Directiva n° 005 2014

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” DIRECTIVA N° 005 -2014-GR.CAJ/DRE.CAJ/UGEL.CAJ/AGP-ETOE NORMAS QUE REGULAN ELPROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE SOLICITUDES DE EXCURSIONES O VISITAS DE LOS ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA JURISDICCIÓN DE LA UGEL CAJAMARCA I. FINALIDAD La presente directiva tiene por finalidad normar el procedimiento para la aprobación de las solicitudes de Excursiones o Visitas de los estudiantes de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productiva de la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local Cajamarca. II. OBJETIVOS 2.1. Establecer el procedimiento correcto para obtener la autorización y/o aprobación de las solicitudes de excursiones o visitas. 2.2. Garantizar el cumplimiento de los requisitos, que garanticen la seguridad integral de los estudiantes durante la ejecución de excursiones o visitas. III. BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley N° 28044, Ley general de Educación. 3.3. Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial. 3.4. Ley N° 29719, Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas. 3.5. Ley N° 27444, Ley del Procedimientos Administrativos General. 3.6. Ley N° 27337, Código de los Niños, Niñas y Adolescentes. 3.7. D.S N° 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. 3.8. D.S N° 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa. 3.9. D.S. N° 011-2012-ED, Nuevo Reglamento Integral de la Ley General de Educación Nº 28044. 3.10. D.S. N° 010-2012-ED, que aprueba el reglamento de la ley N° 29719. 3.11. R.M Nº 0622-2013-ED, aprobar la Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica”. 3.12. R.M. N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, “Lineamientos para la Prevención y Protección de las y los estudiantes contra la Violencia Ejercida por Personal de las Instituciones Educativas”.

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

DIRECTIVA N° 005 -2014-GR.CAJ/DRE.CAJ/UGEL.CAJ/AGP-ETOE

NORMAS QUE REGULAN ELPROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DESOLICITUDES DE EXCURSIONES O VISITAS DE LOS ESTUDIANTES DE LAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA JURISDICCIÓN DE LA UGEL CAJAMARCA

I. FINALIDADLa presente directiva tiene por finalidad normar el procedimiento para la aprobación de lassolicitudes de Excursiones o Visitas de los estudiantes de las Instituciones Educativas Públicas yPrivadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativay Educación Técnico Productiva de la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa LocalCajamarca.II. OBJETIVOS2.1. Establecer el procedimiento correcto para obtener la autorización y/o aprobación de lassolicitudes de excursiones o visitas.2.2. Garantizar el cumplimiento de los requisitos, que garanticen la seguridad integral de losestudiantes durante la ejecución de excursiones o visitas.

III. BASE LEGAL3.1. Constitución Política del Perú.3.2. Ley N° 28044, Ley general de Educación.3.3. Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.3.4. Ley N° 29719, Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las InstitucionesEducativas.3.5. Ley N° 27444, Ley del Procedimientos Administrativos General.3.6. Ley N° 27337, Código de los Niños, Niñas y Adolescentes.3.7. D.S N° 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.3.8. D.S N° 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones deEducación y de las Unidades de Gestión Educativa.3.9. D.S. N° 011-2012-ED, Nuevo Reglamento Integral de la Ley General de Educación Nº28044.3.10. D.S. N° 010-2012-ED, que aprueba el reglamento de la ley N° 29719.3.11. R.M Nº 0622-2013-ED, aprobar la Norma Técnica denominada “Normas y Orientacionespara el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica”.3.12. R.M. N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-OET,“Lineamientos para la Prevención y Protección de las y los estudiantes contra la ViolenciaEjercida por Personal de las Instituciones Educativas”.

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”3.13. R.M. Nº 0394-2008-ED"Aprueban normas que regulan el procedimiento para laAprobación de las solicitudes de excursiones o visitas de los estudiantes formuladas porlas Instituciones Educativas".3.14. DIRECTIVA Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la campaña desensibilización y promoción "Tengo Derecho al Buen Trato" que incluye a la convivenciaEscolar Democrática".IV. ALCANCES4.1. Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca.4.2. Área de Gestión Pedagógica.4.3. Direcciones de Instituciones Educativas de Educación Básica Regular (EBR), BásicaEspecial (EBE), Educación Básica Alternativa(EBA) y Educación Técnico Productiva (ETP)de la jurisdicción de la UGEL Cajamarca.V. DISPOSICIONES GENERALES5.1. Los y las Directores (as) de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular,Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico Productivade la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca, son losresponsables de autorizar las excursiones o visitas de los y las estudiantes con larespectiva Resolución Directoral Institucional.5.2. Firmar contratos con empresas u operadores turísticos formales, que garanticen un buenservicio y cuenten con todos los documentos requeridos de acuerdo a Ley.5.3. Las excursiones o visitas de estudios deben tener como objetivo la complementación deldesarrollo curricular y estar consignados en el Plan de Aula.

