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DOE RUN PERU SRL Y EL COMPLEJO METALURGICO DE LA OROYA: FUTURO INCIERTO Ing. Agustín Mamani Mayta 1 RESUMEN El complejo metalúrgico de La Oroya, con tecnología tradicional, procesa concentrados polimetálicos de Cobre y Plomo y, concentrados de zinc para obtener 11 productos y 09 subproductos de calidad en el mercado de la oferta y demanda; a la vez contamina el ambiente con sus emisiones y vertimientos a cuerpo receptor, con efectos adversos para la salud humana y la biodiversidad. El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental preparado por la empresa Centromin Perú S.A., para un periodo de 10 años según el D.S. Nº 016-93-EM, ha sufrido entre modificaciones y prórrogas un total de Diez , entre Centromin Perú S.A. (04 ) y Doe Run Perú S.R.L. (06) , con un panorama sombrío por cuanto desde el mes de junio del 2009 se encuentra inoperativa el Complejo Metalúrgico de La Oroya por insolvencia económica de la empresa; adicionalmente a petición de uno de los proveedores “Cormin” de la empresa Doe Run Perú S.R.L., ingresan en el Proceso Concursal ordinario ante INDECOPI, que definirá su restructuración o liquidación. 1 Ingeniero Químico; CIP Nº 13487; Maestría en Gestión Ambiental, especialización en calidad de aire y seguridad minera; Ex Regidor de la Municipalidad Provincial de Yauli – La Oroya; Asesoría en Medio Ambiente y Seguridad y Salud Ocupacional.

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DOE RUN PERU SRL Y EL COMPLEJO METALURGICO DE LA OROYA: FUTURO INCIERTO

Ing. Agustín Mamani Mayta1

RESUMEN

El complejo metalúrgico de La Oroya, con tecnología tradicional, procesa concentrados

polimetálicos de Cobre y Plomo y, concentrados de zinc para obtener 11 productos y 09

subproductos de calidad en el mercado de la oferta y demanda; a la vez contamina el

ambiente con sus emisiones y vertimientos a cuerpo receptor, con efectos adversos para la

salud humana y la biodiversidad.

El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental preparado por la empresa Centromin Perú

S.A., para un periodo de 10 años según el D.S. Nº 016-93-EM, ha sufrido entre

modificaciones y prórrogas un total de Diez, entre Centromin Perú S.A. (04) y Doe Run Perú

S.R.L. (06), con un panorama sombrío por cuanto desde el mes de junio del 2009 se

encuentra inoperativa el Complejo Metalúrgico de La Oroya por insolvencia económica de la

empresa; adicionalmente a petición de uno de los proveedores “Cormin” de la empresa Doe

Run Perú S.R.L., ingresan en el Proceso Concursal ordinario ante INDECOPI, que definirá su

restructuración o liquidación.

La empresa Doe Run Perú S.R.L efectuando su trabajo de desinformación hacia la

comunidad, se encuentra movilizando sus influencias políticas ante el gobierno americano

para su intervención en el litigio frente el gobierno peruano ante un supuesto maltrato legal;

recurrir paralelamente ante la Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a

Inversiones (CIADI) exigiendo el reconocimiento de una indemnización de aproximadamente

US$ 800 millones de dólares americanos por el cierre de operaciones del CMLO; y, la

movilización de la masa trabajadora, familiares e instituciones locales para la pronta

reactivación del Complejo Metalúrgico de La Oroya, seguida de continuas hostilizaciones a

1 Ingeniero Químico; CIP Nº 13487; Maestría en Gestión Ambiental, especialización en calidad de aire y seguridad minera; Ex Regidor de la Municipalidad Provincial de Yauli – La Oroya; Asesoría en Medio Ambiente y Seguridad y Salud Ocupacional.

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instituciones y profesionales ambientalistas que abogan por el cumplimiento del PAMA y

mejora de la calidad de vida y biodiversidad dentro del área de impacto.

INTRODUCCION

La Provincia de Yauli, con su capital La Oroya, dentro de su ubicación geográfica dispensa de

extensas zonas para el desarrollo de la Minería (megaproyecto Toromocho), compulsa la

agricultura, ganadería, turismo vivencial por sus nevados, aguas termales y es fuente

principal de suministro de agua potable hacia la ciudad de Lima, por sus ingentes lagunas

que están situadas en el distrito de Marcapomacocha, Santa Bárbara de Carhuacayan, etc.

La Oroya, ubicada a una altitud de 3 750 m.s.n.m., a 175 kilómetros de la Ciudad de Lima,

otrora capital metalúrgica de América del Sur y considerada como una de las ciudades más

contaminadas de la tierra2, donde opera un Complejo Metalúrgico que procesa materiales

polimetálicos (concentrados de Cobre y Plomo) y concentrados de zinc con altos contenidos

de elementos contaminantes adversos para la salud humana y la biodiversidad, para

producir un total de 11 productos (Cobre, Plomo, Zinc, Plata, Oro, Selenio, Teluro, Cadmio,

Indio, Antimonio, Bismuto) y 09 subproductos (Sulfato de Cobre, Sulfato de Zinc, Oxido de

Zinc; Polvo de Zinc, Bisulfito de Sodio, Acido Sulfúrico, Óleum, Trióxido de Arsénico,

Concentrado de Zinc-Plata) de buena aceptación en el mercado de la oferta y demanda.

Por mandato legal (D.S. Nº 016-93-EM), la empresa Centromin Perú S.A. prepara el

Programa de Adecuación y Manejo Ambiental “PAMA” para el Complejo Metalúrgico con la

finalidad de mitigar la contaminación ambiental existente dentro del ámbito de su zona de

influencia, siendo aprobado oportunamente por el Ministerio de Energía y Minas. Con la

Privatización acorde a un concurso público internacional, es adquirida primeramente por la

2 Instituto Blacksmith; la Oroya está considerada dentro de las diez ciudades más contaminadas de la Tierra, informes correspondientes a los años 2066, 2007. The Huffington Post; Publica una lista de lugares con mayor polución”9 Of The Most Polluted Places In The

World”, donde figura La Oroya, 09/01/2010.

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empresa Peñoles. Frente a su desistimiento, la administración recae en la empresa Doe Run

Perú S.R.L. (23-10-1997), asumiendo el compromiso de continuar con el PAMA aprobado.

