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Docente: Guillermo León Betancur Hincapié
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NACIÓN, PAÍS PATRIA Y REPÚBLICA
Distinción entre el término Estado y otros considerados sinónimos1
Aún en la actualidad no se emplea una terminología precisa para diferenciar
el fenómeno político que representa el Estado, de otros fenómenos o situaciones
similares. Es así que, como ya se anotó, frecuentemente se utilizan las palabras
nación, país, patria o república como sinónimos de Estado. Ello puede
constatarse, al menos en nuestro medio, en el lenguaje de gobernantes,
parlamentarios, políticos, periodistas, e incluso abogados y tratadistas, personas
estas que por razón de su profesión, actividad y vocación, deberían ser
particularmente cuidadosas en el uso de la terminología. Por ejemplo, al referirse a
Colombia, utilizan indistintamente cualquiera, o varios, de los términos
mencionados, incurriendo en notoria impropiedad, cuando la diferencia de
significado entre ellos es grande.
Nación
El término Nación se refiere, ante todo, al elemento humano. Puede asimilarse a
población o a pueblo, aunque desde el punto de vista sociológico y del Derecho
Público, también hay diferencias entre estos conceptos, como más adelante se
explicará. Aunque se habla corrientemente, v. gr., de la nación colombiana o de la
nación francesa, no necesariamente ha de vincularse la nación a un territorio
determinado. El concepto de Nación, implica una serie de factores que van más
allá del simple concepto de población o del vínculo jurídico o político con un
Estado. A la formación de las naciones contribuyen una serie de factores ante todo
de orden histórico, cultural y sociológico, tales como el haber compartido durante
largo tiempo unas mismas tradiciones, costumbres, historia, y en muchos casos,
lengua o religión. Así, existen naciones sin un territorio que les sirva de asiento
fijo, como ocurrió durante siglos con la nación judía, o con la nación palestina.
Pero también, en el Territorio de un Estado pueden convivir diferentes naciones,
1 NARANJO MESA VLADIMIRO. Teoría Constitucional e Instituciones Políticas, Novena Edición,
Editorial Temis, Bogotá, Colombia, 2003.
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como ocurrió en el caso de la Unión Soviética, o como ocurre aún en Estados
Unidos.
En el Derecho Político son muchos los conceptos de difícil determinación, pero el
de nación es tal vez uno de los más ambiguos y discutidos. Por eso su definición
ofrece dificultades y puede inducir a errores. Se advierte así con solo tomar en
consideración la que da la Academia de la Lengua cuando dice que es: a) el
conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno; b) territorio de
ese mismo país; c) conjunto de personas de un mismo origen étnico, que hablan
un mismo idioma y tienen una tradición común.
Pero ya en tales acepciones se encuentran elementos de dudoso contenido, como
sucede con el sustantivo país, no solo porque su idea es probablemente más
indefinible, sino también porque uno de los significados que le da el Diccionario de
la Academia es el de nación; con lo cual, al definir ésta, habría hecho entrar lo
definido en la definición. Pero, además, no es exacto que para la existencia de la
nación se requiera unidad de gobierno, de territorio, de origen étnico, de lengua y
de religión, ya que ninguno de esos elementos es esencial para la realidad política
de aquella, bastando para comprenderlo así detenerse a considerar:
1°) Que hay naciones en las que se hablan distintos idiomas, como sucede en
España, Bélgica, Inglaterra, Suiza, Canadá. E, inversamente, un mismo idioma es
común a varias naciones, como sucede con el castellano, el francés, el inglés y el
portugués. Bastan estos ejemplos para advertir que la identidad de lengua no es
elemento determinante de la nación.
2°) Que tampoco puede serlo la raza; en primer término, porque su contenido es
todavía más discutido que los de país y nación, y en segundo lugar porque, aun
tomando la raza en su sentido vulgar, no cabe ninguna duda de que muchas
naciones están integradas por grupos de muy diverso origen étnico, incluso
blancos y negros, blancos e indios occidentales.
