Dirección Corporativa de Administración y Servicios ... · Gerencia de Contrataciones para...

133
Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad VERSION FINAL Página 1 de 133 Bases de Concurso Abierto, Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos Número de Procedimiento de Contratación: CAS-GCPCC-SCD-I003-2016 No. Interno P6CT910001 No. SPyA 31390 Que se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 75 y 77 de la Ley de Petróleos Mexicanos, así como 11 Fracción I, 17 y 25 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y de conformidad con los Tratados de Libre Comercio que contienen un capítulo de compras del sector público, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones aplicables.. El objeto del concurso es: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE HIGIENE INDUSTRIAL EN PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIALA PRECIO FIJO Forma del Procedimiento: Mixto La participación durante el procedimiento de contratación podrá ser tanto presencial como electrónica y esta última a través del SISCeP, de acuerdo a las reglas establecidas en estas Bases. Obtención de las bases del Concurso: Las presentes bases de concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la fecha en que se publique su Convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos- de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el “Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) tendrán un costo de $ 2,500.00 M.N. incluido el IVA, Por lo que los interesados deberán realizar el pago a través del portal de PEMEX en la siguiente dirección electrónica:

Transcript of Dirección Corporativa de Administración y Servicios ... · Gerencia de Contrataciones para...

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 1 de 133

Bases de Concurso Abierto, Internacional bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos

Número de Procedimiento de Contratación:

CAS-GCPCC-SCD-I003-2016

No. Interno P6CT910001

No. SPyA 31390 Que se realiza de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 75 y 77 de la Ley de Petróleos Mexicanos, así como 11 Fracción I, 17 y 25 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias y de conformidad con los Tratados de Libre Comercio que contienen un capítulo de compras del sector público, suscritos por los Estados Unidos Mexicanos, y demás disposiciones aplicables..

El objeto del concurso es:

“ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE HIGIENE INDUSTRIAL EN PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL” A PRECIO FIJO

Forma del Procedimiento: Mixto La participación durante el procedimiento de contratación podrá ser tanto presencial como electrónica y esta última a través del SISCeP, de acuerdo a las reglas establecidas en estas Bases. Obtención de las bases del Concurso:

Las presentes bases de concurso estarán a disposición de los interesados a partir de la fecha en que se publique su Convocatoria en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el “Sistema de Contrataciones

Electrónicas Pemex (SISCeP) tendrán un costo de $ 2,500.00 M.N. incluido el IVA, Por lo que los interesados deberán realizar el pago a través del portal de PEMEX en la siguiente dirección electrónica:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 2 de 133

http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pago-Bases-Transformacion-Industrial.aspx

El pago de bases se podrá efectuar hasta un día hábil antes del acto de Presentación de Proposiciones y Apertura de Proposiciones Técnicas y será requisito obligatorio para poder presentar su proposición Nombre y Dirección de la Convocante: Petróleos Mexicanos Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial/ Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad/ Subgerencia de Contratación para Distribución Ubicada en Laguna de Mayran No.410, Edificio Torre Titano, Colonia: Anáhuac Delegación: Miguel Hidalgo C. P. 11320, Teléfono 1944-2500. Contacto: [email protected]

Nomenclatura empleada en estas bases: Para los efectos de las presentes bases se entenderá por: PEMEX: Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales DOPA: Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento CPAEP: Coordinación de Procura y Abastecimiento para Exploración y Producción CPATI: Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial CPASS: Coordinación de Procura y Abastecimiento para Servicios de Soporte GCPCC: Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad DOF: Diario Oficial de la Federación LPM: Ley de Petróleos Mexicanos RLPM: Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos DGC: Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias DA: Formatos y documentación administrativa DT: Documentación de carácter técnico DE: Documentación de carácter económico DP: Documentación de requisitos y criterios para la etapa de precalificación D: Requisitos y criterios de evaluación de las propuestas y criterio (s) de adjudicación SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios HIIP: Herramienta Integral de Información de Proveedores SISCeP: Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 3 de 133

Documentos que integran las bases de concurso

Sección/. Anexo / Docto.

Contenido

Información a considerar en el concurso y documentos que integran las bases

Sección I Bases del concurso

Sección II Información técnica del proyecto

Anexo 1 Especificaciones Técnicas.

Sección III Formatos y documentación administrativa

DA-1 Manifiesto de interés en participar.

DA-2 Formato para formular preguntas.

DA-3 Formato que contiene la información de la existencia legal y personalidad del participante (persona física o moral).

DA-4 Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algún supuesto de los artículos 12 de las DGC y 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

RB Formato de solicitud de registro básico (formulario).

DT-1 Convenio privado para la adquisición de bienes (propuesta conjunta).

Sección IV Documentación de carácter técnico

DT-9 Propuesta técnica.

Sección V Documentación de carácter económico

Anexo C Catálogo de conceptos.

Sección VI Documentación de requisitos y criterios para la etapa de precalificación – NO APLICA

Sección VII Requisitos y criterios de evaluación de las propuestas y criterio de adjudicación

D-1 Requisitos y criterios de evaluación legal/administrativa.

D-3 Requisitos y criterios de evaluación técnica.

D-4 Requisitos y criterios de adjudicación en procedimientos de contratación por método binario.

D-5 Criterio de adjudicación y desempate.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 4 de 133

Documentos que integran las bases de concurso

Sección/. Anexo / Docto.

Contenido

Sección VIII Documentación complementaria/informativa

Garantía

Adquisiciones y servicios para garantizar el debido cumplimiento de los contratos.

Adquisiciones y servicios para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

DI-1 Documentación requerida para la formalización del contrato.

Catálogo Maestro de Acreedores de Empresa Productiva Subsidiaria

Solicitud de registro en el catálogo maestro de acreedores.

Acreditamiento bancario.

Sección IX Modelo de contrato

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 5 de 133

INFORMACIÓN A CONSIDERAR EN EL CONCURSO

Petróleos Mexicanos es una Empresa Productiva del Estado, de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios y gozará de autonomía técnica, operativa y de gestión, conforme a lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos, con domicilio en la Ciudad de México, sin perjuicio de que para el desarrollo de sus actividades pueda establecer domicilios convencionales, tanto en territorio nacional como en el extranjero. I.- La información que se genere del concurso formará parte de las bases, y se publicará en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx dicha publicación surtirá efectos de notificación personal a los participantes, por lo que será responsabilidad de éstos revisar, conocer, analizar y considerar dicha información durante todas los eventos del procedimiento de contratación. II. Los eventos serán presididos por el servidor público designado por la convocante III.- Cronograma del procedimiento de contratación contendrá, en lo aplicable, lo siguiente:

Actos/Eventos Fecha/hora Ubicación

Primer evento de aclaraciones a las bases.

17 OCTUBRE-

2016 10:00 horas

Sala de juntas de la GCPCC ubicada en Laguna de Mayrán

410 PB Torre Titano

Versión Final de Bases 17

OCTUBRE-2016

Presentación de proposiciones y apertura de proposiciones técnicas.

27 OCTUBRE-

2016 10:00 horas

Sala de juntas de la GCPCC ubicada en Laguna de Mayrán

410 PB Torre Titano

Acto de resultado técnico y apertura de proposiciones económicas .

03 NOVIEMBR

E-2016 10:00 horas

Sala de juntas de la GCPCC ubicada en Laguna de Mayrán

410 PB Torre Titano

Notificación del fallo del concurso.

04 NOVIEMBR

E-2016 17:00 horas

Sala de juntas de la GCPCC ubicada en Laguna de Mayrán

410 PB Torre Titano de Mayrán 410 PB

Torre Titano

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 6 de 133

Los plazos, fechas, horarios y sitios aquí señalados, podrán ser modificados, haciéndolo del conocimiento de los interesados, a través de las Actas derivadas de los Eventos del Procedimiento, publicadas en el Portal de Petróleos Mexicanos http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/Pemex.aspx.y de su incorporación en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) IV. Información para participar en el procedimiento de contratación: Los interesados en participar en el presente procedimiento de contratación, deberán entregar la documentación siguiente:

Documento Descripción

Pago de las Bases del Concurso Abierto

Documento mediante el cual se acredite el pago de Bases de Concurso, como señal de haberse inscrito en el procedimiento de contratación.

Manifestación de interés en participar

Documento mediante el cual exprese su interés en participar, ya sea en original firmado presentado en las oficinas de la Convocante y/o mediante correo electrónico.

V. Derivado de los eventos de este procedimiento de contratación, se levantarán actas que servirán de constancia de la celebración de estos, las cuales serán firmadas por los asistentes, la falta de firma de algún participante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición de los interesados, a partir de la fecha del evento para efectos de notificación, en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP)

En dichas actas se señalarán la fecha, hora y ubicación en que se desarrollará el siguiente evento establecido en estas bases del concurso.

VI. Para participar, deberá enviar la “Manifestación de interés en participar”, a la cuenta del correo electrónico [email protected] y [email protected] y/o presentarlo en las oficinas de la Convocante a más tardar el día 26 de octubre de 2016. VII. En los casos en que los procedimientos de contratación se efectúen en oficinas o instalaciones que requieran un registro previo a su acceso a las mismas, las personas que asistan a los eventos del presente concurso deberán solicitarlo a la Convocante, cuando menos un día hábil anterior a la fecha de su realización, a través de la cuenta del correo electrónico del servidor público establecido en estas bases o a las extensiones 76222 o 76231. VIII. Para que el participante ingrese electrónicamente al presente procedimiento de contratación, deberá estar habilitado en la plataforma del Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP). Este ingreso permitirá el envío de información, documentación, comunicados y notificaciones del procedimiento de contratación. En caso de no contar con la habilitación en el SISCeP, podrá consultar el “Procedimiento para la participación de eventos electrónicos”, en la siguiente dirección:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 7 de 133

http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/contratacion/Paginas/default.aspx. Para esta habilitación, el participante deberá tomar en cuenta que, una vez que proporcione la información y documentación necesaria conforme al procedimiento, PEMEX procederá a la verificación de la misma y confirmación de su registro máximo en 48 horas. IX. La Convocante se abstendrá de considerar proposiciones o celebrar contratos con las personas que en lo individual o formando parte de un consorcio se encuentren en cualquiera de los supuestos señalados en la fracción VI del artículo 76 de la LPM, conforme a los criterios y procedimientos establecidos en el artículo 12 de las DGC.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 8 de 133

SECCIÓN I

ÍNDICE DE LAS BASES DEL CONCURSO

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 9 de 133

Con fundamento en los artículos 77 de la LPM, 25 de las DGC, y demás disposiciones aplicables, PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL a través de la Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad, dependiente de la CPA para Transformación Industrial, adscrita a la DOPA, emite las presentes bases del concurso, de acuerdo a lo siguiente:

Número Concepto

1. Descripción general de los bienes.

2. Plazo, lugar(es) y condición de entrega de los bienes; tipo y modalidad de contrato; ejercicios fiscales.

3. Condiciones de precio, moneda(s) en que se cotizará y anticipos.

4. Visita al sitio o instalaciones. – NO APLICA

5. Etapa de precalificación. – NO APLICA

6. Aclaraciones a las bases del concurso.

7. Modificaciones a las bases del concurso.

8. Consideraciones para la participación.

9. Preparación de las proposiciones.

10. Presentación y apertura de proposiciones.

11. Evaluación de las propuestas (Requisitos a cumplir)

12 Criterios de Adjudicación.

13 Aceptabilidad del Precio.

14. Causales de desechamiento.

15. Fallo.

16. Formalización del contrato.

17. Cancelación del concurso, partidas o conceptos.

18. Concurso desierto.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 10 de 133

Número Concepto

19. Recurso de Reconsideración.

20. Información confidencial o reservada de los participantes. – NO APLICA

21. Testigo Social. – NO APLICA

22. Fuentes de Financiamiento. – NO APLICA

23. Contenido Nacional. – NO APLICA

24. Mecanismo de aclaración de aspectos relacionados con el contenido de las propuestas.

25. Mecanismo de Subasta.

26. Esquemas en materia de integridad y ética corporativa.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 11 de 133

1.- Descripción general de los bienes: “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE HIGIENE INDUSTRIAL EN PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL” A PRECIO FIJO. 2.- Plazo, lugar(es) y condición de entrega de los bienes; tipo y modalidad de contrato; ejercicios fiscales. 2.1. Plazo de entrega de los bienes: El plazo de entrega de los bienes es de hasta 35 (treinta y cinco) días naturales, contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma del contrato correspondiente. 2.2. Lugar(es) y condición de entrega de los bienes: La entrega de los bienes será en el lugar o los lugares indicados en el del Anexo 1 denominado “Especificaciones Técnicas y Lugar de Entrega de los Bienes”, de estas bases de concurso. Los participantes deberán presentar su proposición considerando la condición de entrega de acuerdo a los Incoterms vigentes. 2.3. Tipo y modalidad de contrato: El tipo y modalidad de contrato que resulte del presente concurso, será de: Adquisición de Bienes, cerrado. 2.4.- Ejercicios fiscales: El (los) contrato(s) que resulte(n) de este concurso abarcará(n) el (los) ejercicio(s) fiscal(es) siguiente(s): 2016. 3.- Condiciones de precio, moneda(s) en que se cotizará y anticipos: 3.1.-Condiciones de precio: Los precios serán fijos. Los precios deberán cotizarse sin incluir el impuesto al valor agregado (I.V.A.), éste se deberá incorporar hasta la facturación. 3.2.- Moneda(s) en que se cotizará:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 12 de 133

La(s) moneda(s) en que se cotizará será(n): Pesos Mexicanos o Dólares Americanos, al tipo de cambio del día de la apertura de propuestas económicas publicado en el Diario Oficial de la Federación. 3.3.- Anticipos La convocante no otorgará anticipo. 4.- Visita al sitio o instalaciones: No habrá visita al sitio o instalaciones para este procedimiento de contratación. 5.- Etapa de precalificación. Para este concurso no aplicará precalificación de participantes. 6.- Aclaraciones a las bases del concurso: Solamente podrán formular cuestionamientos o expresar sus dudas relacionadas con las bases del concurso, las personas físicas o morales que hayan manifestado su interés en participar , o, de ser el caso, quienes hayan comprado las bases cuando éstas tengan un costo. El evento de aclaraciones a las bases del concurso será presidido por el servidor público designado por la Convocante, mismo que podrá convocar a posteriores eventos a las bases del concurso, informando a los participantes durante el evento, la fecha, hora y ubicación en la que se llevará acabo la junta, mediante el acta correspondiente que se pondrá a disposición a través del portal de internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-

contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP). La participación en la(s) junta(s) de aclaraciones de las bases, así como observar las adecuaciones que en dicha(s) junta(s) se generen para la presentación de los documentos, es responsabilidad exclusiva de los participantes. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera clara y estar directamente relacionadas con las bases del concurso y referidas al numeral o punto específico del cuestionamiento. En caso de no estar relacionadas, no se dará respuesta, situación que se asentará en el acta correspondiente. Los participantes podrán realizar y entregar sus preguntas por escrito, preferentemente en el Formato contenido en el Documento DA-2, en la dirección de la convocante debidamente firmadas por el representante del participante; o bien, enviarlas por correo electrónico en documento escaneado y firmado, y para facilidad del proceso en formato Microsoft Word o Excel, a la cuenta de correo [email protected], a nombre de la Lic. Gladys V. Arriaga Rodríguez, a más tardar el 14 de octubre de 2016 a las 17:00 horas.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 13 de 133

La convocante, de acuerdo a la hora, fecha y ubicación indicadas en el “Cronograma del procedimiento de contratación" de estas bases del concurso, procederá a dar respuesta a las preguntas recibidas previo al evento, de acuerdo a las condiciones establecidas en estas bases del concurso, dejando constancia de las respuestas en el acta correspondiente. En el caso de que las preguntas no fueran entregadas o enviadas en los tiempos y medios establecidos en el presente numeral, la convocante no les dará respuesta, solo en el caso en que la Convocante determine realizar otra junta de aclaraciones dará respuesta a las preguntas en comento. Para el caso particular de la última junta de aclaraciones a las bases del concurso, solo se dará respuesta durante el evento a las preguntas que se reciban un día hábil antes de la fecha y hora de la misma, o bien, se señalará en el acta de dicha junta, la fecha en la que se pondrán a disposición las respuestas correspondientes, a través del portal de internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP). En el caso de existir adecuaciones, estas serán asentadas en el acta de la(s) junta(s) de aclaraciones y formará(n) parte de la versión final de las bases del concurso, por lo que deberán ser tomadas en cuenta por los participantes para la elaboración de sus propuestas, ya que la evaluación de las mismas se realizará considerando dichas adecuaciones. El (las) acta(s) de aclaraciones de las bases, servirá(n) de constancia de la celebración del evento poniéndose a disposición de los interesados, a partir de la fecha del evento para efectos de notificación, en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-

contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) y será de su exclusiva responsabilidad, consultar y obtener dichos documentos. En caso de que después de llevada a cabo la última junta de aclaraciones, la Convocante requiera la inclusión de algún documento o reprogramar la fecha del evento de Presentación y apertura de proposiciones, la Convocante notificará el contenido de dicho documento o la necesidad de reprogramar la fecha del evento de Presentación y apertura de proposiciones a través del portal de internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx, y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) y será exclusiva responsabilidad del participante, consultar y obtener dichos documentos.

7.- Modificaciones a las bases del concurso: La convocante pondrá a disposición de los participantes la versión final de las bases del concurso a través del portal de internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx, y en el domicilio de la Convocante señalado en estas bases del concurso, y en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP), siendo responsabilidad del participante obtener un ejemplar de la misma.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 14 de 133

La versión final de las bases, o aquellos documentos que las modifiquen deberán ser observados por el participante para la elaboración de su propuesta. 8.- Consideraciones para la participación: 8.1.- Forma de participación. La participación del concursante en los eventos indicados en el “Cronograma del procedimiento de contratación" de estas bases del concurso, será de forma presencial y, la información y documentación relacionada a estos eventos, se presentará en forma documental y por escrito, en caso de requerir imágenes, muestras, etc., estas se deberán presentarse en físico.

Eventos Modalidad

Primer evento de aclaraciones a las bases. Presencial

Presentación de propuestas técnicas y económicas y apertura de propuestas técnicas.

Presencial

Resultado técnico y apertura de propuestas económicas

Presencial

Notificación del fallo del concurso. Presencial

Para la forma presencial, la información y documentación relacionada a estos eventos, se presentará en forma documental y por escrito, en caso de requerir imágenes, muestras, etc., estas se deberán presentarse en físico. Para la forma electrónica, la información y documentación relacionada a estos eventos, se presentará mediante archivos con formato electrónico utilizando el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP). 8.2.- Idioma. Procedimiento en idioma español. 8.3.- Subcontratación. Para este procedimiento de contratación no aplica la subcontratación. 8.4.- Consorcios. Un grupo de personas (consorcio) podrá, integrando sus capacidades técnicas y financieras, presentar una propuesta conjunta para participar, sin que para ello se requiera que constituyan una persona moral, de acuerdo a lo siguiente:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 15 de 133

a) Bastará con la manifestación de interés en participar en el procedimiento de contratación de una sola de las personas que forme parte del consorcio.

b) Deberán celebrar entre todas las personas que integran el consorcio, un convenio privado de

propuesta conjunta de acuerdo a lo establecido en el Documento DT-1 de las presentes bases. Dicho convenio deberá ser firmado por los representantes legales de cada uno de los integrantes del consorcio. El convenio formará parte del contrato que, en su caso, se adjudique.

c) La propuesta deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que haya sido

designado por los integrantes del consorcio.

d) Cuando la propuesta conjunta resulte adjudicada, el(los) contrato(s) deberá(n) ser firmado(s) por el representante legal de cada una de las personas integrantes del consorcio, a quienes se considerará para efectos del procedimiento de contratación y del (de los) contrato(s), como obligados solidarios.

8.5.- Negociación. En el presente concurso abierto podrá establecerse una etapa de negociación, en caso de determinarse así, se hará del conocimiento de los participantes durante el evento de Presentación de Proposiciones y Apertura de Proposiciones Técnicas una vez recibidas las propuestas, en dicho evento se entregará el mecanismo de negociación correspondiente. En caso de que se determine conveniente incluir una etapa de negociación, los importes de las propuestas recibidas no se harán del conocimiento de los participantes. La convocante exclusivamente negociará con los participantes que, de acuerdo con los criterios establecidos, hayan resultado elegibles y cuyas proposiciones originales hayan resultado solventes comercial, técnica y económicamente. En caso de no llevarse a cabo la etapa de Negociación, y como resultado de la evaluación de proposiciones se obtenga una sola propuesta solvente, la Convocante podrá negociar los términos de dicha propuesta en beneficio de la Empresa Productiva, dejando constancia de dicha Negociación. 9.- Preparación de las proposiciones: 9.1. Los participantes, en la preparación de sus propuestas, utilizarán, preferentemente, los formatos que se entregan como parte de estas bases, o bien, en sus propios formatos, siempre y cuando éstos contengan todos los elementos requeridos por la Convocante, en el orden que le sea señalado y en papel membretado del participante. Los participantes sólo podrán presentar una proposición en el concurso.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 16 de 133

9.2. El idioma para la presentación de la proposición será el español, excepto que se trate de catálogos, folletos e información técnica, mismos que podrán ser presentados en el idioma del país de origen, y deberán ser acompañados de una traducción simple al español. 9.3 La proposición deberá presentarse en dos sobres cerrados, integrados de la manera siguiente: Sobre 1.- Contendrá la propuesta técnica y la propuesta comercial. Sobre 2.- Contendrá la propuesta económica. Para facilidad del manejo de los documentos estarán preferentemente foliados y contenidos en carpeta(s) o folder(s), identificado por el frente deberá contar con portada, como a continuación se indica:

Sobre 1

Propuesta técnica / propuesta comercial

(Nombre, razón o

denominación social del participante)

Concurso Abierto ______________

No. ___

Sobre 2

Propuesta económica

(Nombre, razón o denominación social del

participante)

Concurso Abierto ______________

No. ___

El no presentar las propuestas foliadas, no será motivo para su descalificación o desechamiento. Las propuestas deberán ser rubricadas en todas sus hojas, con excepción de la última hoja del documento, la cual deberá ser firmada autógrafamente por la persona facultada (representante legal o representante común en caso de consorcio). 9.3.- Propuesta técnica. El participante deberá integrar dentro del sobre 1 su propuesta técnica debidamente separada e identificada dentro de una carpeta, o fólder con separadores, y conteniendo los documentos solicitados en el Documento D-3 de estas bases. 9.4.- Propuesta comercial. El participante podrá integrar dentro del sobre 1 su propuesta comercial, consistente en la documentación legal/administrativa) debidamente separada e identificada dentro de una carpeta,

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 17 de 133

o fólder con separadores y conteniendo los documentos solicitados en el Documento D-1 y en su caso, el Documento DT-1 respectivamente de estas bases. La propuesta comercial (documentación legal/administrativa), a elección del participante podrá entregarla dentro o fuera del sobre que contenga la proposición. 9.5.- Propuesta económica. El participante deberá integrar dentro del sobre 2 su propuesta económica debidamente separada e identificada dentro de una carpeta, o fólder con separadores y conteniendo documentos solicitados en el Documento D-4. Se recomienda a los participantes presentar un archivo electrónico de la propuesta económica en formato Word / Excel, lo anterior es con el objeto de facilitar la evaluación de las mismas, en el entendido de que no será motivo de desechamiento la falta de entrega de dicho archivo. 10.- Presentación y apertura de proposiciones. 10.1 Indicaciones Generales I. Una vez iniciado el acto, no se permitirá el acceso a ningún participante, ni observador y se

iniciará con el registro de los asistentes; para fines del horario se considerará el establecido en la página electrónica del Centro Nacional de Metrología de la Secretaría de Economía en la siguiente Dirección Electrónica: http://www.cenam.gob.mx/hora_oficial de la zona horaria que corresponda.

II. Solamente se recibirán proposiciones de los participantes, que hayan manifestado su interés en participar.

III. Solamente se recibirán proposiciones de los participantes que hayan comprado las bases cuando la Convocante así lo haya determinado.

IV. Con objeto de mantener el orden y respeto a los asistentes en el evento de presentación y apertura de proposiciones, los asistentes deberán mantener apagados los teléfonos celulares y cualquier aparato electrónico de comunicación o captura de imágenes, video y sonido.

V. Para una mejor conducción del evento, el servidor público designado por la Convocante para presidir este evento, podrá apoyarse de otros servidores públicos para realizar la revisión cuantitativa de la documentación presentada y rubricar la documentación que se establezca, lo cual quedará asentado en el Acta correspondiente.

VI. En caso de que alguna de la proposiciones recibidas en forma presencial, no estuviera foliada, la Convocante podrá foliar dicha proposición durante el evento de Presentación y Apertura de Proposiciones.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 18 de 133

VII. Recibidas las proposiciones, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta la conclusión del mismo. Asimismo, recibidas las proposiciones no se permitirá integrar documento alguno o modificar la misma, sin perjuicio de lo establecido en caso de que la convocante determine realizar una etapa de negociación.

Primer acto:

I. El acto de presentación y apertura de proposiciones será presidido por el servidor público designado por la Convocante, quien será la persona facultada para tomar las decisiones durante la realización del evento, mismo que se llevará a cabo en dos actos, en la fecha, hora y ubicación señaladas en el “Cronograma del procedimiento de contratación” de estas bases del concurso o en caso de que se modifiquen será en la fecha, hora y ubicación que se establezca en el acta de la última junta de aclaraciones a las bases, o en la comunicación por escrito que emita la Convocante con posterioridad a la última junta de aclaraciones a las bases.

II. En este acto los participantes deberán entregar su proposición en dos sobres cerrados por

separado, integrados de la manera siguiente: Sobre 1.- Contendrá la propuesta técnica y la propuesta comercial; sobre 2.- Contendrá la propuesta económica; una vez recibidos, el servidor público facultado para presidir el acto procederá a la apertura únicamente del sobre No. 1; de acuerdo con la lista de verificación de documentos, revisará que la proposición contenga todos y cada uno de los documentos solicitados en las Bases de concurso, haciendo constar, en la citada lista, la entrega o no de los mismos.

III. En caso de que algún participante presente su proposición (propuesta técnica, propuesta comercial y propuesta económica) en un solo sobre, el servidor público facultado para presidir el acto procederá a su apertura a fin de verificar si en su interior se encuentra el sobre cerrado correspondiente a la propuesta económica, de confirmarse que la propuesta económica no se encuentra contenida en otro sobre cerrado, dicha proposición no será aceptada para su revisión a detalle y dicha circunstancia se asentará en el acta correspondiente y la proposición quedará a resguardo de la convocante.

IV. En este acto el servidor público que lo preside y uno de los participantes elegido de entre los que hayan asistido, rubricará(n) los documentos de las proposiciones, mismas que quedarán a resguardo del servidor público facultado para presidir el acto. La falta de rúbrica de algún participante no invalidará su contenido y efectos.

V. Se levantará acta de presentación y apertura de propuestas técnica y comercial que servirá

de constancia de la celebración del acto, en la que se harán constar las propuestas técnicas y comerciales aceptadas para su análisis y evaluación, así como aquellas que no hayan sido aceptadas y las causas que lo motivaron. Asimismo, se indicará la fecha, hora y ubicación del Acto de notificación del resultado de las evaluaciones técnica y comercial, así como, la fecha, hora y ubicación de la apertura de propuestas económicas, la cual podrá anticiparse o diferirse, poniéndose el acta a disposición de los participantes a partir de la fecha de la

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 19 de 133

realización del primer acto, para efectos de notificación, en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-

contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y será de su exclusiva responsabilidad, consultar y obtener dichos documentos.

Segundo acto:

I. El servidor público que presida el acto dará a conocer el resultado de la evaluación técnica y el resultado de la evaluación comercial y llevará a cabo la apertura de los sobres de la(s) propuesta(s) económica(s) de (los) participante(s) cuya(s) propuesta(s) técnica y comercial hubiera(n) cumplido los requisitos establecidos en las bases, realizando una revisión cuantitativa de la(s) propuesta(s) económica(s), lo cual hará constar en el acta correspondiente.

II. En este acto el servidor público que lo preside y uno de los participantes elegido de entre los

que hayan asistido, rubricará(n) los documentos de las propuestas económicas, mismas que quedarán a resguardo del servidor público facultado para presidir el acto. La falta de rúbrica de algún participante no invalidará su contenido y efectos.

III. Se levantará acta de presentación y apertura de propuestas económicas que servirá de constancia de la celebración del acto, en la que se hará constar los resultados técnico y comercial, las propuestas económicas aceptadas para su análisis y evaluación, sus importes, así como aquellas que no hayan sido aceptadas y las causas que lo motivaron. Asimismo, se indicará la fecha, hora y ubicación del Acto de Notificación de Fallo del Concurso, la cual podrá anticiparse o diferirse, poniéndose a disposición de los participantes a partir de la fecha de la realización del segundo acto, para efectos de notificación, en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-

contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y será de su exclusiva responsabilidad, consultar y obtener dichos documentos.

En caso de que se hubiere determinado una etapa de negociación, el importe total de las propuestas no se hará del conocimiento de los participantes y éstos constarán en un documento independiente del acta, mismo que será firmado por el servidor público que presida el acto y por el representante de la Auditoría Interna.

11.- Evaluación de las propuestas (Requisitos a cumplir): La Convocante evaluará las propuestas utilizando el método y criterios previstos en estas bases de concurso, conforme a lo siguiente:

a) Requisitos comerciales: Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos solicitados en el Documento D-1 y en su caso, el Documento DT-1 de estas bases.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 20 de 133

b) Requisitos técnicos:

Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos solicitados en el Documento D-3 de estas bases.

c) Requisitos económicos: Se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos solicitados en el Documento D-4 de estas bases. 12.- Criterios de Adjudicación

Una vez hecha la evaluación de las propuestas, la adjudicación se hará de conformidad con lo siguiente:

Subasta Descendente. I.- El mecanismo de Subasta Descendente, se llevará a cabo de acuerdo a lo indicado los artículos

77 de la Ley de Petróleos Mexicanos y II.11.2, de las Políticas y Lineamientos para Procura y Abastecimiento conforme a lo siguiente:

a) Se realizará por solicitud de pedido completa. b) Se llevará a cabo con aquellos concursantes que hayan cumplido técnicamente y que se hayan

considerado solventes económicamente al haber cumplido con los requisitos indicados en el numeral 11, inciso B) de estas bases, así como con el Documento DT-9.

c) El precio de referencia será el más bajo que resulte de entre las propuestas presentadas ó el estudio de mercado realizado por la Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad, el que resulte mas bajo.

d) Se llevarán a cabo una ronda para estos bienes, en la cuales, los Concursantes facultados para

tomar la decisión tendrán la oportunidad de mejorar el precio “de referencia”. e) El descuento ofertado será expresado en porcentaje (%) y deberá ser mayor a “1” en esta ronda.

Dicho porcentaje de descuento deberá tener como máximo dos decimales. II.- Desarrollo: 1. El evento se realizará sin que nadie abandone la sala durante su desarrollo. 2. Deberá asistir persona con facultades suficientes para la toma de decisiones por parte de los

licitantes. 3. En este evento se indicará a los licitantes el “precio de referencia”, que será la propuesta

económica más baja de las ofertadas.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 21 de 133

4. Se desarrollará Una primera y única ronda de Subasta Descendente, en este acto. 5. A los participantes se les entregará un sobre, con una hoja en blanco. Primera y única Ronda.- -Se solicitará a los Concursantes ofertar su mejor descuento en porcentaje (%) para la primera y

única ronda, (mayor a “1”), en una hoja en blanco y la entregarán al presidente del evento dentro del sobre que se les proporcionó, para lo cual se les darán 15 minutos.

-Una vez que los Concursantes hayan entregado sus sobres, se abrirán para conocer el porcentaje (%) de descuento ofertado.

- Los Concursantes harán entrega de los sobres que contienen el descuento ofertado al presidente del evento y se darán a conocer los descuentos en porcentaje (%) ofertados en esta primera y única ronda.

Para finalizar se asentarán en el acta de apertura de propuestas económicas, el desarrollo del mismo así como el día y lugar en que los Concursantes deberán entregar su propuesta definitiva, misma que debe reflejar los precios unitarios una vez aplicado el porcentaje de descuento ofertado en la primera y única ronda, así mismo se indicará la fecha en que se dará a conocer el fallo respectivo, de acuerdo al Documento D-5 de estas bases.