A la fecha, entre modificaciones y Prórrogas se han efectuado un total de diez 3 , aprobadas

por el Ministerio de Energía y Minas previo informe técnico sustentatorio, o por mandato del

Congreso de la República.

Cuatro; pertenecen a Centromin Perú S.A.; de los cuales:

01 Corresponde a la división de responsabilidades del PAMA original entre Centromin

Perú S.A. y Metaloroya S.A., que serán luego transferidos según contrato a Doe Run

Perú S.R.L.

02 corresponden a traslados de proyectos “Abandono de depósitos de residuos

sólidos de escorias de cobre y plomo de Huanchan” y “Depósito de Ferritas de Zinc” a

la empresa privada Doe Run Perú S.R.L., según contrato de transferencia.

Seis; corresponde a la empresa privada Doe Run Perú S.R.L.

En la Historia de la minería peruana, ninguna empresa ha tenido estas ventajas en las

modificaciones y prórrogas prolongadas, cumplieron con sus PAMA´s ó EIA´s.

PRIVATIZACION DEL COMPLEJO METALURGICO DE LA OROYA

La operatividad del Complejo Metalúrgico de La Oroya es única dentro del mundo minero

metalúrgico, al operar a altas altitudes que las existentes en el orbe; y, compleja porque

todos sus procesos productivos están estrechamente ligados para la recuperación de

materiales apropiados para la producción de productos y sub productos. Su rentabilidad se

sustenta primordialmente en la recuperación y producciones de los elementos penalizados y

las perdidas metalúrgicas consideradas en la valorización metalúrgica de los concentrados

polimetálicos adquiridos por la empresa mediante contratos sostenidos y compras spot para

subyugar la vigencia del CMLO.

3 Ver anexo

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Doe Run Per{u S.R.L., empresa administradora del Complejo Metalúrgico de La Oroya

(CMLO) al asumir la dirección, adquirió ventajas competitivas acorde a las condiciones

determinadas en la concurso público internacional, en materias primas y otros servicios

inherentes con la producción y el firme compromiso de cumplir el Programa de Adecuación y

Manejo Ambiental (PAMA) acorde al artículo Nº 09 del D.S. Nº 016-93-EM (28/04/1993),

iniciado por la empresa Minera del Centro del Perú S.A. (Centromin Perú S.A.) y seguido por

Metaloroya S.A. subsidiaria de Centromin Perú S.A durante el proceso de privatización, en el

término de diez años ( 13/01/1997 – 13/01/2007) con la reducción de emisiones de gases,

material particulado y metales pesados presentes en este; y, vertimientos a cuerpo receptor

que originan contaminación en aire, agua y suelo con efectos desfavorables para la

naturaleza, buscando mejorar la calidad de aire y agua dentro de los parámetros definidos

en las normas ambientales peruanas e internacionales seguido de una recuperación

progresiva de los suelos contaminados.

Figura Nº 1.- La ciudad de La Oroya dentro de la zona de impacto ambiental

La empresa al participar como Consorcio The Renco Group Inc./The Doe Run Resources

Corporation en el concurso público internacional PRI-16-97 (18/04/1997) para la

privatización del CMLO, conocían cabalmente las fortalezas y debilidades de la organización,

las oportunidades y riesgos que presentaban; en el periodo 22/07/1997 - 23/10/1997,

realizaron más de 100 visitas al CMLO y la sede central y, recepcionaron información

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solicitada con diferentes contenidos que sobrepasaron más de 1404; más aun, tuvieron como

asesores a ex funcionarios de Centromin Perú S.A.5, que por entonces ocuparon puestos

ejecutivos de relevancia, cuya participación fue relevante en:

Preparación y aprobación del estudio precedente “Evaluación Ambiental Preliminar

(EVAP)” acorde a la normatividad (D.S. Nº 05-93-EM) emitida por el Ministerio de

Energía Y Minas.

Elaboración del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) en base a los

EVAP´s de cada Unidad de Producción que componían Centromin Perú S.A. (D.S. Nº

016-93-EM) y su consiguiente aprobación por el Ministerio de Energía y Minas. El

PAMA del CMLO fue aprobado por el Ministerio de Energía y Minas (R.D. Nº 017-97-

EM/DGM; de fecha 13/01/1997)

Es entonces inconsistentes las manifestaciones de los funcionarios de Doe Run Perú S.R.L.

(DRP SRL), que el PAMA no contemplaba la protección de la salud y aspectos técnicos de los

proyectos; que motivaron según la empresa a las modificaciones y prórrogas del PAMA

acorde a las normas ambientales en vigencia e intereses empresariales, como el caso

especifico en la construcción de las plantas de acido sulfúrico en el CMLO:

El PAMA original preparado por CMP S.A., considera dos Plantas de Acido Sulfúrico

(uno en el circuito de Cobre, otro para los circuitos de Plomo y Zinc) con un

presupuesto de US $ 90 millones de dólares americanos.

La empresa Doe Run Perú S.R.L. modifica el PAMA reduciendo a una sola planta de

Acido Sulfúrico (para los tres circuitos: Cobre, Plomo y Zinc), con un presupuesto de

105 millones de dólares americanos.

4 Libro blanco privatización Metaloroya S.A; pagina Nº 56.5 Por citarse, El Director de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energía y Minas que aprobó modificatoria

del PAMA original solicitada por DRP SRL. (R.D. Nº 178-99-EM/DGM; 19/10/1999), a la fecha se desempeña la Vicepresidencia y Gerencia de Asuntos Ambientales de Doe Run Perú S.R.L., cargo que asumió después de la aprobación de la modificatoria. Gerente de la empresa Centromin Perú S.A. que participó en la preparación, aprobación del PAMA por MEM, renuncia para luego regresar como Funcionario de DRP SRL, Vicepresidente y Gerente de operaciones del CMLO. Funcionarios públicos que han pretendido establecer medidas más estrictas frente a los incumplimientos como corresponde, fueron retirados de sus cargos.

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Finalmente solicitan prorroga excepcional para construir tres plantas de Acido

Sulfúrico (Repotenciación de la Planta en el circuito de Zinc, construcción en circuito

de plomo y cobre respectivamente) con un presupuesto de 108 millones de dólares

americanos.