3°) Que, dentro de un mismo territorio nacional, se encuentran grupos de distintas
religiones, además de que son muchos los Estados que carecen de una religión
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oficial, por lo cual ésta no constituye un elemento necesario de caracterización ni
puede servir para determinar la nacionalidad.
4°) Que, si bien el territorio puede representar el elemento que mejor caracterice a
la nación, tampoco lo es de modo absoluto, como lo prueba el hecho de que los
judíos han sido a través de numerosos siglos nación sin territorio, como lo fueron
los pueblos nómadas.
5°) Que si, confundiendo la idea de nación con la de Estado, se quisiese hacer la
fijación nacional por la unidad de gobierno –o sea, de unas mismas instituciones
estatales- la dificultad sería aun mayor porque no siempre resultan coincidentes
los conceptos de nación y de Estado. Sirva de ejemplo el caso del imperio austro-
húngaro que, durante mucho tiempo y hasta su desmembración, estuvo formado
por dos naciones bien definidas y por diversas minorías discrepantes; así como
también la unión, durante muchos años, de Suecia y Noruega; sin que quepa
olvidar el caso de los Estados sin territorio, representados por los gobiernos en
destierro, mientras sus territorios están ocupados por Estados extranjeros.
Los tratadistas de Derecho Político han definido en diversas maneras la nación.
Para Adolfo Posada es una amplia comunidad espacial –territorial- o mantenida
como tal merced a la integrada unidad de vida. Para Renán es una gran
solidaridad, constituida por el sentimiento de los sacrificios realizados y los que se
realizarán en caso necesario, lo que presupone un pasado y se resume en el
presente por un hecho tangible: el consentimiento, el deseo claramente
manifestado de continuar la vida en común. Para Gumplowicz es como un
desarrollo histórico, una obra de cultura, el conjunto de las propiedades comunes
que se han impreso a un pueblo, a una pluralidad de tribus, en el curso de la
historia y del desarrollo de un Estado. Para Girod es el conjunto de hombres que,
participando por el nacimiento y la educación del mismo carácter y del mismo
temperamento, teniendo un mismo conjunto de ideas y de sentimientos,
practicando las mismas costumbres y viviendo bajo las mismas leyes e
instituciones, mantienen la voluntad de permanecer unidos en la integridad del
suelo, de las instituciones, de las costumbres, de las ideas, de los sentimientos, y
en el mismo culto de un pasado. Finalmente, para Sánchez Viamonte,
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refiriéndose a los grandes grupos sociales, la palabra nación puede ser empleada
cuando esos grupos ofrecen continuidad histórica, habiendo existido como un todo
orgánico fácilmente distinguible de los demás, cuando poseen modalidades que
les son inherentes, y si a través del tiempo se pueden seguir las vicisitudes de su
existencia, no obstante que tales grupos sociales tengan diversas razas, idiomas y
religiones, bastando con que se hallen unidos por el pasado, solidarizados en el
presente y proyectados al futuro en una acción común.
País
Este término se refiere ante todo a una porción geográfica, hace relación a un
espacio físico, a un territorio o región determinada. Especialmente en Europa se
emplea el término en el sentido de región, aunque también en relación con un
Estado; dentro de un mismo Estado se habla entonces de diferentes países: así,
por ejemplo, en Francia se habla del País Bretón o del País Alsaciano, como en
España del País Vasco o como en Inglaterra del País de Gales. Puede decirse, en
general, que el país es el territorio que comprende un Estado o, dentro de él, una
región.
Determinado territorio de un Estado, con afinidades genuinas en lenguaje, historia
creencias, costumbres. Sinónimo de nación y de Estado. Lugar originario de un
individuo.
País de Derecho Consuetudinario. Territorio en que no existe Derecho escrito.
País de Derecho escrito. El Estado que se gobierna por leyes escritas;
prácticamente, todos.
