Donación de órganos

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DONACIÓN DE ÓRGANOS. ASPECTOS GENERALES Y LEGALES Lic. Maria Raquel Villagrana Garcia Noviembre 3, 2011.

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Lic. Raquel Villagrana

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DONACIÓN DE ÓRGANOS.ASPECTOS GENERALES Y LEGALES

Lic. Maria Raquel Villagrana Garcia

Noviembre 3, 2011.

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¿Qué es la donación de órganos?

La donación de órganos es la REMOCIÓN DE ÓRGANOS O TEJIDOS DEL CUERPO DE UNA PERSONA QUE HA MUERTO RECIENTEMENTE O DE UN DONANTE VIVO, CON EL PROPÓSITO DE REALIZAR UN TRASPLANTE. Los órganos y los tejidos son extirpados en procedimientos similares a la cirugía. Personas de todas las edades pueden ser donantes de órganos y tejidos. Se producen muchas más donaciones de donantes muertos que de personas vivas. Las leyes de los diferentes países permiten que donantes potenciales acepten o se nieguen a la donación o bien otorgan la elección a los familiares.

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EXISTEN DOS TIPOS DE DONACIONES:

Donación en vida.- En algunos casos una persona puede donar algún órgano o porción de órgano sin que afecte su salud. A esto se le llama donación en vida. Por ejemplo, se puede donar un riñón gracias a que el ser humano posee dos y es posible llevar una vida normal con uno solo.

Donación de personas fallecidas.- La mayoría de las personas fallecen debido a un paro cardio-respiratorio, independientemente de la enfermedad que cause el cese de las funciones del corazón. No todas las personas que fallecen pueden ser donadoras de órganos. Se requiere una evaluación médica de las condiciones del cuerpo y de cada órgano en específico.

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De acuerdo con el artículo 333 de la Ley General de Salud, para realizar un TRASPLANTE DE VIVO mejor conocido COMO

DONACIÓN EN VIDA, deben cumplirse los siguientes requisitos por parte del donante:

Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.

Donar un órgano o una parte de él siempre que su función pueda ser compensada por el organismo de forma adecuada y suficientemente segura.

Tener compatibilidad aceptable con el receptor.  Recibir la información completa sobre los riesgos de la operación y

las consecuencias de la extracción del órgano, de parte de un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante.

Otorgar su consentimiento de forma expresa, es decir, en un

documento.  

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La donación de órganos es un

proceso médico complejo y está

sujeto a supervisión y verificación de

diferentes autoridades.

La ley prohíbe la extracción de órganos en establecimientos que no cuenten con la licencia sanitaria, por ello que no se realizan procesos de donación en servicio médico forense, hospitales que no cuenten con licencia, funerarias, casas particulares, la calle o cualquier otro lugar.

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 De un donador vivo se pueden obtener: un riñón, un segmento o lóbulo del hígado, un segmento o lóbulo de pulmón, sangre o precursores de la misma.  De un donador que ha perdido la vida, dependiendo de las circunstancias de su muerte, se pueden obtener órganos y tejidos. En caso de paro cardiaco se pueden obtener únicamente tejidos como las córneas y en algunos casos hueso y válvulas del corazón. En caso de muerte encefálica se pueden obtener además de los tejidos mencionados arriba, los siguientes órganos: corazón, ambos pulmones, ambos riñones e hígado.

Para obtener los órganos o tejidos, en cualquiera de los casos de pérdida de la vida, es indispensable la autorización de la familia para la donación.

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Limitantes médicas y legales para la donación

Las limitantes médicas y legales serán analizadas en cada caso en particular por el comité interno de trasplantes de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud, reglamento, lineamientos y protocolos de donación y trasplante vigentes.

Para evaluar si existen limitantes médicas, los profesionales de la salud realizaran una minuciosa valoración medica, bioética y legal del donador para determinar que no haya un riesgo sanitario para los posibles receptores, así como asegurar que el órgano y/o tejido se encuentre en condiciones de cubrir la necesidad del paciente.

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Las limitantes legales las establece la Ley General de Salud en los artículos 326 y 332: Los menores de edad no pueden donar en vida excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los padres o representantes legales, únicamente podrán ser donadores cuando han perdido la vida con el consentimiento expreso de los representantes legales del menor. Los incapaces mentales y otras personas sujetas a interdicción no podrán ser donadores ni en vida ni después de su muerte, Los incapaces surgen como consecuencia de un estado nosológico, adquirido o congénito, afectando a alguna parte del organismo, con repercusiones más o menos amplias, en detrimento de las mismas. Las mujeres embarazadas en vida sólo podrán donar en caso de que el receptor estuviere en peligro de muerte y siempre que no implique riesgo para la madre ni para el producto de la concepción.

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¿Qué es un Trasplante?

