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Documento Inicial de Evaluación Ambiental Estratégica
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de
La Palma
Ciclo de planificación hidrológica 2015–2021
DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA
Febrero 2016
Consejo Insular de Aguas de La Palma
Documento Inicial de Evaluación Ambiental Estratégica
Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma Página 2 de 96
Índice
1 Introducción y objetivos ..................................................................... 9
1.1 Objeto del documento ............................................................................. 9
1.2 Los planes hidrológicos y objetivos generales de la planificación
hidrológica ............................................................................................. 11
2 Antecedentes ..................................................................................... 14
2.1 Vinculación de la evaluación ambiental con el proceso de
planificación hidrológica ........................................................................ 15
2.2 Determinaciones ambientales de la EAE del primer ciclo ..................... 16
3 Descripción general de la Demarcación.......................................... 18
3.1 Marco administrativo y ámbito territorial ................................................ 18
3.2 Descripción general actual de la Demarcación Hidrográfica ................. 21
3.2.1 Caracterización y estado de las masas de agua .......................................... 21
3.2.1.1 Masas de agua superficiales ........................................................... 21
3.2.1.2 Masas de agua subterráneas .......................................................... 24
3.2.2 Recursos hídricos disponibles ...................................................................... 27
3.2.2.1 Recursos hídricos superficiales ....................................................... 27
3.2.2.2 Recursos hídricos subterráneos ...................................................... 28
3.2.3 Demandas de agua ...................................................................................... 30
3.3 Patrimonio hidráulico ............................................................................. 33
3.4 Diagnóstico de la evolución previsible ................................................... 34
3.4.1 Principales presiones significativas sobre las masas de agua de la
Demarcación. Estimación de riesgos ........................................................... 34
3.4.1.1 Masas de agua superficiales costeras ............................................. 34
3.4.1.2 Aguas subterráneas ........................................................................ 35
3.4.2 Situación respecto a los objetivos ambientales ............................................ 38
3.4.3 Demandas de agua ...................................................................................... 39
3.4.4 Fenómenos meteorológicos extremos .......................................................... 40
3.5 Registro de Zonas Protegidas ............................................................... 41
3.6 Competencias........................................................................................ 46
3.7 Caracterización ambiental de la Demarcación ...................................... 50
3.7.1 Marco físico .................................................................................................. 51
3.7.2 Marco biótico ................................................................................................ 56
3.7.3 Paisaje ......................................................................................................... 60
3.7.4 Modelo territorial .......................................................................................... 62
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3.7.5 Espacios naturales protegidos ......................................................................63
4 Objetivos del Plan Hidrológico ........................................................ 66
4.1 Cumplimiento de objetivos medioambientales ...................................... 66
4.2 Cumplimiento de los objetivos de satisfacción de las demandas ......... 68
4.3 Principales cuestiones en la Demarcación ........................................... 71
5 Alcance y contenido del Plan Hidrológico y de sus alternativas
razonables, técnica y ambientalmente viables ............................... 73
5.1 Alcance y contenido del Plan Hidrológico ............................................. 73
5.2 Programa de Medidas ........................................................................... 76
5.3 Alternativas para alcanzar los objetivos ................................................ 78
6 Desarrollo previsible de los Planes ................................................. 80
6.1 Procedimiento de revisión del Plan Hidrológico .................................... 80
6.2 Aprobación de la revisión del Plan Hidrológico ..................................... 82
7 Potenciales impactos ambientales, tomando en consideración
el cambio climático ........................................................................... 83
7.1 Impactos ambientales sobre el estado de las masas de agua
superficial ............................................................................................. 85
7.2 Impactos ambientales sobre el estado de las masas de agua
subterránea .......................................................................................... 86
7.3 Impactos derivados de la ocupación del suelo ..................................... 86
7.4 Afecciones al cambio climático ............................................................. 86
8 Incidencias previsibles sobre planes sectoriales y territoriales
concurrentes ...................................................................................... 89
8.1 Planes y Programas sectoriales relacionados con el Plan Hidrológico 89
8.2 Planes jerárquicamente relacionados: lnundaciones ............................ 92
9 Referencias bibliográficas y normativas ........................................ 94
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Índice de figuras
Figura 1: Objetivos medioambientales .......................................................................... 12
Figura 2: Exenciones para los objetivos medioambientales .......................................... 13
Figura 3: Proceso de planificación hidrológica. ............................................................. 14
Figura 4: Etapas del procedimiento ambiental del Plan Hidrológico de La Palma.......... 16
Figura 5: Provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias. ..................................... 18
Figura 6: Vista aérea de la isla de La Palma. ................................................................ 19
Figura 7: Demarcación Hidrográfica de La Palma. ........................................................ 20
Figura 8: Masas de agua superficiales costeras. ........................................................... 22
Figura 9: Estado ecológico (verde) y estado químico (azul) de las aguas superficiales
costeras. ........................................................................................................ 23
Figura 10: Puerto de Santa Cruz de La Palma, masa de agua candidata a masa muy
modificada. ..................................................................................................... 24
Figura 11: Masas de agua subterráneas. ........................................................................ 25
Figura 12: Evaluación del estado cuantitativo de las aguas subterráneas. ...................... 26
Figura 13: Evaluación del estado químico (general) de las aguas subterráneas y
evaluación del estado químico (conductividad) de las aguas subterráneas .... 27
Figura 14: Localización de acuíferos en relación con las masas de agua de la
Demarcación. ................................................................................................. 29
Figura 15: Puntos de captación de aguas subterráneas y distribución territorial del
aprovechamiento de los recursos subterráneos de la Demarcación. .............. 30
Figura 16: Elementos del sistema de abastecimiento de la isla. ...................................... 33
Figura 17: Presiones significativas iniciales identificadas sobre las masas de agua
costeras y evaluación preliminar del riesgo. ................................................... 35
Figura 18: Principales presiones antropogénicas significativas (Avance de PHP, 2012). 37
Figura 19: Localización del Registro de Zonas Protegidas de la DH de LA Palma. ......... 45
Figura 20: Erupciones volcánicas históricas recientes. ................................................... 52
Figura 21: Red hidrográfica insular. ................................................................................ 53
Figura 22: Áreas con presencia de flora y fauna vinculada al agua. ................................ 60
Figura 23: Elementos y calidad visual del paisaje. .......................................................... 62
Figura 24: Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para
las Aves . ....................................................................................................... 64
Figura 25: Espacios Naturales Protegidos y Áreas De Sensibilidad Ecológica. ............... 65
Figura 26: Objetivos generales de la planificación hidrológica......................................... 66
Figura 27: Balance hidráulico insular estimado para el año 2015. ................................... 69
Figura 28: Balance hidráulico de la Isla en 2015 ............................................................. 69
Figura 29: Distribución del balance hidráulico. Déficit y superávit. Año 2015. ................. 70
Figura 30: Contenido obligatorio de los planes hidrológicos conforme a la legislación
estatal y Canaria ............................................................................................ 74
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Figura 31: Contenido obligatorio de la revisión del Plan Hidrológico. ...............................74
Figura 32: Objetivos y criterios del Programa de Medidas ...............................................77
Figura 33: Medidas básicas y complementarias ..............................................................77
Figura 34: Etapas en el ciclo de planificación 2015–2021 de acuerdo con la DMA y la
legislación española .......................................................................................80
Figura 35: Líneas de actuación y etapas en el proceso de planificación. .........................81
Figura 36: Procedimiento para la aprobación del Plan Hidrológico de La Palma .............82
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Índice de tablas
Tabla 1: Marco administrativo de la Demarcación Hidrográfica de La Palma ............... 20
Tabla 2: Relación de masas de agua superficiales costeras ........................................ 22
Tabla 3: Relación de masas de agua subterráneas ..................................................... 25
Tabla 4: Balance hídrico de superficie ......................................................................... 28
Tabla 5: Balance hidrogeológico .................................................................................. 28
Tabla 6: Balance hidráulico por municipios. 2009 ........................................................ 31
Tabla 7: Desglose de la demanda ................................................................................ 31
Tabla 8: Clasificación preliminar y actual del riesgo de las masas de agua
subterráneas en base a los tipos de presión .................................................. 36
Tabla 9: Clasificación preliminar y actual del riesgo de las masas de agua
subterráneas .................................................................................................. 37
Tabla 10: Cumplimiento de objetivos medioambientales en las situaciones de
referencia (2009-2013) y para el horizonte 2015 ............................................ 39
Tabla 11: Demandas consolidadas en las situaciones de referencia (2009) y para el
horizonte 2015 ............................................................................................... 39
Tabla 12: Relación de zonas que incluyen el Registro de Zonas Protegidas.................. 44
Tabla 13: Balance hídrico de superficie ......................................................................... 54
Tabla 14: Captación de aguas superficiales ................................................................... 54
Tabla 15: Balance hídrico subterráneo ........................................................................... 55
Tabla 16: Captación de aguas subterráneas por masas de agua. 2013 ......................... 55
Tabla 17: Caudales aprovechados de los nacientes para las distintas masas de agua.
2013 ............................................................................................................... 55
Tabla 18: Captación de aguas subterráneas por municipios. 2013 ................................ 56
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ABREVIATURAS Y SÍMBOLOS UTILIZADOS
BOE Boletín Oficial del Estado
CIAP Consejo Insular de Aguas de La Palma
COTMAC Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias
DIE Documento de inicio del procedimiento de EAE (Documento Inicial Estratégico)
DAE Declaración Ambiental Estratégica
DMA Directiva Marco del Agua (directiva 2000/60/CE)
DPH Dominio público hidráulico
DPMT Dominio público marítimo terrestre
DR Documento de referencia del procedimiento de EAE
DA Documento de alcance del procedimiento de EAE
EAE Evaluación ambiental estratégica
EsAE Estudio Ambiental Estratégico
EPTI Esquema provisional de temas importantes en materia de gestión de las aguas de
la demarcación
ETI Esquema de temas importantes en materia de gestión de las aguas de la
demarcación
IPH Instrucción de Planificación Hidrológica
PIPHC Proyecto de Instrucción de Planificación Hidrológica de Canarias
ISA Informe de sostenibilidad ambiental
MA Memoria Ambiental
MAA Masa de agua artificial
MAMM Masa de agua muy modificada
MAGRAMA Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
OECC Oficina Española de Cambio Climático
PHP Plan hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma
PGRI Planes de gestión de riesgo de inundación
PPPH Propuesta de proyecto de Plan Hidrológico/Avance
RD Real Decreto
RDL Real Decreto Legislativo
RDPH Reglamento del dominio público hidráulico
RPH Reglamento de la planificación hidrológica
RZP Registro de Zonas Protegidas
TRLA Texto refundido de la Ley de Aguas
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TRLOTENC Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de
Espacios Naturales de Canarias
UDU Unidad de demanda urbana
UDA Unidad de demanda agraria
UDI Unidad de demanda industrial
UE Unión Europea
ZEC Zona de Especial Conservación
ZEPA Zona de Especial Conservación para las Aves
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1 Introducción y objetivos
1.1 Objeto del documento
La evaluación ambiental estratégica tiene como principal objetivo promover un desarrollo
sostenible, conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la
integración de los aspectos en los planes y programas públicos, en una fase previa a su
ejecución.
La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y
programas en el medio ambiente (BOE núm. 102 de sábado 29 de abril de 2006),
incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de
determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta norma ha sido derogada por
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la cual unifica dos
disposiciones en su contenido: la Ley 9/2006, de 28 de abril, y el Real Decreto Legislativo
1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación
de Impacto Ambiental de proyectos y modificaciones posteriores al citado texto refundido.
La citada ley 21/2013, de carácter estatal, establece en su artículo 6 que, serán objeto de
evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y programas, así como sus
modificaciones, que se adopten o aprueben por una Administración pública, y cuya
elaboración y aprobación venga exigida por una disposición legal o reglamentaria o por
acuerdo del Consejo de Ministros o del Consejo de Gobierno de una Comunidad
Autónoma. Según el citado artículo, se entiende que esto será de aplicación para aquellos
planes y programas que establezcan el marco para una futura autorización de proyectos
legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental, entre los que se citan los
relativos a la gestión de recursos hídricos.
Atendiendo a los requerimientos de la Ley 21/2013, los Planes Hidrológicos deben ser
sometidos a evaluación ambiental dado que se trata de planes elaborados en relación con
los recursos hídricos y su gestión, y establecen el marco para la autorización en el futuro
de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental enumerados
en los anexos I y II de la citada ley.
Tal y como define el artículo 18 de la ley, “el promotor presentará ante el órgano
sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de
inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del plan o
programa y de un documento inicial estratégico”.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, recientemente se ha aprobado la
Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de
Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, con una ordenación integral y
ajustada a la nueva regulación estatal y comunitaria. Tiene como finalidad la adaptación
del ordenamiento ambiental canario tanto al Derecho básico estatal, como al Derecho
comunitario europeo, a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea y requiere de un desarrollo reglamentario previsto tal y como
indica la propia Ley en dos años como máximo.
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De conformidad con el art. 22.1 de la Ley 14/2014, deberán someterse a una Evaluación
Ambiental Estratégica los instrumentos de ordenación que conforman el sistema de
planeamiento territorial y urbanístico de Canarias en su procedimiento de elaboración y
aprobación, así como en el procedimiento de revisión y modificación; procedimiento de
evaluación que podrá ser de carácter ordinario o simplificado en función de los parámetros
estipulados en la norma. Para el caso del Plan hidrológico, además, esta obligación de
someter el instrumento a una evaluación ambiental estratégica figura el artículo 71.6 del
Reglamento de la Planificación Hidrológica.
Examinados los supuestos de hecho, cabe concluir que el PHP no cumple los requisitos
previstos para someterse evaluación ambiental estratégica (EAE) simplificada, pero
tampoco puede afirmarse que lo esté a EAE ordinaria hasta que se desarrolle
reglamentariamente la norma. En consecuencia, y de acuerdo el artículo 25.b de esta ley,
“cuando no esté regulado reglamentariamente el alcance y contenido de la evaluación
ambiental estratégica del correspondiente plan, se seguirá el procedimiento establecido en
la legislación básica estatal”, es por ello que el procedimiento de Evaluación Ambiental
Estratégica a realizar se basa en la legislación estatal, siendo la EAE ordinaria.
A la vista de todo lo anterior, el presente documento se elabora para dar comienzo al
procedimiento ambiental de la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación
Hidrográfica de La Palma correspondiente al Segundo Ciclo de Planificación 2015-
2021, siendo el promotor el Consejo Insular de Aguas de La Palma. El alcance de la
evaluación realizada es de carácter preliminar y el contenido se estructura según el
artículo 18 de la ley 21/2013, que establece el contenido mínimo del documento ambiental
inicial:
a) Los objetivos de la planificación (capítulo 4 de este documento)
b) El alcance y contenido de la planificación, de las propuestas y de sus
alternativas (capítulo 5)
c) El desarrollo previsible del plan (capítulo 6)
d) Los potenciales impactos ambientales, tomando en consideración el cambio
climático (capítulo 7).
e) Las incidencias previsibles sobre planes sectoriales y territoriales concurrentes
(capítulo 8)
Se completan estos capítulos con unos antecedentes del proceso (capítulo 2) y una breve
descripción de la demarcación hidrográfica (capítulo 3).
Este documento será remitido al órgano ambiental, en este caso la Comisión de
Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), con la finalidad de
informarle y de que disponga de la información pertinente para preparar el Documento de
Alcance que ha de guiar el proceso de evaluación ambiental.
Cabe realizar las siguientes puntualizaciones con respecto a las principales partes
intervinientes, de acuerdo con la legislación autonómica canaria ambiental:
Órgano promotor: Consejo Insular de Aguas de La Palma, en su condición de
administración pública que inicia el procedimiento para la elaboración y
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adopción del Plan y que, en consecuencia, tras el proceso de evaluación
ambiental estratégica, deberá integrar los aspectos ambientales en su
contenido.
Órgano sustantivo: Consejo Insular de Aguas de La Palma, en su condición de
órgano que ostenta las competencias para adoptar el Plan Hidrológico de La
Palma, en sus fases de Avance y Aprobación Inicial. En las sucesivas fases del
procedimiento, será órgano sustantivo el Cabildo Insular de La Palma en lo que
se refiere a la Aprobación Provisional y el Gobierno de Canarias en cuanto a la
Aprobación Definitiva.
Órgano ambiental: administración pública que, junto al promotor, vela por la
integración de los aspectos ambientales en la elaboración de los planes y
programas y a quien procede la aprobación de la Declaración Ambiental
Estratégica. En el caso del Plan Hidrológico, el órgano ambiental es la
Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias
(COTMAC). (Artículo 22.B.4. de la Ley 14/2014).
Público: cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones,
organizaciones o grupos y que, en distintas fases del procedimiento, es
consultado.
1.2 Los planes hidrológicos y objetivos generales de la
planificación hidrológica
La planificación hidrológica tiene por objetivos generales conseguir el buen estado y la
adecuada protección del dominio público hidráulico y de las aguas, la satisfacción de las
demandas de agua, el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial,
incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su
empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos
naturales, siguiendo para ello criterios de sostenibilidad en el uso del agua, mediante la
gestión integrada y la protección a largo plazo de los recursos hídricos. Asimismo, la
planificación hidrológica debe contribuir a paliar los efectos de inundaciones y sequías.
La incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2000/60/CE, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un
marco comunitario en el ámbito de la política de aguas (en adelante Directiva Marco del
Agua, DMA), añade al enfoque tradicional de satisfacción de la demanda, un nuevo
Requerimientos de la legislación
Según el artículo 18 de la Ley de Evaluación Ambiental, dentro del procedimiento sustantivo de aprobación de un plan, el promotor presentará ante el órgano sustantivo una solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del plan y de un Documento Inicial Estratégico. El órgano sustantivo, una vez comprobada la documentación presentada, remitirá al órgano ambiental la solicitud de inicio del procedimiento y los documentos que la acompañan.
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enfoque basado esencialmente en alcanzar el buen estado ecológico en todas las masas
de agua. La DMA trata de establecer unos objetivos medioambientales homogéneos para
las masas de agua de los Estados Miembros y avanzar en su consecución.
El elemento esencial para desarrollar la gestión que permita avanzar en la consecución de
los objetivos establecidos por la DMA es el Plan Hidrológico de cuenca (artículo 13 de la
DMA), que ha de elaborarse en el ámbito de cada demarcación hidrográfica.
Según el Artículo 29. 1. De la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, la
ordenación del dominio público hidráulico se realizará mediante los Planes Hidrológicos,
que tendrán por objetivos generales conseguir la mejor satisfacción de las demandas de
agua y equilibrar y armonizar el desarrollo insular y sectorial, incrementando las
disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando y racionalizando sus
usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.
Objetivos medioambientales
Los objetivos medioambientales (artículo 92 bis del TRLA) pueden agruparse en las
categorías que se indican en la siguiente figura:
Figura 1: Objetivos medioambientales
El artículo 36.a del RPH establece que los objetivos medioambientales deberán
satisfacerse antes de finalizar 2015, coincidiendo con el horizonte temporal del primer ciclo
de planificación. No obstante, y bajo una serie de condiciones, se prevé la posibilidad de
establecer prórrogas a 2021 y 2027 para alcanzar los objetivos, o establecer objetivos
menos rigurosos en aquellas masas que no pueden alcanzar el buen estado en 2027,
siempre con las necesarias justificaciones.
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Figura 2: Exenciones para los objetivos medioambientales
La figura anterior muestra de forma esquemática las posibles excepcionalidades al
cumplimiento de los objetivos medioambientales previstas por la legislación.
Las razones que permiten y justifican el planteamiento de prórrogas (exenciones
temporales) y objetivos menos rigurosos (exenciones definitivas) se exponen en el PH, de
acuerdo a los requerimientos de la legislación vigente (Artículos 36 a 39 del RPH).
Objetivos de satisfacción de las demandas
El PH incorporará la estimación de las demandas actuales y las previsibles en el escenario
tendencial de los años 2021, 2027 y 2033. En este último se considerará la posible
afección a los recursos hídricos naturales como consecuencia de los previsibles efectos
del cambio climático, en función de la información disponible al efecto.
Las demandas de agua se caracterizan, entre otros aspectos, por el nivel de garantía, que
depende del uso al que se destina el agua. El Plan Hidrológico de La Palma del segundo
ciclo será coherente con los criterios generales de garantía fijados en el Proyecto de
Decreto del Gobierno de Canarias por el que se aprueba la Instrucción de Planificación
Hidrológica para las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de la Comunidad
Autónoma de Canarias (PIPHC).
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2 Antecedentes
El procedimiento para la elaboración y revisión de los Planes Hidrológicos de demarcación
(PH), se regula mediante lo establecido en la Directiva Marco del Agua (Directiva
60/2000/CE). En este marco, la planificación hidrológica se plantea como un proceso
iterativo que se desarrolla en ciclos de 6 años, como se muestra en la siguiente figura.
Figura 3: Proceso de planificación hidrológica.