Patria
Esta expresión tiene ante todo un sentido anímico. Es la encarnación de un ideal
en el cual se conjugan una serie de sentimientos, una suma de cosas materiales e
inmateriales, pasadas, presentes y futuras que cautivan la amorosa adhesión de
los patriotas. La patria se representa a través de símbolos –una bandera, un
escudo, un himno-, y por ello estos símbolos se consideran sagrados, objeto del
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respeto y la veneración de los habitantes del Estado. La patria concita un
sentimiento: el del patriotismo.
Nación propia de una persona, con la suma de cosas materiales e inmateriales,
pasadas, presentes y futuras que cautivan la amorosa adhesión de los patriotas.
Lugar, ciudad o país en que se ha nacido, como patriota es la persona que tiene
amor a su patria. Llámase compatriotas a quienes tienen una misma patria, y
patrioteros, a quienes alardean excesiva e inoportunamente de patriotismo.
El concepto de patria ofrece contenido sentimental y no jurídico, porque éste se
encuentra en las expresiones Estado, nación y ciudadanía. En cambio el
aspecto negativo del vocablo presenta un claro significado jurídico, porque de la
apatridia –es decir, de la carencia de patria- se derivan determinadas
consecuencias en orden al Derecho Internacional Público.
República
En su moderno significado, el término república es una expresión político-jurídica
referente a una forma determinada de organización de Estado y de Gobierno. En
el mundo de hoy los Estados son o repúblicas, en su mayoría, o monarquías. Así
mismo, en un contexto histórico, se refiere a la forma que asume un Estado en
determinado período; por ejemplo, se dice que Francia vive hoy bajo el régimen de
la “Quinta República”, tras haber pasado, en diferentes épocas, después de 1789,
por dos imperios, una restauración monárquica y cuatro repúblicas. En Colombia
el período de la mal llamada “Patria Boba” (1811 – 1816) corresponde en realidad
a lo que se debería denominar la “Primera República”, puesto que a su caída, tras
la reconquista española, se restauró el virreinato, hasta la independencia definitiva
lograda en la Batalla de Boyacá el 7 de agosto de 1819. Más recientemente,
durante algún tiempo se llamó “Segunda República” a la etapa histórica que siguió
con la restauración democrática, tras la caída de la dictadura militar del 10 de
mayo de 1957.
La Academia incluye estas acepciones: Cuerpo político de una nación.
Forma de gobierno representativo en que el poder reside en el pueblo,
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personificado éste por un jefe supremo llamado presidente. Causa pública, el
común o su utilidad.
Como forma de gobierno fue conocida en Grecia y Roma, mantenida en la
Italia medieval y generalizada en Europa luego de la Revolución francesa y sobre
todo tras las conflagraciones mundiales que barrieron con docenas de tronos en
los países derrotados.
Acerca de sus formas, cabe sintetizarlas, por la concentración del poder, en
unitarias o federales; por el enfoque clasista y de los bienes, en burguesas o
socialistas; por las atribuciones del jefe del Estado y del Poder Legislativo, en
presidencialistas o parlamentarias.
La expresión Estado, cuya significación estamos dilucidando, tiene alcances
diferentes de los arriba mencionados.
TRABAJO DIRIGIDO. Investigar:
Los tipos de Repúblicas que se enuncian a continuación:
Ampliar el tema investigando:
República aristocrática: aquella en la que ejerce el gobierno una representación de la minoría imperante, sea por su cultura o patriotismo, sea, -lo más frecuente- por la influencia del dinero, del personalismo o del ejército. Realmente es una oligarquía y, si rehúye la sinceridad electoral, configura una dictadura. República burguesa: la de régimen político democrático, pero asentada sobre el capitalismo, aun cuando se vaya atenuando el rigor de antaño, por el sentido social del mundo contemporáneo. República democrática: la de auténtico origen popular, orientada al servicio de las aspiraciones de los más, sin incurrir en claudicaciones demagógicas ni dejarse arrastrar al desprecio de la oposición civil, garantizada en sus expresiones jurídicas. El sistema impera en la Europa Occidental y en los países americanos libres de dictaduras. República Federal: la que está organizada según los cauces del federalismo. Supone un fraccionamiento del poder público entre una representación nacional unitaria, en asuntos de importancia general y ante las demás naciones, y un ejercicio territorial interno según Estados o provincias, de fisonomía histórica definida o forjada con el desarrollo nacional. Es régimen de escasa vitalidad en Europa, aunque cuente con expresiones de interés en Suiza y Alemania. Predomina nominalmente en Argentina, Brasil, México y Venezuela, aun cuando el poder central tenga fuerza extraordinaria y facultades expeditivas para intervenir en los miembros federados.
