DISEO DE PRODUCTOS · 2015. 2. 9. · 7.1.3.2. Programa de Apoyo a la Evaluación de la actividad...

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Guía de Acogida para el Profesorado de la Universidad Politécnica de Valencia.

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  • Guía de Acogida para el Profesorado

    de la Universidad Politécnica de Valencia.

  • ÍNDICE

    1. LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA. 1.1. Historia. 1.2. La UPV hoy. 1.3. Misión y Visión. 1.3.1. La misión de la Universidad Politécnica de Valencia es:

    1.3.2. Declaración de la visión de la UPV (plan estratégico UPV).

    1.4. Órganos de gobierno, representación y administración de la UPV.

    1.5. Estructura de la UPV. 1.5.1. Las Facultades y Escuelas.

    1.5.1.1. Funciones de las Facultades y Escuelas.

    1.5.2. Los Departamentos.

    1.5.2.1. Integración y adscripción del profesorado.

    1.5.3. Los Institutos Universitarios de Investigación.

    1.5.4. Estructuras propias de Investigación.

    1.5.4.1. Tipología.

    2. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR. 2.1.- Personal Docente e Investigador Contratado. 2.1.1. Ayudantes.

    2.1.1.1. Características de los contratos de los ayudantes de la UPV.

    2.1.2. Profesores Ayudantes Doctores.

    2.1.3. Profesores Contratados Doctores.

    2.1.4. Profesores Asociados.

    2.1.5. Profesores Visitantes.

    2.1.6. Profesores Eméritos.

    2.2. Personal docente e investigador funcionario. 2.3. De los órganos de participación y representación.

  • 3. ACTIVIDAD DOCENTE. 3.1. La función docente del profesorado. 3.2. La evaluación de los méritos docentes (propia UPV). 3.2.1. Tramos docentes (quinquenios).

    3.2.2. Valoración propia de la UPV. Índice de Actividad Docente (IAD).

    4. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. 4.1. La función investigadora del profesorado. 4.2. Aspectos básicos de la investigación. 4.2.1. Búsqueda de información.

    4.2.1.1. El Polibuscador.

    4.2.1.2. La Web of science.

    4.2.2. Publicación de resultados de la investigación.

    4.2.3. Índices de calidad de las revistas.

    4.2.3.1. El Factor de Impacto.

    4.2.3.2. El Journal Citation Report.

    4.2.3.3. El Science Citation Index.

    4.2.4. Ayudas a la investigación.

    4.2.4.1. Proyectos de ámbito regional.

    4.2.4.2. Proyectos de ámbito universitario. UPV.

    4.2.4.3. Proyectos de ámbito nacional. Plan Nacional I+D+I (PN). (2008-2011)

    4.2.4.4. Otros programas nacionales.

    4.2.4.5. Proyectos de ámbito europeo.

    4.3. La Evaluación de los méritos de Investigación. 4.3.1. Los tramos de investigación o sexenios.

    4.3.2. La evaluación interna en la UPV. La valoración de la actividad investigadora personalizada (VAIP)

  • 5. LA ACREDITACIÓN DEL PROFESORADO. 5.1. Acreditación nacional a los cuerpos docentes universitarios. 5.1.1. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares

    de Universidad: 5.1.2. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de

    Universidad: 5.1.3. Acreditación de los profesores Titulares de Escuela

    Universitaria: 5.1.4. Acreditación de los Catedráticos de Escuelas Universitarias

    Doctores: 5.2. Programa de Evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación

    de la Calidad y Acreditación. 5.3. Programa de Evaluación de la Agència Valenciana

    d´Acreditació i Prospectiva. 6. NEGOCIACIÓN COLECTIVA. 7. ORGANISMOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y

    CIENCIA QUE TIENEN PROGRAMAS VINCULADOS A LAS UNIVERSIDADES. 7.1. Agencia Nacional Para la Evaluación de la Calidad y

    Acreditación ANECA. 7.1.1. Origen y misión.

    7.1.2. Funciones de ANECA.

    7.1.3. Programas en activo.

    7.1.3.1. Ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (Programa VERIFICA).

    7.1.3.2. Programa de Apoyo a la Evaluación de la actividad docente del profesorado (Programa DOCENTIA).

    7.1.3.3. Políticas y sistemas de garantía interna de calidad (programa AUDIT).

    7.1.3.4. Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios (programa ACADEMIA).

    7.2. Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP). 7.2.1. Objetivos.

  • 7.2.2. Funciones.

    7.3. Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).

    7.3.1. Origen y Composición.

    7.3.2. Composición de la comisión.

    7.3.3. Funciones.

    ANEXO 1. EVALUACIÓN DE LA DOCENCIA EN LA UPV. ÍNDICE DE ACTIVIDAD DOCENTE (IAD)

    ANEXO 2. EL PROYECTO DOCENTE (PROPIO UPV)

  • Estimado profesor:

    En la actualidad estamos viviendo un momento de grandes cambios para definir el modelo de Universidad de los próximos años. Ello implica normativas, leyes y decretos poco atractivos para los profesores por su espesa lectura. Sin duda estamos en una época en la que se están marcando nuevas líneas para el desarrollo curricular del profesorado y sobre todo se está definiendo el Espacio de Educación Superior, con el establecimiento de nuevos títulos e incorporación de nuevas metodologías.

    Por ello es un compromiso de este Vicerrectorado el recoger y sintetizar aquellos temas que te ayuden a entender la estructura universitaria, te permitan orientar tu carrera universitaria y te armen con criterio para tu quehacer diario.

    En el marco universitario las reformas están guiadas por la voluntad de potenciar la autonomía universitaria, lo cual implica debates y reuniones hasta que las distintas opiniones y modelos converjan en un modelo de consenso.

    Nuestra Universidad ha elaborado un Plan Estratégico para facilitar estas acciones. Pero el gran proyecto actual es la definición y desarrollo de los nuevos títulos y el establecimiento del modelo de créditos ECTS.

    En el ámbito de la carrera del profesorado, y contrataciones, se ha regulado con detalle y se conocen los ítems que garantizan las acreditaciones. Serán las propias universidades, de acuerdo a su política de gestión presupuestaria, las que establezcan o no las promociones. La Universidad Politécnica de Valencia puede asumir en estos momentos una política de promociones puesto que en los últimos años hemos sido respetuosos con las contrataciones para garantizar las distintas hojas de ruta del profesorado.

    Siempre la palabra hablada o escrita, establece un vinculo de complicidad entre el que escribe y el lector. Por ello este documento busca una aproximación entre el Vicerrectorado de Organización Académica y Profesorado con los jóvenes profesores que os incorporáis a este mundo mágico de la Universidad, lugar de encuentro entre la juventud y el deseo por el aprendizaje y los generadores y transmisores del conocimiento. Podemos considerar que todos somos alumnos buscando siempre el horizonte del conocimiento.

    En nombre de todo el equipo Rectoral quiero transmitirte nuestro deseo de que coseches éxitos en tu desarrollo curricular, pues tus éxitos son los de nuestra Universidad, y por ello sólo podemos poner a tu servicio todo nuestro apoyo y los recursos de los que disponemos.

    Especialmente puedes contar con la colaboración de todo el personal de este Vicerrectorado.

    Recibe un cordial saludo José Luís Berné Valero Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado Universidad Politécnica de Valencia Valencia, febrero de 2008

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    1. LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA. 1.1. Historia. La historia de esta universidad se remonta a tan sólo 40 años, a pesar

    de que algunos de sus centros tienen más de un siglo de existencia. Es el caso de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería del Diseño, la Escuela Politécnica Superior de Alcoy y la Facultad de Bellas Artes.

    El germen de lo que hoy en día es la Universidad surge en el curso 1968-1969 cuando se crea el Instituto Politécnico Superior de Valencia que integra cuatro centros: la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos, constituida en 1959; la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, creada en 1966; la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales, ambas de 1968.

    Pero no es hasta 1971 (a raíz del Decreto del 11 de marzo, a través del cual se concede el máximo rango académico al Instituto Politécnico Superior de Valencia) cuando nuestra institución se constituye definitivamente en Universidad Politécnica de Valencia. Años más tarde, en 1978, la Facultad de Bellas Artes pasa asimismo a adscribirse a esta Universidad.