Tal y como se muestra en el esquema anterior, la elaboración de un nuevo plan
hidrológico en cada ciclo es el fruto de la redacción de distintos documentos intermedios:
Documentos Iniciales, Esquema de Temas Importantes y Proyecto de Plan Hidrológico.
En el caso de la Demarcación Hidrográfica de La Palma, el primer ciclo de planificación
(2009-2015) se encuentra, actualmente, en fase de aprobación provisional (de fecha de
diciembre de 2015), quedando recogido en dicho documento del PH los criterios para la
planificación durante el período citado.
En paralelo, la Demarcación se encuentra inmersa en el segundo ciclo de planificación
(2015-2021), trabajando en la revisión y actualización del PHP.
Paralelamente al proceso de revisión de los PH, en este segundo ciclo de planificación
hidrológica se están elaborando los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI),
de acuerdo con la Directiva de Inundaciones. El proceso se desarrolla técnica y
cronológicamente en paralelo, y culminará con la aprobación de ambos planes (revisión
del PH y PGRI). La coordinación entre ambos planes es un elemento imprescindible, y ha
de servir para aprovechar las sinergias existentes y minimizar las posibles afecciones
negativas.
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2.1 Vinculación de la evaluación ambiental con el proceso de
planificación hidrológica
La coordinación entre la elaboración de los planes hidrológicos y la evaluación ambiental
estratégica (EAE), se establece en el Reglamento de Planificación Hidrológica (RPH,
artículos 72.b y 77.4 entre otros), y quedó en su momento establecida en los documentos
iniciales del segundo ciclo de planificación, elaborados en 2015.
Así, la primera actuación llevada a cabo por el Consejo Insular de Aguas de La Palma en
este segundo ciclo de planificación fue la elaboración de los documentos iniciales
(Programa y Calendario, Estudio General de la Demarcación Hidrográfica de La Palma y
Fórmulas de Consulta pública y Proyecto de Participación pública). Actualmente se
encuentran en consulta pública (Anuncio de 18 de mayo de 2015, publicado en el Boletín
Oficial de Canarias núm. 62 del 31 de marzo de 2015) y pueden consultarse en el
siguiente link:
http://www.lapalmaaguas.es/index.php?option=com_content&task=view&id=93&Itemid=93
En paralelo se abordó la redacción del Esquema Provisional de Temas Importantes
(EPTI), que pasará a consolidarse como Esquema de Temas Importantes (ETI), tras la
incorporación de los resultados de la consulta pública.
La redacción del presente Documento Inicial Estratégico se realiza a la par que los
documentos antes mencionados en el marco del segundo ciclo de planificación. El órgano
ambiental someterá el presente Documento Inicial Estratégico al trámite de consulta de las
Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, antes de elaborar el
Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico, que tiene por objeto delimitar la
amplitud, nivel de detalle y grado de especificación que debe tener dicho Estudio.
La última fase del proceso de planificación consistirá en la revisión del PH propiamente
dicha. Para ello, y en paralelo a la redacción de la propuesta de revisión del Plan, el CIAP
redactará el Estudio Ambiental Estratégico (viene a corresponder con lo que en la antigua
Ley 9/2006 era el Informe de Sostenibilidad Ambiental), de acuerdo con los contenidos del
Documento de Alcance.
Las versiones iniciales del PH y del Estudio Ambiental Estratégico habrán de someterse a
consulta pública durante un plazo no inferior a seis meses para la formulación de
observaciones y sugerencias. Simultáneamente a este trámite de información pública, el
órgano sustantivo someterá esos documentos a consulta de las administraciones públicas
afectadas y de las personas interesadas que hubieran sido previamente consultadas.
Ultimadas las consultas, se realizará un informe sobre las propuestas, observaciones y
sugerencias que se hubiesen presentado, y se incorporarán las que en su caso se
consideren adecuadas a la propuesta del PH. En la redacción final del Plan se tendrá en
cuenta la Declaración Ambiental Estratégica (viene a corresponder con lo que en la
antigua Ley 9/2006 era la Memoria Ambiental), formulada por el órgano ambiental como
conclusión del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica ordinaria.
En la siguiente imagen se resumen las etapas mencionadas para la tramitación ambiental
a realizar:
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Figura 4: Etapas del procedimiento ambiental del Plan Hidrológico de La Palma
2.2 Determinaciones ambientales de la EAE del primer ciclo
El Plan Hidrológico 2009–2015 de La Palma que ahora se revisa, se sometió en su
momento al procedimiento de EAE. Como documento final de este proceso se elaboró una
Propuesta de Memoria Ambiental modificada y actualizada, en dos adendas
independientes, a tenor del Acuerdo de la COTMAC en sesión celebrada el 26 de mayo de
2014.
La Propuesta de Memoria Ambiental Modificada recoge, de forma sintética, la Evaluación
Ambiental Estratégica del Plan Hidrológico de La Palma, adaptándose en lo que a su
contenido se refiere a las previsiones del artículo 12 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre
evaluación de los efectos de determinados planes y programas sobre el medio ambiente y
en lo que respecta a su procedimiento, a las reglas derivadas del Decreto 55/2006, de 9 de
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de
ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias y del Reglamento de la Planificación
Hidrológica.
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Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma Página 17 de 96
Durante esta Evaluación se han detectado los principales efectos ambientales que puede
producir la implantación del Modelo del Plan Hidrológico de La Palma en lo que respecta a
sus tres modelos (Modelo de Recursos -Masas-, Modelo Funcional y Modelo Económico-
Financiero), los bloques temáticos componentes del Modelo Funcional, según los
diferentes sistemas constitutivos y a los ámbitos de implantación precisos, quedando
acreditada y plenamente garantizada la adecuada valoración de los impactos previsibles
surgidos en desarrollo de las determinaciones contenidas en este instrumento de
ordenación.
Concluye la Propuesta de Memoria Ambiental Modificada con un listado de
determinaciones a considerar por el Plan Hidrológico.
En este segundo ciclo, se incluirá la revisión de la información contenida en el Plan
Hidrológico del ciclo anterior así como una mejora de la información disponible o de un
avance normativo en la materia y se mantendrá actualizado el Registro de Zonas
Protegidas.
Sobre la determinación del estado de las masas de agua, se pondrán de manifiesto los
avances que se hayan realizado para el establecimiento de las condiciones químicas de
las masas de agua subterráneas.
Otro aspecto importante será el seguimiento de la aplicación del programa de medidas
previsto en el Plan, como el seguimiento y revisión del propio PH.
Adicionalmente a lo anterior, en el segundo ciclo se deben considerar determinados
documentos generados en el seno de la Unión Europea que suponen una reflexión sobre
el primer ciclo de planificación. Si bien no tienen un carácter normativo, sí señalan las
orientaciones sobre las que muy posiblemente se asentará la política sobre recursos
hídricos de las próximas décadas.
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Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma Página 18 de 96
3 Descripción general de la Demarcación
En este apartado se realiza una descripción sintética de la Demarcación Hidrográfica de
La Palma, obtenida de la Memoria y Anejos del Plan Hidrológico aprobado
provisionalmente en diciembre del año 2015, el cual contiene abundante información
sobre la demarcación. Igualmente, el “Estudio General sobre la Demarcación
Hidrográfica”, incluido en los documentos iniciales del segundo ciclo de planificación, y
consolidado en su versión definitiva en febrero de 2015, contiene información actualizada
sobre la demarcación. Estos documentos están disponibles para su consulta en la página
Web del Organismo de cuenca, en los siguientes enlaces:
Plan Hidrológico 2009–2015:
http://www.lapalmaaguas.es/index.php?option=com_content&task=view&id=127&Itemid=1
27
Documentos iniciales del segundo ciclo de planificación 2015–2021:
http://cialp.lapalmaaguas.es/index.php?path=SEGUNDO+CICLO+DE+LA+PLANIFICACIO
N+HIDROLOGICA/
3.1 Marco administrativo y ámbito territorial
El Archipiélago Canario se encuentra situado entre los paralelos 27º 60´ y 29º 42´ latitud
Norte, y los meridianos 13º 40´ y 18º 2´, longitud Oeste. Está compuesto por siete islas
principales (Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, El Hierro, La Gomera y
Tenerife) y varios islotes, constituyendo administrativamente la Comunidad Autónoma de
Canarias. El conjunto de la Comunidad Autónoma de Canarias ocupa una superficie de
7.446,95 km2, repartidos en dos provincias (Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de
Tenerife).
Figura 5: Provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por su ubicación geográfica, Canarias está catalogada por la Unión Europea (UE) como
zona ultraperiférica.
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La Palma, cuyo nombre histórico es San Miguel de La Palma, es una isla del océano
Atlántico perteneciente al archipiélago de Canarias (España). Adscrita y perteneciente a la
provincia de Santa Cruz de Tenerife, su capital es Santa Cruz de La Palma, y el municipio
más poblado de la isla es Los Llanos de Aridane.
Desde 2002, toda la isla es Reserva de la Biosfera, siendo tras Lanzarote, El Hierro y La
Gomera, la cuarta isla canaria a la que la Unesco reconoce con esta protección. En el
centro de la isla se ubica el Parque Nacional de la Caldera de Taburiente, el cual es uno
de los cuatro parques nacionales con los que cuenta las Islas Canarias.
Figura 6: Vista aérea de la isla de La Palma.
La isla de La Palma, es la quinta isla más poblada del Archipiélago Canario y la octava de
España, albergaba a fecha de 1 de enero de 2011 y según fuentes del INE un total de
87.163 habitantes censados. La población se encuentra concentrada, fundamentalmente,
en dos municipios, Los Llanos de Aridane y Santa Cruz de La Palma. Así, alrededor del
25% de la población total (21.145 habitantes) viven en el municipio de Los Llanos de
Aridane, y cerca del 40% (34.651 personas) en el Valle de Aridane. A este municipio le
siguen en población Santa Cruz de La Palma (16.924), El Paso (7.947), Breña Alta
(7.344), Tazacorte (5.559) y Breña Baja (5.348) todos ellos con más de 5.000 habitantes.
El municipio de Garafía es el que cuenta con menor población de toda la isla (1.707).
Además,
Igualmente, registra un nivel alto de población no censada, correspondiente al número de
turistas que recibe anualmente y los crecientes fenómenos migratorios, si bien, en los
últimos años ha experimentado un notable estancamiento de la población.
La Demarcación Hidrográfica de La Palma comprende el territorio de la cuenca
hidrográfica de la isla de La Palma, así como las aguas de transición y costeras asociadas.
Se encuentra situada al Noroeste del Archipiélago, entre los paralelos 28º 52’ y 28º 26’ de
latitud Norte y los meridianos 18º 01’ y 17º 42’ de longitud Oeste, constituyendo la Isla la
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parte emergida de un edificio volcánico oceánico cuya base submarina se apoya sobre la
llanura abisal atlántica, a unos 4.000 m de profundidad, y con altitudes que superan los
2.000 m, alcanzando su máxima altura en el Roque de Los Muchachos (2.426 m).
Figura 7: Demarcación Hidrográfica de La Palma.
Con una extensión de 706 km2, tiene una población residente de 83.956 habitantes, y
11.010 camas en 2013, con más de la mitad de su territorio ambientalmente protegido y
155 km de costa.
El marco administrativo de la Demarcación Hidrográfica de La Palma corresponde con lo
fijado en el art 5 bis la Ley 10/2010, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley
12/1990, de 26 de julio, de aguas cuyas características más destacadas se recogen en la
siguiente tabla:
MARCO ADMINISTRATIVO DEMARCACIÓN DE LA PALMA
Cuenca Cuenca hidrográfica de La Palma.
Área demarcación, (km2) 706
Población año 2013, (hab) 83.956 ( 1 julio 2013)
Densidad (hab/km2) 119 ( No se han deducido zonas protegidas)
Principales ciudades. S/C de La Palma; Los Llanos de Aridane.
Comunidad autónoma CANARIAS
Nº Municipios 14
País ESPAÑA
Tabla 1: Marco administrativo de la Demarcación Hidrográfica de La Palma
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3.2 Descripción general actual de la Demarcación Hidrográfica
3.2.1 Caracterización y estado de las masas de agua
La Palma constituye una Demarcación Hidrográfica formada por la zona terrestre de la isla
y sus aguas costeras asociadas, siendo además una cuenca intracomunitaria, en la que la
totalidad de las aguas asociadas discurren por el territorio de la Comunidad Autónoma de
Canarias.
Se considera “masa da agua” a aquella unidad discreta y significativa de agua que
presenta características homogéneas, de tal manera que en cada una de ellas se pueda
efectuar un análisis de las presiones e impactos que la afectan, definir los programas de
seguimiento y aplicar las medidas derivadas del análisis anterior, así como comprobar el
grado de cumplimiento de los objetivos ambientales que le sean de aplicación. Las masas
de agua se clasifican en dos grandes grupos:
Masas de agua superficiales
Masas de agua subterráneas.
Seguidamente se describen las características de cada una de ellas.
3.2.1.1 Masas de agua superficiales
Del estudio y análisis de la Directiva Marco, de la legislación vigente y de las
características hidrológicas de las Islas Canarias se concluye que los criterios de
clasificación establecidos en la Directiva para las aguas superficiales epicontinentales
no son aplicables en la Comunidad Autónoma de Canarias, dado que no existen cursos de
agua equiparables a los ríos peninsulares ni masas de agua tipo lagos o embalses con
extensión suficientemente significativa.
Por otro lado, al no existir ríos tampoco se considera la categoría de aguas de transición,
con lo que el análisis se centrará en las masas de agua superficiales costeras y en las
masas de agua muy modificadas.
La delimitación de las masas de agua costeras en La Palma fue establecida en 2005
siguiendo las directrices de la DMA. Para la delimitación de las masas de agua costeras se
estableció el límite externo de las mismas a 1 milla náutica aguas adentro a partir de la
línea base que delimita las aguas interiores de Canarias y el límite terrestre se ha
considerado como línea base el límite de las pleamares.
Según estos criterios, las masas de agua costeras de La Palma son cinco y ocupan una
superficie total de 275 Km², llegando alcanzar profundidades superiores a los 100 metros.
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MASA DE AGUA SUPERFICIAL COSTERA ÁREA COORDENADAS CENTROIDE
CÓDIGO D.HIDROG.
DENOMINACIÓN Km2 LATITUD LONGITUD
ES70LPTI1 NOROESTE-NORESTE 35,78 28°48'11,59"N 17°52'03,15"W
ES70LPTI2 SURESTE 6,97 28°32'54,26"N 17°46'43,24"W
ES70LPTII SUROESTE 27,39 28°37'01,48"N 17°56'22,30"W
ES70LPTIII EXTERIOR 204,17 28°40'00,80"N 17°50'15,96"W
ES70LPTIV SANTA CRUZ-EL SOCORRO 1,36 28°39'27,83"N 17°45'49,70"W
Tabla 2: Relación de masas de agua superficiales costeras
Figura 8: Masas de agua superficiales costeras.
El estado de las masas de agua superficiales costeras, de acuerdo con los análisis
realizados durante los años 2007-2012 en los puntos de control asignados en la Red de
Control insular en relación con los indicadores biológicos, físico – químicos, químicos e
hidromorfológicos, se ha evaluado como sigue, con base en el proceso de clasificación del
estado ecológico establecido por la Directiva Marco de Agua:
Desde el punto de vista químico, todas presentan un buen estado químico
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En cuanto al estado ecológico, todas las masas presentan un Estado Ecológico
Bueno
Figura 9: Estado ecológico (verde) y estado químico (azul) de las aguas superficiales costeras.
Según esto, todas las masas de agua superficiales costeras cumplen con los objetivos
ambientales de la DMA, es decir un 100 %.
Respecto a las masas de agua artificiales o muy modificadas, no se ha identificado en
la Demarcación ninguna masa de esta tipología. Sin embargo, se está estudiando la
posible incorporación del Puerto de Santa Cruz de La Palma como masa muy modificada,
por ser susceptible de experimentar cambios sustanciales en su naturaleza como
consecuencia de posibles alteraciones físicas producidas por la actividad humana. Esta
cuestión será objeto de análisis y revisión, si procede, en este ciclo de planificación, una
vez se ultimen los estudios que se están llevando a cabo al respecto.
En la siguiente figura se muestra la zona I y II del Puerto y las estaciones de control en las
que la Autoridad Portuaria lleva a cabo sus análisis de forma periódica. En caso de
segregarse la masa como muy modificada, su contorno coincidiría con el de la zona I del
Puerto.
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Figura 10: Puerto de Santa Cruz de La Palma, masa de agua candidata a masa muy modificada.
3.2.1.2 Masas de agua subterráneas
La delimitación de las masas de agua subterráneas se llevó a cabo, con motivo de la
Directiva Marco del Agua, partiendo de la existencia de un acuífero insular complejo,
realizándose la división del sistema en función de los impactos identificados respecto a la
afección por nitratos de origen agrario y con indicios de salinización, así como de su
complejidad hidrogeológica, dado que para cada masa de agua deben aplicarse medidas
diferentes para logar los objetivos medioambientales de la DMA.
Esta delimitación de las masas de agua subterráneas se consideró en su momento con
carácter preliminar, dado que era preciso dar un paso posterior que evaluase la posibilidad
y viabilidad de identificar masas de agua adicionales que puedan derivarse de la
identificación de zonas protegidas, y especialmente en lo que se refiere a hábitats y
especies que puedan depender de las masas de agua subterráneas. Hasta el momento no
se ha identificado en la Demarcación ningún hábitat o especie que pueda depender de las
masas de agua subterránea, por lo que no ha sido preciso llevar a cabo una delimitación
en este sentido.
Así, en la isla de La Palma se han delimitado cinco (5) masas de agua subterránea, que
resultan ser las siguientes:
MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA ÁREA COORDENADAS CONTROIDE
CÓDIGO DEM.
HIDROGRÁFICA DENOMINACIÓN Km2 LATITUD LONGITUD
ES70LP001 INSULAR-VERTIENTES 318,34 28°43'47,07"N 17°52'03,90"W
ES70LP002 COSTERO 175,41 28°44'11,39"N 17°51'18,26"W
ES70LP003 COMPLEJO BASAL 31,80 28°42'49,17"N 17°52'45,64"W
ES70LP004 DORSAL SUR 161,50 28°33'03,76"N 17°49'46,63"W
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MASA DE AGUA SUBTERRÁNEA ÁREA COORDENADAS CONTROIDE
CÓDIGO DEM.
HIDROGRÁFICA DENOMINACIÓN Km2 LATITUD LONGITUD
ES70LP005 VALLE DE ARIDANE-
TAZACORTE 19,81 28°36'17,55"N 17°54'55,12"W
Tabla 3: Relación de masas de agua subterráneas
Figura 11: Masas de agua subterráneas.
Respecto al estado de las masas de agua subterránea, cabe realizar las siguientes
consideraciones.
Desde el punto de vista del estado cuantitativo, y tras el análisis de la información
disponible en el documento “Estado de las masas de agua subterránea de La Palma”
elaborado en 2013 por el CIAP, se observa que la extracción que se produce en la Isla de
La Palma es globalmente inferior al 30 % establecido como umbral para no alcanzar el
objetivo medioambiental.
Por consiguiente, se cumple el objetivo medioambiental establecido en la propia DMA,
relacionado con la tasa media anual de extracción (controlada en este caso por niveles,
principalmente caudales y presiones) a largo plazo, que no rebasa los recursos disponibles
de aguas subterráneas, netamente superiores en conjunto.
Como resumen, se concluye que todas las masas de agua subterráneas presentan un
estado bueno desde el punto de vista cuantitativo, siendo el objetivo del PHP que se
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mantenga este estado para el 2015. Por todo ello, se puede afirmar que el riesgo por
extracción de las masas de agua subterránea se considera "Riesgo Nulo".
Figura 12: Evaluación del estado cuantitativo de las aguas subterráneas.
Desde el punto de vista químico, las masas de agua ES70LP001, ES70LP002,
ES70LP003, y ES70LP004 cumplen con los valores de referencia del buen estado, salvo
la masa de agua subterránea ES70LP005, que no alcanza actualmente el buen estado
químico debido a los valores de nitrato (de origen agrícola, principalmente) que exceden la
norma de calidad ambiental de 50 ppm.
En relación con la conductividad, todas las masas subterráneas presentan un estado
bueno, por lo que el PHP contempla como objetivo medioambiental el mantenimiento de
dicho buen estado.
Esto se representa en las siguientes imágenes:
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Figura 13: Evaluación del estado químico (general) de las aguas subterráneas y evaluación del estado
químico (conductividad) de las aguas subterráneas
3.2.2 Recursos hídricos disponibles
Con el fin de evaluar adecuadamente los recursos hídricos de la demarcación se ha reca-
bado la información de precipitaciones, evaporaciones, temperatura, etc. La serie de datos
climatológicos comienza en el año hidrológico 1940 y se extiende hasta el 2012. De esta
serie se obtienen los siguientes valores medios: precipitación 737 mm, equivalentes a 516
hm3/ año, una evapotranspiración real en el conjunto de la isla 353 mm/ año. El régimen de
temperaturas de la isla se caracteriza por su suavidad. La temperatura insular media del
aire, deducida a partir del análisis de los datos históricos ( 1949-2008), se cifra en los 16.3
ºC, siendo agosto, con 21,7 ºC, el mes más caluroso y enero 13,7 ºC el de menor
temperatura media.