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Posee vigencia declinante en los Estados Unidos, por las exigencias de un poder central cada vez más fuerte para regir la política y la economía nacional e internacional de nuestros tiempos.2 República parlamentaria: República popular: República presidencialista: República socialista: República unitaria: la que ofrece una estructura fundamental del Estado, dentro del régimen democrático, que conserva la unidad y uniformidad administrativa, con leyes y códigos únicos para la nación, y una jerarquía general que concluye en el gobierno. Ofrece ventajas indudables para las grandes empresas y los problemas generales; se le reprocha el alejamiento de los asuntos locales en las distintas gradaciones territoriales. De ahí la tendencia a paliarla con una fuerte descentralización local, sin incubar excesos.
Sociología del Estado y Teoría del Derecho Político
La cuestión acerca de la naturaleza del Estado va indisolublemente enlazada a la
cuestión en torno a las relaciones conceptuales entre Estado y Sociedad, de una
parte, y entre Estado y Derecho, de otra. Ambas relaciones no pueden aislarse
una de otra.
Es un principio generalmente admitido que el Estado y el Derecho constituyen dos
entes distintos. El Estado, considerado como una asociación de hombres cae bajo
la categoría de la Sociedad; y en tanto que a la sociedad se la considera como
una conexión de causas y efectos, al estilo de la Naturaleza, o como una sección
de la naturaleza, se atribuye al Estado una realidad psíquica y aun física, en el
sentido de la realidad que se dice poseen las cosas del reino naturalista; mientras
que el Derecho, en cuanto conjunto de normas, es decir, de proposiciones que
expresan un deber ser, se predica tan solo una cierta idealidad que, en el caso del
Derecho Positivo, no es más que relativa.
Si se plantea la antítesis de Estado y Derecho como una antítesis de ser y deber
ser (antítesis de puntos de vista, una contraposición de métodos y de objetos de
conocimiento), es natural distinguir entre la teoría sociológica del Estado
(metódicamente orientada en las ciencias naturales) y la teoría jurídica del
2 OSORIO, Manuel, DICCIONARIO DE CIENCIAS JURÍDICAS, POLÍTICAS Y SOCIALES, Ed.
Heliasta, 26 Edición, Buenos Aires, 1999. Página 869.
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Derecho (orientada en sentido normativo). La primera se pregunta cómo se
comportan de hecho los hombres, cuáles son las causas de ese comportamiento.
La otra doctrina se pregunta, en cambio, cómo se deben comportar los hombres,
qué conducta les prescribe el Derecho, porqué razones deben comportarse así y
no de otro modo. Así, el Derecho como un complejo sistemático sometido a leyes
propias, es diferente de la conexión causal de la naturaleza (o de la sociedad
considerada como estructura naturalista). Entonces, Estado y Derecho constituyen
dos objetos diferentes entre los cuales existe una distinción esencial, resultando
necesariamente una separación entre la teoría sociológica del Estado y la teoría
jurídica del Derecho.
