Documentos Que Debe Llevar La Nave

55
 Ar culo 8.- Las horas hábiles para operaciones de puerto serán desde la seis de la mañana (06:00 am) hasta las seis de la tarde (06:00 pm) de los días de labor. Sin embar o! el "apitán de #uerto! cuando circunstancias especiales lo e$i%an! podrá autori&ar cual'uier operacin uera de esas horas o en los días eriados. *l mo+imiento de pasa%eros , la cara , descara estarán sometidos a las disposiciones de la Le, ránica de Aduanas. "apítulo /e los u'ues o las 1a+es Artículo 2.- #ara los eectos de esta Le,! el t3rmino bu'ue o na+e comprende todas las embarcaciones 'ue tenan medios 4%os de propulsin , est3n destinadas al trá4co por las auas terr itoriales o inte riores o por el mar li br e entre puertos nacionales o del e$tran%ero o entre 3stos , a'uellos. Las abarras! r5as! botes , di'ues! casas! embarca deros , draas otantes , demás construcciones sin autonomía de mo+i miento! no se consider arán como bu'ues sino como accesorios de na+eacin. Artículo 70.- #ara la me%or aplicacin de las disposiciones leales o relamentadas! los bu'ues o na+es se clasi4carán así: a) apor: todo bu'ue o na+e ma,or de cien (700) toneladas! impulsado por má'uina de +apor! aun cuando simultáneamente emplee +elas con el mismo 4n. b) 9otona+e: todo bu'ue o na+e ma,or de cien (700) toneladas cu,a propulsin sea por medio de cual'uier clase de motor 'ue no sea de +apor! aun cuando simultáneamente emplee +elas con el mismo 4n.

description

Derecho Maritimo

Transcript of Documentos Que Debe Llevar La Nave

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 1/55

Artículo 8.- Las horas hábiles para operaciones de puertoserán desde la seis de la mañana (06:00 am) hasta las seis dela tarde (06:00 pm) de los días de labor. Sin embaro! el"apitán de #uerto! cuando circunstancias especiales lo e$i%an!

podrá autori&ar cual'uier operacin uera de esas horas o enlos días eriados.

*l mo+imiento de pasa%eros , la cara , descara estaránsometidos a las disposiciones de la Le, ránica de Aduanas.

"apítulo

/e los u'ues o las 1a+es

Artículo 2.- #ara los eectos de esta Le,! el t3rmino bu'ue ona+e comprende todas las embarcaciones 'ue tenan medios4%os de propulsin , est3n destinadas al trá4co por las auasterritoriales o interiores o por el mar libre entre puertosnacionales o del e$tran%ero o entre 3stos , a'uellos.

Las abarras! r5as! botes , di'ues! casas! embarcaderos ,draas otantes , demás construcciones sin autonomía de

mo+imiento! no se considerarán como bu'ues sino comoaccesorios de na+eacin.

Artículo 70.- #ara la me%or aplicacin de las disposicionesleales o relamentadas! los bu'ues o na+es se clasi4caránasí:

a) apor: todo bu'ue o na+e ma,or de cien (700)toneladas! impulsado por má'uina de +apor! aun cuando

simultáneamente emplee +elas con el mismo 4n.

b) 9otona+e: todo bu'ue o na+e ma,or de cien (700)toneladas cu,a propulsin sea por medio de cual'uier clasede motor 'ue no sea de +apor! aun cuando simultáneamenteemplee +elas con el mismo 4n.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 2/55

c) u'ues de +elas: todo bu'ue 'ue emplee la uer&a del+iento como medio de propulsin! aun'ue ocasionalmente!para entrar o salir de puerto! eectuar maniobras o recorrerporciones de aua de diícil tra+esía! utilice motores de borda.

d) Lancha a +apor: todo bu'ue o embarcacin menor decien (700) toneladas! cu,a propulsin sea por má'uina de+apor! aun cuando al mismo tiempo emplee +elas.

e) Lancha a motor: todo bu'ue o embarcacin menor decien (700) toneladas! 'ue use para su propulsin cual'uierclase de motor 'ue no sea de +apor! aun cuandosimultáneamente emplee +elas con el mismo 4n.

Artículo 77.- *l *%ecuti+o 1acional determinará en elrespecti+o relamento todo lo concerniente a cada uno de losbu'ues o na+es , accesorios de na+eacin a 'ue se re4ere laclasi4cacin de este "apítulo! así como la clase de trá4co a'ue puedan destinarse se5n su tipo , construccin.

"apítulo

/e los u'ues 9ercantes 1acionales

Artículo 7.- Los bu'ues mercantes +ene&olanos deberánreistrarse en la 9arina 9ercante 1acional.

Artículo 7;.- #ara 'ue un bu'ue o accesorio de na+eacinoce de la nacionalidad +ene&olana! deberá estar inscrito enel <eistro de la 9arina 9ercante 1acional. *ectuada lainscripcin! el "apitán de #uerto e$pedirá el correspondiente

"erti4cado de 9atrícula.

Artículo 7=.- *l derecho de propiedad sobre un bu'uemercante se comprueba:

7. Si el bu'ue ha sido construido en la <ep5blica! concerti4cacin del constructor! en la cual se e$presarán las

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 3/55

dimensiones , demás características del bu'ue , el nombredel dueño.

. Si el bu'ue ha sido construido en el e$tran%ero! con eldocumento de ad'uisicin a a+or de la persona! personas oempresa 'ue soliciten la inscripcin del mismo en la 9atrícula1acional.

;. Si el bu'ue ha sido apresado! capturado o rematado! conla copia certi4cada del acta de ad%udicacin.

=. *n los casos de ena%enaciones subsiuientes de losbu'ues! con los documentos de traspaso respecti+os.

Los documentos a 'ue se re4ere este artículo debenreistrarse en la 4cina Subalterna de <eistro del luar de lamatricula de la na+e! 'ue es su domicilio! , se insertarán!además! en el libro 'ue! al eecto! lle+arán las respecti+as"apitanías de #uerto! dentro de los treinta (;0) días siuientesa su protocoli&acin.

"apítulo

/e la nscripcin! 9atrícula , /ocumentos 'ue Autori&an la1a+eacin de un u'ue

Artículo 7>.- #odrán inscribirse en el <eistro de la 9arina9ercante 1acional los bu'ues o accesorios de na+eacin 'uesean de:

a) propiedad de ciudadanos +ene&olanos?

b) propiedad de personas %urídicas +ene&olanas!debidamente constituidas , domiciliadas en el país.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 4/55

c) propiedad de personas %urídicas e$tran%eras! 'uecumplan con las normas relati+as a la participacin de loscapitales e$tran%eros! debidamente constituidas ,domiciliadas en el país?

d) reistro e$tran%ero! arrendados a casco desnudo porperiodos superiores a dos () años por cuales'uiera de laspersonas naturales o %urídicas a 'ue se re4eren los literales a)!b) , c) 'ue anteceden?

e) los dados en arrendamiento 4nanciero a las personas

naturales o %urídicas a 'ue hacen reerencia los literales a)! b), c) de este Artículo?

) los bu'ues o accesorios de na+eacin construidos enastilleros nacionales.

Artículo 76.- #ara la inscripcin de bu'ues en la 9arina9ercante 1acional! es condicin indispensable prestar caucinpara el buen uso del pabelln. *sta caucin debe prestarse

solidariamente! por dos personas de reconocida sol+encia! asatisaccin del "apitán del #uerto! , para 4%arla se tomará encuenta el tipo de na+eacin a 'ue se destina el bu'ue , su+alor comercial.

#arárao #rimero.- La caucin a 'ue se re4ere este Artículoresponderá especialmente de las penas pecuniarias 'ue!administrati+a o %udicialmente! se imponan al propietario!"apitán o Aente del bu'ue! por inracciones cometidas en ele%ercicio de la na+eacin o con ocasin de ella! de acuerdocon las sanciones establecidas en esta Le, o en sus<elamentos.

#arárao Seundo.- Se e$cept5an de la caucinestablecida es este artículo! sin per%uicio de 'ue les sea

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 5/55

e$iida la correspondiente responsabilidad! lo bu'uesseñalados en el artículo 0 de esta Le,.

Artículo [email protected] *l "erti4cado de 9atrícula es el documento

'ue acredita la nacionalidad +ene&olana del bu'ue! deacuerdo con las disposiciones relamentarias respecti+as.

Artículo 78.- La #atente de 1a+eacin es el documentoe$pedido por el #residente de la <ep5blica de ene&uela ,rerendado por el 9inistro de ransporte , "omunicaciones'ue autori&a a un bu'ue nacional para na+ear por todas lasauas ba%o bandera +ene&olana , por un t3rmino de cinco (>)años.

#arárao Bnico.- La #atente de 1a+eacin es obliatoriapara:

a) los bu'ues ma,ores de trescientas (;00) toneladas dereistro?

b) los bu'ues 'ue no e$cedan de trescientas (;00)toneladas de reistro 'ue haan na+eacin al e$tran%erouera de los limites determinados en el artículo 72 de esta Le,.