13.- Aceptabilidad del Precio Los precios unitarios o el monto total de las proposiciones que cumplan con todos los requisitos técnicos, comerciales y económicos, y por lo tanto se consideren solventes, se compararán contra el precio determinado por la convocante como aceptable, por lo que si la propuesta solvente cumple con el criterio de aceptabilidad y es el precio más bajo, se considerará para la adjudicación de la misma. 14.- Causales de desechamiento:

a) Si durante el acto algún participante presenta su propuesta técnica y económica en sobres o archivos electrónicos enviados a través del SISCeP, invertidos, es decir, si presenta su propuesta económica en el interior del sobre identificado como la propuesta técnica y viceversa.

b) Que los sobres o archivos electrónicos enviados a través del SISCeP, no estén rotulados en términos de la regla 9, correspondiente a la “Preparación de las proposiciones” y que dicha circunstancia no permita identificar el contenido de los mismos.

c) Que la proposición (propuesta técnica, propuesta comercial y propuesta económica) se presente en un sólo sobre o archivos electrónicos enviados a través del SISCeP, y en la revisión de este se confirme que la propuesta económica no se encuentra contenida en otro sobre.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 22 de 133

Es motivo de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los Documentos D-1, D-3 y D-4, y en su caso, el Documento DT-1 en las bases del concurso y en las juntas de aclaraciones, las cuales afecten la solvencia. 15.- Fallo. El evento será presidido por el servidor público designado por la Convocante. El fallo del procedimiento de contratación se dará a conocer en acto público, que se realizará en la fecha, hora y ubicación establecidas en el “Cronograma del procedimiento de contratación” de estas bases del concurso, a la que libremente podrán asistir cualquier interesado y en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-

contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx en la fecha indicada para dichos efectos, y será de exclusiva responsabilidad del participante, consultar y obtener dichos documentos. Se levantará acta de Notificación de Fallo del Concurso adjuntándole copia del Fallo correspondiente, que servirá de constancia de la celebración del evento, poniéndose a disposición de los participantes, a partir de la fecha del evento para efectos de notificación, en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) y en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y será de su exclusiva responsabilidad, consultar y obtener dichos documentos. Cuando de manera posterior a la notificación del fallo y previo a la firma del contrato, se advierta la existencia de un error de forma en el fallo y que no afecte el resultado de la evaluación realizada, el Área de Procura y Abastecimiento procederá a su corrección, notificando las correcciones a los concursantes, mediante publicación en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx en el Sistema de Contrataciones Electrónicas Pemex (SISCeP) y será de su exclusiva responsabilidad, consultar y obtener dichos documentos. 16.- Formalización del contrato: La notificación del fallo obligará a la Convocante y a la(s) persona(s) a quien(es) se haya(n) adjudicado, a firmar el(los) contrato(s) en la fecha que se establezca en el acta de notificación de fallo. La fecha, hora y lugar de la firma del contrato podrá diferirse, haciéndola del conocimiento al participante ganador al correo electrónico registrado. En caso de que el participante ganador no firmare el contrato por causas imputables al mismo, éste podrá ser adjudicado al segundo lugar, siempre y cuando cumpla con los requisitos técnicos, comerciales y económicos, así como con los criterios de adjudicación previstos en las bases y asuma el precio de la propuesta del participante ganador, o bien en caso de negativa por escrito,

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 23 de 133

se podrá adjudicar subsecuentemente a cualquier otro participante, siempre y cuando cumpla los requisitos anteriores. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio no firmare el contrato, se tendrá por no firmado el contrato y se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso la Convocante podrá autorizar la sustitución de que se trate; siempre y cuando el que sustituye cumpla cuando menos con los mismos requisitos del sustituido, de no autorizarse se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al participante ganador. El participante que resulte adjudicado, deberá entregar, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo e invariablemente previo a la fecha de formalización del contrato, la documentación que se indica en el Documento DI-1 de las presentes bases de concurso.

17.- Cancelación del Concurso, partidas o conceptos: De conformidad con lo preceptuado en el artículo 20 de las DGC, la Convocante podrá cancelar el concurso, partidas o conceptos incluidos en éstas, en cualquiera de sus etapas, por cualquier causa justificada. Salvo en las cancelaciones por caso fortuito o fuerza mayor, la Convocante, retribuirá a los participantes que así lo soliciten, los gastos comprobables y razonables que los participantes hayan efectuado, que estén directamente relacionados con la preparación y presentación de sus propuestas y hayan sido documentados. La cancelación se hará constar por escrito y se dará a conocer en el Portal de Internet http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx y será de exclusiva responsabilidad del participante, consultar y obtener dichos documentos. 18.- Concurso desierto: La convocante procederá a declarar desierto el concurso o alguna partida de éste, cuando:

a) No se presenten proposiciones; b) Las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados; c) Las propuestas económicas no resulten aceptables.

19.- Recurso de Reconsideración. En contra del fallo que adjudique el contrato, los interesados podrán interponer el recurso de reconsideración materia de los artículos 81, fracción I, de la Ley de Petróleos Mexicanos; 26 a 45 de su Reglamento, y 47 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 24 de 133

Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2015, o bien optar por la acción jurisdiccional que corresponda ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. De promover recurso de reconsideración, el mismo deberá presentarse por escrito ante la Ventanilla Única de la Instancia Colegiada para resolver el recurso de reconsideración en materia de contrataciones, en el domicilio ubicado en Bahía del Espíritu Santo sin número, Planta Baja, entre Bahía de San Hipólito y Bahía de Ballenas, Colonia Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, en la Ciudad de México, Distrito Federal, en días hábiles y en horario de ocho treinta a dieciocho horas, debiendo señalar domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos relacionados con dicho recurso ubicado en el Distrito Federal. 20.- Información confidencial o reservada de los participantes: Los participantes podrán señalar en su propuesta, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los documentos que contengan información confidencial o reservada, siempre que tengan derecho de clasificar la información de conformidad con las disposiciones aplicables. 21.- Testigo Social: Para el presente procedimiento de contratación no está considerada la participación de un Testigo Social. 22.- Fuentes de Financiamiento: El presente concurso no considera Fuentes de Financiamiento. 23.- Contenido Nacional Para el presente concurso no se requiere el cumplimiento de un porcentaje de contenido nacional. 24.- Mecanismo de aclaración o corrección de aspectos relacionados con el contenido de las propuestas:

a) Evaluación de propuestas técnicas, administrativas y legales:

Si durante la evaluación de las propuestas técnicas, administrativas y legales, se encontraran omisiones o errores, PEMEX solicitará por escrito a los participantes subsanar o aclarar éstos, respecto de requisitos que no afecten la solvencia, como especificaciones y alcances. El participante tendrá hasta 4 horas a partir de que se le haya solicitado para dar respuesta.

En caso de no atender a la subsanación, se evaluará exclusivamente con la documentación recibida en el acto de presentación y apertura de ofertas.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 25 de 133

25.- Esquemas en materia de integridad y ética corporativa. Para Pemex, es compromiso fundamental compartir los principios y directrices de ética corporativa como elementos para preservar su propia integridad; por tal motivo, las relaciones que sostenga con sus proveedores y contratistas estarán basadas en criterios de selección formalmente establecidos, atendiendo a las necesidades de la Empresa, y conducidas con independencia e integridad en todas y cada una de las operaciones que se realicen; lo anterior, en términos del Código de Ética de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales. Así mismo, Pemex cuenta con un Código de Conducta, en el que entre otros aspectos, se fomentan las relaciones profesionales honestas, de calidad, respetuosas y transparentes entre Pemex y sus proveedores y contratistas. Ambos Códigos se encuentran disponibles en la página de internet siguiente: http://www.pemex.com/acerca/codigo-de-conducta/Paginas/default.aspx

Ciudad de México, a 13 de octubre de 2016.

Atentamente

_________________________________ Lic. Jorge Luis Alonso González

Especialista Técnico “B”

___________________________________ Ing. Gilberto Rosales Ramírez

Subgerente de Contratación para Distribución

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 26 de 133

SECCIÓN II

Información Técnica del Proyecto

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 27 de 133

ANEXO 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y LUGARES DE ENTREGA

Refinería Cadereyta

Centro de Trabajo: Refinería “Ing. Hector R. Lara Sosa”

Domicilio: Carretera a Reynosa Km. 36.5, Cadereyta Jimenez N.L.

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. José Manuel Hernández Prieto

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex) 01 828 2690113

Teléfono (Micro) 851-22360

Correo electrónico [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Refinería Cadereyta

Equipos Cantidad

Sonómetro 6

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 54

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 28 de 133

Refinería Salamanca

Centro de Trabajo: Refinería “Ing. Antonio M. Amor”

Domicilio: Tierra Blanca 400, Col. Bellavista. Salamanca, Guanajuato

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. Ricardo Javier Santaella

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex) 01 464 6488149

Teléfono (Micro) 581-32117

Correo electrónico [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Refinería Salamanca

Equipos Cantidad

Sonómetro 4

Dosímetro 5

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 48

Refinería Madero

Centro de Trabajo: Refinería “Francisco I. Madero”

Domicilio: Av. Álvaro Obregón 3020.Col. Emilio Carranza C.P. 89530, Cd. Madero, Tamaulipas

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. Alfonso García Cabrera / Ing. José Juan Jiménez Miguel

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex) 01 833 2291153

Teléfono (Micro) 821-30270

Correo electrónico [email protected] / [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 29 de 133

Refinería Madero

Equipos Cantidad

Sonómetro 5

Dosímetro 9

Luxómetro 6

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 56

Refinería Salina Cruz

Centro de Trabajo: Refinería “Ing. Antonio Dovalí Jaime”

Domicilio: Carretera Transístmica kilómetro 3.5 en la Ciudad de Salina Cruz, Oaxaca, código postal 70620

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. Gerardo López Cruz

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex)

Teléfono (Micro) 871-50363

Correo electrónico [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Refinería Salina Cruz

Equipos Cantidad

Sonómetro 3

Dosímetro 4

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 46

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 30 de 133

Refinería Minatitlán

Centro de Trabajo: Refinería “Gral. Lázaro Cárdenas”

Domicilio: Av. Salvador Díaz Mirón 119 esquina 1º de mayo, Colonia Obrera, C.P. 96740, Minatitlán, Veracruz

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. José Alfonso López Torres

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex)

Teléfono (Micro) 871-26211

Correo electrónico [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Refinería Minatitlán

Equipos Cantidad

Sonómetro 17

Dosímetro 30

Luxómetro 20

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 55

Cilindro de calibración para sensores 36

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 36

Estación de calibración para detector portátil multigases 3

T O T A L 197

Refinería Tula

Centro de Trabajo: Refinería “Miguel Hidalgo”

Domicilio: Parque Industrial Tula Atitalaquia kilómetro 26.5 de la carretera Jorobas­, Tula. Col. El Llano 2da. Sección C.P. 42800 Tula de Allende, Hgo.

Nombre del Responsable para recepción de equipos:

Ing. Jorge Cobaxin Antele

Cargo Jefe de la UASIPA

Ubicación Oficina de la UASIPA, interior de la Refinería

Teléfono (Telmex)

Teléfono (Micro) 811-33351

Correo electrónico [email protected]

Horario de Recepción Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 hrs.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 31 de 133

Refinería Tula

Equipos Cantidad

Sonómetro 5

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 25

Cilindro de calibración para sensores 16

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 16

Estación de calibración para detector portátil multigases 2

T O T A L 76

1.0 ALCANCE

Esta especificación cubre los requerimientos técnicos mínimos para los componentes y accesorios de los equipos de medición para realizar actividades de higiene industrial en Pemex TRI. Los equipos bajo esta especificación deberán ser productos estándar en los catálogos del fabricante, ser adecuados para trabajo pesado para aplicaciones industriales y deberán suministrarse totalmente ensamblados, probados, calibrados e identificados.

Las cantidades y relación de equipos de medición, analizadores de gases y sus consumibles que se pretenden adquirir se relacionan a continuación:

Posición Descripción Cantidades

1 Sonómetro (Equipo para monitoreo de Ruido). 40

2 Dosímetros (Equipo para monitoreo personal de Ruido) 62

3 Luxómetro (Equipo portátil para monitoreo de Iluminación). 42

4 Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus

consumibles 140

5 Cilindro de calibración para sensores de analizador portátil

multigases 92

6 Cilindro de calibración para sensor de fotoionización de

analizador portátil multigases 92

7 Estación de calibración para analizador portátil multigases 9

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 32 de 133

2.0 NORMATIVIDAD, CÓDIGOS Y REFERENCIAS

El proveedor de los equipos cumplirá con la siguiente normatividad Sonómetros

- IEC 61252 - A Standard for Sound Level Meters Explained

- American National Standards Institute (ANSI) Standard S1.25

- ANSI/IEC 60079-2004.

Dosímetros - IEC 61672 - A Standard for Sound Level Meters Explained

- American National Standards Institute (ANSI) Standard S1.4-1971 (R1976) or

S1.4-1983, "Specifications for Sound Level Meters."

- ANSI/IEC 60079 versión final.

Luxómetros - NOM-025-STPS-2008 – Condiciones de iluminación en los centros de trabajo

- NOM-008-SCFI-2002 – Sistema General de Unidades de Medida.

- NRF-111-PEMEX-2012 – Equipos de Medición y Servicios de Metrología.

- NMX-J-529-ANCE-2012 – Grados de Protección (Código IP)

Analizadores/Detectores de mezclas explosivas - IEC 61672 - A Standard for Sound Level Meters Explained

- ANSI/IEC 60529-2004. Degrees of Protection Provided by Enclosures (IP Code).

3.0 CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS SONÓMETROS

Los medidores de nivel acústico y analizadores en tiempo real (Sonómetros) deben:

1) Cumplir con las siguientes normas:

IEC 61252 - A Standard for Sound Level Meters Explained

American National Standards Institute (ANSI) Standard S1.25

ANSI/IEC 60079-2004.

2) Ser Clase 1 de precisión.

3) Tener filtros de octava completa (1/1) en tiempo real.

4) Tener dos bandas anchas virtuales sonómetro (SLM)

5) Tener un rango de 0 a 140 dB (con rango pico de hasta 143 dB).

6) Permitir ponderaciones de frecuencia A, C y Z (lineal). Medir en escalas: A, C y Z.

7) Permitir tiempo de respuesta rápida, lenta y de impulso.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 33 de 133

8) Tener las siguientes mediciones: Nivel Sonoro, Nivel de Exposición a Ruido

(estable, impulsivo, inestable), Nivel de Presión Acústica (Máx./Mín.), Pico (tiempo

de subida), Nivel Sonoro Estadístico, Nivel Sonoro Continuo Equivalente, Nivel

Acústico Promedio, Nivel de Exposición Sonora, Nivel Sonoro Criterio, Promedio

Ponderado en el Tiempo, DOSIS, Exposición.

9) Calcular la dosis de ruido con umbrales elegibles. Tasas de intercambio elegibles

por el usuario (3 dB) (4 dB y 5 dB).

10) Poder operar y almacenarse mínimo en un rango de temperaturas entre: -10°C

hasta 50°C, rango de humedad de 0 a 90% sin condensación.

11) Tener un tamaño portable, práctico, se sugiere una medida de 28.2 cm largo, 7.9

cm ancho y 4.1 cm espesor, no siendo esto restrictivo, siempre y cuando se

cumpla el principio de portabilidad y practicidad.

12) Tener una carcasa, con escudo interno para emisiones electromagnéticas. Norma

IEC 60529 IP 64 opcional

13) Tener capacidad de memoria interna que permita almacenar todos los datos por

un mínimo de 8 hrs., capacidad de almacenamiento externo a través de

tecnologías como USB / SD o similar.

14) Podrá tener una capacidad de memoria interna mínima de 64 Mbytes, y una

capacidad de memoria externa desde 2 Gbytes.

15) Tener puerto de comunicación de datos que permitan la programación y

transferencia de datos a computadoras del tipo personal a través de tecnologías

como USB / SD / Bluetooth o similar.

16) Permitir el inicio de sesión, el estudio y el registro de datos en su historial, permitir

la selección de perfil del usuario.

17) Registrar a intervalos de 1s hasta 60 min.

18) Tener pantalla con retroiluminación y teclado luminiscente.

19) Tener un teclado de fácil acceso a las funciones de tiempos de grabación.

20) Tener la función de Bloqueo de Seguridad

21) Poder mostrar los textos desplegados en pantalla del equipo en idioma español.

22) Incluir un software que permita la transmisión y la evaluación de datos, así como

la configuración del equipo en idioma español.

23) Incluir un software integrado o para cargar en equipos de cómputo (PC), para el

procesamiento de datos y análisis estadístico de los mismos, realizar reportes de

información obtenida, resúmenes de los mismos o presentación de gráficos en

color.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 34 de 133

24) Incluir Micrófonos Estándar: Clase 1 Precisión Micrófono Prepolarizado Condensador.

25) Incluir fuente de poder a base de baterías recargables las cuales deben ser a

base de litio, no se aceptan con cadmio ni mercurio. En caso de que el equipo no

cuente con cargador integrado, éste deberá suministrarse.

26) Incluir un juego de baterías recargables.

27) Incluir correa para portabilidad del equipo en campo.

28) Incluir pantalla de viento

29) Incluir accesorios adaptadores para calibración.

30) Incluir cables USB, incluir tarjeta de memoria SD con capacidad mínima para

4Gb.

31) Incluir estuche para el almacenamiento adecuado del equipo.

32) Tener una placa o área de identificación indeleble, con la información establecida

de acuerdo al numeral 8.2.2. de la NRF-111-PEMEX-2012.

33) Tener un sello de integridad de acuerdo al numeral 8.2.5. de la NRF-111-PEMEX-

2012.

34) Ser nuevos y tener certificado o informe de calibración vigente, de acuerdo a lo

dispuesto en el numeral 8.2.4. de la NRF-111-PEMEX-2012. No se aceptan

modelos de muestra, prototipos, remanufacturados, reacondicionados o

descontinuados.

35) Proporcionar certificado o informe de calibración con fecha de emisión no mayor a

30 días a la fecha del suministro del equipo, y debe ser emitido por un laboratorio

de calibración acreditado por una entidad de acreditación reconocida con base en

la LFMN (Art. 68 de la LFMN)

36) Proporcionar capacitación teórica y práctica en idioma español (incluyendo toda la

documentación que se genere y/o utilice para la capacitación) sobre los equipos

suministrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato, y cubriendo al menos

los conceptos de seguridad, operación e interpretación de mediciones.

37) Proporcionar Instructivo de operación, mantenimiento y servicio en idioma

español.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 35 de 133

ANEXO 1 SONOMETRO RESPUESTAS

5)Tener un rango de 0 a 140 dB ( con rango pico de hasta 143 dB) elegibles por el usuario (3 dB) (4 dB, 5 dB y 6dB).

No hay sonómetros estándares que miden desde 0dB. Normalmente comienzan a cerca 20dB. El tasa de intercambio de 6dB se utiliza solamente para una aplicación especial. En México se utiliza 3dB (según NOM-011-STPS of 2001).

La convocante aclara que los equipos motivo de la presente convocatoria son de precisión, por lo que los requerimos con las condiciones ya solicitadas

11) Tener un tamaño portable, práctico, se sugiere una medida de 28.2 cm largo, 7.9 cm ancho y 4.1 cm espesor, no siendo esto restrictivo, siempre y cuando se cumpla el principio de portabilidad y practicidad.

Estas dimensiones son para una marca y modelo específico.

La convocante aclara que, no son características propias de una marca, por lo que pueden aplicar varios fabricantes

12)Tener una carcasa que cumpla con la norma IEC 60529 IP 64, con escudo interno para emisiones electromagnéticas

No hay muchos sonómetros modernos que confirman cumplir con IP64 u otro.

La convocante aclara que éste cumplimiento es opcional

17) Presentar informe de los datos de nivel de excedencia y la distribución estadística, opciones de curvas espectrales acústicas, inteligibilidad del habla y medición de reverberación.

Inteligibilidad es para la acústica de salas, y no sería necesaria para instalaciones PEMEX. Tampoco se requiere medir la reverberación.

La convocante aclara que éste cumplimiento es opcional,

25)Incluir Micrófonos Estándar: Clase 1 Precisión Micrófono Prepolarizado Condensador, Clase 2 propósito general. Micrófono Electret.

Porque pedir un sonómetro Clase 1 con también micrófono Clase 2? Es o Clase 1 o Clase 2, pero no las dos versiones.

La convocante aclara que el micrófono debe ser Clase 1

4.0 CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS DOSÍMETROS

Los Dosímetros personales de ruido intrínsecamente seguros para trabajar en ambientes peligrosos, deben:

1) Cumplir con las siguientes normas:

• IEC 61252 - A Standard for Sound Level Meters Explained

• American National Standards Institute (ANSI) Standard S1.4-1983, S1.43-

1997, S1.25 "Specifications for Sound Level Meters."

• ANSI/IEC 60529-2004 Cumplimiento opcional

• ANSI/IEC 60079-0: 2004, ANSI/IEC 60079-11: 2006.

2) Tener un rango de 70 a 140 dB (con rango pico de hasta 143 dB).

3) Medir en escalas: C y A.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 36 de 133

4) Permitir tiempo de respuesta rápida, lenta e impulso.

5) Tener las siguientes mediciones: valores de nivel de presión sonora, niveles

máximos de presión sonora, niveles pico, niveles mínimos, niveles promedio, nivel

ponderado en el tiempo, nivel de exposición, dosis, dosis proyectada, nivel

superior, exposición estimadas, nivel de respuesta y frecuencia en filtros A y C en

decibeles.

6) Calcular la dosis de ruido con umbrales elegibles. Tasas de intercambio elegibles

por el usuario (3 dB) adicionales (4 dB y 5 dB).

7) Poder operar y almacenarse mínimo en un rango de temperaturas entre: -10°C

hasta 50°C, rango de humedad de 0 a 90% sin condensación.

8) Tener un tamaño portable, práctico, se sugieren unas dimensiones aproximadas

de 12.0 cm largo, 6.5 cm ancho y 3.0 cm espesor sin incluir el micrófono, no

siendo esto restrictivo, siempre y cuando se cumpla el principio de portabilidad y

practicidad.

9) Tener una carcasa que cumpla con la con la NMX-J-529-ANCE-2012 y de manera

opcional la norma internacional IEC 60529 IP 64.

10) Tener una placa o área de identificación indeleble, con la información establecida

de acuerdo al numeral 8.2.2. de la NRF-111-PEMEX-2012.

11) Tener un sello de integridad de acuerdo al numeral 8.2.5. de la NRF-111-PEMEX-

2012.

12) Tener capacidad de memoria interna que permita almacenar todos los datos por

un mínimo de 8 hrs., con una capacidad de almacenamiento externo a través de

tecnologías como USB / SD o similar.

13) Tener una capacidad de memoria interna mínima de 64 Mbytes, y una capacidad

de memoria externa desde 4 Gbytes.

14) Tener puerto de comunicación de datos que permitan la programación y

transferencia de datos a computadoras del tipo personal a través de tecnologías

como USB / SD / Bluetooth o similar.

15) Permitir el inicio de sesión, el estudio y el registro de datos en su historial, permitir

la selección de perfil del usuario.

16) Registrar a intervalos de 1s hasta 60 min.

17) Tener pantalla con retroiluminación y teclado luminiscente.

18) Tener un teclado de fácil acceso a las funciones de tiempos de grabación.

19) Tener la función de Bloqueo de Seguridad

20) Poder mostrar los textos desplegados en pantalla del equipo en idioma español.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 37 de 133

21) Incluir un software que permita la transmisión y la evaluación de datos, así como

la configuración del equipo en idioma español.

22) Incluir un software integrado para cargar en equipos de cómputo (PC), para el

procesamiento de datos y análisis estadístico de los mismos, realizar reportes de

información obtenida, resúmenes de los mismos o presentación de gráficos en

color.

23) Incluir Micrófono de aproximadamente ¼” con soporte individual. 24) Incluir pantalla contra viento

25) Incluir fuente de poder a base de baterías recargables las cuales deben ser a

base de litio, no se aceptan con cadmio ni mercurio. En caso de que el equipo no

cuente con cargador integrado, éste deberá suministrarse.

26) Incluir un juego de baterías recargables.

27) Incluir estuche para el almacenamiento adecuado del equipo.

28) Incluir correa para portabilidad del equipo en campo.

29) Incluir accesorios adaptadores para calibración.

30) Incluir cables USB, incluir tarjeta de memoria SD con capacidad mínima para

4Gb.

31) Ser nuevos y tener certificado o informe de calibración vigente, de acuerdo a lo

dispuesto en el numeral 8.2.4. de la NRF-111-PEMEX-2012. No se aceptan

modelos de muestra, prototipos, remanufacturados, reacondicionados o

descontinuados.

32) Proporcionar certificado o informe de calibración con fecha de emisión no mayor a

30 días a la fecha del suministro del equipo, y debe ser emitido por un laboratorio

de calibración acreditado por una entidad de acreditación reconocida con base en

la LFMN (Art. 68 de la LFMN)

33) Proporcionar capacitación teórica y práctica en idioma español (incluyendo toda la

documentación que se genere y/o utilice para la capacitación) sobre los equipos

suministrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato, y cubriendo al menos

los conceptos de seguridad, operación e interpretación de mediciones.

34) Proporcionar Instructivo de operación, mantenimiento y servicio en idioma

español.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 38 de 133

ANEXO 2 DOSIMETRO

RESPUESTAS

1)Cumplir con las siguientes normas: IEC 61672- A Standard for Sound level Meters Explained American National Standars Institute (ANSI) Standar S1-4-1983, S1-43-1997, S1.25 “Specifications for Sound Level Meters.” ANSI/IEC 60529-2004. Degrees of Protection Provided by Encllosures (IP Code)

La norma internacional para dosímetros es la IEC 61252 (y ANSI S1.25 en USA). 61672

La convocante confirma que deben cumplir las normas IEC 61252, IEC 600792004 y la IEC 60079-11: 2006 que se refiere a equipos intrínsecamente seguros

6) Calcular la dosis de ruido con umbrales elegibles. Tasas de intercambio elegibles por el usuario (3 dB) adicionales (4 dB, 5 dB y 6 dB).

El tasa de intercambio de 6dB se utiliza solamente para una aplicación especial. En México se utiliza 3dB (según NOM-011-STPS of 2001).

La convocante aclara que se aceptan tasas de intercambio 3, 4 y 5.

16)Informe de los datos de nivel de excedencia y la distribución estadística, opciones de curvas espectrales acústicas, inteligibilidad del habla y medición de reverberación.

No hay dosímetros que miden reverberación e inteligibilidad del habla.

La convocante aclara que no es exigible éste cumplimiento, por lo que no será motivo de desechamiento.

24)Incluir Micrófono de aproximadamente ¼” con soporte individual y cable integral.

Dosímetros con cables (para el micrófono) son muy viejos y todos los fabricantes conocidos tienen ahora dosímetros sin cables.

La convocante aclara que se elimina la característica de los cables, ya que no son prácticos para el desarrollo del estudio

5.0 CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS LUXÓMETROS

Los Luxómetros o medidores de iluminación intrínsecamente seguros deben cumplir con las siguientes especificaciones:

1) Cumplir con las siguientes normas:

• NOM-025-STPS-2008 – Condiciones de iluminación en los centros de trabajo

• NOM-008-SCFI-2002 – Sistema General de Unidades de Medida.

• NRF-111-PEMEX-2012 – Equipos de Medición y Servicios de Metrología.

• NMX-J-529-ANCE-2012 – Grados de Protección (Código IP)

2) Tener un elemento un primario tipo sensor de fotodiodo de silicio, con filtro óptico

espectral capaz de reproducir la respuesta exacta del ojo humano a la intensidad

de la luz.

3) Contar con selección de funcionamiento automático o manual.

4) Tener un rango de medición de 0 a 100,000 lux.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 39 de 133

5) Tener una exactitud mínima de +- 5% (considerando la incertidumbre por

calibración).

6) Contar con corrección cosenoidal.

7) Contar con corrección de color, detector con una desviación máxima de +- 5%

respecto a la respuesta espectral fotópica.

8) Medir en unidades Lux y pie-candela.

9) Poder operar y almacenarse mínimo en un rango de temperaturas entre: -10°C

hasta 50°C, rango de humedad de 0 a 80% sin condensación.

10) Tener un tamaño portable, práctico, se sugieren unas dimensiones máximas

aproximadas de 25.0 cm largo, 10.0 cm ancho y 5.0 cm espesor, no siendo esto

restrictivo, siempre y cuando se cumpla el principio de portabilidad y practicidad.

11) Tener una carcasa que cumpla con la norma internacional IEC 60529 IP 64 y de

acuerdo con la NMX-J-529-ANCE-2012.

12) Tener una placa o área de identificación indeleble, con la información establecida

de acuerdo al numeral 8.2.2. de la NRF-111-PEMEX-2012.

13) Tener un sello de integridad de acuerdo al numeral 8.2.5. de la NRF-111-PEMEX-

2012.

14) Tener un Peso no mayor a 750 gr.

15) Tener capacidad de memoria interna que permita almacenar todos los datos por

un mínimo de 8 hrs., con una capacidad de almacenamiento externo a través de

tecnologías como USB o similar.

16) Tener puerto de comunicación de datos que permitan la programación y

transferencia de datos a computadoras del tipo personal a través de tecnologías

como USB o similar.

17) Tener una pantalla con retroiluminación y teclado luminiscente.

18) Tener un teclado de fácil acceso a las funciones.

19) Poder mostrar los textos desplegados en pantalla del equipo en idioma español y

las unidades de medida deben estar de acuerdo a la NOM-008-SCFI-2002.

20) Incluir un software que permita la transmisión y la evaluación de datos, así como

la configuración del equipo en idioma español.

21) Incluir un software integrado para cargar en equipos de cómputo (PC), para el

procesamiento de datos y análisis estadístico de los mismos, realizar reportes de

información obtenida, resúmenes de los mismos o presentación de gráficos.

22) Incluir fuente de poder a base de baterías recargables las cuales deben ser a

base de litio, no se aceptan con cadmio ni mercurio. En caso de que el equipo no

cuente con cargador integrado, éste deberá suministrarse.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 40 de 133

23) Incluir un juego de baterías recargables.

24) Incluir estuche para transporte y almacenamiento adecuado del equipo.

25) Ser nuevos y tener certificado o informe de calibración vigente, de acuerdo a lo

dispuesto en el numeral 8.2.4. de la NRF-111-PEMEX-2012. No se aceptan

modelos de muestra, prototipos, remanufacturados, reacondicionados o

descontinuados.

26) Proporcionar certificado o informe de calibración con fecha de emisión no mayor a

30 días a la fecha del suministro del equipo, y debe ser emitido por un laboratorio

de calibración acreditado por una entidad de acreditación reconocida con base en

la LFMN (Art. 68 de la LFMN)

27) Proporcionar capacitación teórica y práctica en idioma español (incluyendo toda la

documentación que se genere y/o utilice para la capacitación) sobre los equipos

suministrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato, y cubriendo al menos

los conceptos de seguridad, operación e interpretación de mediciones.

28) Proporcionar Instructivo de operación, mantenimiento y servicio en idioma

español.

6.0 CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LOS DETECTORES / ANALIZADORES

PORTATILES DE GASES O VAPORES

Los equipos monitores de gases múltiples portátiles deben:

1) Contar con bomba de muestreo con filtros para evitar el ingreso de líquidos y polvo al instrumento, con línea de muestreo de al menos 5 metros y sonda muestreadora con accesorios.

2) Tener una capacidad para medir al menos 6 diferentes tipos gases simultáneamente (H2S, CO, O2, Gases Combustibles) y la medición de Compuestos Orgánicos Volátiles en amplia resolución y rango.

3) Tener un tamaño máximo aproximado de 270 mm x 96.5 mm x 66 mm (alto x ancho x profundo)

4) Tener un peso no mayor a 1 kg. 5) Tener Batería de ion-litio recargable de duración mínima de 12 hrs.

funcionamiento continuo. 6) Presentar lecturas de las concentraciones de los gases en tiempo real, mostrar

alertas de las concentraciones (set point), mostrar concentraciones de exposición promediada en tiempo.

