Diseños Didacticos Cristian

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 UNIVERSIDAD NACIONAL “PEDRO RUÍZ GALLO” FACULTAD DE CIENCIAS HISTÓRICO SOCIALES Y EDUCACIÓN ASIGNATURA: RAZONAMIENTO LÓGICO MATEMÁTICO DOCENTE: RODAS MALCA AGUSTÍN ALUMNO: NIÑO VILCHEZ CRISTIAN FELIX CICLO: IV LAMBAYEQUE-PERÚ, 2015 DISEÑOS DIDACTICOS

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TRABAJO

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UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUZ GALLO

FACULTAD DE CIENCIAS HISTRICO SOCIALES Y EDUCACIN

ASIGNATURA: RAZONAMIENTO LGICO MATEMTICODOCENTE: RODAS MALCA AGUSTNALUMNO: NIO VILCHEZ CRISTIAN FELIXCICLO: IV

LAMBAYEQUE-PER, 2015

DISEOS DIDACTICOS1. Formular como mnimo 4 definiciones de Diseo Didctico?

Segn gallego (1997), es un proyecto de accin inmediata para sistematizar y ordenar el trabajo escolar. Segn escudero (1984), consiste en programar, realizar y evaluar y como tal consiste en una actividad. Marqus, Pere (2002), Es bsicamente el plan desde el cual el sujeto del conocimiento, el que aprende, es decir el estudiante, se apropia del objeto que va a conocer. El diseo didctico es una fase clave de la formacin profesional integral, en la cual se toma la informacin que proviene del Estudio del Trabajo, se le estructura tcnica y pedag6glcamente y se plantean estrategias y recursos didcticos para su implementacin operativa.

2. Precisar los principios y las fuentes que fundamentan los Diseos Didcticos?

Principios filosficos:El principio del reflejo activo y creador a travs de la prctica en la enseanza. Lo sensorial y lo racional en la formacin de conocimientos, habilidades y valores. Lo emprico y lo terico en el proceso de enseanza-aprendizaje. La verdad en la educacin. La interrelacin ciencia-docencia. A partir de ello emerge toda la trascendencia de reconocer y llevar a la prctica la exigencia de que la enseanza debe atender, ms que a la descripcin y la transmisin acrtica de informacin, a la demostracin terica y prctica de los contenidos; que el aprendizaje autntico incluye ante todo aprender a demostrar; la necesidad de instrumentar un sistema de actividades docentes que viabilicen e implementen la formacin de la capacidad de demostracin; la importancia de la creacin de un clima propicio de libertad y respeto que facilite y estimule esta labor; as como que la evaluacin debe tomar en consideracin la realizacin de la capacidad de demostracin por el estudiante como un elemento central.(Ramos Serpa,)Principios gnoseolgicos: La programacin a travs del tiempo destacando que antes de la aparicin de la psicologa conductista y de su aplicacin a la enseanza, el profesorado, programaba su trabajo mediante unas notas en donde hacia constatar las cosas que haba que ensear o las actividades que hara con el alumnado. Posteriormente la segunda guerra mundial, el auge de la psicologa conductista y de sus consecuencia pedaggicas (Enseanza programada, taxonomas, objetivos operativos, concepto) hizo que el profesorado Aprendiera hacer una determinada programacin basada en el proceso que tena como finalidad comprobar el resultado los cambios conductuales de los alumnos, estableciendo por adelantado que era lo que deseaban que cambiase.

Es decir, una programacin basada en establecer los mecanismos didcticos para llegar a un determinado resultado final que tena que ser medible, dando un cariz tecnolgico a la programacin(Antnez, del Carmen, Parcerisa y Zabala (2005)Principios epistemolgicos:Se manifiesta el carcter epistemolgico, cuando se exige la presencia del educador en los marcos de investigacin educativa, la revisin de enseanza dentro del sistema social y la clarificacin de las cuestiones epistemolgicas. El autor al final de su propuesta, indica su intencin de haber despojado el camino para poder abordar los problemas polticos y obtener resultados de transformacin de una realidad que requiere una practica cientfica. Segn quintanilla (1978)