Artículo 72.- La Licencia de 1a+eacin es el documentoe$pedido por el 9inisterio de ransporte , "omunicaciones'ue autori&a a un bu'ue nacional! menor de trescientas (;00)toneladas de reistro , por un t3rmino de dos () años! paraeectuar 5nicamente la na+eacin entre puertos nacionales ,

entre estos , las Antillas de Aruba! onaire! "ura&ao! rinidad!Cranada! arbados! Cuadalupe! 9artinica! Santo /omino ,Daiti! así como tambi3n entre puertos nacionales , lasCua,anas , puertos colombianos del Atlántico , de los nosauentes del rinoco.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 6/55

Artículo 0.- Los bu'ues destinados a la pesca! menores dedie& toneladas! los 'ue na+euen en los laos , nosnacionales sin salir de ellos! los 'ue haan trá4co reulardentro de la %urisdiccin de una "apitanía de #uerto! los 'ue

se dedi'uen e$clusi+a , directamente al transporte de losproductos aropecuarios de un undo a puerto +ene&olano! losdestinados a recreo! menores de die& (70) toneladas! lospertenecientes a una na+e pro+ista de #atente o Licencia de1a+eacin , los accesorios de na+eacin a 'ue se re4ere elartículo 2 de esta Le,! 'uedan e$entos de #atente o Licencia!pero deberán estar pro+istos de "erti4cado de 9atrícula , deun #ermiso *special e$pedido con conocimiento de causa! por

el respecti+o "apitán de #uerto , el cual será +álido por unaño.

Artículo 7.- *n el caso de bu'ues construidos o ad'uiridosen el e$terior! las ormalidades para la inscripcin en el<eistro de la 9arina 9ercante 1acional serán cumplidas anteel respecti+o "nsul de ene&uela! 'uien remitirá a la"apitanía de #uerto donde debe inscribirse! todos los datosrelacionados con dicha inscripcin. *L "nsul de ene&uela!

una +e& concluidas a'uellas ormalidades! e$pedirá al bu'ueun pasa+ante 'ue surtirá los eectos de #atente o Licencia de1a+eacin hasta la lleada del bu'ue a un puerto nacional.*l bu'ue pro+isto del respecti+o pasa+ante usará la bandera+ene&olana en el +ia%e a ene&uela desde el país e$tran%ero en'ue a'uel le ue e$pedido por el "nsul respecti+o. Al arribarel bu'ue a puerto +ene&olano! se procederá a su inscripcinante la correspondiente "apitanía de #uerto , a solicitarla

#atente! Licencia de 1a+eacin o #ermiso *special! se5n elcaso! de conormidad con lo dispuesto en este "apítulo.

"apítulo

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 7/55

/e la n+alide& , "aducidad de la 9atrícula , de los/ocumentos 'ue Autori&an la 1a+eacin

Artículo .- Los documentos a 'ue se re4eren los artículos

7@!78!72 , 0 de esta Le,! no se considerarán +álidos si nollenan los re'uisitos establecidos en esta Le, , sus<elamentos.

Artículo ;.- Son causas de caducidad:

a) /e la 9atrícula:

7. raspaso del bu'ue a personas no nacionales! sal+o elcaso de las na+es a 'ue se re4ere el Artículo 0 de esta Le,'ue pasen a e$tran%eros domiciliados en el país.

. Daber cambiado de nacionalidad el propietario de lana+e! e$cepto en el caso de los bu'ues señalados en elArtículo 0 de esta Le, cuando el dueño resida o est3domiciliado en la <ep5blica.

;. La destruccin +oluntaria del bu'ue! aun'ue sereconstru,a con los mismos materiales.

=. Apresamiento o con4scacin de la na+e en el e$tran%ero.

>. /e%ar de presentarse el bu'ue a un puerto nacionaldurante un (7) año o por no tenerse durante seis (6) meses!en la "apitanía de #uerto! noticias del bu'ue comunicadas porsu propietario! representante o "apitán.

6. La p3rdida total del bu'ue.

b) /e la #atente o Licencia de 1a+eacin:

7. Las causales a 'ue se re4ere el literal anterior.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 8/55

. *$piracin del t3rmino por el cual ue otorado eldocumento respecti+o.

;. "ambiar el bu'ue de dueño! nombre! clase! dimensiones

o tonela%e.=. Daberse declarado la na+e en condiciones de

inna+eabilidad absoluta.

>. /edicarse el bu'ue al comercio Elicito o haber sidodebidamente declarado pirata.

c) /e los #ermisos *speciales: Las causales señaladas enlos numerales ; , 6 del literal a) , en los numerales ! ;! = , >del literal b) de este artículo.

Artículo =.- *n caso de muerte del propietario o dueño deun bu'ue! la sucesin hará sus +eces para todos los eectosde esta Le,! pero los herederos deberán hacerla debidaparticipacin al 9inisterio de ransporte , "omunicacionesdentro del t3rmino 'ue 4%e la Le, de mpuesto sobreSucesiones! /onaciones , demás <amos "one$os para hacerla

declaracin de la herencia! especi4cando 'ui3n o 'ui3nes sonlos herederos? pero si por eecto de la particin! el bu'uepasare a propiedad de aluno o de alunos de dichosherederos! procederá la caducidad de la correspondiente#atente! Licencia o del #ermiso.

Artículo >.- La caducidad determinada en el ordinal >F de

las letras a) , b) del artículo ;! se hará conocer en cada casopor a+iso o4cial 'ue se publicará en la Caceta 4cial de la<ep5blica de ene&uela.

"apítulo

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 9/55

/e los /erechos 'ue "ausa la *$pedicin de los/ocumentos 'ue Autori&an la 1a+eacin

Artículo 6.- *n caso de deterioro o p3rdida de la #atente!

Licencia de 1a+eacin! "erti4cado de 9atrícula o #ermiso*special! por causa de uer&a ma,or! podrá solicitarse de larespecti+a "apitanía de #uerto un duplicado del documentodeteriorado o perdido! siempre 'ue se compruebesu4cientemente la circunstancia 'ue moti+a la solicitud.

*l duplicado contendrá las anotaciones 'ue se hubierenasentado en el oriinal , además una obser+acin 'uee$prese la causa por la cual se e$pide. La e$pedicin del

duplicado de #atente o Licencia no causará derecho aluno.

#arárao Bnico.- "uando la p3rdida o deterioro de la#atente! Licencia! 9atrícula o #ermiso no ocurren por uer&ama,or! deberá obtenerse nue+amente el respecti+odocumento , satisacerse los derechos correspondientes.

Artículo @.- "uando se solicite la reno+acin de la #atenteo de la Licencia de 1a+eacin! se de+ol+erá al 9inisterio de

 ransporte , "omunicaciones! por rano de una "apitanía de#uerto , en el t3rmino de sesenta días! el documentocaducado.

#arárao Bnico.- "uando se trate de permisos especiales!la de+olucin se hará en el t3rmino de treinta días , a la"apitanía de #uerto 'ue lo otor.

"apítulo

/el Ar'ueo de u'ues

Artículo 8.- #ara inscribir un bu'ue en el <eistro de la9arina 9ercante 1acional deberá ser ar'ueado pre+iamente.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 10/55

#arárao Bnico.- Guedan e$entos de la obliacin dear'ueo los bu'ues a 'ue se re4ere el artículo 0 de esta Le,.

Artículo 2.- Las operaciones de ar'ueo se reirán por el

"on+enio nternacional , la normati+a leal +iente. *n el<elamento se 4%ará el monto de los honorados 'uecorrespondan al ar'ueador por cada operacin.

Artículo ;0.- Los bu'ues de nacionalidad e$tran%era 'uehaan escala reular en puerto +ene&olano! deben serar'ueados por una +e& en el país , paarán la mitad de loshonorarios a 'ue se re4ere el artículo 2 de esta Le,.

#arárao Bnico.- 1o estarán obliados a dicho ar'ueo losbu'ues 'ue concedan reciprocidad a las na+es +ene&olanas nilos 'ue en sus puertos de matrícula lo ha,an obtenido a basede la misma unidad 'ue establece el Artículo 2! siempre 'ueen este 5ltimo caso no se haa necesario practicarlo enresuardo de los intereses 4scales.

Artículo ;7.- *l "erti4cado de Ar'ueo será e$pedido por elrespecti+o "apitán de #uertos! lueo de haberse re+isado el

inorme del ar'ueador.

"apítulo

/el <ol de los ripulantes

Artículo ;.- Los bu'ues mercantes nacionales , losocupados en los ser+icios de la Administracin #5blica 'ue noormen parte de la Armada 1acional! deberán lle+ar el rol de

tripulantes , sus "apitanes están obliados a presentarlo a lasautoridades marítimas cada +e& 'ue estas lo re'uieran! así como a los "nsules +ene&olanos en el e$terior.

Artículo ;;.- *l rol de tripulantes se lle+ará de conormidadcon el <elamento respecti+o? , deberá ser 4rmando! ante el

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 11/55

"apitán de #uerto 'ue lo e$pida! por el "apitán! 4ciales ,demás indi+iduos de la tripulacin 'ue supieren hacerlo.

#arárao Bnico.- *L "apitán de #uerto puede nombrar unrepresentante 'ue lo sustitu,a en la e$pedicin , 4rma del rol.

Artículo ;=.- "ada +e& 'ue un bu'ue +ia%e al e$terior deberáreno+ar el rol de tripulacin! ,! en caso de reresar con latripulacin cambiada! disminuida o aumentada! el "apitánestá en la obliacin de %usti4car antela autoridad marítima lacausa o moti+o de tal aumento o disminucin.

Los bu'ues 'ue na+euen dentro de los limitesestablecidos para el uso de la Licencia de 1a+eacin!deberán reno+ar el rol cuando las anotaciones 'ue en el seha,an hecho! por embarco o desembarco de tripulantes!e$cedan del cincuenta por ciento (>0H) del total de latripulacin o se ha,a cambiado el "apitán. *stas anotacionesdeberán hacerse en cada caso al respaldo de dichodocumento! debidamente conormadas por la autoridadrespecti+a.