En lugar de la sociología del Estado, en lugar de la doctrina social que estudia el
Estado a través del punto de vista de las ciencias de causalidad, aparece la teoría
normativa del Derecho Político. Frente a la imposibilidad metodológica de someter
uno y el mismo objeto a la consideración de dos ciencias distintas, cuyas
orientaciones gnoseológicas tienen supuestos esencialmente divergentes, cuyos
objetos de conocimiento no pueden ser los mismos, en consecuencia se suele
oponer una idea bastante superficial; es que el Estado, se dice, es un ser con dos
caras: una la de la naturaleza, accesible al conocimiento de las ciencias de
causalidad; otra, la jurídica, orientada al conocimiento jurídico – normativo; con lo
cual al hacerse consistir el ser del Estado en el nexo causal de la naturaleza, solía
quedar identificado con el Estado como factor de poder, y la antítesis de
naturaleza y Derecho alcanzaba el sentido de una contraposición entre Derecho y
poder. Esta teoría de las dos naturalezas del Estado debe ser considerada como
la doctrina dominante para mediados del siglo XX.
En la Teoría general del Estado, constituida por la unión de la Teoría del Derecho
Político con la Sociología del Estado, la parte más importante, la más rica de
contenido es precisamente la teoría jurídica.
Puesto que el objeto de una Teoría jurídica no puede ser más que el Derecho, el
Estado no podría ser otra cosa que Derecho para poder llegar a ser objeto de una
Teoría del Derecho. Aquí no se habla en modo alguno de aquella antítesis de
Estado y Derecho que dominó en la doctrina de mediados del siglo XX.
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El Estado como realidad social3
En la idea según la cual, la conducta del Estado, de modo análogo a la
conducta del hombre, puede ser objeto de normas jurídicas, va implícita
tácitamente la creencia de que el Estado posee la misma realidad natural que los
objetos de la Biología y la Psicología.
Para probar que el Estado es una realidad natural, se acude a la explicación de la
unidad de los elementos en la cual consiste el Estado como un caso de acción
recíproca, como una interacción psíquica.
Una multitud de hombres llega a constituir una unidad si estos hombres mantienen
relaciones espirituales recíprocas, es decir, si el alma de uno ejerce un
determinado efecto sobre la de otro, siendo a su vez influenciado por ésta.
Es claro que no solo los hombres entre sí, sino que todo está en conexión mutua,
porque este principio de la acción recíproca es el principio sintético con arreglo al
cual puede ser comprendido el mundo como una unidad, desde el punto de vista
de la ciencia de la naturaleza.
Hay grados diversos de interacción psíquica y, en correspondencia, grupos
sociales humanos más o menos sólidos. El Estado es aquella especie de la
interacción psíquica cuyos elementos mantienen entre sí relaciones espirituales
mutuas más intensas; el Estado constituye, pues, el grado más potente de la
acción recíproca.
Queda claro que semejante determinación psicológico-social del Estado, está en
abierta contradicción con los hechos, pues los hombres que forman y pertenecen
al mismo Estado, no necesitan en modo alguno hallarse perpetuamente entre sí
en la relación de acción recíproca intensa.
3 KELSEN, Hans, Teoría General del Estado, págs. 9-11.
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De seguir admitiendo la unidad del Estado, la razón tiene que ser, evidentemente,
otra que el criterio de la acción psíquica real; este modo de plantear el problema
denuncia claramente la tendencia a la ficción, es decir, a afirmar como ser lo que
sólo puede ser fundamentado como deber ser.
Pero una teoría de la acción recíproca no es adecuada para aclarar la esencia de
esa unidad social que llamamos Estado, porque la esencia de toda unidad social
es la unión, y la acción recíproca sólo puede interesar en tanto que en virtud de
ella se crea una unión.
Sin embargo, bajo la categoría de la acción recíproca deben comprenderse
también ciertas relaciones que, desde el punto de vista sociológico, no constituyen
unión, sino separación, como el odio, la competencia, la lucha etc.