7) Contar con base instalada para poder transmitir alertas de forma inalámbrica, considerar el uso de tecnologías como Radiofrecuencia y trabajar en las bandas sin licencia ISM de 868 Mhz o 900 Mhz, compatible con el analizador o detector multigases y debe contar con las aprobaciones correspondientes como por

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 41 de 133

ejemplo FCC, ANATEL, etc. Así mismo, la estación de calibración debe ser compatible con esta tecnología.

8) Permitir el funcionamiento con baterías alcalinas por medio de un adaptador en caso de que el equipo no este re-cargado y se requiera de forma emergente.

9) Contar con pantalla tipo LCD de alto contraste con iluminación (plasma o led) tamaño mínimo sugerido 9cm2 debe de desplegar información e indicaciones en idioma español y las unidades de medida deben estar acorde a la NOM-008-SCFI-2002, que cumpla con el principio de fácil y rápida visualización de las lecturas.

10) Permitir el ingreso y el desplazamiento por menús de configuración básica del equipo. Poder configurar datos como fecha, hora, iniciar o parar registro de datos y comunicación entre dispositivos.

11) Debe contar con alarmas visuales, audibles, vibratorias y remotas, cuando se rebasen los valores previamente establecidos (set points). Las alarmas audibles deben de ser de una capacidad de 95 dB aproximadamente 30 cm, las alarmas visuales deben tener una capacidad de destello en direcciones laterales y las alarmas vibratorias deben presentarse para altas concentraciones o configuradas por set point.

12) Debe tener la capacidad de seleccionar a discreción los valores pico (PEAK), límite de Exposición de Corta Duración (STEL) y promedio ponderado en tiempo (TWA) de los gases medidos. Debe tener las alertas de hombre caído, con capacidad de activar notificaciones inalámbricas remotas en una red de comunicación.

13) Contar con mediciones en pantalla que indiquen concentraciones en tiempo real, factores de corrección y gas medido por la lámpara PID (medición de compuestos orgánicos volátiles).

14) Permitir la activación y desactivación de alerta de hombre caído, 15) Tener indicador de funcionamiento y estado de batería, 16) Tener activación y desactivación de registro de datos 17) Contar con modo inalámbrico así como su calidad de recepción de señal

18) Presentar menús de concentraciones acumuladas, mínimas y máximas. 19) Tener la capacidad para configurar idioma español. 20) Debe tener la capacidad de almacenar datos mínimo de hasta 1 mes (para 5

sensores) trabajando 24/7 en intervalos de 1 min, 21) Tener un software que permita actualizaciones en línea, configurar el dispositivo y

personalizarlo, así como administración para el reemplazo de sensores diferentes a la configuración inicial.

22) Tener la capacidad de permitir la transmisión de datos inalámbricos y estados de alarma

23) Permitir que los datos se descarguen por medio de la base de carga, 24) Tener cargador de viaje o sistema de calibración automático,

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 42 de 133

25) Tener una capacidad de trabajo en temperaturas en un intervalo de -20°c hasta 50°c (de -4°f a 122°f)

26) Tener una capacidad de trabajo en humedades relativa de 0% a 95% sin condensación.

27) Tener una capacidad de resistencia al ingreso de polvos y agua que venga de cualquier dirección clasificado IP-65.

28) Deberá estar equipado con sensor de fotoionización o lámpara de ionización de energía de 10.6 ev para la medición de compuestos orgánicos volátiles en rango de 0 a 2000 ppm y con una resolución de 1 ppm.

29) Con capacidad de poder personalizar un listado de gases típicos según el usuario, últimos 10 gases medidos o incluir referencias con factor de corrección e información de gases no considerados en la biblioteca.

30) Debe estar precargado con sensor de cama catalítica protegida para explosividad de 0 % LEL a 100 % LEL (límite inferior de explosividad) en función de 0% a 5% volumen metano.

31) Con capacidad de poder personalizar un listado de gases típicos según el usuario, últimos 10 gases medidos e incluir referencias con factor de corrección e información de gases no considerados en la biblioteca.

32) Debe estar precargado con sensor electroquímico inteligente que permite almacenar sus datos de calibración para oxígeno 0 porciento volumen a 30 porciento volumen en incrementos de 0.1 porciento. El sensor puede ser intercambiable con 25 sensores inteligentes en el lugar de uso.

33) Debe estar precargado con sensor electroquímico inteligente que permite almacenar sus datos de calibración de ácido sulfhídrico (H2S) para rangos de 0 a 100 ppm con una resolución 0.1 ppm. El sensor puede ser intercambiable con 25 sensores inteligentes en el lugar de uso.

34) Debe estar precargado con sensor electroquímico inteligente que permite almacenar sus datos de calibración de monóxido de carbono (CO) para rangos de 0 a 500 ppm con una resolución 1 ppm. El sensor puede ser intercambiable con 25 sensores inteligentes en el lugar de uso.

35) Debe tener las aprobaciones suficientes para el trabajo en lugares peligrosos bajo las siguientes certificaciones:

CSA: CLASE I, DIVISIÓN 1, GRUPOS A, B, C Y D, T4

CLASE II, DIVISIÓN 1; GRUPOS E, F, G; T85 °C

ATEX: 0575 II 1G EX IA IIC T4 GA

2G EX IA D IIC T4 GB CON SENSOR IR INSTALADO

I M1 EX IA I MA

IECEX: EX IA IIC T4 GA

EX IA D IIC T4 GB CON SENSOR IR INSTALADO

I M1 EX IA I MA

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 43 de 133

IECEX/ANZEX: EX IA IIC T4 GA

EX IA D IIC T4 GB CON SENSOR IR INSTALADO

EX IA I MA

Y de conformidad con la comunidad europea: directiva EMC: 2004/108/EC. Directiva R&TTE: 1999/5/EC. Directiva ATEX: 94/9/EC.

Así como el cumplimiento en cuanto rendimiento bajo los estándares mil-std-810g y 461f LEL CSA c22.2 n. º 152; isa-12.13.01.

36) Garantía de dos años para componentes no consumibles y sensores de LEL catalítico, CO, H2S, y O2. Un año para todos los demás sensores, bomba, batería y otros componentes consumibles.

37) Tener una placa o área de identificación indeleble, con la información establecida

de acuerdo al numeral 8.2.2. de la NRF-111-PEMEX-2012.

38) Tener un sello de integridad de acuerdo al numeral 8.2.5. de la NRF-111-PEMEX-

2012.

39) Ser nuevos y tener certificado o informe de calibración vigente, de acuerdo a lo

dispuesto en el numeral 8.2.4. de la NRF-111-PEMEX-2012. No se aceptan

modelos de muestra, prototipos, remanufacturados, reacondicionados o

descontinuados.

40) Proporcionar certificado o informe de calibración con fecha de emisión no mayor a

30 días a la fecha del suministro del equipo, y debe ser emitido por un laboratorio

de calibración acreditado por una entidad de acreditación reconocida con base en

la LFMN (Art. 68 de la LFMN)

41) Proporcionar capacitación teórica y práctica en idioma español (incluyendo toda la

documentación que se genere y/o utilice para la capacitación) sobre los equipos

suministrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato, y cubriendo al menos

los conceptos de seguridad, operación e interpretación de mediciones.

42) Proporcionar Instructivo de operación, mantenimiento y servicio en idioma

español.

43) Los sensores que pueden ser intercambiables son los siguientes:

SENSORES RANGO RESOLUCIÓN

Sensores PID Rango Resolución

VOC 10.6 eV (rango ext.) 0 a 5.000 ppm 0,1 ppm

LEL catalítico

NDIR (0-100 % LEL Metano)

NDIR (0-100 % Vol. Metano)

0 a 100 % LEL

0 a 100 % LEL

0 a 100 % Vol.

1 % LEL

1 % LEL

0,1 % Vol.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 44 de 133

Sensor de dióxido de carbono Rango Resolución

Dióxido de carbono (CO2) NDIR 0 a 50.000

ppm

100 ppb

Sensores electroquímicos Rango Resolución

Amoníaco (NH3) 0 a 100 ppm 1 ppm

Monóxido de carbono (CO)

Monóxido de carbono (CO), rango ext.

Monóxido de carbono (CO), H2-comp.

Combinado de monóxido de carbono

(CO)

+ sulfuro de hidrógeno (H2S)

0 a 500 ppm

0 a 2.000 ppm

0 a 2.000 ppm

0 a 500 ppm

0 a 200 ppm

1 ppm

10 ppm

10 ppm

1 ppm

0,1 ppm

Cloro (Cl2) 0 a 50 ppm 0,1 ppm

Dióxido de cloro (ClO2) 0 a 1 ppm 0,03 ppm

Óxido de etileno (EtO-A)

Óxido de etileno (EtO-B)

0 a 100 ppm

0 a 10 ppm

0,5 ppm

0,1 ppm

Formaldehído (HCHO) 0 a 10 ppm 0,05 ppm

Cianuro de hidrógeno (HCN) 0 a 50 ppm 0,5 ppm

Ácido sulfhídrico (H2S) 0 a 100 ppm 0,1 ppm

Mercaptano de metilo (CH3-SH) 0 a 10 ppm 0,1 ppm

Óxido nítrico (NO) 0 a 250 ppm 0,5 ppm

Dióxido de nitrógeno (NO2) 0 a 20 ppm 0,1 ppm

Oxígeno (O2) 0 a 30 % vol. 0,1 % Vol.

Fosfina (PH3) 0 a 20 ppm 0,1 ppm

Dióxido de azufre (SO2) 0 a 20 ppm 0,1 ppm

44) Estar equipado con los siguientes accesorios

Cargador de viaje y adaptador de comunicación de datos a pc

Cable de comunicación de datos

Adaptador AC

Adaptador de calibración

Adaptador de baterías recargables

Kit de herramientas con la herramienta hexagonal y un destornillador

Herramienta para remoción de tapa de sensor de fotoionización

3 piezas de filtros externos

6 pulgadas de tubo flexible con adaptador superior

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 45 de 133

Guía de inicio rápido

Cd con documentación

Software para la administración de datos y configuración del instrumento

Certificado de calibración y prueba de fábrica

Garantía y tarjeta de registro de equipo

10 filtros de carbón activado para el sensor de CO sensible a vapores orgánicos.

kit de monitoreo a distancia con Probeta de aluminio de 26 cm (10”) con filtros reemplazables

3 filtros de barril hidrofóbicos como trampa de humedad

3 m de tubo de teflón coloidal con conexión rápida

Caja rígida de transporte de equipo con espacios protegidos con hule esponja con capacidad de alojar el equipo, accesorios y cilindros

6.1 CILINDRO DE CALIBRACIÓN CON MEZCLA PARA MINIMO 4 GASES

Cilindro de aluminio de 34 l con mezcla mínima de 4 gases para la calibración del equipo en las siguientes concentraciones 50% LEL (base metano CH4), 18% de O2, 10 ppm de H2S, 50 ppm de CO en balance con nitrógeno, debe llevar su regulador de flujo. El cilindro debe ser trazable y aprobado por el fabricante, debe coincidir con las especificaciones del equipo para evitar errores de certidumbre de calibración.

6.2 CILINDRO DE CALIBRACIÓN PARA SENSOR DE FOTOIONIZACIÓN

Cilindro de aluminio de 34 l con 100 ppm isobutileno en aire para la calibración del sensor de fotoionización, debe llevar su regulador de flujo. El cilindro debe ser trazable y aprobado por el fabricante, debe coincidir con las especificaciones del equipo para evitar errores de certidumbre de calibración.

6.3 ESTACIÓN DE CALIBRACIÓN AUTOMÁTICA

Sistema de calibración y pruebas automático para monitores de gases que permite cumplir con las necesidades de prueba y calibración de una manera sencilla para una mejor operación manual. Debe permitir pruebas de funcionamiento automático, calibración, emisión de reportes y carga de equipos, el módulo de control y de adaptación del equipo, deben tener las medidas y peso adecuados al equipo que se va a calibrar. Por cada módulo de control debe llevar un adaptador terminal, debe trabajar con un módulo de control con pantalla LCD de aproximadamente 5.7” con gráficos en color que permita alertar o indicar el estado de calibración, alerta audible de 90 DB a 30 cm, botones de manipulación, puerto USB para conexión directa a computadora, capacidad de almacenamiento de datos en memoria externa SD

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 46 de 133

de hasta 4 GB con seguro de bloqueo, puerto para adaptador de conectividad inalámbrica, serial para impresora y con puertos para recibir 5 cilindros de gases de calibración adicional al puerto de aire fresco, un módulo de adaptación de equipo que realice bump test o calibraciones totales con botones de operación manual y display que indiquen su posición, alerta audible de 90 DB a 30 cm e indicadores led en colores que alerten la condición de los procedimientos realizados y estado de carga de los equipos, este módulo de adaptación puede funcionar de manera independiente del módulo de control, el sistema completo de controlador y adaptadores debe permitir la conexión de hasta 10 módulos de adaptación del mismo o diferentes modelos de detectores por cada módulo control, capacidad de manipulación manual y preparado para operación remota. Debe permitir la actualización del firmware para mantener actualizado con nuevas tecnologías de medición. Puede colocarse en una mesa o colocarse en pared. El software debe ser el mismo que se utiliza para administrar y configurar los equipo directamente, no debe requerir ningún software adicional para la manipulación o interpretación de resultados, así como la descarga de datos almacenados en los dispositivos, debe permitir la creación de reportes que indiquen el procedimiento realizado, fecha y hora de aplicación y números de serie de los instrumentos y sensores utilizados durante los procesos de bump test y calibración. El equipo debe estar preparado para soportar la comunicación inalámbrica para la transmisión y operación de acuerdo al equipo a calibrar.

7.0 PREPARACIÓN PARA EMBARQUE

Los paquetes deberán resistir su manejo y transporte de los equipos a la planta de forma que lleguen en perfecto estado para operar. Todos los paquetes deberán ser identificados y contar con una lista para su control. El proveedor deberá entregar todos los equipos en el lugar y dentro del plazo de entrega que se indica en el anexo “D”.

8.0 INFORMACIÓN A SUMINISTRARSE EN MANUALES.

La información correspondiente a los equipos de medición deberá ser integrada en los manuales de instalación, operación y mantenimiento preventivo y/o correctivo, como mínimo deberá incluir no siendo esta especificación limitativa lo siguiente: Certificado de calibración del instrumento, Procedimiento de instalación y Procedimiento de mantenimiento.

9.0 GARANTÍA SOBRE TODOS LOS EQUIPOS A SUMINISTRAR.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 47 de 133

Los sonómetros proporcionados deberán tener una garantía del equipo por un periodo mínimo de un año, a partir de la recepción de los equipos.

10 DOCUMENTACION QUE DEBERA PROPORCIONAR EL PROVEEDOR

El proveedor deberá entregar junto con los bienes, una carta del o de los fabricantes garantizando que el fabricante cuenta con al menos un centro de servicio autorizado, para efectuar reparaciones o mantenimientos a los equipos con respuesta inmediata, así como cuando menos 3 técnicos especialistas en mantenimiento. También deberá entregar garantía mínima de un año de los equipos

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 48 de 133

SECCIÓN III

Formatos y documentación administrativa

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 49 de 133

Documento DA-1

Manifiesto de interés en participar

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha________________________________

Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad P r e s e n t e

Concurso Abierto N° __________ Objeto: _____________________________ De conformidad con lo establecido en las bases de concurso en cita, por este medio manifiesto mi interés en participar en el presente concurso, solicitando se considere a mi representada inscrita en el mismo, para lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Datos del participante:

Nombre o razón social:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal:

Correo electrónico:

Teléfono:

Nombre del representante legal, en caso de contar con éste:

Protesto lo necesario

[Nombre del participante]

Recibe

Nombre, fecha y firma de quien recibe y sello

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 50 de 133

[Nombre y firma de la persona física o representante legal]

de registro.

DA-2 Formato para formular preguntas

Concurso No.: ____________________ Junta de Aclaraciones a las Bases Fecha: _________________________________________

Consecutivo Referencia Clasificación

Pregunta Pregunta Anexo de pregunta

No. de consecutivo del participante

Anexo Técnico y/o Sección de las Bases correspondiente, y punto de la misma

Técnica/Administrativa

En caso de anexos a las preguntas se anota en este cuadro el nombre del archivo electrónico respectivo y en la pregunta se hace referencia al mismo como sigue: “Ver anexo XXX.xxx“, dicho archivo se deberá enviar adjunto al formato de preguntas y respuestas (Opcional)

Protesto lo necesario

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 51 de 133

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

DA-3 Formato que contiene la Información de la existencia legal y personalidad del participante (Persona Física o Moral) Ciudad ____________; a ______ de _____________ de______. Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento Coordinación Operativa de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad P r e s e n t e Concurso No.: ____________________ Objeto: _____________________________ De conformidad con lo establecido en las bases de la invitación en cita, por este medio manifiesto bajo protesta de decir verdad que los datos aquí plasmados son ciertos, han sido debidamente verificados, y cuento con las facultades suficientes para suscribir la propuesta para la presente bases de la invitación, a nombre y representación de: (Persona Física o Moral).

Registro Federal de Contribuyentes:

Nacionalidad:

Domicilio.-

Calle y número:

Colonia:

Delegación o Municipio:

Código Postal:

Entidad Federativa:

Teléfonos:

Fax:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 52 de 133

Correo electrónico:

No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Fecha:

Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Relación de socios o accionistas.-

Apellido paterno:

Apellido materno: Nombre(s):

Nombre, número y circunscripción del Notario o Fedatario Público ante el cual se dio fe de la misma:

Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio:

Descripción del objeto social:

En caso de invitaciones restringidas nacionales, las pequeñas y medianas empresas podrán presentar copia para cotejo del documento expedido por la Secretaría de Economía, que la acredite como PYME.

DATOS DEL APODERADO O REPRESENTANTE DEL PARTICIPANTE:

Nombre del apoderado o representante:

Domicilio:

Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.-

Escritura pública número:

Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario o Federatario Público ante el cual se otorgó:

Protesto lo necesario [Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 53 de 133

DA-4

Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algún supuesto de los artículos 12 de las DGC y 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha_____________________

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento Coordinación Operativa de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad P r e s e n t e

Concurso No.: ____________________

Objeto: _____________________________

De conformidad con lo establecido en las bases de la invitación en cita, por este medio manifiesto bajo protesta de decir verdad que en nombre del participante persona física o moral, a quien represento, no se encuentra en algún supuesto de los artículos 76 fracción VI y 12 de las DGC.

Nota: (Si el participante es persona física sin representante legal, deberá incluir la siguiente manifestación):

Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no desempeño un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Nota: (Si el participante es persona física con representante legal, deberá incluir la siguiente manifestación):

Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir verdad que (nombre del participante persona física), a quien represento, no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Nota: (Si el participante es persona moral, deberá incluir la siguiente manifestación):

Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 54 de 133

verdad que las personas que forman parte de (nombre del participante persona moral), a quien represento, no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Protesto lo necesario

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

RESGISTRO BASICO (RB)

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 55 de 133

Documento DT-1

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 56 de 133

CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES

INSTRUCTIVO

Para participar en esta Concurso, dos o más interesados podrán presentar una Propuesta Conjunta, el convenio contendrá lo siguiente:

a) Se indicará la forma en que pretendan organizarse las personas que presenten la propuesta, pero no será necesario

constituir una persona jurídica distinta de dichas personas;

b) Se establecerán las actividades a que se obliga cada una de las personas participantes, asimismo, deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato.

c) Los integrantes de la propuesta conjunta quedarán obligados en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

d) Señalar expresamente la empresa que fungirá como líder del consorcio que presente una proposición conjunta.

e) El participante deberá adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos.

A manera de ejemplo, para cumplir con lo establecido en este inciso e), el participante podrá optar por las

siguientes alternativas:

1. En el mismo CONVENIO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES manifestar las cláusulas correspondientes a :

(I) La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como

líder en la ejecución del contrato (de manera enunciativa, mas no limitativa, podrá referirse a: I.- Quién presentará las estimaciones; II.- Quién presentará las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.- Jurisdicción, etc.).

(II) La forma en que se resolverán las controversias entre los participantes

(pudiendo ser mediante la jurisdicción de los tribunales mexicanos, arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes); y

(III) La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los

mismos en caso de incumplimiento del CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES y/o del contrato por parte de los propios participantes.

O bien,

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 57 de 133

2. Adicional al CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, adjuntar convenio privado, o instrumento similar reconocido por las leyes, celebrado entre los integrantes del consorcio, en donde se señale de manera expresa lo siguiente:

(I) La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato (de manera enunciativa, mas no limitativa, podrá referirse a: I.- Quien presentara las estimaciones; II.- Quien presentara las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.- Jurisdicción, etc.).

(II) La forma en que se resolverán las controversias entre los participantes

(pudiendo ser mediante la jurisdicción de los tribunales mexicanos, arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes); y

(III) La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los mismos en caso de incumplimiento del CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES y/o del contrato por parte de los propios participantes.

DICHO CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES O EL INSTRUMENTO LEGAL QUE SE PRESENTE DEBERÁ(N) ESTAR SUSCRITO(S) POR LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO, QUE CUENTEN FACULTADES PARA LA CELEBRACIÓN DE DICHO(S) ACTO(S).

Para cumplir con la presentación del presente DOCUMENTO DA-5, el participante presentará un escrito libre, en papel con membrete de la empresa líder, que contenga los datos antes mencionados. A manera solamente de ejemplo se anexa modelo de CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES.

A elección del participante, se podrán incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES las estipulaciones relativas al control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los integrantes del consorcio y los acuerdos de indemnización entre los mismos, o bien presentar el o los instrumentos que contengan dichas estipulaciones por separado.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 58 de 133

Documento DT-1

EJEMPLO DE CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES

CONVENIO PRIVADO PARA ADQUISICIÓN QUE CELEBRAN (Nombre o razón social de los integrantes del Consorcio), REPRESENTADAS POR (Nombre del Representante Legal por cada una de las personas que integran el Consorcio) RESPECTIVAMENTE, EN SUS CARÁCTERES DE REPRESENTANTE LEGAL DE LAS MISMAS, EN RELACIÓN CON EL CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL NÚMERO CAS-GCPCC-I003-2016 REFERENTE A LA: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE HIGIENE INDUSTRIAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I. Declara ______________________ (DECLARACIÓN PARA PERSONAS MORALES). I.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública Número.

____________, volumen Número. ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _____________, bajo el acta número ____________, tomo número_____________ volumen número ___________, de fecha __________, otorgada ante la Fe del Notario Público Número._____ de la Ciudad de ________., Lic. __________. (Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ________________________________________________________________________

I.2.- Que el(la) Señor(a) _________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número______ de fecha _____ de _______ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público Número. ______, de la Ciudad de _________., Lic. ______________.

I.3.- Que su domicilio fiscal se encuentra ubicado en:________________________ número

_______,Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de (INCLUIR ESTA MISMA INFORMACIÓN POR CADA UNA DE LAS PERSONAS MORALES QUE PARTICIPEN EN EL CONSORCIO). I. Declara (Nombre de la persona física integrante del Consorcio) (DECLARACIÓN PARA PERSONAS FÍSICAS). I.1.- Que acredita la existencia y nacionalidad mediante (Nombre del Documento). I.2.- Que el Señor (En su caso, Nombre del Representante Legal), acredita su personalidad y

facultades como Representante Legal de dicha persona, mediante ______________. I.3.- Que su domicilio fiscal se encuentra ubicado en (Calle) número _______, Colonia __________,

Código Postal ________, en la ciudad de ________, ______________.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 59 de 133

(INCLUIR ESTA MISMA INFORMACIÓN POR CADA UNA DE LAS PERSONAS FISICAS QUE FORMAN PARTE DEL CONSORCIO) II.- las partes declaran: II.1.- Que celebran el presente convenio, en virtud de que han presentado una proposición

conjunta en el concurso abierto. II.2.- Las partes de este CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES nos

comprometemos y obligamos a ejecutar en forma conjunta el objeto del concurso, en caso de que nuestra proposición conjunta, presentada en el concurso resulte con adjudicación favorable.

Al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO. Las partes convienen en agruparse en un Consorcio para la adquisición de los bienes del Concurso Abierto Internacional Número CAS-GCPCC-I003-2016, referente a la: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE MEDICIÓN PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE HIGIENE INDUSTRIAL, en caso de que la proposición conjunta presentada en dicho concurso, resulte con adjudicación favorable. SEGUNDA.- LIDER DEL CONSORCIO. Las partes convienen en que la persona que actuará como LÍDER DEL CONSORCIO, en la ejecución del contrato será (Nombre o razón social del Líder del Consorcio), cuyo representante legal es (Nombre del Representante Legal del Líder del Consorcio), quien asume la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades objeto del contrato y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con Petróleos Mexicanos. [NOTA: El siguiente párrafo aplica en caso de que todos los miembros del consorcio formen parte de un mismo grupo empresarial o corporativo]. Las partes manifiestan, que todos los miembros que integran el presente Convenio Privado para la prestación de los servicios, forman parte de un mismo grupo (empresarial o corporativo) y acreditan su relación corporativa con la documentación presentada para acreditar los requisitos del numeral _____ del documento_______, y/o con el instrumento que se acompaña en copia simple al presente Convenio, debidamente identificado como ________. (en caso de que aplique). TERCERA.- ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGA CADA UNA DE LAS PARTES. Las actividades a que se obliga cada una de las partes en este convenio, en caso de resultar su propuesta conjunta adjudicada en el concurso, son las siguientes: I. (Nombre o razón social del integrante del Consorcio) se obliga a: (Describir a detalle las actividades a que se obliga el integrante del Consorcio, no incluir porcentajes de

participación)

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 60 de 133

II. (Nombre o razón social del integrante del Consorcio) se obliga a: (Describir a detalle las actividades a que se obliga el integrante del Consorcio, no incluir porcentajes de

participación) CUARTA.- DOMICILIO COMUN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones, en relación con la ejecución del contrato que en su caso se formalice, el ubicado en (Calle) número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de (Ciudad), (Estado). Nota: Se deberá designar un domicilio en la República Mexicana. QUINTA.-OBLIGACIÓN CONJUNTA Y SOLIDARIA Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre si y ante Petróleos Mexicanos, respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato que, en su caso, se formalice como producto del concurso. Nota: En caso de que el Consorcio opte por incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA

ADQUISICIÓN DE LOS BIENES (este documento) las estipulaciones relativas a la regulación del control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos, se deberán incluir las siguientes cláusulas:

NOTA: En éstas cláusulas se describirán: el control del consorcio, la forma en que se resolverán las controversias y los acuerdos de indemnización entre los participantes, lo cual a manera de ejemplo se presentan a continuación: SEXTA.- CONTROL DEL CONSORCIO La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato (de manera enunciativa, mas no limitativa, podrá referirse a: I.- Quien presentara las estimaciones; II.- Quien presentara las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.- Jurisdicción, etc). SEPTIMA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LAS PARTES La resolución de controversias que pudieran suscitarse en el presente Convenio, será sometido en primer lugar en común acuerdo entre las partes que integren el Consorcio, en caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio, los derechos de las partes quedarán a salvo para ejercerse en la vía legal que a su derecho convenga, sujetándose a los jueces y tribunales competentes de ______________, por lo que renuncian a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderle con razón de su fuero o domicilio. Ó Arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes. OCTAVA.- ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS PARTICIPANTES DEL CONSORCIO Las empresas integrantes del Consorcio acuerdan que las pérdidas o ganancias derivadas de la ejecución del contrato derivado del concurso, será proporcional a sus aportaciones financieras efectivamente aportadas y la

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 61 de 133

indemnización que llegare a resultar de la actividad o negligencia de una o de las contratantes será en el porcentaje del daño ocasionado. Ó La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los mismos en caso de incumplimiento del CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES y/o del contrato por parte de los propios participantes. El presente CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES, se firma por las partes en ___ ejemplares originales, en la Ciudad de ________________, a los _____ días del mes de ________________ de _________________.

________________ __________________

[nombre de cada persona]

[representante legal de cada persona]

[nombre de cada persona]

[representante legal de cada persona]

NOTA: A elección del participante, se podrán incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES las cláusulas que a manera de ejemplo se establecieron, relativas al: control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos, o bien presentar por separado, el o los instrumentos que contengan dichas cláusulas.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 62 de 133

SECCIÓN IV

Documentación de carácter técnico

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 63 de 133

DT-9

Refinería Cadereyta Plazo de Entrega

Equipos Cantidad

Sonómetro 6

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 54

Refinería Salamanca Plazo de Entrega

Equipos Cantidad

Sonómetro 4

Dosímetro 5

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 48

Refinería Madero Plazo de Entrega

Equipos Cantidad

Sonómetro 5

Dosímetro 9

Luxómetro 6

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles 15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 56

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 64 de 133

Refinería Salina Cruz

Equipos Cantidad Plazo de Entrega

Sonómetro 3

Dosímetro 4

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 46

Refinería Minatitlán

Equipos Cantidad Plazo de Entrega

Sonómetro 17

Dosímetro 30

Luxómetro 20

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

55

Cilindro de calibración para sensores 36

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 36

Estación de calibración para detector portátil multigases 3

T O T A L 197

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 65 de 133

Refinería Tula

Equipos Cantidad Plazo de Entrega

Sonómetro 5

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

25

Cilindro de calibración para sensores 16

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 16

Estación de calibración para detector portátil multigases 2

T O T A L 76

RESUMEN

Posición Descripción Cant. Unidad LUGAR DE ENTREGA

PLAZO DE ENTREGA

1. Sonómetro (Equipo para monitoreo de Ruido). 40 Pieza

2. Dosímetros (Equipo para monitoreo personal de Ruido). 62 Pieza

3. Luxómetro (Equipo portátil para monitoreo de Iluminación). 42 Pieza

4. Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

140 Pieza

5 Cilindro de calibración para sensores 92 Pieza

6 Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 92 Pieza

7 Estación de calibración para detector portátil multigases 9 Pieza

Se deberá indicar en lugar de entrega “Diferentes centros de trabajo de PEMEX-TRANSFORMACION INDUSTRIAL” en el cuadro Resumen

NOTA:

De conformidad a las Especificaciones técnicas del Anexo 1

CD _________ A _____ DE ________________ DE 20___.

REPRESENTANTE LEGAL (NOMBRE Y FIRMA) _________________________________________________

NOMBRE, RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL ________________________________________________

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 66 de 133

SECCIÓN V

Documentación de carácter económico

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 67 de 133

Anexo C

Refinería Cadereyta

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe Total

Sonómetro 6

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización

10

Estación de calibración para detector portátil multigases

1

T O T A L 54

Refinería Salamanca

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe Total

Sonómetro 4

Dosímetro 5

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización

10

Estación de calibración para detector portátil multigases

1

T O T A L 48

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 68 de 133

Refinería Madero

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe

Total

Sonómetro 5

Dosímetro 9

Luxómetro 6

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 56

Refinería Salina Cruz

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe

Total

Sonómetro 3

Dosímetro 4

Luxómetro 3

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

15

Cilindro de calibración para sensores 10

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 10

Estación de calibración para detector portátil multigases 1

T O T A L 46

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 69 de 133

Refinería Minatitlán

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe Total

Sonómetro 17

Dosímetro 30

Luxómetro 20

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

55

Cilindro de calibración para sensores 36

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 36

Estación de calibración para detector portátil multigases 3

T O T A L 197

Refinería Tula

Equipos Cantidad Precio

Unitario Importe

Total

Sonómetro 5

Dosímetro 7

Luxómetro 5

Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

25

Cilindro de calibración para sensores 16

Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 16

Estación de calibración para detector portátil multigases 2

T O T A L 76

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 70 de 133

RESUMEN

Posición Descripción Cant. Unidad Precio

Unitario Importe

Total

1 Sonómetro (Equipo para monitoreo de Ruido). 40 Pieza

2 Dosímetros (Equipo para monitoreo personal de Ruido). 62 Pieza

3 Luxómetro (Equipo portátil para monitoreo de Iluminación). 42 Pieza

4 Analizador portátil multigases de gases o vapores y sus consumibles

140 Pieza

5 Cilindro de calibración para sensores 92 Pieza

6 Cilindro de calibración para sensor de fotoionización 92 Pieza

7 Estación de calibración para detector portátil multigases 9 Pieza

Monto total sin I.V.A.(Pesos Mexicanos/Dólares Americanos)

NOTA: Se deberá indicar lugar de entrega “Diferentes centros de trabajo de PEMEX-

TRANSFORMACION INDUSTRIAL” en el cuadro Resumen

1.-Será un mismo precio unitario para todos los lugares de entrega

2.- Los precios que oferte el participante deberán ser sin IVA, e incluyen todos los costos, directos, indirectos, financiamiento, utilidad y en general todas las erogaciones que debe hacer el participante.