"apítulo I

/el "erti4cado de 1a+eabilidad

Artículo ;>.- *L "erti4cado de 1a+eabilidad es eldocumento e$pedido por un "apitán de #uerto autori&ado al

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 12/55

eecto! por el cual se establece 'ue un bu'ue re5ne lascondiciones necesarias para la seuridad en el mar.

Artículo ;6.- #ara 'ue un bu'ue mercante pueda salir depuerto o emprender na+eacin es necesario 'ue posea el"erti4cado de 1a+eabilidad.

#arárao #rimero.- Los "erti4cados de 1a+eabilidade$pedidos en el e$terior serán +álidos en ene&uela! siempre'ue ha,an sido otorados por autoridad o sociedadcali4cadora competente , en el #aís respecti+o se recono&caiual +alide& a los "erti4cados +ene&olanos o ha,an sidoe$pedidos a solicitud del Cobierno de ene&uela.

#arárao Seundo.- Los bu'ues a 'ue se re4ere el Artículo0 de esta Le,! no necesitarán de "erti4cado de1a+eabilidad! pero el "apitán de #uerto de la %urisdiccincuidará de 'ue esas embarcaciones re5nan las condiciones'ue re'uiere la seuridad de la na+e , la de sus tripulantes ,pasa%eros.

Artículo ;@.- *l "apitán de #uerto solo e$pedirá "erti4cadode 1a+eabilidad cuando el bu'ue re5na las condiciones de

seuridad necesarias para na+ear! entre ellas! la de estarpro+isto de embarcaciones menores! de aparatos desal+amento! repuestos! apare%os! ser+icios e instrumentosrespecti+os , de haberle sido 4%ada la línea de má$ima cara!de acuerdo con la relamentacin 'ue dicte el 9inisterio de

 ransporte , "omunicaciones.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 13/55

Artículo ;8.- #ara e$pedir los "erti4cados 'ue acrediten lana+eabilidad de un bu'ue o accesorio de na+eacin se

practicará pre+iamente su reconocimiento en concordancia alo pre+isto por los "on+enios nternacionales 'ue oblian aene&uela , la normati+a leal interna 'ue rien la matea.

Artículo ;2.- Los bu'ues reno+arán el "erti4cado de1a+eabilidad así: los de +ela! cada dos años? , los de +apor uotra propulsin mecánica! cada año. anto los unos como los

otros! deberán ser reconocidos en caso de accidente si lara+edad de 3stos hiciere presumir peliro para la na+eacindel bu'ue! a %uicio del "apitán de #uerto.

Artículo =0.- Los ser+icios de los peritos! a los eectos de lae$pedicin , reno+acin de los "erti4cados correspondientes!serán oír cuenta del dueño o representante del bu'ue o

accesorio de na+eacin. Las condiciones , remuneracionesde estos ser+icios se reirán por el relamento respecti+o.

Artículo =7.- Si al practicarse el reconocimiento de unbu'ue la "omisin enconare 'ue no está en condiciones dena+ear! declarará su inna+eabilidad! absoluta o reparable!en el inorme 'ue rinda antela "apitanía de #uerto , 3sta no

permitirá la salida de la na+e mientras subsista esa decisin!dando cuenta al 9inisterio de ransporte , "omunicaciones.

*L dueño del bu'ue o su representante podrá apelar el allode la "omisin ante el 9inisterio de ransporte ,

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 14/55

"omunicaciones! el cual resol+erá en de4niti+a. *staapelacin deberá ser introducida por rano del "apitán de#uerto , dentro de los primeros cinco días despu3s denoti4cado el interesado del respecti+o allo.

Artículo =.- *n el caso de 'ue no se e%er&a el recurso deapelacin o de 'ue el 9inisterio de ransporte ,"omunicaciones con4rme la decisin de la "omisin! el"apitán de #uerto indicará al dueño o al "apitán del bu'ue lasreparaciones necesarias para ponerlo en estado dena+eabilidad! concedi3ndoles un pla&o ra&onable para

eectuarlas! pasado el cual , si no se hubieren reali&ado lasreparaciones indicadas o 3stas no ueren satisactorias se5nel inorme de la "omisin reconocedora! se eliminará el bu'uedel <eistro de la 9arina 9ercante 1acional! , el "apitán de#uerto hará la debida participacin al 9inisterio de ransporte, "omunicaciones.

"apítulo I

/el Arribo de u'ues

Artículo =;.- 1in5n bu'ue! cual'uiera 'ue sea su clase ,nacionalidad! podrá ondear o atracar en luares de la costade la <ep5blica 'ue no est3n habilitados para el comercio! sin

pre+io permiso de la autoridad marítima! respecti+a! sal+o encaso de peliro inminente de nauraio o por cual'uier otracausa de uera ma,or.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 15/55

Artículo ==.- A la lleada de un bu'ue a puerto! despu3s dela correspondiente inspeccin sanitaria! será +isitado por laautoridad marítima respecti+a! 'uien acatará las instruccionesde los uncionarios de Sanidad , de Aduana para el

cumplimiento de las disposiciones relamentariasconcernientes! , tomará las medidas 'ue considerenecesarias para hacer eecti+as 3stas disposiciones.

Artículo =>.- Sal+o casos de emerencia 'ue obliuen amodi4carlo! el orden de prioridad para la recepcin de bu'uesserá el siuiente:

7. u'ues de pasa%eros? ,

. u'ues de cara.

"apítulo I

/el ransporte de #asa%eros

Artículo =6.- 1in5n bu'ue podrá transportar pasa%eros!entre puertos nacionales! en n5mero ma,or 'ue el 4%ado de

acuerdo con la relamentacin respecti+a.

La autoridad marítima no permitirá el embarco de pasa%eroscuando! a su %uicio! el bu'ue no re5na las debidas condicionesde seuridad , comodidad.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 16/55

Artículo [email protected] 1in5n bu'ue podrá conducir pasa%eros encubierta! sal+o casos de urencia o cuando se trate de

inmirantes! debiendo entonces lle+ar sobre ella! a una alturacon+eniente! una toldilla de madera o de tela impermeable'ue cubra o resuarde a los pasa%eros de la intemperie.

Artículo =8.- 1o será permitido recibir a bordo comopasa%eros a in+álidos! enermos , menores de doce años! 'ueno +a,an acompañados por amiliares o personas 'ue

aranticen su atencin durante el +ia%e.

#arárao Bnico.- 1o se permitirá el embarco de personas'ue! a %uicio de la autoridad sanitaria del puerto! puedanpropaar cual'uier enermedad su%eta a declaracininternacional obliatoria.

Artículo =2.- odo bu'ue 'ue transporte pasa%eros! deberáembarcar! con el e$ceso 'ue permitan las le,es! además delas pro+isiones destinadas a la tripulacin! el aua , los+í+eres necesarios para el +ia%e! de acuerdo con el n5mero ,cateoría de los pasa%eros , la probable duracin del +ia%e.

#arárao Bnico.- 1o podrán embarcarse ni aua ni +í+eres'ue por sus condiciones no deban ser consumidos a%uicio dela autoridad sanitaria del puerto? ni podrán ser depositados niuna ni otros en sitios 'ue! a %uicio de la misma autoridadsanitaria! no sean apropiados para ese destino.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 17/55

Artículo >0.- Si durante la na+eacin los pasa%eros se+ieren pri+ados de una parte de la alimentacin 'ue les

corresponda de acuerdo con la cateoría de su pasa%e! , estapri+acin uere ocasionada por alta de +í+eres! debida aimpre+isin del "apitán o propietario! dichos pasa%erostendrán derecho a reclamar del aente o dueño del bu'ue!una suma diaria 'ue en nin5n caso será inerior al +einte porciento (0H) del +alor del pasa%e.

Artículo >7.- "ada +e& 'ue la autoridad marítima lo cre,erecon+eniente! podrá inspeccionar los bu'ues 'ue transportanpasa%eros , sus "apitanes deberán prestarles las acilidadesnecesarias para +eri4car todo lo relati+o a +í+eres! auada!estado de los botes , en eneral cuanto se re4era a laseuridad , comodidad de los pasa%eros.

Artículo >.- *n casos urentes! cuando lo re'uiera laseuridad del bu'ue! los pasa%eros están obliados a prestarasistencia al "apitán! si 3ste lo e$iiere! , se presumirá 'ue el"apitán obra en a+or del bien com5n , en deensa de losintereses enerales. 1o prestar dicha asistencia! acarrearesponsabilidad , el autor podrá ser compelido por el "apitána obedecer! sin per%uicio de la accin ci+il o penal a 'uehubiere luar.

Artículo >;.- 1in5n bu'ue destinado a conducir pasa%erospodrá transportar entre su cara substancias o productose$plosi+os! inamables o corrosi+os! sino en la orma ,

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 18/55

condiciones 'ue e$presen las le,es , relamentosrespecti+os.

"apítulo I

/e los /ocumentos 'ue deben lle+ar a ordo , del Jarpe

Artículo >=.- odo bu'ue mercante nacional 'ue sala ana+ear! debe tener a bordo los documentos siuientes:

a) "erti4cado de 9atrícula?

b) #atente o Licencia de 1a+eacin?

c) "erti4cado de ar'ueo?

d) <ol de tripulantes?

e) "erti4cado de na+eabilidad?

) Lista de pasa%eros! si los transporta?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 19/55

) Los demás documentos e$iidos por las le,es ,relamentos pertinentes.