Toda psicología es justamente psicología individual, porque no hay más que almas
individuales. Por esta razón, y desde el punto de vista psicológico, la unión no
puede significar nunca aquella síntesis supraindividual que constituye la esencia
de todas las estructuras sociales, especialmente el Estado. Esta significación –a la
que notoriamente aspira toda teoría social- corresponde a aquel género de unión
que se constituye por una norma o sistema de normas y que une a los individuos
en el mismo sentido en que une una multitud de conductas humanas en una
totalidad superior, el sistema de la comunidad, es decir, en el sentido de obligar a
aquellos; y precisamente, en este sentido la comunidad, como sistema de normas
referente a la conducta humana, como orden, está sobre los individuos, constituye
una esencia súper-individual, cuya esfera específica de existencia no es el reino
de la realidad psíquica (es decir, psíquico individual), sino el reino de la idealidad
normativa, y, por tanto, sólo en este sentido, supraindividual; y precisamente en
este sentido no hay diferencia entre asociación y norma u orden, sino que la
asociación es el orden, porque sólo en este, en las normas que lo constituyen,
existe la unión en la cual se hace consistir todo lo social.
TRABAJO DIRIGIDO. Leer:
Documento ESTADO Y SOCIEDAD (Capítulo Primero del libro
“Teoría General del Estado de Hans Kelsen.) Páginas 3 a 34. Está en fotocopiadora
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del primer piso
ORIGEN DEL ESTADO4
Frente al problema del origen del Estado, hay dos grandes corrientes de
pensamiento que se disputan su explicación: de un lado, encontramos las teorías
que de una u otra forma tienen relación con el concepto burgués occidental
(liberal), y del otro, la teoría materialista histórica.
Al hablar del concepto burgués occidental, nos referimos también a muchas
tesis ya elaboradas antes de la existencia de esta clase social, pero que fueron
retomadas, reinterpretadas y puestas en circulación en beneficio de la nueva
clase.
En este campo encontramos las teorías teocráticas defensoras del origen divino
del Estado, las racionalistas del Derecho Natural, que enfatizan las cualidades
naturales del individuo como sustrato de la necesidad del poder estatal (el
jusnaturalismo sostiene que el Derecho es anterior y superior al Estado), las
psicológicas, que piensan que el hombre como ser portador de personalidad,
carácter, temperamento, pasiones, emociones, afectos, voliciones, etc., necesita
del sometimiento, las que reparan en la conquista de una tribu por otra, vale
decir, que lo explican como una mera conquista o aplicación de la violencia, la que
se basa en un presunto compromiso o reconciliación entre clases, en fin, la que
sostiene que en última instancia, el Estado obedece a un proceso de
centralización que basándose en la división del trabajo hace aparecer
organismos especializados en la creación de las normas jurídicas (encargados de la
actividad jusfaciente) y organismos encargados de la aplicación de las mismas.
Diametralmente opuesta a las teorías anteriores, es la explicación materialista
histórica, según la cual el Estado aparece en el lugar y en el instante en que
4 ORTIZ CASTRO, José Iván. APROXIMACIÓN AL ESTADO, Cuarta Edición, U de M, Medellín,
1999, páginas 28-30.
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surge la división de la sociedad en clases, cuando hacen su aparición los
explotadores y los explotados (Lenin5, Sobre el Estado).
Según Este punto de vista, la aparición del Estado necesariamente va unida al
surgimiento de la propiedad privada (secuela del desarrollo acelerado de las fuerzas
productivas) y a la escisión de la sociedad en clases antagónicas. Antes que todo
esto sucediera, existía el régimen de la comunidad primitiva.”
Federico Engels, en “El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado”,
estudia el surgimiento del Estado de Atenas, en Roma y entre los germanos, como
modelos típicos de la aparición del Estado en general y sostiene que en la
primera, el Estado se generó directamente y en forma preferente en los
antagonismos de clase que se ahondan dentro de la misma comunidad gentilicia
al producirse la división en ricos y pobres, en esclavistas y esclavos.
En la antigua Grecia de los siglos XII a XI antes de nuestra era, existía aún el
régimen gentilicio (referente al linaje o familia), pero ya se producía en él la
diferenciación de la sociedad en clases debido a la acumulación de riqueza en
manos de ciertas familias, al aumento del intercambio comercial, al comercio
marítimo y a la difusión de la esclavitud (sobre todo a raíz de las guerras y la usura).