3.- Incluir lo especificado en el Anexo 1 “especificaciones Técnicas para cada posición

CD _________ A _____ DE ________________ DE 20___.

REPRESENTANTE LEGAL (NOMBRE Y FIRMA) _________________________________________________

NOMBRE, RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL ________________________________________________

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 71 de 133

SECCIÓN VII

Requisitos y criterios de evaluación de las propuestas y criterio de adjudicación

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 72 de 133

D-1

Requisitos y criterios de evaluación legal/administrativa

Documento requerido Criterio de evaluación:

1. DA-3.- Formato que contiene la Información de la existencia legal y personalidad del participante (Persona Física o Moral) / (Incluye copia de Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal / para propuestas conjuntas incluye copia de identificación Oficial vigente, con fotografía de los Representantes legales del Consorcio, asi como del representante común).

Presentarlo en original firmado por el representante legal de la empresa.

Presentación de la copia de Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal.

En los casos de Consorcios deberá presentar la copia de identificación Oficial vigente, con fotografía de los Representantes legales del Consorcio, así como del representante común.

En el caso de Consorcios presentar el Formato DT-1 en forma individual por cada una de las personas que formen parte del mismo, y que cumplan con los requisitos y criterios antes señalados.

2. DA-4.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algún supuesto de los artículos 12 de las DGC y 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Verificar que el participante no esté inhabilitado en alguno de los supuestos señalados en el Artículo 12 de las DGC.

Presentarlo en original firmado por el representante legal de la empresa.

En caso de propuestas conjuntas se revisara que se incluya la documentación de cada uno de los integrantes del grupo que conforman el consorcio.

3. Registro Básico: Comprobante del registro vigente. Para llevar a cabo su registro, debe ingresar a la página http://www.pemex.com/procura/relacion-con-proveedores/registro-de-proveedores/Paginas/default.aspx

Anexar el comprobante de registro que emite la Herramienta Integral de Información de Proveedores.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 73 de 133

Documento D-3

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

REQUISITOS SOLICITADOS CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Entregar en el acto de presentación y apertura de proposiciones, su proposición en sobre cerrado en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras, firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, utilizando el DT-9, en donde deberá detallar claramente las

especificaciones técnicas de los Bienes que propone conforme a lo solicitado en el Anexo 1 y en su caso, lo que

se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones o en su caso en la Versión Final de Bases. Indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Se deberán describir los Bienes propuestos.

El sobre cerrado deberá estar identificado de conformidad con el numeral 9.- Preparación de las proposiciones

Que se presente el Documento.

NO presentar el Documento.

Que el Documento se encuentre redactado en idioma español.

NO presentar el Documento redactado en idioma español.

Que el Documento incluya toda la información contenida en el Anexo 1.

NO incluir toda la información contenida en el Anexo 1.

Que el Documento este firmado por la persona facultada (Documento DA-3).

NO se encuentre firmado el Anexo C y Documento DT-9 por la persona facultada (Documento DA-3). NO se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Anexo 1 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 74 de 133

Anexo “D-4”

Requisitos y criterios de adjudicación en procedimientos de contratación puntuales sobre la base de precios unitarios (con volumetría definida)

Una vez aplicado el Método Binario en las proposiciones, la convocante llevará a cabo la evaluación económica la cual consistirá en hacer la revisión documental del llenado de los documentos que integran las propuestas económicas; así como también determinar la aceptabilidad económica o no de las mismas, de conformidad con los requisitos y criterios señalados en los incisos A, B y C de este Anexo D-4. La convocante efectuará la evaluación económica de aquellas propuestas que cumplieron con los requisitos Administrativos/legales y Técnicos establecidos en las bases de concurso y cuyas propuestas económicas ordenadas de menor a mayor por su importe total verificado sean las tres más bajas; en caso de que ninguna de las tres cumplan con los requisitos y criterios económicos, se continuará con la siguiente propuesta económica más baja y así sucesivamente. Se verificará que cada documento contenga toda la información solicitada por la convocante, así como que su propuesta no presente tachaduras o enmendaduras y no esté condicionada.

A) Documentos que integran la propuesta económica:

Los participantes en su propuesta económica incluirán los documentos que se enlistan a continuación: 1. Anexo C, Catálogo de conceptos

B) Revisión documental de los anexos que integran la propuesta económica de los participantes:

Documento que integra la propuesta económica

Revisión documental

Anexo C Catálogo de conceptos

Se revisará que en todos los conceptos que integran el Anexo C, se establezca su descripción, unidad, cantidad, precio unitario sin IVA, e importe correspondiente.

En caso de existir diferencias entre los precios establecidos en el anexo C.

En caso de que el Anexo C de la(s) propuesta(s) se presente un error aritmético, la convocante procederá a su rectificación para determinar el importe correspondiente de la(s) propuesta(s), sin modificar los precios unitarios.

En caso de que existan diferencias entre las cantidades o unidades de medida indicadas por el

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 75 de 133

Documento que integra la propuesta económica

Revisión documental

participante en el Anexo C, con respecto a las indicadas en el Anexo C de la última versión de las bases de la invitación, la Convocante considerará las establecidas en el Anexo C de la última versión de las bases de concurso, y se realizarán las correcciones correspondientes para determinar el importe correcto de las propuestas.

En caso de presentarse alguno de los supuestos descritos anteriormente, el importe corregido resultante, será el que se considerará para el análisis comparativo de las propuestas.

C) Criterios para determinar la aceptabilidad de la propuesta económica de los

participantes:

1. Que los precios propuestos por el participante sean aceptables; es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado internacional, ya sea precio a precio o por el importe total de la propuesta según lo decida la convocante.

2. Se considerará(n) un incumplimiento o causa de desechamiento, lo siguiente:

Si el importe de la propuesta se encuentra fuera del rango establecido por la convocante, ya sea a la alta en 0.01% que conlleve(n) a que la propuesta total pueda resultar no aceptable económicamente para la convocante.

Una vez llevada a cabo la revisión de las propuestas económicas y de conformidad con los requisitos y criterios establecidos en este documento, se procederá a emitir el resultado de la evaluación económica de acuerdo a lo siguiente:

Aquellas propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que CUMPLEN ECONÓMICAMENTE.

Aquellas propuestas que incumplan alguno de los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que NO CUMPLEN ECONÓMICAMENTE.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 76 de 133

Documento D-5

Criterio de adjudicación Una vez hecha la evaluación de las propuestas, la adjudicación del contrato se hará por posición completa cuya proposición resulto solvente presentando el (los): 1. Importe total más bajo, resultado del mecanismo de Subasta Descendente. En caso de existir empate entre dos o más propuestas solventes, se procederá a su desempate conforme a lo siguiente: Mediante un sorteo manual por insaculación que realizará la convocante previo o durante el acto de Determinación de asignación, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada participante empatado, de la cual se extraerá en primer lugar el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los participantes que resultaron empatados, con lo que se determinaran los subsecuentes lugares que ocuparán tales posiciones.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 77 de 133

SECCIÓN VIII

Documentación complementaria

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 78 de 133

GARANTÍA

ADQUISICIONES Y SERVICIOS PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. . DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZA. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) CON DOMICILIO EN ______________________PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) ______________________________ CON DOMICILIO EN _____________________________. EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S).

EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 79 de 133

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 80 de 133

JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 81 de 133

ADQUISICIONES Y SERVICIOS PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. DOMICILIO DE LA

INSTITUCIÓN DE FIANZA.

SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO S U B S I D I A R I O O E M P R E S A F I L I A L ) C O N D O M I C I L I O E N Y S E OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ I N C L U I R S E E L N O M B R E D E C A D A U N O D E L O S PARTICIPANTES) ______________ CON DOMICILIO EN ________________. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO __________________________ Y D E S U S A N E X O S , C E L E B R A D O E N T R E _________________________________________ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).

LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.

ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.

EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.

EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.

EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 82 de 133

DERIVADAS DE DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.

LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS

ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN.

D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA

CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 83 de 133

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 84 de 133

Documento DI-1

Documentación requerida para la formalización del contrato Conforme a lo establecido en las bases de concurso, el participante que resulte adjudicado, deberá entregar, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y previo a la fecha de formalización del contrato, la documentación siguiente:

Para el caso de personas físicas, original o copia certificada para su cotejo y copia simple del acta de nacimiento o carta de naturalización; para el caso de personas morales, original o copia certificada para su cotejo y copia simple del acta constitutiva de la sociedad, y en su caso las reformas y modificaciones deberán estar inscritas en el Registro Público de Comercio correspondiente.

Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del poder notarial del representante para actos de administración o para suscribir contratos, el cual deberá estar inscrito en el Registro Público de Comercio correspondiente (salvo que el participante sea persona física y vaya a ser formalizado por la misma).

Para el caso de participantes extranjeros, los documentos con los que acredite su legal existencia y personalidad jurídica deberán contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente del país de origen que se trate, misma que deberá presentarse acompañada de una traducción simple al español.

Para el caso de consorcios, la documentación de las actas y de los poderes notariales deberán ser presentados por cada una de las empresas que participen conjuntamente.

Original y copia simple de ambos lados para su cotejo de la identificación oficial vigente con fotografía de la(s) persona(s) que firmará(n) el contrato.

Original del Manifiesto bajo protesta de decir verdad que cuentan o establecerán esquemas en materia de integridad y ética corporativa encaminados a prevenir y detectar actos u operaciones que puedan constituir prácticas de corrupción, y que afecten o puedan afectar a la Empresa Productiva, mismos que mantendrán vigentes durante la ejecución de los contratos.

Cédula(s) del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada una de las empresas.

Documento emitido por el participante, en el cual manifieste o no su aceptación de retención en lo relativo a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción.

Garantías de cumplimiento que correspondan, las cuales deberá entregar a la Convocante previo a la formalización del contrato.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 85 de 133

Solicitud de registro en el catálogo maestro de acreedores

El participante ganador que no se encuentre registrado en el Catálogo Maestro de Acreedores de la Convocante deberá proporcionar los datos bancarios para efecto de pago: nombre del banco, domicilio, número de cuenta, nombre del cuentahabiente, CLABE de la cuenta, plaza y sucursal, indicando que el beneficiario es el mismo a quien se le adjudicó el contrato. La información que se proporcione debe ser actualizada.

Para facilitar la presentación de la referida información, el participante podrá iniciar a la brevedad los trámites correspondientes para obtener el “Formato de solicitud de Registro de Acreedores” adjunto, a efectos de que esté dado de alta como acreedor en el sistema de la Convocante y de esa forma agilizar los trámites al momento de la formalización del Contrato y pago.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 86 de 133

Solicitud de registro en el catálogo maestro de acreedores

Nombre ó Razón Social:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal: (Calle, Número exterior e interior):

Colonia: Código Postal:

Delegación, Ciudad y Estado:

Teléfono (s): Fax:

Nombre del Representante Legal: R.F.C.:

Correo Electrónico del Representante:

Registro otorgado por la DCPA (En Caso de contar con éste): TIPO:

Industria ( ) Comercio ( ) Servicios ( ) Número de empleados: __________

Clasificación de la empresa:

Giro de la empresa:

Pequeña: ( ) Contratista: ( )

Mediana: ( ) Proveedor: ( )

Grande: ( ) Cámara o Asociación donde está inscrito: ___________________________________________________

Datos bancarios

Institución Bancaria: No. de Cuenta:

Sucursal: No. de Referencia:

Plaza (No. y Ciudad):

Clabe:

Nombre y Firma del Responsable que envía los Datos:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 87 de 133

Coordinación de Ventanilla Única

ACREDITAMIENTO BANCARIO Por este conducto autorizo a Petróleos Mexicanos a efectuarme las transferencias por los pagos que me correspondan, por la entrega (Adquisiciones / Arrendamientos / Servicios / Obras que realice al mismo.

Número de Acreedor:

Nombre o Razón Social:

Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.):

Nombre del Representante Legal:

E-mail:

Domicilio Fiscal:

Ciudad:

Estado:

País:

Código Postal:

Teléfono:

Institución Bancaria:

Número Cuenta Bancaria:

Moneda:

Clave Bancaria Estandarizada (CLABE):

Swift Code:

Firma y Nombre Firma y Nombre

SELLO DEL BANCO

NOMBRE Y FIRMA DEL

REPRESENTANTE LEGAL

Funcionarios Bancarios

Anexar los siguientes requisitos: Persona Moral: Carta del Apoderado Legal indicando bajo promesa que el poder notarial no sido revocado o modificado Copia del Acta Constitutiva Copia del Poder Notarial Copia identificación oficial del Representante Legal Copia del Formato de “Inscripción en el R.F.C.” Persona Física: Copia de solicitud de inscripción ante el SAT

(Formato R-1) Copia de identificación oficial

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 88 de 133

SECCIÓN IX

Modelo de contrato

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 89 de 133

CONTRATO PARA LA PROCURA DE BIENES

El presente Contrato para la Procura de Bienes se celebra a los [__] Días del mes de noviembre de 2016 (la “Fecha de Suscripción”) entre PEMEX, representada por el C. [__________], y el Proveedor, representado por [__________], en adelante el “Contrato”), al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes.

D E C L A R A C I O N E S

A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto principal las actividades de refinación, transformación, procesamiento, importación, exportación, comercialización, expendio al público, elaboración y venta de hidrocarburos, petrolíferos, gas natural y petroquímicos, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Transformación Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 899 extraordinaria, celebrada el 24 de septiembre de 2015, mediante acuerdo número CA-185/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIII, de su Acuerdo de Creación. [TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES DE LA DOPA.] II. Acredita su personalidad y facultades en términos de los Artículo 17, fracciones III y IV, 146, fracción XII y INCLUIR EL ARTÍCULO Y FRACCIÓN CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE QUE SE TRATE del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015, y mediante el testimonio de la Escritura Pública número [_______________], de fecha [__________________], otorgada ante la fe del Notario Público [____________] de [________________], Licenciado [_______________]; mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. III. Para la celebración del Contrato ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

IV. Ha previsto los recursos para llevar a cabo las obligaciones objeto del Contrato, según consta en la Solicitud de Pedido [_______], con cargo al Centro Gestor [_______], Posición Financiera [_______] y Clave del Proyecto [_______].

V. El Contrato se adjudicó mediante el procedimiento de Concurso Aierto Internacional, con fundamento en los artículos 75 y 77 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 11 fracción I, 17 y 25 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 90 de 133

VI. Su domicilio para efectos del Contrato es Av. Laguna de Mayrán 410 piso 5 Torre Titano, Colonia Anáhuac, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11320, Ciudad de México y su clave de Registro Federal de Contribuyentes es [_______].

VII. Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos y no simuló el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir o entregar documento o bien alguno.

VIII. Durante la ejecución del Contrato, verificará permanentemente por sí o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el Proveedor cumpla frente a sus trabajadores con sus obligaciones en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

B. El Proveedor declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones jurídicas de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública número [Número de la escritura], de fecha [Fecha de la escritura], otorgada ante la fe del Titular de la [Correduría o Notaría] Pública número [____] de [Localidad], Licenciado [Nombre del fedatario], cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio correspondiente. II. Cuenta con personalidad y facultades para celebrar el Contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública número [Número de la escritura], de fecha [Fecha de la escritura], otorgada ante la fe del Titular de la [Correduría o Notaría] Pública número [_______] de [Localidad], Licenciado [Nombre del fedatario], y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del Contrato.

III. Su domicilio para efectos del Contrato es [Ubicación en oficinas] y su clave de Registro Federal de Contribuyentes es [_______].

IV. Cuenta con los medios propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y en caso de que conforme a los términos del Contrato exista subcontratación, se asegurará que el Subcontratista también cumpla con dicho requisito en términos de lo dispuesto por el artículo 15-B de la Ley Federal del Trabajo.

V. Reconoce el carácter, personalidad y facultades con las que los representantes de PEMEX actuaron durante el procedimiento de contratación del cual deriva el Contrato, por lo que no se reserva derecho ni acción legal alguna de cualquier naturaleza, sea civil, mercantil, penal, administrativa o cualquiera otra, exigible o ejercible, en contra de PEMEX por tales aspectos.

VI. Declara, bajo protesta de decir verdad que ni él, ni sus empleados, han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Empresas Productivas Subsidiarias o Empresas Filiales, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, así como, que no ha estado en contacto ni ha negociado con ningún funcionario, director, consejero, empleado o representante de PEMEX, ni ha dado ni dará ningún tipo de comisión, honorario, dádiva, regalo o compensación de ninguna naturaleza que tengan un costo o valor significativo en relación con el presente Contrato, y que se obliga a denunciar a PEMEX por escrito los

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 91 de 133

hechos ocurridos en la eventualidad de que le sea solicitado cualquier tipo de comisión, honorario, dádiva, regalo o compensación.

Declara también que se tiene pleno conocimiento de que el Estado mexicano ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia anticorrupción, en los cuales adquirió compromiso con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción.

Expresa que conoce las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, tales como: el cohecho, la extorsión y el tráfico de influencia, por lo que es sabedor que en caso de incurrir en actos de corrupción, puede ser sujeto de sanción además de la inmediata rescisión de los Contratos y Convenios celebrados con Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas del Estado o sus empresas Filiales.

C. PEMEX y el Proveedor declaran, a través de sus [representantes/apoderados], que: Reconocen que la Rescisión de pleno derecho podrá determinarse por las personas facultadas para ello, por cuanto hace a PEMEX, en el Estatuto Orgánico de [_______] o, por el administrador o equivalente, en términos de lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para el caso del Proveedor. En consideración de las cláusulas establecidas en el Contrato, PEMEX y el Proveedor, con la intención de

estar legalmente vinculados, aceptan lo siguiente:

1. El CONTRATO

Los anexos del Contrato se incorporan y forman parte integral del mismo. El Contrato incluirá todos sus anexos, según fueran modificados conforme a los términos establecidos en el presente, y se listan de la siguiente manera:

Anexo A Descripción, Precio y Fecha de Entrega de los Bienes

Anexo B Propuesta Técnica

Anexo C Condiciones de Pago

Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

Anexo F Modelos de Garantías

Anexo H Procedimiento y Programa de Entrega de los Entregables

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 92 de 133

2. DefinicionesSalvo estipulación en contrario en el Contrato, las siguientes definiciones se usarán, ya sea en singular o plural, para el propósito de interpretar el Contrato y tendrán los significados que se indican a continuación cada vez que comiencen en letra mayúscula:

2.1 “Administrador del Proyecto”. El [Gerente/Administrador del Activo] cuyas funciones se encuentran señaladas en las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

2.2 “Anticipo”. Las cantidades que respecto del Precio del Contrato se adelantan para la entrega de los Bienes, de acuerdo al Anexo D.

2.3 “Autoridad Gubernamental”. Cualquier departamento, organismo, comisión, subdivisión, junta directiva, agencia, ministerio, corte, tribunal, autoridad judicial, juntas de conciliación y arbitraje, órgano legislativo, órgano administrativo, órgano regulatorio, entidad autónoma, autoridad fiscal, o cualquier otra subdivisión política de los mismos ya sea extranjero, nacional, federal, estatal, municipal, local o regional, que realice funciones de autoridad en términos de Ley.

2.4 “Bienes”. Los materiales, productos o equipos pedidos por PEMEX conforme al Contrato o a una Orden de Suministro emitida bajo el Contrato; incluyendo materiales, productos y equipos suministrados como sustituciones autorizadas por PEMEX o como materiales, productos o equipos reparados o remplazados de acuerdo con el Contrato, identificados en el Anexo A o en cualquier Orden de Suministro emitida bajo el Contrato.

2.5 “Cambio de Control”. Modificación directa o indirecta en el Control de una Parte, ya sea a través de una fusión, escisión, venta o transferencia de acciones o partes sociales o bajo cualquier otra figura, a través de una sola transacción o serie de transacciones relacionadas, de uno o más cedentes a uno o más cesionarios.

2.6 “Cédula”. Documento que acredita el país de origen de los bienes, de conformidad con el modelo adjunto al Contrato como Anexo K, el cual deberá ser presentado con anterioridad a la Fecha de Suscripción.

2.7 “Compañía Matriz”. [Insertar el nombre de la entidad comercial que posee el cien por ciento (100%) de las acciones u otros intereses del Proveedor], misma que responderá solidariamente frente a PEMEX o cualquiera de los miembros del Grupo de PEMEX, respecto del cumplimiento de las obligaciones del Contrato.

2.8 “Control”. La posesión, directa o indirecta, del poder de dirigir o cambiar la dirección de la administración o políticas de una Persona, ya sea a través de la titularidad de las acciones, valores o títulos con derecho de voto o a través de cualquier otro medio.

2.9 “Daños y Perjuicios”. Cualquier pérdida, costo, gasto, responsabilidad o privación de una ganancia lícita, incluida cualquier multa o penalidad, surgida bajo el Contrato, incluido por incumplimientos del Contrato, por Ley o por responsabilidad extracontractual.

2.10 “Defecto”. Una condición en cualquiera de los Bienes, que PEMEX determine: (i) que no está conforme a los términos o requisitos del Contrato; o (ii) que no tenga una buena calidad uniforme, que contenga o presente errores u omisiones, deficiencias en el diseño, aplicación, montaje o fabricación, o que su fabricación sea inadecuada o de calidad inferior.

2.11 “Día”. Un día calendario.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 93 de 133

2.12 “Día Hábil”. Cualquier día que no sea sábado, domingo, festivo contractual en Pemex o descanso obligatorio en México.

2.13 [“Dólar”. Moneda de curso legal en los Estados Unidos de América.] [Nota: Incluir en el caso de que el proyecto lo requiera]

2.14 “Emisor de Carta de Crédito Aprobado”. [_________], que expresamente emite y confirma las cartas de crédito que le sean presentadas para su pago, a la vista en la oficina de dicho banco, o en la oficina de un banco en la Ciudad de México.

2.15 “Entrega” o “Entregado”. La entrega de los Bienes por parte del Proveedor a PEMEX en el Punto de Entrega [especificar INCOTERM, si se utiliza].

2.16 “Entregables”. Todos los productos, documentos u otros materiales, preparados por o en nombre del Proveedor o cualquier Subcontratista, requeridos para la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, cuya entrega resulten de la misma, incluyendo cualquier producto de trabajo que fuera entregado, o fuere requerido conforme al Contrato.

2.17 “Evento de Fuerza Mayor”. Cualquier evento o circunstancia, o combinación de eventos o circunstancias, que:

(a) estuviera fuera del control de la Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor;

(b) que no fuera el resultado de la falta, negligencia, dolo, mala fe o fraude de la Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor;

(c) no se pudiera prever o siendo previsible no se pudiera evitar, eludir, superar o remediar, en parte o en su totalidad, por la Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor, al momento en que ocurriera; y

(d) tuviera un impacto efectivo y demostrable, que pudiera afectar de manera adversa y material, la capacidad de la Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor de cumplir con sus obligaciones conforme a los términos del Contrato.

Sin limitar lo establecido anteriormente, los eventos que podrían dar lugar a un Evento de Fuerza Mayor incluyen:

(a) casos fortuitos, desastres naturales, incendios, terremotos;

(b) tormentas eléctricas, inundaciones, condiciones climáticas inusualmente severas, salvo aquellas condiciones climáticas dentro del rango de severidad registrado por el Servicio Meteorológico Nacional en los últimos cincuenta (50) años en las inmediaciones del Sitio o en otros lugares;

(c) disturbios civiles, guerra, terrorismo, tumultos, salvo disturbios, terrorismo o disturbios de parte de miembros de comunidades que viven en las aproximaciones del Sitio debido a cualquier acción o inacción, o a la instigación directa o indirecta del Proveedor o Subcontratista o de cualquier integrante de su personal;

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 94 de 133

(d) huelgas, cierres patronales u otras controversias laborales que sean de alcance nacional o regional y que no tuvieran como objeto específico al, o fueran asumidas por el Proveedor o cualquier Subcontratista; o

(e) la acción u omisión de parte de cualquier Autoridad Gubernamental con jurisdicción obligatoria para las Partes, siempre que, en relación con cualquier acción ordenada por los tribunales o acto u omisión de una Autoridad Gubernamental, la acción que se requiera deba ser obligatoria y aplicable en su integridad y no una simple recomendación o consulta para la Parte que la reclama como un Evento de Fuerza Mayor.

No obstante lo anterior, la definición de “Evento de Fuerza Mayor” no incluirá:

(a) huelgas, paros laborales, cierres patronales o controversias laborales que afecten únicamente al Proveedor o a cualquier Subcontratista;

(b) desaceleraciones, bajo rendimiento u otros actos laborales; cualquier falta de mano de obra, indisponibilidad;

(c) entrega tardía, falla, rotura o malfuncionamiento de los Materiales o eventos que pudieran afectar el costo de los Materiales;

(d) dificultades económicas;

(e) peligros del mar o demoras en el transporte, incluyendo demoras en los despachos aduaneros, que no sean resultado de accidentes o cierres de calles u otras rutas de transporte por parte de las Autoridades Gubernamentales;

(f) acciones de una Autoridad Gubernamental en relación con el cumplimiento o incumplimiento por parte del Proveedor de las Leyes o Permisos del Proveedor que fueran requeridos para la obtención o mantenimiento en virtud del Contrato; y

(g) cualquier otro acto, omisión, demora, incumplimiento o falla, económica o de otro tipo, de un Subcontratista, o cualquier cambio de Leyes.

2.18 “Fecha de Entrega”. El significado establecido en el Anexo A.

2.19 “Filial de PEMEX”. Tiene el significado establecido en el artículo 61 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

2.20 “Filial del Proveedor”. Persona controlada, directa o indirectamente, por el Proveedor o que se encuentra bajo el control común de varios miembros del Grupo del Proveedor. Para los efectos de esta definición, el término “control” significa el poder para dirigir, administrar o dictar la gestión o políticas de administración de cualquier Persona, ya sea mediante la tenencia de acciones o de cualesquiera otros valores con derecho de voto o mediante cualquier otro medio.

2.21 “Gravamen”. Cualquier cargo, derecho de retención, prenda, hipoteca, fideicomiso, pignoración, afectación u otra restricción sobre el título o la participación patrimonial, mediante procedimiento judicial o extrajudicial, derechos

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 95 de 133

reales o derechos personales, derecho de retención y cualquier otro derecho u obligación previsto en la Ley, en relación con los Bienes o el Contrato, con independencia de que dicha restricción sea válida o aplicable, creada a partir de, o como resultado de, cualquier acto u omisión, o supuesto acto u omisión, por parte del Proveedor o Subcontratistas o de cualquier otra Persona que procure los Bienes.

2.22 “Grupo de PEMEX”. Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias o sus respectivas Filiales, así como sus correspondientes directores, funcionarios, accionistas, gerentes, socios, agentes, asesores, proveedores, contratistas, consultores, representantes, causahabientes, cesionarios, empleados y demás Personas que actúen en su nombre, representación, interés o beneficio. Una referencia al Grupo de PEMEX incluye una referencia a cada uno y cualquiera de sus miembros. Para efectos aclaratorios, no incluye a los miembros del Grupo del Proveedor.

2.23 “Grupo del Proveedor”. El Proveedor, cualquier Subcontratista, las Filiales del Proveedor o cualquiera de sus respectivos directores, funcionarios, accionistas, gerentes, socios, agentes, asesores, proveedores, contratistas, consultores, representantes, causahabientes, cesionarios, empleados y demás Personas que actúen en su nombre, representación, interés o beneficio. Una referencia al Grupo del Proveedor incluye una referencia a cada uno y cualquiera de sus miembros. Para efectos aclaratorios, no incluye a los miembros del Grupo de PEMEX.

2.24 “Impuestos”. Tiene el significado previsto en las Leyes.

2.25 “Información Confidencial”. La información que representa una ventaja comercial sobre los competidores de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias, o sus Filiales, que en caso de ser revelada o utilizada, sin el previo consentimiento por escrito de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias, o sus Filiales, les cause Daños y Perjuicios. Además, aquella que sea susceptible de apropiación, ideas materializadas, impresiones mentales, investigación, ingeniería, métodos de información, fórmulas, estrategias, diseños, productos, proyectos, planos, mejoras y avances que no son conocidos, o que de serlo, serán o fueron puestos en operación por Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias, o sus Filiales, y demás proyectos y sociedades relacionadas con Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias, o cualquiera de sus Filiales y, en general, aquella información que sea proporcionada al Proveedor por Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias o cualquiera de sus Filiales, por cualquier medio. La Información Confidencial puede encontrarse en cualquier forma o medio, tangible o intangible, y podrá ser comunicada por escrito o de manera verbal.

2.26 “Ley”. Cualquier acta, constitución, estatuto, disposición legislativa, reglamento, licencia, regla, fallo, decreto, directiva, lineamiento o política de carácter obligatorio, o cualquier forma similar de decisión o determinación por parte de, o cualquier interpretación o aplicación por escrito de, cualquier ordenamiento jurídico establecido anteriormente por parte de una Autoridad Gubernamental con jurisdicción sobre el Proveedor, PEMEX o la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. Cualquier referencia a cualquier Ley en el Contrato será entendida como una referencia a dicha Ley según fuera modificada, regulada, complementada, interpretada o remplazada en el futuro.

2.27 “Materiales Peligrosos”. Aquellas substancias, compuestos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, representan un riesgo para el medio ambiente, la salud o los recursos naturales, dadas sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas, incluyendo petróleo crudo o cualquier fracción del mismo.

2.28 “Orden de Suministro”. Documento que se emite bajo el Contrato, conforme a lo establecido en el Anexo C.

2.29 “Parte”. PEMEX o el Proveedor, individualmente, según sea el caso.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 96 de 133

2.30 “Partes”. PEMEX y el Proveedor, colectivamente.

2.31 “Penas Convencionales”. Las penas que se incluyen en el Contrato.

2.32 “Permiso”. Cualquier autorización, consentimiento, liberación, aprobación, renuncia, salvedad, certificado, franquicia, concesión, licencia, fallo, decreto, publicación, condición, presentación, declaración, registro, u orden similar de cualquier Autoridad Gubernamental.

2.33 “Permisos del Proveedor”. Todos los Permisos que tiene que obtener o disponer el Proveedor para cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato, ya sean en su propio nombre, o en nombre de PEMEX, en este caso, si fuera exigido por PEMEX o por las Leyes, siempre y cuando PEMEX hubiese revisado y aprobado la obtención de dichos Permisos en su nombre.

2.34 “Persona”. Cualquier persona física o moral, ya sea una sociedad mercantil, sociedad civil o especial, asociación profesional o de cualquier otro tipo, sindicato, sociedad mutualista, personas morales extranjeras de naturaleza privada o pública, organización civil, asociación en participación, empresas integradoras, instituciones educativas, organización sin personalidad jurídica, Autoridad Gubernamental u otra entidad independientemente de su naturaleza jurídica.

2.35 “Pesos”. La moneda de curso legal en México.

2.36 “Prácticas de la Industria”. Los estándares de práctica, ejecución y calidad que se aplicarían para la procura de los Bienes.