#arárao Bnico.- Los bu'ues a 'ue se re4ere el Artículo 0de esta Le, estarán obliados a tener a bordo el "erti4cadode 9atrícula! el #ermiso *special! el <ol de ripulantes! , lalista de pasa%eros respecti+a , los documentos e$iidos porlas autoridades sanitarias.

Artículo >>.- odo bu'ue nacional! con e$cepcin de losindicados en el artículo 0 de esta Le,! está obliado a lle+ara bordo! además de los documentos a 'ue se re4ere elartículo >=! los siuientes:

a) Kn e%emplar del "dio de "omercio?

b) Kn e%emplar del "dio "i+il?

c) Kn e%emplar de la Le, ránica de Aduanas?

d) Kn e%emplar de la Le, ránica del raba%o?

e) Kn e%emplar de la Le, de #ilota%e?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 20/55

) Kn e%emplar de esta Le,?

) Kn e%emplar del "dio nternacional de Señales?

h) Los libros: /iario de 1a+eacin , de #uerto , /iario de9á'uinas! se5n el modelo relamentario? e

i) Los siuientes <elamentos: nternacional para e+itar

"olisiones en el 9ar! los de Jonas de #ilota%e! de Sanidad9arítima! de la Le, ránica del raba%o! de la Le, ránicade Aduanas , de esta Le,.

Artículo >6.- #ara salir de puerto todo bu'ue con e$cepcinde los comprendidos en el artículo 0 de esta Le,! debeobtener permiso! por escrito! del "apitán de #uerto! 'uien lo

e$pedirá con 4%acin del t3rmino concedido para &arpar!pre+ia presentacin del /espacho Aduanero respecti+o ,pre+ia comprobacin de 'ue se han cumplido todas lasdisposiciones leales , relamentarias correspondientes ,siempre 'ue no ha,a prohibicin o impedimento de salida.

*L "apitán de toda na+e mercante debe solicitar de la

"apitanía de #uerto el permiso de salida prescrito en esteartículo! dentro de las doce () horas siuientes alcumplimiento de todos los demás re'uisitos necesarios parala salida.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 21/55

#arárao Bnico.- 1o se concederá &arpa a nin5n bu'uemercante nacional o e$tran%ero 'ue! a %uicio de la autoridadmarítima! se encuentre mal estibado! con peliro para laseuridad del bu'ue.

"apítulo I

/el #ersonal , Actos de a ordo

Artículo >@.- odo "apitán de bu'ue mercante nacional ,!

por lo menos! el cincuenta por ciento (>0H) del resto de latripulacin! deben ser +ene&olanos.

Artículo >8.- *l personal de a bordo de todo bu'uemercante nacional se clasi4cará en los siuientesdepartamentos:

a) "ubierta?

b) 9a'uinas?

c) "ámara? ,

d) Ser+icio eneral.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 22/55

*n el relamento respecti+o se determinará la orani&acinde cada departamento , la %erar'uía del personal.

Artículo >2.- "orresponde al "apitán desinarlos o4ciales ,demás personas 'ue deben componerla tripulacin del bu'uea su mando! de acuerdo con el dueño? pero los contratos deenanche deberán hacerse por ante un "apitán de #uerto dela <ep5blica! de conormidad con la presente Le, , la Le,ránica del raba%o! el "dio de "omercio , lasdisposiciones relamentarias aplicables.

Artículo 60.- Los "apitanes de bu'ues no podrán despedir anin5n miembro de la tripulacin sino por causa %usti4cada! ,cumpliendo las ormalidades 'ue se 4%en en el respecti+orelamento , en la Le, ránica del raba%o , su <elamento.

Artículo 67.- odo capitán de bu'ue! antes de enanchar alpersonal 'ue ormará parte de su tripulacin! deberáaseurarse de 'ue cada uno de ellos ha,a cumplido con la Le,de "onscripcin , Alistamiento 9ilitar , re5na las condicionesrelamentarias para el ser+icio a bordo.

Artículo 6.- *L "apitán de bu'ue slo podrá de%ar

miembros de la tripulacin en puerto e$tran%ero cuando est3obliado a entrearlos a las autoridades del país en 'ue seencuentre el bu'ue! de acuerdo con sus respecti+as le,es. *neste caso! hará la debida participacin a la representacin/iplomática o "onsular de la <ep5blica! acreditado en elpuerto o en su deecto al de una nacin amia.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 23/55

Artículo 6;.- *L "apitán de un bu'ue no podrá de%arindi+iduos de la tripulacin en puertos nacionales sino por

causa %usti4cada.

Artículo 6=.- Si durante la permanencia de un bu'ue enpuerto nacional ocurriere a bordo la deuncin de al5ntripulante! o se cometiere un hecho delictuoso! el "apitándará cuenta inmediatamente por escrito a la autoridadmarítima! a los 4nes consiuientes.

Artículo 6>.- Si durante la permanencia de un bu'uenacional en puerto e$tran%ero ocurriere a bordo alunadeuncin! el "apitán lo inormará por escrito al "nsul deene&uela! con las especi4caciones del caso! a 4n de 'ue esteuncionado le+ante el acta respecti+a! en+i3 copia de ella al9inisterio de ransporte , "omunicaciones , cumpla los

demás re'uisitos 'ue en estos casos señale la Le,. *L "apitánllenará! además las ormalidades e$iidas en el luar.

Artículo 66.- Si ocurre la muerte de un tripulante en altamar! el "apitán le+antará , entreará la partida de deuncinrespecti+a de acuerdo con lo pautado en el "dio "i+il. Si+einticuatro horas despu3s del allecimiento no hubiere

lleado a puerto para dar sepultura al cadá+er! , no sedispusiere de medios adecuados para conser+arlo sinper%udicar el estado sanitario del bu'ue! será lan&ado al marcon las precauciones , ritual marítimo acostumbrados. Slo enlos casos de descomposicin mani4esta del cadá+er o 'ue lamuerte sea debida a enermedad contaiosa , de ra+e

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 24/55

peliro! podrá de%arse de esperar el transcurso de las+einticuatro (=) horas.

Artículo [email protected] /e los eectos! bienes o +alores pertenecientesal tripulante de bu'ue mercante nacional allecido a bordo! sehará un in+entario por triplicado 'ue 4rmarán el "apitán , losdos o4ciales o tripulantes 'ue le sian en %erar'uía. Kne%emplar de este in+entario será entreado! con losrespecti+os eectos! a la autoridad marítima del puerto dondese encuentre el bu'ue o del pr$imo donde recale si estu+iereen +ia%e! otro a los amiliares del allecido si ueren conocidos

, el tercero se conser+ará para el archi+o del bu'ue. Si elallecimiento ocurriere en puerto e$tran%ero! el in+entario

 %unto con los eectos será entreado al "nsul ene&olano.

Artículo 68.- *n caso de 'ue el allecido sea un pasa%ero! seprocederá en la orma pre+ista en los Artículos anteriores paralos tripulantes! en cuanto sean aplicables.

Artículo 62.- "ada +e& 'ue ocurra el allecimiento de untripulante o pasa%ero en bu'ue mercante nacional , no seconocieren los amiliares! el 9inisterio de ransporte ,"omunicaciones lo publicará en a+iso o4cial.

Artículo @0.- Si pasados dos () meses despu3s de lapublicacin del a+iso o4cial se inorase 'ui3nes son losherederos del allecido , 3ste hubiere de%ado bienes! seprocederá con ellos en la orma 'ue pautan las le,esrespecti+as.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 25/55

Artículo @7.- *n caso de muerte por enermedadcontaiosa! se procederá con los eectos usados en la orma

'ue determinen las autoridades sanitarias? pero si estána+eando se lan&arán al mar de manera 'ue se +a,an aondo. Los demás eectos serán desinectados de acuerdo conlos <elamentos Sanitarios.

Artículo @.- /e todas las medidas 'ue se tomaren deacuerdo con los Artículos anteriores! de de%ará la debida

constancia en el /iario de 1a+eacin del bu'ue.

Artículo @;.- *n los casos de matrimonio! nacimiento!otoramiento de testamento , demás actos 'ue ocurrieren abordo de un bu'ue nacional! el "apitán procederá conorme alas disposiciones de los "dios o le,es aplicables.

Artículo @=.- #ara los eectos de este Le, , de sus<elamentos ! así como de las demás le,es , relamentospertinentes! los patronos de bu'ues nacionales tendrán! en eldesempeño de sus unciones! las mismas atribuciones ,responsabilidades 'ue se 4%an para los "apitanes! con laslimitaciones 'ue se estable&can para el tipo de bu'ues , laclase de na+eacin 'ue haan.

"apítulo I

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 26/55

/el Kso de la andera , /istinti+os en los u'ues

Artículo @>.- A bordo de los bu'ues mercantes +ene&olanos!la andera 1acional se i&ará en el asta de popa! o tambi3n en

una canre%a especial cuando la na+e se encuentrena+eando. Sobre la andera 1acional no podrá i&arseninuna otra bandera o distinti+o.

Artículo @6.- odo bu'ue debe i&arla bandera de sunacionalidad al entrara puerto! al tener un bu'ue de uerranacional a la +ista o al pasar rente a ortale&a o puerto militar

,! en eneral! al na+ear en auas territoriales o interiores.

Artículo @@.- Los bu'ues nacionales surcos en puertos+ene&olanos i&arán la bandera los dominos , demás díaseriados o de 4esta nacional! o cuando les sea ordenado por la"apitanía de #uerto.

Los bu'ues nacionales surcos en puertos e$tran%eros! i&arándiariamente la andera 1acional , la de la nacionalidad delpuerto donde se hallen! desde la salida hasta la puesta delsol.