Con estos datos, cabe destacar que “Los recursos hídricos naturales propios de la
demarcación se estiman en 219 hm3/año. de origen subterráneo y unos 15 hm3/ año de
escorrentía superficial. De ellos se aprovechan 64,85 hm3 /año”. Esto se justifica en los
siguientes apartados.
3.2.2.1 Recursos hídricos superficiales
La precipitación anual media insular es de unos 737 mm, equivalente a 516 hm3/año.
El valor promedio obtenido para la evapotranspiración real en la isla asciende a los 353
mm/año (48% de la pluviometría media insular).
La infiltración insular media se estima en 361 mm/año equivalente a 253 hm³/año (49% de
la precipitación).
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La Escorrentía superficial, se estima en un 3% de la precipitación para el conjunto de la
Isla (equivalente a 15 hm³/año).
Tabla 4: Balance hídrico de superficie
3.2.2.2 Recursos hídricos subterráneos
Según los datos del balance hidráulico contenido en el PHP para el año 2009, la infiltración
insular media se estima en unos 253 hm3/año. De este volumen, unos 34 hm3/año
corresponden al acuífero de la zona sur, estando afectada su calidad por las emanaciones
de gases de origen volcánico, no contabilizándose, por tanto, como recursos disponibles.
Los 219 hm3/año restantes alimentan a los acuíferos Coebra, de las Vertientes, y Costero
del Norte de la Isla.
BALANCE HIDROGEOLÓGICO
Acuífero Recursos (hm3/año)
Extracciones (hm3/año)
Excedentes (hm3/año)
Coebra
219 62 157 De las Vertientes
Costero
Colgados
Mitad Sur 34 0 34
Total 253 62 141
Tabla 5: Balance hidrogeológico
La localización de estos acuíferos con respecto a las masas de agua se visualiza en las
siguientes imágenes:
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Figura 14: Localización de acuíferos en relación con las masas de agua de la Demarcación.
La Palma presenta una particular tipología de captaciones, correspondientes a galerías en
su mayoría, con presencia de algunos pozos funcionales, preferentemente de tipo canario
(gran diámetro y con frecuentes galerías de fondo). Igualmente cuenta con,
aproximadamente, un centenar y medio de manantiales naturales de agua, repartidos muy
irregularmente y con caudales bastante variables, por lo general muy dependientes de las
precipitaciones. Entre los manantiales de la isla destacan los de Marcos y Cordero, en la
zona de cabecera del Barranco del Agua (término municipal de San Andrés y Sauces) y
las surgencias que se representan en el arco formado por las paredes interiores de la
Caldera de Taburiente (El Paso).
Las aguas de Marcos y Cordero, y las de la mayoría de los nacientes y galerías de La
Caldera de Taburiente constituyen surgencias del Acuífero Coebra. Al margen de ellos, en
toda la superficie de la isla brotan caudales que provienen del afloramiento de pequeños
acuíferos colgados, de pequeña extensión, y que suministran, caudales modestos
dependientes de las precipitaciones.
De acuerdo con el censo insular de captaciones de aguas subterráneas de La Palma
(BOC nº 193, de 2 de octubre de 2012), las captaciones activas ascienden a unas 120.
En las siguientes figuras se muestran la localización de puntos de captación de aguas
subterráneas (pozos, galerías y nacientes), así como la distribución territorial del
aprovechamiento de recursos subterráneos.
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Figura 15: Puntos de captación de aguas subterráneas y distribución territorial del aprovechamiento de los
recursos subterráneos de la Demarcación.
3.2.3 Demandas de agua
De forma general, la demanda de agua en La Palma viene determinada por dos grandes
grupos: riego (agropecuario) y abastecimiento (urbano y turístico). Los restantes usos del
agua no suponen una demanda consuntiva relevante en el ámbito de la Demarcación,
siendo éste el caso del uso ganadero y medioambiental, o los que se desarrollan en las
aguas costeras como la actividad portuaria, la pesca, los usos recreativos y actividades de
baño, etc. Respecto al uso recreativo, corresponde fundamentalmente al riego de campos
de golf que, si bien en la actualidad son inexistentes, está previsto la creación de cinco, a
desarrollar de aquí al 2020, por lo que se deberá considerar dentro del bloque de riego.
De acuerdo con datos del año 2009 de PH, la demanda de agua insular es de 58,2
hm3/año, correspondiendo la mayor demanda de agua al riego de cultivos agrícolas,
estimada en torno a 49,73 hm³, que representa el 85,4% del total. A esta demanda le
sigue, a mucha distancia, el abastecimiento urbano, con 6,49 hm³, que representa el
11,0% del total de la demanda de la Demarcación. El sector turístico constituye el tercer
consumo hídrico de importancia (3,4 % del total de la demanda), tras el agrícola y el
abastecimiento de la población residencial.
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Comarca Hidráulica
Municipio Recursos
(hm³/año) Demanda* (hm³/año)
Recursos no aprov.
(hm³/año)
Balance (hm³/año)
Balance por comarcas (hm³/año)
Comarca 0
El Paso 19,8 2,0 1,5 16,3
-1,9 Llanos de Aridane 1,1 13,3 0,0 -12,2
Tazacorte 5,0 11,0 0,0 -6,0
Comarca I
Tijarafe 3,0 4,5 0,0 -1,5
0,1 Puntagorda 0,0 1,2 0,0 -1,2
Garafía 3,2 0,4 0,0 2,8
Comarca IIa
Barlovento 6,8 3,9 1,9 1
1,8 San Andrés y Sauces
6,8 5,2 1,8 -0,2
Puntallana 5,5 3,2 1,3 1
Comarca IIb
S/C de La Palma 10,8 2,2 0,8 7,8
4,4 Breña Alta 4,4 1,3 0,4 2,7
Breña Baja 0,1 2,7 0,1 -2,7
Villa de Mazo 0,0 3,2 0,1 -3,4
Comarca IIc Fuencaliente 0,0 4,1 0,3 -4,4 -4,4
TOTAL 66,5 58,2 8,2 0,0 0,0
Tabla 6: Balance hidráulico por municipios. 2009
Habiéndose obtenido los datos de la demanda de la siguiente tabla:
Demanda (hm³/año)*
Municipio Abastecimiento
urbano Abastecimiento
turístico Riego
agrícola TOTAL
El Paso 0,58 0,15 1,29 2,0
Llanos de Aridane 1,79 0,62 10,87 13,3
Tazacorte 0,49 0,32 10,16 11,0
Tijarafe 0,04 0,06 4,41 4,5
Puntagorda 0,16 0,04 0,99 1,2
Garafía 0,07 0,02 0,26 0,3
Barlovento 0,05 0,05 3,76 3,9
San Andrés y Sauces
0,20 0,00 4,98 5,2
Puntallana 0,26 0,06 2,92 3,2
S/C de La Palma 1,20 0,04 0,96 2,2
Breña Alta 0,54 0,06 0,74 1,3
Breña Baja 0,67 0,34 1,70 2,7
Villa de Mazo 0,31 0,11 2,82 3,2
Fuencaliente 0,14 0,13 3,88 4,1
TOTAL 6,49 2,01 49,73 58,2
% sobre el total 11,2% 3,4% 85,4% 100,0%
Tabla 7: Desglose de la demanda
De acuerdo con esto, la demanda viene determinada principalmente por el riego agrícola
y, en un futuro, el de los campos de golf, y en menor medida por el abastecimiento de la
población residencial y turística.
La práctica totalidad de las demandas se atienden mediante el aprovechamiento de los
recursos subterráneos disponibles (93,7%, que se traduce en 62,3 hm3/año), siendo tan
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sólo un 6,3% proveniente de los recursos superficiales (4,2 hm3/año). Las galerías aportan
el 63,7% de los recursos consumidos, seguido por los pozos y los nacientes.
En general, las aguas que provienen de pozo son para uso agrícola mientras que las
captadas de los sondeos y galerías, se reparten tanto hacia balsas y depósitos de riego
(uso agrícola), como en depósitos de abasto (abastecimiento urbano de agua potable),
donde se clora y se usa para consumo humano.
El análisis realizado ha permitido constatar que la distribución de la demanda de agua por
municipios y comarcas no es homogénea, y existe un déficit hídrico del Sur – Suroeste de
la Isla, frente al superávit de las comarcas del Norte – Noreste, por ello son tan
importantes los sistemas de abastecimiento e infraestructuras hidráulicas en La Palma,
que permitan captar, almacenar, transportar y distribuir las aguas por toda la superficie
insular. En las siguientes imágenes, se visualizan los elementos asociados a dicho
sistema, en el estado actual:
Captación de aguas superficiales Captación de aguas subterráneas
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Conducciones principales de transporte y regulación en alta Infraestructuras de abastecimiento.
Figura 16: Elementos del sistema de abastecimiento de la isla.
3.3 Patrimonio hidráulico
Para poder aprovechar el agua la isla de La Palma dispone de un amplio marco de
infraestructuras hidráulicas.
Las principales infraestructuras de tratamiento son 8 Estaciones de Agua Residuales
(EDAR).
Entre las obras de almacenamiento y regulación se incluyen 107 depósitos municipales, 13
azudes y 11 balsas.
Para el aprovechamiento de los caudales subterráneos se ha recurrido a los nacientes, a
las galerías y a la perforación de pozos, que totalizan 150, 161 y 75 respectivamente. En
cuanto a las galerías, hay 264,3 km de longitud.
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3.4 Diagnóstico de la evolución previsible
3.4.1 Principales presiones significativas sobre las masas de agua de la Demarcación. Estimación de riesgos
El análisis de presiones e impactos es una de las piezas clave del proceso de planificación
en el que se basa la Directiva Marco del Agua, ya que sirve para determinar qué masas
presentan un riesgo de no cumplir los objetivos ambientales en el 2015.
Por tanto esta obligación de la DMA, constituye la base para otras tareas estrechamente
relacionadas como actualización del análisis económico de los usos del agua, red de
control, programa de medidas, determinación de los objetivos ambientales y sus
excepciones, etc., que también hay que incorporar al PHP.
Seguidamente, se exponen las principales presiones significativas para las distintas masas
de agua.
3.4.1.1 Masas de agua superficiales costeras
Las principales presiones detectadas sobre las mismas son las siguientes:
Fuentes de contaminación difusa. Proviene principalmente de zonas portuarias
y de la acuicultura.
Fuentes de contaminación puntual. Se refiere a vertidos urbanos, de salmuera
y de industrias IPPC.
Extracción. No existen extracciones significativas en aguas costeras
Para el análisis de presiones sobre las masas de agua costeras, tan sólo se dispuso de los
datos microbiológicos del seguimiento de las playas y de la designación de zonas
sensibles, lo que derivó en una evaluación de las masas de agua en riesgo de no cumplir
los objetivos ambientales con carácter muy preliminar.
La siguiente imagen sitúa las presiones consideradas significativas según fuentes
puntuales y difusas así como la calificación preliminar de las masas de agua en riesgo
nulo, riesgo seguro y riesgo en estudio, cuando no se cuenta con suficiente información
para descartar a priori el riesgo.
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Figura 17: Presiones significativas iniciales identificadas sobre las masas de agua costeras y evaluación
preliminar del riesgo.
Tras la evaluación de los resultados del programa de control de vigilancia del primer ciclo
de planificación y a la vista de que todas las masas costeras de La Palma están en buen
estado ecológico y químico, se concluye que todas se evalúan con riesgo nulo.
3.4.1.2 Aguas subterráneas
Respecto a las masas de aguas de agua subterráneas de la Demarcación Hidrográfica,
las principales presiones detectadas sobre las mismas, de acuerdo con el estudio
realizado por el CIAP en el 2013 son las siguientes:
Contaminación difusa. Básicamente se ha considerado como procesos de
infiltración en el terreno, asociado principalmente a la agricultura, ganadería y la
actividad humana.
Contaminación puntual. Fundamentalmente se han considerado los vertidos de
aguas residuales urbanas, los vertederos de residuos sólidos urbanos y los vertidos
asociados a industrias IPPC.
Intrusión salina. Se produce en las zonas costeras donde las extracciones
excesivas pueden degradar la calidad original del recurso subterráneo.
Extracción de agua y recarga.
En la siguiente tabla se muestra un resumen de la metodología utilizada y las masas
afectadas por los distintos tipos de presiones:
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Tipo de presión Metodología para evaluar la presión
ES
70
LP
001
ES
70
LP
002
ES
70
LP
003
ES
70
LP
004
ES
70
LP
005
Fuentes difusas de contaminación
Se considera que la contaminación difusa en la agricultura es significativa en las zonas decretadas vulnerables por la legislación canaria. Se carece de información oficial fiable para otros contaminantes como plaguicidas o biocidas. Para evaluar la contaminación difusa derivada de las prácticas ganaderas se estima la carga de nitrógeno del ganado a partir de los datos del Instituto Canario de Estadística del 2001 (cabezas de ganado agrupadas en distintas categorías por municipio) y de las tasas empleadas en el “Estudio de las repercusiones de la actividad humana en el estado de las aguas superficiales (MMA, Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad)” que fueron adaptadas a la información anterior. También se tuvo en cuenta las zonas habitadas en las que no se dispone de red de saneamiento ya que, a pesar de que las actuales ordenanzas no lo permiten, el vertido de aguas residuales domésticas a pozos que filtran al subsuelo es una práctica relativamente habitual. No se pudo evaluar la relevancia de esta presión al no haberse dispuesto del mapa de ocupación del suelo.
x x x x x
Fuentes puntuales de
contaminación
Se consideran los vertidos de aguas residuales urbanas, los vertederos de residuos sólidos y los vertidos de las industrias IPPC a partir de información recopilada en el Consejo Insular de Aguas de La Palma y otra información adicional como el “Registro estatal de emisiones y fuentes contaminantes” (MMA, 2003) o la “Estimación de la situación actual de las aglomeraciones mayores de 2.000 h-e de la Comunidad Autónoma de Canarias” (MMA, 2005). Se han determinado que estas fuentes de contaminación ejercen una presión significativa a partir de los siguientes umbrales: vertidos procedentes de una aglomeración mayor de 2.000 habitantes equivalentes, vertederos de residuos sólidos urbanos que sirven a una población mayor de 10.000 habitantes y todas las instalaciones con vertidos IPPC al entorno terrestre de la isla.
- - - - -
Intrusión Se considera significativa la intrusión salina cuando esta es identificada por las fuentes de información como un hecho constatado, por la presencia de indicios o como un riesgo.
- - - - -
Extracciones de aguas
subterráneas
Su evaluación se realiza como porcentaje entre las extracciones y la infiltración anual, siendo el umbral del 30% el valor de referencia para determinar si esta presión es significativa.
x x x x x
Otros tipos de presión
No se considera significativa - - - - -
Recarga artificial No se considera significativa - - - - -
Tabla 8: Clasificación preliminar y actual del riesgo de las masas de agua subterráneas en base a los tipos
de presión
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Figura 18: Principales presiones antropogénicas significativas (Avance de PHP, 2012).
El análisis de presiones del primer ciclo sobre las masas de agua subterráneas se realizó
al igual que en las costeras en dos fases, una preliminar y otra en 2013 con los resultados
de los programas de control que permitió afinar las conclusiones en relación al riesgo. En
la siguiente tabla se muestra la comparación de ambos estudios.
Tabla 9: Clasificación preliminar y actual del riesgo de las masas de agua subterráneas
La evaluación que se resume en la tabla anterior deja sólo a la masa LP005 en RIESGO
SEGURO de no cumplir los objetivos ambientales en 2015 en relación al estado químico:
contaminación difusa por elevada concentración en nitratos (> 50 mg/L, valor umbral
establecido en la Directiva 2006/118/CE).
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Según el criterio establecido, todas las masas presentan RIESGO NULO de no cumplir los
objetivos ambientales en 2015 en relación al estado cuantitativo (extracción) y en relación
al estado químico (intrusión marina, fijando el valor umbral de 600 mg/L para la
concentración en cloruro referido a las masas de agua subterránea costeras LP002, LP004
y P005.
Para las masas de agua subterránea interiores LP001 y P003 no existe intrusión marina, si
bien se fija un VPA de 250 mg/L.
Asimismo, la masa LP001 presenta RIESGO NULO de no cumplir los objetivos
ambientales en 2015 en relación al estado químico (difuso).
Todas las masas se mantienen en RIESGO en ESTUDIO para el estado químico
(contaminación puntual). En relación al estado químico (contaminación difusa), se
mantienen también es estudio las masas LP002, LP003 y LP004.
Cabe concluir que el RIESGO GLOBAL quedaría circunscrito a cuatro (4) masas de agua
subterránea como RIESGO EN ESTUDIO (LP001, LP002, LP003 y LP004) y a una (1)
masa de agua subterránea en RIESGO SEGURO (LP005) de no cumplir los objetivos
ambientales en 2015.
3.4.2 Situación respecto a los objetivos ambientales
Tal y como se explica en el capítulo 1 del presente documento, los objetivos
medioambientales del PHP (artículo 92 bis del TRLA) incluyen:
La prevención del deterioro del estado de las masas de agua naturales.
La protección y mejora de las masas de agua artificiales y muy modificadas para
lograr un buen potencial ecológico y buen estado químico.
Objetivo de alcanzar el buen estado de las masas de agua.
La reducción de la contaminación de sustancias prioritarias y eliminación de
vertidos en aguas superficiales.
La prevención o limitación de la contaminación e inversión de tendencias en aguas
subterráneas.
El cumplimiento de los objetivos específicos en zonas protegidas.
Este apartado se refiere al objetivo de alcanzar el buen estado de las masas de agua, para
lo cual se presentan los resultados de la evaluación de su estado realizada en el PHP
vigente.
A partir de la información disponible sobre el estado de las masas de agua, tanto en el
momento de elaboración del Plan anterior (situación de referencia de 2009) coincidente
con la actualización realizada al año 2013, y en la estimación prevista para el 2015, se
concreta la situación y evolución respecto al cumplimiento de los objetivos ambientales,
como punto de partida de la revisión del PH.
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Categoría de masa de agua
Nº de masas
Situación de referencia
(2009 y actualización a 2013) Situación horizonte (2015)
Estado/Potencial bueno o mejor
% Estado/Potencial
bueno o mejor %
Río - - - - -
Lago y embalse - - - - -
Transición - - - - -
Costera 5 5 100 5 100
Subterránea 5 4 80 4 80
Tabla 10: Cumplimiento de objetivos medioambientales en las situaciones de referencia (2009-2013) y para
el horizonte 2015
No existen masas de agua superficiales costeras que incumplan los objetivos
medioambientales por no alcanzar el buen estado.
Desde el punto de vista de las aguas subterránea, la única masa de agua subterránea
que no alcanza los objetivos ambientales relacionados con el buen estado químico
dentro del plazo establecido (2015) es la ES70LP005 Valle de Aridane-Tazacorte.
3.4.3 Demandas de agua
A continuación se recoge un breve resumen con los datos más significativos de las
demandas recogidas en el Plan vigente y su previsión para el 2015.
TIPO DE USO
SITUACIÓN DE REFERENCIA (2009)
HORIZONTE (2015)
Datos sobre la Demanda
Hm3/año % Datos sobre la
Demanda Hm3/año %
Urbano 86.996 hab. 6,5 11,0 92.271 hab. 5,3 9,0
Turismo 20.279 plazas 2,0 3,4 24.313 plazas 1,8 3,1
Agricultura 4.202 ha 49,7 84,5 4.243 ha 48,3 82,4
Ganadería 0,1 0,2 0,1 0,2
Campos golf - - 0
4 de 5 instalaciones
(Sup. Estimada de campos: 167 a 240 ha)
2,6 4,4
Industria 0,5 0,9 0,5 0,9
Total 58,8 100 58,6 100
Tabla 11: Demandas consolidadas en las situaciones de referencia (2009) y para el horizonte 2015
En la tabla anterior se recogen los volúmenes anuales demandados por el abastecimiento
y riego para el periodo 2009 – 2015, situándose el conjunto para el 2015 en torno a los
58,04 hm3, una reducción de 0,2 hm3 respecto al 2009, principalmente debido a los
descensos que se prevé experimente el abastecimiento.
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3.4.4 Fenómenos meteorológicos extremos
Dentro de la planificación hidrológica se incluye la consideración de los posibles
fenómenos extremos relacionados con los recursos hídricos. En la Demarcación
Hidrográfica de La Palma existen o están en desarrollo planes específicos para la
caracterización y gestión de inundaciones.
La orografía, climatología y la geología de la isla de La Palma propician situaciones de
riadas o avenidas, que pueden generar graves daños y que tienen importantes
repercusiones económicas, especialmente en las zonas bajas de los barrancos. Estas
riadas y avenidas generan la invasión de los cauces, produciendo su degradación y
afectando potencialmente a los hábitats y especies dependientes del agua.