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS6.1. REQUISITOS BÁSICOS QUE DEBE CONTENER El EXPEDIENTE PARA AUTORIZACIÓNDE EXCURSIONES O VISITAS A NIVEL LOCAL:

Nivel Local: Comprende la provincia de Cajamarca: distrito de Cajamarca, Encañada, SanJuan, Baños del Inca, Jesús, Namora, Llacanora, Asunción, Chetilla, Cospán y Magdalena,teniendo una duración de 01 día.a) FUT dirigido a la Dirección de la Institución Educativa.b) Plan de excursión o visita, precisando el lugar de salida, lugar o lugares de destino; díay hora de salida y retorno.c) Resolución Directoral de la Institución Educativa aprobando el Plan de Viaje.d) Relación de Estudiantes participantes adjuntando copia de DNI y/o Partida deNacimiento (vigentes y legible).e) Declaración Jurada del padre y/o madre de familia, apoderado (a) y/o tutor (a)encargado (a) de la custodia y educación del o la estudiante.f) Relación de tutores (as), docentes, padres y/o madres de familia que acompañan a losestudiantes, adjuntando copia de DNI (vigentes y legible).g) Copia del contrato con la empresa de transporte o agencia de viajes que efectuará eltraslado y retorno de los y las estudiantes.h) Póliza de Seguro de vida y de Accidentes de Tránsito (SOAT Provincial y/o Regional),vigente y legible.

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”i) Constancia oficial que acredite que la unidad móvil que transportará a los estudiantes,cuenta con la certificación de operatividad que garantice encontrarse en condicionestécnicas óptimas de cumplir con la ruta de excursión o visita. Asimismo, contar con lacapacidad necesaria para el normal transporte de los participantes en la ruta de laexcursión o visita (los documentos relacionados a la empresa, vehículo, SOAT,conductor, otros; se tendrá en cuenta el Anexo N° 04).6.2. REQUISITOS PARA EXCURSIONES O VISITAS INTER REGIONALES O FUERA DELPAÍS:a. FUT dirigido a la Dirección de la Institución Educativa.b. Plan de excursión o visita, precisando el lugar de salida, lugar o lugares dedestino; día y hora de salida y retorno.c. Resolución Directoral Institucional aprobando el Plan de Viaje (según Anexo N°).d. Relación de Estudiantes participantes adjuntando copia de DNI (vigentes yvisibles) y/o Partida de Nacimiento (según Anexo N° 02).e. Autorización Notarial del padre y/o madre de familia o apoderado (a) y/o tutor(a) encargado (a) de la custodia y educación del o la estudiante (debidamentesustentada), para excursiones o vitas que se realicen dentro del país.f. Autorización por el Juez o alguna otra autoridad de la Comunidad (donde noexiste Notaría), firmado y con huella digital necesariamente del padre y madre defamilia o apoderado (a) y/o tutor (a) encargado de la custodia y educación del ola estudiante (debidamente justificado) para excursiones o visitas que se realicendentro del país.g. Autorización Notarial de ambos padres para los viajes fuera del País.h. Relación de tutores (as), docentes, padres y/o madres de familia que acompañana los y las estudiantes, adjuntando copia de DNI vigente y visible (según Anexo N°02).i. Certificado de Buena Salud de cada estudiante expedido por el Centro de Salud opor algún Puesto de Salud más cercano.j. Copia del contrato con la empresa de transporte o agencia de viajes que efectuaráel traslado y retorno de los estudiantes.k. Póliza de Seguro de vida y de Accidentes de Tránsito (SOAT Regional y/oNacional según sea el caso), vigente y legible.l. Constancia oficial que acredite que la unidad móvil que transportará a losestudiantes, cuenta con la certificación de operatividad que garanticeencontrarse en condiciones técnicas óptimas de cumplir con la ruta de excursióno visita. Asimismo, contar con la capacidad necesaria para el normal transportede los participantes en la ruta de la excursión o visita (los documentosrelacionados a la empresa, vehículo, SOAT, conductores, otros (vigentes ylegibles), etc. se tendrá en cuenta el Anexo N° 04).m. Constancia de reserva confirmada de transporte terrestre, ferroviario, aéreo omarítimo para la excursión o visita promocional, comprendiendo el lugar desalida, de retorno y para cada uno de los lugares turísticos a visitar.n. Constancia expedida por la Dirección Regional del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en la que se certifique que la empresa de transporte a cargo dela excursión o visita cuenta con el permiso respectivo para realizar estosservicios.