Los bu'ues e$tran%eros surcos en puertos nacionales! i&arán

la bandera de su nacionalidad , tambi3n la +ene&olana! en lamisma orma 'ue se determina para los bu'ues nacionales enpuerto e$tran%ero.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 27/55

Los bu'ues e$tran%eros en puerto +ene&olano i&arán labandera +ene&olana en el tope del trin'uete , los bu'uesnacionales en puertos e$tran%eros lo harán iualmente conrespecto a la bandera del país en 'ue se encuentren.

#arárao Bnico.- Los bu'ues +ene&olanos o e$tran%eros! enpuerto nacional! así como los nacionales en puerto e$tran%ero!estarán obliados a empa+esar cuando asilo dispona laautoridad marítima.

Artículo @8.- "uando sea necesario o con+eniente 'ue losbu'ues de la marina mercante nacional lle+en o usendistinti+os o marcas especiales! el 9inisterio de ransporte ,"omunicaciones comunicará a los "apitanes de #uerto lasinstrucciones del caso para 'ue las haan cumplir por partede los propietarios! "apitanes o representantes de las na+es.

"apítulo I

/e los u'ues del 9isterio de la /eensa

Artículo @2.- Los bu'ues! na+es , accesorios de na+eacinde pabelln nacional! estarán su%etos a +isita , reistro porparte de las unidades adscritas al 9inisterio de la /eensa! en

los espacios acuáticos de la <ep5blica , en auasinternacionales! cuando e$istan moti+os undados para creer'ue cometen o ha,an cometido +iolaciones a las le,esnacionales o internacionales.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 28/55

Artículo 80.- Los bu'ues! na+es , accesorios de na+eacinde pabelln e$tran%ero! estarán su%etos a +isita por parte delas unidades adscritas al 9inisterio de la /eensa! en losespacios acuáticos de la <ep5blica , en auas internacionales!

cuando e$istan moti+os undados para creer 'ue cometen oha,an cometido +iolaciones a las le,es nacionales ointernacionales.

Artículo 87.- *L 9inisterio de la /eensa establecerá!mediante disposicin interna! el procedimiento para la +isita ,reistro en tiempo de pa& , de emerencia o conicto

armado! el cual deberá a%ustarse a los usos , normasinternacionales.

Artículo 8.- Los bu'ues! na+es , accesorios de na+eacinde pabelln e$tran%ero! estarán su%etos al derecho depersecucin por parte de las unidades adscritas al 9inisteriode la /eensa! en los espacios acuáticos o en auas

internacionales! cuando e$istan moti+os undados para creer'ue cometen o ha,an cometido +iolaciones a las le,esnacionales o internacionales.

Artículo 8;.- Las unidades autori&adas para e%ercer elderecho de persecucin serán las adscritas al 9inisterio de la/eensa , 'ue cumplan los re'uisitos e$iidos por esta Le,.

Artículo 8=.- *L 9inisterio de la /eensa determinará!mediante disposicin interna! el procedimiento para la

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 29/55

persecucin! el cual deberá a%ustarse a los usos , normasinternacionales.

Artículo 8>.- Las unidades adscritas al 9inisterio de la/eensa podrán interroar! e$aminar! reistrar! , detener apersonas! bu'ues o accesorios de na+eacin conorme a lale,! en e%ercicio de los derechos de +isita! reistro ,persecucin.

Artículo 86.- *n tiempo de pa&! las unidades adscritas al9inisterio de la /eensa podrán hacer uso de la uer&a en lossiuientes casos:

7. /e leitima deensa rente a una aresin o peliroinminente o actual contra la unidad o su tripulacin.

. /e leitima deensa rente a una aresin o peliroinminente o actual contra la +ida o propiedades deciudadanos +ene&olanos.

;. /e detener bu'ues! na+es o accesorios de na+eacin'ue no ha,an acatado la orden de detenerse.

=. /e proteerla interidad del territorio nacional! rente ala intrusin de unidades armadas e$tran%eras.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 30/55

>. /e deenderla +ida de ciudadanos e$tran%eros en peliro.

Artículo [email protected] *L 9inisterio de la /eensa determinará los

medios! procedimientos , relas de enanche! 'ue sere'uieran sobre el uso de la uer&a! a%ustándose a los usos ,normas internacionales.

Artículo 88.- #ara 'ue un bu'ue de pabelln nacional seaconsiderado como bu'ue de uerra! a los eectos de las le,esnacionales e internacionales! deberá cumplirlos siuientesre'uisitos:

7. #ertenecer a las uer&as Armadas 1acionales.

. *star comandado por un o4cial de las uer&as Armadas

1acionales.

;. *star tripulado por miembros de las uer&as Armadas1acionales sometidos a disciplina militar.

=. stentar los sinos e$teriores distinti+os de las unidades

de uerra de nacionalidad +ene&olana.

Artículo 82.- *L 9inisterio de la /eensa! de4nirá los sinose$teriores 'ue deberán portar las unidades de uerra de

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 31/55

pabelln nacional , autori&ará e$presamente a las 'uepuedan portarlos.

Artículo 20.- *L #residente de la <ep5blica e$pedirá #atentede 1a+eacin a los bu'ues de la Armada ma,ores de cien(700) toneladas de despla&amiento! en la cual se lesautori&ará la na+eacin de todos los espacios acuáticos ,e%ercer todos los actos necesarios para el cumplimiento de susunciones en tiempo de pa& , de uerra. #ara los bu'uesmenores del tonela%e mencionado se e$pedirá #atente de1a+eacin 4rmada por el 9inistro de la /eensa por

deleacin del ciudadano #residente.

Artículo 27.- Los "omandantes de las unidades adscritas al9inisterio de la /eensa detendrán a los desertores de lasuer&as Aneadas 'ue encuentren a bordo de bu'uesmercantes.

Artículo 2.- Las unidades adscritas al 9inisterio de la/eensa serán atendidas con preerencia cuando necesitarenpracticar cual'uier operacin en puerto +ene&olano.

Artículo 2;.- Los planos de bu'ues o accesorios 'ue +a,an

a ser construidos o ad'uiridos por oranismos de la <ep5blica!estados! municipios! institutos autnomos! sociedades ,demás entes de /erecho #ri+ado en los cuales el *stado tenauna participacin ma,or del cincuenta por ciento (>0H)deberán ser sometidos a la aprobacin del 9inisterio de la

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 32/55

/eensa? el cual podrá introducir los cambios 'ue considerecon+enientes en materia de seuridad , deensa nacional.

Artículo 2=.- *L 9inisterio de la /eensa! podrá e%ercer lasmedidas necesarias para aranti&arla preser+acin del medioambiente marino más allá de los limites de la &ona econmicae$clusi+a.

"apítulo I

/e la Arribada or&osa

Artículo 2>.- *L "apitán de cual'uier bu'ue mercantenacional 'ue hiciere arribada or&osa a un puerto e$tran%ero!deberá presentarse ante el "nsul de ene&uela o! en sudeecto! ante el de una nacin amia! a la ma,or bre+edad! ae$poner las ra&ones 'ue %usti4'uen dicha arribada! de todo lo

cual se le+antará , 4rmará acta.

/icha acta , los documentos presentados como prueba!con inorme del "nsul! serán en+iados por este en primeraoportunidad a la autoridad marítima del puerto nacional a 'uedeba arribar el bu'ue. *l respecti+o "apitán de #uerto en+iarácopia de dichos documentos al 9inisterio de ransporte ,

"omunicaciones.

#arárao Bnico.- "aso de 'ue la autoridad marítima noencuentre su4cientemente %usti4cada la arribada or&osa!

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 33/55

remitirá lo actuado al Mue& 1acional de Dacienda de la %urisdiccin! a los eectos consiuientes.

Artículo 26.- odo bu'ue mercante 'ue recale en arribadaor&osa en una %urisdiccin nacional deberá &arpar! al cesar lacausa o moti+o de la arribada! pre+io cumplimiento de losre'uisitos establecidos en el artículo >6 de esta Le,.

Artículo [email protected] Son causas de arribada or&osa:

7. /año en el casco! arboladura! apare%os! +elamen!ma'uinarias u otra a+ería 'ue impida al bu'ue continuarna+eando sin ra+e peliro?

. *nermedad no contaiosa de la ma,or parte de la

tripulacin o el hecho de presentarse a bordo alunaenermedad contaiosa?

;. oda circunstancia de uer&a ma,or 'ue impidaabsolutamente la continuacin del +ia%e.

Artículo 28.- *n caso de arribada or&osa de un bu'ue a %urisdiccin nacional! la autoridad marítima! al tenerconocimiento de la arribada! dará inmediatamente a+iso a laautoridad sanitaria del luar con el 4n de 'ue pase a bordo ae$aminar el estado sanitario del bu'ue. /espu3s de eectuadala +isita por la autoridad sanitaria! la autoridad marítima

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 34/55

pasará +isita al bu'ue , en dicho acto el "apitán entreará la#atente o Licencia de 1a+eacin! se5n el caso! el rol de latripulacin , la lista de pasa%eros. *n el mismo acto el "apitánrelatará! con todos sus pormenores! la causa de la arribada.

 erminada la +isita se retirará la autoridad marítima de%ando abordo la custodia 'ue %u&ue con+eniente.

*n todo caso! la autoridad marítima cumplirá , hará 'ue secumplan los re'uisitos leales , relamentarios pertinentes!dictará las medidas encaminadas a la seuridad de la cara ,lo comunicará al 9inisterio de ransporte , "omunicaciones ,

al Cerente de Aduana de la %urisdiccin.