Uno de los objetivos que se pretenden alcanzar con la Directiva Marco de Aguas, por
medio de la planificación hidrológica es contribuir a paliar los efectos de las inundaciones
mediante actuaciones de gestión o, en los casos en los que sea conveniente, mediante
obras de drenaje. Asimismo, el RPH establece que el Plan Hidrológico recopilará las
medidas más relevantes de prevención y mitigación de inundaciones y avenidas previstas
por las Autoridades Competentes.
La Directiva 2007/60/CE de 23 de octubre de 2007 relativa a la evaluación y gestión de los
riesgos de inundación, y traspuesta por el Real Decreto 903/2010 de 9 de julio, establece
un marco común para el análisis de este tipo de problemática con el objetivo de reducir
progresivamente los riesgos asociados a las inundaciones, establecida en tres fases:
Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI), en la cual se deben
identificar las Áreas en las que exista un Riesgo Potencial Significativo de
Inundación (ARPSIs),
Definición de Mapas de Peligrosidad y Riesgo de inundación de las ARPSIs
identificadas,
Elaboración de Planes de Gestión de riesgo de inundación para las ARPSIs
identificadas.
Con fecha 17 de Octubre de 2013, el EPRI de la Demarcación Hidrográfica de La Palma
se sometió al trámite de Consulta Pública, de tres meses de duración (Boletín Oficial de
Canarias nº 213, de 5 de Noviembre de 2013). En este documento, se identificaban 3
ARPSIs fluviales, que posteriormente se completaron con 4 ARPSIs por inundación litoral
identificadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar (DGSCM) del
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).
Seguidamente, se elaboraron los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación por el
Consejo Insular de Aguas y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Agua del
Gobierno de Canarias. Durante esta fase, la Dirección General de Sostenibilidad de la
Costa y del Mar, estimó la necesidad de incorporar 5 nuevas Áreas de Riesgo Potencial
Significativo de Inundación Costeras en la Demarcación Hidrográfica de La Palma, así
como la modificación por reducción, ampliación o eliminación del tramo en estudio.
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Esta fase inicial finalizó para la Demarcación Hidrográfica de La Palma con el resultado de
3 ARPSIs fluviales y 9 ARPSIs costeras para las que se han definido los mapas de
peligrosidad y riesgo de inundación, actualmente en consulta pública (BOC 129, de 7 de
julio de 2014). Estos mapas darán paso a la tercera fase de la Directiva 2007/60/CE en la
que se redactarán los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación, los cuales se
considera conveniente que puedan imbricarse en el Plan Hidrológico de la Demarcación.
Respecto a las sequías, la configuración del sistema de recursos de La Palma, hace que
los eventuales sucesos de sequía meteorológica se traduzcan en escasez, generalmente,
en la parte de las disponibilidades de agua que se utilizan para el riego agrícola
procedentes de las aguas subterráneas. Sin embargo, sí podrían ser de aplicación
aquellos problemas que se derivan de un deterioro de la calidad de las aguas
subterráneas y que se asocian al déficit de recursos subterráneos para atender a la
demanda en determinadas zonas de la Isla.
En todo caso, el control continuo de los recursos hídricos subterráneos y de los no
convencionales, permite una evaluación técnica de la evolución a medio y largo plazo de
los eventos de sequía.
3.5 Registro de Zonas Protegidas
El artículo 6 de la DMA requiere que los Estados miembros establezcan un registro de
todas las zonas que hayan sido declaradas objeto de una protección especial en virtud de
una norma comunitaria específica, relativa a la protección tanto de sus aguas superficiales
como de las subterráneas, o a la conservación de los hábitats y las especies que
dependen directamente del agua. Este registro debe incluir:
Zonas de captación de agua destinadas al consumo humano.
Zonas de futura captación de agua para abastecimiento.
Zonas que hayan sido declaradas de protección de especies acuáticas
significativas des-de un punto de vista económico.
Zonas de protección de masas de agua de uso recreativo.
Zonas sensibles en aplicación de las normas sobre tratamiento de aguas residuales
urbanas.
Zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.
Zonas de protección de hábitats y especies en las que el mantenimiento o mejora
del estado del agua constituya un factor importante de su protección.
Perímetros de protección de aguas minerales y termales.
Las reservas naturales fluviales.
Los humedales de importancia comunitaria.
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Los criterios de inclusión de cada uno de estos elementos dentro del Registro de Zonas
Protegidas (RZP), considerados en el PHP se detallan a continuación:
Zonas declaradas de uso recreativo en aplicación de la Directiva 76/160/CEE,
relativa a la calidad de las aguas de baño. Se recogieron como zonas protegidas
las playas, controladas sanitariamente por la Dirección General de Salud Pública,
correspondientes a la de Bajamar, Los Cancajos, Puerto de Tazacorte, Puerto
Naos y Charco Verde. No se tenía constancia en ese momento de ninguna
declaración expresa de zonas de baño en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Zonas sensitivas a nutrientes. Como zona vulnerable a nitratos procedentes de
fuentes agrarias en virtud de la Directiva 91/676/CEE y el Decreto 49/2000, se
seleccionó la superficie correspondiente a los términos municipales de Tazacorte
y Los Llanos de Aridane situadas por debajo de la cota 300 metros sobre el nivel
del mar, por estar afectada por dicha contaminación y ser vulnerable. Como zona
sensible a nutrientes, en cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE, sobre
tratamiento de las aguas residuales urbanas, y la Orden del 27 de Enero del
2004, por la que se declaran zonas sensibles en las aguas marinas y
continentales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, se identificó en
el LIC ES7020122.- Franja Marina de Fuencaliente.
Zonas de protección de hábitats y especies conforme a las Directivas
92/43/CEE y 79/409/CEE. Se seleccionaron todos los ZEC/LIC entre cuyos
méritos ambientales se encuentran hábitats directa o indirectamente ligados al
agua. A tales efectos, se ha entendido que los siguientes hábitats naturales de
interés comunitario guardan directa relación con el agua, según la codificación
empleada en la Directiva 92/43/CEE (anexo I):
Hábitat Denominación
1110 Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua
marina, poco profunda
1150 Lagunas costeras
3150 Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o
Hydrocharition
6420 Prados mediterráneos de hierbas altas y juncos (Molinio-
Holoschoenion)
7220 Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion)
8330 Cuevas marinas sumergidas o semisumergidas
92D0 Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y
del sudoeste de la península ibérica (Securinegion tinctoriae)
9370 Palmerales de Phoenix
Además de estos hábitats, el PHP identifica como hábitat ligado al medio acuático
también a los codificados como 5330 Matorrales termomediterráneos y
preestépicos y 9360* Laurisilvas macaronésicas.
Asimismo, han sido consideradas aquellas Zonas de Especial Protección para
las Aves (ZEPAs) entre cuyos méritos de conservación se presentan especies de
avifauna ligadas al medio acuático, ya sean marinas y/o limícolas. Como resultado
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del proceso, se ha concluido que de todas las ZEPAs declaradas en La Palma (5),
tan sólo una es dependiente del medio hídrico, la ZEPA (ES0000114) Cumbres y
acantilados del Norte de La Palma”.
Respecto a las zonas que requieren protección o mejora para ser aptas para la
vida piscícola cumpliendo con la Directiva 78/659/CEE, no se declaró ninguna
zona en virtud de esta Directiva en la isla de La Palma
Respecto a las zonas designadas para la captación de agua destinada al
consumo humano con arreglo al art. 7, no fue posible la identificación de masas de
agua destinadas a la extracción para el consumo humano, debido a que la Ley de
Aguas de Canarias otorga privacidad a la titularidad de las aguas así el titular de la
concesión puede darle el uso que quiera sin ser específico el consumo humano,
siendo por ello prácticamente imposible identificar las captaciones y menos delimitar
una masa de agua destinada al consumo humano.
En relación con las zonas designadas para la protección de especies acuáticas
significativas desde un punto de vista económico de acuerdo a la Directiva
79/923/CEE, cabe destacar lo siguiente. En virtud del Real Decreto 571/1999, por el
que se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria que fija normas aplicables a la
producción y comercialización de moluscos bivalvos vivos, corresponde a la
Comunidades Autónomas la delimitación de las zonas de producción. Canarias no
ha delimitado ninguna zona de producción, razón por la cual no se incluyó ninguna
de este tipo en el Registro de Zonas Protegidas remitido.
Al objeto de dar cumplimiento a lo anterior, la Comunidad Autónoma de Canarias creó un
Registro de Zonas Protegidas de la Demarcación de La Palma, considerando además
las especificaciones introducidas por la Instrucción de Planificación Hidrológica. De
acuerdo con los trabajos del primer ciclo de Planificación Hidrológica, se estableció el
siguiente Registro de Zonas Protegidas (RZP), con fecha de 2009:
TIPO DE ZONA PROTEGIDA CÓDIGO DENOMINACIÓN DE LA ZONA PROTEGIDA Cód. hábitat ligado al medio acuático
Zonas de uso recreativo
ES70200008M38008A PLAYA BAJAMAR -
ES70200009M38009A PLAYA DE LOS CANCAJOS -
ES70200024M38024B PLAYA CHARCO VERDE -
ES70200033M38033A PLAYA PUERTO ESPÍNDOLA -
ES70200033M38033B PLAYA PISCINAS NATURALES CHARCO AZUL -
ES70200045M38045A PLAYA DE EL PUERTO (TAZACORTE) -
ES70700024M38024A PLAYA PUERTO NAOS -
Zonas de protección de hábitats y especies
ES7020008 154_LP_PINAR DE GARAFÍA -
ES7020009 156_LP_GUELGUÉN -
ES7020010 144_LP_LAS NIEVES -
ES7020011 161_LP_CUMBRE VIEJA -
ES7020012 166_LP_MONTAÑA DE AZUFRE -
ES7020014 165_LP_RISCO DE LA CONCEPCIÓN -
ES7020015 164_LP_COSTA DE HISCAGUÁN -
ES7020016 163_LP_BARRANCO DEL JORADO -
ES7020020 167_LP_TABLADO -
ES7020021 160_LP_BARRANCO DE LAS ANGUSTIAS -
ES7020022 159_LP_TAMANCA -
ES7020024 158_LP_JUAN MAYOR -
ES7020025 157_LP_BARRANCO DEL AGUA -
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TIPO DE ZONA PROTEGIDA CÓDIGO DENOMINACIÓN DE LA ZONA PROTEGIDA Cód. hábitat ligado al medio acuático
ES7020072 149_LP_MONTAÑA DE LA BREÑA 9360
ES7020076 142_LP_RISCOS DE BAJAMAR 5330
ES7020084 168_LP_BARLOVENTO GARAFÍA, EL PASO Y TIJARAFE
5330
ES7020085 143_LP_EL PASO Y SANTA CRUZ DE LA PALMA
9360
ES7020086 147_LP_SANTA CRUZ DE LA PALMA 9360
ES7020087 146_LP_BREÑA ALTA 9360
ES7020088 145_LP_SABINAR DE PUNTALLANA 5330
ES7020089 137_LP_SABINAR DE LA GALGA 9360
ES7020090 148_LP_MONTEVERDE DE DON PEDRO-JUAN ADALID
9360
ES7020091 141_LP_MONTEVERDE DE GALLEGOS-FRANCESES
5330
ES7020092 140_LP_MONTEVERDE DE LOMO GRANDE 9360
ES7020093 139_LP_MONTEVERDE DE BARRANCO SECO-BARRANCO DEL AGUA
5330
ES7020094 138_LP_MONTEVERDE DE BREÑA ALTA 9360
ES7020122 152_LP_FRANJA MARINA DE FUENCALIENTE 1110, 8330
ES7020124 151_LP_COSTA DE GARAFÍA 1110, 8330
Zonas de protección de hábitats y especies
ES0000114 CUMBRES Y ACANTILADOS DEL NORTE DE LA PALMA
5330, 9360, 9370
Zonas sensibles a nutrientes ES70PA4b005 FRANJA MARINA DE FUENCALIENTE -
Zonas vulnerables a nitratos ES70PA4a001 TTMM_TAZACORTE_LOS_LLANOS_ COTA<300m
-
Tabla 12: Relación de zonas que incluyen el Registro de Zonas Protegidas
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En la siguiente imagen se visualiza la localización de las mismas.
Figura 19: Localización del Registro de Zonas Protegidas de la DH de LA Palma.
Atendiendo a lo dispuesto en la Normativa del Plan Hidrológico (art. 124º y 125º), así como
al artículo 25.1 del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Planificación Hidrológica, que determina que “El registro de zonas
protegidas deberá revisarse y actualizarse regularmente y específicamente junto con la
actualización del plan hidrológico correspondiente”, en los trabajos para la actualización
del PHP, se incluirá la revisión y actualización -en su caso- del Registro de Zonas
Protegidas de la demarcación.
Por tanto, la necesaria actualización del RZP exigido por la DMA deriva en una revisión y
actualización de las zonas declaradas dentro de cada norma aplicable a las distintas
categorías de zonas protegidas, así como la vinculación de cada una a las masas de agua
de la demarcación. Concretamente, se reconsiderará la Orden AAA/1260/2014, de 9 de
julio, por la que se declaran ZEPA en aguas marinas españolas a 39 áreas, entre las que
se encuentra la codificada como ES0000525 “Espacio marino del norte de La Palma” que
rodea la mitad septentrional de la isla. Esta nueva ZEPA, que no se recogió en el
documento del PHP del Primer Ciclo, se deberá incluir en este segundo ciclo.
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De otra parte, el nuevo marco normativo autonómico -derivado de la aprobación de la Ley
14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección
del Territorio y de los Recursos Naturales- prevé la creación por parte de los Consejos
Insulares de Aguas, de la Comisión sectorial de aguas costeras y zonas protegidas,
cuestión que se atenderá en el segundo ciclo de planificación.
Los objetivos medioambientales referidos a las zonas objeto de protección especial
consisten en cumplir las exigencias de las normas de protección que resulten aplicables a
cada área, así como en alcanzar los objetivos medioambientales particulares que para
ellas se determinen. De acuerdo con el artículo 4.1.c) de la DMA y el artículo 6.1.3 de la
IPH, los objetivos fijados en base a la legislación específica de las zonas protegidas no
deben ser objeto de prórrogas, así como tampoco incluirse en la relación de objetivos
menos rigurosos, debiendo regirse por los términos fijados en cada normativa específica.
En el primer ciclo de planificación se realizó una valoración de los objetivos de cada clase
de zona protegida y de su grado de cumplimiento. En el segundo ciclo, se prevé la
continuación de la incorporación de las normas y objetivos de conservación de estos
espacios.
3.6 Competencias
Desde el año 1985, la Ley de Aguas del Estado ha venido reconociendo el criterio de
unidad de gestión de las cuencas hidrográficas. a tenor del cual todas las aguas que
pertenecen a una misma cuenca constituyen un conjunto integrado que requiere una
gestión homogénea.
Este criterio funcional se transformó en la Ley de Aguas de 1985, además, en un criterio
de distribución competencial de modo que se atribuyó al Estado la gestión de las cuencas
que discurren por más de una Comunidad Autónoma, denominadas cuencas
intercomunitarias; mientras que se atribuyó a las Comunidades Autónomas la gestión de
aquellas otras cuencas cuyo trazado se circunscribe a una única Comunidad, llamadas
cuencas intracomunitarias. En virtud de este criterio funcional y competencial, la Isla de La
Palma constituye una cuenca hidrográfica intracomunitaria.
La Directiva Marco del Agua introduce como concepto novedoso el de Demarcación
Hidrográfica, el cual supera el concepto tradicional de cuenca al referirse a una extensión
territorial mucho mayor. El concepto de Demarcación aparece regulado normativamente
en el art. 16 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas, según el cual:
«Se entiende por demarcación hidrográfica la zona terrestre y marina compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas de transición, subterráneas y costeras asociadas a dichas cuencas.
Son aguas de transición, las masas de agua superficial próximas a la desembocadura de los ríos que son parcialmente salinas como consecuencia de su proximidad a las aguas costeras, pero que reciben una notable influencia de flujos de agua dulce
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Son aguas costeras, las aguas superficiales situadas hacia tierra desde una línea cuya totalidad de puntos se encuentra a una distancia de una milla náutica mar adentro desde el punto más próximo de la línea de base que sirve para medir la anchura de las aguas territoriales y que se extiende, en su caso, hasta el límite exterior de las aguas de transición».
Al quedar establecida la Demarcación como unidad de planificación, se presenta un
complejo escenario de distribución de competencias relacionadas con el objeto de la
planificación hidrológica, que requiere un esfuerzo de coordinación entre las distintas
Administraciones públicas con competencias (territoriales o sustantivas) afectadas por su
aplicación.
En primer lugar, y es necesario señalar que el Estado tiene competencia exclusiva para
dictar legislación básica en materia de medio ambiente, sin perjuicio de las facultades
de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección (art.
149.1.23º CE). En ejercicio de esta competencia, se han dictado varias normas de carácter
básico que afectan a los recursos hídricos, a su calidad y cantidad, como pueden ser el
Real Decreto 140/2003, relativo a las aguas de consumo humano, el Real Decreto
1620/2007, que se refiere a la reutilización de aguas depuradas o el Real Decreto 60/2011,
relativo a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas.
Además, el Estado tiene competencia exclusiva sobre el dominio público marítimo –
terrestre, el dominio público portuario y las aguas sometidas a la jurisdicción del
Estado español (art. 132.2 CE), las cuales son especialmente relevantes para la
planificación hidrológica a resultas de la incorporación de las aguas costeras (naturales y
muy modificadas) y de transición a la Demarcación.
El desarrollo de estas competencias en materia de aguas se lleva a cabo a través de los
siguientes departamentos y organismos:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Dirección General del Agua
Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar
Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura
Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal
Agencia Estatal de Meteorología
Ministerio de Fomento
Dirección General de la Marina Mercante
Puertos del Estado. Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Por su parte, la Comunidad Autónoma de Canarias ha asumido a través de su Estatuto
de Autonomía (EAC), aprobado mediante Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto,
competencias exclusivas en pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura (art.
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30.5), aguas (art. 30.6), ordenación del territorio y del litoral (art. 30.15), espacios
naturales protegidos (art. 30.16) y obras públicas de interés de la Comunidad (art.
30.17), las cuales tienen especial relevancia en relación con la planificación hidrológica y
han sido objeto de regulación autónoma a través de distintas leyes y reglamentos.
Por lo que respecta a las competencias específicas en materia de aguas, el art. 30.6 del
EAC otorga a la Comunidad competencias exclusivas en “Aguas, en todas su
manifestaciones, y su captación, alumbramiento, explotación, transformación y fabricación,
distribución y consumo para fines agrícolas, urbanos e industriales; aprovechamientos
hidráulicos, canales y regadíos; regulación de recursos hidráulicos de acuerdo con las
peculiaridades tradicionales canarias”.
Estas competencias se han desarrollado a través de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de
Aguas de Canarias, modificada mediante la Ley 10/2010 y 14/2014 para adaptarla, en
parte, a la Directiva Marco del Agua, la cual distribuye las competencias y funciones
relativas a las aguas entre el Gobierno de Canarias, los Cabildos Insulares y los Consejos
Insulares de Aguas, conforme al siguiente esquema:
Gobierno de Canarias (art. 7 LAC)
Corresponde al Gobierno de Canarias:
a) El ejercicio de la potestad reglamentaria de desarrollo de la legislación territorial o estatal
de aguas. b) La elaboración del Plan Hidrológico de Canarias. c) La aprobación definitiva de los Planes Hidrológicos Insulares, Parciales y Especiales. d) La elaboración de los programas de obras de interés regional y la elevación al
Gobierno de la Nación de propuestas de obras de interés general. e) La coordinación de las Administraciones hidráulicas entre sí y con la Administración
estatal. f) La coordinación de la planificación hidrológica con la de ordenación territorial, económica
y demás que puedan repercutir sobre los recursos hidráulicos. g) La asistencia técnica y la alta inspección de la actividad de los Consejos Insulares. h) El impulso y fomento de las mejoras hidrológicas así como la investigación y desarrollo
tecnológico en esta materia. h-bis)Garantizar la unidad de gestión de las aguas, la cooperación en el ejercicio de las
competencias que en relación con su protección ostenten las distintas administraciones públicas en Canarias, así como proporcionar a la Unión Europea, a través del ministerio competente en materia de medio ambiente, la información relativa a la demarcación hidrográfica que se requiera.
i) Cualesquiera otras competencias que le confíen las leyes así como las que no sean atribuidas a otras entidades u órganos de la Administración hidráulica, sin perjuicio de lo que, en cuanto a la Administración insular de aguas, dispone el artículo 10, apartado h) de la presente Ley.
Cabildos Insulares (art. 8 LAC):
1. Los Cabildos Insulares, en los términos de la legislación autonómica, asumen las siguientes competencias y funciones:
a) Conservación y policía de obras hidráulicas. b) Administración insular de las aguas terrestres. c) Obras hidráulicas, salvo las que se declaren de interés regional o general. Dichas competencias y funciones se ejercerán a través de los Consejos Insulares de Aguas.
