidente de la Junta informó que de conformidad con el Código de Comercio y los Estatutos de la Sociedad, y habiendo aprobado el aumento del Capital Suscrito y pagado, aprobado en el punto 1 del orden del día, corresponde efectuar la modificación de la Escritura de Constitución, según corresponda.---------------------------------Por lo que los miembros de la Junta de Accionistas, aprobaron por unanimidad de sus miembros presentes, la siguiente resolución:-----------------------------------------------------------RESOLUCIÓN.- I.- Se aprueba la modificación de la Escritura de Constitución, y en lo que corresponda, Escrituras modificatorias y Pacto Social.-----------------------------------Posteriormente, se informó que las modificaciones aprobadas en la presente Junta de Accionistas, deben ser realizadas por instrumento público notariado, a cuyo efecto se pone en consideración de la Junta General Extraordinaria de Accionistas autorizar al Gerente General de la sociedad, Lic. Ariel Rocabado Zannier, la suscripción de todos los instrumentos necesarios para el cumplimiento de las determinaciones de esta Junta.--------Los accionistas presentes luego de un intercambio de opiniones por unanimidad de los votos presentes, resolvieron lo siguiente:---------------------------------------------------------------RESOLUCION: Autorizar al Gerente General de la Empresa de Servicios –EDESER S.A.,

Lic. Ariel Rocabado Zannier, suscribir en nombre y representación de los accionistas de la sociedad, todos los actos, gestiones y tramitaciones, así como firmar y otorgar documentos públicos y/o privados, incluida la minuta y escritura pública de

incremento de capital y modificación de escrituras del giro y pacto social, a fin de llevar a buen término las anteriores resoluciones, debiendo inscribir dichos actos ante el Registro de Comercio. --------------------------------------------------------------------------

4. Designación de dos accionistas para la suscripción del acta. ---------------------------------En el tratamiento de este punto la Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba por unanimidad de los votos presentes que suscriba la respectiva acta el representante del accionista ENDE, Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte y el accionista Sr. Arturo Ivanov Jerez Dávila, conjuntamente con el Presidente y el Secretario de la Junta.-------------------------------Cumplido el orden del día, se declaró un cuarto intermedio para la redacción del Acta; concluido éste, se dio lectura al acta de la Junta que fue aprobada sin observación, firmando en constancia las personas designadas para este efecto.---------------------------------------------La Junta General Extraordinaria de Accionistas concluyó a horas 11:30 del día lunes 09 de febrero de 2015.----------------------------------------------------------------------------------------------Fdo. Lic. Javier Rolando Pardo Iriarte.- Representante del Accionista ENDE.- Fdo. Sr. Arturo Ivanov Jerez Dávila.- Accionista.- Minoritarios.- Fdo. Lic. Mauricio Vallejo Beltrán.- Presidente de la Junta.- Fdo. Jaime Luna Ovando.-Secretario de la Junta.- -----------------------Fdo. ARIEL NICOLÁS ROCABADO ZANNIER.- C.I. Nº853605 Cbba..- Fdo. Ante mi, Dra. Diomar Marina Ovando Polo.- ABOGADA 07201220.- Notaria de Fe Pública de 1ra. Clase Nº 025.- La Paz – Bolivia------------------------------------------------------------------------------------CONCUERDA.- La presente copia legalizada con el acta original de su referencia, la misma que me remito en caso de ser necesario y que luego de ser cotejado fiel y legalmente lo autorizo, sello, firmo, y signo en la ciudad de La Paz y es franqueado en un ejemplar a los cuatro días de marzo de dos mil quince años.---------------------------------------------------------Firma y sello: Dra. Diomar Marina Ovando Polo.- ABOGADA.- NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE No. 025.- 07201220.- LA PAZ – BOLIVIA..------------------------------------------CONCLUSIÓN.- Es conforme con la minuta original de Aumento de Capital Autorizado,

Suscrito y Pagado; y consiguiente modificación parcial de la Escritura Publica de Constitución Social y de los Estatutos de la Sociedad que gira bajo la razon social de “Empresa de Servicios EDESER S.A. – EDESER” y Copias Legalizadas, documentos que numerados y rubricados por mi la suscrita Notario de Fe Pública, han sido agregado a la colección de los de su clase, de conformidad con lo establecido por los artículos 44 y del 52 al 56 de la Ley del Notariado Plurinacional y Código Civil.- En su testimonio el compareciente aprueba y ratifica el tenor y contenido íntegro de la presente escritura pública, de todo lo que Doy Fe.-----------------------------------------------------------------------------p.p. Los accionistas de la EMPRESA DE SERVICIOS EDESER S.A. – EDESER.- Fdo. Ariel

Nicolás Rocabado Zannier.- GERENTE GENERAL.- .- Fdo. Ante mi, Dra. Diomar Marina Ovando Polo.- -------------------------------------------------------------------------------------------------ABOGADA 07201220.- Notaria de Fe Pública de 1ra. Clase Nº 025.- La Paz – Bolivia.------------LLEVA SELLO Y SIGNO NOTARIAL ===========================================*****************************************************************************************CONCUERDA.- El presente testimonio con el protocolo original de referencia, al que en caso necesario me remito, el mismo luego de ser confrontado y cotejado fiel y legalmente, lo autorizo, sello, signo y firmo en la ciudad de La Paz, y es franqueado en un ejemplar a los veintiún días del mes de abril de dos mil quince.------------------------------------------------------

Page 22: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015PUBLICIDAD22

continúa en la página 23

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pues

tos.

gob.

bo

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL COMUNITARIO BOLIVIA – HOY (ADIC BOLIVIA

HOY)

138659022

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/201103/201107/201109/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16519, solicitando la siguiente documentación 1) Declaraciones Juradas de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas de compras originales detallada de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 3487375010 2001001550045 4835

mar-11 6157784013 2001001209485 464

mar-11 6157784013 2001001209485 467

jul-11 1020445024 29040047414 6452

jul-11 2352435019 2001001917745 9221

jul-11 4749931011 200400121634 7941

jul-11 4749931011 200400121634 8033

sep-11 1023559027 40040029817 33015

sep-11 2352435019 2001001917745 9223

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

BISERBOL S.R.L. 1001159020

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

03/2011 10/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16696, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

mar-11 2225770014 20010071201 8154

mar-11 2225770014 20010071201 8173

mar-11 2225770014 20010071201 8193

mar-11 2339828012 2001001434345 6597

oct-11 2269078018 210100560821 2161

oct-11 2269078018 210100560821 2166

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación

BLANCO DE NINA MARIA 4857143013

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

02/201112/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI17350, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

feb-11 1028341029 7904002247318 1127

feb-11 2376018011 2001001582095 7799

feb-11 4771898013 2001001615855 6474

dic-11 1020343027 290400272491 2959

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

CALDERON SOFIA VIRGINIA 2450576018

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/201103/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16949, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 2477932017 2001001537613 1066

ene-11 2477932017 2001001537613 1069

mar-11 6763147013 2001001526179 810

mar-11 6763147013 2001001526179 814

mar-11 6763147013 2001001526179 818

mar-11 6763147013 2001001526179 825

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

IMDIBOL S.R.L. 157372024

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

10/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16565, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización

No Factura

oct-11 4330689016 201002010101 259

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

IRG – E Y E – ASOCIACIÓN ACCIDENTAL

165908028

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/201104/201105/201108/201112/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI00687, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 1004337029 200100190402 351

ene-11 1006827026 290400216654 92189

abr-11 2205940018 700103435273 43

may-11 1021531021 300100231829 2142

may-11 2298505014 210100482451 848

may-11 2298505014 210100482451 848

may-11 2549759010 2001002000031 20478

ago-11 1020757027 390400130028 10453

ago-11 2205940018 100103435237 48

ago-11 4337733019 2001001843644 820

dic-11 4760221013 2001002094988 12600

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

MICROEMPRESA COSMOS 153234028

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

03/201112/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16554, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización

No Factura

mar-11 1029241022 2001001470539 2446

mar-11 1031135015 110100148835 1379

mar-11 2603378015 2001001545429 2774

mar-11 3358147014 2001001425772 1105

dic-11 171552022 2001001772524 9358

dic-11 1018919022 21010096472 9050

dic-11 1018919022 21010096472 9072

dic-11 2347454019 21010085075 17208

dic-11 2347454019 21010085075 17217

dic-11 2347454019 21010085075 17233

dic-11 3476528011 210100542948 1555

dic-11 3476528011 210100542948 1581

dic-11 5782101010 200100123300 8379

dic-11 5782101010 200100123300 8410

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

MICROEMPRESA LAS PALMERAS 171076020

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

03/201105/201106/201107/201108/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16594, solicitando la siguiente documentación:1) Declaraciones Juradas de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas de compras originales detallada de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

mar-11 6946499015 201002010164 255

may-11 2310635017 2001001631711 5552

jun-11 2310635017 2001001631711 5624

jul-11 2310635017 2001001631711 5691

ago-11 2310635017 2001001893910 5745

ago-11 2310635017 2001001893910 5776

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

MORALES GUARAYA JOSE 2217559016

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16850, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 6790667012 2001001574122 36

ene-11 6790667012 2001001574122 44

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

PEREZ LOAYZA OSCAR LUIS 2300524013

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

12/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16883, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización

No Factura

dic-11 1020235024 290400251172 6459

dic-11 1020235024 290400251172 6481

dic-11 1020235024 290400251172 6503

dic-11 1020235024 290400251172 6518

dic-11 1023559027 40040029817 7327

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

REGINE´S TOURS LTDA 1001223024

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

03/201108/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI16697, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización

No Factura

mar-11 161356020 200100967168 4234

mar-11 1029189110 2001001342912 234

mar-11 4275691015 2001001735387 1911

mar-11 4275691015 2001001735387 1919

mar-11 4758770013 2001001158105 24274

mar-11 6755503011 200100883358 4222

mar-11 7018341012 2001001412119 640

ago-11 122867018 20010017444869 145

ago-11 188678013 2001001750630 68433

ago-11 2207045014 2001001804881 308

ago-11 2477011011 210100508727 626

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86° del Código Tributario Ley 2492, por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza al (a los) contribuyente(s) que se detalla(n) a continuación, para que por sí o mediante apoderado debidamente acreditado se apersone(n) ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna y/o Fiscalización Externa, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de aclarar las observaciones que se han detectado dentro del (de los) proceso(s) de fiscalización y/o verificación detallado(s) en la presente publicación.En tal sentido se le(s) comunica que en el término perentorio de cinco (05) días hábiles a partir de esta legal notificación deberá(n) presentar la documentación original detallada para cada caso y para los periodos fiscales indicados. De no presentarse, esta Gerencia proseguirá conforme normativa vigente al respecto.

Page 23: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015 ÚLTIMAS 23

CEPB apoya norma que nacionaliza mercancía en fronteraRESULTADO ó Desde el 22 de abril fue despachado un total de 375 camiones en frontera.

que el encuentro con los empre-sarios fue muy positivo y que el sector respalda la total vigencia y aplicación del decreto.

“Ellos han decidido respal-dar la vigencia de esta norma y han realizado algunas sugeren-cias para mejorar la aplicación operativa del decreto”, destacó.

Respecto de las sugerencias del sector para modificar el de-creto, dijo: “Se harán mesas de trabajo el día de hoy para acor-

dar algunos detalles y se tiene planeado realizar visitas in situ (en el lugar) para corroborar los resultados que ha tenido la apli-cación de la norma hasta ahora”.

Desde la aplicación del decre-to, el 22 de abril, fueron nacio-nalizados en frontera 375 camio-nes. Desaguadero es el que más camiones despachó con 173, se-guido de Puerto Suárez con 134 camiones, Tambo Quemado con 43 y finalmente Yacuiba con 25.La viceministra Susana Ríos se reunió ayer con el empresariado privado.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

La viceministra de Política Tri-butaria, Susana Ríos, y la Con-federación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) acor-daron el pleno respaldo a la aplicación del Decreto Supre-mo 2295 de Nacionalización de Mercadería Homogénea en frontera en 24 horas.