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”o. Elevar el expediente completo mediante FUT u Oficio dirigido al Director de laUnidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca, para su autorizaciónresolutivamente.p. Hacer llegar en virtual la nómina de integrantes que participaran en la excursióno visita de estudios (Anexo N°02), el Itinerario (Anexo N°03) y datos de laAgencia de Viajes o Empresa de Transportes (Anexo N° 04), al responsable y/oencargado de la Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca.6.3. Para el caso específico de las excursiones o visitas guiadas a la ciudad del Cuzco yMachu Picchu, en atención a la creciente demanda de solicitudes de aprobación deexcursiones o visitas guiadas a nivel nacional se deberá previamente establecer lascoordinaciones con las entidades responsables de ambos lugares con la finalidad deevitar retrasos o postergaciones en perjuicio de los y las estudiantes.6.4. Por cada 15 estudiantes bebe haber una persona adulta responsable a fin de que seencargue del control y vigilancia de los y las estudiantes y con ello cautelar laintegridad de los mismos.6.5. Toda delegación deberá contar con la participación del 50% más uno de los y lasestudiantes de acuerdo a la Nómina de Matrícula a fin de que se justifique lasuspensión de dictado de clases.6.6. El o la docente responsable debe presentar el Plan de Recuperación de horaspedagógicas efectivas de los y las estudiantes que no realicen la excursión o visita deestudio.6.7. DE LA APROBACIÓN DE SOLICITUDES:a) Las solicitudes de excursión o viaje de promoción por estudios fuera de lalocalidad, región u otros, para su aprobación por la Unidad de Gestión Educativade Cajamarca, deben ser presentados hasta 20 días hábiles antes de su ejecución,caso contrario será de entera responsabilidad de la Institución Educativa. Antesde ingresar el Expediente en Mesa de Partes, debe contar con el V°B° delresponsable y/o encargado de la Unidad de Gestión Educativa Local deCajamarca.b) Las excursiones o visitas que se realicen a nivel local, serán autorizados por el ola director (a) de la Institución Educativa no siendo indispensable su remisión ala Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca; expediente debe obrar enarchivo bajo responsabilidad técnica, administrativa y legal.c) Para el viaje de los y las estudiantes fuera del país solos o acompañados por unode sus padres, es obligatoria la Autorización Notarial de ambos padres. En casode fallecimiento de uno de sus padres o de estar reconocido el hijo por uno solode ellos, bastará el consentimiento del padre o la madre sobreviviente o del queefectuó el reconocimiento, debiendo constar en el permiso notarial haber tenidoa la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente.d) Es competencia del juez especializado autorizar la excursión o visita de los y lasestudiantes dentro del país por ausencia o disentimiento de uno de ellos, para locual el responsable presentará los documentos justificatorios de la petición.e) El o la Director (a) de la Institución Educativa que solicite la autorización al INC uotra institución Pública con el pretexto de delegación cultural y/o artística paraobviar la presentación de expedientes en la Unidad de Gestión Educativa Local deCajamarca, será sancionado administrativamente.f) Para los viajes a las ciudades fuera del país, acercarse previamente a la Oficina deMigraciones de los países vecinos u otros pertinentes para recabar los requisitosexigidos, luego a la Unidad de Gestión Educativa Local de Cajamarca.

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VII. DISPOSICIONES FINALES:7.1. Los y las Directores (a) de las instituciones educativas, son responsables delcumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Directiva.7.2. El o la Tutor (a) es responsable de la delegación y los acompañamientos y estáobligado bajo responsabilidad a permanecer junto con los estudiantes y compartir losmismos servicios de alimentación, alojamiento y movilidad colectiva.7.3. Está prohibido incluir en la delegación a personas no consideradas en la ResoluciónDirectoral Institucional o en la Resolución Directoral de la Unidad de GestiónEducativa Local de Cajamarca.7.4. Es responsabilidad del Director difundir la presente Directiva a los interesados demanera oportuna.7.5. Las instituciones Educativas que realizan excursiones o visitas, beben adjuntarnecesariamente y obligatoriamente copias fedateadas del expediente con losdocumentos personales y del vehículo vigente y legible.7.6. El incumplimiento de la presente Directiva, dará origen a la apertura del procesoadministrativo y sanciones.7.7. Las excursiones o visitas promocionales de los y las estudiantes, se realizan en losmeses de enero a noviembre, no debiendo exceder los siete días calendarios deestadía.7.8. Los anexos que se adjuntan a la presente directiva son de carácter obligatorio sucumplimiento.7.9. Los casos no previstos en la presente Directiva, serán resueltas por el Área de Tutoríay Orientación Educativa y la Jefatura del Área de Gestión Pedagógica de la Unidad deGestión Educativa Local de Cajamarca.Cajamarca, 16 de abril de 2014

_________________________________Prof. JORGE MANFREDO MARTÍNEZ OBLITAS

DIRECTOR – UGELCAJAMARCA

JMMO/DVAC/AGPMNVCH/AJMMDA/AGISJTQ/AADAARO/ETOE y EEBETiraje 50