MODIFICACIONES Y PRORROGAS DEL PAMA del CMLO

Las soluciones a los diferentes problemas que abrumaban al complejo metalúrgico, aparte

de utilizar tecnología de los años 1920, tratamiento de concentrados polimetálicos de cobre

y plomo, crecimiento desordenado de la población en el entorno de la zona de impacto

ambiental (Oroya Antigua), las emisiones y vertimientos a cuerpo receptor con serias

implicancias negativas para la salud humana y biodiversidad aguas abajo de la cuenca

atmosférica del rio Mantaro son los retos que debían ser solucionados progresivamente por

la empresa durante los diez años de vigencia del PAMA desde el año 1 997. Lo cual no

reflejan consistentemente con las variadas comunicaciones frente a los reportes e

informaciones entregadas a las instituciones gubernamentales responsables de su

fiscalización, donde los avances son lentas para lograr los límites máximos permisibles

especificados en las normas legales y desdicen su cumplimiento en el futuro.

Según información recogida en el campo y elaborada en gabinete, se han encontrado que

99,7 % de contaminación de la cuenca atmosférica de La Oroya es producto del inventario de

emisiones aportados por el Complejo Metalúrgico, hecho que derivó en la notificación de

macro emisor por parte de CONAM6

6 Carta Nº 2638-2005-CONAM/PCD (12/12/2005) en cumplimiento del Art. 8 del D.S. Nº 009-2003-SA, modificado por el D.S. Nº 012-2005-SA

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PTS PM10 SO2 NOx CO COV Pb t/año %Operaciones metalurgicas*

6,693 4,351 380,075 143 846 392,108 99.71

Fuentes de Area

8 7 2 4 99 33 153 0.04

Parque Automotor

18 17 61 222 559 97 1 975 0.25

TOTAL 6,719 4,375 380,138 226 801 130 847 393,236 100.00

% 1.71 1.11 96.67 0.06 0.20 0.03 0.22 100.00

Fuente: Gesta Zonal del Aire de La Oroya; Plan de Acción para la Mejora de la calidad de Aire en la Cuenca atmósferica-La Oroya, Junio 2007.

TOTALEmisiones ( t/año)Fuentes

Total de emisiones por fuente de contaminación

* Incluyen valores de emisiones fugitivas: PTS (Emisiones por Chimenea Principal= 3 278 t/año; Emisiones fugitivas=3 415 t/año). PM10: (Emisiones por Chimenea Principal=1 775 t/año; Emisiones fugitivas=2 576 t/año) SO2 (Emisiones por Chimene Principal= 319 659 t/año; Emisiones fugitivas= 60 145 t/año); Plomo (Emisiones por Chimeen Principal= 547 t/año; Emisiones fugitivas= 299 t/año)

2003

La empresa para optimizar su crecimiento económico desde sus inicios y lograr superávit en

la producción, por ende obtener mayor ganancia con menor inversión7, busca prolongar la

vigencia del PAMA con las modificaciones y prórrogas concordantes con un plan estratégico

bien estructurado y asesoría especializada, donde los trabajadores y sus familiares;

instituciones creadas con este fin y contar con el aval de las autoridades del momento

involucradas son considerados como los actores principales para el logro de sus objetivos.

Es de recordar, las estrategias8 utilizadas por la empresa con asesoría especializada de la

empresa “consultandes” para conseguir la promulgación del D.S. Nº 046-2006-EM

(29/12/2004) con nombre propio. El slogan internalizado y propalado a los cuatro vientos:

“Si no hay prorroga al PAMA, se cierra el CMLO y la empresa se retira de La Oroya”, originó

confusión y caos en la masa trabajadora, empresas de servicios “outsourcing” y la población 7 Según auditoría realizada por la firma BDO López de Romaña sobre los balances y estados financieros de

DRP SRL y sus empresas vinculadas permitió comprobar que los accionistas de la minera metalúrgica solo invirtieron dos millones de dólares de su capital propio y no los 250 millones de dólares a los que se comprometió dentro del contrato suscrito con el estado peruano.

Fuente: http://gestion.pe/noticia/737896/accionistas-doe-run-solo-invirtieron-us-2-millones.8 Informe especial: la extraña historia de DRP; publicado en setiembre del 2008 Fuente: http//www.psf.org.pe

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dependiente de este negocio. Los trabajadores sin distinción de categorías desempeñaron

un rol importante en defensa de su fuente de trabajo, dejando en segundo plano la

protección de la salud y calidad de vida, como el paro general de los días 6 y 7 de diciembre

del 2004 que ocasionó pérdidas humanas y paralización total del transporte terrestre de

Lima hacia la sierra y selva central y viceversa.

Dentro del blanco de los ataques irascibles estaban comprendidos las autoridades eclesiales

católicas, instituciones ambientalistas, algunos medios de comunicación de La Oroya,

profesionales especialistas que abogaron constantemente a que la empresa cumpla con el

compromiso contraído en los contratos de transferencia (Acuerdo CEPRI Nº 54-97 de fecha

11/09/1997), estabilidad administrativa ambiental (17/10/1997) y jurídica (21/10/1997); y

las normas ambientales en vigencia. Esta polarización logra dividir a la población oroina en

pro y contra de la empresa administradora, propiciadora del conflicto social.

Las modificaciones y prorrogas efectuadas al PAMA original del CMLO por la empresa Doe

Run Perú S.R.L. para cumplir con su compromiso de mitigación y mejorar la calidad de vida

para los pobladores de La Oroya, principalmente de La Oroya Antigua, ubicada a escasa

distancia (separados únicamente por el rio Mantaro) durante la ejecución del PAMA no

concuerdan las diversas informaciones difundidas durante ese periodo tanto por la empresa

como otros estudios e informes9, alcanzándose a resultados que sobrepasan lo estimado,

como es el caso de los informes de los años 2006 y 2007 del Instituto Blacksmith que

consideró como una de las diez ciudades mas contaminadas de la Tierra.

9 Blacksmith Institute; La Oroya Lead Pollution, 2006, 2007.

The Huffington Post; La Oroya entre las nueve ciudades más contaminadas del mundo; Agosto 2010 http://www.youtube.com/user/Funalbatrosmedia#p/u/12/YgbtsregeMw

Doe Run Perú SRL; informe nuevas mejoras en los indicadores ambientales del Complejo Metalúrgico de La Oroya, Lima, 21/07/2008

Universidad San Luis-Missouri y Arzobispado de Huancayo; Estudio sobre la contaminación ambiental en los hogares de La oroya y Concepción y sus efectos en la salud de sus residentes; Lima, 2005.