2.37 “Propiedad Intelectual”. Todo derecho de autor y, la propiedad industrial mexicana y extranjera, incluyendo:

(a) todas las invenciones (patentadas o patentables), mejoras, técnicas, registros marcarios y propiedades industriales y aplicaciones de las mismas e informes de invenciones, junto con todas las previsiones, renovaciones, re-emisiones, re-examinaciones, solicitudes divisionales, revisiones, continuaciones, continuaciones en parte y extensiones de las mismas;

(b) los modelos de utilidad, que tengan registro, sean registrables o que se reduzcan a la práctica, de objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que los integran o ventajas en cuanto a su utilidad; así como los dibujos, diseños, procesos, tecnología, conocimientos técnicos, know-how, protocolos, especificaciones, datos, planos, planes, ideas, investigación y desarrollo, fórmulas, algoritmos, modelos y metodologías de dichos modelos de utilidad;

(c) los diseños industriales como dibujos industriales y modelos industriales, que tengan registro, sean registrables o que se reduzcan a la práctica, así como los dibujos, diseños, procesos, tecnología, conocimientos técnicos, know-how, protocolos, especificaciones, datos, planos, planes, ideas, investigación y desarrollo, fórmulas, algoritmos, modelos y metodologías de dichos diseños industriales;

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 97 de 133

(d) los trabajos de autoría, que se encuentren registrados como derechos de autor, sean susceptibles de dicha protección o no estén registrados por algún derecho de autor, diseños industriales, derechos de base de datos y derechos patrimoniales y morales, incluidas las aplicaciones de los mismos y sus renovaciones de las mismas;

(e) los secretos industriales, información confidencial de aplicación industrial o comercial, registrada, registrable o sin registro, incluyendo datos técnicos, listas de clientes y proveedores e información de costos y planes, de propuestas de negocios, sobre la naturaleza, características o finalidades de los productos, la información relacionada con los métodos o procesos de producción o los medios o formas de distribución o comercialización de los productos o prestación de servicios, tecnología, conocimientos técnicos, know-how, procesos, técnicas, protocolos, especificaciones, datos, composiciones, modelos industriales, arquitecturas, bosquejos, diseños, planos, planes, ideas, investigación y desarrollo, fórmulas, algoritmos, modelos y metodologías;

(f) las marcas que se encuentren registradas, que sean registrables o que su uso se reduzca a la práctica, marcas comerciales, denominaciones o razones sociales, marcas de servicio, nombres de dominio, marcas colectivas, marcas notoriamente conocidas y famosas, presentación de productos, nombres comerciales, avisos comerciales, logotipos, slogans y todos los datos de calidad u origen, incluyendo usos consuetudinarios sobre los mismos, junto con el valor intangible de la empresa, registros, renovaciones y aplicaciones en relación con lo anterior;

(g) los programas de cómputo tanto código fuente como código objeto, datos, bases de datos, guiones, páginas web y toda la documentación en relación con cualquiera de los puntos anteriores;

(h) la denominación de origen que cuente con declaración de protección o que sea susceptible de obtenerse;

(i) los esquemas de trazado de circuitos integrados que se encuentren registrados, que sean registrables o que su uso se reduzca a la práctica;

(j) los derechos que deriven de una solicitud en trámite, los derechos bajo licencia o el consentimiento otorgado por cualquier medio para ejercer o explotar cualquiera de ellos; y

(l) otras formas de protección de naturaleza similar que tengan un efecto legal.

2.38 “Punto de Entrega”. [________] lugar en el cual el Proveedor entregará los Bienes, según se describe con mayor especificación en el Anexo B.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 98 de 133

2.39 “Rescisión”. Facultad de las Partes para resolver de pleno derecho el Contrato conforme a las estipulaciones contenidas en el presente instrumento.

2.40 “Residuo”. Material o producto que se encuentra en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso contenido en recipientes o depósitos, cuyo propietario o poseedor desecha, que puede ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final conforme a las Leyes aplicables.

2.41 “Residuos Peligrosos”. Aquellos Residuos que poseen alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio.

2.42 “Subcontratista”. Cualquier Persona contratada o empleada, directa o indirectamente, por el Proveedor o por cualquier miembro del Grupo del Proveedor en cualquier etapa; incluyendo cualquier proveedor o consultor para la realización de cualquier parte de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato.

2.43 “Subcontrato”. Cualquier orden de compra, contrato o acuerdo escrito entre el Proveedor y el Subcontratista en relación con las obligaciones bajo el Contrato.

2.44 “Tercero”. Cualquier Persona que no sea PEMEX o el Proveedor.

3. objeto del contrato

3.1 Objeto. El objeto del Contrato es el suministro por el Proveedor y la adquisición por PEMEX de Adquisición de equipos de medición para realizar actividades de higiene industrial en Pemex Transformación Industrial; todo lo cual será realizado de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Contrato.

3.2 Entrega de los BienesLa Entrega de los Bienes es de absoluta y exclusiva responsabilidad del Proveedor. El Proveedor será el único responsable por la Entrega, a su propia costa, de los Bienes en el Punto de Entrega, conforme a las especificaciones y obligaciones establecidas en el Contrato. PEMEX no será en ningún caso, ni en modo alguno, responsable por los actos y omisiones del Proveedor, ni por las acciones y omisiones de cualquier Subcontratista o cualquier miembro del Grupo del Proveedor o de cualquier Subcontratista encargado de ejecutar cualquier parte de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. Sin perjuicio de las disposiciones de cualquier código o estándar técnico al que se haga referencia en los anexos del Contrato, PEMEX no tendrá ninguna obligación con respecto a la Entrega de los Bienes, salvo que se establezca expresamente en el Contrato.

3.3 No ExclusividadPEMEX no tendrá la obligación de adquirir Bienes en exclusiva del Proveedor y estará facultada para, a su discreción, solicitar Bienes a otros proveedores.

4. Plazo para la ejecución del contrato

4.1 Plazo de EjecuciónEl plazo de ejecución comienza en la Fecha de Suscripción y termina el 10 de diciembre de 2016 (el “Plazo”).

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 99 de 133

4.2 Plazo para la Entrega de los Bienes. El Proveedor entregará los Bienes en el Punto de Entrega en las Fechas de Entrega, tal y como se establece en el Anexo A. El Proveedor garantiza que conoce sus obligaciones bajo el Contrato y que esta garantía del Proveedor es un incentivo material para que PEMEX celebre el Contrato con el Proveedor. Salvo que se acuerde de otra manera, el Proveedor será responsable por toda la procura, programación y planificación requerida para la total ejecución y cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato de manera puntual. Sin perjuicio de esta obligación del Proveedor, si el Proveedor percibe que habrá cualquier atraso en la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, por cualquier causa, lo comunicará por escrito de inmediato a PEMEX. Cuando no se haya establecido un tiempo específico para la ejecución de una obligación del Proveedor bajo el Contrato, dicha obligación será ejecutada de manera pronta y oportuna, de acuerdo con los términos del Contrato.

5. inconsistencias

El Proveedor identificará las inconsistencias relacionadas con el suministro de los Bienes, incluidos cualesquiera conflictos sobre los estándares de calidad de cualquier Material, que conforme a las Prácticas de la Industria existieran, e informará de las mismas al Representante de PEMEX a más tardar dentro de los [___] [(__)] Días siguientes a su identificación. El Representante de PEMEX entregará al Proveedor, por escrito, las instrucciones que resuelvan las inconsistencias identificadas por el Proveedor, y éste cumplirá con dichas instrucciones a su costa sin que en modo alguno esto afecte su plena y exclusiva responsabilidad por el suministro de los Bienes. Antes de que el Representante de PEMEX tome una decisión, el Proveedor cumplirá con el estándar más riguroso.

Interpretación

En caso de contradicción entre los términos del Contrato y de cualquier Orden de Suministro, la interpretación del Contrato y de cualquier Orden de Suministro se hará conforme al siguiente orden de prevalencia:

5.1 Las modificaciones al Contrato mediante convenios modificatorios, suscritos después de la Fecha de Suscripción, con prevalencia de los suscritos en una fecha posterior sobre los de una fecha anterior;

5.2 El Contrato (excluyendo los Anexos);

5.3 Los Anexos del Contrato, prevaleciendo el Anexo A sobre todos los demás anexos, y

5.4 Cualquier Orden de Suministro, con prevalencia de cualquier modificación de las mismas.

No obstante lo anterior, en caso de persistir la contradicción, se estará a lo dispuesto en los artículos 1851, 1853 y demás relativos del Código Civil Federal. OBLIGACIONES de PEMEX y del PROVEEDORLas siguientes manifestaciones y garantías se realizan a la Fecha de Suscripción, y cada una de las Partes tendrá la obligación de mantenerlas vigentes, durante el Plazo del Contrato y hasta la (i) fecha de expiración del Plazo; o (ii) la fecha en la cual el Proveedor haya ejecutado completamente sus obligaciones bajo la última Orden de Suministro, lo que ocurriera después.

Cada Parte manifiesta y garantiza que (i) está debidamente autorizada para la suscripción del Contrato; (ii) el Contrato no está en conflicto con algún otro contrato, escritura u obligación en relación con el cual

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 100 de 133

dicha Parte estuviera obligada, y (iii) el Contrato crea una obligación legal, válida y vinculante en relación con dicha Parte y ejecutable frente a dicha Parte conforme a los términos del Contrato.

5.5 Obligaciones Previas del Proveedor

5.5.1 El Proveedor manifiesta y garantiza que está, y estará en todo momento, calificado y capacitado para cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato conforme a los términos del mismo.

5.5.2 El Proveedor manifiesta y garantiza que no está en incumplimiento de ninguna Ley o permiso, incluyendo ningún Permiso del Proveedor, que, individualmente o en su totalidad, pudieran afectar al cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato.

5.5.3 El Proveedor manifiesta y garantiza que no existe ninguna controversia, acción legal, procedimiento de arbitraje, procedimiento administrativo o investigación pendiente instituida, que pudiera amenazar o afectar la legalidad, validez y exigibilidad del Contrato o al cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones del Contrato, y el Proveedor no tiene conocimiento de la causa de dicha controversia, acción, procedimiento o investigación.

5.5.4 El Proveedor manifiesta y garantiza que ha evaluado completamente el Contrato, incluyendo todos sus anexos y que está familiarizado con los términos y disposiciones contenidos en el mismo.

5.5.5 El Proveedor manifiesta y garantiza que es financieramente solvente, que tiene la capacidad de pagar sus deudas a medida que venzan, y que posee el suficiente capital de trabajo para cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato.

5.5.6 El Proveedor manifiesta y garantiza que, por sí mismo o a través de todos los Subcontratistas, cuenta con la experiencia necesaria y calificaciones adecuadas para ejecutar y cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato, conforme a los términos del mismo.

5.5.7 PEMEX podrá entregar o podría haber entregado al Proveedor copias de algunos estudios establecidos en el Anexo B, informes u otra información (incluyendo declaraciones verbales) y el Proveedor manifiesta y garantiza que (A) dicha documentación o información ha sido provista o será provista como información de referencia para el Proveedor, y (B) que PEMEX no hace ninguna manifestación ni garantiza nada en relación con la precisión o integridad de dichos documentos o la información (incluyendo las declaraciones verbales) u opiniones contenidas o expresadas en los mismos.

5.5.8 El Proveedor manifiesta y garantiza que cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el Contrato, y que ni él, ni ningún miembro del Grupo del Proveedor, Tercero asociado con él, o Subcontratista, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 76 fracción VI de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

5.5.9 El Proveedor manifiesta y garantiza que no ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PEMEX, de algún miembro del Grupo de PEMEX o de cualquier dependencia o entidad de gobierno, incluyendo cualquier Autoridad Gubernamental, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional o en cualquier otro país.

5.2 Obligaciones Previas de PEMEX

PEMEX manifiesta y garantiza que contará con los Permisos que conforme a la naturaleza del Contrato deba tener, de manera previa al

inicio de la ejecución del Contrato. (cuando aplique).

6. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 101 de 133

6.1 Obligaciones Generales del ProveedorEl Proveedor se obliga a que los Bienes cumplan con los requerimientos del Contrato, incluyendo las Prácticas de la Industria. Salvo disposición expresa en contrario en el Contrato, lo anterior se aplicará en todos los aspectos de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, o cualquier Orden de Suministro y se considerará que se incorpora por referencia a cada disposición del Contrato o a cualquier Orden de Suministro que describa las obligaciones del Proveedor. En ningún caso las referencias, en cualquier disposición del Contrato, a uno o más estándares, normas, prácticas, regulaciones, Leyes o permisos a los que se hace referencia en este párrafo serán interpretadas como que limitan la relevancia de otros estándares, normas, prácticas, regulaciones, leyes o permisos similares.

El Proveedor manifiesta y garantiza que es titular de, o tiene el derecho de utilizar, todas las patentes, marcas comerciales, marcas de servicio, nombres comerciales, derechos de propiedad, y demás Propiedad Intelectual, licencias, franquicias, procesos y Permisos del Proveedor necesarios para la ejecución del Contrato, sin entrar en conflicto con los derechos de otros, y que está al corriente del pago de regalías y honorarios. El Proveedor manifiesta y garantiza que tiene todo el derecho, título y participación en la Propiedad Intelectual respecto de los Bienes objeto del Contrato y que debe o deberá obtener dichos derechos según fueran necesarios para otorgar la licencia sobre dicha Propiedad Intelectual a PEMEX conforme a los términos y condiciones establecidos en el Contrato, y que en caso de que se presente cualquier conflicto, demanda o controversia relacionada con este numeral, sacará en paz y a salvo a PEMEX o a cualquier miembro del Grupo de PEMEX. PEMEX podrá asumir el control de su defensa o de cualquiera de los miembros del Grupo de PEMEX sin que lo anterior implique un cargo a PEMEX o a cualquier miembro del Grupo de PEMEX.

El Proveedor manifiesta que tanto él como su personal designado: (a) están calificados y son competentes para cumplir con las obligaciones del Proveedor bajo esta Cláusula 0 y (b) tienen la pericia necesaria para llevar a cabo sus obligaciones de una manera libre de riesgos a la salud y seguridad de cualquier persona y del medioambiente.

El Proveedor manifiesta y garantiza que tiene conocimiento de los requisitos legales, técnicos y ambientales, así como de las prácticas comerciales que deben seguirse durante la ejecución del Contrato, y que la ejecución del Contrato se hará conforme a dichos requisitos, incluyendo, sin limitar, las Prácticas de la Industria. El Proveedor manifiesta y garantiza que la ejecución del Contrato se realizará de conformidad con las Leyes.

6.2 Cumplimiento de las Leyes El Proveedor cumplirá y hará que los Subcontratistas cumplan con: (i) las Leyes y los Permisos del Proveedor en relación con sus obligaciones bajo el Contrato, y (ii) las leyes de los países de origen, o del país del fabricante, según fuera el caso, en relación con los Bienes que fueran fabricados fuera de México.

6.3 InscripciónEl Proveedor obtendrá, mantendrá y demostrará la existencia y validez de todas aquellas confirmaciones, registros, autorizaciones y Permisos del Proveedor que fueran necesarios conforme a las Leyes, incluyendo las confirmaciones que evidencien el pago de cualquier contribución, Impuesto, gastos de importación y la presentación de declaraciones o de cualquier otra documentación, para llevar a cabo sus operaciones legalmente en México y para realizar las obligaciones bajo el Contrato conforme a los términos del mismo. El Proveedor se asegurará que los Subcontratistas cumplan con obligaciones idénticas, ofreciendo la documentación que evidencie dicho cumplimiento a solicitud de PEMEX.

6.4 Permisos del ProveedorEl Proveedor obtendrá, mantendrá en vigor y renovará, y se asegurará que los Subcontratistas obtengan, mantengan en vigor y renueven, según fueran requeridos, dentro del plazo establecido por las Leyes, cada Permiso del Proveedor. Para ese fin, el Proveedor seguirá, y se

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 102 de 133

asegurará que los Subcontratistas sigan, las siguientes acciones: (i) realizar de manera diligente todas las actividades y preparar, suscribir y presentar todos los documentos que puedan ser necesarios para obtener, mantener en vigor y renovar, extender o modificar, cuando sea el caso, cualquier Permiso del Proveedor, ya sea en su propio nombre o en nombre de PEMEX (en este caso, si fuera exigido por PEMEX o por las Leyes) siempre y cuando PEMEX hubiese revisado y aprobado la obtención de dichos Permisos en su nombre; (ii) enviar todos los avisos exigidos por los Permisos del Proveedor y pagar todos los gastos relacionados con los mismos según fuera establecido por las Leyes y Permisos del Proveedor para cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato, y (iii) proporcionar a PEMEX, cuando así lo solicite, evidencia de que han obtenido y se mantienen en vigor todos los Permisos del Proveedor. La información provista por el Proveedor en todas las aplicaciones y otros documentos provistos para la obtención de los Permisos del Proveedor será completa, concisa y deberá cumplir con los requisitos sustanciales y de procedimientos establecidos en las Leyes. El Proveedor permitirá todas las inspecciones que fueran exigidas por las Leyes y los Permisos del Proveedor, conforme a los mismos. Para evitar dudas en este sentido, las Partes expresamente aceptan que cualquier Daño y Perjuicio que amenazara a PEMEX o a cualquier miembro del Grupo de PEMEX o en el que cualquiera de ellos incurriera debido a un incumplimiento de las Leyes, cualquier Permiso del Proveedor o las Leyes del país de origen de cualquier Bien, por parte del Proveedor, cualquier miembro del Grupo del Proveedor, cualquier Subcontratista o los empleados, agentes, representantes o ejecutivos de cualquiera de ellos será responsabilidad exclusiva del Proveedor. La preparación y presentación de las solicitudes para todos los Permisos del Proveedor y el seguimiento, mantenimiento y suscripción de los mismos, serán responsabilidad exclusiva del Proveedor. El Proveedor no permitirá ni autorizará la realización de acción alguna que resulte o que pudiera resultar en el retraso, terminación, anulación, revocación, violación o expiración de cualquier Permiso del Proveedor o de cualquier condición, derecho, servidumbre o autorización en virtud del Contrato. PEMEX, en la medida de sus posibilidades, ofrecerá aquella asistencia que fuera solicitada por el Proveedor en relación con este último para obtener y mantener los Permisos, siempre y cuando dicha asistencia no suponga costo alguno para PEMEX frente a Terceros.

6.5 Importación. [NOTA: Esta cláusula aplica cuando el Proveedor sea el responsable, según del Incoterm, de la Importación]

6.5.1 Gastos de importación. El Proveedor será el único responsable del pago de los gastos de importación, así como de cualquier otro concepto que surgiera de, o que estuviera relacionado con, la importación de los Bienes a México, incluyendo, sin limitar, cualquier inspección previa al envío, supervisión, manejo y cualquier otro esfuerzo similar relacionado con la importación de (i) cualquier Bien; o (ii) cualquier otro material, mercancía, sustancia o herramienta necesaria para cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato.

6.5.2 Cooperación de PEMEX en el proceso de importación. El Proveedor es el responsable de la importación de los Bienes a México y de obtener los Permisos requeridos para ello. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el Proveedor lo requiera, PEMEX, en la medida de sus posibilidades, cooperará con el Proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones conforme a esta Cláusula 6.5. Dicha asistencia será a costa exclusiva del Proveedor y no liberará ni reducirá en modo alguno la responsabilidad y obligaciones del Proveedor conforme al Contrato, incluyendo esta Cláusula 6.5. El alcance de la cooperación de PEMEX será de conformidad con las buenas prácticas internacionales. PEMEX no asume responsabilidad alguna por dicha cooperación.

6.6 No habrá responsabilidad de PEMEX en caso de revisiones, comentarios o aprobacionesPara el cumplimiento de las obligaciones conforme al Contrato, el Proveedor se compromete a ejecutar el Contrato exclusivamente bajo su propio conocimiento y capacidad. En consecuencia:

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 103 de 133

6.6.1 PEMEX y cualquier miembro del Grupo de PEMEX tendrá el derecho, pero no la obligación, en cualquier momento y regularmente, de inspeccionar y revisar los Bienes y los Entregables (excluyendo cualquier condición de pago y determinación de precios), y

6.6.2 Sujeto a las disposiciones del Contrato, ninguna inspección, revisión, aceptación o aprobación por parte de PEMEX o de cualquier miembro del Grupo de Pemex constituirá: (a) una aprobación, convalidación o confirmación de cualquier Subcontratista, de cualquier Bien o Entregable, que libere al Proveedor de cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente, o (b) un reconocimiento por parte de PEMEX de que cualquiera de esos Subcontratistas, o cualquier Bien o Entregable cumple con los requisitos del Contrato. Ninguna inspección, revisión, aceptación o aprobación por parte de PEMEX ni la falta de inspección, revisión, aceptación o aprobación establecerá ni podrá ser interpretado como que establece responsabilidad alguna de parte de PEMEX, ni como la liberación o limitación de las obligaciones o responsabilidades del Proveedor bajo el Contrato.

6.7 EntregablesEn relación con la presentación de cualquier Entregable que fuera requerido conforme al Contrato, el Proveedor acepta cumplir con los procedimientos para la Entrega de los Entregables listados en el Anexo H.

6.8 Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección AmbientalAnexo SSPA. El Proveedor será completamente responsable por la idoneidad, estabilidad y seguridad de todas sus operaciones y métodos necesarios para la ejecución de sus obligaciones bajo el Contrato, y deberá cumplir estrictamente con el Anexo SSPA.

6.8.2 Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. El Proveedor se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y Subcontratistas, todas las obligaciones y requerimientos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de proveedores que realizan actividades en instalaciones de PEMEX, establecidos en el Anexo SSPA y, en particular, en el Formato 4 del Anexo SSPA del Contrato.

6.9 Obligaciones implícitas. Se conviene que las obligaciones del Proveedor de acuerdo al Contrato deberán incluir todas las actividades, insumos y, en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del Contrato. El Proveedor acuerda permitir, y hará que los Subcontratistas permitan, la inspección general por parte de PEMEX, durante el Plazo del Contrato, del cumplimiento de las obligaciones del Proveedor bajo el mismo, estando obligado el Proveedor a dar acceso, y se asegure que los Subcontratistas den acceso, a PEMEX a los lugares o instalaciones en las que se desarrolle el cumplimiento de las obligaciones del Contrato y en facilitar la inspección en dichos lugares e instalaciones.

7. RESPONSABILIDADES DE PEMEXPEMEX no será responsable de, ni asumirá responsabilidad alguna por, los Daños y Perjuicios causados al Proveedor, incluyendo cualquier miembro del Grupo del Proveedor o cualquier Subcontratista o sus respectivos directores, funcionarios, agentes, asesores, consultores, representantes, cesionarios, empleados o cualquier otra Persona que actúe en nombre o en representación de, interés o beneficio de cualquiera de ellos. En caso de que el Proveedor reclame o invoque cualquier incumplimiento de PEMEX bajo el Contrato o el derecho de ser indemnizado según los términos del Contrato, entonces el Proveedor estará obligado a efectuar todos los actos necesarios para mitigar cualquier Daño y Perjuicio incurrido o que pueda ser incurrido. La responsabilidad de PEMEX ante el Proveedor, en caso de incumplimiento del Contrato, en virtud de cualquier causa o circunstancia, no excederá el monto equivalente al Precio del Contrato, menos cualquier monto del Precio del Contrato pagado previamente al Proveedor, o gastado en su nombre, y el Proveedor por el presente renuncia a su derecho a reclamar a PEMEX cualquier indemnización por un monto mayor al mismo.

8. DOCUMENTACIÓN A PREPARAR POR EL proveedor

8.1 EntregablesEl Proveedor presentará a PEMEX, para su revisión y comentarios, todos los Entregables conforme al Anexo H y cada Entregable cumplirá con los criterios y las especificaciones indicados en el Anexo A del presente que sean aplicables a

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 104 de 133

dicho Entregable. PEMEX revisará y comentará cualquier Entregable dentro de un plazo máximo de catorce (14) Días desde la fecha de su recepción por PEMEX a menos que, debido al tamaño y la complejidad del Entregable, dicho plazo resulte insuficiente, en opinión de PEMEX, en cuyo caso PEMEX podrá ampliar dicho plazo hasta veintiún (21) Días contados desde la fecha de recepción de tal Entregable por PEMEX.

8.2 Consecuencia de los comentarios de PEMEX

PEMEX se reserva el derecho de indicar al Proveedor que rechaza la totalidad o cualquier parte de los Entregables, por determinar que no cumplen con el Contrato. Sujeto a las disposiciones de la Cláusula 8.1, cualquier comentario de PEMEX será atendido por el Proveedor y éste lo volverá a presentar a PEMEX para su revisión y comentarios conforme a la Cláusula 8.1, junto con una explicación de la forma en la cual cada uno de los comentarios de PEMEX fueron atendidos. De ninguna manera y bajo ninguna circunstancia: (i) los comentarios o la falta de comentarios de PEMEX sobre cualquier Entregable liberará al Proveedor, total o parcialmente, de su obligación de cumplir con los términos del Contrato, o (ii) le dará derecho al Proveedor a una Orden de Cambio conforme a la Cláusula 13.2

8.3 Entregable Revisado

El Proveedor no podrá alterar o cambiar cualquier Entregable que haya sido presentado para su revisión excepto como se establece en la Cláusula 8.1. Cualquier autorización otorgada por PEMEX al Proveedor para cambiar o apartarse de lo dispuesto en un Entregable revisado: (i) no liberará al Proveedor, total o parcialmente, de su obligación de cumplir con los términos del Contrato; ni (ii) le dará derecho al Proveedor a una Orden de Cambio conforme a la Cláusula 13.2

8.4 Inspección de Entregables

PEMEX tendrá derecho a inspeccionar, en cualquier momento que considere oportuno, todos los Entregables. El Proveedor mantendrá un ejemplar completo de los documentos que son parte del Contrato o cualquier Orden de Cambio, los Permisos del Proveedor, los Entregables, cualquier comunicación entre PEMEX y el Proveedor o cualquiera de sus agentes o representantes y cualquier documento que sea exigido por las Leyes.

8.5 Errores o Defectos en los Entregables

El Proveedor será responsable de cualquier costo incurrido por él como resultado de cualquier inexactitud, Defecto, error u omisión en cualquier Entregable, documentos o en cualquier información preparada por él o por Terceros en su representación, con independencia de que los mismos hayan sido o no revisados o aprobados por PEMEX, incluidos los costos incurridos por el Proveedor para solucionar cualquier inexactitud, Defecto, error u omisión o la demora en la Entrega de los Bienes que tal inexactitud, error u omisión pueda haber causado.

9. REPRESENTANTE DE PEMEX

PEMEX designará a una Persona física facultada para actuar en su nombre y representación para los efectos del Contrato. Dicha Persona podrá ser remplazada en cualquier momento y será la Persona a quien el Proveedor consultará cuando fuera necesario (el “Representante de PEMEX”), ya sea por escrito o a través de correo electrónico. PEMEX o el Representante de PEMEX, según fuera el caso, podrá delegar cualquiera de sus facultades a Terceros, en cuyo caso el Proveedor deberá ser informado, mediante comunicación por escrito con la copia adjunta del documento donde conste el nombramiento y su alcance. El nombramiento sólo será válido con respecto al Proveedor desde el momento en que dicho Proveedor reciba la comunicación anterior.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 105 de 133

El Representante de PEMEX estará en contacto permanente con el Proveedor durante la ejecución del Contrato y será el único contacto del Proveedor con respecto a la administración del Contrato en nombre de PEMEX y la aprobación de los Bienes y Entregables conforme al Contrato; sin embargo, ni el Representante de PEMEX, ni ninguno de sus representantes técnicos, tendrán la facultad de modificar el Contrato, ni de liberar de responsabilidades con respecto al mismo, ni de determinar procedentes órdenes de cambio. Por lo tanto, ninguna acción, consentimiento, certificación, comprobante o verificación (ni la omisión de los mismos) que el Representante de PEMEX, o sus representantes técnicos pudieran realizar u otorgar constituirá la liberación de cualquiera de las obligaciones del Proveedor bajo el presente, ni la liberación de cualquiera de las responsabilidades por los Subcontratistas, ni por las acciones u omisiones de éstos.

9.1 No alteración de los derechos de PEMEX. El hecho de que el Representante de PEMEX, o alguno de sus representantes técnicos no rechace un Entregable o alguna parte de estos, o cualquier otra actividad realizada por el Proveedor, los Subcontratistas o Terceros, incluyendo cualquier miembro del Grupo del Proveedor, en nombre o beneficio del Proveedor o cualquier Subcontratista, no será un impedimento ni será interpretado como una limitación para el ejercicio de los derechos de PEMEX conforme al Contrato y las Leyes, incluyendo, sin limitar, el derecho de rechazar la totalidad o parte de las obligaciones del Proveedor.

9.2 Cambio de Representante de PEMEX. El cambio de Representante de PEMEX, o de alguno de sus representantes técnicos, será válido a los [__] [(__)] Días contados desde que PEMEX lo comunique por escrito al Proveedor, a menos que de acuerdo con las circunstancias y a entera discreción de PEMEX, que dicho cambio surta efectos en un plazo menor, en cuyo caso, el cambio será válido en el momento en que se realice el remplazo del Representante de PEMEX o su representante técnico en cuestión.

9.3 Confirmación escrita de las indicaciones. PEMEX o el Representante de PEMEX, según fuera el caso, dará todas las instrucciones al Proveedor por escrito y el Proveedor no actuará conforme a indicación alguna de PEMEX o el Representante de PEMEX que no fuera comunicada por escrito.

10. REPRESENTANTE Y PERSONAL DEL proveedorEl Proveedor verificará la ejecución del Contrato y proveerá todo el personal de supervisión necesario para ese fin. El Proveedor designa a [_____] que es la persona que lo representará (el “Representante del Proveedor”). El Representante del Proveedor y cualquier sustituto del mismo debe ser aprobado previamente por PEMEX, estar debidamente calificado para esta posición. El Representante del Proveedor será el único punto de contacto con PEMEX en nombre del Proveedor, para lo cual el Representante del Proveedor tendrá poder suficiente mediante poder general otorgado en forma y contenido satisfactorios para PEMEX. Sujeto a las limitaciones establecidas en el Contrato, el Representante del Proveedor recibirá indicaciones de PEMEX, del Representante de PEMEX, según fuera el caso. Sin perjuicio de las responsabilidades del Representante del Proveedor conforme a esta Cláusula 10, el Proveedor será responsable de todas las obligaciones establecidas en el Contrato y en las Leyes.

10.1 Derecho de PEMEX a remplazar al Representante del Proveedor. PEMEX tendrá el derecho de requerir, por escrito, el remplazo de cualquier Representante del Proveedor y deberá indicar en dicho requerimiento los motivos para requerir el remplazo del Representante del Proveedor y, en un plazo de [__] [(__)] Días posteriores de la respuesta, PEMEX deberá acordar con éste si mantiene o retira su requerimiento de remplazo del Representante del Proveedor. Si el Proveedor no realiza manifestación alguna por escrito dentro de los [__] [(__)] Días Hábiles posteriores al requerimiento de PEMEX, o si con posterioridad a su manifestación, PEMEX, determina que el Representante del Proveedor debe ser remplazado y lo comunica al Proveedor por escrito, el Proveedor deberá de inmediato (y en ningún caso con posterioridad a los [__] [(__)] Días Hábiles desde la recepción del requerimiento original, si no se hubiera emitido ninguna manifestación a PEMEX, o [__] [(__)] Días Hábiles desde que el Proveedor recibiera la comunicación por escrito con su determinación), designar a una Persona para remplazar al anterior Representante del Proveedor. Este nuevo Representante del Proveedor cumplirá con los mismos requisitos y condiciones establecidos en esta Cláusula 10.1 y deberá ser aprobado previamente por escrito por PEMEX. Cualquier Persona

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 106 de 133

que, actuando como Representante del Proveedor, hubiera sido remplazada a solicitud de PEMEX no podrá ser contratada para puesto alguno ni podrá realizar actividad alguna relacionada con la ejecución del Contrato.

10.2 Cambio del Representante del Proveedor. El Proveedor no cambiará al Representante del Proveedor sin el consentimiento previo por escrito de PEMEX, el cual no será retenido o demorado.

10.3 Personal del Proveedor. El Proveedor prestará, y hará que todos los Subcontratistas presten y contraten los servicios de todos los supervisores, mano de obra capacitada y no capacitada y demás personal, en cantidad suficiente y con la capacidad y especialidad necesaria para la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. El Proveedor contratará, administrará y organizará al personal conforme al plan administrativo (el “Plan Administrativo del Proveedor”), el cual entregará a PEMEX para su revisión y comentarios dentro de los [__] [(__)] Días siguientes a la Fecha de Suscripción. El Plan Administrativo del Proveedor definirá específicamente la estructura de la organización del Proveedor, incluyendo los Subcontratistas, el personal clave del Proveedor y las líneas de comunicación. El Proveedor incluirá todos los comentarios de PEMEX en el Plan Administrativo del Proveedor. A solicitud de PEMEX, el Proveedor remplazará a cualquier miembro de su personal cuya presencia PEMEX considere que podría representar un riesgo en la calidad o ejecución y cumplimiento oportuno de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato.

10.4 Responsabilidad Laboral. El Proveedor, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe para dar cumplimiento al Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus Subcontratistas y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos, incluyendo la obligación de afiliación y pago de cuotas obrero patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como la de inscribir y efectuar las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores de todo el personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución de sus obligaciones bajo el Contrato.