Artículo 22.- *n caso de 'ue ore&ca dudas la causa de laarribada or&osa a %urisdiccin nacional! la autoridad marítimaprocederá a tomar declaracin a la tripulacin del bu'ue , alos pasa%eros! a+eriuando minuciosamente la +erdad de loshechos! pudiendo al mismo tiempo practicar inspecciones

oculares , ordenarlos reconocimientos periciales procedentespara determinar la importancia de la a+ería o daño surido porel bu'ue! si 3ste uera el caso.

"uando de la a+eriuacin practicada resultare 'ue lacausa de la arribada es 4nida o preparada deliberadamente!o 'ue habi3ndola en realidad! no sea tan ra+e para 'ue elbu'ue no pudiese continuar su +ia%e! o sise e+idenciara 'ueha podido ser otro el punto de arribada! en atencin a lascircunstancias de tiempo! calidad del bu'ue , derrotero 'uedebía lle+ar se5n su procedencia , destino! o cuando! entodo caso! la autoridad marítima no encuentresu4cientemente %usti4cada la arribada or&osa! dicha

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 35/55

autoridad remitirá lo actuado al Mue& 1acional de Dacienda dela %urisdiccin a los eectos consiuientes , dará a+iso de elloal 9inisterio de ransporte , "omunicaciones , al Cerente deAduana de la %urisdiccin.

/e iual modo procederá la autoridad marítima en loscasos en 'ue no se compruebe la causa de la arribada.

Artículo 700.- *n los casos de arribada or&osa porenermedad! la autoridad marítima hará cumplirlas medidasprescritas por la autoridad sanitaria sin p3rdida de tiempo!'uedando el bu'ue! en todo caso! ba%o la +iilancia de lasautoridades marítima , aduanera para los eectosconsiuientes.

Artículo 707.- La estada de un bu'ue 'ue recale en arribadaor&osa! será determinada por la autoridad marítima! deacuerdo con la naturale&a del accidente , el tiempoprudencial calculado para las reparaciones , operacionesnecesarias.

"apítulo I

/e los Accidentes 9arítimos , del Sal+amento

Artículo 70.- *L "apitán de bu'ue 'ue encuentre una na+een peliro o cu,o au$ilio sea re'uerido por otra! deberáemplear todos los medios de 'ue dispona para prestarla

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 36/55

correspondiente asistencia. La prestacin de asistencia sereirá por las disposiciones leales pertinentes.

Artículo 70;.- *n casos de perdida! nauraio! incendios!aborda%es! +araduras o a+erías de bu'ues mercantes!corresponde a la autoridad marítima tomarlas pro+idencias'ue ueren necesarias para el sal+amento de las personas ,de las cosas! la custodia de los eectos o cara sal+ados odesembarcados para ali%ar el bu'ue , asimismo deberáprestar su a,uda a las autoridades respecti+as para lasa+eriuaciones correspondientes.

Artículo 70=.- *n caso de p3rdida! nauraio! incendio!aborda%es! +araduras o a+erías de bu'ues mercantes! el"apitán este obliado! con los 4ciales o tripulantes! a dar porescrito un inorme circunstanciado sobre el suceso! dentro delas +einticuatro (=) horas de su lleada a un puertocual'uiera! al "apitán de #uerto de la %urisdiccin! si el bu'ue

arribare a puerto +ene&olano! o al "nsul de ene&uela ,! endeecto de 3ste! a la autoridad competente del luar! si elbu'ue arribare a puerto e$tran%ero. *n uno , en otro caso!este inorme será rati4cado! ba%o %uramento! en el primerpuerto +ene&olano donde lleare el "apitán del bu'ue , loso4ciales o tripulantes.

Artículo 70>.- *n los casos de p3rdida o nauraio! laautoridad marítima 'ue ha,a conocido del siniestro! hará une$pediente de todo lo actuado , lo remitirá al Mu&ado1acional de Dacienda respecti+o! a los 4nes consiuientes.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 37/55

Artículo 706.- *n caso de p3rdida! nauraio! incendio , eneneral de todo accidente marítimo! ocurridos en la

 %urisdiccin nacional! la autoridad marítima lo comunicará! porla +ía más rápida! al 9inisterio de ransporte ,

"omunicaciones , asimismo a las demás autoridades a'uienes pueda interesar el conocimiento del siniestro oaccidente.

Artículo [email protected] #ara los eectos de esta Le, , de sus<elamentos! se considerarán como ocurridos a bordo de losbu'ues mercantes! los incendios 'ue se declaren en astilleros!

obras , establecimientos ubicados a orillas de mar! laos oríos na+eables.

Artículo 708.- Se atribu,en al *%ecuti+o 1acional lasunciones del Ser+icio 1acional de 5s'ueda , Sal+amento9arítimos de ene&uela.

Artículo 702.- Se entiende por b5s'ueda , sal+amentomarítimos el empleo del recurso humano , otro medios paraprestar au$ilio en orma pronta , e4ca&.

Artículo 770.- Las labores de b5s'ueda , sal+amento

marítimos estarán diriidas undamentalmente a +idashumanas. *L sal+amento de bienes será reali&ado cuando lascondiciones lo permitan , podrá estar sometido al pao deuna remuneracin! de acuerdo a las normas nacionales einternacionales sobre la materia.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 38/55

Artículo 777.- *L *%ecuti+o 1acional! determinará loscomponentes , orani&acin del Ser+icio 1acional de5s'ueda , Sal+amento 9arítimos.

Artículo 77.- Los oranismos p5blicos o pri+ados! bu'ues!aerona+es o personas 'ue inter+enan en operaciones deb5s'ueda , sal+amento marítimos actuarán ba%o la direccindel *%ecuti+o 1acional.

Artículo 77;.- Los ranos correspondientes del #oder*%ecuti+o podrán prohibirla participacin de bu'ues!aerona+es o personas 'ue no cumplan sus rdenes einstrucciones en las operaciones de b5s'ueda , sal+amentomarítimos.

Artículo 77=.- Las personas u oranismos p5blicos opri+ados! 'ue tenan noticia de cual'uier situacin! accidenteo siniestro marítimo! deberán noti4carlo a cual'uiera de losoranismos del #oder *%ecuti+o.

Artículo 77>.- Los aentes na+ieros! armadores , "apitaníasde #uerto proporcionarán la inormacin 'ue les sea re'ueridapor el #oder *%ecuti+o a los 4nes del control de trá4co

marítimo establecido en esta Le,.

Artículo 776.- *n cumplimiento del principio internacionalde cooperacin de los *stados en materia de b5s'ueda ,sal+amento marítimos! el *%ecuti+o 1acional podrá autori&arla

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 39/55

entrada en bu'ues , sobre+uelo de aerona+es p5blicos ,pri+ados! de pabelln e$tran%ero! en áreas ba%o soberanía o

 %urisdiccin de la <ep5blica! a los solos eectos de colaboraren operaciones de b5s'ueda , sal+amento marítimos! cuando

sea re'uerido.

*sta autori&acin será noti4cada de inmediato a losoranismos encarados de la seuridad del espacio a3reo.

Artículo [email protected] *L *%ecuti+o 1acional acilitará en la medidade lo posible! los ser+icios de comunicaciones a las aerona+esnacionales , e$tran%eras 'ue inter+enan en operaciones deb5s'ueda , sal+amento marítimos! inclu,endo el to'ue ,reapro+isionamiento en aeropuertos nacionales! siempre 'uee$ista la reciprocidad con el *stado del pabelln de lasaerona+es.

Artículo 778.- Las aerona+es p5blicas , pri+adas depabelln e$tran%ero pre+iamente autori&adas para inter+eniren operaciones de b5s'ueda , sal+amento marítimos'uedarán e$oneradas de todo pao de derechos , tasascausados de acuerdo con la Le, de A+iacin "i+il! siempre 'uee$ista reciprocidad con el *stado del pabelln de lasaerona+es.

Artículo 772.- *L *%ecuti+o 1acional dictará lasdisposiciones necesarias para el control del trá4co marítimo!en 3poca de pa& , del control na+al de trá4co marítimo enestado de emerencia.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 40/55

Artículo 70.- *L *%ecuti+o 1acional podrá prohibir el &arpede bu'ues! nacionales o e$tran%eros! cuando no cumplan los

e$tremos leales correspondientes.

"apítulo I

/e la "onstruccin , 9odi4cacin de u'ues

Artículo 77.- #ara la construccin de un bu'ue mercantede cara ma,or de > toneladas! o con destino al trá4co depasa%eros! es indispensable la pre+ia autori&acin del9inisterio de ransporte , "omunicaciones. La solicitud paraobtener esta autori&acin! deberá ser remitida! por rano dela "apitanía de #uerto! %unto con los planos , demás re'uisitos'ue se determinen en el respecti+o <elamento.

#arárao Bnico.- La misma autori&acin es indispensablepara proceder a modi4caciones en la estructura! clase o portede un bu'ue.

Artículo 7.- odo propietario de bu'ue está en laobliacin de en+iar al 9inisterio de ransporte ,

"omunicaciones! por una sola +e&! un (7) %ueo de planos dela na+e! cuando 3sta e$ceda de ciento cincuenta (7>0)toneladas de reistro.

"apítulo II

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 41/55

/el rden , de la /isciplina a ordo

Artículo 7;.- A bordo de los bu'ues mercantes! el "apitán

e%ercerá la autoridad superior , están subordinados a 3l losindi+iduos de la tripulacin , los pasa%eros! 'uienes en todomomento le deben respeto , obediencia en lo relati+o a lasunciones de su caro.