Concluida la reunión de ayer, la autoridad del Gobierno aseveró

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pues

tos.

gob.

bo RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

RIVERA AREVALO RHURY ALEXIS 4853936017

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

03/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI01408, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

mar-11 2150479012 2001002012259 233

mar-11 2150479012 2001002012259 235

mar-11 4820663015 2001001530257 101

mar-11 4820663015 2001001530257 104

mar-11 4820663015 2001001530257 106

mar-11 4820663015 2001001530257 110

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

VALENCIA FLORES DARWIN 4309801012

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/201103/2011 06/201107/201108/2011 09/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI01335, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 2535705017 210100469712 1409

ene-11 2935185010 2001001327189 3526

mar-11 135765028 2001001115621 2960

mar-11 3384082013 210100477824 4176

mar-11 4793730013 2001001504598 9610

jun-11 1002041021 2001001891627 4023

jun-11 1028291028 790400256025 9066

jun-11 4365053017 43655053017 2570

jun-11 5972935019 2001001655549 4043

jul-11 1003093029 2001002060509 9775

jul-11 5046716014 2001001552750 5584

ago-11 161356020 200100967168 5616

ago-11 385585016 2001001811628 4047

ago-11 1006259028 200100279866 6887

ago-11 1019717021 200100949766 9286

ago-11 6780495016 24010011905 9844

sep-11 143479020 320100649551 6210

sep-11 154078023 200100821554 8629

sep-11 161356020 200100967168 5578

sep-11 578291019 2001001964055 9656

sep-11 2203750012 200100287883 13644

sep-11 2241740015 210100119037 6873

sep-11 2289606010 2001001368109 6516

sep-11 2319051018 200100568608 4837

sep-11 4287638018 200100934304 7832

sep-11 4804393017 200100410565 8121

sep-11 4936717019 200100305412 3699

sep-11 4988322011 2001001303707 3181

sep-11 5216750012 2001001506511 3287

sep-11 5216750012 2001001506511 3344

sep-11 6730198012 200100385264 7708

sep-11 6730198012 200100385264 7787

sep-11 6780495016 24010011905 9829

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

WEISSEMBERG STOVER

JHENIEFFER MARIAM

5940311019

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

02/201104/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI17386, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

feb-11 4938249012 2001001572204 2332

abr-11 801427013 25001031024259 21

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

RAZON SOCIAL NOMBRE NIT IMPUESTO

ALCANCEPERIODOS FISCALES

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA Y DOCUMENTACION E INFORMACION QUE SE SOLICITA

ZAPANA ALVAREZ MIGUEL ANGEL 4774644010

IVA(Verificación

Interna - Crédito Fiscal)

01/201102/201103/2011 04/2011

Documentos que se notifican: ORDEN DE VERIFICACION Nº 0014OVI01381, solicitando la siguiente documentación:1) Declaración Jurada de los periodos observados (Formulario 200 ó 210)2) Libro de Compras de los periodos observados;3) Facturas originales de compra observadas de acuerdo al siguiente detalle:

Periodo NIT No Orden o Autorización No Factura

ene-11 2310513017 20040012546 3520

ene-11 2310513017 20040012546 3534

ene-11 2310513017 20040012546 3542

feb-11 152030024 2001001587946 4968

feb-11 1004991021 200101420769 75903

feb-11 1013613022 710100119107 33344

feb-11 1028205027 790100171697 23257

feb-11 2527687013 200101667420 34590

feb-11 2635006014 200100847984 12214

feb-11 3328713017 200100177111 6707

feb-11 6082836012 200100940767 3387

feb-11 6157784013 200101565986 318

feb-11 8444304015 210100443262 1662

mar-11 120423026 210300457251 15902

mar-11 120423026 210300457521 15904

mar-11 120423026 210300457521 15922

mar-11 120423026 210300457521 15935

mar-11 120423026 210300457521 15937

mar-11 120423026 210300457521 15947

mar-11 120423026 210300457521 15948

mar-11 120423026 210300457521 16042

mar-11 126029017 2001001690830 15768

mar-11 126029017 2001001690830 15775

mar-11 197377013 200100179105 18928

mar-11 197377013 2001001791054 18927

mar-11 197377013 2001001791054 18929

mar-11 197377013 2001001791054 18936

mar-11 197377013 2001001791054 18937

mar-11 197377013 2001001791054 18946

mar-11 197377013 2001001791054 18947

mar-11 1028205027 790100171697 23914

mar-11 2527687013 2001001667420 34511

mar-11 2527687013 2001001667420 34514

abr-11 84140017 2001001874867 11289

abr-11 2289606010 2001001368109 4578

abr-11 2289606010 2001001368109 4600

abr-11 3292527012 7001001294934 8378

abr-11 3393676016 2001001632052 9680

abr-11 3393676016 2001001632052 9688

abr-11 3393676016 2001001632052 9691

abr-11 3471361019 201001779730 3531

abr-11 3674384017 21010015330 7762

abr-11 4296574012 21010039361 658

abr-11 9870007018 2001001810586 1452

abr-11 9870007018 2001001810586 1453

abr-11 9870007018 2001001810586 1455

4) Documento que respalde el pago realizado;5) Otra documentación que el fiscalizador asignado solicite durante el proceso de verificación.

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de dos mil quince

Page 24: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015ÚLTIMAS24

Bolivia, Brasil y España apuntalan agua potable

UPEA aprueba el seguro universitario

AVANCE ó Ministra Moreira aseguró que el proyecto es un aporte sustancial para consolidar las metas de la Agenda Patriótica.

La ministra Alexandra Moreira junto con las autoridades de España y Brasil.

Ingreso a la universidad de El Alto.

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

Los gobiernos de Bolivia, Bra-sil y España suscribieron ayer el convenio del proyecto ‘Apo-yo al Fortalecimiento Institu-cional para el Mejoramiento de la Prestación de Abasteci-miento de Agua Potable, Al-cantarillado Sanitario y Re-siduos Sólidos’, en el Salón Verde de la Cancillería del Es-tado Plurinacional de Bolivia.

La ministra de Medio Am-biente y Agua, Alexandra Mo-reira; el embajador del Reino de España, Ángel Vásquez Días de Tuesta; el Encargado de Ne-gocios de la República Federa-tiva de Brasil, Tovar Da Silva Nunes; y el representante del Ministerio de Medio Ambiente de Brasil, Thyego Lima, suscri-bieron el referido convenio.

APORTE SUSTANCIALEn su alocución de circuns-

tancia, la ministra Moreira manifestó que el proyecto es “un aporte sustancial para el trabajo que nosotros tenemos que realizar en el cumpli-miento de las metas en nues-tra Agenda Patriótica 2025. (…) puesto que tendremos

REDACCIÓN CENTRAL / CAMBIO

A través de una resolución rec-toral, la Universidad Pública El Alto (UPEA) creó el Seguro So-cial Universitario Estudiantil con el nombre “Seguro de Sa-lud Universitario Estudiantil de la UPEA”, que funcionará con recursos provenientes del IDH, tal como establece el De-creto 308 y normas conexas.