    A partir de ahí, comienzan a incorporarse el resto de centros: la Escuela Técnica Superior de Ingeniería del Diseño, la Escuela Politécnica de Alcoy, la Escuela Técnica Superior de Gestión en la Edificación, la Escuela Técnica Superior del Medio Rural y Enología y la Escuela Técnica Superior de Informática Aplicada, cuyos estudios se inician en 1985.

    Más adelante, se crean la Facultad de Informática; la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Geodésica, Cartográfica y Topográfica, y la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación. También formaron parte de nuestros campus universitarios la Escuela Universitaria Politécnica de Alicante hasta 1991 y la Escuela Politécnica Superior de Orihuela hasta 1997

    En 1994, ratificado por decreto, el centro de Alcoy pasa a ser Escuela Politécnica Superior y, en 1993, se funda la Escuela de Gandia, que se constituye como Escuela Politécnica Superior durante el curso académico 1999-2000. Asimismo, durante ese curso, se pone en marcha la Facultad de Administración y Dirección de Empresas.

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    1.2. La UPV hoy. En la Universidad Politécnica de Valencia, la convivencia forma parte de

    un proyecto educativo en el que participan activamente los estudiantes y profesores de los cuatro campus (Vera, Blasco Ibáñez, Alcoy y Gandia) y de la extensión universitaria de Xátiva.

    En la actualidad, nuestra comunidad universitaria está formada por más de 40.000 miembros. De ellos, cerca de 32.500 son alumnos de grado, 3.000 alumnos de posgrado y doctorado, 2.770 son profesores y 2.125 integran el grupo de personal de la administración y los servicios (datos 2007). La UPV está constituida por 15 centros universitarios, de los que 10 son escuelas técnicas superiores, 3 son facultades y 2 son escuelas politécnicas superiores. 44 Departamentos y 38 Centros de Investigación

    1.3. Misión y Visión. 1.3.1. La misión de la Universidad Politécnica de Valencia es:

    La formación integral de los estudiantes a través de la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica del arte y de la cultura, desde el respeto a los principios éticos, con una decidida orientación a la consecución de un empleo acorde con su nivel de estudios.

    La contribución al desarrollo cultural, social y económico de la sociedad valenciana y española mediante el apoyo científico, técnico y artístico.

    1.3.2. Declaración de la visión de la UPV (plan estratégico UPV).

    La UPV es una universidad capaz de atraer a los mejores estudiantes y formar profesionales con un nivel de excelencia reconocido, prestigiado y muy apreciado por los empleadores locales e internacionales.

    La relevancia de la producción científica de la UPV le proporciona una destacada presencia internacional, con fuertes relaciones de colaboración académica con las mejores universidades del mundo.

    La UPV es una universidad emprendedora y de innovación, que practica eficaces mecanismos de difusión científica y tecnológica, destaca en la formación de investigadores y en la creación de empresas de base tecnológica.

    La UPV es una institución pública eficiente al servicio de la sociedad y con un fuerte compromiso social y medioambiental.

    Una universidad innovadora y emprendedora, de relevancia internacional.

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    1.4. Órganos de gobierno, representación y administración de la UPV. (Véase Estatutos UPV)

    Órganos colegiados más significativos

    Consejo Social

    Es el órgano de participación de la sociedad en la Universidad. Supervisa las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de sus servicios; promueve la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad, y las relaciones entre ésta y su entorno cultural, profesional, económico y social al servicio de la calidad de la actividad universitaria.

    Consejo de Gobierno

    Es el órgano de gobierno de la Universidad y se reúne al menos una vez cada tres meses. Entre otras funciones, establece las líneas estratégicas y programáticas de la Universidad -así como las directrices y procedimientos para su aplicación- en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos. En el se aprueba la “ RPT “ Relación de Puestos de Trabajo (plazas del profesorado), de acuerdo a la propuesta de la Comisión Económica y de Recursos Humanos y la Comisión de Promoción de Profesorado.

    Claustro Universitario

    Es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria. Está integrado por el Rector, el Secretario General, el Gerente y trescientos miembros de la comunidad universitaria (entre ellos directores de centro, profesores, alumnos, personal de administración y servicios, ayudantes y personal de investigación...). Le corresponde la elaboración de los Estatutos y las demás funciones que le atribuye la LOU.

    1.5. Estructura de la UPV. La Universidad Politécnica de Valencia está integrada por:

    • Facultades, o Escuelas Técnicas (responsables de los grados).

    • Departamentos (Gestión y promoción de profesorado).

    • Institutos de Investigación.

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    1.5.1. Las Facultades y Escuelas.

    Las Facultades y Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores son los Centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

    Los profesores que se incorporen a la Universidad quedarán adscritos al Centro que les asigne el Departamento, atendiendo a la convocatoria de la plaza.

    El cambio de adscripción a Centros será efectuado por el Rector a petición del interesado y requerirá la permanencia mínima de un curso académico en el Centro anterior y el informe motivado del Departamento y de los Centros afectados.

    1.5.1.1. Funciones de las Facultades y Escuelas.

    Elaborar sus planes de estudio, estableciendo los objetivos formativos de cada uno de ellos, y elevarlos al Consejo de Gobierno para su aprobación.

    Establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado, atendiendo a los objetivos formativos y profesionales de cada titulación, así como la aprobación y el posterior seguimiento y control de los programas y de las metodologías docentes y de evaluación de las asignaturas presentadas para cada curso por los Departamentos.

    Asignar la docencia a los Departamentos que garanticen una mayor calidad, de acuerdo con los criterios generales establecidos por el Consejo de Gobierno.

    Organizar y supervisar sus actividades docentes, así como la gestión de los servicios de su competencia.

    Son los Centros los responsables de los planes de estudio, horarios de clases, la distribución del POD (Plan de Ordenación Docente) entre las distintas asignaturas, establecer los grupos de teoría y prácticas.

    1.5.2. Los Departamentos.

    Los Departamentos son los órganos encargados de coordinar las enseñanzas de una o varias áreas de conocimiento en uno o varios Centros, de acuerdo con la programación docente de la Universidad y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado.

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    El Consejo de Gobierno podrá acordar la constitución, a efectos de coordinación de la enseñanza, de unidades docentes en los Departamentos.

    1.5.2.1. Integración y adscripción del profesorado.

    La adscripción de los profesores a un Departamento se hará atendiendo a la convocatoria de cada plaza. El procedimiento de cambio de adscripción se realizará por el Consejo de Gobierno, a petición del interesado y previo informe de los Departamentos afectados.

    Los profesores pertenecen a un único Departamento y área de conocimiento, y pueden dar clases en varios Centros y Titulaciones. Su promoción se establece en el Departamento.

    Son los Departamentos los encargados de distribuir el encargo docente (asignaturas) que le han hecho los centros, entre sus profesores. La gran mayoría de las prácticas se imparten en laboratorios de los Departamentos.

    La investigación se realiza, o desde los departamentos o desde los centros de investigación

    1.5.3. Los Institutos Universitarios de Investigación.

    Los Institutos Universitarios de Investigación son centros dedicados a la investigación científica, técnica y creación artística.

    Éstos pueden ser propios de la Universidad, adscritos, mixtos o interuniversitarios.

    1.5.4. Estructuras propias de Investigación.

    Son estructuras propias de investigación de la Universidad Politécnica de Valencia los grupos I+D+i (Investigación, desarrollo e innovación), los Centros de Investigación y los Institutos de Investigación. No obstante, los Centros e Institutos podrán adquirir carácter interuniversitario y mixto, según establezca y regule el oportuno convenio.

    Estas estructuras deben estar orientadas al desempeño de actividades de investigación, desarrollo e innovación, dando respuesta a la demanda de productos tecnológicos y artísticos, tanto de la Universidad como del entorno social.

    1.5.4.1. Tipología.

    Los Grupos de I+D+i

    Los Centros de Investigación

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    Los Institutos de Investigación

    Los Centros e Institutos de Investigación podrán disponer de capacidad propia de gestión económica, administrativa y de recursos humanos y materiales.

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    2. PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR.

    El personal docente e investigador de la Universidad Politécnica de

    Valencia estará compuesto de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de personal contratado.

    I. Personal contratado

    • Ayudantes

    • Profesores colaboradores (cuerpo a extinguir). No hay nuevos contratos

    • Profesores Ayudantes Doctores

    • Profesores Contratados Doctores

    • Profesor visitante

    • Profesor asociado

    II. Personal funcionario de carrera

    • Titulares de Escuela Universitaria (Cuerpo a extinguir). No hay nuevos contratos

    • Titulares de Universidad o Catedráticos de Escuela Universitaria

    • Catedráticos de Universidad

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    2.1.- Personal Docente e Investigador Contratado. Las figuras contractuales existentes en estos momentos son las de

    Ayudante, Profesor Ayudante Doctor, Profesor Contratado Doctor, Profesor Asociado, Profesor Visitante y Profesor Emérito.