Artículo 7=.- #ara el mantenimiento del orden a bordo! el"apitán está in+estido de autoridad disciplinada.

Artículo 7>.- Se consideran actos de indisciplina lasreclamaciones 'ue se haan al "apitán! por tripulantes opasa%eros! en orma tumultuosa? las 'ue se haan en ormacolecti+a! aun cuando no tenan el carácter de tumultuosas!si el n5mero de reclamantes e$cede de la tercera parte deltotal de tripulantes o pasa%eros , en orma no permitida por laLe,! o los <elamentos? , las 'ue se haan por medio deactos de +iolencia! con armas o sin ellas! con desacato a lasindicaciones u rdenes del "apitán. Los promotores opatrocinantes de tales actos , los 'ue resulten culpables dehechos delictuosos! estarán su%etos a las responsabilidadesdel caso! de acuerdo con las le,es penales respecti+as.

Artículo 76.- *L "apitán en nin5n caso impedirá 'ue lostripulantes o pasa%eros se presenten ante la autoridadmarítima o consular! se5n el caso! para reclinar contra suproceder.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 42/55

Artículo [email protected] *l tripulante o pasa%ero! responsable de alsaalarma! conusin o desorden a bordo! será castiadodisciplinariamente por el "apitán del bu'ue. *ste castiodisciplinario no impide la aplicacin de cuales'uiera otra

sanciones o responsabilidades a 'ue ha,a luar! por lasautoridades a 'uienes corresponda establecerlas! conorme alas le,es.

"apítulo II

/e las nspecciones

Artículo 78.- *L 9inisterio de la /eensa podrá reali&ar+isitas de inspeccin a bu'ues de pabelln nacional oe$tran%ero en puertos nacionales o terminales mar adentro , ainstalaciones e islas arti4ciales ubicadas en los espaciosacuáticos para aseurar el 4el cumplimiento de las le,esnacionales e internacionales en las materias de su

competencia.

Artículo 72.- *L 9inisterio de la /eensa determinarámediante disposicin interna! el procedimiento para lasinspecciones! 'ue deberá a%ustarse a los usos , principios del/erecho nternacional. *n todo caso! no se autori&ará el &arpede nin5n bu'ue 'ue no cumpla con las condiciones mínimas

de seuridad e$iidas por las normas internacionales.

Artículo 7;0.- Los uncionarios adscritos al 9inisterio de la/eensa tendrán las más amplias acultades para inresar alos puertos! terminales en mar abierto! instalaciones

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 43/55

arti4ciales , na+es! en cumplimiento de sus unciones deSal+auarda 1a+al. Las demás autoridades nacionales ,reionales estarán obliadas a acilitar , colaborar con esteacceso.

"apítulo II

/e las n+estiaciones "ientí4cas

Artículo 7;7.- "orresponde al 9inisterio de la /eensa el

control , +iilancia de las in+estiaciones cientí4cas 'ue selle+en a cabo en los espacios acuáticos de la <ep5blica! encoordinacin con los demás oranismos competentes.

Artículo 7;.- La cali4cacin de una determinada acti+idadcomo de in+estiacin cientí4ca en los espacios acuáticosserá establecida por las autoridades correspondientes del

*%ecuti+o 1acional.

Artículo 7;;.- "orresponde al *%ecuti+o 1acional autori&arlas in+estiaciones cientí4cas 'ue se lle+en a cabo en losespacios acuáticos de la <ep5blica. #ara solicitar dichaautori&acin! los interesados deberán obtener pre+iamentetodos los otros permisos e$iidos por las le,es +ene&olanas.

"apítulo II

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 44/55

/e las <esponsabilidades , las #enas

Artículo 7;=.- Las acciones u omisiones 'ue constitu,andelito o alta , tenan luar en o con ocasin de la

na+eacin! serán sancionados de acuerdo con el "dio#enal o la le, aplicable.

Artículo 7;>.- Sin per%uicio de los dispuesto en el artículo7;= de esta Le,! cuando ha,a luar! incurrirán en multa! concarácter solidario:

a) /e die& unidades tributarias (70 K..) a cincuentaunidades tributarias (>0 K..)! las personas 'ue en cada caso!no acaten la orden de comparecencia 'ue díctela autoridadmarítima conorme al artículo @ de esta Le,?

b) /e die& unidades tributarias (70 K.) a +einticinco

unidades tributarias (> K..)! el propietario 'ue no hubiesesolicitado la correspondiente insercin en el <eistro de la"apitanía de #uerto! conorme a lo dispuesto en el artículo 7=de esta Le,?

c) /e cien unidades tributarias (700 K..) a doscientascincuenta unidades tributarias (>0 K..)! cada una de las

personas 'ue indebidamente presten sus nombres paraobtener 9atrícula nacional para un bu'ue e$tran%ero! así como todos los empleados o uncionarios p5blicos 'ueinter+enan en aluna ena%enacin simulada de bu'ues. *nlas mismas penas incurrirán los "apitanes 'ue se apro+echende la nacionali&acin así obtenida?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 45/55

d) /e cien unidades tributarias (700 K..) a mil unidadestributarias (7.000 K..)! el propietario! "apitán o aente del

bu'ue 'ue de%e de presentarse a puerto nacional durante un(7) año o del cual no se tena noticia en la "apitanía de#uerto de su domicilio durante seis (6) meses! sin causa

 %usti4cada?

e) /e die& unidades tributarás (70 K..) a cien unidadestributarias (700 K..)! el "apitán o propietario del bu'ue

cuando! sin moti+o %usti4cado! no e$hiba! pierda o deteriore la#atente! Licencia! 9atrícula o #ermiso?

) /e die& unidades tributarias (70 K..) a cincuentaunidades tributarias (>0 K..)! el "apitán 'ue no presenteantela autoridad marítima o consular! cuando le sea re'ueridou obliatorio el rol de tripulantes o cuando resulte incompleto

o ma,or el n5mero de 3stos sin moti+o %usti4cado?

) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cienunidades tributarias (700 K..)! el "apitán 'ue no haareno+ar el rol de tripulacin en los casos 'ue le seaobliatorio?

h) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a 'uinientasunidades tributarias (>00 K..)! el "apitán! propietario oaente del bu'ue 'ue inrin%a el Artículo =; de esta Le,?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 46/55

i) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a 'uinientasunidades tributarias (>00 K..)! el "apitán! el propietario! elaente o los miembros de la tripulacin 'ue no cumplieren lasinstrucciones u rdenes 'ue las dieren las autoridades

marítimas o consulares +ene&olanas en e%ercicio de susatribuciones leales?

 %) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a 'uinientasunidades tributarias (>00 K..)! el "apitán! propietario oaente del bu'ue 'ue transporte ma,or cara o pasa%ero 'uelos 4%ados?

N) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a doscientascincuenta unidades tributarias (>0 K..)! el "apitán!propietario o aente del bu'ue 'ue de%e de embarcarlaspro+isiones necesarias para la alimentacin de la tripulacin opasa%ero! indicados en el artículo =2 de esta Le,?

l) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cienunidades tributarias (700 K..)! el "apitán del bu'ue! 'ueindebidamente! no lle+e a bordo cual'uiera de losdocumentos a 'ue se re4ere la primera parte del Artículo >=de esta Le, , de die& unidades tributarias (70 K..) acincuenta unidades tributarias (>0 K..)! en los casos del#arárao Bnico del mismo artículo.

#arárao Bnico.- *n el caso de alta de los documentose$iidos por las autoridades sanitarias! la autoridad marítima

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 47/55

respecti+a retendrá la 9atrícula correspondiente hasta 'ue elbu'ue est3 pro+isto de esos documentos?

m) /e cinco unidades tributarias (> K..) a +einticincounidades tributarias (> K..)! el "apitán de un bu'ue 'ue nolle+e a bordo los "dios! Le,es! Libros , <elamentos a 'uese re4ere el Artículo >> de esta Le,?

n) /e die& unidades tributarias (70 K..) a cien unidadestributarias (700 K..)! el "apitán del bu'ue 'ue embar'ueindebidamente personal de la tripulacin o no cumpla lasormalidades establecidas para los actos de a bordo conormeal "apítulo I de esta Le,?

ñ) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a cienunidades tributarias (700 K..)!

el "apitán de un bu'ue 'ue no cumpla con lasdisposiciones establecidas para el uso de la bandera?

o) /e die& unidades tributarias (70 K..) a +einticincounidades tributarias (> K..)! el "apitán! propietario o aente

del bu'ue 'ue no lle+e o use los distinti+os o marcasespeciales 'ue le ha,an sido indicados por el respecti+o"apitán de #uerto?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 48/55

p) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cienunidades tributarias (700 K..)! por cada día de retardo! el"apitán! propietario o aente del bu'ue 'ue no solicite elpermiso de &arpe en el t3rmino pre+isto por el Artículo >6 de

esta Le,! o 'ue no &arpe dentro del t3rmino 4%ado en elcorrespondiente permiso! sin causa %usti4cada?

') /e die& unidades tributarias (70 K..) a cincuentaunidades tributarias (>0 K..)! el "apitán del bu'ue 'ue no sepresente ante la representacin diplomática o consular de la<ep5blica! despu3s de arribada or&osa a puerto e$tran%ero?

r) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a milunidades tributarias (7.000 K..)! el "apitán del bu'ue 'ue noprestare el debido au$ilio o asistencia a otro?

s) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a milunidades tributarias (7.000 K..)! el propietario o constructorde un bu'ue 'ue no ha,a obtenido la autori&acin a 'ue sere4ere el artículo 77 de esta Le,?

t) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cienunidades tributarias (700 K..)! por cada indi+iduo! el "apitán

del bu'ue 'ue indebidamente de%e de recoer a bordotripulantes +ene&olanos abandonados en puerto e$tran%ero ode recibir a bordo a +ene&olanos repatriados! conorme alartículo 7=7 de esta Le,?

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 49/55

u) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cincuentaunidades tributarias (>0 K..)! el "apitán del bu'ue mercantenacional 'ue en puerto e$tran%ero no deposite en la o4cinaconsular +ene&olana los documentos a 'ue se re4ere el

Artículo 7= de esta Le,?

+) /e cinco unidades tributarias (> K..) a +einticincounidades tributarias (> K..)! el "apitán 'ue no presente a laautoridad marítima o consular! los tripulantes o lista depasa%eros 'ue se les pida de acuerdo con el Artículo 7== deesta Le,?

O) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a milunidades tributarias (7.000 K..)! el propietario o e%ecutor delas obras a 'ue se re4ere el Artículo 7=@ de esta Le,! cuandono hubieren obtenido la correspondiente autori&acin con laobliacin de destruirlas construcciones así le+antadas!cuando uere ordenado e$presamente?

$) /e cincuenta unidades tributarias (>0 K..) a dos milunidades tributarias (.000 K..)! la persona o personas 'uereali&aren o hicieren practicar! sin el debido permiso!cuales'uiera de las operaciones a 'ue se re4ere el Artículo7=8 de esta Le,! más el decomiso de los instrumentos!ob%etos , estudios utili&ados o reali&ados?

,) /e +einticinco unidades tributarias (> K..) a cienunidades tributarias (700 K.)! toda inraccin de esta Le, ode sus <elamentos 'ue no est3 sancionada e$presamente.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 50/55

Artículo 7;6.- La imposicin de las multas establecidas enel Artículo 7;> de esta Le,! corresponderá a los "apitanes de

#uerto! ,a sea por conocimiento directo de la accin u omisinrespecti+as o por noti4cacin! debidamente inormada! 'uedel caso le hará el correspondiente uncionario.

Artículo 7;@.- A los eectos de esta Le, se utili&a la Knidad ributaria en +iencia. *L pao de multas , derechos 'ue secausen conorme a esta Le, , sus <elamentos se eectuarán

se5n lo dispuesto en la Le, ránica de Dacienda #5blica1acional , el de tasas conorme al "dio ránico ributario.

Artículo 7;8.- /e las multas impuestas! pre+io pao oa4an&amiento! podrá apelarse por el sancionado dentro de loscinco (>) días siuientes a su noti4cacin , por rano delrespecti+o "apitán de #uerto por ante el 9inisterio de

 ransporte , "omunicaciones! cu,a decisin será de4niti+a. *L9inisterio con4rmará la multa o la declarará improcedente? ,cuando lo e$i%an los intereses de la na+eacin! podrá reba%aro condonarla pena respecti+a.

Artículo 7;2.- "uando +encido el t3rmino para cancelar lamulta! 3sta no se hubiere satisecho o no uere posible

e%ecutarla respecti+a 4an&a! la persona directamenteresponsable de la accin u omisin surirá pena de arresto porcon+ersin! de acuerdo con el "dio #enal! la cual dispondráel respecti+o "apitán de #uerto.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 51/55

Artículo 7=0.- 1in5n bu'ue mercante nacional podráembarcar armas de uerra ni municiones para su ser+icio! sinla autori&acin respecti+a del *%ecuti+o ederal! otorada porel rano correspondiente.

Las contra+enciones a este artículo serán penadas deconormidad con la Le, de la matea.

Artículo 7=7.- Los "apitanes de bu'ues nacionales deberánrecoer a bordo! de acuerdo con los medios de 'uedisponan! a los tripulantes +ene&olanos 'ue se encuentrenabandonados en puerto e$tran%ero! donde no ha,a 4cina"onsular de ene&uela. ambi3n están obliados a recibir abordo a los +ene&olanos 'ue los "nsules de la <ep5blica se+ean en la necesidad de repatriar! siempre 'ue el numerototal de ellos no sea ma,or del die& por ciento (70H) del totalde tripulantes del bu'ue o 'ue! a causa de uer&a ma,or!

 %usti4cada antela misma autoridad "onsular! no se lo impida.

Artículo 7=.- *L "apitán de todo bu'ue mercante nacional'ue arribe a puerto e$tran%ero! deberá depositar en la o4cinaconsular +ene&olana! dentro de las +einticuatro (=) horassiuientes a su lleada! el "erti4cado de 9atrícula la #atenteo Licencia de 1a+eacin , el <ol de ripulantes.

Lo dispuesto anteriormente no tendrá eecto! si en el puertoe$istieren disposiciones 'ue obliuen a entrearlosdocumentos a las autoridades del luar! pero el "apitán

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 52/55

deberá inormar al "nsul del cumplimiento de esaormalidad.

Artículo 7=;.- Los "apitanes de bu'ues mercantesnacionales , los demás miembros de la tripulacin! al llear aun puerto e$tran%ero! están obliados a dar a las autoridadesmarítimas , al "nsul de ene&uela los inormes 'ue les pidanreerentes a su +ia%e , deberán acatarlas instrucciones 'ueellos les comuni'uen! ,a para cumplir disposiciones leales orelamentarias aplicables o para e%ecutarlas rdenes 'uedictare la autoridad +ene&olana competente.

Artículo 7==.- Los "apitanes de bu'ues nacionales! enpuerto e$tran%ero! están obliados a presentara la autoridadmarítima del luar , a la "onsular +ene&olana! cada +e& 'ue3stas lo re'uieran! los indi+iduos de su tripulacin , la lista depasa%eros.

Artículo 7=>.- #ara todo lo concerniente a la aplicacin de lapresente Le, , de sus <elamentos! la hora 'ue se tomará encuenta será la hora leal de ene&uela o sea la dierenciahoraria correspondiente a cuatro (= ) horas al oeste del9eridiano de CreenOich , se contará en orma corrida de 0 (0)a +einticuatro (=) horas por cada día! ci+il! empe&ando amedia noche.

Artículo 7=6.- "uando las condiciones de deensa nacionallo re'uieran o circunstancias especiales lo e$i%an! el *%ecuti+o

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 53/55

1acional podrá prohibir el trá4co de bu'ues en puertos+ene&olanos.

Artículo [email protected] *L establecimiento , modi4cacin demuelles! malecones! embarcaderos! di'ues! +araderos!astilleros , de cuales'uiera otras construcciones o ser+icios!así como las instalaciones para almacenar petrleo u otroscombustibles lí'uidos o aseosos! cu,as tuberías lleuen a lalínea de la costa o arran'uen de ella! ubicados dentro de la&ona a 'ue se re4ere al Artículo ;F de esta Le,! necesitarán dela autori&acin pre+ia del *%ecuti+o 1acional! 'uien podrá

otorarla o nearla! se5n los intereses de la na+eacin o dela deensa , seuridad nacionales.

Artículo 7=8.- 1o podrá practicarse sondeos ni hacersele+antamiento de planos de las costas! puertos! bahías!canales! nos o laos de la <ep5blica sin un permiso pre+io del*%ecuti+o 1acional.

Artículo 7=2.- #or relamento especial se dispondrá todo loconcerniente al reistro , cedulacin del personal de lamarina mercante nacional.

Artículo 7>0.- Se aculta al *%ecuti+o 1acional para resol+ertodos a'uellos casos dudosos o no pre+istos en esta Le,! ni enlas otras del país 'ue se relacionen con la materia! obrandosiempre de conormidad con los dictados de la e'uidad , conlas prácticas obser+adas para casos análoos.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 54/55

"apítulo II

/isposiciones inales

Artículo 7>7.- *L *%ecuti+o 1acional 'ueda acultado paradictar los di+ersos <elamentos de esta Le,.

Artículo 7>.- Guedan e$entos de los impuestosestablecidos en la Le, de mpuesto al "onsumo Suntuario , alas entas al ma,or , en el /ecreto-Le, de Acti+os

*mpresariales! las operaciones 'ue se realicen sobre losbu'ues , accesorios de na+eacin a 'ue se re4ere el Artículo7; de esta Le,.

ualmente , sin per%uicio de lo establecido en la Le, de#ri+ileios e Dipotecas 1a+ales! a las protocoli&aciones 'ue serealicen sobre estos bu'ues o accesorios! se les e$onera el

setenta , cinco por ciento (@>H) de los impuestos pre+istosen la Le, de <eistro #5blico.

Artículo 7>;.- *sta Le, entrará en +iencia a partir de supublicacin en la Caceta 4cial de la <ep5blica de ene&uela, desde esa misma echa 'uedará deroada la Le, de1a+eacin sancionada el once de %ulio de mil no+ecientos

cuarenta , cuatro publicada en la Caceta 4cial de los*stados Knidos de ene&uela 1F 7.=@2 de echa nue+e deaosto de mil no+ecientos cuarenta , cuatro.

7/18/2019 Documentos Que Debe Llevar La Nave

http://slidepdf.com/reader/full/documentos-que-debe-llevar-la-nave 55/55

/ada! 4rmada , sellada en el #alacio ederal Leislati+o en"aracas! el primer día del mes de septiembre de milno+ecientos no+enta , ocho. Año 788F de la ndependencia ,7;2F de la ederacin.