El rector de la UPEA, Miguel Ángel Vargas, señaló que el se-guro universitario beneficiará a toda la población estudiantil que en cifras asciende a más de 30.000 estudiantes.

“La afiliación es gratuita a partir del próximo mes, sien-do el único requisito ser es-tudiante regular de la UPEA”, afirmó Vargas.

Se informó que los consulto-res contratados junto al perso-nal administrativo de la UPEA

que cumplir con la cobertu-ra del 100% de agua potable y saneamiento en los próximos cinco años en tres departa-mentos de Bolivia”.

Según Tovar Da Silva, el proyecto para reforzar las ac-ciones previstas en el progra-ma de inversiones para ciuda-des intermedias en proyectos de agua potable y alcantarilla-do sanitario en Bolivia se tra-baja desde el año 2010.

Por su parte, Vásquez, em-bajador de España, afirmó que el Gobierno de Bolivia y sus instituciones más representa-

tivas establecieron constitu-cionalmente que el agua po-table y el saneamiento básico sean ejes fundamentales de la política pública del Estado y de la cooperación internacional.

OBJETIVOS DEL PROYECTODurante dos años de ejecu-

ción, el proyecto tendrá un fi-nanciamiento de $us 380.905 en la identificación de tecno-logías adecuadas, sistemas de agua potable y alcantarillado, así como la clasificación, reci-claje y disposición final de re-siduos sólidos, entre otros.

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entregaron los estudios finales que contienen: “Estudio de Iden-tificación y Avance del Estudio Integral Técnico, Económico, Social y Ambiental para la im-plementación del Seguro Social Universitario Estudiantil”.

El documento se complemen-ta con el Estatuto Orgánico; es-tudio de factibilidad económi-ca, régimen financiero y gestión

financiera del Seguro Social Universitario Estudiantil de la UPEA (SSUE-UPEA)” y su anexo Análisis de Sensibilidad, Facti-bilidad Económica, Régimen Fi-nanciero y Gestión Financiera del SSUE-UPEA como requisito que exige la norma para la im-plementación y funcionamiento del seguro de salud.

DATOS HISTÓRICOSEl 21 de septiembre de 2009,

se promulgó el Decreto Supre-mo 308, el cual asigna com-petencias extraordinarias a las universidades públicas para la implementación de un seguro social de salud destinado a la población universitaria que no cuente con seguro de salud.

En mayo de 2010, el Minis-terio de Salud emitió el Regla-mento del Seguro Social Univer-sitario Estudiantil aprobado por Resolución Ministerial 470.

EDICTOLa Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas – AEMP, en ejercicio de sus funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº204 de 15 de diciembre de 2011 y el Decreto Supremo N°1207 de 25 de abril de 2012.Cita y emplaza al siguiente Sujeto Regulado:

Sujeto Regulado Nº de Nota

LA FÁBRICA “CERVEZA ARTESANAL BOLIVIANA” AEMP/DESP/DTFVCOC/Nº433/2015

Para que, en el término de cinco (5) días hábiles y administrativos, computables a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto, y en el marco de lo dispuesto en el parágrafo II del Artículo 27 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Financiera aprobado por Decreto Supremo Nº27175 del 15 de septiembre de 2003, se presente ante las oficinas de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, ubicadas en la Calle Batallón Colorados Nº24, Edificio El Cóndor, Piso 11, de la ciudad de La Paz, a fin de notificarse y tomar conocimiento de la Nota señalada precedentemente, por la cual se requiere documentación referente al pago de las Retenciones por Comercialización de Cerveza (RCC).Siempre y cuando corresponda, se reconoce al Sujeto Regulado, el plazo adicional de cinco (5) días, establecido en el parágrafo III del Artículo 21 de la Ley Nº2341, de Procedimiento Administrativo, por la distancia.Vencido el plazo otorgado, no habiéndose presentado la persona interesada o infractor, en el marco del parágrafo III del artículo 27 del Reglamento a la Ley del Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado por el Decreto Supremo 27175, la notificación se tendrá por practicada.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077/15La Paz, 15 de abril de 20015

VISTOS Y CONSIDERANDO

La nota MPR/UE-FNSE/DGE/JUR/NE/No. 102/2015, de 26 de febrero de 2015, mediante la cual la Directora General Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, solicitó se considere la delegación para firma de convenios y contratos, en razón a la implementación y ejecución de programas a favor de las personas con discapacidad.

Que el Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo, señala que: “Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo”

Que el Artículo 34 de la citada Ley Nº 2341, dispone que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas de cada procedimiento especial o cuando lo aconsejen razones de interés público. La publicación se realizará por una sola vez en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, en este sentido el artículo 47 del Decreto Supremo Nº 27113, de 23 de julio de 2003, expresa que: “Los actos administrativos generales expresados en: Leyes, Decretos Supremos, Decretos Presidenciales, Resoluciones Supremas, Resoluciones Prefecturales y las Relativas de Propiedad Intelectual, se publicará en la Gaceta Oficial de Bolivia. Otros actos administrativos generales que no tengan esta forma de expresión se publicarán por una sola vez en un órgano de prensa de circulación nacional o un medio de prensa de difusión local de la sede del órgano o entidad administrativa si, en este último caso el ámbito de validez territorial del acto se circunscribe a esta zona, localidad o región”.

Que el inciso 23) del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894, de 07 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece como una de las atribuciones de las Ministras o los Ministros de Estado, la de: “Suscribir convenios institucionales e interministeriales en el marco de sus competencias”, en este sentido el Parágrafo IV del mismo Artículo, determina que dichas autoridades asumen la responsabilidad de los actos de administración adoptados en sus respectivas Carteras y se constituyen en la Máxima Autoridad Ejecutiva.

Que el inciso s) del Parágrafo 22 del citado Decreto Supremo Nº 29894, incluido a través del Artículo Adicional único del Decreto Supremo Nº 0839, de 06 de abril de 2011, determina como una de las competencias del Ministro de la Presidencia es “promover e implementar programas y proyectos a favor de personas con discapacidad”.

Que a través del citado Decreto Supremo Nº 0839, se creó la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, como entidad pública desconcentrada, bajo la dependencia del Ministerio de la Presidencia, a favor de las personas con discapacidad.

Que por Resolución Ministerial Nº 024/13, de 05 de febrero de 2013, la ciudadana Carla Rossana Hindia Suárez Santalla, fue designada como Directora General Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad UE-FNSE.