    El régimen de las indicadas modalidades de contratación laboral será el que se establece en Ley Orgánica de Universidades y en sus normas de desarrollo; supletoriamente, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en sus normas de desarrollo.

    Figuras contractuales y hoja de ruta del profesorado

    AYUDANTE (contrato temporal)

    PROFESOR AYUDANTE DOCTOR (contrato temporal)

    PROFESOR CONTRATADO DOCTOR (contrato indefinido)

    La figura deseable y objetivo prioritario es la categoría de Profesor Contratado Doctor.

    En esta hoja de ruta no se ha incluido la figura de profesor colaborador, puesto que la legislación actual, no contempla nuevas contrataciones. Así mismo el profesor Visitante y profesor Emérito son situaciones muy excepcionales.

    El profesor colaborador, que se acredite a Profesor Contratado Doctor, por la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 4/2007 (modificación de la LOU), pasa automáticamente a la figura de Profesor Contratado Doctor. Para ello presentara en el Registro General el modelo de solicitud que hay publicado en la página Web del Servicio de Recursos Humanos, junto con la copia de la acreditación.

    Cuando un profesor recibe acreditación en alguna figura de orden superior, debe comunicárselo al director del departamento para valorar su promoción.

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    2.1.1. Ayudantes.

    Figura equivalente en su esencia a la de Becario de Investigación, persona en formación investigadora y docente, pero con un claro compromiso docente y de incorporación en la plantilla del profesorado estable de la UPV

    La contratación de Ayudantes se ajustará a las siguientes reglas:

    a) La Universidad Politécnica de Valencia podrán contratar como Ayudantes a quienes hayan sido admitidos o a quienes estén en condiciones de ser admitidos en los estudios de doctorado.

    b) La finalidad principal del contrato será la de completar la formación docente e investigadora de dichas personas. Los Ayudantes colaborarán en tareas docentes de índole práctica hasta un máximo de 60 horas anuales.

    c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo.

    d) La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.

    2.1.1.1. Características de los contratos de los ayudantes de la UPV.

    La UPV, comprometida con el desarrollo curricular de este joven profesor en formación, establece un programa de objetivos, para orientarle en la obtención de los indicadores y exigencias que le garanticen su posible incorporación a las figuras de Profesor Ayudante Doctor o Profesor Contratado Doctor.

    Tipo de Contrato: Contrato laboral de naturaleza especial.

    Duración: 1 año, prorrogable en su caso por periodos anuales; sujeto al cumplimiento de la siguiente hoja de ruta:

    1er Año. Los objetivos a realizar o cumplir en este año son los siguientes:

    • Realización de cursos de formación pedagógica en el ICE.

    • Realización de cursos de doctorado o cursos de posgrado universitario

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    2º Año. La renovación para el 2 año está condicionada a la realización de los cursos del ICE anteriormente citados

    Durante este curso deberá realizar o cumplir los objetivos siguientes:

    • Presentación de algún artículo en congreso o revistas especializadas

    • Publicación en revista indexada o participación en actividades de investigación.

    • Realización de un proyecto docente

    3er Año. La renovación para su tercer año está condicionada a la valoración favorable de las encuestas de calidad docente del curso anterior y a la publicación de, al menos, un artículo en revista indexada o productividad de IAI equivalente al 20% de un profesor colaborador

    Durante este año deberá realizar o cumplir los objetivos siguientes:

    • Realizar una estancia superior a un mes en centro universitario, de investigación o empresa

    • Finalizar los cursos de doctorado o master y aprobación del DEA o equivalente

    4º Año. La renovación para el cuarto año está condicionada a la valoración favorable de las encuestas de calidad docente y a la publicación de, al menos, un artículo en revista indexada o productividad de IAI equivalente al 40 % de un de profesor colaborador

    • Finalizar la tesis doctoral

    5º Año. La renovación para el quinto año está condicionada a la valoración favorable de las encuestas de calidad docente y a la publicación de, al menos, dos artículos en revista indexada o productividad de IAI equivalente al 50 % de un de profesor colaborador.

    Durante este año deberá realizar o cumplir los objetivos siguientes:

    • Conseguir la acreditación en alguna de las figuras de profesorado contratado o funcionario.

    Jornada: Dedicación a tiempo completo. Número de horas semanales 37´5

    Actividades a Desempeñar: La finalidad principal del contrato será la de completar su formación docente e investigadora. Colaborarán en tareas docentes de índole práctica hasta un máximo de 60 horas anuales.

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    2.1.2. Profesores Ayudantes Doctores.

    La contratación de Profesoras y Profesores Ayudantes Doctores se ajustará a las siguientes reglas:

    a) El contrato se celebrará con doctores. La contratación exigirá la previa evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación externa que la ley de la Comunidad Autónoma determine, y será mérito preferente la estancia del candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.

    b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes y de investigación.

    c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo.

    d) La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la prevista en el artículo anterior, en la misma o distinta universidad, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.

    2.1.3. Profesores Contratados Doctores.

    La contratación de Profesoras y Profesores Contratados Doctores se ajustará a las siguientes reglas:

    a) El contrato se celebrará con doctores que reciban la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación externo que la ley de la Comunidad Autónoma determine.

    b) La finalidad del contrato será la de desarrollar, con plena capacidad docente e investigadora, tareas de docencia y de investigación, o prioritariamente de investigación.

    c) El contrato será de carácter indefinido y con dedicación a tiempo completo.

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    2.1.4. Profesores Asociados.

    El profesor asociado significa un patrimonio relacional y docente de gran valor universitario, una ventana a la sociedad imprescindible en una universidad tecnológica, donde las palabras, calidad, empleabilidad y sociedad son tan requeridas.

    La contratación de Profesoras y Profesores Asociados se ajustará a las siguientes reglas:

    a) El contrato se podrá celebrar con especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.

    b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes a través de las que se aporten sus conocimientos y experiencia profesionales a la universidad.

    c) El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo parcial.

    2.1.5. Profesores Visitantes.

    La contratación de Profesoras y Profesores Visitantes se ajustará a las siguientes reglas:

    a) El contrato se podrá celebrar con profesores o investigadores de reconocido prestigio de otras universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros.

    b) La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas docentes o investigadoras a través de las que se aporten los conocimientos y la experiencia docente e investigadora de los indicados profesores a la universidad.

    Tanto la normativa como la documentación se encuentran publicadas en la página Web del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. (http://www.upv.es/voap).

    2.1.6. Profesores Eméritos.

    Las universidades, de acuerdo con sus estatutos, podrán nombrar a Profesores Eméritos entre profesoras y profesores jubilados que hayan prestado servicios destacados a la universidad. Son referencias de la historia, del trabajo, de la entrega, y del afecto de esta Universidad.

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    2.2. Personal docente e investigador funcionario. El profesorado universitario actual esta integrado en cuatro figuras

    Profesor Titular de Escuela Universitaria

    Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria

    Y Catedrático de Universidad.

    De acuerdo a la LOU, a partir de ahora se establecen solo dos figuras de profesor funcionario y pertenecerán a los siguientes cuerpos docentes:

    a) Catedráticos de Universidad.

    b) Profesores Titulares de Universidad.

    El acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios mencionados en el punto anterior exigirá la previa obtención de una acreditación nacional que, valorando los méritos y competencias de los aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario. En el apartado nº 5 de la presente guía se desarrolla con más detalles los aspectos referentes a los sistemas de acreditación.

    Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

    Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.

    La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.

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    2.3. De los órganos de participación y representación. Los órganos propios de representación del personal docente e

    investigador son la Junta de Personal, el Comité de Empresa, las Secciones Sindicales y cualesquiera otros que se regulen legalmente.

    La negociación colectiva se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.

    El comité de empresa es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores (laborales) en la empresa o centro de trabajo para la defensa de sus intereses, constituyéndose en cada centro de trabajo cuyo censo sea de cincuenta o más trabajadores.

    Los órganos específicos de representación de los funcionarios son los Delegados de Personal y las Juntas de Personal. Las Juntas de Personal se constituirán en unidades electorales que cuenten con un censo mínimo de 50 funcionarios.