Tales cambios exigían la creación de un nuevo aparato administrativo, que
sustituyera los órganos gentilicios y garantizara los intereses del grupo pudiente,
ayudando así a mantener sometidos a los esclavos. Este nuevo aparato fue el
Estado.
De acuerdo con las reformas de Teseo (rey mitológico de Atenas, hijo de Egeo, mató
al minotauro) en lugar de la división de gens (familia o linaje romano agrupado bajo un
mismo nombre propio) y fratrias (subdivisión de una tribu que tenía sacrificios y ritos
propios), la población quedó distribuida según el principio territorial.
Los eupátridas (nobles que mantuvieron la autoridad arrebatada a los reyes, hasta la
constitución de Solón) fueron los únicos autorizados para el desempeño de los
cargos públicos.
5 Vladimir Illich Ulianov (1870 – 1824). Más conocido por su seudónimo de Lenin.
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En Roma, las tres tribus originarias se dividían en curias (10 por cada una) y cada
curia en 10 gens, cuyos miembros eran integrantes del pueblo romano y podían,
en la organización estatal, ocupar cargos públicos y participar en el reparto de las
tierras conquistadas.
La primera forma de nobleza surgió como consecuencia de la costumbre de elegir
a los ancianos de la misma familia en cada gens (familias que se llamaron Patricias)
para el Senado y la ocupación de los más importantes cargos públicos.
Los plebeyos, aunque disponían de medios de producción (por su dedicación a la
industria y al comercio), estaban fuera de la organización gentilicia y carecían, por lo
tanto, de derechos políticos.
La interminable lucha entre los plebeyos y la aristocracia gentilicia, terminó por
destruir la organización de la Gens, dando paso a una nueva organización, que se
basó en la división territorial, en los estamentos y en las clases.
En las tribus germanas que conquistaron a Roma, el jefe militar después de
apoderarse de la mayor parte del botín de guerra y de las mejores tierras, con el
concurso y apoyo de su guardia armada, se convertía en jefe de la Gens, en rey.
Así, entre la antigua organización gentilicia y el Estado, se dieron dos diferencias
fundamentales: en primer lugar, el régimen gentilicio contemplaba una división y
agrupación de los hombres de acuerdo con sus nexos familiares de sangre, y en el
sistema del Estado, tales nexos se hacen secundarios en tanto que se privilegia la
división territorial de los ciudadanos. En segundo lugar, en el Estado nace una
nueva institución, que es el poder político, el cual es ejercido por determinados
individuos en forma exclusiva sin ocuparse de cosa diferente, es decir, que no
participan en la producción social, mientras que en la comunidad gentilicia cada
miembro capacitado para el trabajo intervenía en la producción de los bienes
materiales.
En alguna forma, la antropología confirma el trabajo colectivo. Los primitivos
carecen de todo aparato que les permita imponer la ley; no tienen Estado, ni
fuerza armada, ni policía.
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Formación de Estados y estatidad
No todos los Estados surgieron de la misma manera, ni siguieron una evolución o
camino único, ya que son construcciones históricas de cada sociedad.
El concepto de Estatidad es aportado por Oscar Oszlak; desde su punto de vista
los Estados van adquiriendo con el paso del tiempo ciertas atribuciones hasta
convertirse en organizaciones que cumplen la definición de Estado.
Estas características de estatidad no siguen un orden arbitrario ya que no
necesitan seguir una secuencia. Son las siguientes:
Capacidad de externalizar su poder: obtener el reconocimiento de otros
Estados.
Capacidad de institucionalizar su autoridad: significa la creación de
organismos para imponer la coerción, como por ejemplo, F.F.A.A, escuelas
y juzgados.
Capacidad de diferenciar su control: Esto es, contar con un conjunto de
instituciones profesionales para aplicaciones especificas, entre las que son
importantes, están aquellas que permiten la extracción de impuestos y otros
recursos de forma controlada.
Capacidad de internalizar una identidad colectiva: Creando símbolos
generadores de pertenencia que refuerzan la dominación sobre la sociedad
civil diferenciándola de la de otros, por ejemplo teniendo un himno y
bandera propia.
Características del Estado
Componentes que siempre deben estar presente para que el Estado exista como
tal:
El elemento Humano:
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En este aspecto se considera la Nación y se define como un conjunto de
personas que se encuentran unidas por vínculos materiales y espirituales
comunes, como una misma cultura, lengua, etnia o religión; comparten una
serie de costumbres y tradiciones que van conformando una historia.
El elemento Territorio:
Comprende tanto el espacio habitado por la población como aquel donde éste
ejerce su soberanía. Se hace necesario, entonces, distinguir entre el territorio
geográfico, constituido por el espacio terrestre y marítimo enmarcado por sus
fronteras o límites, más el espacio aéreo que le corresponde, y el territorio
legal constituido por un espacio situado fuera de las fronteras del país. A este
último corresponde los aviones y barcos de guerra de un país en cualquier
parte del mundo.
El elemento de Gobierno:
Para que la nación pueda existir como tal y constituirse en Estado, es
necesario que sus habitantes reconozcan un gobierno que regule las
relaciones entre ellos. El Gobierno se constituye así en el poder político que
legisla, administra y resuelve los conflictos jurídicos al interior de la sociedad.
Existen diferentes tipos de régimen de gobiernos:
La Monarquía: Es un régimen de gobierno en el cual el jefe de Estado es un
Rey, Príncipe o Emperador que goza de un poder vitalicio y hereditario, las
monarquías pueden ser absolutas, constitucionales o parlamentarias.
La Republica: Es el régimen de gobierno más extendida en el mundo. En ella
el jefe de Estado y las demás personas que ejercen el poder, son
mandatarias que han recibido el ejercicio de la soberanía por parte de la
nación, se reconocen las republicas parlamentarias y las republicas
presidenciales.
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Autoritarios y Totalitarios: Estos se desarrollan cuando la democracia se
torna inefectiva y se debilita internamente. En ambos regímenes se
sobredimensiona el rol del Estado, privilegiando los intereses de este por
sobre el derecho de las personas.
Fin Social:
Es el que aspira al beneficio de todos y de cada uno de los miembros del
conjunto social y es el componente que le da sentido al Estado. Este fin social
es lo que podemos denominar Bien común.
La Soberanía:
Es cuando un Estado se gobierna y conduce sus relaciones exteriores sin estar
subordinado a otro Estado o autoridad externa; describe la situación de
autonomía e independencia frente a otros Estados.
Los Estados pueden clasificarse de acuerdo a diversos criterios. De acuerdo
a quien posea la capacidad de resolver los asuntos internos y de manejar los
asuntos de política internacional en un determinado Estado, se pueden
distinguir dos tipos de Estado:
Los Estados Soberanos: Son aquellos capaces de manejar sus asuntos
internos y externos con plena autonomía. Por lo tanto pueden
determinar su forma de gobierno, formular sus propias leyes y hacerlas
respetar dentro de su territorio, ejemplo: Chile
Los Estados Vasallos: No están capacitados para ejercer su soberanía ni
interna ni externa, están sometidos a otro Estado, por ejemplo: Las Islas
Bermudas que dependen del Reino Unido.
De acuerdo con su estructura se divide en: simple o unitario y federal o
compuesto.
1.- El Estado simple o unitario es aquel donde existe solo un centro de poder,
ejercido a través de órganos encargados de diferentes funciones. Las personas
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obedecen a una sola Constitución y la organización política abarca a todo el
territorio nacional.
Ejemplo: Chile, Perú, Bolivia
2.- El Estado federal reconoce varias fuentes originarias de poder político, debido
a su descentralización administrativa y política: una que corresponde al gobierno
central y otra que es propia de los gobiernos regionales. Ejemplo: Estados Unidos,
México, Brasil y Argentina.