Que es necesario poder desconcentrar la tramitación de los convenios que el Ministerio de la Presidencia suscribe con las organizaciones de personas con discapacidad, en el marco de las funciones de la Unidad Ejecutora del FNSE.

POR TANTO:

El Ministro de la Presidencia, en uso de su legítima y específica atribuciones, dispuesta en el Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo.

RESUELVE:

PRIMERO.- Delegar a la ciudadana Cala Rossana Hindia Suárez Santalla, Directora General Ejecutiva de la Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad UE – FNSE, dependiente del Ministerio de la Presidencia, la función de suscribir convenios interinstitucionales con las organizaciones de personas con discapacidad, legítima y legalmente constituidas, única y exclusivamente para los proyectos y programas destinados a favorecer a las personas con discapacidad, conforme a las atribuciones de dicha Unidad.

SEGUNDO.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en un medio de prensa escrito de circulación nacional por una sola vez.

TERCERO.- Mensualmente la Directora General Ejecutiva de la UE-FNSE, deberá presentar al despacho del Ministro dela Presidencia, una relación detallada de los convenios suscritos en la marco de la presente Resolución Ministerial.

CUARTO.- La Unidad Ejecutora del Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, queda encargada del cumplimiento de la Presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y archívese

Page 25: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 2015 25

EN COCHABAMBA, WILS-TERMANN RECIBE LA VISI-TA DE SAN JOSÉ.

LA PAZ / CAMBIO

The Strongest buscará esta noche ganar a Nacional Potosí, en partido reprogramado de la fecha 12 del torneo Clausura de la Liga que se jugará desde las 20.00 en el estadio Víctor Agustín Ugarte de la Villa Im-perial, para mantener intactas sus posibilidades de pelear por el título con el líder, Bolívar.

El Tigre marcha segundo en la tabla de posiciones con 34 puntos, a cinco de dife-rencia de la Academia (39). Ganando hoy reduciría la di-ferencia a dos unidades, algo que le daría más emoción a

LA PAZ / CAMBIO

El cuerpo técnico de la Selec-ción Boliviana contará con dos elementos importantes para desarrollar de manera óptima la última fase de preparación de cara a la Copa América que se disputará en Chile del 11 de junio al 4 de julio.

El técnico de la ‘Verde’, Mau-ricio Soria, junto al PF Mauricio Gonzales y el manager Pablo Burtovoy, que están en Argen-tina, acodaron con la empresa Instat la provisión de estadísti-cas e imágenes a la Selección, y con Lagalla Colli que dotará de GPS para tener datos precisos del rendimiento físico de los se-leccionados. Soria intercambió criterios tácticos con Jorge Al-mirón, DT de Independiente.

La Selección contará con GPS Y PARA TENER DATOS PRECISOS DEL TRABAJO DESARROLLADO

Tigre sale a ganar para no perder de vista al líder

Y ENFRENTA HOY A LAS 20.00 A NACIONAL EN EL ESTADIO DE POTOSÍ

la definición de la corona del certamen liguero.

El cuadro ‘atigrado’ se verá lastimado en el medio campo por la baja del volante Wálter Veizaga, quien está suspendi-do por acumulación de tarje-tas amarillas, y está en duda la actuación de Ernesto Cris-taldo, que está recuperado de una lesión, pero se lo quiere guardar para el compromiso ante Oriente Petrolero. Ade-más está en peligro de sumar su quinta amonestación que lo suspenderá por un partido.

Nacional presentará su me-jor elemento en la pretensión de sumar las tres unidades para escapar de la comprome-tida zona del descenso indi-recto que lidia con Sport Boys.

El partido será arbitrado por Hostin Prado de Cocha-bamba, asistido por Edward Saavedra y Vladimir Tango.

EN COCHABAMBALa jornada se completará

con el encuentro que jugarán desde las 20.00 en el estadio Félix Capriles de Cochabamba los equipos de Wilstermann y San José, que están en la lu-cha por asegurar una plaza a un torneo internacional. En especial el cuadro ‘santo’, que está acosado por Petrolero de Yacuiba en la tabla única que reparte los premios.

El partido será arbitrado por el cruceño Juan Nelio Gar-cía, asistido por Pedro Ávalos y Ángelo Choque.

Los jugadores de The Strongest viajaron optimistas al partido de hoy en Potosí frente a Nacional.

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Mauricio Soria (der.) junto con miembros de la empresa Lagalla Colli.

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TOSÍ

ESTADIOVíctor A. Ugarte

El partido será televisado por cable, excepto Potosí.

MIGUEL Á. ZAHZÚDirector técnico

JUAN C. PAZ GARCÍADirector técnico

POSIBLES ALINEACIONES

HORA20.00

ÁRBITROHostin Prado (Cochabamba)

IsaíasDury

DiegoWayar

Fernando Martelli

RaúlCastro

ErnestoCristaldo

NelvinS0liz

RodrigoRamallo

Pablo Escobar

German Centurión

DanielVaca

JairTorrico

AlejandroChumacero

LeonelJustiniano

CharlesDa Silva

NicolásBubas

AndersonDa Silva

Andrés Irahola

Juan PabloIrahola

IgnacioGarcía

DiegoZamora

RonyJiménez

RolandoChoque

De taquitoOrtega debuta como DT ‘santo’

El técnico Mario Rolando Or-tega debuta hoy como nuevo responsable de la dirección técnica de San José, en el par-tido de hoy (20.00) ante Wils-termann en Cochabamba.Ortega fue presentado ayer al plantel ‘santo’ en reemplazo de Néstor Clausen, quien re-nunció al cargo tras el empate (1-1) con Petrolero en Oruro, por la fecha 18 del Clausura.El ‘chapaco’ dirigirá el equi-po orureño hasta el final del campeonato, según el contrato firmado con la dirigencia del equipo ‘santo’, y tiene como objetivo clasificar a un certa-men internacional.

De taquitoBolívar quiere a Tenorio en finales

El objetivo principal de Bolí-var es recuperar al lesionado Carlos Tenorio para los últimos partidos del torneo Clausura en los que se definirá el título liguero. Tiene la misma inten-ción con Juan Carlos Arce.El médico del cuadro ‘celeste’, Guillermo Aponte, informó que el club es uno de los que más lesiones ha soportado. “Hemos tenido 19 lesiones traumáti-cas severas, 4 de las cuales han sido fracturas, como el caso de Capdevila”, dijo.Agregó que la prioridad es tener bien a Carlos Tenorio y Juan Carlos Arce para los en-cuentros finales del torneo.