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    3. ACTIVIDAD DOCENTE.

    3.1. La función docente del profesorado. La actividad docente cabe definirse como el conjunto de actuaciones,

    que se realizan dentro y fuera del aula, destinadas a favorecer el aprendizaje de los estudiantes con relación a los objetivos y competencias definidas en un plan de estudios y en un contexto institucional determinado.

    3.2. La evaluación de los méritos docentes (propia UPV). De forma genérica debe entenderse por evaluación de la actividad

    docente la valoración sistemática de la actuación del profesorado considerando su rol profesional y su contribución para conseguir los objetivos de la titulación en la que está implicado, en función del contexto institucional en que esta se desarrolla. Ésta debe reconocer el conjunto de actuaciones que el profesor desarrolla en su quehacer profesional (dimensión cuantitativa), pero también debe recoger la valoración global de tal actividad en relación con los objetivos de la titulación y de la propia institución (dimensión cualitativa).

    Para intentar dar respuesta a este importante hecho, la Universidad Politécnica de Valencia decidió participar en la convocatoria DOCENTIA (Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente) que la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) lanzó en marzo de 2007. Fruto de esta participación se ha elaborado el

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    “Manual de la Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de la UPV” que se detalla en el apartado 3.3.2.

    3.2.1. Tramos docentes (quinquenios).

    Todo el profesorado de esta universidad puede solicitar cada cinco años la evaluación de su labor docente, es lo que se denomina tramo docente o quinquenio. La normativa de la UPV actualmente en vigor indica que la evaluación de los tramos docentes la realizará una Comisión (actualmente la Comisión de Promoción del Profesorado) utilizando las siguientes fuentes de información:

    • La encuesta del alumnado

    • El autoinforme del desarrollo de la docencia realizado por el profesor solicitante, que se requerirá en el caso de no existir encuestas del alumnado o cuando éstas no sean favorables

    • Informes del director del departamento y del director del centro. A petición de la Comisión en aquellos casos que estime oportunos

    • Informes externos a la universidad. A petición de la Comisión en aquellos casos que estime oportunos

    En el mes de diciembre desde el servicio de recursos humanos se nos recuerda, las fechas para su solicitud. Pero debe solicitarse a titulo personal.

    3.2.2. Valoración propia de la UPV. Índice de Actividad Docente (IAD).

    En el Consejo de Gobierno de noviembre de 2007 se aprobó el Manual de la Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de la UPV. En él se define un parámetro que incorpora las diferentes dimensiones de la actividad docente desarrollada, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo. Este parámetro se denominará Índice de Actividad Docente (IAD) y se valorará en puntos (puntos IAD), de forma que puedan obtenerse fácilmente valoraciones tanto personalizadas como institucionales, por ejemplo:

    • Profesor: Valor del IAD personalizado.

    • Centro: Valor del IAD del Centro X.

    • Departamento: Valor del IAD del Departamento X.

    De esta forma, el resultado de la evaluación de la actividad docente del profesorado podrá calibrarse mediante la superación o no de determinados umbrales predefinidos en puntos IAD.

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    El modelo de evaluación de la actividad docente contempla tres dimensiones generales para el análisis y valoración de la actuación del profesorado:

    1. Planificación de la Docencia.

    2. Desarrollo de la Enseñanza.

    3. Resultados.

    Los criterios de evaluación de la actividad docente, alineados con las dimensiones anteriores, en los que se apoya el modelo de evaluación son los siguientes:

    El detalle sobre la valoración en puntos IAD de cada uno de los indicadores definidos se puede encontrar en el ANEXO 1 de esta guía.

  • Guía de Acogida para el Personal Docente e Investigador de la Universidad Politécnica de Valencia 4. ACTIVIDAD INVESTIGADORA.

    4.1. La función investigadora del profesorado. De acuerdo con la LOU:

    La investigación es el medio para el progreso de la comunidad y soporte de la transferencia social del conocimiento y constituye una función esencial de las Universidades.

    Se reconoce y garantiza la libertad de investigación en el ámbito universitario

    La investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador de las Universidades, de acuerdo con los fines generales de la Universidad y dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico.

    La investigación […] se llevará a cabo, en grupos de investigación, Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.

    4.2. Aspectos básicos de la investigación. Se recogen a continuación aquellos aspectos que pueden guiar al

    profesorado de esta universidad en su labor investigadora. Dicha información se halla asimismo publicada en las Guías de investigación para el desarrollo de la carrera del profesorado de los diversos departamentos de la UPV de manera más específica para cada una de las áreas de conocimiento.

    4.2.1. Búsqueda de información.

    A la hora de realizar una investigación de cualquier tipo, es importante saber localizar de forma rápida la información que nos será más útil para llevarla a cabo; además, también es importante conocer los resultados que la comunidad científica está obteniendo en los campos de nuestro interés, de cara a estar al día de los últimos avances y descubrimientos, así como de las nuevas teorías y propuestas que se vayan produciendo.

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    Para ello, es muy útil tener localizadas y organizadas las principales fuentes de información, y saber utilizarlas de forma eficaz.

    En este apartado se explica cómo utilizar algunos de los recursos que tenemos a nuestra disposición en la UPV para la búsqueda de información científica, como son el Polibuscador, elaborado por la Universidad Politécnica de Valencia para la búsqueda de información en todos sus recursos electrónicos, y la Web of Science, elaborada por el Institute for Scientific Information (ISI), para una búsqueda de información más amplia.

    4.2.1.1. El Polibuscador.

    El Polibuscador es el portal donde pueden consultarse todos los recursos electrónicos de que dispone la Biblioteca General de la Universidad Politécnica de Valencia.

    Sirve para:

    • Localizar recursos electrónicos por palabra clave, título o materia

    • Buscar revistas electrónicas

    • Realizar búsquedas simultáneas en varios recursos

    Los recursos donde puede buscarse información son:

    • Revistas electrónicas

    • Bases de Datos

    • Buscadores de Internet

    La forma de utilizar el Polibuscador es la siguiente:

    1. Desde la página principal de la Universidad Politécnica de Valencia, acceder a la biblioteca de la UPV:

    2. Una vez en la página de la Biblioteca, acceder al Polibuscador

    3. Identificarse en el Polibuscador con el nombre de usuario y contraseña, o bien acceder como “invitado”

    4. Realizar la búsqueda deseada

    4.2.1.2. La Web of science.

    La Web of Science, también conocida como ISI Web of Knowledge, es un portal de búsqueda y consulta de información científica y académica, elaborado por el Institute for Scientific Information, ahora denominado Thomson Scientific.

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    Este portal proporciona acceso a cinco de las Bases de Datos más importantes: Science Citation Index, Social Sciences Citation Index, Arts & Humanities Citation Index, Index Chemicus y Current Chemical Reactions.

    Para acceder a la Web of Science es necesario estar suscrito. El Ministerio de Educación y Ciencia tiene un acuerdo por el cuál el acceso a la consulta de este portal es gratuito desde todas las Universidades españolas.

    La manera de buscar información es similar a la de otros motores de búsqueda. Tras acceder a la página principal, se selecciona la Base de Datos donde se desea buscar (puede ser una o varias a la vez), y el periodo de tiempo, y se realiza la búsqueda deseada.

    4.2.2. Publicación de resultados de la investigación.

    El objetivo de toda investigación es la obtención de unos resultados, para lo cual se piden ayudas que financien dicha investigación. Una vez obtenidos los resultados, llega el momento de publicarlos, y darlos a conocer a la comunidad científica, o bien transferirlos al sector productivo. Es por ello que también se consideran como méritos de investigación, y se tienen muy en cuenta por las Comisiones de Acreditación, el número de publicaciones científicas, libros y capítulos de libro, creaciones artísticas profesionales, patentes y productos con registro de propiedad intelectual, y la transferencia de conocimiento al sector productivo. En menor medida, también son considerados como méritos de investigación la publicación en congresos, conferencias y seminarios.

    No obstante lo anterior, el mérito más valorado, con diferencia, es la publicación de artículos en revistas científicas de reconocida valía, entendiendo como tales aquéllas que ocupen posiciones relevantes en los listados elaborados por el Institute for Scientific Information (ISI): Journal Citation Report (JCR), Scientific Citation Index (SCI), Social Scientific Citation Index (SSCI) y Arts and Humanities Citation Index (A&HCI).

    A continuación se describen los índices más empleados como índices de calidad de las revistas científicas.

