Dumping y Antidumping
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DUMPING Y ANTIDUMPING
¿Qué es el dumping?
El dumping es un tipo de discriminación de precios en el que una empresa fija un
precio inferior para los bienes exportados que para los mismos bienes vendidos en
el país.
Sólo puede producirse si se dan dos condiciones:
◦ La industria debe ser competencia imperfecta a fin de que las empresas
puedan fijar los precios.
◦ Los mercados deben estar segmentados, para evitar operaciones de
arbitraje
◦ Elasticidad de demanda del mercado externo superior a la del mercado
nacional.
¿Por qué se lleva a cabo?
Aunque aparentemente es perjudicial para la empresa pues cada venta conlleva
un perjuicio económico, el dumping hace que las empresas que operan en el
mismo mercado no puedan competir con el precio y calidad de los bienes en
cuestión y a largo plazo pierden. De esta manera, la empresa que realiza el
dumping se hace con el mercado de ese producto o servicio.
Por otra parte, a veces los gobiernos establecen subvenciones a las exportaciones
de algunos productos a un país extranjero. Esto provoca que pueda ser rentable
tal exportación del producto a un precio por debajo del coste.
Objetivos del Dumping
Incentivar la conquista de mercados internacionales que puedan resultar atractivos
Defender mercados amenazados
Monopolizar un mercado
Es perjudicial por:
Competencia desleal
Actuación mercantil engañosa (perjudica a terceros, consumidores)
Conduce a la eliminación, injustificada en términos de competitividad, de empresas eficientes que son motor de empleo y desarrollo
Tipos de Dumping
Esporádico: Se produce por la existencia de excedentes en la producción
del mercado doméstico, por lo que el productor los desvía al mercado
internacional a precio por debajo del coste para no desequilibrar el mercado
interno.
Predatorio: Es la venta de la producción en el mercado externo obteniendo
pérdida pero excluyendo a la competencia. Luego aumenta el precio para
obtener ganancias de monopolio. Es la forma más dañina de dumping.
Persistente: Busca maximizar ganancias al percatarse de que el mercado
nacional y extranjero están desconectados.
Implicaciones para el país importador
La presencia del producto a precios tan bajos inicialmente beneficia al país
importador. Sin embargo, cuando la empresa extranjera consigue eliminar su
competencia, eleva los precios. Por otro lado se pierde una industria que genera
empleo y desarrollo al país.
Legislación antidumping
Puede denunciarse ante las autoridades investigadoras del país importador
para que determine las medidas oportunas. En caso el país exportador no
esté de acuerdo con las medidas impuestas por otro estado, puede acudir a
los mecanismos de solución de controversias establecidos en la OMC
(Organización Mundial del Comercio.
La OMC permite a los gobiernos actuar en contra del dumping cuando existe
un daño real a la industria doméstica en cuestión. Para demostrar esto se
deben realizar estudios que demuestren que el dumping existe, su magnitud
y los daños que causa.
Medidas de defensa comercial aplicables cuando un suministrador extranjero
practica precios inferiores a los que aplica en su propio país (dumping).
La investigación sobre posibles prácticas de dumping se inicia a
requerimiento de las empresas afectadas y es llevada a cabo por la Comisión
Europea.
Durante el período de investigación, la Comisión puede imponer derechos
antidumping provisionales, de forma que los importadores deben depositar
una garantía para el pago de los correspondientes derechos.
Estas garantías se harían efectivas en el caso de que se acordara la
imposición de derechos antidumping definitivos, cuya validez suele ser,
generalmente, de cinco años.
Procedimiento comunitario de investigación.
Con la información obtenida, la Comisión determinará la existencia de
dumping, el perjuicio causado para la industria europea y el interés de la
Comunidad.
Margen de dumping. Se considera que un producto es objeto de dumping
cuando su precio en el mercado de la UE es inferior al precio de venta en el
mercado interior del exportador del tercer país. El margen de dumping se
calcula como la diferencia entre ambos, es decir entre el precio de
exportación y el valor normal. A veces, el cálculo del margen de dumping es
sencillo pero habitualmente suele ser muy complejo. Se aplican reglas
distintas a los productos originarios de un país sin economía de mercado.
Perjuicio causado. Sólo se podrán adoptar medidas antidumping cuando las
importaciones hayan causado un perjuicio "importante" a la industria de la
Comunidad. Esto se traduce normalmente, en un aumento de las
importaciones a unos precios significativamente inferiores y que afectan a las
ventas, rentabilidad, cuota de mercado o productividad de los productores
comunitarios. La Comisión también debe establecer claramente un vínculo
causal entre las importaciones objeto de dumping y el perjuicio ocasionado,
ya que las empresas pueden sufrir un perjuicio debido a otros factores.
Interés de la Comunidad. Antes de adoptar una medida antidumping debe
tenerse en cuenta si su adopción es de interés comunitario. Los productores,
importadores, usuarios y consumidores pueden presentar sus observaciones
sobre la oportunidad de las medidas.
CASOS REALES
La Unión Europea ha impuesto aranceles anti dumping a la importación de
calzado de cuero de origen chino pues se descubrió tras una larga investigación
que la producción de calzado de cuero en el gigante asiático gozaba de subsidios
ocultos que el Partido Comunista Chino encubría en forma de créditos especiales.
Estas estrategias desleales permitían a los fabricantes chinos vender sus
productos en Europa a un 80% del coste de producción.
Casos reales
La Secretaría de Industria argentina abrió una investigación para determinar la
existencia de dumping en las importaciones de hilados de fibra acrílica
provenientes de Brasil e Indonesia, informó la agencia Ansa. Según el Boletín
Oficial argentino, se declaró la apertura de la investigación relativa a la existencia
de dumping en las importaciones de hilados de fibra acrílica, puros, sencillos o de
varios cabos (retorcidos), con un contenido de fibras discontinuas acrílicas o
modacrílicas superior o igual al 85% en peso, originarios de Indonesia y Brasil.
En este contexto, la Secretaría de Industria instruyó a la Dirección General de
Aduanas a exigir los certificados de origen de todas las operaciones de
importación que se despachen a plaza del producto descripto, cualquiera sea su
origen, luego de cumplidos 60 días hábiles de la fecha de entrada en vigor de la
presente resolución, informó Ansa.
Casos reales
La Unión Europea investigará un posible caso de dumping en la comercialización
de acero a raíz de las denuncias presentadas por varios fabricantes comunitarios.
En concreto, Bruselas investigará las importaciones de alambre de acero de
China, Turquía y Moldavia, ante la posibilidad de que se esté comercializando a
precios inferiores a los mínimos establecidos en la UE. Sin embargo, China ha
negado que estén llevando a cabo este tipo de prácticas desleales para la
competencia, mientras que las industrias compradoras de acero se han opuesto
a que la Comisión Europea ponga trabas a las importaciones asiáticas . Y es
que el Ejecutivo comunitario podría imponer medidas antidumping provisionales en
los nueve meses posteriores al comienzo de la investigación.