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Fotografía Nº 1.- Muestra la ubicación del CMLO y la Ciudad de La Oroya Antigua,Año 1972,

Con el D.S. Nº 046-2006-EM aprobado por el estado peruano, la empresa Doe Run Perú

S.R.L. logra la ampliación del PAMA por tres años, mediante la R.M Nº 257-2006-MEM/DM

(29/05/2006) específicamente en el rubro específico “Prorroga excepcional del proyecto

Plantas de Acido Sulfúrico del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental del Complejo

Metalúrgico de La Oroya”, cuyos compromisos asumidos por DRP SRL deberían cumplirse

indefectiblemente el 31/10/2009.

PROCESOS SANCIONADORES A DOE RUN PERU SRL POR LAS ENTIDADES RESPONSABLES

El Complejo metalúrgico de La Oroya, durante la administración de la empresa privada Doe

Run Perú S.R.L. (23/09/1997), continuó con las fiscalizaciones de índole ambiental y de

seguridad e higiene minera como estipula las normas vigentes (02 programadas por año e

inopinadas cuando la situación lo exige), siendo objeto de procedimientos sancionadores

aplicados por entonces Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Asuntos

Ambientales Mineros), seguido de OSINERGMIN (Organismo Supervisor de la Inversión en

Energía y Minería y actualmente por OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización

Ambiental) del Ministerio del Ambiente:

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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS:

2003 : Incumplimiento de presentar información con fines de

fiscalización; 10 UIT ( Consejo de Minería baja a 6 UIT)

2004 : Incumplimiento de presentar información con fines de

fiscalización; 10 UIT

OSINERGMIN:

Resolución Nº Unidades Impositivas Tributarias UIT

389-2007-OS/CD 20 UIT (Archivado)

532-2007-OS/CD 30 UIT (Suspendida por Demanda Contenciosa)

646-2008-OS/CD 110 UIT (Pagado), Multa inicial 210 UIT

062-2010-OS/CD 600 UIT (Pagado)

7514-2010-OS/GFM 4 UIT (Pagado)

7042-2010-OS/GG 4 UIT (Pagado)

7822-2010-OS/GG 100 UIT (Impugnada)

8018-2010-OS/GG 117 UIT (Ejecución Coactiva)

8606-2010-OS/GG 10 UIT ( Impugnada por resolver)

8973-2010-OS/GG 30 UIT (Notificada a Cia Mra Errazuriz del Perú SAC/ DRP SRL)

9024-2010-OS/GG 30 UIT (Notificada)

10188-2010-OS/GG 30 UIT (Notificada)

OEFA:

Resolución Nº Unidades Impositivas Tributarias UIT

0018-2011-OEFA/DFSAI 2 000 UIT (Notificada)

En adición a lo indicado, la SNMPE (Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía),

organización empresarial constituida como una Asociación Civil sin fines de lucro, que

agremia a las personas jurídicas vinculadas a la actividad minera, hidrocarburífera y eléctrica,

del cual fue socio la empresa Doe Run Perú S.R.L., fue objeto de acciones coercitivas:

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Comunicado de fecha 19/05/2009, donde expresa “LA SNMPE expresa su

preocupación porque Doe Run Perú no estaría demostrando voluntad de dar cabal

cumplimiento a los compromisos asumidos para el rescate financiero del Complejo

Metalúrgico de La Oroya, la principal actividad productiva de la zona, poniendo en

grave riesgo el empleo de sus trabajadores y el oportuno cumplimiento del PAMA”.

Expulsión del gremio por su escasa voluntad para cumplir sus compromisos (Nota de

prensa 29/01/2010)

PARALIZACION DE LAS OPERACIONES DEL CMLO

El 15/12/2008, la empresa por insolvencia económica se encuentra obligado a paralizar la

ejecución de los Compromisos contraídos dentro del PAMA, como es la construcción de los

proyectos de Modernización del Circuito de Cobre y la Planta de Acido Sulfúrico del Circuito

de Cobre, como consecuencia la suspensión del crédito revolvente de la banca comercial10

por las deudas pendientes por pagar11 y sus consiguientes efectos con sus proveedores de

materia prima.

Con fecha 02/06/2009, se concretiza la paralización total de las operaciones de producción

por falta de decisión de la empresa de afrontar el problema, existiendo facilidades de

solución de parte de los proveedores de concentrados con el aporte económico para

continuar con sus operaciones. Mediante acta de acuerdo “Cese temporal imperfecto de

labores” suscrito entre Dirección Regional de Trabajo de Junín, DRP SRL y los trabajadores

suspenden las labores con pago del 50% de sus sueldos a funcionarios, empleados y obreros.

Frente al incumplimiento del compromiso contraído por la empresa en la fecha prevista la

realidad y peticiones solicitadas por la empresa y la masa trabajadora; el Congreso de la

Republica promulga la Ley Nº 29410 (25/09/2009) que Prorroga el plazo para el

10 Doe Run Perú S.R.L. disponía de un crédito bancario de US$ 75 millones para adquirir concentrados entre otros, celebrada con los bancos BNP Paribás, Banco de Crédito del Perú y el Standart Bank.

11 Al mes de enero del 2009, Las deudas de Doe Run con la banca comercial era la siguiente: S/. 95’222,609, con el Banco de Crédito y S/. 57, 770 con el BIF. Desde setiembre del año 2008, Doe Run tenía la calificación “riesgo medio alto”, según la central de riesgo Informa.

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financiamiento y la culminación del Proyecto Planta de Acido Sulfúrico y Modificación del

Circuito de Cobre del Complejo Metalúrgico de La Oroya, y su respectiva reglamentación D.S.

Nº 075-2009-EM (28/10/2009) y su modificatoria D.S. Nº 032-2010-EM (10/06/2010) para

que efectúe sus compromisos predeterminados.

Con la paralización del CMLO que tiene ya más de año y medio, los problemas que se

experimentaron en la ciudad de La Oroya y su entorno es conmovedor, con la masa

trabajadora enardecida que defiende su empleo ante la posibilidad del cierre definitivo de

las operaciones del CMLO y la población por la reducción del poder de compra.

Las siguientes ampliaciones de acuerdos entre la empresa y los sindicatos se logra un

incremento porcentual de paga hasta 70% de sus remuneraciones que se están financiando

con los excedentes de los ingresos por la comercialización de concentrados de cobre

obtenidos de la unidad de producción minera de Cobriza (Churcampa-Huancavelica),

propiedad de la empresa Doe Run Perú S.R.L. que mantiene sus operaciones, a pesar del

cierre del complejo.