    La información que se muestra, para cada una de las revistas, es la siguiente:

    • Título: título de la revista.

    • ISSN: International Standard Serial Number. En algunos casos es distinto según se trate de la versión impresa de la revista o de la versión electrónica.

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    • Editorial: quién se encarga de imprimir y publicar la revista.

    • Periodicidad: número de ejemplares que se publican al año.

    • Página web: dirección de Internet donde puede consultarse los contenidos de la revista.

    • Factor de impacto: índice de calidad de la revista, en comparación con otras de su mismo alcance.

    • Índices donde se encuentra indexada: aquí se citan algunas de las principales bases de datos donde la revista aparece indexada.

    4.2.3. Índices de calidad de las revistas.

    En este apartado se explican algunos de los índices bibliométricos más importantes a la hora de establecer la calidad de una revista científica, como son el Journal Citation Report y el Science Citation Index, ambos elaborados por el Institute for Scientific Information.

    4.2.3.1. El Factor de Impacto.

    Los indicadores bibliométricos constituyen un importante instrumento para conocer la situación de la investigación científica y tecnológica de regiones y países. Generan información útil para conocer cómo se produce, difunde y utiliza el nuevo conocimiento resultado de la investigación y facilitan la toma de decisiones por parte de los gestores de política científica. Sin embargo, la realización de un estudio bibliométrico conlleva múltiples problemas metodológicos que hay que solventar adecuadamente para poder garantizar la validez de los resultados.

    El factor de impacto de una revista (FI), es la media de veces que en un año determinado fueron citados artículos publicados por esta revista en los dos años anteriores. Por lo tanto, no puede conocerse hasta que finaliza el año en cuestión.

    Se calcula dividiendo el número de citas del año corriente de artículos publicados en los dos años anteriores, entre el número total de artículos publicados en estos dos años. Por ejemplo, para calcular el factor de impacto de una revista durante el año 2006, se procedería de la siguiente manera:

    2005 y 2004 en publicados artículos de Total2005 y 2004 en publicados artículos de 2006, en Citas, Impacto de Factor 2006 =

    El FI es el índice bibliométrico más frecuentemente utilizado. Ayuda a evaluar la importancia relativa de una revista, especialmente si se compara con otras del mismo campo.

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    El factor de impacto del JCR es el que actualmente tiene en cuenta el Ministerio de Educación y Ciencia para la evaluación de la calidad de la investigación.

    4.2.3.2. El Journal Citation Report.

    El Journal Citation Report (JCR), es un índice elaborado por el Institute for Scientific Information (ISI), a través del cual dicha institución publica el factor de impacto de muchas revistas.

    Existen dos modalidades o versiones del JCR: el científico y el de ciencias sociales. Aunque el número de revistas incluidas en el JCR es extenso (más de 7000), no incluye revistas del área de Humanidades, y suelen ser escasas las revistas de habla no inglesa.

    ¿Cómo se consulta el JCR?

    Para saber si una revista está o no incluida en el JCR, y conocer su factor de impacto, hay que consultar la Base de Datos del JCR.

    En la Universidad Politécnica de Valencia, la forma de acceder a la Base de Datos del JCR es la siguiente:

    Acceder a la página web de la biblioteca de la UPV:

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    Acceder a la Biblioteca Digital

    Acceder al listado de Bases de Datos, seleccionando “Journal Citation

    Reports”

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    Una vez se ha entrado en la Base de Datos, seleccionar la edición

    (Científica o Ciencias Sociales), y el año de consulta. El JCR puede consultarse bien para una revista en concreto o para una categoría de revistas. También cuenta con la opción de acceder a todo el listado de revistas.

    Si se selecciona la consulta por categorías, tras seleccionar la categoría

    se ha de seleccionar el criterio que establecerá el orden en que aparecerán los resultados. En este caso, a modo de ejemplo, se ha seleccionado la categoría “Industrial, Engineering”, y los resultados se han ordenado siguiendo el criterio “Factor de Impacto”.

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    Una vez obtenida la lista de revistas incluidas en una categoría, puede

    consultarse ya su Factor de Impacto, así como su posición en el ranking de dicha categoría. En este caso la revista de mayor impacto de la categoría seleccionada es la revista “Journal of Product Innovation Management”, con un Factor de Impacto de 1,588 para el año 2006.

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    4.2.3.3. El Science Citation Index.

    El Science Citation Index (SCI) es una base de datos donde se recogen todo tipo documentos susceptibles de publicarse en revistas científicas y tecnológicas perteneciente al ISI. En este índice las revistas son incorporadas de acuerdo con ciertos criterios de selección.

    El SCI registra unas 8.000 revistas científicas seleccionadas entre más de 70.000.

    El uso generalizado del SCI como un parámetro de evaluación de las distintas revistas científicas, asigna un valor casi absoluto a este índice a la hora de decidir si una revista (y por lo tanto los artículos publicados en ella) es de buena o mala calidad.

    En la actualidad sólo el Institute for Scientific Information (ISI) (http://www.isinet.com), radicado en Philadephia (USA), con sus tres bases de datos Science Citation Index (SCI), Social Science Citation Index (SSCI) y Arts and Humanities Citation Index (A&HCI) posee productos de esta naturaleza. Estas bases de datos junto al Journal Citation Report (JCR), que es la publicación donde se clasifican anualmente las revistas por su factor de impacto, se han convertido en los últimos años en el estándar más empleado en el análisis y evaluación de la actividad científica desde el punto de vista cuantitativo.

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    4.2.4. Ayudas a la investigación. Uno de los apartados valorados por las Comisiones de Acreditación,

    según se establecen en los baremos de las distintas figuras de profesorado contempladas en la LOMLOU, es la participación en Proyectos y Contratos de Investigación.

    Para que la participación en un Proyecto de Investigación sea considerada como mérito de investigación por las Comisiones de Acreditación, sin embargo, dicho proyecto ha de ser de los denominados “competitivos”. Este tipo de proyectos se divide en tres grandes grupos, en función del ámbito y de quién lo convoca:

    1. Proyectos de ámbito regional: Plan Valenciano de investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación y Proyectos de ámbito universitario-UPV.

    2. Proyectos de ámbito nacional. Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2007-2011.

    3. Proyectos de ámbito europeo. VII Programa Marco( 7th research framework program 2007-2013)

    4.2.4.1. Proyectos de ámbito regional.

    Aún no está definido el nuevo plan de fomento de la Investigación Científica y Desarrollo tecnológico en la Comunitat Valenciana (Conselleria d’ Educació) para el año 2008. Como orientación puede consultarse el Calendario de Ayudas (GVA; IMPIVA; UPV) en la Comunitat Valenciana durante 2007. Normalmente el enfoque de las ayudas y su designación son similares todos los años.

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    4.2.4.2. Proyectos de ámbito universitario. UPV.

    Principalmente nos interesan 2 programas de los que propone la Universidad Politécnica desde el Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

    1. Programa de Incentivo a la Innovación (INNOVA)

    2. Programas de Apoyo a la Investigación y Desarrollo

    La información detallada sobre dichos programas se encuentra alojada en: http://www.upv.es/entidades/VIDI/

    4.2.4.3. Proyectos de ámbito nacional. Plan Nacional I+D+I (PN). (2008-2011)

    El nuevo Plan Nacional Plan Nacional I+D+I (PN). (2008-2011) presenta actuaciones destinadas a los instituciones y organismos (además de a los investigadores o grupos de investigación, como tradicionalmente se ha venido realizando en todos los planes nacionales anteriores), que acompañadas de un aumento de la responsabilidad, de la evaluación y la rendición de cuentas, pueden contribuir al aumento de la competencia por los recursos sobre la base de la excelencia y el mérito. Toda la información sobre dicho plan se halla alojada en: http://www.plannacionalidi.es/, http://www.plannacionalidi.es/documentos/PLAN%20NACIONAL%20CONSEJO%20DE%20MINISTROS.pdf

    Con este planteamiento el Plan Nacional de I+D+I 2008-2011 se estructura en cuatro áreas diferenciadas:

    Área 1. Generación de Conocimientos y de Capacidades Científicas y Tecnológicas.

    http://www.plannacionalidi.es/estructura/area1.php

    Orientada a generar conocimiento y capacidades en el sector público y en el privado, está relacionada con la financiación de la investigación de carácter básico o fundamental, con la capacitación de recursos humanos y la disponibilidad del equipamiento e infraestructuras. La priorización no será temática sino aplicando fundamentalmente criterios de excelencia.

