Directiva regional Nª 07 2016 cetpros gobierno regional piura
Directiva Final Cetpros 2009(j)[1]
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“AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA”
“Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”
DIRECTIVA Nº 056 - 2009-GRA/DREA-DGP-EEAC
NORMAS Y ORIENTACIONES PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR 2009 EN LOS CENTROS DE EDUCACION TECNICO
PRODUCTIVA (CETPRO)
I. FINALIDAD:
Normar las actividades y procedimientos técnico pedagógicos y administrativos que deben cumplir los Centros de Educación Técnico Productivos públicos y privados y las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, al finalizar el Año Escolar 2009.
II. OBJETIVOS:
2.1. Orientar las actividades y procedimientos técnico pedagógicos y administrativos que se deben promover y ejecutar en las Unidades de Gestión Educativa Local y los Centros de Educación Técnico Productivos públicos y privados, al finalizar el Año Escolar 2009.
2.2. Establecer los lineamientos básicos del trabajo técnico pedagógico y administrativo en el ámbito de la Región de Educación de Ayacucho.
III. BASES LEGALES:
Constitución Política del Perú Ley General de Educación Nº 28044 Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, su modificatoria Ley Nº 25212 y su Reglamento D.S. Nº 019-
90-ED. Ley Nº 26549 Ley de Centros Educativos Privados y su Reglamento D.S. Nº 001-96-ED. Ley Nº 27783. Ley de Bases de la Descentralización. Ley Nº 29062. Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública
Magisterial. D. S. Nº 015-2002-ED. Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales
de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local. D. S. Nº 022-2004-ED. Reglamento de Educación Técnico Productiva. D. S. Nº 009-2005-ED. Reglamento de Gestión del Sistema Educativo. Decreto Supremo Nº 008-2006-ED, que aprueba los “Lineamientos para el Seguimiento y Control
de la Labor Efectiva de Trabajo docente en las Instituciones Educativas Públicas. Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29062, Ley que
modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial. Resolución Ministerial Nº 0441-2008-ED, que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año
Escolar 2009 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico – Productiva”. R.M. Nº 0229-2009-ED, Reprogramación de Actividades Escolares RD. Nº 588-2006-ED que aprueba el Diseño Curricular Básico para la educación Técnica
Productiva -Ciclo Básico. RD. 425-2006-ED que aprueba la Directiva Nº 092-2006-DINESUTP-DESTP “Normas para el
proceso de Experimentación Técnico Productiva”. RVM. Nª 085-2003-ED Aprueba Catalogo Nacional de Títulos y Certificaciones.
PERU Ministerio de Educación
Dirección Regional deEducación Ayacucho
Dirección de Gestión Pedagógica
RD. Nª 044-2004-ED “Aprueba Componentes denominados Referencia del Sistema Productivo y Módulos Educativos asociados del Catalogo Nacional de Títulos Profesionales y Certificaciones.
RD. 353-2006-ED Aprueba los formatos de los documentos Técnico pedagógicos de Educación Técnico Productiva (CETPRO).
RD. Nª 425-2006-ED “Normas para el Proceso de Experimentación en los Centros de Educación Técnico Productiva”.
Resolución Directoral Nº 130-2009-ED “Orientaciones para la autorización de nuevos módulos y/o especialidades en los Centros de Educación Técnico productiva (CETPRO).
Resolución Directoral Nº 201-2009-ED que Aprueba la Directiva sobre “orientaciones y procedimientos para la autorización de especialidades del Ciclo medio a los Centros de Educación Técnico Productiva- CETPRO”
IV. ALCANCES:
Dirección Regional de Educación de Ayacucho. Dirección de Gestión Pedagógica. Unidades de Gestión Educativa Local Centros de Educación Técnico Productivas públicas y privadas.
V. DISPOSICIONES GENERALES:
Las Unidades de Gestión Educativa Local y las Instituciones Educativas de Educación Secundaria de Menores Públicas y Privadas, deben cumplir con lo normado por la R. M. Nº 0441-2008-ED, que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2009 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico – Productiva”, los alcances de la Resolución Ministerial Nº 0229-2009-ED. Reprogramación de Actividades Escolares.
Los documentos a presentar al finalizar el Año Escolar 2009, serán aquellos que evidencian la Gestión Pedagógica, Administrativa e Institucional de los CETPRO. y de las UGEL.