Al efecto el Proveedor deberá proporcionar a PEMEX el aviso de afiliación en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como el comprobante de pago de las cuotas obrero patronales y aportaciones efectuados a los Institutos mencionados, de todo el personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución de sus obligaciones bajo el Contrato. Asimismo se compromete a no darlos de baja como sus trabajadores del citado régimen hasta en tanto no entregue a PEMEX el convenio de terminación de la relación laboral con el personal correspondiente debidamente ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y aprobado por ella. El Proveedor reconoce y acepta que con relación al Contrato, actúa exclusivamente como Proveedor independiente, que él y sus Subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en el Contrato, ni en la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el Proveedor, incluyendo sus trabajadores o los de sus Subcontratistas, beneficiarios o causahabientes, y PEMEX. El Proveedor acepta que PEMEX deducirá de los pagos a los que tenga derecho el Proveedor, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de PEMEX por cualquiera de las personas antes mencionadas del Proveedor o sus respectivos subcontratistas, siempre y cuando el Proveedor haya sido oído en juicio, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, para lo cual PEMEX deberá dar aviso al Proveedor con al menos cuarenta y cinco (45) Días de antelación a la realización de la deducción correspondiente. Asimismo, las Partes se comprometen a brindar la información necesaria a la otra Parte para la defensa correspondiente en juicio, previo requerimiento. Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en esta Cláusula 10.4 y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del Proveedor como de sus Subcontratistas, que pueda

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 107 de 133

afectar los intereses de PEMEX, incluyendo intereses de cualquier miembro del Grupo de PEMEX, el Proveedor queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a PEMEX y a cualquier miembro del Grupo de PEMEX, en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral. 11 Responsabilidad del Proveedor. El Proveedor será responsable de que sus Subcontratistas sean conjunta y solidariamente responsables con éste, del pago de todas las indemnizaciones por despido, remuneraciones laborales, beneficios, ventajas económicas, derechos, sueldos, bonificaciones, pagos laborales, prestaciones laborales e Impuestos que deban ser pagados por los Subcontratistas, sin excepciones ni limitaciones, de conformidad con las disposiciones de las Leyes.

11. consideraciones de la entrega

11.1 Contenido Nacional. El Proveedor se compromete a cumplir con el grado de integración nacional establecido en el Anexo J en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato. De acuerdo con lo establecido en el Anexo J, al momento de la Entrega del último Bien bajo el Contrato, según la Cláusula 12.3, el Proveedor deberá declarar bajo protesta de decir verdad el grado de integración nacional de los Bienes suministrados. PEMEX podrá llevar a cabo durante la ejecución del Contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del grado de integración nacional.

11.2 Derechos de Acceso. El Proveedor permitirá, y hará que sus Subcontratistas permitan, el acceso por parte de cualquier Persona designada por PEMEX, previo aviso por escrito al Proveedor, a las instalaciones en las que los Bienes se fabriquen. El aviso escrito incluirá la información que pudiera requerir el Proveedor o el Subcontratista para acomodar a dichas Personas, incluyendo el número de Personas y la fecha de visita.

12. cesión y subcontratación

12.1 CesiónEl Contrato y todos los derechos y obligaciones establecidos en el mismo son personales por su naturaleza y no podrán ser cedidos, delegados ni dispuestos de otro modo por el Proveedor sin el consentimiento previo por escrito de PEMEX, salvo lo expresamente estipulado en el Contrato. PEMEX podrá ceder el Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor. El Proveedor acepta y reconoce que cualquier Persona que reciba dicha cesión tendrá el derecho de ejercer cualquier derecho de PEMEX conforme al Contrato en virtud de los términos del mismo (en su nombre o en nombre de PEMEX) y el Proveedor cumplirá en todos los aspectos en relación con dicho cesionario. En el caso de cualquier cesión por parte de PEMEX, PEMEX será liberado de sus obligaciones bajo el Contrato, salvo por las obligaciones que pudieran surgir antes de la fecha de cesión.

El Proveedor podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del Contrato, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de PEMEX. El Proveedor podrá ceder, el 100% de los derechos de cobro del Contrato cumpliendo para ello con el procedimiento y requisitos que al efecto establezca PEMEX.

Así mismo podrá realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico a través del Portal de Descuento Automático de Nacional Financiera a favor de un intermediario financiero previo consentimiento de PEMEX, siempre y cuando al momento de autorizar la cesión correspondiente no exista impedimento legal o administrativo y se cumplan los requisitos que al efecto establezca PEMEX. La cesión de derechos de cobro no requerirá la celebración de un convenio modificatorio entre las Partes.

Para el caso de que el Proveedor pretenda realizar operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico y exista de manera previa una cesión de derechos de cobro al 100% del Contrato deberá contar con la autorización previa de PEMEX y cumplir con los requisitos que éste establezca para tal efecto.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 108 de 133

12.2 SubcontrataciónSubcontratación. El Proveedor podrá subcontratar cualquier parte del transporte o fabricación de Bienes, a cualquier Subcontratista, con el consentimiento previo y por escrito de PEMEX. PEMEX se reserva el derecho de revisar y aprobar a los Subcontratistas antes de la suscripción de los contratos correspondientes con cada uno de ellos. En este sentido, cada Subcontrato suscrito con los Subcontratistas deberá incluir expresamente el derecho incondicional de cesión de la posición contractual del Proveedor a PEMEX, a solicitud de PEMEX.

12.2.2 Pago a los Subcontratistas. El Proveedor pagará a cada uno de sus Subcontratistas, conforme a los términos acordados entre el Proveedor y sus respectivos Subcontratistas, el monto que cada Subcontratista tenga derecho a recibir (incluyendo todos los Impuestos y retenciones aplicables de acuerdo con las Leyes) conforme a su respectivo Subcontrato. Ninguna de las cláusulas del Contrato creará ninguna obligación, responsabilidad, compromiso ni ningún otro tipo de relación entre PEMEX y los Subcontratistas.

12.2.3 Responsabilidad del Proveedor. El Proveedor es y será el único responsable de sus obligaciones bajo el Contrato. Los Subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de cualquier miembro del Grupo de PEMEX. Por lo tanto, el Proveedor se obliga a sacar en paz y a salvo a cualquier miembro del Grupo de PEMEX de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los Subcontratistas por la ejecución del Contrato. Asimismo, el Proveedor será responsable, y procurará que sus Subcontratistas sean conjunta y solidariamente responsables con éste, del pago de todas las indemnizaciones por despido, remuneraciones laborales, beneficios, ventajas económicas, derechos, sueldos, bonificaciones, pagos laborales, prestaciones laborales e Impuestos que deban ser pagados por los Subcontratistas, sin excepciones ni limitaciones, de conformidad con las disposiciones de las Leyes.

12.3 Recepción de los bienes

12.4 . El Proveedor se obliga a entregar los Bienes en el Punto de Entrega según lo establecido en el Anexo A. Desde la Entrega de un Bien en el Punto de Entrega, PEMEX tendrá [__] [(__)] Días Hábiles para ejecutar una inspección de dicho Bien conforme al Anexo A. En caso de que durante dicha inspección PEMEX encuentre cualquier Defecto en un Bien o el Bien no cumpla con algún requerimiento del Contrato, PEMEX comunicará al Proveedor dicho Defecto y el Proveedor procederá a remediar dicho Defecto y entregará en el Punto de Entrega un Bien que se ajuste a los requisitos del Contrato conforme a lo establecido en la Cláusula 0. En ningún caso se considerará que un Bien ha sido Entregado en el Punto de Entrega por el Proveedor, a no ser que dicho Bien cumpla con todos los requisitos correspondientes establecidos en el Contrato. En la Fecha de Entrega de cualquier Bien en el Punto de Entrega, o con carácter previo a la misma, el Proveedor le entregará a PEMEX los Entregables completos y exactos con respecto a dicho Bien.

13. modificacionesModificaciones al ContratoEl Contrato no podrá ser modificado, de ningún modo salvo que fuera por escrito, a través de la suscripción de un convenio modificatorio celebrado entre los representantes facultados de las Partes. 13.2 Órdenes de Cambio

PEMEX podrá, en cualquier momento, mediante comunicación por escrito al Proveedor, solicitar que se cambie el alcance de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato (un “Cambio”). El Proveedor, a su costa exclusiva, evaluará y analizará el Cambio solicitado y enviará a PEMEX una respuesta por escrito con respecto a dicho Cambio dentro de los siete (7) Días siguientes a la recepción de la solicitud de PEMEX. Si el Proveedor cree que efectuar el Cambio solicitado por PEMEX podría requerir un ajuste al Precio del Contrato, las Fechas de Entrega o la modificación del Contrato, la respuesta del Proveedor al Cambio deberá establecer los ajustes al Precio del Contrato, o las Fechas de Entrega, o la modificación del Contrato, que el Proveedor considere necesarios como resultado del Cambio solicitado, e incluirá la documentación que lo justifique, a satisfacción de PEMEX. Si las Partes coinciden en realizar un Cambio, establecerán el alcance en una Orden de Cambio escrita, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo I (una “Orden de Cambio”). Cada Orden de Cambio tendrá el alcance de todas las cuestiones cubiertas

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 109 de 133

en la misma, incluyendo cualquier compensación por el impacto o demora o aceleración en la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. Las Órdenes de Cambio que se decidan entre las Partes como procedentes se formalizarán únicamente mediante la suscripción del convenio modificatorio por los representantes de las Partes. La mera firma de una Orden de Cambio no tendrá efectos jurídicos y no será considerada como un convenio modificatorio, por tanto no será vinculante para las Partes a menos que la misma se haya formalizado mediante la suscripción de un convenio modificatorio.

13.3 Orden de Cambio solicitada por el Proveedor

El Proveedor podrá solicitar a PEMEX que considere realizar un Cambio. En dicho caso, el Proveedor presentará de inmediato la solicitud de Cambio a PEMEX, dentro de los quince (15) Días siguientes a la fecha en que ocurrió el hecho o circunstancia que dio origen a la solicitud de Cambio, y dicha solicitud deberá estar acompañada por la documentación e información requerida que estuviera a disposición del Proveedor a la fecha de dicha presentación, de ser necesario, a criterio de PEMEX, para que PEMEX pueda responder a la solicitud de Cambio. El Proveedor entregará a PEMEX toda la documentación e información que fuera necesaria o que PEMEX le solicite, dentro de los treinta (30) Días siguientes a la fecha en que ocurrió el hecho o circunstancia que dio origen a la solicitud de Cambio. El Proveedor, a su costa exclusiva, preparará dicha documentación e información. El hecho de que el Proveedor no entregue a PEMEX la solicitud de un Cambio dentro de los quince (15) Días siguientes a la fecha en que ocurrió el hecho o circunstancia que dio origen a la solicitud de Cambio, o la documentación e información que debe acompañarla, dentro de los treinta (30) Días siguientes a la fecha en que ocurrió el hecho o circunstancia que dio origen a la solicitud de Cambio, se considerará como la renuncia del derecho del Proveedor a solicitar un Cambio con respecto a dichos hechos o circunstancias, y del derecho de recuperar cualquier costo o extensión de las Fechas de Entrega.

Si PEMEX acepta un Cambio solicitado por el Proveedor y está de acuerdo con el Cambio, PEMEX procederá a emitir la Orden de Cambio correspondiente, la cual se formalizará mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente, condición necesaria para que surta efectos y sea vinculante para las Partes.

13.4 No alteración de otras disposiciones

. El hecho de que un convenio modificatorio establezca específicamente la modificación de una o más disposiciones o condiciones del Contrato, no afectará al resto de las disposiciones o condiciones del mismo. Ninguna Orden de Cambio será considerada emitida ni aceptada durante el transcurso de las negociaciones o ejecución de cualquier obligación del Proveedor bajo el Contrato ya sea individual o colectivamente, hasta que haya sido formalizada en un convenio modificatorio. El Proveedor no realizará ni comenzará a realizar ningún Cambio, y PEMEX no tendrá responsabilidad alguna frente al Proveedor por cualquier Cambio ejecutado por el Proveedor, salvo que el Proveedor y PEMEX hayan suscrito el convenio modificatorio correspondiente.

13.5 Pagos adicionales

Los pagos adicionales que puedan resultar de las Órdenes de Cambio se realizarán de acuerdo con las disposiciones del Anexo D. La remuneración por las Órdenes de Cambio será negociada ya sea como un pago global o usando los precios unitarios correspondientes.

14. EVENTO DE FUERZA MAYOR

14.1 Liberación de Responsabilidad

Ninguna de las Partes será responsable o será considerada en incumplimiento del Contrato por cualquier demora o incumplimiento de sus obligaciones, en tanto dicho incumplimiento hubiera sido ocasionado por, o atribuido a, un Evento de

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 110 de 133

Fuerza Mayor o a sus efectos, o a una combinación de los mismos, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:

14.1.1 La Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor dentro de los [__] [(__)] Días Hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento del Evento de Fuerza Mayor y, en cualquier caso, [__] [(__)] Días siguientes a la finalización del Evento de Fuerza Mayor, enviará un aviso por escrito a la otra Parte describiendo los detalles de la causa y naturaleza del Evento de Fuerza Mayor, los efectos en relación con el cumplimiento de las obligaciones de dicha Parte en virtud del Contrato.

No obstante lo anterior, por causas justificadas las Partes podrán revisar un Evento de Fuerza Mayor que tenga impacto en el Contrato cuando se rebase el término establecido en el párrafo anterior.

14.1.2 Dentro de los [__][(__)] Días siguientes al aviso inicial, dicha Parte presentará las pruebas suficientes de la ocurrencia, duración y afectación por causa del Evento de Fuerza Mayor a la otra Parte y, posteriormente, presentará, de ser el caso, actualizaciones periódicas que reflejen cualquier cambio en la información otorgada inicialmente, según fuera solicitado por la otra Parte.

14.1.3 Cualquier suspensión de las obligaciones en virtud del Contrato no será de mayor alcance ni durará más que el mínimo requerido por los efectos del Evento de Fuerza Mayor.

14.1.4 La Parte afectada por un Evento de Fuerza Mayor hará todos los esfuerzos por mitigar y remediar su incapacidad de cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato, debido a dicho Evento de Fuerza Mayor.

14.1.5 No obstante lo anterior, al realizar dichos esfuerzos, ninguna de las Partes estará obligada a incurrir en cualquier gasto o costo que se encuentre fuera de los precios de mercado, o de asumir obligación alguna o responsabilidad que se encuentre fuera de los precios de mercado.

14.1.6 Ningún Evento de Fuerza Mayor liberará a la otra Parte del cumplimiento de sus obligaciones que no fueran afectadas por el Evento de Fuerza Mayor

14.1.7 Cuando la Parte afectada por el Evento de Fuerza Mayor tenga la capacidad de reiniciar el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, dicha Parte deberá comunicar a la otra Parte a más tardar en el plazo de [__] [(__)] Días Hábiles posteriores a la cesación de los efectos del Evento de Fuerza Mayor.

14.1.8 El Evento de Fuerza Mayor no deberá haber sido ocasionado (como resultado de cualquier acto u omisión, negligencia, culpa grave o dolo), en parte o en su totalidad, por la Parte que intente ser excusada del cumplimiento de sus obligaciones o por el incumplimiento de las Leyes por dicha Parte, cualquier Subcontratista o cualquier empleado o agente, o por el incumplimiento de dicha Parte conforme al Contrato.

14.1.9 El incumplimiento de la Parte que reclame el Evento de Fuerza Mayor de las disposiciones de la Cláusula 14.1.1, constituirá una renuncia a cualquier reclamo como resultado de un Evento de Fuerza Mayor.

14.2 Incumplimiento de Mitigación del Proveedor

Si dentro de los [__] [(__)] Días siguientes a un Evento de Fuerza Mayor que hubiera sido comunicado por el Proveedor a PEMEX, el cual hubiera ocasionado la suspensión o demora en el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, el Proveedor no hiciera los esfuerzos por mitigar y reparar su incapacidad de cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato, PEMEX podrá, pero no estará obligado a, tomar cualquier acción que considere necesaria o conveniente para mitigar o reparar la incapacidad del Proveedor de cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato debido al Evento de Fuerza Mayor, dentro de los [__] [(__)] Días después de la emisión del aviso escrito para el Proveedor (sin requerir respuesta alguna de cualquier aviso del Proveedor) y a costa exclusiva del Proveedor. A partir de ese momento, PEMEX podría requerir que el

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 111 de 133

Proveedor comience a ejecutar sus obligaciones bajo el Contrato, de manera total o parcial.

14.3 Terminación anticipada debido a un Evento de Fuerza Mayor

Un Evento de Fuerza Mayor no podrá, por cualquier motivo o circunstancia, afectar los derechos de las Partes de terminar el Contrato conforme a los términos del mismo. En el caso de que un Evento de Fuerza Mayor ocasione una suspensión durante [___] [(__)] Días consecutivos o la suspensión de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato sume en su totalidad [___] [(__)] Días o más, entonces, cualquiera de las Partes podrá dar por terminado el Contrato mediante aviso por escrito a la otra Parte, cuya terminación estará sujeta a las disposiciones de la Cláusula 27. Si la terminación ocurriera debido a dicha suspensión, ninguna de las Partes demandará el pago de Daños y Perjuicios que surgieran del Evento de Fuerza Mayor y que resulte en la terminación del Contrato.

14.4 Disputa en relación con un Evento de Fuerza Mayor

En el caso de Disputa entre las Partes en relación con la existencia u otros aspectos de un Evento de Fuerza Mayor, dicha Disputa será resuelta conforme a las disposiciones de la cláusula 35.1.

14.5 Ajuste de las Fechas

En el caso de un Evento de Fuerza Mayor, las Partes podrán modificar las Fechas de Entrega y otras fechas conforme al Contrato. En ningún caso, el Proveedor tendrá derecho a una extensión mayor que un (1) Día por cada Día de ocurrencia y continuación de los efectos del Evento de Fuerza Mayor. El ajuste de las fechas conforme al Contrato será el único recurso del Proveedor en el caso de demora debido a la existencia de un Evento de Fuerza Mayor y será reflejado en una Orden de Cambio conforme a la Cláusula 13.2. El Proveedor no tendrá derecho a incremento alguno en el Precio del Contrato debido a un Evento de Fuerza Mayor.

15. condiciones de pagoPrecio del Contrato

El precio de los Bienes se establece en el Anexo A. Los requisitos y las condiciones de pago se establecen en el Anexo D. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario establecida en el Anexo D, el Proveedor renuncia expresamente a todo reclamo de incremento en el Precio del Contrato, bien sea con base en la teoría de la imprevisión, desequilibrio económico, error o cualquier otra teoría similar.

15.2 Facturas

El Proveedor entregará a PEMEX las facturas correspondientes de conformidad con los procedimientos establecidos en el Anexo D del Contrato, mismas que serán pagadas a los 20 (veinte) Días.

15.3 Descripción de la moneda

Cada factura preparada por el Proveedor y presentada a PEMEX debe estar expresada en [indicar moneda]. Todos los pagos realizados de conformidad con el Contrato serán en [indicar moneda].

15.4 Derecho de retención

Sin perjuicio de los demás derechos otorgados a PEMEX por el presente o por las Leyes, PEMEX procederá a la retención del

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 112 de 133

pago de una parte o total del importe adeudado bajo una factura, por un monto y en la medida en que fuera necesario de conformidad con (i) el mandato de autoridad administrativa; o (ii) pagos realizados previamente al Proveedor por sumas no adeudadas bajo el Contrato; (iii) Defectos en los Bienes; (iv) daños sufridos en los bienes de PEMEX bajo la responsabilidad del Proveedor; (v) un Evento de Incumplimiento del Proveedor; (vi) Gravámenes; o (vii) la falta de entrega, en tiempo y forma, de algún Entregable u otra documentación por parte del Proveedor. Todo monto retenido por los motivos mencionados anteriormente se pagará al Proveedor cuando se haya resuelto el motivo que dio lugar a la retención, a entera discreción de PEMEX o de la autoridad según corresponda. PEMEX informará al Proveedor en caso de que alguno de los montos solicitados por éste en una Factura fuera retenido.

15.5 Disputas sobre Facturación o Pagos

Si PEMEX está en desacuerdo, total o parcialmente, con alguno de los montos incluidos en una Factura presentada por el Proveedor, PEMEX comunicará por escrito su objeción a dicho Proveedor dentro del plazo de pago de la factura correspondiente, indicando los motivos de su objeción. En dicho caso, las Partes intentarán resolver la Disputa mediante negociación directa y dentro del plazo contemplado en la Cláusula 30.2 del Contrato, que comenzará a correr desde el Día siguiente en el que PEMEX envíe la mencionada comunicación al Proveedor. Sin perjuicio de las disposiciones en contrario incluidas en el Contrato, el hecho de que PEMEX no pague un monto en Disputa hasta la resolución de la misma de conformidad con el Contrato no mitigará, reducirá ni modificará de modo alguno la obligación del Proveedor de cumplir con el Contrato. Si una Disputa relacionada con la facturación no se logra resolver por medio de la negociación directa, PEMEX pagará el monto que no se encuentre en Disputa, y antes de la terminación de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato deberá pagar el monto pendiente de pago si se emitiese una resolución firme de conformidad con la Cláusula 30.4 que determine que dicho monto no debió haber sido retenido.

15.6 Derecho de Deducción

PEMEX podrá, comunicando por escrito al Proveedor, deducir un monto que el Proveedor le deba a PEMEX en relación a los Bienes y derivado del Contrato (incluyendo, sin carácter limitativo, aquellos derivados de Penas Convencionales), con un monto que PEMEX le deba a dicho Proveedor por cualquier causa, incluyendo aquellos que se puedan generar o acumular después del vencimiento o la terminación del Contrato. Lo aquí pactado es sin menoscabo del derecho que PEMEX tiene de ejecutar las garantías previstas en el Contrato.

15.7 Precondiciones de Pago

El Proveedor entregará a PEMEX la Carta de Crédito de Cumplimiento y la Garantía de la Compañía Matriz correspondientes según fuera exigido por el Contrato, y la recepción de las mismas por parte de PEMEX será una condición precedente a la obligación de PEMEX de hacer cualquier pago establecido en el Contrato que no se trate del Anticipo.

15.8 Fechas de Pago

No obstante cualquier disposición en contrario contenida en esta Cláusula 15, en el evento en el cual un pago requerido bajo el Contrato corresponda en una fecha que no sea Día Hábil, el pago se considerará pagadero en el siguiente Día Hábil.

16. GARANTÍAS DEL PROVEEDOR

16.1 Garantía de la Compañía Matriz del Proveedor

En la Fecha de Suscripción, el Proveedor entregará a PEMEX, en el domicilio indicado por éste en la Cláusula 31.7, una garantía

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 113 de 133

de la Compañía Matriz, garantizando el fiel cumplimiento y pago total de sus obligaciones bajo el Contrato, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo F-4 (la “Garantía de la Compañía Matriz”). La Garantía de la Compañía Matriz deberá estar firmada por una Persona de la Compañía Matriz que esté debidamente autorizada para tal fin.Garantías del Proveedor de Calidad

El Proveedor garantiza a PEMEX que: (i) los Bienes: (a) serán nuevos y de buena calidad, (b) estarán libres de Defectos, (c) tendrán título comercial libre y estarán exentos de todo gravamen, y (d) se ajustarán al uso por PEMEX en una [descripción del tipo bienes etc.]; (ii) los Bienes estarán conforme a los requisitos del Contrato, las Leyes y los Permisos del Proveedor; (iii) los Bienes (incluyendo cualquier Entregable al respecto), el uso o propiedad de los mismos por PEMEX, o el ejercicio de los derechos de licencia establecidos en la Cláusula 19 no infringen, violan o constituyen una infracción de algún secreto industrial, derecho de propiedad, patente, copyright, marca registrada u otra Propiedad Intelectual, a la Fecha de Suscripción ni lo harán en el futuro.

16.3 Responsabilidad Principal del Proveedor

El Proveedor será principalmente responsable de todas las garantías establecidas en el Contrato, con independencia de que el Defecto o violación de la garantía esté cubierto por la garantía de un fabricante de los Bienes. No obstante, en caso de que el fabricante de los Bienes amplíe una garantía por un Defecto o una violación de garantía no cubierta por las garantías del Proveedor o por un periodo que exceda el Periodo de Calidad vigente para la parte de las obligaciones bajo el Contrato a cargo de tal fabricante de los Bienes, entonces el Proveedor, si fuera necesario, hará los arreglos necesarios para que el fabricante de los Bienes haga cumplir tal garantía en nombre de PEMEX. A la terminación anticipada del Contrato o al vencimiento del Periodo de Calidad para la última parte de las obligaciones bajo el Contrato sujetos al Periodo de Calidad, y en la medida en que las garantías de los fabricantes de los Bienes (incluyendo cualquier seguridad para el cumplimiento de obligaciones subyacentes) estén vigentes, PEMEX tendrá derecho al beneficio de cualquiera de las garantías del fabricante de los Bienes y a tal seguridad, y el Proveedor asegurará que tales garantías (incluyendo tal seguridad) se asignen automáticamente a PEMEX a la terminación del Contrato, sin ninguna otra acción de parte de PEMEX. Por otra parte, el Proveedor ejecutará y entregará tales cesiones y otros documentos solicitados para ceder tales garantías a PEMEX.

16.4 Periodo de Calidad

El periodo de calidad relativo a las garantías mencionadas en la Cláusula 16.2, será un periodo de 12 (doce) meses, desde la Entrega del Bien establecida en la Cláusula 12.4 (“Periodo de Calidad de Bienes”).

16.5 Obligación del Proveedor durante el Periodo de Calidad de Bienes

16.5.1 El Proveedor se compromete a realizar todo lo que sea necesario para reparar, remplazar, corregir o de otro modo remediar cualquier Defecto u otro incumplimiento de la garantía bajo el Contrato que pueda surgir durante el Periodo de Calidad de Bienes, incluido, cuando sea necesario, el reparo, remplazo o corrección de cualquier Bien, sin costo alguno para PEMEX.

16.5.2 El Proveedor, a su costo exclusivo, dentro de los dos (2) Días desde la fecha en la cual se descubra el Defecto u otro incumplimiento de la garantía que afecte negativamente al Bien, o, en caso de otro incumplimiento de garantía, dentro de los siete (7) Días desde la recepción de la comunicación del mismo o desde la fecha en que haya sido informado de otro modo sobre la existencia de tal incumplimiento de garantía, deberá comenzar el trabajo necesario para solucionar cualquier Defecto u otro incumplimiento de garantía y continuará tal trabajo con el cuidado y diligencia necesarios hasta completar satisfactoriamente el mismo.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 114 de 133

16.5.3 Si cualquier obligación del Proveedor bajo esta Cláusula 16.5 requiere el transporte costa afuera del personal del Proveedor o cualquier Bien o material, PEMEX podrá proporcionar dicho transporte al Proveedor según lo acuerden por escrito las Partes. En la medida que los Defectos sean causados por un Evento de Incumplimiento del Proveedor, entonces, todos los costos relacionados al cumplimiento de las obligaciones del Proveedor conforme a esta Cláusula 0, incluida la retirada, remplazo y reinstalación de cualquier Bien u otra propiedad necesaria para tener acceso, y cualquier otro costo incurrido por el Proveedor como resultado de ello, incluido el envío, descarga y transporte al Punto de Entrega, Impuestos (incluido, para efectos aclaratorios, el Impuesto al Valor Agregado y los gastos de importación para la aduana mexicana) y otros costos, correrán por cuenta del Proveedor. El Proveedor realizará tal trabajo de reparación de tal manera y en tal momento que permita reducir al máximo posible cualquier Daño y Perjuicio a PEMEX. Si el Proveedor tiene que solucionar cualquier Defecto, error u omisión o cualquier otro incumplimiento conforme a lo dispuesto en esta Cláusula 0, el Proveedor se comprometerá a realizar un análisis técnico del Defecto u otro incumplimiento de garantía y corregirá la “causa principal” a menos que pueda demostrar, a satisfacción de PEMEX, que no hay riesgo de que vuelva a ocurrir tal Defecto u otro incumplimiento de garantía. Ninguna reparación de cualquier Defecto u otro incumplimiento de garantía conforme al Contrato será considerada completa hasta que PEMEX haya revisado y aceptado, por escrito, tal trabajo de remediación.

La no ejecución por el Proveedor de sus obligaciones conforme a esta Cláusula ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. será considerada como un Evento de Incumplimiento del Proveedor.

16.6 Extensión del Plazo de Responsabilidad por Defectos

El Periodo de Calidad de Bienes se extenderá a [__] [(__)] meses después de la fecha de aceptación por PEMEX de cualquier Bien para el cual se haya efectuado una reparación por un Defecto u otro incumplimiento de garantía conforme a esta Cláusula 0 (la “Extensión de Calidad”). Para evitar cualquier duda, las Partes aclaran que la Extensión de Calidad sólo se aplica al Bien que ha sido reparado y que la Extensión de Calidad sólo se aplica a un Defecto u otro incumplimiento de garantía identificado durante el Periodo de Calidad de Bienes.

16.7 Demoras en solucionar Defectos comunicados

En caso de que el Proveedor no ejecute sus obligaciones conforme a esta Cláusula 0, PEMEX podrá ejecutar dichas obligaciones por sí mismo o por medio de un Tercero. No obstante lo anterior, la ejecución por PEMEX de dichas obligaciones conforme al Contrato, no afectará a las obligaciones del Proveedor bajo esta Cláusula 0.

16.8 Garantías Exclusivas

El Proveedor garantiza expresamente que, salvo lo dispuesto en el Contrato, el Proveedor no otorga cualquier otra garantía, ya sea expresa o implícita. No se aplicará cualquier garantía implícita de comerciabilidad o aptitud para un propósito particular excepto lo dispuesto de otro modo y expresamente en el Contrato. Las garantías establecidas en el Contrato constituirán las únicas garantías proporcionadas por el Proveedor a PEMEX.

Las disposiciones de esta Cláusula 20 seguirán vigentes a la Rescisión de pleno derecho o terminación anticipada del Contrato. 17. impuestos

17.1 Fiscal

. [Nota: Cuando el Contrato se celebre con personas físicas o morales mexicanas o extranjeras con establecimiento permanente en México, aplica el siguiente párrafo:] Las Partes pagarán todos y cada uno de los Impuestos que conforme a las Leyes, tengan la obligación de cubrir durante la ejecución y cumplimiento del Contrato, sin

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 115 de 133

perjuicio de que PEMEX realice, de los pagos que haga al Proveedor, las retenciones que le impongan las Leyes. Sin perjuicio de lo anterior, cada Parte será individualmente responsable, ante todas las Autoridades Gubernamentales correspondientes, de la declaración, retención o pago, según fuera el caso, de todos los Impuestos y demás obligaciones que le correspondieran a dicha Parte conforme a las Leyes. [Nota: Cuando el Contrato se celebre con personas físicas o morales extranjeras, ver el catálogo de cláusulas para añadir las referencias correspondientes a esta cláusula.]

17.2 Cooperación

PEMEX podrá cooperar con el Proveedor para que éste bajo su responsabilidad realice las acciones necesarias cuando decida reducir las retenciones fiscales a la tasa mínima legal. Inmediatamente después del pago de dicho Impuesto, PEMEX entregará al Proveedor los recibos oficiales u otro comprobante de pago emitido por la autoridad debidamente facultada para retener dichos Impuestos. Todo lo anterior, en el entendimiento de que dicha cooperación o ayuda será requerida a PEMEX y que no tendrá costo alguno para PEMEX.

18. ENTREGA DE LOS BIENES en el punto de entrega y transferencia de la propiedad y del riesgo

18.1 Empaquetado y Etiquetado

Todos los Bienes serán empaquetados en contenedores o paquetes de alta calidad. Todo el empaquetado será adecuado para ser transportado del lugar de origen al Punto de Entrega, incluyendo el almacenamiento y la descarga y transporte al Punto de Entrega, según fuera aplicable. Todo el empaquetado será etiquetado de manera adecuada conforme a las indicaciones del fabricante, los documentos de envío y los requisitos aplicables de transporte e importación, las Leyes y las Prácticas de la Industria y todos los Bienes serán Entregados en el Punto de Entrega con la documentación de soporte adecuada, incluyendo los documentos de embarque y los documentos de autorización de importaciones.