    Área 2. Fomento de la Cooperación en I+D.

    http://www.plannacionalidi.es/estructura/area2.php

    Dirigida a fomentar la cooperación entre agentes y con el marco internacional y regional como escenario básico, a través del fomento de la cooperación público-privada, focaliza la atención en los instrumentos y programas no orientados sectorial ni temáticamente que aseguran la

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    participación conjunta público-privada, que fomenta la internacionalización de las actividades de I+D de las entidades españolas y que integra los intereses regionales en Ciencia y Tecnología con los de la AGE, en aras del interés común.

    Área 3. Desarrollo e Innovación Tecnológica Sectorial.

    http://www.plannacionalidi.es/estructura/area3.php

    El área pretende reducir el déficit investigador de las empresas españolas (investigación aplicada), incentivando el desarrollo en las mismas de conocimiento propio y fomentar la cultura científica y tecnológica de la sociedad, aprovechando los nuevos formatos de comunicación, desarrollando estructuras estables generadoras y promotoras de cultura científica e instalando nodos en red de comunicación científica y tecnológica.

    Área 4. Acciones Estratégicas.

    http://www.plannacionalidi.es/estructura/area4.php

    Persigue la gestión integral de las ayudas dirigidas a cada una de las acciones estratégicas, incluyendo actuaciones de investigación no orientada, ligadas con posteriores desarrollos hasta completar el círculo virtuoso de la innovación, incluida su dimensión socioeconómica.

    4.2.4.4. Otros programas nacionales.

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/index.php

    Los Programas Nacionales representan las grandes actuaciones del Plan Nacional y se ponen en marcha a través de convocatorias públicas, donde se implementarán las prioridades de la política de ciencia y tecnología de los cuatro próximos años.

    A. Programa nacional de formación de recursos humanos

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa1.php

    B. Programa nacional de movilidad de recursos humanos

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa2.php

    Favorecer la movilidad geográfica, interinstitucional del personal asociado a las actividades de I+D e innovación, que contempla tanto la movilidad hacia España de investigadores extranjeros como de investigadores españoles a otros centros internacionales o nacionales. Prestará especial atención al flujo de investigadores entre el sector público

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    y el privado, con el fin de contribuir a la rápida difusión y transferencia del conocimiento.

    C. Programa de nacional contratación e incorporación de recursos humanos

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa3.php

    Favorecer la carrera profesional de los investigadores y tecnólogos, así como incentivar la contratación de doctores y tecnólogos en empresas y organismos de investigación, y promover las mejoras prácticas de contratación estable.

    D. Programa nacional de proyectos de investigación fundamental

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa4.php

    Promover la investigación de calidad, evidenciada tanto por la internacionalización de las actividades y la valorización de sus resultados atendiendo a su alto impacto científico y tecnológico, como por su contribución a la solución de los problemas sociales, económicos y tecnológicos. Pretende, además, romper la tendencia a la fragmentación de los grupos de investigación, de modo que éstos alcancen el tamaño suficiente y la masa crítica necesaria para afrontar los desafíos que la investigación tiene en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la participación de investigadores con un elevado nivel de dedicación a cada proyecto. Persigue, igualmente, el fomento de la investigación de carácter multidisciplinar y de frontera que sea capaz de movilizar el conocimiento complementario de diversos campos científicos a favor de la solución de los problemas que la sociedad española y europea tiene en el siglo XXI.

    E. Programa nacional de proyectos de investigación aplicada

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa5.php Favorecer las actividades encaminadas a la adquisición de nuevo

    conocimiento explorando la posible aplicación de nuevas tecnologías en la generación de nuevos productos o procesos o para obtener una mejora sustancial en productos, procesos o servicios existentes, incluyendo la realización de proyectos de carácter precompetitivo, cuyos resultados no son directamente comercializables y con un elevado riesgo técnico.

    F. Programa nacional de proyectos de desarrollo experimental

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa6.php

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    Promover el desarrollo tecnológico entre los diferentes agentes del SECYT para impulsar la mejora de la capacidad tecnológica conducente a una competitividad creciente del sector productivo, atendiendo a criterios de interés socioeconómico y medioambiental. Promover una focalización temática mediante la cooperación entre los distintos agentes del sistema para facilitar la integración de los efectivos de I+D y para incrementar la participación de los actores españoles en los programas europeos con mayor liderazgo.

    G. Programa nacional de proyectos de innovación

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa7.php

    Promover la realización, por parte de las empresas, de proyectos de innovación y transferencia de tecnología, que implican la incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados. También contemplan la aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.

    H. Programa nacional de fortalecimiento institucional

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa8.php

    La cohesión del SECYT y la ganancia de masa crítica de los grupos y las instituciones, a través del apoyo a centros de excelencia mediante la evaluación de resultados. Pretende fomentar la creación de grupos de mayor envergadura y masa crítica, a través de departamentos e institutos previa presentación de un plan estratégico de actuación y vigencia de 4 años. Con ello mejorará la competencia en el Espacio Europeo de la Investigación (ERA), la posibilidad de constituir grandes consorcios empresariales para los proyectos del Programa Marco, y los proyectos de investigación fundamental generados en el European Research Council (ERC)

    I. Programa nacional de infraestructuras científico-tecnológicas

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa9.php

    Mejorar las infraestructuras científico-tecnológicas existentes, así como su mantenimiento y la optimización de las mismas mediante su uso interdisciplinar. Promover el diseño, la construcción, el mantenimiento y operación, la mejora y el uso de ICTS y de GIC, de ámbito nacional y con proyección internacional. Contribuir al desarrollo de las CCAA con el fin de favorecer la cohesión regional, en áreas que tengan mayor impacto en el sector productivo. Reducir el desequilibrio actual entre la localización de los Centros Tecnológicos existentes y el tejido empresarial, con la creación

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    de nuevos o bien ayudando a la consolidación Centros ya existentes que todavía carecen de la capacidad tecnológica suficiente para atender la demanda de las empresas más avanzadas.

    J. Programa nacional de transferencia tecnológica, valorización y promoción de empresas de base tecnológica

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa10.php

    Aumentar la interacción entre las PYME y los organismos de investigación, así como promover la creación y consolidación de empresas de base tecnológica a través del Estatuto de Joven Empresa Innovadora. Pretende aumentar y consolidar la base empresarial de carácter innovador, potenciar el papel de los intermediarios de innovación (en especial la incubación de empresas de base tecnológica, los mecanismos de comunicación y difusión de la oferta y la demanda tecnológica y su labor de apoyo para la formalización de proyectos en cooperación), promocionar y proteger en el mercado exterior las tecnologías novedosas desarrolladas por empresas españolas y fomentar la implantación de sistemas de gestión de la I+D+I.

    K. Programa nacional de redes

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa11.php

    Apoyo a las plataformas tecnológicas, a las agrupaciones empresariales innovadoras (clusters innovadores), que persigue incentivar la cooperación inter empresarial -y de las empresas con agentes de innovación-, para mejorar la posición competitiva externa de la oferta final de bienes y servicios. Pretende fomentar la investigación científico-tecnológica entre los diferentes agentes del SECYT, mediante la creación de grupos público-privados de reflexión, análisis y discusión en temas de interés estratégico nacional que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica conducente a una competitividad creciente del sector productivo nacional.

    L. Programa nacional de cooperación público-privada

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa12.php

    Favorecer la realización de grandes proyectos que incrementen la capacidad científico-tecnológica de las empresas y los grupos de investigación nacionales. Extender la cultura de la cooperación en investigación y desarrollo tecnológico. Preparar a los consorcios participantes para tener un acceso más eficiente a los programas internacionales (Programa Marco). Movilizar la participación de las PYMES en proyectos de gran envergadura.

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    M. Programa nacional de internacionalización de la I+D

    http://www.plannacionalidi.es/programas-nacionales/programa13.php

    Promover la internacionalización de la I+D a través de las iniciativas y actuaciones destinadas a la promoción de los niveles de internacionalización, participación en actividades internacionales de I+D+I de los actores nacionales e incluso de cooperación en investigación. Tiene como objetivo promover la participación de los grupos españoles en el panorama internacional, y en especial de empresas y centros públicos españoles en el VII Programa Marco de la Unión Europa, para aumentar el retorno español, y promover una fuerte presencia y liderazgo de empresas de todas las CCAA en proyectos estratégicos de I+D+I de gran impacto en colaboración internacional dentro de las nuevas iniciativas que configuran el ERA, entre otros.