Durante el periodo de parada del CMLO, se han firmado las siguientes actas:

Primera Acta: 03 de Junio al 29 de Octubre 2009, pago de 50 % de sus haberes

Segunda Acta: 30 de Octubre 2009 al 28 de Enero 2010, 65 % de sus haberes

Tercera Acta: 04 de Febrero al 29 de Abril, 70% de sus haberes

Desde 04/12/2011, previo acuerdo entre ambas partes se determina la asistencia ordinaria

parcial a sus centros de labor del personal que corresponde entre las 7:30 y 12:30 horas.

Al 31-03-201012 falta concluir con: Modificaciones en el circuito de cobre, que tiene un

avance del 48% y la construcción de la planta de acido correspondiente con 57%. Las

inversiones efectuadas en el cumplimiento del PAMA, se puede detallar:

12 OSINERGMIN; Supervisión al CMLO; Avances al 31 de Marzo del 2 010.

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PAMA Original; 08 proyectos (1997- 2006): US $ 65´766 420 (Auditoría Delloite &

Touche).

PAMA Prorrogado; 01 Proyecto (2006 - Octubre 2009): US$ 218’ 028 266 (Aprobado por Price Waterhouse Coopers y pagado por Scotiabank).

Inversión realizada de Noviembre 2009 a Marzo 2010: US$ 424 302 (Aprobado por Price Waterhouse Coopers y pagado por Scotiabank)

TOTAL DE INVERSION. US$ 284’ 218 990

PROCESO CONCURSAL ANTE INDECOPI

Es inexplicable como una empresa considerada grande en la minería peruana con mayores

ventas desde los inicios de su gestión (23 de octubre de 1997)13 se encuentre en quiebra14;

teniendo un superávit en los estados financieros debidamente auditadas en los últimos años,

lo que motivo pago de utilidades (bonos concertados entre la empresa y trabajadores)

correspondiente a los años 2005, 2006, 2007 y 2008.

13 DRP SRL, desde que asumió la administración del CMLO, estuvo entre las 10 empresas exportadoras de metales del Perú con mayores ingresos por ventas: 1 998= 3º ; 1 999= 3º; ………………..; 2 006= 4º; 2 007= 4º; 2 008= 5º y 2009= 7º;

Fuente: SUNAT; elaboración: Comex Perú 14 DRP SRL efectuó operaciones financiera sumamente polémicos que le impidieron solventar los gastos para

reducir la contaminación; entre 1997 y 2004, se envió a la casa matriz la cantidad de US$ 94,4 millones de dólares por pagos de honorarios y comisiones; un préstamo a Doe Run Mining de US$ 215 millones de dólares.

Fuentes: E. Carhuaricra; J. Velásquez; Flor de tajo Abierto; Fondo editorial del Congreso del Perú; cap. IV; Páginas 85-97.

ESAN; Evaluación de la solicitud de prórroga excepcional de plazos para el cumplimiento de

proyectos medioambientales específicos presentados por la empresa DRP SRL, a petición del Ministerio de Energía y Minas; Lima, febrero 2006; Páginas 12 – 29.

Pablo O’Brien; Estado y Doe Run Perú: Relaciones peligrosas para la salud pública; Documento

difundido el 04 de Junio de 2007 por la ONG Fórum Solidaridad http://www.psf.org.pe/

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Fotografía N° 2.- El Complejo Metalúrgico de La Oroya después de la privatización

Fotografía N° 3.-El Complejo Metalúrgico de La Oroya en la actualidad

Ante la falta de predisposición y intención frontal de solucionar los diversos problemas que

aquejan a la empresa, motiva que la empresa Consorcio Minero S.A. “Cormin”, filial de la

transnacional Trafigura Group Company, solicite como acreedor ante el Instituto Nacional de

Defensa de la Competencia y de la Protección Intelectual “INDECOPI”, ingresar al proceso

concursal ordinario a través del expediente Nº 33-2010/CCOIndecopi. Se especula que cerca

de 5000 empresas y personas naturales habrían solicitado el reconocimiento de alguna

deuda con la minera Doe Run Perú S.R.L.15.

La Junta de acreedores designada por Indecopi dentro del sistema del proceso concursal

ordinario dictaminará su liquidación o su reestructuración dentro de los plazos definidos por

el sistema procesal concursal. Si la Junta de Acreedores decide reestructurar la empresa los

temas centrales serán16:

Tamaño de la operación y “parque” de activos fijos a utilizar

Financiamiento operativo

Cumplimiento del PAMA

Propuesta de pago de créditos concursales

Equipo profesional y técnico que administre la empresa

Si optan por liquidar la empresa, tendrán que:15 Fuente: http://elcomercio.pe/economia/647450/noticia-indecopi-tomara-90-dias-reconocer-deudas-doe-run_116 Fuente: http://semanaeconomica.mobi/articulos/57751-que-pasara-ahora-con-doe-run

Page 15: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

Diseñar un plan de liquidación eficiente, traducido en el respectivo Convenio.

Elegir un liquidador idóneo, solvente y capaz.

Muy probablemente, el Estado tendría que atender toda la remediación ambiental

pendiente pues la empresa sería una firma en liquidación, sin posibilidad real de

efectuar la referida remediación.

Lo anterior no limita la acción del Estado para demandar al deudor o a su

administración por incumplimientos de todo tipo, en fueros distintos del concursal.

RESPONSABILIDADES SEGÚN CONTRATO DE TRANSFERENCIA

El contrato de transferencia17 celebrado entre Metaloroya S.A. (Subsidiaria de Centromin Perú S.A.) y

Doe Run S.R.L., estipula tácitamente responsabilidades:

Numeral 5.3 “Durante el Periodo PAMA de Metaloroya; DRP asumirá la responsabilidad por daños y

perjuicios y reclamos de terceros atribuibles a ella a partir de la suscripción del contrato, solo en los

siguientes casos:

a) “Aquellos que surjan directamente debido a actos no relacionados con el PAMA de

Metaloroya que son exclusivamente atribuibles a Doe Run, pero solo en la medida que dichos

actos fueran el resultado de la aplicación por parte de Doe Run de normas y prácticas que

fueran menos protectoras del medio ambiente o de la salud pública que aquellas que fueron

seguidas por Centromin Perú hasta la fecha de la suscripción del contrato……..”

b) “Aquellos que resulten directamente del incumplimiento de las obligaciones del PAMA de

Metaloroya por parte de Doe Run, o de la obligaciones establecidas mediante el presente

contrato en los numerales 5.1 y 5.2”

Numeral 5.4 “Después del vencimiento del plazo legal del PAMA de Metaloroya, Doe Run

asumirá la responsabilidad por daños y perjuicios y reclamos de terceros de la manera

siguiente:

17 Contrato de Transferencia de Acciones, Aumento del Capital Social y suscripción de acciones de la empresa Metalúrgica de La Oroya S.A., “Metaloroya S.A.” Octubre 23, 1997, otorgada por Centromin Perú S.A. a favor de Doe Run Perú S.R. LTDA., con intervención de Metaloroya S.A. y The Doe Run Resources Corporation y The Renco Group Inc.; y sus modificatorias.

Page 16: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

a) Aquellos que resulten directamente de actos que sean exclusivamente atribuibles a

sus operaciones posteriores a dicho periodo.

b) Aquellos que resulten directamente del incumplimiento de las obligaciones del PAMA

de Metaloroya por parte de Doe Run, o de las obligaciones establecidas mediante el

presente contrato en los numerales 5.1 y 5.2.

c) En caso en que los daños y perjuicios sea atribuibles a Centromin y a Doe Run, Doe

Run asumirá responsabilidad en proporción a su contribución al daño.”

Numeral 6.2: “Durante el periodo aprobado para la ejecución del PAMA de Metaloroya,

Centromin asumirá la responsabilidad por cualquier daños, perjuicios y reclamos de terceros

atribuibles a las actividades de Doe Run, Centromin y/o sus predecesores, excepto por los

daños, perjuicios y reclamos de terceros que sean de responsabilidad de Doe Run de

conformidad con el numeral 5.3”.

Numeral 6.3 “Después del vencimiento del plazo legal del PAMA de Metaloroya, Centromin

asumirá la responsabilidad por cualquier daños y reclamos de terceros atribuibles a las

actividades de Centromin y/o sus predecesores excepto por daños, perjuicios y reclamos de

terceros que sean la responsabilidad de Doe Run de conformidad en el numeral 5.4”.

EVALUACION DE SUELOS CONTAMINADOS

Según el último estudio realizado de suelos afectados por la contaminación por las consultoras

Ground Water International, Science Integrity y Knight Piesold Consulting, a petición de Activos

Mineros, Las emisiones de plomo, cadmio y arsénico ocasionadas por la fundición de La Oroya

durante sus 87 años de vida productiva han afectado alrededor de 2.300 kilómetros cuadrados de

suelos en la región central, la mayor concentración de metales que sobrepasan los límites

permisibles está en los 10 primeros centímetros de profundidad. La recuperación de suelos

demandaría diez años y una inversión de 50 millones de dólares aproximadamente.

Page 17: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

Figura Nº 2: la gravedad de la contaminación de suelos en La OroyaFuente: http://elcomercio.pe/noticia/367390/se-imagina-casi-toda-lima-envenenada-plomo-arsenico-si-eso-sucede-oroya.

Frente a esta realidad, es indispensable considerar los grados de responsabilidades que

corresponde tanto a Centromin Perú S.A. como a Doe Run Perú S.R.L.

ACCIONES INTOLERANTES EJERCIDAS POR LA EMPRESA

La empresa inicia en forma similar, por no decir idéntica a lo ocurrido en el año 2006, la

metodología de utilizar a los trabajadores18, su entorno y autoridades locales para lograr la

18 Diario el Comercio “Otra vez Doe Run contra el Perú”; editorial de fecha 10/01/2011 Diario el Comercio “ No al uso de trabajadores como escudos”, Editorial de fecha 13/01/2011 Cormin-Trafigura “La verdad del caso DRP - Acreencias vinculadas son ilícitas”; Comunicado publicado en el

diario de circulación Nacional Peru21, de fecha 08/04/2011

Page 18: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

reactivación del CMLO, por encontrarse su empresa matriz entre los principales

acreedores19.

Demandando mediante comunicados20 en diarios y revistas especializadas de mayor

circulación nacional y regional, incumplimiento de obligaciones al Gobierno Central,

Ministerio de Energía y Minas, Activos Mineros S.A.C. estipulados en el contrato de

transferencia, frente a la descontaminación de suelos afectados por las emisiones y

vertimientos al ambiente perpetradas durante la administración de la Cerro de Pasco

Corporation (1923 - 1973) y Centromin Perú S.A. (1974 - Octubre 1997); del cual Doe

Run Perú S.R.L. también es corresponsable desde que asumió la administración del

CMLO (octubre 1997 a la fecha). Tratando de distraer la atención ciudadana

mediante notas de prensa sesgadas a la realidad y desinformación frente a los

incumplimientos de sus obligaciones legales, contractuales y ambientales en nuestro

País.

19 DRP SRL Adeuda a: Casa matriz=US$ 150MM; Proveedores= US$ 120MM; SUNAT= US$ 270MM; limpieza ambiental = US$ 40MM y conclusión planta de Acido sulfúrico = US$ 100 MM (Fuente Diario gestión; 17/08/2010).

Once demandas interpuestas por la afectación de la salud de 107 niños de la ciudad de La Oroya contra The

Renco Group, sus afiliadas e individuos ante la Corte del Circuito del Estado de Missouri, en el Vigésimo Segundo Circuito Judicial de la ciudad de St. Louis, en Missouri, EE.UU., alegando haber sido dañados por la contaminación ambiental de La Oroya. La Corte dictaminó que la demanda se tramitaría en dicha instancia.

Acciones legales de cobranza de deuda por US$ 65MM de SUNAT a DRP SRL, que se encuentra resuelta en la

Segunda instancia del tribunal Fiscal.20 Documentos emitidos por la empresa Doe Run Perú S.R-.L.: 03/01/2011.-El Gobierno obstaculiza programas fundamentales en La Oroya

05/01/2011.-Acciones del Gobierno en contra de DRP violarían el TLC entre Estados Unidos y el Perú 17/02/2011.-DRP sacara adelante a La Oroya. 21/02/2011.-DRP anuncia ofrecimiento de un préstamo del Renco Group para acelerar la remediación de

suelos de La Oroya. 24/04/2010.-DRP cree firmemente que se puede reiniciar operaciones en La Oroya antes del 27/07/2010. 18/06/2010.-La viabilidad futura de La Oroya requiere que el Gobierno Peruano honre sus obligaciones

contractuales con DRP. 19/06/2010.-DRP invoca al Gobierno a honrar los términos del contrato y solucionar los problemas clave

para reanudar las operaciones en Complejo de La Oroya. 05/08/2010.-DRP en vías de reiniciar sus operaciones en el Complejo Metalúrgico de La Oroya. 15/10/2010.-The Renco Group, Inc. Exige al Gobierno Peruano que honre sus obligaciones legales. 22/11/2010.-El Estado Peruano necesita reconocer sus compromisos con DRP.

Fuente: http://doerunperumedia.com.pe/noticias-commentario/

Page 19: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

Se calcula que las obligaciones de Doe Run Perú S.R.L., superarían los US$ 800

millones, de los cuales unos US$ 600 millones corresponden al Estado (por

impuestos, incumplimiento del PAMA y multas) y el resto por deudas a sus

proveedores. A ese total habría que añadir las posibles indemnizaciones a raíz de las

11 denuncias por daño ambiental admitidas por un Juez de Missouri, en Estados

Unidos.

Emitiendo y consecuente distribución de panfletos anónimos por instituciones que

carecen de personería jurídica, atacando a autoridades eclesiales católicas,

instituciones ambientalistas21. De igual forma confeccionando pintas con temas

denigrantes hacia instituciones; maltratos psicológicos y físicos a profesionales e

estudiantes ambientalistas

Fotografía Nº 4: Pintas en uno de los complejos de Doe Run en la carretera central en La Oroya ¿Quién propicia……?

Presionando al gobierno Regional para que interceda ante el Gobierno Central por el

pronto reinicio de las actividades productivas en el Complejo Minero Metalúrgico de

La Oroya, buscando favorecer indirectamente la continuidad de la empresa en la

administración del CMLO.

21 05/02/2011; Carta abierta al Presidente Regional de Junín, de la Junta de Vecinos-Distrito de Santa Rosa de Sacco (Sin personería jurídica), firmado por Hugo Chuco E.; 04 páginas.

18/02/2011; Carta abierta de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente “AIDA”, frente a

las comunicaciones en La Oroya.

Page 20: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

No sería nada paradójico la presencia de los trabajadores y familiares en las marchas de

protestas (La Oroya desde Puente Cascabel Hasta el Ovalo de Marcavalle en horas punta; en

la ciudad de Huancayo realizando marchas hacia el Gobierno Regional; en la ciudad de Lima;

capital del Perú efectuando marchas hacia el Congreso de la Republica22), paros, toma de

vías de comunicación; huelgas de hambre con la única finalidad de presionar al Estado

Peruano con apoyo de la prensa hablada e escrita del ámbito local para la pronta

reactivación del CMLO.

Fotografía Nº 5.- Marcha de trabajadores por la carretera central que une Lima con la sierra y selva central

No se puede admitir ni accedérsele, que una empresa transnacional invierta y opere en

nuestro País, obteniendo sobre ganancias en base de nuestros recursos naturales no

renovables y beneficiándose con la alza del precio de los metales en el mercado de la oferta

y demanda, sin considerar el cuidado del ambiente y sus altos riesgos inherentes;

transgrediendo las normas, presionando al Gobierno de turno para satisfacer sus intereses

empresariales.

22 14/01/2011 entre otras; Trabajadores y familiares en marcha de protesta desde el Puente Cascabel de La Oroya Antigua hasta el Ovalo Marcavalle, en horas punta, interrumpiendo el transporte vehicular por la carretera central que transitan desde Lima a Sierra y Selva Central y viceversa.

16/02/2011; Trabajadores DRP marchan en la Ciudad de Huancayo hasta el Gobierno Regional de Junín,

para exigir reinicio actividades en La Oroya; Fuente: Diario el Correo. 23/03/2011; Marcha de los trabajadores en la Ciudad de Lima hacia el Congreso de la Republica; Fuente: Canal N; http://www.youtube.com/watch?v=52LkTbeRTyk&feature=email

Page 21: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

Dentro de la democracia la búsqueda del progreso y desarrollo de la sociedad y por ende el

país, las ideas y puntos de vista se consensuan; las discrepancias y posiciones antagónicas

buscan un punto de equilibrio y en el camino se van mejorando. Una Empresa cualquiera

fuera su giro comercial no puede ni debe imponer o poner en juego la dignidad de las

personas e instituciones para el logro de sus objetivos institucionales; mas aun en estas

épocas de globalización donde los sistemas de comunicación no tienen barreras, los

conocimientos de la ciencia y la técnica están al alcance de todos sin discriminación alguna.

DOE RUN PERÚ Y EL TLC ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y EL PERÚ.

Un tratado de libre comercio (TLC) es un acuerdo comercial vinculante que suscriben dos o

más países para acordar la concesión de preferencias arancelarias mutuas y la reducción de

barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios. Estas normas están reguladas a

nivel de la OMC por el Acuerdo Sobre Normas de Origen de 1994. Dentro del tratado está

considerado un capitulo referente a Inversiones, se aplica a las medidas (leyes, regulaciones,

prácticas) que un país emita o aplique en relación con inversionistas y sus inversiones en su

territorio

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), es una

institución del Banco Mundial con sede en Washington, especialmente planteada para

propiciar la solución de disputas entre gobiernos y nacionales de otros Estados. Una de sus

finalidades es dotar a la comunidad internacional con una herramienta capaz de promover y

brindar seguridad jurídica a los flujos de inversión internacionales. El CIADI forma tribunales

arbitrales únicos, y por tanto no hay una instancia superior a ese tribunal “ad hoc”. En

consecuencia, las decisiones del CIADI son inapelables e irrevisables, volviéndose en

obligatorias.

El CIADI ha sido fuertemente criticado por diversas organizaciones que consideran que su

posición tiende a beneficiar a las empresas. Uno de los principales argumentos para sostener

esto es la base jurídica que el propio CIADI toma para la resolución de las demandas que le

son presentadas ante él: los tribunales arbitrales constituidos por el CIADI solamente toman

Page 22: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

a los tratados bilaterales de protección de inversiones (TBIs) y el Convenio de Washington de

1966, Otro de los argumentos criticados radica en la capacidad procesal activa no recíproca

entre el ente público (el Estado receptor de la inversión) y el ente privado (la empresa

inversora): solamente las demandas pueden ser planteadas desde la empresa contra el

Estado y no viceversa23.

Con fecha 07/04/2011, las firmas Renco Group inc. y Doe Run Perú S.R.L. iniciaron

formalmente un proceso de arbitraje contra el Estado peruano ante el CIADI, exigiendo el

reconocimiento de una indemnización de aproximadamente US$ 800 millones de dólares

americanos por el cierre de operaciones del CMLO; sin considerar la posible sanción

económica a emitir el 22º circuito judicial de la ciudad de San Luis-Missouri-Estados Unidos

en su oportunidad, que según la empresa Doe Run Perú S.R.L, este pasivo oneroso deberá

ser asumida íntegramente por el gobierno peruano, sea cual fuere el resultado final. El

estado peruano24 contrató estudios jurídicos en los Estados Unidos (White & Case) y en el

Perú (Echecopar) para encarar el caso Renco Group.

Los argumentos sustentarios se basan en el capitulo Inversiones del tratado:

Trato injusto en la ejecución del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental

PAMA. El Gobierno les exigió responsabilidades adicionales, obligando a solicitar

prórrogas; la negativa de extender el PAMA para concluir con el proyecto de la

construcción de la Planta de Acido Sulfúrico y Modernización del Circuito de cobre.

(Artículo 10,5).

Trato discriminatorio por parte del Gobierno, mayor exigencias y dureza que a la

empresa nacional Activos Mineros S.A.C.; a pesar de que esta última no cumplió con

las obligaciones derivadas del contrato de transferencia (Articulo 10,3).

23 http://es.wikipedia.org/wiki/Centro_Internacional_de_Arreglo_de_Diferencias_Relativas_a_Inversionesparalos Estados.

24 http://elcomercio.pe/economia/743397/noticia-peru-contrato-dos-firmas-abogados-ante-millonaria-demanda-doe-run

Page 23: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

Problemas de financiamiento para reactivar el CMLO, lo que motivo ser llevado a un

proceso concursal ordinario ante INDECOPI. Se encuentran en la búsqueda de

financiamiento.

Expropiación indirecta del CMLO, por cuanto el estado pretenda ser reconocido

como el mayor acreedor en la junta de acreedores por incumplimiento del PAMA

(Articulo 10,7).

Existe un adagio muy popular “hecha la ley, hecha la trampa”, que está siendo bien utilizada

por Doe Run Perú S.R.L. para recuperar sus pérdidas de ganancias esperadas durante el

tiempo que esta parada el CMLO.

CONCLUSION

Todas las instituciones, personas ambientalistas comprometidas con la protección del

ambiente, la salud y calidad de vida de los pobladores del entorno, tienen un horizonte

definido, que el Complejo Metalúrgico de La Oroya siga funcionando, sea quien fuere el

administrador, solamente se le exige, respeto, transparencia y compromiso al País que los

acogió amigablemente y les entregó los recursos naturales no renovables para su

explotación y obtener resultados económicos que satisfagan tanto al inversionista como a la

población. Su operatividad debe efectuarse respetando las normas ambientales reguladoras;

las emisiones y vertimientos a cuerpos receptores deben estar por debajo de los Límites

Máximos Permisibles, para tener un estándar de calidad de aire adecuado para la población

y su entorno.

La petición es ineludible, que el estado peruano antes de permitir el ingreso de una empresa

minera externa a nuestro territorio a efectos de invertir en una actividad económica, los

Ministerios comprometidos deben indagar y revisar minuciosamente su hoja de vida de

dichas empresas.

Es importante que el Congreso de la Republica legisle congruentemente para evitar en el

futuro la manipulación de los trabajadores y familiares por parte de las empresas e impedir

Page 24: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

la trasgresión de las normas ambientales y las jurisprudencias que tendrán efecto en el

futuro. Modificar el Código Penal para sancionar drásticamente a los responsables de daños

ambientales adversos para la salud humana y la biodiversidad.

La reactivación del CMLO deberá darse necesariamente, por cuanto una

liquidación/reestructuración como está actualmente no obtendría beneficios económicos

aceptables para el recupero y pago de las deudas; la población de La Oroya y la región

central estará atento a los acontecimientos que se presentarán en el futuro.

La reactivación del CMLO tomará su tiempo para lograr su operatividad normal de

producción, requerirá de personal con vasta experiencia y su reingreso será gradual según se

avanza con el proceso productivo; disponibilidad de materias primas y otros insumos

tendrán otros modelos de negociación, de igual manera la venta de productos y

subproductos; las relaciones armoniosas con las poblaciones y comunidades del entorno

tendrán su espacio oportunamente; La participación de la sociedad civil debidamente

organizada y capacitada jugará un rol importante en el monitoreo y fiscalización dentro de la

reactivación.

Para lograr su reactivación sea efectiva, transparente y consensuada necesariamente requerirá:

La empresa administradora del CMLO concluida el proceso concursal ordinario,

deberá honrar sus compromisos y cumplir las normas determinadas hasta la fecha;

reconocer sus activos y pasivos en el campo financiero, operacional y ambiental;

compromiso del trato equitativo del personal, especialmente con aquellos

trabajadores que se encuentran en la edad de la jubilación, quienes no tendrían

alternativas de empleo y la seguridad de las pensiones y en un incentivo voluntario

que supere las 12 remuneraciones de ley.

El estado peruano deberá mantener una posición firme y clara frente al

cumplimiento por parte de las empresas privadas de sus compromisos contraídos y

las normas reguladoras de protección del ambiente, biodiversidad, salud y calidad de

Page 25: DRP SRL y El CMLO-Futuro Incierto

vida digna de la población que se encuentra dentro de su ámbito; con la consiguiente

aplicación de las medidas coercitivas según corresponda.

Los trabajadores deberán mantener la neutralidad del caso, por ser los problemas

inherentes entre el estado peruano y la empresa privada; se comprende la

preocupación y protección de su fuente de trabajo.

La Iglesia católica, instituciones ambientalistas, ONG´s estar vigilantes al

cumplimiento de los compromisos contraídos por las empresas privadas, aportando y

experiencias y Know how para una actividad minero metalúrgica consensuada y

transparente.

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