18.2 Transporte y Almacenamiento

El Proveedor será responsable de todas las actividades de transporte (transporte por aire, marítimo, río o tierra, según fuera aplicable), carga, descarga, manejo, sobrestadía, almacenamiento y otras actividades que fueran necesarias o adecuadas para el cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, todo ello de conformidad con las Leyes y las buenas prácticas internacionales de transporte y almacenamiento generalmente aceptadas, como pueda ser requerido para la Entrega de los Bienes en el Punto de Entrega. El Proveedor será responsable de completar y obtener toda la información necesaria que fuera requerida para cumplir con sus obligaciones según se establece en esta Cláusula 18.2. El Proveedor cumplirá con todos los requisitos y demandas de las compañías de seguro que ofrecen cobertura. [Nota: En el evento en el cual la Entrega es DDP o DAP, se debe especificar que los Bienes deben ser descargados del portador por el Proveedor.]

18.3 Cuidado, Custodia y Control; Riesgo de Pérdida

El cuidado, la custodia y el control de los Bienes, así como el riesgo de pérdida o daños estará a cargo del Proveedor hasta la Entrega en el Punto de Entrega, descargado del portador, momento en el cual, siempre que dichos Bienes estén conformes a los requisitos del Contrato, el riesgo de pérdida o daños pasará a PEMEX. El Proveedor será responsable de la preservación, cuidado, protección y mantenimiento de dichos Bienes mientras se encuentren en tránsito. En caso de pérdida, daño, robo o destrucción del Bien, por el que el Proveedor hubiera asumido el riesgo de pérdida, el Proveedor, a su costo exclusivo, reparará y remplazará el Bien afectado de manera inmediata, a satisfacción de PEMEX.

18.4 Transferencia de la Propiedad

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 116 de 133

El Proveedor garantiza que todo el derecho, título e interés en los Bienes y los Entregables (incluyendo, sin limitar, todos los Bienes, derechos de uso de patentes, licencias, los Entregables y cualquier repuesto comprado por el Proveedor en nombre de PEMEX) pasará a PEMEX, libre de Gravámenes, conforme a las Leyes, en el momento que suceda antes entre: (a) la fecha en la que el Bien o los Bienes sean Entregados en el Punto de Entrega, y (b) la fecha en la que el Proveedor tuviera derecho al pago del valor del Bien o los Bienes conforme al Anexo D.

19. derecho de la PROPIEDAD INTELECTUAL

19.1 Propiedad y gestión de la Propiedad Intelectual

PEMEX será el dueño de todas las copias tangibles pero el Proveedor (i) mantendrá los derechos de autor y demás derechos de Propiedad Intelectual de los Entregables, incluyendo los Documentos que fueran entregados o que se deban entregar a PEMEX en virtud del presente y preparados por o en nombre del Proveedor durante la ejecución del Contrato, y (ii) realizará la gestión para la protección de dicha Propiedad Intelectual ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, según sea el caso, así como ante las instancias internacionales que correspondan. No obstante cualquier disposición en contrario contenida en el Contrato, el Proveedor otorga a PEMEX el derecho y licencia mundial completa, exento de la realización de cualquier pago, permanente y perpetuo, irrevocable, no exclusivo, junto con el derecho de otorgar sub-licencias de la Propiedad Intelectual o bajo la misma que fuera propiedad del Proveedor o cuya licencia fuera del Proveedor, ya fuera que estuviera en existencia actualmente o desarrollada luego, en relación con la ejecución del Contrato. De igual forma, el Proveedor pagará todas las regalías y honorarios de licencia a su sola costa y le otorgará a PEMEX el derecho de utilizar cualquier Propiedad Intelectual proporcionada por el Proveedor.

El Proveedor manifiesta y garantiza a PEMEX que tiene el derecho, licencia y autoridad de otorgar dicha licencia. PEMEX podrá ceder, o transferir la licencia mencionada en este párrafo a cualquier Persona.

El Proveedor tendrá que obtener, antes de ordenar a cualquier Subcontratista la realización de cualquier parte de las obligaciones bajo el Contrato, una licencia escrita válida de toda la Propiedad Intelectual de dicho Subcontratista en términos idénticos a los que obligan al Proveedor en relación con PEMEX conforme a las disposiciones establecidas en esta Cláusula 19, cuya Propiedad Intelectual el Proveedor otorga por el presente a PEMEX conforme a esta Cláusula 19.

19.2 Invenciones o Descubrimientos

En el caso de que el Proveedor o cualquier empleado o agente realizara cualquier invención o descubrimiento en relación con la ejecución de las obligaciones bajo el Contrato, el Proveedor otorga a PEMEX el derecho y licencia mundial completa, exento de la realización de cualquier pago, permanente y perpetuo, irrevocable, no exclusivo, junto con el derecho de otorgar sub-licencias de la Propiedad Intelectual en relación con dicha invención o descubrimiento de practicar, explotar, o de otro modo utilizar dicha invención o descubrimiento (incluyendo dicha Propiedad Intelectual).

Las disposiciones de esta Cláusula 19 seguirán vigentes a la Rescisión de pleno derecho o terminación anticipada del Contrato.

20. PENAS CONVENCIONALES

[Nota: Con base en la naturaleza y complejidad de la contratación se podrá incluir otras Penas Convencionales por lo que las siguientes se incluyen a manera ejemplificativa.]

20.1 Pena Convencional por Atraso

Si el Proveedor no Entrega un Bien en el Punto de Entrega en o antes de la Fecha de Entrega aplicable para dicho Bien, el

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 117 de 133

Proveedor pagará a PEMEX, sin necesidad de acciones judiciales, una pena convencional equivalente a [___] [(___)] Pesos por Día, o parte del mismo, a partir de la Fecha de Entrega aplicable, hasta la fecha en que dicho Bien se Entregue (la “Pena Convencional por Atraso”). Salvo que se pacte de otra manera, PEMEX no tendrá derecho a terminar el Contrato o una Orden de Suministro por atraso hasta que la Pena Convencional por Atraso sea exigible y el Proveedor no haya procedido a su pago en un plazo de [__] [(__)] Días; una vez cumplido dicho periodo de gracia, PEMEX tendrá el derecho de seguir cobrando la Pena Convencional por Atraso aplicable o rescindir de pleno derecho el Contrato.

20.2 Pena Convencional por Contenido Nacional. Si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los Bienes suministrados por el Proveedor, se determina que no cumple con lo establecido en el Anexo J, PEMEX aplicará al Proveedor una pena convencional de acuerdo a lo establecido en el Anexo J (“Pena Convencional por Contenido Nacional”).

20.3 Pena Convencional por Incumplimiento del Anexo SSPA. En caso de que el Proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo SSPA del Contrato, PEMEX aplicará las penas convencionales (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo SSPA siguientes: “Guía de llenado”; “Reglas de aplicación del Formato 6 de Anexo SSPA”, y “Clasificación de consecuencia a los requisitos con base a su riesgo” ("Pena Convencional por Incumplimiento del Anexo SSPA").

20.4 Pago de Penas Convencionales. Cualquier Pena Convencional pagadera conforme a esta Cláusula 24 será

pagada por el Proveedor a PEMEX dentro de los [__] [(__)] Días siguientes a la fecha en que el Proveedor reciba la factura de PEMEX por el monto de dicha Pena Convencional aplicable; dicho cobro podrá ser realizado de cualquiera de las siguientes formas:

- Con cargo a las facturas que se generen por la ejecución del Contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Mediante transferencia electrónica. - Cualquier pago a que tenga derecho el Proveedor en cualquier otro contrato que tenga celebrado con cualquier

miembro del Grupo de PEMEX.

20.5 Limitación de Penas Convencionales. Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el Contrato, el Proveedor no será responsable por Penas Convencionales en exceso del Precio del Contrato.

21. Materiales y Residuos Peligrosos

El Proveedor cumplirá con las Leyes en el manejo de los Bienes y, en la medida en que dichos Bienes contengan materiales tóxicos, corrosivos o peligrosos, le comunicará a PEMEX cualquier peligro inherente a los Bienes. El Proveedor asegurará que un aviso apropiado acompañe cualquier envío de Bienes, dicho aviso deberá proporcionar información con respecto a los peligros de seguridad, medioambiente y salud, incluyendo toxicidad, inflamabilidad, reactividad, junto con los requisitos de manejo y almacenamiento, las acciones que se deban tomar en caso de incendio o descarga y las precauciones de salud que deban ser observadas de acuerdo con las Leyes. El Proveedor cumplirá, y exigirá que los Subcontratistas cumplan con todas las Leyes en relación con Materiales y Residuos Peligrosos. El Proveedor realizará sus actividades conforme al Contrato y hará que cada uno de los Subcontratistas realice sus actividades de manera adecuada para evitar la afectación o daño ambiental de Materiales y Residuos Peligrosos en lugares no destinados para ello.

Las disposiciones de esta Cláusula 21 seguirán vigentes a la Rescisión de pleno derecho o terminación anticipada del Contrato.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 118 de 133

22. INDEMNIZACIÓN

22.1 Obligaciones de Indemnización del Proveedor

El Proveedor defenderá, indemnizará y liberará a PEMEX y a cada uno de los miembros del Grupo de PEMEX (cada uno de ellos, una “Persona Indemnizada de PEMEX”) ante los Daños y Perjuicios (incluyendo, sin limitación, costos judiciales, administrativos y arbitrales y los honorarios legales) que puedan sufrir como consecuencia de, o en relación con, cualquiera de los siguientes hechos:

22.1.1 La pérdida o el daño a la propiedad del Grupo del Proveedor, ya sean Bienes en propiedad o arrendados por el Grupo del Proveedor y, sin limitar lo anterior, la pérdida o el daño a algún Bien antes de la transferencia del riesgo de pérdida conforme a la Cláusula 18.3, que surja de, o en relación con, las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato;

22.1.2 Daños corporales, incluyendo muerte o enfermedad a cualquier persona empleada por el Grupo del Proveedor, que surja de, o en relación con, las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato;

22.1.3 La muerte, lesión física o daños a la propiedad de cualquier Tercero, en la medida en que fueran causados por la negligencia o conducta dolosa de cualquier miembro del Grupo del Proveedor (si no, el Grupo de PEMEX será responsable frente Terceros en la manera determinada bajo las Leyes);

22.1.4 El incumplimiento de alguna Ley o Permiso del Proveedor por parte de algún miembro del Grupo del Proveedor;

22.1.5 Una demanda, procedimiento, denuncia o acción legal por la violación, divulgación o uso no autorizado de secretos industriales, derechos de propiedad, derechos de autor, derechos propietarios, patentes, derechos de autoría, marcas registradas u otra Propiedad Intelectual basada en o que surgiera: (i) del uso, operación o titularidad de cualquier Bien (incluyendo los Entregables), presentado por cualquier miembro del Grupo del Proveedor en relación con el Contrato, o (ii) del ejercicio de alguno de los derechos de licencia otorgados a PEMEX bajo la Cláusula 19;

22.1.6 La contaminación que pueda ser generada por fuentes que pertenezcan al Grupo del Proveedor, o que estén bajo su uso o control, o el incumplimiento de parte del Proveedor o el Subcontratista de las obligaciones establecidas en la Cláusula 25;

22.1.7 Cualquier gravamen que se pretenda imponer o imponga con relación al Contrato;

22.1.8 La invalidación de una póliza de seguro de PEMEX o de cualquiera de sus proveedores como resultado del incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en dicha póliza, en la medida que el Proveedor hubiera tomado conocimiento de dicho requisito, o se deba a alguna acción u omisión de algún miembro del Grupo del Proveedor;

22.1.9 Una acusación o reclamo de incumplimiento de parte del Proveedor o de cualquier miembro del Grupo del Proveedor o el incumplimiento de cualquier manifestación establecida en la Cláusula 5.5;

22.1.10 Una demanda por responsabilidad patronal, accidente de trabajo (u otros derechos u obligaciones laborales, incluyendo las prestaciones laborales e Impuestos) presentada por algún empleado del Grupo del Proveedor; o

22.1.11 El reclamo de alguna Autoridad Gubernamental del pago de algún Impuesto (incluyendo los gastos de importación y el Impuesto al Valor Agregado) que: (i) deba ser pagado por el Proveedor bajo el presente o (ii) esté relacionado con los ingresos obtenidos por la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato o con los Subcontratistas o cualquiera de sus respectivos asesores, consultores, agentes, empleados o representantes.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 119 de 133

Salvo disposición en contrario en el Contrato, si la culpa, negligencia o conducta dolosa conjunta, concurrente, comparativa o contributiva de las Partes provoca Daños y Perjuicios por los que una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada bajo esta Cláusula 22, entonces dichos Daños y Perjuicios serán distribuidos entre las Partes de acuerdo con el grado de culpabilidad, negligencia o dolo de cada una de ellas, según fuera el caso, al contribuir a dichos Daños y Perjuicios.

22.2 Obligaciones de Indemnización de PEMEX

. PEMEX defenderá, indemnizará y liberará al Grupo del Proveedor (cada uno de ellos, una “Persona Indemnizada del Proveedor”) frente a los Daños y Perjuicios (incluyendo, a título enunciativo pero no limitativo, los costos judiciales, administrativos y arbitrales y los honorarios legales) que puedan sufrir como consecuencia de, o en relación con cualquiera de los siguientes hechos:

22.2.1 La pérdida o daño a la propiedad del Grupo de PEMEX, ya sean Bienes en propiedad o arrendados por el Grupo de PEMEX, excluyendo cualquier Bien antes de la transferencia del riesgo de pérdida conforme a la Cláusula 18.3, y sujeto a los derechos y remedios de PEMEX con respecto a las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, incluyendo las garantías, que surjan de, o están en relación con, el Contrato;

22.2.2 La muerte, lesión física o daños a la propiedad de un Tercero, en la medida en que fueran causados por la negligencia o conducta dolosa de cualquier miembro del Grupo de PEMEX (si no el Grupo del Proveedor será responsable frente a Terceros en la manera determinada bajo las Leyes); o

22.2.3 La contaminación: (i) que pueda ser generada de la propiedad o del equipo de propiedad o arrendado del Grupo de PEMEX y ubicado dentro de quinientos (500) metros de la ubicación del Punto de Entrega, y (ii) que surja de, o esté relacionada con, la ejecución de cualquier obligación de PEMEX bajo el Contrato, de ser aplicable.

22.2.4 El incumplimiento de alguna Ley o Permiso por parte de algún miembro del Grupo de PEMEX.

26.2.5 El reclamo de alguna Autoridad Gubernamental del pago de algún Impuesto que deba ser pagado por PEMEX bajo el Contrato. 22.3 Aviso de Demanda

22.3.1 La Parte con derecho a ser indemnizada comunicará por escrito a la Parte obligada a indemnizar dentro de los treinta (30) Días siguientes a la fecha de recepción del aviso de inicio de una acción legal o de una demanda contra dicha Parte obligada a indemnizar, para obtener una indemnización bajo las disposiciones de esta Cláusula ‎26 o bajo cualquier otra disposición del Contrato que establezca una indemnización (el “Aviso de Demanda”). Si la Parte con derecho a ser indemnizada no envía dicha comunicación, o se demora en hacerlo, la responsabilidad de la Parte obligada a indemnizar se reducirá de acuerdo con los Daños y Perjuicios que sufra la Parte con derecho a ser indemnizada como consecuencia de dicho incumplimiento o demora.

22.3.2 Sin perjuicio de lo anterior, el hecho de no enviar la comunicación, o demorarse en su envío, no liberará a la Parte obligada a indemnizar del cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato.

22.3.3 Si se presenta una demanda o acción legal contra una Parte con derecho a ser indemnizada y dicha Parte con derecho a ser indemnizada lo informa a la Parte obligada a indemnizar (mediante el Aviso de Demanda), dicha Parte obligada a indemnizar asumirá y controlará la defensa de la demanda que sea objeto del Aviso de Demanda.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 120 de 133

22.3.4 En el caso de que se iniciara dicha demanda o acción legal en contra de la Parte con derecho a ser indemnizada y la Parte con derecho a ser indemnizada comunicara por escrito (mediante Aviso de Demanda) a la Parte obligada a indemnizar, la Parte obligada a indemnizar asumirá y controlará la defensa de la demanda sujeta al Aviso de Demanda.

22.3.5 En el caso de control de la defensa por la Parte obligada a indemnizar, la Parte con derecho a ser indemnizada tendrá el derecho de contratar un asesor legal independiente para dicho procedimiento y de participar (sin controlar) en la defensa de dicho reclamo, pero los gastos y aranceles de dicho asesor legal serán pagados por la Parte con derecho a ser indemnizada salvo que la Parte obligada a indemnizar acepte lo contrario; sin embargo, si las partes nombradas en dichos procedimientos (incluyendo cualquier parte que forme parte de un pleito) incluyen a la Parte obligada a indemnizar y a la Parte con derecho a ser indemnizada, y la Parte obligada a indemnizar concluye que la representación de ambas partes por el mismo asesor sería inadecuada debido a los distintos intereses reales o potenciales entre ellas, incluyendo que pudiera haber defensas específicas de la Parte obligada a indemnizar, la Parte con derecho a ser indemnizada tendrá el derecho de contratar a su propio asesor legal a costa de la Parte obligada a indemnizar.

22.3.6 No obstante lo anterior, la Parte obligada a indemnizar no tendrá derecho a asumir ni a controlar la defensa de esas acciones legales o procedimientos sí, y en la medida que, dicha acción legal o procedimiento esté relacionada o surja en relación con cualquier procedimiento penal, acción, acusación, alegato o investigación.

22.3.7 Si la Parte obligada a indemnizar no asume o procesa diligentemente la defensa de una demanda conforme a las disposiciones de esta Cláusula 26, la Parte con derecho a ser indemnizada tendrá el derecho absoluto de controlar la defensa de dicha demanda y los aranceles y gastos de dicha defensa, incluyendo los honorarios legales de la Parte con derecho a ser indemnizada y cualquier monto que fuera determinado como adeudado por la Parte con derecho a ser indemnizada conforme a dicha demanda, serán a costa de la Parte obligada a indemnizar, sin embargo, la Parte obligada a indemnizar tendrá el derecho, a su costa exclusiva, de participar en dicha defensa (pero no controlar).

22.3.8 Sujeto a las siguientes disposiciones de esta Cláusula 26‎: (a) si es entre las Partes, la Parte obligada a indemnizar controlará la conciliación de todas las demandas, en coordinación con cualquier asegurador según fuera requerido conforme a las políticas de seguro aplicables en la Cláusula 28, en relación con la defensa que ha asumido; sin embargo, en la medida en que la Parte obligada a indemnizar, en relación con dicho asegurador, controle la conciliación: (i) dicha conciliación incluirá una desestimación del reclamo y la liberación explícita de la parte que inicia dicho reclamo o cualquier otro procedimiento de todas las Partes Indemnizadas, y (ii) la Parte obligada a indemnizar no concluirá ninguna conciliación sin la aprobación previa de la Parte con derecho a ser indemnizada, cuya aprobación no será retenida o demorada sin justificación, y (b) salvo según se establece en el apartado anterior en relación con el incumplimiento de la Parte obligada a indemnizar de asumir o procesar la defensa diligentemente de cualquier demanda, ninguna Parte con derecho a ser indemnizada que quiera obtener el rembolso conforme a la indemnización anterior, sin el consentimiento escrito de la Parte obligada a indemnizar, conciliará, se comprometerá y consentirá el registro de cualquier fallo con el fin de terminar cualquier acción, reclamo, procedimiento legal, investigación o procedimiento para el cual se otorgará una indemnización salvo que dicha Parte con derecho a ser indemnizada acredite que la cuestión involucre la responsabilidad penal.

22.3.9 La Parte con derecho a ser indemnizada proveerá asistencia a la Parte obligada a indemnizar cuando la Parte obligada a indemnizar así lo solicite, a costa de la Parte obligada a indemnizar, en relación con dicha acción legal, incluyendo la firma de cualquier poder para la representación en tribunales u otros documentos (que no sean los poderes) requeridos por la Parte obligada a indemnizar en relación con la defensa o las obligaciones de indemnización.

22.4 Aplicación del Contrato

En la medida en que las Leyes lo permitan, y sujeto a las Cláusulas 22.1.3 y 22.2.2, todas las exclusiones e indemnizaciones

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 121 de 133

contenidas en esta Cláusula 22 aplicarán, independientemente de su causa y sin perjuicio de la culpa de la Parte con derecho a ser indemnizada o cualquier otra entidad o Parte y se aplicarán independientemente de cualquier otro reclamo.

En todos y cada uno de los reclamos presentados contra una Persona Indemnizada de PEMEX o una Persona Indemnizada del Proveedor, por un empleado de una Parte obligada a indemnizar a la otra Parte bajo el Contrato, o por un Subcontratista o cualquier Persona que esté directa o indirectamente empleada por, o relacionada con, alguna de las Personas mencionadas, por acciones u omisiones por las que dichas Personas podrían ser responsables, entonces la obligación de indemnización mencionada arriba no estará limitada por las disposiciones relacionadas con el monto o el tipo de Daños y Perjuicios que pueden reclamarse, ni con la remuneración o las prestaciones laborales que deba pagar la Parte obligada a indemnizar o un Subcontratista en virtud de las Leyes, según fuera el caso.

22.5 Comunicación

Si cualquier Parte se da cuenta de algún incidente que pudiera dar lugar a un reclamo bajo esta Cláusula 22, dicha Parte comunicará por escrito a la otra Parte dicho incidente y ambas Partes cooperarán en la investigación correspondiente.

22.6 No exclusividad de los recursos

Los derechos de indemnización establecidos en esta Cláusula 22 serán adicionales a cualquier otro derecho o recurso otorgado por el Contrato.

Las disposiciones de esta Cláusula 22 seguirán vigentes conforme a las Leyes, aún después de la Rescisión de pleno derecho o terminación anticipada del Contrato.

23. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

23.1 Sujeto a las excepciones establecidas más adelante, la responsabilidad total máxima del Proveedor frente a PEMEX por Daños y Perjuicios conforme al Contrato, y de PEMEX frente al Proveedor conforme al Contrato, no excederá del Precio del Contrato; sin embargo, la responsabilidad máxima de PEMEX será reducida por la suma de los importes pagados al Proveedor a cuenta del Precio del Contrato.

23.2 La limitación de responsabilidad del Proveedor establecida en la Cláusula 23.1 no se aplicará a: (i) los costos en los que el Proveedor incurriera (y en el caso de un Evento de Incumplimiento del Proveedor, aquellos que incurriera PEMEX) para cumplir con los Entregables; (ii) cualquier Daño y Perjuicio en el que PEMEX sufra y surgiera de, o en relación con, un fraude, declaración falsa, negligencia, dolo, o ilicitud de parte del Proveedor; (iii) las obligaciones de indemnización del Proveedor conforme al Contrato; (iv) las obligaciones de garantía del Proveedor conforme al Contrato, y (v) cualquiera de las Penas Convencionales tal como se establecen en el Contrato.

23.3 Los montos recibidos por el Proveedor de las compañías de seguros, de conformidad con las pólizas de seguro requeridas bajo el Contrato, no reducirán la responsabilidad del Proveedor conforme al Contrato, ni la limitación de responsabilidad del Proveedor establecida en esta Cláusula 23, liberará a los garantes o aseguradores del Proveedor de sus obligaciones por los riesgos asegurados.

23.4 Para efectos aclaratorios, las Partes manifiestan expresamente y aceptan que la limitación de responsabilidad del Proveedor, establecida en esta Cláusula ‎23, no deberá interpretarse como limitación de la cobertura bajo las pólizas de seguro requeridas conforme a la Cláusula 24 y los montos recuperados por PEMEX bajo dichas pólizas de seguro, no reducirán la limitación de responsabilidad del Proveedor establecida en esta Cláusula 23.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 122 de 133

23.5 Para efectos aclaratorios, las Partes manifiestan expresamente y aceptan que la limitación de responsabilidad del Proveedor, establecida en esta Cláusula, no deberá interpretarse como una disposición que limita los costos del Proveedor para cumplir con sus obligaciones en virtud del Contrato.

Las disposiciones de esta Cláusula ‎23 seguirán vigentes a la Rescisión de pleno derecho o terminación anticipada del Contrato.

24. SEGUROS

24.1 Seguros del Proveedor. El Proveedor será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

25. DAÑOS INDIRECTOS En ningún caso, la Parte que sea responsable frente a la otra Parte, ya fuera de forma contractual o extracontractual, o de otro modo, responderá del pago de cualquier daño indirecto especial, indirecto, incidental o emergente, incluyendo, sin limitar, pérdida de ganancias, pérdida de inversiones, pérdida de productos o la interrupción comercial, independientemente del motivo. Sin embargo, dicha limitación no se aplicará a los Daños y Perjuicios que surgieran como resultado de, relacionados con, o en conexión con: (i) cualquier obligación de indemnización que se estableciera en el Contrato; (ii) el incumplimiento de las Leyes; o (iii) la violación de la Propiedad Intelectual o cualquier otro reclamo en relación con la misma.

26. confidencialidadEl Proveedor en este acto acepta y reconoce que tendrá acceso a Información Confidencial propiedad de PEMEX. El Proveedor se obliga a mantener en absoluto secreto y confidencialidad toda la Información Confidencial, de cualquier clase, que pueda haber obtenido de PEMEX para la ejecución del Contrato y el cumplimiento de sus obligaciones bajo el mismo, exceptuando la información que el Proveedor deba dar a las autoridades que lo soliciten, únicamente cuando así lo exijan las Leyes o se le requiera en un proceso judicial o regulaciones de bolsas de valores, con la condición de que el Proveedor comunique previamente a PEMEX por escrito las circunstancias de dicha revelación. Todos los estudios, análisis y otros documentos resultantes o derivados de los servicios proporcionados según el presente, serán propiedad de PEMEX y por esa razón el Proveedor no podrá disponer de ellos ni revelarlos a terceros, a menos que PEMEX dé instrucciones expresas y por escrito para hacerlo así.

Las Partes reconocen que las personas autorizadas para revisar la Información Confidencial conforme al Contrato podrán crear imágenes mentales (impresiones no escritas ni registradas en otro medio) de la Información Confidencial. El uso de estas imágenes mentales por dichas personas autorizadas, sin estar relacionado con las oportunidades o posibles transacciones relacionadas con el objeto del Contrato, será considerado como una violación a las obligaciones de confidencialidad contenidas en el mismo.

En virtud de lo anterior y con motivo del Contrato:

26.1 El Proveedor se obliga a proteger, resguardar y mantener dicha información como confidencial, entendiendo que le queda terminantemente prohibido: (a) divulgar la Información Confidencial a que se refiere el Contrato o aquélla que le sea proporcionada por PEMEX, a cualquier Tercero, sin el previo consentimiento por escrito de PEMEX; (b) utilizar, explotar, aprovechar para sí o vender u ofrecer, ya sea a título gratuito u oneroso, a cualquier Tercero, la Información Confidencial objeto del Contrato, y (c) obtener un provecho con la Información Confidencial a que se refiere el Contrato, afectando de cualquier manera los intereses o negocios de PEMEX.

26.2 El Proveedor revelará dicha Información Confidencial a sus funcionarios, empleados, agentes, contratistas independientes, representantes, asesores o cualquier otra persona, en su totalidad o parcialmente, únicamente en la medida que necesiten conocerla para la ejecución del objeto del Contrato, en el entendido de que el Proveedor deberá asegurarse de que

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 123 de 133

dichas personas asuman las obligaciones de confidencialidad establecidas en el Contrato en relación con la Información Confidencial que reciban, y el Proveedor indemnizará a PEMEX y responderá frente a él por cualquier violación a la obligación de confidencialidad pactada en la presente Cláusula 26.2 en que incurriera directamente o a través de tales personas o cualquier otra persona vinculada a él, de cualquier forma.

26.3 Para efectos del presente documento, la Información Confidencial no incluye: (i) la información pública o que en el futuro se convierta en información del dominio público, siempre y cuando no hubiere existido un incumplimiento a algún pacto o cláusula de confidencialidad y el Proveedor no haya incurrido en incumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato con anterioridad a que dicha información pasare al dominio público; (ii) la información que esté disponible a terceras personas que hayan a su vez obtenido dicha información sin violar obligaciones de confidencialidad derivadas de éste o de otros contratos, y (iii) la información que por ley u orden judicial o administrativa deba ser divulgada a terceras personas.

26.4 La obligación de confidencialidad del Proveedor estará en vigor durante la ejecución del Contrato y continuará en efecto por un periodo de [___] [(__)] años contados a partir de la fecha de terminación del mismo. Las obligaciones por parte del Proveedor relacionadas con los derechos de autor propiedad de PEMEX, durarán el plazo que las Leyes otorguen a tales derechos.

Las condiciones de esta Cláusula 26 son permanentes y no se anularán o afectarán por la terminación, suspensión o Rescisión del Contrato.

27. Suspensión, Terminación Anticipada Por Parte De Pemex Y Terminación Por Parte Del ProveedorSuspensión. PEMEX podrá suspender por cualquier motivo la ejecución de las obligaciones del Proveedor total o parcialmente, en cualquier momento, mediante aviso por escrito al Proveedor. Ante la recepción del aviso de suspensión, a menos que la comunicación exija otra cosa, el Proveedor deberá: (i) suspender la ejecución de dichas obligaciones de manera inmediata, en la fecha y medida especificada en el aviso; (ii) no realizar más órdenes ni firmar Subcontratos en relación con el Contrato, salvo en el alcance exigido en el aviso; (iii) realizar los actos necesarios para obtener la suspensión, bajo términos satisfactorios para PEMEX, de todos los Subcontratos y acuerdos en el alcance en que dichos Subcontratos y acuerdos estén relacionados con la ejecución de las obligaciones del Proveedor, y (iv) tomar todas las medidas para minimizar los costos asociados con dicha suspensión. El Proveedor no podrá retomar las obligaciones suspendidas hasta que PEMEX se lo comunique por escrito. El Proveedor retomará dichas obligaciones de inmediato en cuanto reciba la comunicación de PEMEX autorizándole a hacerlo. El Proveedor tiene derecho a solicitar una Orden de Cambio como resultado de la suspensión de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato dentro de los [__] [(__)] Días después de la recepción del aviso de retomar las obligaciones suspendidas, siempre que dicha suspensión no se deba a negligencia, dolo o incumplimiento por parte del Proveedor de los términos del Contrato.

27.2 Terminación por suspensión. Salvo en aquellos casos de suspensión ordenada por PEMEX: (i) por un Evento de Incumplimiento del Proveedor, o (ii) por un Evento de Fuerza Mayor; si la suspensión ordenada por PEMEX excede los [indicar número de Días] Días consecutivos, el Proveedor podrá comunicar por escrito a PEMEX su intención de terminar el Contrato y en el caso de que PEMEX no indique al Proveedor que comience la ejecución de sus obligaciones bajo el Contrato dentro de los treinta (30) Días siguientes a la fecha de recepción de dicho aviso, el Proveedor podrá dar por terminado el Contrato, mediante aviso de terminación a PEMEX, sujeto a las disposiciones de esta Cláusula ‎27.2.

27.3 Terminación del ContratoTerminación anticipada por parte de PEMEX. PEMEX podrá, en cualquier momento y por cualquier motivo, dar por terminado el Contrato, dando previo aviso por escrito al Proveedor, siendo dicha terminación efectiva en el momento en el que el Proveedor reciba dicho aviso. Al momento de recibir dicho aviso, el Proveedor: (i) dejará de realizar las obligaciones bajo el Contrato; (ii) salvo disposición en contrario, por escrito por parte de PEMEX, cancelará tan pronto como

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 124 de 133

fuera posible todas las órdenes emitidas por el Proveedor con cualquier Subcontratista, y (iii) hará todos los esfuerzos posibles por minimizar los gastos de cancelación y otros gastos relacionados con la terminación.