    4.2.4.5. Proyectos de ámbito europeo.

    Actualmente se encuentra en vigor el Séptimo Programa Marco (2007-2013): Construir la Europa del conocimiento

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23022.htm El Séptimo Programa Marco de investigación, que abarca el período

    2007-2013, ofrece a la UE la ocasión de poner su política de investigación a la altura de sus ambiciones económicas y sociales mediante la consolidación del Espacio Europeo de la Investigación. El Programa se articula alrededor de cuatro programas principales y se ha simplificado en gran parte para ser más accesible a los investigadores y más eficaz.

    A. Cooperación

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23026.htm

    El Programa Específico presenta nueve temas que corresponden a los grandes campos del conocimiento y de la tecnología donde es preciso impulsar la cooperación transnacional para poder hacer frente a los retos actuales en los ámbitos social, económico, medioambiental o industrial. Dichos temas son:

    • Salud

    • Alimentos, agricultura y biotecnología

    • Tecnologías de la información y la comunicación

    • Nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción

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    • Energía

    • Medio ambiente (incluido el cambio climático)

    • Transporte (incluida la aeronáutica)

    • Ciencias socioeconómicas y humanidades

    • La seguridad y el espacio

    B. Ideas

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23027.htm

    El principal objetivo que persigue el programa «Ideas» es elevar el nivel de la investigación europea en los campos que están conociendo un rápido desarrollo, y aumentar con ello la competitividad económica y el bienestar de Europa. Se trata de realizar una «investigación exploratoria» que, independientemente de los límites de cada disciplina y de las fronteras geográficas, permita avanzar decisivamente en los campos de la ciencia, la tecnología y la ingeniería. El programa pretende dar el protagonismo del proceso a los investigadores, cuya procedencia variará según la actividad de investigación que se lleve a cabo.

    C. Personas

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23028.htm

    El Programa Específico «Personas» tiene como finalidad esencial mejorar, cualitativa y cuantitativamente, las perspectivas profesionales de los investigadores en Europa.

    D. Capacidades

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23029.htm Como continuación de las acciones llevadas a cabo anteriormente, el

    programa específico «Capacidades» contempla principalmente la instauración de nuevas infraestructuras de investigación y de innovación en toda Europa.

    Además, el Séptimo Programa Marco financiará las acciones directas del Centro Común de Investigación (CCI) y las acciones cubiertas por el programa marco Euratom en los ámbitos de:

    • La investigación sobre la energía de fusión;

    • La fisión nuclear y la protección contra las radiaciones.

    Centro Común de Investigación (CCI)

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    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23031.htm El Centro Común de Investigación (CCI) realiza una labor de

    investigación básica y proporciona unos conocimientos técnicos y un apoyo científico y técnico a las políticas de la Unión Europea (UE).

    Euratom

    http://europa.eu/scadplus/leg/es/lvb/i23032.htm

    El programa Euratom, que concluirá en 2011, se subdivide en dos programas específicos. El primero abarca la investigación en materia de fusión nuclear, la energía de fisión nuclear y la protección contra las radiaciones. El segundo se refiere a las acciones del Centro Común de Investigación (CCI) en el ámbito de la energía nuclear.3.3. La evaluación de los méritos de investigación.

    4.3. La Evaluación de los méritos de Investigación. 4.3.1. Los tramos de investigación o sexenios.

    Los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios podrán solicitar la evaluación de su actividad investigadora mediante evaluaciones anuales encargadas a la Comisión Nacional de Evaluación de la Actividad Investigadora (CNEAI). La evaluación de la actividad investigadora es un proceso reglado en el que los criterios de calidad están establecidos por una orden del Ministerio de Educación y Ciencia para los profesores universitarios. La aplicación de dichos criterios se realiza a través de comités asesores y expertos especialistas.

    Los criterios específicos para evaluar méritos en cada campo del conocimiento utilizados en la evaluación del año 2007 se pueden encontrar en el BOE del 21 de noviembre de 2007 así como en la página Web de la Comisión Nacional de Evaluación de la Actividad Investigadora www.mec.es/ciencia/cneai

    Los méritos que las Comisiones de Evaluación de la Actividad Investigadora tienen en cuenta a la hora de otorgar una valoración positiva del tramo de investigación

    En el área de las Ingenierías (campo 6.1 y 6.2):

    • Trabajos publicados en revistas de reconocida valía, entendiendo como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el “Subject Category Listing” del “Journal Citation Report del Science Citation Index”, elaborado por el Institute for Scientific Information, ISI.

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    • Patentes en explotación o programas de ordenador, registrados, o que al menos conste el interés de alguna empresa en su explotación.

    • Trabajos publicados en Actas de Congresos que posean un sistema de revisión externa por pares, cuando estas Actas sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas internacionales de prestigio reconocido.

    • Desarrollos tecnológicos importantes en los que se demuestre su reconocimiento.

    • En la evaluación de libros y capítulos de libros, si procede, se tendrá en cuenta el número de citas cuando sea posible, el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra y las reseñas en las revistas científicas especializadas.

    En el área de la Arquitectura (campo 6.3):

    • Los trabajos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Subject Category Listing» del «Journal Citation Reports del Science Citation Index» (Institute for Scientific Information–ISI–, Philadelphia, PA, USA)

    • Los trabajos publicados en las actas de congresos que posean un sistema de revisión externa por pares, cuando estas actas sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas internacionales de prestigio reconocido.

    • Los desarrollos tecnológicos y arquitectónicos importantes en los que se demuestre su reconocimiento.

    • En la evaluación de los libros y capítulos de libros particularmente relevantes en las áreas arquitectónicas, se tendrán en cuenta el número de citas cuando sea posible (u otras medidas del nivel de impacto), el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, el proceso riguroso de selección y evaluación de originales y las reseñas en las revistas científicas especializadas.

    • Proyectos singulares arquitectónicos, urbanísticos o de ingeniería serán valorados por su carácter innovador, constatado por los premios y distinciones recibidos, por su impacto en la literatura

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    especializada nacional e internacional o por haber sido mostrados en exposiciones relevantes con catálogo.

    • La participación en exposiciones de prestigio y las de carácter monográfico dedicadas a un solo autor. También se considerará la participación como comisario de las mismas, siempre que se publique catálogo con repercusión en los medios especializados nacionales e internacionales.

    • Las patentes en explotación, demostrado mediante contrato de compraventa o contrato de licencia. Se tendrá también en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea o por el Tratado de Cooperación de Patentes –PCT–) valorándose más la de protección más extensa. También será válida esta aportación si la patente ha sido concedida por la OEPM mediante el sistema de examen previo.

    En el área de Ciencias Económicas y Empresariales (campo 8):

    • Se valorarán preferentemente los trabajos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupan posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Subject Category Listing» del «Journal Citation Reports del Social Sciences Citation Index» y el Science Citation Index (Institute for Scientific Information, Philadelphia, PA, USA).

    • No obstante, podrán considerarse también artículos publicados en revistas listadas en otras bases de datos internacionales, siempre que, a juicio del comité asesor, cuenten con una calidad científica similar a las incluidas en los índices mencionados.

    4.3.2. La evaluación interna en la UPV. La valoración de la actividad investigadora personalizada (VAIP)

    El detalle sobre la valoración en puntos IAI de cada uno de los indicadores definidos se puede encontrar en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación

    http://www.upv.es/vidi

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    5. LA ACREDITACIÓN DEL PROFESORADO. El objetivo de este capítulo es dar a conocer al profesorado cuáles son

    los criterios establecidos para su acreditación a las distintas figuras de profesorado contempladas en la Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Universidades (Ley Orgánica 4/2007, también conocida como LOMLOU). Toda la información se halla recogida en la página web de la Agencia Nacional para la Evaluación y Acreditación del Profesorado

    http://www.aneca.es/

    5.1. Acreditación nacional a los cuerpos docentes universitarios. En el Real Decreto 1312/2007 del 5 de octubre se establece la

    acreditación nacional a los cuerpos docentes universitarios. La publicación original en el BOE del Real Decreto se adjunta en el Anexo II del presente documento.

    El Real Decreto se inicia, como se expone a continuación, definiendo la nueva configuración de la docencia universitaria:

    “Uno de los ejes vertebradores de la reforma universitaria llevada a cabo por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, es el relativo a la nueva configuración de la docencia universitaria, que se manifiesta, por un lado, en la estructuración del personal docente universitario en dos únicos cuerpos, de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, y, por otro, en el establecimiento de un nuevo modelo de acreditación de elegibles, en el que, a diferencia de la habilitación hasta ahora vigente, se ha eliminado la oferta de un número de plazas previamente delimitadas. Tal modelo se basa ahora en la previa posesión por el candidato o candidata de una acreditación nacional, cuyo procedimiento de obtención se regula en este real decreto y que permitirá a las universidades elegir a su profesorado, de manera mucho más eficiente, entre los previamente acreditados.

    El sistema planteado se inspira en la tradición académica de la evaluación por los pares. Esta tradición se incorpora a todo el proceso y de manera explícita en el requerimiento de informes de especialistas en la disciplina de cada uno de los candidatos. El modelo de evaluación por los pares del profesorado se ha venido utilizando por diversas instituciones en España a lo largo de los últimos años. La experiencia acumulada permite ahora plantear este nuevo modelo de acreditación de profesorado como paso previo a los concursos de acceso dentro de las universidades. La incorporación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y

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    Acreditación al proceso permitirá recoger toda la experiencia acumulada en la evaluación de profesorado de los últimos años……”

    El capítulo II de este Real Decreto se dedica a la descripción de la valoración de los méritos y competencias de los aspirantes a la obtención de la acreditación y que se realizará por comisiones de acreditación. A lo largo del artículo 12 y 13 se detallan los procesos para los Profesores Titulares de Universidad y los Catedráticos de Universidad. En la Disposición Adicional Primera se detallan los procesos para los Titulares de Escuela Universitaria y en la Disposición Adicional Segunda para Catedráticos de Escuelas Universitarias Doctores.

    5.1.1. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad:

    Para optar a la acreditación para profesor o profesora titular de universidad es requisito indispensable estar en posesión del título de Doctor. A tal efecto, los candidatos y candidatas deberán presentar la correspondiente solicitud a la que acompañarán la justificación de los méritos que aduzcan de carácter académico, profesional, docente e investigador y de gestión académica y científica, que se valorarán de acuerdo con los criterios que figuran en el anexo.

    5.1.2. Acreditación para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad:

    1. Los profesores o profesoras titulares de universidad podrán optar a la acreditación para catedrático o catedrática de universidad, mediante la presentación de una solicitud a la que acompañarán la justificación de los méritos que aduzcan de carácter académico, profesional, docente e investigador y de gestión académica y científica, que se valorarán de acuerdo con los criterios que figuran en el anexo.

    2. Quedarán eximidos del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad quienes acrediten tener la condición de doctor con, al menos, ocho años de antigüedad y obtengan, con carácter previo a la solicitud de la acreditación, el informe positivo de su actividad docente e investigadora del Consejo de Universidades. La exención a la que se refiere este apartado se llevará a cabo de acuerdo con lo que establezca el reglamento por el que se ha de regir el Consejo de Universidades. Dicho informe se entenderá positivo en el caso de los funcionarios pertenecientes a cuerpos o escalas de personal investigador para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de Doctor.

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    5.1.3. Acreditación de los profesores Titulares de Escuela Universitaria:

    1. En el procedimiento de acreditación para profesores titulares de universidad, del profesorado que pertenezca al Cuerpo de Titulares de Escuelas Universitarias que posean el título de Doctor, se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.

    2. La valoración será llevada a cabo por una única Comisión designada por el Consejo de Universidades con sujeción a los mismos requisitos y procedimientos establecidos en este real decreto.

    3. Obtendrán la evaluación positiva los solicitantes que obtengan 65 puntos, de acuerdo con los criterios y baremo señalados en el anexo para profesores y profesoras titulares de universidad, pudiendo obtenerse en este caso hasta 50 puntos por actividad docente o profesional.

    4. En cualquier caso, obtendrán la acreditación a la que se refiere esta disposición los solicitantes que cumplan alguna de las siguientes condiciones, que serán verificadas únicamente por la Comisión:

    a) Dos periodos de docencia y un periodo de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario.

    b) Dos periodos de docencia reconocidos de acuerdo con las previsiones del real decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario, y seis años en el desempeño de los órganos académicos unipersonales recogidos en estatutos de las universidades o que hayan sido asimilados a estos.

    c) Dos periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario de investigación.

    5.1.4. Acreditación de los Catedráticos de Escuelas Universitarias Doctores:

    1. Los catedráticos o catedráticas de escuelas universitarias doctores podrán formar parte de las comisiones a las que se refiere el artículo 5.1.

    2. Igualmente, podrán solicitar la acreditación para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad, en las mismas condiciones que los profesores o profesoras titulares de universidad

    Por último se expone a continuación los criterios de evaluación definidos en el Anexo I del Decreto y el Baremo que se expone en el Anexo II.

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    ANEXO A. Criterios de evaluación. 1. Actividad investigadora.

    1.A Calidad y difusión de resultados de la actividad investigadora. Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, congresos, conferencias, seminarios, etc.

    1.B Calidad y número de proyectos y contratos de investigación.

    1.C Calidad de la transferencia de los resultados. Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de conocimiento al sector productivo, etcétera.

    1.D Movilidad del profesorado. Estancias en centros de investigación.

    1.E Otros méritos.

    2. Actividad docente o profesional.

    2.A Dedicación docente. Amplitud, diversidad, intensidad, responsabilidad, ciclos, tipo de docencia universitaria, dirección de tesis doctorales, etc.

    2.B Calidad de la actividad docente. Evaluaciones positivas de su actividad, material docente original, publicaciones docentes, proyectos de innovación docente, etcétera.

    2.C Calidad de la formación docente. Participación, como asistente o ponente, en congresos orientados a la formación docente universitaria, estancias en centros docentes, etc.

    2.D Calidad y dedicación a actividades profesionales, en empresas, instituciones, organismos públicos de investigación u hospitales, distintas a las docentes o investigadoras. Dedicación, evaluaciones positivas de su actividad, etc.

    2.E Otros méritos.

    3. Formación académica.

    3.A Calidad de la formación predoctoral. Becas, premios, otros títulos.

    3.B Calidad de la formación posdoctoral. Becas posdoctorales, tesis doctoral, premio extraordinario de doctorado, mención de doctorado europeo, mención de calidad del programa de doctorado.

    3.C Otros méritos de formación académica.

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    4. Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos.

    4.A Desempeño de cargos unipersonales de responsabilidad en gestión universitaria recogidos en los estatutos de las universidades, o que hayan sido asimilados, u BOE núm. 240 Sábado 6 octubre 2007 40659 organismos públicos de investigación durante al menos un año.

    4.B Desempeño de puestos en el entorno educativo, científico o tecnológico dentro de la Administración General del Estado o de las comunidades autónomas durante al menos un año.

    4.C Otros méritos.

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    ANEXO B. Baremo Para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad el baremo

    será:

    1) Actividad investigadora: un máximo de 50 puntos.

    2) Actividad docente o profesional: un máximo de 40 puntos.

    3) Formación académica: un máximo de 5 puntos.

    4) Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 5 puntos.

    Para obtener la evaluación positiva han de cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones:

    a) Alcanzar un mínimo de 60 puntos sumando los obtenidos en los apartados «1. Actividad investigadora» y «2. Actividad docente o profesional».

    b) Conseguir un mínimo de 65 puntos como suma de todos los apartados.

    Para el cuerpo de Catedráticos de Universidad, el baremo será: 1) Actividad investigadora: un máximo de 55 puntos.

    2) Actividad docente o profesional: un máximo de 35 puntos.

    3) Experiencia en gestión y administración educativa, científica, tecnológica y otros méritos: un máximo de 10 puntos.

    Para obtener la evaluación positiva han de cumplirse simultáneamente las siguientes condiciones:

    a) Conseguir un mínimo de 80 puntos como suma de todos los criterios.

    b) Conseguir al menos 20 puntos en el segundo criterio.

    En el caso de la valoración del apartado 1 «Actividad investigadora», la aportación de un periodo de actividad investigadora reconocido de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario, tendrá una valoración de 15 puntos.

    En la página web de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (www.aneca.es) se puede obtener el documento Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación que describe el modelo de evaluación que emplearán las comisiones de acreditación y orienta en la selección de las aportaciones que se deben

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    incluir en el currículo. Así mismo, la Agencia informa que este documento puede sufrir modificaciones.

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    5.2. Programa de Evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

    El Programa de Evaluación del Profesorado para la contratación de l