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2. Corresponde a cada Cabildo, en relación con su Consejo Insular, las siguientes competencias:
a) La elaboración y las aprobaciones inicial y provisional de sus Estatutos. b) La aprobación del presupuesto. c) La aprobación provisional del Plan Hidrológico Insular. d) Nombrar a sus representantes en los órganos de gobierno del Consejo
Consejos Insulares de Aguas (arts. 9 y 10 LAC):
Artículo 9. 1. Se crea en cada isla un Consejo Insular de Aguas, como entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena autonomía funcional, que asume, en régimen de descentralización y participación, la dirección, ordenación, planificación y gestión unitaria de las aguas en los términos de la presente Ley. 2. Los Consejos Insulares de Aguas tienen naturaleza de organismos autónomos adscritos a efectos administrativos a los Cabildos Insulares. Esta adscripción orgánica en ningún caso afectará a las competencias y funciones que se establecen en la presente Ley. 3. Los Consejos Insulares tienen capacidad para adquirir, poseer, regir y administrar los bienes y derechos que constituyen su patrimonio, así como para contratar, obligarse y ejercer ante los Tribunales todo tipo de acciones, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. 4. Contra los actos administrativos y disposiciones generales de los Consejos Insulares de Aguas podrán los interesados interponer los recursos de reposición, alzada y revisión, así como el recurso contencioso-administrativo, en los mismos casos, plazos y formas que determinan las Leyes de Procedimiento Administrativo y de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los recursos de alzada y extraordinario de revisión se interpondrán siempre ante el Presidente del Consejo Insular. Contra los actos de la Junta General del Consejo Insular sólo cabe el recurso de reposición previo al contencioso administrativo. Artículo 10.- Son funciones de los Consejos Insulares de Aguas: a) La elaboración de su presupuesto y la administración de su patrimonio. b) La elaboración y aprobación de las ordenanzas que el desarrollo de su actividad pueda precisar. c) La elaboración y aprobación inicial de los Planes y Actuaciones Hidrológicas. d) El control de la ejecución del planeamiento hidrológico y, en su caso, la revisión del mismo. e) El otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, certificaciones y demás actos relativos a las aguas. f) La custodia del Registro y Catálogo de Aguas insulares y la realización de las inscripciones, cancelaciones o rectificaciones oportunas. g) La gestión y control del dominio público hidráulico, así como de los servicios públicos regulados en esta Ley. h) La policía de aguas y sus cauces. i) La instrucción de todos los expedientes sancionadores y la resolución de los sustanciados por faltas leves y menos graves. j) La ejecución de los programas de calidad de las aguas, así como su control. k) La realización de las obras hidráulicas de responsabilidad de la Comunidad Autónoma en la isla. l) La fijación de los precios del agua y su transporte, en aplicación de lo que reglamentariamente establezca el Gobierno de Canarias. m) La participación en la preparación de los planes de ordenación territorial, económicos y demás que puedan estar relacionados con las aguas de la isla. n) La explotación, en su caso, de aprovechamientos de aguas.
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o) La prestación de toda clase de servicios técnicos relacionados con el cumplimiento de sus fines y, cuando proceda, el asesoramiento a las Administraciones Públicas, así como a los particulares. p) En general, todas las labores relativas a la administración de las aguas insulares no reservadas a otros organismos por la presente Ley o por las normas generales atributivas de competencias.
El Estatuto orgánico del Consejo Insular de Aguas de Palma fue aprobado por Decreto
242/1993, de 29 de julio, ejerciendo efectivamente sus funciones a partir del 19 de junio de
1995, previa constitución de los órganos rectores, la Junta General y la Junta de Gobierno,
el 9 de noviembre de 1994.
El desarrollo de las competencias señaladas del Gobierno de Canarias se lleva a cabo a
través de las siguientes Consejerías:
Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
Consejería de Sanidad
Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad
Consejería de Empleo, Industria y Comercio
Por su parte, el Cabildo Insular de La palma desarrolla sus competencias a través de las
siguientes Áreas:
Área de Agricultura, Ganadería y Pesca
Área de Infraestructuras, Nuevas Tecnologías e Innovación
Área de Medio Ambiente y residuos, Participación ciudadana, Emergencias y
Sanidad
Área de Planificación, Política Territorial, Servicios, Transporte, Energía,
Industria y Aguas
Finalmente, debe tenerse en cuenta la existencia de otras áreas, departamentos y
administraciones en las que si bien las competencias no son de la administración
hidráulica, sí deben tener en cuenta la planificación hidrológica y ser tenidas en cuenta por
ella, al estar relacionadas con el recurso hídrico bien por hacer uso de él, bien por tener
influencia directa o indirecta en el mismo (por ejemplo la planificación y gestión de
sectores como el agropecuario, el recreativo, el industrial, la gestión de residuos, etc.).
3.7 Caracterización ambiental de la Demarcación
La identificación de los impactos ambientales previsibles requiere una revisión previa de
las características ambientales más significativas del ámbito presumiblemente afectado
por los efectos a los que podría dar lugar el desarrollo del Plan Hidrológico de este
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Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma Página 51 de 96
segundo ciclo. Seguidamente, se incluye un resumen de los aspectos ambientales más
relevantes del ámbito de la Demarcación.
3.7.1 Marco físico
Climatología
La elevada altura del edificio insular establece una zonificación climática altitudinal bien
diferenciada. Asimismo la orientación de cada vertiente respecto a su exposición a los
vientos alisios, introduce importantes variaciones climáticas en la zonificación entre la
vertiente Norte-Noreste, relativamente húmeda, y las orientadas al Sur-Suroeste, de
carácter mucho más árido.
La precipitación insular anual media se establece en unos 737 mm, si bien existe un
desigual régimen pluviométrico insular, siendo más húmedas las zonas abiertas a los
temporales habituales y que aportan lluvias intensas (Norte-Noreste).
Destaca la lluvia horizontal -también llamada lluvia indirecta, precipitación de niebla o
precipitación oculta, significativa en lugares muy localizados, como los collados y las
crestas de la vertiente Norte-noreste de la isla.
El régimen de temperaturas se caracteriza por su suavidad. La temperatura media es de
16,3ºC; siendo agosto el mes más caluroso, con 21,7ºC, y enero el más frío, con 13,7ºC.
Estos valores pueden variar en torno a un 15% dependiendo si se refieren al Norte o al Sur
de la Isla.
Se ha constatado una evolución interanual de la temperatura claramente ascendente, con
incrementos de 0,5 a 1,8 ºC en los últimos 50 años, en las estaciones de Los Llanos de
Aridane y el Aeropuerto de Mazo, respectivamente.
Geología y geomorfología
Esta isla es la parte emergida de un edificio volcánico oceánico de composición
predominantemente basáltica, cuya base submarina se apoya sobre la llanura abisal
atlántica, a unos 4.000 m de profundidad. Su extensión emergida es de 706 Km2.
Está constituida por dos grandes unidades geológicas, el Complejo Basal o Edificio
submarino, y los Edificios Volcánicos Subaéreos.
El Complejo Basal está constituido por un núcleo de varios millones de años de
antigüedad, y debe ser considerado como un edificio volcánico submarino que ha sido
levantado hasta su actual posición por el empuje ascendente de intrusiones magmáticas
posteriores. Con afloramientos por encima de la cota 1.500, está formado por materiales
volcánicos submarinos y rocas intrusivas. Sólo aflora en el fondo de la Caldera de
Taburiente, pero aparece en el frente de numerosas galerías, por lo que puede inferirse su
configuración aproximada en el subsuelo. Esta formación presenta, además, un notable
interés desde el punto de vista hidrogeológico, pues se considera un basamento de muy
baja permeabilidad.
Las Unidades Volcánicas Subaéreas son el resultado de la actividad efusiva acaecida en
toda la isla después del levantamiento del Complejo Basal; su edad está comprendida
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entre unos dos millones de años y la actualidad. En su composición predominan los
basaltos, siendo volumétricamente insignificantes rocas más diferenciadas, como las
fonolitas o traquitas; este hecho simplifica el comportamiento hidrogeológico del conjunto
pero, al mismo tiempo, obstaculiza el trabajo de distinción de unidades litoestratigráficas
dentro de la secuencia eruptiva, que realmente existen, pues esta actividad no ha sido ni
constante, ni se ha distribuido según un único esquema.
Se distinguen cinco edificios principales: Volcán Taburiente (I y II), Volcán Cumbre Nueva,
Volcán Bejenado y Dorsal Sur o Cumbre Vieja.
Desde el punto de vista geomorfológico, en la isla se reconocen las siguientes unidades en
el área terrestre:
Áreas de importante abancarramiento en la zona norte
Depresión calderiforme de génesis erosiva, o cráter de la Caldera de Taburiente
Dorsal de estructura en tejado (eje Norte-Sur al Sur de La Caldera de Taburiente),
cuya línea de cumbres constituye la divisoria de dos vertientes. Se trata de un
sector de concentración de edificios volcánicos recientes e históricos
Conos volcánicos singulares en ladera o cerca del litoral, correspondientes a los
cráteres de los Llanos de Aridane y Montaña del Azufre y otros cráteres en ladera
Este de Cumbre Vieja
Vertientes de relieve suave (extremo Sur). Es una zona de escasa pendiente, con
vertientes poco abarrancadas y morfología poco accidentada.
Acantilados, en la costa norte y oeste insular y en el litoral sur
En la siguiente imagen, se visualizan las principales erupciones volcánicas de la isla:
Figura 20: Erupciones volcánicas históricas recientes.
Las máximas elevaciones, por encima de los 2.000 m de altitud son: el Roque de los
Muchachos (2.426 m), Fuente Nueva (2.366 m), Pico de la Cruz (2.351 m), Piedra Llana
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(2.321 m), Pico Palmero (2.310 m), Tamagantera (2.299 m), Pico de las Nieves (2.247 m),
Pico del Cedro (2.091 m) y Corralejo (2.044 m).
Hidrografía
La Palma es una cuenca hidrográfica intracomunitaria, con demarcación propia, totalmente
autárquica en recursos hídricos, sin masas de agua superficiales equiparables a los ríos o
lagos permanentes, y con el recurso del agua subterránea como dominante.
La morfología de la isla, típica de muchas estructuras volcánicas, accidentada y con
laderas de gran pendiente, hace que la red de drenaje se disponga radialmente, con las
cuencas hidrográficas principales divergiendo a partir de una divisoria central.
La red hidrográfica insular se encuentra constituida por 152 cauces principales, gran parte
de los cuales discurren desde la cumbre hasta el mar. De ellos, una decena tienen una
superficie de cuenca vertiente superior a los 10 km², destacando los barrancos de Tenisca
(56,67 km2), Las Angustias (56,14 km2), El Socorro (23,12 km2) y Las Nieves (27,61 km2).
Figura 21: Red hidrográfica insular.
Cabe distinguir tres zonas hidrográficas:
Zona Norte: Correspondiente a los municipios de Tijarafe, Puntagorda, Garafía,
Barlovento, San Andrés y Sauces y Puntallana, la red hidrográfica se encuentra
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muy consolidada y ramificada, con cuencas radiales de extensión media y cauces
encajados y paralelos.
Zona Central: Sensiblemente coincidente con los municipios de El Paso, Los
Llanos de Aridane, Tazacorte, Santa Cruz de La Palma, Breña Alta y Breña Baja.
En esta zona se sitúan los grandes barrancos con las superficies de cuenca más
importantes de la Isla, siendo los cauces también encajados y paralelos.
Zona Sur: Comprendiendo los municipios de Mazo, Fuencaliente y las cuencas
situadas al Sur de los de El Paso y Los Llanos de Aridane, esta zona se caracteriza
por tener una red poco desarrollada, y con cuencas de superficie reducida con
orientación Este y Oeste
Desde el punto de vista de los recursos hídricos, el balance hídrico superficial de la isla
es el siguiente:
BALANCE HÍDRICO DE SUPERFICIE
Ref MAGNITUD HIDROLÓGICA mm/año hm³/año % s / P
P Precipitación 737 516 100
ETR Evapotranspiración 353 247 48
ES Escorrentía superficial 23 15 3
I Infiltración 361 253 49
Tabla 13: Balance hídrico de superficie
Tal y como se observa, la evapotranspiración real en el conjunto de la isla asciende a los
353 mm/año (48% de la pluviometría media anual), la infiltración media se estima en 253
hm³/año (49% de la precipitación), siendo la disponibilidad de aguas superficiales de tan
sólo 15 hm3/año, lo que supone el 3% de la precipitación (516 hm3/año) que recibe la Isla.
Los principales aprovechamientos de aguas superficiales en la Isla se concretan al Bco. de
Las Angustias y La Laguna de Barlovento, dadas las importantes dificultades en su
captación y regulación.
CAUDALES CAPTADOS
(hm3/año)
Año seco Año medio Año húmedo
Barranco de Las Angustias 13,3 16,3 20,1
La Laguna de Barlovento 0,5 0,7 1,0
TOTAL 13,8 17,0 21,1
Nota: Incluye parte de las aguas de origen subterráneo y de escorrentía superficial
Tabla 14: Captación de aguas superficiales
Respecto a las aguas subterráneas, del conjunto de los 253 hm3/año de infiltración
insular, unos 34 hm3/año van a parar a los acuíferos meridionales y acaban contaminados
por emanaciones de gases volcánicos, de suerte que no se contabilizan como recursos.
De los 219 hm3/año restantes, unos 29 hm3/año alimentan al Coebra, 102 hm3/año van
directamente al de las Vertientes, y 88 hm3/año al acuífero Costero del Norte de la Isla.
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BALANCE HIDROGEOLÓGICO
Acuífero Recursos (hm3/año)
Extracciones (hm3/año)
Excedentes (hm3/año)
Coebra
219 62 157 De las Vertientes
Costero
Colgados
Mitad Sur 34 0 34
TOTAL 253 62 141
Tabla 15: Balance hídrico subterráneo
De acuerdo con el documento “Estado de las masas de agua subterránea de La Palma”,
CIAP (octubre de 2013), la distribución de los recursos subterráneos extraídos de los
acuíferos según tipología de captación, masas de agua y municipios, es la siguiente:
Captación (hm3/año) Índice Explot. % Masas de agua subterráneas Galerías Pozos TOTAL
LP001.- ACUÍFERO INSULAR-VERTIENTES 45,94 0,00 45,94 30 %
LP002.- ACUÍFERO COSTERO 0,00 7,72 7,72 14 %
LP003.- COMPLEJO BASAL 0,04 0,00 0,04 3 %
LP004.- ACUÍFERO DORSAL SUR 0,00 0,00 0,00 0 %
LP005.- ACUÍFERO VALLE DE ARIDANE-TAZACORTE 0,02 6,27 6,29 30 %
TOTAL LA PALMA 46,01 13,98 59,99
Tabla 16: Captación de aguas subterráneas por masas de agua. 2013
Adicionalmente a estos volúmenes de agua extraídos, debe considerarse la existencia de
aprovechamientos de nacientes o manantiales que, si bien no son una extracción directa
de aguas de los acuíferos sí representan volúmenes de agua aprovechados para la
satisfacción de las distintas demandas con origen en las aguas subterráneas. En la
siguiente tabla se reflejan los caudales aprovechados de los nacientes para las distintas
masas de agua subterránea insulares:
Masas de agua subterráneas Nacientes (hm3/año)
LP001.- ACUÍFERO INSULAR-VERTIENTES
4,86
LP002.- ACUÍFERO COSTERO 0,00
LP003.- COMPLEJO BASAL 0,00
LP004.- ACUÍFERO DORSAL SUR 0,00
LP005.- ACUÍFERO VALLE DE ARIDANE-TAZACORTE
0,00
TOTAL LA PALMA 4,86
Tabla 17: Caudales aprovechados de los nacientes para las distintas masas de agua. 2013
La distribución territorial del aprovechamiento de los recursos subterráneos, se recoge
desglosado por términos municipales en la siguiente tabla.
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Captación (hm3/año)
Municipio Galerías Pozos Nacientes
BARLOVENTO 5,97 0,00 0,00
BREÑA ALTA 4,92 0,00 0,00
BREÑA BAJA 0,00 0,00 0,00
EL PASO 9,05 0,00 0,00
FUENCALIENTE 0,00 0,00 0,00
GARAFIA 4,26 0,00 0,58
LOS LLANOS DE ARIDANE 3,56 0,00 4,82
MAZO 0,00 0,00 0,00
PUNTAGORDA 0,00 0,00 0,00
PUNTALLANA 5,11 0,00 0,24
SAN ANDRES Y SAUCES 3,56 4,86 0,00
SANTA CRUZ DE LA PALMA 8,51 0,00 0,44
TAZACORTE 0,02 0,00 7,91
TIJARAFE 1,04 0,00 0,00
TOTAL LA PALMA 46,01 4,86 13,98
Tabla 18: Captación de aguas subterráneas por municipios. 2013
3.7.2 Marco biótico
Vegetación
Bióticamente, el archipiélago canario en general está condicionado por los procesos de
especiación geográfica y adaptativa, con una clara influencia de las condiciones climáticas
y la geomorfología asociada a la actividad volcánica. Estos procesos han generado una
riqueza y variedad de ecosistemas y formaciones geológicas en Canarias que determinan
la importancia, singularidad y especial fragilidad de las islas. En la isla de La Palma, la
combinación de factores geológicos (heterogeneidad cronológica), geográficos (orografía,
altitud y exposición), climáticos (diversidad de pisos bioclimáticos), diversidad y relativo
buen grado de conservación de los suelos y de la vegetación, etc., definen una gran
heterogeneidad de hábitats o nichos ecológicos que permiten el asentamiento de un gran
número de taxones, por una parte, y favorecen la especiación, por otra.
El litoral, al ser gran parte de la costa acantilada y carecer de arenales de importancia,
está poblado por comunidades halófilas, siendo las especies más características
Astydamia canariensis, Frankenia ericifolia, Limonium pectinatum, L. imbricatum y la
lechuga de mar (Astydamia latifolia). Su distribución se ciñe a los acantilados litorales del
norte y noreste insular, así como al extremo sur-sureste
Entre los 100 y los 400 metros de cota, la vegetación se compone, fundamentalmente, del
tabaibal-cardonal, comunidad vegetal propia del piso basal. El tabaibal se considera la
clímax de la serie inframediterránea desértica árida de la isla, y está dominado por la
Euphorbia balsamifera y, acompañado de otras especies como el verode (Kleinia
neriifolia), lavandas (Lavandula multifida ssp. canariensis). El cardonal, se considera la
clímax de la serie árida-semiárida insular y aunque está muy restringida en su distribución,
aparece por toda la isla.
Entre los 300 y los 700 metros de altitud (zonas de medianías), destacan los bosques
termófilos de sabina, acebuche, palmera canaria, el almácigo o el mocán, acompañados
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de otras de porte arbustivo, como el guaidil o el granadillo. Cabe señalar también la
presencia de dragos, tanto en las Breñas, Garafía y Puntagorda, aunque los conjuntos
más interesantes se encuentran en La Tosca (Barlovento) y en Buracas (Las Tricias).
Sobre los 700 metros de altura aparece el piso montano húmedo, que se encuentra más
desarrollado en aquellas zonas bajo la influencia directa de los vientos alisios (norte y
noreste). Sus formaciones más características son el monteverde (con especies como la
faya o el brezo) y la laurisilva, que incluye árboles como el laurel (Laurus azorica), el til
(Ocotea foetens), el viñátigo (Persea indica), el barbusano (Apollonias barbujana) o el
paloblanco (Picconia excelsa).
El piso montano seco está dominado por el pino canario (Pinus canariensis), cuyos
bosques son los más extendidos y claramente dominantes en las partes altas y más
térmicas de la isla. En la vertiente sur de La Palma puede llegar hasta prácticamente el
nivel del mar, mientras que en las zonas septentrionales crece a partir de las cotas donde
la laurisilva empieza a ceder terreno. Caracterizado por un sotobosque pobre, la especie
más característica es el corazoncillo (Lotus hillebrandii) y una especie de jara (Cistus
symphytifolius). En el interior de la Caldera de Taburiente, en zonas escarpadas y de
suelos poco formados e inestables se pueden encontrar los pinares en baja densidad y
mezclados algunos ejemplares de cedros canarios (Juniperus cedrus).
Sobre lapillis y otros materiales volcánicos finos y no consolidados del sur insular, por
encima de los 1.700 m, se establece el crespar o matorral de crespas, cuyas especies
características son la crespa (Plantago webbii) y la hierba pajonera (Descuraina gilva).
Por encima de los 2.000 metros, las condiciones son muy hostiles para la flora, siendo la
formación dominante el codesar de cumbre con retamones, de tipo arbustivo, que se
caracteriza por la dominancia del codeso (Adenocarpus viscosus), y en menor medida, el
retamón (Genista benehoavensis), a los cuales acompañan diversas especies.
Cabe destacar la vegetación de risco, compuesta por bejeques (Aeonium spp.), los cuales
se han adaptado a vivir en las fisuras verticales de los acantilados costeros.
Entre estas comunidades florísticas, aparecen plantaciones de pinos, tanto
monoespecíficas de Pinus canarienseis y P. radiata, así como otras mixtas, en las que se
entremezclan P. pinea y P. halepensis. Son también frecuentes las parcelas cultivadas de
castaño, eucalipto, chopo, acacias y cipreses.
La presencia de cultivos es abundante, especialmente en los entornos rurales, destacando
los de regadío, básicamente de plataneras.
Del conjunto de comunidades vegetales asentadas en la Demarcación, debe considerase
la presencia de otras cinco, no mencionadas en la anterior descripción, que son
dependientes de la existencia de agua. Estos se refieren a:
Cañaverales de Arundo donax y Phragmito-Magnocaricetea, en ocasiones en
combinación con Juncales de Scirpo globiferi-Juncetum acuti.
Tarajales de Nerio-Tamaricetea, propios de Atriplici ifniensis-Tamaricetum
canariensis.
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Palmerales de Periploco laevigatae-Phoenicetum canariensis.
Monteverde higrófilo de Diplazio caudati-Ocoteetum foetensis.
Saucedas de Rubo-Salicetum canariensis.
La flora vascular de la isla de La Palma se halla integrada por unos 840 taxones, lo que
viene a representar aproximadamente el 38,6% de la flora silvestre que crece en las islas
Canarias. En su conjunto, es el contingente mediterráneo mejor representado. Presenta
alrededor de 250 taxones endémicos, que totaliza casi el 30% del total de taxones de la
flora vascular (840).
En la isla se han identificado un conjunto de zonas con interés florístico, coincidentes con
aquellos espacios que congregan un mayor número de endemismos canarios y palmeros,
y que se encuentran menos alterados por las actuaciones antropogénicas. Con carácter
general, se consideran de interés florístico los barrancos profundos, los acantilados y los
riscos más abruptos, zonas de laurisilva conservadas, pinares maduros, enclaves de
bosque termófilo o mosaico de transición, enclaves de matorrales costeros sin transformar,
así como otros ambientes particulares. Como áreas más interesantes se señalan los
Riscos de la Caldera de Taburiente, Acantilados costeros de Garafía y Barlovento,
Barrancos profundos de la mitad Norte insular (paleoPalma), Roques fonolíticos y otras
Zonas puntuales que concentran muestras conservadas de bosque termófilo, especies
endémicas y comunidades de extensión reducida.
Como elemento singular de la vegetación, y según la información disponible en el
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se ha constatado la presencia de
hábitats naturales recogidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE, en el ámbito del
Plan Hidrológico.
Se trata de unidades cartográficas catalogadas como prioritarios y de interés comunitario,
siendo el interés de las comunidades que constituyen cada uno de ellos mayoritariamente
de tipo florístico. A continuación se enumeran dichos hábitats:
1250. Acantilados con vegetación de las costas macaronésicas.
4050*. Brezales macaronésicos endémicos.
4090. Matorrales oromediterráneos endémicos con aliaga.
5330. Matorrales termomediterráneos y preestéticos.
7220*. Manantiales petrificantes con formación de tuf (Cratoneurion).
8220. Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica.
8310. Cuevas no explotadas por el turismo.
8320. Campos de lava y excavaciones naturales.
92D0. Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos.
9360*. Laurisilvas macaronésicas.
9370*. Palmerales de Phoenix canariensis.
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9550. Pinares macaronésicos o endémicos canarios Canarias.
Fauna
De acuerdo con el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias, en la Isla se han
inventariado 2.802 especies de fauna terrestre, de las cuales 63 se corresponden con
vertebrados y las restantes con invertebrados, de las que 2.653 son artrópodos, 55 son
moluscos, y las restantes 31 son otros invertebrados.
De éstas, hay 843 endemismos, de los cuales 6 son vertebrados, 807 son artrópodos y 30
son moluscos.
Dentro de la fauna invertebrada destacan, tanto por número de especies, como de
endemicidad, los insectos (con 2.354 especies, de las cuales 723 endémicas), los
arácnidos (189 especies y 64 endemismos) y los gasterópodos (55 especies y 30
endemismos).
Parte de este conjunto faunístico se encuentra ligado al agua entre las que destacan los
cauces de barranco, nacientes y manantiales como biotopos de mayor interés, aunque en
muchos casos hayan experimentado una importante regresión en los últimos decenios.
Algunos tramos de barranco mantienen aguas fluyentes de forma más o menos
permanente, destacando en este sentido los del interior de La Caldera de Taburiente o
algunos de los asociados a la vertiente norte insular, albergando una importante
proporción de la fauna acuática.
En lo que respecta a fauna vertebrada terrestre, el grueso de especies pertenecen a las
aves, con una cincuentena de especies localizadas, 45 de ellas nidificantes. Los anfibios
tienen dos especies de origen introducido aunque bien naturalizadas, y los reptiles, están
muy poco representados, fruto de su elevada dificultad para colonizar la isla. No existen
peces de agua dulce, con la excepción de carpas y tilapias para el aprovechamiento
humano, si bien hay tres formas de mugílidos, caracterizados por su querencia por medios
de salinidad variable, como estuarios, bocanas de barrancos, etc.
Los únicos mamíferos autóctonos pertenecen al orden de los quirópteros o murciélagos,
con un total de 6 especies, 5 de las cuales incluidas en el Catálogo de Especies
Protegidas de Canarias. Los mamíferos estrictamente terrestres pertenecen a especies
introducidas, con un impacto relativamente elevado sobre la fauna y la flora autóctona,
especialmente en lo que atañe a la rata (Rattus rattus), el gato (Felis catus) y, más
recientemente, el arruí (Ammotragus lervia).
Las especies ligadas a la presencia constante de agua dulce (cursos, embalses, canales,
etc.) no son abundantes. Junto a la ranita meridional (Hyla meridionalis) y la rana común
(Pelophylax perezi), destacan las especies de aves migratorias como la garza real (Ardea
cinerea), el andarríos chico (Actitis hipoleuca), la garceta comín (Egretta garzetta), el
zarapito trinador (Numenius phaeopus) o el correlimos tridáctilo (Calidris alba), junto a las
cuales es posible observar otras como la focha común (Fulica atra), la gallineta común
(Gallinula chloropus), la lavandera cascadeña (Motacilla cinerea), el vuelvepiedras
(Arenaria interpres), el chorlitejo grande (Charadrius hiaticula), ó la aguja colinegra (Limsa
limosa).
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También mantienen un elevado interés los ambientes litorales, sobre todo por la existencia
de importantes poblaciones de especies ligadas a acantilados marinos y roques costeros,
como el guincho (Pandion haliaetus), halcón tagorote (Falco pelegrinoides), pardela
cenicienta (Calonectris diomedea), petrel de bulwer (Bulweria bulwerii), charrán común
(Sterna hirundo), pardela chica (Puffinus assimilis), paiño de Madeira (Oceanodroma
castro), etc.
Existen un conjunto de áreas de interés faunístico correspondientes con La Caldera de
Taburiente, Los roques de Garafia-Roque Negro- El Roque-Acantilados marinos, El Canal
y Los Tiles y la Zona Septentrional (monte verde y pinar). Igualmente se han considerado
pequeñas cavidades volcánicas y formaciones análogas, de pequeña superficie pero de
interés por albergar especies endémicas de invertebrados y quirópteros.
A modo de resumen, cabe hacer una mención especial, por su relación con el Plan
Hidrológico que aquí se revisa, a la presencia de un conjunto de áreas de interés florístico
y faunístico vinculadas al medio hídrico. Éstas, se representan en la siguiente imagen:
Figura 22: Áreas con presencia de flora y fauna vinculada al agua.
3.7.3 Paisaje
Desde el punto de vista paisajístico, el origen volcánico de la Isla, su tamaño y su posición
en el atlántico respecto al resto de islas del archipiélago, su perfecta alineación con las
coordenadas Norte-Sur y su relación inmediata entre el mar y la alta montaña (2.400 m de
altitud en 12 Km entre el punto de inflexión y la costa), son características básicas que
condicionan su configuración paisajística singular.
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Como primera caracterización paisajística del territorio insular, pueden distinguirse tres
grandes áreas: la mitad Norte, la franja central Este-Oeste y la mitad Sur.
La mitad septentrional de la isla se caracteriza por la presencia secuenciada de barrancos,
a partir de los cuales se organizan numerosas áreas forestales, mayoritariamente dentro
de espacios naturales protegidos, seguidas de una franja agrícola tradicional que según la
morfología de costa y el tipo de pendiente culmina en las partes más bajas en franjas
agrícolas de cultivos intensivos, particularmente en el Noreste y al Noroeste en el
municipio de Tijarafe, o en lomos-laderas de escasa accesibilidad, en contacto con
acantilados. Como elemento y paisaje singular destaca La Caldera de Taburiente, que
junto con el Barranco de Las Angustias, conforman una unidad paisajística significativa en
la isla, tanto por los riscos y áreas escarpadas o laderas que dan forma a la cuenca como
por la extensión de pinar que recubre gran parte de la superficie de la unidad. Aquí
destaca la ladera de El Time o El Roque de Los Muchachos, el punto más alto de la Isla
desde donde se divisa toda La Caldera. Igualmente, cabe mencionar como paisaje
singular el Norte de la Isla, entre Punta Gaviota y Punta de Juan Adalid, caracterizado por
los barrancos.
La franja central este-oeste contrasta claramente con la zona septentrional y en ella tiene
gran predominancia la componente antrópica/cultural. Ambas vertientes se encuentran
separadas por Cumbre Nueva, y presentan un relieve relativamente continuo hasta el
litoral. En la vertiente este, la ladera tiene un desarrollo relativamente mayor, dando cabida
a la agricultura tradicional de medianías basada principalmente en el cultivo de viña. La
franja que le sigue es una ladera continua hasta la costa, de un alto valor geomorfológico,
en donde todavía es evidente la presencia de malpaíses y coladas volcánicas
provenientes de la actividad volcánica de Cumbre Vieja. La vertiente oeste es más
estrecha por lo que la precipitación hacia el mar es más inmediata, culminando la ladera
en un acantilado contundente que da paso a una plataforma lávica que alberga cultivos
agrícolas intensivos y alguna implantación turística. Esta morfología favorece la
concentración de asentamientos, dotaciones e infraestructuras de carácter insular, siendo
la actividad dominante la agrícola tradicional, aspectos que condicionando sustancialmente
la configuración del paisaje actual. La malla viaria fragmenta considerablemente esta parte
de la Isla.
Como áreas singulares paisajísticas destacan la vertiente Oeste de Cumbre Nueva, por
tratarse de un paisaje de transición entre La Caldera y Cumbre Vieja, el paisaje del Llano
del Jable, de tipo volcánico, la franja central-este, situada entre los municipios Villa de
Mazo y Santa Cruz de La Palma, por combinar entornos paisajísticos de montaña y mar y
Los Llanos entre el Time y La Lajita del Remo, dentro de los municipios de Tazacorte y
Los Llanos de Aridane, de relieve muy llano con respecto al resto de la superficie insular.
La mitad sur está caracterizada por la presencia de volcanes y coladas conformados por la
actividad volcánica reciente o todavía activa. Así, este paisaje se caracteriza por la
Cumbre Vieja, una sucesión de volcanes que además son Parque Natural. La cumbre
actúa como un punto de inflexión entre las vertientes este y oeste de la isla con
condiciones climáticas claramente diferenciadas que condicionan la configuración de
diversos paisajes, tal y como se ha señalado. Como componente forestal domina el pinar
canario. este paisaje.
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Dentro de esta zona, destaca como área paisajísticamente singular el suroeste, Volcanes
de Teneguía, Las Indias y plataforma lávica entre Punta Gruesa y Punta Blanco, por la
secuencia de paisajes volcánicos, de montaña y mar.
En la siguiente imagen, se visualizan los elementos paisajísticos del paisaje insular.
Figura 23: Elementos y calidad visual del paisaje.
3.7.4 Modelo territorial
El instrumento de ordenación territorial y de los recursos naturales de la Isla es el Plan
Insular de Ordenación de La Palma (PIOLP), aprobado definitivamente mediante
Decreto 71/2011 de 11 de marzo, y en la actualidad, en avance de Revisión Parcial (BOC
nº22, 03/02/2015).
El Plan Insular, como marco general del planeamiento de la Isla, establece condiciones a
los planes territoriales, urbanísticos y de ordenación de los Espacios Naturales Protegidos.
En especial, considera imprescindible para su propio desarrollo la redacción de los Planes
Territoriales Especiales que ordenan las principales infraestructuras.
En el PIOLP se define el modelo de organización y utilización del territorio insular (para
garantizar el desarrollo sostenible), teniendo en cuenta la realidad global de la Isla, y en
especial “las características socioeconómicas de su territorio y población, en relación con
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las posibilidades y programas de actuación del sector público y las posibles acciones del
privado”. Los componentes del modelo son, en primer lugar, los sistemas de
infraestructura y equipamiento relevantes; y en segundo lugar, el esquema de distribución
de los usos y actividades estructurantes.
La ocupación del territorio prevista para los próximos años tiene una clara influencia en la
Planificación Hidrológica, en la medida que determina la distribución insular del agua y la
necesidad de nuevas infraestructuras hidráulicas.
3.7.5 Espacios naturales protegidos
La enorme riqueza geológica, ecológica y paisajística que atesora la isla de La Palma y la
necesidad de preservar aquellos espacios de mayor valor como creadores de recursos y
atractivos turísticos ha llevado a la protección legal de un significativo porcentaje de su
territorio.
La isla de La Palma fue la primera entre las islas canarias en contar con una Reserva de
la Biosfera. Se trata de la "Reserva de la Biosfera de Los Tiles", que tras la sesión
celebrada en París el día 6 de noviembre de 2002, se amplió a la totalidad del territorio
insular, denominándose “Reserva Mundial de la Biosfera La Palma”.
Por otra parte, en relación con la Red Natura 2000, en la Demarcación Hidrográfica de La
Palma están presentes, a fecha de enero de 2016, un total de 32 Zonas Especiales de
Conservación (ZEC), de la cuales 30 terrestres y 2 marinas, que abarcan una superficie
terrestre de 350,56 km2. Igualmente, hay 6 Zonas de Especial Protección para las Aves
(ZEPA), de las que 5 son terrestres y 1 marina, que ocupan un área terrestre de 271,06
km2.
A la vista de estos datos, y a pesar de que la mayor parte de las superficies de ambos
espacios se solapan territorialmente, se puede aseverar que más de la mitad de la
superficie de la isla (706 km2) se encuentra incluida en la Red Natura 2000.
En las siguientes imágenes, extraídas del documento del Plan Hidrológico de La Palma,
aprobado provisionalmente en diciembre del 2015, se puede visualizar la distribución de
los ZEC y ZEPA por la superficie insular.
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Figura 24: Zonas Especiales de Conservación y Zonas de Especial Protección para las Aves .
El pasado 17 de julio de 2014 se publicó en el BOE la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio,
por la que se declaran ZEPA en aguas marinas españolas 39 áreas, consolidando de esta
manera la Red Natura 2000 en España. Entre ellas se encuentra la codificada como
ES0000525 “Espacio marino del norte de La Palma” que rodea la mitad septentrional de la
isla. Esta nueva ZEPA, no aparece plasmado en la figura precedente.
La comunidad autónoma de Canarias cuenta con una Red de Espacios Naturales
Protegidos, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de
Espacios Naturales de Canarias. Dentro de La Palma, se han identificado las siguientes
áreas protegidas:
Un (1) Parque Nacional: Parque Nacional de la Caldera de Taburiente
Dos (2) Reservas Naturales (R.N.): R.N. Especial de Guelguén y R.N.Integral de
Pinar de Garafía
Dos (2) Parques Naturales (R.N.): PN de Las Nieves y PN de Cumbre
Ocho (8) Monumentos Naturales (M.N.): M.N. de Montaña de Azufre, M.N. de
Volcanes de Aridane, M.N. de Risco de La Concepción, M.N. de La Costa de
Hiscaguán, M.N. de Barranco del Jorado, M.N. de Volcanes de Teneguía, M.N. de
Tubo Volcánico de Cueva de Las Palomas, M.N. de Idafe
Cuatro (4) Paisajes Protegidos (P.P.): P.P. de El Tablado, P.P. de Barranco de Las
Angustias, P.P. de Tamanca, P.P. de El Remo
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Tres (3) Sitios de Interés Científico (S.I.C.): S.I.C. de Juan Mayor, S.I.C. de
Barranco del Agua y S.I.C. de Las Salinas de Fuencaliente.
La Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención de Impacto Ecológico, define en su artículo
23 las Áreas de Sensibilidad Ecológica (ASE) como aquellas zonas que por sus valores
naturales, culturales o paisajísticos intrínsecos, o por la fragilidad de los equilibrios
ecológicos existentes o que de ellas dependan, son sensibles a la acción de factores de
deterioro o susceptibles de sufrir ruptura en su equilibrio o armonía de conjunto. Cabe
destacar que las 20 (veinte) áreas anteriores protegidas por la Comunidad Canaria están
consideradas igualmente como ASE.
Figura 25: Espacios Naturales Protegidos y Áreas De Sensibilidad Ecológica.
Por otra parte, en esta isla se encuentra la Reserva Marina de La Palma, según Orden
Ministerial de 18 julio de 2001 (B.O.E. Nº185, de 3 de agosto de 2001). La reserva, cuya
gestión compete a la Administración General del Estado, se encuentra ubicada en su
totalidad en aguas exteriores, entre la Caleta de Los Pajaros y la Punta Gruesa. En su
interior se encuentra delimitada una zona de máxima protección denominada Reserva
Integral desde un punto intermedio entre la Punta de Caleta del Remo y la Punta del
Guincho, hasta la Punta del Hombre y hasta la isobata de 500 m. Su superficie alcanza las
3.719 ha, encontrándose incluida igualmente en otro espacio marino protegido,
denominado Franja Marina de Fuencaliente, englobado este en la Red Natura 2000.
Asimismo forma parte de la Reserva de la Biosfera, junto con el resto del territorio insular
de La Palma.
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4 Objetivos del Plan Hidrológico
En el siguiente esquema se muestran los objetivos generales de la planificación
hidrológica, además de las actuaciones y criterios por los que se rige.
Figura 26: Objetivos generales de la planificación hidrológica.
Por otro lado el plan hidrológico de cuenca deberá coordinar e integrar los planes y
actuaciones de gestión del agua con otros planes y estrategias sectoriales, promovidas por
las Autoridades Competentes, además de permitir que otras administraciones y partes
interesadas, puedan intervenir en la elaboración del plan e influir en el contenido del
mismo.
4.1 Cumplimiento de objetivos medioambientales
Según las estimaciones del Plan Hidrológico vigente a revisar, la situación de partida es la
correspondiente al año 2009, para todas masas de agua presentes en la demarcación, y
luego se expone la tendencia de los objetivos medioambientales para los posteriores ciclos
de planificación.
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CATEGORÍA
NÚMERO MASAS DE AGUA
BUEN ESTADO O
POTENCIAL PRÓRROGA OBJETIVOS
MENOS RIGUROSOS
PENDIENTES DE EVALUACIÓN
2009 2015 2021 2027
Ríos - - - - - -
Lagos - - - - - -
Transición - - - - - -
Costeras - - - - - -
Masas de aguas superficiales 5 5 - - - -
Masas de aguas subterráneas 4 4 1 1 - -
Tabla 19: Cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua.
Esto, tiene su desglose en las siguientes tablas:
Tabla 20: Objetivos medioambientales de las masas de agua superficiales costeras
Tabla 21: Objetivos medioambientales de las masas de agua subterráneas
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Todas las masas de agua costeras presentan un buen estado o potencial en el escenario
del PH del primer ciclo extensible a 2015 sin preverse ningún tipo de exención o
empeoramiento.
En relación con las cinco masas de agua subterráneas, indicar que todas presentan buen
estado cuantitativo y cumplen los objetivos medioambientales para el 2015.
Sin embargo, en relación con el estado químico, en la masa de agua ES70LP005 Valle de
Aridane-Tazacorte no va a ser posible alcanzar los objetivos ambientales relacionados con
el buen estado químico dentro del plazo establecido (2015), y deberán plantearse
prórrogas determinadas (de plazo a 2027 y revisable en el 2021) por las condiciones
naturales del acuífero. La aplicación de códigos de buenas prácticas agrarias cambiarán
paulatinamente la tendencia.
En el Plan hidrológico del segundo ciclo de planificación, se revisará el cumplimiento de
objetivos medioambientales y se incluirá en caso de comprobarse un análisis de las
desviaciones observadas en el cumplimiento de los objetivos ambientales previstos,
analizando sus causas. Asimismo, a la vista de los nuevos datos aportados por los
programas de seguimiento, será preciso establecer un nuevo cálculo de objetivos
ambientales para los escenarios que se puedan diseñar para los horizontes temporales de
los años 2021, 2027 y 2033. Se señalarán específicamente los indicadores limitantes para
la consecución de los objetivos ambientales en cada uno de los escenarios estudiados y
las previsiones concretas a que se atribuye el comportamiento desfavorable de los
indicadores.
En cualquier caso, se volverá a realizar el análisis de presiones, impactos y riesgos y se
vincularán los resultados a los objetivos definidos, las exenciones previstas, los plazos y el
Programa de Medidas.
4.2 Cumplimiento de los objetivos de satisfacción de las
demandas
El PHP analiza la posible evolución de las demandas de agua para los años horizontes.
Para la estimación, se partió de la evolución de cada uno de los usos, analizando el
crecimiento demográfico y aquellos usos del agua que tienen incidencia significativa desde
el punto de vista cuantitativo, como el abastecimiento urbano - turístico, y el riego, tanto
agrícola como de campos de golf, previsto el desarrollo de cinco hasta el año 2020.
Igualmente, se han considerado nuevas infraestructuras básicas y de servicios para cada
año horizonte; todo ello en combinación con evolución de las dotaciones (con diferentes
grados de incremento o ahorro).
Con estas prognosis, se prevé que los volúmenes demandados por el abastecimiento y el
riego, para el año 2015, se reduzcan en torno a los 58,04 hm3 (0,2 hm3 respecto al 2009),
principalmente debido a los descensos del abastecimiento.
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Figura 27: Balance hidráulico insular estimado para el año 2015.
El análisis de los recursos y las demandas por comarcas para el 2015 sigue poniendo de
manifiesto el déficit hídrico del Sur – Suroeste de la isla, frente al superávit del Norte –
Noreste.
Figura 28: Balance hidráulico de la Isla en 2015
Esta situación incide en la necesidad de contar con un sistema de transporte y regulación
que permita una adecuada asignación de los recursos a las demandas, compensando el
desequilibrio hídrico insular (territorial y estacional), optimizando el aprovechamiento de los
recursos, y garantizando la atención a las demandas.
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Figura 29: Distribución del balance hidráulico. Déficit y superávit. Año 2015.
Las magnitudes de las demandas estimadas para los años horizonte del PHP son las que
se obtuvieron para el escenario medio definido a efectos de estudio de alternativas en el
Documento de Avance o Proyecto de Plan Hidrológico. Este escenario medio se asocia a
la alternativa de transición que sirvió de base para el desarrollo del documento de
planificación del primer ciclo.
Dichas magnitudes serán objeto de revisión para la elaboración del nuevo plan hidrológico,
para comprobar las desviaciones que hayan podido producirse con respecto a las
estimaciones realizadas para el año 2015 así como para la elaboración de nuevas
prognosis para 2021 y 2027.
Uno de los retos del PHP es conseguir activar con eficacia, dentro del marco jurídico
institucional vigente, los mecanismos de que dispone este instrumento para conseguir que
las magnitudes de los balances territoriales recursos-demandas se cumplan en cantidad y
calidad, sin distorsiones económicas ni sociales.
Con este fin, dentro del Programa de Medidas, se incluyen varios capítulos que guardan
estrecha relación con la satisfacción de las demandas de agua:
Mejora y construcción de obras de transporte y regulación
Contar con un sistema de transporte eficiente que permita la interconexión
de los recursos
Mejorar y ampliar la capacidad de almacenamiento insular, al objeto de
optimizar el aprovechamiento de los recursos
Mejorar las infraestructuras de abastecimiento y riego:
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Mejorar la eficacia y seguridad de las actuales infraestructuras hidráulicos
con las zonas de demanda
Incorporación de nuevos recursos mediante la reutilización de aguas
regeneradas
Mejorar las aguas residuales para su posterior reutilización
Fomentar la reutilización de aguas regeneradas donde sea técnica y
económicamente viable
En la revisión del Plan Hidrológico del primer ciclo se avanzará en la asignación de los
recursos teniendo en cuenta posibles restricciones ambientales (ecosistemas hídricos
dependientes de las masas de agua subterráneas, seguimiento y protección de nacientes
y cauces permanentes, etc).
4.3 Principales cuestiones en la Demarcación
Se entienden por Temas Importantes en Materia de Gestión de Aguas, a los efectos del
Esquema Provisional de Temas Importantes (EPTI), las cuestiones que ponen en riesgo el
cumplimiento de los objetivos de la planificación. Para facilitar su identificación sistemática,
estas cuestiones importantes se han considerado agrupadas en cuatro categorías:
Cumplimiento de objetivos medioambientales.
Atención de las demandas y racionalidad del uso.
Seguridad frente a fenómenos meteorológicos extremos.
Conocimiento y gobernanza.
El análisis de dichas cuestiones se expone en el documento del EPTI en un formato de
fichas que permite una visión rápida y concreta de los temas importantes. La relación de
fichas se incluye en el Anejo I del EPTI para el ciclo de planificación 2015–2021, puesto a
disposición pública en la Web del Organismo de Cuenca:
http://www.lapalmaaguas.es
En la siguiente tabla se muestra la relación de temas importantes del segundo ciclo.
Grupo Propuesta de Temas Importantes en el segundo ciclo
Código Descripción del tema importante
I. Cumplimiento de objetivos medioambientales
1 Saneamiento de aglomeraciones urbanas y de la población dispersa
2 Estado y disponibilidad de los recursos subterráneos. Caso del acuífero del Coebra
3 Contaminación agrícola difusa en el Valle de Aridane
4 Biodiversidad ligada al medio hídrico. Red Natura 2000 y Red Canaria de ENP
5 Recuperación de costes de los servicios del agua
6 Segregación como masa del Puerto de Santa Cruz de La Palma
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Grupo Propuesta de Temas Importantes en el segundo ciclo
II. Atención de las demandas y racionalidad del uso
7 Usos y demandas y su relación con las sequías
III. Seguridad frente a fenómenos extremos
8 Gestión de zonas inundables y otros fenómenos extremos
IV. Conocimiento y gobernanza
9 Mejora del conocimiento en aspectos clave
10 Coordinación entre administraciones
11 Sensibilización, formación y participación pública
Tabla 22: Relación de las fichas incluidas en el Anejo I del ETI del segundo ciclo en la Demarcación de La Palma
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5 Alcance y contenido del Plan Hidrológico y de sus alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables
5.1 Alcance y contenido del Plan Hidrológico
El Plan Hidrológico de La Palma resultante en este Segundo Ciclo continuará manteniendo
la doble naturaleza jurídica sectorial – al constituir la revisión del PHP del Primer Ciclo – y
territorial – al desarrollar una parte específica del Modelo de Ordenación del Plan Insular
de Ordenación de La Aplma, por expreso mandato de éste –. El contenido del Plan
Hidrológico, en consecuencia, debe continuar dando respuesta a la normativa sectorial y
territorial que le resulta de aplicación.
Los contenidos obligatorios de los planes hidrológicos derivados de la aplicación de la
DMA se detallan en el artículo 42 del texto refundido de la Ley de Aguas; mientras que los
contenidos mínimos derivados de la normativa autonómica se indican en el artículo 38 de
la según la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, modificada por la
Disposición final tercera de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y
Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, en
coherencia con la norma estatal.
Estos contenidos dan respuesta a la naturaleza sectorial del Plan Hidrológico, no a su
componente territorial y ambiental que complementan a la primera.
Requerimientos de la legislación Estatal
El texto refundido de la Ley de Aguas (artículo 42) y el Reglamento de la
Planificación Hidrológica (artículo 4) establecen el contenido obligatorio del plan
hidrológico y de sus sucesivas revisiones. Asimismo, en el artículo 89 del
Reglamento de la Planificación Hidrológica se regula la revisión de los planes
hidrológicos de cuenca.
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Figura 30: Contenido obligatorio de los planes hidrológicos conforme a la legislación estatal y Canaria
Conforme al mencionado artículo 42, la revisión del PH contendrá obligatoriamente la
información detallada en el siguiente esquema:
Figura 31: Contenido obligatorio de la revisión del Plan Hidrológico.
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El Plan Hidrológico Insular, como ya se ha indicado anteriormente, tiene una doble
naturaleza sectorial y territorial.
Por un lado, como un Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de La Palma cuyo
contenido y estructura determina la DMA y se desarrolla a nivel nacional mediante el Texto
Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), el Reglamento de Planificación Hidrológica (RPH),
la Instrucción de Planificación Hidrológica (IPH) y la Ley de Aguas de Canarias y sus
modificaciones y Proyecto de Instrucción de Planificación Hidrológica de Canarias (aún
pendiente de aprobación) en el ámbito autonómico.
El Plan Hidrológico revisado, de acuerdo con el artículo 81 del RPH, en su componente
sectorial debe mantener la siguiente estructura formal:
a) Memoria. Incluirá, al menos, los contenidos obligatorios descritos en el artículo 4 del
RPH y podrá acompañarse de los anejos que se consideren necesarios.
b) Normativa. Incluirá los contenidos del Plan con carácter normativo, que al menos
serán los siguientes:
Identificación y delimitación de masas de agua superficial, condiciones de
referencia.
Designación de aguas artificiales y aguas muy modificadas.
Identificación y delimitación de masas de agua subterránea.
Prioridad y compatibilidad de usos.
Necesidades hídricas de los ecosistemas dependientes.
Definición de los sistemas de explotación, asignación y reserva de recursos.
Definición del régimen de protección especial.
Objetivos medioambientales y deterioro temporal del estado de las masas de
agua.
Condiciones para las nuevas modificaciones o alteraciones.
Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública.
En relación con la estructura formal del Plan Hidrológico de la DH de La Palma, en su
vertiente territorial, indicar que obedece a la de un Plan Territorial Especial de Ordenación
Hidrológica tal y como se contempla en el PIOLP. Esta circunstancia supone una
adaptación de la estructura y contenido del documento para atender a una organización de
proceso, metodología y articulación más cercana a la cultura de la planificación territorial,
que suele definir con claridad unos tipos de documentos diferenciados: el Documento de
Información (con sus planos y anejos correspondientes); el Documento de Ordenación
(con sus planos y anejos correspondientes); el documento de normativa, programa de
medidas, actuaciones y seguimiento y los documentos relativos a la participación pública.
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Los requisitos legales de la naturaleza territorial/ambiental del Plan Hidrológico de La
Palma quedan recogidos en la Disposición Transitoria Séptima del Decreto 55/2006, de 9
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de
ordenación del sistema de planeamiento de Canarias se indica el contenido ambiental a
incluir en la memoria y planos de información.
En virtud de lo contenido en el Art. 27.1.a del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del
sistema de planeamiento de Canarias, el Informe de Sostenibilidad (Actualmente
denominado Estudio Ambiental Estratégico según la nueva Ley de Evaluación Ambiental:
Ley 21/2013, del 9 de diciembre para el ámbito estatal y la Ley 14/2014 para el ámbito
Canario) se incorpora a la documentación del Plan.
Adaptando lo dispuesto en ambos conjuntos normativos, se opta por la unificación en un
único documento dividido en varios tomos que facilite su proceso de tramitación y
aprobación.
En conclusión la revisión del Plan Hidrológico de La Palma en este segundo ciclo se
estructurará en:
1. Documento de Información:
- Memoria de Información
- Planos de Información
- Anejos
2. Documento de Ordenación:
- Memoria de Ordenación
- Planos de Ordenación
- Anejos
3. Esquema de Normativa y Programa de Medidas
4. Documento de participación pública
5. Estudio Ambiental Estratégico
Debido a que se trata de una revisión del Plan Hidrológico del primer ciclo, se incluirá un
documento que indique todos los cambios del Plan del segundo ciclo respecto al Plan
Vigente para facilitar la comprensión de la trazabilidad entre los dos planes.
5.2 Programa de Medidas
Uno de los contenidos esenciales del Plan Hidrológico es el Programa de Medidas. Está
orientado, como se indica en el artículo 43 del RPH, a lograr los objetivos de la
planificación establecidos para la demarcación, de acuerdo a los criterios de racionalidad
económica y sostenibilidad en la consecución de los objetivos medioambientales.
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El Programa de Medidas tendrá en cuenta las características de la demarcación, las
repercusiones de la actividad humana sobre el estado de las aguas y el estudio económico
del uso del agua, y deberá concretar las actuaciones y previsiones necesarias para
alcanzar los objetivos medioambientales consiguiendo una adecuada protección de las
aguas.
Programa de medidas
Criterios de racionalidad económica
Criterios de sostenibilidad
Logro de objetivos de la planificación
Figura 32: Objetivos y criterios del Programa de Medidas
Las medidas podrán ser básicas y complementarias. Las medidas básicas constituyen el
instrumento para alcanzar los requisitos mínimos que deben cumplirse en la demarcación.
Las medidas complementarias se aplican con carácter adicional para la consecución de
los objetivos medioambientales, o para alcanzar una protección adicional de las aguas.
Entre las medidas complementarias pueden incluirse instrumentos legislativos,
administrativos, económicos o fiscales, acuerdos negociados en materia de medio
ambiente, códigos de buenas prácticas, creación y restauración de humedales, etc.
Figura 33: Medidas básicas y complementarias
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Con el fin de poder manejar el amplio abanico de actuaciones que incorpora el Programa
de Medidas, es conveniente agruparlas en categorías, de acuerdo con los principales
problemas de la demarcación. A continuación se presenta la agrupación en categorías
utilizada en el Plan Hidrológico vigente.
El actual programa de medidas del Plan Vigente cuenta con 94 medidas, clasificadas en
básicas y otras básicas para garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en
la normativa comunitaria sobre protección del agua de acuerdo con el articulo 45 y con los
artículos 46 al 54 del RPH, y de carácter complementario, incluidas en el artículo 55 del
Reglamento.
Grupo Número de medidas
I. Cumplimiento de objetivos medioambientales 18
II. Atención de las demandas y racionalidad del uso 45
III. Seguridad frente a fenómenos extremos 28
IV. Conocimiento y gobernanza 3
Tabla 23: Agrupación de las medidas propuestas en el programa de medidas del plan vigente
Tal y como se observa en la tabla anterior, el 48% de las medidas van encaminadas a la
atención de las demandas y racionalidad del uso.
Hay que tener en cuenta la necesidad de revisar el estado de desarrollo del Programa de
Medidas definido en el primer ciclo de planificación para adecuarlo a la realidad de las
actuaciones que han podido realizarse en el mismo, y prorrogar justificadamente a otros
horizontes aquellas que no han podido realizarse. Estas medidas con nuevas prórrogas
deberán ser justificadas convenientemente.
La coordinación entre el PH y otros planes y Estrategias en curso como el PGRI y la
Estrategia Marina de Canarias exige un análisis adecuado de las interacciones existentes
en las medidas planteadas. Estas interacciones ponen una vez más de manifiesto la
importancia de la coordinación, tanto en plazos como en contenido.
5.3 Alternativas para alcanzar los objetivos
Los dos grandes grupos de cumplimiento de objetivos en la planificación hidrológica
española son: los objetivos medioambientales y la satisfacción de las demandas.
En el documento del Esquema Provisional de Temas Importantes (EPTI), actualmente en
fase de consulta pública, se consideraban diversas alternativas de actuación para cada
uno de esos Temas Importantes.
Según establece la Ley de Evaluación Ambiental, la toma de decisiones requiere del
planteamiento de diferentes alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables. Se
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resumen a continuación las alternativas marco consideradas. Para mayor información,
puede consultarse el EPTI en la Web del Consejo Insular de Aguas de La Palma.
Alternativa 0
Es la alternativa tendencial, es decir, la que describe la situación aplicando únicamente el
Plan Hidrológico vigente hasta 2015 (no implantación de medidas adicionales ni revisión
de las existentes). Sus datos de caracterización proceden de la evolución que se puede
prever para cada una de las variables que explican el crecimiento o la disminución de las
diversas presiones significativas que condicionan el estado de las masas de agua.
Alternativa 1 ó 2
En los casos en que se prevén desviaciones, se ha planteado una alternativa 1 o incuso
una alternativa 2, dirigida a reajustar el calendario de las actuaciones así como a concretar
con más detalle las planteadas a nivel general o modificar algunas de las medidas
previstas y/o añadir otras nuevas, si se considerase necesario.
Es la alternativa que pretende dar cumplimiento a los objetivos ambientales según requiere
la DMA, con la única limitación del realismo presupuestario que, evidentemente y en
particular en el actual contexto económico, puede limitar la posibilidad de materializar las
medidas requeridas para el pleno cumplimiento de los objetivos. Existe además una
limitación técnica para lograr determinados objetivos en los plazos requeridos, por ejemplo
con algunos problemas vinculados al estado de los acuíferos, debido a que la inercia del
medio natural conlleva un tiempo mínimo necesario para la renovación o recuperación del
buen estado.
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6 Desarrollo previsible de los Planes
A modo de esquema se muestran a continuación las diferentes etapas a seguir por el
PHP.
* Requisitos de la DMA no recogidos explícitamente en el TRLA.
Figura 34: Etapas en el ciclo de planificación 2015–2021 de acuerdo con la DMA y la legislación española
6.1 Procedimiento de revisión del Plan Hidrológico
El esquema general del proceso de revisión es análogo al de la elaboración del Plan
inicial. La revisión se realizará en cuando los cambios o desviaciones que se observen en
los datos, hipótesis o resultados de los Planes Hidrológicos así lo aconsejen. En todo
caso, se realizará una revisión completa y periódica del Plan cada seis años desde la
fecha de su entrada en vigor.
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Figura 35: Líneas de actuación y etapas en el proceso de planificación.
La primera actualización del PHP, y todas las actualizaciones posteriores, comprenderán
obligatoriamente:
Un resumen de todos los cambios o actualizaciones efectuados desde la
publicación de la versión precedente del Plan.
Una evaluación de los progresos realizados en la consecución de los objetivos
medioambientales, incluida la presentación en forma de mapa de los
resultados de los controles durante el periodo del Plan anterior y una
explicación de los objetivos medioambientales no alcanzados.
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Un resumen y una explicación de las medidas previstas en la versión anterior
del Plan Hidrológico que no se hayan puesto en marcha.
Un resumen de todas las medidas adicionales transitorias adoptadas desde la
publicación de la versión precedente del Plan Hidrológico, para las masas de
agua que probablemente no alcancen los objetivos ambientales previstos.
6.2 Aprobación de la revisión del Plan Hidrológico
La aprobación del Plan consiste en un proceso complejo en el que intervienen distintas
Autoridades y que se prolonga en el tiempo durante varios meses tras la finalización del
proceso de Participación Pública del Avance del Plan Hidrológico.
Parte de esta complejidad deriva de su doble naturaleza jurídica, por un lado debe seguir
los trámites por su componente sectorial de Plan Hidrológico Insular dictados por la
vigente Ley de aguas de Canarias y subsidiariamente por la transposición estatal y su
normativa de desarrollo que incorpora los preceptos de la DMA; y por otro lado, debe
seguir los trámites de aprobación incluidos en la legislación territorial al tener este Plan
forma de Plan territorial especial. A este marco general se añade una complejidad
adicional en los trámites de aprobación que es la consideración de los documentos del
proceso de Evaluación Ambiental Estratégica presentes en todo el proceso de aprobación
y que siguen los trámites dictados en su legislación específica. Por último, destacar que no
es preceptiva la aprobación del Plan Hidrológico de La Palma por parte del Consejo
Nacional del Agua pues la aprobación del mismo corresponde, según la normativa vigente,
al Gobierno de Canarias y no al Gobierno de España.
La Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de
Protección del Territorio y de los Recursos Naturales y la modificación de la Directriz 26
(criterios de planificación) de las Directrices de Ordenación general de Canarias,
aprobadas por la Ley 19/2003 de 14 de abril, van en la línea de agilizar el complejo
proceso de aprobación.
Figura 36: Procedimiento para la aprobación del Plan Hidrológico de La Palma
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7 Potenciales impactos ambientales, tomando en consideración el cambio climático
Los Planes Hidrológicos son planes muy específicos que se componen de un conjunto de
actuaciones o futuros proyectos, localizados en el interior de una Demarcación
Hidrográfica con unas actividades y usos del suelo muy definidas, y con efectos
ambientales y territoriales, en general, localizados y bien conocidos.
Tal como se ha señalado, en la revisión del Plan Hidrológico de La Palma se han
detectado algunas deficiencias relacionadas con la contaminación de las masas de agua,
la escasa aplicación del principio de recuperación de los costes del agua y un insuficiente
control de los recursos hídricos y presiones antropogénicas que no permiten satisfacer las
demandas de agua en los horizontes planteados, proponiéndose la realización de
determinadas actuaciones con el objetivo de conseguir el buen estado de las masas de
agua y la adecuada protección del dominio público hidráulico y marítimo terrestre de las
aguas. Por otra parte, el PH incluye objetivos de satisfacción de las demandas de agua en
un contexto general de aprovechamiento creciente, promoviéndose en el segundo ciclo
una mayor consideración del cambio climático.
A la vista de dichos objetivos y tras la consideración de las nuevas demandas para los
distintos usos, se han propuesto un conjunto de medidas clasificadas en 10 grupos, que
permitirán el equilibrio y la armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando
las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y
racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos
naturales. Por tanto, se considera que la ejecución de este Plan conlleva una mejora de la
ordenación y planificación de los recursos hídricos de la Demarcación Hidrográfica.
Aunque estas actuaciones tienen una repercusión positiva de índole general sobre el
medio social del territorio en el que se implanta, la ejecución del plan conlleva la aparición
de otra serie de efectos ambientales, de carácter negativo, que hacen referencia,
principalmente, a la ocupación de suelo nuevo, modificación de las formas del relieve,
eliminación de la cubierta vegetal en determinadas áreas, así como a impactos potenciales
ligados a las emisiones de ruido y atmosféricas producidas por las infraestructuras
hidráulicas. También son previsibles afecciones temporales durante la fase de obras,
asociados a los movimientos de tierras, generación de residuos, calidad de las aguas
superficiales, etc., que se analizarán con mayor detalle en el Estudio Ambiental Estratégico
(EAE).
En cualquier caso, cabe destacar que a pesar de de dichos impactos, la naturaleza del
Plan no hace previsible un incremento significativo de los efectos ambientales derivados
de la actividad hidrológica.
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El Esquema Provisional de Temas Importantes en materia de aguas de la Demarcación
(EPTI) plantea diferentes alternativas para cada uno de esos Temas, en el Anejo I del
mencionado documento descargable en:
http://www.lapalmaaguas.es
Asimismo, y con el fin de analizar de una forma global los resultados y objetivos
propuestos en los horizontes temporales de planificación considerados, el EPTI propone
diferentes combinaciones de alternativas de actuación de los temas importantes.
De forma general, el planteamiento de las posibles alternativas a cada tema importante ha
de considerar, en primer lugar, las actuaciones que ya están en marcha, así como los
planes y programas previstos por las distintas administraciones con competencias en el
territorio de la demarcación y ciertas actuaciones que están en estudio.
En los casos en que las medidas en vigor o previstas no sean suficientes para lograr los
objetivos buscados, se han de plantear otras posibles nuevas soluciones que tengan
cabida en el programa de medidas, teniendo en cuenta que el alcance de las mismas
podrá ser ajustado y tratado con más detalle durante la elaboración de la revisión de Plan.
Este segundo ciclo de planificación se diferencia del anterior (2009-2015) en la existencia
de un Plan previo y su Programa de Medidas, planteado ya para el cumplimiento de los
mismos objetivos que ahora se persiguen, y que por tanto ha de suponer el punto de
partida de esta revisión del Plan aunque aún no se haya aprobado definitivamente.
El EPTI analiza el cumplimiento de las medidas planteadas en el Plan vigente para cada
tema importante y el de los objetivos allí establecidos, así como la relación entre las
posibles desviaciones o incumplimientos.
La situación ideal, que no implicaría desviación alguna sobre las previsiones existentes,
sería que en el momento de entrada en vigor de esta revisión del Plan (finales de 2015), la
situación coincidiera con la prevista como objetivo final del ciclo anterior (2009-2015), tras
la puesta en marcha de las medidas planteadas. Sin embargo, esto no será siempre
posible, debido principalmente a las limitaciones económicas que están marcando el
contexto actual.
Las alternativas a considerar deben, en cualquier caso, ser razonables y viables desde el
punto de vista técnico, ambiental, económico y social. Su análisis permite estimar los
efectos ambientales previsibles para cada una de ellas.
Una de las alternativas a considerar es la alternativa cero, entendida como la no
implantación de medidas adicionales a las ya consideradas en el Plan vigente, es decir, el
escenario que se produciría para el tema importante en cuestión sin llevar a cabo la
revisión del Plan Hidrológico y cumpliendo con todas las medidas planteadas en los plazos
previstos.
En los casos en que se prevén desviaciones, se ha planteado una alternativa 1, o incuso
una alternativa 2, dirigida a reajustar el calendario de las actuaciones así como a concretar
con más detalle las planteadas a nivel general o modificar algunas de las medidas
previstas y/o añadir otras nuevas, si se considerase necesario.
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7.1 Impactos ambientales sobre el estado de las masas de agua
superficial
En este apartado se procede a analizar los grados previstos de cumplimiento de los
objetivos ambientales de las masas de agua superficial costeras del Plan Hidrológico para
cada una de las alternativas planteadas.
El principal objetivo a adoptar es el de no deterioro y mejora del conocimiento tanto de las
presiones como la metodología de evaluación de estado.
En relación con el programa de medidas del Plan Hidrológico, en lo que se refiere al grupo
de actuaciones relativas al saneamiento, se observa que hay medidas que podrían
ejecutarse en el ciclo 2015-2021, por lo que, si cumple con el programa de medidas, se
cumplirán los objetivos ambientales de las masas de agua relacionadas. Entre estas
medidas deberán privilegiarse especialmente las encaminadas al cumplimiento total de las
prescripciones de la Directiva 91/271.
Las alternativas de actuación generales planteadas son las siguientes:
La alternativa 0, o tendencial, consiste en mantener la tendencia marcada por
el Plan Hidrológico 2010-2015 y su programa de medidas, sin que sea
sometido a revisión y sin la incorporación de medidas adicionales. Esto
significaría en la práctica la no adopción de nuevas medidas para mantener el
buen estado en las masas de agua superficiales, así como no adaptarse al
desarrollo de las presiones sobre las masas de agua cuyas previsiones se han
visto alteradas por la crisis económica.
Alternativa uno, en la que se redefinirían los plazos de las actuaciones no
ejecutadas, a la luz de las previsiones presupuestarias, se matizarían o
detallarían actuaciones propuestas inicialmente a nivel general y,
puntualmente, se añadirían otras nuevas en caso de ser necesarias. Esta
alternativa mejora el escenario tendencial al revisar, redimensionar, o aplicar
medidas adicionales, con la previsión de alcanzar un alto grado de masas de
agua superficiales en buen estado, considerando su coste-eficiencia, y
reduciendo el impacto socioeconómico.
Ambas alternativas mejoran el conocimiento actual y tendrán un efecto positivo en la
gestión de la información sobre el agua y en particular sobre el diagnóstico de las
problemáticas, aportando informaciones relevantes para alcanzar los objetivos de la
planificación.
Los efectos del cambio climático vienen dados por una disminución prevista en el volumen
de recursos hídricos y se manifestarán en cada una de las alternativas de forma similar.
Las medidas a diseñar deben tener en cuenta este efecto, y al mismo tiempo ser
igualmente efectivas independientemente de su magnitud. Es decir se trata de medidas
“non regret”, adaptadas al cambio climático pero positivas por sí mismas para alcanzar los
objetivos (eficiencia, reutilización, control de tomas, etc.).
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7.2 Impactos ambientales sobre el estado de las masas de agua
subterránea
Al igual que en el caso de las masas de agua superficial, para las masas de aguas
subterránea, la no revisión del Plan Hidrológico vigente y de su programa de medidas y la
ausencia de medidas adicionales (alternativa 0, o tendencial) no supondrá una mejora del
estado en los siguientes horizontes de la planificación.
7.3 Impactos derivados de la ocupación del suelo
En términos generales puede señalarse que, la ejecución de las actuaciones definidas
para satisfacer las necesidades y demandas propuestas en la revisión del Plan Hidrológico
consumen poco territorio con una limitada incidencia en cuanto a ocupación directa de
suelo y con un grado de dispersión territorial mimético respecto al de las células
territoriales a los que sirven, rasgos todos ellos que las diferencian de otro tipo de
infraestructuras y usos cuya capacidad de transformación del entorno es significativamente
mayor, caso de las infraestructuras viarias, energéticas (centrales de producción,
instalaciones de generación de energía fotovoltaica, etc.) o usos industriales.
En el supuesto de los elementos nodales (estaciones depuradoras de aguas residuales,
etc.), puede señalase que la incidencia territorial más significativa deriva, con carácter
general, de la ocupación directa del ámbito de implantación, cuya selección está
condicionada principalmente por factores de funcionalidad y eficiencia. Es precisamente
debido a la mejora y evolución en la eficacia técnica por lo que los nuevos ámbitos de
implantación demandan progresivamente menor suelo, se integran funcionalmente y
paisajísticamente de mejor manera y consideran en su disposición y tecnologías las
dinámicas socioeconómicas presentes en su entorno.
Respecto a los elementos lineales (colectores, conducciones de impulsión, emisarios
terrestres, etc.), por la escasa dimensión superficial que muestran, el consumo de territorio
deriva más de las actuaciones provisionales necesarias para la implantación de los
mismos y las instalaciones auxiliares que llevan aparejadas (habilitación de accesos,
apertura de zanjas, etc.), que el ocasionado de forma directa por la implantación física y
operatividad del propio elemento.
7.4 Afecciones al cambio climático
Se entiende por cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial
climático a una escala global o regional. Tales cambios se producen a muy diversas
escalas de tiempo y sobre todos los parámetros climáticos: temperatura, nubosidad,
precipitaciones, etc. y muy especialmente sobre el ciclo del agua.
El Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) ha hecho varios informes de
evaluación de la situación, en los que se evidencian cambios regionales en el clima, en
concreto, un aumento de temperaturas que está afectando a otras variables y sistemas.
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De acuerdo con estas investigaciones, en promedio, la temperatura ha aumentado
aproximadamente 0,6°C en el siglo XX y el nivel del mar ha crecido de 10 a 12
centímetros.
Además de los cambios en los parámetros meteorológicos, los cambios de uso del suelo,
el aumento poblacional y los cambios en el estilo de vida, con el posible incremento en la
demanda de agua, pueden causar un mayor impacto en la disponibilidad y calidad del
agua.
Este concepto de cambio climático global en el que se plantean alteraciones que afectan a
la calidad y disponibilidad de los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos,
con predicciones de falta de agua potable, grandes cambios en las condiciones para la
producción de alimentos y un aumento en los índices de mortalidad debido a inundaciones
y sequías; precisa la realización de estudios de detalle por cuenca hidrográfica para poder
evaluar las afecciones y definir estrategias de adaptación a dichos fenómenos y así
impulsar políticas relacionadas con la gestión de cuencas hidrográficas de una forma
sostenible.
En las últimas investigaciones realizadas se pone de manifiesto que España, por su
situación geográfica y sus características socioeconómicas, es un país muy vulnerable al
cambio climático y según las previsiones realizadas hasta la fecha, el impacto sobre el
agua es de carácter negativo, lo que supondrá una reducción de los recursos hídricos y
aumento de la magnitud y frecuencia de fenómenos extremos como inundaciones y
sequías. El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX) realizó un
proyecto sobre los impactos del cambio climático en los recursos hídricos y las masas de
agua para todo el ámbito español. Estos trabajos fueron desarrollados a partir de los
escenarios climáticos regionalizados para España, en el marco del tercer informe del
IPCC. Los escenarios de emisión elegidos (A2 y B2) forman parte del conjunto de
escenarios de emisión de gases de efecto invernadero establecidos en el año 2000 por el
Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (conocido por sus siglas
inglesas, IPCC).
A pesar del gran esfuerzo realizado en este estudio, se considera que sería muy
interesante ampliar la información y particularizarla para la demarcación, con la
información más actualizada existente del IPCC. También es muy importante la realización
de un diagnóstico particularizado para la DH de La Palma que abarque la revisión de las
aportaciones en régimen natural en escenarios de cambio climático, la evaluación de las
demandas en horizontes futuros y el estudio del programa de medidas para la
implementación de medidas de adaptación a los posibles escenarios futuros. Los
resultados de este informe evalúan una reducción media de las aportaciones en las islas
Canarias del orden del 10%.
En este sentido, se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en los distintos estudios
realizados por el Gobierno de Canarias relacionados con el cambio climático. Si bien la
Estrategia Canaria de Lucha contra el Cambio Climático no presenta una política sectorial
específica en relación al agua, sí que menciona la importancia de la planificación
hidrológica en este ámbito.
Los informes y normativa relacionada pueden consultarse en:
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http://www.gobiernodecanarias.org/medioambiente/piac/temas/atmosfera/medidas-y-
factores/cambio-climatico/medidas-sobre-cambio-climatico/
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8 Incidencias previsibles sobre planes sectoriales y territoriales concurrentes
El Estudio Ambiental Estratégico deberá determinar la coherencia entre los objetivos del
Plan Hidrológico y los objetivos de los distintos planes relacionados, poniendo de
manifiesto posibles conflictos.
Durante el proceso de planificación, y especialmente en la elaboración de la propuesta de
medidas, se han tenido en cuenta los numerosos planes que los distintos organismos de la
administración central y autonómica están desarrollando o tienen previsto desarrollar, y
que tienen incidencia directa o indirecta en el estado de las masas de agua y de sus
ecosistemas asociados. Se trata de buscar sinergias entre las distintas actuaciones que se
llevan a cabo en los distintos ámbitos y de comprobar que los objetivos de la planificación
hidrológica y los de otras planificaciones no resultan incompatibles.
Durante el proceso de establecimiento de los objetivos medioambientales en cada una de
las masas de agua se prestará especial atención a los Planes de Ordenación de Recursos
Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión de los Parques Naturales situados dentro
del ámbito de estudio, así como los Planes de Gestión de las ZEC y ZEPAS y a las
iniciativas de Agenda 21.
En el segundo ciclo de planificación se actualizará el análisis de los objetivos y criterios
contenidos en la normativa vigente e instrumentos de planificación, que pueden tener una
relación o incidencia sobre el Plan Hidrológico, desagregándolos por factores y ámbito
territorial (Europeo, estatal, Comunidad Autónoma, etc.) para facilitar la comprensión de
los resultados.
8.1 Planes y Programas sectoriales relacionados con el Plan
Hidrológico
El Plan Hidrológico de cuenca debe considerar los planes y programas más detallados
sobre las aguas, que se apoyan en un amplio desarrollo normativo:
Los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía.
Los planes elaborados en el ámbito territorial de la demarcación relacionados
con la protección frente a las inundaciones, de los que incorporarán un
resumen, incluyendo la evaluación de riesgos y las medidas adoptadas.
Los planes y directrices relacionadas con el cambio climático.
Los planes y programas más detallados sobre las aguas realizados por las
administraciones competentes en el ámbito de la demarcación de los que
incorporará los resúmenes correspondientes.
En una primera aproximación se identifican los Planes y Programas sectoriales
relacionados. El listado no es exhaustivo, pero pretende incluir aquellos Planes y
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Directrices más directamente relacionados con la planificación hidrológica y con los
objetivos y contenidos de la misma.
Estatal
Agua (depuración, reutilización, restauración, inundaciones, seguridad presas)
Plan Hidrológico Nacional
Plan Nacional de Calidad de las Aguas: Saneamiento y Depuración (2007–2015).
Plan Nacional de Reutilización de las Aguas.
Estrategia Nacional de Restauración de Ríos.
Programa de Conservación y Mejora del Dominio Público Hidráulico
Programa de Defensa Contra Incendios Forestales
Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de Inundaciones.
Estrategia Española de Gestión Integrada de Zonas Costeras
Programa de Actuaciones en la Costa de la Dirección General de Sostenibilidad de
la Costa y el Mar
Regadíos
Estrategia Nacional para la Modernización Sostenible de Los Regadíos
Plan Nacional de Regadíos.
Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010–2014.
Cambio climático y Desarrollo Sostenible
Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia (EECCEL), 2007–
2012–2020.
Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC). Tercer Programa de
Trabajo 2014–2020.
Energía
Plan de Energías Renovables (PER) 2011–2020.
Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020
Biodiversidad
Estrategia Española de Desarrollo Sostenible
Plan Director de la Red de Parques Nacionales
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Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de la Biodiversidad
Biológica
Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (2011–2017).
Estrategia Española de Conservación Vegetal 2013-2020.
Estrategias Nacionales sobre Especies Exóticas Invasoras.
Convenio Europeo del Paisaje.
Otros
Plan de Utilización de Espacios Portuarios
Plan Nacional de Contingencias por Contaminación Marina Accidental
Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar
y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino
Autonómico
Plan Insular de Ordenación de La Palma
Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de
Canarias
Plan de Regadío de Canarias. Horizonte 2015
Plan Estratégico de Desarrollo Rural de Canarias
Plan Regional de la Acuicultura
Estrategia marina de la Demarcación Canaria
Plan Energético de Canarias (PECAN) y su revisión
Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de La
Palma (PGRI)
Planes de Gestión de Zonas de Especial Conservación y Planes y Normas de
Espacios Naturales Protegidos
Planes de Ordenación Urbana
Insulares
PTEO Actividad Turística de La Palma
PTEO de Grandes Equipamientos Comerciales de la isla de La Palma
PTEO de Infraestructuras Energéticas de la isla de La Palma
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PTEO de Residuos de La Palma
PTE del Sistema de Aeroportuario de La Palma
PTEO del Paisaje de La Palma
Durante el proceso de planificación, y especialmente en la elaboración de la propuesta de
medidas, se han tenido en cuenta los numerosos planes que los distintos organismos de la
administración central y autonómica están desarrollando o tienen previsto desarrollar, y
que tienen incidencia directa o indirecta en el estado de las masas de agua y de sus
ecosistemas asociados. Se trata de buscar sinergias entre las distintas actuaciones que se
llevan a cabo en los distintos ámbitos y de comprobar que los objetivos de la planificación
hidrológica y los de otras planificaciones no resultan incompatibles.
La coordinación de los distintos Planes y Programas enumerados ha de realizarse a través
del Comité de Autoridades Competentes, en el que están representados junto al
organismo de cuenca, los distintos Ministerios de la Administración General del Estado, los
Gobiernos Autonómicos con territorio en la Demarcación, así como representantes de
Ayuntamientos y Entidades Locales.
Durante el proceso de establecimiento de los objetivos medioambientales en cada una de
las masas de agua se prestará especial atención a los Planes de Ordenación de Recursos
Naturales y Planes Rectores de Uso y Gestión de los Parques Naturales situados dentro
del ámbito de estudio, así como a las iniciativas de Agenda 21.
8.2 Planes jerárquicamente relacionados: lnundaciones
El primer ciclo de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación se está elaborando en
paralelo al segundo ciclo de la planificación hidrológica (revisión de los PH), y culminará
con la aprobación de ambos Planes en el mismo horizonte temporal, por lo que la
coordinación entre los dos procesos de planificación es un elemento imprescindible,
aprovechando las sinergias existentes y minimizando las debilidades existentes.
Para este segundo ciclo de la planificación hidrológica y primero de la gestión del riesgo de
inundación, el artículo 14 del RD 903/2010 establece los siguientes principios básicos de la
coordinación:
Artículo 14. Coordinación con los Planes Hidrológicos de cuenca:
1. Los planes hidrológicos de cuenca, en el marco del artículo 42 del Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Aguas, incorporarán los criterios sobre estudios, actuaciones y obras para prevenir y evitar
los daños debidos a inundaciones, avenidas y otros fenómenos hidráulicos a partir de lo
establecido en los planes de gestión de riesgo de inundación.
2. Los planes de gestión del riesgo de inundación incorporarán un resumen del estado y
los objetivos ambiéntales de cada masa de agua con riesgo potencial significativo por
inundación.
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3. La elaboración de los primeros planes de gestión del riesgo de inundación y sus
revisiones posteriores se realizarán en coordinación con las revisiones de los planes
hidrológicos de cuenca y podrán integrarse en dichas revisiones.
El Plan Hidrológico de La Palma del segundo ciclo, identificará aquellos objetivos que
pueden tener una vinculación con el Plan de riesgo de inundaciones para, posteriormente,
poder valorar el grado de coherencia entre los mismos.
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9 Referencias bibliográficas y normativas
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BOE (2011): Real Decreto 29/2011, de 14 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas,
y el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos. http://www.boe.es/boe/dias/2011/01/15/pdfs/BOE-A-2011-740.pdf BOE (2003). Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social que incluye, en su artículo 129, la Modificación del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por la que se incorpora al derecho español la Directiva 2000/60/CEE, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23936
BOE (2006). Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-13010 DHP (2001): Decreto 166/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico Insular de La Palma. http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2015/241/022.html DHP (1993): Decreto 242/1993, 29 julio, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de La Palma http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1993/122/001.html DHP (1995): Decreto 26/1995, 24 febrero, de traspaso de servicios, medios personales, materiales y recursos al Cabildo Insular de La Palma para el ejercicio de las competencias en materia de aguas a través de los Consejos Insulares de Aguas http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1995/036/003.html DHP (2014). Documentación correspondiente a la Evaluación preliminar del riesgo de inundación en la Demarcación Hidrográfica de La Palma. http://cialp.lapalmaaguas.es/RIESGOS%20DE%20INUNDACION%20EN%20LA%20DEMARCACION%20HIDROGRAFICA%20DE%20LA%20PALMA/EPRI%20%20APROBADO/Documento%20de%20Aprobaci%C3%B3n%20UNIFICADO.pdf CE (1991). Directiva 91/271/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 30/5/1991. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:1991:135:0040:0052:ES:PDF CE (1992). Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats). Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 22/7/1992. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31992L0043:ES:PDF
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CE (2000). Directiva 2000/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario en el ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua). Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 22/12/2000. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:327:0001:0072:ES:PDF CE (2001). Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Diario Oficial de las Comunidades Europeas del 21/7/2001. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2001:197:0030:0037:ES:PDF CE (2006). Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:372:0019:0031:ES:PDF CE (2007). Directiva 2007/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la comunidad europea (INSPIRE). http://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32007L0002&qid=1409128111275&from=ES MAGRAMA (2011). Guía metodológica para el desarrollo del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables MAGRAMA (2014). Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI). Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Visor cartográfico: http://sig.magrama.es/snczi