27.3.1 Terminación por incumplimiento del Proveedor. PEMEX tendrá derecho a rescindir de pleno derecho el Contrato, previo aviso al Proveedor, ante cualquiera de los siguientes eventos (cada uno, un “Evento de Incumplimiento del Proveedor”):

27.3.1.1 El incumplimiento por parte del Proveedor de pagar, a su vencimiento, las Penas Convencionales, según fuera requerido por el Contrato;

27.3.1.2 Cualquier incumplimiento por parte del Proveedor de hacer cualquier otro pago o pagos que fueran requeridos por PEMEX conforme al Contrato dentro de los treinta (30) Días siguientes a la recepción del aviso escrito o de una factura (salvo en el caso del pago de alguna Pena Convencional);

27.3.1.3 La ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos: (i) el Proveedor no pague a los Subcontratistas, a su vencimiento, aquellos montos debidos bajo los correspondientes contratos suscritos con dichos Subcontratistas; (ii) el Proveedor suspenda la ejecución de una parte material de las obligaciones bajo el Contrato, o (iii) el Proveedor no cumpla con alguna disposición de las Leyes;

27.3.1.4 Cualquier incumplimiento del Proveedor de cualquier manifestación o garantía contenida en la Cláusula 0;

27.3.1.5 Si ocurre cualquiera de los siguientes hechos: (i) si al Proveedor le es asignado un administrador judicial, síndico, custodio o liquidador de su empresa o resulta incapaz de pagar sus deudas generales a su vencimiento, o realiza una cesión general en beneficio de sus acreedores; (ii) el Proveedor presenta una solicitud voluntaria de quiebra, está sujeto a concurso mercantil, o reorganización bajo las Leyes de quiebra o insolvencia, o entrega una respuesta admitiendo los hechos materiales de una solicitud de quiebra presentado en su contra, o solicita un amparo mediante una petición, respuesta o consentimiento voluntario de conformidad con las leyes actuales o futuras de quiebra, insolvencia o similares que rijan la liquidación judicial, reorganización o liquidación voluntaria de las empresas, o los acuerdos, convocatorias, prórrogas o ajustes con sus acreedores; (iii) una parte sustancial de los activos del Proveedor se somete a la designación de un administrador judicial, síndico, liquidador o custodio mediante una orden judicial, y dicha orden permanece en vigor por más de treinta (30) Días, o (iv) el Proveedor sea sujeto a concurso mercantil o figura análoga o resulte incapaz de pagar sus deudas al vencimiento de las mismas, o solicite o le sea impuesto un administrador, liquidador o síndico respecto a sus propiedades o sus ingresos, o inicie cualquier procedimiento bajo cualquier legislación para el reajuste o diferimiento de sus obligaciones o de cualquier parte de las mismas, o solicite la quiebra, reorganización, suspensión de pagos, disolución o liquidación o realice o permita una cesión general o un arreglo con o para el beneficio de sus acreedores;

27.3.1.6 Ante la disolución del Proveedor, salvo para fines de fusión, consolidación o reorganización en la que el sucesor asuma expresamente las obligaciones del Proveedor bajo el presente Contrato y dicha cesión y asunción no afecte negativa y materialmente la capacidad del sucesor de cumplir con sus obligaciones bajo el Contrato;

27.3.1.7 Si el Proveedor transfiere o cede la totalidad o una parte sustancial de sus derechos u obligaciones bajo el Contrato, salvo por las cesiones permitidas en el presente instrumento;

27.3.1.8 Si el Proveedor no mantiene vigentes los seguros exigidos en el presente Contrato;

27.3.1.9 Si ocurre cualquier cambio de control del Proveedor que afecte la capacidad técnica o financiera del mismo para cumplir con los alcances, términos o condiciones del Contrato;

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 125 de 133

27.3.1.10 Si el Proveedor no obtiene o mantiene la Carta de Crédito de Cumplimiento, la Carta de Crédito de Anticipo, la Carta de Crédito de Calidad o la Garantía de la Compañía Matriz de conformidad con la Cláusula 16, o

27.3.1.11 Si el Proveedor no observa o incumple significativa o repetidamente con el Anexo SSPA.

En el caso de los eventos señalados en los numerales [causales que sean subsanables dependiendo la naturaleza y complejidad del proyecto], el incumplimiento podrá ser subsanado por el Proveedor dentro de los [número de días] Días siguientes a que éste hubiera recibido la comunicación correspondiente de PEMEX, pudiéndose acordar un periodo de gracia superior atendiendo las características del evento de que se trate, lo cual deberá constar por escrito por representantes facultados por las partes, si dicho incumplimiento no pudiera ser subsanado dentro del período de [número de días] Días, una vez agotado el plazo para subsanar el incumplimiento, PEMEX tendrá el derecho de rescindir de pleno derecho el Contrato. En el caso de los incisos no referidos en el párrafo anterior, PEMEX tendrá el derecho de rescindir de pleno derecho el Contrato. La Rescisión de pleno derecho por un Evento de Incumplimiento del Proveedor será válida desde la fecha en que el Proveedor reciba el aviso de Rescisión de pleno derecho que establezca el Evento de Incumplimiento del Proveedor aplicable. Desde la fecha de la Rescisión de pleno derecho del Contrato por parte de PEMEX conforme a esta Cláusula 31 y el aviso correspondiente, el Proveedor no podrá realizar acción alguna para subsanar el Evento de Incumplimiento del Proveedor. Ante la ocurrencia de un Evento de Incumplimiento del Proveedor, y mientras dicho evento continúe, PEMEX podrá realizar los pagos o cumplir con las obligaciones que fueran necesarias para subsanar el Evento de Incumplimiento del Proveedor, ejecutar cualquier Carta de Crédito u otra garantía conforme al Contrato o compensar los costos de dichos pagos u obligaciones con los pagos adeudados al Proveedor conforme al Contrato; no obstante, PEMEX no tendrá la obligación de subsanar Evento de Incumplimiento de proveedor alguno.

27.4 Terminación por Incumplimiento de PEMEX. El Proveedor tendrá derecho a rescindir de pleno derecho el Contrato, dando previa comunicación a PEMEX de su intención de rescindir de pleno derecho el Contrato, si PEMEX no cumple con el pago de alguna suma que adeude al Proveedor de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Contrato dentro de los noventa (90) Días siguientes a la recepción de la comunicación del Proveedor, señalando la falta de pago (un “Evento de Incumplimiento de PEMEX”), siempre que en dicha comunicación enviada por escrito a PEMEX el Proveedor haya indicado: (i) que dicho pago no se realizó, y (ii) el importe de dicho pago.

31.5 Derechos de las Partes en caso de terminación del Contrato 27.5.1 Terminación anticipada por PEMEX o por Incumplimiento de PEMEX. Salvo disposición en contrario, en caso de que PEMEX dé

por terminado el Contrato de conformidad con la Cláusula 0 o sea terminado por parte del Proveedor conforme a la Cláusula 27.4,

PEMEX tendrá las siguientes obligaciones: 27.5.1.1 Pagará al Proveedor una parte proporcional del Precio del Contrato en relación con el porcentaje de las obligaciones

completadas por el Proveedor bajo el Contrato hasta la fecha de recepción del correspondiente aviso de terminación o Rescisión de pleno derecho, basado en el valor de dichas obligaciones (que no excederá la suma de [_______] Pesos);

27.5.1.2 Pagará al Proveedor el costo en que hubiera incurrido el Proveedor en la terminación de los Subcontratos relacionados con las obligaciones contempladas por el Proveedor bajo el Contrato (excluyendo los honorarios de cualquier Filial del Proveedor), salvo en la medida que PEMEX hubiera indicado al Proveedor que no terminara dichos Subcontratos, y

27.5.1.3 Devolverá al Proveedor la Carta de Crédito de Cumplimiento.

Y, por otro lado, PEMEX tendrá también los siguientes derechos: 27.5.1.4 A solicitud de PEMEX, el Proveedor le transferirá a PEMEX, en forma y contenido satisfactorios para PEMEX, todos los

Subcontratos (incluyendo cualquier garantía de dichos Subcontratos), suscritos por el Proveedor, y

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 126 de 133

27.5.1.5 El Proveedor entregará a PEMEX copias de todos los Entregables que estuvieran en posesión, custodia o control del Proveedor o cualquier Subcontratista, ya fueran completas o incompletas, así como cualquier Información Confidencial que fuera necesaria para el ejercicio de cualquier derecho con licencia conforme la Cláusula 19.

27.5.2 Terminación por Incumplimiento del Proveedor. Si la Rescisión de pleno derecho del Contrato se debe a un Evento de Incumplimiento del Proveedor de conformidad con la Cláusula 27.3.1, no deberá existir adeudo alguno al Proveedor. PEMEX tendrá derecho a descontar de los montos que le adeuden al Proveedor por las obligaciones bajo el Contrato completadas antes de la fecha del aviso de Rescisión de pleno derecho correspondiente, cualquier monto por Daños y Perjuicios que pueda sufrir PEMEX como consecuencia de dicha Rescisión de pleno derecho, incluyendo cualquier Pena Convencional adeudada a PEMEX. En los casos en los que hubiera ocurrido un Evento de Incumplimiento del Proveedor, PEMEX tendrá los derechos listados a continuación, además de cualquier otro derecho que PEMEX pudiera tener conforme al Contrato, en derecho o equidad:

27.5.2.1 A solicitud de PEMEX, el Proveedor transferirá a PEMEX, en la forma y contenido satisfactorios para PEMEX, todos los Subcontratos (incluyendo cualquier garantía de dichos Subcontratos) suscritos por el Proveedor;

27.5.2.2 El Proveedor entregará a PEMEX copias de todos los Entregables, y demás documentación relacionada con las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, que estuvieran en posesión, custodia o control del Proveedor o cualquier Subcontratista, ya fueran completas o incompletas, así como cualquier Información Confidencial que fuera necesaria para el ejercicio de cualquier derecho con licencia conforme a la Cláusula 19;

27.5.2.3 PEMEX, sin asumir responsabilidad alguna ante el Proveedor, tendrá derecho (con o sin el uso de los Entregables, instalaciones, Bienes, herramientas e instrumentos del Proveedor) a completar las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, (i) ejerciendo sus derechos conforme al Contrato; (ii) demandando el cumplimiento específico de las obligaciones del Proveedor conforme al Contrato; (iii) contratando a otra Persona para que finalice las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato mediante el método que PEMEX considere necesario, o (iv) de alguna otra forma permitida por las Leyes. PEMEX podrá utilizar cualquiera de los Entregables o retener cualquier activo del Proveedor que PEMEX tuviera en su poder al momento del Evento de Incumplimiento del Proveedor para completar las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato y cubrirse ante cualquier Daño y Perjuicio que pueda sufrir PEMEX;

27.5.2.4 PEMEX tendrá derecho a ejecutar cualquier garantía presentada por el Proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo la Carta de Crédito de Cumplimiento, la Carta de Crédito de Anticipo y la Carta de Crédito de Calidad, y

27.5.2.5 PEMEX tendrá derecho a utilizar todos y cada uno de los recursos legales disponibles conforme al Contrato, por derecho o equidad.

En caso de ocurrir un Evento de Incumplimiento del Proveedor, éste deberá pagar a PEMEX: 27.5.2.6 Todos los costos incurridos por PEMEX o por cualquier Persona designada por PEMEX para completar las obligaciones del

Proveedor bajo el Contrato;

27.5.2.7 Los honorarios de abogados relacionados con la Rescisión de pleno derecho del Contrato, y

27.5.2.8 Todos los costos y Daños y Perjuicios de PEMEX incurridos como resultado del Evento de Incumplimiento del Proveedor.

Cualquier importe que (A) con la suma de los puntos 27.5.2.6 y 27.5.2.7 anteriores exceda (B) el saldo del Precio del Contrato no pagado al momento de Rescisión de pleno derecho, será pagado por el Proveedor a PEMEX dentro de los noventa

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 127 de 133

(90) Días siguientes a la fecha en la que el Proveedor reciba de PEMEX una factura, junto con la documentación soporte. Lo anterior no liberará ni disminuirá las obligaciones del Proveedor de pagar a PEMEX cualquier monto que adeuden a PEMEX conforme al Contrato. PEMEX hará todos los esfuerzos para mitigar los Daños y Perjuicios o las pérdidas que pudieran ocasionar un Evento de Incumplimiento del Proveedor sin que ello suponga un costo adicional para PEMEX y sin que ello genere responsabilidad alguna para PEMEX. PEMEX tendrá el derecho de retener todos los pagos adeudados al Proveedor hasta que PEMEX determine que el Proveedor tiene derecho a dicho pago conforme al Contrato. Una vez que PEMEX o Terceros completen las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, el costo total del cumplimiento de dichas obligaciones será determinado por PEMEX y éste dará aviso por escrito al Proveedor del monto, si lo hubiera, con la documentación soporte, que el Proveedor pagará a PEMEX o del monto que PEMEX debe pagar al Proveedor, según fuera el caso.

27.6 No alteración de las responsabilidades del ProveedorEn caso de Rescisión de pleno derecho del Contrato por un Evento de Incumplimiento del Proveedor, éste continuará siendo responsable de todas sus obligaciones conforme al Contrato anteriores a la fecha de la Rescisión de pleno derecho, y después de la fecha de Rescisión de pleno derecho de todas las obligaciones de garantía conforme al Contrato, incluyendo las obligaciones de garantía ejecutadas por PEMEX o por Terceros, con posterioridad a la Rescisión de pleno derecho del Contrato, siempre y cuando las obligaciones sean ejecutadas conforme al Contrato. En el caso de Rescisión de pleno derecho del Contrato como resultado de un Evento de Incumplimiento del Proveedor, todas las garantías presentadas por el Proveedor, incluyendo las Cartas de Crédito y la Garantía de la Compañía Matriz conforme a la Cláusula 16.1, continuarán en vigor hasta la satisfacción total de todas las obligaciones del Proveedor en virtud del presente.

27.7 Asunción de obligacionesEn caso de terminación del Contrato por cualquier motivo, PEMEX tendrá el derecho, pero no la obligación, de asumir todos los derechos que el Proveedor podría haber adquirido en relación con el personal y Terceros, incluyendo los Subcontratistas, en relación con la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. En el caso de que PEMEX asuma esos derechos de conformidad con las disposiciones establecidas en esta Cláusula 27.7, al momento de terminación del Contrato, el Proveedor firmará todos los documentos y realizará todos los demás trámites que PEMEX solicitara al Proveedor y que fueran necesarios o convenientes, para transferir y ceder dichos derechos a PEMEX.

27.8 Cooperación en la TransiciónEn caso de la terminación del Contrato, el Proveedor, a solicitud de PEMEX, cooperará para facilitar la transición a cualquier proveedor que haya sido contratado por PEMEX para sustituir al Proveedor.

28. auditoría

El Proveedor mantendrá y hará que los Subcontratistas mantengan todos los registros y libros contables de todos los costos y gastos en los que incurriera o estén relacionados con la ejecución de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, según fuera requerido por las Leyes y los principios de contabilidad generalmente aceptados en México, aplicados de manera consistente. El Proveedor estará obligado a mantener y, en su caso, proporcionar dicha información a PEMEX durante un periodo de (i) seis (6) años contados a partir de la fecha en que se haga el último pago para la ejecución de las obligaciones del Contrato, o (ii) el periodo máximo permitido por la Ley para obligaciones con respecto a Impuestos, siempre y cuando dicha información sea requerida por PEMEX para el cumplimiento de sus obligaciones frente a las Autoridades Gubernamentales. PEMEX y sus representantes autorizados tendrán derecho a inspeccionar y auditar estos libros y registros contables durante el horario laboral regular, previo aviso enviado al Proveedor con antelación.

29. leyEl Contrato y los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del mismo serán interpretados conforme a las Leyes federales de México.

30. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 128 de 133

30.1 Disputa. En el caso de Disputas, controversias o reclamos que surgieran en relación con la ejecución del Contrato, incluyendo cualquier incumplimiento del mismo (“Disputa”), cualquiera de las Partes podrá enviar aviso formal por escrito a la otra Parte de que ha surgido una Disputa (“Aviso de Disputa”).

Lo dispuesto en el párrafo anterior no resultará aplicable en caso de Terminación por incumplimiento de cualquiera de las Partes, en el entendido de que dicha terminación de las obligaciones establecidas al amparo del Contrato es de pleno derecho. 30.2 Negociación. Las Partes intentarán, de buena fe, durante un plazo de treinta (30) Días a partir de la fecha de entrega del Aviso de Disputa de una Parte a la otra Parte (o un periodo mayor que fuera acordado por escrito entre las Partes) resolver la Disputa mediante negociación amistosa.

30.3 Experto Independiente

30.3.1 Integración de la lista de Expertos Independientes. Para integrar la lista de Expertos Independientes, cada Parte designará

[número de Experto] expertos, dentro de los primeros [número de meses] posteriores a la fecha de inicio del Plazo del Contrato.

La lista estará integrada por personas de reconocida competencia en la materia del Contrato, y de otra naturaleza, que puedan

llegar a ser motivo de controversia en el marco del Contrato.

Las Partes deberán actualizar periódicamente la lista de Expertos Independientes, para asegurarse de que en todo momento haya un número suficiente de expertos calificados, en la inteligencia de que ninguna Parte podrá nominar un experto que sea compañía relacionada o que de alguna forma esté relacionado con dicha Parte.

30.3.2 Intervención del Experto Independiente. En caso de que las Partes no lleguen a un acuerdo respecto de las controversias que se

susciten con relación al Contrato, las Partes podrán sujetarse a las decisiones de un experto independiente (el “Experto

Independiente”). La Parte que desee someter una controversia a la decisión del Experto Independiente propondrá a la otra Parte

[número de candidatos] candidatos de la lista de Expertos Independientes, para que, de aceptar el procedimiento, elija de entre

ellos al Experto Independiente, dentro de un plazo de [número de Días] Días. Cada Parte pagará sus propios costos en relación

con este procedimiento y los honorarios del Experto Independiente deberán ser cubiertos por ambos en partes iguales.

Dentro de los [número de días] Días siguientes a que se haya designado al Experto Independiente conforme a lo previsto en esta Cláusula 30.3, cada Parte proporcionará a éste la información que posea en relación con el asunto en controversia. El Experto Independiente podrá convenir una o más reuniones, con una o ambas Partes, para establecer los puntos específicos en controversia y podrá requerir la información complementaria que resulte necesaria. El Experto Independiente deberá emitir su decisión dentro de los [número de Días] Días siguientes a la conclusión del procedimiento, el cual no podrá exceder de [número de Días] Días desde la fecha de inicio del plazo, a menos que las Partes acuerden lo contrario. Las Partes acuerdan que la decisión que emita el Experto Independiente tendrá el carácter de definitivo, vinculante y obligatorio para las mismas. 30.4 JurisdicciónPara la interpretación y cumplimiento del Contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo y que genere controversia entre las Partes, éstas se someten a la aplicación de las Leyes aplicables, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de México, por lo tanto, las Partes renuncian a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.

31. DISPOSICIONES GENERALESGastos y CostosCada parte debe pagar sus propios gastos legales y los costos incurridos en elaborar, negociar y completar el Contrato.

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 129 de 133

31.2 RenunciaNinguna de las Partes del Contrato podrá interpretar las palabras o conducta de la otra como una renuncia a cualquier derecho a menos que la renuncia conste por escrito y esté firmada por la Parte que otorga la renuncia.

31.3 Autonomía de disposiciones, divisibilidad y aplicabilidad. En el caso de que alguna disposición o parte del Contrato, o su aplicación, fuera considerada ilegal, inválida o inexigible por parte de algún tribunal, tribunal de arbitraje o jurisdicción competente: (i) dichas disposiciones o partes serán completamente divisibles; (ii) el Contrato será interpretado y ejecutable como si dicha disposición o parte ilegal, inválida o inexigible nunca hubiera formado parte del Contrato, y (iii) las disposiciones restantes del Contrato permanecerán en vigor y no se verán afectadas por ninguna disposición o parte ilegal, inválida o inexigible o por su divisibilidad del Contrato. En virtud de lo anterior, en relación a la disposición o parte ilegal, inválida o inexigible, las Partes negociarán de buena fe el remplazo de dicha disposición o parte con términos económicos similares a los de dicha disposición o parte ilegal, inválida o inexigible.

31.4 En la medida en que no contravengan la Ley. A menos que se indique expresamente lo contrario en el Contrato, los derechos, obligaciones y recursos previstos en el Contrato, son adicionales a los derechos, obligaciones y recursos previstos por Ley y aplicarán en la medida en que no la contravengan..

31.5 Proveedor IndependienteEl Proveedor realizará la Entrega de los Bienes según lo establecido en el Anexo A y cualquier Entrega que se describiera posteriormente en una Orden de Cambio debidamente firmada y formalizada en un convenio modificatorio y cumplirá con el Contrato y con las obligaciones establecidas en el mismo como proveedor independiente. Ningún Proveedor ni ninguno de los Subcontratistas, ni sus respectivos empleados, agentes, representantes, ejecutivos, socios, directores, gerentes o accionistas serán considerados, o podrán ser considerados para cualquier fin, un empleado, agente, representante o ejecutivo de PEMEX, aún en el caso de que cualquiera de dichos Subcontratistas fuera elegido por PEMEX.

31.6 No PublicidadEl Proveedor no hará ni permitirá a ninguna de las Filiales del Proveedor ni a los Subcontratistas la emisión o realización de informe, declaración o comunicado público alguno, ni distribuirá información alguna, incluyendo publicidad o anuncios publicitarios, en relación con el Contrato, sin el consentimiento previo por escrito de PEMEX. Además, antes de la preparación de cualquier informe escrito en relación con el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato, incluyendo las versiones preliminares del mismo, el Proveedor evaluará los contenidos propuestos para dicho informe con PEMEX y hará los cambios que PEMEX solicite. El Proveedor acepta no participar en conversaciones de cualquier tipo con cualquier otra Persona en relación con el Contrato.

31.7 ComunicacionesTodas las comunicaciones que fueran requeridas o autorizadas conforme al Contrato: (i) se harán por escrito, y (ii) se entregarán personalmente, por servicio de mensajería especializada en el domicilio o por correo electrónico con acuse de recibo a la dirección de la Parte correspondiente que se establece en esta Cláusula 31.7. Cualquier aviso que se envíe por servicio de mensajería especializada será considerado entregado (ante la ausencia de evidencia de recibo anterior) diez (10) Días después del despacho y para comprobar el despacho será suficiente demostrar que el sobre que contiene dicha comunicación fue debidamente dirigido, estampillado y enviado a las autoridades postales o servicio de mensajería. Cualquier comunicación que fuera entregada personalmente o por correo electrónico será considerada entregada en la fecha de recepción. Cualquiera de las Partes podrá, previo aviso con diez (10) Días de anticipación a la otra Parte por escrito, cambiar su domicilio o dirección de correo electrónico o destinatario para la recepción de avisos conforme al Contrato, lo cual no requerirá un convenio modificatorio entre las Partes. Los avisos incluirán todas las aprobaciones, consentimientos, indicaciones, órdenes y certificados que deban ser provistos conforme al Contrato.

A PEMEX:

[Domicilio para comunicaciones]

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 130 de 133

Atención: [nombre] Tel.: [número] E-mail: [correo electrónico] Calle: [calle]

Con copias a:

[incluir información respectiva a quienes quieren que reciban copias de los avisos y comunicaciones bajo el Contrato]

Al Proveedor:

[Domicilio para comunicaciones]

Atención: [nombre] Tel.: [número] E-mail: [correo electrónico] Calle: [calle]

31.8 Cooperación y TransparenciaLas Partes aceptan cooperar en la entrega mutua de la documentación que fuera solicitada por la otra Parte para los fines de evaluación de cuestiones que pudieran surgir en alguna controversia y que, si la responsabilidad de proporcionar la documentación no hubiera sido asignada o que se pudiera asumir que fue asignada por dicha Parte conforme al Contrato, los costos de generar dichos documentos, si excedieran individualmente o en su totalidad todas las solicitudes, [___] [(__)] Pesos, serán a costa de la Parte que hiciera la solicitud.

31.9 No habrá Terceros Beneficiarios El Contrato, y cada disposición del mismo, son en beneficio exclusivo de las Partes y sus cesionarios autorizados. Por tanto, salvo disposición expresa en contrario en el Contrato, ninguna Persona será considerada Tercero beneficiario de conforme al Contrato.

31.10 IrrenunciabilidadNinguna demora, incumplimiento o negación por cualquiera de las Partes en el ejercicio de los derechos establecidos en el Contrato o bajo la Ley podrá ser interpretado ni constituirá una renuncia al derecho de ejercer dichos derechos. Si alguna de las Partes no comunicara por escrito a la otra Parte acerca de una violación del Contrato, ello no constituirá una renuncia al mismo. Cualquier renuncia de los derechos, facultades o recursos de una Parte conforme al Contrato deberá ser por escrito y firmada por un representante autorizado de la Parte que otorga dicha renuncia, la cual deberá especificar el alcance del derecho al que se renuncia.

31.11 Vigencia de las disposicionesAl momento de la terminación del Contrato, los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del presente terminarán, salvo por lo siguiente: (i) las disposiciones que en el presente se establezca que continuarán en vigor y las disposiciones que por su naturaleza deban continuar en vigor; (ii) los derechos y obligaciones vigentes a la fecha de terminación y en relación con la misma, y (iii) los derechos y obligaciones que surgieran de los eventos ocurridos antes de la fecha de terminación.

31.12 Integridad del Contrato El Contrato, incluyendo los anexos del mismo, constituye el Contrato completo, integrado y final y remplaza a cualquier acuerdo, declaración, garantía o entendimiento anterior o actual de las Partes en relación con el objeto del Contrato, ya sea verbal, escrito o implícito.

31.13 Negociación del Contrato Las Partes específicamente declaran y aceptan que todas las cláusulas, anexos, términos, condiciones y, en términos generales, todo el contenido del Contrato han sido completamente negociados, preparados y

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 131 de 133

aceptados por ambas Partes y que nada de lo anterior será interpretado en contra de alguna de las Partes sobre la base de que dicha Parte sea la autora del Contrato o de cualquier parte del mismo. Además, las Partes expresamente declaran y garantizan que contaron con la representación legal adecuada durante la negociación y preparación del Contrato.

31.14 Exigibilidad El Contrato será obligatorio y exigible para las Partes y sus respectivos causahabientes, cesionarios autorizados y representantes conforme a sus términos.

31.15 No existen Conflictos de InterésEl Proveedor garantiza, a su leal saber y entender, después de realizar una investigación adecuada, que:

31.15.1 Las obligaciones que asumirá en el Contrato no crean ningún conflicto de interés en relación con cualquier actividad actual o anterior del Proveedor, y

31.15.2 Ningún funcionario, director, gerente o personal del Proveedor, en los últimos veinticuatro (24) meses, ha ocupado un cargo en la administración pública o en el servicio público que involucre, aun indirectamente, a cualquier Filial de PEMEX. De modo similar, ningún pariente (incluyendo matrimonios separados y parientes de primer grado o matrimonio) de cualquier funcionario, director, gerente o personal del Proveedor ha participado en cualquiera de los cargos descritos en el presente.

Cualquier descripción o declaración falsas que se hicieran en el presente constituirán una violación material, conforme a la cual PEMEX tendrá derecho a terminar el Contrato. El Proveedor inmediatamente comunicará por escrito a PEMEX cualquier conflicto de interés, incluyendo si un conflicto de interés descrito en esta Cláusula 31.15, surgiera durante el cumplimiento del Contrato.

31.16 Otras garantías

Oportunamente, y ante la solicitud de la otra Parte, cada una de ellas, a su costa, realizará los actos o firmará y entregará los documentos y garantías que fueran necesarios para el cumplimiento de los términos del Contrato.

31.17 Cumplimiento de los plazos

El Proveedor reconoce que el cumplimiento puntual de sus obligaciones bajo el Contrato es de primordial importancia y fundamental para PEMEX.

31.18 Idioma

El Contrato ha sido negociado y escrito en idioma español. Cualquier comunicación, acta o acuerdo entre las Partes, incluyendo, sin limitar, cualquier Entregable, en relación con el Contrato se hará en español. Todos los rótulos, etiquetas, instrumentos, materiales, componentes, hojas de instrucciones deben estar en español. El Proveedor pegará o agregará los rótulos, etiquetas, o indicaciones de los instrumentos en la ubicación o ubicaciones donde se encuentren los materiales, según lo solicite PEMEX. El Contrato, así como cualquier documentación en relación con el mismo, podrá ser traducido, en cuyo caso la Parte que solicite dicha traducción asumirá el costo de la traducción.

31.19 Buena Fe y Trato Justo

En el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato, PEMEX y el Proveedor actuarán de acuerdo a los principios de buena fe y trato justo. Las disposiciones del Contrato, así como cualquier declaración hecha por PEMEX o el Proveedor en relación con el mismo, se interpretarán de acuerdo a los principios de buena fe y trato justo. Buena fe y trato justo en contexto incluye, sin

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 132 de 133

limitar, el deber de cooperar, no inducir al error intencionalmente y cumplir el Contrato en el beneficio mutuo de PEMEX y del Proveedor, aceptando que cada uno tiene el derecho de alcanzar sus objetivos y requiere de PEMEX y del Proveedor: (a) compartir información relevante con la otra Parte, sujeta solamente a las obligaciones de confidencialidad; (b) cooperar y consultarse en la forma que sea necesario para lograr el cumplimiento íntegro de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato; (c) advertir de potenciales consecuencias, incluidas las de costos de acciones propuestas; (d) evitar interferencias innecesarias en la actividad de la otra Parte, y (e) responder los cuestionamientos de la otra Parte de una manera oportuna, lo cual, si es posible, no impedirá el avance de las obligaciones del Proveedor bajo el Contrato. Cada vez que se requiera de consulta entre PEMEX y el Proveedor en términos del Contrato significa que habrá un intercambio directo de opiniones antes de tomar las decisiones finales sobre la materia.

31.20 Inmunidad SoberanaPEMEX o México tendrán derecho a invocar inmunidad soberana para sí o para cualquiera de los siguientes activos, con independencia de dónde estén ubicados (la “Propiedad Inmune”), e independientemente de que dicha Propiedad Inmune sea denominada como inmunidad soberana, inmunidad de aplicación o alivio, contra cualquier procedimiento judicial, administrativo o de cualquier otro tipo, ejecución de sentencia, aplicación de laudo arbitral, compensación, embargo antes del juicio, orden de ejecución o embargo como medio de ejecución (con inclusión del embargo preventivo) a la cual PEMEX o México o sus activos tengan o puedan tener derecho en cualquier transacción, acción o procedimiento legal o procesos arbitrales con respecto al Contrato o a cualquiera de las transacciones aquí contempladas:

31.20.1 Propiedad, incluyendo cualquier cuenta bancaria, que sea usada o designada para su uso en el cumplimiento de las funciones de cualquier misión diplomática de México o de sus consulados, misiones especiales, misiones en organismos internacionales o delegaciones en órganos de organismos internacionales o en conferencias internacionales;

31.20.2 Aeronaves, barcos navales y otra propiedad de tipo militar o que sea utilizada o cuyo uso se destine para el cumplimiento de funciones militares;

31.20.3 Los recursos naturales no renovables no explotados en México;

31.20.4 Propiedad que forma parte del patrimonio cultural de México o parte de sus archivos;

31.20.5 Fondos públicos;

31.20.6 Bienes y recursos que comprenden las reservas monetarias disponibles de México;

31.20.7 Bienes del dominio público utilizados para la prestación de servicios públicos en México;

31.20.8 Bienes nacionales localizados en territorio mexicano y pertenecientes a México, tales como vías, puentes, carreteras, plazas, playas, mar y tierra localizada por encima de 4,500 metros sobre el nivel del mar;

31.20.9 Cualquier otro bien propiedad de la nación mexicana, y

31.20.10 Que se encuentre protegido por las leyes mexicanas en vigor en la presente fecha.

Las disposiciones de esta Cláusula 31.20 han sido negociadas y acordadas únicamente con respecto a las obligaciones y derechos descritos en el Contrato. En ningún caso la definición o alcance del término Propiedad Inmune descrito en esta Cláusula 36.20 deberá ser aplicado, utilizado o admitido como prueba en procedimiento alguno, así como tampoco deberá emplearse por ningún Tercero (incluyendo cualquier tribunal, árbitro, o tribunal arbitral) para interpretar cualquier disposición

Petróleos Mexicanos Dirección Corporativa de Administración y Servicios Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento

Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial

Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad

VERSION FINAL

Página 133 de 133

análoga de cualquier otro convenio o instrumento relacionado con las transacciones comerciales o de endeudamiento de PEMEX.

EN FE DE LO CUAL, las Partes firman el Contrato con efecto a partir de la Fecha de Suscripción.

PEMEX: El Proveedor

Por: Por:

Nombre: Nombre:

Cargo: Cargo: