Directiva representantes legales

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PARA: DE: DIRECTIVA REPRESENTANTES LEGALES OPERADORES SOCIALES DIRECTORA GENERAL AGENCIA NACIONAL PARA LA SUPERACiÓN DE LA POBREZA EXTREMA - ANSPE Con el fin de alcanzar 105objetivos y retos del Gobierno Nacional en la lucha contra la extrema pobreza se puso en marcha la Red de Protección Social para la Superación de la Pobreza Extrema - UNIDOS, estrategia de intervención integral y coordinada por parte de 105diferentes organismos y niveles del Estado, que permite optimizar y lograr sinergias de 105recursos disponibles para mejorar las condiciones de vida de las familias en situación de extrema pobreza. Para garantizar que la estrategia Red de Protección Social para la Superación de la Pobreza Extrema - UNIDOS, fuera ejecutada, supervisada y coordinada por una entidad de gobierno, mediante Decreto No. 4160 del 3 de noviembre de 2011, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada AGENCIA NACIONAL PARA LA SUPERACiÓN DE LA POBREZA EXTREMA - ANSPE del orden nacional, con personería juridica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, perteneciente al Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, cuyo objetivo es participar, con otras entidades competentes y 105 entes territoriales, en la formulación de política pública para la superación de la pobreza extrema y coordinar la implementación de la estrategia nacional de superación de la pobreza extrema a través de la articulación con actores públicos y privados y la promoción de la innovación social, entre otros. Con el propósito de alcanzar 105objetivos planteados, la ANSPE celebró 105respectivos contratos de prestación de servicios con 105 diferentes operadores sociales para la implementación de la estrate9ia en terreno, y para este caso en particular damos alcance a lo establecido en la CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, numeral 11.OBLIGACIONES ESPECíFICAS DEL OPERADOR SOCIAL DE UNIDOS, literal c. Acompañamiento Familiar y Comunitario, numeral xv, de 105 contratos suscritos con las entidades que ustedes representan, aparte que se transcribe a continuación: "Seguir todos los lineamientos técnicos y metodológicos de la Red UNIDOS establecidos en el contrato y demás documentos entregados durante la ejecución del mismo, independientemente de sus posiciones ideológicas, políticas o religiosas, las cuales no podrán impartir a ningún miembro contratado por el Operador Social, ni a las familias beneficiarias de la Estrategia "El Operador Social deberá aportar declaración juramentada firmada por el Representante Legal de lo mencionado en el presente numeral, al momento de suscripción del contrato" ! PROSPERIDAD I PARA TODOS Carrera 13 No. 60-67, Bogotá, Colombia I PBX 57(1) 594 3510 www.anspe.gov.co

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PARA:

DE:

DIRECTIVA

REPRESENTANTES LEGALESOPERADORES SOCIALES

DIRECTORA GENERALAGENCIA NACIONAL PARA LA SUPERACiÓN DE LA POBREZAEXTREMA - ANSPE

Con el fin de alcanzar 105 objetivos y retos del Gobierno Nacional en la lucha contra laextrema pobreza se puso en marcha la Red de Protección Social para la Superación de laPobreza Extrema - UNIDOS, estrategia de intervención integral y coordinada por parte de105diferentes organismos y niveles del Estado, que permite optimizar y lograr sinergias de105recursos disponibles para mejorar las condiciones de vida de las familias en situaciónde extrema pobreza.

Para garantizar que la estrategia Red de Protección Social para la Superación de laPobreza Extrema - UNIDOS, fuera ejecutada, supervisada y coordinada por una entidadde gobierno, mediante Decreto No. 4160 del 3 de noviembre de 2011, se creó la UnidadAdministrativa Especial denominada AGENCIA NACIONAL PARA LA SUPERACiÓN DELA POBREZA EXTREMA - ANSPE del orden nacional, con personería juridica, autonomíaadministrativa y financiera y patrimonio propio, perteneciente al Sector Administrativo deInclusión Social y Reconciliación, cuyo objetivo es participar, con otras entidadescompetentes y 105 entes territoriales, en la formulación de política pública para lasuperación de la pobreza extrema y coordinar la implementación de la estrategia nacionalde superación de la pobreza extrema a través de la articulación con actores públicos yprivados y la promoción de la innovación social, entre otros.

Con el propósito de alcanzar 105objetivos planteados, la ANSPE celebró 105respectivoscontratos de prestación de servicios con 105 diferentes operadores sociales para laimplementación de la estrate9ia en terreno, y para este caso en particular damos alcancea lo establecido en la CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA,numeral 11.OBLIGACIONES ESPECíFICAS DEL OPERADOR SOCIAL DE UNIDOS,literal c. Acompañamiento Familiar y Comunitario, numeral xv, de 105 contratossuscritos con las entidades que ustedes representan, aparte que se transcribe acontinuación:

"Seguir todos los lineamientos técnicos y metodológicos de la Red UNIDOS establecidosen el contrato y demás documentos entregados durante la ejecución del mismo,independientemente de sus posiciones ideológicas, políticas o religiosas, las cuales nopodrán impartir a ningún miembro contratado por el Operador Social, ni a las familiasbeneficiarias de la Estrategia "El Operador Social deberá aportar declaración juramentadafirmada por el Representante Legal de lo mencionado en el presente numeral, al momentode suscripción del contrato"

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Carrera 13 No. 60-67, Bogotá, Colombia I PBX 57(1) 594 3510www.anspe.gov.co

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En virtud de lo anterior, y de los principios que rigen la función pública y la debidaejecución de los recursos públicos, les solicito amablemente que requieran a losCogestores Sociales y demás personas que están vinculados con el Operador Social,cuyos honorarios se pagan con recursos públicos, a realizar un adecuado uso de lasredes sociales a los cuales estas personas se encuentren suscritas.

Comentarios de indole político, religioso o de otra naturaleza que afecten los principios detransparencia y neutralidad, transgreden ampliamente los preceptos de la Entidad, la cualen su función pública y social se ha caracterizado por tomar distancia de cualquier tipo deposición por fuera del ámbito propio de su misión y naturaleza funcional.

Es de aclarar, que mediante la presente directiva no se pretende restringir el derecho deopinión, la libertad de expresión o la libertad de cultos, pero sí hacer énfasis en laexistencia de los límites a su ejercicio, teniendo en cuenta que las actividades quedesarrollan los diferentes actores de la RED, exigen un manejo adecuado y asertivo desus opiniones en los diferentes espacios personales y profesionales. Lo anterior,representa la observancia de la congruencia y el actuar ético que debe caracterizar aquienes con nuestras funciones y actividades contribuimos al cumplimiento de los finesestatales, de allí que el manejo de las redes sociales se convierta en un factor relevante almomento de expresar cualquier opinión o apreciación

Es innegable que en la actualidad las redes sociales hacen parte de los medios masivosde comunicación y que estas influencian de manera relevante a los ciudadanos, razón porla cual se debe tener especial cuidado en su utilización y más cuando se hacencomentarios que tienen que ver con la estrategia influyendo tanto positiva comonegativamente en las familias beneficiarias y en general en la imagen institucional de laEntidad.

Asi las cosas, les solicito que a partir de la fecha y en virtud de las facultades que ustedesostentan como representantes legales de las entidades que actualmente son OperadoresSociales de la Red UNIDOS y que a su vez fungen como contratantes de los diferentesactores de la RED, presten especial atención al adecuado manejo que estos contratistas ofuncionarios den a las redes sociales en relación con los asuntos inherentes a la Entidad,para asi evitar el deterioro del posicionamiento de la misma y la afectación alcumplimiento de sus objetivos.

Atentamente,

~1~ANTlLLODirectora GeneralAgencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema

~oyectó: Carlos Salazar Echavarrfa

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