Las actividades educativas del Año Escolar 2009 en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas se darán por concluidas al término de las 40 semanas efectivas de clases.
La CLAUSURA se realizará garantizando el cumplimiento de las 1 200 horas mínimas de trabajo pedagógico efectivo en las Instituciones Educativas, con AUTORIZACIÓN expresa de la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente a partir del 31 de diciembre del 2009.
VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS:
6.1.REGISTRO Y ACTA OFICIAL DE EVALUACIÓN:El docente es el responsable del desarrollo de cada módulo ofertado de acuerdo a la programación curricular y su correspondiente evaluación. Para el caso del llenado de registro y actas se deberá tener en cuenta lo siguiente:
La nota Mínima Aprobatoria en el Módulo es Doce (12) Se deberá tener en cada unidad didáctica un número de capacidades terminales de acuerdo a la
complejidad de cada módulo de manera ponderada en relación a las horas del módulo ofertado. Las Notas tanto en el Registro y en el Acta se llenarán con tinta líquida y las Capacidades
terminales y otros datos a computadora o impresión Láser que garantice la durabilidad del documento en el archivo del CETPRO y la UGEL.
No existe repitencia de alumnos en la modalidad. La Nota obtenida en la Práctica Pre Profesional no se tomará en cuenta para el puntaje ni para
el promedio del módulo, solo se tendrá en cuenta para la certificación.
Para el nivel de LOGRO en el Registro de notas, se deberá tener en cuenta la nota del ULTIMO LOGRO del criterio de evaluación de la capacidad terminal; en el rubro de EVALUACIÓN DEL MODULO se procederá a trasladar el nivel de logro de cada capacidad terminal y se realizará la sumatoria de las capacidades terminales para el PUNTAJE debiendo ésta dividirse entre el número de capacidades para obtener el PROMEDIO; debiéndose registrarse como tal en el ACTA oficial.
6.2.ACTAS CONSOLIDADAS DE EVALUACIÓN:
El Director del Centro de Educación Técnico Productiva conformará Comisiones de Trabajo mediante Resolución Directoral. Se propone las siguientes comisiones:
Comisión de revisión de Registros Oficiales de Evaluación. Comisión de elaboración y revisión de las Actas Consolidadas.
6.4.1 Elaboración del Acta Consolidadas de Evaluación:Las Actas Consolidadas de Evaluación serán revisadas por la Comisión correspondiente, se presentaran en papel A-4 de 80 gramos, utilizando tinta líquida o Impresión Láser que garantice la durabilidad del documento en el archivo de la Institución Educativa. Se presentará en dos o tres ejemplares originales, de acuerdo a la estructura organizacional de cada UGEL, consignando las siguientes anotaciones según los casos:
RET y Nº de Resolución Directoral de la Institución Educativa, cuando el retiro es por 30% DE INASISTENCIAS.
6.3.DOCUMENTOS E INFORMES QUE DEBEN PRESENTAR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS A LAS UGEL: Informe Ejecutivo de Gestión Anual – IGA, sobre los siguientes aspectos:
- Informe sobre el desarrollo del itinerario modular y/o curricular indicando logros, dificultades y sugerencias e inventario.
- Uso y conservación de materiales educativos.- Sistema de Evaluación de los aprendizajes.- Cumplimiento de Horas Efectivas de Clases, según el Formato.- Supervisión y Monitoreo interno.
SUMATORIATRASLADAR AL ACTA OFICIAL
- Organización y funcionamiento del CONEI Informe del CONEI (Adjuntando evidencias de su funcionamiento). Inventario de bienes, Libro de Caja ingresos y gastos debidamente sustentado, Balance
Económico de ingresos y gastos documentado. Informe del Plan Anual de Trabajo y Estadística. Informe del Fondo Semilla ( Telas). Informe sobre la participación en la Semana de la Educación Técnica. Informe Consolidado (marzo-diciembre) control de asistencia de docentes (Faltas, Licencia,
Tardanza) Anexo 02 Informe Consolidado de horas trabajadas ( marzo-diciembre) 01 ficha por mes y el
consolidado. Anexo 03
6.4.DEL RECOJO Y CONSERVACION DEL MATERIAL EDUCATIVO Es responsabilidad de los y las Directores (as) de los Centros de Educación Técnico
Productivo de recuperar al término del Año Escolar, los materiales educativos dotados (Herramientas, Textos, módulos y otros) por el Ministerio Educación entregados a los estudiantes de cada módulo bajo su responsabilidad.
6.5.DOCUMENTOS E INFORMES QUE DEBEN PRESENTAR LAS UNIDADES DE GESTIÓN
EDUCATIVA LOCAL A LA DREA. Informe Ejecutivo de la Gestión Pedagógica Anual, según el anexo Nº 01 que se adjunta a la
presente Directiva. Informe Consolidado de los Talleres de Réplica de las Macro Regionales, utilizando el
Esquema proporcionado por el Ministerio de Educación. Informe Consolidado sobre la organización, implementación y funcionamiento de las Redes
Educativas, utilizando el Esquema proporcionado por el Ministerio de Educación. Informe sobre el desarrollo de la “Semana de La Educación Técnica” Informe Técnico consolidado de las actividades de Prácticas Pre- Profesionales y Proyectos
Productivos. Informe de Capacitación docente.
VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: Las Unidades de Gestión Educativa Local garantizarán el cumplimiento de los alcances de
la presente Directiva. La entrega de documentos de los Directores de las Instituciones Educativas a las UGEL, se
cumplirá, inmediatamente después de la clausura del Año Escolar 2009. Las Unidades de Gestión Educativa Local, cumplirán con la remisión de los Informes
Consolidados a la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, hasta el 11 de enero del 2010 indefectiblemente.
Los casos no previstos en la presente Directiva serán normados y absueltos por las Unidades de Gestión Educativa Local.
Ayacucho, diciembre del 2009
Lic. Ricardo ARONE HUAMANIDirector Regional de Educación
AYACUCHORAH/DREALSC/DGPFVT/EEAC
ANEXO Nº 01(MODELO)
INFORME DE LA APLICACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PEDAGÓGICOS DE CICLO …………. EN EL CETPRO “ROSA DE AMÉRICA”.
MÓDULOS DESARROLLADOS POR EL DOCENTE EN EL AÑO ACADÉMICO-2009 - I
ESPECIALIDAD MÓDULOSHORA
S
FECHADE
INICIO
FECHA DETÉRMINO
ALUMNOSMATRICULADOS
ALUMNOSAPROBADOS
ALUMNOSRETIRADOS
H M H M H M
MATRIZ DE LOGROS, DIFICULTADES Y SUGERENCIAS EN EL DESARROLLO MODULAR
LOGROS DIFICULTADES MEDIDAS ADAPTADAS SUGERENCIAS
MÓDULO Nº 01
CONTENIDOS DESARROLLADOS EN LA FORMACIÓN ESPECIFICA, COMPLEMENTARIA Y PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL (P.P.P)
COMPONENTES CONTENIDOS % HORAS
FORMACIÓN TÉCNICOPRODUCTIVA ( ESPECIFICA)
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
PRÁCTICA PRE PROFESIONAL
TOTAL
MÓDULO Nº 02
CONTENIDOS DESARROLLADOS EN LA FORMACIÓN ESPECÍFICA, COMPLEMENTARIA Y PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL (P.P.P)
COMPONENTES CONTENIDOS % HORAS
FORMACIÓN TÉCNICOPRODUCTIVA ( ESPECIFICA)
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
PRÁCTICA PRE PROFESIONAL TOTAL
ORGANIZACIÓN DE LA PRÁCTICA PRE PROFESIONAL
ESPECIALIDAD MÓDULOS
P P P PROYECTOSPRODUCTIVOS
DESARROLLADOEN EL CETPRO
INSTITUCIONESDONDE DESARROLLARON
SUS PRÁCTICASLOS ALUMNOS
ALUMNOSQUE NO
DESRROLLARON
SUS P.P.P
EN EL CETPRO (Nº. ALUMNOS)
EN EL SECTOR PRODUCTIVO
(NºDE ALUMNOS)
PROYECTO PRODUCTIVO DESARROLLADO EN EL CETPRO
ESPECIALIDAD MODULOS NOMBRE DEL PROYECTO
DURACION CANTIDAD DE ALUMNOS
PARTICIPANTES
ACTIDADES BALANCE ECONOMICO
MATERIAL O EQUIPO
ADQUIRIDOINGRESOS: EGRESOS: UTILIDAD: INGRESOS: EGRESOS: UTILIDAD:
San Juan Bautista, diciembre de 2009
ANEXO Nº 02 (MODELO)
ANEXO Nº 03 (MODELO)