Un trasplante es la sustitución de un órgano o tejido que ya no funciona con el objetivo de restituir las funciones perdidas. En muchos pacientes, el trasplante es la única alternativa que puede salvarle la vida y recuperar la calidad de la misma. Los trasplantes de órganos constituyen un logro terapéutico, vinculado históricamente al propio desarrollo cultural de la Humanidad y al deseo de perpetuarse y de alcanzar la inmortalidad.

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¿Qué tipo de trasplantes existen y qué hospitales se pueden llevar a cabo? En México se realizan trasplantes de córnea, médula ósea (progenitores de la sangre), hueso, válvulas cardiacas, riñón, hígado, corazón y pulmón. Existen más de 400 hospitales distribuidos en todo el sector salud (sociales, públicos y privados) que llevan a cabo diferentes tipos de trasplante.

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EL CENTRO NACIONAL DE TRANSPLANTES (CENETRA) SE APOYA EN EL CONSEJO (COETRA) Y CENTRO ESTATAL DE TRANSPLANTES (CEETRA), DE CADA ENTIDAD FEDERATIVA.

Para que un hospital pueda realizar trasplantes se requiere que tenga un permiso otorgado por la Secretaría de Salud para esa actividad, además de contar con el personal médico capacitado e identificado.

La mayoría de los hospitales que realizan trasplantes se encuentran en las capitales de las entidades federativas y en las ciudades más grandes del país. La capacidad técnica de sus cirujanos y los programas de trasplante se distingue por su gran calidad. En México se hacen trasplantes desde 1963 y se han realizado alrededor de 40 mil.

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PROCESO DE UN TRASPLANTE…

Una vez que un paciente es aceptado para recibir un trasplante, el responsable del programa en el hospital deberá ingresar los datos del paciente a la base de datos electrónica del Centro Nacional de Trasplantes en donde se registra a todos los pacientes que requieren un trasplante. El RENATRA tiene dos propósitos, por un lado permite conocer el número de pacientes que requieren recibir un trasplante y qué tipo de enfermedades se resuelven mediante esta terapéutica, cuáles se presentan con mayor frecuencia y en qué instituciones y entidades federativas se tiene mayor demanda.

Por otro lado, la antigüedad o tiempo de espera de un paciente en la base de datos es uno de los criterios que se utilizan para la asignación de órganos y tejidos. Los otros criterios son de orden médico y se refieren a la urgencia ante la inminente pérdida de vida, a la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad entre el órgano donado y el receptor y otros criterios de índole médica. 

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ES IMPORTANTE RECALCAR QUE EL TIEMPO DE REGISTRO EN LA BASE DE DATOS ES EL ÚLTIMO CRITERIO SE CONSIDERA PARA LA ASIGNACIÓN DE UN ÓRGANO ENTRE UN GRUPO DE ENFERMOS. ASÍ LO ESTABLECE LA LEY GENERAL DE SALUD.

Es necesario que todo paciente que requiera un trasplante, sea ingresado a la base de datos incluso en el caso de los pacientes que tengan la posibilidad de recibir una donación de una persona viva o de un banco de tejidos.

El tiempo varía dependiendo de varios factores. En primer lugar se debe considerar el órgano o tejido a trasplantar. En segundo lugar si el enfermo cuenta con algún donador vivo que esté dispuesto y sea compatible. En tercer lugar, depende de la institución médica y el grado de actividad que desarrolle para la obtención de órganos, así como de su demanda de trasplantes.  

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Para la asignación de un órgano o un tejido a un paciente, el comité interno de trasplante se rige por lo establecido en la ley General de Salud:  Artículo 336. Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la gravedad del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad con el receptor y los demás criterios médicos aceptados, así como la ubicación hospitalaria e institucional del donador.  Cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a las bases de datos hospitalarias, institucionales, estatales y nacional que se integrarán con los datos de los pacientes registrados en el Centro Nacional de Trasplantes.  

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¿Cómo puede usted ser donador?

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En México la Ley General de Salud establece que todos los ciudadanos mexicanos son donadores de órganos (donador tácito). Sin embargo, la ley también reconoce el derecho de un ciudadano a no ser donador. Es decir, el camino está abierto para tomar cualquiera de las dos decisiones. Ahora bien, si usted decide ser donador debe informarlo a su familia o a sus seres queridos. Esto es importante ya que cuando una persona pierde la vida y sus familiares están enterados de su decisión de ser donador, les es más fácil tomar la decisión para autorizar la donación.

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Donación Voluntaria de órganos y tejidos. El Centro Nacional de Trasplantes creó una tarjeta de donador.

Una vez que usted obtenga su tarjeta de donación puede comentarlo con su familia y explicarles por qué tomó la decisión de ser donador. Es recomendable guardar la tarjeta junto con sus papeles más importantes.

Si usted desea manifestar su negativa de donación de órganos y/o tejidos, también es importante que se lo informe a su familia.

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POR SU ATENCION

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