Page 26: Edición Impresa 29-04-15

miércoles 29 de abril de 201526

LA MINISTRA DE TRANSPA-RENCIA CONMINÓ A LOS DIRIGENTES DEPORTIVOS A BRINDAR INFORMACIÓN.

LA PAZ / ABI

La ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, Lenny Valdivia, advirtió ayer con iniciar juicios a dirigentes deportivos para recuperar 64 millones de boli-vianos desembolsados por el ex Fondo de Inversión para el De-porte (FID) entre 2004 y 2013.

“Mediante una nota formal he solicitado al Ministerio de Salud realizar las acciones le-gales y administrativas para recuperar esos recursos y para

ello se debe transparentar la información y en esa tarea se debe difundir los nombres de los dirigentes que tienen que subsanar y descargar el uso de esos dineros desembolsados por el FID”, manifestó Valdivia en una rueda de prensa.

Demandó a los dirigentes y representes legales de 35 federa-ciones deportivas nacionales de diferentes disciplinas, hacer los descargos de los recursos que recibieron del ex FID, que de-pendía del Ministerio de Salud.

Detalló que el monto sin descargos administrativos le-gales, asciende a 64 millones de bolivianos; 50.000.000 del período 2004-2009 y 14.000.000

de las gestiones 2009 al 2013, dineros que fueron entregados a dirigentes y exdirigentes, en el marco del fortalecimiento y promoción del deporte para la organización de eventos y par-ticipación en torneos naciona-les e internacionales.

“Lo lamentable es que, en el marco de la Ley del Depor-te (por la falta de rendición de cuentas), 35 federaciones no están siendo beneficiadas con los recursos del Estado, con un perjuicio para los deportistas que ven frustradas sus aspira-ciones de perfeccionamiento para participar en competen-cias mientras sus entidades no realicen los descargos”, dijo.

Federaciones: Rendir cuentas o ir a juicio

Y POR DINEROS RECIBIDOS DE PARTE DEL EX FIDLa ministra Lenny Valdivia, durante una conferencia de prensa, exige rendición de cuentas a dirigentes deportivos.

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Cobresal se consagra como campeón chileno

El Cobresal se proclamó campeón del torneo Clausura chileno el do-mingo en una penúltima jorna-da de infarto, en la que sumó tres puntos frente al Barnechea (3-2) y se aprovechó del tropiezo de la Universidad Católica, que empató contra el Deportes Iquique (3-3).El conjunto de El Salvador, un pe-queño poblado minero situado en el desierto de Atacama, logró el pri-mer título liguero en sus 36 años de historia y en 2016 disputará la Copa Libertadores. El equipo es dirigido por el técnico Dalcio Giovagnoli.

El Barcelona golea al Getafe y marcha firme

El Barcelona, líder del campeona-to, ganó 6-0 ayer al Getafe (13º) en encuentro correspondiente a la 34ª jornada de Liga española, gracias a una formidable primera mitad en la que el conjunto cata-lán se fue con una ventaja de 5-0.Barcelona goleó con dobletes del argentino Lionel Messi (9, de pebal, y 47) y del uruguayo Luis Suárez (25, 41) y con anotaciones del brasileño Neymar (28) y del capitán Xavi Hernández (30).El Real Madrid, segundo, jugará hoy ante el Almería.

César Vallejo consigue la Copa Inca en Perú

César Vallejo se coronó campeón de la Copa Inca 2015 del fútbol pe-ruano el domingo, al vencer 3-1 a Alianza Lima en la final, disputada en el estadio Nacional de Lima.Con este título, Vallejo gana un cupo para las semifinales por el tí-tulo nacional de 2015 del fútbol pe-ruano, que se jugarán en diciembre.César Vallejo es un club de la ciudad de Trujillo, que fue fundado en 1996 y en sus 19 años de vida ha partici-pado una vez en la Copa Libertado-res (2013) y tres veces en la Sudame-ricana (2010, 2011 y 2014).AF

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Copa de Oro de los Yungas se juega hoy

La Copa de Oro de fútbol de los Yungas de las categorías mayores y Sub-17 comenzará hoy en el estadio Obrero, ubi-cado en la zona de Miraflores de la ciudad de La Paz.El torneo lo juegan los cua-tro primeros del Campeonato Interyungueño. A partir de las 09.00 jugarán Cruz Loma y Co-ripata y desde las 11.00 se en-frentarán Coroico y Chicaloma.En la Sub-17 Arapata jugará contra Stgo. Tocoroni (14.00) y Coroico ante Arcopan (16.00).

SE RESPALDA A LOS DEPOR-TISTAS CON DINERO PARA SU PREPARACIÓN.

LA PAZ / PRENSA YPFB Y CAMBIO

En el marco de su política de responsabilidad social empre-sarial, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) auspi-cia la participación de compe-tidores bolivianos en el Rally Dakar 2016, que tendrá su paso por territorio boliviano por ter-cer año consecutivo.

El apoyo económico de la estatal petrolera a los deportis-tas fue oficializado el lunes, a través del Ministro de Hidrocar-buros y Energía, Luis Alberto Sánchez, durante un evento rea-lizado en la ciudad de Tarija.

Los pilotos beneficiados son Juan Carlos Salvatierra, Fabricio Fuentes (motociclismo), Wálter Nosiglia (cuadratraks) y Marco Bulacia (automovilismo).

“Agradezco a nuestros ídolos ‘Chavo’, Wálter, Fabricio y Mar-co, que están siendo auspiciados bajo la línea del presidente Evo Morales, por las empresas estra-tégicas del Estado, YPFB Cor-poración y ENDE Corporación para que en el próximo Dakar sean pilotos de punta”, sostuvo Sánchez en una conferencia de prensa en la capital chapaca.

El Vicepresidente Nacional de Operaciones de YPFB, Gonzalo Saavedra, destacó las cualidades profesionales de los ídolos boli-vianos y alentó a los deportistas.

Los deportistas reciben una importante suma económica para coadyuvar en su prepara-ción rumbo al Dakar, la compe-tencia más dura y peligrosa del mundo, la cual demanda una gran inversión.

Los cuatro pilotos ya tienen experiencia en el Dakar, partici-paron en anteriores ediciones.

YPFB apoya a cuatro pilotos para el Dakar

Y A LOS NACIONALES SALVATIERRA, FUENTES, NOSIGLIA Y BULACIA

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PFB

El ministro Sánchez (quinto), junto con los pilotos y otras autoridades.

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miércoles 29 de abril de 2015 27

González festeja el gol de la ‘U’.

Baldivieso, DT de Universitario.

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Asoman cambios en ‘U’Tras la derrota de anoche ante Tigres de México, por los octa-vos de final de la Copa Liberta-dores, se vienen vientos de cam-bio en la plantilla de la ‘U’. Se rumoreó que la mayoría de los extranjeros dejará el club, el úni-co que se quedaría es el español Rubén de la Cuesta.

Mal por los mexicanosLos jugadores del equipo mexicano mostraron poca educación a la hora de abandonar el campo de juego a la finalización del primer tiempo al vociferar palabras soeces contra los hinchas que los despidieron entre silbatinas, la agresión verbal llegó hasta el banco de suplentes de la ‘U’.

Ferretti cae antipáticoEl técnico de Tigres de México, el brasileño Ricardo Ferretti, se ganó la antipatía de los aficiona-dos chuquisaqueños por sus de-claraciones soberbias. En algún momento frenó con brusque-dad interrogantes de algunos colegas mexicanos al respon-derles: “Aquí no habló de lo pasa allá, esto es Copa Libertadores de América”, afirmó.

De taquito

GOLES SON AMORES

Ricardo Bajo H.

Universitario de Sucre del téc-nico Julio César Baldivieso sa-bía que tenía que hacer frente a un gran equipo mexicano como Tigres (marchan segun-dos en su liga y fueron uno de los mejores en la primera fase de la Libertadores): tener la pelota, impedir –a toda costa- que los de Monterrey maneja-ran la posesión. Los capitali-nos –vestidos de naranja como aquella selección mítica del holandés Rinus Michels- consi-guieron este propósito princi-palmente en la primera parte con un electrizante inicio (en apenas diez minutos llegó el gol del uruguayo Gonzáles).

La “U” de Sucre se ha carac-terizado en los últimos años por dos grandes virtudes: ha tenido tres excelentes técni-cos nacionales (Villegas, Vega y ahora, “Baldi”: todos apos-tando por el buen fútbol, por el juego atrevido); y ha fichado siempre muy bien, especial-mente a jugadores extranjeros. La solidez defensiva demos-trada durante la Copa por el equipo “docto” radicó precisa-mente en un tridente forá-neo sólido: los dos centrales rioplanteses (Gonzáles y Fili-petto) y el cinco (metido entre ambos) Silvestre. Para atacar y procurar sostener la tenen-cia de balón, Baldivieso colocó a dos habilidosos (y a ratos, irregulares): el capitán español Rubén de la Cuesta y Alejan-dro Bejarano (colocados en bandas cambiadas para trazar diagonales). Ambos tuvieron una misión: conectarse con la dupla de ataque (Suárez y el co-lombiano Castro) que alterna-ban la media punta.

Luego, el paso del tiempo cambió todo. El pecado fue ése: no poder sostener lo plani-ficado, lo ejecutado. El cansan-cio de la “U” (nuestra mala for-ma física sigue siendo endeble para sostener un gran ritmo) se acentuó cuando el equipo mexicano –más asentado sobre la cancha- comenzó a tener y tocar, haciendo una demostra-ción de buen fútbol gracias a su pléyade de jugadores (Aré-valo-Ríos, Damián Álvarez, Esqueda, Guerrón, Sobis…). El “score” final puso las cosas en su sitio, a la espera de una ha-zaña en México para avanzar a cuartos.

LA ‘U’ PIERDE LA PELOTA Y CAE

‘Baldi’: Nada está perdido, hay que lucharLA PAZ / CAMBIO

Para el técnico de Universita-rio, Julio César Baldivieso, es una derrota que duele, pero “nada está perdido, vamos a lu-char hasta el final una clasifi-cación a la próxima ronda de la Copa Libertadores”, aseguró.

Destacó el rendimiento del equipo que en varios pasajes del compromiso fue parejo. “Me siento orgulloso de este equipo, porque los jugadores han mostrado mucha actitud,

entrega y le han jugado de igual a igual a un equipo como el mexicano que vale muchos millones de dólares”.

Por otro lado, criticó la tarea del árbitro argentino Patricio Losteau al favorecer con algu-nas sanciones al rival. “Es nor-mal que el árbitro se equivoque con el más chico que contra el más grande”, dijo.

Subrayó que no hay que ha-cer drama de lo que pasó sino pensar en el futuro, porque res-

tan por jugar noventa minutos en los que todo puede pasar.

“Ya pasó, hay que dar vuelta la página y prepararnos para lo que viene, vamos a buscar algo que es difícil, pero no imposi-ble. No estamos afuera todavía porque faltan por jugar noven-ta minutos y vamos a luchar por algo que queremos”, dijo respecto a la posibilidad de cla-sificar a cuartos de final en la Copa Libertadores en un terre-no difícil como es el mexicano.

Y EL DT DESTACÓ LA ACTITUD DEL EQUIPO ANTE OTRO QUE VALE MILLONES DE DÓLARES

Se comunica a la población en general que, con el propósito de realizar el acortamiento y empalme del cable tractor de la sección 2 de la Línea Roja del Teleférico, se realizará el corte temporal de la Avenida Entre Ríos, entre el 30 de Abril y el 4 de Mayo del año en curso.

Teleféricos Doppelmayr Bolivia S.A., agradece su comprensión y pide disculpas por las molestias que este corte temporal pueda ocasionar.

CORTE TEMPORTAL AV. ENTRE RÍOS

DESVIOOBLIGATORIO EN DOBLE SENTIDO POR CABLE PEÑAS BLANCA

DESVIO OBLIGATORIO EN DOBLE SENTIDO POR CABLE ERQUETA

DESVIO OBLIGATORIO EN

DOBLE SENTIDO POR CABLE

HUGO RECK

CORTETEMPORAL

AV. ENTRE RÍOS

EDICTO(Segunda Publicación)

La Gerencia Distrital La Paz I del Servicio de Impuestos Nacionales al amparo del artículo 86º del Código Tributario - Ley Nº 2492 y artículo 5º del Decreto Supremo Nº 27874, NOTIFICA a los contribuyentes listados con las Resoluciones Determinativas que a continuación se detallan, para que por sí o mediante Apoderado se apersonen ante las oficinas de esta Gerencia Distrital, Departamento de Fiscalización, Supervisoría de Verificación Interna, ubicada en la Av. Montes Nro. 515, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en las Resoluciones Determinativas consignadas, bajo conminatoria de iniciarse la Ejecución Tributaria en caso de incumplimiento, comunicándoles que en caso de considerar que las Resoluciones lesionan en alguna manera sus derechos, se aperturan los plazos para interponer los Recursos que la Ley le franquea, dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido por el numeral 2) del artículo 174º de la Ley Nº 1340 ó de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido por el artículo 143º de la Ley Nº 2492, computables a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto:

RAZON SOCIAL/ NOMBRE NIT/C.I. DOCUMENTO A

NOTIFICARFECHA

CALCULO DEUDA TRIBUTARIA

PERIODO FISCAL IMPUESTO IMPORTE EN UFV

FIDEL ANDRES SURCO CAÑASACA

C.I.4909314 R.D. Nº 143/2015 09/03/2015

Marzo-2010 RC-IVA 521

Mayo-2010 RC-IVA 84

Julio-2010 RC-IVA 56

Agosto-2010 RC-IVA 27

Octubre-2010 RC-IVA 37

Noviembre-2010 RC-IVA 93

SANCION POR OMISION DE PAGO 538

MIDF-ACTA Nº 109864 150

MIDF-ACTA Nº 109865 150

MIDF-ACTA Nº 110054 150

TOTAL 1.806

VILLCA LOPEZ WILBERT CI. 3972645 R.D. Nº 0413/2015 17/04/2015

Febrero-2009 RC-IVA 1.019

Marzo-2009 RC-IVA 622

Abril-2009 RC-IVA 1.369

Mayo-2009 RC-IVA 917

Junio-2009 RC-IVA 1.369

Julio-2009 RC-IVA 1.180

Agosto-2009 RC-IVA 849

SANCION POR OMISION DE PAGO 4.412

TOTAL 11.737

El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de dos mil quince.

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Page 28: Edición Impresa 29-04-15

domingo 23 de junio de 2013

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miércoles 29 de abril de 2015

LA PAZ / CAMBIO

El boliviano Universitario de Sucre sufrió anoche un duro revés en el partido de ida de los octavos de final de la Copa Libertadores al perder ante Ti-gres, de México, por 1-2 en la capital del país.

El conjunto ‘docto’ no pudo en casa ante un equipo com-pacto, que si bien tuvo un tro-piezo en el inicio del partido se repuso y supo imponer sus condiciones para llevarse las tres unidades.

La ‘U’ dio el primer golpe al minuto de juego con gol anota-do por Jorge González, de cabe-za dentro del área tras un tiro de esquina.

Al influjo de ese tanto los locales buscaron aumentar la diferencia, pero la falta de efec-tividad evitó que eso ocurra.

En la primera etapa el repre-sentante nacional tuvo una de-fensa que trabó las acciones del conjunto mexicano y tuvo un juego dinámico del medio para adelante, pero no pudo marcar.

En los últimos minutos de la etapa el partido se equilibró, porque Universitario se quedó y Tigres comenzó a atacar más.

En el segundo tiempo el vi-sitante pasó a tener el dominio. Enrique Ezqueda, que acababa de entrar, empató a los 55 mi-nutos con un gol de contragol-pe, recibió un pase de Damián Álvarez, encaró al arquero Juan Carlos Robles y luego de supe-rarlo anotó la conquista.

Siete minutos después (62), el argentino Álvarez, la figura del cuadro azteca, anotó el se-gundo tanto tras una jugada en la que dominó bien el balón y una mejor definición.

Universitario cae en casa ante Tigres y se complica

Y EN EL PARTIDO DE IDA DE LOS OCTAVOS DE FINAL DE LA COPA LIBERTADORES

El partido tuvo bastante juego aéreo, como en esta acción. Cada equipo buscó diferentes opciones de ataque.

Filippetto (Izq.), de la ‘U’, ante Álvarez.

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Se puso arriba en el marcador al minuto de juego, pero cedió en la segunda etapa. El cuadro mexicano saca una ventaja importante.

El técnico Julio César Baldi-vieso realizó algunas variantes en la ‘U’ en la segunda etapa para cambiar la cara al plantel con los ingresos de los volantes Mauricio Saucedo y Mauricio Baldivieso, como del delantero Martín Palavicini, pero ni así pudo al menos empatar y dejó escapar las tres unidades.

Tigres con el triunfo se pone a un paso de lograr su clasifica-ción a cuartos de final.

Ministerio de Transparencia exige cuentas

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“En la primera parte no los dejamos salir, pero en el segundo tiempo se soltaron más. Esto obliga ir a México a ganar, iremos a intentarlo. Rubén de la Cuesta / Jugador de la ‘U’

1 - 212. Juan Carlos Robles3. Jorge Cuéllar23. Ezequiel Filippetto4. Jorge González19. Jorge Flores5. Rolando Ribera(8. Mauricio Saucedo)14. Federico Silvestre10. Rubén de la Cuesta30. Alejandro Bejarano(29. Mauricio Baldivieso)7. Leonardo Castro9. Miguel Suárez(11. Martín Palavicini)

DT: Julio C. Baldivieso

1. Nahuel Guzmán2. Israel Jiménez4. Hugo Ayala24. José Rivas6. Jorge Torres Nilo19. Guido Pizarro5. Egidio Arévalo Ríos29. Jesús Dueñas8. Joffre Guerrón(16. Enrique Esqueda)11. Damián Álvarez(10. Hernán Burbano)9. Rafael Sóbis(23. Edgar Lugo)

DT: Ricardo Ferretti

Goles: J. González 1’ PT

‘U’ de Sucre Tigres

Regular

Ciudad: SucreEstadio: PatriaÁrbitro: Patricio Loustau (Argentina)Asistentes: Hernán Maidana y Gustavo RossiPúblico: 24 mil personas aproximadamente

Goles: E. Esqueda 10’ ST y D. Álvarez 17’ ST

De taquitoPartido de vueltaEl partido de vuelta se jugará el 5 de mayo en la ciudad de Mon-terrey, México, donde el equipo boliviano debe ganar para tratar de clasificarse a los cuartos de final de la Copa Libertadores.

Tigres está invictoCon el empate de anoche en Su-cre, Tigres se mantiene invicto en la Copa, ya que no perdió en la segunda fase del certamen, la de grupos. De esa manera man-tiene una campaña impecable.

Rival en cuartosEl ganador de la llave entre Ti-gres y Universitario de Sucre enfrentará en cuartos de final al vencedor de la llave conforma-da por Emelec, de Ecuador y At-lético Nacional, de Colombia.