Principios curriculares PARTICIPACION Y FLEXIBILIDAD. Asume un modelo de proceso orientado hacia la mayor participacin de los autores socioeducativos y una mayor flexibilizacin del currculo.MEDIACION DE APRENDIZAJE, la promocin de aprendizajes significativos requiere de un profesor que asuma el rol de mediador efectivo de este proceso.REFELXION EN Y DESDE LA PRRACTICA PARA LA RECONSTRUCCION SOCIAL, un profesor aplica la metacognicion cuando autor reflexiona permanentemente sobre su quehacer y con base en ello innova y mejora su prctica.LA EVALUACION CON ENFASIS FORMATIVO, desde un modelo pedaggico cognitivo la evaluacin se entender como un proceso reflexivo formativo.Principios pedaggicosEn la elaboracin teorica, centrada sobre el eje de la formacin, muestra sus diferentes y desarrollos histricos ciertos sentidos que se han sedimentado en la en la pedagoga a como principios esenciales.1. La primera matriz de la formacin humana es el afecto materno, cuyo suplemento y relevo posterior es la comprensin afectuosa del maestro.2. La propuesta natural y espontanea, como principio de la formacin humana propuesto por Rousseau.3. Que el individuo no se humaniza aislado y por fuera de la cultura y de la sociedad sino en medio de ella, y en consecuencia que el medio ambiente sociocultural se pueda disear para el educando, a travs de la instruccin, como entorno de aprendizaje.4. Que el nio no es un adulto pequeo sino que su humanizacin hasta la mayora de edad se desarrolla por su proceso constructivo interior, progresivo y diferenciado que es necesario respetar en la actividad educativa.

5. En su propia actividad consciente que el educando construyes sus propias herramientas conceptuales y su propio aprendizaje.6. A lado del maestro el educando eleva su potencial de desarrollo en la medida en que el maestro le muestra posibilidades de accin, horizontes de interrogacin y de soluciones que amplan y realiza el alumno, (segn vigotsky).7. Segn el pedagogo forebel, en el juego se reconoce el caballero, que mediante el juego se reconoce a mxima experiencia que forma al hombre en relacin con los dems, con la naturaleza y consigo mismo.8. La individualizacin reconoce las diferencias no solo orgnicas sino tambin de desarrollo mental, de estilo para pensar, afrontar y resolver los problemas. De estos ocho principios hemos derivados hermenuticamente de la propia historia e la pedagoga, extrados del eje de la formacin del hombre, interpretados y validados parcialmente por la praxis educativa.PARADIGMA SOCIOCOGNITIVO HUMANISTA .se desarrolla diseos los siguientes principios en presente trabajo: la cultura tanto social como institucional; el modelo del profesor; el currculo se da necesariamente abierto y flexible; los contenidos ;la evaluacin; metodologas en el aula ; la motivacin; la inteligencia y el lenguaje; la metfora bsica.(Ramn Prez ,1979)Principios sociolgicos:La teora de la intervencin de Alan Touraine constituye un mtodo para acceder alas orientaciones culturales de los agentes e interpretar mejor las relaciones sociales que se produce. Los principios que abordan esta teora son los siguientes: a) adaptarse al entorno cambiante a travs de os mecanismos de aprendizaje y sobre todo, de la capacidad de producir sus propias orientaciones) los discursos de los autores como la respuesta automtica a los condicionantes como el discurso que sirva de base a las acciones educativas; c)metodologa como la investigacin-accin critica aportan ideas sobre la relacin de los discursos y practicas y sobre la significacin del nivel de flexibilidad de los agentes ;d)la relacin entre sujeto y objeto de estudio, entre el sujeto como informante o el sujeto como producto de la sociedad ;e) la induccin permite acceder a un tipo de conocimiento que de otro modo permanece oculto para el analista social ;f) a relacin entre la conciencia discursiva y conciencia practica. Estas consideraciones nos obligan a reconocer el papel de la sociologa como ciencia para la intervencin social (Alan Touraine, 1978, pag.82)

Principios antropolgicos La antropologa aparece directamente implicada en la enseanza de los grupos humanos, tanto desde del punto de vista lingstico como social. Tiene una aportacin a lo largo de una vida de una persona que se puede resumir en estos principios:a) la interrelacin entre el medio-naturaleza-recursos;b) manifestaciones culturales, esta relacionada con la valoracin de las costumbres, tradiciones y formas culturales, sociedad y cultura; c) patrimonio cultural presta atencin a la valoracin y respeto por las costumbres formas de vida de los antepasados; d) diversidad lingstica y cultural ,hace referencia a la adquisicin de la conciencia de valor de la lengua como signo de identificacin de la propia comunidad ;e) actitudes y valores ,dentro de ellas encontramos el respeto y la tolerancia hacia las formas de vida. La antropologa proporciona unos instrumentos mas adecuados para observar, entender y valorar algunos aspectos significativos de la conducta humana. (Hernndez y Olmo, 1999)

Principios jurdicos normativos Ley general de educacin La educacin peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo. Se sustenta en los siguientes principios: a) La tica que inspira una educacin promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia;b) La equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad;c) La inclusin, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, contribuyendo as a la eliminacin de la pobreza, la exclusin y las desigualdades; d) La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educacin integral, pertinente, abierta, flexible y permanente ;e) La democracia, que promueve el respeto, a los derechos humanos ;f) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, tnica y lingstica del pas ;g) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservacin del entorno natural como garanta para el desenvolvimiento de la vida ;h) La creatividad y la innovacin, que promueven la produccin de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura.Son fines de la educacin peruana: a) Formar personas capaces de lograr su realizacin tica, intelectual, artstica, cultural, afectiva, fsica, espiritual y religiosa, promoviendo la formacin y consolidacin de su identidad y autoestima y su integracin adecuada;b) Contribuir a formar una sociedad democrtica, solidaria, justa, inclusiva, prspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional. (Ley Nro. 28044)

Son principios y derechos de la funcin jurisdiccional:1. La unidad y exclusividad de la funcin jurisdiccional. No existe ni puede establecerse jurisdiccin alguna independiente, con excepcin de la militar y la arbitral.2. La independencia en el ejercicio de la funcin jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el rgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. 3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional. Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdiccin predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos,4. La publicidad en los procesos, salvo disposicin contraria de la ley.5 La motivacin escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias, excepto los decretos de mero trmite, con mencin expresa de la ley aplicable y de los fundamentos de hecho en que se sustentan. 6. La pluralidad de la instancia. 7. La indemnizacin, en la forma que determine la ley, por los errores judiciales en los procesos penales y por las detenciones arbitrarias, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar. 8. El principio de no dejar de administrar justicia por vaco o deficiencia de la ley. 9. El principio de inaplicabilidad por analoga de la ley penal y de las normas que restrinjan derechos. 10. El principio de no ser penado sin proceso judicial. 11. La aplicacin de la ley ms favorable al procesado en caso de duda o de conflicto entre leyes penales. 12. El principio de no ser condenado en ausencia. 13. La prohibicin de revivir procesos fenecidos con resolucin ejecutoriada. La amnista, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripcin producen los efectos de cosa juzgada. 14. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningn estado del proceso. Toda persona ser informada inmediatamente y por escrito de la causa o las razones de su detencin. 15. El principio de que toda persona debe ser informada, inmediatamente y por escrito, de las causas o razones de su detencin.

16. El principio de la gratuidad de la administracin de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos; y, para todos, en los casos que la ley seala. 17. La participacin popular en el nombramiento y en la revocacin de magistrados, conforme a ley. 18. La obligacin del Poder Ejecutivo de prestar la colaboracin que en los procesos le sea requerida. 19. La prohibicin de ejercer funcin judicial por quien no ha sido nombrado en la forma prevista por la Constitucin o la ley. Los rganos jurisdiccionales no pueden darle posesin del cargo, bajo responsabilidad. 20. El principio del derecho de toda persona de formular anlisis y crticas de las resoluciones y sentencias judiciales, con las limitaciones de ley. 21. El derecho de los reclusos y sentenciados de ocupar establecimientos adecuados. 22. El principio de que el rgimen penitenciario tiene por objeto la reeducacin, rehabilitacin y reincorporacin del penado a la sociedad.(articulo 139 ,cap. VIII)

BIBLIOGRAFA

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